Grupo étnico

Sexo

1956

1966

1976

1986

1996

26 de septiembre

12 de septiembre

13 de septiembre

31 de agosto

25 de agosto

Total

Total

345.737

476.727

588.068

715.375

775.077

Hombres

178.475

242.747

296.950

362.568

393.931

Mujeres

167.262

233.980

291.118

352.807

381.146

Chinos

Total

4.155

5.149

4.652

4.784

4.939

Hombres

2.624

2.910

2.503

2.546

2.573

Mujeres

1.531

2.239

2.149

2.238

2.366

Europeos

Total

6.402

6.590

4.929

4.196

3.103

Hombres

3.374

3.427

2.605

2.240

1.713

Mujeres

3.028

3.163

2.324

1.956

1.390

Fijianos

Total

148.134

202.176

259.932

329.305

393.575

Hombres

74.989

102.479

131.413

167.256

199.895

Mujeres

73.145

99.697

128.519

162.049

193.680

Indios

Total

169.403

240.960

292.896

348.704

338.818

Hombres

88.359

122.632

147.194

175.829

171.796

Mujeres

81.044

118.328

145.702

172.875

167.022

Parcialmente europeos

Total

7.810

9.687

10.276

10.297

11.685

Hombres

4.008

4.951

5.358

5.396

6.052

Mujeres

3.802

4.736

4.918

4.901

5.633

Rotumanos

Total

4.422

5.797

7.291

8.652

9.727

Hombres

2.232

2.939

3.666

4.387

5.008

Mujeres

2.190

2.858

3.625

4.265

4.719

Otros isleños del Pacífico

Total

5.320

6.095

6.822

8.627

10.463

Hombres

2.839

3.207

3.474

4.499

5.414

Mujeres

2.481

2.888

3.348

4.128

5.049

Todos los demás

Total

91

273

1.270

810

2.767

Hombres

50

202

737

415

1.480

Mujeres

41

71

533

395

1.287

Tasa de crecimiento

2,9

3,3

2,1

2,0

0,8

Fuente: Oficina de Estadística.

21.En 1996, la población de Fiji era de 775.077 personas, de las cuales 403.302 eran fijianos autóctonos (52%), 338.818 eran indofijianos (43,7%) y 32.597 pertenecían a otras comunidades étnicas (4,25%). Había 358.131 personas en las zonas urbanas y 414.524 en las zonas rurales; aproximadamente un 54% reside en las zonas rurales mientras que un 46% reside en las zonas urbanas. Sin embargo, la mayoría de la población fijiana autóctona vive en las zonas rurales como agricultores de subsistencia y agricultores comerciantes. De los 403.302 fijianos autóctonos, 235.544, un 30% de la población total, vivían en las zonas rurales, mientras que 170.783 indofijianos, un 22,03%, vivían en zonas rurales. La población urbana de Fiji está compuesta por: 167.335 fijianos autóctonos (21,6%), 168.035 indofijianos (21,7%), y 23.702 miembros de otras comunidades étnicas (3,1%). En comparación con el censo de 1986, en el censo de 1996 se registró un incremento neto de 57.280 personas. El número de fijianos ha aumentado en 65.694 personas; el número de indios ha registrado una disminución de 12.125 personas a causa del alto índice de emigración internacional y de una tasa más baja de crecimiento natural. Se estimó en 58.300 personas la pérdida neta de población india por causa de emigración entre ambos censos. El número de otros miembros aumentó en 3.711 personas. La tasa media de crecimiento anual entre los dos últimos censos fue del 8%. Fiji tiene una población relativamente joven, con 413.100 personas menores de 25 años, lo que representa alrededor de un 53%.

22.Este porcentaje ha disminuido con relación al 58,7% de 1986. La población económicamente activa sumaba 441.852 personas en 1986, lo que representa el 62% del total, y en 1996 era de 523.428 personas, alrededor de un 67%. Se estima que había 47.027 personas mayores de 60 años, vale decir un 6% del total de la población proyectada en 1996. Esta cifra ha aumentado en relación al 4,9%, correspondiente a 35.395 personas, que había en 1986. En 1986 la tasa de personas a cargo era de 71, pero descendió a 70 en 1990 y a 68 en 1996. Esto significa que el porcentaje de personas dependientes de aquellos que trabajan está descendiendo. Sin embargo, con el aumento de la esperanza de vida esta tendencia puede cambiar en el futuro.

23.Más del 60% de la población actual de Fiji vive en zonas rurales. El otro 40% está repartido en ocho centros urbanos: unos 167.421 habitantes en Suva, 42.917 en Lautoka, 30.791 en Nadi, 14.596 en Ba, 24.187 en Labasa, 7.940 en Sigatoka, 3.745 en Levuka y 21.645 en Nausori.

24.La emigración en los últimos años, predominantemente de profesionales altamente capacitados y cualificados y sus familias, ha afectado profundamente al país. En el siguiente gráfico se comparan las cifras de emigración de 1986 y 2001.

Indios(porcentaje ilegible)Fijianos8%Europeos0%Chinos1%Rotumanos1%Isleños delPacífico0%Parcialmenteeuropeos2%Otros gruposétnicos0%Otros grupos étnicosParcialmente europeosIsleños del PacíficoRotumanosChinosEuropeosIndiosFijianosEmigración de ciudadanos de Fiji - 2001

25.Las mujeres de Fiji, un 49% de la población aproximadamente, tienen un índice de alfabetización del 89%. El Gobierno se ha comprometido a hacer participar en pie de igualdad a las mujeres en el desarrollo nacional, político, económico y social del país. En señal de reconocimiento de la contribución de las mujeres, se ha creado el Ministerio de Asuntos de la Mujer para velar por sus intereses.

26.El Gobierno se ha propuesto promover la igualdad de la mujer en lo que se refiere a su desarrollo económico y social, y eliminar toda forma de discriminación. El Plan de Acción Nacional para la Mujer constituye el principal mecanismo en este esfuerzo. El Plan apoya la colocación en lugar central de las preocupaciones relacionadas con el género para lograr la igualdad en los niveles de adopción de decisiones, formación, promoción y nombramientos, el ascenso de las mujeres en los negocios, la protección de la mujer frente a la violencia doméstica y el abuso sexual, y la revisión de las leyes que le son desventajosas. El Plan de Acción reconoce la necesidad de la participación plena y activa de la mujer, y por tanto tiene la finalidad de lograr el reforzamiento de la capacidad institucional del Ministerio de Asuntos de la Mujer así como de sus relaciones con las ONG. El Consejo Consultivo Nacional para la Mujer asesora al Ministerio de Asuntos de la Mujer sobre las cuestiones de la mujer y de género.

27.Las políticas del Ministerio de Asuntos de la Mujer se centran en garantizar el acceso de todas las mujeres, independientemente de su raza, a la asistencia prestada en virtud de diversos programas. Éstos son: el Programa de Desarrollo Social y Económico para la Mujer, un plan de microcréditos; las ONG que conceden subsidios para la mujer; y el Plan de Acción para la Mujer (1999-2008).

28.En otros sectores se han adoptado medidas que promueven la igualdad racial y que tienen repercusión para las mujeres, como por ejemplo la Ley (enmienda) de ciudadanía, de 1997, que permite a los extranjeros que contraigan matrimonio con mujeres fijianas adquirir la ciudadanía de Fiji. Anteriormente, esto era automático o permitido sólo para las esposas no fijianas de ciudadanos de Fiji de sexo masculino.

II. INFORMACIÓN RELATIVA A ARTÍCULOS ESPECÍFICOS DE LA CONVENCIÓN

Artículo 1

29.Uno de los objetivos del Gobierno de la República de las Islas Fiji es permitir que todos los miembros de su sociedad participen libre y plenamente en la vida económica, social y pública de la nación, con todos los beneficios y las responsabilidades que ello comporta, al tiempo que conservan su propia cultura, tradiciones, lengua y valores. La acción del Gobierno se dirige a abordar problemas de discriminación y desventaja, que impiden que los miembros de los grupos étnicos desarrollen su potencial como integrantes de pleno derecho de la sociedad de Fiji.

30.Todos los ciudadanos de las islas Fiji tienen los mismos derechos ante la ley. En este principio fundamental se basa la posición de las islas Fiji respecto de todos los artículos de la Convención examinados en el presente informe, aun cuando en éste no se haga referencia a las actividades de las islas Fiji con arreglo a cada artículo.

31.El Gobierno de las islas Fiji está firmemente comprometido en la eliminación de todas las formas de discriminación racial y la promoción de la igualdad de oportunidades. Su compromiso en favor de la eliminación de las barreras que se oponen a la plena participación se manifiesta de dos formas principales: mediante la legislación y mediante los programas encaminados a reducir las diferencias económicas entre las comunidades.

32.En primer lugar, por lo que se refiere a la legislación, las islas Fiji poseen la legislación más rigurosa y completa de las islas del Pacífico en materia de lucha contra la discriminación, que consiste en una Carta de Derechos de carácter constitucional aclamada internacionalmente y en las disposiciones abarcadoras en materia de lucha contra la discriminación de la Ley sobre la Comisión de Derechos Humanos. En virtud de dichas leyes, la discriminación racial en el empleo, el suministro de bienes y servicios, la educación y la formación, la acreditación profesional, la afiliación a organizaciones de trabajadores o empleadores, el acceso a los lugares públicos y el suministro de tierras, viviendas y alojamiento son ilegales.

33.El párrafo 2 del artículo 38 de la Carta de Derechos de la Constitución de 1997 prohíbe expresamente la discriminación por motivos de raza, origen étnico, lengua principal, color y lugar de origen, además de por razones de género, nacimiento, orientación sexual, edad, discapacidad, situación económica, opinión y credo.

34.Si bien el párrafo 2 del artículo 38 enumera aspectos en que la discriminación es ilegal, existen excepciones a la norma, por ejemplo, casos en que la discriminación no sería ilegal; estas excepciones se recogen en los cuatro párrafos del artículo 38: el apartado b) del párrafo 2 y los párrafos 6, 7 y 8. Cosa importante, el párrafo 8 del artículo 38 establece medidas de buena administración para fijianos y rotumanos con respecto a la tierra, los derechos de pesca y los títulos originarios de propiedad. Estas medidas pueden limitar un derecho o una libertad establecidos en la disposición sobre la igualdad (art. 38) al regular la administración de fijianos o rotumamos o de la comunidad banaban y de otras personas que viven como miembros de una comunidad fijiana, rotumana o banaban. Sin embargo, dicha limitación es válida sólo si se otorga a toda persona a la que se aplica el derecho a la igualdad ante la ley sin más discriminación que la basada en la raza o el origen étnico, y no viola un derecho o una libertad establecidos en la Carta de Derechos.

35.El artículo 42 de la Constitución de 1997 establece la Comisión de Derechos Humanos de Fiji. El cometido de la Comisión es educar a la población sobre los derechos humanos e investigar y resolver quejas por discriminación injusta que está prohibida con arreglo a su ley principal (Nº 10 de 1999) e investigar las acusaciones de violación de la Carta de Derechos de la Constitución de 1997. El artículo 17 de la Ley sobre la Comisión de Derechos Humanos prohíbe la discriminación en las esferas del empleo, la educación, la formación profesional, las asociaciones profesionales, la habilitación comercial o profesional, la afiliación a sindicatos de trabajadores y asociaciones de empresarios, la vivienda y el alojamiento, el suministro de bienes y servicios, incluidos los préstamos y seguros, y el acceso a los lugares públicos. La Comisión entró en funcionamiento en octubre de 1999 con la financiación y el apoyo del Gobierno que continúa prestando asistencia a esta floreciente Comisión independiente.

36.La Comisión continúa promoviendo el respeto de la ley, ofreciendo a los ciudadanos asesoramiento y orientación sobre cómo evitar la discriminación racial e investiga las acusaciones de discriminación racial, y tiene facultades para emprender acciones legales contra las personas y organizaciones que hayan infringido las leyes de discriminación injusta y la Carta de Derechos de carácter constitucional.

37.Desde que la Constitución de 1997 entró en vigor el 12 de julio de 1998, los tribunales de Fiji han aplicado las disposiciones pertinentes del capítulo IV de la Carta de Derechos:

a)Las condenas autoritarias por delitos relativos a las drogas violan el derecho a un juicio justo (incluido el derecho a solicitar una reducción de la pena) y contravienen la independencia judicial y la doctrina de la separación de poderes;

b)El castigo corporal en las escuelas y en las prisiones viola el derecho a no ser víctima de tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes;

c)La reclusión de personas a la espera de juicio durante más de 12 meses constituye una violación del derecho a no sufrir un trato o castigo cruel, inhumano o degradante y viola las normas internacionales sobre el tratamiento de los reclusos;

d)La reducción en las dietas de los presos que incumplan el reglamento carcelario viola el derecho a no sufrir un trato o castigo cruel, inhumano y degradante;

e)El derecho de una persona detenida por sospechas a contar con un abogado incluye el derecho a consultar a un abogado sin demora.

38.El segundo aspecto de la política del Gobierno para eliminar la discriminación racial y fomentar la igualdad de oportunidades se manifiesta en el gran número de programas e iniciativas que se han echado a andar para revitalizar la economía, y los programas especiales de asistencia para reducir las diferencias económicas entre los fijianos y otras comunidades. Existen varios programas destinados a luchar contra la discriminación y la situación de desventaja, algunos de los cuales se describen en el presente informe.

39.El Gobierno de las islas Fiji tiene la decisión de proporcionar a las minorías étnicas una protección firme contra el hostigamiento y la violencia de acuerdo con las disposiciones del derecho penal y en el contexto de los derechos y principios que amparan a la población en general, que se integran en los sistemas más amplios de las libertades y derechos de expresión individual y la libertad de expresión vigentes en las islas Fiji.

Política del Gobierno en materia de discriminación racial

40.El artículo 44 del capítulo 5 (Justicia social y acción afirmativa) de la Constitución de 1997 garantiza la igualdad de oportunidades para todas las razas y pueblos de las islas Fiji. El artículo 44 obliga al Parlamento a promover programas encaminados a lograr que todos los grupos o categorías de personas desfavorecidos tengan una igualdad de acceso real a diversas actividades y servicios, incluidas la educación y la formación; la tierra y la vivienda; y la participación en el comercio y en el servicio al Estado.

41.Las políticas del Gobierno están encaminadas a consolidar los programas especiales de ayuda para reducir las diferencias económicas entre los fijianos y otras comunidades. Están en armonía con las políticas aplicadas desde la independencia y definidas en la Constitución. Están asimismo conformes con las medidas adoptadas en muchos otros países. En la actualidad, los fijianos se encuentran rezagados en las esferas profesional, empresarial y de la educación, y en sus niveles de ingresos. Los más pobres y desfavorecidos en Fiji son los fijianos. Los hogares fijianos generalmente tienen los ingresos más bajos.

Reconciliación y unidad

42.El Gobierno fomenta asimismo la reconciliación nacional y la unidad entre todas las comunidades, fundamentalmente a través del Ministerio de Reconciliación. El Consejo Nacional del Ministerio de la Reconciliación Nacional se reúne trimestralmente. Varios ministerios sectoriales llevan a cabo la tarea de reconciliación sobre el terreno. Los directores de proyecto de los ministerios se reúnen mensualmente, bajo la presidencia del Secretario Permanente para la Reconciliación y la Unidad Nacional.

Artículo 2

43.En la introducción al presente informe se describe el marco legislativo en que se basa la estrategia de las islas Fiji contra la discriminación y gracias al cual se procura garantizar que todas las personas tengan los mismos derechos y obligaciones. El objetivo del Gobierno de las islas Fiji es aplicar por todos los medios adecuados una política de eliminación de la discriminación racial y promover el entendimiento entre todas las razas. Si bien el Gobierno cumple la función principal de garantizar la existencia de un marco jurídico adecuado, también fomenta la promoción, la cooperación y el dialogo de diversas maneras.

