Distr.

GENERAL

CCPR/C/CZE/Q/2

26 de junio de 2007

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS89º período de sesionesNueva York, 12 a 30 de marzo de 2007

LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABORDARSE AL EXAMINAR EL SEGUNDO INFORME PERIÓDICO DE LA REPÚBLICA CHECA

Marco constitucional y jurídico de aplicación del Pacto (artículo 2)

1.Sírvanse indicar qué disposiciones ha adoptado el Estado Parte para llevar a la práctica los dictámenes emitidos por el Comité en relación con las comunicaciones Nº 823/1998, Czernin; Nº 857/1999, Blazek et al.; Nº 945/2000, Marik; Nº 946/2000, L. P.; Nº 1054/2002, Kříž. Sírvanse asimismo proporcionar una actualización relativa al seguimiento de las comunicaciones que figuran a continuación por lo que hace a los recursos facilitados a las víctimas: Nº 516/1992, Simunek et al.; Nº 586/1994, Adam; Nº 765/1997, Fábryová; Nº 747/1997, Des Fours Walderode; y Nº 757/1997, Pezoldova.

2.Sírvanse formular observaciones sobre la información que obra ante el Comité acerca de la existencia de considerables retrasos en las causas civiles y penales. Sírvanse proporcionar estadísticas desglosadas sobre el particular. ¿Qué novedades hay en relación con la reforma judicial, en particular la gestión de los tribunales? ¿En qué punto se halla la reforma del sistema de tribunales administrativos mencionada en el párrafo 431 del informe?

Medidas de lucha contra el terrorismo y respeto de las garantías del Pacto

3.Sírvanse proporcionar información sobre la compatibilidad con el Pacto de las leyes o proyectos de ley del Estado Parte para luchar contra el terrorismo. La información debe incluir, entre otros datos, la definición de terrorismo, así como cualquier derogación de la legislación ordinaria que se haya promulgado o previsto promulgar en materia de lucha contra el terrorismo.

GE.07-42615 (S) 270607 270607

Principios de igualdad de género y no discriminación, y no sometimiento a torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (artículos 3 y 7)

4.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la representación de la mujer en las instancias más altas del Gobierno, así como en el Parlamento (observaciones finales precedentes, párr. 12, e informe, párrs. 45 a 59).

5.Se ha tenido conocimiento de que algunas mujeres han sido sometidas a esterilización forzada sin su consentimiento previo. ¿Ha llevado a cabo el Estado Parte una investigación imparcial y eficaz y cuáles han sido los resultados? ¿Se ha indemnizado a las víctimas? ¿Ha tomado el Estado Parte alguna medida para reformar las leyes y procedimientos vigentes a fin de garantizar que no se vuelvan a repetir esas prácticas?

No sometimiento a torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; tratamiento de los presos y otros detenidos, libertad y seguridad de la persona, expulsión de los extranjeros y derecho a un juicio imparcial (artículos 7, 9, 10, 13 y 14)

6.Sírvanse proporcionar información sobre la tipificación penal de la violencia en el hogar, incluido el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos y sentencias impuestas, así como sobre la asistencia o los recursos proporcionados a las víctimas durante el período objeto de informe (observaciones finales precedentes, párr. 14, e informe, párrs. 72 a 74).

7.Sírvanse formular observaciones acerca de la información de que las investigaciones sobre presuntas faltas de conducta de la policía por parte del órgano interno de inspección de ese cuerpo no son ni independientes ni eficaces. ¿Cuál es la situación actual del proceso de reforma de la Ley del servicio de policía?

8.Sírvanse proporcionar información sobre el estado de la enmienda a las órdenes e instrucciones obligatorias del Presidente de la policía relativas a los calabozos, en virtud de las cuales un funcionario de policía debe informar a los detenidos de sus derechos, incluido el derecho a presentar una comunicación por escrito a una autoridad del Estado (informe, párr. 161).

9.Sírvanse ampliar la información referente a la situación y aplicación de la enmienda a la Ley de extranjería, de septiembre de 2005, que prevé la adopción de una nueva serie de normas sobre las condiciones y regímenes aplicables a los centros de detención para extranjeros, a fin de adecuarlas a la normativa internacional. Sírvanse proporcionar estadísticas sobre los incidentes que se hayan producido en las detenciones relacionadas con el asilo.

10.Sírvanse explicar en qué medida la enmienda introducida en las normas para el cumplimiento de las condenas de prisión ha contribuido a reducir el hacinamiento en las cárceles (observaciones finales precedentes, párr. 19, e informe, párr. 179).

