64º período de sesiones

4 a 22 de julio de 2016

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Nota : El presente documento se distribuye en español, francés e inglés únicamente.

Lista de cuestiones y preguntas relativas al séptimo informe periódico de Turquía

Marco constitucional y legislativo

En el párrafo 44 del informe presentado al examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos (A/HRC/WG.6/21/TUR/1), el Estado parte indicó que se ha presentado al Parlamento un proyecto de ley de lucha contra la discriminación e igualdad. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre su estado actual, el plazo para su promulgación y su contenido, en particular si incluye la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. Sírvanse indicar también si se han establecido los órganos de seguimiento previstos y si son eficaces. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la libertad de expresión y asociación, así como la libertad de las organizaciones de mujeres para llevar a cabo sus actividades sin amenazas o acoso. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para garantizar los derechos humanos de las activistas, defensoras y periodistas, en particular la libertad de circulación, expresión, reunión y asociación, la libertad e integridad de la persona y el acceso a la justicia. Sírvanse proporcionar también información sobre las medidas adoptadas para prevenir, investigar, enjuiciar y castigar los abusos perpetrados contra ellas.

Acceso a la justicia y mecanismos para presentar demandas judiciales

En el informe del Estado parte (CEDAW/C/TUR/7, párr. 7) se indica que las convenciones internacionales prevalecen en caso de contradicción entre las convenciones de derechos humanos y la legislación nacional (art. 90 de la Constitución). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que el poder judicial, los abogados y las fuerzas del orden reciban formación sobre los derechos de la mujer y para que las mujeres en el Estado parte conozcan sus derechos con arreglo a la Convención y puedan invocarlos, entre otras cosas mediante la presentación de denuncias a través del sistema judicial cuando se hayan vulnerado sus derechos. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre los casos de discriminación contra la mujer llevados ante los tribunales y su resultado e indicar si la Convención y el artículo 10 de la Constitución se han invocado ante los tribunales, en particular utilizando el nuevo derecho a impugnar la constitucionalidad de las leyes ante el Tribunal Constitucional.

En el informe, el Estado parte indica que en 2012 se estableció una institución de ombudsman, con una sección especial sobre los derechos de la mujer y el niño, y que empezó a recibir quejas en marzo de 2013 (párr. 20). Sírvanse proporcionar información detallada sobre su estructura, su mandato, en particular con respecto a la igualdad de género y los recursos humanos y financieros asignados, y su cooperación con la sociedad civil, así como sobre las denuncias de casos de discriminación contra la mujer, incluidas las formas múltiples de discriminación. Sírvanse asimismo indicar las medidas adoptadas para acreditar la institución nacional de derechos humanos con arreglo a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

Se indica que la Dirección General de la Condición Jurídica y Social de la Mujer se reestructuró como dependencia de servicios del Ministerio de Familia y Política Social (párr. 59). También se hace referencia al Comité Consultivo sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer (párr. 60) y a la Comisión sobre Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (párr. 61). Sírvanse proporcionar información actualizada y detallada sobre los cambios realizados en las instituciones responsables de promover el adelanto de la mujer y sobre la coordinación entre estas instituciones a todos los niveles, así como sobre el mandato y los recursos humanos y financieros asignados al mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer. Sírvanse asimismo aclarar sus vínculos con las dependencias y entidades mencionadas en los párrafos 22 a 24. Sírvanse además indicar qué instituciones son responsables de la igualdad de género a nivel provincial y local y cómo se garantiza la coordinación entre las distintas instituciones y niveles.

Estereotipos y prácticas nocivas

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para luchar contra las actitudes estereotipadas y los estereotipos relativos a los papeles y responsabilidades de la mujer y el hombre en la familia y en la sociedad, expresados en discursos públicos por representantes de alto nivel de las autoridades estatales, los medios de comunicación y las federaciones deportivas, que cuestionan el principio de igualdad entre la mujer y el hombre utilizando un lenguaje despectivo con respecto a la mujer, relegándola al papel exclusivo de madre y cuidadora y negándole la capacidad para tomar decisiones acerca de si tener hijos y, en su caso, cuántos. Sírvanse facilitar información sobre los esfuerzos realizados para atajar las actitudes estereotipadas hacia las mujeres que sufren múltiples formas de discriminación por razón de etnia, edad, discapacidad, religión, orientación sexual, identidad de género u otras características, en particular en los medios de comunicación y los libros escolares. Sírvanse asimismo facilitar información sobre las medidas adoptadas para luchar contra el matrimonio infantil y/o forzado, también en las regiones rurales y apartadas, entre los desplazados internos turcos y en las comunidades de refugiados y solicitantes de asilo. Sírvanse explicar las razones de centrarse en la familia en vez de en los derechos de la mujer en el décimo plan de desarrollo.