44.La Constitución de Fiji es el principal instrumento para la aplicación de los términos de la Convención. La Convención contiene disposiciones que no sólo otorgan y garantizan en Fiji a toda persona la protección de sus derechos y libertades fundamentales, sino que también prohíben la violación de cualquiera de dichos derechos. El artículo 2, que proclama la supremacía de la Constitución, y el capítulo IV, de la Carta de Derechos, son claros a este respecto. Particularmente significativo es el artículo 38. El artículo 41 es la disposición que estipula las medidas correctivas. (Véase en el apéndice C, la Carta de Derechos de la Constitución de 1997.)

45.Las disposiciones constitucionales a que se ha hecho referencia también forman parte de la política actual del Gobierno con respecto a la Convención. El artículo 38, disposición sobre la igualdad, proclama la igualdad ante la ley; ahora bien, los programas encaminados a mejorar la situación de los desfavorecidos no infringen esa disposición y de hecho son fomentados por el artículo 44, que comprende las disposiciones sobre justicia social.

46.Existen algunas disposiciones legislativas en que se prohíbe la discriminación. Éstas son:

a)Los artículos 15 y 17 de la Ley de orden público de 1969 (véase el apéndice 4). El artículo 17 recoge de modo más amplio el espíritu de la Convención; se ha invocado una vez ante el Tribunal Supremo consiguiéndose una sentencia condenatoria. Se trata del fallo del Tribunal Supremo dictado en 1977 en el caso Regina c. Sakeasi Butadroka, Iona Walisoliso y otros.

b)Los artículos 65, 66, 67 y 68 del Código Penal incluyen en el delito de sedición la edición o distribución de publicaciones cuyo origen o continuación tengan como presunto objeto fomentar sentimientos de hostilidad entre las diferentes clases o razas de la comunidad (véase el apéndice 5).

c)Además de las disposiciones mencionadas, hay otras normas legislativas más directamente relacionadas con el espíritu de la Convención, que reflejan claramente la política del Gobierno y las disposiciones constitucionales que prohíben la discriminación racial. Sirvan de ejemplo la Ley de inmigración y la Ley de educación.

d)La Comisión de Derechos Humanos de Fiji, creada en virtud del artículo 44 de la Constitución y cuyas funciones quedan definidas y reguladas por la Ley sobre la Comisión de Derechos Humanos Nº 10 de 1999 (véase el apéndice 10).

e)La institución del Ombudsman está regulada en la Constitución. Sus facultades de reparación comprenden la de realizar investigaciones y formular recomendaciones sobre las quejas que se le presenten por supuestas violaciones de los derechos fundamentales reconocidos y garantizados en la Constitución. Igualmente puede realizar tales investigaciones de oficio (véase el apéndice 9).

La administración pública

47.En virtud de nuestra Constitución, y más específicamente a tenor del artículo 140, la función primordial de la administración pública es garantizar que las políticas del Gobierno se apliquen con eficacia y con una gestión adecuada de los recursos.

48.La administración pública es plenamente responsable ante el Gobierno. Es responsable ante el Gobierno de ofrecer un asesoramiento abierto, honesto, amplio, exacto y oportuno, y de aplicar las políticas y los programas del Gobierno.

Reformas de la administración pública

49.El objetivo de la Comisión de Administración Pública es promover la excelencia en la prestación de los servicios públicos. Para lograrlo, la Comisión posee facultades legales para examinar la maquinaria de gobierno con el fin de garantizar su eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los objetivos de gestión del Gobierno en el sector público. La Comisión posee asimismo facultades constitucionales y legales para ser la autoridad central en materia de personal en la administración pública. Tras haber delegado gran parte de sus facultades constitucionales a los departamentos en 1998, la Comisión de Administración Pública se centrará en el fortalecimiento de la capacidad de dirección de los departamentos y en el desarrollo de una estructura de gestión de los recursos humanos para el personal de la administración pública que garantice la innovación y la mejora constantes en la prestación de servicios públicos.

50.En la actualidad se está divulgando entre los ministerios y departamentos el Programa para la excelencia en el servicio. El Gabinete ministerial aprobó este Programa el 8 de agosto de 2002. Un equipo superior de gestión de la Comisión está llevando a cabo actualmente reuniones preliminares con los ministerios para informarlos acerca del Programa y del marco de cuadros ejecutivos superiores. El equipo de la Comisión de Administración Pública ha mantenido reuniones con el Ministerio de Turismo, Patrimonio Cultural y Aviación Civil, el Ministerio de Empresas Públicas, el Ministerio de Pesca y Silvicultura, el Ministerio de Obras, Telecomunicaciones, Energía, Transporte Terrestre y Marítimo, el Ministerio de Desarrollo Regional y el Ministerio de Juventud y Deporte. El equipo continuará con estas reuniones con el fin de visitar todos los ministerios antes de finales de noviembre de 2002. Alentamos al personal de los ministerios que visitamos a manifestar sus opiniones e inquietudes puesto que hemos obtenido información valiosa de los ministerios ya visitados. Las cuestiones planteadas se tendrán en cuenta para el desarrollo de nuevas iniciativas de políticas de reforma así como en la aplicación de dichas políticas. La Comisión de Administración Pública a través de la Dependencia de Sistemas de Información de la Gestión perfecciona actualmente el sistema de información del personal para convertirlo en un sistema de información sobre recursos humanos completo e informatizado destinado a toda la Administración Pública y accesible para todos los ministerios y departamentos. El nuevo sistema permitirá la integración de información completa sobre los recursos humanos de toda la administración pública, una actividad que se ha destacado como uno de los objetivos de la reforma de la administración pública. Además, no sólo ayudará a la Comisión sino también al Ministerio de Finanzas en sus previsiones presupuestarias y a varios ministerios y departamentos a lograr una mejor planificación de los recursos humanos.

Valores de la administración pública

51.Los valores de la administración pública quedan definidos en el artículo 4 (véase el apéndice 8) de la Ley de 1999 sobre la administración pública. Ésta dispone que:

a)Las decisiones sobre el empleo en la administración pública deberán tomarse sin patrocinio, favoritismo o influencia política;

b)La selección deberá realizarse en un proceso abierto y competitivo;

c)La administración pública debe ser en todo momento apolítica, desempeñando sus funciones de una manera neutral, imparcial y profesional;

d)La administración pública debe funcionar en un ambiente de trabajo libre de cualquier tipo de discriminación;

e)La administración pública debería constituir un ejemplo evidente y perfecto del tipo de país que todos queremos que sea Fiji, donde la persona es reconocida, respetada y premiada por sus méritos profesionales, y donde reina un espíritu de preocupación y protección mutuas, de cooperación y esfuerzo de equipo, y de convivencia y unidad.

Código de Conducta

52.El artículo 156 (véase el apéndice 11) de la Constitución establece un código de conducta que vincula y comprende a todos los funcionarios públicos, así como a los ministros y a los miembros del Parlamento. En el desempeño de sus funciones, los funcionarios públicos:

a)No deben ocupar un puesto en que pueda existir un conflicto entre sus intereses privados y sus funciones públicas;

b)No deben comprometer el ejercicio con justicia de sus funciones públicas;

c)No deben actuar de manera que se cuestione su integridad; y

d)No deben causar una disminución del respeto por la integridad del Gobierno y de la confianza en él.

53.Los nombramientos y los ascensos en la administración pública se basan en ciertos principios fundamentales: primero, los nombramientos y los ascensos deberán fundarse en los méritos; segundo, los hombres y las mujeres por igual, y los miembros de todos los grupos étnicos, deberán tener oportunidades de capacitación y adelanto adecuadas y similares; y tercero la composición de los servicios estatales en todos los niveles debe reflejar de la manera más exacta posible la composición étnica de la población, teniendo en cuenta, cuando proceda, las preferencias de cada cual.

Política de igualdad de oportunidades en la administración pública

54.Dado que se trata de un requisito constitucional, resulta pertinente que abordemos la cuestión de la igualdad de oportunidades de empleo. La igualdad de oportunidades de empleo se define como la igualdad de oportunidades en todas las formas de empleo pagado y por consiguiente rechaza la discriminación injusta de cualquier tipo, incluida la discriminación por motivo de género, grupo étnico, edad y discapacidad. La igualdad se promueve mediante políticas, reglamentos, prácticas y comportamientos justos e imparciales en el lugar del trabajo.

55.La política sobre igualdad de oportunidades de empleo de la administración pública está encaminada a proporcionar a todos los empleados de la administración pública una guía sobre la imparcialidad y equidad en las decisiones relacionadas con el empleo en materia de contratación, promoción, traslado y formación sobre la base de los méritos. Se trata de buenas prácticas empresariales, que reconocen los objetivos y aspiraciones de las personas en forma competitiva.

56.Con el fin de lograr en materia de política un sistema normativo, justo, adecuado y realista, se pidió a los ministerios y departamentos que dieran su opinión respecto de la política sobre igualdad de oportunidades de empleo. Se ha tomado nota de los comentarios y sugerencias y se los ha tenido en cuenta al formular la política. Cada ministerio y departamento ha incorporado el programa de recursos humanos en materia de política sobre igualdad de oportunidades de empleo en sus actividades cotidianas. La Declaración de compromiso y la política sobre igualdad de oportunidades de empleo se divulgan ampliamente entre todo el personal de la administración pública y entre los posibles candidatos al empleo público. Se pide a los ministerios y departamentos que incluyan la política sobre igualdad de oportunidades de empleo como parte de sus programas o proyectos, en los planes del servicio y en sus acuerdos de desempeño profesional. La Comisión de Administración Pública controla actualmente la eficacia general de la política sobre igualdad de oportunidades de empleo. En la medida de lo posible, la Comisión de Administración Pública se basa en datos recopilados y almacenados a nivel central; no obstante, los ministerios y departamentos deben presentar anualmente a la Comisión un informe provisional el 30 de junio a más tardar y un informe anual final sobre igualdad de oportunidades de empleo el 31 de diciembre de cada año a más tardar, en el que se indique lo siguiente:

-análisis del género, origen étnico y antecedentes del personal;

-descripción de las medidas adoptadas para formar y capacitar a los miembros de los grupos sobre igualdad de oportunidades de empleo;

-análisis del número de candidatos de sexo femenino y de origen fijiano e indofijiano;

-evaluación del acceso de los miembros de los grupos de igualdad de oportunidades de empleo basada en la supervisión de las oportunidades de formación y capacitación;

-representación de los miembros de los grupos de igualdad de oportunidades de empleo en los principales órganos encargados de la toma de decisiones, incluidos los jurados de selección, las juntas de personal y los consejos bajo la supervisión del ministerio.

Composición del cuerpo de funcionarios públicos por raza y sexo (diciembre de 2000)

57.A continuación se presenta un gráfico de la composición del funcionariado por raza y sexo.

58.En diciembre de 2000, los fijianos indígenas eran mayoría entre los funcionarios públicos (10.826 funcionarios). Los indofijianos sumaban 6.320 y el número de funcionarios de otros grupos étnicos, incluidos los rotumanos, chinos, personas de origen parcialmente europeo y melanesios ascendía a 368.

Expatriados 1%Indofijianos36%Otros grupos étnicos2%Fijianosindígenas61%Indofijianos 36% Composición étnica del cuadro de funcionarios públicos diciembre de 2000

Comisión de Derechos Humanos de Fiji

59.El Gobierno de Fiji subvenciona y apoya resueltamente la labor de la Comisión de Derechos Humanos de Fiji, un órgano de derecho público que tiene por objeto el fomento de buenas relaciones entre las razas y la eliminación de las barreras artificiales en las islas Fiji. El Gobierno de Fiji promueve asimismo el diálogo entre los miembros de las comunidades minoritarias para garantizar que se aborden sus inquietudes y dificultades y permitir que los problemas sean resueltos.

60.En virtud de la Constitución de 1997 la Comisión de Derechos Humanos de Fiji tiene el mandato de promover la labor de los órganos de las Naciones Unidas responsables de la promoción de los derechos humanos, incluidos el Comité de Derechos Humanos (aunque Fiji no es todavía parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas. La disposición constitucional que establece la Comisión de Derechos Humanos de Fiji dice lo siguiente:

"42.-1) Este artículo establece una Comisión de Derechos Humanos.

2)Sus funciones son:

a)Educar al público acerca de la naturaleza y el contenido de la Carta de Derechos, incluidos sus orígenes derivados de las convenciones internacionales y demás instrumentos internacionales, así como las funciones del Comité de Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y otros órganos de la Asamblea General de las Naciones Unidas encargados de la promoción del respeto de los derechos humanos;

b)Formular recomendaciones al Gobierno acerca de los asuntos que afectan a la observancia de los derechos humanos, incluso formulando la recomendación de que una cuestión determinada relativa a los efectos jurídicos de una disposición de la Carta de Derechos se remita al Tribunal Supremo solicitando su opinión; y

c)Cumplir las demás funciones que le confiera una ley sancionada por el Parlamento."

Trabajo de los ministerios sectoriales encargados de cumplir tareas de reconciliación tras los acontecimientos de 19 de mayo de 2000 y sus consecuencias

61.El Ministerio de Reconciliación coordina la labor de varios ministerios sectoriales y de la sociedad civil para rehabilitar y reconciliar a las víctimas de los acontecimientos del 19 de mayo de 2000 y sus consecuencias:

a)El Ministerio de Desarrollo Regional es responsable del reasentamiento de las familias desplazadas que viven en el centro de Girmit en Lautoka, en el campo Valelawa en Labasa y otras que se vieron desplazadas como resultado de la conmoción política de mayo de 2000. Su función es actuar de enlace con las familias, proporcionarles medios de transporte y garantizar que sean alojadas adecuadamente en su lugar de reasentamiento. Esto se ha llevado a cabo satisfactoriamente y hasta la fecha sólo quedan cinco familias desplazadas en el centro de Girmit en Lautoka.

b)El Ministerio de la Vivienda y Gobierno Local es responsable del reasentamiento de los ocupantes ilegales. Estos son inquilinos ilegales y el principal objetivo es proporcionarles medios que les permitan tener un contrato de arrendamiento legal. El Ministerio ha puesto en marcha planes de ordenamiento de las tierras ocupadas ilegalmente que han sido compradas. Se prevé que en la propiedad de Jittu las obras comenzarán en breve. La composición de los colonos en este asentamiento es un reflejo de los principales grupos raciales, por ejemplo, fijianos e indofijianos.

c)El Ministerio del Interior es responsable de la seguridad de nuestra nación, tanto en el plano interno como en el externo. En la actualidad el principal riesgo para la seguridad es interno. A este respecto, las Fuerzas Armadas y la Policía de  Fiji dan la seguridad necesaria a nuestra nación. Las Fuerzas Armadas de la República de las islas Fiji participan únicamente en proyectos de construcción, como responsables de proporcionar recursos humanos. Por lo que respecta a la seguridad, únicamente una pequeña unidad está presente en la zona de la presa de Monasavu. En la actualidad, la policía es la principal fuerza de seguridad. Garantiza la seguridad mediante patrullas callejeras y el mantenimiento de diversos puestos de policía. La policía cuenta asimismo con un equipo de relaciones públicas sólido y entregado a su labor cuyos miembros viajan por todo Fiji y se encargan de agrupar a personas de diferentes antecedentes étnicos, religiosos y sociales. También organizan talleres sobre la reconciliación, que ha puesto en marcha en determinadas zonas escogidas; se espera poder continuar estas actividades y llegar a otras partes de Fiji.

d)El Ministerio de Agricultura se encarga del reasentamiento de los antiguos arrendatarios en virtud de la Ley de arrendamiento de tierras e inquilinos agrícolas. En 1999 el Ministerio adquirió tierras para el reasentamiento de los antiguos arrendatarios acogidos a dicha ley y en la actualidad dispone de 278 parcelas para el reasentamiento. Asimismo el Ministerio presta asistencia mediante el Programa de ayuda a las familias en virtud de la ley mencionada. Se han aprobado en total 889 solicitudes por un valor total de 6.185.281,99 dólares de los EE.UU. Estas solicitudes proceden de diferentes grupos raciales.

e)El Ministerio de Bienestar Social proporciona ayuda económica a las familias afectadas del asentamiento de Muaniweni. La ayuda a las familias se concede en el caso en que ningún otro departamento gubernamental se ocupe de ellas. La asignación de ayuda es de 100 dólares mensuales.

f)La Asamblea de Iglesias Cristianas se creó en mayo de 2001. El principal objetivo de la Asamblea es fomentar la unidad entre las diferentes confesiones cristianas. La Asamblea ha organizado festivales cristianos en todo Fiji con participación de personas de diferentes orígenes sociales, políticos y étnicos. Asimismo es responsable de la organización de los desayunos para la oración del Presidente y el Primer Ministro. Los desayunos acogen a los líderes de las comunidades empresariales, las organizaciones religiosas, las ONG y otros miembros del sector privado. El Ministerio de Reconciliación participa en los programas en directo de Radio Fiji sobre cultura y tradición. La cultura y tradiciones fijianas se explican en hindi mientras que la cultura y las tradiciones hindúes se explican en lengua fijiana. El Ministerio también se vincula con la población a través de los programas de la televisión de Fiji. El canal Trinity TV ha aceptado transmitir programas locales de reconciliación. Este canal cristiano ha conseguido una audiencia fiel entre los cristianos de Fiji, que representan el mayor grupo religioso.

