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Introducción

9

Declaración con respecto a las observaciones formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer con ocasión de examinar los informes que le fueron presentados

10

Parte I.Condiciones de vida de la mujer en la República Federal de Alemania

24

1.Población

24

2.Marco jurídico y político

25

2.1.Ley modificatoria de la Ley de extranjería (Ausländergesetz)

25

2.2.Enmienda de la Ley federal relativa a la ayuda para la crianza de los hijos (Bundeserziehungsgeldgesetz)

25

2.3.Ley relativa al trabajo a jornada parcial y los contratos de empleo de duración determinada

26

2.4.Reforma de la Ley relativa a los estatutos de las fábricas (Betriebsverfassungsgesetz)

26

2.5.Ley relativa a las parejas registradas (Gesetz über eingetragene Lebenspartnerschaften)

27

2.6.Ley relativa a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Administración Federal y los tribunales de la Federación

27

2.7.Ley que reglamenta la situación jurídica de las prostitutas (Gesetz zur Regelung der Rechtsverhältnisse der Prostituierten)

29

2.8.Ley de protección contra la violencia (Gewaltschutzgesetz)

29

2.9.Ley de ampliación de los derechos de los niños (Kindesrechteverbesserungsgesetz)

29

3.Marco económico y social

30

3.1.Evolución de las estructuras económicas

30

3.2.Educación y capacitación

30

3.2.1.Observaciones generales

30

3.2.2.Capacitación en el marco del sistema dual

31

3.2.3.Capacitación de la mujer en ocupaciones relacionadas con la tecnología de la información y la comunicación

31

3.3.La mujer en los institutos de enseñanza superior e investigación

33

3.3.1.Observaciones generales

33

3.3.2.Resultados del Tercer Programa Especial de las Universidades (HSP III)

34

3.3.3.Investigación sobre la mujer y las cuestiones de género

37

3.4.Vida laboral

37

3.4.1.Índice de empleo

37

3.4.2.Índice de desempleo

38

3.4.3.Comparación entre los antiguos y los nuevos Länder federales

38

3.4.4.Empleo a jornada parcial

38

3.4.5.Títulos y méritos de la mujer y el tipo de su ocupación

39

3.4.6.Promoción de los trabajadores

39

3.4.7.Enmienda de la Ley relativa a la promoción de los trabajadores – Reforma del Libro III del Código de la Seguridad Social (SGB III) y de la Ley de Empleo AQTIV

40

3.4.8.Otras reformas jurídicas

41

3.4.9.Empleo insignificante

41

3.4.10.Acuerdo para promover la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en la empresa privada

41

3.4.11.El programa “La mujer y el trabajo”

42

3.4.12.Informe sobre la igualdad de remuneración

42

3.4.13.La mujer en la sociedad de la información

45

3.4.14.La mujer en la cultura y los medios de comunicación

46

3.4.15.La mujer como empresaria y fundadora de empresas

46

4.La mujer en la agricultura y las zonas rurales

48

4.1.La situación de la mujer en la agricultura

48

4.2.Promoción de las posibilidades de empleo para la mujer en el sector de la agricultura

50

5.La mujer en la vida pública

50

5.1.Observaciones generales

50

5.2.Participación de la mujer a escala federal

51

5.3.Participación de la mujer en el plano de los Länder

52

5.4.Participación de la mujer en el plano municipal

52

5.5.Participación de la mujer en los sindicatos

52

6.Instituciones públicas y organismos que promueven la igualdad de derechos entre mujeres y hombres

53

6.1.Comisionados para la igualdad y los asuntos de la mujer en organismos e instituciones públicas

53

6.2.Comisionados federales para la igualdad

53

6.3.Grupo de trabajo interministerial

53

6.4.Mecanismos que promueven la igualdad en los Länder

54

6.5.Juntas municipales para la igualdad de oportunidades

55

6.6.Registro del Grupo de trabajo federal de las oficinas de la mujer y las juntas para la igualdad de oportunidades

55

6.7.Comisionados para asuntos de la mujer y la igualdad de derechos en los institutos de enseñanza superior

56

6.8.Comisionados para la igualdad de oportunidades en el mercado laboral

56

7.Medios de hacer efectiva la igualdad de derechos

56

7.1.Importancia de la integración de las cuestiones de género

57

7.2.Marco condicionante – requisitos políticos y jurídicos

58

7.3.La estrategia de ejecución del Gobierno federal

58

8.La mujer en situaciones especiales

61

8.1.La mujer con discapacidad

61

8.1.1.Modificación de la política relativa a las personas discapacitadas

61

8.1.2.Reformas legales

61

8.1.3.Promoción de proyectos

63

8.2.La mujer de edad avanzada

64

8.2.1.La situación de la mujer de edad avanzada

64

8.2.2.Metas de la política de promoción de la igualdad para las mujeres de edad avanzada

65

8.2.3.La seguridad social para las mujeres de edad

65

8.2.4.Las mujeres de edad que son inmigrantes en Alemania

67

8.3.Las mujeres que buscan asilo en Alemania

67

Parte II.Las disposiciones de la Convención y su aplicación en la República Federal de Alemania

69

1.Artículo 1: Definición de “discriminación”

69

2.Artículo 2: Medidas parlamentarias encaminadas a eliminar la discriminación contra la mujer

70

2.1.La Constitución

70

2.2.Ley relativa a la Igualdad y Ley para el Adelanto de la Mujer

70

2.3.Ley de reforma de la Ley de asistencia a las mujeres embarazadas y las familias

71

2.4.Otras leyes

71

3.Artículo 3: Medidas para promover y salvaguardar el pleno desarrollo de la mujer

72

4.Artículo 4: Adopción de medidas especiales de conformidad con el artículo 4

72

5.Artículo 5: Eliminación de funciones estereotipadas y promoción de la responsabilidad común de mujeres y hombres en cuanto a la educación y la formación de sus hijos

73

5.1.Armonización de la familia con el trabajo profesional

73

5.2.Nueva imagen de la paternidad

74

5.3.Medidas para combatir la violencia contra la mujer

74

5.3.1.Plan de Acción del Gobierno federal

74

5.3.2.Medidas legislativas

75

5.3.3.Medidas que acompañan a la legislación

78

5.3.4.Medidas para prevenir y combatir el abuso sexual de niños y menores de edad

79

6.Artículo 6: Represión de la trata de mujeres y la prostitución forzada

84

6.1.Medidas de lucha contra la trata de niños y mujeres, la pornografía infantil y el turismo sexual

85

6.2.Establecimiento del Grupo de Trabajo sobre la trata de Mujeres

86

6.3.Otras medidas de lucha contra la trata de mujeres

87

6.4.Procedimientos de investigación con respecto a los alemanes que cometen abusos sexuales en el extranjero

88

6.5.Medidas legales

89

7.Artículo 7: Participación de la mujer en la vida política y pública

90

7.1.Ley federal relativa a los nombramientos en organismos (Bundesgremienbesetzungsgesetz)

90

7.2.Programas de acción comunitaria de la Unión Europea en pro de la igualdad entre mujeres y hombres

91

7.3.Compromiso de la mujer con las iglesias

92

7.4.Organizaciones femeninas

93

7.5.La mujer en los medios de comunicación

93

8.Artículo 8: Participación de la mujer en el plano internacional

94

8.1.La esfera de las Naciones Unidas

94

8.2.La esfera de la Unión Europea

95

8.3.Servicio diplomático de la República Federal de Alemania

95

9.Artículo 9: Nacionalidad de la mujer y los hijos

96

10.Artículo 10: Igualdad de derechos de la mujer y el hombre en las esferas de la educación y el deporte

96

10.1.La mujer y el deporte

97

10.2.Educación y asesoramiento en planificación de la familia

98

11.Artículo 11: Igualdad de derechos de mujeres y hombres en la esfera del empleo

99

11.1.El Código Civil y otras leyes

100

11.2.La administración pública de la Federación

102

11.3.Ley de protección de la maternidad

103

11.4.Diferencias de ingresos relacionadas con el género

103

11.5.Armonización de la familia con el trabajo profesional/Política en favor de la mujer en el mercado de trabajo

104

11.5.1.Armonización de la familia con el trabajo profesional

104

11.5.2.La política de mercado de trabajo para la mujer – proyectos de modelos del Gobierno federal

109

11.5.3.La iniciación de actividades comerciales

110

11.6.El derecho a la seguridad social

111

12.Artículo 12: Igualdad de derechos del hombre y la mujer en la esfera de la atención de la salud

113

12.1.Necesidades propias de la mujer en materia de política de salud

114

12.2.La mujer y las adicciones

115

12.3.Cooperación del Gobierno federal con diversas organizaciones sanitarias

116

12.4.La infección por el VIH y el SIDA

118

12.5.Investigación sobre la salud de la mujer

119

13.Artículo 13: Igualdad de derechos de mujeres y hombres en los sectores económico, social y cultural

120

13.1.Prestaciones y subsidios por los hijos

121

13.2.Equiparación de las prestaciones y servicios familiares en 2002

121

13.3.Reforma de la asignación por vivienda

123

13.4.Reforma de la promoción de la capacitación

123

13.5.La prestación por crianza de los hijos

123

13.6.Volumen financiero

124

14.Artículo 14: Igualdad de derechos de mujeres y hombres de las zonas rurales

125

15.Artículo 15: Igualdad de trato de las mujeres y los hombres en lo tocante a la capacidad jurídica y la elección del lugar de residencia

126

16Artículo 16: Igualdad de derechos de mujeres y hombres en todos los asuntos atinentes al matrimonio y las relaciones familiares

126

16.1.Reforma del derecho matrimonial y de familia

127

16.2.Ley relativa a la herencia y el deber alimentario

129

Apéndices

I.Cuadros y figuras

132

Población de Alemania

132

Cuadro 1.Distribución por edad

132

Cuadro 2.1.Estado civil de la población femenina (2000)

132

Cuadro 2.2.Cantidad de hijos por familia (hijos menores de 18 años de edad)

133

La mujer en el trabajo

134

Cuadro 3.1.Cantidad y proporción de mujeres con empleo remunerado (1988-2001)

134

Cuadro 3.2.Cantidad y proporción de mujeres con empleo remunerado en los distintos sectores ocupacionales

135

Cuadro 3.3.Distribución de las mujeres con empleo remunerado por grupo ocupacional

136

Cuadro 3.4.Comparación entre los ingresos de las mujeres y los hombres

137

Cuadro 3.5.Evolución del desempleo femenino – Promedios anuales (Antiguo Territorio federal)

139

Cuadro 3.6.Evolución del desempleo femenino – Promedios anuales (Nuevos Länder y Berlín oriental)

139

Cuadro 3.7.Personas que trabajan por cuenta propia en Alemania

140

La mujer en la educación

141

Cuadro 4.1.Proporción de alumnas en los establecimientos de enseñanza general (en %)

141

Cuadro 4.2.1.Pasantes del sexo femenino en grupos ocupacionales determinados

141

Cuadro 4.2.2.Pasantes del sexo femenino en las 10 ocupaciones en que más predominan los hombres (Alemania, 2001)

142

Cuadro 4.2.3.Pasantes que celebraron un nuevo contrato de pasantía en 2001 para ejercer alguna de las 10 ocupaciones más comunes que requieren formación profesional

143

Cuadro 4.2.4.Pasantes por Land (sistema dual)

144

Cuadro 4.2.5.Estudios ya cursados por los pasantes que celebraron un nuevo contrato de pasantía en 1996 y 2001

145

Cuadro 4.2.6.Alumnos y alumnas de las escuelas profesionales en el sistema dual, por edad

145

Cuadro 4.3.1.Proporción de mujeres entre los alumnos de institutos de enseñanza superior en el primer semestre universitario

146

Cuadro 4.3.2.Proporción de mujeres entre los alumnos de institutos de enseñanza superior

146

Cuadro 4.3.3.Alemanes que reanudan sus estudios en universidades durante el primer semestre lectivo (semestre invernal) de los institutos de enseñanza superior, por esferas temáticas (en %)

147

Cuadro 4.3.4.Alemanes que reanudan sus estudios en colegios técnicos durante el primer semestre lectivo (semestre invernal) en la Universidad, por esferas temáticas – Proporción de mujeres con respecto al total (en %)

148

Cuadro 4.4.La mujer en la educación y la ciencia en el año 2000 (total en %)

149

II.Panorama de las medidas adoptadas a partir de 1998 para convertir en realidad el concepto de igualdad de derechos

150

1.Derecho escrito

150

2.Otras medidas y hechos pertinentes en función de la política relativa a la igualdad de derechos (a partir de mayo de 1998)

156

3.Medidas adoptadas por los organismos de los Länder encargados de promover la igualdad

159

3.1.Eje del trabajo

159

3.2.Medidas y programas generales y particulares

159

4.Publicaciones del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud sobre temas relacionados con la igualdad

205

4.1.Serie de publicaciones del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud

205

4.2.Folletos, informes, documentos y materiales relativos a la política desarrollada por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud en materia de igualdad

206

5.Publicaciones de otros Ministerios y organismos federales sobre temas relacionados con la igualdad

215

III.Examen de los informes realizado el 1° de febrero de 2000 por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer*

* El texto del Apéndice figura en el documento A/55/38/Rev.1. También se puede consultar en http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw .

Introducción

En abril de 1985, la República Federal de Alemania ratificó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979. La Convención entró en vigor para la República Federal de Alemania el 9 de agosto de 1985 (Boletín Oficial de las leyes federales [BGBI], Parte II, pág. 1234). Se convino en aceptar la Convención haciendo la salvedad de que el inciso b) del artículo 7 de la Convención no sería aplicable en la medida en que contradice lo dispuesto en la segunda oración del párrafo 4 del artículo 12a de la Ley orgánica de la República Federal de Alemania (Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland) (“En ningún caso las mujeres podrán prestar servicios con armas”).

En virtud de la enmienda de la segunda oración del párrafo 4 del artículo 12a de la Ley orgánica, que entró en vigor el 23 de diciembre de 2000 (Boletín Oficial de las leyes federales, Parte I, pág. 1755), el servicio voluntario de las mujeres, que supone la utilización de armas en las Fuerzas Armadas Federales, quedó encuadrado en un claro marco constitucional y las mujeres lograron acceso a todos los sectores de las fuerzas armadas. Por consiguiente, el 10 de diciembre de 2001 la República Federal de Alemania declaró que retiraba la reserva al inciso b) del artículo 7 de la Convención, de conformidad con la primera oración del párrafo 3 del artículo 28 de la misma Convención.

En marzo de 1988, la República Federal de Alemania presentó su primer informe sobre la aplicación de la Convención, en cumplimiento del artículo 18 de la Convención (CEDAW/C/5/Add.59). En enero de 1990, la República Federal de Alemania presentó una actualización y complemento de su informe con miras a su examen por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en su noveno período de sesiones (CEDAW/C/5/Add.59/Amend.1).

La República Federal de Alemania presentó sus informes segundo y tercero en cumplimiento del artículo 18 de la Convención (CEDAW/C/DEU/2-3) en el otoño de 1996. Aprovechó de esa manera la posibilidad que le brindaba el Comité de combinar dos informes que en conjunto abarcaran un período más largo. Así pudo prestar consideración especial a los cambios derivados de la unificación de Alemania. Dicho documento se basa en el primer informe y describe la evolución de la igualdad de derechos en Alemania a partir de 1990 en relación con los distintos artículos de la Convención.

En 1998, la República Federal de Alemania presentó su cuarto informe nacional, que entrañó la actualización de sus informes segundo y tercero y, en gran medida, el mantenimiento de la estructura y la presentación de éstos.

El 15 de enero de 2002, la República Federal de Alemania ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención, que entró en vigor para el país el 15 de abril de 2002, tres meses después de haber sido depositada la carta de ratificación.

Ahora la República Federal de Alemania presenta su quinto informe nacional en cumplimiento del artículo 18 de la Convención. Es una versión actualizada del cuarto informe y se han evitado las repeticiones. Por lo tanto, todos los informes deberían ser consultados junto con el presente informe para lograr una mejor comprensión global de los acontecimientos.

Declaración con respecto a las observaciones formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer con ocasión de examinar los informes que le fueron presentados

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer examinó los informes periódicos segundo y tercero combinados y el cuarto informe periódico de la República Federal de Alemania (CEDAW/C/DEU/2-3 y 4) en sus sesiones 464ª y 465ª, celebradas el 1º de febrero de 2000.

Además de destacar los aspectos positivos, descritos en particular en los párrafos 11 a 17, el Comité señaló los problemas existentes y formuló recomendaciones en los párrafos 19 a 46.

De conformidad con las recomendaciones del Comité, en el presente informe se ha procurado ir más allá de la descripción y el análisis de las medidas adoptadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todas las esferas de su vida y hacer más hincapié en la evaluación de sus efectos.

Referencias (Ref.) a los distintos párrafos

Ref. a los párrafos 3 y 17

La representante señaló que, el 10 de diciembre de 1999, Alemania había fi r mado el Protocolo Facultativo de la Convención. En el año 2000 se iniciaría el pr o ceso de ratificación, junto con el de la aceptación de la enmienda del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención. A la luz de la reciente decisión del Tribunal de Just i cia Europeo sobre la prohibición vigente en Alemania de que las mujeres lleven a r mas, Al e mania evaluaría su reserva al inciso b) del artículo 7 de la Convención.

El Comité observa que el Gobierno, al evaluar las repercusiones de una decisión del Tribunal de Justicia Europeo con respecto al papel de la mujer en las fuerzas arm a das alemanas, evaluará su reserva al inciso b) del artículo 7 de la Conve n ción.

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979, entró en vigor el 3 de septiembre de 1981 en el ámbito del derecho internacional y el 9 de agosto de 1985 en Alemania. Es uno de los instrumentos jurídicos fundamentales en la esfera de los derechos humanos de la mujer. En el artículo 1 de la Ley de 25 de abril de 1985, en virtud de la cual se ratificó la Convención, se formuló la siguiente reserva:

•Al presente se acepta ... la Convención ... con la salvedad de que el inciso b) del artículo 7 de la Convención no es aplicable en la medida en que contradice lo dispuesto en la segunda oración del párrafo 4 del artículo 12a de la Ley orgánica.

La representante de la República Federal ya había declarado en la sesión del 1º de febrero de 2000 que Alemania evaluaría su reserva al inciso b) del artículo 7 de la Convención a la luz de la decisión del Tribunal de Justicia Europeo.

De resultas de la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 11 de enero de 2000 en la causa C-285/98 (Tanja Kreil), el 19 de diciembre de 2000 se promulgó la ley por la cual quedó enmendada la segunda oración del párrafo 4 del artículo 12a de la Ley orgánica, que ahora reza así: “En ningún caso se las podrá obligar (a las mujeres) a prestar servicios con armas”. Con esta enmienda de la Ley orgánica y la consiguiente reforma de las ordenanzas y disposiciones reglamentarias, el Parlamento colocó el servicio voluntario de la mujer, aunque suponga el uso de armas, en un claro marco constitucional y legal. Han sido revocadas las restricciones anteriores que limitaban el servicio militar de la mujer a la participación en unidades sanitarias y en formaciones de música. Por consiguiente, ahora las mujeres, como voluntarias, pueden incorporarse en las fuerzas armadas alemanas en calidad de soldados profesionales o regulares o, sobre la base de un compromiso contraído también voluntariamente, pueden prestar servicios individuales, como por ejemplo realizar ejercicios en tiempos de paz o participar en despliegues especiales de tropas en el exterior. Con la enmienda constitucional se establece la igualdad de oportunidades para la mujer en las fuerzas armadas.

La reserva al inciso b) del artículo 7 de la Convención resulta ahora obsoleta porque se han establecido condiciones en virtud de las cuales la mujer dispone de los mismos derechos que el hombre para incorporarse en las fuerzas armadas. El retiro de la reserva por parte de la República Federal de Alemania rige desde el 10 de diciembre de 2001.

Ref. a los párrafos 21 y 22

Preocupa al Comité que, si bien se han adoptado una serie de medidas, la aplicación de la Convención respecto de las mujeres que habitan los nuevos Länder sigue retrasada con respecto a las mujeres que viven en los antiguos Länder. Pre o cupa también al Comité que las mujeres de los nuevos Länder, que solían contar con pleno empleo, representan en la actualidad el 20,7% de los desempleados. Tal po r centaje es desproporcionadamente elevado frente al de los hombres desempleados en los nuevos Länder, así como a la tasa general de desempleo de la mujer en Al e mania.

El Comité insta al Gobierno a que siga orientando esfuerzos al mejoramiento de la situación de la mujer de los nuevos Länder en la esfera del trabajo y el empleo y al desarrollo de su bienestar social en general.

Habida cuenta de que el Comité instó a adoptar medidas orientadas al mejoramiento de la situación de la mujer de los nuevos Länder en la esfera del trabajo y el empleo, durante el período que abarca el presente informe se han adoptado en el mercado laboral numerosas medidas de política activa, como por ejemplo la promulgación de la Ley de Empleo AQTIV (sigla derivada de cinco palabras alemanas que significan Activación, Cualificación, Capacitación, Inversión y Comunicación) (véase 3.4.7 de la Parte I).

No obstante, en esta situación es preciso tener en cuenta que el colapso prácticamente total de la economía de la antigua República Democrática Alemana después de la Reunificación sigue repercutiendo muy fuertemente en el mercado laboral y en el empleo de mujeres y hombres. En efecto, el mercado laboral controlado por el Estado en la antigua República Democrática Alemana condujo a la casi completa integración de la mujer: a un alto grado de aceptación en la sociedad se sumaba la

necesidad económica de que la mujer trabajara. También había una red estatal de guarderías y jardines de infancia que permitía conciliar el cuidado de la familia con las obligaciones profesionales.

Ref. al párrafo 23

Preocupa al Comité que en los programas, leyes y normas instituidos por el Gobierno no se vele por que la obligación constitucional de promover la aplicación de la igualdad de hecho de la mujer se entienda como una responsabilidad de la s o ciedad y se cumpla en la práctica.

Ante la preocupación del Comité, cabe señalar que la situación ha mejorado considerablemente desde la presentación del último informe al CEDAW como consecuencia de las leyes promulgadas y de otras iniciativas aprobadas en el período que se examina. La igualdad de hecho entre mujeres y hombres, cuya aplicación se pide promover, está prevista constitucionalmente en la segunda oración del párrafo 2 del artículo 3 de la Ley orgánica y, por consiguiente, se plasma en la realidad.

Ref. al párrafo 24

El Comité exhorta al Gobierno a que adopte medidas para que los funcion a rios públicos, incluidos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, contr i buyan a la realización de ese principio en todo el territorio del país. Exhorta al G o bierno a velar por que en la educación superior y la educación jurídica permanente de abogados y magistrados se incluya debidamente el concepto en evolución de la igualdad y la no discriminación y las normas internacionales al respecto. Asimismo, exhorta al Gobierno a velar por la disponibilidad de recursos internos eficaces y su accesibilidad a la mujer, especialmente a la luz de la prevista entrada en vigor del Protocolo Facultativo de la Convención. Asimismo, alienta al Gobierno a referirse directamente a la Convención en sus proyectos legislativos, normativos y progr a máticos puesto que la Convención tiene carácter jurídicamente vinculante y su util i zación aumentaría la conciencia sobre los compromisos internacionales contraídos por el Estado parte.

Entre otras cosas, el Comité se refirió al problema de la educación permanente de los abogados al abordar el tema de la igualdad y la no discriminación de la mujer. De conformidad con el inciso 6 del artículo 43a del Código Federal de Abogacía (Bundesrechtsanwaltsordnung-BRAO), los abogados están obligados a seguir cursillos de educación permanente.

Lo que sigue atañe a los abogados especializados (artículo 43c del Código Federal de Abogacía): Toda persona que ostente el título de abogado especialista debe asistir por lo menos a un cursillo de perfeccionamiento en su especialidad por año, ya sea en calidad de conferenciante o de participante. La duración total del cursillo de perfeccionamiento no será de menos de diez horas. Los abogados deben presentar ante el colegio de abogados los certificados correspondientes sin que haya que pedírselos (artículo 15 del Código de Abogacía especializada [Fachanwaltsordnung]). Se puede cancelar la autorización para utilizar el título de abogado especializado si no se cumple con el requisito de educación permanente que prescribe el Código profesional (segunda oración del inciso 4 del artículo 43c del Código Federal de Abogacía).

Con respecto a la obligación básica de seguir capacitándose de continuo (inciso 6 del artículo 43a del Código Federal de Abogacía), el Comité Jurídico del Parlamento Federal Alemán ha señalado que nada indica que esta obligación tenga que ser reglamentada más pormenorizadamente en el Código profesional porque no hace falta determinar de qué manera cada abogado debe cumplir con su obligación profesional (recomendación vigente e informe, documento impreso 12/7656 del Parlamento Federal [BT-Drs.], pág. 50, ref. No. 25: artículo 59b del Código Federal de Abogacía).

En la Ley profesional no se determinan los temas generales ni las cuestiones particulares que los juristas deben estudiar para estar permanentemente actualizados. A decir verdad, eso sería prácticamente imposible. En cuanto al derecho civil, los abogados están obligados a seguir estudiando de continuo para estar en condiciones de encargarse como es debido de la comunicación (artículo 276 del Código Civil).

Una de las misiones del Colegio Federal de Abogados (BRAK) consiste en promover la formación profesional permanente de los abogados (inciso 2 No. 6 del artículo 177 del Código Federal de Abogacía). El Colegio Federal de Abogados apoya, por ejemplo, la labor del “Instituto Alemán de Abogados” en la esfera de la capacitación ulterior. Los colegios de abogados, en especial el Colegio Alemán de Abogados, y otras instituciones privadas que brindan una mejor formación a los juristas, completan la gama de servicios ofrecidos.

Como señaló el Comité, en el ámbito judicial en general y en el Poder Judicial en particular se ofrece, entre otras cosas, una amplia variedad de cursos de capacitación en los temas de la igualdad y la no discriminación contra la mujer. Cabe destacar especialmente a la Academia Alemana de Jueces, apoyada y financiada conjuntamente por la Federación y los Länder, que todos los años organiza conferencias sobre esos temas para colaborar en la mayor capacitación no sólo de los procuradores fiscales sino incluso de los jueces de los tribunales nacionales.

Por ejemplo, durante varios años, el problema de “La mujer en el Poder Judicial” y de “La mujer ante el Poder Judicial” ha sido abordado en forma sistemática en diversas conferencias organizadas por la Academia Alemana de Jueces. Por otra parte, las conferencias sobre derecho laboral, como por ejemplo “El derecho europeo en la práctica del derecho laboral”, “Problemas actuales del derecho laboral” y “La ley de promoción del empleo sindicalizado y otras cuestiones de actualidad relacionadas con el derecho laboral”, abordan asimismo temas relacionados con la igualdad y la no discriminación de la mujer.

Además, la Academia Alemana de Jueces ofrece seminarios sobre “La manera de sobrellevar el estrés en el trabajo”, en los que se presta atención a la especial situación de la mujer, dividida entre el trabajo profesional y su familia, y se aportan ideas que permiten acercarse a la solución de ese conflicto.

La condición de la mujer en el seno de la sociedad y de la familia es el tema de gran número de conferencias sobre problemas del derecho que rige las relaciones de familia. Por otra parte, estas cuestiones se examinan cada vez más a menudo en las conferencias en que participan socios europeos, como por ejemplo las conferencias polaco-germana y turco-germana sobre el tema “La protección de la familia” que se celebraron en el año 2000 y en octubre de 2001 respectivamente.

Ref. al párrafo 25

El Comité expresa su preocupación porque continúan las desventajas para la mujer en muchos aspectos del trabajo y la economía. En particular, preocupa al Comité la persistencia de las diferencias salariales entre la mujer y el hombre, a p e sar de los altos niveles de instrucción de la mujer, pues las mujeres ganan como m e dia un 77% de lo que ganan los hombres. Inquieta al Comité que en 1997, si bien las mujeres representaban el 42,1% de las personas que ejercían una actividad r e munerada, comprendían el 88% de las personas con empleo a jornada parcial y el 55,9% de los desempleados. Preocupa al Comité que esas diferencias indiquen la persistencia de la discriminación indirecta contra la mujer en el mercado de trab a jo. También preocupa al Comité que el empleo a jornada parcial suela ocurrir en las ocupaciones que requieren mano de obra menos calificada y ofrecen menos oportunidades para el adelanto profesional.

En cuanto a las preocupaciones expresadas por el Comité con respecto a las desventajas para la mujer en muchos aspectos del trabajo y la economía, se remite al lector a la información que se proporciona en la sección 1.3.4 del presente informe y al cuadro 3.4 actualizado (del Apéndice). Además, cabe señalar lo siguiente:

El número de empleados a jornada parcial incluidos en el sistema de previsión social aumentó en un 8% entre 1977 y 2000 y llegó a 3.925.690. En relación con la totalidad de los trabajadores incluidos en dicho sistema, la proporción de empleados a jornada parcial llegó, pues, a 14,1%. El empleo a jornada parcial sigue siendo un campo en que predominan las mujeres, que representaban 86% de la totalidad de los empleados a jornada parcial en el año 2000. No obstante, la tendencia de los últimos años indica que el empleo a jornada parcial es una modalidad laboral donde cada vez es más razonable suponer que también encuentran cabida los hombres. Mientras el número de trabajadoras a jornada parcial aumentó tan sólo un poco menos de 4% entre 1997 y 2000, el incremento del número de trabajadores a jornada parcial fue de 46%. Se puede prever que esta evolución se acentuará aún más como consecuencia de la Ley relativa al trabajo a jornada parcial y a los contratos de empleo por un período determinado (Gesetz über Teilzeitarbeit und befristete Arbeitsverträge), que entró en vigor el 1º de enero de 2001. La Ley es importante para el mercado laboral porque persigue un doble objetivo: por un lado, garantizar y aumentar el empleo y, por el otro, otorgar a empleadas y empleados el derecho a trabajar a jornada parcial, con lo que se permite que tanto las mujeres como los hombres, en la misma medida, concilien más eficazmente la atención de la familia y del trabajo profesional y realicen sus planes individuales. Por consiguiente, las disposiciones de la Ley promueven la igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres.

Ref. al párrafo 26

El Comité insta al Gobierno a que vele por que la definición de la discrimin a ción contenida en el artículo 1 de la Convención, en particular la prohibición de la discriminación indirecta que figura en la Convención, quede integrada plenamente en la legislación, sobre todo en la legislación laboral. A ese respecto, acoge co m placido la intención del Gobierno de preparar un informe sobre igualdad de rem u neración en el que se examinen las causas principales de la discriminación salarial. El Comité insta al Estado parte a examinar los sistemas existentes para determinar la igualdad de remuneración por igualdad de trabajo con miras a formular directrices o normas que ayuden a los participantes en las negociaciones colectivas a determinar estructuras salariales comparables en los sectores dominados por la mu jer. El Comité exhorta al Gobierno a que supervise estrechamente los efectos de su nuevo progr a ma sobre la mujer y el trabajo a fin de que se cumplan los propósitos previstos de promover la igualdad de oportunidades para la mujer y el hombre en el medio de trabajo y en la familia y no se perpetúen estereotipos sexuales.

Se ha satisfecho el pedido del Comité de que la definición de la discriminación contenida en el artículo 1 de la Convención, en particular la prohibición de la discriminación indirecta que figura en la Convención, quedara integrada plenamente en la legislación de Alemania, sobre todo en su legislación laboral.

La integración de la definición de la discriminación (directa e indirecta) en la legislación laboral se llevará a cabo en el marco de la aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y de la Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 76/207/CEE relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y la promoción profesionales y a las condiciones de trabajo.

En la actualidad, en la República Federal de Alemania se trabaja en la redacción de la Ley relativa a la prevención de la discriminación en el derecho civil (Gesetz zur Verhinderung von Diskriminierungen im Zivilrecht) y se procura proporcionar señales claras contra la discriminación incluso en las transacciones jurídicas regidas por el derecho civil. Así, se han dictado prohibiciones expresas contra la discriminación similares a las formuladas en el artículo 13 del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea: por ejemplo, la prohibición de discriminar en función del sexo. Además, se proyecta poner en funcionamiento instrumentos que permitan garantizar la aplicación de estas prohibiciones de discriminar en la esfera del derecho civil.

“La mujer y el trabajo” no es un programa excepcional que debe desarrollarse en un plazo determinado, sino un programa que está siempre en marcha y se examina periódicamente para continuarlo. El propósito fundamental del programa es trabajar permanentemente por incorporar la política pro igualdad, imbuida de la idea de “integración de las cuestiones de género”, en todas las actividades normativas y prácticas del Gobierno Federal. Hasta ahora el programa se ha desarrollado durante cuatro años y todas las medidas previstas se han llevado a la práctica o se han puesto en marcha con éxito. Como complemento de las medidas legislativas descritas en la sección 2 de la Parte I, se trabaja en la preparación del primer informe global sobre salarios e ingresos, con el cual el Gobierno Federal pone de relieve su intención de contribuir de la mejor manera posible a la reducción de las diferencias salariales entre mujeres y hombres. El programa y el informe pertinentes se describen de manera pormenorizada en el presente informe, en la sección 11.5.1 de la Parte II y en la sección 3.4.12 de la Parte I respectivamente.

Ref. al párrafo 27

El Comité expresa su preocupación por la persistencia de actitudes estereot i padas y tradicionales sobre el papel y la responsabilidad de la mujer y el hombre en la vida privada y pública. El Comité observa que esa persistencia se traduce en el predominio de la mujer en el empleo a jornada parcial, su responsabilidad primo r dial respecto de la familia y el cuidado de otros, la segregación ocupacional, la participación sumamente baja del hombre en la licencia por nacimiento de un hijo —del 1,5% de las licencias por nacimientos de hijos en 1997— y los impuestos gr a vados a las parejas casadas. Preocupa al Comité que las medidas encaminadas a conciliar la familia y el trabajo refuerzan las expectativas estereotipadas para la mujer y el hombre. A ese respecto, preocupa al Comité que sean insuficientes las e s cuelas de párvulos para los niños menores de tres años, que la proporción de e s cuelas de párvulos que funcionaban todo el día fuese de apenas el 34,8% en 1994 y que sólo se contara con guarderías para el 5,1% de los niños en edad escolar, esp e cialmente habida cuenta de que en Alemania las escuelas que están abiertas todo el día son la exce p ción.

A propósito de esto, es preciso hacer referencia a las medidas pertinentes adoptadas por la República Federal de Alemania desde la presentación de su cuarto informe, que se enumeran en detalle en el Capítulo I del presente informe. El Comité se refirió al predominio de la mujer en el empleo a jornada parcial y lo evaluó negativamente. Cabe señalar al respecto que la nueva Ley relativa al trabajo a jornada parcial y a los contratos de empleo por un período determinado, que ha estado en vigor desde enero de 2001, instituye considerables ventajas para los empleados a jornada parcial. Por ejemplo, esta Ley contiene una prohibición expresa de la discriminación contra los empleados a jornada parcial. En principio, reconoce que todos los empleados tienen derecho a trabajar a jornada parcial en cualquier sector ocupacional; este reconocimiento incluye a los trabajadores calificados y a los que ocupan puestos directivos y vale por igual para hombres y mujeres.

Así se pretende aumentar la proporción de trabajadores a jornada parcial para que las mujeres fundamentalmente pero también los hombres con obligaciones familiares dispongan de ciertas ventajas que aumenten sus posibilidades de conciliar esas obligaciones con sus actividades profesionales.

Se ha tenido en cuenta la preocupación del Comité por la falta de guarderías y se han adoptado medidas de largo alcance. Todo esto se examinará con más detalles en la sección 11.5.1 de la Parte II.

Ref. a los párrafos 28, 29 y 30

El Comité exhorta al Gobierno a que estudie los efectos de las medidas dest i nadas a conciliar las responsabilidades del trabajo y la familia a fin de crear una base firme para políticas y programas que aceleren el cambio y erradiquen las a c titudes estereotipadas. El Comité exhorta al Estado parte a establecer más progr a mas y políticas que se orienten al hombre a fin de acelerar el cambio de actitudes y comportamiento. Insta al Estado parte a considerar la posibilidad de instituir la l i cencia de paternidad no transferible para el hombre con objeto de aumentar el n ú mero de hombres que comparten la responsabilidad del cuidado y la crianza de los hijos. Exhorta al Gobierno a aumentar el número de centros de atención disponibles para los niños en edad escolar con miras a facilitar que la mujer pueda volver a i n gresar al mercado de trabajo. Asimismo, recomienda que el Estado parte examine las disposiciones jurídicas vigentes sobre el pago de impuestos por las parejas c a sadas (“división”) y sus consecuencias en la perpetuación de expectativas estere o tipadas para la mujer cas a da.

Preocupa al Comité la escasez de esfuerzos y medidas que tengan por objeto e x tender al sector privado la igualdad de derechos y de oportunidades para la m u jer.

El Comité insta al Gobierno a que aumente sus medidas legislativas y regl a mentarias para velar por que se proteja a la mujer contra toda forma de discrim i nación en el sector privado y aumente las medidas encaminadas a alcanzar la igualdad de hecho. Asimismo, alienta al Gobierno a que intensifique su interacción con el sector privado, inclusive mediante incentivos y otras medidas no legislativas, así como con los sindicatos y las organizaciones de mujeres en la consecución de ese objetivo.

El Comité pide a la República Federal de Alemania que considere la posibilidad de instituir la licencia de paternidad no transferible para los padres a fin de aumentar el número de hombres que comparten la responsabilidad del cuidado de los hijos. Como se señala en la sección 11.5.1 de la Parte II del presente informe, la nueva Ley federal relativa a las prestaciones por crianza de los hijos (Bundeserziehungsgeldgesetz) promueve una participación mucho mayor de los padres en la nueva licencia de paternidad/maternidad (la proporción de padres que aprovechaban la antigua licencia para criar a los hijos (como se la llamaba antes) fue en promedio, durante años, tan sólo de 1,5%). Por lo tanto, el Parlamento se abstuvo deliberadamente de satisfacer la propuesta del Comité. No se proyecta reglamentar la licencia de paternidad no transferible para los padres porque, contemplando los intereses de los padres jóvenes, el Parlamento decidió adrede que la nueva licencia de paternidad/maternidad fuera más flexible que la antigua a fin de que esos padres dispusieran un margen más amplio para planificar la utilización personal de su licencia.

A mediados del año 2004 el Gobierno Federal pondrá a consideración del Parlamento Federal alemán un informe sobre la experiencia adquirida en materia de licencias de paternidad/maternidad, en el que se indicará detalladamente la proporción de padres que las han utilizado y, si procede, las providencias que habría que adoptar para lograr que la participación sea aún mayor.

En cuanto a los demás temas mencionados en los párrafos precedentes, se remite al lector a las medidas e iniciativas jurídicas llevadas a la práctica o puestas en marcha desde la presentación del último informe, que se exponen en las Partes I y II del presente informe.

Ref. al párrafo 31

Preocupa al Comité la situación social y económica a menudo precaria de las extranjeras que viven en Alemania. El Comité también expresa su preocupación por el número de ataques inspirados por la xenofobia y el racismo en el Estado parte y observa la vulnerabilidad de las extranjeras por motivos, a la vez, de sexo, origen étn i co y raza.

La lucha contra las tendencias de extrema derecha y xenófobas es una de las prioridades de la política interna del Gobierno Federal. En el “Informe sobre las medidas y actividades actuales y previstas del Gobierno Federal contra el extremismo de derechas, la xenofobia, el antisemitismo y la violencia” de 14 de mayo de 2002, el Gobierno Federal describió las medidas que consideraba apropiadas y las puso en conocimiento del Parlamento Federal alemán. El Gobierno Federal adopta todas las medidas a su alcance para reprimir a los activistas de extrema derecha y a los xenófobos o para prevenir los peligros derivados de los movimientos que representan. Con estas medidas, que apuntan al fortalecimiento de la sociedad civil, se procura

alentar a la gente para que defienda sus íntimas convicciones, se promueve la integración y se combate a los delincuentes y su entorno. En particular, son las autoridades locales y de los Länder las encargadas de abordar todas estas cuestiones de muchas maneras y con diversas iniciativas. Desde el punto de vista del Gobierno Federal, las actividades desarrolladas in situ son las que ofrecen mejores perspectivas de éxito.

En la actualidad son incompletas las estadísticas que de continuo lleva la policía con información sobre el sexo y el origen étnico de las víctimas de la violencia de las derechas. Por lo tanto, a partir del 1º de enero de 2001, la Federación y los Länder han convenido en reunir todos los delitos penales cometidos por motivos políticos en una nueva categoría, bajo la definición de “Delitos por motivos políticos”. Además, se ha acuñado el concepto de “delito por odio” para permitir que se reunieran en una sola expresión genérica dos subgrupos de delitos penales, los “xenófobos” y los “antisemitas”. De esta manera se garantiza que, con arreglo a normas básicas de reunión de los delitos por motivos políticos, en el marco de un procedimiento coordinado a escala nacional sobre la base de criterios estándar y claros, las dependencias policiales de los Länder con competencia en la materia puedan reunir, evaluar y comunicar a la Jefatura de la Policía Criminal Federal los delitos cometidos en todo el territorio federal con datos útiles para su posterior estudio, como el sexo de los delincuentes y las víctimas.

El 9 de junio de 2002, el Parlamento Federal aprobó dos iniciativas para reprimir el antisemitismo en Alemania. Son llamamientos a la ciudadanía para que desapruebe y combata el antisemitismo con miras al fortalecimiento de la cohesión social en Alemania.

Ref. al párrafo 32

Observando la intención del Gobierno de encargar la realización de un est u dio sobre la situación de vida y la integración social de las mujeres y niñas extra n jeras, el Comité pide al Gobierno que inicie una evaluación a fondo de la situación de las extranjeras, inclusive su acceso a la educación y capacitación, al trabajo y los beneficios relacionados con el trabajo, a la atención médica y a la protección social, y que presente dicha información en su siguiente informe. El Comité insta al Gobierno a mejorar la reunión de datos y estadísticas desglosados por sexo y raza u origen étnico de las víctimas de la violencia motivada por la xenofobia y el racismo, a poner en marcha mecanismos adecuados de protección y a velar por que las e x tranjeras que sean víctimas de tales ataques conozcan sus derechos y tengan acceso a recursos eficaces. Asimismo, exhorta al Gobierno a redoblar sus esfuerzos con m i ras a alcanzar la integración social de las extranjeras mediante servicios de educ a ción y empleo y por medio del aumento de la conciencia de la población. Además, recomienda que se adopten medidas para luchar contra la violencia en el hogar y en la familia y para aumentar la conciencia de las extranjeras respecto de la disp o nibilidad de recursos jurídicos y medios de protección social.

Con el Sexto Informe sobre la Familia del año 2000, que versa sobre las “Familias de origen extranjero en Alemania: beneficios, cargas y desafíos”, el Gobierno Federal presentó por primera vez un informe especial sobre la situación de las familias de origen extranjero, en el que se describen diferentes aspectos de la situación

especial de la mujer inmigrante y de su integración en la sociedad alemana. El informe disipa estereotipos y prejuicios generalizados sobre los “extranjeros”, en particular sobre las extranjeras, y describe globalmente la naturaleza diferenciada y la variedad de la población de origen extranjero sin negar la existencia de condiciones de vida problemáticas y de obstáculos que se oponen a la integración de los inmigrantes. A su manera, el Informe contribuye decisivamente a la reducción de esos estereotipos, en particular los correspondientes a la mujer extranjera.

El Informe contiene gran número de recomendaciones para que, en los distintos planos de la actividad política, se promueva una mayor igualdad de oportunidades y una más completa integración de las mujeres y hombres inmigrantes y sus familias en la sociedad alemana. Los resultados y las demandas del Sexto Informe sobre la Familia constituyen una base importante para la política del Gobierno Federal, que se orienta hacia el control de la inmigración y la integración de los inmigrantes.

En el Sexto Informe sobre la Familia del Gobierno Federal también se presta atención especial a las ancianas inmigrantes y, por consiguiente, se investigan los hábitos de las personas de edad, así como su educación, estado de salud y posibilidades de comunicación.

El estudio sobre la situación de las niñas y mujeres extranjeras se prolongará hasta el año 2003. Sus resultados y conclusiones se comunicarán en el próximo Informe.

Ref. al párrafo 33

El Comité acoge complacido el plan de acción del Gobierno para combatir la violencia contra la mujer, pero expresa su preocupación ante las deficiencias re s tantes en la protección de la mujer contra la violencia en la familia y la sociedad.

En distintas secciones del presente informe, en particular en las secciones 5.3 y 6 de la Parte II, se proporcionará información pormenorizada sobre el Plan de Acción del Gobierno Federal para combatir la violencia contra la mujer y sobre las medidas e iniciativas adoptadas en ese marco. Aquí nos remitimos a esas secciones.

Ref. al párrafo 34

El Comité insta al Gobierno a que vele por la aplicación sistemática del plan y siga de cerca sus efectos en las esferas de interés señaladas en el plan. En partic u lar, el Comité recomienda que se promulguen leyes y se adopten medidas para que las víctimas de la violencia en el hogar cuenten con medios inmediatos de repar a ción y protección. También insta al Gobierno a adoptar medidas encaminadas a eliminar toda tolerancia de tal violencia y a destacar que ésta resulte inaceptable social y moralmente. El Comité recomienda, asimismo, que se adopten medidas p a ra que el poder judicial tenga particular conciencia de todas las formas de viole n cia contra la mujer que constituyen infracciones de los derechos humanos de la mujer en virtud de la Convención, y para que tengan particularmente en cuenta la mayor vulnerab i lidad de las extranjeras a esos tipos de violencia.

La Academia Alemana de Jueces ha dictado durante años cursos sobre los temas de la violencia —inclusión hecha de la violencia contra la mujer, la violencia en el seno de la familia y la violencia contra niños y jóvenes— y de la delincuencia organizada como parte de su programa de educación permanente.

Los Länder proyectan organizar diversas conferencias en el año 2002: entre otras, “El trato de las víctimas de violencia sexual, en particular de los niños y los jóvenes, durante la causa penal”, “La violencia en el seno de la familia (aspectos criminológicos, del derecho de familia y del derecho penal de un tema con múltiples facetas)”, “Ley, violencia y agresión” y “La delincuencia organizada”.

En la Academia Alemana de Jueces se dictan periódicamente y se siguen con mucho interés conferencias sobre temas de palpitante actualidad, directa o indirectamente relacionados con las cuestiones que se examinan. Cabe señalar aquí que la Academia Alemana de Jueces ofrece conferencias de índole claramente jurídica, pero al mismo tiempo orientadas hacia lo social, que concitan sumo interés. Un tema que se examina con amplitud es el de la violencia en nuestra sociedad y, por consiguiente, la violencia contra la mujer.

La Academia Alemana de Jueces se mantiene en contacto con la presidenta del grupo de trabajo de la Federación y los Länder encargado de combatir la violencia a fin de lograr colaboración para organizar cursos útiles de educación permanente y apoyo para preparar conferencias.

Ref. al párrafo 35

Preocupa al Comité la incidencia de la trata de mujeres y niñas.

Ahora se han logrado en Alemania importantes progresos gracias al empeño de un grupo de trabajo de carácter nacional encargado de combatir la trata de mujeres. Están representados en él todos los ministerios competentes de la Federación, los Länder, la Jefatura de la Policía Criminal Federal y organizaciones no gubernamentales (ONG). El grupo de trabajo redacta los borradores de medidas concretas para proteger a las víctimas de la trata de seres humanos. Ahora se han fundado grupos de trabajo similares de carácter supradepartamental en muchos Länder federales porque sólo se puede luchar con éxito contra la trata de seres humanos estableciendo una red de estrecha cooperación.

Se han adoptado importantes medidas para mejorar la situación sumamente difícil que enfrentan las víctimas de la trata de mujeres. En diversas partes del presente informe se proporciona más información al respecto. Por esta razón, las medidas correspondientes sólo se indicarán aquí empleando palabras clave. Las víctimas de la trata de seres humanos ya no son deportadas de inmediato: por el contrario, en las oficinas de asesoramiento establecidas expresamente al efecto se les brinda asistencia especial para prepararlas a partir. Se ha puesto en marcha un programa especial para proteger y asistir a las víctimas que presten testimonio en una causa relativa a la trata de seres humanos. Por ejemplo, se puede otorgar a las víctimas que prestan testimonio un permiso de trabajo por el tiempo que dure su permanencia necesaria en la República Federal de Alemania. Además, el Estado puede hacerse cargo de los gastos del tratamiento médico y terapéutico de la mujer de conformidad con la Ley de indemnización de las víctimas (Opferentschädigungsgesetz).

Ref. al párrafo 36

El Comité exhorta al Gobierno a reconocer que las mujeres que son víctimas de la trata son víctimas de violaciones de los derechos humanos que necesitan pr o tección y, en consecuencia, a prestarles asistencia. Asimismo, exhorta al Gobierno a aumentar sus actividades de cooperación transfronteriza e internacional, en part i cular con los países de origen y de tránsito, para reducir la incidencia de la trata y enjuiciar a los culpables. Insta al Gobierno a garantizar que las mujeres que sean víctimas de la trata cuenten con el apoyo que necesitan para prestar testimonio contra los proxenetas. También exhorta a que se instruya a la policía fronteriza y a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respecto de las técnicas nec e sarias para reconocer y prestar apoyo a las víctimas de la trata. Recomienda, as i mismo, que el Gobierno reconsidere sus normas de otorgamiento de visados a las cónyuges a cargo, teniendo en cuenta que esas personas pueden quedar expuestas a la explotación sexual.

Aquí, el Comité se refirió en particular a las condiciones de residencia de las personas extranjeras, mujeres y hombres, que prestan testimonio en una causa. En este contexto, es preciso citar la directriz No. 248 de RiStBV (Directrices para las causas penales y administrativas en que se imponen multas [Richtlinien für das Strafverfahren und das Buβgeldverfahren]), a la que se ha añadido un nuevo párrafo 3 en el verano de 2000. El nuevo párrafo reza así:

“3)Si es necesario citar como testigo en la vista de una causa penal a una persona extranjera afectada por el delito y siempre que ésta consienta en permanecer en la República Federal de Alemania durante más tiempo que el estipulado, el Ministerio Fiscal informará a las autoridades de inmigración competentes para que pospongan cualquier medida que dé por terminada su residencia mientras dure la causa penal y, en particular, para que suspendan provisionalmente su deportación de conformidad con el inciso 3 del artículo 55 de la Ley de extranjería. Si la persona extranjera deja de ser necesaria como testigo en la causa penal, el Ministerio Fiscal lo notificará de inmediato a las autoridades de inmigración.”

Ref. a los párrafos 37 y 38

Preocupa al Comité la permanente imagen estereotipada de la mujer, y sobre todo de la extranjera, en los medios de información.

El Comité exhorta al Gobierno a apoyar la importante función de los medios de información en la modificación de las actitudes estereotipadas respecto de la mujer. Recomienda que se creen oportunidades para transmitir una imagen positiva y no tradicional de la mujer y para fomentar y facilitar la utilización por los medios de información de sus propios mecanismos destinados a reducir la imagen discrim i natoria y estereotipada de la mujer.

La presentación de la imagen de la mujer y el tratamiento de las cuestiones relacionadas con la mujer son muy importantes para el Gobierno Federal, que también asigna particular atención a las fotografías de mujeres en los avisos, pues la publicidad ejerce una influencia positiva y negativa a la vez respecto de la imagen de la mujer. No se puede negar que los avisos comerciales siguen ligados a conceptos estereotipados. Empero, es dable comprobar que el número de avisos que evidentemente discriminan contra la mujer o en que se describe a la mujer, por ejemplo, como un mero objeto sexual o decorativo, se ha reducido considerablemente en los últimos años; esto es por cierto un logro del Consejo Alemán de Publicidad, un organismo de autocontrol que la industria alemana de la publicidad ha puesto en marcha voluntariamente. Por iniciativa del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud y del Consejo Alemán de la Mujer y con el propósito de reducir el número de avisos discriminatorios contra la mujer y, además, de tener en cuenta las opiniones femeninas para evaluar la política publicitaria, el Consejo Alemán de Publicidad estableció un organismo que atiende quejas.

Ref. a los párrafos 39 y 40

Preocupa al Comité que, si bien están obligadas por ley a pagar impuestos, las pro s titutas no cuenten con la protección del derecho laboral y social.

El Comité recomienda al Gobierno que mejore la situación legislativa que afecta a las mujeres a fin de que sean menos vulnerables a la explotación y dispo n gan de mayor protección social.

La Ley que reglamenta la situación legal de las prostitutas (Gesetz zur Regelung der Rechtsverhältnisse der Prostituierten) entró en vigor el 1º de enero de 2002; en virtud de sus disposiciones, han mejorado la situación legal y la protección social de las prostitutas. Lo más importante de la Ley que reglamenta la prostitución es que permite o facilita el acceso de las prostitutas al sistema de previsión social. El derecho civil ha dejado de considerar que la prostitución es inmoral. Las prostitutas gozan ahora de un derecho justiciable a recibir una remuneración convenida.

Ref. a los párrafos 41 y 42

Observando la intención del Gobierno de enmendar la Ley de extranjería en relación con el estatuto jurídico de las esposas extranjeras, el Comité señala su preocupación ante la situación de las extranjeras que solicitan residencia en el E s tado parte.

El Comité exhorta al Gobierno a seguir mejorando la protección legislativa y social de las extranjeras y sobre todo de las mujeres que solicitan asilo.

La Ley de reforma del artículo 19 de la Ley de extranjería, que entró en vigor el 1º de junio de 2000, entrañó sobre todo el mejoramiento de la situación legal la mujer inmigrante casada. La cuestión se examina más pormenorizadamente en la sección 6.5 de la Parte II.

Habida cuenta de que el Comité habló de protección social, cabe señalar que en la República Federal de Alemania la obligación de tener un seguro y realizar aportes depende exclusivamente de la existencia de un empleo remunerado o de trabajo por cuenta propia sujeto a la obligación de tener un seguro y realizar aportes y de que esa existencia se manifieste en el marco de las disposiciones especiales relativas a la obligación de tener un seguro y realizar aportes. En el caso que nos ocupa la nacionalidad y el género del personal no tienen importancia desde el punto de vista de la seguridad social. Por otra parte, se aplica el comúnmente llamado principio de territorialidad. Por consiguiente, todas las personas que en el territorio de la República Federal de Alemania realizan algún trabajo que requiere que estén aseguradas se encuentran en principio incluidas, sea cual fuere su nacionalidad, en el sistema alemán de previsión social.

Ref. al párrafo 43

El Comité insta al Gobierno a que deposite su instrumento de aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención a la mayor brevedad pos i ble.

El 25 de febrero de 2002 se satisfizo el pedido del Comité de depositar el instrumento de aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención.

Ref. al párrafo 44

El Comité también insta al Gobierno a que ratifique el Protocolo Facultativo de la Convención.

El 15 de enero de 2002, la República Federal de Alemania ratificó el Protocolo Facultativo, que entró en vigor el 15 de abril del mismo año, tres meses después de haberse depositado la notificación pertinente.

Ref. al párrafo 45

El Comité pide al Gobierno que en su siguiente informe periódico responda a las cuestiones concretas planteadas en estas observaciones finales. Asimismo, el Comité pide al Gobierno que, al preparar el siguiente informe, inicie un amplio proceso consultivo con las organizaciones no gubernamentales de mujeres, inclu i das las organ i zaciones que representan a las extranjeras.

En este quinto informe se satisface el pedido del Comité de responder a las cuestiones concretas planteadas en sus observaciones finales. El Gobierno Federal está en permanente contacto con las ONG de mujeres. A guisa de ejemplo, cabe señalar que, a partir del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, celebrado en junio de 2000, la República Federal de Alemania ha incorporado a dos representantes de ONG en la delegación alemana en calidad de miembros de pleno derecho en los períodos de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y tiene en cuenta sus opiniones sobre los temas por examinar.

Ref. al párrafo 46

El Comité solicita que se dé amplia difusión en Alemania a las presentes o b servaciones finales a fin de que la población y, en especial, los funcionarios gube r namentales y los políticos de Alemania, se sensibilicen en cuanto a las medidas que se han adoptado para garantizar la igualdad de la mujer de hecho y de derecho, así como a las ulteriores medidas necesarias en ese sentido. Pide asimismo al Gobierno que continúe difundiendo ampliamente, sobre todo en las organizaciones de mujeres y de derechos humanos, la Convención y su Protocolo Facultativo, las recomend a ciones generales del Comité y la Declaración y la Plataforma de Beijing.

Se ha satisfecho el pedido del Comité. El material pertinente se ha puesto a disposición de las organizaciones de mujeres y de derechos humanos, así como del público interesado en general, tanto por Internet como directamente.

Parte I

Condiciones de vida de la mujer en la República Federal de Alemania

1.Población

A fines de 1999, la República Federal de Alemania tenía unos 82,2 millones de habitantes en una superficie aproximada de 357.000 km2; en otras palabras, vivían en su territorio unas 200.000 personas más que cuando se redactó el último informe nacional presentado al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (año de referencia: 1996). Ese total comprende unos 7,3 millones de extranjeros, alrededor de 400.000 más que en 1993. Las mujeres constituyen la mayoría de la población, pues hay 42,1 millones (51,2%) de mujeres y 40,6 millones (48,8%) de hombres.

Aproximadamente uno de cada tres habitantes vive en una de las 83 ciudades grandes, de más de 100.000 habitantes. En comunidades de menos de 20.000 habitantes viven 34,9 millones de personas, que representan un 42,4% de la población total; 6,1 millones de dichas personas (en 1996: 6,4 millones; en 1993: 7,3 millones) viven en pueblos de menos de 2.000 habitantes. La densidad de la población con respecto a la totalidad del territorio de la República Federal de Alemania, que en los últimos años ha permanecido prácticamente constante en torno a los 230 habitantes por km2, es elevada en comparación con otros países europeos (por ejemplo, Grecia, 80; Francia, 108; Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, 244; Países Bajos, 465). Sin embargo, la distribución de la población es muy despareja: la densidad llega a 1.136 habitantes por km2 en ciertas zonas urbanas, como el distrito del Ruhr, mientras que otras regiones están relativamente poco pobladas.

En los últimos años, la estructura de edad de la población se ha desplazado cada vez más hacia el lado de las personas de más edad. Desde hace muchos años, la República Federal de Alemania tiene una de las tasas de natalidad más bajas del mundo: en 1999 sólo se registraron 9,4 nacidos vivos (9,7 en 1996) por cada 1.000 habitantes. La esperanza de vida de las mujeres es notoriamente más elevada que la de los hombres: la esperanza de vida de las niñas recién nacidas es de 80,6 años y la de los varones recién nacidos de 74,4 años. En el grupo de edad de más de 65 años hay 8,4 millones de mujeres y 5,3 millones de hombres (véase el cuadro 1 del Apéndice).

Poco menos de la mitad de las mujeres (45,3% en el año 2000) están casadas (véase el cuadro 2.1 del Apéndice). Como término medio, las mujeres solteras se casan a los 28,3 años y los hombres solteros a los 31,0 años; estas edades superan en siete meses y un año, respectivamente, a las correspondientes al informe anterior. En este contexto, las personas que contraen matrimonio en los nuevos Länder federales son más jóvenes que las que se casan en los antiguos Länder federales.

En 1999 se contrajeron 430.674 matrimonios (427.297 en 1996 y 442.605 en 1993) y hubo 190.760 divorcios (175.550 en 1996 y 156.425 en 1993) en toda Alemania.

La edad media de las madres que dan a luz a su primer hijo ha seguido aumentando y en 1999 llegó a los 28,8 años (28,4 años en 1996 y 26,9 años en 1991) en los antiguos Länder federales y a los 28,2 años (27,3 años en 1996 y 24,9 en 1991) en los nuevos Länder federales y Berlín oriental.

Después de haber experimentado un fugaz aumento en 1996 y 1997, el número de nacimientos vuelve a disminuir continuamente en los antiguos Länder federales (681.374 en 1995; 702.688 en 1996; 711.915 en 1997: 682.172 en 1998 y 664.018 en 1999). En los nuevos Länder federales y Berlín oriental, la cantidad de nacimientos sigue creciendo gradualmente (93.325 en 1996; 100.258 en 1997; 102.862 en 1998 y 106.726 en 1999). La cantidad de nacimientos disminuyó de 178.476 a 78.698 entre 1990 y 1994.

En mayo de 2000 tenían hijos menores de 18 años 7,3 millones de parejas casadas y 2,0 millones de familias monoparentales, que incluían a 1,7 millón de madres solteras (en 1993: 7,9 millones de parejas casadas y 1,6 millón de familias monoparentales, incluido 1,4 millón de madres solteras). Más de la mitad de las familias con hijos tienen uno solo. Son raras las familias de cuatro hijos o más (véase el cuadro 2.2 del Apéndice).