Violencia contra la mujer

En el informe se reconoce que en cinco provincias del Estado parte no hay centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia (párr. 32). Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para abrir centros de acogida en todas las provincias del Estado parte y en los municipios de menos de 100.000 habitantes. Sírvanse informar de la proporción de mujeres que han tenido que acudir a un centro de acogida temporal por falta de espacio en un centro de acogida ordinario, la duración media de la estancia en un centro de acogida temporal y la proporción de mujeres que vuelven con su marido o pareja violenta por falta de apoyo suficiente o alojamiento en el centro de acogida.

En el informe, el Estado parte indica que en 2012 adoptó un Plan de Acción Nacional para Combatir la Violencia Doméstica contra la Mujer para el período 2012-2015 (párr. 49). En el párrafo 53 se indica que, en 2013, el Estado parte tenía previsto empezar a actualizar su investigación nacional sobre la violencia doméstica contra la mujer (2008). También se indica (párr. 55) que en 2014 estaba previsto realizar un análisis de impacto de la aplicación de la Ley núm. 6284 relativa a la protección de la familia y la prevención de la violencia contra la mujer. Sírvanse facilitar información actualizada sobre el resultado de estos estudios y, en particular, indicar el número de órdenes preventivas y de alejamiento y el grado de cumplimiento de las órdenes de alejamiento por parte de los agresores o posibles agresores. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre las medidas adoptadas para evaluar la eficiencia y el poder disuasorio de estas órdenes (párr. 30) Sírvanse además facilitar información sobre la evaluación del Plan de Acción Nacional y sus resultados y si se ha prorrogado después de 2015.

A tenor de las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/TUR/CO/6, párr. 25), sírvanse proporcionar información acerca de si se han incluido explícitamente en el artículo 82 del Código Penal y si se clasifican como homicidio agravado los asesinatos cometidos en nombre del honor y si estos delitos reciben el mismo tratamiento estricto que otros delitos violentos durante la investigación y el enjuiciamiento, en particular porque se han calificado de asesinatos “por tradición”. Sírvanse asimismo proporcionar información detallada sobre la incidencia de estos delitos, especialmente en las zonas rurales y apartadas, incluyendo el número de investigaciones, enjuiciamientos y autores castigados y las penas impuestas.

Participación en la vida política y pública

En el informe se reconoce que las mujeres están infrarrepresentadas en la vida política y pública, en particular en los órganos decisorios locales y nacionales (párr. 95), en el poder judicial (párrs. 97 y 98), en la función pública (párr. 96), en las instituciones académicas (párr. 99), en los sindicatos (párr. 101) y en el servicio diplomático (párr. 103). También se indica que algunos partidos políticos han empezado a aplicar cuotas (párr. 68) y que se recopila y publica información por género más detallada sobre los mecanismos decisorios y de poder para sensibilizar y aumentar la participación de la mujer (párr. 100). En vista del artículo 10 2) de la Constitución, sírvanse explicar por qué no se han adoptado medidas eficientes, como cuotas reglamentarias u otras metas numéricas, para garantizar en la práctica la igualdad de representación de la mujer en las entidades mencionadas, en particular en el Parlamento, el Gobierno, el poder judicial y la función pública. Sírvanse indicar qué otras medidas, incluidas medidas especiales de carácter temporal, se han adoptado o se prevén para aumentar el escaso número de mujeres en puestos de responsabilidad en distintos sectores. Sírvanse asimismo indicar los obstáculos para la aplicación en el Estado parte de medidas especiales de carácter temporal, como procesos legislativos y administrativos, programas de divulgación y apoyo, asignación de recursos y creación de incentivos, contratación selectiva y fijación de objetivos con plazos y cuotas en los ámbitos en los que las mujeres están infrarrepresentadas o en desventaja, tanto en el sector público como en el privado. Sírvanse indicar también los resultados logrados con las medidas especiales de carácter temporal que se han aplicado.