62.A medida que progresa, el Ministerio de Reconciliación comienza a ser consciente de la enorme tarea que tiene por delante. Las autoridades legislativas no pueden cumplir esta tarea. La reconciliación tiene que ver con las personas de carne y hueso. Por consiguiente, exige el esfuerzo de todas las comunidades. El Ministerio se esfuerza por determinar todas las necesidades de nuestras diferentes comunidades. Actualmente se efectúan trabajos de investigación y análisis que contribuirán a largo plazo a la formulación de políticas sólidas para los mecanismos de reconciliación. La cuestión de la reconciliación no puede quedar archivada de la noche a la mañana. Requiere la voluntad de todos los ciudadanos de nuestro país. El Ministerio de Reconciliación está decidido a lograr que el sueño de una Fiji unida donde todas las comunidades vivan prósperamente en paz y armonía se haga realidad.

Refugiados

63.El apartado 5 del párrafo A) del artículo 2 de las directrices generales pide específicamente a los Estados Partes proporcionar información sobre las medidas encaminadas a cumplir el compromiso de estimular medios encaminados a eliminar las barreras entre las razas. Por lo que respecta a los refugiados, Fiji ratificó la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados si bien todavía no hemos acogido a ningún refugiado y no existen procedimientos para ocuparse de ellos, tal como reconocimos en el momento de la ratificación. El Gobierno estudia diferentes opciones tras haber rechazado inicialmente la propuesta del Gobierno de Australia de que se instalen en Fiji centros de procesamiento.

Programas de acción afirmativa

Políticas de justicia social y acción afirmativa

64.La acción afirmativa refleja el compromiso del Gobierno de garantizar los derechos económicos básicos y una distribución de la riqueza más justa. El objetivo es poner fin a las injusticias y desigualdades, que suponen una amenaza para la estabilidad social de Fiji. El Gobierno subvenciona asimismo programas de ayuda a los pobres y los necesitados de otras comunidades. Entre ellos se cuentan programas de bienestar social, ayuda a las familias, viviendas baratas, becas, planes de créditos para estudiantes y proyectos para aliviar la pobreza.

65.El informe de la Comisión de Revisión de la Constitución de Fiji, que revisó la Constitución de 1990, reconoció que la simple prohibición de la discriminación sin que se lleve a cabo ninguna acción afirmativa equivale a perpetuar las disparidades sociales y económicas entre los fijianos y rotumanos y los otros grupos étnicos que viven en Fiji. Por esta razón, la Comisión recomendó que se obligara al Gobierno a realizar programas de acción afirmativa.

66.Las políticas de acción afirmativa ponen en práctica el párrafo 4 del artículo 1 y el párrafo 2 del artículo 2 de la Convención. De conformidad con la Convención, estos programas y políticas se ejecutan con el único propósito de garantizar el adelanto adecuado de los diferentes grupos étnicos y el goce de sus derechos humanos y libertades.

67.Históricamente, tras la independencia, el Gobierno ha venido adoptando la política de exigir que se conceda un trato especial a los miembros de razas con escasa o nula representación. Esta tendencia se ha traducido en las ayudas especiales otorgadas a los fijianos en la esfera de la educación por lo que se refiere a la distribución de las becas del Gobierno y en el ámbito del comercio en relación con el acceso a los servicios de asesoramiento. Los no fijianos también tienen acceso a las becas a través del Ministerio de Asuntos Multiétnicos. En virtud de la Ley de justicia social, estos programas se revisan regularmente.

68.El proyecto del Gobierno actual contiene asimismo propuestas sobre las cuestiones relacionadas con el uso de las tierras fijianas que refuerzan el papel del Gran Consejo de Jefes, aumentan la participación de los fijianos en el comercio y la industria, en la mejora de las aldeas, la educación y en un aprovechamiento más justo de los recursos naturales. Las políticas del Gobierno son conformes a la Constitución por lo que respecta a la protección de los derechos de las minorías así como de los grupos indígenas mediante programas de justicia social y acción afirmativa. Sin embargo, el proyecto intenta garantizar que todos los ciudadanos de Fiji disfruten de los derechos humanos básicos en pie de igualdad.

69.Durante la Cumbre Económica Nacional celebrada los días 12 y 13 de septiembre de 2002, el Gobierno presentó un plan a 20 años para resolver, de manera integrada, sistemática y concentrada, una de las disparidades que divide al país: la posición socioeconómica desfavorecida de los fijianos y rotumanos indígenas en comparación con los otros grupos étnicos.

70.De conformidad con las disposiciones sobre justicia social de la Constitución de 1997, los programas de acción afirmativa del Gobierno quedan regulados por la Ley de justicia social Nº 5 de 2001 promulgada en diciembre de 2001.

71.Los programas actuales iniciados o continuados con arreglo a la Ley de justicia social de 2001 comprenden las siguientes iniciativas:

-plan para la igualdad en la pequeña empresa;

-mejoramiento de la educación de los fijianos y rotumanos;

-creación de microempresas;

-aumento de la participación de los fijianos y rotumanos en las empresas;

-plan de créditos para estudiantes;

-alquiler de locales propiedad de fijianos y rotumanos;

-concesión de becas administradas por el Ministerio de Asuntos Multiétnicos;

-proyectos de autoayuda administrados por el Ministerio de Desarrollo Regional;

-plan de ayuda a las familias;

-plan de mitigación de la pobreza;

-rehabilitación de las personas discapacitadas.

72.Los programas mencionados van dirigidos a los siguientes grupos:

-fijianos (definidos en el Vola ni Kawa Bula) rotumanos (definidos en la Ley sobre los rotumanos);

-estudiantes fijianos y rotumanos en escuelas estatales y privadas;

-estudiantes con resultados académicos deficientes;

-jóvenes que abandonan la escuela en las zonas rurales y suburbanas sin educación formal;

-estudiantes con discapacidades mentales, físicas e intelectuales;

-mujeres, jóvenes, discapacitados, desempleados y personas de bajos ingresos;

-estudiantes procedentes de familias de bajos ingresos según estipula la ley;

-personas jurídicas fijianas y rotumanas tales como los consejos provinciales;

-reclusos;

-no fijianos y no rotumanos cuyos ingresos no superen los límites establecidos por la ley;

-fijianos propietarios de recursos;

-fijianos, rotumanos y otras comunidades sin tierras;

-nacionales de Fiji que no cuenten con una fuente de ingresos fija, tengan más de 60 años y sean discapacitados, viudos o padezcan otras limitaciones.

73.Entre los objetivos de los programas mencionados se cuentan:

-facilitar el acceso a la pequeña empresa y su promoción;

-fortalecer la estructura administrativa de las escuelas fijianas y mejorar las instalaciones escolares;

-facilitar el acceso a una educación de calidad en todos los niveles al grupo beneficiario;

-ayudar al grupo beneficiario a adquirir calificaciones para el empleo;

-crear y desarrollar microempresas para los grupos desfavorecidos;

-fomentar y facilitar la participación de los fijianos y rotumanos en el comercio y la industria;

-facilitar la igualdad de acceso a la formación y la educación;

-ampliar el acceso a la vivienda;

-garantizar la atención de las necesidades básicas de los discapacitados para mitigar las dificultades sociales;

-ocuparse de la rehabilitación de los desempleados y de los niños de la calle;

-proporcionar tierras y vivienda a los ocupantes ilegales;

-facilitar el acceso a la educación y formación a los fijianos y rotumanos indígenas para que queden en pie de igualdad con las otras comunidades étnicas en el terreno profesional y técnico.

74.Teniendo en cuenta la necesidad de colmar la disparidad económica, social y educativa de fijianos y rotumanos con relación a otros grupos étnicos de Fiji, existe el propósito de que los programas de acción afirmativa sean temporales y que se acaben una vez se hayan alcanzado sus objetivos.

75.El artículo 6 de la Ley de justicia social obliga al departamento u organismo competente a vigilar la eficacia de los programas respecto de los indicadores de rendimiento establecidos en el plan. Además el apartado b) del párrafo 1 del artículo 6 obliga al ministro competente a presentar informes anuales al Parlamento según la ley.

76.Por consiguiente, cabe señalar que los programas mencionados son supervisados por una dependencia creada por el Ministerio de Planificación Nacional. Como parte de sus funciones, la dependencia efectúa evaluaciones cuantitativas y cualitativas del programa de una manera continua, que se recogen en un informe anual al final de cada año. La supervisión garantiza que los receptores pertenezcan a la categoría de beneficiarios designada, que se aprovechen adecuadamente los recursos y que se logren los objetivos.

77.El párrafo 7 del artículo 44 de la Constitución de 1997 estipula que ningún programa así establecido debe durar más de diez años a partir de su fecha de inicio.

Artículo 3

78.En las islas Fiji no se practica el apartheid. El Gobierno de las islas Fiji condena todas las formas de apartheid y cualquier otra forma de segregación racial. Las islas Fiji se esfuerzan por lograr una sociedad en la que todas las personas, independientemente de su raza, puedan sentirse seguras, a salvo y capaces de contribuir a los logros que se obtengan y beneficiarse con ellos. El Gobierno de las islas Fiji cree firmemente que no deben existir barreras artificiales basadas en motivos raciales.

79.Sin embargo, no hay normas legislativas concretas que pongan en práctica el artículo de la Convención que prohíbe y condena el apartheid. Por supuesto, las normas de derecho interno no pueden violar las disposiciones prohibitivas de la Constitución. Parece, por lo tanto, que este factor hace innecesarias las medidas legislativas sobre la materia.

80.Fiji apoyó plenamente las resoluciones de las Naciones Unidas sobre el apartheid y aconsejó a las organizaciones deportivas nacionales que no aceptasen invitaciones procedentes de países que practicasen el apartheid o para visitarlos hasta 1990, cuando el apartheid fue abolido en Sudáfrica.

81.En el marco de la Commonwealth de naciones Fiji firmó el Acuerdo de Gleneagles, que condena el apartheid.

Artículo 4

82.Las islas Fiji mantienen la interpretación del artículo 4 manifestada al pasar a ser Parte en la Convención en 1973 por vía de sucesión: que el artículo 4 exige que una Parte en la Convención adopte medidas legislativas ulteriores en los ámbitos abarcados por los apartados a), b) y c) de este artículo sólo si considera, con el debido respeto a los principios enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y los derechos enunciados de manera expresa en el artículo 5 de la Convención (en particular el derecho a la libertad de opinión y de expresión y el derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas), que es necesario dictar algunas leyes nuevas o modificar las leyes y la práctica existentes para alcanzar estos objetivos.

83.El Gobierno de las islas Fiji no apoya las posturas de las organizaciones extremistas o racistas. Si las actividades de dichos grupos o sus miembros violan la ley, la policía podrá aplicarles la legislación penal y sobre el orden público.

84.Existen ya disposiciones en la legislación penal actual de las islas Fiji que se ocupan eficazmente de la conducta dirigida a instigar el odio racial o susceptible de instigarlo y de la conducta que implique una incitación a otras personas al odio racial. En la Ley de orden público, que figura en el apéndice 4, se establecen estas normas. También debe tomarse nota de la definición que da el Código Penal del delito de sedición (apéndice 5).

85.El efecto conjunto de las disposiciones de la Constitución, del Código Penal y de la Ley de orden público anteriormente mencionados debería demostrar que en los términos de su sucesión en la Convención, Fiji cumple casi íntegramente este artículo, aunque no la propia Convención.

86.Es necesario señalar que la Ley de orden público es quizá la única legislación penal que representa claramente la adopción de los párrafos a) y b) del artículo 4.

87.En resumen, las prohibiciones constitucionales iniciales hacen prácticamente innecesaria una legislación específica. En términos estrictos, la reserva relativa al sistema electoral nacional y al territorio de Fiji siguen siendo una parte esencial e integral de la administración del Gobierno central. Por tanto la reserva sigue siendo hasta este momento un asunto de política nacional basado en un acuerdo nacional.

88.El Gobierno de las islas Fiji ha tomado nota de la rotunda opinión del Comité según la cual la ley debe prohibir todas las organizaciones de índole racista. Esta opinión se expresa en el párrafo 6 de la Recomendación general Nº 15 del Comité de 17 de marzo de 1993.

89.Estas competencias de proscripción no existen en las islas Fiji: El Gobierno tiene la opinión fundamentada de que prohibir las organizaciones extremistas o intentar restringir sus actividades debido a sus principios políticos sería percibido como una violación del derecho a la libertad de expresión y, casi con total seguridad, sería contraproducente. El Gobierno cree que este tipo de medida probablemente daría lugar a una mayor publicidad y apoyo a los grupos en cuestión. Por tanto, el Gobierno ha decidido que los efectos de prohibir estos grupos irían en contra del objetivo y de los fines de la Convención. El hecho de que estos grupos no estén prohibidos no da a sus miembros ninguna inmunidad que impida juzgarles si cometen delitos.

90.Sin embargo, las disposiciones de la Ley de orden público relativas a las organizaciones cuya finalidad es usurpar las funciones de la policía o del ejército o utilizar la fuerza física para promover objetivos políticos o de otra índole son pertinentes, aunque no se tiene conocimiento de que se hayan producido juicios.

Artículo 5

91.En las islas Fiji, ninguno de los derechos enunciados en el artículo 5 está sometido a restricciones por motivos de raza, color u origen étnico o nacional, aparte del ejercicio del derecho de voto, que, como en otros países, está sometido a algunas restricciones basadas en la nacionalidad.

92.El artículo 38 de nuestra ley suprema, la Constitución, proclama la igualdad de todas las personas en las islas Fiji, con algunas limitaciones. El Gobierno considera que este derecho, garantizado por la Constitución, a la igualdad y a la no discriminación por motivos como la raza, el origen étnico, la nacionalidad y el idioma primario es suficiente.

