Página

Siglas

5

Prefacio

6

Sección A Introducción

1.0Antecedentes

7

2.0Procesos preparatorios para la redacción del presente informe periódico

8

3.0Colaboración con el Sistema de las Naciones Unidas para el Desarrollo

11

4.0Situación demográfica de Nigeria

12

5.0Mapa de Nigeria

12

Sección B Informe sobre los avances logrados en la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

1.0Definición de la discriminación contra la mujer

13

2.0Obligación de eliminar la discriminación

14

3.0Medidas para lograr el adelanto pleno de la mujer

18

4.0Medidas especiales para acelerar la igualdad entre el hombre y la mujer

20

5.0Funciones de los sexos y estereotipos al respecto

22

6.0Trata de mujeres y explotación para la prostitución

23

7.0La mujer en la vida política y pública

25

8.0Representación en el plano internacional

36

9.0La mujer y la nacionalidad

38

10.0Educación

39

11.0Empleo

45

12.0Igualdad en el acceso a la atención médica

48

13.0Derechos sociales y económicos

56

14.0La mujer en las zonas rurales

57

15.0Igualdad ante la ley

63

16.0Igualdad en el matrimonio y la familia

64

Sección C Conclusión

1.0Introducción de la Convención en el derecho interno

66

2.0Obligación de eliminar la discriminación

66

3.0Situación de la mujer en la educación, la salud y la vida económica y social

66

4.0Otros obstáculos a la igualdad de la mujer

67

5.0La vía por la que avanzar

67

Apéndices

68

Referencias

72

Cuadros

7.1Algunos nombramientos hechos por el gobierno civil a nivel federal ennoviembre de 1999

26

7.2Algunos nombramientos hechos por los gobiernos civiles a nivel estatal ennoviembre de 1999

27

7.3Número de funcionarios del Estado de Nassarawa, con los porcentajes correspondientes a la población y al sexo

28

7.4Personal del gobierno local de Nassarawa (unificado con los porcentajes correspondientes a la población y al sexo)

30

7.5Análisis de la distribución por sexos de los cargos electivos de 1999

31

7.6Nombramientos para los Consejos Federales y los organismos autónomos

32

8.1Mujeres en el Servicio Exterior

37

8.2Mujeres en organizaciones internacionales

37

10.1Matrícula total en las enseñanzas primaria y secundaria de primer ciclo y de segundo ciclo 1992-1996

40

10.2Matrícula de las escuelas técnicas federales y estatales en 1993/1994-1997/1998

41

10.3Tasa bruta de matrícula correspondiente a las enseñanzas primaria y enseñanza secundaria de primer ciclo y de segundo ciclo 1992-1996

41

10.4Tasa bruta de matrícula correspondiente a la enseñanza primeria .por sexo, zona geopolítica y zonas urbanas y rurales 1995/1999

42

10.5Tasa de alfabetización de adultos,1999 – porcentaje de la población de 15 años de edad o más (MICS)

43

10.6Porcentaje de maestras en escuelas de enseñanza primaria, 1984-1997

44

12.1Relación de mortalidad materna en determinadas zonas de Nigeria

50

12.2Tasas de mortalidad infantil y de niños menores de cinco años de edad(por 1.000 nacidos vivos)

51

12.3Tasa de utilización de la anticoncepción, por método

53

14.1Fuentes de abastecimiento de agua en ciudades pequeñas, 1997

59

14.2Fuentes de abastecimiento de agua en la zona urbana de Lagos, 1997

59

14.3Fuentes de abastecimiento de agua, servicios de saneamiento y número de personas por habitación, 1990 y 1999

60

14.4Porcentaje de mujeres propietarias de tierras agrícolas

60

Figuras

10.1Tasa de alfabetización de adultos, 1991 y 1999

43

12.1Causas principales de mortalidad materna

50

12.2Servicios disponibles de planificación de la familia

53

12.3Tasa nacional de prevalencia del VIH/SIDA (1992-1999)

54

Siglas

AD

Alianza por la Democracia

AOD

Asistencia para el desarrollo

CEPA

Comisión Económica para Africa

CEDAW

Convención sogre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

IEC

Información, educación y comunicación

OIM

Organización Internacional para las Migraciones

OIT

Organización Internacional del Trabajo

OMS

Organización Mundial de la Salud

ONG

Organizaciones no gubernamentales

PNUD

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

SIDA

Síndrome de inmunodeficiencia adquirida

UNESCO

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

UNIFEM

Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer

USAID

Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional

VIH

Virus de inmunodeficiencia humana (VIH)

Prefacio

Los procesos que concluyeron con el desmantelamiento del prolongado gobierno militar y el consiguiente regreso al gobierno civil democrático tuvieron graves consecuencias en la vida social y administrativa de la nación. La reducción de nuestro crecimiento económico y la correspondiente disminución del valor de nuestra divisa nacional –la naira- frente a otras divisas internacionales, junto con las presiones de la mundialización y las demandas concurrentes de unos recursos escasos, habían tenido repercusiones negativas en el gasto del Estado. Así, pues, la voluntad política y el compromiso del gobierno no pudieron ir acompañados de consignaciones presupuestarias a la luz del cambio de prioridades, además de la reducción de la asistencia oficial para el desarrollo (AOD) al país durante la época de gobierno militar.

Sin embargo, con el restablecimiento de la gestión democrática de los asuntos públicos y el renovado vigor y compromiso del Gobierno y del pueblo de Nigeria, en particular con el adelanto de la mujer, se han registrado avances importantes en la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. En estos informes periódicos cuarto y quinto combinados (1994 – 2002) se ponen de relieve las oportunidades en aumento para la consecución de la igualdad y del disfrute de los derechos humanos por parte de las mujeres. Los indicadores en materia de salud materna, relaciones laborales, educación, participación política, empleo y reformas jurídicas representan el surgimiento de un terreno propicio para la eliminación de los obstáculos y las barreras que discriminan contra la mujer. La singular proeza de la firma de la Política Nacional de la Mujer, después de las prolongadas negativas por parte de gobiernos anteriores, es un hito encomiable en la lucha por la igualdad de la mujer. La existencia de ese documento excepcional, que constituye un marco para todos los protagonistas e interesados directos, junto con la Constitución y otras leyes y decretos, indica el predominio de un marco favorable para la participación plena de la mujer en un desarrollo sin discriminación.

Espero fervientemente que la comunidad internacional, los Estados Miembros de las Naciones Unidas y, en particular, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer reconozcan los cambios positivos consignados en este informe y apoyen las medidas encaminadas a mantener este impulso en pro de las mujeres nigerianas.

Aishatu M. S. Ismail HONORABLE MINISTRA Abuja (Nigeria) Julio de 2002

Sección A

Introducción

1.0Antecedentes

La República Federal de Nigeria, como signataria que es de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, está obligada, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Convención, a presentar informes periódicos sobre los avances logrados en su aplicación en el país.

El presente informe se basa en los informes segundo y tercero del país, que abarcan el período 1986-1994 y fueron presentados al Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en sus sesiones 396ª y 397ª, celebradas el 2 de julio de 1998. Este informe es un compendio de la condición y la situación de las mujeres nigerianas en relación con los artículos de la Convención durante el período 1994-2002. Está dividido en tres partes: Sección A: Introducción; Sección B: Avances logrados en la aplicación de la Convención; y Sección C: Conclusión.

En la compilación del informe se han tenido en cuenta las deficiencias en la preparación del anterior informe del país y las observaciones finales del Comité al respecto, además de las reclamaciones de los grupos de la sociedad civil sobre su exclusión en los procesos preparatorios anteriores.

1.1Comentarios y observaciones sobre los informes periódicos segundo y tercero de Nigeria

El Comité tomó nota con satisfacción de los avances logrados por Nigeria, al crear el Gobierno el Ministerio de Asuntos de la Mujer y propagar el adelanto de la mujer, el aumento de las tasas de asistencia a clase de las niñas y de alfabetización de las mujeres y el aumento del número de mujeres que ocupan puestos directivos.

Además, el Comité elogió al Gobierno de Nigeria por brindar a las mujeres rurales el acceso al agua potable, la electricidad y la vivienda, además de las mejoras cualitativas en sus condiciones de vida.

En relación con los informes segundo y tercero, se exponían del modo siguiente las imágenes negativas y los obstáculos a la aplicación de la Convención:

•Predominio de estereotipos culturales perjudiciales para la mujer, entre otros la poliginia, los ritos inhumanos que padecen las viudas y otros usos tradicionales lesivos.

•Ausencia de un marco jurídico y constitucional para fortalecer la aplicación de la Convención.

•No adopción de las necesarias medidas idóneas para lograr la observancia plena de los compromisos y las obligaciones que impone la Convención.

•Falta de datos estadísticos relativos a la violencia doméstica, la prostitución y la salud de las mujeres y los niños.

•Falta de hogares o refugios para las mujeres que son víctimas de la violencia y falta de información sobre la violación marital.

•Escasa asistencia de las niñas a los centros de enseñanza secundaria, detalles insuficientes sobre la enseñanza primaria gratuita y el aumento de la alfabetización entre las mujeres.

•Falta de programas de estudio encaminados a informar a las mujeres y los niños sobre sus derechos, en particular en los centros de enseñanza secundaria.

•Falta de cifras e información adecuadas sobre el SIDA y las enfermedades de transmisión sexual y protesta clamorosa contra la práctica de la poliginia y la prostitución, ya que constituyen graves factores de riesgo para la difusión del VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual. El Comité espera que el Gobierno de Nigeria cree estructuras para impartir instrucción a las víctimas y atenderlas.

•Una tasa de mortalidad materna e infantil alarmante, la falta del necesario acceso a los servicios médicos y las hojas informativas revelaban que los programas de planificación de la familia no incluían la instrucción de los jóvenes, varones y mujeres.

•El hecho de que las mujeres rurales tengan poco acceso a la educación y a los servicios de crédito y en su mayoría padezcan las prácticas tradicionales lesivas y la falta de programas socioeconómicos suficientes para reducir la discriminación que sufren las mujeres rurales.

Además, el Comité recomendó en particular a los delegados nigerianos que el sistema judicial fomentara la participación de la mujer en la administración de justicia y que el Gobierno:

•Crease una división encargada de realizar encuestas estadísticas en todos los sectores importantes, de conformidad con lo dispuesto en la Convención;

•Fuera más sensible para con las cuestiones relativas a la violencia contra la mujer y procurara proteger a las mujeres maltratadas, aun cuando en algunos casos la familia se encargue de resolver esa clase de conflictos;

•Organizase campañas de sensibilización para potenciar a los jóvenes, varones y mujeres, y hacerlos tomar conciencia de sus derechos, consagrados en la Convención;

•Fortaleciera los programas socioeconómicos para reducir la discriminación.

En este informe periódico se ponen de relieve los avances logrados hasta ahora en relación con los sectores a los que se refería el Comité.

2.0Procesos preparatorios para la redacción del presente informe periódico

No se puede exagerar la importancia de los datos estadísticos, la información, la consulta y la participación popular, o registrados de otro modo, para evaluar y supervisar los avances logrados en la aplicación de la Convención. En consecuencia, el Gobierno aprobó un detallado plan de trabajo para la redacción del informe. El objetivo era crear un mecanismo creíble y producir una gran diversidad de aportaciones al informe, además de velar por que la transparencia y la rendición de cuentas fueran los barómetros con los que evaluar los logros alcanzados hasta ahora en relación con los obstáculos universales y locales concretos al disfrute pleno de los derechos consagrados en la Convención.

2.1Reuniones consultivas

Para formular una estrategia nacional con miras a la presentación del presente informe, se convocó una primera reunión consultiva que se celebró los días 25 y 26 de abril de 2001 en Jos (Nigeria). Asistieron diversos representantes de la sociedad civil, del mundo académico y de los organismos donantes y funcionarios de los ministerios y organismos sectoriales pertinentes. En la reunión se aprobó una estrategia y un plan de trabajo del país, además de destacarse las funciones y los cometidos de los diferentes organismos. Más adelante el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer actualizó el plan de trabajo para que se tuvieran en cuenta en él las deficiencias observadas y las necesidades en materia de capacidades técnicas de los interesados directos.

Además, el Ministerio creó un comité técnico compuesto de 13 miembros para la redacción del informe.

2.2Cursos prácticos de capacitación

Para atender las necesidades indicadas, se organizaron cursos prácticos de capacitación especializada a fin de ayudar a los interesados directos a entender los indicadores y las directrices de la Convención con miras a la redacción del informe del país, a saber:

•Capacitación en materia de supervisión y evaluación de la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing, impartida en septiembre de 2001 por la CEPA a funcionarios encargados, en cada una de las zonas geopolíticas, de los asuntos relativos al género

•Curso práctico de capacitación para los miembros del Comité Nacional Consultivo de Coordinación y el Equipo Técnico Nacional de Expertos en materia de redacción de informes relativos a la Convención, impartido en septiembre de 2001

•Curso práctico de capacitación para los funcionarios de la Secretaría Técnica para la Convención, consultores y ONG sobre la redacción de informes relativos a la Convención, impartido en febrero de 2002.

2.3Participación pública

Además de las actividades antes mencionadas, el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud puso anuncios en tres periódicos nacionales para pedir aportaciones del público en general. (Apéndice I)

También se abrió un buzón electrónico “ngcedaw@yahoo.com” en el Centro de Recursos del British Council para facilitar la participación de todos los ciudadanos en el proceso preparatorio. Las repuestas a los anuncios y a la solicitud de aportaciones electrónicas, pese a haber sido escasas, representaron un cambio respecto de la anterior ausencia de oportunidades para que el publico en general, sin excepciones, hiciera aportaciones.

2.4Recogida de datos

La concepción y la ejecución del proceso de recogida de datos para la preparación de los informes periódicos cuarto y quinto del país sobre la Convención abarcaron las siguientes fases: preparación y formulación de cuestionarios; capacitación en materia de recogida de datos; itinerario para la labor en el terreno, la recogida, el cotejo, el análisis y la armonización de datos.

2.4.1Preparación y formulación de cuestionarios

Se constituyó un equipo de expertos representantes de diversos interesados directos de los planos federal y estatal bajo la dirección del Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud para que preparara y formulase los cuestionarios con miras a la redacción del informe de Nigeria sobre la Convención. El equipo utilizó la lista de indicadores de la Convención como material de trabajo que sirviera de guía para la búsqueda de datos: en total 140 indicadores relativos a los 16 artículos de la Convención. El equipo trabajó asiduamente durante tres días y propuso dos tipos de instrumentos. El cuestionario 1, titulado “Informe sobre el grado de aplicación de la Convención en Nigeria en 2002”, era un instrumento cualitativo de diez páginas para la búsqueda de datos primarios y secundarios aplicables a 37 asuntos de la encuesta. Los datos de dicho instrumento iban encaminados a producir información sobre el grado de aplicación de la Convención en Nigeria.

En cambio, el cuestionario 2, titulado “Recogida y cotejo de datos para la presentación de informes sobre la Convención”, era un instrumento cuantitativo de cuatro páginas para la búsqueda de datos secundarios de instituciones, organismos y organizaciones sobre la representación y el relieve público de las mujeres en diferentes sectores. También se preparó un manual de instrucciones de tres páginas para que sirviera de guía a los entrevistadores sobre los procedimientos de recogida y cotejo de datos en el terreno.

2.4.2Capacitación en materia de recogida de datos

Se seleccionó a cursillistas de las seis zonas geopolíticas del país para que reflejaran una representación adecuada. Hubo seis consultores, seis investigadores nacionales, doce investigadores de zona y un analista de datos, que procedían de las diferentes zonas geopolíticas y hablaban las lenguas locales para que la comunicación fuera eficaz.

Antes de llevar a cabo esa operación en el terreno, se impartió capacitación en dos niveles. En uno participó el equipo de expertos que formuló los cuestionarios y en el otro todos los miembros del equipo de investigación. Se adoptó una metodología sencilla para familiarizar a los cursillistas con los dos conjuntos de cuestionarios. Se eligió a especialistas de entre los consultores y del UNICEF.

2.4.3Recogida y supervisión de datos

Para verificar y validar los informes presentados por los Estados en respuesta a las anteriores peticiones del Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud, se preparó una operación de recogida y supervisión de datos de dos semanas de duración en cada una de las zonas. Los entrevistadores, que eran consultores e investigadores, velaron por que se respondiera en forma apropiada a los cuestionarios y dieron la necesaria orientación a los encargados de responder en los ministerios y los organismos consultados Para garantizar la eficacia del análisis, se dispuso el registro del sexo y la categoría de los encargados de responder a los cuestionarios.

Los Ministerios de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud de los estados, como principales interesados directos, se desempeñaron como centros de coordinación en cada uno de ellos para la operación de recogida de datos a fin de velar por una cobertura y una cooperación eficaces.

2.4.4Reunión de trabajo sobre recuperación y armonización de datos

La recuperación de los datos obtenidos en los 36 Estados y en el Territorio de la Capital Federal, Abuja, corrió a cargo del consultor de cada una de las zonas. El cotejo de los datos correspondientes a las zonas y la armonización de los resultados en un proyecto de informe nacional corrió a cargo de los consultores, investigadores nacionales, analistas de datos y funcionarios de los organismos sectoriales pertinentes en una reunión de trabajo de cuatro días celebrada en Jos (Estado de Plateau).

2.5Reunión de trabajo de examen y finalización por parte de los interesados directos

El proyecto de informe del país fue objeto de análisis y examen transparentes en una reunión de trabajo de los interesados directos nacionales, organizada en la primera semana de julio de 2002. La reunión de trabajo de finalización fue precedida de un examen colegiado del proyecto de informe por parte de los consultores, los investigadores nacionales y los representantes del mundo académico. El examen y la finalización del informe del país por los interesados directos atrajo la participación de los ministerios de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud de los estados,, funcionarios de los ministerios y organismos sectoriales encargados de los asuntos relativos al género, en cada una de las zonas geopolíticas, el mundo académico, representantes de los diversos medios de comunicación, las ONG y los organismos de las Naciones Unidas.

3.0Colaboración con el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo

Es necesario reconocer el compromiso y el apoyo del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo en Nigeria con miras a la consecución de los objetivos del Gobierno, las estrategias y las actividades que entrañan para la redacción del informe periódico.

Cabe reconocer en especial la constante colaboración recibida del UNIFEM y del UNICEF para velar por una conclusión lograda del informe periódico y su presentación a tiempo utilizando la metodología oportuna. También se agradece la labor de esos dos órganos de las Naciones Unidas y otros organismos, tales como el FNUAP, la OIT, la OMS, el PNUD, además de las de USAID/Oficina de las Iniciativas para la Transición y los organismos internacionales de desarrollo.

En consecuencia, se han realizado numerosas campañas de promoción en los medios de comunicación, actividades educativas, estudios de investigación, programas de sensibilización, producción de material de información, educación y comunicación, capacitación, seminarios y movilización de las mujeres para que participen en la gestión de los asuntos públicos como actividades de colaboración entre los donantes y los grupos locales, estatales y nacionales.

El Informe de análisis y evaluación de la situación (SAA 2001), preparado conjuntamente por la Comisión Nacional de Planificación y la Oficina del UNICEF en Nigeria, aportó indicadores actualizados e informes sobre la marcha de las actividades relativas a usos culturales, políticas y programas en el país.

4.0Situación demográfica de Nigeria

Nigeria, con una población prevista de 124 millones de personas, es una sociedad multiétnica y multicultural. La inmensa diversidad del territorio y de la población se refleja en su superficie de 923.678 kilómetros cuadrados y la existencia de más de 350 grupos étnicos con idiomas diferentes. Aunque las mujeres constituyen el 49,6 por ciento de dicha población, la propiedad de la tierra está regida en gran medida por usos patriarcales sometidos a normas de carácter cultural específico.