2.Marco jurídico y político

A continuación nos ocuparemos del marco jurídico y político actual comparándolo con el descrito en el último informe nacional presentado al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

2.1.Ley modificatoria de la Ley de extranjería (Ausländergesetz)

La Ley modificatoria de la Ley de Extranjería entró en vigor el 1º de junio de 2000. El artículo 19 de la Ley de Extranjería reconoce el derecho personal de residencia de las mujeres extranjeras casadas en caso de disolución del vínculo matrimonial. Las esposas extranjeras obtienen ahora su propio derecho de residencia en caso de separación después de dos años, en vez de cuatro como antes. También se ha reestructurado la cláusula denominada de penuria, en virtud de la cual se puede reconocer el derecho personal de residencia antes de la expiración del período señalado.

2.2.Enmienda de la Ley federal relativa a la ayuda para la crianza de los hijos (Bundeserziehungsgeldgesetz)

La reforma de la Ley federal relativa a la ayuda para la crianza de los hijos entró en vigor el 1º de enero de 2001. Se aplica a las personas nacidas después de 2001. La reforma mejora las condiciones en que se otorgan la ayuda y la licencia para la crianza de los hijos, denominada ahora licencia de paternidad/maternidad. Esta Ley entraña un claro mejoramiento del régimen de cuidado de los hijos por padre y madre conjuntamente; a la vez, permite que ambos trabajen y reúnan títulos y méritos.

Los padres tienen derecho a gozar de la licencia de paternidad/maternidad y quedan plenamente protegidos contra el despido durante un período de hasta tres años por hijo. El padre y la madre pueden aprovechar conjuntamente la totalidad o una parte de su derecho. La licencia de paternidad/maternidad termina normalmente cuando el hijo cumple tres años. Sin embargo, con el consentimiento del empleador, se puede posponer una parte del período total correspondiente (un año como máximo) hasta que el hijo cumpla ocho años. Se permite el trabajo a jornada parcial de hasta 30 horas por semana durante la licencia de paternidad/maternidad y de hasta 60 horas por semana si ambos padres toman la licencia conjuntamente. Esta nueva y flexible licencia de paternidad/maternidad reemplaza a la antigua licencia para la crianza de los hijos, cuya denominación ha perdido vigencia, lo mismo que sus estrictas disposiciones, como por ejemplo la imposibilidad legal de que ambos padres gozaran de la licencia conjuntamente o la limitación del trabajo a jornada parcial permisible hasta un máximo de 19 horas por semana (véase también la sección 11.5.1 de la Parte II).

2.3.Ley relativa al trabajo a jornada parcial y los contratos de empleo de duración determinada

La Ley relativa al trabajo a jornada parcial y los contratos de empleo de duración determinada y a la reforma y derogación de disposiciones conexas del derecho laboral entró en vigor el 1º de enero de 2001. Una cuestión fundamental es el derecho que establece la ley de trabajar a jornada parcial, incluso en puestos directivos, en las empresas con más de 15 empleados. Todo trabajador de la República Federal de Alemania que hubiere conservado su empleo durante más de seis meses, podrá solicitar la reducción de sus horas de trabajo contractualmente convenidas. El empleador deberá discutir con el empleado la pretendida reducción con el propósito de llegar a un acuerdo en cuanto a la cantidad y la distribución de las horas de trabajo. Esta nueva disposición legal no sólo procura conciliar el trabajo profesional con la atención de la familia. De hecho, también permite trabajar a jornada parcial independientemente de las obligaciones familiares. Por otra parte, esta Ley estipula que los empleados que quieran incrementar el número de horas de trabajo contractualmente convenidas tendrán prioridad ante otros con las mismas aptitudes siempre que hubieren comunicado al empleador su pretensión de ocupar un puesto adecuado disponible.

2.4.Reforma de la Ley relativa a los estatutos de las fábricas (Betriebsverfassungsgesetz)

La reforma de la Ley relativa a los estatutos de las fábricas, que entró en vigor el 28 de julio de 2001, entraña una mayor igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.

Las asambleas de obreros y las reuniones departamentales tienen la obligación de informar periódicamente sobre el grado de igualdad entre mujeres y hombres en la fábrica. Esta obligación de informar también rige para la administración con respecto a las reuniones anuales de los consejos de trabajadores. Se ha ampliado el alcance de la labor de los representantes de los jóvenes y los aprendices para que comprenda la adopción de medidas que promuevan la igualdad de hecho. En lo que atañe a los futuros consejos de trabajadores, las personas del sexo minoritario en la plantilla tendrán que estar representadas por lo menos en su proporción numérica siempre que sean tres como mínimo. Esta norma también debe respetarse en relación con los representantes de los jóvenes y los aprendices: es decir, las personas del sexo minoritario deben estar representadas al menos de conformidad con su proporción en la plantilla.

En general corresponde a los consejos de trabajadores promover la conciliación entre la familia y el trabajo profesional. Estos consejos deben ejercer su derecho, reconocido explícitamente, de proponer, informar y asesorar en materia de planificación del personal como parte de la labor general que les incumbe en la promoción de la práctica de la igualdad de hecho y de la conciliación del cuidado de la familia con el trabajo profesional.

Los empleados a jornada parcial tienen derecho a recibir una compensación por la labor que desarrollen en los consejos de trabajadores fuera de sus horas de trabajo o por su participación en un curso de capacitación que dure todo el día. Otras compensaciones en forma de exenciones parciales brindan sobre todo a los trabajadores a jornada parcial y, por lo tanto, especialmente a las mujeres, la oportunidad de participar en mayor medida en las actividades de los consejos de trabajadores.

2.5.Ley relativa a las parejas registradas (Gesetz über eingetragene Lebenspartnerschaften)

La Ley relativa a las parejas registradas, que entró en vigor el 1º de agosto de 2001, implantó una nueva institución jurídica, la pareja de por vida. Esta Ley contribuye a reducir la discriminación contra las personas orientadas hacia su mismo sexo, a respetar otros modos de vida y a promover relaciones humanas estables. Los efectos del establecimiento de una pareja de por vida son que los dos miembros de esa pareja contraen la obligación de cuidarse y ayudarse recíprocamente, de planificar la vida juntos y de asumir responsabilidades comunes.

2.6.Ley relativa a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Administración Federal y los tribunales de la Federación

La Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Administración Federal y los tribunales de la Federación (Gleichstellungsgesetz für die Bundesverwaltung und die Gerichte des Bundes), que entró en vigor el 5 de diciembre de 2001, hace mucho hincapié en la igualdad entre los miembros del personal de la administración pública de la Federación. Reemplaza a la ley federal para el adelanto de la mujer (Frauenfördergesetz des Bundes), en vigor desde 1994, que no produjo los efectos esperados porque no era suficientemente vinculante. Responde al mandato constitucional contenido en la Ley orgánica (segunda oración del párrafo 2 del artículo 3 de la Ley orgánica), a las exigencias del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (artículo 2, párrafo 2 del artículo 3 y párrafo 4 del artículo 141 del Tratado constitutivo de la CEE) y a las obligaciones derivadas del derecho internacional (artículo 11 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer). Con esta Ley, el Estado, en su condición de empleador, asume la función de modelo de conducta con respecto a la práctica de la igualdad.

Las mejoras necesarias y las definiciones más precisas contenidas en esta Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades entrañan, entre otras cosas, lo siguiente:

•La esfera de aplicación de la Ley abarca la administración federal regida por el derecho público, los tribunales de la Federación y los servicios de la administración federal regidos por el derecho privado. Sobre la base de esta Ley, en el futuro los beneficiarios institucionales de las prestaciones federales quedarán obligados contractualmente a aplicar sus postulados básicos. En caso de privatización, habría que procurar que, en virtud de una obligación contractual explícita, se siguiesen aplicando las disposiciones relativas a la igualdad.

•Al cubrir puestos directivos en los cuales la representación femenina sea baja, se dará preferencia a las mujeres que tengan las mismas aptitudes y los mismos conocimientos, títulos y logros profesionales que los hombres; además, en la capacitación, las designaciones, la contratación y los ascensos se tendrán siempre en cuenta los casos individuales (cupo denominado del caso individual).

•También queda prohibida toda forma de discriminación indirecta en las entrevistas y los procedimientos de selección. Esto quiere decir que, en las evaluaciones comparativas, se abre la posibilidad de no tener necesariamente en cuenta, entre otras cosas, el hecho de haber dejado de trabajar por obligaciones familiares o las necesarias limitaciones de tiempo y el menor número de años de servicio y empleo a causa del cuidado de los hijos.

•En principio todas las disposiciones relativas a la igualdad también se aplican a la asignación de plazas en cursos de capacitación para trabajar en la administración pública federal.

•Las disposiciones sobre la conciliación de las obligaciones familiares con el trabajo profesional son más amplias y comprenden, entre otras cosas, el derecho a trabajar a jornada parcial o gozar de licencia. En el marco de las posibilidades oficiales, deben ofrecerse puestos de teletrabajo u horarios de trabajo especiales. Las cargas de los trabajadores a jornada parcial han de reducirse efectivamente en consonancia con la reducción de las horas de trabajo.

•Con la ampliación de los planes de promoción de la igualdad se ponen en funcionamiento instrumentos eficaces y modernos en la esfera de la organización y la expansión del personal. Por ejemplo, estos planes deben prever, entre otras cosas, que la proporción de mujeres siga siendo por lo menos la misma cuando se recorte el empleo.

•Los derechos y obligaciones de los comisarios de la Federación a cargo de las cuestiones de igualdad se afianzan y adquieren forma concreta; en efecto, los comisarios pueden ejercer más eficazmente su derecho a oponerse y a iniciar acciones judiciales. Su mandato se amplía.

•En la actualidad, la integración de las cuestiones de género —que en principio comprende la inclusión de los intereses explícitamente de género— en todas las esferas de la política es un principio rector en la administración pública federal.

•Todas las disposiciones legales de la Federación, al igual que la correspondencia oficial, han de redactarse en el futuro con términos neutros desde el punto de vista del género; por otra parte, las leyes aplicables serán revisadas en procura de la precisión lingüística siempre que se refieran a las personas como si fuesen todas del sexo masculino.

2.7.Ley que reglamenta la situación jurídica de las prostitutas (Gesetz zur Regelung der Rechtsverhältnisse der Prostituierten)

La Ley que reglamenta la situación jurídica de las prostitutas (Ley relativa a la prostitución – Prostitutionsgesetz), que entró en vigor el 1º de enero de 2002, faculta a las prostitutas a ejercer su profesión como trabajadoras por cuenta propia o como empleadas en relación de dependencia y dentro del sistema de previsión social. Esto es posible porque se ha aclarado que la prostitución ya no se considera inmoral desde el punto de vista del derecho civil y que las prostitutas tienen derecho justiciable a recibir una remuneración pactada.

2.8.Ley de protección contra la violencia (Gewaltschutzgesetz)

La Ley por la cual se aumenta la protección de los tribunales civiles en casos de actos violentos y propuestas fuera de lugar y se facilita la asignación del hogar conyugal en casos de separación (Gesetz zur Verbesserung des zivilgerichtlichen Schutzes bei Gewalttaten und Nachstellungen sowie zur Erleichterung der Überlassung der Ehewohnung bei Trennung (Ley de protección contra la violencia – Gewaltschutzgesetz) entró en vigor el 1º de enero de 2002. Además de simplificar el procedimiento para asignar el hogar conyugal y la reglamentación de las prohibiciones de ponerse en contacto con una persona, acosarla o acercarse a ella, establece un derecho general a la asignación del hogar si se han registrado actos violentos. Todo esto está supeditado a que el transgresor y la víctima hayan establecido una familia por largo plazo: en este sentido también se tienen en cuenta otras formas de cohabitación distintas del matrimonio. Esta Ley faculta a los tribunales a dictar interdicciones protectoras en virtud de las cuales se puede prohibir que los transgresores violentos

•entren en el hogar compartido,

•permanezcan dentro de cierto radio de distancia de la víctima,

•visiten ciertos lugares frecuentados por la víctima (como su sitio de trabajo) y

•se pongan en contacto con la víctima (telefónicamente, por ejemplo). (Véase asimismo la sección 5.3.2 de la Parte II.)

2.9.Ley de ampliación de los derechos de los niños (Kindesrechteverbesserungsgesetz)

La Ley por la cual se siguen ampliando los derechos de los niños (Gesetz zur weiteren Verbesserung von Kindesrechten – KindrVerbG) entró en vigor el 12 de abril de 2002. Con esta Ley resulta más fácil ordenar que una persona se aleje del entorno de un niño si esa persona constituye un peligro para los altos intereses del niño. Aquí se consideran en particular los casos en que se han cometido actos violentos en perjuicio del niño. La Ley de protección contra la violencia no concede protección en los casos en que la violencia se dirige tan sólo al niño y emana de unos de los padres. Ahora se amplía la protección del niño y por lo tanto, al menos indirectamente, también la protección de la madre.

3.Marco económico y social

3.1.Evolución de las estructuras económicas

Desde el punto de vista del producto macroeconómico, la República Federal de Alemania ocupa actualmente el tercer lugar entre las naciones industriales, detrás de los Estados Unidos de América y el Japón. Entre 1960 y 2000, su producto interno bruto creció más de 15% en términos reales, mientras que el promedio anual de su crecimiento económico fue de casi 1,6%.

La proporción de personas con empleo remunerado en la industria manufacturera (incluida la construcción) con respecto al total de las personas con empleo remunerado ha descendido de 36,7% en 1991 a 29,2% en 2000; en el mismo período, esa proporción ha bajado de 4,0% a 2,5% para las personas ocupadas en la agricultura. Por el contrario, se registra un aumento cada vez mayor (de casi 59% a 68,4%) de la proporción de personas con empleo remunerado en el sector terciario (comercio mayorista y minorista, hoteles y restaurantes, transporte, intermediación financiera, venta y alquiler de servicios y prestación de servicios por el Estado y empresas privadas).

La creciente participación del sector terciario en el conjunto de la economía tuvo consecuencias directas en el empleo femenino. En mayo de 2000, la proporción de mujeres con respecto al total de personas con empleo remunerado era de 54% en el sector de los servicios y de un poco menos de 24% en la industria manufacturera y la construcción. La proporción de mujeres era de 53% en el antiguo Territorio federal y de 57% en los nuevos Länder y Berlín oriental (véanse los cuadros 3.1, 3.2 y 3.3 del Apéndice).

3.2.Educación y capacitación

3.2.1.Observaciones generales

Las niñas y las mujeres se han beneficiado considerablemente de los cambios en la política educacional y de la apertura de canales educativos a partir del decenio de 1980: han aprovechado la oportunidad de demostrar su voluntad y su capacidad de aprender y actualmente representan la mayoría de los alumnos de la totalidad de los canales educativos que emiten certificados “Abitur” de finalización de estudios (véase el cuadro 4.1 del Apéndice). Al terminar los estudios en las escuelas de enseñanza general tienen, como término medio, mejores calificaciones de egreso que sus compañeros varones y llegan asimismo a niveles superiores. Por ejemplo, en el año 2000 la proporción de alumnas era de 50,9% en las escuelas intermedias, de 53,8% en los años 5 a 10 de las escuelas primarias y de 55,9% en los años 11 a 13 de las escuelas primarias, pero de sólo 43,8% en los colegios de enseñanza secundaria general. También se ha registrado un sustancial aumento tanto del número de alumnas nuevas como del número total de alumnas en los institutos de enseñanza superior. A partir del semestre de invierno de 1995-1996, son más las mujeres que los hombres que inician estudios en las universidades alemanas (véanse los cuadros 4.3.1 y 4.3.2 del Apéndice). Asimismo, en los últimos años es mayor la analogía de las carreras elegidas por los estudiantes de sexo femenino y de sexo masculino (véanse los gráficos 4.3.3 y 4.3.4 del Apéndice).

3.2.2.Capacitación en el marco del sistema dual

La proporción de mujeres jóvenes entre los pasantes del sistema dual (es decir, capacitación en una empresa y una escuela profesional) aumenta sólo muy lentamente y el promedio a nivel federal es de alrededor de 40% (véase el cuadro 4.2.4 del Apéndice). La proporción es más alta (45,5%) en Berlín y más baja (38% aproximadamente) en los nuevos Länder federales. En 2000-2001 asistían a las escuelas profesionales 1.920.751 personas, de las cuales alrededor de 779.143 (40,56%) eran mujeres. Esto se puede explicar en parte por el reducido espectro de las ocupaciones y por la persistencia en asignar papeles clásicos. Por el contrario, son más las niñas (1.228.300) que los varones (1.028.900) que asisten a escuelas primarias. Habida cuenta de que en el sistema educativo alemán se puede considerar que en principio son mejores las perspectivas profesionales de los egresados de escuelas que emiten certificados “Abitur” de finalización de estudios, no se puede concluir que haya discriminación contra la mujer si se examinan las oportunidades de capacitación ofrecidas a toda la población femenina.

En cambio, las mujeres jóvenes constituyen la mayoría en la esfera de la formación profesional en la escuela (escuelas profesionales de tiempo completo) (1999: 57,2%).

Sin embargo, el mercado de las plazas de formación se ha seguido caracterizando por una notoria división entre hombres y mujeres. Luego de terminar sus estudios, la mayoría de los hombres y mujeres jóvenes que eligen ocupaciones que requieren formación escolar muestran su preferencia por aquellas en que su propio sexo tiene una mayoría clara. En 2001, 37,1% de las mujeres optaban por ocupaciones ejercidas principalmente por mujeres (más de 60% a 80% de pasantes del sexo femenino) y 34,8% por ocupaciones en que predominaban las mujeres (80% a 100% de pasantes del sexo femenino). En total, más de 70% de las ocupaciones elegidas por las muchachas eran, pues, ocupaciones en que las mujeres constituían una clara mayoría.

A este respecto, también cabe señalar que en 2001 la proporción de pasantes mujeres que desempeñaban ocupaciones principalmente ejercidas por hombres o en que predominaban los hombres era de 4,4% y 3,9% respectivamente. El Gobierno federal presta especial atención a estas novedades en los informes sobre la formación profesional que presenta todos los años (véanse los cuadros 4.2.1 y 4.2.3 del Apéndice).

3.2.3.Capacitación de la mujer en ocupaciones relacionadas con la tecnología de la información y la comunicación

En junio de 1999, la Comisión de la Federación y los Länder para la Planificación de la enseñanza y la promoción de la investigación aprobó un informe titulado “Ampliación de las oportunidades de la mujer en la capacitación y el trabajo”. Contiene recomendaciones concretas en relación con las medidas que habría que adoptar para conquistar la preferencia de las muchachas por las ciencias naturales y el trabajo técnico en las escuelas y los institutos de enseñanza superior.

El Gobierno federal ha puesto en marcha el “Centro de promoción de la competencia de la mujer en la sociedad de la informática y la tecnología”, donde se organizan campañas de información y educación y talleres y cursos de capacitación

para promotoras que han hecho mucho por acrecentar el interés de las mujeres jóvenes por la informática. Además, en nombre del Gobierno federal y en colaboración con empresas y redes tecnológicas, este Centro coordina numerosos proyectos y medidas que atañen a la capacitación y al trabajo en la esfera de la informática.

El objetivo central de las iniciativas del Gobierno federal es ampliar el espectro de las ocupaciones de las muchachas y mujeres jóvenes y capacitarlas para trabajar en profesiones con orientación de futuro. El Gobierno federal desarrolla, pues, una amplia gama de actividades con el propósito de atraer la atención sobre la capacitación y el trabajo en la esfera de la informática. Entre ellas se destaca “Idea de la informática”, un proyecto nacional de capacitación auspiciado por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud en colaboración con la Iniciativa D 21. Sobre la base de la asociación de las empresas públicas y privadas, este proyecto pretende motivar a las mujeres jóvenes para que se capaciten en informática y medios de comunicación. Su atención se centra en diversos planos:

–Se invita expresamente a las empresas a participar en las actividades en curso, a ofrecer más pasantías y centros de capacitación a las mujeres y a seleccionar a empleadas para que, en calidad de “embajadoras”, informen sobre el trabajo que realizan en escuelas, charlas y demás actividades.

–El interés de las mujeres jóvenes debe despertarse con informaciones y consejos calificados.

–Es preciso renovar la imagen y el contenido de la capacitación para que resulte más atractiva, especialmente para la mujer. Por otra parte, hay que preparar expresamente a los instructores para que pongan en práctica la igualdad de oportunidades.

En este contexto, también es importante la simulación de gestión audiovisual Joblab, que presenta información sobre ocupaciones relacionadas con la informática como forma de asesoramiento en el campo ocupacional. Para que las niñas tengan una noción más completa del mundo del trabajo, se proyecta mantener a escala nacional el Día de la Niña (futuro día de la niña), que a guisa de prueba se celebró con éxito en 2001 y 2002.

Estas medidas se complementan con el portal Lizzynet en Internet, un estímulo para que las niñas utilicen la red. El Gobierno federal ha dado gran difusión a los cursos de capacitación y educación permanente de los maestros que se dictan on line por LeaNet, el punto de reunión de los maestros en Internet en el marco de la asociación “La escuela en la Net”. En colaboración con la comunidad empresaria, se utilizan los portales Be.it y Be.ing de Internet para conmemorar los días nacionales de la tecnología para las niñas ofreciendo bases de datos relativos a pasantías y propuestas atractivas en materia de instrucción para estudiantes del sexo femenino y niñas que proyectan estudiar.

El número de pasantes mujeres que trabajan en las cuatro ocupaciones vinculadas con la informática —especialistas en computación, especialistas en electrónica, operadoras de sistemas y especialistas en informática— se multiplicó casi por siete entre 1997 y 2000. El número total de pasantes aumentó de 665 en 1997 a 5.253 en 2000. Con su proyecto de “Educación permanente de las mujeres que trabajan en el campo de la informática para que sean las instructoras del futuro”, el Gobierno federal logró que a fines de 2002 ya hubiera aumentado considerablemente el número de mujeres instructoras. Paralelamente, se desarrolla un plan de estudios para instructores que comprende la integración de las cuestiones de género, un principio rector que entraña la consideración de las preocupaciones de mujeres y hombres en materia de formación y que los promotores deben aplicar.

3.3.La mujer en los institutos de enseñanza superior e investigación

3.3.1.Observaciones generales

Hoy son cada vez más las mujeres que deciden estudiar. En efecto, fueron más las jóvenes (53,4%) que los jóvenes que iniciaron sus estudios universitarios en el semestre invernal 2000-2001. En el año lectivo 2000, la proporción de mujeres entre los estudiantes que comenzaron sus cursos en institutos de enseñanza superior (universidades, escuelas de bellas artes y colegios técnicos) fue de 49,0%. Las mujeres culminan sus estudios superiores con tanto éxito como los varones. Cabe esperar, pues, que en los próximos años sigan aumentando su participación en los cursos de estudio y su presentación en los exámenes finales en la misma proporción en que aumenta el número de nuevos estudiantes.

Una de las metas importantes que se estableció para lograr la igualdad de derechos entre mujeres y hombres consiste en incrementar la participación de la mujer en las carreras principalmente elegidas por hombres y en motivar y apoyar a las mujeres para que elijan metas profesionales y de capacitación que antes eran atípicas. En este contexto, es importante que haya cursos de estudio modernos y orientados hacia el futuro que brinden a las mujeres perspectivas de carrera atrayentes. El Gobierno federal ha desplegado esfuerzos especiales por aumentar la proporción de mujeres entre los estudiantes de tecnología y ciencias naturales. Muchos institutos de enseñanza superior ofrecen ahora cursos de estudio que comprenden pruebas de aptitud y las facultades de ciencias naturales dictan cursos de verano especiales para sus alumnas. El objetivo de los programas para mentores de Renania – Palatinado (proyecto Ada Lovelace) y Hesse (Red de mentores del sexo femenino en la esfera de las ciencias naturales y la tecnología) es proporcionar apoyo personal durante la transición de la escuela a un instituto de enseñanza superior y, a la vez, poner de relieve modelos de papeles femeninos.

El Ministerio Federal de Educación e Investigación, en colaboración con la Iniciativa D 21 y la Sociedad Fraunhof (conocida antes como GMD), puso en marcha los proyectos para instructores Muffin y Muffin 21 con el propósito de ayudar a las mujeres que estudian informática. Mientras estudian, las mujeres pueden planificar sus futuras carreras con el asesoramiento personal y especializado de mentores del sexo femenino procedentes de la industria y los centros de investigación.

A mediados del decenio de 1990 se establecieron, en carácter de proyectos experimentales, cursos de estudio exclusivos para mujeres: por ejemplo, se dictan cursos de ingeniería industrial para mujeres en la FH Wilhelmshaven (desde el semestre invernal 2000-2001) y en el Colegio Técnico Stralsund (desde el semestre invernal 2000-2001), así como cursos de especialización en energética en el Colegio Técnico Bielefeld (desde el semestre invernal 1998-1999; abiertos a los varones desde el semestre invernal 2000-2001). Además, también desde el semestre invernal 2000-2001, se dictan cursos internacionales de informática para mujeres en el Instituto de Estudios Superiores de Bremen.

En 2000, la proporción de mujeres entre los estudiantes egresados de los institutos de enseñanza superior luego de aprobar sus exámenes finales y obtener su título o certificado equivalente llegó a 44,8% en toda Alemania. La proporción de mujeres que ingresan en el campo científico sigue siendo demasiado baja, por más que la proporción de mujeres entre los candidatos a un doctorado haya aumentado de 28,5% en 1990 a 34,3% en 2000.

La cantidad de mujeres habilitadas para seguir una carrera en ciencias ha aumentado sustancialmente en los últimos años; esto es consecuencia, principalmente, de la aplicación de los informes y recomendaciones de la Comisión de la Federación y los Länder para la Planificación de la educación y la promoción de la investigación, así como de los Programas Especiales de las Universidades puestos en marcha a principios del decenio de 1990 por el Gobierno federal y los Länder con el propósito fundamental de promover la participación de la mujer en la ciencia. Entre 1990 y 1999 se invirtieron más de 500 millones de euros en el campo de “La mujer en la ciencia”. La proporción de mujeres entre los candidatos habilitados a ocupar una cátedra en un instituto de enseñanza superior creció de 10% en 1990 a 18,04% en 2000. La proporción de mujeres entre los profesores de las categorías C-2, C-3 y C-4 aumentó entre 1999 y 2000 de 14,2% a 14,9%, de 10,2% a 11% y de 6,3% a 7,1% respectivamente (véase el cuadro 4.4 del Apéndice).

3.3.2.Resultados del Tercer Programa Especial de las Universidades (HSP III)

El Programa Especial Conjunto de las Universidades (HSP III) para el período comprendido entre 1996 y fines de 2000 se explicó en el último informe presentado al Comité. En este Programa, la Federación y los Länder convinieron en la necesidad de aumentar considerablemente la proporción de mujeres entre las personas dedicadas a la investigación y la enseñanza. En la aplicación del HSP III se incorporan las conclusiones y recomendaciones formuladas en el informe de la Comisión de la Federación y los Länder para la Planificación de la enseñanza y la promoción de la investigación titulado “Promoción de la participación de la mujer en el sector científico”. El volumen de lo invertido en el Programa fue en realidad de 11 millones de marcos alemanes más que los 720 millones de marcos alemanes previstos originariamente.

Cabe señalar que, como resultado de la aplicación del HSP III, fueron promovidos en total 4.407 candidatos a doctorarse, de los cuales 1.439 (32,65%) eran mujeres. A pesar de la tirantez del mercado laboral, se logró que gran número de candidatos a doctorarse se dedicaran a la investigación. Entre los candidatos a la habilitación para ocupar una cátedra en un instituto de enseñanza superior, fueron promovidos en total 261, de los cuales 83 eran mujeres. Con respecto a las distintas esferas del conocimiento, la proporción fue la siguiente: 55 mujeres de un total de 158 en humanidades y ciencias sociales, 16 de 42 en biología, medicina y agronomía, 8 de 50 en ciencias naturales y 4 de 11 en ingeniería. Es digno de mención el hecho de que 33 candidatos promovidos, de los cuales 28 eran mujeres, recibieron un subsidio para cuidar a sus hijos.

El HSP III permitió que muchas científicas jóvenes volviesen a enseñar en un instituto de enseñanza superior después de un “receso para tener un hijo” (“baby break”). Con tal fin, se otorgaron los llamados subsidios para volver a empezar y establecer contactos, se firmaron contratos de trabajo y servicios o se ofrecieron empleos de jornada parcial. Así se han logrado reducir los efectos desfavorables en las posibilidades de progresar en la carrera.

Todos los subsidios otorgados con arreglo al HSP III se complementaron con otras prestaciones para el cuidado de los hijos a fin de ofrecer, en particular a las mujeres, la posibilidad de conciliar la labor educativa con el trabajo científico. Las personas beneficiarias de los subsidios —por lo que sabemos, casi todas mujeres— los aceptaron efectivamente si reunían los requisitos exigidos.

De todas maneras, el número de mujeres es todavía muy reducido en el plantel de profesores. Por consiguiente, el Gobierno federal, junto con los Länder, estableció la meta de aumentar la proporción de profesoras en un 20% para el año 2005.

Con el propósito de aprovechar mejor la capacidad potencial de las mujeres altamente capacitadas y anticipándose al cambio generacional previsto en los institutos de enseñanza superior, el Gobierno federal ha puesto en marcha numerosas medidas tendientes a instalar a la mujer en la ciencia y la investigación, especialmente en puestos directivos.

Se puede concluir que, a pesar de los grandes esfuerzos desplegados por la Federación y los Länder y de los gastos de financiación concomitantes, todavía no se ha logrado el aumento previsto de la participación de la mujer en la ciencia en todos los campos y niveles. Esto se aplica en particular a los puestos directivos en institutos de enseñanza superior y centros de investigación no universitarios. Por consiguiente, la Federación y los Länder han convenido en redoblar los esfuerzos que despliegan conjuntamente para hacer realidad el concepto de igualdad de oportunidades para la mujer en la esfera de la ciencia y la investigación, incluso después de haber concluido el HSP III. A tal efecto, el 16 de diciembre de 1999 se alcanzó un acuerdo entre la Federación y los Länder, denominado Programa de Ciencias de las Universidades (HWP), para trabajar entre 2001 y 2003 (fecha fijada inicialmente) por promover la expansión de los institutos de enseñanza superior y los centros científicos y hacer realidad el concepto de la igualdad de oportunidades para la mujer en la esfera de la investigación y la enseñanza como complemento del Tercer Programa Especial de las Universidades. La Federación y los Länder confían en disponer de los resultados de una evaluación de las medidas que se convino en adoptar y que ha de llevarse a cabo en 2002 para determinar si prorrogan la duración del Programa hasta 2006.

Como parte del nuevo Programa HWP, el plan denominado “Igualdad de oportunidades para la mujer en la esfera de investigación y la enseñanza”, que auspician conjuntamente la Federación y los Länder, centra su atención en:

•medidas para facilitar la habilitación de candidaturas a puestos de profesor en las universidades o en los colegios técnicos. Se prevé que la mayor parte de los fondos (75%) se destinen a esta esfera;

•medidas para promover la investigación sobre la mujer/el género, y

•medidas para aumentar la proporción de mujeres entre los estudiantes de ciencias naturales y tecnología.

La Federación y los Länder financian el Programa, al que destinan 30,7 millones de euros por año. El objetivo de los planes HWP es lograr una participación de 40% de mujeres en la esfera de las medidas personales.

A continuación se enumeran las providencias adoptadas por el Gobierno federal para hacer realidad el concepto de igualdad de oportunidades para la mujer en la ciencia y la investigación:

•El programa “Ayuda para crecer – estrategias profesionales para las científicas”, que puso en marcha el Ministerio Federal de Educación e Investigación, acompaña a la reforma de la Ley relativa a los servicios y el HWP. Ofrece cursos de adiestramiento y perfeccionamiento profesional a las científicas que se postulan como profesoras titulares o adjuntas para que puedan ocupar una mejor posición de partida en el procedimiento de selección, que casi siempre está a cargo de hombres. La participación en el programa de más de 500 mujeres altamente calificadas a escala nacional pone de manifiesto la importancia de esta iniciativa. Por eso se llamará a concurso una vez más en el otoño de 2002.

•El proyecto “Tecnología y cultura” de la Universidad Internacional de la Mujer (ifu), auspiciado por el Ministerio Federal de Educación e Investigación, se dio a conocer en la EXPO 2000 de Hannover como ejemplo de reforma de las instituciones de enseñanza superior. Con el ifu, los logros de la mujer en ciencia e investigación se hicieron notorios a escala mundial. El ifu ha enseñado el camino que conduce a una nueva cultura científica. La incorporación coherente de los puntos de vista femeninos y la perspectiva de género en todas las cuestiones relativas a la investigación es un aspecto de la cultura científica del futuro.

•El Centro de Excelencia Mujer y Ciencia (CEWS), que el Ministerio Federal de Educación e Investigación estableció en la Universidad de Bonn en 2000 como organismo de coordinación a escala nacional, centro de servicios y enlace con la Unión Europea, cumple la función de promover la igualdad de oportunidades para la mujer en la esfera de la educación y la investigación. Brinda su apoyo al Gobierno federal, a los institutos de enseñanza superior y centros de investigación, a los comisionados para asuntos relacionados con la mujer y la igualdad y las instituciones científicas y políticas cuando adoptan medidas para hacer realidad la aspiración de que la mujer participe en la misma medida que el hombre en la ciencia y la investigación. Desde 2002 se puede consultar on line la base de datos FemConsult, que comprende más de 7.000 series de datos sobre científicas de todas las ramas del saber que tienen el título de doctoras o son catedráticas en Alemania, Austria o Suiza.

•Con la reforma de la Ley relativa a los servicios y el establecimiento de las cátedras juveniles, el Gobierno federal pretende ofrecer a los científicos jóvenes de ambos sexos la posibilidad de investigar y enseñar de manera independiente y bajo su propia responsabilidad cuando son todavía treintañeros, sin tener que esperar a cumplir los 40 años. Los procedimientos de designación transparentes permiten romper las estructuras incrustadas y eliminar los mecanismos oficiosos de contratación del personal. Con el nuevo instrumento que constituyen las “cátedras juveniles” se ofrecen oportunidades de progreso profesional a un mayor número de jóvenes científicas.

•Desde el año 2000, se otorga el premio “Igualdad total” a los institutos de enseñanza superior y los centros de investigación que siguen una política orientada hacia la igualdad de oportunidades para su personal. Con anterioridad, este premio se concedía casi exclusivamente a miembros de la comunidad empresarial. Con su emblema, que representa la igualdad, se pretende impulsar como cuestión de máxima trascendencia la realización de la igualdad de oportunidades en los centros de gestión y las administraciones de personal. Al mismo tiempo, el premio debe servir como orientación a las mujeres jóvenes que pretenden encontrar un instituto de enseñanza superior que promueva los intereses femeninos.

Además de incorporar las metas normativas en materia de igualdad en los sistemas de incentivos financieros así como en la evaluación, el control y las reformas que se llevan a cabo en los institutos de enseñanza superior, subsiste un desafío que se ha de enfrentar en un futuro cercano: la modificación de las estructuras de medición de la idoneidad científica, con miras a una utilización más intensiva de la capacidad intelectual potencial de la mujer. Con la adopción de la estrategia de integración de las cuestiones de género se ha completado un cambio de perspectiva con respecto a la política pro igualdad. Para los institutos de enseñanza superior, este cambio de perspectiva significa que la puesta en práctica del concepto de igualdad de oportunidades es, más que nunca, una tarea de carácter administrativo.

3.3.3.Investigación sobre la mujer y las cuestiones de género

El estado actual de la investigación sobre la mujer en las instituciones de enseñanza superior está estrechamente relacionado con el funcionamiento de cátedras en que se lleven a cabo investigaciones sobre la mujer. En Alemania, las cátedras dedicadas a la investigación sobre la mujer, que eran tan sólo 61 en 1992, llegaban en junio de 2001 a 102 en las universidades, sin contar otras 17 en los colegios técnicos. Estas cátedras dedicadas a la investigación sobre la mujer son, en síntesis, de tres tipos: las establecidas exclusivamente para llevar a cabo investigaciones sobre la mujer y las cuestiones de género; las dedicadas a investigaciones en una determinada esfera pero que además prestan atención especial a la mujer y las cuestiones de género, y las caracterizadas por el hecho de que, en el texto del llamado a concurso, hubiere sido requisito esencial que el futuro titular de la cátedra se especializase en la investigación sobre la mujer y las cuestiones de género.

3.4.Vida laboral

3.4.1.Índice de empleo

Desde el punto de vista de su vida laboral, la situación de la mujer ha seguido mejorando desde que se presentó el cuarto informe nacional en 1998. El índice de empleo de la mujer (es decir, la proporción de mujeres con respecto a la población de 15 a 65 años con empleo remunerado) aumentó de 55,2% en 1997 a 57,7% en 2000; de esta manera, Alemania ya ha alcanzado la meta provisional fijada por la Cumbre Europea de Estocolmo, según la cual el índice de empleo de la mujer debe ser de 57% hacia 2005. Con el propósito de incrementar las tasas alcanzadas en los últimos años, el Gobierno federal confía en que podrá cumplir la instrucción del Consejo Europeo de Lisboa: alcanzar un índice de empleo de la mujer de 60% para 2010.

El aumento del índice de empleo de la mujer se debe a una mayor toma de conciencia de la importancia del empleo, de la promoción del trabajo a jornada parcial y de la reducción del desempleo. El índice de empleo de la mujer (es decir, la proporción de mujeres con respecto a la población de 15 a 65 años con o sin empleo remunerado) aumentó de 62,8% en 1997 a 64% en 2000. En el mismo período, el índice de desempleo de la mujer bajó de 12,2% a 10,0%. Esta evolución positiva ha entrañado un mejoramiento de la situación laboral de la mujer: en efecto, la proporción de mujeres con respecto a las personas con empleo remunerado se elevó de 42,7% (1997) a 43,6% (2000).

3.4.2.Índice de desempleo

El índice de desempleo de la mujer ha bajado constantemente desde 1997. También se ha logrado reducir la discrepancia de género en los índices de desempleo. Mientras el índice de desempleo de la mujer descendió de 12,2% (1997) a 10,0% (2000), el índice de desempleo del hombre se redujo menos rápidamente, de 10,8% (1997) a 9,2% (2000).

En el mismo período, aumentó el grado en que el desempleo a largo plazo afecta a mujeres y hombres. Entre 1997 y 2000, la proporción de mujeres y de hombres desempleados por largo tiempo con respecto a la totalidad de personas desempleadas aumentó de 34,7% a 38,2% y de 29,8% a 32,8%, respectivamente. Esto quiere decir que el desempleo por largo tiempo afecta más seriamente a las mujeres que a los hombres.

3.4.3.Comparación entre los antiguos y los nuevos Länder federales

En los antiguos Länder federales, la situación de la mujer en el mercado laboral ha experimentado cambios muy positivos en los últimos años. Las mujeres han logrado beneficiarse en la misma medida que los hombres del mejoramiento de la situación económica: así, el índice de desempleo femenino descendió de 10,7% (1997) a 7,9% (2001). Aunque en este período las mujeres desempleadas fueron unas 180.000 menos, el número de mujeres con empleo remunerado aumentó en poco más de 920.000. Estas cifras ponen claramente de manifiesto que la capacidad potencial de desarrollo del empleo remunerado femenino ha sido movilizada con gran éxito en los antiguos Länder federales. Aunque en los nuevos Länder federales el índice de desempleo de la mujer es más alto que el del hombre, la diferencia se ha reducido desde que se presentó el último informe nacional. En efecto, el índice de desempleo descendió entre 1997 y 2000 de 22,5% a 18,8% para las mujeres y de 16,6% a 15,9% para los hombres. Sin embargo, el menor número de mujeres desempleadas no ha traído aparejado un aumento proporcional del número de mujeres con empleo remunerado. Es evidente que algunas mujeres que estaban registradas como desempleadas se han retirado ahora del mercado laboral ante la difícil situación de este mercado en los nuevos Länder federales. Todo esto generó una novedad: en el año 2000, por primera vez desde la unificación de Alemania, el índice de empleo de la mujer en los nuevos Länder federales (57,6%) fue menor que el registrado en los antiguos Länder federales (57,7%).

3.4.4.Empleo a jornada parcial

Según la información proporcionada en 2001 por la Oficina Federal de Estadística (Microcenso), 86,4% de las personas que trabajaban a jornada parcial en relación de dependencia eran mujeres. La proporción de empleadas a jornada parcial con respecto a la totalidad de las mujeres que trabajaban en relación de dependencia era de 30% aproximadamente. Subsisten aún considerables diferencias en materia de trabajo a jornada parcial entre los antiguos y los nuevos Länder federales: el índice de empleo de jornada parcial (= proporción de mujeres empleadas a jornada parcial con respecto al total de mujeres que trabajan en relación de dependencia) fue de 43,1% en el sector occidental y muy inferior, de sólo 24,4%, en el sector oriental. Las diferencias entre el Este y el Oeste deben considerarse en el marco de la situación económica general de las dos partes de Alemania y también desde un punto de vista histórico, habida cuenta de que en la antigua República Democrática Alemana las mujeres con empleo remunerado trabajaban casi exclusivamente a jornada completa.

3.4.5.Títulos y méritos de la mujer y el tipo de su ocupación

Subsiste una discrepancia entre los títulos y méritos de la mujer y el tipo de su trabajo. Por otra parte, las ocupaciones se distribuyen de manera diferente entre mujeres y hombres. Según la tradicional división del trabajo entre los géneros, que todavía se mantiene, la mujer se ocupa de los quehaceres domésticos —y además de su empleo remunerado— mientras que el hombre desempeña tan sólo actividades remuneradas. Es frecuente que las mujeres con empleo remunerado estén en la empresa en una posición jerárquica inferior a la que tienen sus compañeros varones, por más que tengan los mismos títulos y méritos que éstos. Son todavía demasiado pocas las mujeres que ocupan puestos directivos. Por el contrario, la representación de la mujer es muy alta en el tercio inferior del escalafón.

Aunque el Gobierno federal no tiene la oportunidad de regular las cuestiones de carácter salarial —que incumben a las partes en los convenios colectivos— contribuye a la consecución de la igualdad salarial entre mujeres y hombres estatuyendo una serie de providencias y reglamentaciones y generando condiciones generales apropiadas tanto en la sociedad como en el trabajo.

Este apoyo del Gobierno federal se expresa por conducto de la “Alianza para el Empleo y la Capacitación”. La meta transversal de las iniciativas de esta Alianza es promover la igualdad de oportunidades y el empleo remunerado para la mujer en el marco del compromiso contraído en el más alto nivel del Gobierno y de las asociaciones patronales y sindicales.

En abril de 2002, el Gobierno federal presentó un completo informe sobre la situación de mujeres y hombres en la esfera de las ocupaciones y los ingresos (véase la sección 3.4.12 infra) con objeto de analizar más eficazmente las causas y facilitar la adopción de medidas con arreglo a lo previsto.

3.4.6.Promoción de los trabajadores

La promoción de los trabajadores cumple una función importante ante la difícil situación imperante en el mercado laboral de los nuevos Länder federales. No sólo contribuye a atenuar la continua reducción del empleo en ciertos sectores de la economía, sino que permite que las empresas dispongan de personal con una óptima preparación después de la reestructuración económica. En el año 2000, casi 45% de los gastos que entraña la promoción de trabajadores activos correspondió a los nuevos Länder federales. La proporción de mujeres entre las personas promovidas como instrumento de política del mercado laboral era de 54,1% en los nuevos Länder federales. Este porcentaje superaba el previsto por la Ley relativa a la promoción de los trabajadores, con arreglo a la cual había que promover a las mujeres en relación proporcional con el número de desempleadas (51,8%). Además, en los antiguos Länder federales, la proporción de mujeres con respecto a las personas promovidas (45,7%) fue más alta que en relación con los desempleados (44,7%).

3.4.7.Enmienda de la Ley relativa a la promoción de los trabajadores – Reforma del Libro III del Código de la Seguridad Social (SGB III) y de la Ley de Empleo AQTIV

Con la segunda Ley de reforma del Libro III del Código de la Seguridad Social, que entró en vigor el 1º de agosto de 1999, el Gobierno federal llevó a cabo, en la Ley relativa a la promoción de los trabajadores, diversas mejoras que tienen importancia para la mujer. A partir de la reforma, han quedado incorporadas en el grupo de mujeres y hombres que retornan a su trabajo las personas que interrumpieron sus cursos de formación profesional como desempleadas o en el marco de la política de la empresa, tanto para criar a los hijos o cuidarlos mientras lo necesitasen como para atender a otros miembros de la familia que requiriesen asistencia prolongada. Cuando las mujeres retornan a su empleo, los requisitos que deben reunir para obtener un ascenso se han flexibilizado en lo que atañe a los instrumentos incluidos en el Libro III del Código de la Seguridad Social; el acceso de la mujer al mercado de trabajo puede realizarse, pues, en condiciones considerablemente más favorables.

La Ley de Empleo AQTIV (Job-AQTIV-Gesetz), que entró en vigor el 1º de enero de 2002, comprende otras enmiendas de interés desde el punto de vista de la política seguida con respecto a la mujer. AQTIV es la sigla derivada de cinco palabras alemanas que significan Activación, Cualificación, Capacitación, Inversión y Comunicación. Una de las metas de la Ley es promover la igualdad de la mujer y del hombre en el mercado laboral. Así, la igualdad entre mujeres y hombres forma parte integrante del objetivo transversal de la Ley relativa a la promoción de los trabajadores. Por otra parte, a partir del 1º de enero de 2002, es preciso tener en cuenta las discrepancias de género entre los desempleados al utilizar los instrumentos de la política activa en la esfera del mercado laboral en la promoción de las mujeres. Además, la Ley de Empleo AQTIV aspira a facilitar la conciliación entre la familia y el trabajo profesional. En aras de este objetivo, se ha incrementado la cuantía del reintegro de los gastos que ocasiona el cuidado de los hijos hasta un máximo de 130 euros por hijo y por mes cuando una persona desempleada participa en cursos de capacitación o de formación profesional, básica o permanente. Por añadidura, a partir de 2003, la Ley de Empleo AQTIV amplía los beneficios de la seguridad social cuando se reciben las prestaciones por maternidad (como regla general, seis semanas antes y ocho semanas después del parto) o cuando las previsiones de educación de los hijos de hasta tres años de edad se incluyen en el seguro del Servicio Federal de Empleo. Todo esto está supeditado a la obligación de contar con un seguro del Servicio Federal de Empleo inmediatamente antes de recibir las prestaciones por maternidad o de empezar a utilizar el tiempo acordado para criar al hijo o cuando se dejan de percibir los subsidios de desempleo o ya no se recibe más la ayuda correspondiente a los desempleados. Las aportaciones necesarias para lograr este gran mejoramiento de la seguridad social provienen de fondos de la Federación y del seguro de salud.

3.4.8.Otras reformas jurídicas

A guisa de ejemplos, se mencionarán a continuación tres iniciativas jurídicas que entrañan avances hacia la igualdad entre mujeres y hombres y tienen por objeto facilitar la conciliación de los deberes familiares con las obligaciones profesionales:

•La Ley relativa a la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en la Administración federal y los tribunales de la Federación, que entró en vigor el 5 de diciembre de 2001, reemplazó a la Ley de la Federación relativa al adelanto de la mujer (para más detalles, véase la sección 2.5 de la Parte I).

•La reforma de la Ley Federal relativa a la ayuda para la crianza de los hijos (Bundeserziehungsgeldgesetz), que entró en vigor el 1º de enero de 2001, entrañó para madres y padres posibilidades más amplias de conciliar el empleo remunerado con la atención de la familia (véase la sección 11.5.1 de la parte II).

•La Ley relativa al trabajo a jornada parcial y los contratos de empleo de duración determinada, que rige desde el 1º de enero de 2001, reconoce por primera vez el derecho jurídico general a trabajar a jornada parcial en el sector privado (para más detalles, véanse 5.1, 11.5.1 y 13.3 de la Parte II).

3.4.9.Empleo insignificante

Desde el 1º de enero de 2002, en todo el territorio de Alemania se aplica un límite salarial estándar, que para el salario mensual es de 325 euros, para determinar la insignificancia del empleo. En el caso de un empleo insignificante, el empleador debe aportar tasas fijas de 12% y de 10% del salario a la caja de pensiones y al seguro de salud, respectivamente. Las personas con un empleo insignificante pueden optar por completar la cuota íntegra del aporte a la caja de pensiones abonando la diferencia que no cubra la tasa fija a cargo del empleador (12%). El salario queda exento de impuestos para el empleado si el total de los otros ingresos en el año civil no supera el umbral de la insignificancia. El empleo se considera “insignificante” si el salario mensual no pasa de 325 euros y se trabaja menos de 15 horas por semana. Este requisito vale tanto para un empleo suplementario como para el único empleo. En principio, se suman el empleo principal sujeto al seguro y el empleo insignificante suplementario. Por otra parte, queda cubierto el empleo de corta duración (dos meses o 50 días de trabajo como máximo). En particular las mujeres se benefician de las ventajas citadas en la esfera de la seguridad social.

3.4.10.Acuerdo para promover la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en la empresa privada

El 2 de julio de 2001 el Gobierno federal y las asociaciones nacionales de empresarios alemanes dieron otro paso importante con miras al establecimiento de la igualdad entre mujeres y hombres en el sector empresarial mediante el “Acuerdo para promover la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en la empresa privada”. Las asociaciones nacionales de empresarios alemanes también convinieron en recomendar a sus miembros que adoptaran una serie de medidas internas para promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y brindar apoyo a la familia.

Según las circunstancias propias de cada caso, las empresas pueden adoptar medidas internas apropiadas, como por ejemplo:

•integrar la igualdad de oportunidades y el apoyo a la familia en la concepción filosófica de la organización,

•aumentar la proporción de mujeres que ocupen puestos directivos,

•ofrecer cursos de capacitación orientados hacia el futuro u otros tipos de formación que permitan triunfar ante mujeres más jóvenes,

•aumentar las posibilidades de que madres y padres concilien los deberes familiares con el trabajo profesional, y

•formular y documentar metas vinculantes para hacer realidad el concepto de igualdad de oportunidades y apoyo a la familia en la organización; el personal de las fábricas también debe estar comprendido en estas metas.

La aplicación de este moderno concepto de igualdad entre mujeres y hombres en la empresa privada depende de las iniciativas de cada empresa. Impulsa esa aplicación un grupo de primer nivel compuesto por representantes de la política y de las asociaciones nacionales. La primera verificación de los logros alcanzados se llevará a cabo en 2003; con posterioridad, se harán nuevas verificaciones cada dos años. Como contribución a la evaluación inicial, el Instituto de Investigaciones sobre el Empleo (IAB), dependiente de los Servicios Federales de Empleo, publicó un trabajo titulado “Oportunidades del mercado laboral para la mujer”.

3.4.11.El programa “La mujer y el trabajo”

A fin de impulsar expresamente la igualdad de oportunidades en el empleo para mujeres y hombres, el Gobierno federal lanzó el programa “La mujer y el trabajo”, sobre la base de la resolución del Gabinete federal de 23 de junio de 1999. Este programa no es excepcional ni tiene una duración limitada: es un programa siempre en curso que se somete a examen periódicamente. El programa funciona desde hace cuatro años y todas las medidas previstas se han llevado a la práctica o se han puesto en marcha con éxito. Lo esencial es dar el carácter de tarea permanente a la integración de la política pro igualdad, en el sentido de la “integración de las cuestiones de género”, en todas las esferas de la política y las actividades del Gobierno federal. (El programa “La mujer y el trabajo” se describe en detalle en la sección 11.5.1 de la Parte II.)

3.4.12.Informe sobre la igualdad de remuneración

Aunque el principio de la igualdad de remuneración está notoriamente arraigado en el derecho alemán, subsiste la desigualdad de trato en la esfera de la remuneración del trabajo de mujeres y hombres. Como término medio, las mujeres cobran 75,8% de los ingresos brutos de los hombres. Este porcentaje se eleva a casi 94% en Alemania oriental. Gracias a que la situación legal es ahora clara, prácticamente no hay más discriminación salarial directa contra la mujer; empero, muchas veces hay causas de discriminación que permanecen muy ocultas y son, por lo tanto, difíciles de comprobar.

Como consecuencia de la autonomía de las partes en los convenios colectivos, el Gobierno federal no tiene la posibilidad de reglamentar directamente las cuestiones de carácter salarial. Sin embargo, ha asumido su responsabilidad de contribuir a la reducción de la desigualdad salarial entre hombres y mujeres presentando un completo informe sobre la situación de mujeres y hombres en materia de trabajo e ingresos en el marco del programa “La mujer y el trabajo”. Un equipo científico se ha encargado de su redacción.

En el informe se proporciona información sobre la evolución de la situación de mujeres y hombres en materia de trabajo e ingresos y se analizan las causas de las tendencias observadas, se indica la distribución por sexo de los empleos y de las plazas correspondientes a los cursos de capacitación y, por añadidura, se describen las oportunidades de ascenso y el nivel de los sueldos y salarios de mujeres y hombres estableciendo comparaciones entre los distintos sectores de la economía. En el informe se extraen las siguientes conclusiones:

En comparación con los hombres, las mujeres han logrado progresos en materia de formación profesional. Como consecuencia del mejoramiento de la educación escolar y la formación profesional, las mujeres en general y las madres en particular han incrementado notoriamente su interés por el trabajo profesional. No obstante, la representación de las mujeres jóvenes sigue siendo baja tanto en los cursos internos de capacitación que se dictan en las empresas como en las ocupaciones vinculadas con la tecnología.

El interés por el trabajo profesional de la mujer de Alemania occidental siguió aumentando en los años noventa y alcanzó su punto más elevado, hasta ahora, en el año 2000 (índice de empleo: 62,1%). Por el contrario, el índice de empleo de la mujer de Alemania oriental descendió en dicho período a 72,2%; con todo, es evidente que sigue siendo mucho más alto que el correspondiente a la mujer de Alemania occidental.

Son cada vez más las mujeres que trabajan a jornada parcial (el índice de empleo a jornada parcial es de 42% para la mujer de Alemania occidental y de 23% para la mujer de Alemania oriental). Habida cuenta de que el volumen macroeconómico del trabajo ha disminuido en su conjunto, la participación cada vez mayor de la mujer en el mercado laboral entraña en ciertos casos la redistribución del trabajo entre los hombres.

En comparación con los hombres que tienen los mismos títulos y aptitudes, son muchas menos las mujeres que ocupan puestos directivos o se encuentran en un nivel alto en el escalafón de las empresas. En el año 2000, los hombres que ocupaban puestos directivos (20,3%) eran casi dos veces más que las mujeres (sólo 10,5%) en Alemania occidental. Las proporciones se acercaban más entre sí, aunque en un nivel inferior, en Alemania oriental: 14,4% de hombres y 12% de mujeres. En el grupo de personas de menos de treinta años de edad, las probabilidades de encontrar a un hombre o a una mujer en un puesto directivo son las mismas. A medida que los hombres avanzan en edad, crece también su proporción en los puestos directivos. En cambio, la proporción de mujeres que ocupan cargos directivos disminuye cuando tienen más años de edad. Parece que esto ocurre, principalmente, por las interrupciones causadas por cuestiones de familia.

La diferencia de los ingresos de mujeres y hombres es mucho mayor en los antiguos Länder federales: la mujer cobra casi 75% del salario medio del hombre en Alemania occidental y casi 94% en Alemania oriental.

Aunque desde una perspectiva más amplia se observa una aproximación de los ingresos de mujeres y hombres, los progresos logrados son muy lentos. En un período de veinte años, la mujer de Alemania occidental ha podido reducir la diferencia en casi 3%; empero, para la mujer de Alemania oriental la diferencia se acentuó en casi 2% en los años noventa.

Las mujeres con empleo remunerado se concentran en gran medida en los sectores de la economía donde el nivel salarial es bajo y en las pequeñas y medianas empresas, cuyos empleados ganan menos como término medio.

Hasta ahora, el crecimiento del índice de empleo femenino no ha ido de la mano con una división similar del trabajo de mujeres y hombres en el seno de la familia. La división del trabajo hogareño en función del género trae aparejadas diferencias de ingresos y ocupaciones durante la vida activa. Los hombres tienen casi siempre un empleo de jornada completa, sea cual fuere el tipo de su familia y las mujeres que viven con su pareja o marido a menudo trabajan a jornada parcial o no trabajan en absoluto. Estas modalidades son mucho más comunes en Alemania occidental que en Alemania oriental.

El tiempo acumulado de trabajo de la mujer es mucho menor que el del hombre. En efecto, para las personas nacidas entre 1936 y 1955 que tienen un empleo remunerado, los ingresos acumulados de la mujer representan, como término medio, sólo 42% de los que obtiene el hombre.

Como consecuencia de los distintos antecedentes en materia de ingresos, las pensiones personales a la vejez que cobran las mujeres en el Este equivalen hoy, aproximadamente, a apenas 60% de las que perciben los hombres; en el Oeste, este porcentaje no llega ni siquiera a 50%.

En el informe se analizan las numerosas causas de las diferencias entre los géneros en el empleo remunerado y los ingresos. Se mencionan los modelos tradicionales del papel de la mujer y de cohabitación del hombre y la mujer (aquél es el sostén de la familia mientras que ésta gana un dinero extra), la división del trabajo en el seno de la familia en función del sexo, la conducta de la mujer y del hombre al elegir sus ocupaciones y la provisión de una oferta suficiente de servicios para el cuidado de los hijos, pero también la estructura del empleo estándar y la organización interna de la empresa o su comportamiento al contratar el personal.

Según el informe, conviene examinar los convenios colectivos para determinar si siempre se utilizan los mismos criterios de calificación o si se manejan criterios particulares para grupos de salarios o tipos de trabajo determinados (por ejemplo, si se exige responsabilidad tan sólo para los grupos salariales más altos y fuerza física exclusivamente para el personal de campo).

De conformidad con la opinión de científicos de ambos sexos, los convenios colectivos deben estar estructurados de manera tal que los empleados puedan examinar las bases sobre las cuales se calcula el monto de sus salarios y los fundamentos de las diferencias salariales entre los distintos tipos de un trabajo equivalente realizados por mujeres y hombres.

El 24 de abril de 2002 el Gobierno federal presentó el informe, junto con una declaración, al Parlamento federal alemán. El Gobierno federal entiende que de esa manera ha confirmado que la cuestión de la igualdad de la mujer y del hombre en el mercado laboral sigue estando en el centro de su política social. Considera que es indispensable seguir ofreciendo oportunidades de capacitación cada vez mejores a las mujeres jóvenes que quieran desempeñar trabajos con orientación de futuro y abriendo posibilidades para que la mujer encuentre empleo y progrese profesionalmente en la sociedad de la información. Las mujeres y los hombres deben disponer por igual de la posibilidad de conciliar sus obligaciones laborales con las familiares.

3.4.13.La mujer en la sociedad de la información

La igualdad de oportunidades para la mujer en el desarrollo y el diseño de la sociedad de la información son importantes metas estratégicas del programa de acción titulado “Innovaciones y empleos en la sociedad de la información del siglo XXI”. Una meta muy importante del Gobierno federal es aumentar también en Alemania la participación de la mujer en Internet. El programa “La mujer en la Red”, organizado por el Gobierno federal en colaboración con Deutsche Telekom AG, el Servicio Federal de Empleo y la revista Brigitte, ha reunido hasta ahora a más de 100.000 mujeres participantes en total. Con el portal abierto con éxito a escala nacional para cursos por Internet dirigidos a mujeres, el acceso de mujeres aumentó mucho entre el otoño de 1999 y el verano de 2001. En 1999 utilizaba Internet un tercio de las mujeres; en la actualidad ese porcentaje se ha elevado a más de 43%. Esta fructífera asociación de los sectores público y privado se mantendrá hasta el año 2003. Con la colaboración de mujeres promotoras, se procurará acercar a la Red, sobre todo, a las mujeres que hasta ahora no hubieren experimentado el deseo de servirse de Internet por estar desempleadas, tener bajos ingresos o carecer de interés. Este grupo representa casi 60% de las mujeres. Con la expansión prevista en la jurisdicción de las autoridades locales, las actividades han de resultar más sustentables.

Además, el Gobierno federal también apoya otras propuestas ofrecidas por Internet a la mujer, como por ejemplo el enlace con comisionados que abogan por la igualdad, ONG y redes de mujeres expertas. La conferencia internacional “WOW – La mujer en la Red”, que se celebró en Hamburgo en marzo de 2001, también se fijó la meta de poner de manifiesto, a los ojos de la mujer, las diversas posibilidades y oportunidades que brinda Internet.

