Naciones Unidas

CERD/C/BEL/Q/16-19

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

2 de diciembre de 2013

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

84 º período de sesiones

3 a 21 de febrero de 2014

Tema 6 del programa provisional

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 16º a 19º combinados de Bélgica (CERD/C/BEL/16-19)

Nota del Relator para el país

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió, en su 76º período de sesiones (A/65/18, párr. 85), que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva: durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

1.La Convención en el derecho interno; marco institucional y normativo para su aplicación (artículos 2, 4, 5, 6 y 7)

a)Información actualizada sobre los avances en el proceso actual para establecer una institución nacional de derechos humanos de acuerdo con los Principios de París (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 10; CERD/C/BEL/CO/15/Add.1, párr. 2; CERD/C/BEL/16-19, párrs. 339 a 343; HRI/CORE/BEL/2012, párr. 150). Información actualizada sobre el proceso para adoptar un plan de acción nacional contra el racismo (CERD/C/BEL/16-19, párr. 10).

b)Información actualizada sobre el proceso de aprobación de los proyectos de ley actualmente en trámite parlamentario que declaran ilegales las organizaciones que promuevan la discriminación racial (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 12; CERD/C/BEL/16-19, párr. 133). Información actualizada sobre la propuesta que debate el Parlamento para establecer la suspensión de derechos políticos como pena accesoria en todos los delitos previstos en la Ley de 30 de julio de 1981, la Ley de 23 de marzo de 1995 y la Ley de 10 de mayo de 2007, que tipifican ciertas formas de discriminación (CERD/C/BEL/16-19, párr. 33). Información actualizada sobre los casos en que se han aplicado los recién aprobados artículos 21 y 22 de la Ley de 30 de julio de 1981 (según la modificación introducida con la Ley de 10 de mayo de 2007) (CERD/C/BEL/16-19, párr. 34 in fine). Efectos de las medidas adoptadas para combatir la persistencia de actos antisemitas e islamófobos (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 117 a 125).

c)Efectos de las medidas de sensibilización destinadas a jueces, fiscales, agentes de policía, personal penitenciario y otras autoridades para combatir la discriminación racial (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 43 a 47; CERD/C/BEL/CO/15, párrs. 11 y 13).

d)Información actualizada sobre las denuncias, los juicios y las condenas dictadas por los tribunales en relación con delitos racistas y xenófobos y la reparación dispensada a las víctimas (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 288 a 293; CERD/C/BEL/CO/15, párr. 13). Explicaciones por el reducido número de casos iniciados contra agentes de policía por actos de discriminación racial (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 13).

e)Efectos entre la población general y los educadores de la formación y los programas de sensibilización destinados a combatir la discriminación, llevados a cabo por las comunidades flamenca y francófona (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 325 a 327 y 332 a 335). Resultados cosechados con el Plan de acción por la igualdad y la diversidad en los medios audiovisuales en la lucha contra la discriminación racial y los estereotipos negativos (CERD/C/BEL/16-19, párr. 338).

2.Situación de los romaníes y de las comunidades nómadas (artículos 2 a 7)

a)Información actualizada sobre la aplicación y los resultados iniciales logrados con la Estrategia nacional para la integración de los romaníes adoptada por el Estado parte en 2012 (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 50 a 54; CERD/C/BEL/CO/15, párr. 22; CERD/C/BEL/CO/15/Add.1, párr. 18). Efectos de las diversas medidas adoptadas para mejorar la situación de los derechos económicos, sociales y culturales de los romaníes y los nómadas en Valonia, la región de Bruselas-Capital y la comunidad flamenca (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 55 a 67; CERD/C/BEL/CO/15, párr. 22).

b)Aplicación de las medidas adoptadas para fomentar el empleo de los romaníes y los nómadas, en particular la política integrada para los romaníes (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 259 a 262).

3.Discriminación contra los no ciudadanos, incluidos los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (artículos 5 y 7)

a)Información actualizada sobre los resultados registrados con las medidas adoptadas para combatir la discriminación racial, en particular contra los migrantes, en la justicia penal (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 14; CERD/C/BEL/CO/15/Add.1, párrs. 3 a 6). Datos estadísticos sobre las personas recluidas en prisiones nacionales, desglosados por origen étnico, nacional y social.

b)Efectos de las políticas de integración adoptadas en Valonia, la comunidad francófona de la región de Bruselas-Capital y la comunidad flamenca (CERD/C/BEL/16‑19, párrs. 68 a 113). Políticas adoptadas para prevenir la discriminación en el empleo, la educación y el acceso a los servicios públicos por la prohibición de llevar velo (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 21; CERD/C/BEL/16-19, párr. 324).

c)Resultados concretos de varias medidas encaminadas a mejorar la integración de los migrantes y las minorías étnicas en el mercado laboral, a saber: la Marca Igualdad-Diversidad, el Plan de acción 2005-2007 para la promoción de la diversidad de la administración pública belga, el actual Plan por la igualdad y la diversidad 2011-2014 y la Carta de la diversidad de la administración federal, así como los planes de acción y las políticas de diversidad regionales (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 218 a 233). Información actualizada sobre la aplicación de los convenios colectivos de trabajo Nos 38 y 95, que garantizan la igualdad de trato y prohíben la discriminación racial en el mercado laboral (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 239 a 242).

d)Efectos del Plan de acción nacional 2008-2012 para combatir la trata y el contrabando de personas y aplicación del actual Plan de acción nacional 2012-2014 (CERD/C/BEL/16-19, párr. 179). Información actualizada sobre los juicios y las condenas impuestas por trata de personas, en particular migrantes, así como las reparaciones dispensadas (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 185 y 186). Asistencia y reparación proporcionadas a las víctimas de la trata de personas (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 20; CERD/C/BEL/16-19, párrs. 179 a 189).

e)Prevención de la detención sistemática de solicitantes de asilo en las fronteras, en particular en el contexto del Reglamento de Dublín (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 17; CERD/C/BEL/16-19, párrs. 354 y 355). Información actualizada sobre la resolución de los casos de uso excesivo de la fuerza en la deportación de extranjeros denunciados ante la Inspección. Información sobre el modo en que se ha abordado en la formación de agentes de policía en derechos humanos el uso excesivo de la fuerza en las deportaciones (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 18; CERD/C/BEL/16-19, párrs. 361 a 373).

f)Procedimientos de larga duración para el reagrupamiento de la familia de las personas que gozan de protección internacional (CERD/C/BEL/16-19, párrs. 170 a 173). Acceso de las personas vulnerables, en particular personas indocumentadas, a la atención de la salud (A/HRC/WG.6/11/BEL/2, párr. 74). Efectos de las políticas de vivienda en la prevención de la segregación de facto en determinados barrios (CERD/C/BEL/CO/15, párr. 15; CERD/C/BEL/16-19, párrs. 270 a 281).