El sistema federal de Nigeria se compone de tres niveles de gobierno: federal, estatal y local. La Constitución reconoce seis zonas geopolíticas, a saber: centro-septentrional (faja central), Nororiental, noroccidental, sudoriental, meridional y sudoccidental. En el cuadro y el mapa que se ofrecen a continuación figuran los Estados comprendidos en dichas zonas:

5.0Zonas geopolíticas de Nigeria

Nombre de la zona

Estados abarbados por la zona geopolíca

Sudoccidental

Ekiti, Lagos, Osun, Ondo, Ogun, Oyo

Sudoriental

Abia, Anambra, Ebonyi, Enugu, Imo

Meridional

Akwa-Ibom, Bayelsa, Cross-River, Delta, Edo, Rivers

Centro-septentrional

Benue, FCT, Kogi, Kwara, Nassarawa, Niger, Plateau

Nororiental

Adamawa, Bauchi, Borno, Gombe, Taraba, Yobe

Noroccidental

Kaduna, Katsina, Kano, Kebbi, Sokoto, Jigawa,, Zamfara

Nigeria – Seis zonas geopolíticasNigerBornoYobeTarabaBauchiOyoKebbiKogiKadunaKwaraBenueEdoSokotoZamfaraKanoPlateauAdamawaJigawaKatsinaDeltaOgunOndoGombeNassarawaCrossRiverRiversFCTOsunImoEkitiEnuguBayelsaEbonyiAbiaAkwaIbomLagosAnambra2000200400MilesNEWS CLAVENoroccidentalNororientalCentro-septentrionalSudoccidentalMeridionalSudorientalPoblación total:- 124 millones (aproximadamente

Sección B

Informe sobre los avances logrados en la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

1.0Artículo 1: Definición de la discriminación contra la mujer

1.1 Nigeria es signataria de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, firmada en 1985 y ratificada en 1989, además de su protocolo facultativo en 1999; así, pues, al aplicarle expresa su aprobación de la definición de discriminación y rechaza las prácticas discriminatorias co n tra la mujer.

1.2 A primera vista, el artículo 42 de la Constitución de Nigeria de 1999 garantiza la ausencia de discriminación. Sin embargo, hay usos tradicionales practicados en muchos Estados de la Federación que especifican las funciones de los sexos en el sistema consuetudinario.

1.3 En virtud de las obligaciones que se desprenden de los artículos 13 a 15, del inciso b) del párrafo 1 del artículo 16 y de los artículos 17 a 18 y 42 de la Constitución de Nigeria de 1999, los tres poderes del Estado –es decir, el ejecutivo, el legislativo y el judicial– son órganos competentes para el fomento y la protección de la mujer contra todas las formas de usos, políticas y leyes discriminatorios en Nigeria.

Muy recientemente, el Tribunal de Apelación demostró suficientemente su competencia y eficacia al declarar tres costumbres de los estados de Enugu y Anambra discriminatorias contra la mujer y constitutivas de violaciones de sus derechos y de la dignidad humana en las siguientes causas:

•Theresa Onwo contra Nwafor Oko y 12 personas más (1996) 6 NWLR (Parte 456) pág. 584;

•Augustine Mojekwu contra Caroline Mojekwu (1997) 7 NWLR (Parte 512) pág. 238;

•Mojekwu contra Ejikeme (2000) 5 NWLR (Parte 657) pág. 402; y

•Alajemba Uke y Anor contra Albert Iro (2001) 11 NWLR (Parte 723), pág. 203.

1.4 A consecuencia de la urbanización, la educación, la ilustración pública y la concienciación nacional, el carácter patriarcal de Nigeria y otros usos culturales negativos para la mujer están decayendo rápidamente. Las mujeres han abogado seriamente por la adopción de medidas positivas, por lo que la participación de las mujeres en los órganos encargados de la adopción de decisiones ha ido en aumento. Ahora se elige y se nombra a mujeres para los cargos de concejal, presidente del gobierno local, diputado a las cámaras legislativas de la Asamblea Nacional y de los estados, personal directivo, director, secretario permanente, comisionado, vicecanciller, juez, asesor especial, embajador y honorable ministro. En los cuadros 7 y 8 se indican los porcentajes de mujeres elegidas o nombradas en los diferentes niveles.

2.0Artículo 2: Obligación de eliminar la discriminación

2.1 Preámbulo

Desde 1998 se han logrado en verdad avances en materia de adelanto de la mujer y eliminación de la discriminación. El Gobierno Federal y otros poderes del Estado, incluidos los Estados, han expresado su disposición a laborar en pro de la igualdad de los hombres y las mujeres en cumplimiento de las disposiciones constitucionales. En la esfera de los nombramientos políticos en el nivel federal, hay un 13,6 por ciento de ministras y un 27 por ciento de secretarias permanentes. Además, hay mujeres que dirigen varias instituciones y organismos nacionales, a saber: Centro Nacional para el Desarrollo de la Mujer, Organismo Nacional de Administración y Supervisión de Alimentos y Medicamentos, Organismo Autónomo de la Zona Nigeriana de Elaboración y Exportación, Instituto Nigeriano de Asuntos Internacionales, Organismo Nacional de Gestión de Emergencias, Comité Nacional de Acción contra el SIDA, Programa Nacional de Inmunización, Interventor General de Inmigración de Nigeria y Comisión Nacional para la UNESCO, etc.

También ha habido más mujeres que han obtenido cargos electivos, si bien esa mejora no es suficiente aún. Ahora tres de los 109 senadores (el 2,8 por ciento) y 12 de los 360 (el 3,3 por ciento) diputados a la Cámara de Representantes son mujeres.

Un resultado importante del presente clima democrático en el país es la aparición de una aspirante a la Presidencia para las elecciones nacionales de 2003. Un importante avance democrático ha sido el logrado en el sector de los nombramientos judiciales. En la mayoría de las judicaturas de los 36 Estados y del Territorio de la Capital Federal hay ahora mujeres que desempeñan las funciones de jueces de Tribunal Superior y representan el 30 por ciento del número total de jueces del país. El Estado de Lagos, además de tener a una presidenta de la judicatura, ha batido una marca con treinta y cuatro mujeres jueces de un total de cincuenta y dos, lo que constituye una representación del 65 por ciento. Asimismo, desde la Conferencia de Beijing otras tres mujeres han sido nombradas miembros del Tribunal de Apelación, pero aún no hay ninguna mujer que sea miembro del Tribunal Supremo. El juez principal del Tribunal Federal Superior de Nigeria es una mujer. En el nivel más bajo del sistema judicial, que es el de los tribunales de derecho consuetudinario en los Estados meridionales, se ha nombrado miembros de dichos tribunales y presidentas a mujeres, cosa que hace unos años parecía imposible, en particular en los Estados de habla igbo.

2.2 Obstáculos

En Nigeria hay varios impedimentos socioculturales, económicos, políticos y religiosos para el fomento y la protección de los derechos de la mujer.

En la parte septentrional del país, si bien algunas disposiciones de la legislación penal de la Sharia de los Estados no han impedido la discriminación contra la mujer, otras protegen los derechos de la mujer contra la discriminación: por ejemplo, el artículo 239 de la Ley del Código Penal, de 2000, de la Sharia del Estado de Zamfara prohíbe y castiga la trata de mujeres. En el caso de Safiya Hussein, del Estado de Sokoto, el problema radicó en que el juez que presidió el juicio en el Tribunal de la Sharia aplicó de forma improcedente el Código Penal substantivo y no observó todas las garantías procesales de que disfrutan las personas acusadas, como Safiya, de conformidad con la Ley de Procedimiento Penal, de 2000, de la Sharia del Estado de Sokoto; por esa razón, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 187 del mismo Código, el Tribunal de Apelación de la Sharia del Estado de Sokoto admitió a trámite la apelación de Safiya y anuló la sentencia condenatoria con el argumento de que se trataba de un error judicial contrario al espíritu y a los fines del sistema judicial penal de la Sharia, reflejado en el Código.

En la parte meridional de Nigeria, hay numerosas leyes y usos consuetudinarios, tales como los ritos de viudez, la herencia y la sucesión en materia de propiedad por parte de las mujeres, que impiden el adelanto de la mujer y la protección de sus derechos.

Otras leyes y políticas discriminatorias de Nigeria figuran en las disposiciones 124 y 127 del Reglamento de la Policía y en sus leyes y políticas fiscales. La tributación de las mujeres en el sector público sigue basada en la absurda premisa de que las mujeres casadas no tienen responsabilidades familiares y son mantenidas por los hombres, por lo que en los casos en que los dos trabajan los hombres pueden disfrutar de la desgravación fiscal correspondiente a los hijos y personas a cargo, pero las mujeres no. La disposición del Reglamento de la Policía que impone restricciones a las agentes de policía casadas, mientras se encuentran de servicio, es discriminatoria. Por ejemplo, las agentes no pueden casarse sin que se someta a su futuro esposo a una investigación. Sin embargo, no ocurre así en el caso de los agentes.

Además, algunas disposiciones de la Constitución de Nigeria de 1999 son discriminatorias contra la mujer, en particular en la esferas relativas al lenguaje (artículo 131) y la ciudadanía (artículo 29) y en la redacción del artículo 42, que prohíbe la discriminación por razón de sexo; se debe a que ese artículo preserva la igualdad de condición para los hombres y las mujeres sólo en relación con la ley, pero no hace extensiva la protección a la práctica, como tampoco protege a las mujeres en el ámbito privado.

2.3Medidas para eliminar la discriminación

La mayoría de los Estados del país, con la intención de proteger a las mujeres y a las niñas, han promulgado leyes para eliminar la discriminación. Entre ellas figuran leyes relacionadas con

•Los usos relativos a la viudez y la mutilación genital de la mujer, también llamada circuncisión femenina. La Ley de Prohibición de la Violación de los Derechos Humanos Fundamentales de las Personas Viudas, No. 3 de 2001, del Estado de Enugu, y la Ley del Estado de Edo por la que se prohíbe la mutilación genital de la mujer, de octubre de 2000 (la pena correspondiente es el pago de mil naira y seis meses de reclusión);

•La prohibición del matrimonio en edad temprana (Estados de Kebbi y Níger);

•El mantenimiento en las escuelas de las niñas y la prohibición de su deserción escolar (Estados de Kano, Borno Gombe y Bauchi);

•La trata de mujeres y niños (Código Penal (enmendado) del Estado de Edo, 2000). Además, el artículo 239 del Código Penal, de 2000, de la Sharia del Estado de Zamfara castiga la trata de mujeres con la pena de dos años de reclusión y cincuenta latigazos.

Hay disposiciones relativas a la asistencia letrada a las mujeres, en particular las mujeres pobres, para que luchen contra la discriminación: por ejemplo, en el famoso caso de Safiya Hussein, que fue condenada a morir lapidada por adulterio, gracias a la asistencia letrada y al asesoramiento jurídicos recibidos de los ministerios federal y estatal de Asuntos de la Mujer y la sociedad civil, pudo apelar contra la sentencia ante el Tribunal de Apelación de la Sharia del Estado de Sokoto, que anuló la sentencia del tribunal inferior.

La política nacional aprobada en julio de 2000 es otra expresión del compromiso del Gobierno con la integración plena de la mujer en el desarrollo nacional para eliminar las desigualdades que se han desarrollado en nuestra sociedad con el tiempo mediante las estructuras y los procesos resultantes del patriarcado, del colonialismo y del capitalismo.

Se espera que dicha política consolide cambios destacados y en gran medida revolucionarios y ya estimulados por los programas pasados y presentes de desarrollo de la mujer y para guiar a la sociedad nigeriana hacia la equidad y la justicia sociales y una calidad de vida muy mejorada. Los loables objetivos y las estrategias de aplicación que figuran en esa política han de inspirar cambios legislativos y sociales en Nigeria.

El Gobierno Federal, con el fin de fomentar el adelanto de la mujer, creó el Comité Nacional Consultivo de Coordinación de resultas de la Conferencia Regional Africana para evaluar los avances logrados en la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing y la Plataforma de Acción Africana.

Para aumentar aún más la participación de las mujeres en la política y eliminar la discriminación en esa esfera de la vida, el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud creó el Comité Nacional de Acción para la Participación Política de la Mujer, encargado de formular estrategias para una movilización y una participación eficaces de las mujeres con miras a registrarse, votar y ser votadas en el próximo proceso electoral. Las actividades del Comité van encaminadas también a la eliminación de la discriminación contra las mujeres en la política. La Asamblea Nacional tiene ante sí los proyectos de ley para la aplicación interna de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño.

En 2002, se celebró un Congreso Nacional de Mujeres para conmemorar el Día Internacional de la Mujer y se aprovechó ese foro para sensibilizar aún más a las mujeres nigerianas sobre la necesidad de que participen en los asuntos políticos. También se aprovechó para lanzar la campaña “Dinero de las mujeres para la elección de mujeres”, encaminada a obtener fondos con miras a ayudar a las aspirantes políticas en las elecciones de 2003. Asistieron al congreso más de 8.000 mujeres, por lo que fue un acto muy logrado y eficaz para llegar a las mujeres de la base de los 774 municipios del país. El Presidente Olusegun Obasanjo asistió al congreso en compañía de su esposa y otros funcionarios gubernamentales y políticos destacados.

Los gobiernos de los Estados y las ONG han organizado seminarios, cursos prácticos y otras actividades para fomentar el respeto de los derechos de la mujer y eliminar la discriminación. Se están adoptando medidas para modificar o abolir las leyes vigentes que afectan negativamente a la aplicación de la Convención, incluida la abolición de todas las disposiciones penales nacionales que constituyan una discriminación.

2.4 Medidas para reparar la discriminación

La entronización del gobierno democrático en Nigeria después de un largo período de gobierno militar se ha caracterizado por un mayor compromiso con la labor de aplicación de las disposiciones de la Convención, como lo demuestra el hecho de que, además de la Constitución de Nigeria de 1999, en los dos últimos años haya habido una avalancha de instrumentos legislativos promulgados en las Asambleas de los Estados, todos ellos destinados a eliminar la discriminación contra la mujer. Se espera que, antes de la expiración del mandato del gobierno actual en 2003, muchos de los proyectos de ley pendientes en la Asamblea Federal y en las de los Estados hayan entrado en vigor.

•En el nivel federal, la aprobación de la Política Nacional de la Mujer en julio de 2000 tiene por objeto velar por que se imponga de forma eficaz el cumplimiento de los principios y las disposiciones que figuran en la Constitución de Nigeria.

•Traducción a las tres lenguas nigerianas más importantes y distribución entre la base de las disposiciones de la Convención. También se han distribuido ejemplares de manuales relativos a la Convención.

•Facilitación de material de información, educación y comunicación para sensibilizar e instruir al público en general sobre los derechos fundamentales de las mujeres y la necesidad de eliminar la discriminación contra ellas.

•También las ONG han apoyado a los gobiernos federal y de los Estados en la concienciación y sensibilización del público en general sobre la discriminación contra la mujer. Otros sectores son los de apoyo a programas de potenciación e ilustración dirigidos a las mujeres, las instituciones, los estudiantes y el público en general. Algunos de ellos han ido destinados a grupos profesionales relevantes, como los de abogados, jueces y legisladores en todos los niveles. Actualmente, más del 70 por ciento al menos de las Asambleas de los Estados de Nigeria tienen ante sí proyectos de ley relativos a la potenciación de la mujer.

Se está alentando el papel de avanzada de un juez del Tribunal Supremo en la causa Mojekwu contra Ejikeme (2000, 5 NWLR, parte 657, página 402), al reconocer y citar la Convención como norma aplicable, para que cunda su ejemplo. Se espera que más tribunales aprendan a invocar el espíritu de la Convención en sus “interpretaciones”, como ya se hace en algunas partes del país, es decir, recurriendo a la doctrina de la incoherencia, cuando sea necesario.

•El Ministerio Federal de Justicia está examinando actualmente la disposiciones del Código Penal y otros instrumentos legislativos conexos que discriminan contra la mujer y adoptando medidas para abolirlas. El Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud, tras celebrar las oportunas consultas con otros interesados directos, presentó las intervenciones previstas en las siguientes esferas:

+Castigos a las esposas;

+Herencia de las esposas;

+Las esposas y la sucesión en materia de propiedad, etc.

•El Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud cuenta con un Centro de Asistencia Letrada y está prestando apoyo a todos los ministerios de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud para que hagan lo propio. En el Centro Nacional para el Desarrollo de la Mujer, organismo autónomo dependiente de dicho ministerio, hay un Centro de Crisis para la Mujer, que se encarga de prestar asesoramiento jurídico y de otra índole. También el Consejo de Asistencia Letrada, órgano del Gobierno Federal presente en todos los Estados de la Federación, tiene una Dependencia de Asistencia Letrada a la Mujer, que presta servicios en particular a las mujeres pobres y necesitadas de ella en relación con causas penales.

•Varias ONG del país se han hecho cargo de la representación de mujeres pobres que han sufrido la violación de sus derechos humanos, pero no pueden pagar esos servicios. También abogados particulares se hacen cargo pro bono de casos de mujeres pobres.

3.0Artículo 3: Medidas para lograr el adelanto pleno de la mujer

3.1Medidas legislativas y de otra índole

Como ya hemos dicho, la Constitución de la República Federal de Nigeria de 1999 dispone que las mujeres nigerianas tienen derecho a disfrutar de todos los derechos humanos fundamentales garantizados en ella y pueden impugnar ante los tribunales cualquier intento por parte de cualquier persona de obstaculizar el ejercicio de cualquiera de dichos derechos.

3.2Avances efectivos logrados para fomentar y garantizar la eliminación de la discriminación contra la mujer

El Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud, creado por el Gobierno en los planos estatal y federal, como se notificó en el anterior informe del país, tiene el cometido de aplicar políticas y ejecutar programas encaminados a conceder a las mujeres su derecho pleno a participar en los asuntos políticos, sociales y económicos de la nación.

Además de ese ministerio, otros órganos creados con miras al adelanto de la mujer son los siguientes:

•Comité Nacional de Acción para la Participación Política de la Mujer, encargado de fomentar la participación política de la mujer mediante actividades de promoción, movilización y obtención de fondos.

•Comité Nacional Consultivo de Coordinación, compuesto de expertos en materia de género y ONG y creado en el plano nacional para que supervise la aplicación de la Convención.

•Equipo Técnico Nacional de Expertos, compuesto de funcionarios de ministerios y organismos sectoriales encargados de los asuntos relativos al género y creado para supervisar la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing y velar por la integración de la perspectiva de género en todos los sectores.

•Comisión Nacional de Derechos Humanos, con un Relator Especial sobre los asuntos relativos a las mujeres y los niños, lo que demuestra el fomento y la protección de los derechos de la mujer.

•Consejo de la Asistencia Letrada, que presta asesoramiento jurídico gratuito a las mujeres.

3.3Otros grandes avances son las actividades de una coalición de organizaciones no gubernamentales (ONG) y organizaciones de base comunitaria en materia de

•Creación de Centros de Derecho de Familia en algunos Estados para ayudar a las mujeres agraviadas a reclamar sus derechos en los tribunales judiciales;

•Lucha contra la trata de mujeres y niños;

•Educación, sensibilización y fomento de los asuntos relativos al desarrollo de la mujer;

•ejecución de programas para la protección de los derechos de la mujer.

Sus actividades han contribuido en no poca medida a la aplicación de la Convención. (Véase la lista de ONG en el apéndice II).

3.4 Medidas destinadas a las niñas

Cada vez hay más conciencia de las necesidades de las niñas, que con frecuencia se ven atrapadas en una red sociocultural. Padecen las consecuencias de usos discriminatorios muy diversos y arraigados, pues su acceso a la educación resulta limitado por obstáculos socioculturales. El Gobierno de Nigeria, conforme a su compromiso con ese preocupante y decisivo sector, está realizando varias actividades, a saber:

•El Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud ha presentado un proyecto de ley de derechos del niño en el plano nacional, mientras que los Estados están preparando proyectos de ley similares en el suyo;

•La Cumbre Nacional sobre la Infancia, celebrada en noviembre de 2000, sirvió de foro para analizar y examinar programas formulados para el desarrollo de los niños nigerianos;

•La Política Nacional de Educación revisada (1998) alienta a las niñas a seguir estudios técnicos;

•El programa de educación básica universal, aunque no va destinado exclusivamente a las niñas, establece la educación obligatoria para todos los niños desde la enseñanza primaria hasta la secundaria de primer ciclo. Hace hincapié particular en el desmantelamiento de los factores culturales y de otra índole que obstaculizan la educación de las niñas y en los incentivos para fomentarlo.

•Creación de centros de reunión en todo el país;

•Leyes y edictos de los Estados sobre el desarrollo de las niñas;

•Leyes de los Estados contra la deserción escolar de las niñas debida al matrimonio;

•Creación de grupos de trabajo en los Estados para el desarrollo y el fomento del bienestar de las niñas;

•Creación de institutos de enseñanza secundaria para niñas en todos los Estados de la Federación.

También han surgido ONG caracterizadas por su dinamismo para abordar las necesidades de las niñas, en particular las discapacitadas y vulnerables.

3.5 Obstáculos a la participación de las mujeres en pie de igualdad

Las mujeres de Nigeria siguen teniendo que afrontar obstáculos que impiden su participación plena en diversos aspectos de la vida social. Se debe a creencias y actitudes culturales firmemente arraigadas y que colocan a las niñas en situación de desventaja en materia de educación y les impiden disfrutar de sus derechos al empleo y a la participación en la vida política y pública.