Para contrarrestar el peligro de que se abra una brecha digital en nuestra sociedad, el Gobierno federal ha puesto en marcha, en el marco de la iniciativa “Internet para todos”, una campaña de instrucción y demostración prácticas que comprende diversas actividades para niños, personas de edad avanzada, discapacitados y otros grupos que hasta ahora han hecho muy poco uso de los nuevos de medios de comunicación.

Como parte de esta campaña, el grupo de trabajo “La mujer”, del Foro de la Sociedad de la Información, se abocó a la tarea de describir las oportunidades y los riesgos concretos que la sociedad de la información tiene para la mujer, además de ofrecer un panorama de las actividades afines. En este caso el objetivo no se reduce a brindar apoyo a formas innovadoras de trabajo femenino ni a aumentar el número de mujeres que estudian informática o trabajan en actividades relacionadas con esta ciencia: consiste también en incorporar nociones generales de informática que sean

atrayentes para la mujer en esferas tales como la educación, la capacitación, la formación permanente y el desarrollo de la tecnología (con respecto a la capacitación, véase la sección 3.2.3 de la Parte I).

3.4.14.La mujer en la cultura y los medios de comunicación

Por otra parte, la cultura y los medios de comunicación constituyen una esfera importante del empleo remunerado de la mujer. La proporción de mujeres en el personal de radio y televisión es de más de 40%. En relación con las funciones directivas en servicios públicos de radiodifusión, la proporción de mujeres casi se ha triplicado desde 1985, pues ha pasado de 5% a 14%; empero, no hay ninguna mujer entre los directores. Hacia 1999, la proporción de mujeres había aumentado entre los miembros de los consejos de radiodifusión (a 20% en comparación con 17% en 1994) y entre los miembros de los consejos de administración (a 18% en comparación con 15% en 1994). No obstante, el aumento de la proporción de mujeres en los servicios públicos de radiodifusión es todavía mucho menor que en otros organismos y parlamentos. Por el contrario, las mujeres ocupan ya 25% de los puestos directivos en las emisoras privadas de radio y televisión, donde no existen cupos femeninos impuestos por planes para el adelanto de la mujer, a diferencia de lo que ocurre en la radiodifusión pública.

La situación ha mejorado considerablemente en la esfera de la capacitación, donde la proporción de cursillistas mujeres es de 50% como término medio. En las empresas dedicadas a la radiodifusión existen, casi sin excepción, directrices, acuerdos en el plano de los servicios o planes pro igualdad que apuntan a mejorar la representación femenina y constituyen una base importante para la labor que desarrollan los comisionados que abogan por la igualdad.

Si bien las mujeres están bien representadas en el campo de las bellas artes —por ejemplo, el número de profesoras en las academias de arte se duplicó con creces entre 1995 y 2000— la mayor parte de las funciones directivas en el sector de la política cultural (autoridades de la cultura) está en manos de hombres. Puede observarse una clara tendencia al alza con respecto al número de mujeres que trabajan en cualquier tipo de ocupación que se relacione con el diseño.

3.4.15.La mujer como empresaria y fundadora de empresas

Con su programa de acción “Innovaciones y empleos en la sociedad de la información del siglo XXI”, de septiembre de 1999, el Gobierno federal procura que la proporción de mujeres que inicia actividades comerciales llegue por lo menos a 40% hacia 2005. El hecho de que se proporcione un mayor apoyo a las mujeres emprendedoras tendría que estimular el desarrollo de la capacidad potencial de la mujer en el campo de la economía.

Las mujeres empresarias y las que emprenden actividades empresariales contribuyen en gran medida al crecimiento y la renovación de la economía y al aumento del empleo. Entre los 3,6 millones de personas que trabajan por cuenta propia en Alemania, 1.012.000 (o sea una proporción de casi 28%) son mujeres. Entre 2000 y 2001, el número de trabajadoras autónomas aumentó en 1.000 y llegó a 168.000 en los nuevos Länder y Berlín oriental; por el contrario, disminuyó en 1.000 a 844.000 en los antiguos Länder federales.

Entre 1991 y 2001, la proporción de mujeres entre los trabajadores autónomos aumentó de casi 26% a casi 28% en los antiguos Länder federales. En el mismo período, la proporción de mujeres que trabajaban por cuenta propia en empresas del Este pasó de casi 28% a casi 30% (véase el cuadro 3.7 del Apéndice).

La mayoría de las mujeres que trabajan por cuenta propia lo hace en el sector de los servicios (558.000); después siguen, en orden decreciente, las que trabajan por cuenta propia en el comercio, mayorista y menorista, y los hoteles y restaurantes (329.000), en la industria manufacturera y la construcción (78.000) y en agronomía y silvicultura (47.000). Unas 160.000 mujeres que trabajan por cuenta propia son temporeras. Las mujeres que quieren poner en funcionamiento una empresa en Alemania tienen a su disposición una amplia serie de instrumentos de promoción aptos para satisfacer las necesidades de las personas emprendedoras de ambos sexos. Por ejemplo, en 2002 se destinaron unos 5.000 millones de euros del fondo especial ERP de la Federación a préstamos a bajo interés, que se añadieron a otros 9.000 millones de euros correspondientes a los programas del Deutsche Ausgleichsbank y el Instituto de Crédito para la Reconstrucción. El número de mujeres que recibieron ayuda para iniciar sus actividades comerciales ha aumentado claramente desde 1990. Por ejemplo, entre las personas que en el curso de 2001 recibieron ayuda para poner en funcionamiento una empresa, fueron mujeres una de cada cuatro (25,1%) en los antiguos Länder federales y una de cada tres (33,7%) en los nuevos Länder federales. En 1999, estos porcentajes eran de sólo 21,3% y 25,6% respectivamente.

La implantación del denominado Programa de “Despegue” del Deutsche Ausgleichsbank (DtA) resultó particularmente útil para las mujeres deseosas de emprender actividades empresariales, pues concretamente cubre las necesidades de capital (hasta 50.000 euros) de los proyectos que entrañan la fundación de una pequeña empresa. Aprovecha el programa un número desproporcionadamente alto de mujeres que inician una actividad empresarial. Desde su implantación, en mayo de 1999, se otorgaron (hasta julio de 2002) 20.703 préstamos de capital inicial que representaron un volumen de crédito de 654,3 millones de euros. La proporción de mujeres que se benefician de este Programa y de otros programas de promoción del DtA es de 36,3% y 25,3% respectivamente. A partir del 1º de octubre de 2002, el Deutsche Ausgleichsbank complementará su Programa de promoción con un micropréstamo de hasta 25.000 euros. El micropréstamo, que tiene por objeto ayudar a quienes ponen en funcionamiento empresas pequeñas y microempresas, muy comunes especialmente en el sector de los servicios, facilita así la iniciación de un trabajo independiente. Más de 56% de las mujeres que trabajan por cuenta propia lo hacen en el sector de los servicios. Cabe esperar, pues, que sean las mujeres quienes más se beneficien de este Programa.

Por otra parte, las mujeres que ponen en funcionamiento una empresa pueden aprovechar una serie de ofertas especiales de asesoramiento brindadas por las autoridades locales y de los Länder, además de otras ofertas complementarias de redes o asociaciones femeninas. Los empresarios novatos, sean hombres o mujeres, encuentran respuestas a muchas de sus dudas sobre cuestiones de economía y derecho en el “Centro de despegue” virtual del DtA. Una novedad es el “Especial para mujeres emprendedoras”, dirigido explícitamente a las mujeres que inician actividades empresariales. El “Especial” no sólo brinda un cuadro panorámico de las ofertas existentes en materia de financiación y asesoramiento, sino que proporciona valiosa información adicional, como por ejemplo consejos sobre la mejor manera de dejarse ayudar y una reseña de la bibliografía existente y de redes femeninas afines.

El Gobierno federal proyecta motivar y apoyar a la gente emprendedora mediante un programa titulado “Posibilidades de las personas que ponen en marcha una empresa”. En este programa se expondrán medidas estructurales especialmente concebidas, se describirán las estructuras disponibles y se apelará a las relaciones públicas para generar en Alemania un clima propicio para las mujeres dispuestas a poner en funcionamiento una empresa. Aquí es de fundamental importancia cotejar datos estadísticos sobre las mujeres que emprenden esa tarea y la influencia de la sociedad de la información en la forma de lanzamiento y los planes de “despegue” para la mujer. También es preciso procurar que aumente la participación femenina en la fundación de empresas vinculadas con la tecnología (informática, biotecnología, etc.) y que la mujer aproveche mejor la capacidad potencial de Internet. Para lograr todo esto será importante el “Centro de información y prestación de servicios para las empresas que empiezan a funcionar”.

La Ley relativa a la ampliación de la asistencia a la formación permanente (Aufstiegsfortbildungsförderungsgesetz – “Meister-BAFöG”), que se promulgó en 1996, también es importante para las mujeres, habida cuenta de que reglamenta la participación de las mujeres con hijos en programas de educación permanente en el marco de su objetivo fundamental: contribuir al desarrollo positivo de las carreras profesionales de la mujer. Con la reforma de la “Meister-BAFöG”, que entró en vigor el 1º de enero de 2002, se logró, entre otras cosas, fortalecer el componente de la Ley relativo a la puesta en funcionamiento de empresas. Ahora se ofrecen mejores condiciones de promoción a las familias con hijos y a los padres solteros.

4.La mujer en la agricultura y las zonas rurales

4.1.La situación de la mujer en la agricultura

En Alemania, igual que en otras naciones industrializadas, hace mucho que está disminuyendo la cantidad de personas empleadas en la agricultura. En los antiguos Länder federales, en 1950 todavía trabajaba en la agricultura una de cuatro personas con empleo remunerado, pero la proporción actual es tan sólo de tres de cada cien personas. La cantidad de establecimientos agrícolas con una superficie cultivable de dos hectáreas o más se redujo de 1,6 millones a aproximadamente 406.200 en el mismo período. Habida cuenta de que se ha modificado la cifra más baja fijada como umbral de la comparación, la información sólo es comparable con limitaciones. (Hasta 1997 se incluían en el cálculo los establecimientos agrícolas con una superficie cultivable de una hectárea o más). Sin embargo, la agricultura nacional sigue satisfaciendo más de 80% de las necesidades alimentarias internas.

En 1999, aproximadamente 97% de los establecimientos agrícolas existentes en Alemania eran empresas unipersonales que, en su abrumadora mayoría, funcionaban como empresas familiares. Las mujeres constituían 12,5% de los miembros de la familia que trabajaban a jornada completa y 45,6% de los que trabajaban a jornada parcial.

En 1999, como término medio nacional, aproximadamente 9% del total de las empresas estaban dirigidas por mujeres. En los nuevos Länder federales, la proporción de empresas dirigidas por mujeres era aproximadamente de 20%, mientras que para las empresas con una superficie cultivable de 50 hectáreas o más era de alrededor de 14%. En 1999, trabajaban en establecimientos agrícolas alemanes que tenían un único dueño unas 353.000 mujeres, o sea 37% de la totalidad de los miembros de la familia. Estas mujeres realizan 28% de los trabajos necesarios. Es evidente, pues, que casi ningún establecimiento agrícola podría sobrevivir sin la ayuda de las mujeres. El manejo de las fuentes de ingresos alternativas, como por ejemplo la comercialización directa de los productos agrícolas o las “fiestas de la granja”, está casi exclusivamente a cargo de las mujeres.

Los cambios estructurales afectan en primer término a las mujeres que trabajan en la agricultura. Se han seguido reduciendo las diferencias estructurales, inicialmente considerables, entre el antiguo Territorio federal y los nuevos Länder federales. Mientras que en el antiguo Territorio federal casi todos los que trabajaban en la agricultura eran miembros de la familia, en los nuevos Länder trabajan personas que no pertenecen a la familia, por lo general a jornada completa. Como consecuencia del cambio estructural que se ha producido, la cantidad de empleos, sobre todo para las mujeres, ha disminuido considerablemente. En 1999, las mujeres constituían alrededor de 54% de las personas desempleadas en el sector de la agricultura y la silvicultura de los nuevos Länder.

Para contrarrestar esta tendencia, se han desarrollado proyectos nacionales de comercialización de distinto tipo. En las circunstancias apuntadas, el Gobierno federal, en colaboración con el Land de Renania – Palatinado, puso en marcha entre 1996 y 1999 un proyecto experimental de la Asociación Alemana de Mujeres Rurales (Deutscher Landfrauenverband) denominado “Comercialización cooperativa a escala nacional de la producción agrícola de la mujer” (proyecto Eifel – Hunsrück), cuyo objetivo era desarrollar y someter a prueba la comercialización de productos agrícolas en las ciudades (tiendas de productos agrícolas femeninos).

Entre 1999 y 2001, el Ministerio Federal de Protección del Consumidor, Alimentación y Agricultura puso en marcha y desarrolló el proyecto experimental titulado “Servicios en las zonas rurales para personas de edad avanzada” como instrumento para mejorar indirectamente los ingresos de esas personas.

Desde mediados de los años noventa, resulta cada vez más claro que, en los nuevos Länder federales, el desarrollo futuro del campo como zona económica y social depende mucho de que sus habitantes sean capaces de movilizar su propia capacidad potencial. La estructuración de proyectos de empleo es una parte importante de la labor de las organizaciones rurales femeninas que quieran solucionar los problemas que enfrenta la mujer en el mercado laboral y, en especial, neutralizar las multifacéticas consecuencias sociales que esos problemas acarrean.

Después de que el Gobierno federal apoyara con éxito la explotación de establecimientos agrícolas por parte de la mujer rural con su proyecto experimental denominado “Las mujeres rurales se ayudan a sí mismas”, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud puso en marcha en 1998, en los nuevos Länder federales, otro proyecto experimental titulado “Las mujeres rurales dan forma al desarrollo estructural de las regiones rurales – SELF”, que concluyó también con éxito en 2001. En estrecha colaboración con diversas asociaciones de mujeres rurales, la Asociación Alemana de Mujeres Rurales, como entidad encargada de desarrollar el proyecto experimental, brinda apoyo a las mujeres de las zonas rurales, más gravemente afectadas que los hombres por el desempleo, con planes que promueven la generación de ingresos y la iniciación de actividades empresariales.

El proyecto contribuyó a crear empleos para la mujer aprovechando la capacidad potencial existente y las iniciativas ya puestas en marcha en las zonas rurales, estableciendo un punto de cristalización de los planes de la mujer sobre la puesta en funcionamiento de empresas en las zonas rurales y desarrollando y ayudando a materializar nuevas ideas sobre nuevas actividades empresariales de la mujer. En total, el proyecto experimental dio origen a 28 “despegues” que inicialmente generaron 40 empleos en todos los sectores: artesanía, servicios, comercio mayorista y minorista y turismo.

4.2.Promoción de las posibilidades de empleo para la mujer en el sector de la agricultura

Por un lado, las nuevas condiciones en que se encuadra la política agrícola, sumadas a los cambios estructurales, técnicos, económicos y sociales registrados en la agricultura y las zonas rurales, empeoran la situación —que ya era tirante— del sector agrícola, especialmente desde el punto de vista del trabajo y los ingresos para la mujer. Por otro lado, sin embargo, estas circunstancias diferentes han generado oportunidades que se manifiestan en nuevos nichos de empleo e ingresos vinculados con la reorientación del trabajo. El propósito es estimular a la mujer que trabaja en el sector agrícola o rural para que desarrolle y ponga en práctica nuevas ideas y conceptos con miras a la apertura o la consolidación de posibilidades de empleo y de obtención de ingresos.

No se sabe a ciencia cierta si es útil aplicar y utilizar la informática en esta esfera. Subsisten considerables diferencias en materia de cualificación y de uso entre las zonas urbanas y las rurales. Esto atañe en particular a la mujer de las zonas rurales. A fin de remediar este problema estructural, la Asociación Alemana de Mujeres Rurales ha utilizado fondos del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud para poner en marcha un proyecto orientado directamente hacia la práctica de la informática. Este proyecto complementa el programa “La mujer y el trabajo”, sin el cual no es posible llegar cabalmente a la mujer de las zonas rurales. En el proyecto se estipula que en cada asociación rural (en total hay 22 asociaciones rurales en Alemania) hay que capacitar a dos mujeres, como término medio, en la esfera de la informática, para que se conviertan en especialistas capaces de transmitir sus conocimientos en los cursos de educación organizados en entidades femeninas de cada Land. Esas especialistas también se encargan de configurar sitios Web por encargo de mujeres rurales o que emprenden actividades empresariales en sus respectivos Länder. Esto quiere decir, por un lado, que las especialistas se ponen también ellas a trabajar por cuenta propia y, por el otro, que pueden abrirse nuevos canales de comercialización para quienes pongan en funcionamiento una empresa de carácter regional.

5.La mujer en la vida pública

5.1.Observaciones generales

En las elecciones parlamentarias de septiembre de 2002 convocadas para constituir el 15º Parlamento federal alemán, fueron mujeres la mayoría de las personas con derecho a voto (aproximadamente 31,9 millones en comparación con unos 29,3 millones que votaron en las elecciones anteriores). En el período que se examina, se logró que aumentara la proporción de mujeres que ocupan cargos políticos en todos los niveles. Sin embargo, todavía no hay en esta esfera una participación equilibrada de mujeres y hombres. Esto ocurre principalmente como consecuencia de la tradicional asignación de papeles femeninos y masculinos y de las tradicionales condiciones de vida y de trabajo de mujeres y hombres. Las mujeres con obligaciones familiares encuentran más dificultades que los hombres para consagrarse a la política. A fin de que los quehaceres en el seno de la familia no sean un obstáculo para desarrollar una actividad política, el funcionamiento de las organizaciones políticas y los actos políticos deben tener más en cuenta las condiciones de vida y de trabajo de la mujer. El Gobierno federal proyecta adoptar una serie de medidas para convencer a las mujeres, en particular a las jóvenes, de que pueden consagrarse a la política. Una de las medidas proyectadas consiste en permitir que mujeres jóvenes acompañen durante cierto tiempo a las políticas —que serían una suerte de mentoras— mientras desarrollan su labor cotidiana.

5.2.Participación de la mujer a escala federal

La proporción de mujeres en los parlamentos se ha incrementado constantemente en los últimos años. Por ejemplo, en 2002 se registró la proporción más alta de mujeres en el Parlamento federal alemán desde la creación de la República Federal. Después de las elecciones de 1998, 207 (30,9%) de los 669 miembros del 14º Parlamento federal eran mujeres; cabe señalar al respecto que, después de las elecciones parlamentarias de 1994, la proporción de mujeres entre los parlamentarios fue de 26,3%. De todas maneras, la proporción de mujeres varía según el partido al que pertenecen. Por ejemplo, la proporción de mujeres entre los representantes del SPD es de 35,23%; entre los de Bündnis 90/Die Grünen, de 57,45%; entre los de la CDU/CSU, de 18,37%; entre los del FDP, de 20,93% y entre los del PDS, de 58,33%. Por segunda vez en la historia de la República Federal de Alemania, una mujer fue elegida Presidenta del Parlamento Federal (luego de Annemarie Renger, que ejerció la presidencia desde 1972 hasta 1976) y desempeñó así el segundo cargo estatal en orden de importancia desde 1988 hasta 1998: la Prof. Dra. Rita Süssmuth. Tres de las cinco personas que ejercían la vicepresidencia del 14º Parlamento federal alemán eran mujeres. Por primera vez en la historia, una mujer, la Prof. Dra. Jutta Limbach, presidió también el más alto tribunal de Alemania, la Corte Constitucional Federal, desde 1994 hasta la primavera de 2002.

En 2001, el Gabinete del Gobierno Federal comprendía 17 mujeres: seis ministras (Ministerio Federal de Justicia, Ministerio Federal de Protección del Consumidor, Alimentación y Agricultura, Ministerio Federal de Salud, Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, Ministerio Federal de Educación e Investigaciones y Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo) y 11 secretarias parlamentarias de Estado en un total de 16 ministerios. Las mujeres también se desempeñan como secretarias de Estado en esferas que antes fueron de exclusivo dominio masculino (por ejemplo, los Ministerios del Interior, Hacienda y Defensa).

Desde 1996 hasta 2000 una mujer fue por primera vez Comisionada de Defensa del Parlamento Federal de Alemania.

5.3.Participación de la mujer en el plano de los Länder

La proporción de mujeres en los parlamentos de los Länder oscila entre 22,7% en Baviera y 41% en Bremen.

Entre los miembros de los gobiernos de los Länder hay aproximadamente 40 mujeres ministras (en una proporción que oscila entre 8,3% en Sajonia y 55,6% en Schleswig-Holstein). Desde mayo de 1993, una mujer es por primera vez jefa del gobierno de un Land (Schleswig-Holstein).

5.4.Participación de la mujer en el plano municipal

En los últimos años también ha seguido creciendo constantemente la proporción de mujeres entre los miembros de órganos electivos representativos de las ciudades y entre las autoridades municipales. En los municipios de más de 10.000 y menos de 20.000 habitantes, hay 21,04% de mujeres, como término medio, en los ayuntamientos y consejos municipales. Cabe señalar que cuanto más grande es el municipio, tanto más numerosas son las candidatas mujeres que resultan elegidas para trabajar en su ayuntamiento o consejo municipal. Por ejemplo, la proporción de mujeres en los ayuntamientos y consejos municipales de municipios de más de 500.000 habitantes es, como término medio, de 36,26%. Son mujeres quienes ocupan la jefatura de gobierno de varias ciudades grandes.

5.5.Participación de la mujer en los sindicatos

Los sindicatos que integran la Federación Sindical Alemana (DGB) reunían en el año 2000 un total de 7.772.795 afiliados, de los cuales 2.369.560 eran mujeres. La proporción de mujeres afiliadas a los sindicatos que forman la DGB descendió de 30,9% en 1997 a casi 30,4% en 1999. A principios de 2002, el sindicato ver.di, que surgió de la fusión de DAG, DPG, HBV, IG Medien y ÖTV, contaba con un total de 2.991.656 afiliados, de los cuales 1.422.327 (casi la mitad) eran mujeres. En ciertos sectores de ver.di, la proporción de mujeres es muy alta. Por ejemplo, en los sectores que reúnen a los empleados de comercio, bancos y compañías de seguros, las afiliadas son 286.825 y los afiliados, 145.798. En el año 2000, dos mujeres eran presidentas de los sindicatos GEW y HBV. En 2001, cuando se fundó el sindicato de servicios ver.di, la mujer que era presidenta de HBV pasó a ser vicepresidenta de ver.di.

Dos de cada cinco miembros del Comité Federal Ejecutivo de la Federación Sindical Alemana son mujeres (proporción: 40%). Aunque ninguna mujer preside la Federación, 40% de los delegados son mujeres. La proporción de mujeres en los comités ejecutivos distritales (en lo sucesivo, comités ejecutivos regionales) es de 15,4%.

Cabe destacar que las mujeres disponen de estructuras propias y tienen posibilidades de trabajar en el sindicato de servicios ver.di. La democracia de género es una de sus aspiraciones fundamentales; el concepto de igualdad entre la mujer y el hombre en el trabajo y en la sociedad se pone en práctica en todas las decisiones del sindicato y en todos los nombramientos en sus órganos internos. En las elecciones, se tiene en cuenta la proporción de afiliadas para determinar la cantidad de candidaturas que se ofrecen a las mujeres.

6.Instituciones públicas y organismos que promueven la igualdad de derechos entre mujeres y hombres

6.1.Comisionados para la igualdad y los asuntos de la mujer en organismos e instituciones públicas

En muchos organismos de la Federación y los Länder, igual que en las instituciones públicas, funcionan dependencias con la competencia adicional o exclusiva de ocuparse de los asuntos relacionados con la igualdad de derechos para la mujer en la esfera de las tareas y las funciones internas.

6.2.Comisionados federales para la igualdad

Se ha dictado una nueva Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades (Bundesgleichstellungsgesetz) en la que se definen con más precisión y profundidad los derechos y deberes de los comisionados federales para la igualdad y se amplía la esfera de su jurisdicción. Acompañan a la Ley normas reglamentarias claras que atañen a la exención obligatoria de otras tareas oficiales.

Con el derecho a oponerse, estos comisionados disponen ahora de recursos jurídicos explícitos para contrarrestar las disposiciones y las medidas internas que a su juicio sean contrarias a la igualdad. En virtud de la posibilidad, expresamente reconocida por la ley, de apelar ante los tribunales administrativos en caso de diferencias de opinión fundamentales con respecto a los derechos de los comisionados y los planes pro igualdad, en el futuro los comisionados federales para la igualdad podrán aclarar ante los tribunales cuestiones fundamentales relacionadas con la igualdad sin correr el peligro, que antes existía, de que sus recursos de apelación fuesen desechados como inadmisibles por falta de sustento jurídico. En su calidad de especialistas en cuestiones relativas a la igualdad, estos comisionados intervienen en la tramitación de los nombramientos para cargos incluidos en el marco de su jurisdicción, a menos que se hubieren establecido expresamente otras esferas de competencia en materia de igualdad. También contribuyen a que se adopten medidas de protección contra el acoso sexual en el lugar de trabajo.

6.3.Grupo de trabajo interministerial

La comisionada para la igualdad del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud es la presidenta del Grupo de trabajo interministerial. En este Grupo los comisionados para la igualdad intercambian experiencias, analizan cuestiones relacionadas con la igualdad que están fuera de su competencia, desarrollan ideas para mejorar las condiciones de trabajo del personal femenino de sus departamentos y se siguen capacitando juntos para realizar mejor su labor. Forman parte de esta labor la reducción de las desventajas existentes, el adelanto del personal, la conciliación de las obligaciones familiares con las laborales y otros muchos temas.

6.4.Mecanismos que promueven la igualdad en los Länder

Los organismos de los Länder cumplen una función similar a la que desarrollan los organismos federales.

En todos los gobiernos de los Länder hay instituciones que trabajan a favor de la igualdad de oportunidades. Sin embargo, no todas ellas se integran en la administración de la misma manera. En los últimos años, se han establecido Ministerios de Asuntos de la Mujer en 13 Länder: Baja Sajonia, Baviera, Berlín, Brandeburgo, Bremen, Hamburgo, Hesse, Renania del Norte – Westfalia, Renania – Palatinado, Sarre, Sajonia, Sajonia-Anhalt y Schleswig-Holstein. Baden-Württemberg tiene una Secretaría de Estado para Asuntos de la Mujer en el Ministerio de Asuntos Sociales, Turingia cuenta con un comisionado del Gobierno del Land de Turingia para la igualdad entre la mujer y el hombre y Mecklemburgo – Pomerania occidental tiene un comisionado del Gobierno del Land para la igualdad y los asuntos de la mujer.

Las tareas y facultades de los organismos de los Länder que promueven la igualdad son las siguientes:

•formulación de recomendaciones y propuestas de anteproyectos y examen de leyes, ordenanzas y medidas del Gobierno del Land correspondiente;

•cooperación con organizaciones femeninas, así como con otras organizaciones y asociaciones interesadas en asuntos de la mujer;

•cooperación con los organismos procedentes, tanto de la Federación como de los otros Länder, y con los que puedan adoptar medidas relacionadas con la igualdad entre mujeres y hombres.

Las actividades de los organismos de los Länder que se ocupan de la igualdad abarcan todo el ámbito de la política. Estos organismos adoptan medidas especiales en diversas esferas: las escuelas, la educación, la capacitación, la vida laboral, el progreso profesional de la mujer, la conciliación de las obligaciones familiares con las laborales y la violencia contra la mujer.

La Conferencia de Ministros y Senadores de los Länder para la Igualdad de Oportunidades y la Mujer (GFMK) se constituyó en Potsdam en 1991. Se reúne anualmente y la presidencia es rotativa en cada reunión. El Gobierno federal está representado como invitado permanente. La Conferencia es una institución que se encarga de la información y la coordinación mutuas, el examen de los proyectos de disposiciones legales federales y de los Länder, la elaboración de declaraciones y resoluciones conjuntas y la concertación de acuerdos sobre actividades suprarregionales.

La Conferencia es un instrumento importante para respaldar la política del Gobierno federal, en particular en las esferas del mercado laboral, el derecho de familia, las pensiones a la vejez, la promoción de la ciencia y la violencia contra la mujer. Grupos de trabajo de los Länder federales elaboran las propuestas que se pondrán a consideración del Gobierno federal para promocionar la igualdad más allá del Land. Las propuestas del Land se presentan por conducto del Consejo Federal o de otras conferencias especializadas de los Länder federales como, por ejemplo, la Conferencia de Ministros de Economía o la Conferencia de Ministros de Justicia.

6.5.Juntas municipales para la igualdad de oportunidades

Veinte años después de la creación de la primera junta municipal para la igualdad de oportunidades, en Colonia, en 1982, funcionan en Alemania aproximadamente 1.900 juntas municipales para la igualdad de oportunidades. Muchos municipios y distritos rurales, incluidos todos los pertenecientes a los nuevos Länder federales, cuentan con un comisionado para la igualdad de oportunidades. En los últimos años, desde que se ha institucionalizado la designación de los comisionados para la igualdad, ha aumentado rápidamente el número de éstos. La aceptación generalizada de los comisionados para la igualdad de oportunidades se ve reflejada en el hecho de que muchos otros municipios también optan por establecer un organismo de esta índole, aun cuando no estén legalmente obligados a hacerlo.

Los fundamentos jurídicos del establecimiento de oficinas para la mujer y juntas municipales para la igualdad de oportunidades difieren en los distintos Länder federales. En la mayoría de los Länder, el establecimiento de esas juntas tiene ahora sustento legal. En efecto, el concepto de igualdad de oportunidades está arraigado en las leyes de los Länder, los estatutos de los organismos locales o las reglamentaciones municipales. La eficacia de la labor de las juntas depende de su esfera de competencia y del personal y los fondos de que dispongan. Entre otros importantes requisitos para que su labor sea eficaz, figuran las facultades de intervención supradepartamentales o supradivisionales, la participación temprana en las decisiones relacionadas con el personal y en las determinaciones administrativas vinculadas con la igualdad de oportunidades, así como el derecho a llevar a cabo, en materia de relaciones públicas, una labor independiente aunque coordinada con la plana mayor de la administración. Las juntas municipales para la igualdad de oportunidades también tienen la posibilidad de brindar ayuda concreta en casos individuales. Al mismo tiempo, pueden proporcionar importantes estímulos para la realización de cambios estructurales en la comunidad y promover el adelanto de la mujer en los propios organismos municipales.

A escala federal y de los Länder, los organismos municipales para la igualdad de oportunidades han unido sus fuerzas en grupos de trabajo para aumentar sus posibilidades de ejercer influencia política.

6.6.Registro del Grupo de trabajo federal de las oficinas de la mujer y las juntas para la igualdad de oportunidades

Desde enero de 2000, en el marco de un proyecto trienal, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud promueve el establecimiento de un Registro del Grupo de trabajo federal de las oficinas de la mujer y las juntas para la igualdad de oportunidades. El Registro, que tiene su sede en Berlín, es el organismo nacional de coordinación entre la Red de comisionados municipales para la igualdad de oportunidades y asuntos de la mujer y sus voceras nacionales.

6.7.Comisionados para asuntos de la mujer y la igualdad de derechos en los institutos de enseñanza superior

En Alemania, la Conferencia federal de comisionados para asuntos de la mujer y la igualdad de derechos en los institutos de enseñanza superior representa la unión de los comisionados para asuntos de la mujer y la igualdad de oportunidades en universidades, colegios técnicos, institutos religiosos de enseñanza superior y centros de consulta vinculados con institutos de enseñanza superior.

Esta unión permite realizar objetivos comunes, especialmente en la esfera del adelanto de la mujer y de la reducción de las desventajas que ésta enfrenta en los institutos de enseñanza superior. La Conferencia federal representa los intereses femeninos en institutos de enseñanza superior en el ámbito federal y ante la Unión Europea, donde resultan afectadas las competencias federales. En este respecto, coopera con otras instituciones, sociedades y asociaciones.

6.8.Comisionados para la igualdad de oportunidades en el mercado laboral

Desde que la Ley de promoción de los trabajadores (Libro III del Código de la Seguridad Social) fue reformada por la Ley de Empleo AQTIV, que entró en vigor el 1º de enero de 2002 (véase la sección 3.4.7 de la parte I), los antiguos comisionados para la defensa de los intereses de la mujer en las oficinas de empleo recibieron un nuevo nombre. Ahora se los llama comisionados para la igualdad de oportunidades en el mercado laboral y asumen la representación de la Oficina de Empleo en cuestiones importantes relacionadas con el adelanto de la mujer y la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado laboral, así como con la conciliación entre la familia y el trabajo en beneficio de ambos sexos.

Esta conciliación comprende, en particular, cuestiones relacionadas tanto con la vocación profesional, el inicio de una profesión y el adelanto de la mujer como con el retorno al trabajo de mujeres y hombres después de una etapa dedicada a la familia y la concertación de acuerdos sobre un horario de trabajo flexible.

Los comisionados para la igualdad de oportunidades en el mercado laboral desarrollan su labor en todas las oficinas de empleo: no sólo en las oficinas de los Länder sino también en la sede del Servicio Federal de Empleo. Asesoran y ayudan a sus dependencias a llevar a cabo tareas que requieren conocimientos especializados y que se tengan debidamente en cuenta a las mujeres y las familias. Contribuyen a desarrollar las ideas que sustentan las oficinas de empleo en materia de política empresarial en relación con la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado laboral.

7.Medios de hacer efectiva la igualdad de derechos

Las vidas de mujeres y hombres difieren sustancialmente en muchos ámbitos de la vida pública y privada, por más que numerosas reformas legales hayan eliminado situaciones especiales de discriminación y exclusiones que afectaban a la mujer. En términos generales, las medidas y políticas orientadas hacia la gente no pueden ser neutras desde el punto de vista del género: en efecto, es preciso analizar las diferencias que existen en la realidad y tienen que enfrentar mujeres y hombres para determinar las consecuencias que producen, evitar una planificación incorrecta y tener

en debida cuenta los intereses de ambos sexos. La estrategia de la integración de las cuestiones de género se ha desarrollado con un criterio moderno, sin perder de vista la distinta situación de las mujeres y los hombres.

7.1.Importancia de la integración de las cuestiones de género

La integración de las cuestiones de género impone a todas las organizaciones y personas a quienes atañe bosquejar las medidas y los conceptos políticos y administrativos la obligación de tener en cuenta, en todos sus proyectos, desde el principio, la distinta situación y los diversos intereses de las mujeres y los hombres. Esto entraña un proceso sistemático de (re)organización por parte del ruedo político y la administración y un control de la política de la administración en materia de igualdad orientado hacia dentro y hacia afuera. La tarea fundamental de una administración moderna que pretenda satisfacer necesidades y prestar servicios consiste en tener en cuenta a los destinatarios de las normas y las medidas sin descuidar los intereses generales de las mujeres y los hombres de la administración; todo esto tiene interés vital para una administración que aspire a dejar conforme a la mayor parte del personal y a brindar soluciones a los problemas comunes.

En este caso, la integración de las cuestiones de género no suple la necesidad de promover como objetivo el adelanto de la mujer. Por el contrario: la integración de las cuestiones de género debe entenderse y llevarse a la práctica exclusivamente como complemento de medidas concretas conducentes al adelanto de la mujer. Las principales diferencias entre las dos políticas se encuentran en los actores de que se trate y en los enfoques conceptuales. Con arreglo a la política anterior relativa al adelanto de la mujer o al logro de la igualdad, se presuponía la existencia de un problema concreto en la materia. Las personas o las dependencias administrativas encargadas de promover la política de igualdad elaboraban, pues, una solución para el problema concreto. Por el contrario, la integración de las cuestiones de género abarca todas las decisiones de política, incluso las que a primera vista no parecen tener aspectos relacionados claramente con los géneros. Todas estas medidas se consideran desde una perspectiva de género, lo que entraña la necesidad de estudiar y determinar tanto las distintas condiciones de partida como los efectos de las medidas en mujeres y hombres. La práctica de la integración de las cuestiones de género pone de manifiesto que la política no es neutra desde el punto de vista de los géneros. Ya sea que se hable de leyes o de arquitectura y planificación urbana, problemas de salud, educación, proyectos de investigación, concertación de acuerdos sobre las horas de trabajo en una empresa, criterios de evaluación de un servicio público o las cláusulas de la Ordenanza relativa a la protección de la radiación (Strahlenschutzverordnung), las condiciones imperantes previamente para mujeres y hombres serán siempre distintas y las medidas que se adopten producirán en todos los casos efectos diferentes sobre aquéllas y éstos, frecuentemente en detrimento de la mujer o de otros grupos cuyo modo de vida difiera del modelo masculino clásico.

Las políticas expresamente orientadas hacia el adelanto de la mujer y la integración de las cuestiones de género son, pues, dos estrategias diferentes para alcanzar el mismo objetivo: la igualdad entre la mujer y el hombre y la constante reducción de la discriminación por motivos de género. A juicio del Gobierno federal, ambas estrategias se complementan recíprocamente y son necesarias para alcanzar la meta establecida.

7.2.Marco condicionante – requisitos políticos y jurídicos

Con la decisión adoptada por el Gabinete en junio de 1999, el Gobierno federal reconoció que la igualdad entre el hombre y la mujer era un principio rector permanente y decidió promover su realización como tarea transversal empleando la estrategia de la integración de las cuestiones de género. En el Reglamento colectivo (Gemeinsame Geschäftsordnung) de los Ministerios Federales se ha establecido, pues, que todos los departamentos tienen la obligación de aplicar el criterio de integración en todas las medidas normativas, legislativas y administrativas del Gobierno federal (artículo 2 del Reglamento colectivo).

De conformidad con el artículo 2 de la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades (Bundesgleichstellunsgesetz – BGleiG), todo el personal de la administración federal, en particular los gerentes, tienen la obligación de promover la igualdad entre mujeres y hombres; esta promoción es un principio rector permanente que debe aplicarse en todas las tareas de las dependencias y en la cooperación que se establezca entre ellas.

El marco en que se encuadra todo esto está formado por la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, y las obligaciones legales de los Estados miembros de la Unión Europea emanadas del Tratado de Amsterdam. Desde que el Tratado de Amsterdam entró en vigor el 1º de mayo de 1999, la integración efectiva de las cuestiones de género fue jurídicamente vinculante para los Estados miembros de la Unión Europea; el artículo 2 y el párrafo 2 del artículo 3 del Tratado de la Comunidad Económica Europea obligan a todos los Estados miembros a aplicar una política activa en materia de integración de la igualdad en el sentido de la integración de las cuestiones de género.

7.3.La estrategia de ejecución del Gobierno federal

Para aplicar la decisión del Gabinete del Gobierno federal, en mayo de 2002 se estableció el Comité directivo interministerial, formado por un grupo de funcionarios superiores, bajo la égida del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud. Cada departamento se encargó de capacitar de continuo y adecuadamente a su personal y de elaborar un primer proyecto experimental para poner en práctica el criterio de integración de las cuestiones de género. El objetivo a largo plazo del Comité directivo es elaborar listas de criterios y controles para todo tipo de actividad política y administrativa que se desarrolle en los departamentos del Gobierno federal. Los proyectos concretos deben servir para editar un Manual sobre la igualdad que defina modos de procedimiento estructurales y transferibles (listas de control, instrumentos de trabajo, folletos, etc.) con miras a la integración efectiva y cotidiana de las cuestiones de género en todo tipo de actividades de la administración.

En los 34 proyectos experimentales ahora organizados por el Gobierno federal se desarrollan procedimientos transferibles como una manera de proceder rutinaria y sensible en cuestiones de género en todos los trámites y esferas de trabajo de la gestión ministerial. Los proyectos cubren todo el espectro de decisiones políticas y administrativas y abarcan desde la movilización de terceros (con directrices promocionales, por ejemplo) hasta el control reglamentario de las decisiones intradepartamentales (como la organización de los procedimientos administrativos o la formación del personal).

Por ejemplo, El Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud ha impulsado cinco proyectos distintos que influyen en diversas esferas:

•Como proyecto interno de la administración, se está desarrollando la idea de integrar las cuestiones de género en la formación del personal departamental.

•En materia de concepción, licitación y adjudicación de contratos y de ejecución de proyectos de investigación, se tendrán siempre en cuenta los aspectos de género, tanto en los proyectos en sí como en los institutos de investigación.

•En el tercer proyecto departamental se realiza un examen prospectivo de la Ley de asistencia estructural a las personas de edad avanzada (Altenhilfestrukturgesetz) con objeto de determinar las consecuencias de esas disposiciones legales para mujeres y hombres.

•A fin de incluir lo antes posible las cuestiones relativas al género en la planificación de las medidas políticas y administrativas del Gobierno federal y con la colaboración de la Cancillería federal, se están preparando listas de control para formular las propuestas que ha de examinar el Cabinete de conformidad con el criterio de integración de las cuestiones de género.

•En el ámbito de la política relativa a la juventud y en colaboración con el Ministerio Federal de Asuntos de Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, las organizaciones promovidas con arreglo al plan para niños y jóvenes deben crear instrumentos prácticos que permitan la integración efectiva de las cuestiones de género en la asistencia a la niñez y la juventud.

Se pueden señalar más ejemplos de proyectos experimentales de otros departamentos:

•El Ministerio de Asuntos Exteriores examinará, entre otras cosas, las medidas adoptadas en materia de asistencia humanitaria teniendo en cuenta las condiciones iniciales y las repercusiones de esas medidas desde el punto de vista de las cuestiones de género; por otra parte, estas cuestiones serán tenidas en cuenta en el trabajo de control del departamento jurídico. Ya se han elaborado pautas generales para examinar las distintas actividades desde el punto de vista de “las consecuencias concretas para los géneros”. El tema de las “Cuestiones de género en las situaciones de crisis” se ha incorporado en los cursos preparatorios para el personal encargado de mantener el orden público. También se tiene en cuenta la perspectiva de género para asignar recursos al Fondo multilateral para la salud y al “Grupo de tareas internacional sobre tecnología de las comunicaciones”. Entre otros proyectos experimentales del Ministerio de Asuntos Exteriores se destaca un proyecto del departamento de “Cuestiones mundiales”, según el cual se deben tener en cuenta las cuestiones de género en la labor de asistencia humanitaria; por eso hay que comprobar el grado de integración efectiva de esas cuestiones en la Unión Europea, revisar los criterios internos de evaluación desde el punto de vista del logro de esa integración e incorporar la integración de las cuestiones de género en la formación básica y permanente (es decir, en la formación del personal). En un futuro próximo se pondrá en marcha un proyecto en que se examinarán las diferencias entre los géneros en la labor del departamento de protocolo, habida cuenta de que produce efectos contundentes sobre terceros.

•El Ministerio Federal de Educación e Investigación, con su programa “Los nuevos medios de comunicación en la educación”, integrará de manera constante y sobre una base amplia los medios de comunicación, como instrumentos de enseñanza, aprendizaje y trabajo, en la formación básica y permanente; con el proyecto experimental, promoverá la inclusión de las cuestiones de género en los programas educativos para las escuelas, la formación profesional básica y permanente y los institutos de enseñanza superior.

•El Ministerio Federal de Hacienda ha puesto en marcha un proyecto experimental titulado “Promoción de la familia y la integración de las cuestiones de la género”.

•El Ministerio Federal de Salud adoptará el criterio de integración de las cuestiones de género para elaborar medidas de prevención en la esfera de la atención de la salud de los niños y los jóvenes.

•En el marco de su proyecto experimental, el Ministerio Federal de Protección del Medio Ambiente y la Naturaleza y Seguridad Nuclear ha desarrollado y aplicado un método de evaluación de las consecuencias que tendría para mujeres y hombres la reforma de la Ley relativa a la protección contra la radiación, en particular la Ordenanza de protección contra la radiación. Se ha generalizado el uso de la lista de control confeccionada para llevar a cabo los procedimientos de examen teniendo en cuenta las exigencias concretas de la Ley básica relativa a la protección contra la radiación; en el futuro, se aplicará a todas las medidas que se adopten en materia de política ambiental, en particular durante los trámites legislativos.

•El Ministerio Federal de Transporte, Construcción y Viviendas adoptará el criterio de integración de las cuestiones de género a título experimental en el programa de la Federación y los Länder titulado “La ciudad social”. En este caso se tendrán en cuenta los distintos intereses y necesidades de mujeres y hombres en la esfera de la ordenación urbana.

Aunque ya se puede disponer de los resultados preliminares de estos proyectos experimentales, en el actual período legislativo no se han empleado todavía los instrumentos correspondientes, como por ejemplo un folleto sobre la incorporación efectiva de las cuestiones de género en los proyectos de investigación y un útil de trabajo para la integración de las cuestiones de género en la legislación.

También se han puesto en marcha las medidas convenidas en materia de concienciación y educación permanente para integrar efectivamente las cuestiones de género en la práctica de la Administración federal. A medida que aumenta la experiencia empírica, los primeros resultados del trabajo, las listas de control y los folletos se incorporan en los cursos complementarios de formación permanente para incrementar la capacidad del personal en el campo laboral y acrecentar su eficacia en la prestación de asistencia práctica.

Como primera medida en la esfera de las relaciones públicas, el Gobierno federal se presentó por Internet en abril de 2002 en un sitio creado y difundido por el Ministerio Federal de Asuntos de Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, con la colaboración de otros departamentos interesados (www.gender-mainstreaming.net). Allí se expone y se explica la estrategia de la integración de las cuestiones de género procurando que resulte comprensible y amena. Se demuestra cómo procede el Gobierno federal para desarrollar esa estrategia y adoptar medidas prácticas; mediante el establecimiento de enlaces en sus sitios Web, los departamentos pueden presentar sus proyectos experimentales y demás actividades de una manera que atraiga la atención del público. El 1º de julio de 2002 también se publicó un folleto complementario.

8.La mujer en situaciones especiales

8.1.La mujer con discapacidad

En 1999 la Oficina Federal de Estadística registró 3.136.008 mujeres gravemente impedidas. Estas mujeres se quejan con frecuencia de los modelos de funciones tradicionales, de la idea de competir pensando en los resultados, de los lugares comunes y de los juicios morales que las afectan doblemente, como personas impedidas y como mujeres.

8.1.1.Modificación de la política relativa a las personas discapacitadas

En octubre de 1998, el Gobierno federal se fijó como meta recorrer nuevos senderos para desarrollar su política con respecto a las personas discapacitadas y desplegar todos los esfuerzos posibles tanto para promover la autodeterminación y la igualdad de las personas discapacitadas en cuanto a la participación social como para aplicar la prohibición de discriminar a las personas discapacitadas establecida en la Ley orgánica: “Nadie podrá resultar desfavorecido por causa de su discapacidad”.

Se han adoptado providencias legales para que se respete el derecho de las personas impedidas a la asistencia y la solidaridad como parte de los derechos civiles universales y aceptados y condición indispensable para que las personas con discapacidad puedan vivir con autonomía.

Para las mujeres impedidas, la modificación de la política con respecto a las personas con discapacidad también trajo aparejadas numerosas mejoras que pueden significar un apoyo en muy diversas situaciones y una ayuda para participar más ampliamente en la vida laboral.

8.1.2.Reformas legales

Con el Libro IX del Código de la Seguridad Social titulado “Rehabilitación y participación de las personas discapacitadas” (SGB IX), que entró en vigor el 1º de julio de 2001, las personas con discapacidad o sobre las cuales pesa la amenaza de quedar discapacitadas podrán determinar muchas de sus acciones por sí mismas y bajo su propia responsabilidad. Para que actúen así y participen en pie de igualdad en la vida laboral y social aprovechando los beneficios especiales de la rehabilitación médica, se les proporcionará el apoyo y la solidaridad que requieran para obviar, compensar o superar su discapacidad y facilitarles esa participación.

En el proceso de integración de las cuestiones de género, es ésta la primera Ley federal que tiene en cuenta los efectos que sufre la mujer discapacitada por partida doble. En virtud de ella, se establecieron reglas para ampliar la participación de la mujer impedida en las medidas de rehabilitación profesional. Se procura garantizar la igualdad de oportunidades para las niñas y las mujeres con discapacidad en la esfera de la rehabilitación profesional y de la vida laboral; esto entraña promover el trabajo a jornada parcial y, en particular, facilitar el logro de metas profesionales, por ejemplo mediante ofertas de trabajo a jornada parcial que sean apropiadas, queden al alcance de la mano y sean practicables en el marco de las prestaciones con que se pretende ampliar la participación en la vida laboral. No sólo hay que mejorar la situación de estas mujeres compensando sus desventajas: también hay que promover su participación en pie de igualdad en la vida social y laboral.

Las numerosas iniciativas y actividades resultantes de esta Ley pretenden que la integración de las mujeres en la vida laboral, tan duradera como sea posible, abarque también a las gravemente discapacitadas. El Servicio Federal de Empleo organiza programas de duración limitada en la esfera del mercado laboral nacional y regional para reducir el desempleo entre las personas o los grupos especiales de personas gravemente discapacitadas, en particular las de sexo femenino, y promueve la oferta de plazas de capacitación a mujeres y hombres gravemente discapacitados. Los servicios especializados de integración que trabajan como instrumentos nuevos de la política relativa al mercado laboral tienen en cuenta las necesidades especiales de las mujeres gravemente discapacitadas, a las que brindan particular ayuda.

Entre las diversas prestaciones que complementan la rehabilitación médica y la inserción en la vida laboral, también se asigna considerable importancia a los cursos y ofertas iniciales para niñas y mujeres con discapacidad o sobre las cuales pesa la amenaza de quedar discapacitadas, habida cuenta de que facilitan la toma de conciencia. El fundamento de esta política es el convencimiento de que esos cursos y ofertas son algunas de las más importantes medidas de prevención contra la violencia y el acoso sexuales.

Por añadidura, en el Libro IX de la Seguridad Social se estipula que todos los empleadores, tanto del sector privado como del público, tienen la obligación de que por lo menos 5% de su personal esté formado por personas gravemente discapacitadas. Al respecto, las mujeres gravemente discapacitadas son objeto de particular consideración. Los empleadores también tienen la obligación de velar por la concertación de un acuerdo de carácter vinculante entre ellos mismos o sus agentes y los representantes de las personas gravemente discapacitadas que abarque tanto la reglamentación de la política de planificación del personal como la disposición del lugar de trabajo y del entorno laboral o la organización de las tareas y el horario de trabajo en beneficio de las mujeres gravemente discapacitadas. Por ejemplo, se dictan normas especiales en materia de planificación del personal para que se dé empleo a una proporción conveniente de mujeres gravemente discapacitadas. Por otra parte, los empleadores están obligados a promover el establecimiento de empleos de jornada parcial. Los empleadores cuentan con el asesoramiento y el apoyo de las oficinas de integración, que es el nombre que ahora se da a las antiguas oficinas centrales de asistencia social. Las personas con una discapacidad grave tienen derecho a un empleo a jornada parcial si es necesario que trabajen menos horas por la naturaleza o la gravedad de su discapacidad.

En virtud de esta Ley, se presta especial atención al fortalecimiento de los derechos y la defensa de los intereses especiales de las mujeres gravemente discapacitadas en diversas esferas.

La obligación de presentar informes, estipulada en el Libro IX del Código de la Seguridad Social, se cumplirá en el futuro presentando datos desglosados por sexo. Por ejemplo, desde fines de 2004 el Gobierno federal tendrá que informar a los órganos legislativos de la Federación sobre la situación de las mujeres y los hombres con discapacidad. Por otra parte, las estadísticas federales sobre personas gravemente discapacitadas se compilan desglosadas por sexo. Además, las instituciones dedicadas a la rehabilitación deben explicar en qué proporción están empleadas las mujeres gravemente discapacitadas al presentar los informes relativos a su experiencia en materia de establecimiento de oficinas mixtas. Por último, las personas gravemente discapacitadas y las personas discapacitadas consideradas dentro de esa misma categoría se dividen por sexo en las listas que confeccionan los empleadores. Por consiguiente, en el futuro será más fácil formular aseveraciones bien fundadas sobre la situación social de las mujeres discapacitadas.

También en la nueva Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Administración federal y los tribunales de la Federación (Ley federal de la Igualdad de oportunidades) se incorporó una disposición en que se tiene en cuenta el doble perjuicio que sufren las mujeres discapacitadas: con una redacción similar a la empleada en la segunda oración del artículo 1 del Libro IX del Código de la Seguridad Social, se aclara que el objetivo declarado de la Ley federal de la Igualdad de oportunidades es que los intereses especiales de las mujeres discapacitadas o en riesgo de quedar discapacitadas que trabajan en la administración pública federal sean tenidos en cuenta en las medidas que procuren el adelanto de la mujer o una mejor conciliación de las obligaciones familiares y laborales.

Además, el 1º de mayo de 2002 entró en vigor la Ley relativa a la igualdad de oportunidades para las personas discapacitadas (Gesetz zur Gleichstellung behinderter Menschen – BGG). Así como el Libro IX del Código de la Seguridad Social regula los intereses de las personas discapacitadas en el mundo del trabajo, la Ley relativa a la igualdad de oportunidades para las personas discapacitadas pretende abrir para éstas posibilidades de autodeterminación y participación en pie de igualdad en todas las demás esferas de la vida pública y social. Para hacer valer la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, es preciso tener en cuenta los intereses especiales de las mujeres discapacitadas y eliminar la discriminación existente (artículo 2 de la BGG: La mujer discapacitada). Por otra parte, se aclara que en este caso está permitido adoptar medidas especiales para promover la observancia de facto de la igualdad de derechos de las mujeres discapacitadas y eliminar la discriminación existente.

8.1.3.Promoción de proyectos

Se han formulado o se están formulando proyectos independientes que tienen por destinatarias a las niñas y mujeres discapacitadas en su conjunto.

•En 1996, para determinar la situación de las mujeres discapacitadas, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud encargó que se llevara a cabo un estudio que se tituló “La situación de la mujer con discapacidad – Reafirmación de la vida y los intereses: VIVIR”. En el proyecto de investigación se extrajeron conclusiones respecto de la situación actual de la mujer con discapacidad, de su necesidad objetiva y subjetiva de disponer de apoyo y de mejorar su situación y de las dificultades y posibilidades de representar políticamente sus intereses. Este proyecto quedó concluido con el simposio “VIVIR: Reafirmación de la vida y los intereses de la mujer con discapacidad”, que se celebró en Friburgo de 5 a 7 de mayo de 1999.

•En 1999, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud encargó la ejecución del proyecto “Ente federal para la mujer discapacitada” (organizado por: bifos e.V.) con el propósito de investigar más detalladamente la situación de la mujer discapacitada, analizar la necesidad explícita de cambio en diversas esferas de su vida y ayudar a mejorar la coyuntura. No sólo se estudiaron diversos problemas: también se proporcionó a las mujeres discapacitadas información actualizada sobre iniciativas y proyectos, como por ejemplo centros de asesoramiento, refugios para mujeres, cursos de autodefensa, posibilidades de rehabilitación profesional y conferencias nacionales especializadas en temas seleccionados.

•En 1999 se puso en marcha el proyecto experimental cuatrienal titulado “La gente joven con discapacidad mental: su autodeterminación en materia de sexo y la violencia sexual en su propia casa”. Estudia a las mujeres con discapacidad intelectual prestando atención especial a sus hogares. La meta del proyecto es elaborar y desarrollar experimentalmente un programa de enseñanza (sexual) que aborde la autodeterminación sexual y la violencia sexual en recintos frecuentados por jóvenes con discapacidad intelectual. Los destinatarios de los planes de acción o los folletos son los cuidadores, los tutores y los residentes con discapacidad intelectual porque es preciso que todos ellos sepan cómo determinar si se traspasan los límites y cómo proceder para impedir los ataques o para adoptar las medidas necesarias y apropiadas en caso de que los ataques ya se hubieren producido.

•En el marco del proyecto jurídico titulado “La situación de la mujer con discapacidad en la reinserción social y profesional – obstáculos y condiciones imprescindibles en el marco de la situación legal vigente”, el Ente federal para la mujer discapacitada llevó a cabo una serie de encuestas para determinar la situación de las mujeres discapacitadas: por ejemplo, una sobre la situación de éstas en relación con el adelanto y la formación profesionales, otra con respecto a los proveedores e instructores de cursos de autoestima y autodefensa para niñas y mujeres, otra más sobre la atención y la asistencia prestadas especialmente a las mujeres con discapacidad y una cuarta encuesta sobre los aparatos y la asistencia de que disponen las madres con discapacidad física o sensorial.

8.2.La mujer de edad avanzada

8.2.1.La situación de la mujer de edad avanzada

En los próximos años y decenios, la evolución demográfica de Alemania traerá aparejados grandes cambios en la estructura de la población y, por lo tanto, en las condiciones de vida sociales e individuales. A la vez que desciende la proporción de personas de menos de 15 años, aumenta considerablemente la proporción de las que tienen más de 65 años. A fines de 2000, había entre los 82,2 millones de habitantes de la República Federal de Alemania unos 8,4 millones de mujeres y alrededor de 5,3 millones de hombres que tenían más de 65 años; sumadas ambas cifras, este grupo etario representa 16,6% de la población (véase el cuadro 1 del Apéndice). La cantidad de personas muy ancianas, de más de 90 años, que residen en Alemania ha aumentado de 20.000 en 1950 a aproximadamente 466.000 en 1998. Según los

cálculos que sobre la base de modelos efectuó la Oficina Federal de Estadística, la proporción de la población de más de 65 años habrá aumentado en aproximadamente 30% para 2040.

La esperanza de vida sigue creciendo en Alemania. Como término medio, la esperanza de vida de un varón recién nacido es de 74,4 años y la de una niña recién nacida, de 80,6 años. Por otra parte, también ha aumentado la esperanza de vida de las personas de edad avanzada. En efecto, de conformidad con el cuadro actual de defunciones correspondiente al período 1997-1999, un hombre de 60 años puede esperar que, como término medio, ha de vivir 19 años más, en vez de los 18,7 años estimados según el cuadro anterior. Para una mujer de la misma edad, las cifras son 23,3 años y 23,1 años respectivamente.

La elevada proporción de mujeres entre la generación de más edad es consecuencia, por un lado, de las dos guerras mundiales y, por el otro, de la superior esperanza de vida de la mujer.

8.2.2.Metas de la política de promoción de la igualdad para las mujeres de edad avanzada

Una de las metas de la política de promoción de la igualdad de la República Federal de Alemania es aumentar la autoestima de las mujeres de edad avanzada e incentivarlas para que comprendan que la edad que tienen representa una nueva etapa de su vida en que pueden hacer realidad sus intereses y contribuir a forjar su propio entorno. El Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud brinda apoyo a las organizaciones de personas de edad avanzada, como por ejemplo la “Red nacional de mujeres de edad”, constituida por mujeres de más de 45 años y fundada a partir del grupo de trabajo “La mujer en la vejez”, que participó en los preparativos de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Se pretende construir en todos los Länder federales redes que ejerzan influencia en la política relativa a las mujeres de edad, evitar el aislamiento de éstas mediante la práctica de actividades y la adopción de compromisos y cooperar con todas las instituciones que trabajan por la mujer y las personas de edad; esta política debe desarrollarse estableciendo contacto con las mujeres de edad y promoviendo iniciativas en su favor. Por otra parte, se aspira a promover el establecimiento de redes regionales, a impulsar la ejecución de proyectos conjuntos y a ampliar la cooperación a escala nacional e internacional.

8.2.3.La seguridad social para las mujeres de edad

En los últimos decenios se ha modificado la situación de la mujer desde el punto de vista de la relación entre los quehaceres domésticos y el empleo remunerado. Muchas mujeres están empleadas, sobre todo a jornada parcial, y se ocupan a la vez de la crianza de sus hijos. Si bien crecerán las expectativas de la mujer de cobrar una jubilación propia a medida que aumente su participación en el empleo remunerado, en muchos casos esto no será suficiente para garantizarle una jubilación independiente y no esté supeditada a elementos adicionales.

En la actualidad los ingresos de la mujer en su vejez se componen principalmente de:

•su propia jubilación (como término medio, 458 euros en el Oeste y 620 euros en el Este)

•una pensión como persona a cargo supérstite (como término medio, 536 euros en el Oeste y 524 euros en el Este)

•una pensión adicional (de la empresa y privada).

La jubilación independiente de la mujer es todavía insuficiente. Esto se explica por las importantes razones que se enumeran a continuación:

•El derecho a la clásica pensión a la vejez se adquiere por conducto del seguro de pensión establecido por ley: el monto de la pensión depende de los aportes realizados, que a su vez están determinados por el salario y la duración del empleo remunerado. Una pensión a la vejez vinculada con el empleo remunerado es estructuralmente desfavorable para la mujer, que a menudo interrumpe o abandona definitivamente sus actividades remuneradas, empieza a trabajar a jornada parcial u opta por un empleo insignificante, que el seguro no cubre.