93.La administración de justicia está regulada por la Constitución, por normativas específicas y por los reglamentos de los tribunales. En éstos se reconocen y protegen los derechos de igualdad de acceso a los tribunales y a otras cortes de justicia y a la representación legal, sin distinción de raza, color u origen nacional o étnico. El poder judicial es completamente independiente del poder legislativo y del ejecutivo.

94.El poder judicial del Estado reside en el Tribunal Superior, el Tribunal de Apelación y el Tribunal Supremo, así como en los demás tribunales creados por la ley. El máximo tribunal de apelación del Estado es el Tribunal Supremo. El Tribunal Superior está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo y un mínimo de diez magistrados o jueces superiores, y tiene jurisdicción de primera instancia ilimitada para conocer y juzgar cualquier procedimiento civil o penal en virtud de las diversas leyes o la jurisdicción de primera instancia que le haya sido atribuida por la Constitución.

95.El Tribunal de Apelación está compuesto por un juez diferente del Presidente del Tribunal Supremo, nombrado también Presidente del Tribunal de Apelación, por otros jueces que hayan sido nombrados jueces del Tribunal de Apelación y por los magistrados o jueces del Tribunal Superior. Este Tribunal tiene competencia para conocer y fallar las apelaciones de todas las sentencias definitivas del Tribunal Superior y cualquier otra jurisdicción que le confiera la ley.

96.El Tribunal Supremo se compone de su Presidente, de los jueces que hayan sido nombrados para integrarlo y de los jueces de apelación. Tiene competencia exclusiva para conocer y resolver las apelaciones de todos los fallos definitivos del Tribunal de Apelación.

97.El Presidente nombra al Presidente del Tribunal Supremo previo consejo del Primer Ministro después de haber consultado al líder de la oposición. Los jueces del Tribunal Supremo, los jueces de apelación (incluido el Presidente del Tribunal de Apelación) y los magistrados o jueces del Tribunal Superior son nombrados por el Presidente sobre la base de la recomendación formulada por el Consejo Superior de la Magistratura, tras consultar al Ministerio de Justicia y al comité sectorial permanente de la Cámara de Diputados responsable de las cuestiones relativas a la administración de justicia. El período de permanencia en el cargo del Juez del Tribunal Superior, de un juez del Tribunal de Apelación (incluido el Presidente del Tribunal de Apelación) o de un juez del Tribunal Superior finaliza a la edad de 70 años.

98.El idioma oficial en los tribunales es el inglés, pero el artículo 190 del Código de Procedimiento Penal dispone que las pruebas presentadas en presencia del procesado en un idioma que le sea incomprensible han de ser objeto de interpretación en audiencia pública. La Ley de asistencia jurídica de 1968 reconoce el derecho a la asistencia jurídica, pero lo limita a los procesos penales ante el Tribunal Supremo y lo condiciona al resultado de una prueba de insuficiencia de medios.

99.La violencia ejercida contra una persona o el daño corporal que pudiera causársele son delitos tipificados por el Código Penal. Los tribunales tienen competencia para ordenar la pena de azotes únicamente en ciertas circunstancias.

Formación contra la discriminación racial de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley

Reclutamiento y formación de los agentes de policía

100.En las etapas de reclutamiento y selección, la evaluación y el examen se realizan de acuerdo con las proporciones de los grupos que existen en la población. Dado que son más numerosos que los indios y demás grupos, los fijianos componen el 50%. La formación basada en la competencia se instauró formalmente en 1997. No hay disposiciones discriminatorias por los motivos prohibidos en la Constitución, entre los que se cuentan el origen étnico y el sexo; los candidatos deben cumplir únicamente los criterios de selección para alistarse en el cuerpo de policía. Durante la formación, los candidatos están en grupos racialmente mixtos sin discriminación ni trato especial alguno. Todos reciben la misma formación.

Cursos durante el servicio

101.Para toda formación en el servicio la Academia de Policía establece un calendario anual de cursos sobre diversos aspectos de las necesidades de la organización. Aparte del calendario, cada curso se anuncia antes de que comience en las Ordenanzas del Cuerpo de Policía semanales y se invita a los miembros del personal de policía a que se apunten. Se autoriza a recibir la formación a aquellos que cumplen los criterios de selección. Los candidatos no son elegidos directamente en las comisarías.

Exámenes y evaluación

102.Todos los exámenes y evaluaciones se realizan cumpliendo estrictamente las normas de la Academia. La utilización de números de índice para los exámenes escritos sirve para garantizar la imparcialidad y evitar la posibilidad de favoritismo. Si los candidatos no están de acuerdo con los resultados, tienen derecho a presentar sus quejas al Director de Formación por las vías normales.

Contenido de los cursos de formación policial

103.Al impartir los cursos se hace hincapié en la Declaración de Derechos, la ética y la profesionalidad, y en el Código Ético de la Policía de Fiji. Se insiste también en las cuestiones relativas a las necesidades de la comunidad y del cliente. La Academia se esfuerza por abordar las cuestiones que afectan directamente a la sociedad.

104.Distribución del personal de la policía de Fiji. La composición actual es la siguiente:  1.118 agentes fijianos, 717 agentes indios, 27 rotumanos y 53 de otros orígenes, que suman un total de 1.915 agentes de policía. La distribución por géneros muestra que el 91,4% de los agentes son hombres. El objetivo del Departamento en los próximos años es reclutar a más mujeres a fin de alcanzar la proporción correcta de 75% de hombres y 25% de mujeres.

Seguridad de las personas

105.La política del Gobierno es fomentar un disfrute pleno y equitativo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales por parte de todos los ciudadanos de las islas Fiji. En esta política es fundamental que todos los sectores de la población gocen de una protección adecuada contra la delincuencia y la violencia criminal.

106.Los miembros del servicio de policía son generalmente el primer escalón en la respuesta a cualquier situación. Por tanto, es fundamental que el cuerpo de policía esté adecuadamente capacitado.

107.El Gobierno mantiene su firme decisión de formular políticas que aborden el problema persistente de la violencia racial en las islas Fiji, y apoya plenamente los esfuerzos de la policía por combatir estos delitos con carácter prioritario. Se dispone de toda la fuerza del derecho penal para tratar los delitos de violencia y hostigamiento racial.

108.Por el interés superior de las minorías étnicas, debe velarse por que la legislación esté concebida de manera que se asegure que quienes cometen delitos de este tipo sean castigados con la mayor eficacia posible. Aunque la tipificación de un delito de violencia racial puede tener un efecto declarativo a corto plazo, el Gobierno de las islas Fiji cree que esto no representaría ningún aumento de la protección práctica ni contribuiría a unas buenas relaciones interraciales a largo plazo.

109.El Gobierno de las islas Fiji no cree que en principio sea correcto tipificar una clase específica de delito de violencia por motivos raciales que pueda castigarse con una pena mayor que otros delitos de violencia similares. Habría también muchas dificultades en la práctica para probar más allá de toda duda razonable que exista una motivación racista. El Gobierno puede estudiar mecanismos para que un tribunal considere la motivación racial como factor agravante dentro de las máximas penas vigentes al dictar sentencia, garantizando así que quienes cometan violencia de tipo racial reciban una sentencia y una pena adecuada.

110.El Gobierno de las islas Fiji cree que pueden hacerse muchas cosas para tener la seguridad de que la ley vigente se aplique de manera eficaz y coherente a los delitos de motivación racial. Si se comprenden claramente el alcance y los objetivos de la ley actual, el Gobierno de las islas Fiji cree que no hay obstáculos importantes que impidan juzgar eficazmente a un delincuente.

111.El Gobierno de las islas Fiji es consciente, gracias a la labor que ha realizado últimamente, de que hay cuestiones administrativas, incluidos los procedimientos, la formación y el asesoramiento, que deben abordarse para tener la seguridad de que la ley se aplica plenamente.

112.El departamento de estadísticas policiales no recopila información sobre los incidentes de tipo racial que se denuncian en las diversas comisarías de policía, a pesar de que la policía continúa esforzándose en mejorar el procedimiento de registro de los delitos y en alentar a las víctimas a que denuncien los hechos.

Derechos políticos

113.El derecho de voto está limitado a los ciudadanos de las islas Fiji. La votación para los gobiernos locales se basa en el sufragio universal adulto y de igual valor de los residentes. Cualquier ciudadano mayor de 21 años puede presentarse como candidato en las elecciones de este tipo.

114.Para la elección de la Cámara de Representantes, la Constitución exige que la votación se realice a través de un sistema de listas nacionales y comunales.

115.Este sistema de votaciones comunales se estableció en la época colonial y se conservó en la Constitución de la independencia de 1970, y también en la Constitución de 1990 y en la de 1997.

Otros derechos civiles

116.El artículo 34 de la Constitución de 1997 garantiza a los ciudadanos de Fiji la libertad de movimiento. Los ciudadanos tienen derecho a entrar y a permanecer en el país, y todos los que están en Fiji legalmente tienen derecho a moverse libremente por el país y a salir de él (párrafo 3 del artículo 34). El artículo 34 también establece que todos los ciudadanos y las demás personas que tengan derecho a residir en Fiji pueden hacerlo en cualquier parte del país. Las excepciones (párrafo 6 del artículo 38) a esta libertad garantizada por la Constitución son:

a)Para garantizar la comparecencia de una persona ante un tribunal para un juicio u otros procedimientos;

b)A consecuencia del enjuiciamiento de una persona por un delito;

c)Para proteger a otra persona de una posible violencia que se teme.

Derecho a la nacionalidad: apartado iii) del párrafo d) del artículo 5

117.Las disposiciones sobre la nacionalidad de la Constitución de 1997 se incluyen en el capítulo 3. La ciudadanía sólo puede adquirirse por nacimiento, registro o naturalización. Todos los niños nacidos en Fiji pasan a ser ciudadanos del país a menos que uno de sus padres tenga inmunidad diplomática o que ninguno de los padres sea ciudadano del país.

118.En el cuadro que figura a continuación se indican los países de las nacionalidades de origen de las personas a las que el Departamento de Inmigración concedió la nacionalidad entre 1982 y 2001.

1982

1983

1984

1985

1986

1987

1988

1989

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

Total

Australia

1

6

2

1

5

1

4

4

3

1

4

1

2

16

23

31

105

Canadá

1

1

2

China

10

6

11

9

8

3

225

101

25

58

77

57

55

67

18

21

105

62

24

143

1.085

Estados Unidos

1

1

2

1

7

1

3

16

Gran Bretaña (Reino Unido)

1

12

9

8

1

7

7

2

2

3

4

1

5

1

3

3

1

1

5

76

India

58

49

56

55

41

1

105

39

29

45

50

23

22

24

11

19

37

29

31

56

780

Islas del Pacífico

10

13

16

28

13

6

17

28

13

8

2

3

4

1

1

52

7

15

237

Nueva Zelandia

15

16

4

3

3

4

4

2

4

6

4

2

5

5

3

80

Otros

6

5

2

4

4

7

11

4

1

4

8

9

8

16

8

2

10

13

13

37

172

Singapur

1

1

2

Total

102

90

107

111

75

21

374

182

79

119

149

112

92

123

40

50

166

173

100

290

2.555

Fuente: Departamento de Inmigración.

Libre elección de trabajo

119.El Gobierno continúa tomando medidas para garantizar que miembros de todas las comunidades étnicas tengan acceso a las oportunidades de empleo y negocio en pie de igualdad en todas las islas Fiji.

120.El objetivo global del Ministerio de Trabajo y Relaciones Laborales es cubrir todas las actividades de elaboración, ejecución, control y evaluación de las políticas laborales, normas de trabajo y seguridad, y empleo. Las principales secciones del Ministerio y sus objetivos son los siguientes:

a)Relaciones laborales: promoción, creación y fomento de relaciones laborales que estimulen el progreso de las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores, y el fortalecimiento del mecanismo de solución de controversias mediante procedimientos de conciliación, disposiciones legales y servicios de asesoramiento.

b)Árbitro permanente: disponibilidad de una institución permanente para la resolución de conflictos del trabajo de manera rápida y sistemática.

c)Administración laboral: elaboración y aplicación de normas mínimas laborales. La Ley del Fondo Nacional de Previsión de Fiji, la del Consejo Salarial y la de remuneración de los trabajadores constituyen normativa aplicable.

d)Seguridad e higiene del trabajo: gestión efectiva de la legislación y del resto de la normativa referentes a seguridad e higiene del trabajo, así como la promoción de un elevado nivel de higiene y seguridad en todos los lugares de trabajo.

e)Investigación y desarrollo: realización de estudios de investigación, encuestas y recopilación estadísticas sobre las necesidades del mercado laboral en el país; prestación de servicios de calidad a la secretaría del Foro Tripartito y a todos los comités del Ministerio.

f)Sección jurídica: asesoramiento jurídico sobre legislación laboral y representación ante los tribunales de todas las secciones del Ministerio.

g)Registro de sindicatos y asociaciones patronales: gestión eficaz de las normas sobre sindicatos y asociaciones patronales.

h)Formación: realización de programas efectivos de formación del personal a fin de garantizar un servicio de la más alta calidad.

121.Ha sido en el sector privado donde ha tenido lugar fundamentalmente el crecimiento en el empleo remunerado, frente al sector público. Esto refleja las políticas gubernamentales de fomento de las exportaciones y promoción de la inversión en el sector privado, especialmente en actividades que generan gran cantidad de empleo. La participación de la mujer en la actividad económica más allá del hogar ha crecido de manera significativa desde mediados del decenio de 1960. La creciente tasa del empleo femenino dentro de la población activa frente a la estabilidad general del empleo masculino de acuerdo con las estimaciones del Ministerio de Planificación Nacional se ha traducido en un incremento neto de la población activa entre 1986 y 1996, y se piensa que tal incremento ha sido más acusado para las mujeres (aproximadamente 31.400) que para los hombres (unos 29.000). La política del Gobierno es reforzar esta contribución mediante el fomento de la participación femenina en actividades económicas "generales" y la mejora del acceso de la mujer a los servicios que aumentan su productividad. En el sector privado, la garantía de un acceso sin discriminación al financiamiento de pequeñas empresas facilitará esta política.

122.Los trabajadores están sindicados y la mayoría de los sindicatos se encuentran afiliados al Congreso de Sindicatos de Fiji. Los salarios y las condiciones de empleo están sujetos a conciliación voluntaria y, cuando es necesario, a arbitraje obligatorio. Por ley, hombres y mujeres tienen iguales oportunidades de empleo. Se estima que el total de la población activa creció a un ritmo medio anual del 2,3% desde 1986 a 1996. Esta tasa es considerablemente mayor que el incremento poblacional durante este período, que fue de 0,8% anual, y se debe fundamentalmente al crecimiento del empleo femenino. El crecimiento neto total de la población activa durante los cinco años se espera que sea de 40.500 personas (23.000 hombres y 17.500 mujeres), con un aumento aproximado desde 301.500 personas en 1996 a 342.000 en 2001. Esto representará un crecimiento medio del 2,6% anual frente al 2,3% del período 1986‑1996. Se calcula que unos 16.200 hombres y mujeres entraron a formar parte de la población activa cada año entre 1996 y 2001, de los cuales unos 14.500 comenzarán la búsqueda de empleo inmediatamente después de finalizar la enseñanza secundaria o de grado superior.

123.El objetivo principal de las políticas de inmigración de Fiji es fomentar la entrada de personas que contribuyan con su capacidad y experiencia a la producción, protegiendo al mismo tiempo las oportunidades de empleo para quienes ya forman parte de la población activa.

El derecho a la vivienda

124.La información extraída del censo de 1996 sobre la vivienda mostró varias similitudes y diferencias entre los grupos étnicos con respecto a su experiencia en el mercado de la vivienda.