3.6 Participación en la política

En la esfera política, el nivel de representación de las mujeres sigue siendo escaso. Por ejemplo, la representación femenina en la Asamblea Nacional constituía el 3,4 por ciento, aproximadamente, después de las elecciones de 1999. Aun así, ha habido aumentos marginales en el número de mujeres elegidas a la Cámara Federal de Representantes: de cuatro en 1979 a 12 en 1999. Nigeria sólo tiene tres senadoras, frente a 106 senadores. De los 49 ministros que había en 1979 sólo tres eran mujeres, es decir, un seis por ciento del gabinete. La cifra aumentó a seis de 44 en el período 1999 – 2000, equivalente al 13,6 por ciento, es decir, un aumento del 7,6 por ciento de su representación en el gabinete federal. Algunos Estados tienen más del 35 por ciento de ministras, mientras que algunos tienen fiscales generales femeninos y secretarias de los gobiernos de los Estados. El bajo nivel de participación de las mujeres en los tres planos de la Federación (federal, estatal y local), como se ve en los cuadros 7.1 a 7.7, refleja la resistencia de las actitudes patriarcales.

4.0Artículo 4: Medidas especiales para acelerar la igualdad entre el hombre y la mujer

4.1Potenciación económica

Aunque Nigeria no ha introducido aún la Convención en el derecho interno, el Gobierno ha adoptado medidas inequívocas para cumplir su obligación con arreglo a ella. Así, durante el período abarcado por el informe, se adoptaron varias medidas, en particular la inclusión de las actividades de las mujeres en la Política Económica Nacional, la ejecución del Programa Nacional para la Erradicación de la Pobreza y, más recientemente, el programa Estrategias para la Reducción de la Pobreza, encaminado a erradicar la pobreza y que comprende medidas positivas en su ejecución y selección de beneficiarios, al asignar el 30 por ciento de las consignaciones a las mujeres. Sin embargo, se está procurando tener en cuenta las consideraciones de género en el presupuesto nacional y elaborar y analizar datos sobre las actividades de las mujeres en el sector no estructurado de la economía, que actualmente no se recogen en el PIB.

4.2 Participación política de la mujer

Desde el comienzo de la gestión democrática de los asuntos públicos en Nigeria, se han hecho intentos ímprobos de aumentar la participación de la mujer en la vida política y pública. Así, una coalición de ONG de mujeres ha formulado una medida especial, denominada “Programa 2003” y encaminada a obtener fondos y movilizar a las mujeres para que se presenten como candidatas en las elecciones de 2003 en todos los niveles. Como fase inicial para lanzar esa iniciativa y velar por el éxito de esa estrategia, el 8 de abril de 2002 se celebró un “Congreso Nacional de Mujeres” para presentar el programa político de las mujeres nigerianas al gobierno y al público en general y sensibilizar y movilizar a las mujeres con miras a su participación política.

Con el mismo fin, varios partidos políticos registrados han hecho también concesiones positivas para alentar la participación de la mujer en la política. El Partido Popular Democrático, el que gobierna actualmente, ha decidido dispensar del pago de los derechos obligatorios de registro y nombramiento a las mujeres que aspiren a cualquier puesto electivo en la plataforma del partido. El Partido de Todos los Pueblos ha declarado también que en caso de empate entre un hombre y una mujer en sus elecciones primarias el candidato renunciaría a favor de la candidata. Se están celebrando negociaciones para la creación de circunscripciones femeninas en el sistema político.

4.3 La Política Nacional de la Mujer

Además, la Política Nacional de la Mujer, aprobada en julio de 2000, dispone la adopción de medidas positivas para aumentar al 30 por ciento la representación total de la mujer en los poderes legislativo y ejecutivo y en las jerarquías de los partidos políticos. Se trata de una vía importante para reorientar las políticas públicas con miras a fomentar la igualdad sexual e intensificar la función complementaria que las mujeres y los hombres deben desempeñar en el desarrollo. Las metas y los objetivos generales de dicha política son, entre otros, los de velar por la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y por la aplicación efectiva de los principios y las disposiciones que figuran en la Constitución de Nigeria e incorporar las perspectivas de género en todos los programas y políticas basados en un análisis sistemático de las disparidades entre los sexos en todos los planos del Estado. El aumento del número de mujeres nombradas para puestos directivos, como se ve en los cuadros 7.1 y 7.2, atestigua la firme determinación del gobierno actual de alcanzar las metas fijadas.

4.4Protección de la salud materna

El Gobierno ha adoptado algunas medidas sobre la salud de los adolescentes al aprobar el Programa Nacional de Educación Sexual. Otras medidas forman parte de la políticas nacionales sobre salud reproductiva, nutrición y HIV/SIDA. También hay varias políticas en el sector sanitario pertinentes para la salud reproductiva. La principal de ellas es la Política y Estrategia Nacional de Salud (1988, 1998), que hace hincapié en la atención primaria de salud, decisiva para el desarrollo del sistema de dispensación de servicios médicos de Nigeria. La Política Nacional consta de diversas disposiciones que, si se hubieran aplicado estrictamente, habrían podido propiciar una mejora del acceso a los servicios básicos de salud, incluidos los de salud reproductiva, para todos los grupos de la población. Sin embargo, el nivel actual de acceso no refleja una observancia estricta de dicha política.

El Gobierno Federal formuló la Política Nacional de Alimentación y Nutrición de Nigeria para abordar los problemas nutricionales más importantes con miras a reducir la desnutrición en un 30 por ciento en el año 2010, sobre todo entre los niños, las mujeres y las personas de edad, y en particular la malnutrición moderada y grave entre los niños menores de cinco años de edad, y en un 50 por ciento de los niveles actuales las deficiencias en micronutrientes, en particular los trastornos por deficiencia de yodo, la deficiencia de vitamina A y la anemia por deficiencia de hierro.

Transmisión del VIH/SIDA de la madre al niño: como todavía no se ha hecho un estudio nacional completo de la transmisión de la madre al niño en Nigeria, no se ha determinado aún el riesgo relativo de cada una de sus formas (en el útero, en el parto y mediante la lactancia materna), pero se está trabajando en la formulación de una estrategia para su prevención.

Otras medidas especiales que se han adoptado para fomentar la igualdad sexual son la creación, aunque en número limitado, de guarderías y casas-cuna en los locales de oficinas y en los hospitales en el 8,1 por ciento de los Estados de la Federación y en el Territorio de la Capital Federal, para ayudar a las mujeres a afrontar sin obstáculos sus responsabilidades familiares y laborales. Más del 90 por ciento de los Estados de la Federación han ampliado sus servicios de atención primaria de salud en pro de las mujeres y las niñas. Se han creado centros de tratamiento de la fístula vesicovaginal en seis Estados en los que su prevalencia es elevada -Zamfara, Kano, Katsina, Kebbi, Sokoto y Akwa-Ibom- para ofrecer tratamiento gratuito a las pacientes.

4.5Limitaciones e imperativos

Pese a los avances logrados, siguen existiendo actitudes culturales profundamente arraigadas en relación con las funciones correspondientes a los sexos, que han constituido un factor limitador con miras a la consecución de las metas deseadas. El concepto de medida especial propugnado en el artículo 4 para velar por el adelanto de la mujer no es discriminatorio, pues se espera que ayude a remediar los desfases y desequilibrios entre los hombres y las mujeres.

4.6 Diversas leyes parlamentarias, consuetudinarias y religiosas vigentes en Nigeria abordan diferentes aspectos de la salud reproductiva. Sin embargo, muchas de dichas leyes no reflejan el concepto de salud reproductiva, por lo que son inadecuadas para satisfacer la necesidad de actualizar los derechos reproductivos, tal como se entienden en la época actual.

5.0Artículo 5: Funciones de los sexos y estereotipos al respecto

5.1Usos que fomentan el adelanto de la mujer

El adelanto de la mujer ha resultado obstaculizado por ciertos usos culturales, tradicionales y religiosos basados en funciones estereotipadas correspondientes a los hombres y las mujeres y que situaban a éstas en una posición de desventaja.

5.2 La educación moderna y una mayor comprensión de las funciones productivas y reproductivas positivas que desempeñan las mujeres en el desarrollo han propiciado una eliminación gradual de semejantes creencias. Ahora existen usos sociales, culturales y religiosos que fomentan el adelanto de la mujer. Por ejemplo, ahora las mujeres están empezando a recibir títulos de jefes en sus comunidades, algunas iglesias ordenan también a mujeres como predicadoras y profetas y han dejado de observarse los tabúes que prohibían a las mujeres comer determinados alimentos.

5.3Medidas adoptadas para luchar contra los usos tradicionales perjudiciales

En 1999, el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud realizó, junto con el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, una encuesta nacional sobre los usos tradicionales nocivos. Los resultados de la encuesta han brindado datos que abonan la necesidad de promover medidas legislativas en los planos nacional y estatal. En consecuencia, el Gobierno ha adoptado, en los planos nacional y estatal, medidas, incluidas las de carácter legislativo, en el 33 por ciento de los Estados de la Federación, para luchar contra los usos perjudiciales para las mujeres, entre ellos la mutilación genital, el matrimonio a edad temprana, las funciones compartidas de la maternidad y los usos relativos a la viudez. En el plano federal, la Cámara de Representantes ha aprobado el proyecto de ley sobre la mutilación genital de la mujer. Dichas medidas, junto con los programas de ilustración y promoción, han dado como resultado una relativa reducción de esos usos perjudiciales para la mujer.

5.4Urbanización

Las modernización y la urbanización han contribuido a reducir en cierta medida los usos culturales y tradicionales discriminatorios para las mujeres, al sensibilizarlas sobre sus derechos. La urbanización brinda también oportunidades de empleo a un porcentaje aceptable de mujeres, en particular en el sector no estructurado de la economía, con su consiguiente potenciación e independencia económicas.

5.5Disponibilidad de casas seguras

Para luchar contra la violencia doméstica que padecen las mujeres y los niños, varias ONG han estado en la vanguardia de la labor de concienciación, mientras que otras han preparado casas seguras para sus víctimas. Sin embargo, ese servicio y ese tipo de información están circunscritos a unos pocos centros urbanos situados en los Estados de Ekiti, Lagos y Ogun, además de Abuja. No obstante, algunas de esas casas seguras han permanecido en el anonimato por razones de seguridad y para evitar represalias.

5.6 Limitaciones

Sin embargo, los avances logrados en la aplicación de este artículo están circunscritos a las zonas urbanas. En las zonas rurales siguen existiendo prejuicios y usos tradicionales que deniegan a las mujeres el disfrute pleno de sus derechos, en razón principalmente de una ignorancia muy arraigada y de la preferencia por la preservación de costumbres cotidianas tradicionales. La reciente introducción de la legislación penal de la Sharia en algunos Estados de la Federación aminora los avances registrados en épocas anteriores en dichos Estados.

6.0Artículo 6: Trata de mujeres y explotación para la prostitución

6.1Situación en materia de trata y explotación sexual

La explotación sexual y la trata de mujeres constituyen una grave violación de derechos, razón por la cual se los deplora en el artículo 6 de la Convención. Como se declara en dicho artículo, se espera que los países que han ratificado la Convención adopten medidas para poner fin a todas las formas de trata y explotación sexual de la mujer.

6.2 La explotación sexual con carácter comercial ha llegado a ser un grave problema en Nigeria, dadas sus vinculaciones con la trata internacional de mujeres y niñas, además de su función en la transmisión de las ETS y de la epidemia del VIH/SIDA en el país, con una tasa de prevalencia que en 1999 oscilaba entre el 4,9 y el 8.1 por ciento (SAA 2001) entre los diferentes grupos de edad y zonas geopolíticas de Nigeria. Además, la misma fuente indica que 20.000 muchachas nigerianas ejercen la prostitución en Italia.

6.3 Medidas legislativas y otras medidas administrativas

Para poner coto a esa tendencia, se han adoptado varias medidas encaminadas a reprimir todas las formas de trata de mujeres y su explotación para la prostitución. Entre ellas figuran las siguientes:

•La aprobación por la Cámara baja de la Asamblea Nacional de un proyecto de ley contra la trata de mujeres y niños

•También hay leyes y políticas que prohíben la trata, el abuso sexual y la prostitución. Son las leyes siguientes:

a.Diversas leyes del Código Penal de la Sharia de diversos Estados (diferentes años). Por ejemplo, la Ley del Código Penal, de 2000, del Estado de Zamfara

b.Leyes sobre los niños y los jóvenes de diversos Estados

c.Los artículos 223 a 225 del Código Penal de la Nigeria meridional (capítulo 77 de las Leyes de la Federación, de 1990)

d.Artículos 276 a 280 de la Ley del Código Penal, de 1959, de la Nigeria septentrional

e.Leyes sobre la trata y el abuso de niños de diversos Estados

f.Los artículos 33, 34 y 35 de la Constitución de 1999

g.Artículos 214 a 233 (delitos contra la moralidad) de la Ley del Código Penal (capítulo 77 de las Leyes de la Federación de Nigeria, de 1990),

•Existencia de casas seguras para las víctimas de la violencia doméstica y sexual en tres Estados, además de en el Territorio de la Capital Federal, lo que representa el 16,2 por ciento de los Estados de la Federación.

•Censura de las películas pornográficas y violentas por la Junta de Censores y la Comisión de Comunicación de Nigeria. Sin embargo, existen dificultades para comprobar los vídeos de los hogares. Algunos Estados de la Federación, en particular los de Katsina y Zamfara, han promulgado leyes que permiten la detención de los vendedores de películas pornográficas y violentas. El capítulo 23 de la Ley de Censura Cinematográfica de Sokoto y el artículo 233 de la Ley del Código Penal (capítulo 77 de las Leyes de la Federación de Nigeria) sobre las publicaciones obscenas ejercen también un efecto disuasorio para quienes compran esa clase de películas.

•Creación de lazos de colaboración entre la policía y el Departamento de Inmigración de Nigeria y la Interpol para la vigilancia de las fronteras.

6.4 Pese a la existencia de todas las leyes antes enumeradas, en la práctica raras veces se detiene y se procesa con éxito a quienes se dedican a la trata de mujeres. Los beneficios de ese negocio brindan un poderoso incentivo a los traficantes, que, además de aprovecharse de las porosas fronteras de Nigeria, sobornan a los agentes del Departamento de Inmigración y subvierten la escasa imposición del cumplimiento de la ley. También es digno de mención que algunos Estados de la zona noroccidental (Bauchi, Zamfara y Kebbi) hayan promulgado leyes por las que se prohíbe la venta ambulante a las muchachas menores de 18 años de edad. Se trata de una importante medida legal, que deben emular otros Estados, pues la venta ambulante expone a las muchachas a todas las formas de abuso y explotación sexuales.

6.5 Otras actividades en marcha

Aparte de esas intervenciones en el plano gubernamental, las presiones de otras instituciones, grupos de mujeres y ONG sirven para sensibilizar a la población respecto de los efectos negativos de esas películas.

En los dos últimos años, para poner coto al escandaloso comercio de mujeres y la explotación sexual que había causado grandes perjuicios a la buena fama de Nigeria en el extranjero, se ha trabajado denodadamente con miras a revelar la iniquidad de la trata de mujeres. Las organizaciones de la sociedad civil de las zonas sudoriental y meridional, la Fundación para la Erradicación de la Trata de Mujeres y del Trabajo Infantil, presidida por la esposa del Vicepresidente, y otras ONG han desempeñado funciones fundamentales en la campaña contra la trata de mujeres y niñas. Se han hecho esfuerzos substanciales para sensibilizar a los padres y otros importantes interesados directos de la sociedad sobre los peligros que entraña sucumbir a la persuasión por parte de los traficantes. (SAA 2001). El resultado es la reciente aprobación por la Asamblea Nacional del proyecto de ley sobre la trata. El Presidente nombró recientemente a un Asistente Especial en materia de trata de personas y trabajo infantil. Además, Nigeria ha firmado acuerdos con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) a fin de luchar contra la trata de personas y el trabajo infantil.

6.6 Planes para el futuro

Actualmente, Nigeria es miembro del comité de redacción de la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional, que complementará un protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, en particular mujeres y niños. Además, se han adoptado medidas para desarrollar la cooperación bilateral con Italia con miras a poner coto a la trata de mujeres nigerianas con destino a ese país. También está en marcha la labor conjunta con la OIT para formular un programa regional contra la trata de niños en las subregiones del África central y occidental. Como consecuencia de esas medidas concertadas, el Gobierno de Nigeria inició recientemente la organización de una cumbre internacional sobre la trata de personas, el maltrato de niños, el trabajo infantil y la esclavitud.

7.0Artículo 7: La mujer en la vida política y pública

7.1Medidas adoptadas, legislativas y de otra índole

Con la ratificación de la Convención en 1985, Nigeria se comprometió ante la comunidad internacional a laborar en pro de la eliminación de la discriminación contra las mujeres y las niñas en todas las esferas: política, económica, social y cultural. Sin embargo, ha habido muy pocos avances en el nivel de participación de las mujeres en los puestos directivos de la vida política y pública, pese al mayor nivel de concienciación logrado por el Gobierno y otros asociados en materia de desarrollo. Según el informe SAA 2001, “las mujeres y las niñas distan mucho de poder participar en pie de igualdad con los hombres y los niños”, pese a que en la esfera política existe una representación simbólica que indica una mejora gradual respecto de la situación existente hace dos decenios. Un ejemplo típico es el aumento marginal en el número de senadoras: de una de entre 95 en 1983 a tres de entre 109 en 1999 (SAA 2001).

7.2 Avances reales logrados para proteger a las mujeres y velar por la eliminación de la discriminación contra ellas.

Los datos sobre las mujeres que ocupan cargos públicos o políticos (cuadros 7.5 y 7.6) muestran que el porcentaje de mujeres en cargos directivos en la vida política y pública osciló entre el 1,2 por ciento en 1992 y el 13,4 por ciento en 1999. De los 44 ministros del gabinete sólo seis (es decir, el 13,4 por ciento) son mujeres. De los 36 presidentes de las Asambleas de los Estados, sólo uno era mujer y acabó dimitiendo a causa de las presiones políticas de sus colegas masculinos. No hay gobernadoras y sólo una vicegobernadora en el Estado de Lagos. Nueve (es decir, el 1,2 por ciento) de los 774 presidentes de municipios son mujeres. De 8.810 concejales, 143 (es decir, el 1,6 por ciento) son mujeres y tres (es decir, el 2,8 por ciento) de entre 109 senadores; en el caso de la Cámara de Representantes, 12 (es decir, el 3,3 por ciento) de los 360 diputados son mujeres. Los cuadros 7.1 y 7.2 muestran la proporción de mujeres que ocupan puestos políticos en los planos federal y estatal, mientras que los cuadros 7.3 y 7.4 muestran el número de funcionarios, por población y sexo, en el Estado de Nassarawa, que se encuentra en la zona geopolítica centro-septentrional.

Cuadro 7.1

Algunos nombramientos hechos por el gobierno civil en el plano federal en noviembre de 1999

S/NO

Nombramiento

Total

Ho m bres

Muj e res

Porce n taje

1

Grupo federal de expertos sobre violaciones de los derechos humanos y muertes misteriosas

7

5

2

29

2

Grupo de expertos en el examen de contratos

7

5

2

29

3

Funcionarios principales en la Oficina de los Vicepresidentes

4

4

1

5

4

Secretarios permanentes del Gobierno Federal

35

32

7

9

5

Grupo de expertos en investigación del incumplimiento de contratos en la Administración de Buhari

12

10

2

17

6

Consejo Ejecutivo Federal

49

43

6

12

7

Grupo de expertos en investigación de la propiedad de la tierra(Transacciones de propiedad de tierras entre enero de 1984 y mayo de 1999)

7

6

1

14

8

Asesores especiales principales del Presidente

14

13

3

7

9

Ayudantes principales del Presidente

7

6

5

14

10

Otros nombramientos federales (jefes de servicio, Gobernador del Banco Central de Nigeria, Director General de la Corporación Nacional del Petróleo de Nigeria)

9

9

-

-

11

Presidentes de las cinco comisiones especiales creadas por la Cámara de Represe n tantes

5

4

1

20

12

Presidentes y adjuntos de las comisiones del Senado

90

89

1

1

13

Miembros de la Comisión Fiscal y de Movilización y Asignación de Ingresos

38

37

1

2

14

Nombramientos de embajadores

106

96

10

9

15

Miembros de la Comisión Nacional Electoral Independiente

3

2

1

33

Fuente: GADA 1999.