•Además, en vista del creciente número de divorcios, no se puede seguir confiando en la pensión de las personas a cargo supérstites.

•La pensión de la empresa es apenas un seguro insuficiente para la mujer porque, en gran medida, únicamente la ofrecen las empresas grandes y depende de la antigüedad en el empleo.

Para contrarrestar todo esto, se ha dictado una nueva reglamentación de la reforma de las pensiones, que entró en vigor en 2001, se han establecido incentivos para incorporarse o reincorporarse rápidamente en un empleo remunerado después de haber criado a los hijos (durante un período de tres años por la crianza de cada hijo) y se han aumentado, para el cómputo que se realiza con arreglo a la Ley de pensiones, tanto el tiempo acordado para criar a los hijos como el bajo monto de los salarios cobrados por la mujer durante la etapa de crianza de los hijos (por trabajar a jornada parcial, por ejemplo). Además, se ha puesto en pie de igualdad a la mujer que ni siquiera ha podido trabajar a jornada parcial por haberse consagrado a la crianza de dos hijos por lo menos.

En relación con las expectativas de las personas que tienen un empleo remunerado mientras crían a su prole pero que durante los diez primeros años de vida del hijo sólo están empleadas a jornada parcial precisamente para criarlo y, por lo tanto, ganan menos que el salario medio, el cálculo de su pensión se realiza considerando que sus ingresos efectivos, que pudieron haber sido más altos, no han estado por debajo del salario mínimo correspondiente al régimen de pensiones. Así, los ingresos personales se aumentan en un 50% hasta un máximo de 100% de los ingresos medios si el beneficiario puede acreditar 25 años de servicios para el régimen de pensiones. Esto crea un incentivo para que la falta de seguro generada por la crianza de los hijos dure tan poco como sea posible, habida cuenta de que los padres se pondrán a trabajar o volverán al trabajo, por lo menos en un empleo a jornada parcial, al poco tiempo de terminada la crianza de los hijos.

Este beneficio alcanza asimismo a las numerosas personas que por tener que cuidar a un hijo que necesita atención durante mucho tiempo no pueden desempeñar ningún empleo remunerado. También en este caso los aportes obligatorios considerados para el cómputo de la pensión aumentan en un 50% de su valor —hasta un máximo de 100% de los ingresos medios— durante un período que se extiende hasta que el hijo que requiere atención prolongada cumple los 18 años de edad.

Se acreditan puntos de ingresos en el cómputo de la pensión como compensación por el tiempo transcurrido desde que termina el tiempo de la crianza de un hijo (en otras palabras, cuando éste cumple cuatro años) hasta que el niño cumple diez años, cuando se cría simultáneamente a dos o más hijos o cuando prácticamente los padres no pueden tener un empleo, ni siquiera a jornada parcial, y por esa razón no obtienen una evaluación más alta del período durante el cual tienen la obligación de efectuar aportes. Como regla general, este crédito equivale a la máxima promoción derivada de la más alta valuación del período obligatorio de aportes en el caso de personas que crían a sus hijos a la vez que desempeñan actividades remuneradas (en otras palabras, representa un tercio de punto de ingresos por año).

8.2.4.Las mujeres de edad que son inmigrantes en Alemania

El grupo de mujeres de edad que son inmigrantes en Alemania requerirá más atención en el futuro. Como ocurre con la población alemana, también entre los extranjeros la esperanza de vida de las mujeres es mucho mayor que la de los hombres. Según el Sexto informe sobre la familia presentado por el Gobierno federal, el excedente de hombres entre la población extranjera se transforma en excedente de mujeres aproximadamente a los 70 años de edad. Desde los años setenta, la proporción de personas de más de 65 años respecto de la población total se ha triplicado con creces: de 0,7% a 2,5%. Antes, la mayoría de las inmigrantes de edad avanzada, en particular las viudas, regresaban a su patria; ahora el ocaso de sus vidas transcurre en Alemania como consecuencia de la formación de núcleos familiares más amplios. Únicamente un 25% de las mujeres inmigrantes viven solas durante su vejez; esta proporción es inferior a la correspondiente a la población alemana.

Las inmigrantes de edad avanzada enfrentan un cúmulo de riesgos. Por ejemplo, más de la mitad de las mujeres turcas de la primera generación de inmigrantes no han terminado sus estudios primarios y 40% jamás han ido a la escuela. Habida cuenta de que en un 60% son trabajadoras no calificadas o semicalificadas, muchas de esas mujeres dependen de la asistencia social cuando llegan a la vejez. Otro problema es el estado de salud de los extranjeros de edad, comparado con el de los alemanes del mismo grupo etario. Como esas personas tienen que seguir estudiando y el idioma en que se comunican sigue siendo el materno, surgen considerables problemas de comunicación, que entrañan dificultades en particular para su tratamiento médico.

8.3.Las mujeres que buscan asilo en Alemania

En 2001, solicitaron asilo en Alemania 88.287 personas, de las cuales 30% eran niñas y mujeres. La mayor parte de los solicitantes de asilo procedían del Iraq, Turquía y la ex Yugoslavia. En comparación con los otros países europeos, Alemania ocupa el segundo lugar entre los que reciben más solicitudes de asilo (88.287), después del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (88.3000) y antes que Francia (47.260).

La cláusula administrativa general de la Ley de extranjería entró en vigor el 7 de octubre de 2000. En las explicaciones correspondientes al artículo 53 de la Ley se tienen más en cuenta que antes las razones concretas por las cuales las mujeres

terminan huyendo. En particular se menciona expresamente la vulneración de intereses jurídicos vinculados con el género, dentro de la cual se encuadran las violaciones sistemáticas u otras formas de violencia sexual.

En las entrevistas a mujeres que sostienen que han sido víctimas de persecuciones a causa de su sexo, se vela por que los encargados de adoptar decisiones estén especialmente capacitados y por que los intérpretes hayan seguido cursos apropiados de capacitación en sicología. En los cursos que siguen los intérpretes se presta particular atención a

•los aspectos socioculturales y las cuestiones de género, pues permiten entender la huida y el trauma,

•la situación especial de la persona traumatizada y el análisis y la evaluación del papel de los intérpretes mientras duran las entrevistas en casos muy delicados.

También se entrega a la persona que solicita asilo un folleto, redactado en el idioma extranjero que corresponda, titulado “Aviso importante – notificación de la obligación de cooperar y suministro de información general sobre cuestiones de procedimiento para quienes solicitan asilo por primera vez o después de haberlo solicitado previamente”. Se informa a las mujeres que solicitan asilo, desde el mismo momento en que presentan su solicitud, que entre las personas encargadas de adoptar una decisión al respecto hay mujeres que pueden intervenir, si procede, y que la Oficina Federal ofrece el asesoramiento de mujeres con conocimientos especializados cuando los casos atañen específicamente a persecuciones por motivo de sexo.

El 26 de abril de 2001 se celebró una conferencia especializada sobre el tema “Refugiados traumatizados: sicopatología y necesidad de actuar; experiencia práctica y base científica del diagnóstico y tratamiento” en la Oficina Federal para el Reconocimiento de refugiados extranjeros, con sede en Nuremberg.

Parte II

Las disposiciones de la Convención y su aplicación en la República Federal de Alemania

En la Parte II se describen las medidas adoptadas a partir de 1998 para aplicar las disposiciones de la Convención. Por lo demás, cabe remitirse a los informes nacionales presentados anteriormente al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

1.Artículo 1: Definición de “discriminación”

Artículo 1

A los efectos de la presente Convención, la expresión “discriminación contra la mujer” denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconoc i miento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cult u ral y civil o en cualquier otra esfera.

En la República Federal de Alemania, la igualdad entre el hombre y la mujer está garantizada por la Constitución como un derecho fundamental (párr. 2 del art. 3 de la Ley orgánica): “El hombre y la mujer gozan de los mismos derechos. El Estado impulsará la realización efectiva de la igualdad de derechos de las mujeres y los hombres y promoverá la eliminación de las desventajas existentes.”.

Además, el párrafo 3 del artículo 3 de la Ley orgánica estipula lo siguiente: “Nadie podrá ser perjudicado ni favorecido a causa de su sexo, su ascendencia, su raza, su idioma, su patria, su origen, sus creencias o sus opiniones religiosas o políticas. Nadie podrá ser perjudicado a causa de su discapacidad.”.

La definición de la expresión “discriminación contra la mujer”, tal como figura en el artículo 1 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, refleja el criterio general en que se basan el régimen jurídico y las reglamentaciones explícitas de las distintas ramas del derecho alemán. Los legisladores, el poder ejecutivo y la judicatura deben velar por la observancia de este derecho fundamental, que por cierto es un derecho directamente aplicable. Toda mujer y todo hombre cuyos derechos sean violados pueden recurrir a los tribunales. Las controversias públicas, en particular las relativas a las medidas discriminatorias que emanen de autoridades administrativas, son resueltas por los tribunales administrativos o por tribunales especializados, como los tribunales de seguridad social y los tribunales fiscales. Los tribunales de trabajo otorgan protección jurídica contra la injustificada desigualdad de trato en la vida laboral. Por último, las mujeres o los hombres que resulten afectados también pueden presentar un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Federal, alegando que su derecho fundamental a la igualdad jurídica ha sido violado por una ley u otro acto soberano. Sin embargo, en tales circunstancias deben observarse reglas de procedimiento especiales.

2.Artículo 2: Medidas parlamentarias encaminadas a eliminar la discriminación contra la mujer

Artículo 2

Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dil a ciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se co m prometen a:

a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del ho m bre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización prá c tica de ese principio;

b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la m u jer;

c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tr i bunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la prote c ción efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación;

d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar porque las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;

e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discrimin a ción contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o e m presas;

f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislat i vo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que const i tuyan discrim i nación contra la mujer;

g) Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyan discrim i nación contra la mujer.

2.1.La Constitución

Nos remitimos aquí a la reforma de la Ley orgánica, examinada en la Introducción y en la Referencia a los párrafos 3 y 17 de la Declaración con respecto a las observaciones del Comité.

2.2.Ley relativa a la Igualdad y Ley para el Adelanto de la Mujer

Para actualizar el informe anterior corresponde añadir lo siguiente:

El 5 de diciembre de 2001 entró en vigor la nueva Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la administración federal y los tribunales de la Federación, que se describió pormenorizadamente en la sección 2.6 de la Parte I. Aquí corresponde agregar las siguientes disposiciones que atañen a la eliminación y la prevención de la discriminación.

Para evitar en lo posible que se produzcan controversias jurídicas sobre si determinadas disposiciones o medidas constituyen una discriminación directa o indirecta contra la mujer, se incorporaron definiciones legales aclaratorias en el inciso 7 del artículo 4 de la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades en la administración pública de la Federación. Esas definiciones guardan correspondencia con el derecho comunitario europeo. Hay discriminación directa cuando, a causa de su sexo, mujeres u hombres son tratados en un acuerdo o con una medida de manera diferente, sin que haya para ello causas de peso, a menos que el acuerdo o la medida se base en la índole de la actividad por desarrollarse y que la pertenencia a determinado sexo sea condición indispensable para realizar esa actividad. Hay discriminación indirecta contra la mujer si procedimientos, criterios o disposiciones que parecen ser neutros discriminan a las mujeres en proporción mucho más alta, a menos que esos procedimientos, criterios o disposiciones sean apropiados y necesarios y estén justificados por razones ajenas al sexo.

El inciso 2 del artículo 9 de la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades, en armonía con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo, prohíbe que se adopten criterios de selección específicos que sean indirectamente discriminatorios respecto de la mujer en cualquier decisión sobre el personal y la organización. Por ejemplo, en el proceso de selección del personal no corresponde tener en cuenta la interrupción de las actividades remuneradas, la brevedad del servicio activo o el reducido número de años de empleo, la merma de las horas de trabajo o la demora en terminar cursos individuales de capacitación por haber atendido obligaciones familiares, entre otras las vinculadas con los ingresos del cónyuge, la pareja de por vida o el compañero, y haber insumido tiempo en el cuidado de los hijos o de parientes que requieren atención prolongada; tampoco corresponde tomar en cuenta la intención de aprovechar la posibilidad de reducir la carga del propio trabajo.

2.3.Ley de reforma de la Ley de asistencia a las mujeres embarazadas y las familias

Para actualizar el informe anterior corresponde añadir lo siguiente:

Desde noviembre de 1999, con la autorización del uso como medicamento de un preparado de Myfegine se ha abierto la posibilidad de recurrir a un fármaco, y no a la cirugía, para llevar a cabo un aborto en una etapa temprana del embarazo. Nada ha cambiado en materia de requisitos legales ni en cuanto al procedimiento prescrito (recepción de asesoramiento) para la mujer que prefiere abortar recurriendo a un medicamento antes que someterse a una intervención quirúrgica.

Básicamente todas las personas que intervienen en la terminación de un embarazo (aborto) son todavía punibles con arreglo al artículo 218 del Código Penal (Strafgesetzbuch – StGB); por lo demás, siguen rigiendo las excepciones enumeradas en el último informe.

2.4.Otras leyes

En las secciones correspondientes a los siguientes artículos y en la Parte I, o en ambas, se describen otras leyes que promueven el adelanto de la mujer, la igualdad de derechos y la eliminación de la discriminación contra la mujer. En el Apéndice II se incluye una lista de todas las leyes relacionadas con asuntos de la mujer.

3.Artículo 3: Medidas para promover y salvaguardar el pleno desarrollo de la mujer

Artículo 3

Los Estados Partes tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.

Las medidas relacionadas con este artículo 3 han sido adoptadas por la Federación y los Länder y se enumeran en la Parte I y en el Apéndice II del presente informe.

Por lo demás, sigue teniendo validez la información proporcionada en el último informe.

4.Artículo 4: Adopción de medidas especiales de conformidad con el artículo 4

Artículo 4

1. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer no se considerará discriminación en la forma definida en la presente Convención, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el manten i miento de normas desiguales o separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igua l dad de oportunidad y trato.

2. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales, incluso las contenidas en la presente Convención, encaminadas a proteger la maternidad no se consid e rará discriminatoria.

Se puede considerar que la mayoría de las medidas enumeradas en el Apéndice II son medidas especiales a tenor de la definición del artículo 4 de la Convención. La adición a la Ley orgánica, las leyes relativas a la igualdad de derechos, la Ley para el Adelanto de la Mujer, los proyectos de investigación y las medidas de promoción del adelanto de la mujer, por ejemplo, contribuyen al logro del objetivo señalado supra en el mercado laboral, la política y la administración pública. Algunos de los temas ya fueron examinados en el informe anterior, tanto en relación con los artículos respectivos como en la sección general.

Igual que las modernas leyes de los Länder que promueven el adelanto de la mujer con miras al logro de la igualdad y que cuentan con el aval del Tribunal de Justicia Europeo, la nueva Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades contiene disposiciones que atañen al acceso de la mujer, sin ningún tipo de discriminación, a las entrevistas y los procedimientos de selección; al contenido de las entrevistas, que no puede ser discriminatorio; al cupo previsto para casos particulares en el marco de las decisiones vinculadas con la selección del personal; a la ampliación de los cupos de las invitaciones a participar en las charlas que forman parte del proceso de selección; a las comisiones de selección y el plan de igualdad; a las determinaciones sobre cualificaciones, y a los criterios —no permitidos— que entrañen una discriminación indirecta cuando se seleccione al personal; corresponde considerar que todas son medidas especiales a tenor de la definición del artículo 4 de la Convención.

Todo esto vale para las nuevas disposiciones sobre planes pro igualdad que contiene la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades. Los planes pro igualdad se desarrollan para que sean instrumentos modernos y eficaces de la planificación y el aprovechamiento del personal, y no tan sólo en épocas de crecimiento del empleo. También cuando se recortan los puestos de trabajo, los planes pro igualdad deben prever que la proporción de mujeres siga siendo por lo menos la misma que antes. Se están ampliando el período de aplicación de los planes pro igualdad y los intervalos de ajuste para reducir la burocracia innecesaria que interviene en el “control de la igualdad” dentro de la administración.

5.Artículo 5: Eliminación de funciones estereotipadas y promoción de la responsabilidad común de mujeres y hombres en cuanto a la educación y la formación de sus hijos

Artículo 5

Los Estados Partes tomarán las medidas apropiadas para:

a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estere o tipadas de hombres y mujeres;

b) Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la re s ponsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al des a rrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituye la consideración primordial en t o dos los casos.

Para actualizar el informe anterior corresponde añadir lo siguiente:

5.1.Armonización de la familia con el trabajo profesional

La reforma de la Ley federal relativa a las prestaciones para la crianza de los hijos, que entró en vigor el 1º de enero de 2001, es una importante contribución a una mayor armonización de la familia con el trabajo profesional. Las nuevas disposiciones otorgan a los padres más posibilidades de planificar la división de tareas en el seno de la familia y de generar una transición más flexible entre la familia y el trabajo profesional. Por otra parte, la Ley relativa al trabajo a jornada parcial y los contratos de empleo de duración determinada, que entró en vigor el 1º de enero de 2001, reconoce a los empleados de empresas que cuenten con más de 15 trabajadores, el derecho jurídico a la reducción de sus horas de trabajo semanales siempre que no se opongan a ella razones operativas. Por consiguiente, los padres con hijos ya mayores también pueden armonizar su trabajo profesional con la atención de la familia.

En cuanto a la administración pública de la Federación, la Parte III de la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades contiene disposiciones que van aún más lejos en su propósito de armonizar la familia con el trabajo profesional porque imponen a las empresas la obligación de ofrecer empleos a jornada parcial o con un horario de trabajo especial, que puede incluir el año sabático o un cálculo determinado de las horas hábiles. Las solicitudes de trabajo a tiempo parcial sólo se pueden rechazar si median razones operativas “imperiosas”. En su carácter de modelo patronal del sector público, también la Federación da cumplimiento a estas disposiciones especiales en su administración pública.

5.2.Nueva imagen de la paternidad

En el marco de estas reformas, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud inició una campaña titulada “Más campo de acción para los padres”. Es una ofensiva en la esfera de las comunicaciones con la cual se brinda apoyo a los hombres que quieren pasar más tiempo con su familia y se les suministra información sobre las disposiciones legales relacionadas con la armonización de la familia con el trabajo profesional. Junto con las empresas que apoyan a los padres que se comprometen en mayor grado con su familia, el Ministerio hace publicidad con el propósito de crear una nueva imagen del hombre y del padre en nuestra sociedad. Para que las medidas y procesos ya puestos en marcha se mantengan en el tiempo y con la colaboración de empresas, asociaciones y autoridades locales, ese organismo impulsa un proyecto trienal de asesoramiento para que se adopten medidas que favorezcan a la familia y, en particular, a los padres.

Un estudio recién concluido titulado “El papel del padre en la familia” analizó el papel del padre en el proceso de organización de la familia y representó un importante aporte al examen de la distribución de las funciones en el seno del hogar. El estudio demuestra la influencia de las tempranas experiencias de socialización, la orientación sobre las funciones de cada género, la escolaridad y el compañerismo en función de los distintos conceptos de paternidad.

5.3.Medidas para combatir la violencia contra la mujer

Para actualizar el informe anterior corresponde añadir lo siguiente:

Sólo se dispone de las estimaciones dadas a conocer en el cuarto informe para conocer la magnitud de la violencia contra la mujer. Para obtener datos precisos sobre el grado de violencia contra la mujer, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud encargó que se realizara una encuesta representativa en marzo de 2002.

5.3.1.Plan de Acción del Gobierno federal

El 1º de diciembre de 1999, el Gabinete federal aprobó el Plan de Acción del Gobierno federal para combatir la violencia contra la mujer. En este Plan se explicita por primera vez un concepto general y acabado de los cambios estructurales que se prevé realizar en todos los niveles durante el desarrollo de la campaña para combatir la violencia.

Ese concepto general de la necesidad no sólo abarca las esferas de competencia de los diversos departamentos federales, sino también las correspondientes a los Länder y las autoridades locales. Su aplicación depende, pues, de una estrecha colaboración entre los Ministerios Federales competentes y de la cooperación prevista de antemano entre la Federación y los Länder; en Alemania no se practicaba esta forma de cooperación para combatir la violencia.

Ante la conveniencia de mejorar el control de la ejecución del Plan de Acción, que estaba a cargo de un grupo nacional de trabajo con la misión de combatir la trata de mujeres, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud estableció el 12 de abril de 2000 un grupo de trabajo de la Federación y los Länder para combatir la violencia en el hogar contra la mujer, que componen representantes no sólo de los ministerios competentes de la Federación y los Länder sino también de organismos ejecutivos locales, ONG y, en particular, las mujeres refugiadas. A partir de su establecimiento, este grupo de trabajo se reúne trimestralmente.

El Plan de Acción abarca las esferas de la prevención, la legislación federal, la colaboración y el establecimiento de enlaces, el trabajo con los agresores, la creación de conciencia y la cooperación internacional.

La prevención social en general, según se entiende en el Plan de Acción, comprende todas las medidas apropiadas encaminadas a:

•generar un ambiente social en que la violencia contra la mujer sea rechazada. Este rechazo debe comprender la protección efectiva de la mujer contra la violencia masculina y el convencimiento de los agresores de que el Estado reaccionará ante la comisión de violencia;

•corregir el desequilibrio entre hombres y mujeres y establecer la igualdad en todos los aspectos de la vida;

•romper el círculo de la violencia, que puede abarcar a varias generaciones.

5.3.2.Medidas legislativas

Se asigna particular importancia a las medidas legislativas. La protección legal de la mujer debe extenderse a todas las ramas del derecho: penal, civil y público. La meta es poner fin a la violencia contra la mujer y garantizar su seguridad.

El Gobierno federal considera que las personas que cometen violencia en el hogar o que la cometen en “público” tienen que ser procesadas y deben prever una sanción del Estado. La violencia en el hogar contra la mujer no es una cuestión de familia en que el Estado no debe inmiscuirse.

El Gobierno Federal considera que, en esta esfera, su acción legislativa debe centrarse en el fuero civil. La “Ley para aumentar la protección de los tribunales civiles contra los actos de violencia y los requerimientos inoportunos y para facilitar la asignación de la vivienda conyugal en caso de separación” (Gesetz zur Verbesserung des zivilgerichtlichen Schutzes bei Gewalttaten und Nachstellungen sowie zur Erleichterung der Überlassung der Ehewohnung bei Trennung) entró en vigor el 1º de enero de 2002. Establece una clara base legal para la protección a partir de providencias de los tribunales civiles, como por ejemplo prohibiciones de entrar en contacto con una persona, acercarse a ella o acosarla con la intención de atentar ilícitamente contra su cuerpo, salud o libertad, incluso cuando sólo se trata de amenazas de cometer el atentado. Por otra parte, establece las bases para reclamar la asignación, al menos temporalmente, de una vivienda de uso común si la persona maltratada convive con el agresor desde hace mucho. Se han revisado los procedimientos y los medios de hacer cumplir la ley para garantizar que las víctimas puedan obtener justicia con rapidez y facilidad.

Como complemento de la Ley, el Gobierno federal recurre a las relaciones públicas, programadas por el grupo de trabajo de la Federación y los Länder que se encarga de combatir la violencia en el hogar contra la mujer. Estas actividades comprenden, entre otras cosas, la enseñanza permanente de todos los grupos de ocupaciones a las que incumbe la cuestión, la descripción de las condiciones en que se aplica la Ley, la aplicación de modelos y los folletos.

En relación con esta Ley, los Länder federales estudian ahora si es posible y, en caso afirmativo, cómo respaldar y complementar la protección legal del derecho civil con normas policiales y medidas de protección policial. Mientras Bremen, Hamburgo, Renania del Norte —Westfalia y Mecklemburgo— Pomerania occidental ya han reformado los estatutos de su policía, Baden-Württemberg y Berlín han anunciado su intención de renovar sus normas policiales y administrativas.

La protección contra la violencia en el hogar que proporciona la Ley de Protección contra la Violencia (Gewaltschutzgesetz) se ve acrecentada por la Ley para ampliar aún más los derechos de los niños (Ley de ampliación de los derechos de los niños – Kinderrechteverbesserungsgesetz), que entró en vigor el 12 de abril de 2002. En esta Ley se aclara expresamente que una persona puede ser sacada de una casa en que vive con un niño (o alejado de la vecindad inmediata del niño) si comete actos violentos contra ese niño. Ocurre a menudo que la madre del niño que es víctima de esos actos violentos los siente como expresión de violencia sicológica que, entre otras cosas, pretende intimidarla también a ella. Además, esta Ley complementaria extiende la protección a las madres, pues ahora resulta claro para la práctica de los tribunales de familia que pueden hacer uso de la facultad de separar al agresor del niño maltratado, y la distancia puesta entre ellos es una prevención eficaz de la posibilidad de que se produzcan más actos de violencia.

La Ley por la cual se reforma el artículo 19 de la Ley de extranjería (Gesetz zur Neuregelung des § 19 Ausländergesetz) entró en vigor el 1º de junio de 2000. Esta reforma legal mejora la situación jurídica de los cónyuges extranjeros, en particular de muchas mujeres. De conformidad con el nuevo artículo 19 de la Ley de extranjería, tras la separación y la disolución del matrimonio, los consortes extranjeros gozan de un derecho independiente para quedarse en el país después de dos años (antes eran cuatro) de cohabitación conyugal en territorio alemán. En caso de fallecimiento de un cónyuge, el derecho del otro cónyuge a quedarse no guarda relación con ningún período de cohabitación conyugal; sencillamente ésta tiene que haber existido, durante algún tiempo, en territorio alemán.

También se ha reformulado la cláusula denominada de penuria, que ahora reconoce el derecho independiente de quedarse en Alemania por más que no hubiere expirado el período establecido. De conformidad con la anterior versión aplicable, para el otorgamiento de ese derecho no era imprescindible que el retorno al país de origen fuese inaceptable para el cónyuge extranjero después de la separación. Ahora cabe permitir que el cónyuge se quede para evitar una particular penuria.

La cláusula administrativa de la Ley de extranjería, que entró en vigor el 7 de octubre de 2000, comprende disposiciones que atañen tanto al procesamiento por cuestiones relacionadas con el sexo como el trato otorgado a las víctimas de la trata de seres humanos. Si hechos concretos u otros indicios sugieren que una persona obligada a salir del país puede verse involucrada en la trata de seres humanos, en principio se le otorga un plazo de cuatro semanas por lo menos para salir voluntariamente del país. Esas personas pueden buscar consejo y asistencia en oficinas de asesoramiento especiales.

Con la Ley de 1999 relativa a la concertación de acuerdos entre los agresores y las víctimas en el fuero penal (Gesetz zur strafverfahrensrechtlichen Verankerung des Täter-Opfer-Ausgleichs), los tribunales y las oficinas del Ministerio Fiscal cargan concretamente con la responsabilidad de examinar, en cada etapa del proceso, de qué manera se puede llegar a un acuerdo entre la persona acusada y la víctima de un delito penal (artículo 155a del Código de Procedimientos en lo Penal [StPO]). El régimen de justicia penal no sólo debe estar en condiciones —como lo estaba antes— de convalidar un acuerdo satisfactorio entre el agresor y la víctima o una indemnización por daños y perjuicios. Para que entre la persona acusada y la víctima se logre un acuerdo que restaure el orden público, deberá tomar la iniciativa y promover activamente esa solución en los casos apropiados. Según la índole de cada caso, un acuerdo satisfactorio entre el agresor y la víctima puede entrañar la suspensión del juicio. Por ejemplo, abre la lista de las condiciones e instrucciones del artículo 153a del Código de Procedimientos en lo Penal . Es posible suspender el juicio a condición de que la persona acusada despliegue serios esfuerzos por llegar a un acuerdo con la víctima, de manera tal que se repare el delito cometido o se procure repararlo por completo o en gran parte (No. 5 del inc.1 del art. 153 del Código de Procedimientos en lo Penal).

La Ley que prohíbe la violencia en la educación (Gesetz zur Ächtung der Gewalt in der Erziehung) entró en vigor el 3 de noviembre de 2000. Ahora el niño goza del derecho a ser educado sin ninguna clase de violencia y no tan sólo sin recibir maltrato. La Ley hace hincapié enérgicamente en que no se puede justificar la violencia invocando fines educativos.

Con esta nueva disposición no sólo se fortalece la condición jurídica del niño, sino que se logra concienciar a los padres sin amenazarlos con sanciones de leyes penales. Esta reforma legal fue necesaria para contrarrestar el empleo de la violencia en el seno de la familia, que está muy extendido todavía hoy. Las encuestas demuestran que es muy probable que posteriormente las víctimas de la violencia de sus padres recurran ellas mismas a la violencia. Debe quedar claro, pues, que la violencia no es un medio apropiado para educar a los niños.

La reforma legal fue acompañada por la campaña titulada “Más respeto por los niños”, que auspició el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud. Esta campaña sirvió para dar a conocer la reforma legal y señalar a la atención de los padres y la sociedad el cambio del modelo educativo. Los padres deben recibir apoyo para resolver situaciones conflictivas o que entrañan demasiado estrés sin recurrir a la violencia, lo que también quiere decir que deben estar familiarizados con las alternativas que tienen a su disposición. La campaña se inició el 19 de septiembre de 2000 y concluyó a fines de 2001. Se llevó a cabo con medios audiovisuales y consistió fundamentalmente en la ejecución de proyectos prácticos y actividades comunitarias de base.

Con respecto a la “Ley de protección de los trabajadores contra el acoso sexual en el lugar de trabajo”, se distribuyó un cuestionario entre las altas autoridades federales. La evaluación de las respuestas puso de relieve que subsisten deficiencias en la aplicación de la Ley, sobre todo en la esfera de la educación permanente. Sólo excepcionalmente se conciertan acuerdos sobre servicios relacionados con el tema del acoso sexual. A pedido del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, varios Länder federales han distribuido cuestionarios similares en sus administraciones. El mismo Ministerio ha encargado una investigación sobre los actos jurídicos y la jurisprudencia con objeto de supervisar la aplicación de esta Ley en la práctica de las empresas.

5.3.3.Medidas que acompañan a la legislación

Las disposiciones legales no son suficientes por sí solas. Antes bien, hay que añadirles la cooperación entre las distintas autoridades y las ONG asistenciales.

Este tipo de cooperación para combatir eficazmente la violencia contra la mujer no está arraigado en el trabajo antiviolencia que tradicionalmente se desarrolla en Alemania. Tan sólo en los últimos años se ha empezado a reconocer, cada vez más claramente, la necesidad de cooperar, mientras crece el deseo de participar en ese tipo de proyectos.

Para incrementar la cooperación entre las distintas instituciones y los proyectos, el plan de acción recomienda que se instalen proyectos de intervención en consonancia con el modelo estadounidense. Aquí, los distintos departamentos gubernamentales y no gubernamentales competentes trabajan de consuno en torno a un concepto compartido con el objetivo declarado de aumentar la protección de las personas afectadas y hacer que los agresores respondan por su conducta.

En Berlín y Schleswig-Holstein, el Gobierno federal promueve proyectos experimentales de ese tipo en cada Land. Al mismo tiempo, solicita asistencia académica para desarrollar proyectos de intervención y controla la labor que en el marco de los proyectos despliegan los organismos de intervención alemanes en relación con los autores de actos violentos.

No sólo para que el trabajo de lobby a favor de las mujeres afectadas o en riesgo de verse afectadas por la violencia resulte eficaz sino también para distribuir recursos (división del trabajo) con objetivos más precisos, es útil que los ofrecimientos de ayuda estén interconectados a escala nacional. En el plan de acción se acoge con entusiasmo la nueva modalidad que representa la cada vez más completa interconexión de los proyectos antiviolencia en todo el país. El Gobierno federal financia las actividades de enlace de los refugios de mujeres, los organismos que intervienen en casos de emergencia y los centros de asesoramiento en la lucha contra la trata de mujeres y la violencia contra la mujer en el marco de la migración. Por otra parte, se promueve la celebración de reuniones para crear enlaces.

Las disposiciones reglamentarias deben aplicarse de conformidad con la legislación vigente. Esto no resulta posible sin la correspondiente concienciación de los actores. El Plan de Acción recomienda expresamente que se planifique la educación permanente, en el plano interdisciplinario, de todos los grupos profesionales interesados y que se celebren consultas con las mujeres que integren órganos directivos de centros de asesoramiento.

Tanto la formación básica y la educación permanente como la redacción de directrices e instrucciones o la utilización de dependencias especiales son competencia de los Länder, que en muchos casos ya trabajan en estas cuestiones. Se han logrado especiales progresos en la esfera de la acción policial.

Se intercambian experiencias y modelos eficaces que se recomienda copiar en el grupo de trabajo de la Federación y los Länder que se ocupa de combatir la violencia en el hogar contra la mujer. Esta labor comprende asimismo la redacción de normas de educación permanente para todos los grupos profesionales interesados.

En la actualidad, con la asistencia financiera del Gobierno federal, se capacita especialmente al personal femenino de los servicios de asesoramiento para la mujer para que sean mujeres quienes dirijan los cursos de capacitación ulteriores.

El Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud ha publicado una serie de cuatro volúmenes sobre la educación permanente del personal femenino de los refugios para mujeres.

Si se quiere despertar la conciencia de los distintos grupos profesionales, hay que concienciar además al público en general. También en esta esfera el Gobierno federal proyecta adoptar una serie de medidas vinculadas con su Plan de Acción: por ejemplo, mejorar los datos disponibles rediseñando las estadísticas de la policía criminal y llevando a cabo una encuesta representativa sobre la violencia contra la mujer. Con una respuesta favorable del público, se ha emitido una estampilla de correo especial sobre el tema de la violencia contra la mujer.

El Gobierno federal promueve el cambio de modelo que se está realizando en la esfera del trabajo con los agresores. Así como las medidas políticas anteriores se dirigían casi exclusivamente a las mujeres afectadas, actualmente es cada vez mayor el convencimiento de que también debe cambiar mucho la manera de tratar a los agresores: la coherente intervención del Estado no sólo en el ámbito penal sino también en el civil debe persuadirlos de que lo que han hecho está mal .

Los cursos especiales para agresores, puestos en marcha a título experimental, son evaluados por los investigadores especializados en proyectos de intervención. El 5 de diciembre de 2001 se celebró en Oldenburg, con los auspicios del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, una conferencia internacional especializada en la que se examinaron diversos conceptos (europeos) sobre el trabajo que había que desarrollar con los agresores.

5.3.4.Medidas para prevenir y combatir el abuso sexual de niños y menores de edad

La protección de los niños y los menores de edad contra todas las formas de violencia es muy importante para el Gobierno federal. En particular, y desde los primeros tiempos, el Gobierno ha contribuido activamente a combatir y prevenir la explotación sexual comercial de los niños a escala nacional e internacional.

Las medidas que se enumeran a continuación para prevenir y combatir el abuso sexual se refieren de manera irrestricta a las niñas, que constituyen más de las dos terceras partes de las víctimas.

En julio de 1997, bajo la dirección del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, el Gobierno federal puso en práctica la Declaración y el Plan de Acción del Primer Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños presentando en Estocolmo un Programa de trabajo contra el maltrato de los niños, la utilización de niños en la pornografía y el turismo sexual. En el ámbito nacional, se han adoptado medidas que atañen a la educación y la prevención, a cuestiones jurídicas, a la cooperación internacional para el enjuiciamiento de los delincuentes y a la protección de las víctimas.

Un informe provisional sobre las disposiciones intraestatales adoptadas desde marzo de 1998 complementó el programa de trabajo del Gobierno federal con otras medidas futuras. En enero de 2001, el informe se amplió una vez más con las medidas puestas en práctica, en particular en la esfera del derecho, hasta diciembre de 2000.

Como paso previo al segundo Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños, que se celebró en Yokohama (Japón) de 17 a 20 de diciembre de 2001, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud organizó en marzo de 2001 una Conferencia nacional complementaria que se tituló “Explotación sexual comercial de los niños”. En ella se hizo un balance de los éxitos y fracasos en la lucha contra el abuso sexual de niños y se elaboraron estrategias para que esa lucha fuese aún más eficaz.

En noviembre de 2001, el Gobierno federal asumió un fuerte compromiso en materia de “Protección de los niños contra la explotación sexual” ante la “Conferencia multilateral organizada por el Consejo de Europa” de Budapest. Presentó un informe en que explicó la aplicación intraestatal de la Declaración y el Plan de Acción del primer Congreso Mundial. El informe contiene una serie de medidas que atañen fundamentalmente a la educación y la prevención, la legislación y la colaboración internacional para el enjuiciamiento penal del acusado y la protección de la víctima. La Conferencia de Budapest concluyó con la aceptación del Plan de Acción Regional para Europa y Asia central.

En el marco del segundo Congreso Mundial contra la explotación Sexual Comercial de los Niños, que se celebró en Yokohama en diciembre de 2001, resulta evidente que en los últimos años se ha generado una mayor conciencia de los problemas de la explotación sexual de los niños y se han adoptado numerosas medidas. Sin embargo, se requieren nuevas medidas, tanto nacionales como internacionales, en las esferas de la prevención, la protección de la víctima y el enjuiciamiento penal del acusado, para luchar eficazmente contra la explotación sexual de los niños. Con el documento de clausura, el “Compromiso mundial de Yokohama 2001”, la comunidad de Estados reafirmó una vez más las metas y los compromisos del primer Congreso Mundial celebrado en Estocolmo en 1996 y sugirió las más importantes medidas que habría que adoptar en el futuro para combatir el problema mundial de la explotación sexual de los niños.

Paralelamente a esos esfuerzos nacionales, el Gobierno federal también ha reforzado su cooperación y colaboración en el ámbito internacional como instrumentos de lucha contra la explotación sexual comercial de niños; en efecto, ha establecido una cooperación más estrecha en particular con los países de destino de un turismo sexual vinculado con el abuso de niños y una mayor y más coordinada cooperación internacional para el enjuiciamiento de los delincuentes, a la vez que participa en las actividades y las redes de información internacionales.

Alemania ha ratificado el Convenio No. 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, de 17 de junio de 1999; la Ley por la cual se ratificó el Convenio data del 11 de octubre de 2001.

El Gobierno federal ha participado intensamente en la redacción del Protocolo facultativo de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el 25 de mayo de 2000. La República Federal de Alemania suscribió el Protocolo facultativo hace ya mucho, en septiembre de 2000. Ahora ya se está trabajando con miras a la ratificación y la aplicación interna.

El 29 de mayo de 2000, el Consejo de la Unión Europea aprobó una decisión para combatir la pornografía infantil en Internet. Su objetivo consiste en prevenir y combatir la producción, el tratamiento, la difusión y la posesión de pornografía infantil en Internet. La decisión contiene medidas para promover el enjuiciamiento efectivo y reforzar la prevención, pero no disposiciones penales sustantivas.

La República Federal de Alemania fue uno de los primeros países que suscribió, en diciembre de 2000, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y su Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. También en este caso se están preparando la ratificación y la aplicación interna.

El Gobierno federal impulsó en particular la redacción del Convenio sobre el Delito Cibernético, del Consejo de Europa, que Alemania suscribió a fines de 2001. El Convenio contiene, en primer lugar, disposiciones en que se prevé el establecimiento, en la esfera del derecho penal, de criterios sustantivos mínimos para reprimir los delitos cometidos por conducto de las computadoras y las telecomunicaciones, inclusión hecha de una disposición que establezca la punibilidad de delitos relacionados con la pornografía infantil que se cometan utilizando sistemas de computación (oferta, distribución, producción, posesión, etc. de pornografía infantil). Por otra parte, establece las bases comunes para emprender investigaciones eficaces y rápidas sobre la responsabilidad penal derivada de la utilización indebida de los sistemas de computación y entraña una mayor cooperación internacional en la esfera de las cuestiones penales pertinentes.

El Gobierno federal está persuadido de que la firma y ratificación de este instrumento jurídico internacional por el mayor número posible de Estados (el Convenio está abierto a la firma de los Estados que no sean miembros del Consejo de Europa) facilitará mucho la lucha contra dichos delitos.

Por otra parte, el Consejo de Europa, en la reunión que celebró el 31 de octubre de 2001, aprobó un proyecto de recomendación del Comité de Ministros a los Estados miembros relativo a la protección de los niños contra la explotación sexual.

También cabe mencionar que en agosto de 2002 se aprobó una decisión marco de la Unión Europea sobre la lucha contra la trata de seres humanos con miras a la armonización de la legislación penal de los Estados miembros. Todavía hoy se sigue negociando la aprobación de una decisión marco sobre la lucha contra la explotación sexual de los niños.

En los últimos años se han logrado alentadores progresos en la lucha contra el abuso sexual de los niños en Alemania. Importantes medidas legislativas, adoptadas sobre todo en 1997 y 1998, trajeron aparejada una mayor protección de los niños contra la explotación sexual en el ámbito del derecho penal. El Programa de Trabajo del Congreso Mundial de Estocolmo también contribuyó a crear el marco en que se desarrolla este movimiento. De todas maneras, estas medidas legislativas fueron también la continuación de una tendencia ya iniciada en 1992 con la 26ª Ley de reforma del derecho penal (Strafrechtsänderungsgesetz) (artículos 180b y 181 del Código Penal – La trata de seres humanos) y en 1993 con la 27ª Ley de reforma del derecho penal (Punibilidad del abuso sexual de niños cometido en el extranjero independientemente de las leyes vigentes en el lugar de su comisión; punibilidad de la posesión y la adquisición de pornografía infantil).

La sexta Ley de reforma del derecho penal, de 26 de enero de 1998, aumentó aún más la protección que el derecho penal brinda a los niños contra la violencia, especialmente la violencia sexual. Por ejemplo, se han endurecido las penas que se pueden imponer en casos graves de abuso sexual y lesión física en perjuicio de niños. En particular, el abuso sexual con fines de producción y difusión de una imagen pornográfica de niños es un nuevo delito tipificado en el Código penal. Por otra parte, aumentó la protección que el derecho penal brinda a los niños y menores con miras a impedir su traslado y trata.

La Ley para combatir los delitos sexuales y otros delitos peligrosos (Gesetz zur Bekämpfung von Sexualdelikten und anderen gefährlichen Straftaten), que también entró en vigor en 1998, amplía la esfera de aplicación de la pena de detención preventiva en caso de delitos mayores y, entre otros, de determinados delitos contra la libre determinación sexual o contra la integridad física de una persona. Al mismo tiempo, la Ley establece el máximo absoluto de la duración del destino que se asigne y del primer destino en caso de detención preventiva. Con respecto a la suspensión del remanente del período de prisión y el otorgamiento de la libertad condicional, ahora la Ley requiere expresamente que esa suspensión pueda justificarse sin detrimento de la seguridad pública. Se han precisado los fundamentos utilizados por los tribunales para adoptar ese tipo de decisiones porque ahora debe contarse con un informe sobre los agresores, sobre todo si son reincidentes. Además, la Ley contiene mejoras en el campo de la supervisión administrativa y prevé que los delincuentes sexuales que deben ser tratados sean trasladados obligatoriamente, a partir del 1º de enero de 2003, a servicios de terapia social después de un período de transición.

Con la reforma de la Ley de protección de la juventud, que el Parlamento federal alemán aprobó el 14 de junio de 2002, se incorporó en la legislación penal una disposición complementaria para proteger a la juventud contra descripciones abusivas de niños y menores de edad en posturas antinaturales o que reflejaran estrés vinculado con el género. Estas descripciones en los medios de comunicación entrañan un peligro para la juventud y, por lo tanto, quedan sujetas por imperio de la ley a restricciones en materia de distribución, venta y publicidad.

Sobre la base del conocimiento “victimológico”, las disposiciones atinentes a la prescripción de las normas penales fueron enmendadas en 1994 a favor de las víctimas de actos sexuales violentos. La prescripción de determinados delitos contra la libre determinación sexual de una persona no se opera hasta que la víctima cumple 18 años. Habida cuenta de que no hay prescripción antes de diez años en casos de abuso de un niño ni antes de 20 años si hay también coerción sexual y violación, las víctimas disponen de tiempo suficiente para iniciar acciones penales.

También aumenta la protección de la víctima con la posibilidad, abierta en 1998 con la Ley de protección de las víctimas (Zeugenschutzgesetz), de utilizar la tecnología del vídeo en los procesos penales. Se pueden evitar así las estresantes sesiones en que se repiten las preguntas, el ambiente a menudo opresivo de las audiencias en las salas de los tribunales y la confrontación con el torturador. Se protegen mejor los derechos de la víctima porque han aumentado las posibilidades de entablar un juicio accesorio no previsto en el proceso penal principal y, además, porque el Estado, a sus expensas, designa a los abogados que asesoran tanto a las víctimas como a los testigos con ocasión de los interrogatorios.

La Ley que instituyó la detención preventiva en reserva (Gesetz zur Einführung der vorbehaltenen Sicherungsverwahrung) entró en vigor el 28 de agosto de 2002; con ella aumenta la protección, sobre todo de las mujeres y los niños, contra agresores sexuales peligrosos. La Ley estipula que, en ciertos casos, el tribunal que entiende en la causa puede mantener en reserva una orden de detención preventiva que finalmente se confirma tan sólo si se comprueba la peligrosidad del convicto después de haber cumplido una parte de su condena.

El primer informe periódico sobre la seguridad preparado por el Gobierno federal pone de manifiesto que, después del incremento de los delitos por motivos sexuales que se registró hasta 1997, su número total disminuyó y permanece relativamente constante en los últimos años. El aumento verificado hasta 1997 se debe, presumiblemente, a una mayor disposición para presentar cargos derivada a su vez de un grado más alto de concienciación de la gente. Las estadísticas de la policía criminal (PKS) de la Jefatura de la Policía Criminal Federal indican que en 2001 hubo 15.117 casos de abuso sexual de niños (artículos 176, 176a y 176b del Código Penal). Es una reducción de 3% con respecto al año anterior. Además, se registraron 1.014 casos (en comparación con 1.009 casos en 2000) de niños abusados sexualmente por sus cuidadores, que se aprovecharon de su posición oficial o de la relación de confianza entablada con las víctimas (artículos 174 y 174a-c del Código Penal).

El Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud apoya la labor educativa y de prevención respaldando distintas medidas y proporcionando asistencia financiera a organizaciones federales centrales. Además, para impulsar un mayor perfeccionamiento de los especialistas, el Ministerio organizó numerosas reuniones, congresos especializados y conferencias para expertos y grupos de trabajo, donde se intercambiaron experiencias y se analizaron conceptos relacionados con el abuso sexual de los niños. Se pueden mencionar los siguientes ejemplos:

•publicación de los folletos “Abuso sexual – Prevención y ayuda”, “La violencia sexual contra niños y menores de edad – ¿Quiénes pueden ayudar?” y “Tiras cómicas sobre educación y prevención”;

•publicación de la carta especial a los padres titulada “Para que los niños tengan fuerza en la vida – prevención del abuso sexual”;

•promoción del proyecto cinematográfico “Tengo confianza para decir SÍ o NO”,

•edición del CD-ROM LoveLine, un instrumento educativo audiovisual para menores de más de 14 años en que se habla del amor, el compañerismo y la sexualidad y se examinan especialmente temas como el acoso, la agresión, el abuso y la violación;

•desde 1998 se promueve la expansión a escala nacional de las líneas telefónicas para niños y menores de edad en dificultades como medio de asesoramiento gratuito y anónimo y, desde marzo de 2001, se establece un servicio de asesoramiento telefónico también para los padres;

•desde 1999 se brinda apoyo al proyecto del Centro Alemán de Protección del Niño denominado “Centro para la Protección Virtual del Niño – Asistencia interactiva para niños y padres”, que facilita información, establecimiento de contactos y asesoramiento. La idea es coordinar la labor de los distintos centros de protección de los niños. Entraña un enfoque comunicativo e innovador que pretende simplificar la búsqueda de servicios de asistencia a los niños, los menores y los padres;

•la asociación con los medios de comunicación para difundir el programa de educación permanente “El abuso sexual de los niños – prevención y ayuda” y un vídeo titulado “¡Vamos, Ana!”, con un libro adjunto;

•foros para la protección del niño auspiciados por el Grupo de trabajo federal en los centros de protección del niño;

•congresos de especialistas y reuniones de especialistas y expertos para examinar los temas:

–“Pornografía infantil: ¿un producto de los nuevos medios de comunicación?”,

–“Los niños que prestan testimonio en una situación de emergencia para proteger a las víctimas de abusos sexuales”,

–“Los agresores – diferenciación en vez de generalización”,

–Curso para padres: “Prevención de la violencia”;

–“Control de la seguridad y el abuso sexual de niños”,

–“Proyectos de prevención para padres jóvenes”,

–“Internet – un campo de acción para la protección de la niñez y la asistencia a la juventud”.

6.Artículo 6: Represión de la trata de mujeres y la prostitución forzada

Artículo 6

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y e x plotación de la prost i tución de la mujer.

Aunque cabe destacar que siguen siendo aplicables las cuestiones reglamentarias descritas en el informe nacional anterior, corresponde actualizar el contenido de éste añadiendo lo siguiente:

6.1.Medidas de lucha contra la trata de niños y mujeres, la pornografía infantil y el turismo sexual

En el Programa nacional de acción para combatir la pobreza, que el Gobierno federal presentó en abril de 2001 de conformidad con la Declaración del Milenio, de las Naciones Unidas, se confirma que entre las causas de la pobreza también se cuenta la falta de igualdad de derechos entre los géneros. Una de las actividades que se desarrollan en el marco del Programa es la represión de la trata de mujeres, la prostitución forzada y la prostitución infantil. En los países en desarrollo, el Gobierno federal aspira a ofrecer especial apoyo a los niños y mujeres en riesgo para que tengan más posibilidades de empleo y mejores perspectivas de futuro.

El Servicio Alemán de Desarrollo, por ejemplo, asesora al Centro de Orientación e Investigación Integral (COIN), que trabaja en la República Dominicana inculcando en las mujeres la realidad de la emigración y ayudándolas a buscar ingresos sustitutivos. Para ayudar a las mujeres que ya han resultado afectadas, el Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo ha aportado hasta ahora 1.480.000 de marcos alemanes a los programas de SOLWODI e.V. (Solidaridad con las mujeres en dificultades). Con estos programas se pretende capacitar a las mujeres de los países en desarrollo de Europa sudoriental para que puedan construirse una vida segura trabajando en relación de dependencia o por cuenta propia al regresar a su tierra natal. Además, con los fondos proporcionados por el Programa de acción a la OIT y al Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) se financian actividades de prevención de la trata de niños y menores en la región de los Balcanes y Ucrania.

El Gobierno federal asigna gran importancia al efectivo enjuiciamiento de los responsables de la trata de seres humanos, así como de la pornografía infantil y del turismo sexual. Cabe señalar que estos delitos, especialmente los transfronterizos, presentan múltiples facetas como, por ejemplo, la utilización de la tecnología de la información como “lugar de comisión”. Es prácticamente imposible dar cifras, pues gran parte de la información abarca zonas grises y está cuestionada. Según las estadísticas policiales del delito, en el año 2000 la policía tuvo conocimiento de que en Alemania había 1.197 víctimas de la trata de seres humanos, de las cuales 1.174 eran mujeres. En 2000, un total de 926 personas (casi exclusivamente mujeres) quedaron registradas como víctimas de la trata de seres humanos (artículo 180b y Nos. 2 y 3 del inciso 1 del artículo 181 del Código Penal). El total fue de 831 personas (de las cuales 23 eran hombres) en 1999 y de 189 personas (de las cuales 16 eran hombres) en 1998. Según una encuesta llevada a cabo por la Jefatura de la Policía Criminal Federal (informe de situación 2000 sobre la trata de seres humanos), en el año 2000 el 81,5% de las víctimas procedía de Estados de Europa central y oriental, incluidas 115 (aproximadamente 12,4%) de Ucrania, 140 (alrededor de 15,1%) de Rusia y 162 (aproximadamente 17,5%) de Lituania.

En el marco de la Unión Europea, el Consejo de Europa, el Grupo de los Ocho y las Naciones Unidas, así como de muchos otros grupos de trabajo y reuniones internacionales, el Gobierno federal trabaja activamente por impedir la trata de niños y mujeres, la pornografía infantil y el turismo sexual. Cabe observar que en los últimos años estos temas han atraído creciente atención en el ámbito internacional y que esta tendencia se observa también en el plano del Gobierno federal. Por ejemplo, el Ministerio de Asuntos Exteriores, en colaboración con la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) organizó una conferencia internacional titulada “Europa contra la trata de seres humanos”, que se celebró de 15 a 16 de octubre de 2001; en su transcurso, se formularon recomendaciones, sobre todo para aumentar la protección de las víctimas.

Además, el Gobierno federal, que desempeñó un papel activo en las negociaciones previas a la adopción del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, como complemento de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, ha suscrito el Protocolo hace mucho, en diciembre de 2000, y ha iniciado ya la labor preparatoria del procedimiento de ratificación.

Nos remitimos a la información proporcionada en la sección 5.3.4 con respecto a otras medidas internacionales, como por ejemplo las decisiones marco para luchar contra la trata de seres humanos, la explotación sexual de niños y la pornografía infantil.

En el marco de la labor que desarrolla la Unión Europea, el Gobierno federal se encargó de redactar un programa de promoción e intercambio para las personas encargadas de adoptar medidas contra la trata de seres humanos y la explotación sexual de los niños en la Unión Europea y de proponer la inclusión de la trata de seres humanos en la esfera de trabajo de EUROPOL.

Todos los años el Gobierno federal presenta informes sobre las actividades vinculadas con la lucha contra la trata de mujeres y niños al Secretario General de las Naciones Unidas para que elabore su informe a la Asamblea General. El Gobierno federal ha traducido al alemán y publicado los informes del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre “La violencia contra la mujer” y los pone a disposición de todos los interesados gratuitamente.

6.2.Establecimiento del Grupo de Trabajo sobre la trata de Mujeres

Habida cuenta de que los problemas que entraña la trata de mujeres son de enorme complejidad y se relacionan con muy diferentes esferas normativas, grupos de destinatarios y niveles, el Gobierno federal estableció en la primavera de 1997 un Grupo de Trabajo nacional para que se ocupara de la trata de mujeres. Los miembros de este Grupo, que se reúne cada tres meses aproximadamente, son representantes de los Ministerios Federales interesados en cada caso, las Conferencias especializadas de los Ministerios de los Länder, la Jefatura de la Policía Criminal Federal y ONG.

Los resultados más importantes de la labor de este Grupo son:

•la redacción y publicación de material informativo para la mujer en los países de origen. El folleto apareció en 13 idiomas y se distribuye por conducto de ONG y las embajadas alemanas in situ;

•la presentación de propuestas relacionadas con las disposiciones administrativas de la Ley de extranjería; se pusieron en vigor el 9 de octubre de 2000 y atañen al trato que se dispensa a las víctimas de la trata de seres humanos (por ejemplo, el otorgamiento de un plazo mínimo de cuatro semanas antes de ejecutar la deportación);

•la elaboración de un modelo de cooperación dentro del sistema de protección especial a las víctimas destinado a las mujeres que no puedan o no quieran ser incluidas en el programa de protección de los testigos. La idea de esta cooperación se ha transmitido a la Conferencia de Ministros del Interior para que adopte una decisión al respecto y ha constituido la base de modelos similares en los distintos Länder federales;

•la redacción de un folleto explicativo para que las autoridades procedan con arreglo a la Ley de prestaciones para los solicitantes de asilo (Asylbewerberleistungsgesetz) y para que los organismos de asistencia social presten los servicios pertinentes de conformidad con la Ley de prestaciones para los solicitantes de asilo y la Ley federal de Asistencia social (Bundessozialhilfegesetz) a las víctimas de la trata de seres humanos;

•la redacción de una recomendación a los Länder federales con respecto a las víctimas de la trata de seres humanos en la esfera de aplicación de la Ley de indemnización a las víctimas;

•el trabajo preliminar de redacción de una ordenanza que fue transmitida por el Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales al Servicio Federal de Empleo y atañe a la admisión de trabajadoras extranjeras en el mercado laboral en el marco de los programas de protección de los testigos en los Länder;

•la idea de realizar los cursos de educación permanente en materia de acción policial que bajo los auspicios de la Jefatura de la Policía Criminal Federal se ofrecen a los miembros del Grupo de Trabajo.

6.3.Otras medidas de lucha contra la trata de mujeres

Son cada vez más los Länder federales que han establecido organismos similares en su jurisdicción para aumentar las posibilidades de enjuiciar a los tratantes de seres humanos y brindar protección y asistencia eficaces a las víctimas.

Se adoptan otras medidas para luchar contra la trata de niños y mujeres, como por ejemplo los informes de situación anuales de la Jefatura de la Policía Criminal Federal, que exponen desde distintos puntos de vista la situación existente y los progresos logrados en Alemania en este campo del delito. Se ha intensificado la cooperación entre la Jefatura de la Policía Criminal Federal y las autoridades policiales de los Länder federales gracias al establecimiento de un grupo de trabajo especial. Además, se están organizando cursos de capacitación básica y permanente para los oficiales que participan en la lucha contra la trata de seres humanos. También se intensifica continuamente la cooperación transfronteriza entre la Jefatura de la Policía Criminal Federal y las autoridades policiales de los países de origen gracias al apoyo de Interpol y EUROPOL.

En algunos casos, las mujeres que llegan a Alemania y solicitan asilo huyen de su tierra por distintas razones que los hombres. Las razones especiales por las cuales huyen las mujeres son objeto de un debate cada vez más intenso en el ámbito internacional: las examinan en particular los organismos internacionales que se ocupan de los derechos humanos, de los derechos de la mujer, de los problemas de los refugiados que se relacionan con la persecución por motivos de sexo y del grado de protección contra la violación de los derechos humanos que los distintos Estados brindan a las mujeres (véase también la sección 8.3 de la Parte I “Mujeres que buscan asilo en Alemania”).

6.4.Procedimientos de investigación con respecto a los alemanes que cometen abusos sexuales en el extranjero

En el último informe se explicó que los turistas alemanes que abusan sexualmente de niños en el extranjero son responsables de sus actos para el derecho penal alemán, incluso cuando esos actos no sean punibles en el país en que se cometen.

No se dispone de información precisa sobre el número total de procedimientos de investigación llevados a cabo contra alemanes acusados de haber abusado sexualmente de niños en el extranjero.

Se obtuvo un poco de información con un estudio en forma de cuestionario que el Ministerio Federal de Justicia realizó en dos secciones (el 19 de noviembre de 1996 y el 28 de enero de 1998) en los distintos Länder para interiorizarse de los procedimientos de investigación que, en su esfera de competencia, éstos habían seguido en relación con abusos sexuales de niños extranjeros cometidos por alemanes en el exterior. El cuestionario abarcó el período comprendido entre octubre de 1993 y enero de 1998, un total de cuatro años y cuatro meses. Todavía no se dispone en todos los Länder federales de los datos correspondientes a un segundo cuestionario (que comprende el período que se inicia en febrero de 1997).

El Centro de Criminología de Wiesbaden evaluó los procedimientos descritos en esos cuestionarios y llegó a las siguientes conclusiones:

Durante el período examinado se iniciaron en total 51 series de procedimientos de investigación; en una de ellas se indicaba tan sólo que los procedimientos pertinentes ya se habían iniciado. Cincuenta y nueve personas fueron acusadas de la comisión de actos punibles en perjuicio de 148 personas.

Se enumeran los países que fueron escenarios de delitos indicando entre paréntesis la cantidad de series de procedimientos: Tailandia (15), República Checa (7), Filipinas (5), Sri Lanka (5), Brasil (4) y, con una o dos series de procedimientos, Bulgaria, Camboya, Canadá, Cuba, Kenya, Madagascar, México, Nepal, Nicaragua, Paraguay, Rumania y Sudáfrica.

Entre las personas querelladas, 33 (55,9%) fueron acusadas (inicialmente) de abuso sexual de niños; en otras 17 causas la acusación comprendió, además, otros delitos penales (como, por ejemplo, producción y difusión de escritos pornográficos, abuso sexual de personas a cargo, lesiones corporales graves, abuso sexual de menores de edad o violación). Seguían su curso series de procedimientos, incoadas exclusivamente por abuso sexual de menores o de personas a cargo, en que los inculpados eran cuatro y dos, respectivamente. Tan sólo dos causas (3,4%) no estaban relacionadas fundamentalmente con el abuso sexual, sino con la producción y difusión de escritos pornográficos, siempre en conjunción con el destino de los niños.