Educación

Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para atajar las desigualdades de género en el sistema educativo, en particular la concentración de mujeres en ámbitos de educación tradicionalmente femeninos. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre la repercusión del nuevo sistema de educación obligatoria 4+4+4, las tasas y las causas de deserción entre las niñas a todos los niveles educativos, los mecanismos de seguimiento establecidos y el potencial riesgo de que el trabajo infantil aumente como consecuencia de la reforma. Sírvanse indicar también si hay planes de introducir la enseñanza de lenguas minoritarias en las escuelas preescolares y las escuelas primarias. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre la revisión de los libros de texto escolares para eliminar los estereotipos de género e indicar si los planes de estudios incluyen y los profesores imparten educación sobre salud y derechos sexuales y reproductivos adaptada a cada edad.

Empleo

Se reconoce que las mujeres se concentran en trabajos que requieren un menor nivel de cualificación, que una gran proporción de mujeres trabajan en el sector servicios (párrs. 150 y 151) y que existe una desigualdad salarial por razón de género persistente (párr. 164). También se indica que la tasa de desempleo femenino está creciendo (párr. 147). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas, incluidas las medidas de carácter temporal, adoptadas para eliminar la segregación ocupacional vertical y horizontal y la desigualdad salarial por razón de género y reducir la tasa de desempleo femenino. Sírvanse asimismo facilitar información sobre los avances en la adopción y aplicación de un plan nacional de acción destinado a aumentar el número de mujeres en el mercado de trabajo e invertir sus patrones de participación tradicionales ligados al género.

Salud

En el informe se indica que la encuesta demográfica y de salud más reciente se realizó en 2014, pero no se han publicado los resultados (párr. 182). Sírvanse facilitar información sobre el resultado de la encuesta en relación con la atención de la salud de la mujer, en particular la salud sexual y reproductiva, los problemas detectados y las medidas adoptadas para resolverlos. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre la evaluación realizada tras la aplicación del Plan Nacional de Acción Estratégica contra el VIH/SIDA (2011-2015) y si el plan se ha prorrogado después de 2015 (párr. 181).

Se indica que los centros de atención maternoinfantil y planificación familiar ofrecen servicios de planificación familiar y salud reproductiva de forma gratuita (párr. 176). Sírvanse suministrar información sobre el uso de métodos anticonceptivos modernos y planificación familiar y sobre los obstáculos, como los estereotipos tradicionales, que impiden a las mujeres y a las niñas obtener información sobre los servicios de salud reproductiva y otros servicios y acceder a ellos. Sírvanse asimismo indicar si está previsto eliminar la necesidad de autorización del esposo para que las mujeres casadas se sometan a un aborto y las medidas para evitar la práctica de los hospitales de exigir la autorización de la pareja en el caso de las mujeres embarazadas no casadas o del padre en el caso de las jóvenes embarazadas no casadas. Sírvanse explicar si las mujeres pueden presentar una solicitud individual al Tribunal Constitucional (párr. 19) si su marido o padre no les concede autorización. Si ese es el caso, sírvanse suministrar datos sobre las decisiones y los casos escuchados por el Tribunal.

Mujeres rurales

En el informe, el Estado parte cita varias iniciativas y medidas, como programas de formación y sensibilización, emprendidas para abordar la situación de las mujeres en las zonas rurales, entre ellas un Plan de Acción Nacional para el Empoderamiento de la Mujer Rural (párrs. 196 a 210). Sírvanse proporcionar información sobre la evaluación y el resultado de estas iniciativas dirigidas a las mujeres rurales. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la participación de las mujeres de las zonas rurales en la vida política y pública y aumentar su acceso a la justicia, protección, apoyo y asistencia cuando son víctimas de la violencia por razón de género. Sírvanse también suministrar información sobre su acceso a los servicios sanitarios, el empleo, los procesos decisorios y las oportunidades económicas, entre otras en las regiones más pobres.