Cuadro 7.2

Algunos nombramientos hechos por los gobiernos civiles a nivel estatal en noviembre de 1999

S/NO

Nombramiento

T o tal

Ho m bres

Muj e res

Po r centaje

1

Comisionados del Estado de Oyo

11

10

1

9

2

Asesores especiales del Gobernador del Estado de Abia

2

2

-

0

3

Comisionados del Estado de Akwa Ibom

13

10

3

23

4

Comisionados del Estado de Ebonyi

10

9

1

9

5

Comisionados del Estado de Osun

11

10

1

9

6

Comisionados del Estado de Imo

12

10

2

17

7

Comisionados del Estado de Abia

14

11

3

21

8

Comisionados del Estado de Edo

9

9

0

0

9

Comisionados del Estado de Lagos

14

12

2

14

10

Comisionados del Estado de Zamfara

11

11

0

0

11

Asesores especiales del Gobernador del Estado de Zamf a ra

4

4

0

0

12

Comisionados del Estado de Enugu

11

10

1

9

13

Comisionados del Estado de Plateau

3

3

0

0

14

Otros nombramientos en el Estado de Lagos (asesores especiales, Contador General y Jefe de Se r vicio)

7

5

2

29

15

Seis miembros de la comisión creada por el Gobernador del Estado de Rivers para investigar las administraciones ant e riores

6

5

1

17

16

Secretarios permanentes nombrados por el Gobernador del Estado de Edo

19

14

5

26

17

Asesores especiales del Gobernador de Bayelsa

4

3

1

25

18

Comisionados del Estado de Kano

11

10

1

9

19

Comisionados del Estado de Sokoto

11

10

1

9

20

Comisionados del Estado de Cross River

9

8

1

11

21

Secretarios permanentes recién nombrados en el Estado de Cross River

15

13

2

13

22

Comisionados del Estado del Delta

10

9

1

10

23

Comisionados del Estado de Kwara

11

9

2

18

24

Comisionados del Estado de Benue

14

11

3

21

25

Comisionados del Estado de Ogun

9

9

0

0

26

Comisionados del Estado de Rivers

14

12

2

14

27

Comisionados del Estado de Taraba

10

9

1

10

28

Comisionados del Estado de Kaduna

14

13

1

7

29

Secretarios permanentes del Estado de Kaduna

22

17

5

23

30

Jefe de Servicio de Cross River

1

0

1

100

Fuente: GADA 1999.

Cuadro 7.3

Número de funcionarios del Estado de Nassarawa, con los porcentajes

correspondientes a la población y al sexo

S/NO

Cargo

N ú mero de fuci o narios

Ho m bres

Mujeres

Porcentaje de mujeres

1

Oficina del Secretario del Gobierno del E s tado

98

76

22

22,5

2

Oficina del Jefe de Servicio

232

168

64

28

3

Junta Directiva de la Biblioteca

22

18

4

18

4

Comisión de la Función Pública

41

33

8

20

5

Oficina del Gobernador Adjunto

34

26

8

24

6

Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano

60

51

9

15

7

Oficina Catastral y de Encuestas

63

56

7

11

8

Ministerio de Obras Públicas y Transporte

326

304

22

7

9

Oficina del Interventor General de Cuentas del Est a do

42

32

10

24

10

Escuela Normal (Akwanga)

479

331

148

31

11

Junta de Enseñanza Primaria

117

92

25

21

12

Asamblea

44

26

18

41

13

Ministerio de Justicia

43

33

10

23

14

Consejo de Deportes

100

84

16

16

15

Tribunal de Apelación de Derecho Consuetudin a rio

68

47

21

31

16

Junta de Turismo

44

33

11

25

17

Comercio e Industria y Cooperación

61

52

9

15

18

Junta de Desarrollo Urbano del Estado de Nassarawa

71

47

24

34

19

Comisión de Fronteras

3

3

0

0

20

Comisión de Servicios del Magisterio

14

11

3

21

21

Junta de Pensiones

8

8

0

0

22

Ministerio de Desarrollo Rural

35

31

4

11

23

Facultad de Artes, Ciencia y Tecnología

(K e ffi)

257

209

48

19

24

Junta de Asistencia Social de los Peregrinos Cristi a nos

4

4

0

0

25

Junta de Pensiones del personal del gobierno local

9

8

1

11

26

Junta de Impuestos Internos

75

55

20

27

27

Comisión de la Función Pública del Estado de Nass a rawa

53

47

6

11

28

Ministerio de Información

89

71

18

20

29

Oficina del Contador General (Gobierno l o cal)

34

28

6

18

30

Ministerio de Hacienda

255

211

44

17

31

Organismo de Protección Medioa m biental

15

13

2

13

32

Ministerio de Educación

3977

3204

773

19

33

Programa de Desarrollo Agrícola de Nassar a wa

550

456

94

17

34

Ministerio de Salud

148

99

49

33

35

Ministerio de Asuntos de la Mujer

78

55

23

29,5

36

Comisión de Servicios Judiciales

7

4

3

43

37

Compañía de Desarrollo y Comercialización de Pr o ductos Agrícolas de Nassarawa

1

1

0

0

38

Organismo de Educación no Estruct u rada

14

8

6

43

39

Facultad de Agronomía (Lafia)

339

298

41

12

40

Ministerio de Agricultura

247

147

100

40,5

41

Comisión de Servicios del Gobierno local

26

23

3

12

42

Junta de Asistencia Social de los Peregrinos Musu l manes

8

7

1

13

43

Junta de Tecnología Asequible

25

23

2

8

44

Ministerio de Turismo y Cultura

31

26

5

16

Fuente: Comisión de la Función Pública de Nassarawa, 2002.

Cuadro 7.4

Personal del gobierno local de Nassarawa (unificado con los porcentajes

correspondientes a la población y al sexo)

S/NO

Municipios

N ú mero de fu n cion a rios

Ho m bres

Muj e res

Porce n taje de mujeres

1

Comisión de Personal del gobierno local (Awe)

167

150

17

10

2

Comisión de Personal del gobierno local (Akwanga)

249

167

82

33

3

Comisión de Personal del gobierno local (D o ma)

167

143

24

14

4

Comisión de Personal del gobierno local (Ke a na)

104

79

25

24

5

Comisión de Personal del gobierno local (Kok o na)

102

73

29

28

6

Comisión de Personal del gobierno local (L a fia)

284

200

84

30

7

Comisión de Personal del gobierno local (Toto)

158

123

35

22

8

Comisión de Personal del gobierno local (K e ffi)

126

106

20

16

9

Comisión de Personal del gobierno local (K a ru)

187

131

56

30

10

Comisión de Personal del gobierno local (Obi)

219

158

61

28

11

Comisión de Personal del gobierno local (Wa m ba)

158

106

52

33

12

Comisión de Personal del gobierno local (Nass a rawa Eggon)

311

226

85

27

13

Comisión de Personal del gobierno local (Nass a rawa)

240

190

50

21

Fuente: Comisión de la Función Pública de Nassarawa, 2002.

7.3 Los datos de la Comisión Nacional Electoral Independiente, que muestran la distribución de los candidatos y los vencedores por partido y sexo en las elecciones a la Asamblea Nacional y las de los Estados, indican la escasa participación de candidatas en las elecciones de 1999 (véase el cuadro 7.5). Las mujeres no han obtenido resultados mejores en la composición de los Consejos Federales y los organismos autónomos. Los registros disponibles indican que las mujeres constituyen el 5,6 por ciento de los presidentes de Consejos Federales y el 10,3 por ciento de sus miembros, como se ve en el cuadro 7.6.

7.4 Con miras a invertir la tendencia de escasa representación de las mujeres en la política y la vida pública, reflejada en los párrafos anteriores, el Gobierno, los partidos políticos y otros copartícipes en el desarrollo han adoptado varias medidas a ese respecto:

•Visitas al Presidente de la Comisión Nacional Electoral Independiente y a los presidentes y a las ejecutivas de los partidos políticos entonces existentes para celebrar negociaciones.

•Movilización e ilustración pública por parte de organismos como el Organismo Nacional de Orientación, las ONG y las organizaciones femeninas nacionales y estatales.

•Exención del pago de los derechos de registro obligatorio para las mujeres aspirantes y entrega gratuita de los formularios a las mujeres por parte del Partido Popular Democrático, el que gobierna actualmente. (En el momento de preparación de este informe.)

7.5 Sin embargo, en comparación con la situación de hace un decenio, aproximadamente, se ha nombrado a más mujeres para que formen parte de comités y juntas, así como de la judicatura y del ejecutivo. Ha sido consecuencia de una actividad intensa en materia de cabildeo, promoción y sensibilización por parte de las organizaciones femeninas, que han tenido una actuación decisiva para influir en los encargados de la adopción de decisiones en la vida política y pública de los planos nacional y comunitario. Ejemplos representativos son las gestiones hechas por el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud, el Consejo Nacional de Sociedades Femeninas, que influye en el nombramiento de mujeres para cargos políticos, y la Asociación de Mujeres Campesinas de Nigeria, que influye en la adopción de decisiones en el plano comunitario aumentando el acceso de las mujeres al microcrédito en el nivel de la base. Dichas medidas propiciarán a largo plazo un disfrute más satisfactorio de sus derechos por parte de las mujeres.

7.6Aparte de los derechos de participación, que son fundamentales, las organizaciones femeninas apoyan las medidas del Gobierno encaminadas a la ejecución de los proyectos en materia de desarrollo en el nivel de la base, tales como capacitación de las parteras tradicionales, clases para la alfabetización de adultos y movilización de la comunidad para la ejecución de proyectos de autoayuda. Recientemente, las ONG de mujeres han pasado a ser una fuerza poderosa en la esfera del desarrollo, lo que ha tenido repercusiones inmensas en las vidas de las mujeres y los niños de Nigeria mediante la formación de coaliciones, redes y grupos poderosos de defensa de sus intereses.

Cuadro 7.5

Análisis de la distribución por sexos de los cargos electivos de 1999

Cargo

Número de escaños di s ponibles

Número de candidatas y porcentaje del total

Número de mujeres venced o ras (porcentaje)

Presidencia

2

-

4,5

-

0

Senado

109

5

4,58

3

2,75

Cámara de Representantes

360

29

8,05

12

3,3

Cargo de gobernador (Si bien hay una gobernadora adjunta en el Estado de Lagos)

72

2

2,78

Asambleas de los Estados

990

39

3,93

12

2,21

Presidencia de gobiernos locales

774

46

5,94

9

1,16

Concejalías

8 810

510

5,79

143

1,62

Total

11 107

631

5,68

181

1,63

Fuente: INEC, Elecciones de 1999

Cuadro 7.6

Nombramientos para los Consejos Federales y los organismos autónomos

S/NO

Consejo

Hombres

Mujeres

Total

1

Compañía Nacional de Fertilizantes (NAFCON)

6

1

7

2

Zona Nigeriana de Elaboración y Exportación (NEPZA)

5

1

6

3

Compañía Telefónica Nacional (NITEL)

8

-

8

4

Compañía Siderúrgica de Ajaokuta

7

-

7

5

Organismo Autónomo de Desarrollo de la Capital Federal (FCDA)

8

-

8

6

Organismo Autónomo de Televisión de Nigeria (NTA)

8

1

9

7

Niger Dock Nigeria Ltd.

6

-

6

8

Organismo Nigeriano de Gestión del Espacio Aéreo (NPA)

7

-

7

9

Organismo Autónomo Portuario de Nigeria

12

-

12

10

Compañía de Fundición de Aluminio

5

-

5

11

Organismo Autónomo de Vías de Navegación Int e rior de Nigeria

7

-

7

12

Compañía Nacional de Minas de Hierro, S.A.

7

-

7

13

Nigerian Unity Line Plc.

6

1

7

14

Organismo Autónomo de Aeropuertos de Nigeria (FAAN)

7

-

7

15

Compañía de Servicios de Tierra de Aeropuertos de Nigeria (NAHCO)

8

-

8

16

Organismo Autónomo de Aviación Civil de Nigeria (NCAA)

5

2

7

17

Servicios Postales de Nigeria (NIPOST)

7

-

7

18

Programa Nacional de Inmunización

3

1

4

19

Organismo Nacional de Administración y Superv i sión de Alimentos y Medicamentos (NADFAC)

5

-

5

20

Organización de Normalización de Nigeria

5

1

6

21

Laminadoras de acero (Oshogbo)

5

2

7

22

Laminadoras de acero (Jos)

7

-

7

23

Laminadoras de acero (Katsina)

5

2

7

24

Acero del Delta (Aladja)

7

-

7

25

Organismo Nacional de Desarrollo de los Materiales de Acero

7

-

7

26

Oficina Federal de Estadística

4

1

5

27

Teatro Nacional

4

1

5

28

Dirección Nacional de Empleo

8

-

8

29

Compañía Nacional de Máquinas Herramienta (Oshogbo)

6

-

6

30

Agencia de Noticias de Nigeria

5

-

5

31

Organismo de Compensación y Expedición de Nig e ria

7

-

7

32

Compañía Azucarera de Nigeria (Bacita)

6

1

7

33

Compañía Azucarera de la Sabana (Numan)

6

1

7

34

Papelera de Nigeria (Jebba)

5

2

7

35

Compañía Automovilística Peugeot (PAN) (Kad u na)

4

-

4

36

Compañía de Fabricación de Vehículos de Motor de Anambra (ANAMCO) (Enugu)

3

-

3

37

Steyr Automobile de Nigeria

3

-

3

38

Organismo de Desarrollo de las Pequeñas y Medi a nas Industrias

6

1

7

39

Comisión de Asuntos Empresariales

7

1

8

40

Comisión Nacional de Seguros

6

1

7

41

Consejo de Transportistas de Nigeria

6

1

7

42

Consejo Nacional de las Artes y la Cultura

6

-

6

43

Consejo de Fomento de la Exportación de Nigeria

5

2

7

44

Compañía Petroquímica Eleme, S.A.

6

1

7

45

Comisión Nacional de Museos y Monumentos

5

2

7

46

Consejo Nacional de Desarrollo del Azúcar

5

1

6

47

Consejo de Protección del Consumidor

23

3

26

48

Comisión Nacional de los Derechos de Autor

6

-

6

49

Comisión del Mercado de Valores (SEC)

2

-

2

50

Comisión de la Energía de Nigeria

5

-

5

51

Consejo Automovilístico Nacional

5

1

6

52

Banco Hipotecario Federal de Nigeria

7

-

7

53

Fondo de Capacitación Industrial

6

1

7

54

Banco de Desarrollo Industrial de Nigeria

6

1

7

55

Corporación Ferroviaria de Nigeria

7

-

7

56

Corporación Nacional de Seguros (NICON)

8

1

9

57

Corporación de Seguros de Depósito de Nigeria (NDIC)

7

-

7

56

Corporación Minera de Nigeria

7

-

7

57

Corporación del Carbón de Nigeria

8

2

10

58

Corporación de Reaseguros de Nigeria

7

-

7

59

Sistema Nacional de Seguro de Enfermedad

5

2

7

60

Corporación “La Voz de Nigeria”

6

-

6

61

Corporación de la Radio Federal de Nigeria (FRCN)

8

-

8

62

Comisión de Radiodifusión y Televisión de Nig e ria

6

5

11

63

Corporación de Seguros Agrarios de Nigeria

7

-

7

64

Junta Nacional de Recursos Humanos

4

-1

5

65

Consejo de Administración de la Feria Internacional de Comercio de Lagos

6

1

7

67

Corporación Cinematográfica de Nigeria

6

1

7

69

Junta Nacional de Evaluación de la Educación

2

1

3

70

Junta Nacional de Exámenes Técnicos y de Adm i nistración de Empresas

3

1

4

71

Junta Directiva de la Biblioteca Nacional

4

4

8

72

Junta Nacional de Enseñanza Técnica

6

-

6

73

Consejo Laboral de Estibadores de Nigeria

6

-

6

74

Zona Franca de Producción de Petróleo y Gas de Onne (Port Harcourt)

6

1

7

75

Corporación Nacional del Petróleo de Nigeria (NNPC)

7

-

7

76

Fondo de Compensación del Petróleo

7

-

7

77

Hyson Nigeria, S.A.

7

-

7

78

Servicios de Datos Integrados

6

1

7

79

Compañía Petroquímica y Refinería de Kad u na

6

-

6

80

Empresa nacional de ingeniería y tecnología

7

-

7

81

Servicios Nacionales de Gestión e Inversión del Petróleo

8

-

8

82

Compañía de Gas de Nigeria, S. A.

6

1

7

83

Compañía Nacional de Gas Natural Licuado

6

1

7

84

Compañía de Desarrollo del Petróleo de Nig e ria

6

1

7

85

Compañía de Comercialización de Productos del Petróleo (PPMC)

7

-

7

86

Refinería de Port Harcourt

7

-

7

87

Compañía Petroquímica y Refinería de Warri

7

-

7

88

Duke Oil

6

1

7

89

Escuela de Administración de Nigeria

5

1

6

90

Centro Nacional de Gestión y Administración Ec o nómicas

4

-

4

91

Instituto Nacional de Investigaciones Económicas y Sociales

5

2

7

92

Leyland Nigeria, S. A.

3

-

3

93

Instituto de Capacitación en materia de Petróleo (Warri)

4

-

4

94

Instituto de Capacitación en materia de Petróleo (Kaduna)

4

-

4

95

Instituto Nacional de Investigaciones Médicas

5

-

5

96

Instituto de Investigación sobre Almacenamiento de Productos

5

-

5

97

Instituto Nacional de Deportes (Lagos)

3

1

4

98

Centro Nacional para el Desarrollo de la M u jer

3

12

15

99

Cuerpo Nacional de Servicio de la Juventud (NYSC)

4

1

5

100

Instituto de Formación Metalúrgica

3

-

3

101

Centro Regional de Gestión Tecnológica

3

-1

4

102

Centro de Desarrollo Metalúrgico de Nigeria (Jos)

4

-

4

103

Centro de Desarrollo de la Gestión

4

-

4

104

Escuela de Tecnología de la Aviación de N i geria

4

-

4

105

Instituto Nacional de Orientación Cultural

1

1

2

106

Centro de las Artes y la Civilización Negras y Afr i canas

4

1

5

107

Instituto Nacional de Estudios de Turismo y Hosp i talidad

6

1

7

108

Compañía Nacional de Fabricación de Camiones (Kano)

4

-

4

109

Instituto Nacional del Magisterio (Kaduna)

4

-

4

110

Instituto Nacional de las Lenguas Nigerianas (Aba)

7

-

7

111

Instituto Nacional de Educación, Planificación y Administración

7

1

8

112

Centro Nacional de Productividad

3

-

3

113

Instituto Micheal Imodu de Estudios Labor a les

2

-

2

114

Cuerpo de Asistencia Técnica de Nigeria

6

-

6

116

Oficina Nacional de Adquisición y Fomento de Te c nología

4

-

4

117

Instituto Nacional de Investigación sobre Tecnología Química

7

-

7

118

Instituto Nacional de Investigación de la Tripan o somiasis

9

1

10

119

Instituto Nacional para el Desarrollo de la Investig a ción Farmacéutica

6

1

7

120

Instituto Federal de Investigación Industrial

5

-

5

121

Instituto para el Desarrollo de Proyectos

5

-

5

122

Instituto de Investigaciones de la Construcción y las Carreteras de Nigeria

5

-

5

123

Desarrollo de la Tecnología Nacional

5

-

5

124

Instituto Nacional de Investigaciones Médicas

5

-

5

125

Academia Marítima de Nigeria (Oron)

4

-

4

126

Centro de Incubación de Empresas Tecnológ i cas

3

1

4

127

Centro de Formación de Ciudadanos y Dir i gentes

10

-

10

Total

747

86

833

Fuente : Centro para la Mujer, el Derecho y el Desarrollo, Gender Views Newsletter, Volumen 4, No. 3,septiembre-diciembre de 2000 (páginas 9-16).

La Comisión Nacional para la UNESCO tiene una Secretaria General y la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene cuatro miembros femeninos.

7.7Limitaciones e imperativos

Pese a esos avances, las mujeres de Nigeria siguen teniendo que afrontar gran número de obstáculos a su participación plena en los diversos aspectos de la vida social, debidos a

•Actitudes y usos culturales y religiosos perjudiciales y muy arraigados

•Carácter violento de la política nigeriana

•Prelación de los hombres en la política

•Práctica de la reclusión femenina

•Aplicación errónea del sistema de administración de justicia y legislación penal de la Sharia

•Analfabetismo

•Matrimonio en edad temprana

•Usos relativos a la viudez

•Ideas equivocadas sobre las mujeres en la vida política y pública

•Dominación masculina

•Situación económica desfavorecida

8.0Artículo 8: Representación en el plano internacional

8.1Disposiciones relativas al acceso a las organizaciones internacionales

Pese a que Nigeria firmó y ratificó la Convención hace 17 años, no hay programas especiales para alentar a las mujeres a que se postulen para cargos internacionales. Esa situación es un ejemplo más del estereotipo ideológico, resultante de la dominación masculina, de que las mujeres no son ciudadanos iguales por derecho propio. Consecuencia de esa denegación del objetivo de la igualdad sexual como principio fundamental de la Convención ha sido la pérdida de contribuciones valiosas de las mujeres en los foros y las organizaciones internacionales.