El estado de los procedimientos en el momento de realizarse el estudio indicó que 13 personas acusadas (22%) habían sido condenadas en enero de 1998, en tanto que los procedimientos se suspendieron en el caso de 16 personas acusadas (27%). Con respecto a la mayoría de las personas acusadas, los procedimientos seguían su curso en el momento de efectuar la consulta. De las 13 condenas, siete se cumplieron en Alemania y seis en el país donde se cometió el delito. Se obtuvo la confesión de tres de los siete convictos que cumplieron su condena en Alemania. No se dispone de información sobre el particular en el caso de condenas cumplidas en los países

que fueron el escenario del delito. La duración media de las penas fue de dos años y cuatro meses para los siete condenados en Alemania y de cinco años y nueve meses para los condenados en los países donde se cometieron los delitos.

6.5.Medidas legales

Sobre la base de la primera Ley para mejorar la posición de la parte damnificada en los procesos penales (Ley de protección de la víctima, 1987) y junto con la Ley para proteger a los testigos durante el interrogatorio en los juicios penales y aumentar la protección de la víctima (Gesetz zum Schutz von Zeugen bei Vernehmungen im Strafverfahren und zur Verbesserung des Opferschutzes), la Ley de protección de los testigos, que entró en vigor el 1º de diciembre de 1998, concede a los intereses de las víctimas de delitos una importancia fundamental en los procesos penales.

Estas leyes mejoran la legislación relativa al enjuiciamiento accesorio a un proceso penal y a la presentación de demandas incidentales en el fuero civil durante el proceso penal (procedimientos de adhesión). En virtud de la Ley de protección de los testigos, se implantó el uso de la tecnología del vídeo en los procesos penales. Se pueden evitar así no sólo las estresantes sesiones en que se repiten las preguntas o el ambiente a menudo opresivo de las salas de los tribunales sino también la confrontación con el torturador.

Por último, se establece que en determinadas condiciones previas el Estado, a sus expensas, puede designar a un abogado para que asesore a las víctimas o a los testigos durante el interrogatorio mientras dure el proceso.

Aparte del derecho penal, corresponde hacer mención de La Ley de protección del trabajador (Beschäftigtenschutzgesetz), en virtud de la cual todo el personal de la administración pública y de las empresas privadas está legalmente protegido contra el acoso sexual en el lugar de trabajo. La Ley obliga a los empleadores a adoptar sin tardanza las medidas de protección necesarias siempre que una persona asalariada sienta que ha sido objeto de acoso sexual. Todo esto forma parte del derecho laboral y trae aparejadas consecuencias disciplinarias para los acosadores.

Además, se ha incrementado la protección de la mujer extranjera en la Ley de extranjería (véase la sección 5.3.2).

Rige una disposición penal especial según la cual la trata de seres humanos, en particular de mujeres y niños, es un crimen de lesa humanidad en el marco de un ataque extendido y sistemático a la población civil desde el 30 de junio de 2002, fecha en que entró en vigor el Código Penal Internacional. Esto mismo se aplica a los casos de prostitución forzada y otros delitos penales de índole sexual, que también son pasibles de castigo como crímenes de guerra cuando se cometen en el marco de un conflicto armado, tanto internacional como interno.

7.Artículo 7: Participación de la mujer en la vida política y pública

Artículo 7

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:

a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;

b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en t o dos los planos gubernamentales;

c) Participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se oc u pen de la vida pública y política del país.

Para actualizar el informe anterior, corresponde añadir lo siguiente:

Como ya se señaló en el informe anterior, las mujeres gozan plenamente de los derechos políticos y públicos de participación requeridos en los incisos a), b) y c) del artículo 7 de la Convención. Sin embargo, son pocas las esferas de la vida política y publica en que las mujeres están adecuadamente representadas. Con todo, en los últimos años se ha advertido una mejora sustancial al respecto.

7.1.Ley federal relativa a los nombramientos en organismos (Bundesgremienbesetzungsgesetz)

De conformidad con la Ley federal de 1994 relativa a los nombramientos en organismos, tanto la Federación como las demás partes a las cuales incumben los procedimientos de nombramiento en los distintos organismos que determina la Ley, deben esforzarse por conseguir que se establezca o se mantenga una situación caracterizada por la participación de las mujeres y los hombres, en pie de igualdad, en los nombramientos en organismos. Además, la Ley federal relativa a los nombramientos en organismos obliga al Gobierno federal a presentar, en cada período legislativo, un informe sobre la proporción de mujeres nombradas en los principales organismos no comprendidos en la esfera de competencia de la Federación.

A fines de mayo de 2002, el Gabinete federal aprobó el informe titulado Tercer informe del Gobierno federal sobre la proporción de mujeres nombradas en los principales organismos comprendidos en la esfera de competencia de la Federación. En él se demuestra que, hasta la fecha clave del 30 de junio de 2001, se había producido un ligero aumento en la proporción de mujeres nombradas en organismos comprendidos en la esfera de competencia de la Federación.

En comparación con el Segundo informe, donde se describía la situación hasta junio de 1997,

•la proporción media de mujeres nombradas en los principales organismos comprendidos en la esfera de competencia de la Federación aumentó 3,7%, de 12,2% a 15,9%. Mientras en 2001, de los 7.794 integrantes de 318 organismos, 1.242 eran mujeres, en 1997, de los 8.639 integrantes de 355 organismos, sólo eran mujeres 1.058;

•la proporción de organismos donde no había ninguna mujer descendió de 28,7% a 21,4%;

•con respecto al total de 318 organismos, en diez (3,1%) había una proporción de mujeres de 50% o más. Entre esos diez estaban la Comisión de consumidores (75%), el Grupo de trabajo que se ocupa de la trata de mujeres (68,8%) y el Consejo Consultivo Nacional para el programa de la Unión Europea “La juventud con Europa” (50%).

La Federación ya ha actuado en su esfera de competencia directa y, por conducto de la legislación, ha perfeccionado el sistema de nombramientos en los organismos con objeto de lograr equilibrio entre mujeres y hombres: la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades incrementó las oportunidades brindadas a la mujer para alcanzar puestos directivos. Aumentan, pues, las oportunidades de nombrar a más mujeres en los organismos de más alta jerarquía, integrados principalmente por ejecutivos. Además, se han ampliado los derechos de los comisionados para la igualdad. Desde diciembre de 2001, es preciso consultar a los comisionados antes de efectuar nombramientos en dependencias de la Federación o en departamentos especialmente establecidos para promover la igualdad (inciso 2 del artículo 9 de la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades).

Para alcanzar la meta establecida por la Ley, también hay que utilizar coherentemente y en la mayor medida posible, cuando proceda, las normas de procedimiento previstas en la Ley federal relativa a los nombramientos en organismos.

7.2.Programas de acción comunitaria de la Unión Europea en pro de la igualdad entre mujeres y hombres

En el marco del cuarto Programa de Acción Comunitaria pro igualdad de oportunidades para mujeres y hombres (1996-2000), el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud promovió el aumento de la proporción de mujeres en cargos directivos cofinanciando varios proyectos alemanes que apuntaban a ese objetivo.

Durante un período de cinco años el Centro berlinés de informática para mujeres recopiló datos europeos sobre el aumento de la proporción de mujeres en puestos en que se adoptan decisiones en el ámbito de la política, en determinadas esferas de la economía, como por ejemplo la banca y las finanzas, y en la esfera de la tecnología de la información y la comunicación. Los resultados de ese trabajo fueron utilizados por la Comisión Europea y los Estados miembros de la Unión Europea para sensibilizar a la opinión pública y desarrollar estrategias con miras al mejoramiento de la situación.

En el proyecto del Instituto Alemán de la Juventud y la Universidad Técnica (UT) de Berlín se prestó particular atención a los programas de formación como instrumentos de promoción de la incorporación de mujeres en puestos donde se adoptan decisiones. El Instituto Alemán de la Juventud evaluó los programas de formación que están en marcha en los Estados miembros de la Unión Europea y la Universidad Técnica de Berlín puso en funcionamiento un programa de formación de la mujer en que personalidades con experiencia de dirección en la política y la economía proporcionaban a las jóvenes mujeres directivas un completo panorama de su vida de trabajo cotidiana. La Academia Europea para la Mujer dedicada a la política y la economía, fundada en Berlín en 1999 en el marco de este proyecto, aspira a abrir nuevos caminos que conduzcan al adelanto de las jóvenes mujeres directivas.

La participación de la mujer en puestos en que se adoptan decisiones es un tema en que también centra su atención el quinto Programa de Acción de la Unión Europea relativo a la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres (2001-2005), con el cual se aplica la Estrategia marco comunitaria sobre la igualdad entre mujeres y hombres. El Programa prestó atención preferente a los temas relacionados con la igualdad de la remuneración (2001), la equilibrada participación de hombres y mujeres en la vida familiar y profesional (2002), la equilibrada participación de mujeres y hombres en el proceso de adopción de decisiones (2003) y los cambiantes papeles y estereotipos de ambos sexos (2004). En relación con estos temas, también se han puesto en marcha proyectos transnacionales que procuran profundizar la toma de conciencia y desarrollar aptitudes para actuar en el plano nacional y a escala europea.

7.3.Compromiso de la mujer con las iglesias

Las mujeres son mayoría entre los miembros activos, especialmente en el voluntariado, de las iglesias. En el protestantismo se despliegan esfuerzos por mejorar la situación de la mujer en el seno de la iglesia. En 17 de las 24 iglesias de Land, así como en la Iglesia Evangélica de Alemania (EKD), trabajan a jornada completa comisionados para los asuntos de la mujer; asimismo, en cuatro iglesias de Land rigen estatutos pro igualdad con la misma orientación que las normas vigentes en la administración pública. Aproximadamente en la mitad de las iglesias de Land se desarrollan planes para el adelanto de la mujer. Un 40% de los miembros del sínodo son mujeres. Tres de los obispos designados son mujeres.

Sin embargo, entre los teólogos en servicio activo sólo son mujeres un poco menos de 25% y la presencia femenina en la administración de la iglesia y en muchos organismos y comités eclesiásticos crece apenas y muy lentamente. A principios de 2002 se lanzó el proyecto titulado “La formación de la mujer en la iglesia”.

Las mujeres católicas también se muestran cada vez más activas en puestos de responsabilidad en las esferas de la vida eclesiástica, la teología y la administración de la parroquia, y no tan sólo en el ámbito clásico de la labor social y educativa. Los asuntos relacionados con la mujer han alcanzado ahora un mayor rango en los organismos internos de la Iglesia Católica.

7.4.Organizaciones femeninas

Casi 15 millones de mujeres han contraído compromisos con asociaciones y agrupaciones femeninas o con iniciativas a favor de la mujer. El Consejo Alemán de Mujeres es la organización más importante que aglutina a asociaciones femeninas. En 2002 se contaban entre sus miembros 60 organizaciones (asociaciones de mujeres y ramas femeninas de organizaciones mixtas). Muchas de esas organizaciones aglutinan a su vez a otras más pequeñas. Las organizaciones miembros del Consejo Alemán de Mujeres demuestran la gran variedad de organizaciones femeninas existentes en Alemania. Comprenden colegios profesionales de mujeres, asociaciones confesionales de mujeres, ramas femeninas de los partidos políticos, organizaciones sindicales de mujeres y asociaciones femeninas de promoción de la nacionalidad. El Consejo Alemán de Mujeres hermana los intereses de las organizaciones miembros y facilita la realización de debates políticos y la toma de decisiones en su seno.

7.5.La mujer en los medios de comunicación

En cuanto a la imagen de la mujer y al tratamiento de las cuestiones relacionadas con la mujer en los medios de comunicación, nos remitimos a la información proporcionada sobre el particular en la Declaración con respecto a las observaciones formuladas por el Comité (párrafos 37 y 38). En este contexto, cabe añadir que en el marco del Proyecto Mundial de Vigilancia (GMMP 2000), la Asociación Alemana de Mujeres Periodistas ha resumido las conclusiones de un estudio propio en un folleto titulado “¿Quién hace las noticias?”. En el folleto se examinan los cambios que se han producido en relación con la imagen de la mujer que transmiten los diarios, la radio y la televisión desde la celebración, en 1995, de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing.

Con respecto a la frecuencia con que se menciona a la mujer en la televisión, la radio y la prensa escrita, sólo se ha observado un ligero aumento desde 1995 (de 17% a 18%). La mención más frecuente de la mujer se vincula con el papel de víctima (18,7%). Únicamente se menciona más a la mujer (en 21% de los casos) que al hombre (en 5% de los casos) cuando se indica su estado civil. Por el contrario, la proporción de mujeres ha aumentado entre el personal contratado, especialmente en la televisión. Las mujeres predominan en el grupo de personas de 20 a 34 años de edad, la relación entre los géneros es equilibrada entre los 35 y 40 años y todavía los hombres son más numerosos en el grupo de más de 50 años.

8.Artículo 8: Participación de la mujer en el plano internacional

Artículo 8

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garant i zar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales.

El Gobierno federal asigna considerable importancia al suministro de información a la mujer, en particular con respecto a las oportunidades de hacer carrera en organizaciones internacionales: por ejemplo, ha incluido al Consejo Alemán de la Mujer entre los encargados de difundir anuncios generales sobre nombramientos en puestos de carácter internacional. De esta manera y también en entrevistas y por conducto de los medios de comunicación, las mujeres potencialmente interesadas reciben información sobre los seminarios organizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores para preparar a los aspirantes a presentarse en concursos de selección para cubrir cargos en la Comisión de la Unión Europea. También se da participación así al denominado Fondo de Empleo Internacional, donde se pueden consultar todos los anuncios de vacantes en organizaciones internacionales. Los esfuerzos desplegados por el Gobierno federal por aumentar la proporción de mujeres de nacionalidad alemana en el plano internacional han sido fructíferos en el período que se examina. No obstante, todavía hay que redoblar los esfuerzos para lograr la paridad de género entre los ciudadanos alemanes que trabajan en el plano internacional.

8.1.La esfera de las Naciones Unidas

Según la “actualización de las contrataciones” de la Secretaría de las Naciones Unidas de 24 de septiembre de 2001, desempeñaban funciones comparables a los servicios administrativos en la Secretaría de las Naciones Unidas un total de 129 alemanes, de los cuales 46 eran mujeres. La proporción de mujeres era, pues, de 35,6% (en 1996 había sido de 30,7% y en 1994, de 29,7%).

En los cargos más altos de la Secretaría de las Naciones Unidas, es decir, de la categoría D2 en adelante, encontramos una mujer entre cuatro alemanes (puesto D2 en el Departamento de Asuntos Políticos (DAP)). Un repaso de la trayectoria profesional de los funcionarios de la Secretaría de las Naciones Unidas pone de manifiesto que en ella trabajan 296 alemanes, de los cuales 124 son mujeres. La proporción de mujeres es, pues, de 41,89%.

En la Oficina del personal de organizaciones internacionales (Büro Führungskräfte zu Internationalen Organisationen (BFIO)) de Bonn, una agencia de colocaciones del Servicio Federal de Empleo para aspirantes a trabajar en organizaciones internacionales del sistema de las Naciones Unidas, es decir, en la Secretaría, los organismos de socorro o especializados y las entidades especiales o autónomas, están registrados en total 870 funcionarios alemanes (incluidos expertos adscritos, consultores y personal no estable) que trabajan en servicios administrativos comparables. De esas 870 personas, 295 (33,91%) son mujeres. La proporción de mujeres en el grupo del Banco Mundial es similar: según los registros de la BFIO, trabajan allí 181 alemanes, de los cuales 64 son mujeres. La proporción es, pues, de 35,36%.

8.2.La esfera de la Unión Europea

En cumplimiento de su misión de proporcionar información y reunir a los candidatos alemanes a participar en los procedimientos de selección de la Unión Europea del año en curso, el Ministerio de Asuntos Exteriores destacó especialmente la política activa política en favor del adelanto de la mujer que lleva a cabo la Comisión Europea y, sobre todo, alentó a las mujeres para que participaran en el difícil procedimiento de selección. La proporción de mujeres es gratamente alta en los seminarios organizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores para preparar a los aspirantes a trabajar en la Unión Europea: en los ocho seminarios organizados hasta la fecha, han participado 958 personas, de las cuales 41% eran mujeres. En los restantes seminarios organizados en Hamburgo y Bruselas se han inscrito 131 participantes (proporción de mujeres: 41,2%) y 81 participantes (una alta proporción de mujeres: 61,8%), respectivamente.

En la Comisión de la Unión Europea, la distribución del personal alemán (hasta octubre de 2001) era la siguiente: en la escala salarial A1 a A8 (comparable a los servicios administrativos de nivel superior) trabajaban 676 personas, 568 hombres y 108 mujeres (la proporción de mujeres era, pues, de 15,98%). No hay mujeres empleadas en los puestos más altos, A1 y A2. Tres mujeres ocupan puestos A3. A guisa de comparación, proporcionamos las cifras correspondientes a los hombres: nueve han llegado a la categoría A1, 23 a la A2 y 61 a la A3.

En la escala salarial B (comparable en términos generales a los servicios administrativos) la proporción de mujeres en el personal alemán (117 mujeres y 104 hombres) es de 52,94% y en la categoría C (comparable en términos generales a los servicios intermedios), de 53,72% (375 mujeres y 323 hombres).

Cuando se constituyó la nueva Comisión en 1999, también hubo nuevos nombramientos en los gabinetes de los comisionados. En esa oportunidad fueron designados 18 ministros alemanes, diez de ellos mujeres.

Otras candidaturas propuestas por el Gobierno federal en la esfera de la Unión Europea son las siguientes:

–Comisionado Schreyer (1999)

–Juez alemán del Tribunal de Justicia Europeo, Colneric (2000)

–Miembro alemán del Tribunal de Cuentas Europeo, von Wedel (desde el 1º de enero de 2002)

8.3.Servicio diplomático de la República Federal de Alemania

En todo el servicio consular y diplomático en el extranjero de la República Federal, la proporción de mujeres (al 9 de noviembre de 2001) era de 41%; en el servicio administrativo superior, de 19%. En cuanto al personal que desempeña funciones directivas, la proporción de mujeres era de 9,2% en el extranjero (en comparación con 7,6% en 1997 y 5,2% en 1995) y de 6,5% dentro del país (no se dispone de datos comparativos) al 9 de noviembre de 2001. En el nivel superior de los servicios administrativos, 42,5% de las nuevas contrataciones realizadas en 2001 fueron mujeres (25% en 1999 y 27% en 1997).

9.Artículo 9: Nacionalidad de la mujer y los hijos

Artículo 9

1. Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacion a lidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacion a lidad de la esposa, la conviertan en apátrida o la obliguen a adoptar la naci o nalidad del cónyuge.

2. Los Estados Partes otorgarán a la mujer los mismos derechos que al hombre con respecto a la nacionalidad de sus hijos.

No hay nada que cambiar ni añadir con respecto al informe anterior.

10.Artículo 10: Igualdad de derechos de la mujer y el hombre en las esferas de la educación y el deporte

Artículo 10

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para elim i nar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de der e chos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igua l dad entre hombres y mujeres:

a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales c o mo urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, g e neral, técnica, profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de capacitación profesional;

b) Acceso a los mismos programas de estudios, a los mismos exám e nes, a personal docente del mismo nivel profesional y a locales y equipos e s colares de la misma calidad;

c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masc u lino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los libros y pr o gramas escolares y la adaptación de los métodos de ens e ñanza;

d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras su b venci o nes para cursar estudios;

e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos, con miras en particular a reducir lo antes posible toda diferencia de conoc i mientos que exista e n tre hombres y mujeres;

f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los estudios prematuramente;

g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el d e porte y la ed u cación física;

h) Acceso al material informativo específico que contribuya a aseg u rar la salud y el bienestar de la familia, incluida la información y el asesor a miento sobre planif i cación de la familia.

Como complemento del informe anterior, nos remitimos a las secciones 3.2 y 3.3 de la Parte I, en las cuales se describe cómo ha evolucionado la situación de las mujeres y las niñas en el sector. Para actualizar la información proporcionada, corresponde añadir lo siguiente:

10.1.La mujer y el deporte

En el deporte se observan importantes diferencias entre los géneros. Las mujeres y las niñas prefieren los deportes populares y recreativos como la gimnasia. la equitación, el tenis y la danza, en tanto que los niños y los hombres se inclinan por los deportes de tipo competitivo o que se practican en equipo: por ejemplo, fútbol, balonmano, baloncesto y pruebas atléticas ligeras. En el año 2000 las mujeres afiliadas a la Asociación Alemana de Deportes (DSB) eran 10,3 millones (38,6% del total de afiliados).

Aunque la proporción de mujeres en los clubes deportivos llega a casi 40%, los organismos de decisión están en gran medida en manos de hombres, tanto en el campo del voluntariado como en el profesional. Las mujeres ocupan apenas el 25% de los cargos en los clubes deportivos. Entre los presidentes de clubes, la proporción de mujeres es tan sólo de casi 9%. Entre otras razones, esta situación es producto de la reticencia de la mujer a trabajar en organizaciones tradicionales con estructuras donde predominan los hombres.

Para ayudar a las asociaciones deportivas de los Länder, las asociaciones centrales y otros organismos deportivos a integrar a la mujer en todas sus actividades y con el objetivo de incrementar la proporción de mujeres en los órganos directivos del deporte, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud puso en marcha, en cooperación con el Comité Olímpico Nacional, el proyecto de modelo denominado “La mujer en la cúspide”. En este proyecto se presta particular atención a tres esferas donde se advierten problemas: la mujer en puestos directivos del deporte, la colaboración voluntaria o el compromiso ciudadano con el deporte y la dinámica social del deporte. Todas estos temas son objeto de investigación y dan pie tanto a la creación de efectos sinérgicos como al aprovechamiento de la competencia y la experiencia de la mujer para reducir la falta de mujeres en el personal directivo y facilitar el acceso de la mujer, en pie de igualdad con el hombre, a posiciones influyentes y codecisorias en el deporte. Así, con las distintas asociaciones, se están estableciendo las bases de medidas promisorias y de largo alcance para promover el adelanto de la mujer y, por consiguiente, impulsar el progreso del deporte en su conjunto.

El tema de “La mujer en la cúspide del deporte” impregnó de dinamismo a todo el programa de la quinta Conferencia Europea sobre la Mujer y el Deporte, “La mujer, el deporte y la innovación”, que se celebró en Berlín de 19 a 21 de abril de 2002.

En este contexto, adquiere particular importancia el proyecto “Vamos, chicas, juguemos baloncesto”, que en 1999 y 2000 alentó a las chicas de escuelas y clubes para que formaran nuevos equipos de baloncesto o se incorporasen a los ya existentes. El proyecto, auspiciado por la Federación Alemana de Baloncesto (DBB) y la Liga Federal de Baloncesto Femenino (DBBL) y apoyado por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, se dirigió por primera vez a las niñas en particular para motivarlas e inducirlas a practicar deportes dominados por los varones. En virtud de este proyecto se llevó a cabo una investigación sobre la adaptación a las niñas de la teoría y la práctica del baloncesto (entrenamiento, juego y competición), con miras a trasladar sus conclusiones a otros deportes.

10.2.Educación y asesoramiento en planificación de la familia

Desde 1992, en virtud del artículo 1 de la Ley relativa a la asistencia a la mujer embarazada y la familia (SFHG), el Centro Federal de Educación para la Salud tiene la obligación legal de elaborar conceptos y proponer medidas y medios de comunicación en la esfera de la educación sexual y la planificación de la familia. La meta de estas medidas consiste, fundamentalmente, en evitar los conflictos derivados del embarazo.

La cooperación establecida por ley entre el Centro Federal de Educación para la Salud y los Länder federales en materia de investigación sobre el sexo, planificación de la familia y anticoncepción se desarrolla dentro del círculo de coordinación competente de la Federación y los Länder.

Una de las funciones principales del Centro Federal de Educación para la Salud es formular conceptos focalizados en grupos específicos en materia de educación sexual holística y planificación de la familia en el marco de la planificación del ciclo vital. Esto incluye los enfoques orientados específicamente hacia la promoción de la capacidad de comunicación mediante la información, la motivación y el aumento de la competencia.

Además de elaborar medidas y medios de comunicación nacionales normalizados, el Centro Federal de Educación para la Salud fomenta proyectos de modelos orientados hacia la práctica y medidas encaminadas a reforzar las calificaciones; asimismo, encarga la realización de estudios. La realización de encuestas periódicas con muestras representativas echa las bases para mejorar los medios de comunicación y determinar los temas de las medidas; al propio tiempo, se facilitan los cambios en las funciones relacionadas con contenidos, a la luz de la evolución del trasfondo social.

Los proyectos y medios de comunicación tienen en cuenta, en principio, las condiciones específicas relacionadas con los géneros o se crean específicamente para grupos destinatarios de niñas/niños y mujeres/hombres. En la elaboración de medios de comunicación y proyectos, en la etapa anterior a este enfoque focalizado en los géneros, se procede al examen de éstos y a su aplicación apropiada en relación con los objetivos de integración de las cuestiones de género en las actividades principales.

Sobre estas bases de trabajo, el Centro Federal de Educación para Salud promueve proyectos y ensayos. A continuación se enumeran algunos ejemplos actuales:

•La labor de la juventud reflejada en el proyecto de los Länder federales Renania – Palatinado y Sarre

Proyecto relativo a la sensibilización de la juventud en cuestiones de género

•Es una vida de mujer

Estudio sobre las carreras profesionales y la planificación de la familia

•Círculo de calidad en el diagnóstico prenatal

Proyecto experimental sobre el tema para médicos y consejeros

•“La mitad de ella es todavía una chica”

Encuesta sobre las condiciones de vida, las actitudes y la conducta de las jóvenes embarazadas y madres frente a la anticoncepción

•La sexualidad y la anticoncepción desde el punto de vista de los jóvenes y sus padres

Encuesta reiterada en 1994, 1996, 1998 y 2001

•“Es lo mío”, las chicas hacen lo que les parece

Documentación de la Conferencia especializada sobre el trabajo de educación sexual con niñas, de junio de 2000.

Una “lista del material (disponible)” proporciona información sobre todas las publicaciones existentes en el Centro Federal de Educación para la Salud y la revista especializada trimestral “FORO de educación sexual y planificación de la familia” informa sobre los resultados de las investigaciones temáticas, los objetos de la práctica y los medios de comunicación. Con la serie titulada “Investigación y práctica de la educación sexual y la planificación de la familia”, el Centro Federal de Educación para la Salud ofrece una tribuna para el debate y el enlace de la teoría con la práctica científicas.

11.Artículo 11: Igualdad de derechos de mujeres y hombres en la esfera del empleo

Artículo 11

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para elim i nar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de aseg u rar a la mujer, en condiciones de igualdad con los hombres, los mismos der e chos, en particular:

a) El derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser hum a no;

b) El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplic a ción de los mismos criterios de selección en cuestiones de empleo;

c) El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al a s censo, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras cond i ciones de servicio, y el derecho a la formación profesional y al readiestr a miento, incluido el aprendizaje, la formación profesional superior y el adie s tramiento peri ó dico;

d) El derecho a igual remuneración, inclusive prestaciones, y a igua l dad de trato con respecto a un trabajo de igual valor, así como a igualdad de trato con respecto a la evaluación de la calidad del trabajo;

e) El derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubil a ción, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez u otra incapacidad para trab a jar, así como el d e recho a vacaciones pagadas;

f) El derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las co n dici o nes de trabajo, incluso la salvaguardia de la función de reproducción.

2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matr i monio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para:

a) Prohibir, bajo la pena de sanciones, el despido por motivo de e m barazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil;

b) Implantar la licencia de maternidad con sueldo pagado o con prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigü e dad o los beneficios s o ciales;

c) Alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública, e s pecialmente mediante el fomento de la creación y desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños;

d) Prestar protección especial a la mujer durante el embarazo en los tipos de trabajos que se haya probado puedan resultar perjudiciales para ella.

3. La legislación protectora relacionada con las cuestiones comprendidas en este artículo será examinada periódicamente a la luz de los conocimientos cient í ficos y tecnológicos y será revisada, derogada o ampliada según corre s ponda.

Para actualizar el informe anterior, corresponde añadir lo que sigue.

Nos remitimos asimismo a la sección 3.4 de la Parte I.

11.1.El Código Civil y otras leyes

Con arreglo a la Ley de reforma del Código Civil y la Ley de los tribunales de trabajo (Gesetz zur Änderung des Bürgerlichen Gesetzbuches und des Arbeitsgerichtsgesetzes), que entraron en vigor el 3 de julio de 1998, se ha ampliado el alcance de la responsabilidad del empleador en casos de discriminación por razón de sexo para adecuarlo a las definiciones de la segunda Ley de igualdad de derechos. Esta

Ley es una reacción frente a la sentencia del Tribunal de Justicia europeo (caso C-180/95), de 22 de abril de 1997, según la cual la directiva europea relativa a la igualdad de trato entraba en contradicción con las disposiciones vigentes en Alemania sobre la igualdad de trato al hombre y la mujer al acceder a un empleo. La Ley de reforma del Código Civil y la Ley de los tribunales de trabajo se ajustan a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo.

A tenor del derecho alemán, el empleador debe pagar una indemnización siempre que se hubiere actuado de manera discriminatoria con ocasión del acceso al empleo. La indemnización prevista en el inciso 2 del artículo 611a del Código Civil no depende de la propia culpabilidad. El empleador también es responsable de la inconducta de las personas que actúen en su nombre para cubrir el puesto vacante.

De conformidad con el inciso 2 del artículo 611a del Código Civil, la persona, hombre o mujer, que hubiere sido objeto de discriminación puede exigir una indemnización monetaria apropiada. Para la mujer postulante con mejores títulos y méritos (la postulante que hubiere obtenido el puesto si la selección se hubiese llevado a cabo sin discriminación) no hay un tope para el monto de la indemnización. Para una postulante que, conforme a lo que pueda demostrar el empleador, no hubiere podido obtener el puesto vacante por los mejores títulos y méritos del hombre designado, aunque la selección se hubiese realizado sin incurrir en discriminación, el monto de la indemnización se limita a tres meses de salario de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo.

Con el reconocimiento del derecho a indemnización de conformidad con el artículo 611a del Código Civil, el Parlamento opuso un derecho a ser nombrado que no habría sido compatible con el derecho laboral aplicable. La protección no se relaciona aquí con la oportunidad de nombramiento de la mujer o el hombre con más idoneidad, sino con el derecho de toda mujer o todo hombre a participar en un procedimiento de contratación sin ninguna discriminación. La redacción del artículo 611a del Código Civil, que estipula la inversión de la carga de la prueba a favor del postulante perjudicado, sea hombre o mujer, ya se ha ajustado a la directiva 97/80/CE del Consejo de la Unión Europea.

El arreglo compensatorio se aplica en caso de discriminación por razón de sexo en la esfera del adelanto profesional cuando no se reconoce el derecho al ascenso.

El 28 de julio de 2001, la Ley de reforma de la Ley relativa a los estatutos de las fábricas puso en vigor enmiendas de largo alcance con objeto de acrecentar la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en las fábricas. El tema se expuso de manera pormenorizada en la sección 2.3 de la parte I, a la que nos remitimos ahora.

Con arreglo al inciso 2 del artículo 19 de la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades, el comisionado para la igualdad debe participar en los procedimientos de nombramiento o adscripción en los organismos, de conformidad con la Ley federal relativa a los nombramientos en organismos, a menos que ya se hubiere establecido una oficina para promover la igualdad entre la mujer y el hombre (véase también la sección 7.1 de la Parte II).

11.2.La administración pública de la Federación

Uno de los principales objetivos de la política legislativa del Gobierno federal en el campo de los servicios es seguir mejorando la situación profesional de la mujer en la administración pública. Se tienen en cuenta, en particular, las necesidades especiales de la mujer y, por lo tanto, se amplían en mayor medida y con coherencia las oportunidades de trabajar a jornada parcial (véase la sección 11.5 de la Parte II). Ha seguido creciendo de continuo la proporción de mujeres con respecto al número total de funcionarios de la administración pública. Según la información proporcionada por la Oficina Federal de Estadística, en el año 2000 había en total 2.5000.000 mujeres empleadas en el sector público. La proporción de mujeres en relación con el total del personal aumentó, pues, a 51,4% en 2000.

Los datos estadísticos que atañen específicamente a la administración pública de la Federación se resumen en el cuarto informe del Gobierno federal sobre el adelanto de la mujer. En el período comprendido entre 1995 y 1998, la proporción de mujeres en toda la administración federal aumentó ligeramente 1,1%, de 43,6% a 44,7% (= 250.986 mujeres), aunque el número total de los funcionarios descendió aproximadamente un 6%, a 561.365. Por lo tanto, en 1998, la proporción de mujeres en la administración federal fue tan sólo 6% menor, aproximadamente, que la proporción de mujeres en la población total.

Sin embargo, en ciertas esferas, los desequilibrios se mantienen fundamentalmente sin cambios. La proporción de funcionarios públicos del sexo femenino que entre mediados de 1995 y mediados de 1998 trabajaban a jornada completa en el servicio administrativo de la Federación ascendió tan sólo de 11,6% a 13,5%, mientras que la proporción de mujeres en los cargos jerárquicos superiores aumentó de 12,6% a 14,5%. En esa categoría, la proporción de mujeres entre los jefes de sección creció de 8,7% en 1994, el último año considerado en el tercer informe sobre el adelanto de la mujer, a 10,6% en 1998, el último año examinado en el presente informe; en el mismo período, la proporción de mujeres pasó de 3,6% a 8,2% entre los jefes de subdivisión, aunque entre los jefes de división se registró un descenso de 4,1% a 2,1%.

Por consiguiente, en comparación con sus colegas varones, son todavía demasiadas las mujeres empleadas en tareas de menor valor, con una baja remuneración, incluidos los empleos de jornada parcial: en la administración federal eran mujeres 38,5% de los empleados a jornada completa y 92,8% de los empleados a jornada parcial. La proporción de empleados a jornada parcial con respecto a todo el personal era de 11,5% en 1998. Estos funcionarios —casi exclusivamente mujeres— compartían sus tareas y puestos establecidos con otros funcionarios, también en este caso casi exclusivamente mujeres.

Además, 91,4% de las personas en uso de licencia en el servicio federal —es decir, personas sin ingresos propios durante cierto tiempo— eran mujeres.

También desde el punto de vista de la condición jurídica y social, las mujeres siempre estuvieron en desventaja con respecto a sus colegas varones: en 1998 sólo eran mujeres 23,7% de los funcionarios públicos inamovibles en sus cargos (19,2% en 1994) y 64,9% de los funcionarios sin estabilidad (66,5% en 1994). Entre estos últimos figuraban los empleados con contratos de temporería.

Habida cuenta de que, según el cuarto informe del Gobierno federal sobre el adelanto de la mujer en la administración federal, las disposiciones legales vigentes en materia de adelanto de la mujer en la administración pública federal y los tribunales de la Federación han logrado pocos progresos, el Gobierno federal redactó la nueva Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades, que entró en vigor el 5 de diciembre de 2001. Esta nueva Ley pro igualdad contiene disposiciones más concretas para seguir logrando progresos sostenibles en la esfera del adelanto de la mujer (véase la sección 2.5 de la Parte I).

En virtud de la Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades, las disposiciones anteriores sobre la armonización de la familia y el trabajo profesional mejoraron de manera uniforme para todo el personal de la administración pública de la Federación. Así se redujeron a la vez los obstáculos que encontraban los hombres para realizar trabajos en el seno de la familia (véase también la sección 5.1 de la Parte II). A las mujeres y los hombres que vuelven a trabajar les resulta más fácil retornar a sus empleos.

11.3.Ley de protección de la maternidad

La Ley de protección de la maternidad es una de las normas más importantes del derecho laboral y social. Protege a las empleadas y a sus hijos contra los riesgos para la salud en el trabajo, el despido y la pérdida de ingresos. Esta Ley ha demostrado una admirable eficacia y su perfeccionamiento sigue siendo un importante objetivo de la política social. En virtud de la segunda Ley de reforma de la Ley de protección de la maternidad, de 16 de junio de 2002, todas las madres, incluidas aquellas que dan a luz antes de lo previsto, gozan de la protección de su maternidad por un período de por lo menos 14 semanas. Se aclaró asimismo que las prohibiciones de trabajar derivadas de la Ley de protección de la maternidad se computaban como horas de trabajo a efectos de determinar la licencia. La ley entró en vigor el 20 de junio de 2002.

La Ley de protección de la maternidad está estrechamente relacionada con la Ley federal relativa a las prestaciones por crianza de los hijos (para estas prestaciones y la licencia de paternidad/maternidad para cuidar a los hijos en sus primeros años de vida, véase la sección 11.5.1 de la Parte II).

En virtud de una disposición previsora, el Gobierno federal ha hecho extensiva a las funcionarias de la administración pública de la Federación la ampliación del período de protección de la maternidad a 14 semanas por lo menos, incluso para los partos precoces; habida cuenta de que al mismo tiempo entró en vigor la Ley de protección de la maternidad en su forma enmendada, se ha promovido sin duda la igualdad de trato. La Ordenanza de protección de la maternidad en la administración pública (Mutterschutzverordnung der Beamtinnen) será objeto de la adaptación pertinente.

11.4.Diferencias de ingresos relacionadas con el género

Las disposiciones legales relativas a la igualdad de remuneración son inequívocas. La base jurídica más importante es el artículo 141 del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (artículo 119 de la vieja versión del Tratado), que es derecho directamente aplicable y fue mejorado sustancialmente una vez más por el Tratado de Amsterdam. El principio de igual remuneración por un trabajo igual se extendió para que comprendiera asimismo al trabajo equivalente. En el plano interno, las bases jurídicas son el párrafo 2 del artículo 3 de la Ley orgánica y la segunda oración del inciso 3 del artículo 612 del Código Civil que, a partir de la aclaración formulada en la Ley de adecuación a la Comunidad Europea (EG-Anpassungsgesetz) de 1980, contiene expresamente el principio de “igual remuneración por un trabajo equivalente”. Las asociaciones patronales y los sindicatos también están obligados por este principio cuando elaboran convenios colectivos, igual que los empleadores y los consejos de empresa cuando proyectan acuerdos internos en materia de sueldos y salarios. Además, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo y de los tribunales de trabajo ha constituido también una importante contribución a la construcción de los principios relativos a lo que se debe entender por trabajo igual y trabajo equivalente y, en particular, a la determinación de los requisitos para que un pago diferente sea considerado indirectamente discriminatorio.

En diciembre de 1998, el Gobierno federal presentó al Parlamento Federal de Alemania el 11º informe sobre el problema de la puesta en práctica del principio de igualdad de remuneración en los convenios colectivos. En ese informe, el Gobierno federal puso una vez más de manifiesto su opinión de que la existencia de grupos de salarios bajos en un pequeño número de convenios colectivos no indica que el trabajo de la mujer esté o deje de estar subvalorado en determinada esfera tarifaria. No obstante, el Parlamento Federal consideró poco probable que con informes como los presentados se pudiera reflejar fielmente la situación de igualdad de remuneración para mujeres y hombres y, por decisión de 30 de junio de 1999, pidió al Gobierno federal que ampliara su información sobre el particular y presentara un informe completo sobre la situación laboral y los ingresos de mujeres y hombres en la República Federal de Alemania. En la sección 3.4.12 de la parte I se describió detalladamente este informe, que se puso a consideración del Parlamento Federal el 24 de abril de 2002. Además, con el apoyo de la Unión Europea, el Gobierno federal organizó en junio de 2002 una conferencia internacional sobre el tema “Igualdad de remuneración – Modelos e iniciativas para lograrla” y ahora trabaja en la elaboración de directrices para las partes que actúan en esta esfera. Asimismo, en la Estrategia Nacional para la Sostenibilidad de la República Federal de Alemania, se establece que la reducción de las diferencias salariales relacionadas con el género es un indicador del logro de la igualdad. La meta es aumentar los ingresos brutos anuales de la mujer, en comparación con los del hombre, de 76% en 1997 a 85% en 2010.

11.5.Armonización de la familia con el trabajo profesional/Política en favor de la mujer en el mercado de trabajo

11.5.1.Armonización de la familia con el trabajo profesional

El Gabinete federal aprobó el programa “La mujer y el trabajo” el 23 de junio de 1999. La meta del programa es promover enérgicamente la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en el trabajo profesional y la familia. El programa comprende las siguientes medidas:

•La reforma de la Ley federal relativa a las prestaciones por crianza de los h i jos entró en vigor el 1º de enero de 2001. Atañe a los nacimientos posteriores a 2001. En virtud de la reforma, son menos estrictos los requisitos que se exigen

para tener derecho a las prestaciones por crianza de los hijos o a la licencia para criar a los hijos, ahora denominada licencia de paternidad/maternidad. Con esta Ley se flexibilizan las condiciones para que ambos padres cuiden juntos de los hijos, combinando el trabajo con el desarrollo de aptitudes.

Los padres tienen derecho a una licencia de paternidad/maternidad de hasta tres años por cada hijo, durante la cual quedan plenamente protegidos contra el despido. También pueden aprovechar conjuntamente este derecho íntegramente o por cierto tiempo. La licencia de paternidad/maternidad termina normalmente cuando el hijo cumple tres años. Sin embargo, con el consentimiento del empleador, puede postergarse hasta un año de la licencia hasta que el niño cumpla ocho años. Durante la licencia de paternidad/maternidad se permite trabajar a jornada parcial hasta 30 horas por semana y, si la licencia se disfruta conjuntamente, hasta 60 horas por semana. También se tiene derecho a trabajar a jornada parcial en las empresas de más de 15 empleados.

La nueva y más flexible licencia de paternidad/maternidad reemplaza a la antigua licencia para criar a los hijos, cuyo nombre y reglas rígidas (ninguna posibilidad legal de que ambos padres gocen conjuntamente de la licencia para criar a sus hijos, restricción de la posibilidad de trabajar a jornada parcial a un máximo de 19 horas por semana) han caducado. En 2000, aproximadamente 380.000 padres empleados (de los cuales 98,4% eran mujeres) gozaban de la antigua licencia durante el primer año de vida del hijo, lo que quiere decir que aproximadamente 95% de los padres con derecho a licencia aprovechaban esa oportunidad. La proporción era mucho menor durante el segundo año de vida del hijo (alrededor de 213.000 padres, aproximadamente 94% de los que tenían derecho a utilizarla). No obstante, como también ocurría durante el primer año de vida del hijo, eran casi exclusivamente mujeres quienes seguían haciendo uso de la licencia.

Un objetivo importante del nuevo régimen de licencia de paternidad/maternidad es conseguir una mucho mayor participación conjunta del padre y la madre en el cuidado de los hijos, lo que también trae aparejada la armonización en común de la vida familiar y la profesional. Este objetivo se puede alcanzar mejorando la normativa en materia de trabajo a jornada parcial. En 2004, el Gobierno federal presentará al Parlamento Federal de Alemania un informe sobre la experiencia reunida con la nueva licencia de paternidad/maternidad. La más intensa participación de los padres en el cuidado de los hijos durante su infancia entraña asimismo una mayor igualdad de oportunidades para las mujeres en el mercado de trabajo.

•Para muchas mujeres y hombres, la posibilidad de trabajar a jornada parcial es muy importante para conciliar las obligaciones para con la familia con el trabajo profesional. Se han logrado grandes progresos con la Ley relativa al tr a bajo a jornada parcial y los contratos de empleo de duración determinada, que entró en vigor el 1º de enero de 2001. Una cuestión fundamental es el derecho jurídico a trabajar a jornada parcial en empresas de más de 15 empleados, incluso en puestos directivos. En la República Federal de Alemania, los trabajadores que estén empleados por más de seis meses pueden solicitar ahora la reducción de las horas de trabajo contractualmente convenidas. El empleador debe examinar con el empleado la posibilidad de reducir las horas de trabajo, conforme a lo deseado, con miras a llegar a un acuerdo sobre su cantidad y distribución. El propósito de la nueva disposición legal va más allá de la armonización del trabajo profesional y la familia. De hecho, esta Ley permite trabajar a jornada parcial independientemente de las obligaciones de familia. Por otra parte, estipula que los empleados que quieran extender las horas de trabajo contractualmente convenidas tendrán prioridad ante otras personas con similares aptitudes siempre que hubieren notificado de su pretensión al empleador y que estuviere vacante un puesto apropiado.

•Una de las cuestiones fundamentales que se plantean en la esfera de la armonización de la familia con el trabajo profesional es la puericultura. Un sistema de puericultura que funcione bien es muy importante. De conformidad con las disposiciones legales, las autoridades de los Länder y los municipios tienen la obligación de ofrecer una variedad suficiente de servicios de guarda a todos los grupos etarios.

A pesar de que en 1996 se estableció el derecho jurídico a disponer de una plaza en un jardín de infancia, se observan deficiencias en esta esfera, particularmente en los Länder federales occidentales y sobre todo para los niños de menos de tres años; también hay deficiencias en las guarderías diurnas para los niños de tres a seis años y en las escuelas primarias que funcionan por la tarde. Además, se necesitan horarios más flexibles.

La expansión cuantitativa y cualitativa del sistema de puericultura recibió el impulso de la Conferencia internacional denominada “Los niños como agentes del futuro – por una educación y guarda durante todo el día en Alemania”, que organizó el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud y se celebró en Berlín el 6 y 7 de junio de 2002.

Las autoridades de los Länder y los municipios, que son responsables de la guarda de los niños, hacen todo lo posible por superar el déficit de provisión del servicio. Por ejemplo, los lugares ocupados por jardines de infancia que dejan de funcionar como consecuencia de las tendencias demográficas son reasignados a otros niños más pequeños o más grandes.

El Gobierno federal apoyará los esfuerzos desplegados por los Länder con 4.000 millones de euros que se asignan, entre otras cosas, para expandir las escuelas diurnas. Además, en el “Acuerdo entre el Gobierno federal y las principales asociaciones patronales alemanas para promover la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en las empresas privadas”, que se concertó en julio de 2001, se prevé que las empresas se comprometan con el cuidado de los niños. Para respaldar ese compromiso, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud publicará un folleto titulado “El cuidado de los niños con el apoyo empresarial”. Además, a comienzos de 2002, el mismo Ministerio publicó otro folleto titulado “Medidas a favor de la familia en el trabajo” para los directivos de las empresas, los representantes de los empleados y el personal, en que se proponen muy diversas medidas para armonizar mejor la familia con el trabajo profesional. Abarcan un amplio espectro que va desde variantes laborales relacionadas con la familia y desarrolladas mediante una estrategia personal hasta el establecimiento de una estructura propicia a la familia en la empresa.

•El objetivo perseguido es superar las funciones tradicionales de los géneros, según las cuales las mujeres se ocupan de la familia y los hombres del trabajo profesional. El Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud ha puesto en marcha una campaña para generar una nueva percepción de los hombres y los padres. El objetivo es promover en el seno de la familia actitudes y comportamientos del hombre que se basen en el compañerismo. Los jóvenes hombres y padres en la etapa de planificación de la familia, junto con los adolescentes de menor edad, constituyen el grupo destinatario de la campaña. La campaña también está dirigida a los empleadores y las empresas como socios de la alianza. El 6 de marzo de 2001 se lanzó una ofensiva nacional en la esfera de la comunicación bajo el lema “Más campo de acción para el hombre”. Un elemento fundamental de la campaña es la participación empresarial. Por ejemplo, las empresas organizaron una “carrera de relevos” en los 16 Länder federales que ya aportó soluciones propicias para la familia y pretende impulsar otras en un futuro próximo. En el marco de esta “carrera de relevos”, las posibilidades abiertas para los padres y las empresas en virtud de los nuevos estatutos resultan evidentes en el entorno empresarial. Todas las empresas que cooperan organizaron un día de acción en este campo, el denominado “Día del padre”.

•En el marco del concurso federal titulado “La empresa de 2000, cordial con la familia: nuevas oportunidades para la mujer y el hombre”, las empresas que brindan apoyo también a los padres para armonizar la familia y el trabajo profesional y ponen en práctica soluciones en forma de teletrabajo fueron premiadas el 31 de octubre de 2000 en la EXPO de Hannover. También en los Länder se organizan concursos similares sobre el tema las empresas cordiales con la familia/la igualdad de oportunidades.

•Una Infoteca sobre el tema de “la armonización de la familia y el trabajo profesional” proporciona información sobre modelos y estrategias de las mejores prácticas que conducen a un mundo de trabajo propicio para la familia en ferias comerciales, congresos y exposiciones.

•Un servicio de orientación (on line) asesora en particular a las empresas pequeñas y medianas para que adopten medidas favorables a la familia y promuevan el adelanto de la mujer.

•El Acuerdo de julio de 2001 suscrito entre el Gobierno federal y las asociaciones nacionales de empresarios alemanes para promover la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en las empresas privadas ya fue descrito en la sección 3.4.10 de la Parte I.

Con la participación de la comunidad empresarial, se han elaborado y puesto en práctica otras medidas: por ejemplo, el plan de estudios básicos sobre la armonización de la familia y el trabajo profesional como elemento de capac i tación de los directivos. En él se insta a los especialistas y los directivos, en particular a los de empresas y organizaciones pequeñas y medianas, a promover la armonización de la familia y el trabajo profesional como factor de motivación y a hacerla realidad en el marco cultural de su empresa.

Hoy en día, formas e instrumentos de trabajo innovadores, como Internet, el teletrabajo y un horario de trabajo flexible, constituyen la base de la conciliación de la familia con el trabajo profesional. En la evaluación de estudios de casos, entrevistas con el personal y representantes de empresas y conversaciones con expertos, una directriz relativa a la estructuración del teletrabajo en relación con la familia, proporciona a empleadores y empleados una orientación y asistencia concretas con respecto a normas prácticas que tengan en cuenta todos los aspectos pertinentes de la conciliación de la familia y el trabajo profesional en la vida cotidiana.

Sobre todo para proporcionar asistencia a la mujer en su retorno al trabajo después de la etapa familiar, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud ha reunido en un folleto titulado “De regreso al trabajo” información general sobre la asistencia estatal, consejos prácticos para cuidar a los niños, problemas fiscales y de derecho social, etc.

Otro folleto del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud titulado “Armonización de la familia y el trabajo profesional – Asesoramiento a las personas que trabajan por cuenta propia y cuidan de miembros de la familia” contesta preguntas relacionadas con el marco legal de las prestaciones por crianza de los hijos y la licencia de paternidad/maternidad, la protección de la salud, la atención de un miembro de la familia por un tiempo prolongado y el seguro de pensión con arreglo al derecho social, además de abordar aspectos fiscales.

•Los párrafos finales atañen a las normas reglamentarias que procuran facilitar la conciliación de la familia y el trabajo profesional a los funcionarios públicos y empleados de la administración pública.

En 1969 se abrió por primera vez para los funcionarios públicos la posibilidad de trabajar a jornada parcial como “empleo de jornada parcial en la política de familia”; esta posibilidad se ha expandido de continuo y se sigue desarrollando. Ahora se puede desempeñar un empleo de jornada parcial, con menos de 50% de las horas de trabajo habituales, durante un período de hasta 12 años, en el marco de la política de familia.

Además, habida cuenta de que a partir de 1997 es factible solicitar un trabajo de jornada parcial sin ningún requisito previo, es dable designar a un funcionario en un cargo público de jornada parcial siempre que lo hubiere solicitado y no existan razones oficiales para la denegación.

En 1998 se implantó el empleo de jornada parcial para las personas que se acercan a la edad de la jubilación. Es un empleo de jornada parcial hasta llegar a la edad de jubilarse en que los funcionarios de la administración pública que tienen más de 55 años trabajan la mitad de las horas que antes de haber cumplido esa edad. Esos funcionarios pueden optar entre trabajar medio día durante todo el período o elegir un modelo en bloque que combine el trabajo con etapas de ocio. El empleo de jornada parcial para las personas que se acercan a la edad de jubilarse entraña ventajas especiales en materia de salario y pensiones. A partir del 1º de julio de 2000, también se abrió la posibilidad de trabajar a jornada parcial que se concede a las personas que se acercan a la edad de jubilarse para los funcionarios de la administración pública que ya trabajaban a jornada parcial antes de los 55 años y que inicialmente estaban excluidos del régimen, que beneficia en particular a las mujeres.

Se brindan oportunidades de trabajar a jornada parcial a fin de que los empleados de los servicios públicos puedan conciliar en mayor medida las obligaciones para con la familia y la carrera profesional; el trabajo a jornada parcial se incorporó en las disposiciones de los convenios colectivos en 1994 y desde entonces su alcance aumenta continuamente. La posibilidad de trabajar a jornada parcial que se concede a las personas que se acercan a la edad de jubilarse ya existía desde 1998 para el antedicho grupo de personas; las normas en vigencia son las mismas que las que rigen para los funcionarios públicos.

La Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en la Administración Federal y los tribunales federales (Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades), que entró en vigor el 5 de diciembre de 2001, contiene disposiciones complementarias sobre el empleo a jornada parcial y extiende al personal mencionado supra los beneficios de la Ley relativa al trabajo a jornada parcial y los contratos de empleo de duración determinada. Por ejemplo, los anuncios de los puestos correspondientes a los cuadros superiores y directivos deben publicarse indicando que son puestos de jornada parcial, a menos que se opongan a esta modalidad razones oficiales “imperiosas”. El personal con obligaciones de familia no sólo puede beneficiarse del trabajo a jornada parcial y de la licencia por motivos de familia; también hay que ofrecerle teletrabajo o modelos especiales de horas de trabajo, como por ejemplo el año sabático o un cómputo determinado de las horas hábiles, siempre que sea oficialmente posible. Además, las nuevas normas pretenden que a los empleados a jornada parcial que tengan obligaciones de familia les resulte más fácil que antes retornar a un trabajo a jornada completa (véase asimismo la sección 5.1 de la Parte I).

Las nuevas disposiciones de la Ley federal relativa a las prestaciones por crianza de los hijos se han trasladado a la Ordenanza relativa a la licencia de paternidad/maternidad en su forma enmendada por decreto de 17 de julio de 2001 (Boletín Oficial de las leyes federales, Parte I, pág. 1664). La enmienda, aplicable a los funcionarios de la administración pública federal, entró en vigor retroactivamente a partir del 1º de enero de 2001 para garantizar la armonía cronológica de sus efectos a tenor de la Ley relativa a las prestaciones por crianza de los hijos.

11.5.2.La política de mercado de trabajo para la mujer – proyectos de modelos del Gobierno federal

La provisión comercial y socialmente aceptable de trabajo se ensayó entre 1996 y 2000 en el marco de la promoción de un proyecto de modelo de dos instituciones benéficas dedicadas a la provisión comercial de trabajo (START Zeitarbeit en Renania del Norte – Westfalia y Gesellschaft für Arbeitnehmerüberlassung en Turingia) como instrumento de política del mercado laboral para el reintegro profesional de la mujer. Aquí se puso de manifiesto que las probabilidades de integrarse en el primer mercado laboral en el largo plazo mediante la provisión comercial y socialmente aceptable de trabajo son mucho mayores para las mujeres que para los hombres. Esto atañe en particular a grupos destinatarios especiales en el mercado laboral, como por ejemplo los desempleados y las mujeres o madres solteras que no han completado su formación profesional.

En el marco del cuarto Programa de Acción Comunitaria relativo a la igualdad de oportunidades (MACH), el Instituto Alemán de la Juventud puso en marcha el proyecto titulado “(Instrucción de la mujer en Europa)”. Después de completarse la

financiación inicial de la Unión Europea, se promovieron la interconexión y la difusión de los conceptos de instrucción en vigencia en otra etapa del proyecto con fondos del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, mientras se desarrollaban nuevos conceptos en relación con las mujeres que emprenden actividades comerciales, las mujeres en la política y las mujeres en la administración.

El Centro de competencia en política de igualdad de oportunidades en la s o ciedad del trabajo y los servicios del siglo XXI (2001 a 2003) asesora y ayuda a los agentes regionales y empresariales en carácter de organismo de asistencia y consulta. La misión fundamental del Centro de competencia es adoptar medidas dirigidas a determinadas empresas y sectores con el propósito de poner en práctica el concepto de integración de las cuestiones de género a escala regional y conseguir así una más completa igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el mercado laboral.

11.5.3.La iniciación de actividades comerciales

En el marco de un estudio en tres partes de los aspectos de género en la iniciación de actividades comerciales, se han elaborado varios criterios sobre una estrategia más precisa y diferenciada por género para la iniciación de actividades comerciales.

Por primera vez se examinaron en un estudio las estructuras de la oferta y la demanda de servicios de asesoramiento orientados explícitamente hacia la mujer; el objetivo del estudio fue recopilar los métodos y servicios de esos organismos en los procesos de iniciación de actividades comerciales por parte de mujeres y determinar los criterios de interconexión con los servicios clásicos de las cámaras, bancos y asociaciones. Los datos obtenidos en el análisis ponen de manifiesto la considerable importancia de esos servicios en el desarrollo de la capacidad potencial de la mujer en el campo empresarial.

En otro estudio accesorio se analizaron las condiciones y tendencias de los procesos de iniciación de actividades adicionales y accesorias por cuenta propia. Este análisis se funda en el hecho de que el establecimiento de empresas pequeñas y microempresas tiene modalidades de desarrollo enteramente distintas de la puesta en marcha de empresas orientadas hacia la tecnología y el comercio. El estudio demuestra la gran importancia de la puesta en funcionamiento de pequeñas empresas y microempresas, con su capacidad potencial de desarrollo, y a la vez la activa contribución de la mujer a los cambios estructurales de la economía.

En otro informe técnico se evaluaron las estadísticas oficiales relativas a la iniciación de actividades comerciales teniendo en cuenta los aspectos vinculados con los géneros y se formularon recomendaciones sobre la documentación y el análisis orientados hacia las cuestiones de género.

Se concentró la atención en las actividades de y para mujeres empresarias o fundadoras de empresas (en la esfera de las empresas pequeñas y medianas) en una investigación realizada a escala nacional en el primer semestre de 2001. Como resultado del estudio, fue posible establecer que por entonces se desarrollaban unas 500 iniciativas, actividades y proyectos de y para mujeres empresarias o fundadoras de empresas que hacían las veces de nodos de la red. El propósito perseguido es dar a conocer esas estructuras específicas e interconectarlas con las estructuras clásicas y tradicionales de la promoción económica.

Con objeto de fomentar el cambio generacional en las empresas, el Banco Alemán de Equiparación, la Federación de las Cámaras alemanas de Industria y Comercio y la Federación Alemana de Comercio pusieron en marcha la iniciativa conjunta CHANGE/CHANCE. El Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud participó en la iniciativa entre 1998 y 2001 para permitir que las mujeres se beneficiaran mucho más que antes de la sucesión dentro de las empresas, como forma de emprender actividades comerciales. La intención de la iniciativa fue, ante todo, mejorar la cooperación entre los clásicos organismos de asesoramiento en materia de iniciación, como las cámaras, las asociaciones y los bancos, y los centros de asesoramiento orientados expresamente hacia la mujer.

11.6.El derecho a la seguridad social

Para actualizar el informe anterior corresponde añadir lo siguiente:

La reforma de las pensiones, que entró en vigor el 1º de enero de 2002, mitiga las consecuencias de la Ley de pensiones para los salarios más bajos de la mujer. Para las personas que crían a los hijos y que durante los diez primeros años de vida del hijo menor tienen un empleo remunerado que desempeñan tan sólo a jornada parcial (ganando por eso menos que el salario medio) precisamente por criar a los hijos, se incrementa el valor asignado a sus ingresos a partir de 1992. Aquí, el aumento de los ingresos personales es de 50% hasta el máximo de 100% del salario medio si se computan 25 años de aportes con arreglo a la Ley de pensiones. Esto crea un incentivo para que las interrupciones de los aportes a la seguridad social causadas por la crianza de los hijos resulten tan breves como sea posible y para que al poco tiempo de terminar de criar a los hijos se vuelva a trabajar al menos a jornada parcial. Esto beneficia en particular a las mujeres que se emplean a jornada parcial cuando su hijo menor empieza a ir al jardín de infancia.

Este cambio favorable también beneficia a las personas que en muchos casos no pueden trabajar en un empleo remunerado porque cuidan de un hijo que requiere atención prolongada. También en estos casos el período de aportes obligatorios que se reconoce para calcular el monto de la pensión aumenta en valor 50% —aunque tan sólo hasta un valor máximo equivalente al 100% del salario medio— hasta que el hijo que requiere atención prolongada cumple 18 años.

Para las personas que crían varios hijos menores de diez años y, por consiguiente, tienen más dificultades para desempeñar un empleo remunerado que las personas con un solo hijo en ese grupo etario, la Ley prevé una medida de equiparación a fin de reducir las diferencias en el monto de la pensión.