En el informe, el Estado parte reconoce las dificultades encontradas a la hora de ofrecer condiciones de trabajo decente a los trabajadores agrícolas temporeros (párr. 210). Sírvanse proporcionar información detallada actualizada sobre las medidas específicas adoptadas para proteger a las trabajadoras agrícolas temporeras, sobre la eficiencia de las juntas de seguimiento de los trabajadores agrícolas temporeros migrantes y sobre la evaluación del proyecto para mejorar las condiciones laborales y sociales de vida de los trabajadores agrícolas temporeros migrantes.

Grupos de mujeres desfavorecidos

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para superar las desventajas a las que se enfrentan las mujeres y las niñas pertenecientes a diversos grupos étnicos, en particular las mujeres y niñas kurdas, y cuya lengua materna no es el turco, así como las mujeres con discapacidad y lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales, con respecto al acceso a la salud, los servicios sociales, la educación, el empleo y la protección contra la violencia y la discriminación. Sírvanse asimismo facilitar información sobre la situación de las mujeres de edad en el Estado parte, entre otras cosas sobre su acceso a los servicios sanitarios y sociales y a la protección contra la violencia, e indicar los programas y estrategias formulados para cubrir sus necesidades específicas, especialmente de las que viven en las regiones más pobres.

Mujeres detenidas

El informe no dice nada sobre la situación de las mujeres detenidas. Sírvanse facilitar información sobre las mujeres detenidas, en concreto sobre el hacinamiento y el acceso a la atención sanitaria y cómo se supervisan las condiciones de las reclusas y si se han considerado compatibles con las Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes (Reglas de Bangkok). Sírvanse asimismo facilitar información acerca de si se dispensa tratamiento para la toxicomanía a las mujeres detenidas consumidoras de drogas.

Refugiadas, solicitantes de asilo y desplazadas internas turcas kurdas

El informe no facilita información sobre la situación del sistema de registro de refugiadas y solicitantes de asilo en el Estado parte ni sobre las solicitudes de asilo basadas en la persecución relacionada con el género. Sírvanse proporcionar datos estadísticos recientes, desglosados por sexo y ubicación geográfica, sobre los refugiados y los solicitantes de asilo y sobre el número de centros a su disposición e información sobre la calidad de estas instalaciones. Sírvanse asimismo indicar si se proporcionan directrices y formación a los agentes del orden y los guardias fronterizos sobre cómo tratar la persecución relacionada con el género y ofrecer protección a las refugiadas y solicitantes de asilo. Sírvanse también describir las medidas adoptadas para proteger a las mujeres y niñas refugiadas y solicitantes de asilo de la violencia, el matrimonio infantil o forzado y el acoso sexual en el lugar de trabajo y para garantizar su acceso a los servicios sanitarios, en particular con respecto a la salud reproductiva. Proporcionen también información sobre la situación de las mujeres y las niñas turcas kurdas que son desplazadas internas y su acceso a la atención sanitaria, la educación, la protección social y las posibilidades de reasentamiento.

La mujer, la paz y la seguridad

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para apoyar la participación de la mujer en las actividades formales e informales de prevención y resolución de conflictos e indicar las medidas adoptadas para aprobar un plan de acción nacional para aplicar la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad. Sírvanse explicar si se ha facilitado y se facilita un acceso adecuado a las mujeres afectadas por conflictos, en particular las mujeres y niñas kurdas y las mujeres y niñas afectadas por el conflicto en la República Árabe Siria, a la justicia, la reparación y la asistencia, incluida la asistencia psicológica, en consonancia con la recomendación general núm. 30 (2013) del Comité sobre las mujeres en la prevención de conflictos y en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos.

Matrimonio y relaciones familiares

La información presentada al Comité indica que el Tribunal Constitucional, mediante una decisión de junio de 2015, otorgó a los imanes la facultad de oficiar una ceremonia nupcial religiosa sin matrimonio civil oficial previo, lo que podría provocar un aumento del matrimonio infantil o forzado y la poligamia y negar a las mujeres y los niños protección jurídica y económica si se disuelven estas uniones. Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre la legislación vigente en materia de matrimonio y relaciones familiares, así como información sobre las medidas adoptadas para reducir la práctica del matrimonio infantil o forzado y la poligamia en el Estado parte (párr. 223). Sírvase indicar si está previsto examinar las restantes disposiciones discriminatorias y elevar la edad legal para contraer matrimonio.