Distr.

GENERAL

CERD/C/ARG/Q/19-20

23 de diciembre de 2009

Original: ESPAÑOL

Comité para la Eliminación de la

Discriminación Racial

76.º período de sesiones

15 de febrero a 12 de marzo de 2010

Lista de cuestiones que han de abordarse al examinar los informes periódicos 19 . º y 20 . º de la República Argentina

(CERD/C/ARG/19-20)

Sírvanse proveer datos estadísticos más exactos sobre la población argentina, destacando su composición étnica. En particular, proporcionen datos sobre la comunidad afroargentina, sus necesidades particulares y las políticas públicas que ha diseñado el Estado parte específicamente para este grupo de la población (CERD/C/ARG/19-20, párrs. 106 y 107). Asimismo, sírvanse proporcionar también información que tiene el Estado parte sobre la situación socioeconómica de los pueblos indígenas y otras minorías, que permite facilitar el diseño de políticas adaptadas a sus necesidades. En este sentido, por favor den ejemplos de los programas que están siendo implementados por la Dirección de Desarrollo de Comunidades Indígenas (párrs. 209 a 215), especialmente en las áreas de Cultura y Artesanías, ya que estas se enfocan en el rescate y revalorización de las culturas indígenas (párrs. 219 a 221).

El Comité quisiera saber si existe una distinción entre los términos "indígena" y "aborigen", ya que ambos han sido utilizados en el informe del Estado parte y quisiera solicitar clarificación por parte del mismo sobre esta utilización.

Artículo 1

Sírvanse proporcionar más detalles sobre la situación de aplicación de la Ley N.º 26162 de noviembre de 2006, por la que se reconoce la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/ARG/19-20, párr. 5). En particular, sírvanse informar sobre la relación que tiene ésta con las instituciones que se mencionan en las preguntas 5 y 15 infra.

En lo que concierne a la situación de la Convención Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial dentro del derecho argentino (párr. 13), sírvanse precisar si la misma puede ser invocada directamente ante los tribunales argentinos. Sírvanse asimismo proveer ejemplos en este sentido si éstos existen.

Artículo 2

Sírvanse proveer más información sobre la situación actual del proceso iniciado por el Decreto 1086/05 y el documento titulado “Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación – La Discriminación en Argentina. Diagnóstico y Propuestas” (párr. 17) y cómo se ha desarrollado la participación de las provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipios provinciales, así como de la implementación de sus propuestas, en particular la revisión de la totalidad de las disposiciones legales vigentes y las propuestas denominadas “Legislación para integrar la Diversidad en Equidad” y las medidas que se están tomando para garantizar el acceso a la justicia de los pueblos indígenas. Sírvanse señalar asimismo cómo se llevará a cabo la evaluación de los aspectos del Plan que han sido puestos en práctica.

Sírvanse indicar cuántas de las quejas recibidas por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) conciernen específicamente casos de discriminación racial y étnica (párrs. 15 a 20). Asimismo, sírvanse indicar cuántas llamadas se han recibido en la línea telefónica gratuita permanente en relación con casos de discriminación racial o étnica (párr. 57).

Sírvanse presentar un balance del trabajo realizado por el INADI. ¿De qué manera se asegura el Estado parte que el INADI obtenga suficientes recursos? Sírvanse proveer mayor información sobre la Ley N.º 23592, de 5 de noviembre de 1988, que faculta al INADI para recibir denuncias respecto de actos discriminatorios, así como sobre la atención interdisciplinaria que brinda el INADI (párr. 58), la Guardia Jurídica Gratuita (párr. 59), y la Resolución Rápida de Conflictos (RRC) y el área que cubre la RRC (párr. 62). En particular, en relación con los dictámenes técnicos especializados del INADI (párr. 69), sírvanse explicar su impacto jurídico, proceso de implementación y cómo la Ley N.º 23592 castiga las actividades ilegales y delictivas vinculadas a la discriminación (párr. 109).