Una mujer con un solo hijo que trabaja a jornada parcial o una mujer con dos hijos que no trabaja puede recibir hasta 60 euros adicionales en su pensión mensual gracias a las medidas de promoción recientemente aprobadas.

En los cómputos que se realizan a partir de 1992, se otorga a madres o padres un crédito jubilatorio medido en puntos de ingresos después del período de crianza de los hijos, es decir, cuando el hijo menor ha cumplido cuatro años. En términos generales, este crédito corresponde a la máxima promoción de la valuación más alta

(concedida por crianza de los hijos) de los períodos de aportes obligatorios de las personas con empleo remunerado (en otras palabras, un tercio de punto de ingresos por año).

La pensión a la vejez con cobertura de capital adicional que estableció la Ley del activo por edad (Altersvermögensgesetz) con promoción estatal, también tiene en cuenta el período de crianza de los hijos. En su etapa final (2008), la Ley prevé añadir al subsidio básico de 154 euros por año para los padres otro subsidio de 185 euros por año para los hijos. Especialmente para las familias de bajos ingresos, como por ejemplo las familias monoparentales con hijos, el resultado de este modelo de promoción es que, en ciertos casos, más de 80% del monto total del ahorro queda a cargo del subsidio estatal.

Además, esta reforma de las pensiones comprende también la reforma de las pensiones de las personas a cargo supérstites. Con objeto de mantener la protección de confianza en el largo plazo, la nueva Ley extiende sus beneficios tanto a las parejas casadas en que ambos cónyuges tienen menos de 40 años como a los nuevos matrimonios. Para las demás parejas casadas siguen rigiendo las disposiciones anteriores.

Con arreglo a la nueva Ley, las pensiones de viudas y viudos se reducen de 60% a 55% en las prestaciones sociales básicas, pero aumentan con un subsidio de dos puntos de ingresos por el primer hijo y de un punto de ingresos por cada uno de los otros hijos, pues las mujeres que crían hijos sufren interrupciones de los períodos en que tienen ingresos más prolongadas que las personas que no crían hijos. Esto ya entraña una pequeña mejora de la pensión de viudez de una viuda que cuente con una pensión de viudez media y haya criado a un hijo. Junto con la reclasificación del período de aportes propios, en la mayoría de los casos se observa una clara mejora de las pensiones globales de las mujeres que han criado hijos.

Con respecto a las pensiones de viudez de las mujeres cuyos ingresos no se hubieren reducido, que no críen hijos y que tengan menos de 45 años (las llamadas pensiones de viudez chicas), la duración del beneficio queda limitada a un período de transición de dos años.

Además, con respecto a las parejas jóvenes y los matrimonios nuevos para los cuales no rige la protección de confianza, se producen efectos cada vez mayores en las pensiones que reciben como personas a cargo supérstites. Antes, se computaban como ingresos únicamente los que provenían de empleos remunerados o eran ingresos sustitutivos (por ejemplo, las pensiones de personas aseguradas derivadas de seguros de pensión y prestaciones conexas).

En aras de la igualdad de trato, se computarán en el futuro los ingresos de todo tipo para determinar el monto de las pensiones de personas a cargo supérstites con excepción de la mayor parte de los ingresos exentos de impuestos de conformidad con la Ley de Impuestos sobre la renta (Einkommenssteuergesetz), así como de los ingresos derivados de contratos de pensión a la vejez promovidos de conformidad con la Ley de impuestos a la renta (en otras palabras, también los ingresos procedentes de activos).

Con la reforma también se prevé que, en determinadas condiciones, los esposos jóvenes tengan la posibilidad de elegir en el futuro entre las pensiones tradicionales de personas casadas y viudas (cuando ambos cónyuges viven, cada uno recibe la pensión asegurada y, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, el esposo o la esposa supérstite también recibe la pensión correspondiente a la persona a cargo supérstite, que se añade en forma subsidiaria a su propia pensión) y la partición de la pensión. Esto se logra con una declaración pactada de ambos cónyuges. El efecto de esta partición con espíritu de compañerismo ya se produce, en términos generales, cuando ambos cónyuges están vivos (es decir, cuando también se otorga al segundo cónyuge una pensión completa en razón de su edad avanzada).

La idea de repartir una pensión es similar a la idea de equipararla. El total de la expectativa de pensión a partir del matrimonio se reparte por igual entre la mujer y el hombre. En términos generales, el derecho de la mujer a una pensión independiente mayor no entraña que los ingresos oportunamente considerados se computen también en caso de que esa mujer se convierta en persona a cargo supérstite. Las expectativas adquiridas como consecuencia de la partición de la pensión se mantienen asimismo cuando se contrae un nuevo matrimonio.

12.Artículo 12: Igualdad de derechos del hombre y la mujer en la esfera de la atención de la salud

Artículo 12

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para elim i nar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 supra, los Estados Partes garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.

La República Federal de Alemania tiene un sistema de salud que garantiza legalmente el acceso de las mujeres y los hombres, en pie de igualdad, a los servicios e instalaciones de salud. Independientemente del sexo, la edad o la condición social, todos reciben los servicios y prestaciones de salud necesarios. Los progresos de la medicina y la tecnología médica benefician por igual a mujeres y hombres. En tales circunstancias debe tenerse presente que, en cierta medida, las mujeres se ven afectadas por distintos tipos de dolencias y enfermedades. Sin embargo, también pueden surgir características especiales propias de cada género en lo tocante al curso y la repercusión de las enfermedades. Hasta cierto punto, las mujeres reaccionan de manera diferente ante los problemas de salud y, por consiguiente, también procuran obtener prestaciones y ofertas adecuadas a sus necesidades.

El continuo desarrollo de ofertas y servicios en la esfera de la salud —también en lo atinente a los problemas de salud de la mujer y a los problemas propios de la condición femenina— es una tarea que incumbe a todos los que tienen que ver con nuestro sistema pluralista de salud. En particular, también es responsabilidad de los Länder y los municipios, los médicos y la autoadministración a cargo de los agentes sociales, los prestadores independientes, la ciencia y la investigación y las organizaciones de autoayuda.

Para actualizar el informe anterior corresponde añadir lo siguiente:

12.1.Necesidades propias de la mujer en materia de política de salud

El Gobierno federal ha respaldado con varias medidas el creciente interés del sistema de salud en los problemas propios de la mujer.

Aquí se asigna particular importancia al Informe sobre las condiciones de s a lud de la mujer en Alemania, preparado por encargo del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud; los resultados del estudio en que se basó el Informe se publicaron en 2001. Por primera vez Alemania hizo un inventario sistemático de datos relativos a la salud de la mujer, cuyo análisis pone de manifiesto que mujeres y hombres sufren distintas enfermedades con una evolución y sintomatología diferentes, no reaccionan igual a los medicamentos y las terapias y adoptan actitudes disímiles ante la enfermedad y la salud. El Informe, que se basa explícitamente en la comprensión de la salud y la enfermedad en relación con la vida de la mujer, también proporciona una visión panorámica de los enfoques centrados en la mujer que se manifiestan en muchos lugares de Alemania. Estos ejemplos de buenas prácticas están basados en una concepción “holística” de la salud, en la cual se tienen en cuenta la carga de trabajo, la vocación y la familia, partiendo de la base de que la salud de una persona entraña también su bienestar y la capacidad y determinación de valerse por sí misma.

Para exponer los resultados del Informe sobre la salud de la mujer y poner en práctica sus conclusiones luego de someterlas al examen de expertos en la esfera de la salud, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud organizó en octubre de 2001 una conferencia especializada que se denominó “La salud de la mujer, la vida de la mujer, el trabajo de la mujer”. En ella se entabló un diálogo con representantes de la teoría y la práctica y se intercambiaron opiniones entre distintos grupos del sector de la salud a fin de integrar los puntos de vista propios de la mujer en el sistema de atención de salud de Alemania. En enero de 2002, para llevar a la práctica las numerosas sugerencias y conclusiones del Informe sobre la salud de la mujer y con el apoyo financiero del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, se estableció un organismo encargado de coordinar todo lo relacionado con la “salud de la mujer”. Su cometido consiste en asesorar en cuestiones normativas durante la ejecución del proyecto trienal que hay que desarrollar en la esfera de la salud de la mujer para sentar las bases de los planes futuros.

Las conclusiones contenidas en el Informe demuestran las graves consecuencias que la experiencia de violencia tiene para la salud de la mujer. A pesar del gran número de mujeres afectadas, las más de las veces la experiencia de violencia y maltrato no es reconocida como causa de demandas por cuestiones de salud ni tratada satisfactoriamente. Desde marzo de 2000, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud promueve la investigación científica sobre el proyecto de modelo berlinés titulado “SIGNAL” en el Centro médico universitario Benjamin Franklin. Con este proyecto se procura mejorar la atención de la salud de la mujer maltratada mediante la concienciación del sector médico con respecto al problema de la violencia. Los resultados obtenidos se pondrán en práctica una vez completado el estudio en otros hospitales y prácticas ambulatorias, de manera tal que el personal médico pueda tratar a las mujeres que hubieren sufrido violencia (sexual) con idoneidad y abordando su problema concreto.

Las niñas y mujeres con discapacidad intelectual están particularmente expuestas a la explotación y la violencia sexuales. Por esta razón, en diciembre de 1999, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud encargó que se llevara cabo un proyecto experimental cuatrienal sobre el “Trato de la autodeterminación y la violencia sexuales en recintos frecuentados por jóvenes con discapacidad intelectual”. Con este proyecto se pretende desarrollar un programa de educación (sexual) sobre cuestiones relacionadas con la autodeterminación y la violencia sexuales en recintos frecuentados por jóvenes con discapacidad intelectual. Todas las personas a las que incumbe la cuestión deben estar capacitadas para reconocer y evitar los excesos y ataques en la vida cotidiana y para adoptar las medidas apropiadas y necesarias en caso de que ya se hubieren producido.

Un problema de salud que afecta fundamentalmente a las mujeres es el relacionado con los trastornos de la alimentación. La prevalencia de estos trastornos ha aumentado de manera considerable en los últimos 25 años. Este aumento acrecienta la necesidad de asesoramiento y terapia y requiere que haya más servicios de asesoramiento y terapia en esta esfera. La cuestión se aborda en un nuevo proyecto auspiciado por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud: “Garantía de calidad del asesoramiento y la terapia ambulatoria de mujeres y niñas con trastornos de alimentación”. Se puso en marcha el 15 de noviembre de 2001 con el propósito de promover servicios de asesoramiento y tratamiento ambulatorio de trastornos de la alimentación propios de las mujeres y las niñas.

12.2.La mujer y las adicciones

Las actividades e investigaciones prácticas relacionadas con las adicciones de las mujeres ponen de manifiesto que, en los dos últimos decenios, la dependencia de la mujer a sustancias tóxicas ha adquirido formas y se vincula con circunstancias y antecedentes de características femeninas. La experiencia con mujeres adictas indica que su dependencia y consumo indebido de sustancias suelen pasar desapercibidos y que la sociedad les presta menos atención que a los hombres con el mismo problema. Hay que tener todo esto en cuenta al brindar consejos y tratamiento. En la labor que se lleva a cabo con las mujeres adictas se asigna, pues, considerable importancia al fomento de la autoestima y de la confianza en ellas mismas. Se requieren ofertas diferenciadas por género, que ya son habituales, para asistir a los toxicómanos. Durante muchos años se han ofrecido asesoramiento y terapia diferenciadas a las mujeres alcohólicas. En los diez últimos años y cada vez más a menudo se ha hecho lo propio con las toxicómanas, ajustando el asesoramiento y la terapia a las necesidades propias de la mujer. El Ministerio Federal de Salud ha promovido, entre otras cosas, proyectos experimentales especiales en esta esfera. Se han establecido refugios y talleres para mujeres y se ofrece ayuda a las mujeres embarazadas o con hijos. Los grupos de autoayuda constituidos por mujeres también se han convertido en instrumentos reconocidos y de probada eficacia en la labor de control de la adicción. Se proyecta mejorar los servicios que se ofrecen a los fumadores compulsivos, que constituyen el grupo más numeroso: son unos 2,5 millones, 40% del número total de fumadores. Se prevé la creación de más servicios especialmente para embarazadas, niñas y mujeres muy jóvenes.

12.3.Cooperación del Gobierno federal con diversas organizaciones sanitarias

En virtud de la cooperación entre el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud y diversos servicios e instituciones que se consagran especialmente a la salud de la mujer (por ejemplo, los centros de salud de la mujer) y de la promoción, con ideas y financiación, de determinadas actividades (sobre todo ciertos actos y publicaciones especializadas) de esas instituciones, pudieron plantearse interesantes sugerencias de medidas a fin de tener más en cuenta aspectos de la salud propios de la mujer y sacar a la luz problemas concretos relacionados con la salud de la mujer.

Otro proyecto que el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud promovió hasta 2001 juntamente con la Unión Europea, se propuso que los Estados emergentes de la Unión, apoyándose en las investigaciones en salud, la práctica médica y la experiencia de los grupos de autoayuda, desarrollaran más cabalmente a escala transnacional e hicieran más accesibles para un amplio público especializado los enfoques orientados hacia la mujer que ya existían en la esfera de la salud en materia de asesoramiento y prevención.

En el marco de este proyecto cuatrienal, se echaron las bases de una red transnacional denominada “La mujer y la salud”.

Entre los más importantes grupos de destinatarios se encontraban las organizaciones nacionales y regionales del campo de la salud, las mujeres encargadas de la atención de salud y los movimientos de autoayuda de los distintos países.

Sobre la base del intercambio supranacional en la Unión Europea se ha logrado reunir recursos, aumentar el nivel de conocimientos e interconectar las actividades de esta índole en toda Europa.

Desde noviembre de 1999 hasta fines de 2000 la asociación nacional Pro Familia desarrolló el proyecto titulado “Medidas de acompañamiento para implantar el aborto medicinal utilizando Myfegyne”, que fue promocionado por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud. En gran medida se alcanzaron los objetivos del proyecto, consistentes en brindar a las mujeres la posibilidad de optar, teniendo en cuenta su propia salud y su situación en la vida, entre un medicamento y una intervención quirúrgica para abortar y, además, en integrar cuanto antes el aborto por medio de la utilización de Mifegyne en el sistema alemán de atención de salud.

Las medidas previstas en el proyecto comprendían una mayor capacitación de los consejeros y los médicos, la celebración de una conferencia especializada con la participación de expertos internacionales, la producción de material informativo en diversos idiomas para las personas interesadas y encuestas sobre el funcionamiento de la provisión de medicamentos y la aceptación del método por parte de los organismos de asesoramiento, los servicios médicos y las mujeres interesadas.

Se considera que las estadísticas de mortalidad, que comprenden la esperanza de vida al nacer y la mortalidad maternoinfantil, son indicadores importantes de las condiciones generales de salud.

La esperanza de vida de la mujer en la República Federal de Alemania se ha elevado de 68 años en 1951 a 80,5 años en 1997-1999 y es 6,1 años más alta que la del hombre.

Las tasas de mortalidad maternoinfantil han seguido declinando en los últimos años. La mortalidad materna (muertes de mujeres debidas a complicaciones del embarazo, el parto y el puerperio por 100.000 nacidos vivos) fue de 4,8 en 1999 (1993: 5,5; 1987: 8,7; 1979: 22,0). En 1970, todavía era más de seis veces más alta que ahora en los antiguos Länder federales, en los que llegaba a 51,8.

La mortalidad infantil llegó a su nivel más bajo desde el final de la guerra en el año 2000, cuando sólo fallecieron en el primer año de vida 4,4 bebés por 1.000 nacidos vivos. Es probable que esta mejora se deba, entre otras cosas, al alto grado de utilización de los exámenes de control (aproximadamente 90% de los exámenes a que tienen derecho quienes se someten a ellos) de las mujeres embarazadas, los recién nacidos, los niños menores de un año y los niños de uno a dos años y medio que las compañías de seguro de salud establecido por ley implantaron en 1966. Las mujeres embarazadas reciben una “tarjeta de maternidad” para someterse a 12 exámenes de control de su médico (o más, si éste lo considera necesario). En el caso de mujeres de bajos ingresos que no tienen seguro de salud, la Oficina de Servicios Sociales sufraga el costo de los exámenes de control del embarazo.

También tiene gran importancia el servicio gratuito de orientación para embarazadas y madres que brindan las oficinas de salud del Servicio de Salud Pública y las cajas de seguro de salud establecido por ley. El programa es amplio: comprende información sobre asuntos relativos a la dieta, asesoramiento y asistencia en relación con los problemas de amamantamiento, vacunas profilácticas, prevención del raquitismo y las caries, detección precoz de las discapacidades, en particular en los niños de alto riesgo y detección precoz de las enfermedades y de los trastornos del desarrollo emocional y físico.

También se asigna considerable importancia a la atención que brinda a las madres con hijos el Servicio de Convalecencia de las Madres. En los últimos años se ha incrementado el aprovechamiento de la estancia de relax por madres e hijos y no tan sólo por las madres. El gasto de las cajas de seguro de salud establecido por ley en la atención médica y la recuperación de madres y padres (antes se hablaba de estancia de relax para las madres) se ha elevado de aproximadamente € 80 millones (160 millones de marcos alemanes) en 1991 a alrededor de € 400 millones en 2001. Únicamente en 1997 se registró un ligero descenso del gasto a € 330 millones (660 millones de marcos alemanes). Los establecimientos del Servicio de Convalecencia de las Madres son financiados por asociaciones de beneficencia independientes e iglesias. El Gobierno federal promueve la construcción y mantenimiento de esas instalaciones con unos 8 millones de marcos alemanes (€ 4.090.335,05) por año. En casos de necesidad, también se cuenta con donaciones del Servicio de Convalecencia de las Madres.

El 1º de agosto de 2002 entró en vigor la Ley para mejorar la atención y la recuperación de madres y padres (Gesetz zur Verbesserung der Vorsorge und Rehabilitation für Mütter und Väter). Esta Ley garantiza la plena financiación de las prestaciones de prevención y recuperación para madres y padres cubiertas por el seguro de salud establecido por ley. Quedó eliminada la posibilidad contemplada en los estatutos de las cajas de seguro de salud de que la financiación fuese tan sólo parcial. Por otra parte, la calidad y la eficacia de los servicios de prevención y recuperación para madres y padres en las instalaciones del Servicio de Convalecencia de las Madres o en instalaciones equiparables quedaron aseguradas con la implantación de un sistema contractual que cubre el remanente de los servicios de prevención y recuperación.

12.4.La infección por el VIH y el SIDA

Con arreglo a la evaluación del Instituto Robert Koch, viven actualmente en Alemania unas 38.000 personas infectadas por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH), de las cuales alrededor de 29.500 son hombres y aproximadamente 8.300, mujeres. La enfermedad ya ha avanzado hasta transformarse en síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) en unas 5.000 personas de las 38.000 infectadas por el VIH.

Hasta fines de 2001 habían resultado afectadas alrededor de 60.000 personas desde el comienzo de la epidemia en los años ochenta. Durante este período, se han enfermado de SIDA unas 25.000 personas y aproximadamente 20.000 han muerto como consecuencia de la infección por el VIH.

El número de nuevas infecciones por año ha permanecido prácticamente constante (alrededor de 2.000) en los últimos años. Casi una cuarta parte de las nuevas infecciones afectan a mujeres.

Las encuestas sobre la situación social y mental de las mujeres afectadas por el VIH/SIDA y el suministro de atención médica y sicosocial han levantado el tablado de los intereses propios de la mujer que se tienen en cuenta cuando se ofrece asesoramiento y asistencia. Así, en el marco de la estrategia de prevención del VIH/SIDA, el Centro Federal de Educación para la Salud distribuye folletos redactados directamente para niñas y mujeres jóvenes. La promoción del campo especializado “mujeres” en el marco de la asistencia brindada en Alemania en relación con el SIDA, en particular las ofertas de asesoramiento y atención que se presentan a las mujeres VIH-positivas, garantiza la prestación de apoyo personal y práctico en todos los problemas relacionados con la mujer y el SIDA. Por conducto de una red creada en 1992 con el nombre “La mujer y el SIDA”, se han puesto en marcha varias medidas en que se presta cada vez más atención a los factores de género en la percepción, la prevención y el tratamiento de la enfermedad. No han perdido importancia la promoción y el apoyo ofrecidos a las medidas de prevención del VIH/SIDA que se adoptan en las zonas de frontera con los Estados vecinos del Este donde se ejerce la prostitución.

Con el nuevo proyecto de investigación titulado “Influencia de los progresos de la terapia médica en las perspectiva la mujer con VIH y SIDA con respecto a su vida y actividades” se han de describir, por un lado, el nuevo statu quo y, por el otro, la correspondiente mejora de las ofertas de apoyo sicosocial que es preciso lograr.

En cuanto al embarazo y el VIH/SIDA, el proyecto de investigación titulado “Estudio multifacético alemán para la observación ulterior de los hijos de madres VIH-positivas con exposición a medicación antirretrovírica intrauterina” pretende eliminar los efectos no deseados en los niños y reducir así las preocupaciones y los temores que al respecto abrigan las madres.

12.5.Investigación sobre la salud de la mujer

En el programa de investigación sobre la salud, financiado conjuntamente por el Ministerio Federal de Educación e Investigación y el Ministerio Federal de Salud y aprobado por el Gabinete el 22 de noviembre de 2000, se abordó el tema “Investigación sobre la salud de la mujer” y se formuló una declaración programática, de la que transcribimos un pasaje:

“En Alemania también tenemos que ponernos al día en materia de investigación sobre la salud de la mujer, independientemente de que en los últimos años la investigación se haya ampliado en el plano internacional. Como condición previa a la aplicación de medidas eficaces en el campo de la prevención, la terapia y la recuperación, que deben reforzar los recursos objetivos y subjetivos destinados a la salud, es preciso determinar los riesgos, los factores de protección y las constelaciones de cargas económicas que, al variar en función del género, son diferentes para la mujer. La comprensión de estos aspectos debe orientarse, pues, hacia las circunstancias que rodean a mujeres y hombres e incluir cuestiones concomitantes distintas”.

Ya hacemos todo lo posible por ponernos al día en la esfera mencionada supra y en los llamados a licitación para promover esferas centrales del programa se presta a este problema la atención apropiada. Por ejemplo, así se ha hecho por primera vez en los avisos sobre el establecimiento de redes de competencia médica para las enfermedades del aparato circulatorio, en los cuales se lee: “Es preciso ... tener convenientemente en cuenta los aspectos especiales de género”. La exigencia se repite, además, en las directrices para la promoción de la investigación aplicada en la esfera de la asistencia.

Los proyectos de investigación que incluyen asuntos propios de la mujer son promovidos más ampliamente en el marco de las investigaciones departamentales del Ministerio Federal de Salud y en el programa de investigación sobre la salud.

Desde el verano de 1998 también se organizan proyectos que abarcan aspectos de la recuperación vinculados con el género en ocho asociaciones regionales consagradas específicamente a investigar temas relativos a la recuperación; en la promoción de esos proyectos se invierten más de 1,7 millón de marcos alemanes (más de € 896.000).

La salud de la mujer en la vejez

Habida cuenta de que la esperanza de vida de la mujer es más alta que la del hombre, es más probable que la mujer, como resultado de vivir más, sufra enfermedades relacionadas con la edad. Aquí nos referimos especialmente a las cardiopatías coronarias, el cáncer, en particular el cáncer de mama, la osteoporosis y los trastornos mentales, como la depresión y la demencia, que producen graves efectos en la autonomía y la libre determinación.

Los factores de salud tienen, pues, creciente influencia en la calidad de vida de la mujer a partir de los 60 años y hasta la última etapa de su vejez.

El Estudio berlinés sobre la ancianidad y el cuarto Informe del Gobierno federal sobre la ancianidad proporcionan información decisiva sobre la situación y la salud de la mujer de edad avanzada.

En el Estudio berlinés sobre la ancianidad se determinó que la mujer de edad avanzada está por lo general en peor posición que el hombre del mismo grupo etario. Las mujeres muy ancianas, de más de 85 años, corren riesgos de sufrir serias desventajas una vez y media más que los hombres. Estas desventajas comprenden la necesidad de atención prolongada, la soledad y la falta de apoyo social.

El cuarto Informe sobre la ancianidad titulado “Riesgos, calidad de vida y atención de los muy ancianos, con especial consideración de las enfermedades demenciales” también demuestra que las mujeres tienen más necesidad que los hombres de recibir atención prolongada a medida que envejecen. Entre las personas de más de 90 años, dos tercios de las mujeres y 42% de los hombres necesitan atención prolongada.

13.Artículo 13: Igualdad de derechos de mujeres y hombres en los sectores económico, social y cultural

Artículo 13

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para elim i nar la discriminación contra la mujer en otras esferas de la vida económica y social a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, en particular:

a) El derecho a prestaciones familiares;

b) El derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero;

c) El derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural.

a)Las personas que crían niños prestan un servicio a la sociedad en su conjunto. El reconocimiento de este servicio educacional y el alivio de algunos de los gastos en que incurren los padres para criar a sus hijos son los objetivos fundamentales de la equiparación de las prestaciones y los servicios familiares.

Con su política, el Gobierno federal pretende reforzar de manera sostenida los recursos materiales (y sociales) de la familia. Esta pretensión se funda en el reconocimiento de que una política eficaz con respecto a la familia debe estar ligada a distintas etapas y situaciones del ciclo vital. Además del instrumento de equiparación fiscal de las prestaciones y servicios familiares por conducto del sistema de prestaciones y subsidios por hijo, hay un sistema de promoción, de contenido previsto y duración cronológicamente limitada, que se orienta de conformidad con la situación familiar y la situación en la vida. Tanto la equiparación de las prestaciones y los servicios familiares como la asistencia específica se ampliaron y mejoraron mucho por obra del Gobierno federal durante el período que se examina, es decir, entre 1998 y 2001. El Gobierno federal examinará, con miras a una mayor ampliación de la asistencia económica a las familias, las medidas que como consecuencia del fallo del Tribunal Constitucional Federal de 3 de abril de 2001 es preciso adoptar con tiempo, para el 31 de diciembre de 2004, para tener en debida cuenta a la familia en el seguro de asistencia prolongada.

13.1.Prestaciones y subsidios por los hijos

La promoción de la familia utilizando el impuesto a los réditos se realizó teniendo en cuenta las condiciones constitucionales previas y la situación imperante en materia de política fiscal. El 10 de noviembre de 1998, el Tribunal Constitucional Federal determinó que las disposiciones de la Ley del Impuesto a los réditos aplicables en ese momento con respecto a la deducción de los gastos por cuidado de los hijos y el subsidio para vivienda eran incompatibles con el artículo 6 de la Ley orgánica. Por lo general, los padres casados no tenían derecho a reclamar esos beneficios invocando esas disposiciones. El Tribunal Constitucional Federal consideró que, en comparación con los padres no casados, esto entrañaba una transgresión del principio especial de igualdad contenido en el artículo 6 de la Ley orgánica (Protección del matrimonio y la familia) y colocó al Parlamento en la obligación de dictar, a más tardar para el 1º de enero de 2000, una nueva norma para que el fisco tuviera en cuenta la necesidad de cuidado de los niños y de redefinir, a más tardar para el 1º de enero de 2002, la consideración fiscal de las necesidades educativas, inclusión hecha de un nivel de vida mínimo para los niños.

Después de que el Gobierno Federal, de conformidad con la jurisprudencia constitucional, aumentara la prestación por hijo, elevándola a partir del 1º de enero de 1999 de 220 a 250 marcos alemanes, es decir, 30 marcos alemanes por cada uno de los dos primeros hijos, la Ley de Promoción de la Familia, de 22 de diciembre de 1999, no sólo estableció que a partir del año 2000 no sería imponible la suma destinada de facto a mantener el nivel de vida, sino que incluyó la necesidad de cuidado de los niños como parte del nivel mínimo de vida de esos niños. Para satisfacer el requerimiento del Tribunal Constitucional Federal, se fijó en 3.024 marcos alemanes el monto del subsidio estandarizado para la atención de cada hijo en el inciso 6 del artículo 32 de la Ley de impuesto a los réditos (EstG). Este subsidio se otorga independientemente del estado civil de los padres y del hecho de que trabajen o no; los padres tampoco tienen que presentar comprobantes de los gastos incurridos en el cuidado del hijo hasta que éste cumple 16 años. La deducción de los gastos sufragados para educar a los hijos que se aplicaba hasta entonces fue reemplazada y se limita ahora a los padres solteros. También en 1999 se dictó una nueva disposición, aplicable desde principios del año 2000, por la cual se aumentó el subsidio por hijo a 270 marcos alemanes por mes (o sea, otros 20 marcos alemanes por cada uno de los dos primeros hijos).

13.2.Equiparación de las prestaciones y servicios familiares en 2002

La segunda Ley relativa a la Promoción de la familia, que entró en vigor el 1º de enero de 2002, también obedeció al mandato constitucional de tener en cuenta la necesidad de la educación. El anterior subsidio para el cuidado del hijo, de 3.024 marcos alemanes, se complementa con un componente educacional en el marco del sistema de compensación de las prestaciones por cada hijo y del efecto de los subsidios. Para los hijos mayores, la necesidad de cuidado y educación es reemplazada por la necesidad de capacitación. Por lo tanto, a partir de 2002 se estableció un subsidio uniforme de € 2.160 (4.224 marcos alemanes) que vale para todos los hijos. La posibilidad de los padres solteros de transferir para sí este subsidio se hizo aún más atractiva tras su aumento, que en muchos casos puede entrañar una ayuda considerable para quienes tienen ingresos medianos.

La asignación por vivienda, restringida anteriormente a los padres solteros, es reemplazada ahora por el reconocimiento de la necesidad de educación del hijo independientemente del estado civil de sus padres. Imbuido de esta idea, el Parlamento, en uso de sus atribuciones, no ha optado por la inmediata abolición de la asignación sino por su reducción gradual y socialmente aceptable para 2005. Las medidas adoptadas en esta esfera son paralelas a las etapas de desgravación de la reforma impositiva.

También esta vez el aumento de la prestación por hijo, que beneficia en particular a las familias de ingresos bajos y medianos, se relaciona con la idea de intensificar la promoción de la familia. La prestación por cada uno de los dos primeros hijos aumentó por tercera vez en este período legislativo, también en esta ocasión 30 marcos alemanes, de 270 marcos alemanes a su nivel actual de € 154 (301,20 marcos alemanes).

En cuanto a la consideración fiscal de los hijos, en principio todos los padres reciben el mismo trato. En el cálculo de los ingresos imponibles de los padres, se exime del pago de impuestos la suma equivalente al nivel de vida mínimo de sus hijos porque, por lo general, los padres con hijos con derecho a alimentos pueden permitirse menos lujos que las personas con su mismo nivel de ingresos pero sin hijos. La equiparación es posible en virtud de las prestaciones y los subsidios por hijos. En el año en curso, las prestaciones por hijo se brindan siempre como remuneración fiscal. Las prestaciones por hijo reemplazan, pues, a la deducción de los subsidios por hijo en el cálculo de los ingresos imponibles. Junto con la evaluación del impuesto a los réditos, la oficina de impuestos examina ex officio si el nivel mínimo de vida de los hijos queda exento de impuestos. Si la prestación por hijo no se ajusta a la exención impositiva requerida por la Constitución, el subsidio por hijo se deduce de los ingresos y la prestación por hijo ya recibida se deduce de los efectos fiscales del subsidio. En este caso, la equiparación de las prestaciones y los servicios por hijo se limita a la necesaria exención impositiva. Si la prestación por hijo excede este monto, sirve para ayudar a las familias, especialmente las familias con bajos ingresos y varios hijos.

En cuanto a los hijos menores de 14 años y a partir de 2002, la segunda Ley para la promoción de las familias permite deducir de los ingresos los gastos de crianza comprobados por valor de € 1.500 (aproximadamente 3.000 marcos alemanes) si esos gastos exceden de € 1.548 (alrededor de 3.024 marcos alemanes). Con un empleo remunerado, los mayores gastos obedecen necesariamente a la atención del hijo en una guardería o por una niñera. La deducción impositiva permite afrontar esos gastos más fácilmente. Sin embargo, es natural que sea tan sólo un elemento más de la mejor armonización de la familia y el trabajo profesional. Al mismo tiempo, esta norma tiene en cuenta la situación especial tanto de los padres solteros que, en particular, dependen del empleo remunerado, como de los hijos que necesitan cuidado.

Por el contrario, ya no es posible deducir los gastos especiales en personal doméstico. No obstante, si la ayuda en el hogar se emplea para cuidar a los hijos, los gastos en que se incurra pueden tenerse en cuenta con arreglo a la nueva norma mencionada supra.

13.3.Reforma de la asignación por vivienda

La reforma de la asignación por vivienda entró en vigor el 1º de enero de 2001. En los nuevos Länder, la reforma se llevó a cabo con un nivel comparativamente alto de la asignación. Los beneficiarios de esta asignación en los antiguos Länder reciben mensualmente, como término medio, aproximadamente 83 marcos alemanes (€ 42) más que antes. Es un aumento superior a 50%. Las familias grandes pueden reclamar incluso, como término medio, una suma adicional de casi 120 marcos alemanes (€ 60). En el futuro tendrán derecho a la asignación por vivienda, por primera vez o de nuevo, 420.000 unidades familiares que anteriormente no gozaban de él. El incremento de las asignaciones asciende a 1.400 millones de marcos alemanes (€ 720.000 millones) por año. Por lo tanto, el Gobierno federal ha mejorado de manera sostenible la posición económica de los hogares de bajos ingresos. Con la reforma de las asignaciones por vivienda, se ha logrado finalmente su fusión en el Este y el Oeste. Las reducciones de las asignaciones por vivienda, posibles en determinados casos en los nuevos Länder, se compensan con las normas para situaciones de penuria.

Los padres solteros con hijos menores de 12 años, que por lo general son mujeres, pueden cobrar en concepto de asignaciones por vivienda más que otras familias con ingresos equiparables porque pueden hacer uso de una deducción especial en su impuesto a los réditos.

13.4.Reforma de la promoción de la capacitación

El Gobierno federal ha armado el tablado en su esfera de competencia con la reforma de la promoción individual de la capacitación (BaföG). Con la Ley de reforma de la promoción de la capacitación (Ausbildungsförderungsreformgesetz – AföRG), que entró en vigor el 1º de abril de 2001, el Gobierno federal mejoró concretamente la promoción individual de la capacitación para facilitar un mejor acceso a los estudios, en particular de niños y jóvenes de familias de bajos ingresos. Una suma anual de más de 1.000 millones de marcos alemanes de fondos adicionales (incluidos 500 millones de marcos alemanes del Presupuesto federal) pone de relieve que han sido promovidas aproximadamente unas 80.000 personas más con derecho a capacitarse. Las necesidades cubiertas son considerablemente mayores; en efecto, la tasa mensual máxima aumenta de 1.030 marcos alemanes a € 585 ó 1.140 marcos alemanes. Además, ya no se computan las prestaciones por hijo, se han aumentado los subsidios y la promoción de la asignación por capacitación se ha equiparado en los antiguos y los nuevos Länder. Se ha fijado un tope de € 10.000 para los gastos admitidos en el marco del crédito total utilizable.

La promoción de los estudiantes con hijos ha sido mejorada considerablemente porque se presta más atención a la crianza de los hijos en sus primeros años de vida y se tiene en cuenta la necesidad de criarlos hasta la edad de 10 años.

13.5.La prestación por crianza de los hijos

La primera referencia al tema se hace en la sección 11.5.1 de la Parte II. Cabe señalar, además, que la nueva Ley federal relativa a las prestaciones por crianza de los hijos también flexibiliza las condiciones previas al acceso a esas prestaciones como recompensa del Gobierno federal a los padres por la crianza de sus hijos durante la primera etapa de la vida de éstos. La prestación por crianza de los hijos es una prestación, financiada con impuestos, que depende de los ingresos de las madres o padres independientemente de que tengan un empleo remunerado —en otras palabras, no reemplaza al salario— si reúnen los requisitos personales para acceder a la prestación. A partir de 2001 y por primera vez desde 1986, los límites más altos de los ingresos se aplican de manera irrestricta a las prestaciones por crianza de los hijos desde el séptimo mes de vida de la criatura. Como resultado, el umbral de ingresos para una familia con cuatro hijos aumenta casi 25%. La prestación por crianza de los hijos es de hasta € 307 por mes y se puede pagar hasta que el niño cumple dos años. Mientras el padre recibe la prestación por crianza de los hijos puede trabajar hasta 30 horas por semana (con arreglo a la Ley anterior, tan sólo hasta 19 horas por semana). La nueva Ley también ofrece a los padres la alternativa de recibir hasta € 460 por mes en concepto de prestación por crianza de los hijos, pero en este caso únicamente hasta que la criatura cumple un año; después no se paga más. Sin embargo, para los progenitores jóvenes que quieren volver a trabajar pronto a jornada completa, por ejemplo los hombres, es interesante la alternativa presupuestaria de cobrar hasta € 460 por mes. En los primeros seis meses de vida del niño, más de 90% de los padres reciben el subsidio íntegro por crianza del hijo como consecuencia del elevado umbral de los ingresos. A partir del séptimo mes de vida del hijo, los nuevos umbrales de ingresos son muy inferiores y, de las personas originalmente con derecho a recibir la prestación por crianza de los hijos, tan sólo la siguen recibiendo casi 50%, la ven reducida 30% y casi 20% no la recibe más porque los ingresos paternos imponibles que se pueden acreditar exceden los umbrales de ingresos establecidos por ley.

En el año 2000, aproximadamente 703.000 padres (de los cuales, aproximadamente 97% eran mujeres) recibían la prestación por crianza de los hijos durante el primer año de vida de la criatura. En el segundo año, el número de padres que recibían esa prestación era menor (alrededor de 506.000, un 86% de las personas potencialmente con derecho a ella).

13.6.Volumen financiero

En 2002 y en comparación con 1998, la carga que pesaba sobre las familias se vio aliviada, contando únicamente el aumento de la prestación por crianza de los hijos de casi 80 marcos alemanes por cada uno de los dos primeros hijos, en aproximadamente 17.700 millones de marcos alemanes o € 9.100 millones. El volumen total de las prestaciones correspondientes a la política de familia fue de € 40.200 millones en 1998 y será de € 59.200 millones en 2002, lo que entraña un aumento de 47%.

b)Mujeres y hombres gozan por igual del derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero. En la República Federal no hay diferencias de género al respecto.

c)Nos remitimos a la información proporcionada en la sección 10.1: La mujer y el deporte, en relación con el artículo 10 de la Convención.

Cabe añadir lo siguiente en cuanto a la participación de la mujer en la vida cultural:

El propósito de las medidas del Gobierno federal es transmitir a un amplio público la importancia de la mujer en la creación de arte y cultura y garantizar el acceso de la mujer a la vida cultural. En este contexto, por ejemplo, el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud otorga el Premio Gabriele Münter, uno de los premios más conocidos en la República Federal de Alemania en la esfera de las bellas artes, fundamentalmente a mujeres artistas de más de 40 años de edad. Con la promoción de las exposiciones “Politea” y “Hermanas desiguales”, se pretendió, entre otras cosas, poner de relieve la contribución de la mujer al progreso de la República Federal de Alemania después de la Segunda guerra mundial. En el plano europeo, la exposición promovida fue “Cincuenta mujeres europeas”. En la vida cultural se procura alcanzar el objetivo de igualdad de participación de las mujeres promoviendo las actividades de la Asociación de las Comunidades de Mujeres Artistas y Patrocinadores del Arte. Para otras cuestiones conexas, nos remitimos a la información brindada en la sección 3.4.14 de la Parte I.

14.Artículo 14: Igualdad de derechos de mujeres y hombres de las zonas rurales

Artículo 14

1. Los Estados Partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que h a ce frente la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervive n cia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer de las zonas rurales.

2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para elim i nar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el d e sarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a:

a) Participar en la elaboración y ejecución de los planes de desarrollo a todos los niveles;

b) Tener acceso a servicios adecuados de atención médica, inclusive i n formación, asesoramiento y servicios en materia de planificación de la f a milia;

c) Beneficiarse directamente de los programas de seguridad social;

d) Obtener todos los tipos de educación y de formación, académica y no académica, incluidos los relacionados con la alfabetización funcional, así como, entre otros, los beneficios de todos los servicios comunitarios y de d i vulgación a fin de aume n tar su capacidad técnica;

e) Organizar grupos de autoayuda y cooperativas a fin de obtener igualdad de acceso a las oportunidades económicas mediante el empleo por cuenta pr o pia o por cuenta ajena;

f) Participar en todas las actividades comunitarias;

g) Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los planes de reforma agraria y de reasentamiento;

h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastec i miento de agua, el transporte y las comunicaciones.

Nada hay que añadir al informe anterior ni a la sección 4 de la Parte I.

15.Artículo 15: Igualdad de trato de las mujeres y los hombres en lo tocante a la capacidad jurídica y la elección del lugar de residencia

Artículo 15

1. Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.

2. Los Estados Partes reconocerán a la mujer, en materias civiles, una c a pacidad jurídica idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad. En particular, le reconocerán a la mujer iguales derechos para firmar contratos y administrar bienes y le dispensarán un trato igual en todas las etapas del procedimiento en las cortes de justicia y los tr i bunales.

3. Los Estados Partes convienen en que todo contrato o cualquier otro in s trumento privado con efecto jurídico que tienda a limitar la capacidad jurídica de la mujer se considerará nulo.

4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos der e chos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circ u lar libr e mente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio.

Nada hay que añadir al informe anterior. Como ya se señaló en el primer informe, las mujeres y los hombres tienen los mismos derechos en estos sectores.

16.Artículo 16: Igualdad de derechos de mujeres y hombres en todos los asuntos atinentes al matrimonio y las relaciones familiares

Artículo 16

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para elim i nar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán en cond i ciones de igualdad entre hombres y mujeres:

a) El mismo derecho para contraer matrimonio;

b) El mismo derecho para elegir libremente cónyuge y contraer m a trimonio sólo por su libre albedrío y su pleno consentimiento;

c) Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución;

d) Los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cua l quiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en t o dos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;

e) Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la inform a ción, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos;

f) Los mismos derechos y responsabilidades respecto de la tutela, c u ratela, custodia y adopción de los hijos, o instituciones análogas cuando qui e ra que esos conceptos existan en la legislación nacional; en todos los casos, los int e reses de los hijos serán la consideración primordial;

g) Los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el d e recho a elegir apellido, profesión y ocupación;

h) Los mismos derechos a cada uno de los cónyuges en materia de propiedad, compras, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, tanto a título gratuito como oneroso.

2. No tendrán ningún efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de n i ños y se adoptarán todas las medidas necesarias, incluso de carácter legislat i vo, para fijar una edad mínima para la celebración del matrimonio y hacer obligatoria la inscri p ción del matrimonio en un registro oficial.

Para actualizar el informe anterior corresponde añadir lo siguiente:

16.1.Reforma del derecho matrimonial y de familia

Se han llevado a cabo amplias reformas del derecho matrimonial y de familia en la República Federal de Alemania.

La Ley de Reforma del derecho matrimonial (Gesetz zur Neuordnung des Eheschlieβungsrechts) (Ley relativa al derecho matrimonial – Eheschlieβungsrechtsgesetz), que entró en vigor el 1º de julio de 1998, ha derogado la prohibición de contraer matrimonio durante el “período de espera” obligatorio, que anteriormente se aplicaba a las mujeres. Incluso con arreglo a la ley anterior, muy rara vez se aplicaba la prohibición de contraer matrimonio durante el período de espera —la mujer no podía contraer nuevo matrimonio dentro de los diez mesas de la disolución o anulación de su matrimonio anterior, a menos que hubiese tenido un hijo en ese lapso— pues las oficinas del Registro Civil otorgaban una exención casi sin excepciones. Por tal razón se ha eliminado la inadecuada prohibición de contraer matrimonio durante el período de espera prescrito.

La Ley de Reforma del derecho relativo a los padres y los hijos, que también entró en vigor el 1º de julio de 1998, entrañó una reforma fundamental del derecho relativo a los padres y los hijos. Los principales objetivos de la reforma son los siguientes:

•Se ampliarán los derechos de los hijos y se promoverán de la mejor manera posible los supremos intereses de los hijos.

•También se mejorará la condición jurídica de los padres y se la protegerá de la innecesaria intervención del Estado, siempre que ello sea compatible con los supremos intereses de los hijos.

•Se eliminarán, en la mayor medida posible, las diferencias jurídicas entre los hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio, que todavía subsisten en algunos sectores.

Después de la reforma, las disposiciones del Código Civil (BGB) que atañen al derecho relativo a los padres y los hijos vinculan tan sólo unas pocas e ineludibles cuestiones (derecho de custodia, deber legal de asistencia familiar) con el hecho de que los padres de un niño no estén casados entre sí. En el Código Civil ya no se habla más de hijos legítimos e ilegítimos. Las disposiciones relativas a la (pensión alimentaria de los hijos) se aplican por igual a todos los niños, independientemente del hecho de que sus padres estén o no casados entre sí (artículo 1601 y siguientes del Código Civil).

Las normas se refieren fundamentalmente al derecho relativo a la paternidad, a la guarda por parte de los padres y a los derechos de visita, a la pensión alimentaria para la madre no casada con el padre del hijo, a los apellidos, a la adopción y a los procedimientos judiciales en los asuntos atinentes al derecho relativo a los padres y los hijos.

En contraste con la legislación anterior, en la nueva legislación relativa a la paternidad ya no se presupone que un niño nacido durante cierto período posterior al divorcio o a la anulación de un matrimonio es hijo del ex marido de la madre. Esa imputación de paternidad no era realista en la práctica —en parte también por el año de separación que habitualmente precede al divorcio— y determinó que se presentaran gran cantidad de demandas de que el hijo fuese declarado ilegítimo.

Asimismo, se ha simplificado el procedimiento para que se consideren como hijos de la nueva pareja de la madre (y no de su anterior marido) a los niños nacidos mientras se sigue tramitando la causa de divorcio. El requisito imprescindible para ello consiste en que todas las personas afectadas consientan en reconocer la paternidad de la nueva pareja de la madre. Se han fortalecido los derechos de la madre del niño. En adelante, se requerirá el consentimiento de la madre (y ya no el del hijo) para el reconocimiento de la paternidad.

La legislación anterior en materia de guardia y derechos de visita no preveía la guarda conjunta por parte de progenitores no casados entre sí. El padre de un hijo ilegítimo sólo podía obtener la guarda mediante una declaración de legitimidad, y en tal caso la madre perdía la guarda. La reforma del derecho relativo a los padres y los hijos otorga también al padre y a la madre no casados entre sí la posibilidad de tener la guarda conjunta. Para ello, es condición imprescindible que los padres formulen la declaración correspondiente. De lo contrario, la madre tendrá derecho al ejercicio de la guarda. Las nuevas normas sobre la guarda luego de la separación y el divorcio también tienen la finalidad de fortalecer la responsabilidad conjunta del padre y la madre. Por eso ambos conservan el derecho conjunto a la guarda, a menos que uno de ellos solicite que se le otorgue el derecho de guarda exclusivo.

De conformidad con la Ley de 1995 en virtud de la cual se reformó la Ley de asistencia a las mujeres embarazadas y a las familias, se han ampliado las posibilidades de que la madre de un hijo ilegítimo reclame una pensión alimentaria al padre desde el punto de vista de los requisitos para solicitarla y de la duración del derecho a pensión. Con arreglo a la Ley de reforma del derecho relativo a los padres y los hijos, en ciertas circunstancias es posible otorgar el derecho a pensión alimentaria por un período más extenso que los tres años que corresponderían a tenor de las normas vigentes.

La Ley de reforma del derecho relativo a los padres y los hijos pretende asimismo perfeccionar la legislación vigente sobre los apellidos. Si el padre y la madre tienen un mismo apellido, también el hijo recibe ese apellido al nacer. Además, en el futuro, el derecho relativo a los apellidos no se fundará en la distinción entre nacimientos legítimos e ilegítimos, sino en la guarda del hijo. Si sólo uno de los progenitores está facultado para ejercer el derecho de guarda, el hijo recibirá el apellido de dicho progenitor como su apellido al nacer, por mandato de la ley. Si ambos progenitores tienen la guarda conjunta, pueden elegir el apellido del padre o de la madre como apellido del hijo al nacer.

La Ley de abolición de la tutela legal de oficio y de reforma del derecho a la asistencia legal (Ley relativa a la asistencia legal – Beistandschaftsgesetz) , que entró en vigor el 1º de julio de 1998 junto con la Ley de reforma del derecho relativo a los padres y los hijos, fortalece aún más la posición de la mujer. La ley anteriormente vigente en los antiguos Länder federales disponía que, luego del nacimiento del hijo ilegítimo, la Oficina para el Bienestar de la Juventud pasara a ser normalmente, por disposición de la ley, la tutora del niño en relación con ciertas esferas de actividad como, por ejemplo, la determinación de la paternidad, la presentación de demandas de pensión alimentaria y la determinación de los derechos del niño a la herencia y a las asignaciones forzosas en caso de fallecimiento del padre o de sus parientes. Luego de la abolición de la tutela de oficio, ésta fue reemplazada por la asistencia legal de la Oficina para el Bienestar de la Juventud, que es competente a los efectos de la determinación de la paternidad y la presentación de demandas de pensión alimentaria; la asistencia de la Oficina puede ser solicitada por cualquier progenitor que tenga el derecho exclusivo de guarda.

En este punto cabe también la mención de la Ley de protección contra la vi o lencia y la Ley de ampliación de los derechos de los niños, ya consideradas en las secciones 2.8 y 2.9 de la Parte I, respectivamente.

16.2.Ley relativa a la herencia y el deber alimentario

Con arreglo a la Ley relativa a la igualdad de oportunidades en materia suc e soria, que también entró en vigor el 1º de abril de 1998, el niño cuyo padre no esté casado con su madre tiene pleno derecho a heredarlo, igual que a los otros parientes por línea paterna. Con anterioridad, el niño cuyo padre no estaba casado con la madre sólo tenía derecho a una reposición financiera de la herencia.

La Parte del Código Civil que se refiere expresamente al hecho de que los padres del niño no estén casados entre sí (“Disposiciones especiales relativas al hijo y a sus padres no casados entre sí”, artículos 1615 a, 1615 l, 1615 m, 1615 n y 1615 o del Código Civil), se aplica fundamentalmente a las demandas de pensión alimentaria presentadas por la madre contra el padre. Se concede al hijo la oportunidad de solicitar que un tribunal dicte un mandamiento provisional contra el padre para que pague la pensión alimentaria. Esta solicitud también puede ser presentada por la madre antes del parto. El propósito de esta disposición es garantizar que el hijo reciba su pensión alimentaria oportunamente, sin demoras provocadas por la tramitación laboriosa de una causa judicial.

Si los padres del niño no están casados entre sí, la madre puede reclamar al padre asistencia económica del siguiente tipo:

El padre tiene la obligación de pasar a la madre una pensión alimentaria para el hijo durante el período comprendido entre las seis semanas anteriores y las ocho semanas posteriores al nacimiento de éste. El padre también debe sufragar los gastos incurridos fuera de este período si son el resultado del embarazo o del parto (inciso 1 del artículo 1615 l del Código Civil).

Además, el padre tiene la obligación de prestar asistencia económica a la madre, antes y después de ese período, si como consecuencia del embarazo o de una enfermedad provocada por el embarazo o el parto ella no puede desempeñar un empleo lucrativo o si carece de perspectivas de desempeñarlo por tener que cuidar o criar al hijo. Esta obligación de asistencia del padre comienza, lo más pronto, cuatro meses antes del nacimiento y termina tres años después, a menos que, teniendo en cuenta los intereses del niño en particular, resulte groseramente injusto negarse a extender la asistencia una vez expirado ese período.

La restricción del derecho a la asistencia a tres años se basa esencialmente en el hecho de que el padre es corresponsable del hijo. Por lo general, no es necesario que la madre se dedique ella misma a cuidar todo el día del hijo después de los tres años de vida de éste. La experiencia ha demostrado que la educación de un niño que haya cumplido tres años queda garantizada si se lleva a cabo en una escuela de párvulos. Esta posibilidad existe porque el niño tiene derecho a una plaza en un jardín de infancia a partir de esa edad.

La restricción del derecho a la asistencia a tres años no se aplica si resulta groseramente injusta considerando los intereses del niño. Esto quiere decir que se puede demandar asistencia por más de tres años si los intereses especiales del niño requieren una mayor solidaridad entre los padres. Es lo que puede ocurrir, por ejemplo, si el niño padece una discapacidad o no hay otras posibilidades de cuidarlo de manera apropiada.

Si se cumplen tales requisitos, rige para el padre la imperiosa obligación de prestar asistencia, exactamente como debe atender otras demandas legales de pensión alimentaria para el hijo y la madre.

Apéndices

Apéndice I

Cuadros y figuras

Cuadros 1 y 2: Población de Alemania

Cuadro 3: La mujer en el trabajo

Cuadro 4: La mujer en la educación

Apéndice II

Panorama de las medidas adoptadas a partir de 1998 para convertir en realidad el concepto de igualdad de derechos

1.Derecho escrito

2.Otras medidas y hechos pertinentes en función de la política relativa a la igualdad de derechos (a partir de mayo de 1998)

3.Medidas adoptadas por los organismos de los Länder encargados de promover la igualdad

3.1.Eje del trabajo

3.2.Medidas y programas generales y particulares

4.Publicaciones del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud sobre temas relacionados con la igualdad

4.1.Serie de publicaciones del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud

4.2.Folletos, informes, documentos y materiales relativos a la política desarrollada por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud en materia de igualdad

5.Publicaciones de otros Ministerios y organismos federales sobre temas relacionados con la igualdad

Apéndice III

* El texto del Apéndice figura en el documento A/55/38/Rev.1. También se puede consultar en http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw .

Examen de los informes realizado el 1° de febrero de 2000 por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer *

Apéndice I

Cuadros y figuras

Población de Alemania

Cuadro 1Distribución por edad (31/12/2000)

Población femenina

Población masculina

Escala de edad

Cifras absolutas

Proporción de la población total

Cifras absolutas

Proporción de la población total

0 a 18 años

7,5 millones

9,2%

8,0 millones

9,7%

18 a 45 años

15,5 millones

18,8%

16,3 millones

19,8%

45 a 65 años

10,7 millones

13,0%

10,6 millones

12,9%

65 años y más

8,4 millones

10,2%

5,3 millones

6,4%

Cantidad total de personas: 82.259.540 = 100%

Cuadro 2.1Estado civil de la población femenina (2000)

Estado civil

Cantidad de mujeres

Proporción de la población femenina

Solteras

15,2 millones

36,0%

Casadas

19,1 millones

45,3%

Viudas

5,2 millones

12,4%

Divorciadas

2,6 millones

6,3%

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Cantidad total de mujeres: 42.103.004 = 100%

Cuadro 2.2Cantidad de hijos por familia (hijos menores de 18 años de edad)

Parejas con hijos

Padres solteros

Característica

En millones

Proporción en %

En millones

Proporción en %

1993

Total

7,91

100,0

1,58

100,0

Con:

1 hijo

3,70

46,8

1,10

69,8

2 hijos

3,20

40,5

0,38

23,9

3 hijos

0,78

9,9

0,08

4,7

4 o más hijos

0,21

2,7

0,02

1,5

1996

Total

7,67

100,0

1,77

100,0

Con:

1 hijo

3,56

46,4

1,20

67,5

2 hijos

3,12

40,6

0,46

25,7

3 hijos

0,78

10,2

0,09

5,2

4 o más hijos

0,22

2,9

0,03

1,6

1999

Total

7,36

100,0

1,95

100,0

Con:

1 hijo

3,45

46,9

1,32

67,5

2 hijos

2,96

40,2

0,50

25,6

3 hijos

0,74

10,0

0,11

5,4

4 o más hijos

0,21

2,9

0,03

1,6

2000

Total

7,26

100,0

2,00

100,0

Con:

1 hijo

3,39

46,7

1,35

67,8

2 hijos

2,93

40,3

0,50

25,2

3 hijos

0,74

10,1

0,11

5,4

4 o más hijos

0,21

2,9

0,03

1,6

2001

Total

7,11

100,0

2,08

100,0

Con:

1 hijo

3,29

46,3

1,41

67,8

2 hijos

2,88

40,5

0,53

25,4

3 hijos

0,73

10,3

0,11

5,4

4 o más hijos

0,21

3,0

0,03

1,5

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

La mujer en el trabajo

Cuadro 3.1 Cantidad y proporción de mujeres con empleo remunerado (1988-2001)(Resultados del Microcenso)

Año

Total en miles

Hombres en miles

Mujeres en miles

Proporción de mujeres en %

Antiguo Territorio federal

1988

27,366

16,759

10,607

38,8

1989

27,742

16,948

10,794

38,9

1990

29,334

17,585

11,749

40,1

1991

29,684

17,719

11,965

40,3

1992

30,094

17,845

12,249

40,7

1993

29,782

17,621

12,161

40,8

1994

29,397

17,270

12,127

41,3

1995

29,244

17,141

12,102

41,4

1996

29,276

17,002

12,275

41,9

1997

29,200

16,901

12,299

42,1

1998

29,317

16,901

12,416

42,4

1999

29,729

16,991

12,738

42,8

2000

30,009

17,059

12,950

43,2

2001

30,307

17,081

13,226

43,6

Año

Total en miles

Hombres en miles

Mujeres en miles

Proporción de mujeres en %

Nuevos Länder federales y Berlín oriental

1991

7,761

4,156

3,605

46,5

1992

6,846

3,778

3,069

44,8

1993

6,599

3,675

2,924

44,3

1994

6,679

3,717

2,961

44,3

1995

6,804

3,797

3,007

44,2

1996

6,706

3,704

3,002

44,8

1997

6,605

3,649

2,957

44,8

1998

6,544

3,609

2,935

44,9

1999

6,673

3,668

3,006

45,0

2000

6,595

3,621

2,974

45,1

2001

6,509

3,549

2,960

45,5

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Cuadro 3.2Cantidad y proporción de mujeres con empleo remunerado en los distintos sectores ocupacionales(Resultados del Microcenso)

1987

1989

1991

1993

1995

1999

2001

Antiguo Territorio federal

En miles

Proporción

En miles

Proporción

En miles

Proporción

En miles

Proporción

En miles

Proporción

En miles

Proporción

En miles

Proporción

Ocupaciones en agricultura, ganadería, silvicultura y horticultura

522

43,1%

462

42,7%

449

41,5%

407

40,4%

360

39,4%

291

35,5%

283

35,8%

Ocupaciones productivas

1 603

19,4%

1 568

19,0%

1 720

19,9%

1 553

18,9%

1 434

18,5%

1 324

18,0%

1 350

18,5%

Ocupaciones técnicas

194

12,1%

212

12,8%

236

13,0%

277

14,3%

276

14,4%

289

14,4%

294

14,4%

Ocupaciones en los servicios

7 915

51,8%

8 180

51,8%

9 173

53,4%

9 475

54,4%

9 687

54,8%

10 634

56,2%

11 090

56,6%

Nuevos Länder federales y Berlín oriental

1991

1993

1995

1999

2001

En miles

Proporción

En miles

Proporción

En miles

Proporción

En miles

Proporción

En miles

Proporción

Ocupaciones en agricultura, ganadería, silvicultura y horticultura

133

40,7%

86

43,2%

110

49,6%

105

45,1%

86

40,8%

Ocupaciones productivas

567

23,6%

320

16,5%

314

15,5%

286

15,4%

287

16,4%

Ocupaciones técnicas

175

32,3%

114

29,0%

110

27,8%

100

26,6%

94

26,3%

Ocupaciones en los servicios

2 613

62,2%

2 261

61,0%

2 343

61,0%

2 463

60,8%

2 451

60,1%

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Cuadro 3.3 Distribución de las mujeres con empleo remunerado por grupo ocup a cional (Resultados del Microcenso de mayo de 2001)

Secciones y grupos ocupacionales

Número total de personas con empleo remunerado Miles

Mujeres con empleo remunerado Miles

Proporción de las mujeres con empleo remunerado %

Proporción de mujeres por grupo ocupacional %

Antiguo Territorio federal

Número total de personas con empleo remunerado

30 307

13 226

100,0

43,6

Incluye:

Trabajo de oficina, empleados de comercio no mencionados en otras categorías

3 916

2 801

21,2

71,5

Incluye:

Oficinistas, empleados de comercio (sin más detalles)

1 668

1 171

8,9

70,2

Gerentes y vendedoras

2 530

1 613

12,2

63,8

Otras ocupaciones en el sector de los servicios de salud

1 478

1 268

9,6

85,8

Incluyen:

Enfermeros, parteros, personal de asistencia a partos

629

524

4,0

83,3

Ocupaciones en el sector de la limpieza y la eliminación de desechos

959

803

6,1

83,7

Ocupaciones en agricultura, ganadería, silvicultura y horticultura

792

280

2,1

35,4

Auxiliares de contabilidad, especialistas en computación

1,018

468

3,5

46,0

Personal docente

986

548

4,1

55,6

Asistencia social

962

787

6,0

81,8

Empleados de bancos, cajas de ahorro y compañías de seguros

814

395

3,0

48,5

Ocupaciones en hoteles y bares

562

338

2,6

60,1

Nuevos Länder federales y Berlín oriental

Número total de personas con empleo remunerado

6 508

2 960

100,0

45,5

Incluye:

Trabajo de oficina, empleados de comercio no mencionados en otras categorías

660

548

18,5

83,0

Incluye:

Oficinistas, empleados de comercio (sin más detalles)

208

167

5,6

80,3

Gerentes y vendedoras

553

384

13,0

69,4

Otras ocupaciones en el sector de los servicios de salud

318

281

9,5

88,4

Incluyen:

Enfermeros, parteros, personal de asistencia a partos

154

140

4,7

90,9

Ocupaciones en el sector de la limpieza y la eliminación de desechos

162

122

4,1

75,3

Ocupaciones en agricultura, ganadería, silvicultura y horticultura

206

80

2,7

38,8

Auxiliares de contabilidad, especialistas en computación

177

112

3,8

63,3

Personal docente

218

141

4,8

64,7

Asistencia social

253

220

7,4

87,0

Empleados de bancos, cajas de ahorro y compañías de seguros

116

71

2,4

61,2

Ocupaciones en hoteles y bares

118

82

2,8

69,5

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Cuadro 3.4Comparación entre los ingresos de las mujeres y los hombres

1.Promedio de los ingresos mensuales brutos de los empleados a jornada completa en la industria manufacturera* (en euros)

Año 1

Hombres

Mujeres

Proporción de los ingresos femeninos con respecto a los masculinos (%)

Antiguo Territorio federal

1960

295

176

59,4

1970

646

398

61,5

1980

1 315

893

67,9

1990

1 866

1 311

70,2

1991

1 959

1 391

71,0

1992

2 055

1 462

71,1

1993

2 099

1 506

71,7

1994

2 190

1 571

71,7

1995

2 275

1 631

71,7

1996

2 293

1 664

72,6

1997

2 319

1 691

72,9

1998

2 370

1 737

73,3

1999

2 426

1 791

73,8

2000

2 499

1 842

73,7

2001

2 531

1 865

73,7

Nuevos Länder federales y Berlín oriental

1991

955

713

74,7

1992

1 237

891

72,0

1993

1 440

1 020

70,8

1994

1 528

1 091

71,4

1995

1 620

1 184

73,1

1996

1 675

1 249

74,5

1997

1 708

1 284

75,2

1998

1 744

1 331

76,3

1999

1 784

1 368

76,7

2000

1 822

1 411

77,4

2001

1 855

1 434

77,3

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

*Clasificación de sectores económicos, 1993 (ES93).