125.El Gobierno está comprometido a promover la igualdad de oportunidades en cuanto a la vivienda, y ha protagonizado varias iniciativas en este sentido. La situación de la vivienda se caracteriza por la disparidad de la calidad de las casas en las zonas rurales y urbanas. La responsabilidad en este ámbito es fundamentalmente privada, pero en atención al carácter de necesidad básica que se le reconoce a la vivienda, el Gobierno ha tratado de asegurar el acceso generalizado a viviendas asequibles de calidad aceptable. La Autoridad de Vivienda y la Junta de Arrendamientos Públicos son las dos instituciones públicas que operan en este ámbito y desempeñan un papel central en cuanto a las viviendas sociales. En 1989 se realizó un estudio sobre las necesidades de vivienda y se estimó que para un crecimiento moderado de la población, las necesidades de viviendas nuevas aumentarían en torno al 60% desde 1991 a 2006; es decir, de 4.360 unidades en 1991 a 6.960 en 2006.

126.El Gobierno no es un proveedor de viviendas: son la Autoridad de Vivienda, la Junta de Arrendamientos Públicos y el Fondo Social de Ayuda para la Vivienda los que las facilitan. Sin embargo, el Gobierno insta a estas organizaciones a que fijen directrices claras para la promoción de la igualdad racial. Esto se realiza de diversas formas, mediante leyes (por ejemplo la Ley de la vivienda de 1988), y también mediante orientaciones para fomentar entre los distintos proveedores de viviendas la concesión de igualdad de oportunidades, todo lo cual ha tenido éxito, si bien queda mucho por hacer.

127.El Estado, por intermedio del Ministerio de Administraciones Locales, Vivienda, Asentamiento de Ocupantes Ilegales y Medio Ambiente, participa en el sector de la vivienda en Fiji por conducto de la Autoridad de Vivienda, la Junta de Arrendamientos Públicos, el Fondo Social de Ayuda para la Vivienda y la Dependencia de Asentamiento de Ocupantes Ilegales.

128.Estas cuatro entidades aparecen en la Ley de justicia social que prevé expresamente la asistencia en materia de vivienda a los sectores más pobres de la sociedad.

La Autoridad de Vivienda

129.A fin de controlar la creciente urbanización, en el decenio de 1950 el Gobierno inició un amplio programa para acortar la brecha entre la demanda y la oferta de viviendas. Se emitieron directrices específicas para la distribución de los recursos del sector público para vivienda entre un abanico más amplio de grupos sociales con diversos niveles de ingreso. La función central de la Autoridad de Vivienda es proporcionar viviendas a los trabajadores, definidos en la actualidad como aquellas personas cuyo ingreso medio anual es inferior a 16.530 dólares. La Autoridad pretende proporcionar viviendas adecuadas a precios asequibles a las personas que se encuadran en esta categoría. Además, ha puesto en práctica préstamos para viviendas rurales en el marco de su sistema actual, y ha aprobado varias iniciativas como parte de su nuevo enfoque dirigido a maximizar los resultados. Entre ellas, la eliminación de los intereses sobre gastos, la disminución a la mitad de las primas de protección hipotecaria y de las tasas de administración, y el establecimiento de préstamos a interés bajo para las necesidades de previsión.

130.Hasta el 31 de agosto de 2001, la Autoridad de Vivienda había centrado sus actividades fundamentalmente en facilitar viviendas asequibles e hipotecas a personas de ingresos bajos y medios: desde el percentil 20 (3.500 dólares) al 90 (16.500 dólares). Desde el 1º de septiembre de 2001, ha abierto el mercado de manera irrestricta, eliminando el requisito de los ingresos, y cualquier persona puede solicitar en la actualidad un préstamo para vivienda, si bien se sigue necesitando la aprobación ministerial definitiva.

131.La Autoridad no ha establecido ningún requisito para la asignación de parcelas, casas o financiación hipotecaria; sin embargo, la experiencia de los últimos años muestra que los indios compran mayoritariamente parcelas y los fijianos originarios adquieren casas ya construidas. Esto se hizo patente en la venta de casas diseñadas y construidas por los mismos propietarios en Nadawa, Tavakubu y Matavolivoli. Por lo demás, los grupos étnicos se mezclan espontáneamente en las distintas urbanizaciones.

132.En cuanto a las solicitudes de viviendas, todas reciben el mismo tratamiento, pero están sujetas a los criterios para la concesión de préstamos establecidos en las políticas y procedimientos de la Autoridad de Vivienda. Ésta no discrimina a nadie que pretenda alquilar o vender, siempre que la hipoteca se pague según el contrato. Si un cliente se encuentra en dificultades financieras, será necesario llegar a un acuerdo adecuado con la Autoridad acerca del reembolso. Ésta también concede un período de gracia de seis meses en caso de despido. Además, en este caso queda congelado el tipo de interés.

133.La Autoridad de Vivienda ha construido urbanizaciones en todo Fiji y especialmente en los grandes centros urbanos de Suva, Nasinu, Lautoka, Nadi, Ba, Labasa y Savusavu. Cualquier persona que desee comprar una vivienda permanente puede acudir a la Autoridad sin temor a ser discriminada. Además, para facilitar más el acceso, el 28 de noviembre de 2001 se abrió una oficina en Suva y están previstas nuevas oficinas en Nadi y Ba para 2002.

La Junta de Arrendamientos Públicos

134.Esta Junta fue creada para asumir y gestionar la sección de alquileres de la Autoridad de Vivienda y para ofrecer viviendas en régimen de alquiler a precios accesibles a familias urbanas de ingresos bajos y medios con el objetivo último de vender tales viviendas o partes de las mismas. Como regla de política, la Junta debía vender entre el 40 y el 60% de sus apartamentos de alquiler. Para prestar asistencia a estos inquilinos, en 1993 el Gobierno se comprometió a conceder subvenciones de alquiler a la Junta. Se prevé que a partir de este año la deuda de la Junta se transfiera al Gobierno a cambio de la eliminación del subsidio de alquiler y la entrega de fondos para obras de infraestructura.

135.A continuación se presenta un desglose de los inquilinos de la Junta. Ésta no discrimina entre sus clientes, siempre que paguen el alquiler en su totalidad y satisfagan los restantes pagos requeridos. Existen apartamentos en alquiler disponibles en todo el país: en la zona de Suva y Nasinu, Korolevu, Levuka, Nadi, Lautoka, Labasa y Savusavu. Además de la sede principal de Suva, la Junta tiene oficinas en los distritos del norte y del oeste.

Junta de Arrendamientos Públicos (1982-2001): ocupación por origen étnico

Fijianos indígenas

Indofijianos

Otros

Total

1982-1987

350

48

43

441

1988-1994

344

36

33

413

1995-2001

706

67

71

884

Total

1.400

151

147

1.698

Fondo Social de Ayuda para la Vivienda

136.El Gobierno contribuye también con el Fondo Social de Ayuda para la Vivienda para que ofrezca alojamiento a los pobres, especialmente a los indigentes o semiindigentes. Cada año se le concede una subvención de capital. El Fondo construyó 60 unidades en 1994, 28 en 1995 y 24 en 1996. Para mejorar el nivel de vida en los asentamientos marginales, el Gobierno ha puesto en marcha un ambicioso programa de alojamiento de ocupantes ilegales.

137.A continuación se desglosa el origen racial y la ubicación de los inquilinos del Fondo. En sus políticas y procedimientos, el Fondo no realiza discriminación racial alguna. Su misión es proporcionar alojamiento a los indigentes y a los semiindigentes, con independencia de su raza o religión.

Composición racial de los inquilinos del Fondo Social de Ayuda para la Vivienda en 2001

Emplazamiento

Fijianos indígenas

Indofijianos

Otros

Total

Vesida

15

7

5

27

Newtown

40

23

5

68

Korovou

5

5

-

10

Delainasole

25

19

3

47

Valelevu

14

8

4

26

Nadera

12

7

-

19

Narere

11

6

-

17

Anandiwas

8

3

1

12

Makoi

18

8

-

26

Nakasi

22

23

2

47

Lakena

13

2

1

17

Ba - Namosau

15

25

-

40

Sandalwood (Lautoka)

3

8

-

11

Bioletti (Lautoka)

2

6

-

8

Nadi

3

16

-

19

Rakiraki

14

7

-

21

Labasa

1

12

2

15

Total

221

185

24

430

Porcentaje

51,4

43,0

5,6

100

Asentamiento de ocupantes ilegales por el Departamento de Vivienda

138.El Gobierno se ha venido encargando durante los últimos años del asentamiento de ocupantes ilegales y la mejora de los asentamientos marginales existentes. Esta labor comprende la parcelación, la construcción de caminos y el desarrollo de infraestructura básica.

139.El Gabinete ministerial ha aprobado recientemente los criterios propuestos por el Departamento de Vivienda para la adjudicación y cálculo de costos de las parcelas para asentamiento de ocupantes ilegales. Estos criterios proporcionan mecanismos adecuados de seguridad y transparencia para estas operaciones del programa de asentamiento de ocupantes ilegales.

Salud pública y atención médica

140.En general, Fiji tiene un buen nivel sanitario, especialmente en comparación con otras naciones de las islas del Pacífico. El nivel sanitario del país cumple o sobrepasa la mayoría de los objetivos de la Organización Mundial de la Salud para el año 2000. Esta situación se debe al mejoramiento de las normas sanitarias, a sus buenos programas globales de atención de la salud y a los esfuerzos incansables del Ministerio de Sanidad para promover una vida saludable entre la población. La política sanitaria del Gobierno se centra en la prevención. Sin embargo, al mismo tiempo se reconoce la necesidad de una medicina curativa que sirva de apoyo al enfoque preventivo.

141.El Ministerio de Sanidad es competente en los siguientes ámbitos:

a)Servicios médicos, incluidos los medicamentos y otros suministros para el cuidado de los pacientes en hospitales y centros de salud urbanos, hospitales regionales y clínicas y centros de enfermería rurales;

b)Investigación en las áreas de la lucha contra virus, vectores y filariasis y vigilancia del SIDA;

c)Salud pública centrada en la salud maternoinfantil, prevención de enfermedades infecciosas, planificación de la familia, control de la contaminación y servicios rurales de salud;

d)Educación y formación sanitaria por intermedio de la Escuela de Medicina y la Escuela de Enfermería de Fiji;

e)Funcionamiento de tres residencias de ancianos en Suva, Lautoka y Labasa;

f)En los próximos años, el Ministerio de Sanidad perseguirá entre sus objetivos prioritarios los siguientes:

-gestión, formación y desarrollo del personal;

-educación e información sanitaria;

-gestión y reforma del sistema de salud;

-recuperación de los costos y seguros médicos;

-coordinación de las donaciones;

-equipamiento de los hospitales regionales y centros de salud;

-proyecto de desarrollo de la educación sanitaria y fomento de la salud;

-seguridad e higiene del trabajo;

-mantenimiento del nuevo hospital pediátrico;

-construcción y mantenimiento de la nueva ampliación del hospital de Nadi;

-continuación del Proyecto de salud rural y comunitaria de Taveuni;

-mejoramiento en profundidad de los centros de salud en los distritos oeste, norte y centro/este;

-construcción del nuevo Hospital Vunidawa en Naitasiri;

-plan maestro y diseño de los hospitales de Labasa, Ba y Nasinu;

-mejoramiento de los principales hospitales (de distrito y de especialidad);

-mejoramiento del sistema de información sanitaria.

142.En las islas Fiji aumenta la longevidad de la población, con una esperanza de vida de 61,4 años para los hombres y 65,2 para las mujeres. La mortalidad infantil ha descendido un 62% en los últimos 20 años y en la actualidad es de 16,3 muertes por cada 1.000 nacidos vivos. La buena calidad de los servicios de obstetricia contribuye a disminuir la tasa de mortalidad infantil, de manera que el 95% de los nacimientos son atendidos por personal médico capacitado. Disminuye el número de niños cuyas muertes podrían evitarse con la vacunación, y en los últimos años no se ha informado de casos de poliomielitis, difteria, tos ferina y tétanos. Esto se debe a un intensivo programa de vacunación cuya tasa de cobertura en 1996 alcanzó al 96% o más con respecto a la tuberculosis, la poliomielitis, el tétanos, la difteria y el sarampión.

143.Existen 409 clínicas rurales, 100 centros de enfermería, 74 centros de salud, 3 hospitales de zona, 3 residencias de ancianos, 16 hospitales regionales, 3 hospitales de distrito y 3 hospitales de especialidad con unidades de tuberculosis, lepra y rehabilitación en el hospital de Tamavua y en el hospital psiquiátrico de St. Giles. Muchos de los edificios son de la época colonial, pero el Gobierno ha asumido como un proyecto prioritario en sus planes a corto y medio plazo la ejecución de un programa global de mejoramiento de las instalaciones sanitarias rurales.

144.La proporción de médicos en relación con la población según estimaciones de 1992 es de 1 por 2.448. En cuanto a la división de enfermería, hay un total de 2.472 enfermeros reconocidos que ejercen en el país prestando sus servicios en hospitales, centros de salud y centros de enfermería. Según las cifras de población de 1996, la proporción de enfermeros en relación con la población es de 1 por 312 aproximadamente.

145.Las cinco causas de muerte más importantes son las enfermedades cardiovasculares, los desórdenes endocrinológicos como la diabetes, el cáncer, los problemas de las vías respiratorias y los traumatismos. Las enfermedades cardiovasculares, que son la causa principal, se han incrementado en un 4% durante los últimos 20 años, y han sido responsables de unos 4.696 ingresos hospitalarios en 1996. Los accidentes de tráfico preocupan cada vez más a los poderes públicos y suponen para el país un gasto anual de aproximadamente 20 millones de dólares. En 1995 hubo casi 1.400 víctimas, de las cuales unas 500 requirieron hospitalización y 83 de ellas fallecieron. La cifra de accidentes mortales en 1996 se elevó a 112. En su mayoría, los heridos, hospitalizados o fallecidos en la carretera tienen entre 21 y 25 años.

146.Si bien con anterioridad las enfermedades infecciosas eran la causa de la mayoría de los fallecimientos, la situación ha cambiado debido al riguroso programa de vacunación y a la mejora de las condiciones de vida. La diabetes, no obstante, sigue siendo una enfermedad devastadora. Se estima que una de cada ocho personas en las islas Fiji sufre esta enfermedad en algún grado. La educación sanitaria y las actividades de divulgación en las escuelas, los grupos comunitarios y las campañas nacionales se dirigen a niños y adultos para prevenir la enfermedad y reducir las complicaciones que se derivan de un tratamiento inadecuado.

147.El Gobierno sigue prestando la mayoría de los servicios de salud pública y curativa a través del servicio nacional de salud. La creciente demanda de servicios sanitarios ha dado lugar a un incremento de los médicos generales y especialistas que ejercen en Fiji al amparo del Consejo Médico de Fiji.

148.Los principales objetivos del Ministerio de Sanidad son promover, proteger, mantener, restituir y mejorar el bienestar de los ciudadanos de Fiji, y desarrollar con los recursos disponibles un sistema sanitario global, coordinado, integrado, accesible, receptivo, equilibrado y justo, dedicado a la atención primaria de la salud, la prevención de las enfermedades y la promoción de la salud.

