Naciones Unidas

CERD/C/BEN/Q/1-9

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

14 de julio de 2022

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

107º período de sesiones

8 a 30 de agosto de 2022

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados

por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa al informe inicial y los informes periódicos segundo a noveno combinados de Benin

Nota del Relator para el país *

1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 1, 2, 3, 4 y 6)

2.Datos estadísticos sobre el número de refugiados y solicitantes de asilo que residen en el territorio del Estado parte. Información actualizada sobre los indicadores económicos y sociales de los diferentes grupos que viven en su territorio, desglosados por origen étnico, género y edad, en particular los grupos minoritarios y los no nacionales, como los refugiados y los solicitantes de asilo.

3.Ejemplos de causas en las que los tribunales nacionales hayan invocado y aplicado directamente las disposiciones de la Convención; información detallada sobre las medidas adoptadas para dar a conocer la Convención entre jueces, fiscales, fuerzas del orden, funcionarios públicos, abogados y la sociedad en general, así como sobre los recursos efectivos.

4.Medidas adoptadas para extender la cobertura de las disposiciones sobre no discriminación e igualdad de la Constitución, y de los demás documentos que conforman el ordenamiento jurídico del Estado parte, a todos los motivos enunciados en el artículo 1 de la Convención.

5.Medidas adoptadas para incorporar en la legislación del Estado parte una definición de la discriminación racial acorde con los artículos 1, 2 y 4 de la Convención, que incluya específicamente los conceptos de discriminación directa e indirecta.

6.Información sobre la incorporación de medidas especiales a la legislación nacional del Estado parte de conformidad con los artículos 1, párrafo 4, y 2, párrafo 2, de la Convención.

7.Información sobre la incorporación de las disposiciones del artículo 4 de la Convención a la legislación nacional. Información y datos estadísticos sobre las denuncias interpuestas ante los tribunales y la Comisión de Derechos Humanos de Benin por actos de discriminación racial y discursos y delitos de odio racista, incluidos los que tengan lugar en Internet y en los medios de comunicación, y sobre la cantidad de investigaciones, enjuiciamientos y condenas de los autores, en particular en virtud de las disposiciones relativas a la Ley núm. 2015-07 de 20 de marzo de 2015 relativa al Código de Información y Comunicación, la Ley núm. 2017-20 de 13 de junio de 2017 relativa al Código del Sector Digital, al artículo 281 del Código Penal, a la Ley núm. 2018-31 de 9 de octubre de 2018 relativa al Código Electoral y al artículo 5 de la Ley núm. 2018-23 de 17 de septiembre de 2018 relativa a la Carta de Partidos Políticos.

8.Medidas concretas adoptadas para prevenir y combatir la elaboración de perfiles raciales por los agentes de policía. Medidas disciplinarias y correctivas específicas para investigar los casos de elaboración de perfiles raciales y sancionarlos en la práctica. Medidas para incluir la motivación racista como circunstancia agravante en todos los delitos en el Código Penal. Ejemplos de casos en los que se ha tenido en cuenta la motivación racista en la fijación de la pena.

9.Información sobre el acceso de los no nacionales, en particular los refugiados y los solicitantes de asilo, a la asistencia letrada.

10.Medidas para prevenir y combatir cualquier otra forma de segregación, en particular en los ámbitos de la vivienda y la educación, que afecte específicamente a las minorías o las poblaciones vulnerables.

11.Información sobre la independencia de la Comisión de Derechos Humanos de Benin y sobre los recursos humanos y financieros asignados a la misma. Actividades de la Comisión en materia de discriminación racial. Información sobre las actividades del Defensor del Pueblo en materia de lucha contra la discriminación racial y sobre los recursos humanos y financieros asignados al mismo.

12.Información sobre la aplicación, la evaluación y los resultados de los planes de acción de lucha contra la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia.

Situación de las minorías y de los no nacionales, en particular los refugiados, los solicitantes de asilo, los apátridas y los migrantes (art. 5)

13.Medidas adoptadas para permitir la transmisión de la nacionalidad de una beninesa a su esposo extranjero o a su hijo, nacido de padre extranjero, en igualdad de condiciones que un beninés. Información actualizada sobre la adopción de un código de nacionalidad nuevo.

14.Información sobre la posibilidad de los no nacionales, sin discriminación, de acceder a la propiedad y poseerla y sobre las condiciones conexas, y también sobre las condiciones de acceso de los no nacionales, en particular los refugiados y solicitantes de asilo, a las viviendas sociales. Información sobre la posibilidad de los no nacionales de crear asociaciones o sindicatos, afiliarse a ellos y desempeñar cargos de responsabilidad en esas estructuras, y sobre las condiciones aplicables.

15.Información sobre el acceso de los no nacionales, en particular los refugiados y solicitantes de asilo, al sistema de seguridad social, en concreto al seguro médico universal, y a la atención de la salud de manera general. Información sobre el acceso a la educación y a la formación profesional para esas mismas categorías, fundamentada por estadísticas.

16.Información sobre el impacto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) en las personas más vulnerables a la discriminación y en los diferentes grupos protegidos por la Convención, incluidos los no nacionales, en particular los refugiados, los solicitantes de asilo, los apátridas y los migrantes. Medidas adoptadas para: a) protegerlos de los efectos de la pandemia de COVID-19; b) protegerlos de los actos discriminatorios y combatir el discurso de odio y la estigmatización vinculados a la pandemia de COVID-19, y c) mitigar el impacto socioeconómico de la pandemia de COVID-19 en esas personas y esos grupos.

17.Medidas para defender y proteger los derechos culturales de los distintos grupos étnicos, incluida la enseñanza de los idiomas nacionales en los programas escolares.

18.Medidas adoptadas para prevenir y combatir la trata de personas y todas las formas de explotación, en particular de las refugiadas y las solicitantes de asilo. Información sobre las investigaciones iniciadas contra los responsables y sobre los enjuiciamientos, y medidas de protección ofrecidas a las víctimas.

Educación para combatir los prejuicios y promover la comprensión (art. 7)

19.Medidas adoptadas para promover la educación en materia de derechos humanos, concretamente sobre las cuestiones de discriminación racial, en todos los programas escolares y en la formación de los docentes, así como información sobre los efectos de esas medidas. Iniciativas de promoción de la concordia y la tolerancia entre los diferentes grupos étnicos que viven en el territorio del Estado parte.