1Promedio de cuatro meses examinados.

2.Promedio de los ingresos mensuales brutos de los empleados en la industria manufacturera, el comercio mayorista y minorista y los servicios de intermediación financiera* (en euros)

Año 1

Hombres

Mujeres

Proporción de los ingresos femeninos con respecto a los masculinos (%)

Antiguo Territorio federal

1960

354

194

54,7

1970

750

440

58,7

1980

1 675

1 056

63,0

1990

2 499

1 619

64,8

1991

2 646

1 727

65,3

1992

2 801

1 840

65,7

1993

2 907

1 935

66,6

1994

2 977

2 001

67,2

1995

3 080

2 086

67,7

1996

3 163

2 164

68,4

1997

3 204

2 222

69,4

1998

3 270

2 281

69,8

1999

3 358

2 352

70,1

2000

3 448

2 428

70,4

2001

3 546

2 506

70,7

Nuevos Länder federales y Berlín oriental

1991

1 150

867

75,4

1992

1 553

1 158

74,5

1993

1 845

1 367

74,1

1994

2 055

1 512

73,6

1995

2 247

1 652

73,6

1996

2 415

1 767

73,2

1997

2 483

1 832

73,8

1998

2 539

1 894

74,6

1999

2 607

1 952

74,9

2000

2 668

2 006

75,2

2001

2 721

2 036

74,8

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

*Clasificación de sectores económicos, 1993 (ES93).

1Promedio de cuatro meses examinados.

Cuadro. 3.5Evolución del desempleo femenino – Promedios anuales (Antiguo Territorio federal)

Mujeres desempleadas

Proporción de mujeres

Tasa de desempleo femenino 1

Tasa de desempleo total 1

Promedio anual

No.

%

1970

55 947

37,6

0,8

0,7

1980

462 483

52,0

5,2

3,8

1985

1 014 959

44,1

10,4

9,3

1990

915 404

48,6

8,4

7,2

1991

791 688

46,9

7,0

6,3

1992

825 531

45,7

7,2

6,6

1993

993 261

43,7

8,4

8,2

1994

1 094 328

42,8

9,2

9,2

1995

1 101 233

42,9

9,2

9,3

1996

1 179 742

42,2

9,9

10,1

1997

1 280 183

42,4

10,7

11,0

1998

1 263 543

43,5

10,3

10,5

1999

1 220 002

44,3

9,8

9,9

2000

1 131 256

44,7

8,5

8,7

2001

1 099 151

44,4

7,9

8,3

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

1Personas desempleadas como porcentaje de los civiles en relación de dependencia y con empleo remunerado.

Cuadro 3.6Evolución del desempleo femenino – Promedios anuales(Nuevos Länder y Berlín oriental)

Mujeres desempleadas

Proporción de mujeres

Tasa de desempleo femenino 1

Tasa de desempleo total 1

Promedio anual

No.

%

1991

529 961

58,1

12,3

10,3

1992

741 145

63,3

19,6

14,8

1993

743 320

63,9

21,0

15,8

1994

740 644

64,8

21,5

16,0

1995

660 079

63,0

19,3

14,9

1996

673 776

57,6

19,9

16,7

1997

761 890

55,9

22,5

19,5

1998

743 090

54,0

21,8

19,5

1999

719 430

53,5

20,9

19,0

2000

704 550

51,8

19,9

18,8

2001

689 118

50,2

19,4

18,9

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

1Personas desempleadas como porcentaje de los civiles en relación de dependencia y con empleo remunerado.

Cuadro 3.7Personas que trabajan por cuenta propia en Alemania (en miles)

Año

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

1. Número total de personas que trabajan por cuenta propia

3 037

3 091

3 175

3 288

3 336

3 409

3 528

3 594

3 594

3 643

3 632

Número de mujeres

780

790

827

862

880

916

962

986

991

1 012

1 012

Proporción de mujeres en %

25,68

26,56

26,05

26,22

26,38

26,9

27,3

27,48

27,6

27,8

27,9

2. Antiguo Territorio federal

2 689

2 699

2 746

2 823

2 850

2 921

3 014

3 051

3 049

3 089

3,07

Número de mujeres

682

677

698

726

739

773

806

827

830

845

844

Proporción de mujeres en %

25,36

25,08

25,42

25,72

25,94

26,5

26,7

27,1

27,2

27,4

27,5

3. Nuevos Länder federales

348

392

429

465

486

488

514

543

546

554

562

Número de mujeres

98

113

129

136

141

143

155

159

161

167

168

Proporción de mujeres en %

28,16

28,83

30,07

29,25

28,96

29,3

30,2

29,3

29,5

30,1

29,9

Fuente: Oficina Federal de Estadística, Microcenso de 2001.

La mujer en la educación

Cuadro 4.1Proporción de alumnas en los establecimientos de enseñanza general (en %)

1970 1

1980 1

1987 1

1991

1993

1995

1996

1999

2000

Escuelas primarias

(años 1 a 4)

49,0

48,8

49,0

49,0

49,0

49,0

49,0

48,9

49,0

Institutos de enseñanza secundaria general

(años 5 a 9 ó 10)

49,1

46,3

45,5

45,0

44,5

44,1

44,0

43,8

43,8

Escuelas intermedias

(años 5 a 10)

52,9

53,6

52,8

51,5

51,3

51,2

51,1

50,9

50,9

Escuelas públicas elementales

Años 5 a 10

44,7

50,4

50,8

53,0

54,1

54,3

54,3

53,8

53,8

Años 11 a 13

41,4

49,4

49,8

52,4

53,5

54,2

54,7

55,7

55,8

Escuelas públicas elementales nocturnas y centros de educación de adultos que preparan para el ingreso en institutos de estudios superiores

23,5

48,5

52,5

53,5

54,4

53,5

52,0

52,4

51,9

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

1Antiguo Territorio federal.

Cuadro 4.2.1Pasantes del sexo femenino en grupos ocupacionales determinados

Pasantes del sexo femenino

Número total

Proporción con respecto al total de pasantes del sexo femenino

Grupo de ocupaciones que requieren formación profesional

1977 1

1990 1

1999 1

2001 2

1977 1

1990 1

1999 1

2001 2

Miles

%

Ocupaciones en que predominan los hombres (0-20% de pasantes del sexo femenino)

13,2

58,8

50,2

26,7

2,6

9,3

9,1

3,9

Ocupaciones mayoritariamente masculinas (20-40% de pasantes del sexo femenino)

26,7

41,0

40,0

30,3

5,2

6,5

7,2

4,4

Ocupaciones de personas de ambos sexos (40-60% de pasantes del sexo femenino)

105,3

170,5

136,1

137,0

20,6

27,1

24,7

19,8

Ocupaciones mayoritariamente femeninas (60-80% de pasantes del sexo femenino)

119,0

101,9

79,9

256,4

23,3

16,2

14,5

37,1

Ocupaciones en que predominan las mujeres (80-100% de pasantes del sexo femenino)

246,0

257,7

245,0

240,8

48,2

40,9

44,5

34,8

Total

510,2

629,9

551,2

691,2

100,0

100,0

100,0

100,0

Fuente: Oficina Federal de Estadística, cálculos del Instituto Federal de Investigaciones Ocupacionales; Oficina Federal de Estadística, Microcenso de 2001, cálculos realizados por i-Punkt.

1Antiguo Territorio federal.

2Alemania.

Cuadro 4.2.2Pasantes del sexo femenino en las 10 ocupaciones en que más predominan los hombres (Alemania, 2001)

Ocupación que requiere formación profesional

Número total de pasantes

Mujeres

Proporción con respecto al total de pasantes del sexo femenino

Proporción de hombres

Proporción de mujeres

Pintores y barnizadores

42 977

3 651

0,5

91,5

8,5

Especialistas en computación

23 931

2 714

0,4

88,7

11,3

Ebanistas

33 918

2 321

0,3

93,2

6,8

Mecánicos y mecánicos auxiliares de automóviles

79 846

1 460

0,2

98,2

1,8

Especialistas en almacenamiento

9 827

1 377

0,2

86,0

14,0

Técnicos y técnicos auxiliares de plantas químicas

6 649

815

0,1

87,7

12,3

Agricultores

7 867

732

0,1

90,7

9,3

Especialistas en electrónica aplicada a las comunicaciones o a la computación y los sistemas de telecomunicación

16 424

622

0,1

96,2

3,8

Mecánicos industriales en ingeniería mecánica y de sistemas e ingenieros mecánicos

28 816

616

0,1

97,9

2,1

Fabricantes de instrumentos de precisión, mecánicos industriales en equipos e ingeniería de precisión y metalistas

11 110

616

0,1

93,9

6,1

Fuente: Oficina Federal de Estadística, cálculos realizados por i-Punkt.

Cuadro 4.2.3Pasantes que celebraron un nuevo contrato de pasantía en 2001 para ejercer alguna de las 10 ocupaciones más comunes que requieren formación profesional

Hombres

Mujeres

Ocupaciones que requieren formación profesional

Proporción con respecto al total de pasantes del sexo masculino %

Ocupaciones que requieren formación profesional

Proporción con respecto al total de pasantes del sexo femenino %

Mecánicos de automóviles

6,2

Oficinistas

7,6

Pintores y barnizadores

4,1

Empleadas de comercio minorista

7,2

Mecánicos electricistas

3,8

Peluqueras

6,7

Empleados de comercio minorista

3,8

Recepcionistas en consultorios médicos

6,1

Ebanistas

3,6

Asistentes especializadas de odontólogos

5,5

Cocineros

3,4

Trabajadoras industriales calificadas

5,0

Empleados de comercio mayorista y comercio exterior

2,7

Vendedoras especializadas de comestibles

4,0

Especialistas en computación

2,7

Encargadas de las comunicaciones en una oficina

3,9

Obreros metalúrgicos

2,6

Vendedoras

3,8

Albañiles

2,2

Especialistas en hotelería

3,8

Total de las 10 ocupaciones más comunes entre las que requieren formación profesional

35,2

Total de las 10 ocupaciones más comunes entre las que requieren formación profesional

53,5

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Cuadro 4.2.4Pasantes por Land (sistema dual)

Pasantes en 1994

Pasantes en 1997

Pasantes en 2001

Länder

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

Baden-Württemberg

112 229

78 735

190 964

109 657

76 208

185 865

121 155

87 735

208 890

Baviera

150 806

101 686

252 492

150 250

102 589

252 839

157 350

111 894

269 244

Berlín

32 162

22 902

55 064

33 341

26 663

60 004

33 648

28 294

61 942

Brandeburgo

29 925

18 381

48 306

37 696

23 462

61 158

34 212

21 166

55 378

Bremen

9 187

6 976

16 163

8 405

6 666

15 071

8 629

7 008

15 637

Hamburgo

18 294

13 674

31 968

16 875

12 887

29 762

17 865

15 606

33 471

Hesse

63 896

43 050

106 946

63 217

42 800

106 017

65 770

46 888

112 658

Mecklemburgo – Pomerania occidental

27 233

16 780

44 013

34 156

21 998

56 154

30 097

18 822

48 919

Baja Sajonia

91 030

66 604

157 634

89 192

62 835

152 027

92 108

66 242

158 350

Renania del Norte – Westfalia

197 041

127 859

324 900

190 376

122 157

312 533

203 542

140 035

343 577

Renania – Palatinado

43 678

27 633

71 311

45 983

28 404

74 387

48 379

31 373

79 752

Sarre

12 224

7 790

20 014

12 829

8 007

20 836

13 316

9 059

22 375

Sajonia

59 642

35 897

95 539

70 455

42 316

112 771

62 549

39 547

102 096

Sajonia-Anhalt

35 682

21 916

57 598

43 362

26 436

69 798

38 609

23 509

62 118

Schleswig-Holstein

30 940

22 929

53 869

30 181

21 877

52 058

29 700

22 673

52 373

Turingia

33 314

19 784

53 098

38 391

24 537

60 928

36 566

21 323

57 889

Alemania

947 283

632 596

1 579 879

974 366

647 842

1 622 208

993 495

691 174

1 684 669

Para información:

Antiguo Territorio federal (sin Berlín)

761 487

519 838

1 81 325

750 306

511 093

1 261 399

761 514

535 688

1 297 202

Nuevos Länder (con Berlín)

185 796

112 758

298 554

224 060

136 749

360 809

245 159

159 656

404 815

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Cuadro 4.2.5Estudios ya cursados por los pasantes que celebraron un nuevo contrato de pasantía en 1996 y 2001

Pasantes

1996

2001

Tipo de escuela 1

Cifras absolutas

Porcentaje

Cifras absolutas

Porcentaje

Institutos de enseñanza secundaria general que no emiten certificados de estudios

18 021

3,1

15 829

2,6

Institutos de enseñanza secundaria general que emiten certificados de estudios

195 081

33,7

201 307

33,0

Escuelas intermedias o certificado de estudios equiparable

204 713

35,3

222 869

36,6

Títulos y aptitudes para ingresar en un instituto de enseñanza superior

88 857

15,3

86 899

14,3

Año de formación profesional básica en un establecimiento de enseñanza

19 050

3,3

16 773

2,8

Escuelas técnicas y profesionales

44 933

7,8

53 568

8,8

Año de preparación profesional

8 720

1,5

12 330

2,0

Total

579 375

100,0

609 576

100,0

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

1Dos tercios de la categoría "Otros o ninguno" fueron incluidos en institutos de enseñanza secundaria general que emiten certificados de estudios y el tercio restante en escuelas técnicas y profesionales.

Cuadro 4.2.6Alumnos y alumnas de las escuelas profesionales en el sistema dual, por edad

Alumnado de las escuelas profesionales en el sistema dual

1996/1997

2000/2001

Alumnado

Total

Varones

Mujeres

Total

Varones

Mujeres

Total

1 625 426

970 617

654 809

1 796 903

1 061 026

735 877

15 años o menos

22 748

14 524

8 224

61 355

37 510

23 845

16 años

143 517

88 833

54 684

153 540

92 696

60 844

17 años

297 177

182 696

114 481

296 028

180 635

115 393

18 años

351 110

212 791

138 319

348 552

212 242

136 310

19 años

302 779

179 080

123 699

312 075

182 513

129 562

20 años

198 977

112 167

86 810

233 903

129 207

104 696

21 años

115 728

61 298

54 430

149 640

78 503

71 137

22 años y más

193 390

119 228

74 162

241 805

147 716

94 089

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Cuadro 4.3.1Proporción de mujeres entre los alumnos de institutos de enseñanza superior en el primer semestre universitario

Año de estudios*

1970 1

1980 1

1985 1

1991

1993

1995

1997

1998

1999

2000

2001 2

Totalidad de los institutos de enseñanza superior

37,8

40,2

39,8

41,2

44,4

47,8

48,6

48,5

49,3

49,0

48,8

Universidades

37,7

44,2

44,3

45,5

49,5

53,1

52,9

52,7

53,7

53,4

53,4

Academias de Bellas Artes

40,9

45,6

50,5

50,6

53,5

57,6

57,6

56,7

58,3

56,7

56,6

Colegios técnicos

30,7

28,9

29,4

33,0

36,2

39,2

39,6

39,8

38,9

38,0

*Hasta 1985 se incluye el antiguo Territorio federal; a partir de 1991, toda la República Federal de Alemania.

1Semestre estival y semestre invernal subsiguiente.

2Resultado preliminar.

Cuadro 4.3.2

Proporción de mujeres entre los alumnos de institutos de enseñanza superior*

Año

1970 1

1980 1

1985 1

1991

1993

1995

1997

1998

1999

2000

2001 2

Totalidad de los institutos de enseñanza superior

30,9

36,7

37,8

39,2

40,2

41,7

43,6

44,5

45,3

46,1

46,7

Universidades

30,7

38,9

41,1

42,6

43,8

45,5

47,3

48,1

48,9

49,7

50,3

Academias de Bellas Artes

40,0

46,3

48,9

51,1

51,9

53,1

54,6

55,2

56,1

56,4

57,0

Colegios técnicos

28,2

27,4

27,7

29,0

30,7

33,3

34,7

35,9

36,8

37,4

Fuente: Oficina Federal de Estadística

*Semestre invernal.

1Hasta 1985 se incluye el antiguo Territorio federal; a partir de 1991, toda la República Federal de Alemania.

2Resultado preliminar.

Cuadro 4.3.3Alemanes que reanudan sus estudios en universidades durante el primer semestre lectivo (semestre invernal) de los institutos de enseñanza superior, por esferas temáticas (en %)

Alemanes que reanudan sus estudios en universidades durante el primer semestre lectivo (semestre invernal) de los institutos de enseñanza superior, por esferas temáticas (en %)

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

Derecho, Economía, Ciencias sociales

38,3

40,3

41,0

42,7

41,4

44,4

45,2

45,1

46,2

47,8

48,0

Idiomas, Ciencia de la cultura, Deportes

67,8

69,7

71,1

71,8

71,5

73,2

72,1

71,7

71,7

72,7

73,0

Matemáticas, Ciencias naturales

34,9

35,6

37,5

39,2

40,0

43,8

44,5

43,6

41,9

42,0

40,4

Ingeniería

12,7

14,8

16,7

19,6

20,3

23,6

23,6

21,9

21,7

22,9

22,7

Medicina

42,1

49,7

48,3

49,7

51,9

55,4

52,9

53,3

56,5

57,9

63,6

Veterinaria

74,4

76,7

78,0

82,0

78,3

80,9

78,0

80,5

82,1

88,0

85,4

Bellas Artes, Estética, Historia del Arte

68,2

69,4

71,4

70,9

73,8

72,4

72,5

72,2

71,5

74,5

74,9

Agronomía, Silvicultura, Nutrición

49,9

51,8

54,1

54,5

56,2

57,9

60,7

59,3

61,5

62,7

61,2

Total de Universidades

42,2

44,7

46,4

48,8

49,4

52,7

52,6

51,9

51,6

52,6

52,4

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Cuadro 4.3.4Alemanes que reanudan sus estudios en colegios técnicos* durante el primer semestre lectivo (semestre invernal) en la Universidad, por esferas temáticas – Proporción de mujeres con respecto al total (en %)

Alemanes que reanudan sus estudios en colegios técnicos* durante el primer semestre lectivo (semestre invernal) en la Universidad, por esferas temáticas – Proporción de mujeres con respecto al total (en %)

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

Derecho, Economía, Ciencias sociales

53,7

53,9

54,6

54,6

53,0

53,9

54,0

54,6

56,1

55,6

55,9

Ingeniería

11,6

13,0

15,6

16,1

16,9

17,9

18,1

19,8

20,3

20,9

20,4

Matemáticas, Ciencias naturales

23,0

22,4

19,9

18,4

16,9

19,4

19,0

20,3

20,5

22,5

22,2

Agronomía, Silvicultura, Nutrición

44,9

45,5

47,3

49,3

49,6

52,0

55,7

53,1

53,0

54,1

54,2

Bellas Artes, Estética, Historia del Arte

57,7

57,3

61,6

60,0

59,9

60,8

61,0

63,7

63,9

65,7

64,8

Idiomas, Ciencia de la cultura

78,9

81,2

80,1

75,5

76,6

74,7

77,7

76,2

74,3

71,1

71,2

Total de colegios técnicos

28,0

29,6

32,4

32,7

33,7

36,3

37,2

38,9

39,3

39,5

38,7

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

*No se incluyen los institutos de estudios administrativos.

Cuadro 4.4La mujer en la educación y la ciencia en el año 2000 (total en %)

Mujeres

Egresados de colegios con diploma de finalización de los estudios secundarios

53,6

Nuevos alumnos de institutos de enseñanza superior

49,2

Alumnos

46,1

Graduados

44.8

Estudiantes de doctorado

34,3

Personal académico y artístico de institutos de enseñanza superior

30,4

Profesores titulares y adjuntos de institutos de enseñanza superior

25,1

Candidatos a un puesto de profesor

18,4

Cátedra C2

14,9

Cátedra C3

11,0

Cátedra C4

7,1

Fuente: Oficina Federal de Estadística.

Apéndice II

Panorama de las medidas adoptadas a partir de 1998 para convertir en realidad el concepto de igualdad de derechos

1.Derecho escrito

Abril de 1998La Ley relativa a la igualdad en materia sucesoria (Erbrechtsgleichstellungsgesetz) entró en vigor el 1º de abril de 1998. Esta Ley reconoce a los hijos de padres no casados con sus madres pleno derecho a heredar al padre y a otros parientes por línea paterna. Anteriormente, el hijo de un padre no casado con su madre sólo tenía derecho a una reposición de la herencia en metálico.

Julio de 1998La Ley de reforma del Código Civil y la Ley de los tr i bunales de trabajo (Gesetz zur Änderung des Bürgerlichen Gesetzbuches und des Arbeitsgerichtsgesetzes) entró en vigor el 3 de julio de 1998. La Ley es una reacción frente a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (caso C-180/95), de 22 de abril de 1997; en esa sentencia, el Tribunal había llegado a la conclusión de que las normas vigentes en Alemania sobre la igualdad de trato al hombre y la mujer en el momento de acceder a un empleo eran parcialmente incompatibles con la legislación europea. Con arreglo al derecho alemán, el empleador debe pagar una indemnización si ha actuado de manera discriminatoria con ocasión del acceso al empleo. La indemnización prevista en el inciso 2 del artículo 611 a del Código Civil (BGB) no depende de la culpabilidad. El empleador también es responsable de la inconducta de las personas que actúen en su nombre para cubrir un puesto vacante.

Julio de 1998Fueron promulgadas la Ley de reforma del derecho rel a tivo a los padres y los hijos (Kindschaftsrechtsrefoirmgesetz) y la Ley de asistencia letrada (Beistandschaftsgesetz). La primera de estas leyes elimina casi todas las diferencias de trato entre los niños nacidos dentro y fuera del matrimonio. Por primera vez, los padres que no están casados entre sí pueden asumir la guarda de sus hijos conjuntamente. Con arreglo a la Ley de ascendencia, la madre del niño tiene derechos más sólidos para reconocer o cuestionar la paternidad. El reconocimiento de la paternidad sólo se hace efectivo con su consentimiento; se otorga a la madre del niño un derecho propio para cuestionar la paternidad. La guarda de oficio de los hijos nacidos fuera del matrimonio que ejercía la Oficina para el Bienestar de la Juventud es reemplazada por la asistencia letrada, consistente en una oferta de asistencia de la mencionada Oficina, que se acepta voluntariamente, cuando corresponde establecer la paternidad y determinar la pensión alimentaria.

Diciembre de 1998La Ley para proteger a los testigos durante el interrog a torio en un juicio penal y aumentar la protección de la víctima – Ley de protección de los testigos (Gesetz zum Schutz von Zeugen bei Vemehmungen im Strafverfahren und zur Verbesserung des Opferschutzes – Zeugenschutzgesetz) entró en vigor el 1º de diciembre de 1998. La Ley de protección de los testigos aumenta las posibilidades de presentar demandas incidentales en el fuero civil durante el proceso penal. Además, se implantó el uso del vídeo en los juicios penales. Se pueden evitar así no sólo las estresantes sesiones en que se repiten las preguntas o el ambiente opresivo de las salas de los tribunales sino también la confrontación de la víctima con el torturador. Por último, se establece que en determinadas circunstancias el Estado, a sus expensas, puede designar a un abogado para que asesore a las víctimas y a los testigos durante el interrogatorio mientras dure el proceso.

Enero de 1999Enmienda de la Ley federal relativa a las prestaciones por hijo (Bundeskindergeldgesetz)

El subsidio por hijo para cada uno de los dos primeros hijos aumentó a partir del 1º de enero de 1999 a 250 marcos alemanes (€ 127,82) por mes.

Agosto de 1999La segunda Ley de reforma del Libro III del Código de Seguridad Social (Zweites Gesetz zur Änderung des Sozialgesetzbuches III – SGB III) entró en vigor el 1º de agosto de 1999. Se introdujeron mejoras de interés para las mujeres en la legislación relativa a los ascensos en el trabajo.

Enero de 2000 Enmienda de la Ley federal relativa a las prestaciones por hijo

El subsidio por hijo para cada uno de los dos primeros hijos aumentó a partir del 1º de enero de 2000 a 270 marcos alemanes (€ 138,05) por mes.

Implantación de un subsidio por crianza de los hijos de 3.024 marcos alemanes (€ 1.546,15) para los hijos de hasta 16 años. Se suma al anterior subsidio por hijo de 6.912 marcos alemanes (€ 3.534,05) de manera que la deducción fiscal por hijo aumenta a 9.936 marcos alemanes (€ 5.080).

Enero de 2000Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (ECJ) en que se declara que las normas legales vigentes en Alemania, que excluyen a la mujer del servicio voluntario con armas en las Fuerzas Armadas, son incompatibles con la Directiva 76/207/CEE del Consejo de Europa relativa al principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.

Junio de 2000Ley de reforma de la Ley de extranjería (Gesetz zur Änderung des Ausländergesetzes) entró en vigor el 1º de enero de 2000. El artículo 19 de la Ley de extranjería estipula que las esposas extranjeras tienen derecho independiente de residencia en caso de disolución del vínculo matrimonial. Las esposas extranjeras adquieren ahora un derecho propio de residencia después de dos años (antes eran cuatro) en caso de separación. Se ha reformulado la cláusula de penuria, con arreglo a la cual se puede conceder un derecho independiente de residencia antes de que expire el período antedicho.

Julio de 2000Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (ECJ) que confirma que las medidas de promoción de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de desigualdades de facto que reducen las oportunidades de la mujer, son compatibles con la Directiva 76/207/CEE Consejo de Europa relativa al principio de igualdad de trato.

Noviembre de 2000Ley que prohíbe la violencia en la educación y reforma de la Ley relativa a la manutención de los hijos (Gesetz zur Ächtung der Gewalt in der Erziehung und zur Änderung des Kindersunterhaltsrechts). La Ley dictamina que los niños tienen derecho a ser educados sin violencia y prohíbe los castigos físicos, los daños emocionales y otros actos humillantes.

Diciembre de 2000La Enmienda de la segunda oración del párrafo 4 del artículo 12 a de la Ley orgánica (Grundgesetz) entró en vigor el 23 de diciembre de 2000. El servicio voluntario con armas de la mujer en las Fuerzas Armadas Federales tiene ahora un fundamento constitucional y las mujeres están en condiciones de ingresar en cualquier sector de las fuerzas armadas.

Enero de 2001Las Nuevas disposiciones de la Ley federal relativas a las prestaciones por crianza de los hijos (Bundeserziehungsgeldgesetz) entraron en vigor el 1º de enero de 2001. Atañen a los niños nacidos o adoptados después del 1º de enero de 2001. Con la promulgación de la nueva Ley pasa a denominarse licencia de los padres la anterior licencia para la crianza de los hijos. Las enmiendas a la Ley federal relativa a las prestaciones por crianza de los hijos mejoran el marco de compatibilidad entre la familia y el trabajo profesional y la situación financiera de las familias:

•Por primera vez desde 1986, se aumentan los topes de los ingresos derivados de las prestaciones por crianza de los hijos. El subsidio para la crianza de los hijos se ofrece ahora como ayuda presupuestaria (mayor cuantía, menor plazo).

•Por primera vez, madres y padres pueden gozar de la licencia de los padres (denominada antes licencia para la crianza de los hijos) al mismo tiempo y durante un máximo de tres años, un período que no se modificó.

•En principio, ambos progenitores tienen derecho jurídico a trabajar a jornada parcial (en empresas de más de 15 empleados) mientras gozan de la licencia de los padres. Madres y padres pueden trabajar ahora, cada uno, hasta 30 horas por semana y no tan sólo hasta 19 horas, como ocurría antes. Esto abre para los progenitores, y en particular para los padres, nuevas posibilidades de compartir su empleo remunerado con los quehaceres hogareños.

•Al término de la licencia de los padres, éstos tienen derecho a trabajar en el horario que cumplían antes.

•Existe la posibilidad de gozar de un año de la licencia de los padres, si el empleador conviene en ello, en el período comprendido entre el tercer y el octavo cumpleaños del niño.

Enero de 2001La Ley relativa al trabajo a jornada parcial y los co n tratos de empleo de duración determinada (Gesetz über Teilzeitarbeit und befristete Arbeitsverträge) entró en vigor el 1º de enero de 2001. Esta Ley reconoce por primera vez el derecho jurídico general a trabajar a jornada parcial en las empresas del sector privado que cuenten con más de 15 empleados, si no se oponen a su ejercicio razones operativas.

Marzo de 2001Entró en vigor la “Ordenanza II de Bruselas”, en virtud de la cual todos los Estados miembros de la Unión Europea, salvo Dinamarca, establecen normas uniformes con respecto a la jurisdicción de los tribunales y al reconocimiento y la ejecución de las resoluciones judiciales en materia matrimonial y en los procedimientos relacionados con la responsabilidad de ambos padres en la crianza de los hijos comunes.

Julio de 2001El Libro IX del Código de Seguridad Social (Neuntes Sozialgesetzbuch IX) entró en vigor el 1º de julio de 2001. La principal preocupación del Libro IX del Código de Seguridad Social es coordinar los servicios y la cooperación de los prestadores de servicios mediante instrumentos eficaces. El objetivo de los servicios sociales es promover la participación social, en particular en la esfera laboral, de las personas que viven con discapacidad o corren riesgo de padecerla.

Julio 2001La Ley de reforma de la Ley relativa a los estatutos de las fábricas (Gesetz zur Reform des Betriebsverfassungsgesetzes) entró en vigor el 28 de julio de 2001. Afianza la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en las empresas.

Agosto de 2001La Ley de las parejas de por vida (Lebenspartnerschaftsgesetz) entró en vigor el 1º de agosto de 2001. Las parejas homosexuales pueden inscribirse en el registro oficial de parejas. Las parejas de por vida formadas por personas del mismo sexo son reconocidas como miembros de una familia. Están obligadas a cuidarse y ayudarse mutuamente, a planificar sus vidas en común y a responsabilizarse del sustento recíproco.

Diciembre de 2001La Ley federal para hacer realidad el concepto de igua l dad de oportunidades entre mujeres y hombres (Gesetz zur Durchsetzung der Gleichstellung von Frauen und Männem – Bundesgleicstellungsdurchsetzungsgesetz) entró en vigor el 5 de diciembre de 2001. La Ley permite dar preferencia a las mujeres entre personas con las mismas aptitudes, méritos, títulos y logros profesionales en las esferas de la capacitación, la contratación y el ascenso en aquellos sectores donde la representación femenina sea baja, atendiendo siempre a cada caso particular. Entraña una mayor armonización entre la familia y el trabajo profesional y prevé tanto la promoción de la igualdad como función expresa de todos los empleados con cargos directivos como la ampliación de la esfera de competencia de los comisionados para la igualdad. Contiene disposiciones adicionales relativas al trabajo a jornada parcial. Así, los anuncios de puestos altos o de dirección deben señalar que son empleos a jornada parcial a menos que se opongan a ello razones oficiales imperiosas. Por otra parte, se pretende facilitar a los funcionarios públicos que trabajan a jornada parcial y tienen obligaciones de familia el retorno a un empleo de jornada completa.

Enero de 2002 Enmienda a la Ley federal relativa a las prestaciones por hijos

El subsidio por hijos aumentó a partir del 1º de enero de 2002 y ahora es, para cada uno de los dos primeros hijos, el mismo que ya correspondía al tercer hijo: € 154 por mes. El subsidio por cada hijo a partir del cuarto es de € 179 por mes.

Enero de 2002Fue promulgada la Ley por la cual se aumenta la prote c ción de los tribunales civiles en casos de actos violentos y propuestas fuera de lugar y se facilita la renuncia del hogar conyugal en casos de separación – Ley de prote c ción contra la violencia (Gesetz zur Verbesserung des zivilgerichtlichen Schutzes bei Gewalttaten und Nachstellungen sowie zur Erleichterung der Überlassung der Ehewohnung bei Trennung – Gewasltschutzgesetz). Además de simplificar el procedimiento para asignar el hogar conyugal, contiene disposiciones que prohíben expresamente ponerse en contacto con una persona, acosarla o acercarse a ella. Si se han registrado actos violentos en clara proximidad social, la Ley otorga el derecho a renunciar a

la ocupación del hogar si el agresor y la víctima —en la mayoría de los casos la mujer— hubieren establecido un hogar común a largo plazo.

Enero de 2002Se promulgó la Ley para mejorar la situación jurídica y social de las prostitutas (Gesetz zur Verbesserung der rechtlichen und sozialen Situation der Prostituierten). Las prostitutas disponen ahora de la posibilidad legal de ejercer su oficio por cuenta propia, sobre la base de condiciones de trabajo satisfactorias establecidas por ellas mismas, o en relación de dependencia, con seguro social. La punibilidad de la promoción de la prostitución y el proxenetismo quedó limitada a los casos de explotación de la dependencia personal y económica de las prostitutas.

Enero de 2002La Ley de Empleo AQTIV (Job-AQTIV-Gesetz) entró en vigor el 1º de enero de 2002. AQTIV es la sigla derivada de cinco palabras alemanas que significan Activación, Cualificación, Capacitación, Inversión y Comunicación. La meta de la Ley es promover la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado laboral extendiendo las medidas concretas a favor de la mujer como instrumentos de política en el mercado laboral. Por otra parte, la Ley de Empleo AQTIV contribuye a una mejor armonización de la familia con el trabajo profesional. En aras de este objetivo, se ha incrementado la cuantía del reintegro de los gastos que ocasiona la crianza de los hijos (a € 130 mensuales por cada hijo) siempre que las personas desempleadas participen en cursos de capacitación básica o permanente. A partir de 2003, para las personas protegidas por el seguro social obligatorio, los períodos de discontinuidad relacionados con las prestaciones de maternidad y por la crianza de los hijos hasta que el menor cumpla tres años, se consideran una vez más como períodos de aportes en el seguro de desempleo.

Enero de 2002La Reforma de la Ley relativa a la ampliación de la asi s tencia a la formación permanente (“Meister-BAFöG”) entró en vigor el 1º de enero de 2002. Ahora se ofrecen mejores condiciones de adelanto a las familias con hijos y a los padres solteros.

Enero de 2002El Gobierno federal ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer el 15 de enero de 2002. Este Protocolo entró en vigor en la República Federal de Alemania tres meses después de su ratificación, es decir, el 15 de abril de 2002.

Abril de 2002La Ley para ampliar aún más los derechos de los niños – Ley de ampliación de los derechos de los niños (Gesetz zur weiteren Verbesserung von Kinderrechten – Kinderrechteverbesserungsgesetz) entró en vigor el 12 de abril de 2002. En particular, facilita el traslado de las personas violentas del entorno inmediato del niño.

Mayo de 2002La Ley relativa a la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (Gesetz zur Gleichstellung behinderter Menschen – BGG) entró en vigor el 1º de mayo de 2002. La Ley relativa a la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad abre para ellas nuevas posibilidades en materia de autodeterminación y participación por igual en la vida social. Para hacer cumplir la prohibición de discriminar contenida en el artículo 3 de la Ley orgánica, se establecen condiciones ambientales libres de obstáculos a gran escala y se prohíbe la discriminación por parte de quienes ejercen el poder público. Para hacer efectiva la igualdad de derechos entre mujeres y hombres es preciso tener en cuenta los problemas especiales de la mujer discapacitada y eliminar la discriminación existente (artículo 2 del BGG: La mujer discapacitada). Por otra parte, se aclara que en esta esfera es permisible hacer valer la igualdad de derechos de la mujer y eliminar de facto la discriminación existente.

Junio de 2002La Reforma de la Ley de protección de la maternidad (Mutterschutzgesetz) entró en vigor el 20 de junio de 2002. El período de protección de la maternidad es de por lo menos 14 semanas para todas las madres, es decir, incluso para las que dan a luz antes de lo previsto. Además se aclara que, para el cálculo de la licencia, se computan como horas de trabajo los períodos en que, de conformidad con la Ley de protección de la maternidad, está prohibido tener un empleo.

2.Otras medidas y hechos pertinentes en función de la política relativa a la igualdad de derechos (a partir de mayo de 1998)

Mayo de 1998Se presentó al Parlamento Federal de Alemania el segundo Informe del Gobierno federal sobre la proporción de mujeres en los principales organismos comprendidos en la esfera de competencia de la Federación (Zweiter Bericht der Bundesregierung über den Anteil von Frauen in wesentlichen Gremien im Einflussbereich des Bundes).

Junio de 1999Aprobación del programa “La mujer y el trabajo”. El programa “La mujer y el trabajo” del Gobierno federal comprende, entre otras medidas, la promoción del adelanto de la mujer en el sector empresarial privado y el otorgamiento de premios (por ejemplo, el sello de Calidad total E) a empresas ejemplares que los ganan estructurando el horario de trabajo, estableciendo guarderías infantiles, promoviendo el adelanto de la mujer o prestando servicios de verificación de cuentas de la familia y el trabajo. Se prepara el escenario para emprender actividades comerciales en pequeña escala, como por ejemplo el nuevo programa crediticio STARTGELD, del Banco de Equiparación de Alemania, cuyo objetivo es promover la iniciación empresarial de la mujer. Otras medidas sirven para ampliar el espectro de aplicaciones para las mujeres jóvenes, especialmente en el sector de la informática. Otro objetivo es mejorar el marco de conciliación entre la familia y el trabajo profesional para madres y padres, fomentando al mismo tiempo una nueva percepción del papel masculino. Esto comprende la flexibilización de la licencia para la crianza de los hijos y un incremento de los topes de los ingresos que habilitan para recibir prestaciones por la crianza de hijos. Esta enmienda legal va acompañada de una campaña dirigida a los padres.

Diciembre de 1999Con el Plan de Acción para combatir la violencia contra la mujer, el Gobierno nacional federal expuso por primera vez un amplio concepto integral de la lucha contra la violencia en todos los planos. El objetivo es lograr cambios estructurales a partir de la prevención, el trabajo con los agresores y la ampliación de las ofertas de la red de asistencia a las víctimas, con medidas tales como la Ley de protección de la mujer contra la violencia y la promoción de una mayor concienciación de la opinión pública. La “Ley de protección contra la violencia” simplifica el procedimiento de renuncia a la vivienda conyugal e impone a la pareja violenta la prohibición de ponerse en contacto con la víctima, acosarla o acercarse a ella. El Plan de acción intensifica la cooperación entre las instituciones estatales y los proyectos no gubernamentales, promoviendo el uso de una red nacional de ofertas de asistencia y, desde hace relativamente poco, el trabajo con los agresores.

Septiembre de 2000La Reforma del Reglamento colectivo (Gemeinsame Geschäftsordnung der Bundesministerien) fue aprobada el 1º de septiembre de 2000 (GMBI, pág. 526). Las normas se aplican a todos los Ministerios federales y estipulan que la igualdad entre mujeres y hombres debe ser el principio rector que oriente en general la interpretación del concepto de integración de las cuestiones de género. Las disposiciones legales y administrativas de la Federación se redactarán en el futuro utilizando expresiones neutras en materia de género.

Diciembre de 2000El Gobierno federal presentó al Parlamento Federal de Alemania el cuarto Informe sobre el adelanto de la m u jer en los servicios federales en el período examinado (1995-1998) y el proyecto de Ley relativa a la igualdad de oportunidades en la Administración Federal y los tribunales de la Federación.

Enero de 2001El 2 de enero de 2001, un total de 244 mujeres reclutas se incorporaron por primera vez en el servicio armado voluntario de las Fuerzas Armadas Federales. La apertura de las Fuerzas Armadas Federales al servicio armado voluntario de la mujer es nueva y, por lo tanto, constituye un desafío para las Fuerzas Armadas Federales, así como para las mujeres que han luchado por tener derecho a incorporarse en el servicio con armas.

Mayo de 2001Informe sobre las condiciones de salud de la mujer en Alemania. Toma de inventario de las distintas tendencias en Alemania oriental y occidental. Este informe, publicado por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, proporciona por primera vez datos y amplios conocimientos científicos sobre la salud de la mujer en la Federación, así como la descripción y el análisis de las diferencias de género y clase.

Julio de 2001El Gobierno federal llega a un Acuerdo sobre la promoción de la igualdad de oportunidades en la empresa privada con las asociaciones patronales nacionales de Alemania.

Mayo de 2002Informe sobre la situación laboral y los ingresos de las mujeres y los hombres. El Gobierno federal presentó al Parlamento Federal de Alemania un completo informe sobre los salarios y los ingresos de las mujeres y los hombres.

Mayo de 2002El “Tercer informe del Gobierno federal sobre la pr o porción de mujeres en los principales organismos de j u risdicción de la Federación” (Tercer informe de organismos) fue aprobado por el Gabinete federal. Muestra un ligero aumento de la proporción de mujeres en los organismos comprendidos en la esfera de competencia de la Federación. La Ley federal relativa a la igualdad de oportunidades en los servicios federales incrementó las posibilidades de la mujer de alcanzar puestos directivos. Esto aumenta a la vez las oportunidades de designar a más mujeres en organismos de alta categoría, habida cuenta de que los funcionarios de esos organismos ocupan sobre todo puestos directivos.

Junio de 2002Estudio sobre “El papel del padre en la familia”. El estudio investiga el papel de los padres en la evolución de la familia y llega a interesantes conclusiones sobre los preconceptos básicos de la paternidad y los factores que influyen en ellos.

3.Medidas adoptadas por los organismos de los Länder encargados de promover la igualdad

3.1.Eje del trabajo

a)Escuela, educación y capacitación

b)Vida laboral, adelanto profesional de la mujer

c)Armonización de la familia y el trabajo profesional

d)Reintegración en la vida laboral

e)Violencia contra mujeres y niñas

f)Mujeres extranjeras

g)La mujer en la ciencia y la investigación, investigaciones sobre la mujer

h)La seguridad social de las mujeres

i)Viviendas y planificación urbana, regional y del tráfico

j)Política municipal para la mujer

k)Adelanto de las niñas

l)Terminología jurídica

m)Organizaciones no gubernamentales femeninas

n)Salud

o)Lesbianas y gays

p)La mujer en las artes, la cultura y el deporte

q)La mujer con discapacidad

r)La mujer y los organismos

s)Las mujeres, los medios de comunicación masiva, las relaciones públicas y otras medidas

t)Integración de las cuestiones de género

3.2.Medidas y programas generales y particulares

(Esta lista no es exhaustiva. Abarca las medidas adoptadas entre 1998 y julio de 2002.) El resumen se ofrece en el orden alfabético de los Länder. Se enumeran medidas que algunos Länder están llevando a cabo.

a)Escuela, educación y capacitación

–Días de actividad de las niñas dedicados a su orientación profesional (Baja Sajonia, Berlín, Brandeburgo, Bremen, Hamburgo, Hesse)

–Integración de ideas centrales y contenidos arraigados en materia de igualdad de oportunidades en los planes de estudio básicos de las escuelas en todos los niveles y formas (Sajonia-Anhalt, Turingia)

–Proyectos escolares que tienen en cuenta el género en la “Campaña sobre la escuela de los medios de comunicación” (Baden-Württemberg)

–Publicación de un folleto titulado “Finalización de la capacitación – Asistencia financiera a las madres jóvenes para su capacitación profesional” (Berlín)

–Taller de empleo para muchachas (Berlín)

–Igualdad de derechos en la escuela – Informe bienal sobre las medidas encaminadas a reducir la discriminación de género en la escuela (Berlín)

–Mesa redonda sobre el tema de la igualdad de oportunidades para niñas y varones en la escuela (Berlín)

–Proyecto experimental titulado “Las niñas son mejores y los varones también”, para la solución de conflictos entre niñas y varones, como contribución a la promoción de la competencia social en las escuelas primarias (Berlín)

–Capacitación de niñas en clases dictadas para que se conviertan en expertas en sistemas electrónicos de computación y telecomunicaciones (Berlín)

–Resultados de la experiencia piloto de la Comisión de la Federación y los Länder para la Planificación de la educación y la promoción de la investigación titulado “Orientación profesional de las niñas y los varones – experiencia piloto para poner a prueba, desarrollar e instrumentar la capacitación orientada hacia el trabajo y con sensibilidad de género” (Brandeburgo)

–Estudio empírico titulado: Planificación de la vida en previsión. Varones y niñas de Brandeburgo entre los sistemas de capacitación y empleo (Brandeburgo)

–Material didáctico supratemático de formato escolar para los grados 7 a 11 (Brandeburgo)

–Manual de ejercicios prácticos: “Para que los niños sean fuertes. Modernización de los planes para varones” (Brandeburgo)

–Material relativo a la planificación de la profesión y la vida: División del trabajo en el Este y el Oeste después de 1945 (Brandeburgo)

–Conferencia especializada sobre coeducación “Todos en el mismo bote” (Bremen)

–Asesoramiento de las niñas en materia de orientación profesional (Bremen)

–Proyecto titulado “Orientación profesional de las niñas en el campo de la informática” (Bremen)

–Cursos de capacitación de jornada parcial para madres jóvenes (Bremen)

–Circunstancias que impulsan a las niñas a manejar computadoras y trabajar en los nuevos medios de comunicación (Bremen)

–Promoción de la competencia entre niñas y varones en la esfera de los medios de comunicación: “Aprendamos a hacer surf en la red” (Hamburgo)

–Folleto titulado “Las niñas pueden hacer de todo” para las alumnas y sus padres (Hamburgo)

–Promoción de una mayor participación de los padres en la orientación profesional escolar. Folleto titulado: “¡Por supuesto que los padres somos importantes!: ¿de qué manera? – Ayuda a los padres para que seleccionen (no sólo) la ocupación de sus hijas”; folleto dirigido a los maestros titulado: “Manual auxiliar para trabajar con los padres en el proceso de selección de (no sólo) la ocupación de sus hijas” (Hamburgo)

–Cursos de computación para alumnas del ciclo básico de la enseñanza secundaria en las vacaciones de otoño (desde 1999) (Hesse)

–Folleto informativo sobre ocupaciones vinculadas a la informática o al campo de la técnica para las muchachas que cursan estudios secundarios del ciclo básico o del ciclo superior (Hesse)

–Cofinanciación del CD-ROM “Joblab” para la orientación profesional de las niñas en esferas que no son típicamente femeninas (Hesse)

–Incorporación de la igualdad como función de la escuela en la Ley de Escuelas (Schulgesetz) (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Proyecto experimental titulado “Niñas y niños – adaptación y promoción de sus posibilidades particulares en la escuela”, con documentación y conferencias especializadas sobre el tema (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Exposición itinerante “Las ocupaciones son neutras en género”

•para orientar a las niñas en la elección de una ocupación

•para inducir a las niñas a que amplíen su espectro profesional

•para promover un debate decisivo sobre las “razones secretas de una carrera” y los factores económicos que influyen en las carreras (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Normas relativas a la participación y la orientación profesional especial de la mujer (promoción de criterios tales como el trabajo de jornada parcial, el reembolso de los gastos de la crianza de los hijos, etc.) (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Red de capacitación de la mujer (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Asistencia en el trabajo para desarrollar planes por etapas y adoptar providencias personales (Baja Sajonia)

–Primer informe del Gobierno del Land sobre la aplicación de la Ley relativa a la igualdad de derechos en la Baja Sajonia (Baja Sajonia)

–Preparación y difusión de material didáctico para contrarrestar los modelos de papeles tradicionales (Renania del Norte – Westfalia)

–Programa escolar para alumnas y alumnos en la esfera de la autoafirmación y la capacitación para resolver situaciones conflictivas

–Material informativo sobre el proyecto experimental titulado “Las muchachas que encuentran empleo” para el estudio de las carreras profesionales que se realiza en diversas escuelas (Renania del Norte – Westfalia)

–Examen del problema de la coeducación refleja en el marco de los proyectos de aprendizaje diferenciado por género de la ciencia de la computación (Renania del Norte – Westfalia)

–Proyecto Ada Lovelace para poner en funcionamiento una red de “Consejeras en los cursos de enseñanza de temas técnicos o de las ciencias naturales” (Renania – Palatinado)

–Proyecto Ada Lovelace, red de “Capacitación dual” (Renania – Palatinado)

–Taller de computación para niñas (desde 1998) (Renania Palatinado)

–Proyecto experimental titulado “Perspectivas para las niñas”, expansión del espectro de selección profesional de las niñas (Sarre)

–Semana de la computadora para las niñas de los grados 9 y 10 (Sarre)

–Proyecto experimental KOUS (Cooperación con las empresas como contribución al desarrollo de un plan de estudios en las escuelas) sobre orientación profesional, especialmente en relación con las niñas (Sarre)

–Conferencia mixta especializada titulada “Nueva cultura del aprendizaje” sobre el tema de la orientación profesional del proyecto experimental KOUS y del proyecto “Perspectivas para las niñas” (Sarre)

–“Direcciones de muchachas que reciben capacitación en la esfera del comercio y la técnica” para promover la colocación de quienes reciben formación profesional (Sajonia)

–Cursos de computación para niñas: “Las niñas se preparan con la computadora” (desde junio de 2000) (Sajonia)

–Promoción de medidas de apoyo a las muchachas y las mujeres jóvenes en el proceso de elección de una profesión (desde enero de 2002) (Sajonia)

–Proyectos de capacitación para madres solteras que reciben prestaciones de la seguridad social (Sajonia)

–Aplicación del plan de acción del Gobierno del Land sobre la “Promoción de las profesiones orientadas hacia el futuro entre las muchachas y las mujeres jóvenes” (Sajonia-Anhalt)

–Proyecto de Internet titulado “Profesiones orientadas hacia el futuro en Internet para las muchachas” (Sajonia-Anhalt)

–“Agenda para muchachas” (cuaderno de planificación del tiempo para ayudar a las muchachas a encontrar su vocación entre las carreras orientadas hacia el futuro) (Sajonia-Anhalt)

–Determinación del objetivo de los “Principios de acción para subvencionar proyectos relacionados con el establecimiento de redes de capacitación” para que mujeres y niñas puedan recibir en su domicilio especial apoyo en la esfera de su formación profesional (Sajonia-Anhalt)

–Cursos de computación y de Internet para mujeres y niñas, especialmente en las zonas rurales (Proyecto “CiberReina móvil”) (Sajonia-Anhalt)

–Folleto titulado “Conflictos-agresión-prevención de la violencia y forma de abordar la cuestión constructivamente” (Principios y sugerencias para el trabajo práctico en las escuelas) y continuación del folleto titulado “Movimiento en la escuela” (Sajonia-Anhalt)

–Aplicación de un concepto del Gobierno del Land sobre la “Igualdad de oportunidades para niñas y varones en las escuelas” (Sajonia-Anhalt)

–Comisionados para la igualdad designados en escuelas estatales y comisionados voluntarios para la igualdad elegidos en las escuelas (Sajonia-Anhalt)

–Plan de estudios para las escuelas primarias y secundarias “Aptas y fuertes para la vida” (Desarrollo de la personalidad en función del género) (Sajonia-Anhalt)

–Folletos titulados “Igualdad de derechos para niñas y varones, mujeres y hombres en los textos escolares del Land de Sajonia-Anhalt”, “Escuela, género, futuro profesional – adquisición de conciencia de género como piedra angular de la planificación de la vida y la orientación profesional en función de la igualdad de derechos” e “Igualdad de oportunidades para niñas y varones en las escuelas de Sajonia-Anhalt” (Sajonia-Anhalt)

–Preparación de material didáctico y otorgamiento de certificados de aprendizaje para contrarrestar los preconceptos sobre papeles tradicionales (Sajonia-Anhalt)

–Puesta en marcha del proyecto titulado “Mujeres y hombres como personas que cultivan las bellas artes en las escuelas” (Sajonia-Anhalt)

–Adjudicación anual de un premio del Land para promover la igualdad de oportunidades para niñas y mujeres en las escuelas (Sajonia-Anhalt)

–Varios proyectos en el marco de la iniciativa titulada “On line – es el turno de la mujer” (Schleswig-Holstein)

–Estudio adjunto sobre la instrumentación de la se mana de la computación para las alumnas (Schleswig-Holstein)

–Exposición de material informativo sobre las profesiones relacionadas con la informática para las niñas (Schleswig-Holstein)

–Serie de capacitación permanente para “síndicos” (de conformidad con la Ley de Turingia relativa a la igualdad [ThürGleichG]) en las escuelas de Turingia con el propósito de despertar conciencia sobre el tema de la igualdad y su aplicación en la enseñanza (Turingia)

–Inclusión del criterio de “aspectos de igualdad” en la lista de los criterios a los cuales se debe ajustar la aprobación de los textos escolares (Turingia)

–Proyecto sobre la orientación profesional de las niñas hacia ocupaciones comerciales y técnicas y estudios científicos y técnicos: Calendario “Oportunidades profesionales para las niñas” (desde 1999), ahora en su tercera edición (Turingia)

–Exposición “Mujer y empresa – es más fructífero que vayan juntas”: día de la información profesional para el alumnado (2000) (Turingia)

b)Vida laboral, adelanto profesional de la mujer

–Presentación periódica de informes sobre la aplicación y la eficacia de la Ley relativa a la Igualdad y la Ordenanza para el Adelanto de la Mujer, ambas del Land, teniendo especialmente en cuenta las condiciones de empleo de la mujer en la administración del Land (Berlín, Brandeburgo, Hamburgo, Hesse)

–Concurso titulado “Empresa cordial con la mujer” (Brandeburgo, Bremen, Renania del Norte – Westfalia, Sajonia-Anhalt, Turingia)

–Promoción de las oficinas de asesoramiento de “La mujer y el trabajo” (Baden-Wüttemberg, Brandeburgo, Hesse, Sajonia-Anhalt, Sarre, Schleswig-Holstein)

–Foro para la financiación de la mujer empresaria, donde se proporciona información y asesoramiento a las mujeres que inician una actividad empresarial o ya tienen una empresa y se les ofrece la oportunidad de ponerse en contacto con otras mujeres del mundo empresarial (Baden-Württemberg, Berlín, Bremen, Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Foro de informática para la mujer: información sobre las oportunidades profesionales para la mujer en el sector de la informática (Baden-Württemberg, Brandeburgo)

–Comisionados para los asuntos de la mujer en la esfera de aplicación de la Ley del Land relativa a la Igualdad (Sarre, Schleswig-Holstein)

–Proyecto experimental sobre “Puestos directivos de jornada parcial (Renania – Palatinado, Sarre)

–Concurso del Land en 2000 y 2002: “Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en las empresas” (Baden-Württemberg)

–Foro de la mujer: La mujer en las empresas – una oportunidad para innovar en la economía (Baden-Württemberg)

–Folleto titulado “La mujer en los medios audiovisuales y las profesiones vinculadas con la informática” (Baden-Württemberg)

–Ofertas especiales de apoyo a la mujer en el marco de la iniciativa de Baden-Württemberg relativa a la iniciación de actividades empresariales

–Foro de mujeres empresarias (Baden-Württemberg)

–Estudio de los típicos problemas de género en la sucesión de las empresas pequeñas y medianas (programa de promoción de las investigaciones sobre asuntos de la mujer) (Baden-Württemberg)

–Iniciativa para asesorar con mentores a las mujeres propuesta por el comisionado para asuntos de la mujer del Gobierno del Land con objeto de incrementar la representación femenina en los puestos directivos y proyecto titulado “Promoción del adelanto de la mujer mediante su asesoramiento por mentores” (Baden-Württemberg)

–Instrumento de trabajo para hacer cumplir los artículos 16 a 19 de la Ley bávara relativa a la Igualdad

–Activación de los conocimientos adquiridos por propia experiencia por mujeres gerentes y especialistas experimentadas de la Red de Asesoramiento Experto (Berlín)

–Instrumentación de medidas encaminadas a abrir nuevos campos de ocupación y de empleo, en particular en la esfera de las nuevas tecnologías, con miras a la diversificación del espectro profesional (Berlín)

–Ampliación de las oportunidades de competir que se ofrecen a la mujer en el mercado de trabajo mediante la adopción de medidas orientadas hacia el futuro e innovadoras con miras al desarrollo de aptitudes que se adapten a los cambios estructurales producidos en la economía (Berlín)

–Establecimiento de un “Consejo asesor en cuestiones de género para acompañar las intervenciones del Fondo Estructural Europeo en el Land de Berlín” con objeto de crear, además de academias, una tribuna de debate entre las ONG, la Administración y los agentes que participan en la política del mercado laboral (Berlín)

–Reforma de la Ley del Land de Berlín relativa a la Igualdad (LGG), de 2001. Emisión de la Ordenanza sobre información estadística y análisis de la estructura del empleo y sobre los nombramientos en organismos para el Informe sobre la aplicación de la Ley del Land relativa a la Igualdad (Ordenanza relativa al informe sobre la igualdad – GleiBV) (Berlín)

–Enlace de los proyectos experimentales para la mujer con las ofertas de asesoramiento en materia de artesanía y establecimiento de un centro de competencia para “La mujer y la artesanía” (Berlín)

–Publicación del folleto para empresas pequeñas y medianas “Triunfo de la mujer en la competencia y en el futuro. Realización práctica del adelanto de la mujer en Berlín” (Berlín)

–Comité interministerial para la Igualdad entre mujeres y hombres, presidido por un representante del Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, Salud y la Mujer. Miembros: comisionados para la igualdad nombrados por las más altas autoridades del Land y otros comisionados para la igualdad interesados. Idea central: aplicación de la Ley del Land relativa a la Igualdad en la administración pública del Land (Brandeburgo)

–Conferencia especializada sobre el tema “Cinco años de la Ley del Land de Brandeburgo relativa a la Igualdad en el Land”, con documentación (publicada en diciembre de 1999) (Brandeburgo)

–Investigación de la experiencia adquirida en materia de adelanto de la mujer en empresas seleccionadas del Land de Brandeburgo – Folleto titulado “Se prefieren las licitaciones propicias para la mujer – Cuando los contratos públicos se vinculan con el empleo de la mujer” (publicado en 2001 por el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, Salud y la Mujer del Land de Brandeburgo) (Brandeburgo)