Por favor proveer mayor información sobre el trabajo realizado por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), en su tarea de arbitrar los mecanismos disponibles para cumplir con el imperativo constitucional de “reconocer la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan” las comunidades indígenas (párrs. 21 y 22).

Sírvanse proveer más información sobre la herramienta llamada “Mapa de la Discriminación” (párr. 53) para definición de políticas públicas, de focalización de campañas y de instrumento de diálogo.

Sírvanse propiciar ejemplos del trabajo y resultado que ha tenido el trabajo con la Red de Investigadores mencionada en el informe (párr. 54).

Por favor detallar los resultados que ha tenido sobre el diseño e implementación de políticas públicas la creación del Consejo de Participación Indígena y el Consejo de Coordinación (párrs. 133 a 139).

¿Cuál es el estado de aplicación de los términos del capítulo XI de la Ley de Educación Nacional sobre la educación intercultural bilingüe (párrs. 222 y 223)?

¿Qué resultados se han logrado con el programa de “Apoyo a la Educación Intercultural Aborigen” y el Proyecto de Alfabetización Intercultural Bilingüe (párrs. 224 a 249)?

Artículo 4

¿Cuáles son las disposiciones precisas de la Ley N.º 23592 y el Código Penal (párr. 109) que penalizan el delito y las actividades racistas contenidas en el articulo 4 de la Convención?

En lo que concierne los casos de jurisprudencia contra la discriminación provistos en los párrafos 38 a 47, el Comité toma nota de que los ejemplos no se refieren específicamente a casos que conciernen directamente a actos de discriminación racial. Sírvanse dar algunos casos de jurisprudencia directamente relacionados con actos de racismo, tomando en cuenta lo contenido en el artículo 4 de la Convención.

Artículo 5

Sírvanse propiciar más detalles sobre la siguiente ley, en particular, sírvanse destacar como enfrenta el problema de la discriminación racial dentro de su respectivo ámbito de acción: Ley N.º 25871, Ley Nacional de Migraciones de enero de 2004 (párr. 36) y en qué consiste el proceso de revisión de esta ley que es evocado en los párrafos 148 a 150.

¿Qué beneficios les brinda a las comunidades indígenas inscribirse en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI)? ¿Cómo trabajará el RENACI a nivel provincial? (párrafo 22).

Por favor brinden más detalles sobre la situación que brevemente se describe en los párrafos 129 a 131 sobre tierras y comunidades indígenas y sobre la implementación de la Ley N.º 26160, declarando la emergencia por cuatro años a fin de detener los desalojos de pueblos indígenas y permitir el reordenamiento territorial y la regularización de su propiedad comunitaria de noviembre de 2006.

Artículo 6

Al respecto del Programa de Denuncias y Procedimientos de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, atentamente el Comité solicita mayor información sobre el procedimiento que se debe seguir y las sanciones que se aplican cuando fuera necesario (párr. 35).

El Comité toma nota que en la mayoría de los ejemplos citados de jurisprudencia sobre posesión colectiva de las tierras comunales y quisiera saber cuál es el consenso al que se está llegando sobre la situación (Anexo II).

Artículo 7

¿En que situación se encuentra el Decreto del Poder Ejecutivo sobre el “Día de la Diversidad Cultural” (párr. 97)?

Por favor proveer mayor información sobre las medidas que se contemplan en el Plan contra la Discriminación Racial para los medios de comunicación (párr. 100, inc. b). Específicamente, sobre el trabajo y resultados del foro de medios y discriminación mencionado (párr. 101) y del Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión (párr. 256) y el trabajo de ambos, en particular, sobre las campañas para combatir la discriminación racial.

Por favor precisar cuáles fueron las principales organizaciones no gubernamentales que fueron consultadas durante el proceso de elaboración del informe nacional argentino (introducción, cuarto párrafo).

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