Servicios de atención primaria de la salud

149.La atención primaria de la salud abarca la prestación de tratamientos médicos primarios, la medicina preventiva y la educación sanitaria. Aproximadamente el 95% de la atención primaria de la salud es prestada por médicos en los hospitales públicos, los centros de salud y los centros de enfermería de todo el país. Estos servicios se complementan con las consultas privadas de los médicos generales en la mayoría de los centros urbanos. Los hospitales, centros de salud y centros de enfermería dan tratamiento médico a pacientes externos y atención prenatal y posnatal, prestan servicios de planificación de la familia y hacen exámenes de control del desarrollo de los niños. Los hospitales de distrito realizan los controles del cáncer de mama y de útero, labores de inmunización, educación sanitaria y atención dental, y cuentan con instalaciones para análisis clínicos. La atención psiquiátrica se presta en una institución separada. Todos los escolares son objeto de exámenes médicos periódicos a cargo de equipos sanitarios especiales. Los programas de actividad y formación sanitarias en curso son importantes en este ámbito. Entre la población se fomenta un estilo de vida saludable en aras de su bienestar y el uso adecuado de los servicios de salud, lo que se hace a través de los medios de difusión, publicaciones, material audiovisual y asesoramiento.

150.La nutrición, un factor esencial de la salud, es el campo de actuación del Comité de la Alimentación y la Nutrición, que fue creado por el Gobierno para fomentar hábitos nutricionales más saludables entre la población.

Servicios de medicina curativa

151.El Gobierno sigue trabajando para mejorar la medicina curativa. Se ha puesto atención en la calidad de los tratamientos, el personal, la mejora de las instalaciones existentes y la dotación de equipos y medios tecnológicos para afrontar las necesidades actuales. Trescientos siete doctores del sistema público de salud se dedican a la atención de pacientes externos y ambulatorios.

Participación del sector privado en la prestación de los servicios sanitarios

152.Estos servicios se ofrecen fundamentalmente en las zonas urbanas donde la mayoría de los médicos adquieren la condición de médico de familia. Está apareciendo además un sistema de hospitales privados como alternativa a la atención médica de carácter público. El Gobierno sigue reconociendo y fomentando la medicina privada, que complementa los servicios del Ministerio de Sanidad.

Prestación de servicios sociales: Departamento de Bienestar Social

153.En su política el Gobierno reconoce la necesidad de garantizar que los servicios sociales sean sensibles y receptivos ante las necesidades específicas de todas las comunidades. El Departamento de Bienestar Social, que forma parte del Ministerio de la Mujer, de Bienestar Social y de Mitigación de la Pobreza, está comprometido con la promoción de la igualdad en la prestación de todos los servicios sociales. Este principio forma parte de todas las directrices políticas y prácticas. Las personas más necesitadas se han visto afectadas gravemente por el carácter cambiante de los mecanismos sociales de apoyo a la familia extensa local y tradicional de las principales comunidades étnicas. Se trabaja para fomentar que la familia extensa continúe cumpliendo su papel como fuente principal de apoyo social. Entre los destinatarios de asistencia se incluyen los ancianos, las viudas, los enfermos crónicos, los discapacitados, las esposas abandonadas y los familiares que dependen de presos. El subsidio que se les entrega fluctúa entre 12 y 60 dólares al mes. Los beneficiarios también reciben educación gratuita. El Gobierno ofrece asimismo servicios de protección y apoyo a los niños huérfanos, abandonados o desamparados mediante hogares de guarda y adopciones, y también mantiene instituciones de acogida para niños que requieren ser cuidados fuera del marco familiar.

154.Las funciones y responsabilidades del Departamento se encuadran en dos grandes categorías. En primer lugar, las funciones legalmente establecidas, que aparecen en siete leyes diferentes: capítulo 56 de la Ley de menores; capítulo 22 de la Ley de libertad condicional; capítulo 58 de la Ley de adopción; capítulo 51 de la Ley de juicios matrimoniales; capítulo 52 de la Ley de alimentos y filiación; Ley de trabajo comunitario de 1994; Ley del Consejo Nacional de Personas Discapacitadas de Fiji de 1994.

155.Estos siete instrumentos legales abarcan todas las responsabilidades referentes a la protección y bienestar de los niños en situación de riesgo, mediación en conflictos en que se ventilen derechos de los niños y procedimientos de divorcio. Además, se emplea mucho tiempo en la preparación de informes judiciales y en la supervisión de los infractores.

156.Las funciones no establecidas legalmente del Departamento de Bienestar Social comprenden la gestión del Plan de asistencia a las familias, del Programa de mitigación de la pobreza, de las subvenciones a ONG, del servicio de asesoramiento matrimonial, de las actividades de mediación familiar y de los servicios de asesoramiento.

157.Estas funciones tienen que ver sobre todo con el pago del subsidio del Plan de asistencia a las familias como medida de complemento del ingreso y de asistencia financiera a grupos beneficiarios por conducto del Programa de mitigación de la pobreza. Las ayudas de este programa se canalizan por intermedio de las ONG patrocinantes contratadas para que controlen la ejecución de los proyectos. La administración del Plan de asistencia a las familias y del Programa de mitigación de la pobreza representa en la actualidad la mayor parte del trabajo del Departamento. Las subvenciones a ONG son la base sobre la que el Departamento construye y extiende su red de colaboradores en la prestación de servicios sociales.

El derecho a la seguridad social y a los servicios sociales

158.La difícil situación de los desfavorecidos. Los pobres y las personas vulnerables a la pobreza constituyen una de las principales preocupaciones, y el Gobierno trabaja para erradicar la pobreza de Fiji mediante ayuda inmediata y medidas sostenibles a largo plazo. El estudio conjunto del PNUD y el Gobierno de Fiji sobre la pobreza reveló que una de cada cuatro familias se encuentra por debajo de la línea de la pobreza. Las medidas gubernamentales incluyen el reasentamiento de ocupantes ilegales, el mejoramiento de los asentamientos marginales y la asistencia por conducto del Departamento de Bienestar Social y el Ministerio de Educación, que exime del pago de derechos de escolaridad a las familias cuyos ingresos son inferiores a 5.000 dólares de Fiji al año. Las ONG prestan ciertas ayudas sociales en Fiji, que consisten normalmente en donaciones no pecuniarias.

159.El Departamento de Bienestar Social presta sus servicios a las personas necesitadas con independencia del sexo, origen racial o religión del beneficiario mediante los siguientes programas: Programa de mitigación de la pobreza, Asignación de ayuda a las familias, Coordinación de la atención y los servicios a personas discapacitadas, Subvención de cuidados y protección.

Programa de mitigación de la pobreza

160.Tiene como objetivo mejorar la vivienda, la salud, la educación y la capacidad de producir alimentos o generar ingresos de sus beneficiarios. Se puede conceder ayuda financiera para viviendas de bajo costo o proyectos que generen ingresos. Para obtener esta ayuda los solicitantes deben ser:

a)Beneficiarios de la asignación de ayuda a las familias;

b)Beneficiarios de ayudas del Fondo de Veteranos del Ejército;

c)Beneficiarios de la subvención de cuidados y protección;

d)Ex prisioneros recomendados por los funcionarios provinciales respectivos;

e)Víctimas de incendios;

f)Participantes en proyectos colectivos recomendados por los ministerios pertinentes.

161.El Comité de Mitigación de la Pobreza tramita todas las solicitudes de proyectos presentadas ante las oficinas regionales y de distrito y en su sede principal. Este Comité examina las solicitudes y decide la aprobación de la financiación. El mecanismo funciona en colaboración con organizaciones voluntarias acreditadas, de forma que el Departamento proporciona la financiación y las organizaciones ejecutan los proyectos aprobados.

Asignación de Ayuda a las Familias

162.La Asignación de Ayuda a las Familias es un subsidio no contributivo cuyo principal criterio de adjudicación es la necesidad económica y no la existencia de un derecho. Destinatarios de esta asignación son los ancianos, los físicamente discapacitados, los enfermos crónicos, las viudas, las esposas abandonadas y progenitores solteros y los familiares que dependen de presos.

163.El Departamento recibe solicitudes de las personas que se encuadren en alguno de los grupos mencionados. Todos los solicitantes deben ser objeto de una determinación de sus medios de vida para garantizar que el Departamento presta su ayuda a los más pobres de entre los pobres.

Coordinación de los cuidados y servicios a las personas discapacitadas

164.El Departamento proporciona fondos para subsidios al Consejo Nacional de Personas Discapacitadas de Fiji. El Consejo es enteramente responsable de la coordinación y el desarrollo de los servicios dirigidos a la población discapacitada. La discapacidad se incluye además entre los criterios para recibir asistencia en el marco de los planes de asistencia a las familias y mitigación de la pobreza del Departamento.

Subsidio de cuidados y protección

165.El Subsidio de cuidados y protección es una modalidad distinta de asistencia financiera para las familias que mantienen niños que no son propios y cuyos padres hayan muerto o no puedan ser localizados, y que normalmente no pueden beneficiarse del plan de ayuda a las familias.

¿Difieren las necesidades de servicios sociales entre los distintos grupos raciales?

166.La experiencia ha demostrado que la mayoría de las personas acuden a los servicios sociales como último recurso a fin de obtener dinero para su subsistencia inmediata. Los fijianos e indofijianos forman los principales grupos que recurren a los servicios del Departamento de Bienestar Social a través del mecanismo de asignación de asistencia a las familias; esto resulta lógico, ya que son los dos grupos mayoritarios de Fiji. Los beneficiarios del subsidio de cuidados y protección son también primordialmente ciudadanos fijianos que han solicitado asistencia para la vivienda y subvenciones iniciales para proyectos que generen riqueza. Esta tendencia confirma las conclusiones del Informe sobre la pobreza de 1996, de que los ingresos medios de las familias fijianas son muy inferiores a los ingresos medios de las familias indofijianas, lo que impulsa a las primeras a solicitar ayuda gubernamental.

167.El incremento de las solicitudes de subsidios de vivienda de los fijianos es un síntoma del cambio de la forma de vida de la mayoría de familias fijianas, que están abandonando el modelo de familia extensa en favor de una familia independiente de tipo nuclear. Así pues, los usuarios solicitan ayuda para la vivienda con el objetivo de vivir en sus propios hogares, con independencia del resto de su familia.

Medidas adoptadas por el Gobierno por conducto del Departamento de Bienestar Social para garantizar la igualdad en la prestación de servicios sociales

168.El Gobierno viene incrementando en los últimos años el presupuesto del Departamento de Bienestar Social, lo que ha permitido aumentar las asignaciones presupuestarias para cada uno de los programas ejecutados por el Departamento. Este aumento permite que un mayor número de personas necesitadas reciba asistencia a través de los diferentes servicios. Además, el Departamento se encuentra en un proceso de apertura de nuevas oficinas en las zonas rurales y marítimas, con el objetivo de llevar sus servicios a un sector más amplio de la población y hacerlos accesibles con más facilidad a quienes los necesitan.

169.El Departamento no lleva a cabo ninguna acción afirmativa específicamente dirigida a mejorar el bienestar de determinados grupos desfavorecidos o pobres, si bien mediante los programas mencionados consigue llegar a un sector más amplio de la comunidad que requiere estos servicios.

Educación y capacitación

170.El Gobierno ha continuado adoptando medidas para mejorar la respuesta del sistema educativo a la diversidad étnica.

171.Las escuelas de las islas Fiji no están segregadas por razas. Las normas sobre el establecimiento y registro de escuelas previstas en la Ley relativa a la enseñanza establecen que "... si bien una escuela registrada o reconocida puede, a la hora de seleccionar a los alumnos que va a admitir, dar preferencia a aquellos de una raza o credo en particular, no se negará a nadie el ingreso en un centro exclusivamente por motivos de raza o religión" (norma 9). Las escuelas también han de respetar las disposiciones de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos que prohíben la discriminación racial.

172.La población de Fiji tiene un buen nivel de instrucción, pues el acceso a la enseñanza primaria y a los primeros años de la enseñanza secundaria es prácticamente universal. Cerca de una cuarta parte de la población total está en edad de asistir a la escuela y, aunque la educación no es obligatoria a ninguna edad, más del 98% de los niños de 6 a 14 años asisten a escuelas de enseñanza primaria. En 1996, el Gobierno introdujo el programa de Educación para Todos en el año 2000. Todos los exámenes importantes han sido descentralizados y los organiza el Ministerio de Educación. Los principales exámenes externos son: el Fiji Intermediate Examination (class 6), el Fiji Eighth Year Examination (form 2/class 8), el Fiji Junior Examination (form 4), el Fiji School Leaving Certificate Examination (form 6) y el Fiji Seventh Form Examination.

173.El Gobierno mantiene un buen nivel de educación encargándose de acreditar a escuelas, contratar profesores, preparar planes de estudio, proporcionar material didáctico y administrar los exámenes externos. También fomenta la asistencia a la escuela de los niños de las zonas rurales y los niños pobres mediante medidas como el plan de enseñanza gratuita de las escuelas primarias y la concesión de becas y la reducción de los derechos de matriculación para los estudiantes de enseñanza secundaria. La comunidad participa en gran medida en la prestación de servicios educativos, lo cual es un aspecto positivo del sistema que es preciso mantener. Éste está integrado por organizaciones religiosas (cristianos, hindúes y musulmanes) y comunitarias, así como por comunidades locales. La mayoría de las escuelas están dirigidas por ONG. El Gobierno sólo administra un 2% de las escuelas de enseñanza primaria, un 8% de las de enseñanza secundaria, un 8% de las de formación profesional y técnica y dos de cada cinco instituciones de capacitación de profesores.

174.El Gobierno es consciente de que, para disfrutar de un desarrollo económico constante, Fiji necesita contar con una fuerza de trabajo instruida y capacitada; el futuro del país depende de que todos los habitantes tengan una buena formación.

175.A tal efecto, se están promoviendo iniciativas como el programa Viti, en el marco del cual cada año se selecciona a algunas escuelas para prestarles asistencia profesional concreta. También se está promoviendo el aprendizaje del hindi o el fijiano a nivel de conversación en todas las escuelas de profesores e institutos pedagógicos, a fin de tender puentes entre las distintas comunidades. El tema del idioma rotumano se puede examinar. El Gobierno está dispuesto a reducir la participación relativa del sector público en la economía, pero considera que la educación es un sector prioritario y ha previsto un aumento del porcentaje del presupuesto destinado a ella. Con la asistencia del Banco Mundial, se ha puesto en marcha un importante programa de inversiones, cuyos objetivos principales son:

a)Mejorar la enseñanza preescolar con ayuda de las comunidades y las aportaciones estratégicas del Gobierno.

b)Desarrollar la educación básica y, en particular, mejorar el acceso de los estudiantes de las zonas rurales a la enseñanza secundaria. También se podría ofrecer a los profesores incentivos especiales y capacitación para trabajar en esas zonas.

c)Mejorar la calidad de la enseñanza a todos los niveles mediante la capacitación de los profesores antes y durante el ejercicio de sus funciones, aumentar el acceso a los libros de texto y el material didáctico y perfeccionar el sistema de evaluación de los estudiantes.