8.2Las mujeres en el Servicio Exterior y en las organizaciones internacionales

Como se ve en el cuadro 8.1, Nigeria tiene un total de 662 miembros del personal diplomático de carrera, de los cuales 69 son mujeres, lo que representa el 10,4 por ciento. Si tenemos en cuenta que las mujeres representan casi un 50 por ciento de la población nigeriana, podemos considerar meramente simbólica esa cifra. Asimismo, el número de embajadores es 118, de los cuales 14 son mujeres, lo que representa el 11,9 por ciento. Por otra parte, en el cuadro 8.2 se indica que en el año 2000 el número de mujeres en organizaciones internacionales era 164 (el 29,6 por ciento) frente a 390 hombres (el 70,4 por ciento).

8.3 No hay mecanismos para dar preparación especial a las mujeres (o a los hombres) a fin de que participen en las organizaciones internacionales o se dediquen exclusivamente a esa tarea. La única formación es la que se imparte en el Ministerio de Relaciones Exteriores y de la que sólo se benefician los miembros de su personal. En consecuencia, las mujeres nigerianas no han logrado nombramientos correspondientes a los numerosos anuncios de vacantes en las Naciones Unidas que recibe el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juve n tud.

8.4Otras limitaciones

Un obstáculo fundamental es el de que el Gobierno de Nigeria no ha cumplido aún con su obligación de introducir la Convención en el derecho interno. Mientras se sensibiliza a las ONG femeninas y a las instituciones pertinentes sobre las disposiciones y los principios de la Convención, en la Asamblea Nacional aumentan las presiones para introducir la Convención en el derecho interno. Se ha vuelto a presentar un proyecto de ley sobre su aplicación para que la Asamblea Nacional lo examine. En el plano internacional, es necesaria la adopción urgente de medidas positivas para cubrir el 30 por ciento al menos de la representación internacional.

Cuadro 8.1

Mujeres en el Servicio Exterior

Número

Número total de embajadores

118

Número de embajadoras

14

Número de embajadoras de carrera

11

Número de embajadoras que no son de carrera

3

Número de miembros del personal diplomático

662

Número de mujeres que son miembros del personal diplomático

69

Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores, 2002.

Cuadro 8.2

Mujeres en organizaciones internacionales

Hombres

Mujeres

Actividades para el desarrollo

11

2

BIRF (Abuja)

6

6

CFI (Lagos)

5

4

CINU (Lagos)

57

28

FNUAP (Lagos)

11

7

FNUAP Programa de ayuda

29

11

FNUAP Programa de población

3

1

OACNUR (Lagos)

4

2

OIT (Lagos)

6

2

OMM (Lagos)

4

-

OMS (Lagos)

3

-

OMS (Abuja)

8

1

OMS (proyectos)

10

4

PNUD (Lagos)

36

23

PNUD (Abuja)

6

1

PNUD Programa estatal

57

10

PNUFID (Lagos)

11

7

UNESCO (Abuja)

3

3

UNFAO (Abuja)

19

12

UNICEF (Lagos)

14

9

UNICEF (Abuja)

16

9

UNICEF (Zona C)

16

3

UNICEF (Zona D)

23

12

UNIFEM

3

4

Total

390

164

Fuente: Directorio de las Naciones Unidas en Nigeria, preparado por el PNUD en Nigeria, marzo de 2001.

9.0Artículo 9: La mujer y la nacionalidad

9.1La Constitución y la nacionalidad

La Constitución de Nigeria es en sí misma discriminatoria en relación con la adquisición de la nacionalidad mediante registro, según lo dispuesto en el inciso a) del párrafo 2 del artículo 26. Dicho artículo establece que los hombres nigerianos pueden pedir que sus esposas no nigerianas adquieran la ciudadanía nigeriana mediante registro, pero no ocurre lo mismo con los maridos no nigerianos de mujeres nigerianas. Además, el artículo 29 versa sobre los modos de renuncia a la ciudadanía nigeriana. En el inciso b) del párrafo 4 del artículo 29 se reconoce a una mujer casada (pero no a un hombre casado) la posibilidad de acogerse a dicho párrafo para adquirir la mayoría de edad. Eso significa que se tratará como adulta a una niña casada a los doce años. Sin embargo, la Constitución de Nigeria de 1999, en los incisos a) a c) del párrafo 1 de su artículo 25, concede a las mujeres igualdad de derechos con los hombres respecto de la nacionalidad de sus hijos.

9.2Consecuencias de las disposiciones constitucionales

Las repercusiones de esas disposiciones constitucionales discriminatorias en relación con la nacionalidad de las mujeres se ven en los casos en los que se basan decisiones importantes para el adelanto de la mujer. Por ejemplo, la Comisión del Carácter Federal exige a los aspirantes políticos que regresen a sus lugares de origen para presentarse como candidatos a las elecciones. Constituye una discriminación contra las posibles mujeres aspirantes políticos que se han mudado para vivir con sus maridos, ya que el matrimonio en Nigeria es casi exclusivamente patriarcal.

9.3Actividades en marcha

Nigeria está revisando su Constitución de 1999. El Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud, las organizaciones femeninas y de derechos humanos y otros interesados directos han hecho aportaciones a las comisiones creadas por el Gobierno Federal para enmendar el inciso a) del párrafo 2 del artículo 26, el inciso b) del párrafo 4 del artículo 29 y el inciso b) del párrafo 1 del artículo 42 respecto de la nacionalidad.

10.0Artículo 10: Educación

10.1Medidas aplicadas, legislativas y de otra índole

El artículo 10 de la Convención pide a los Estados Partes que adopten todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer a fin de garantizarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación. Aunque en Nigeria no hay medidas legales claras para garantizar la igualdad de acceso a la educación para los hombres y las mujeres, el artículo 18 de la Constitución de Nigeria establece que el Gobierno debe:

1)Orientar su política para velar por que haya igualdad de oportunidades educativas adecuadas en todos los niveles y sin discriminación

2)Fomentar la ciencia y la tecnología

3)Esforzarse por erradicar el analfabetismo y facilitar, cuando sea viable,

a.enseñanza primaria universal, obligatoria y gratuita

b.enseñanza secundaria gratuita

c.enseñanza universitaria gratuita

d.un programa gratuito de alfabetización de adultos

10.2 La disposición constitucional muestra que la educación básica no es discriminatoria, pero en los casos en que se la deniega a un niño o a una niña no se puede recurrir a la justicia. La Federación de Nigeria declara expresamente en la Constitución que brindará educación gratuita, como y cuando sea viable. Conforme a lo dispuesto en la Constitución, los gobiernos de los Estados han adoptado medidas y políticas para brindar enseñanza primaria y secundaria gratuita a sus respectivos ciudadanos.

10.3 De conformidad con la Política Nacional de Educación, aprobada en 1981 y revisada en 1995 y 1998, Nigeria tiene ahora un sistema educativo que comprende seis años de enseñanza primaria, tres de enseñanza secundaria de primer ciclo, tres de enseñanza secundaria de segundo ciclo y cuatro de enseñanza superior. Conforme a la educación básica universal, ahora los nueve primeros años de escolarización, hasta el final de la enseñanza secundaria de primer ciclo, constituyen el componente básico de la educación. El sistema comprende también programas de educación de adultos y educación no académica, así como formación de maestros y educación especial, en particular para niños discapacitados. El sistema indica también los grupos de edad a los que va destinado cada uno de los tramos, los requisitos de admisión, los modos de ingreso, los sistemas de evaluación, los órganos examinadores y los certificados de conclusión de cada una de las fases.

10.4Avances reales logrados para proteger a la mujer y velar por la eliminación de la discriminación contra ella en la educación

Se examinan los avances logrados en relación con el artículo 10 y conforme a los siguientes indicadores:

10.4.1Matrícula total en las escuelas

Es evidente que en los años comprendidos en este informe la matrícula total en las escuelas es siempre mayor en el caso de los hombres, en comparación con el de las mujeres, (véase el cuadro 10.1). Resulta sorprendente observar que la matrícula total masculina es mayor a medida que aumenta el nivel educativo, lo que refleja un desequilibrio en el acceso a la educación. Por ejemplo, en 1996 la matrícula en la enseñanza primaria ascendía a 7.702.000 alumnos y 6.376.000 alumnas; en la enseñanza secundaria de primer ciclo, las cifras eran 1.293.000 alumnos y 1.157.000 alumnas y en la enseñanza secundaria de segundo ciclo 936.000 alumnos y 815.000 alumnas.

Cuadro 10.1

Matrícula total en las enseñanzas primaria y secundaria de primer ciclo

y de segundo ciclo 1992-1996

Niveles

Sexo

1992

1993

1994

1995

1996

Matrícula en la enseñanza prim a ria (en millares)

Alumnos

8 274

8 931

9 056

8 729

7 702

Alumnas

6 532

6 940

7 135

7 012

6 376

Total

14 806

15 871

16 191

15 741

14 078

Matrícula en la enseñanza secundaria (en millares) ESPC 1-ESPC 3

Alumnos

1 229

1 371

1 520

1 144

1 292

Alumnas

1 008

1 177

1 272

1 286

1 157

Total

2 237

2 548

2 792

2 727

2 450

Matrícula en la enseñanza secundaria (en millares) ESSC 1-ESSC 3

Alumnos

739

828

906

911

936

Alumnas

613

694

760

807

815

Total

1 352

1 522

1 666

1 718

1 751

Fuente: Informe SAA 2001 Análisis de la enseñanza diversificada.

Gobierno Federal de Nigeria/UNICEF/UNESCO y PNUD 2000.

En el cuadro 10.2 se ve que la desigualdad entre los sexos resulta más marcada en la matrícula total en las Escuelas Técnicas federales y estatales de los cursos 1993/94 a 1997/98. Menos de la quinta parte de los matriculados en cada uno de esos años eran mujeres. El aumento del desfase entre los sexos exige una intervención seria para que el principio de la Convención relativo a la educación tenga algún sentido en Nigeria.

Cuadro 10.2

Matrícula en las escuelas técnicas federales y estatales 1993/1994 – 1997/1998

Total

Hombres

Mujeres

1993/94

43 715

7 351

16,8

1994/95

41 520

6 888

16,6

1995/96

42 310

7 056

16,7

1996/97

41 372

6 561

15,9

1997/98

43 354

7 553

17,4

Fuente: Informe SAA 2001.

10.4.2Tasas brutas de matrícula

a)Las tasas brutas de matrícula dan mejor idea del acceso a la educación. En los cuadros 10.3 y 10.4 se ofrecen conjuntos de indicadores para hacer las comparaciones entre hombres y mujeres. En el cuadro 10.3 se ve la tendencia de la tasa bruta de matrícula en diferentes niveles educativos. Las cifras revelan que, en comparación con los hombres, las mujeres no han sido afortunadas en ninguno de los niveles. En general, se observó un retraso en el nivel de la enseñanza primaria con una tendencia decreciente en la tasa bruta de matrícula a lo largo de los años. Como era de esperar, las tasas brutas de matrícula son sistemáticamente mayores en el nivel de la enseñanza primaria. Sin embargo, en los niveles de la enseñanza secundaria de primer ciclo y de segundo ciclo las tasas brutas de matrícula oscilaron entre el 30,2 y el 40,0 por ciento, lo que significa que muchos niños abandonaron la escuela después de la enseñanza primaria. También se observa que las tasas brutas de matrícula disminuyeron con el aumento del nivel educativo, junto con la desigualdad a favor de los hombres en el nivel de la enseñanza secundaria de primer ciclo, mientras que en el nivel de la enseñanza secundaria de segundo ciclo la tónica fue la inversa. En el período 1993 a 1996, la tasa bruta de matrícula correspondiente a las mujeres es sistemáticamente mayor que la correspondiente a los hombres.

Cuadro 10.3

Tasa bruta de matrícula correspondiente a las enseñanzas primaria y secundaria de

primer ciclo y de segundo ciclo 1992-1996

Niveles

Sexo

1992

1993

1994

1995

1996

Enseñanza primaria

Alumnos

91

95

94

88

75

Alumnas

75

77

77

74

65

Enseñanza secundaria de primer ciclo

Alumnos

37

40

43

39

34

Alumnas

33

37

39

38

34

Eseñanza secundaria de segundo ciclo

Alumnos

28,6

31,2

30,9

32,5

32,4

Alumnas

30,2

33,3

35,4

36,6

35,9

Fuente : Informe SAA 2001.

Cuadro 10.4

Tasa bruta de matrícula correspondiente a la enseñanza primaria por sexo,

zona geopolítica y zonas urbanas y rurales 1995/1999

1995

1999

Zonas MICS

Alumnos

Alumnas

General

Alumnos

Alumnas

General

Sudoccidental

117,3

112,8

115,2

Sudoriental

121,6

117,8

119,9

Noroccidental

46,7

35,1

41,2

Nororiental

59,9

55,1

57,6

RESIDENCIA

Urbana

97,1

103,0

97,3

100,0

Rural

79,9

78,0

70,5

74,4

General

86,8

81,5

84,0

84,0

77,3

80,7

Fuente: MICS 1999 (Oficina Federal de Estadística, UNICEF A-2000).

b)Las tasas brutas de matrícula correspondientes a la enseñanza primaria que figuran en el cuadro 10.4 revelan una tónica similar a la mostrada antes. Las disparidades entre zonas y lugares de residencia muestran que las cifras correspondientes a los alumnos son sistemáticamente superiores a las correspondientes a las alumnas. Las tasas brutas de matrícula en las zonas meridionales eran muy superiores a las de las zonas septentrionales tanto en el caso de los alumnos como en el de las alumnas.

c)Por ejemplo, las cifras correspondientes a los alumnos representan el 117,3 por ciento (zona sudoccidental), el 121,6 por ciento (zona sudoriental), el 46,7 por ciento (zona noroccidental) y el 59,9 por ciento (zona Nororiental). Las cifras correspondientes a las mujeres son 112,8 por ciento (zona sudoccidental); 117,8 por ciento (zona sudoriental); 35,1 por ciento (zona noroccidental) y 55,1 por ciento (zona Nororiental). El desequilibrio entre los sexos es más que evidente en todas las zonas y el panorama es semejante en el caso del lugar de residencia (rural/urbano): en el sector urbano (103,0 por ciento de alumnos, 97,3 por ciento de alumnas) en comparación con el sector rural (78,0 por ciento y 70,5 por ciento, respectivamente). Los cuadros 10.3 y 10.4 proceden de fuentes administrativas: Ministerio Federal de Educación y Encuesta agrupada de indicadores múltiples (Oficina Federal de Estadística), respectivamente. En un país con una relación bastante equilibrada entre los sexos desde el punto de vista de la población, las tasas de matrícula antes citadas hacen reflexionar sobre la necesidad de abordar la desigualdad en la educación reservada a las niñas y las mujeres.

10.4.3Tasa de alfabetización

a)Un examen más detenido de la figura 10.1 revela que la tasa nacional de alfabetización de adultos se redujo del 57 al 49 por ciento, mientras que el de las mujeres se redujo del 44 al 41 por ciento. El índice de paridad de alfabetización de los sexos, que sirve para calibrar la igualdad de los sexos en materia de alfabetización, siguió siendo del 0,8 por ciento. Aunque las tasas de alfabetización disminuyeron, se lograron pocos avances en la eliminación del gran desfase entre los sexos. En conjunto, 7.3 millones de adultos estuvieron matriculados en clases de alfabetización entre 1990 y 1997 y, por término medio, un poco menos de 900.000 al año. De éstos, el 45 por ciento eran mujeres.

Figura 10.1

Tasa de alfabetización de adultos, 1991 y 1999

68Clave

Hombres 57

49 50

44

Mujeres 41

Fuente: Informe SAA 2001.

Un desglose posterior de las cifras de alfabetización por zona, sector y edad muestra sistemáticamente tasas superiores de alfabetización en el caso de los hombres, como se ve en el cuadro 10.5.

Cuadro 10.5

Tasa de alfabetización de adultos – 1999, porcentaje de la población

de 15 años de edad o más (MICS)

Zonas MICS

Alu m nos

Alumnas

Total

Sudoccidental

74,2

55,4

64,2

Sudoriental

74,4

59,5

66,4

Noroccidental

40,3

22,1

31,0

Nororiental

42,1

21,4

31,6

Urbana

75,4

59,0

67,0

Rural

51,0

33,6

41,7

Fuente: SAA 2001.

10.4.4Porcentaje de maestras en escuelas de enseñanza primaria

a)En el cuadro 10.6 figura un gráfico con el bajo nivel de maestras en escuelas de enseñanza primaria en el periodo comprendido entre 1985 y 1997. El número anual de titulados siempre fue inferior al 50 por ciento y resulta una prueba evidente de la desigualdad existente entre los sexos, que aún no se ha corregido adecuadamente.

Cuadro 10.6

Porcentaje de maestras en escuelas de enseñanza primaria 1984-1997

A ño

Número de mae s tras

Porcentaje

1984/85

125 628

40,8

1985/86

107 634

36,8

1987

122 634

39,7

1988

104 004

33,7

1989

153 242

44,5

1990

142 416

42,9

1991

150 847

42,7

1992

172 562

44,9

1993

191 831

44,8

1994

201 905

46,4

1995

207 332

47,4

1996

199 797

47,9

1997

201 531

47,0

Fuente: Oficina Federal de Estadística, Resumen Anual de Estadísticas, 1999.

b)En la mayoría de las tres zonas septentrionales –noroccidental, nororiental y centro-septentrional- se han promulgado leyes para desalentar la deserción escolar de las niñas por matrimonio. Además, existen algunas escuelas exclusivamente para niñas, mientras que algunas sirven comidas al mediodía para alentar la asistencia a la escuela de las niñas. En el 70 por ciento de los Estados septentrionales existen becas para las estudiantes en todos los niveles. Siguen funcionando el programa de educación para niñas y los programas de educación para adultos y de enseñanza no estructurada.

c)En 1999, el gobierno actual, con el fin de poner fin al descenso de la calidad de la educación, lanzó la educación básica universal para brindar educación obligatoria y gratuita a todos los niños nigerianos en los niveles de la enseñanza primaria y la enseñanza secundaria de primer ciclo. Más adelante, en agosto de 2000, se celebró una consulta nacional a los interesados directos con miras a descubrir los problemas subyacentes al sistema educativo y ofrecer soluciones. Las deficiencias más importantes descubiertas se referían al programa de estudios y su aplicación, infraestructura escolar inadecuada y clases atestadas, escasa motivación por parte de los maestros, insistencia en los exámenes en lugar de en el desarrollo de las aptitudes e insuficiencias en materia de financiación, gestión y planificación y supervisión y evaluación de estadísticas.

d)Ahora existe una nueva política encaminada a ofrecer educación gratuita a las mujeres en todos los niveles. Se espera que empiece a funcionar antes del fin de 2002.

11.0Artículo 11: Empleo

11.1Medidas legislativas

El artículo 11 dispone que las mujeres gozarán de iguales derechos que los hombres en materia de oportunidades de empleo, elección de profesiones, ascenso y remuneración.

a)La propia Constitución de Nigeria de 1999 contiene en germen las discriminaciones negativa y positiva en relación con el empleo de la mujer. Si bien prohíbe la discriminación, conforme a los párrafos 1 y 2 del artículo 42, por razones, entre otras, de sexo, permite disposiciones especiales a favor de grupos especiales por diversas razones, incluido el sexo, conforme al párrafo 3 del artículo 42: por ejemplo, respecto de cualquier nombramiento estatal o en el caso de los miembros de las Fuerzas Armadas o la Fuerza de Policía de Nigeria, etc.

b)Así, pues, la ley que prohíbe el empleo nocturno y en obras subterráneas para las mujeres brinda a los empleadores un arma legítima contra la mujer o el grupo de interés de que se trate, excepto que la prohibición que figura en los artículos 54 y 55 del capítulo 50 de la Ley del Trabajo (Leyes de la Federación de Nigeria, 1990) no es aplicable a las mujeres que forman parte del personal directivo de los niveles medio y alto.

c)La Ley de Fábricas (capítulo 126 de las Leyes de la Federación de Nigeria,1990), en la que figuran disposiciones detalladas sobre la salud, la seguridad y el bienestar de los trabajadores, no tiene en cuenta la sensibilidad y la susceptibilidad de los derechos y funciones reproductivos de la mujer y la necesidad de proteger al niño nonato ni el efecto de las substancias tóxicas y los materiales radiactivos en las mujeres. Se han hecho pocas investigaciones o ninguna para conocer la gravedad de los peligros y la forma de eliminarlos.