11.Sírvanse indicar si el Estado Parte ha abolido el uso de las camas jaula y de las camas con red como medio de controlar a los pacientes en estado de agitación en los hospitales psiquiátricos. ¿Qué medidas concretas se han tomado o se prevé tomar para resolver el problema mencionado en el párrafo 86 del informe?

12.Sírvanse exponer en detalle las medidas para eliminar las dificultades que deben afrontar las víctimas de la discriminación a fin de obtener asistencia letrada (observaciones finales precedentes, párr. 21).

Eliminación de la esclavitud y la servidumbre (artículos 8 y 24)

13.¿Ha entrado en vigor la Ley de regulación de la prostitución? En caso afirmativo, sírvanse suministrar información sobre su ámbito legal y su impacto en la práctica, incluida información sobre su papel en la individuación de las víctimas de la trata (observaciones finales precedentes, párr. 13, e informe, párrs. 99 y 106).

14.Sírvanse proporcionar información acerca de las medidas adoptadas para luchar contra el abuso sexual de menores, incluida la utilización de niños en la pornografía y la trata de menores, las medidas para rehabilitar a los niños víctimas de abusos y, en general, las medidas destinadas a garantizar el respeto de los derechos humanos de todas las víctimas de la trata de personas (véase, en parte, las observaciones finales precedentes, párr. 23).

Principio de igualdad y de no discriminación, derechos de las personas pertenecientes a minorías y derechos del niño (artículos 2, 24, 26 y 27)

15.Sírvanse proporcionar más información sobre la situación actual de la Ley contra la discriminación. ¿Qué medidas se han tomado para garantizar su aplicación eficaz? (informe, párrs. 517 a 523)

16.¿Ha demostrado su utilidad la Estrategia Nacional para el Trabajo de la Policía con las Minorías Nacionales o Étnicas en la reducción del número de casos de malos tratos cometidos por la policía contra los miembros de minorías nacionales y étnicas y, en concreto, aquellos en que se ha producido una muerte en reclusión? ¿Han sido perseguidos por la justicia los culpables de dichos actos y se ha concedido una indemnización a las víctimas o a sus familias? (observaciones finales precedentes, párr. 15, e informe, párrs. 92 a 95)

17.Sírvanse indicar qué medidas concretas ha adoptado el Estado Parte para luchar contra la discriminación que afecta a los romaníes, en especial en las esferas del empleo, la educación, la atención de salud y la vivienda. Sírvanse ampliar la información sobre el desarrollo, aplicación e impacto de las recientes campañas de sensibilización destinadas a combatir las prácticas discriminatorias contra la minoría romaní (observaciones finales precedentes, párr. 8).

18.¿Qué medidas ha tomado el Estado Parte para fomentar la igualdad entre ciudadanos y no ciudadanos en las esferas de la vivienda, el empleo y la seguridad social? En general, ¿qué disposiciones se están aplicando para garantizar que no exista discriminación contra los no ciudadanos en el disfrute de los derechos que el Pacto les reconoce?

19.Sírvanse formular observaciones sobre la disparidad existente entre las estadísticas oficiales y las de fuentes de la sociedad civil acerca del número de romaníes que viven en el Estado Parte.

20.Sírvanse facilitar información sobre la condición jurídica y la situación de las minorías "no nacionales" dentro del territorio del Estado Parte.

21.¿Qué medidas ha adoptado el Estado Parte en respuesta a la grave preocupación expresada por el Comité respecto del altísimo número de niños romaníes asignados a escuelas especiales para niños mentalmente discapacitados? (observaciones finales precedentes, párr. 9)

22.¿En qué medida contribuye en la práctica el nuevo Código Penal a una reducción de la violencia por motivos raciales, de la incitación al odio y de otras formas de intolerancia? (observaciones finales precedentes, párr. 11, e informe, párrs. 420 a 424)

Divulgación de información relativa al Pacto y al Protocolo Facultativo (artículo 2)

23.Sírvanse facilitar información sobre las actividades de formación para funcionarios públicos, incluidos profesores, jueces, abogados y oficiales de policía, en relación con los derechos consagrados en el Pacto.

24.Sírvanse indicar qué medidas ha tomado el Estado Parte para divulgar información sobre la presentación del actual informe periódico. Sírvanse también indicar las disposiciones adoptadas para aumentar el conocimiento y la comprensión del Pacto y de los procedimientos del Protocolo Facultativo entre el público en general y, en particular, entre las minorías étnicas (observaciones finales precedentes, párr. 25).

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