176.Los fondos y el apoyo dedicados por el Gobierno a la enseñanza se han centrado en:

a)La inscripción de 100 estudiantes adicionales a tiempo completo en el Instituto de Tecnología de Fiji. Como resultado de ello, habrá más licenciados con conocimientos sobre los sectores del turismo, el comercio, la industria y la ingeniería.

b)La ampliación de las ayudas para el pago de los derechos de matrícula y enseñanza en la educación secundaria hasta el nivel Form 3 y Form 4 (desde 1998).

c)La facilitación de la enseñanza obligatoria gracias a la mejora de las condiciones físicas de acceso a las escuelas en las zonas rurales.

d)La mejora de la calidad de la enseñanza preescolar gracias al aumento de los sueldos de los profesores de la enseñanza preescolar y a la organización desde 1998 de un curso acelerado de capacitación de profesores de la enseñanza secundaria, que ha permitido hacer frente a la escasez de recursos para capacitar a profesores de la enseñanza secundaria.

e)La enseñanza gratuita, que significa fundamentalmente enseñanza libre de derechos de matrícula y enseñanza. Ya se están aplicando planes de enseñanza gratuita, por lo que en los años venideros se prestará atención a la aplicación progresiva de medidas para imponer la enseñanza obligatoria y alcanzar el objetivo primordial de la educación para todos en el año 2000.

f)La mayor consolidación del nivel Form 7 mediante la mejora de la calidad de ese curso en las escuelas existentes y la centralización de su enseñanza en centros estratégicos. Seguirán adoptándose medidas positivas para reducir las disparidades entre las escuelas rurales y urbanas, es decir, se continuará mejorando la calidad de la enseñanza y de los planes de estudios, y la evaluación de los estudiantes.

g)Los centros de capacitación de profesores, con que cuentan también el Lautoka Teachers College, el Corpus Christi Teachers College, el Fiji College of Advanced Education y el Fulton College.

h)La relación profesor-alumnos en la enseñanza primaria es aproximadamente de 1 a 31; la proporción de alumnos es más baja en las zonas rurales (1 a 20) y más alta en las zonas urbanas (1 a 42). En estas últimas, a veces hay más de 50 alumnos por clase, lo cual es consecuencia directa del elevado crecimiento de la población y de la migración del campo a las ciudades.

177.El Ministerio de Educación está celebrando consultas con la sociedad civil, por ejemplo, con coaliciones de ONG dedicadas a los derechos humanos, a fin de introducir en las escuelas la educación de valores, en particular sobre los derechos humanos y la no discriminación.

Actividades culturales

178.No existen restricciones del derecho a participar, en condiciones de igualdad, en las actividades culturales por motivos de raza, color ni origen nacional o étnico. El disfrute de ese derecho está garantizado por la Constitución. Tampoco hay leyes que rijan la participación en el deporte en función de la raza.

179.El deporte, con sus valores intrínsecos, desempeña una importante función en los programas de construcción de la nación, ofrece oportunidades de empleo bien remuneradas y promueve a Fiji como destino turístico. Fiji es cada vez más conocido por organizar toda una serie de acontecimientos deportivos. Por mediación del Ministerio de la Juventud y el Deporte, el Gobierno, junto con el Consejo de Deportes y el Instituto de Deportes del país, han tratado de lograr el objetivo del "deporte para todos en el año 2000", concediendo especial atención a obtener resultados de excelencia. En 2003, Fiji acogerá los Juegos del Pacífico Sur. Con el fin de complementar esa importante contribución pública, el Gobierno está creando también un Fondo para la Infraestructura de los Juegos del Pacífico Sur, y para atraer donaciones a ese fondo, los particulares y las empresas tienen derecho a deducir de sus impuestos una cantidad equivalente al 150% de su contribución.

180.Existe un importante impulso por elevar la imagen deportiva del país a un lugar destacado en la región del Pacífico Sur. Los organismos deportivos que participan de sus propios proyectos de desarrollo serán respaldados y promovidos por el Gobierno. Éste está introduciendo el puesto de oficial de desarrollo del deporte en diversos distritos y con respecto a varios deportes a todos los niveles. El deporte en Fiji, que también es fundamental para favorecer la armonía y la tolerancia entre las razas, ha contribuido a promocionar la imagen del país a nivel regional e internacional.

181.Los excelentes resultados obtenidos en rugby por Fiji en Hong Kong en los años 1990, 1991 y 1992, son considerados un importante logro deportivo a nivel internacional. Fiji ganó el título mundial de Sevens (Copa de Melrose) en 1997, la primera serie internacional de Sevens de ese año. El rugby de Fiji es muy apreciado por los amantes de ese deporte en el mundo entero. Con el fin de continuar promoviendo el deporte, en 1996 se puso en marcha el programa "Deporte para todos", que promueve una participación amplia en actividades físicas y deportivas, como diversión y para estar en forma. El mismo año, la Federación de Rugby pasó a una nueva era de profesionalismo y comercialización, siguiendo la tendencia mundial. También en el golf, Vijay Singh se está convirtiendo en una figura importante en el circuito internacional de ese deporte, tras ganar el Abierto de los Estados Unidos en 2000. Esos logros deportivos han alentado al Gobierno y a los organismos deportivos a continuar explotando los grandes talentos con que cuenta el país.

182.Aunque el rugby y el fútbol siguen siendo los principales deportes de competición que se juegan en el país, también se están desarrollando el atletismo el boxeo, el judo, el levantamiento de pesas, la natación y el windsurf. Además en Fiji se practica mucho el críquet, el voleibol, el golf, el baloncesto y los bolos.

183.Los habitantes de Fiji pueden practicar el deporte de su elección siempre y cuando se disponga de las instalaciones necesarias. El Gobierno concede subvenciones a todos los organismos deportivos nacionales que se adhieren a la Asociación de Deportes y Comité Olímpico Nacional de Fiji, sin tener en cuenta la composición racial de los afiliados. La citada asociación ofrece asistencia en la medida en que se trata de un sistema de administración central que permite que los distintos organismos deportivos reciban atención por igual.

184.A través del Ministerio de la Juventud y el Deporte, el Gobierno promueve el desarrollo del deporte y anima a los ciudadanos a participar en actividades deportivas. Los miembros de la comunidad no están obligados a tomar parte en ningún deporte en concreto, sino que pueden practicar el que les interese. El Gobierno dirige sus actividades de promoción del deporte a las escuelas de enseñanza primaria, las escuelas de enseñanza superior y los clubes que compiten a nivel de distrito, así como a los organismos deportivos nacionales. Ahora bien, no dictamina qué grupos de personas pueden participar en un deporte u otro, ésa es una decisión que cada persona toma libremente.

Acceso a instalaciones deportivas

185.Uno de los principales elementos que incide en el desarrollo del deporte en un país es la disponibilidad de instalaciones. Fiji tiene suerte con respecto a otros países de la región, pues en él se practican muchos deportes, gracias a que cuenta con las instalaciones adecuadas.

186.El Consejo de Deportes de Fiji, que se creó en virtud de una ley del Parlamento en 1978 con objeto de promover y desarrollar el deporte en el país, es ahora el principal organismo deportivo. El actual Gobierno considera que el desarrollo del deporte debe formar parte del desarrollo nacional. También, forma parte del desarrollo de las personas y reporta beneficios inmediatos y a largo plazo, tanto sociales como físicos, emocionales y morales. Con un programa de actividades equilibrado y bien organizado, se promueven comportamientos deportivos responsables y actitudes saludables durante toda la vida con respecto a actividades recreativas y deportivas. El Consejo de Deportes de Fiji trabaja en estrecha colaboración con la Asociación Deportiva y Comité Olímpico Nacional de Fiji para determinar qué instalaciones son necesarias. Las autoridades locales también promueven la creación de instalaciones para los deportes que practican los habitantes de sus distritos. El Gobierno ofrece asistencia a través del Ministerio de Deportes, aportando fondos y recabando ayuda extranjera para crear instalaciones deportivas. Uno de los principales elementos que se tiene en cuenta cuando se decide crear instalaciones en un lugar determinado es la popularidad del deporte a que están destinadas.

187.Los organismos deportivos nacionales también crean sus propias instalaciones, que a menudo utilizan personas de la comunidad de todas las razas, para fines recreativos y de competición. Esas instalaciones están administradas por el Consejo de Deportes de Fiji, las autoridades locales u organismos deportivos independientes, que establecen las normas y reglamentaciones relativas a su uso y acceso, con el principal objetivo de garantizar un buen mantenimiento de las mismas. El acceso a las instalaciones no está condicionado por motivos de raza; las personas o grupos de personas pueden utilizarlas, siempre y cuando cumplan las normas y reglamentaciones establecidas por los organismos competentes. Esas normas consisten fundamentalmente en el pago de las cuotas establecidas; la procedencia étnica no influye en nada.

Medidas adoptadas por el Gobierno para prevenir las hostilidades por motivos étnicos en los deportes de competición

188.La raza no influye en el deporte en Fiji, a pesar de que algunos deportes son populares sólo entre algunos grupos étnicos. Por ejemplo, el rugby lo practican sobre todo los fijianos indígenas, y la mayoría de los indofijianos juegan al fútbol. El atletismo, los bolos y el tenis lo practican todos los grupos. Los fijianos indígenas se dedican a una variedad más amplia de deportes, en comparación con los indofijianos y otras razas, lo cual se debe meramente a un interés personal y no a algún tipo de presión o política por parte del Gobierno; es más bien el resultado de características culturales.

189.En los últimos años, algunos deportes que tradicionalmente jugaban sólo algunos grupos étnicos han empezado a interesar a otros. Ahora se puede ver a indofijianos que juegan al rugby como diversión y a algunos que compiten. Sin embargo, por lo que se refiere al fútbol, aunque la mayoría de los clubes, distritos y el organismo nacional competente están administrados por indofijianos, casi todos los jugadores son fijianos indígenas. La mayoría de la población indofijiana asiste a los partidos de fútbol entre equipos de dos distritos, pero también hay muchos fijianos indígenas entre los espectadores. El Gobierno espera poder hacer más por los deportes en que se observa una mayor interacción entre los distintos grupos étnicos. Por ejemplo, se podría conceder especial atención y animar a quienes consiguen dedicarse a un deporte que tradicionalmente juegan personas de otros grupos étnicos.

Festivales

190.Además de por los deportes, Fiji es conocida por sus coloridos festivales, fuente de gran diversión. La Pascua y las Navidades son muy importantes en este país religioso. En septiembre, Lautoka, la ciudad del azúcar cobra vida con su Festival del Azúcar; en julio, la ciudad de Nadi, celebra todos los años su Festival de Bula (bienvenida), y el carnaval anual de Fiji, el Festival del Hibisco, tiene lugar en Suva durante el mes de agosto. Un espectáculo digno de ver es el festival hindú de las luces, llamado Festival de Diwali, que se celebra cada año en todo el país. La isla de Beqa es conocida por el llamativo y emocionante ritual de los fijianos de caminar sobre el fuego; los indios del sur también llevan a cabo ese ritual en muchos de sus templos.

Actividades de recreo

191.Las 300 islas que forman el grupo de las Fiji presentan una sorprendente variedad de paisajes, a menudo de gran interés y una belleza natural impresionante. Las ciudades más grandes ofrecen numerosas actividades nocturnas. Se puede elegir entre el cine y las salidas a salas de fiestas y restaurantes. Hay cines modernos en todo el país que proyectan películas en inglés y en hindi.

Artículo 6

Actividades de difusión y medios de comunicación en las islas Fiji

192.Entre los medios de comunicación de Fiji cabe citar la radio, los periódicos, la televisión y las revistas. Algunos se remontan a 1869 y 1946 y los más recientes datan de 1998 y 2002. Los medios de comunicación contribuyen a promover la cohesión social, en la medida en que amplían la base de experiencias comunes. También contribuyen a la integración de las personas en la sociedad mediante un constante proceso de socialización, y promueven el desarrollo y la valorización de la cultura, las tradiciones, las artes y la música. En Fiji, el Gobierno sigue una política abierta con respecto a los medios de comunicación, pues considera que desempeñan una función de primer orden en la construcción de la nación. Asimismo, reconoce que tiene que ofrecer información, contestar a preguntas y dar respuestas precisas para dar a conocer sus puntos de vista.

193.En septiembre de 1996, dos consultores británicos llegaron al país para examinar la legislación de Fiji en materia de medios de comunicación. Su mandato consistía en realizar un examen completo de todas las leyes en vigor relativas a los medios de comunicación de masas en Fiji, a fin de actualizarlas y adaptarlas mejor a las circunstancias actuales. El informe de 44 páginas, preparado por los consultores Ken Morgan (ex Presidente de la Comisión de Quejas de la Prensa de Gran Bretaña) y John Prescott Thomas (especialista en radiodifusión) y titulado "Legislación y reglamentación futuras sobre los medios de comunicación en las Islas Fiji", se entregó al Gobierno en noviembre de 1996 para que lo examinara. El Gobierno ha aceptado el informe, en el que ha introducido pequeñas modificaciones, y ha puesto en marcha un programa de consultas con miras a la aplicación legal de las recomendaciones que contiene. El porvenir de los medios de comunicación en Fiji está garantizado en las disposiciones relativas a sus derechos fundamentales establecidas en la Ley de la Constitución (modificada) de 1997. En la sección 30 de esa ley se establece la libertad de expresión, mientras que el apartado b) de la sección 30 se refiere en concreto a la libertad de la prensa y de otros medios de comunicación.

194.Los periódicos y los programas de radio desarrollan sus actividades en los principales idiomas de Fiji, esto es, el inglés, el fijiano y el indostani, y llegan a la gran mayoría de la población. El Fiji Times (fundado en 1869), el medio de comunicación más antiguo de Fiji, y el Daily Post (creado en 1987) son los dos diarios que se publican en inglés. El Fiji Times, de propiedad del magnate australiano Rupert Murdoch, tiene una tirada de 38.000 ejemplares, mientras que el Daily Post, de propiedad local, tiene una tirada de 16.000. El Fiji Sun es el tercer diario en inglés y fue creado en 1998. Además, el Fiji Times publica Nai Lalakai (en fijiano) y Shanti Dut (en hindi), mientras que el Daily Post publica Nai Volasiga (en fijiano).

Función del Departamento de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación en la difusión de información para combatir los prejuicios raciales

195.El Departamento de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación difunde la información que el Gobierno desea hacer llegar al público; para ello utiliza la radio, la televisión y la prensa escrita. También emplea nuevas tecnologías como la Internet, pues se encarga del sitio web oficial del Gobierno (www.fiji.gov.fj). El Departamento depende del Ministerio de Reconciliación Nacional, Información y Relaciones con los Medios de Comunicación; cuyos objetivos generales se señalan a continuación.

196.Objetivos generales del Ministerio de Información. Nuestra visión es que la prosperidad se logra creando una sociedad bien informada e instruida y una nación en que las diversas comunidades puedan convivir en paz y armonía.

197.La misión del Ministerio de Información es:

a)Lograr una mayor participación de las comunidades en el desarrollo nacional mediante una política eficaz de concienciación del público;

b)Crear una sociedad instruida gracias a la existencia de medios de comunicación libres y responsables y a una buena infraestructura de información;

c)Crear un sistema eficaz de protección y utilización de los documentos oficiales actuales e históricos;

d)Promover la cohesión social y la armonía entre las razas a través de los credos religiosos, la vanua (confederación de fijianos indígenas), programas gubernamentales y el sector privado, así como organizaciones no gubernamentales.

198.Los medios de comunicación que difunden información son los siguientes:

a)Radio:

Radio en fijiano: Voqa ni Davui; emite cuatro veces a la semana;

Radio en indostani: Nav Rashtra; emite cuatro veces a la semana;

b)Televisión:

Televisión en fijiano: Voqa ni Davui; emite 30 minutos, dos veces a la semana (los domingos);

Televisión en indostani: Sitara; emite 30 minutos, dos veces al mes (los domingos);

Televisión en inglés: Dateline Fiji; emite 60 minutos, tres veces al mes (los domingos);

c)Medios escritos:

Comunicados de prensa: diarios;

Suplementos: mensuales;

Sitio web: publica a diario todos los comunicados de prensa y también contiene discursos y artículos y presentaciones de los diversos ministerios; asimismo, se encuentran enlaces con otros sitios web oficiales.