11.2Prácticas discriminatorias en el empleo

Aunque no hay prácticas discriminatorias manifiestas contra la mujer en materia de reclutamiento y empleo, la realidad es que las mujeres nigerianas distan de disfrutar de igualdad de derechos en el mercado laboral, a causa principalmente de la pesada carga de trabajo doméstico, los bajos niveles de logros educativos, los prejuicios contra el empleo de las mujeres en ciertos sectores de la economía o estereotipos en el lugar de trabajo y sistemas de asistencia social discriminatorios. Resulta evidente en el sector privado, en particular entre los bancos de nueva generación, en los que se exige a muchachas solteras que firmen un contrato por el que se comprometen a no casarse hasta tres años después de ingresar en el banco y a las casadas no se les permite tener un hijo hasta al menos tres años después de la fecha de su contratación.

11.3 También existe un fenómeno en aumento en el panorama laboral del sector bancario por el cual se emplea a muchachas como agentes comerciales. Esas jóvenes cargan con el cometido de alcanzar metas elevadas en materia de obtención de clientes y fondos y, después de haber sido utilizadas óptimamente, con frecuencia quedan substituidas en sus funciones por otras más jóvenes, pues esos cargos no brindan perspectivas de carrera. Además, las mujeres que se casan con colegas que trabajan en el mismo banco tienen que abandonar su empleo. En vista de que los empleos en los bancos están muy bien pagados, la mayoría de las mujeres aceptan esas cond i ciones.

11.4 Aunque no hay diferencias en la fiscalidad aplicada a los trabajadores y las trabajadoras, las mujeres, dado el carácter patriarcal de la sociedad, están obligadas a demostrar que tienen hijos o personas a cargo. Se basa en la falsa idea de que las mujeres no están encargadas de mantener a los hijos y la familia. Otra discriminación evidente en materia de empleo entre hombres y mujeres es la de que las esposas y las familias de los hombres de los niveles de dirección tienen derecho a tratamientos médicos costeados por sus empleadores, mientras que no se aplica el mismo trato a los esposos y las familias de las mujeres del mismo nivel de dirección. Por otra parte, no se permite trabajar a los cónyuges de los funcionarios del Servicio Exterior cuando acompañan a sus maridos/esposas en sus destinos. Además, al regreso de sus destinos en el extranjero las trabajadoras pierden sus empleos o sus ascensos en el lugar de trabajo. Los esposos de mujeres que ocupan cargos políticos y de otras funcionarias no gubernamentales no tienen derecho a recibir pasaportes diplomáticos, a diferencia de las esposas de sus colegas.

11.5 Existe una gran variación regional en las tasas de participación laboral correspondientes a las mujeres en el país, lo que está en correlación en gran medida con las bajas tasas de alfabetización y los altos porcentajes de pobreza en las mismas regiones. No cabe la menor duda de que las mujeres siguen representando una proporción muy pequeña de la mano de obra del sector estructurado de Nigeria, en particular en la industria, las profesiones liberales y la función pública.

11.6 Por otra parte, las mujeres constituyen el 95 por ciento de los jueces de paz en las tres zonas geopolíticas de la parte meridional del país. Es una cifra tan elevada porque la remuneración correspondiente a esos cargos no es proporcional al riesgo y los peligros que entrañan.

11.7 La división del trabajo sobre la base del género está vinculada con la concepción tradicional de las funciones económicas de las mujeres, pues la mayoría de ellas trabajan en los sectores de oficinas (mecanógrafas), ventas y servicios (magisterio y enfermería). Un gran porcentaje de mujeres encuentran empleo en el sector agrícola, en el que no se tiene en cuenta la participación de las mujeres en la agricultura y ganadería familiar y de subsistencia y la elaboración y la distribución de alimentos para la obtención de ingresos suplementarios de la familia. Una gran proporción de las mujeres económicamente “inactivas” desempeñan tareas domésticas.

11.8 Según el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud –Informe del país Beijing + 5 de 1999-, las mujeres representan el 18 por ciento de la mano de obra del sector estructurado y sólo el 3 por ciento de los cargos administrativos y directivos del país. La disparidad entre los sexos es mayor aún en profesiones como las correspondientes a la medicina, la ingeniería y la arquitectura, en las que siguen predominando los hombres de forma abrumadora. Sin embargo, hay alguna representación de las mujeres en la educación y la judicatura.

11.9Consecuencias del cuidado de los hijos y del desempleo para las mujeres

Nigeria tuvo tasas muy elevadas de desempleo -en particular, el juvenil- durante la época militar y sus efectos persisten aún y afectan negativamente a las mujeres. A consecuencia de ello ha habido muchas jóvenes que han tenido que recurrir a la prostitución y muchas han sido víctimas de la trata y de abusos. Ahora ha mejorado la adquisición de instrucción y aptitudes básicas para el comercio por parte de las jóvenes. Son las primeras condiciones para encontrar un empleo remunerado, pero, en cuanto se casan y empiezan a cuidar de sus hijos, se suspenden sus ascensos profesionales como sacrificio por sus responsabilidades maternas. De modo que el empleo de las mujeres resulta afectado en gran medida por la carga representada por las tareas de cría de los hijos, consideradas exclusivamente femeninas. Las insuficiencias de los servicios de guardería afectan en gran medida a la participación de las mujeres en la fuerza laboral. Pese a esos problemas, el desarrollo económico en los cuatro últimos años ha propiciado un aumento en la participación de las mujeres en la fuerza laboral.

11.10Discriminación sexual en el nombramiento para cargos estratégicos y delicados

No hay profesiones principales reservadas específicamente a hombres o mujeres. Sin embargo, hay casos en los que se favorece a los hombres en los nombramientos y en la distribución de los empleos o puestos considerados estratégicos o delicados. Entre esos empleos figuran los relativos a la inmigración, cargos internacionales, fuerzas armadas y de seguridad, operaciones de mantenimiento de la paz, nombramientos políticos para ministerios y organismos estratégicos, misiones de protocolo y nombramientos para comisiones presidenciales. Las razones aducidas para esa situación son las siguientes: naturaleza del empleo, que con frecuencia entraña movilidad, traslados frecuentes y viajes muy frecuentes a menudo sin aviso previo o con poco antelación, machismo, indisponibilidad de las mujeres o ausencia de mujeres que soliciten esos empleos, horarios irregulares, estado civil y responsabilidades consiguientes. Se puede observar una sutil discriminación sexual en los nombramientos para cargos estratégicos y delicados oculta tras las alegaciones de supuesta falta de capacidad o de méritos (mediante exámenes y entrevistas), antigüedad y a veces consideraciones relativas a la representación de los dos sexos. Sin embargo, la situación está cambiando gradualmente, porque actualmente el Interventor General de Inmigración es una mujer, el Ministro de Estado de Defensa es una mujer y ya existe una comisaria de policía.

11.11Limitaciones de la seguridad y la salud de las mujeres embarazadas

Las observaciones y los hallazgos en el terreno indican que siguen existiendo límites en materia de seguridad y salud de las mujeres embarazadas, las madres y las mujeres en sus lugares de trabajo. Las más afectadas son las del sector privado, en particular en las industrias manufactureras expuestas a substancias químicas nocivas. No se documentan los frecuentes casos de acoso sexual denunciados, por lo que no se dispone de estadísticas al respecto. No hay una ley en vigor que brinde medidas de protección en esos lugares; no existen textos, leyes, ordenanzas ni reglamentos que garanticen la protección de esas mujeres embarazadas contra los peligros de su puesto de trabajo. Esas limitaciones se deben fundamentalmente a su nivel de pobreza e ignorancia.

11.12Factores causantes de los cambios en la situación de las mujeres en materia de empleo

Pese a los problemas señalados, desde la presentación del informe anterior se han registrado cambios importantes en el carácter y la calidad del empleo de las mujeres. Se deben a los siguientes factores:

-Aumento del ingreso de mujeres en diversas categorías de empleo

-Revisión actual de las legislaciones laborales con la consideración debida a la necesidad de igualdad sexual

-Actividades en pro de la aplicación de medidas positivas mediante visitas de promoción, programas de sensibilización y concienciación del Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud, junto con ONG y copartícipes en las actividades en pro del desarrollo

-El Programa Nacional para la Erradicación de la Pobreza, que imparte capacitación para la adquisición de aptitudes a hombres y mujeres.

-Capacitación en materia de aptitudes profesionales impartida por centros de desarrollo de la mujer a escala nacional

-Investigación y documentación por parte del Centro Nacional para el Desarrollo de la Mujer

11.13 Varios programas de sensibilización ejecutados por el Gobierno, las ONG y otros organismos pertinentes están teniendo repercusiones positivas en el empleo femenino del país. Las ONG han contribuido a la capacitación de las personas que ejercen la prostitución para que consigan un empleo válido. La aplicación de la Convención y de la Plataforma de Acción de Beijing ha mejorado considerablemente la condición de la mujer, ha sensibilizado sobre las cuestiones relativas a la mujer en organizaciones y también instituciones dominadas por los hombres. A consecuencia de ello, ahora se está centrando la atención en la lucha contra los obstáculos restantes para aumentar la participación femenina en la fuerza laboral.

12.0Artículo 12: Igualdad en el acceso a la atención médica

12.1Medidas adoptadas, legislativas y de otra índole

El artículo 12 ordena a los Estados Partes que adopten todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de los servicios de atención médica, incluida la planificación de la familia. El inciso c) del párrafo 3 del artículo 17 de la Constitución de 1999 de la República Federal de Nigeria dispone lo siguiente:

“La política del Estado irá encaminada a asegurar la salvaguardia de la salud, la seguridad y el bienestar de todas las personas que trabajan, su protección contra toda práctica abusiva o peligrosa y la prestación de servicios médicos y sanitarios adecuados para todas las personas”

De conformidad con lo dispuesto en la Constitución y en la Convención en materia de salud, el Ministerio Federal de Salud, en colaboración con otros organismos que laboran en pro del desarrollo, ha ejecutado con ahínco programas para el adelanto de las causas de las mujeres nigerianas.

En el pasado reciente ha habido varias reformas de la atención médica favorables para las mujeres. Entre ellas, la Política Nacional de Salud Reproductiva y la Política Nacional de Alimentación y Nutrición, aprobadas en 1998, para mejorar la nutrición general y en particular la de las mujeres embarazadas y los niños. En la Política Nacional de Salud se fijó también la meta de lograr “un nivel de salud que permita a todos los nigerianos lograr vidas social y económicamente productivas”. Figuran en ella disposiciones relativas a un sistema de salud con tres niveles: primario, secundario y terciario. El nivel primario se compone de centros de salud y dispensarios, además de servicios periféricos. El nivel secundario, compuesto principalmente por hospitales generales, presta servicios curativos y algunos servicios preventivos, mientras que el nivel terciario presta servicios curativos más especializados, servicios de rehabilitación y reconstructivos.

12.2 Con el advenimiento de la gestión democrática de los asuntos públicos en mayo de 1999, el Ministerio Federal de Salud inició un proceso consultivo de formación de consenso, en el que participó una gran diversidad de interesados directos a fin de formular una estrategia para la reforma del sector de la salud. El resultado fue un plan de acción de mediano plazo para la reforma del sector de la salud en el período 2001 – 2003, encaminado a emplear una combinación de planteamientos prácticos, aumento de la financiación y movilización de recursos suplementarios procedentes de donantes para lograr mejoras tangibles en siete sectores principales, tales como atención primaria de salud, lucha contra las enfermedades, salud reproductiva y sexual (incluidos el VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual), producción de medicamentos para la asistencia secundaria y terciaria, coordinación de la gestión con los copartícipes en las tareas de desarrollo y organ i zación y gestión.

12.3Avances reales logrados para garantizar la eliminación de la discriminación

contra la mujer en el sector de la salud

Los datos globales indican que en 1999 había 18.258 servicios de atención primaria de salud en todo el país, 3.275 servicios de asistencia secundaria y 29 servicios de asistencia terciaria. El sector público representaba el 67 por ciento de los servicios de atención primaria de salud, el 25 por ciento de los servicios secundarios y todos los servicios terciarios menos uno. Sin embargo, ese número es insuficiente, dada la población del país y su crecimiento.

12.4Mortalidad y morbilidad maternas

Las relaciones de mortalidad y morbilidad maternas son los indicadores principales para la evaluación de la supervivencia de las mujeres. La relación de mortalidad materna es el número de defunciones maternas por 100.000 nacidos vivos. En el cuadro 12.1, según la encuesta agrupada de indicadores múltiples de 1999, se calcula la relación de maternidad materna en 704 por 100.000 nacidos vivos. Eso significa que cada tres minutos, aproximadamente, muere una mujer en Nigeria a consecuencia de complicaciones del parto. El cuadro revela también enormes disparidades en materia de relación de mortalidad materna entre las zonas urbanas y rurales y entre las zonas geopolíticas y que en las zonas rurales la relación de mortalidad materna es más del doble (828 por 100.000 nacidos vivos) de la de las zonas urbanas (351 por 100.000 nacidos vivos).

Cuadro 12.1

Relación de mortalidad materna en determinadas zonas de Nigeria

Ubicación

Relación de mortalidad materna (por 1000.000 nacidos vivos)

Nacional

707

Zona sudoccidental

165

Zona Sudoriental

286

Zona noroccidental

1 025

Zona nororiental

1 549

Urbana

351

Rural

828

Fuente: MICS, 1999 Oficina Federal de Estadística/UNICEF.

Las causas principales de la mortalidad materna, mostradas en la figura 12.1, son las hemorragias (23 por ciento), la septicemia (17 por ciento), el paludismo, la anemia, el aborto, CDP y la toximia (representan el 11 por ciento cada uno) y otras (5 por ciento). En esta figura se ven también las causas principales de las muertes maternas.

Figura 12.1

Causas principales de mortalidad materna

0510152025HemorragiasSepticemiaPaludismoAnemiaCPDToximia/ Eclampsia gravídicaAbortoOtras%

Fuente : Oficina Federal de Estadística.

Las diferencias entre zonas revelan que la Nororiental tiene la mayor relación de mortalidad materna (1.549 por 100.000 nacidos vivos), casi diez veces mayor que la de la sudoccidental (165 por 100.000 nacidos vivos). La tasa en la noroccidental (1.025 por 100.000 nacidos vivos) es seis veces mayor que la de la sudoccidental. Sin embargo, la actuación del actual gobierno democrático mediante la reactivación y el aumento de los dispensarios y los servicios de atención primaria de salud en las zonas rurales y urbanas ha contribuido notablemente a la reducción de las relaciones de mortalidad y morbilidad maternas en el país.

12.5Tasas de mortalidad infantil y de los niños menores de cinco años de edad

Las tasas de mortalidad infantil y de los niños menores de cinco años de edad son indicadores adecuados para calibrar la situación de los niños en materia de mortalidad. En el cuadro 12.2 se ve la triste realidad de las tasas de mortalidad infantil y de los niños menores de cinco años de edad en Nigeria. Según la MICS de 1999, existen pocas diferencias entre los sexos en materia de mortalidad infantil, que es de 105 por 1.000 nacidos vivos en ambos casos, mientras que la tasa de mortalidad de los niños menores de cinco años sí que revela diferencias entre los sexos (148 por 1.000 nacidos vivos en el caso de los varones y 167 por 1.000 nacidos vivos en el caso de las hembras). Las cifras correspondientes a la tasas de mortalidad infantil y de los niños menores de cinco años de edad siguen siendo elevadas tanto en el caso de la encuesta demográfica y sanitaria (NDHS) de 1999 como en el de la MICS de 1999. Nigeria dista de haber alcanzado las metas recomendadas correspondientes a los dos indicadores. Aún debe avanzar en gran medida en materia de reducción de las tasas de mortalidad infantil y de los niños menores de cinco años de edad. La situación en las zonas rurales es mucho peor que en las urbanas. Sin embargo, se han logrado avances apreciables en materia de erradicación de la poliomielitis.

Cuadro 12.2

Tasas de mortalidad infantil y de niños menores de cinco años de edad

(por 1.000 nacidos vivos)

NDHS 1999

MICS 1999

Tasa de mortalidad infantil

Nacional

70,8

105

Residencia

Urbana

59,3

83

Rural

75,0

113

Zonas

Sudoccidental

69,9

45

Sudoriental

74,3

112

Noroccidental

82,6

114

Nororiental

79,4

117

Centro-septentrional

50,7

NA

Sexo

Varones

73,2

105

Hembras

68,2

105

Tasa de mortalidad de menores de cinco años

Nacional

133,4

178

Residencia

Urbana

107,8

129

Rural

142,9

192

Zonas

Sudoccidental

101,5

119

Sudoriental

135,0

131

Noroccidental

188,2

217

Nororiental

175,2

199

Centro-septentrional

84,4

NA

Sexo

Varones

134,4

148

Hembras

132,5

167

Fuente: Informe SAA 2001.

12.6Prestación deatención prenatal

En el cuadro 12.4 se muestra la distribución de los porcentajes de las mujeres que reciben atención prenatal por grupos de edad y personal médico. Las cifras revelan que hace falta mucha atención en materia de salud reproductiva y asistencia tocológica en Nigeria.

En el cuadro se ve que el 45 por ciento, aproximadamente, de las madres de menos de 20 años de edad no recibieron atención prenatal alguna, mientras que las cifras correspondientes a los grupos de edad comprendidos entre los 20 y los 34 años y de más de 35 años son 26,1 por ciento y 28,4 por ciento, respectivamente. Las enfermeras y parteras representan menos del 42 por ciento en los otros grupos de edad. Se trata de algo inaceptable, por lo que el Gobierno ha creado los mecanismos necesarios para corregir los desequilibrios en el sistema de prestación de atención médica en el país.

12.7Servicios de planificación de la familia

Los servicios de planificación de la familia disponibles están infrautilizados (figura 12.2). Se necesitan reformas y concienciación para mejorar la salud de las mujeres en edad reproductiva. La actuación del Gobierno mediante la prestación de servicios (la mayoría de las veces) gratuitos de planificación de la familia no ha dado aún los resultados esperados. Los resultados sobre la utilización de métodos anticonceptivos son, como se ve en el cuadro 12.3, recientes y abundan las pruebas de que puede haber habido un retroceso.

Figura 12.2

* Cualquier método* Cualquier método moderno* Cualquier método tradicional* Otros métodosServicios disponibles de planificación de la familia

Fuente: Ministerio Federal de Salud, 1999.

La tasa nacional global de utilización de los servicios de planificación de la familia es de 15,7 por ciento y se desglosa del modo siguiente: cualquier método moderno (8,6 por ciento), cualquier método tradicional (5,8 por ciento) y otros métodos (1,0 por ciento), cifras correspondientes a todas las mujeres. Las cifras correspondientes a todas las mujeres actualmente casadas ofrecen un panorama similar. Sin embargo, en el caso de las mujeres solteras y sexualmente activas las tasas en el nivel nacional correspondientes a cualquier método moderno, cualquier método tradicional y otros métodos ascendían a 58,6 por ciento, 35,4 por ciento, 14,1 por ciento y 4,0 por ciento, respectivamente. En estos últimos casos eran mayores que las de los grupos anteriores.

Cuadro 12.3

Tasa de utilización de la anticoncepción, por método

Edad

Cualquier método

Cualquier método mo n derno

Cualquier método trad i cional

Otros métodos

15-19

6,6

3,2

2,9

0,5

20-24

16,0

7,9

7,0

1,1

25-29

17,2

8,8

7,3

1,2

30-34

20,8

13,6

6,6

0,6

35-39

20,5

13,3

6,6

0,6

40-44

19,8

11,7

5,6

2,5

45-44

14,9

8,7

5,2

0,9

TOTAL

15,7

8,9

5,8

1,0

Actualmente casadas

15-19

4,2

1,2

2,5

0,4

20-24

8,2

2,6

4,7

0,9

25-29

13,9

6,7

6,1

1,1

30-34

20,1

12,7

6,7

0,7

35-39

20,7

13,3

7,1

0,3

40-44

20,5

12,1

5,9

2,4

45-49

16,5

9,4

6,2

0,9

Total

15,7

8,6

5,8

0,9

Mujeres solteras sexualmente activas

15-19

46,6

23,0

17,5

6,1

20-24

68,3

40,4

25,1

2,8

25+

58,0

35,4

19,1

4,0

Total

58,6

35,4

19,1

4,0

Fuente: Ministerio Federal de Salud, 1999.

