Naciones Unidas

CAT/OP/TGO/1/Add.1

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles , Inhumanos o Degradantes

Distr. general

28 de abril de 2017

Español

Original: francés

Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Visita al Togo del 1 al 10 de diciembre de 2014:observaciones y recomendaciones dirigidasal Estado parte

Informe del Subcomité *

Adición

Respuestas del Togo ** ***

1.El Togo ha tomado nota del informe del Subcomité para la Prevención de la Tortura sobre la misión efectuada por el Comité del 1 al 10 de diciembre de 2014.

2.El Gobierno está dispuesto a cooperar plenamente con el Subcomité para la Prevención de la Tortura a fin de poner en práctica sus recomendaciones. A este respecto, en el momento oportuno se presentará una solicitud de utilización del fondo establecido con esta finalidad. Además, el Gobierno no tiene inconveniente alguno en que se publique el informe del Subcomité para la Prevención de la Tortura.

3.En septiembre de 2014, el Ministerio de Derechos Humanos y de la Consolidación de la Democracia, en colaboración el Ministerio de Justicia y con el Ministerio de Relaciones con las Instituciones de la República, la Seguridad y la Protección Civil, y con el apoyo financiero del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), organizó dos talleres regionales de fortalecimiento de la capacidad en la lucha contra tortura, destinados a funcionarios de la policía judicial y personal de la administración penitenciaria.

4.Para el año en curso está prevista una misión de evaluación de la ejecución de los planes de acción preparados de resultas de estos talleres.

5.Se ha aprobado y promulgado la Ley núm. 2015-10, de 24 de noviembre de 2015, relativa al nuevo Código Penal.

6.Se han concluido las obras de construcción de un nuevo centro penitenciario, que estaban realizándose en el momento de la visita. La recepción de estas obras tuvo lugar en diciembre de 2015.

7.Con miras a mejorar las condiciones de vida de los reclusos, en diciembre de 2015 la administración penitenciaria y de la reinserción instaló en todas las prisiones del país servicios telefónicos de cabina para facilitar la comunicación entre los reclusos y sus familiares o amigos.

8.Ello permitirá poner fin al descontrol de las comunicaciones de los reclusos. En breve se efectuarán registros para confiscar los teléfonos móviles introducidos subrepticiamente en las prisiones, que tanto contribuyen al descrédito de estas.

9.En algunas prisiones empiezan a realizarse actividades educativas (creación de una biblioteca en Lomé), recreativas (actividades para combatir el estrés) y deportivas (futbol y algunos ejercicios físicos); en especial se organizan actividades deportivas en las prisiones con cercado de seguridad.

10.En este mismo contexto, se han organizado talleres para los que deseen adquirir una formación profesional, en particular de carpintería, cestería, electrónica, zapatería, costura (de mujer y de hombre), peluquería (de mujer y de hombre) y perlado. Recientemente se ha propuesto una guía para que los reclusos dispongan de una mejor organización y una distribución consecuente del fruto de su trabajo.

11.Existe un proyecto de reglamento (validado) que está en espera de que se apruebe el decreto por el que entrará en vigor.

12.Se adoptarán disposiciones, mediante una nota de servicio u otro procedimiento, para reorganizar la administración interna de las prisiones en las que reclusos —que asumen una parte de responsabilidad— humillan a otros reclusos que se ven reducidos a la “esclavitud”, es decir que sufren toda clase de vejaciones indignas de la condición humana.

13.Se están celebrando conversaciones con un asociado (Handicap International) para renovar por entero el edificio de la prisión, o sea ampliarlo y distribuir mejor a los reclusos de los dos sexos, y a los menores.

14.Desde hace algunos años se aplica un sistema llamado Gestión Informatizada de las Prisiones (GIP); debido a dificultades de orden técnico el sistema no está en funcionamiento. Se están desplegando esfuerzos para ponerlo de nuevo en servicio en las próximas semanas.

15.En vista de la disponibilidad del proyecto de reglamento, se tomarán disposiciones, a alto nivel, para la firma del decreto que permitirá organizar mejor las prisiones.

16.Se publicarán notas de servicio o circulares para informar al personal de la administración penitenciaria de la necesidad de que los detenidos puedan dar traslado a la administración de sus reclamaciones y preocupaciones. Este cometido se confiará a personal capacitado, para facilitar los intercambios entre los reclusos y la administración.

17.Los propios reclusos serán concienciados a este respecto, bien por conducto del club jurídico o bien mediante diferentes reuniones de la administración con los reclusos o sus dirigentes.

18.Se adoptarán disposiciones prácticas para aliviar los sufrimientos de los reclusos.

19.Desde siempre se han adoptado las disposiciones necesarias en las prisiones para que los menores en conflicto con la ley no estén recluidos junto con adultos.

20.En diciembre de 2015, en una operación de gran magnitud, realizada en colaboración con un asociado, todas las celdas de la brigada de menores de Lomé fueron íntegramente saneadas y desinfectadas. Esta operación también se llevó a cabo en todas las comisarías y brigadas de la región marítima.

21.En las cárceles del Togo la separación de las diferentes clases de reclusos es efectiva, lo que significa que en las prisiones del país hay celdas para hombres, para mujeres y para menores, sobre todo en las prisiones del interior.