199.Con sus programas, el Departamento de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación trata de fomentar actitudes positivas con respecto al desarrollo nacional y de crear una sociedad bien informada e instruida. Para combatir los prejuicios raciales aplica en particular las siguientes medidas:

a)Uso de títulos y descripciones ratificadas oficialmente. El Departamento emplea títulos, expresiones o descripciones oficiales para transmitir información a la población. Así pues, no utiliza expresiones informales (o argot), vocabulario nuevo ni palabras que no estén oficialmente ratificadas. El Ministerio considera que eso ayuda a evitar el uso de palabras o expresiones que puedan ser irrespetuosas con respecto a cuestiones o temas relacionados con la raza.

b)Difusión de información en las dos lenguas vernáculas principales. El Ministerio difunde información en las dos lenguas vernáculas del país, esto es, el fijiano y el indostani, para asegurarse de que la comunidad de fijianos indígenas y la comunidad india comprenden lo que el Gobierno quiere transmitir para crear actitudes positivas con respecto al desarrollo nacional. Esta medida es importante, ya que garantiza que la información positiva llegue a los dos grupos étnicos más importantes. Las actividades de difusión en las lenguas vernáculas complementan la labor de los medios de comunicación en inglés.

c)Disuasión del uso por los medios de información de noticias con un trasfondo ofensivo desde el punto de vista racial. El Ministerio, mediante la publicación de comunicados de prensa, cartas al editor o exposiciones ante los medios de comunicación, critica las noticias de los medios de información que contienen expresiones o estereotipos ofensivos desde el punto de vista racial;

d)Afiliación a organizaciones de medios de comunicación reconocidas. El Ministerio es miembro de la Asociación de Noticias de las Islas del Pacífico, a la que cotiza, y ha participado en actividades destinadas a alentar a los periodistas locales a mostrarse imparciales cuando informan de cuestiones que tienen connotaciones raciales. Por ejemplo, poco después de los acontecimientos del 19 de mayo de 2000, el Ministerio organizó dos reuniones con editores y, entre otras cosas, instó a los medios de información locales a que tomaran plena conciencia de las consecuencias de conceder tiempo de emisión a personas que exponen ideas que no favorecen las relaciones interraciales. Se proporcionó a los medios de comunicación una copia de las Normas para Situaciones de Peligro Público, a fin de que conocieran los detalles relacionados con una situación de emergencia.

e)Prestación de apoyo al Consejo de Medios de Comunicación de las Islas Fiji. El Gobierno, a través del Ministerio, respalda las actividades del Consejo de Medios de Comunicación de las Islas Fiji destinadas a mantener el más alto grado de profesionalidad y ética entre los periodistas y los organismos de radiodifusión. Ese apoyo se manifiesta en la disposición del Gobierno a tratar abiertamente con el Consejo cuestiones relacionadas con los medios de comunicación y en el constante respaldo de los principios y los ideales plasmados en el Código de Ética y Práctica Profesional del Consejo. Todas las organizaciones de medios de comunicación locales suscriben ese código en interés de la autorregulación. El Código de Ética y Práctica Profesional aborda los siguientes puntos importantes:

Código Nº

Resumen del Código

1

Precisión, equilibrio y equidad.

6

Discriminación:

-evitar las referencias discriminatorias o despectivas a la raza, el color, la religión y la orientación o preferencias sexuales, de la población.

14

Principales instituciones de Fiji y otras instituciones étnicas:

-prestar atención especial para tratar esas cuestiones con delicadeza y el debido respeto, y al mismo tiempo tener libertad para informar o hacer comentarios en interés del público sobre las principales instituciones, tradiciones y temas culturales de Fiji.

200.El Gobierno, a través del Ministerio, es consciente de que la libertad de expresión y la libertad de la prensa y de otros medios de comunicación, que se establecen en los apartado 1) y 1 b) de la sección 30 de la Constitución de 1997, proporcionan a los medios de información locales derechos con respecto a su libertad de información. Así pues, puede haber casos en que el Gobierno tenga que supervisar las tendencias de los medios de comunicación a dar una imagen popular, negativa o positiva, de los diversos grupos. Cabe citar como ejemplo:

a)Racismo

i)Información sobre delitos. A veces se puede dar una imagen estereotipada de un grupo étnico concreto cuando se informa de un delito o de un juicio, por ejemplo, mencionando el grupo étnico al que pertenece el acusado. Eso no favorece los esfuerzos por erradicar en la comunidad los estereotipos basados en la raza, por ejemplo, que un grupo étnico concreto tiene tendencia a delinquir;

ii)Programas de entrevistas. Estos programas tienen mucha libertad y flexibilidad para difundir información y, por lo tanto, hay mayor riesgo de que den información con una imagen negativa de algún grupo étnico. De los acontecimientos registrados el 19 de mayo de 2000, el Ministerio ha sacado la conclusión de que los programas de entrevistas en las emisoras de radio locales (en particular, en las lenguas vernáculas) habían difundido comentarios de oyentes no respetuosos hacia otras razas, que quizá contribuyeron a dar una imagen negativa de otro grupo étnico. Baste decir que los directores de las estaciones de radio a veces adoptan medidas para limitar las posibilidades de que se difundan comentarios de oyentes irrespetuosos hacia otras razas;

iii)Anuncios, en particular de viviendas. En los periódicos aparecen casi a diario anuncios de viviendas en alquiler, que están destinados en su gran mayoría a los indofijianos y en los que se especifica que se prefiere a personas de ese grupo. Esas indicaciones son ilegales en virtud de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos de Fiji;

b)Relaciones pacíficas: Los medios de comunicación locales que ejercen su libertad con responsabilidad y defienden su función de educadores informados publican a menudo historias de interés humano que contribuyen a la coexistencia pacífica. Esas historias se centran en temas como la prórroga de contratos establecidos en virtud de la Ley de arrendamientos rústicos (señal de que existe una relación cordial entre arrendatarios indios y propietarios fijianos indígenas) y los matrimonios entre miembros de los dos grupos étnicos mayoritarios.

202.Existen muchos otros ejemplos de que los medios de comunicación promueven las relaciones pacíficas; cabe citar:

a)Los editoriales de los diarios en que se critica el comportamiento de algunas personas u organizaciones que no favorecen las relaciones pacíficas;

b)Una nueva manera de informar responsable, esto es, que no deja de lado los temas relacionados con una persona u organización perteneciente a un grupo étnico determinado.

Comisión de Derechos Humanos de Fiji

203.La Comisión de Derechos Humanos de Fiji comenzó a funcionar el 1º de octubre de 1999. Fue creada en virtud del artículo 44 de la Constitución, que le otorga el siguiente mandato:

a)Educar al público acerca de la Declaración de Derechos, los instrumentos internacionales y las funciones del Comité de Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y otros órganos de las Naciones Unidas encargados de la promoción del respeto a los derechos humanos;

b)Formular recomendaciones al Gobierno acerca de los asuntos que afectan a la observancia de los derechos humanos, incluso formulando a la Suprema Corte una recomendación acerca de los efectos jurídicos de una disposición de la Declaración de Derechos, y cumplir las demás funciones que le confiera una ley sancionada por el Parlamento.

204.El Gobierno de Fiji presta apoyo a la Comisión de Derechos Humanos de Fiji mediante la financiación de su presupuesto básico, incluido el alquiler de sus locales, en la forma que se indica a continuación:

2000

2001

2002

Presupuesto total, incluidos los locales

2.122.805,56

4.058.805,56

3.609.805,56

Comisión de Derechos Humanos (Ley Nº 10 de 1999)

205.En 1999 el Parlamento aprobó la Ley de la Comisión de Derechos Humanos que, de acuerdo con los Principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos ("Principios de París"), amplía el mandato de la Comisión para incluir la promoción y protección de los derechos humanos en las islas Fiji.

206.La ley define los "derechos humanos" como "los derechos consagrados en los pactos y convenciones de las Naciones Unidas sobre derechos humanos y comprende los derechos y libertades reconocidos por la Declaración de Derechos" (art. 2). Por lo tanto, cabe destacar que esta ley da reconocimiento a los derechos consagrados en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, que es el tema del presente informe, derechos que en consecuencia pasan a ser parte del mandato de la Comisión de Derechos Humanos de Fiji.

207.Entre las facultades y tareas de la Comisión se cuentan las siguientes:

a)Lograr una elevación de la conciencia general sobre los derechos humanos, entre otras cosas mediante declaraciones públicas y la educación de la población y de los funcionarios del Estado, la coordinación de los programas de derechos humanos y la actuación como fuente de información sobre derechos humanos;

b)Invitar a los miembros de la población a que formulen presentaciones sobre los asuntos que afecten a los derechos humanos y recibir tales presentaciones;

c)Celebrar consultas con diversas personas y organismos interesados en la promoción y protección de los derechos humanos y cooperar con ellos;

d)Estudiar de manera general todos los asuntos, incluidos lo decretos y leyes, así como los diversos procedimientos o prácticas, sean o no de carácter estatal, respecto de los cuales la Comisión estime que haya existido o pueda existir una violación de derechos humanos;

e)Formular recomendaciones al Gobierno sobre la conveniencia de adoptar iniciativas legislativas, administrativas u otras medidas para mejorar la protección de los derechos humanos;

f)Promover en las islas Fiji una mejor aplicación de las normas estipuladas en los instrumentos internacionales de derechos humanos;

g)Alentar al Estado a que ratifique los instrumentos internacionales de derechos humanos y, cuando corresponda, recomendar el retiro de las reservas formuladas con respecto a esos instrumentos;

h)Asesorar al Gobierno en el cumplimiento de sus obligaciones de presentar informes con arreglo a los instrumentos internacionales de derechos humanos y, sin que ello afecte a la preponderancia del Gobierno en la función de preparar esos informes, asesorarlo con respecto a su contenido;

i)Hacer recomendaciones sobre las posibles consecuencias de los proyectos de leyes y reglamentos o los proyectos de políticas del Gobierno que puedan afectar a los derechos humanos;

j)Investigar las alegaciones de violaciones de los derechos humanos y de discriminación injusta, actuando por propia iniciativa o en respuesta a las quejas que las personas, grupos o instituciones hayan presentado por sí mismos o en nombre de terceros;

k)Resolver las quejas formuladas mediante la puesta en práctica de procedimientos de conciliación y remitir a los tribunales los casos que no se hayan resuelto para su decisión;

l)Prestar asesoramiento sobre los asuntos de derechos humanos que el Gobierno le haya remitido, teniendo en cuenta los recursos disponibles y las prioridades de la Comisión;

m)Publicar directrices para evitar los actos o prácticas que puedan contradecir o violar los derechos humanos;

n)Tomar parte en reuniones internacionales y otras actividades sobre derechos humanos y cooperar con los órganos nacionales, regionales e internacionales de derechos humanos.

208.A continuación se presentan más detalles sobre el estatuto jurídico de la Comisión, su papel, sus miembros y sus procedimientos, así como información sobre el alcance de las actividades e iniciativas de estos años.

209.El Gobierno de las islas Fiji apoya el doble papel de la Comisión consistente en promover los derechos humanos mediante la capacitación y educación, y proteger los derechos humanos mediante la investigación y resolución de las quejas en que se aleguen violaciones de tales derechos y la realización de sus trabajos en estrecho contacto con los interesados.

Quejas presentadas a la Comisión de Derechos Humanos de Fiji

210.Por razones prácticas, en los datos correspondientes al año 2000 se incluyen las 33 solicitudes de investigación recibidas durante los tres meses de 1999 en que la Comisión estuvo en funcionamiento. En 2000 se recibieron 257 solicitudes, lo que da un total de 290 para 1999 y 2000. De esas solicitudes, 173 escapaban a la competencia de la Comisión, lo que significa que un 60% del total no constituían alegaciones de violación de los derechos humanos o de discriminación desleal. En los casos en que era posible, se pidió a los autores de las quejas que consultaran a otros departamentos del Gobierno u organizaciones de la sociedad civil: Departamento del Trabajo, Departamento de Bienestar Social, Comisión de Asistencia Jurídica, Oficina del Ombusdman y varias ONG.

211.De las 290 solicitudes de investigación, 117 se convirtieron en quejas válidas (40%). Estas quejas caían dentro de la competencia de la Comisión, que por lo tanto procedió a investigarlas. De ellas, 102 entrañaban la alegación de violaciones de los derechos humanos con arreglo al capítulo de la Carta de Derechos de la Constitución de 1997. Su clasificación aparece en la siguiente figura.

Base de las quejas de violación de la Carta de Derechos

212.En 1999 y 2000, la Comisión de Derechos Humanos de Fiji recibió 15 quejas por discriminación injusta: 13 contenían alegaciones sobre discriminación injusta en el empleo, 1 sobre acreditación profesional y 1 en que se sostenía la existencia de discriminación en la esfera del acceso a lugares públicos. A continuación también se indican los motivos de la discriminación: 7 en razón de la raza (46%), 5 del género (33%), 1 de la religión, 1 del acoso sexual y 1 en que se afirmaba la existencia de discriminación en razón de las características personales.

Campaña de educación y programas de capacitación

213.El Gobierno de las islas Fiji proporciona el financiamiento básico a la Comisión. El financiamiento abarca las remuneraciones, los locales, los gastos de servicios, las comunicaciones, la compra de bienes y servicios, y asignaciones de viajes y dietas. En el año 2000, el Gobierno aportó un presupuesto total de 2.212.805,56 dólares. Si bien el Gobierno también financia algunos trabajos de la Comisión para promover los derechos humanos (1.700 dólares de Fiji en 2000, 55.000 dólares de Fiji en 2001 y 55.000 dólares de Fiji en 2002), la mayor parte del financiamiento para la promoción de derechos humanos proviene de la NZODA, agencia de ayuda del Gobierno de Nueva Zelandia, que desde comienzos de 1999 ha proporcionado anualmente a la Comisión 350.000 dólares. Gracias a los fondos provenientes del Gobierno de Fiji y de la NZODA, la Comisión publica anualmente un calendario, convoca concursos infantiles de pintura y ensayo, y en 2001 realizó tres cursos prácticos/conferencias. Este año la Comisión efectuó un curso práctico de seguimiento sobre relaciones interraciales, impartido por el Consejero Especial sobre instituciones nacionales del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

214.Con financiamiento proveniente de la Oficina del Alto Comisionado (ACNUDH), en agosto de 2001 la Comisión celebró una conferencia sobre relaciones interraciales en Fiji como parte de los preparativos para la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia. La financiación, que ascendió a 40.000 dólares de Fiji, también permitió la realización de un programa radial sobre discriminación racial y un concurso de pintura infantil. Los resultados de estos tres programas se comunicaron a la Conferencia Mundial celebrada en 2001 en Durban (Sudáfrica).

Tribunales de trabajo: alegaciones de discriminación en el empleo

215.La Comisión, el Ministerio del Trabajo y Relaciones Industriales, y luego el Árbitro Permanente, sustancian las quejas relativas a discriminación en el empleo. Las personas tienen también la posibilidad alternativa de ejercer una acción con arreglo al artículo 41 de la Constitución por violación de la disposición sobre igualdad del artículo 38.

Artículo 7

Educación

216.El Gobierno está resuelto a desempeñar el papel que le corresponde en el marco del sistema de educación de las islas Fiji para alentar al Ministerio de Educación a que mejore la atención que presta a la diversidad cultural y étnica.

Artículo 14

217.Las islas Fiji no han formulado una declaración con arreglo al artículo 14 de la Convención que permitiría a las personas o grupos de personas comprendidos dentro de la jurisdicción de las islas Fiji que alegasen ser víctimas de violaciones, por parte del Estado de las islas Fiji, de cualquiera de los derechos estipulados en la Convención, quejarse ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. Fiji ha tomado nota y estudiado cuidadosamente la opinión del Comité de que debería formular tal declaración. Sin embargo, Fiji estima que el efecto general de los diversos recursos (incluida la indemnización) que pueden ejercerse con arreglo al derecho nacional e internacional de las islas Fiji ya es actualmente muy importante. Por lo tanto, no tiene el convencimiento de que se necesiten más mecanismos y no prevé modificar su posición actual.

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