12.8VIH/SIDA

La epidemia de VIH/SIDA merece atención especial. Ha pasado a ocupar el primer plano en Nigeria, con una tasa de prevalencia en aumento, que oscila entre el 1,8 por ciento, aproximadamente, en 1992 y el 5,4 por ciento en 1999. En la figura 12.3 se ven las tendencias de las tasas de prevalencia nacional del VIH.

Figura 12.3

Tasa nacional de prevalencia del VIH/SIDA 1992-1999

5.4

4.5

3.8

1.8

1992199419961999

Fuente : Ministerio Federal de Salud, 1999.

El desglose por edad revela que los adultos del grupo de edad comprendido entre 20 y 24 años de edad tienen la mayor tasa de prevalencia: el 8,1 por ciento. Sin embargo, en las seis zonas geopolíticas de Nigeria ese grupo de edad tiene la tasa mayor -el 9,7 por ciento- en la región centro-septentrional. El Ministerio Federal de Salud tiene ya muy avanzada, en cooperación con otros copartícipes, una encuesta de vigilancia del comportamiento.

Se ha creado un Comité Nacional de Acción contra el VIH/SIDA para sensibilizar al público sobre ese flagelo. El Comité coordina también todos los programas y actividades sectoriales de lucha contra el VIH/SIDA. El Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud está colaborando con dicho Comité en la ejecución de programas de capacitación destinados a mujeres dirigentes en materia de asistencia y asesoramiento de base comunitaria para personas que viven con el VIH/SIDA. Se han celebrado dos cursos prácticos de zona y se ha llevado a cabo una operación de supervisión y evaluación. El Departamento de Desarrollo Infantil del Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud está recibiendo también ayuda de USAID para la creación de clubes escolares de lucha contra el VIH/SIDA en determinadas escuelas de todo el país. El Departamento de Desarrollo de la Juventud tiene también programas de concienciación y sensibilización en materia de prevención, asistencia y asesoramiento sobre el VIH/SIDA, destinados a los jóvenes.

12.8.1Intervenciones específicas en materia de VIH/SIDA

En abril de 2001, el Presidente de la República Federal de Nigeria, Jefe Olusegun Obasanjo, hizo pública oficialmente la respuesta multisectorial de emergencia de la nación ante el aumento y las repercusiones del VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual. La política en materia de VIH/SIDA, entre otras cosas:

•Va encaminada a proteger a las mujeres de ese flagelo potenciándolas para que decidan con criterios propios en materia de comportamiento sexual;

•Apoya la formulación de material docente para las personas que ejercen la prostitución y la definición de valores centrados en las cuestiones relativas a la Convención;

•Protege los derechos de todas las personas infectadas o afectadas por la epidemia, que tienen derecho a recibir atención médica normal con cargo al Sistema Nacional de Seguro de Enfermedad .

12.9Logros en el sector de la salud

Hasta ahora la reacción nacional ante el SIDA ha registrado algunos logros modestos. Ha sido posible compilar un gran cuerpo de datos oportunos sobre la magnitud, la tendencia y las características de la epidemia, además de hacer proyecciones de su curso y consecuencias futuros. Hay una mejora importante en el nivel de concienciación de la población sobre el VIH/SIDA, aunque aún existe cierto grado de ignorancia, en particular entre las mujeres. En general, la actual administración civil ha logrado una notable mejora en relación con las cuestiones de salud. En el plano federal y también en algunos Estados de Nigeria, se está brindando tratamiento prenatal y posnatal gratuito a niños y ancianos, mientras que en algunos Estados septentrionales se ofrecen servicios médicos gratuitos a las mujeres aquejadas de fístula vesicovaginal.

12.10Problemas predominantes

Los problemas generales que afectan a todos los Estados son los siguientes:

•Insuficiencia de los dispensarios de salud en el lugar de trabajo

•Período insuficiente de licencia de maternidad

13.0Artículo 13: Derechos sociales y económicos

13.1Medidas adoptadas, legislativas y de otra índole

Los artículos 13 a 18 del capítulo 2 de la Constitución de Nigeria de 1999, que versan sobre los objetivos sociales, económicos, educativos, sanitarios y políticos, son muy pertinentes para los derechos socioeconómicos, si bien no se puede recurrir a la justicia para reclamar su cumplimiento. Sin embargo, tienen carácter de obligaciones constitucionales en todos los niveles del Gobierno de Nigeria.

El artículo 43 de la Constitución de Nigeria de 1999 establece que todos los ciudadanos nigerianos tienen derecho a adquirir y poseer propiedad inmobiliaria en todo el país. Resulta digna de mención la disposición de la Política Nacional de la Mujer que establece el compromiso del Gobierno con el fomento y la protección de los derechos socioeconómicos de la mujer.

13.2Avances reales logrados para eliminar la discriminación contra la mujer

Se han adoptado algunas medidas para velar por la potenciación económica y social de la mujer. Han sido el resultado de las gestiones de las instituciones nacionales y estatales y de las organizaciones no gubernamentales femeninas mediante:

•Microcrédito facilitado por bancos de la comunidad y el Programa Nacional para la Erradicación de la Pobreza, al que tienen acceso el 27 por ciento de las mujeres

•Creación de sociedades cooperativas de mujeres en zonas rurales mediante el programa de alfabetización funcional femenina en materia de salud, que cuenta con el siguiente componente:

•Educación en materia de salud, alfabetización funcional y actividades remunerativas para las mujeres de las zonas rurales. Es un proyecto resultante de la colaboración entre el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer, el Ministerio Federal de Salud y la OMS y se lo ha reproducido en 22 Estados de la Federación.

•Concesión de préstamos con bajos tipos de interés y sin garantía para mujeres que necesiten servicios de créditos (se ha beneficiado el 27 por ciento de las mujeres)

•Creación de centros para la adquisición de aptitudes en todos los Estados de la Federación, incluido el Territorio de la Capital Federal, Abuja

•Creación de tres industrias artesanales experimentales en los Estados de Kwali, Bayelsa y Yobe y en el Territorio de la Capital Federal, Abuja

•Proyectos experimentales de apicultura moderna en 10 Estados ejecutados por el Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud en colaboración con la Sociedad Internacional de Primeros Auxilios

•Formulación de la Política Económica Nacional y fijación de metas para el adelanto económico de la mujer

•Celebración de cursos prácticos de promoción y sensibilización y dispensación de capacitación para que se tengan en cuenta las consideraciones de género en el presupuesto nacional

•Puesta en marcha de la contabilización del trabajo de la mujer en el PIB por parte de la Comisión Nacional de Planificación.

13.3Obstáculos

La situación nigeriana se caracteriza por que las mujeres y las niñas no tienen igualdad de acceso a la educación, la vivienda, la salud, el empleo y la seguridad social. A ello se suman los usos culturales y tradicionales y las leyes y creencias perjudiciales para la mujer, discriminatorias y violadoras de sus derechos socieconómicos.

Las estadísticas disponibles revelan que el 90 por ciento de la tierra y las propiedades están registradas a nombre de hombres. También los datos disponibles del Programa Nacional para la Erradicación de la Pobreza indican que el 15 por ciento de sus beneficiarios son mujeres, frente al 85 por ciento de hombres. Los siguientes factores concretos impiden a las mujeres el disfrute de sus derechos sociales y económicos:

•La práctica del patriarcado

•El matrimonio en edad temprana y la mutilación genital de la mujer

•La práctica de la reclusión femenina

•El bajo nivel de educación y capacitación de las mujeres

•Los usos discriminatorios contra la mujer en materia de herencia

•Los usos deshumanizadores en materia de viudez

•La excepcional carga de trabajo de las mujeres, que les impide disfrutar de actividades recreativas. Las mujeres trabajan, por término medio, 16 horas o más

13.4 Además de los obstáculos antes mencionados, el triple sistema de legislación matrimonial en Nigeria (el consuetudinario, el islámico y el civil) ha dado como resultado una pluralidad de disposiciones y precedentes legales relativos a los derechos de propiedad y herencia. Con arreglo al matrimonio civil, la Ley de Propiedad de las Mujeres Casadas, de 1882, concede a las mujeres el derecho a adquirir y poseer bienes y venderlos, ya los hayan adquirido antes o después de casarse. Tras divorciarse, pueden imponer el respeto de sus derechos recurriendo a los tribunales. Asimismo, conforme a la Ley de Causas Matrimoniales, en cualquier parte de Nigeria los tribunales pueden dictar una resolución para que las mujeres compartan la propiedad familiar equitativamente en caso de divorcio. También la legislación islámica concede a las mujeres el derecho a poseer y vender bienes, incluidos los inmobiliarios. Con mucha frecuencia las mujeres no pueden imponer el respeto de sus derechos de propiedad recurriendo a un tribunal por ignorancia de dichos derechos, falta de seguridad financiera y miedo a enemistarse con su familia política. De las seis zonas geopolíticas del país, sólo la sudoriental y la meridional no permiten, tradicionalmente, a las mujeres poseer tierras y otras propiedades.

14.0Artículo 14: La mujer en las zonas rurales

14.1 Durante el período a que se refiere el informe, el Gobierno ha adoptado las medidas apropiadas para velar por la igualdad y la equidad en las zonas rurales y aumentar el desarrollo y la sostenibilidad de los recursos rurales.

14.2Medidas y programas

•Creación de Centros de Desarrollo de la Mujer en todos los sectores del gobierno local para que impartan capacitación en materia de adquisición de aptitudes, alfabetización en masa y programas de enseñanza para adulto.

•Traducción de las disposiciones de la Convención a las tres lenguas nigerianas más importantes para que se la conozca mejor y reciba mayor publicidad.

•Formulación de programas de potenciación económica, incluida la adquisición de aptitudes en materia de matemáticas, lectura y escritura.

•Formulación del proyecto de alfabetización funcional femenina en pro de la salud y del alivio de la pobreza, encaminado a la alfabetización y la educación de la mujer rural en materia de salud y que, además, brinda a las mujeres actividades remunerativas en 14 comunidades de 10 Estados de la Federación. Se han reproducido en otros 10 Estados. También se alienta a las mujeres a que constituyan cooperativas para ese proyecto. Hay material relativo a información, educación y comunicación: carteles, folletos y manuales en las lenguas locales para concienciar e instruir a la comunidad rural en relación con las cuestiones de salud y derechos humanos, la democracia y la buena gestión de los asuntos públicos.

•La introducción de la educación básica universal va destinada a las comunidades rurales. La construcción y la restauración de escuelas de enseñanza primaria y secundaria en esas zonas forman parte de los desarrollos infraestructurales para dichas comunidades rurales.

•Los ministerios federal y estatales de Agricultura han destinado también a las comunidades rurales la prestación de servicios de extensión agraria para mejorar las cosechas y aumentar su competencia técnica. También se están construyendo nuevos accesos por carretera y mejorando los existentes para la comercialización de los productos agrícolas de las zonas rurales.

•Mediante programas de sensibilización, se alienta a los habitantes de las zonas rurales a que constituyan grupos de autoayuda y sociedades cooperativas para que pueden tener acceso a servicios de crédito y préstamos que han propiciado un aumento de las oportunidades económicas y cierta capacidad de autosustento. Dichas oportunidades alientan la puesta en marcha y la planificación de proyectos de autoayuda y la participación en ellos.

14.3Políticas y metas

Para garantizar el disfrute de unas condiciones de vida adecuadas en las zonas rurales, los gobiernos federal y de los Estados están mejorando los servicios de vivienda, abastecimiento de agua, electricidad, saneamiento y comunicación en las zonas rurales y en los siguientes sectores:

•Construcción de casas ocupadas por sus propietarios en ciertos municipios

•Vehículos de transporte público con los precios de los boletos subvencionados para facilitar el movimiento en las comunidades rurales y a partir de ellas

•Perforaciones para el abastecimiento de agua corriente

•Campañas de protección del medio ambiente con miras al desarrollo sostenible y la ampliación de los servicios de electricidad a las zonas rurales.

Esas políticas eran necesarias, dado el deficiente estado de esos servicios e instalaciones, como se ve en los cuadros 14.1, 14.2 y 14.3.

Cuadro 14.1Fuentes de abastecimiento de agua en ciudades pequeñas, 1997 (porcentaje por hogares)

Cuadro 14.2 Fuentes de abastecimiento de agua en la zona urbana de Lagos, 1997 (porcentaje por hogares)

Fuentes

Porce n taje

Fuentes

Porce n taje

Ríos y Torrentes

27

Vendedores de agua

37

Pozos particulares

25

Pozos particulares

30

Pozos comunitarios

13

Tubos de alimentación particulares

14

Camiones-cisterna y vendedores

13

Tubos de alimentos públicos

10

Fuentes

7

Conexión con las casas

6

Perforaciones

5

Camiones-cisterna

6

Agua corriente

0,4

Otras

8

Fuente: Storeland y Bassey, L – 2000 a y b.

Cuadro 14.3

Fuentes de abastecimiento de agua, servicios de saneamiento y número de personas por habitación, 1990 y 1999

(porcentaje de hogares)

Urbanos

Rurales

1990

1999

1990

1999

Agua

Agua corriente en las casas

31,1

24,0

3,3

3,7

Fuente pública

32,2

25,8

8,4

8,5

Pozo

2,2

26,5

34,9

34,7

Ríos, fuentes, aguas superficiales

4,9

5,8

51,,9

38,3

Camiones-cisterna/otros vendedores

8,9

3,6

0,7

0,8

Agua de lluvia

0,3

0,7

0,8

0,8

Perforación

NA

12,4

NA

9,1

Otros

0,4

1,0

0,0

0,5

Instalaciones de higiene

Alcantarillado

29,9

30,6

2,1

4,3

Letrina de cubo

1,5

0,3

0,3

0,1

Letrina de pozo

60,4

55,2

62,2

61,9

Sin instalaciones

8,1

12,3

35,5

32,2

Personas por alcoba

1-2

43,4

59,0

50,2

67,5

3-4

35,6

25,5

33,6

23,3

5-6

14,7

10,4

10,3

5,2

7+

6,2

3,4

5,6

2,0

Fuente: NDHS, 1990 (Oficina Federal de Estadística/IRD, M 11, A-1992); NDHS, 1999 (Comisión Nacional de Planificación, A-2000).

Cuadro 14.4

Porcentaje de mujeres propietarias de tierras agrícolas

Estado

Porcentaje de propietarias agr í colas

Abia

50,0

Adamawa

20,4

Akwa-Ibom

32,1

Anambra

37,6

Bauchi

2,2

Benue

10,0

Borno

5,1

Cross River

30,9

Delta

31,8

Edo

12,6

Enugu

28,0

Imo

44,4

Jigawa

1,9

Kaduna

2,8

Kano

1,2

Katsina

2,1

Kebbi

1,8

Kogi

13,9

Kwara

6,3

Lagos

4,8

Níger

4,5

Ogun

13,3

Ondo

15,5

Osun

14,2

Oyo

10,7

Plateau

5,1

Rivers

35,3

Sokoto

1,0

Taraba

7,1

Yobe

4,7

Territorio de la Capital F e deral

6,2

Nigeria

14,0

Fuente: Oficina Federal de Estadística (NASC 1993/94).

14.4Mujeres propietarias de tierras agrícolas

La participación de las mujeres en la agricultura, según la Oficina Federal de Estadística, muestra que la tasa de participación laboral (la fuerza laboral como porcentaje de la población económicamente activa oscila entre los 15 y los 59 años de edad) asciende al 45 por ciento en el caso de las mujeres. Pese a sus importantes contribuciones en el sector agrícola, las mujeres siguen participando principalmente en arduas tareas manuales de labranza y elaboración de alimentos sobre las que se carece en gran medida de documentación y que están excluidas del sistema nacional de contabilidad. Carecen de títulos de propiedad de la tierra y tienen acceso limitado a insumos agrícolas tales como fertilizantes, plantones perfeccionados y servicios de extensión agraria. Según el Censo Agrícola Nacional por Muestreo de la Oficina Federal de Estadística, sólo el 14 por ciento de las mujeres son propietarias agrícolas.

14.5Las mujeres en las zonas rurales y el acceso a los métodos de planificación de la familia

También se observa que, pese a las reformas en materia de salud, abastecimiento de agua y transportes, sigue habiendo multitud de obstáculos que impiden a las mujeres de las zonas rurales acceder a los servicios de planificación de la familia y beneficiarse plenamente de las detalladas políticas de salud. Son los siguientes:

•Los efectos del patriarcado a ese respecto, pues las mujeres necesitan permiso de sus maridos;

•Las creencias tradicionales y erróneas de que la adopción de medidas de planificación de la familia da pie para la promiscuidad:

•Ausencia de suficientes centros de salud cercanos para los habitantes de zonas rurales;

•Supersticiones e ideas falsas seculares sobre la planificación de la familia;

•Ingenuidad, ignorancia y analfabetismo;

•Nivel de pobreza de los habitantes de las zonas rurales;

•Insensibilidad de los hombres para con las necesidades de las mujeres;

•Ausencia de personal capacitado;

•Algunas creencias religiosas desaprueban los métodos de planificación de la familia, pero no la retirada voluntaria, entre otros;

•Control de la sexualidad en algunas zonas del país.

14.6 Otros obstáculos con los que topan las mujeres rurales se deben a su carencia de voz y voto en el proceso reglamentario de adopción de decisiones. Las mujeres rurales están relegadas a los peldaños inferiores de la escala social y carecen de voz y voto en la vida política y pública.

En vista de algunos efectos negativos de los matrimonios regulados por el derecho consuetudinario, los gobiernos y destacadas ONG están intentando codificar el derecho consuetudinario para que resulte menos discriminatorio, en particular en lo relativo a los derechos de viudez, divorcio, herencia, custodia de hijos, mantenimiento y liquidación de derechos de propiedad.

14.7Diferencias de trato correspondientes a mujeres de condiciones diferentes

14.7.1Casadas

La práctica del patriarcado afecta negativamente al valor culturalmente atribuido a la condición de la mujer en Nigeria. En consecuencia, sólo las mujeres casadas son objeto de relativo respeto. Socialmente, las mujeres casadas son más respetadas, porque cuentan con la protección de sus maridos. Pese a ello, las mujeres siguen siendo, de conformidad con el derecho consuetudinario, esclavas de sus maridos y sus familias políticas.

14.7.2Viudas

Las viudas de las zonas meridionales y orientales de Nigeria carecen de protección y sufren violaciones graves de sus derechos, por lo que muchas de ellas resultan empobrecidas, deshumanizadas y desposeídas. De conformidad con el sistema legal de la Sharia, las viudas cuentan con más derechos. Se les permite un período obligatorio de luto de cuatro meses y 10 días dentro de su casa para determinar si están embarazadas de su difunto marido. Si, después del período obligatorio de luto, resultan no estarlo, tienen libertad para volver a casarse. Conforme a la legislación de la Sharia, las viudas heredan las propiedades de sus maridos, junto con sus hijos.

14.7.3Divorciadas o separadas

En la mayoría de las comunidades del país, una mujer divorciada o separada es despreciada, sean cuales fueren las circunstancias del divorcio o la separación. Se la estigmatiza y pasa a ser socialmente vulnerable. Esa situación es más marcada en la parte oriental del país que en las demás. En la Nigeria septentrional, las mujeres divorciadas o separadas pueden casarse al cabo de tres meses y suelen hacerlo.

14.7.4Solteras

Culturalmente y en la mayor parte de la nación, una mujer soltera se ve marginada y se encuentra en una situación vulnerable. Desgraciadamente, carece de importancia la causa de su soltería, mientras esté en edad casadera y no se haya casado o no haya podido hacerlo.

15.0Artículo 15: Igualdad ante la ley

15.1Asuntos civiles

El capítulo IV de la Constitución de la República Federal de Nigeria garantiza a todos, hombres y mujeres, los mismos derechos fundamentales. El artículo 42 versa sobre el derecho a no sufrir discriminación por razón de sexo. De conformidad con el párrafo 1 del artículo 36, todos los ciudadanos tienen derecho a que tribunales imparciales y tribunales especiales determinen sus derechos y obligaciones civiles. El efecto de las anteriores disposiciones constitucionales es el de que los hombres y las mujeres tienen igualdad de acceso a los tribunales en relación con contratos, agravios y otros asuntos civiles.

15.2 Por la falta de información, la ignorancia de la ley y la baja condición atribuida a las mujeres, algunas personas e instituciones privadas suelen limitar la capacidad legal de las mujeres en materia de contratos. Sin embargo, los tribunales nigerianos suelen anularlos.

15.3 Se está superando constantemente la persistente burocracia administrativa que había denegado ilegalmente a las mujeres el derecho a salir fiadoras de otras personas. Ahora los órganos encargados de hacer cumplir la ley conceden a las mujeres ese derecho en los casos en que satisfacen los requisitos estipulados.

15.4Asuntos penales

Como ya hemos dicho, las mujeres son también iguales a los hombres ante la ley en materia de asuntos penales, pero ciertas disposiciones y procedimientos legales suelen socavar esa igualdad. Algunas de ellas son las siguientes:

•Con arreglo a los artículos 353 y 360 de la Ley del Código Penal de la Nigeria meridional, los atentados contra el pudor de las mujeres son un delito menor (falta), mientras que aquellos de los que son objeto los hombres son delitos mayores.

•El capitulo 55 del Código Penal de la Nigeria septentrional permite el castigo de la esposa por el marido.

•La Ley de Pruebas Documentales de Nigeria requiere la corroboración en los casos de delitos sexuales. Es bien sabido que las víctimas de todos los delitos sexuales, excepto los abusos deshonestos, son mujeres o niñas.

•Desde el punto de vista del procedimiento, el sistema de justicia penal no protege a las mujeres víctimas de delitos sexuales. Ésa es la razón por la que son poco frecuentes las denuncias y los procesamientos por delitos sexuales.

16.0Artículo 16: Igualdad en el matrimonio y la familia

16.1 Hay leyes civiles, religiosas y consuetudinarias que versan sobre las relaciones familiares en Nigeria. El derecho civil consagrado en la Ley de Causas Matrimoniales (capítulo 220 de las Leyes de la Federación de Nigeria, 1990) y la Ley del Matrimonio (capítulo 218 de las Leyes de la Federación de Nigeria, 1990) permiten los matrimonios monógamos, por lo que las mujeres casadas conforme a esas leyes disfrutan de algunos derechos l e gales.

16.2Beneficios

•En caso de fallecimiento de su marido sin haber hecho testamento, cierto porcentaje (al menos la tercera parte de los bienes de su marido) corresponde a la esposa.

•Las leyes reconocen igualdad de derechos de las dos partes a la custodia de los hijos.

•No se puede considerar culpable de conspiración a ninguno de los cónyuges de un matrimonio monógamo, salvo si existe un tercer conspirador.

•Conforme a lo dispuesto en los artículos de la Ley de Pruebas Documentales relativos a la competencia y a la obligación de declarar y viceversa, no se puede obligar a una esposa a declarar ante un tribunal contra su marido.

•Incluso después del divorcio, los cónyuges siguen gozando de inmunidad por no revelar datos.

•La esposa puede demandar a su marido en relación con sus bienes personales, anteriores o posteriores al matrimonio.

16.3 En el caso de matrimonios regidos por el derecho consuetudinario, con frecuencia se considera a la propia esposa propiedad del marido y en general no se espera que disfrute de igualdad alguna y en forma alguna al respecto. No puede disfrutar de los beneficios que corresponden a una mujer casada conforme al derecho civil. A la muerte de su marido, lo más probable es que quede desposeída. No ocurre así en el caso del marido, que a la muerte de su esposa hereda todas sus propiedades. Los matrimonios regidos por el derecho consuetudinario o el derecho islámico son potencialmente políginos. Las disposiciones sobre la herencia en el derecho islámico conceden cierta protección a los derechos de herencia de la esposa. En la Nigeria oriental las viudas siguen padeciendo una gran discriminación, en particular en materia de legislación relativa a la herencia. La reciente labor de promoción al respecto por parte de ONG, con la ayuda de organizaciones internacionales, ha propiciado la adopción de medidas por el poder judicial para proteger a las viudas a fin de que no queden desheredadas.

16.4Derecho legal de las mujeres a adquirir, administrar y poseer bienes

El artículo 43 de la Constitución de Nigeria garantiza a todos los ciudadanos el derecho a adquirir y poseer bienes inmuebles en cualquier parte de Nigeria.

La mujer casada, de conformidad con la Ley del Matrimonio, disfruta también del derecho en pie de igualdad a los activos familiares adquiridos durante la existencia de un matrimonio y a participar en su venta durante el matrimonio o a la muerte de su marido. La educación y la urbanización están infundiendo confianza a muchas mujeres para adquirir, administrar y poseer bienes sin verse discriminadas.

16.5Edad mínima para contraer matrimonio

En la Nigeria meridional, la edad mínima predominante para contraer matrimonio oscila entre los 18 y los 21 años, mientras que en la septentrional oscila entre los 12 y los 15 años. Además, en la parte septentrional del país, las niñas de edad tan temprana como nueve años son entregadas en matrimonio, en función de la edad en que lleguen a la pubertad. La edad de los hombres es tan temprana también como 15 años. Se ha presentado un proyecto de ley en el plano nacional encaminado a armonizar la edad mínima para poder contraer matrimonio en el caso de las mujeres en los 18 años, pero en el caso de los hombres no se ha fijado ninguna.

16.6Hogares encabezados por mujeres

Con la situación socioeconómica de los últimos decenios ha aumentado el nivel de pobreza, en particular de las mujeres. La migración rural-urbana y urbana-urbana ha propiciado un aumento de los hogares encabezados por mujeres en los dos sectores. Los hogares encabezados por mujeres en el sector no estructurado representan el 13,2 por ciento en comparación con los encabezados por hombres, mientras que los datos de la encuesta por muestreo indican que el 16,1 por ciento se encuentran en zonas urbanas frente al 12,2 por ciento que se encuentran en zonas rurales. Esos indicadores exigen una intervención en todos los niveles.

Sección C:

Conclusión

1.0Introducción de la Convención en el derecho interno

El proceso de introducción de la Convención en el derecho interno conforme a la Constitución de Nigeria requiere la aprobación del poder legislativo, que está celebrando un debate al respecto. Sin embargo, el marco favorable al adelanto de la mujer creado por la democratización del país en los tres últimos años ha contribuido inmensamente a la participación de las mujeres en los tres poderes de la Federación. Actualmente hay un proyecto de ley sobre su aplicación en la Asamblea Nacional con miras a su promulgación.

2.0Obligación de eliminar la discriminación

Aunque subsisten las prácticas culturales, se han adoptado numerosas medidas para reducir la discriminación contra la mujer. A partir de las resultados de la encuesta nacional, se están organizando campañas dinámicas y sostenidas para lograr los resultados deseados. El Gobierno ha accedido a adoptar medidas positivas para fomentar la igualdad de género y el adelanto de la mujer. Se están formulando estrategias de sensibilización y concienciación con miras a lograr una mejor comprensión y aceptación de ese concepto. El Gobierno y otros interesados directos están procurando que se tengan en cuenta debidamente las necesidades e intereses particulares de las mujeres en la revisión de la Constitución de 1999.

Los indicadores que figuran en el informe revelan que las mujeres han registrado ciertos avances en su participación y representación en la vida política y pública. La persistente demanda de un 30 por ciento de medidas positivas por parte de los mecanismos encaminados a la consecución de la igualdad de género, las ONG y los grupos y coaliciones de mujeres están logrando las repercusiones deseadas. Las campañas sostenidas en los medios de comunicación y otras formas de defensa de los intereses de las mujeres contribuirán en gran medida a lograr la meta del 30 por ciento.

3.0Situación de la mujer en la educación, la salud y la vida económica y social

Las estadísticas revelan la persistencia de niveles bajos de alfabetización de las mujeres tanto en las zonas rurales como en las urbanas, pese a las medidas adoptadas al respecto por los gobiernos federal y de los estados. Se puede atribuir a sistemas culturales y de creencias religiosas que atribuyen menor valor a la educación femenina.

Otros factores limitadores obedecen a insuficiencias en materia de finanzas, gestión, planificación, estadísticas, supervisión y evaluación en el sector educativo. No se dispone de datos sobre el nivel de analfabetismo entre las mujeres rurales. Aunque no se han modernizado los programas de estudios para informar a las mujeres sobre sus derechos, el Gobierno y las ONG han formulado material didáctico encaminado a ilustrar a los grupos de mujeres y a las estudiantes sobre sus derechos. Sin embargo, se abrigan esperanzas de poder luchar contra las tendencias negativas con la aplicación plena de la política educativa del Gobierno, encaminada a fomentar la educación femenina mediante la ejecución del programa de educación básica universal.

Pese a las prácticas discriminatorias contra las mujeres en el empleo, se están ejecutando varios programas que tienen repercusiones positivas en el empleo femenino. Gracias a ello, ha habido un ligero aumento del número de mujeres que cuentan con empleos remunerativos.

El Gobierno, teniendo presentes los negativos datos resultantes de los indicadores de salud correspondientes a las mujeres, está tomando la delantera con la adopción de medidas encaminadas a reducir las tasas de mortalidad y morbilidad maternas, neonatales e infantiles mediante iniciativas relativas a unos servicios de salud favorables para las mujeres y los niños, acompañados de servicios eficientes de planificación de la familia y una mayor concienciación en materia de educación sobre la salud y el VIH/SIDA para proteger a las mujeres de ese flagelo y mejorar su salud reproductiva y sus derechos.

Durante el período al que se refiere este informe, se han adoptado medidas para velar por la eliminación de la discriminación contra la mujer en la vida social y económica. Aun así, varios obstáculos siguen impidiendo el disfrute pleno por parte de las mujeres de sus derechos socioeconómicos. Para mejorar el acceso de las mujeres a dichos derechos, se debe permitir el recurso a la justicia a fin de lograr el cumplimiento de las disposiciones constitucionales pertinentes.

4.0Otros obstáculos a la igualdad de la mujer

Las estadísticas de que se dispone confirman que la incidencia de la explotación sexual con carácter comercial y la trata de mujeres ha cobrado dimensiones alarmantes en Nigeria. Para poner coto a esa tendencia y remediar esa situación, el Gobierno y la sociedad civil están combinando sus intervenciones encaminadas a documentar esa tendencia, oponer la legislación oportuna, sensibilizar al público y brindar rehabilitación.

Si bien el artículo 14 establece la necesidad de que las mujeres rurales alcancen la igualdad y la equidad en el desarrollo y el mantenimiento de los recursos rurales, en el informe se ponen de relieve muchos problemas que les impiden alcanzar esas metas. En vista de esa situación, el Gobierno está adoptando medidas y ejecutando programas en los planos federal, estatal y local para abordar esas cuestiones.

El artículo 42 de la Constitución de 1999 garantiza la ausencia de discriminación por razón de sexo y la necesidad de velar por que los hombres y las mujeres tengan igualdad de acceso a los tribunales en materia de contratos, agravios y asuntos civiles; sin embargo, dado el desconocimiento de la ley y la condición inferior atribuida a la mujer, en la práctica la capacidad jurídica de las mujeres en materia de contratos suele ser limitada.

5.0La vía por la que avanzar

Durante el período al que se refiere este informe, el Gobierno ha adoptado medidas notables que mejorarán el nivel de vida de las mujeres. La nueva cooperación entre el Gobierno y las organizaciones de la sociedad civil, gracias a la actual administración democrática, ha creado las condiciones favorables para luchar contra los obstáculos a la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el país.

Apéndice I

Ministerio federal de asuntos de la mujer y desarrollo de la juventud

Solicitud de aportaciones

Informes cuarto y quinto del país relativos a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

El Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud está preparando los informes cuarto y quinto combinados del país relativos a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que debe presentar al Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en julio de 2002, a más tardar.

Este anuncio va encaminado a solicitar a los miembros de los gobiernos federal, estatales y locales, las instituciones académicas, los organismos de desarrollo, las organizaciones de medios de comunicación, las organizaciones empresariales, las organizaciones no gubernamentales, los grupos de la sociedad civil, las personas y el público en general que presenten sus aportaciones sobre la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas a la dirección citada infra.

Dichas aportaciones deben constar de informes, estadísticas, datos y evaluaciones de las repercusiones de los programas, resultados positivos y negativos de las intervenciones, reformas sociales, legislación y proyectos emprendidos desde 1994. Los interesados deben centrar sus aportaciones en los asuntos comprendidos en los artículos y cuestiones enumerados a continuación y que figuran en el documento de la Convención:

Artículo 1:Definición de la discriminación contra la mujer

Artículo 2:Obligación de eliminar la discriminación

Artículo 3:Desarrollo y adelanto de la mujer

Artículo 4:Aceleración de la igualdad entre los hombres y las mujeres

Artículo 5:Funciones de los sexos y estereotipos a ese respecto

Artículo 6:Abolición de la explotación de la mujer

Artículo 7:Vida política y pública

Artículo 8:Representación y participación internacional

Artículo 9:Nacionalidad

Artículo 10:Educación

Artículo 11:Empleo

Artículo 12:Igualdad en el acceso a la atención médica

Artículo 13:Prestaciones sociales

Artículo 14:La mujer en las zonas rurales

Artículo 15:Igualdad ante la ley y en materia de asuntos civiles

Artículo 16: Igualdad ante la ley: matrimonio y familia.

Además, se agradecerá la presentación de informes sobre innovaciones y procedimientos idóneos que hayan mejorado positivamente la situación y el bienestar de las mujeres en los planos nacional, estatal y comunitario.

Todas las comunicaciones deberán presentarse mecanografiadas y entregarse personalmente o enviarse por correo postal o electrónico antes del 28 de febrero de 2002 en la

CEDAW TECHNICAL SECRETARIAT

C/o The Director, Women Affairs Depart., Room 021,

Federal Ministry of Women’s Affairs and Youth Department

Federal Secretariat Complex

Shehu Shagari Way, Maitama

P.M.B. 229

Garki – Abuja

Nigeria.

Correo electrónico: ngcedaw@yahoo.com

o en la

FMWAYD CEDAW TECHNICAL SECRETARIAT

C/o The Regional Director,

UNIFEM,

11, Oyinkan Abayomi Close

Iyoki, Lagos.

Se pueden obtener aclaraciones e información suplementarias llamando al teléfono 234-9-5237113. Las aportaciones recopiladas serán examinadas en un Foro de ONG que se reunirá antes del final de mayo de 2002.

Apéndice II

Lista de determinadas organizaciones no gubernamentales

Agape is a Birthright

Comité de Concienciación de las Mujeres de Anambra (AWAC)

BAOBAB por los Derechos de la Mujer

Organización de Mujeres Católicas (CWO)

Centro para el Progreso de las Ciencias Sociales (CASS)

Centro para el Adelanto y la Potenciación de la Mujer (CWAE)

Centro de Formación y Actividades en pro de la Igualdad Sexual

Child Care Trust

Centro de Documentación y Desarrollo de los Recursos Civiles (CIRDDOC)

Comité de Defensa de los Derechos Humanos (CDHR)

Asociados Comunitarios en pro del Desarrollo (CPD)

Fundación Defensores del Desarrollo de la Mujer (COWDEF)

Fundación Hijas de Abraham

Federación de Asociaciones de Mujeres de Akwa-Ibom (FAIWA)

Federación de Asociaciones de Mujeres Musulmanas (FOMWAN)

FORWARD

Equipo de Acción en pro de la Igualdad Sexual (GAT)

Acción en pro del Desarrollo y la Igualdad Sexual (GADA)

Equipo de Acción en pro de la Igualdad Sexual (GAT)

Acción en pro del Desarrollo y la Igualdad Sexual (GADA)

Iniciativa Poder Femenino (GPI)

Federación Internacional de Abogadas (FIDA)

Comisión de Paz y Desarrollo de la Justicia

Proyecto de Defensa y Asistencia Jurídicas (LEDAP)

Centro de Investigaciones y Desarrollo de los Recursos Jurídicos (LRRDC)

Asociación Nacional de Pequeños Industriales

Asociación Nacional de Mujeres Periodistas (NAWOJ)

Asociación Nacional de Sociedades Femeninas (NECWS)

Programa Nacional para Jóvenes con Sida (NYAP)

Asociación Nacional de Empresarias (NAWE)

Organización en pro de los Humedales del Delta del Níger

Mujeres del Delta del Níger por la Justicia

Congreso Laboral de Nigeria (NLC)

Asociación de Mujeres del Norte de Cross River

Proyecto Alerta sobre la Violencia contra la Mujer (PAVAW)

Iniciativas sobre el Derecho a la Vivienda (SRI)

Sociedad para el Bienestar de las Presas (SWEP)

Sociedad de Mujeres con Sida de Nigeria (SWAAN)

Colectivo de Ayuda a las Mujeres (WDCOL)

Consorcio de Mujeres de Nigeria

Mujeres en el Derecho y el Desarrollo en África (WILDAF)

Mujeres en Nigeria (WIN)

Vigilantes de los Derechos de las Minorías de Mujeres (WMRM)

Foro de Mujeres Creadoras de Opinión (WOLF)

Centro de Desarrollo y Derechos de la Mujer (WORDEC)

Fundación para la Erradicación de la Trata de Mujeres y del Trabajo Infantil (WOTCLEF)

Centro para la Mujer, el Derecho y el Desarrollo (WLDCN)

Alternativa de Protección y Adelanto de los Derechos de la Mujer (WRAPA)

Apoyo de los Jóvenes a la Gestión Democrática de los Asuntos Públicos (YSDG)

Referencias

1.Coalición de ONG de Nigeria para la redacción de un informe paralelo sobre la Convención, febrero de 2001

NGOs CEDAW Report for Nigeria

2.Comisión de Planificación de Abuja y UNICEF, Nigeria 2001

Children’s and Women’s Rights in Nigeria. A wake-up call Situation Assessment and Analysis

3.República Federal de Nigeria

Constitución de la República Federal de Nigeria (1999)

4.Ministerio Federal de Asuntos de la Mujer y Desarrollo de la Juventud de Nigeria ‘ Febrero de 2000

i. Report of Training for CEDAW Technical Secr e tariat and NGOs on CEDAW Report Writing 2000

ii. Cedaw Reports from States Gender Machinery 2001

iii. National Policy on Women (2000)

iv. Baseline Survey on Positive and Harmful Traditional Practices (HTPs) affecting Women and Children in Nigeria (1998)

5.Oficina Federal de Estadística

i. Multiple Indicator Cluster Survey 1999

ii. Annual Abstract of Statistics 1999

iii. Social Statistics in Nigeria 1999

iv. General Household Survey 1995/96 to 1998/99

v. Statistical Article of Nigerian Women 1995, 1997

vi. National Agricultural Sample Census 1993/1994

vii. Poverty Profile of Nigeria 1980 – 1996

6.Junta Nacional de Recursos Humanos de Nigeria

National Manpower Statistics Bulletins

7.Comisión Nacional Electoral Independiente de Nigeria

Compendium of Electoral Results in Nigeria 1999

i. National Assembly (Senators)

ii. National Assembly (House of Representatives)

iii. Governors and Deputy Governors/State Houses of Assembly

iv. Local Government Areas

8.Ministerio Federal de Educación

i. Comprehensive Education Analysis Project 2000

ii. National Policy on Education, 1981

iii. Statistics of Education in Nigeria, 1996

iv. Blue Print on Women Education in Nigeria, 1999

9.Ministerio Federal de Salud

i. The National Health Policy and the Strategy to Achieve Health for All Nigerians (1998)

ii. Nigeria Health profile (1992/93)

iii. Health in Nigeria (1994/95)

iv. Sector Reform, Medium Term Plan of Action (2000)

v. National Breastfeeding Policy (1990)

vi. National Reproductive Health Policy and Stra t egy (2001)

vii. National Policy on Food and Nutrition in Nigeria (2001)

viii. National Policy on Population for Development, Unity, Progress and Self-Reliance (1988)

10.Protección jurídica de los derechos de la mujer

A Compilation of Domestic and International Standards, publicada por Shelter Rights Initiative, Lagos 2001.

11. Update on Women ’s Socio-Economic Rights in Nigeria

Por R. U. Onyegu y J. Essiet, Shelter Rights Initiative, Lagos 2002

12.Ladan, M.T.

Introduction to International Human Rights and Humanitarian Laws, 2001, Ahmadu Bello University Press, Zaria, Nigeria, capítulo 3

13.Ladan, M.T.

Law, Human Rights and the Administration of Justice in Nigeria (ed) 2001, Ahmadu Bello University Press, Zaria, Nigeria, págs. 66-96 y 183-217.

14.UNESCO

Janusz, S. y Vladimir V., Human Rights of Women, 1999

15.Abiola, A.A. y Akinbode R.

Women and Constitutionalism in Nigeria, 2001, publicado por WARD C, Lagos.

16.Centro de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Ginebra

Hoja informativa No. 22, Discrimination Against Women: The Convention and the Committee, 1994

17.Ezeilo, Joy

Women and Children’s Rights in Nigeria, 2001, publicado por Women’s Aid Collective, Enugu (Nigeria)

18.UNIFEM Y cinu, Lagos (Nigeria)

Beijing Declaration and Platform for Action, 1995

19.Declaración de Abuja sobre la trata de personas

Women Trafficking and Child Labour Eradication Foundation 2001 (WOTCLEF)