–Asesoramiento con mentores – “Iniciativa del Land de Brandeburgo – Fructífera combinación de un mayor número de mujeres en cargos directivos” (Brandeburgo)

–Estudio de factibilidad: integración de las cuestiones de género en la promoción estructural del Land de Brandeburgo (Brandeburgo)

–Proyectos experimentales “Quirl” y “Mobs” en el sector de servicios (Bremen)

–Creación de una red de asesoramiento para la mujer (Bremen)

–Curso y serie de seminarios titulados “La mujer orienta sus esfuerzos hacia un objetivo y logra éxito” (Bremen)

–Cursos en Internet para mujeres que promueven la multiplicación (Bremen)

–Folleto informativo sobre la situación de la mujer en el mercado de trabajo (Bremen)

–Folleto informativo sobre el empleo de jornada parcial para las personas que se acercan a la edad de jubilarse (Bremen)

–women@work – Intercambio de contactos en congresos y empresas (Hamburgo)

–“Digitelle – Foro de los nuevos medios de comunicación para la mujer” (Hamburgo)

–Curso de Internet para mujeres de edad avanzada dictado en colaboración con el Departamento de Ciencias de la Educación de la Universidad (Hamburgo)

–Estudio titulado “La mujer en las ocupaciones con orientación de futuro – Oportunidad en los medios audiovisuales” (2002) (Hamburgo)

–Estudio titulado “Las mujeres como fundadoras de empresas” (Hamburgo)

–Folleto titulado “Interrupción del trabajo y reintegración en el empleo” (Hesse)

–Programa para promover la iniciación de actividades empresariales por parte de la mujer (exposiciones para empresarias, asesoramiento y orientación por mentores de las mujeres que ponen empresas en funcionamiento) (Hesse)

–Actualización de la Ley de Hesse relativa a la Igualdad de derechos, de 2002 – inclusión de los elementos del nuevo control administrativo y la formación del personal (Hesse)

–Concurso titulado “La empresa del año por su cordialidad hacia la familia” (Hesse)

–Esfera de la información y la tecnología – Ofertas de educación y adiestramiento para la mujer (Hesse)

–Proyecto experimental para los empleados en uso de la licencia de los padres (Hesse)

–Folleto con información sobre las nuevas ocupaciones relacionadas con la informática (Hesse)

–Lanzamiento de la iniciativa del Land titulada “Dirección y responsabilidad – futura cooperación para la incorporación de la mujer en el mundo empresarial, de la política y de la administración”. La iniciativa es una tribuna de debate y procura aumentar de manera considerable la proporción de mujeres en puestos directivos (Hesse)

–Ley relativa a la Igualdad entre mujeres y hombres en la administración pública del Land de Mecklemburgo – Pomerania occidental, de 27 de julio de 1998

•comisionados para la igualdad en todas las dependencias en que se elige un consejo del personal

•promoción de planes para la mujer en la administración pública

•reglamentación del voto relacionado con el rendimiento en sectores donde la representación de la mujer es baja

•presentación de informes sobre la aplicación de la Ley relativa a la Igualdad

•prohibición del empleo insignificante en la administración pública

•prohibición de discriminar contra las personas que trabajan a jornada parcial o gozan de licencia para criar a los hijos (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Planes de promoción de la igualdad entre los empleados de organismos municipales (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Asociaciones regionales como representantes de intereses para mejorar la situación de la mujer en el mercado de trabajo y promover el desarrollo estructural (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

FemiNet – Internet móvil para la mujer de las zonas rurales con objeto de inducirla a aprovechar la tecnología de la información y las comunicaciones para ampliar sus oportunidades profesionales (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Programa de préstamos para las mujeres que ponen en funcionamiento empresas (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Folleto titulado “Establecimiento de centros para mujeres empresarias” (Baja Sajonia)

–Directriz relativa al otorgamiento de subsidios para promover la integración de la mujer en el mercado de trabajo “FIFA” (Baja Sajonia)

–Ley del Land relativa a la Igualdad en los servicios públicos (1999) y diversas medidas para instrumentarla (Renania del Norte – Westfalia)

–Informe final de la investigación titulada “Asociaciones de servicios en Renania del Norte – Westfalia – La ayuda doméstica como servicio profesional” (Renania del Norte – Westfalia)

–Proyecto experimental para implantar en las empresas el trabajo en equipo de trabajadores no calificados y semicalificados (en relación con la integración de las cuestiones de género) (Renania del Norte – Westfalia)

–Programa titulado “Apertura de nuevos nichos de trabajo para la mujer en el campo de la tecnología y la industria artesanal” (Renania del Norte – Westfalia)

–Varias medidas para promover el adelanto de la mujer en la sociedad de la información:

•cafetería móvil en Internet, la “Ruta No. 1”, para mujeres y niñas de zonas rurales y ciudades pequeñas (desde 1999)

•reunión de expertos: “Las mujeres en empleos con futuro” (1999)

•proyecto experimental para aumentar la proporción de mujeres que se capacitan con objeto de trabajar en el campo de la informática

•establecimiento de una plataforma de información y comunicación de y para la mujer en Renania del Norte – Westfalia en Internet: www.frauennrw.de (desde 2001) (Renania del Norte – Westfalia)

–Estudio sobre “La mujer en tecnologías clave” (publicado en 2001) (Renania del Norte – Westfalia)

–Varias medidas para la promoción de las mujeres empresarias:

•promoción de la fundación de empresas por mujeres mediante directrices para otorgar préstamos especiales a mujeres

•promoción de ofertas de educación, enlace y asesoramiento a las mujeres empresarias

•portal de Internet para las mujeres que emprenden actividades empresariales o ya tienen una empresa (Renania del Norte – Westfalia)

–Asociación de expertos en el tema “Promoción de la mujer en la propia empresa” (en Internet) (Renania del Norte – Westfalia)

–Dependencias regionales de “La mujer y el trabajo” (en expansión desde 1988; en 2002 había 47 dependencias en 52 localidades) (Renania del Norte – Westfalia)

–Varias medidas para la promoción de las mujeres en cargos directivos, como por ejemplo:

•investigación bibliográfica sobre el tema de “asesoramiento por mentores”

•proyecto de asesoramiento por mentores para mujeres jóvenes que procuran su adelanto

•proyecto experimental titulado “Igualdad de oportunidades para la mujer en la esfera de los cargos directivos” (Renania del Norte – Westfalia)

–Concurso entre varios Ministerios del Land de Renania – Palatinado en materia de “promoción de la mujer y la presupuestación” (Renania – Palatinado)

–“Empresa de servicios FRIDS”: empleo y cualificación en regiones estructuralmente pobres (Renania – Palatinado)

–“Empresas de mujeres Zweibrücken”: empleo y desarrollo de las aptitudes de las personas desempleadas durante largo tiempo y mujeres beneficiarias de prestaciones de la asistencia social (Renania – Palatinado)

–“La mujer y la informática” – Desarrollo de las aptitudes de las personas desempleadas durante largo tiempo y empleo para la mujer en la esfera de la informática (Renania – Palatinado)

–Disposición administrativa de la Ley de Renania – Palatinado relativa a la Igualdad (Renania – Palatinado)

–Red de comisionados oficiales para la igualdad (archivo de direcciones, página de inicio en construcción) (Renania – Palatinado)

–“Igualdad en el trabajo”: estudios adicionales acreditados por comisionados para la igualdad (Renania – Palatinado)

–Puesta en marcha de un proyecto para asesorar a la mujer titulado “Los mentores en la administración” (Renania – Palatinado)

–Mayor flexibilización de las horas de trabajo en las servicios administrativos del Land (Sarre)

–Seminarios, reuniones informativas, reuniones periódicas de mujeres empresarias y bases de datos de mujeres empresarias para las mujeres que emprenden actividades empresariales en Sarre (on line: Centro para la fundación de empresas del Ministerio de Economía del Land) (Sarre)

–Proyecto experimental: “Promoción de la igualdad de oportunidades en las empresas sajonas” (Sajonia)

–Folleto titulado “Igualdad de oportunidades en la empresa – guía práctica sobre los ascensos de mujeres y hombres” (Sajonia)

–Directriz relativa a la promoción y el desarrollo de las zonas rurales en Sajonia- Anhalt (Sajonia-Anhalt)

–Promoción de la creación de empleos de gran valor para las mujeres en el marco de la tarea común de “mejorar la estructura económica de la región” (Sajonia-Anhalt)

–Promoción del proyecto “Iniciativas de empleo para la mujer de las zonas rurales” (Sajonia-Anhalt)

–Asistencia adicional a los padres (solteros) – desarrollo de las aptitudes de los hombres y las mujeres que emprenden actividades empresariales, asistencia para la contratación de padres solteros en empleos de jornada completa (Sajonia-Anhalt)

–Adjudicación de un logotipo como complemento del premio que se otorga en el concurso del Land “Empresa cordial con la mujer”. El otorgamiento del premio habilita a la empresa para utilizar el logotipo en la comercialización de sus productos y en los avisos publicitarios (Sajonia-Anhalt)

–Proyecto titulado “Centro rural para las mujeres que inician una actividad empresarial en Altmark (Sajonia-Anhalt)

–Cuestionarios y tribunas sobre los temas de la “Imagen de las mujeres temporeras” y la “Imagen de las mujeres empresarias en la industria artesanal” (Sajonia-Anhalt)

–Promoción de un proyecto de asesoramiento por mentores de las graduadas universitarias y las mujeres que empiezan su carrera: “Las mujeres en cargos directivos” (Sajonia-Anhalt)

–Concurso sobre la igualdad de oportunidades durante la formación del personal: “Toda mujer merece su oportunidad. ¿También en su empresa? “ (Schleswig-Holstein)

–Proyecto experimental “Intercambio de servicios – iniciación de actividades empresariales y nuevas oportunidades de empleo (a jornada parcial) para la mujer en sectores de los servicios con una estructura deficiente” (Schleswig-Holstein)

–Iniciativa “Es el turno de la mujer – on line” (Schleswig-Holstein)

–Cafetería móvil en Internet para la mujer de las zonas rurales (Schleswig-Holstein)

–Teleadiestramiento de la mujer que inicia una actividad empresarial (Schleswig-Holstein)

–Asociación de la adjudicación de contratos públicos con el adelanto de la mujer (Brandeburgo, Schleswig-Holstein)

–Ley de Turingia relativa a la Igualdad (noviembre de 1998) (Turingia)

–Proyecto experimental titulado “SELF – La mujer rural determina el desarrollo estructural de las regiones rurales”, dirigido por la Asociación Alemana de Mujeres Rurales (Turingia)

–Estudio del tema “Maneras de crear puestos de trabajo y empleo ofreciendo servicios en las zonas rurales” (Turingia)

–Promoción del proyecto “Desarrollo de las aptitudes de los beneficiarios de prestaciones de la asistencia social y las trabajadoras no calificadas” (Turingia)

–Grupo de trabajo sobre “La mujer y la política del mercado laboral” (Turingia)

–Promoción de centros de tecnología para la mujer (Turingia)

–Apoyo al tenor del proyecto titulado “Padres solteros: riesgos y oportunidades en el mercado laboral – cambios de los modos y formas de vida” (Turingia)

–Encuesta sobre cuestiones de género y aprovechamiento de los datos relativos al mercado laboral (Turingia)

–Estudio por encargo sobre el tema: “La mujer en la agricultura de Turingia – Situación, funciones, condición jurídica y social” (Turingia)

–Publicación periódica titulada “Akteur” (Protagonista) del Ministerio de Economía, Trabajo e Infraestructura de Turingia y del Fondo Social Europeo (FSE), con una columna dedicada a la política relativa a la mujer, que también se denomina “Akteur” (Turingia)

–“Base BBT”, programa de cauciones de la Caja de Seguros para Pequeños Empresarios (Turingia)

–Reuniones periódicas de mujeres empresarias: Programa de intercambio y enlace (Turingia)

c)Armonización de la familia y el trabajo profesional

–Ampliación de las ofertas del cuidado que requieren los niños de todos los grupos de edad

•Nuevas plazas para los niños de todos los grupos de edad por conversión o redistribución

•Ampliación de las ofertas de cuidado diurno para los escolares gracias a la cooperación entre la asistencia a los menores y las escuelas (Bavaria, Renania del Norte – Westfalia, Sarre)

–Estudio (programa de fomento de la investigación sobre asuntos de la mujer) acerca del teletrabajo – oportunidades para una mejor integración del trabajo profesional y la familia (Baden-Württemberg)

–Escuelas primarias fiables – Cuidado de los alumnos por espacio de hasta cinco horas y media por mañana (Baden-Württemberg)

–Iniciativa para una dirección del personal cordial para con la familia (Baden-Württemberg)

–Conferencia especializada titulada “La familia y el trabajo voluntario como características de la cualificación” para expertos en personal (Baden-Württemberg)

–Hojas informativas para que los miembros de la dirección del personal y los candidatos tengan en cuenta los principales títulos y méritos adquiridos fuera de la labor profesional (por ejemplo, durante su trabajo en la familia y como voluntarios) al adoptar las decisiones pertinentes (Baden-Württemberg)

–Capacitación permanente para evaluar los títulos y méritos principales “Entrevista probable – instrumentos y métodos para evaluar la capacidad potencial” (Baden-Württemberg)

–Conferencia especializada titulada “La dirección por consenso de la familia”, que se celebró en Lindau en 2001 (Bavaria)

–Apertura de jardines de infancia para niños de menos de tres años y de edad escolar (Bavaria)

–Promoción del cuidado de los niños con la autoayuda familiar (Bavaria)

–Instrumentación de un proyecto experimental para promover el cuidado diurno de los niños (Bavaria)

–Aplicación de un proyecto conjunto del Land y la Asociación de la Industria Metalúrgica y Electrotécnica para aumentar el número de plazas en las guarderías infantiles (Bavaria)

–Derecho consagrado en la Ley bávara de la Administración pública a trabajar a jornada parcial menos de la mitad de las horas de trabajo habituales (hasta la cuarta parte de las horas de trabajo normales) por razones familiares, a menos que se opongan a ello razones operativas (Bavaria)

–Adaptación de las normas vigentes en Bavaria en materia de guarda de niños a las competencias de la familia (Bavaria)

–Ordenanza relativa al adelanto de la mujer y a la conciliación entre el trabajo profesional y la familia en la adjudicación de los contratos públicos (Ordenanza relativa al adelanto de la mujer – FFV) de 23 de agosto de 1999 (Berlín)

–Competencia de ideas: “Oportunidades para la familia y el trabajo profesional – promoción de iniciativas para conciliar los deberes de la familia con el trabajo profesional (Brandeburgo)

–Acto para examinar la armonización de la familia con el trabajo profesional en comparación con Europa (Bremen)

–Instrumentos que ayudan a los jefes de dependencias a establecer planes para el ascenso de las mujeres en la administración pública (Bremen)

–Folleto informativo para la mujer que se reincorpora en su puesto de trabajo (Bremen)

–Prospecto explicativo titulado “Modelos de jornada parcial en los hospitales” (Bremen)

–Actos de reafirmación del derecho a trabajar a jornada parcial – licencia por crianza de los hijos/licencia de los padres (Bremen)

–Hoja informativa y campaña de asesoramiento telefónico para la mujer que se reincorpora en su puesto de trabajo (Bremen)

–Acto denominado “Los padres y los quehaceres hogareños” con una exposición en que se enumeran ejemplos de las “mejores prácticas” de modelos de horas de trabajo compatibles con la vida de familia (Hamburgo)

–Planificación de propuestas especiales relativas a la familia y la labor educativa de los padres en el marco de la educación para adultos impartida en escuelas de padres (Hamburgo)

–Reconocimiento fiscal, en los empleos remunerados, de la necesidad de criar a los hijos y de los gastos que su crianza ocasiona (Hesse)

–Desarrollo de las aptitudes de los padres durante la licencia para criar a los hijos (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Promoción de proyectos en las empresas que, entre otras cosas, procuran tener en cuenta las obligaciones de familia en el horario de trabajo (Renania del Norte – Westfalia)

–Normas de orientación sobre el teletrabajo para las empresas y sus empleados (Renania del Norte – Westfalia)

–Información (folletos, presentaciones en Internet) dirigida a madres y padres y especialmente a estos últimos sobre sus posibilidades de encontrar apoyo en las empresas y en los servicios públicos (Renania del Norte – Westfalia)

–Medidas tendientes a despertar conciencia en el marco de la campaña dirigida a los padres (incluso con tarjetas postales) (Renania del Norte – Westfalia)

–Establecimiento de escuelas diurnas (Renania – Palatinado)

–Trabajo a jornada parcial, incluso en puestos directivos (Sarre)

–Proyecto: El trabajo a jornada parcial del hombre que ocupa un cargo directivo (Schleswig-Holstein)

–Modelo de guarda de los niños de Turingia: asistencia del Land a la educación; derecho jurídico a una plaza en la guardería y el jardín de infantes (Turingia)

d)Reintegración en la vida laboral

–Proyecto experimental denominado “KOBRA” (cualificación de quienes dejan la prostitución para trabajar en una actividad remunerada) (Baviera)

–Dependencia especializada en puestos de trabajo compartidos: colocación y desarrollo de aptitudes de los equipos que comparten puestos de trabajo (Bavaria)

–“Iniciativa de los centros femeninos del Land de Brandeburgo – La mujer y la informática”: mujeres capacitadas para trabajar en WWW.

–Proyecto experimental titulado “La mujer que vuelve a trabajar – en un horario flexible que tiene en cuenta sus obligaciones de familia” auspiciado por el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, Salud y la Mujer de Brandeburgo, en cooperación con la Oficina de Empleo de Neuruppin y la Cámara de Industria y Comercio de Frankfurt del Oder (Brandeburgo)

–Folleto sobre el adelanto de la mujer que se reincorpora en su puesto de trabajo (Bremen)

–Plan de promoción en la Unión Europea de la licencia de la mujer para que críe a sus hijos (educación permanente en módulos) (Bremen)

–Directriz y programa de promoción con numerosas medidas con respecto a la educación permanente de la mujer que se reincorpora en su puesto de trabajo (Bremen)

–Cursos de orientación para mujeres que no tienen un empleo remunerado (Hesse)

–Ofertas especiales de asesoramiento de las oficinas regionales de “La mujer y el trabajo” (Renania del Norte – Westfalia)

–Política de mercado laboral: “Programa para la incorporación o la reincorporación de la mujer en la vida laboral”; seminarios de orientación para las mujeres que se reincorporan en su puesto de trabajo (Renania – Palatinado)

–Medidas de orientación y para el desarrollo de aptitudes de los padres solteros que reciben prestaciones de la seguridad social (Renania – Palatinado)

–Organismos de asesoramiento de la mujer que se reincorpora en su puesto de trabajo (Renania – Palatinado)

–Programa “De vuelta al trabajo” – Cursos para la reincorporación de la mujer y el hombre en el trabajo profesional después de la etapa dedicada a la familia (Sajonia)

–Índices de ascensos más altos para la mujer en los programas generales (desarrollo de aptitudes con medidas de promoción pública del mercado laboral, medidas encaminadas a desarrollar aptitudes e impulsar la integración con arreglo al programa marco para la integración profesional de los beneficiarios de prestaciones sociales, promoción de centros de capacitación, directriz SAM) (Sajonia-Anhalt)

–Programa para el grupo destinatario “mujeres” (asistencia integral para que las mujeres desempleadas de más de 45 años de edad trabajen a jornada completa, organismos regionales de coordinación “rosados”, “CiberReina móvil”) (Sajonia-Anhalt)

–Determinación de las mujeres como grupo destinatario en todos los programas de promoción de la política de mercado laboral (Turingia)

–Programa “de 50 en adelante” (índices de promoción más altos para el empleo de mujeres de más de 50 años) (Turingia)

–Promoción de los centros de orientación profesional (Turingia)

e)Violencia contra mujeres y niñas

–Cotejo de datos estadísticos sobre “violencia en el hogar” con intervención policial (Berlín, Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Actos relacionados con el tema de la Ley de Protección contra la violencia (Bremen, Hamburgo)

–Experimentación piloto con el traslado de personas en casos de violencia en el hogar (Baden-Württemberg)

–Implantación en todo el Land del procedimiento de traslado y folleto sobre dicho procedimiento (Baden-Württemberg)

–Folleto informativo titulado “Violencia contra la mujer” (Baden-Württemberg)

–Anuncio del Comisionado para Asuntos de la Mujer del Gobierno del Estado de Baviera: “Principios relativos a la protección de las trabajadoras contra el acoso sexual en el lugar de trabajo” (Baviera)

–Proyecto experimental “Cooperación entre la policía y el servicio social para la juventud” (idea central: desarrollo de estrategias para aplicar la Ley de protección contra la violencia que se proyecta dictar) (Baviera)

–Proyecto experimental “Protección de los testigos” (Baviera)

–Conferencia de expertos en el trabajo con hombres violentos (Baviera)

–Proyecto de mediación S.I.G.N.A.L. – Proyecto de mediación en casos de violencia contra la mujer en el Centro Médico Universitario Benjamin Franklin (Berlín)

–Folleto titulado: Información para médicos sobre la violencia contra la mujer – Cuando las pacientes resultan afectadas por la violencia (Berlín)

–Promoción de seis refugios para mujeres, cuatro centros de asesoramiento y 43 refugios (Berlín)

–Promoción de un centro de asesoramiento y atención de situaciones de crisis para mujeres y niñas afectadas por la violencia sexual (Berlín)

–Promoción del proyecto berlinés de mediación contra la violencia en el hogar como proyecto experimental en colaboración con el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud (Berlín)

–Adopción del “Plan de acción berlinés sobre la lucha contra la violencia en el hogar” (marzo de 2002) (Berlín)

–Conferencia de expertos y documentación tituladas “Mediación en la violencia en el hogar” (Berlín)

–Taller sobre “Violencia sexual” (Berlín)

–Campaña titulada “Juntos contra la violencia masculina” (Berlín)

–Modelo para una mejor cooperación y coordinación de las medidas para combatir la violencia en el hogar a escala de distrito (Berlín)

–Plan de acción a favor de las mujeres sin techo: exposición de recomendaciones (Berlín)

–Salas para testigos, asistencia y acompañamiento a los testigos en el tribunal local de Tiergarten y en el tribunal regional de Berlín (Berlín)

–Promoción de la construcción en Berlín de un organismo de mediación en casos de violencia en el hogar (Berlín)

–Planificación de la construcción de un albergue para que las mujeres sin techo puedan pasar como mínimo una noche (Berlín)

–Promoción de Donna Castella (asignación de vivienda para las mujeres afectadas por la violencia en el segmento del mercado protegido) (Berlín)

–Plan experimental para que la policía se encargue de sacar al agresor de su vivienda. Proyecto de ley de reforma de la Ley general de mantenimiento de la seguridad y el orden en que se contempla la posibilidad de que la policía se encargue de sacar al agresor de su vivienda por un período de hasta 14 días (Berlín)

–Directriz para la policía del Land cuando se recurre a ella en casos de violencia en el hogar y cuando después actúa (Berlín)

–Entrega de formularios para solicitar del fuero civil la emisión de una orden de protección con arreglo a la Ley de Protección contra la violencia (Berlín)

–Plan de acción del Land para combatir la violencia contra la mujer (Brandeburgo)

–Promoción de 25 refugios para mujeres a fin de garantizar básicamente su provisión global (Brandeburgo)

–Folleto titulado “¿Qué es el abuso sexual?” (Bremen)

–Capacitación permanente en materia de violencia sexual contra niños para el personal femenino de los jardines de infancia (Bremen)

–Lista de medidas del Senado de Bremen para abordar en las oficinas públicas y los organismos administrativos el problema de la violencia en el hogar protagonizada por un miembro de la familia (Bremen)

–Planificación e instrumentación de una campaña contra la “Violencia en el hogar protagonizada por un miembro de la familia” en la ciudad de Bremerhaven (Bremen)

–Ampliación promovida por dos abogadas del departamento especial que desde 1984 funciona en la sede del Ministerio Público se encarga de los casos de violencia sexual y otras formas de violencia (Bremen)

–Establecimiento de una central de emergencia para llamar a la policía durante las 24 horas de los siete días de la semana (Bremen)

–Proyecto experimental titulado “Arreglo entre el agresor y la víctima en caso de violencia conyugal” (Hamburgo)

–Proyecto de investigación de las actividades desarrolladas titulado “Conducta para solucionar conflictos entre varones y niñas en los jardines de infancia” (Hamburgo)

–Conferencia especializada titulada “¿Cuál es el género de la violencia? La prevención de la violencia en la época de la integración de las cuestiones de género” (Hamburgo)

–Establecimiento de un grupo de trabajo del Land para que aborde la cuestión de la violencia en el hogar y formule recomendaciones al Gobierno del Land con respecto a la adopción de un plan de acción en el Land combinado con las actividades regionales; hasta 2002 se prestó particular atención a los efectos de la violencia en el hogar sobre los niños, a los problemas derivados de la aplicación de la Ley de Protección contra la violencia y a los cambios de la práctica policial (Hesse)

–Seminario de trabajo titulado “Requisitos legales de la documentación de las consecuencias de la violencia contra la mujer en la salud de ésta” para médicos y servicios de tratamiento prolongado (Hesse)

–Directriz para la policía que comprende recomendaciones sobre la conducta de la fuerza policial en la lucha contra la violencia en el hogar; a fines de 2001 la policía empieza a recopilar datos estadísticos de casos de violencia en el hogar para su comparación posterior, se adoptan numerosas medidas con miras a la capacitación básica y permanente del personal policial en la esfera de la violencia en el hogar y se informa a la policía de la nueva situación legal en el fuero civil de conformidad con la Ley de protección contra la violencia (Gewaltschutzgesetz) (Hesse)

–Inclusión en la Ley del Land sobre mantenimiento de la seguridad y el orden de una disposición especial sobre el procedimiento policial para trasladar a una persona en caso de violencia en el hogar (Hesse)

–Seguridad de disponer de oficiales mujeres para intervenir de inmediato en casos de violencia en el hogar e investigarlos posteriormente (Hesse)

–Se crean departamentos especiales para interponer acciones judiciales ante delitos penales contra la libre determinación sexual y en ciertos casos de violencia en el hogar en las oficinas del ministerio público de los tribunales locales y otros tribunales (Hesse)

–Provisión global de servicios básicos mediante la promoción de 34 refugios para mujeres, 12 centros de atención de llamadas de emergencia y asesoramiento para la mujer y otra oficina de coordinación de los antedichos centros (Hesse)

–Detección de la violencia como parte del reconocimiento médico sistemático de la mujer expuesta a la violencia. Establecimiento de una cooperación eficaz entre los servicios de atención de salud y los de asistencia propiamente dicha (Hesse)

–Departamentos dedicados especialmente a la violencia en el hogar en las oficinas del ministerio público (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Atención prioritaria al traslado de las mujeres alojadas en refugios a viviendas subvencionadas por el ayuntamiento (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Fundamento del derecho de la policía a trasladar a una persona por espacio de 14 días como máximo en el marco del sistema de mantenimiento de la seguridad y el orden (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Cuatro organismos de mediación que coordinan su labor con las oficinas de mediación estatales (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Directriz para la policía del Land cuando se ocupa de los casos de violencia en el hogar (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Seis salas para testigos en los cuatro tribunales regionales y los dos tribunales locales (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Mayor expansión de la infraestructura de la provisión global de servicios básicos mediante la promoción de otros cinco organismos de asesoramiento para la mujer (54 en total en el año 2002) (Renania del Norte – Westfalia)

–Informe del Gobierno del Land sobre las medidas e iniciativas del Gobierno del Land: se prevé continuarlo en 2004 (Renania del Norte – Westfalia)

–Mesa redonda sobre el combate de la violencia contra la mujer con representantes de los Ministerios de Interior, Justicia y Trabajo, Asuntos Sociales y la Mujer, de proyectos autónomos relativos a la mujer, del grupo de trabajo del Land que se ocupa de la igualdad, de los comisionados y del consejo municipal en nombre de las víctimas (incluida la publicación de un documento sobre la “violencia en el hogar”) (Renania del Norte – Westfalia)

–Grupo de trabajo interministerial sobre la “violencia en el hogar” (Renania del Norte – Westfalia)

–Fundamento de la facultad de la policía de sacar a una persona de su lugar de residencia en los casos de violencia en el hogar (Renania del Norte – Westfalia)

–Modelo de asistencia a las víctimas de Colonia: información para las víctimas, capacitación de la policía, directriz para la policía a fin de que se brinde información orientada hacia la víctima, documento informativo para la provisión de servicios (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción del enlace electrónico de los servicios de asistencia a las víctimas existentes (Renania del Norte – Westfalia)

–Libro de actualidad “La violencia no es una cuestión privada” en la serie “Nosotras, las mujeres de Renania del Norte – Westfalia (1/02) (Renania del Norte – Westfalia)

–Folleto con información para las víctimas de violencia en el hogar, en perspectiva (Renania del Norte – Westfalia)

–Directrices para la acción policial en casos de violencia en el hogar (Renania del Norte – Westfalia)

–Proyecto experimental para la protección de los testigos de 1997 a 1999; con posterioridad se establecen organismos de protección de los testigos en todos los tribunales regionales y se los dota de personal calificado en el marco de un proceso que culminará aproximadamente en 2005. Establecimiento en los tribunales locales de servicios para los testigos que cuentan con especialistas en derecho (Renania del Norte – Westfalia)

–Número de un servicio para las víctimas de delitos violentos a fin de brindarles asistencia rápida y desprovista de burocracia (Renania del Norte – Westfalia)

–Toma de inventario de la cooperación regional en la lucha contra la violencia en el hogar (Renania del Norte – Westfalia)

–Conferencias especializadas, que comprenden documentación sobre la Ley de Protección contra la violencia y la Ley de Policía en su forma enmendada (Renania del Norte – Westfalia)

–Conferencia especializada titulada “Los hijos en el marco de una relación violenta” (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción de cursos de autoafirmación y manejo de situaciones conflictivas para niñas y varones de escuelas primarias y secundarias (Renania del Norte – Westfalia)

–Estudio experimental titulado “La violencia contra niñas y mujeres en el deporte” (Renania del Norte – Westfalia)

–Proyecto “Ronja – Trabajo de prevención con niñas” (Renania – Palatinado)

–Proyecto de mediación contra la violencia en una relación social cercana (Renania – Palatinado)

–Promoción de 17 refugios para mujeres para garantizar la provisión básica de servicios para las mujeres afectadas por la violencia (Renania – Palatinado)

–Promoción de 12 números de emergencia para garantizar la provisión básica de servicios para las mujeres afectadas por la violencia (Renania – Palatinado)

–Refugio para muchachas para las muchachas y las mujeres jóvenes afectadas por la violencia física y sicológica (Renania – Palatinado)

–Organismo de asesoramiento en terapia social para las muchachas afectadas por violencia física y emocional (Renania – Palatinado)

–Organismo de asesoramiento sicoterapéutico para las mujeres que han sufrido experiencias de violencia (Renania – Palatinado)

–Plan de acción contra la violencia en el hogar (Sarre)

–Promoción de refugios para mujeres (Sarre)

–Serie de conferencias especializadas sobre la violencia contra los niños (Sarre) Promoción de organismos de asesoramiento para mujeres y niñas violadas o víctimas de violencia (Sarre)

–Financiación del proyecto de investigación experimental “Refugio anónimo para niñas y mujeres jóvenes en Dresden” (Sajonia)

–Financiación de la exposición itinerante “Allí, ya no podría quedarme más ...” – Situaciones de conflicto y violencia experimentadas por niñas y el refugio anónimo (Sajonia)

–Conferencia especializada sobre “Mediación en las crisis adaptada a la mentalidad de las niñas” (Sajonia)

–Hoja informativa para oficiales de policía cuando la fuerza policial interviene en casos de violencia en el hogar; hoja informativa para las víctimas de violencia en el hogar (Sajonia)

–Promoción de 22 refugios para mujeres (Sajonia)

–Promoción global de 24 refugios para mujeres (Sajonia-Anhalt)

–Promoción de cuatro centros de asesoramiento sobre el “abuso sexualizado” (Sajonia-Anhalt)

–Promoción del centro de asesoramiento “Pro hombre” para los hombres violentos (Sajonia-Anhalt)

–Publicación del folleto titulado “Diez años de trabajo en refugios para mujeres en Sajonia-Anhalt – Mirar atrás, hacer inventario y mirar adelante” (Sajonia-Anhalt)

–Aprobación del “Programa del Land para combatir la violencia contra mujeres y niños” por el Gobierno del Land (mayo de 2001) y campaña de relaciones públicas para difundir este programa por todo el Land (Sajonia-Anhalt)

–Proyecto experimental titulado “Mediación en casos de violencia en el hogar” (Sajonia-Anhalt)

–Directriz para que los médicos reconozcan los actos de violencia en el seno del hogar (Sajonia-Anhalt)

–Concesión del contrato que atañe a “La oferta y la demanda de posibilidades de acceder a la sicoterapia con o sin hospitalización para las víctimas de abusos sexualizados” (Sajonia-Anhalt)

–Estudio empírico sobre la situación actual de las personas con discapacidad en Sajonia-Anhalt. Comprende la diferenciación por género de la experiencia de violencia (Sajonia-Anhalt)

–Estudio sobre la experiencia de violencia sexual contra la mujer en Sajonia-Anhalt desde el punto de vista de los especialistas (Sajonia-Anhalt)

–Establecimiento de departamentos especiales en Halle y de oficinas del ministerio público en Stendal para entablar causas judiciales ante la comisión de delitos penales contra la libre determinación sexual (Sajonia-Anhalt)

–Concepto de cooperación y mediación para combatir la violencia contra la mujer en el seno del hogar (KIK [concepto de cooperación y mediación] en Schleswig-Holstein) que comprende varias regiones (distritos, ciudades que no son capitales de condado) bajo su propia coordinación (Schleswig-Holstein)

–Promoción global de 16 refugios para mujeres y 23 centros de asesoramiento especializado y números de emergencia para mujeres (Schleswig-Holstein)

–Promoción de programas de adaptación social para autores de actos de violencia (Schleswig-Holstein)

–“Diagnóstico de violencia”, acto expresamente organizado para médicos y encargados del cuidado de personas discapacitadas con objeto de examinar el tema de la violencia sexualizada contra la mujer en el seno del hogar (Schleswig-Holstein)

–Directriz para la práctica médica u hospitalaria en el tratamiento de los casos de violencia en el hogar (Schleswig-Holstein)

–Folleto titulado “Coraje” ¿Qué deben hacer las mujeres en una relación violenta? (Schleswig-Holstein)

–Establecimiento de departamentos especiales a cargo de “La violencia en una relación social próxima” en todas las oficinas del ministerio público (Turingia)

–Organismo de coordinación interministerial en la esfera de “La prevención de la violencia” (agosto de 2000), en especial “la violencia en el hogar” (Turingia)

–Grupo de trabajo cuyo cometido es formular propuestas estratégicas para combatir la violencia en el hogar en todo el Land (mayo de 2001). Iniciativa del organismo encargado de la coordinación de “La prevención de la violencia”, (Turingia)

–Promoción de 28 refugios para la mujer y viviendas para proteger a la mujer (provisión global de servicios básicos) (Turingia)

–Promoción de centros de asesoramiento para hombres en situaciones conflictivas provocadas por la violencia (Turingia)

–Promoción de organismos de protección de los niños (en el año 2000 se encargaron de 542 niñas y mujeres jóvenes) (Turingia)

–Asistencia telefónica para niños y jóvenes en Turingia (desde 1998) (Turingia)

–Servicios de asistencia especial a las niñas durante la mediación en casos de crisis (Turingia)

–Programa de protección de las víctimas y testigos en una causa judicial (Turingia)

–Conferencia especializada sobre “La protección de los niños y el poder judicial – niños y menores víctimas de violencia sexual como testigos en causas penales” (octubre de 1998) (Turingia)

–Archivo de documentos sobre “La prevención de la violencia en Turingia” (para encargados de la prevención de la violencia; fines de 2001) (Turingia)

–Hoja informativa para oficiales de policía en los casos de violencia en el hogar en que interviene la fuerza policial (Turingia)

f)Mujeres extranjeras

–Centro de información para la mujer para mujeres extranjeras (Baden-Württemberg)

–Promoción de la publicación de hojas informativas para las víctimas de la trata de seres humanos en el idioma materno de los destinatarios (Baden-Württemberg)

–Redacción de instrucciones para interpretar el artículo 19 de la Ley de extranjería en el marco del Proyecto berlinés de mediación en casos de violencia en el hogar (BIG e.V., 1999) (Berlín)

–Acuerdo con los servicios de asistencia social de Berlín acerca de las modalidades de visita y la aplicación del criterio discrecional para otorgar prestaciones, de conformidad con la Ley relativa a las prestaciones para los solicitantes de asilo (Asylbewerberleistungsgesetz), a las mujeres testigos en causas relacionadas con la trata de seres humanos (octubre de 2001) (Berlín)

–Oficina de asesoramiento para casos de penuria con arreglo a la Ley de extranjería (Berlín)

–Promoción de 19 proyectos para mujeres inmigrantes, incluidos tres para mujeres afectadas por la trata de mujeres (Berlín)

–Establecimiento de un refugio para mujeres de carácter intercultural (2000) (Berlín)

–Comisión berlinesa de especialistas en la trata de mujeres (Berlín)

–Conferencia especializada (celebrada el 25 y 26 de noviembre de 1998) y documentación tituladas “Estrategias europeas en materia de prevención y supresión de la trata de mujeres” (Berlín)

–Refugio para mujeres afectadas por la trata de mujeres en Europa central y oriental, 1999 (Berlín)

–Servicios básicos para la mujer que se encargan de asesorar y asistir a las víctimas de la trata de mujeres (Berlín)

–Hoja informativa “La mujer como mercancía” sobre la trata de mujeres (Berlín)

–Organismo especializado de asesoramiento denominado Bella Donna: “Protección de y para las víctimas de la trata de seres humanos” (Brandeburgo)

–Decreto reglamentario del artículo 19 de la Ley de extranjería (derecho independiente de residencia del cónyuge en caso de particular penuria) como anticipo de la versión pertinente desde mayo de 2000 (Bremen)

–Decreto sobre la suspensión temporal de la deportación de víctimas de la trata de seres humanos o la trata de mujeres (Bremen)

–Acto sobre la trata de mujeres y la prostitución forzada y sobre la situación de la víctima (en particular, sobre la cuestión de su asistencia) (Bremen)

–Planes para mejorar la situación de las víctimas de la trata de mujeres y la prostitución forzada (Bremen)

–Promoción del organismo de coordinación en materia de trata de mujeres KOOFRA (Hamburgo)

–Dirección de la mesa redonda sobre la supresión de la trata de seres humanos (Hesse)

–Proyecto experimental para víctimas y testigos de la trata de seres humanos (Hesse)

–Estudio sobre las posibilidades de alojamiento en refugios para la mujer de víctimas de la trata de seres humanos (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Plan relativo a un organismo de asesoramiento para las víctimas de la trata de seres humanos (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Mesa redonda a escala de Land sobre el tema “Trata internacional de seres humanos, incluidas mujeres y niñas extranjeras, en Renania del Norte – Westfalia” (Renania del Norte – Westfalia)

–Expansión de la infraestructura propia de la lucha contra la trata de seres humanos con nueve organismos especializados en el asesoramiento de la mujer (Renania del Norte – Westfalia)

–Circulares relativas a la protección contra la deportación de las mujeres afectadas por la trata de seres humanos, apoyo a dichas mujeres, financiación de su viaje de regreso y coordinación de la cooperación entre las autoridades (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción del organismo de asesoramiento “SOLWODI” para mujeres extranjeras que han quedado enredadas en la trata de mujeres y la prostitución forzada (Renania – Palatinado)

–Proyecto de asesoramiento y asistencia sicosociales de las víctimas y los testigos en causas relacionadas con la trata de seres humanos (Renania – Palatinado)

–Promoción del organismo encargado de establecer contacto con las mujeres de Europa central y oriental y brindarles asesoramiento – KOBRA (Sajonia)

–Acceso de las mujeres refugiadas traumatizadas que viajan solas y de sus hijos a casas para mujeres refugiadas (Sajonia – Anhalt)

–Organismo de asesoramiento “Vera” para víctimas de la trata de seres humanos y la prostitución forzada (Sajonia – Anhalt)

–Promoción del organismo de asesoramiento y coordinación “Contra” para las mujeres afectadas por la trata de mujeres (Schleswig-Holstein)

–Promoción del asesoramiento del servicio social a los trabajadores extranjeros (“Asesoramiento del servicio social a extranjeros”) en colaboración con el Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales (desde 1997) (Turingia)

g)La mujer en la ciencia y la investigación, investigaciones sobre la mujer

–Planes para el adelanto de la mujer y los comisionados para asuntos de la mujer en los institutos de enseñanza superior (Renania del Norte – Westfalia, Schleswig-Holstein)

–Grupo de trabajo y programa sobre la promoción de la igualdad de oportunidades para la mujer en la investigación y la enseñanza en el Programa de Ciencias de la Universidad (Berlín, Sajonia)

–Programa de rehabilitación de la mujer Margarete von Wrangell (Baden-Württemberg)

–Programa de promoción y práctica Mathilde Planck para la promoción de profesoras jóvenes en los colegios técnicos (Baden-Württemberg)

–Programa para el personal auxiliar femenino de academias de arte y música (Baden-Württemberg)

–Subsidios para la reintegración y el establecimiento de contactos de la mujer (Baden-Württemberg)

–La mujer y la innovación: red de tecnología, proyectos para alumnas, portal Web (Baden-Württemberg)

–Desarrollo del curso anual de verano “Informatica informale” (Baden-Württemberg)

–Recompensa financiera en función del rendimiento como incentivo para el adelanto de la mujer (Baden-Württemberg)

–Programa de promoción para institucionalizar la investigación sobre la mujer y el género en los centros de enseñanza superior de Baden-Württemberg (Baden-Württemberg)

–Reforma de la Ley del año 2000 relativa a los institutos de enseñanza superior de Baden-Württemberg: promoción de la mujer en los institutos de enseñanza superior (Baden-Württemberg)

–Llamado anual a concurso para el programa de promoción de la investigación sobre la mujer del Ministerio de Asuntos Sociales (Baden-Württemberg)

–Programa Irene Rosenberg de promoción de la mujer en la ingeniería (Baden-Württemberg)

–Estudio científico sobre la situación de la mujer en el distrito rural de Ansbach (Bavaria)

–Acuerdos para hacer realidad en mayor medida el concepto de igualdad de oportunidades para la mujer en los institutos berlineses de enseñanza superior (Berlín)

–Programa de investigación sobre la mujer del Land de Berlín (hasta el año 2000) (Berlín)

–Programa berlinés de promoción de la igualdad de oportunidades para la mujer en la investigación y la enseñanza (desde 2001) (Berlín)

–Grupo de trabajo de los centros de investigación sobre la mujer que funcionan en los institutos de enseñanza superior de Berlín (Berlín)

–Premio Margherita von Brentano de la Universidad Libre de Berlín para los proyectos y las medidas de promoción de la mujer o de la investigación sobre la mujer que sean considerados de particular excelencia (Berlín)

–Fortalecimiento de la posición de los comisionados para asuntos de la mujer y la igualdad en los institutos de enseñanza superior mediante una serie de disposiciones especiales (aplicables a partir de mayo de 1999) de la Ley de Brandeburgo relativa a los institutos de enseñanza superior (Brandeburgo)

–La proporción de mujeres debe ser por lo menos de un tercio en los institutos de enseñanza superior considerados en su conjunto y en los que dependen del Consejo del Land y de por lo menos 40% en las comisiones de apelación de nombramientos de profesores (Brandeburgo)

–Orientación hacia la armonización entre la promoción estatal del progreso y el mandato de afianzar la igualdad (Brandeburgo)

–Cooperación entre los comisionados para la igualdad de oportunidades en los institutos de enseñanza superior con respecto a los objetivos convenidos, las decisiones sobre la estructura y la dotación de personal y la preparación y la orientación de directrices y planes para el adelanto de la mujer (Brandeburgo)

–Instrucciones para alcanzar, hacia 2001, los objetivos del plan de reforma de los institutos de enseñanza superior, incluido el aumento a 25% de la proporción de mujeres entre los profesores recién designados (Brandeburgo)

–Directrices y planes para la promoción de la mujer en los institutos de enseñanza superior (Brandeburgo)

–Medidas de promoción de la mujer —relacionadas con el desarrollo de aptitudes y la investigación sobre la mujer y el género— en el marco de los Programas Especiales de las Universidades de la Federación (HSP III y HWP) (Brandeburgo)

–Universidad de Verano de Brandeburgo para estudiantes mujeres (matemáticas, ciencias naturales y tecnología) (Brandeburgo)

–Creación de un curso internacional de enseñanza de la ciencia de la computación para mujeres (Bremen)

–Desarrollo del curso anual de verano “Informatica Feminale” (Bremen)

–Proyecto asociado de los institutos de enseñanza superior de Bremen para aumentar la proporción de mujeres entre los estudiantes de ciencias naturales, tecnología e ingeniería (Bremen)

–Proyecto de investigación sobre la inauguración intercultural de servicios sociales en los distritos (Hamburgo)

–Establecimiento de la Oficina de Hesse para la coordinación de la red de mentores para estudiantes mujeres de ciencias naturales y tecnología (Hesse)

–Recompensa financiera en función del rendimiento como incentivo para el adelanto de la mujer sobre la base del Tratado de Amsterdam y de la Ley marco y la Ley de Hesse relativas a la enseñanza superior (Hesse)

–Establecimiento de centros de investigación sobre la mujer en las universidades y colegios técnicos de Hesse (Hesse)

–Premio Lise Meitner para la promoción de científicas jóvenes especializadas en ciencias naturales y tecnología (Hesse)

–Premio científico Elisabeth Selbert para promover el trabajo de excelencia de las mujeres científicas en Hesse (Hesse)

–Folleto titulado “Asesoramiento con mentores – Iniciativas y medidas para promover la igualdad de oportunidades para la mujer en el campo de la ciencia”. El folleto documenta los resultados de una encuesta realizada en la Federación y los Länder en agosto de 2001 (Hesse)

–Centro de competencia en ciencia y tecnología para la mujer (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Programa Franziska Tiburtius para promover la incorporación de profesoras en los colegios técnicos (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Programa Dorothea Erxleben, para mujeres que aspiran a ser habilitadas como profesoras de institutos de enseñanza superior de la Baja Sajonia (Baja Sajonia)

–Estudios y conferencias para la promoción de la mujer (Renania del Norte – Westfalia)

–Programas de subsidio y empleo (incluidos los subsidios para reintegración) que apuntan a la promoción de la mujer científica: “Programa de subsidios Lise Meitner” para la promoción de mujeres científicas altamente calificadas que aspiran a ser habilitadas como profesoras de institutos de enseñanza superior (Renania del Norte – Westfalia)

–Difusión de material informativo sobre el tema “La promoción de la mujer y la concesión de fondos a los institutos de enseñanza superior” (Renania del Norte – Westfalia)

–Estudios y conferencias atinentes a la investigación sobre la mujer (Renania del Norte – Westfalia)

–Apoyo a la investigación sobre proyectos y actos relativos a la mujer (Renania del Norte – Westfalia)

–Centros de debate, redes y actividades de investigación sobre la mujer (“Investigación sobre la red de mujeres” formada por 38 científicas) e investigación institucionalizada sobre la mujer (Renania del Norte – Westfalia)

–Afianzamiento legal del nombramiento de comisionados para la igualdad en los institutos de enseñanza superior y eliminación de las desventajas que soporta el personal femenino de esos institutos – Ley sajona relativa a la Enseñanza superior (Sajonia)

–Planes de promoción del adelanto de la mujer para mejorar la situación de la mujer en la ciencia (Sajonia)

–Subsidio para la reintegración de mujeres y hombres que han tenido que interrumpir sus estudios de doctorado y dejar de lado su aspiración a ser habilitados como profesores de institutos de enseñanza superior a causa de sus obligaciones de familia (Sajonia)

–Programa de promoción de la igualdad de oportunidades para la mujer en la investigación y la enseñanza con arreglo al Programa de Ciencias de la Universidad (HWP) (Sajonia)

–Cooperación colegiada entre los institutos de enseñanza superior o técnicos y la comunidad empresarial del Estado Libre de Sajonia (Sajonia)

–Acompañamiento de los estudios: “Propedéutica – institución de enseñanza superior – comunidad empresarial” y “Problemas de interrelación en la escuela primaria – Enseñanza técnica y de las ciencias naturales en las universidades y colegios técnicos” (Sajonia)

–Cooperación con la Conferencia del Land de los comisionados para la igualdad que trabajan en institutos de enseñanza superior y creación de una red de esos comisionados (Sajonia)

–Cátedra Dorothea Erxleben a cargo de un profesor invitado para aumentar la proporción de mujeres en la enseñanza de las ciencias naturales y la tecnología (Sajonia-Anhalt)

–Promoción de un organismo de coordinación de la investigación sobre la mujer y el género (Sajonia-Anhalt)

–Comisionados para la igualdad en los institutos de enseñanza superior (Sajonia-Anhalt)

–Proyecto experimental titulado “Financiación de los colegios técnicos de Sajonia-Anhalt en función de los resultados obtenidos y de conformidad con el concepto de integración de las cuestiones de género” (Sajonia-Anhalt)

–Creación de una cátedra dedicada en parte a la investigación sobre la mujer (Sajonia-Anhalt)

–Subsidios de la investigación para la promoción de científicas jóvenes (a partir de 2000, también comprenden la candidatura a la habilitación como profesoras de institutos de enseñanza superior, estudios de doctorado y cátedras auxiliares) (Sajonia-Anhalt)

–Programa de subsidios para incrementar las posibilidades de las mujeres de ser nombradas profesoras de colegios técnicos (a partir de 1997) (Sajonia-Anhalt)

–Establecimiento de redes de mentores del sexo femenino (Sajonia-Anhalt)

–Revisión de la Ordenanza relativa a la aplicación de la Ley de Promoción de los graduados (sin desgravación de los ingresos del cónyuge) (Sajonia-Anhalt)

–Días de información sobre cursos de ingeniería, ciencias naturales y tecnología, con inclusión de la oferta de escuela de verano para niñas y mujeres jóvenes (Sajonia-Anhalt)

–Pasantías para muchachas y mujeres jóvenes en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería (Sajonia-Anhalt)

–Clases individuales para estudiantes mujeres de ciencias naturales e ingeniería (Sajonia-Anhalt)

–Reforma de la Ley de Turingia relativa a los estudios superiores, de mayo de 1999: promoción de la mujer en institutos de enseñanza superior (Turingia)

–Comisionados y consejos consultivos para la igualdad en los institutos de enseñanza superior de Turingia (artículo 81 de la Ley de Turingia relativa a la enseñanza superior) (Turingia)

–Planes para el adelanto de la mujer y directrices para incrementar la proporción de mujeres entre los científicos (Turingia)

–Aplicación del principio de integración de las cuestiones de género en la planificación y la ejecución de medidas en institutos de enseñanza superior para contribuir al control de la calidad, mejorar el rendimiento y promover la competencia (Turingia)

–Jardines de infancia para los hijos de estudiantes (sindicatos estudiantiles de Erfurt-Ilmenau y Jena-Weimar) (Turingia)

–Apoyo a los proyectos de asesoramiento de las alumnas y los alumnos (Organismo de coordinación de Turingia en materia de ciencias naturales y tecnología) (Turingia)

–Promoción de las mujeres que aspiran a ser habilitadas como profesoras de establecimientos de enseñanza superior (Turingia)

–Subsidios para la reintegración de mujeres científicas (Turingia)

–Subsidios para promover la habilitación (Turingia)

–Establecimiento de un fondo de candidaturas de mujeres con títulos universitarios (Turingia)

–Promoción de cátedras y de proyectos de investigación a cargo de mujeres en los colegios técnicos (Turingia)

–Subsidios de investigación para mujeres con títulos universitarios (Turingia)

–Ensayo de modelo de la Federación y los Länder: “Contacto práctico de las mujeres estudiantes con los estudios de ingeniería” (Universidad GH de Paderborn y Universidad Tecnológica de Ilmenau) (Turingia)

–Establecimiento de una cátedra de “Sociología que preste atención preferente a la estructura y los detalles de las relaciones entre los géneros y a las investigaciones sobre la mujer” (Universidad de Erfurt) (Turingia)

–Investigación de proyectos relativos a la mujer en la Universidad de Jena (Turingia)

–Redes nacionales y europeas de investigación sobre la mujer (Turingia)

–Contribuciones a la investigación sobre las mujeres y las niñas (Colegio de Tecnología de Jena) (Turingia)

h)La seguridad social de las mujeres

–Promoción de un organismo encargado de establecer contacto con las prostitutas y asesorarlas (Baviera)

–Proyecto experimental “UHU”: asistencia cambiante para las personas que han cambiado; asistencia a las mujeres que quieren dejar la prostitución en su búsqueda de nuevas perspectivas de vida (Baviera)

–Establecimiento de un grupo de trabajo interdisciplinario para mejorar la situación de las madres y los hijos en la cárcel (Berlín)

–Proyecto – Atención diurna para las madres como prestación social (Hesse)

–Proyecto – Posibilidades de la mujer de recibir prestaciones sociales (Hesse)

–Red para mujeres sin techo en Hesse (Hesse)

–Promoción del empleo normal en la esfera del servicio doméstico mediante tres proyectos experimentales “Asociación de servicios” (Renania del Norte – Westfalia)

–Informe final de la investigación “Paso a paso – Maneras de salir de la prostitución” (Renania del Norte – Westfalia)

–Redacción del folleto titulado “Instrucciones para padres solteros” (Sajonia)

–Proyecto experimental: “Proyecto de capacitación de los padres y madres solteros que reciben prestaciones sociales” (Sajonia)

–Ofertas de asistencia siquiátrica ambulatoria, con hospitalización y en servicios complementarios como parte de las ofertas destinadas expresamente a la mujer (Turingia)

–Promoción de 34 centros reconocidos que brindan asesoramiento sobre el embarazo en diversas instituciones (Turingia)

i)Viviendas y planificación urbana, regional y del tráfico

–Planificación urbana y desarrollo de la ciudad/distrito con consideración de la mujer – condición imprescindible para su inclusión en los programas de promoción de la Unión Europea, como por ejemplo “Desarrollo urbano I y II” (Hasse, Renania del Norte – Westfalia, Renania – Palatinado, Sajonia-Anhalt, Turingia)

–Promoción de un estudio sobre la planificación regional adaptada a la mujer (Baden-Württemberg)

–Promoción de un estudio sobre la disponibilidad de locales de venta minorista próximos a la casa (Baden-Württemberg)

–Estudio de la “Planificación del transporte adaptado a los géneros en Baden-Württemberg” (programa de promoción de la investigación sobre la mujer) (Baden-Württemberg)

–Folleto titulado: Sobre la construcción de viviendas – contribuciones de las arquitectas (Baden-Württemberg)

–Estudio sobre la vida cotidiana, la experiencia en materia de espacio y la oferta de viviendas desde el punto de vista de la mujer sin techo (promoción de los programas de investigación sobre la mujer) (Baden-Württemberg)

–Folleto titulado “La mujer persuade a los distritos – los intereses generales de la mujer en las conferencias distritales de Bremerhaven” (Bremen)

–Serie de actos “Tiempos de la ciudad” (Bremen)

–Incorporación de los intereses de la mujer en la Ley de Planificación del Land de Hessse y consolidación de la participación en las asambleas regionales del grupo de trabajo del Land formado por los comisionados para asuntos de la mujer de los municipios y distritos (Hesse)

–Concurso del Land – Ciudad cordial con la familia (Hesse)

–Integración de los intereses de la mujer en el plan de desarrollo del Land auspiciado por el Land de Hesse en 2002 (Hesse)

–Incorporación de los intereses de la mujer en los planes regionales (Hesse)

–Incorporación de los intereses de la mujer en la Ley relativa al transporte local de pasajeros (ÖPNV-Gesetz) (Hesse)

–Folleto titulado “Planificación del uso de la tierra urbana desde el punto de vista de la mujer” y folletos explicativos de proyectos de Hesse sobre viviendas cordiales con la mujer (Hesse)

–Proyecto de vivienda para la habilitación de viviendas cordiales con la mujer en bloques de conversión (Hesse)

–Requisitos de movilidad de la mujer como criterio de necesidad para la planificación del transporte local de pasajeros (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Concepto del transporte de la mujer, incorporación de los intereses de la mujer en la reglamentación del Land sobre el transporte local de pasajeros (Renania del Norte – Westfalia)

–Proyectos de desarrollo de la ciudad y del distrito orientado hacia la mujer (por ejemplo, en Hagen y Bergkamen) (Renania del Norte – Westfalia)

–Obligación legal de habilitar espacios de estacionamiento para mujeres en los grandes parques de estacionamiento – Ordenanza relativa al estacionamiento de automóviles (Garagenverordnung) (Renania del Norte – Westfalia)

–Prioridad para adjudicar viviendas y otros albergues subvencionados por el ayuntamiento a familias monoparentales y a las mujeres procedentes de refugios para mujeres (desde 1990) (Renania del Norte – Westfalia)

–Publicación de un documento informativo sobre la política de vivienda apropiada para la mujer y la familia (“Planifiquemos juntos, somos vecinos – Perspectivas de una política de vivienda sensata y propicia para la mujer y la familia en Renania del Norte – Westfalia (Renania del Norte – Westfalia)

–Cuestiones de interés para la mujer en el Programa 21 (Renania del Norte – Westfalia)

–Manual titulado “Espacios libres de miedo – principios rectores de la planificación para brindar más seguridad en los espacios públicos” (Renania del Norte – Westfalia)

–Actividades para la mujer de las zonas rurales, como por ejemplo nuevas posibilidades profesionales para las esposas de los granjeros, movilidad o aspectos del desarrollo regional de interés para la mujer (Renania del Norte – Westfalia)

–Proyecto de vivienda pangeneracional y orientado hacia la mujer titulado Martin Luther King. Documentación de 1998 (Renania – Palatinado)

–Incorporación de aspectos de la política de igualdad de oportunidades en la iniciativa del Land “Desarrollo urbano 21” para distritos socialmente desfavorecidos (Sajonia-Anhalt)

–“La mujer y la ciudad”: manual con recomendaciones para construir el entorno de la vivienda teniendo en cuenta el punto de vista de los géneros (Sajonia-Anhalt)

–Aspectos de interés para la mujer en el Proyecto de planificación regional de Turingia central (RROP) (Turingia)

–La preocupación por la igualdad en 40 conceptos básicos del desarrollo regional (REK) (Turingia)

–Publicación de manuales para la mujer por los organismos municipales encargados de promover la igualdad (por ejemplo, calendarios y guías de teléfono para la mujer) (Turingia)

–Proyecto de vivienda pangeneracional orientado hacia la mujer en las etapas preliminares de la planificación – Leinefelde (Turingia)

–Principios rectores en Turingia sobre la promoción de la construcción de viviendas – promoción de la prioridad para las mujeres embarazadas y los padres y madres solteros (Turingia)

j)Política municipal para la mujer

–Disposición legal relativa al nombramiento y la participación de los comisionados locales para asuntos de la mujer y la igualdad (obligación legal que incumbe a las ciudades, los municipios y los distritos de más de 10.000 habitantes de nombrar, a jornada completa, comisionados para la igualdad de los poderes públicos locales (Renania del Norte – Westfalia, Schleswig-Holstein)

–Promoción del Registro del Grupo de Trabajo del Land correspondiente a las oficinas municipales de la mujer y las juntas para la igualdad de oportunidades (Renania del Norte – Westfalia, Sajonia)

–Cooperación con los comisionados para la igualdad de los municipios (Baden-Württemberg, Renania – Palatinado, Sajonia, Sarre)

–Investigaciones sobre las condiciones marco, los objetivos esenciales, las esferas de competencia del trabajo municipal a favor de la igualdad y las mejoras que es factible introducir (Renania del Norte – Westfalia, Sajonia -Anhalt)

–Informe provisional sobre la situación de los comisionados municipales para la igualdad en el Land de Brandeburgo (publicado por el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, Salud y la Mujer en octubre de 2000) (Brandeburgo)

–Reglamentación de los nombramientos y las funciones de los comisionados para la igualdad en la constitución de los poderes públicos locales (Macklemburgo – Pomerania occidental)

–Organismo de enlace de los comisionados para la igualdad de derechos y los asuntos de la mujer en la Baja Sajonia (Baja Sajonia)

–Organismo de enlace de los comisionados municipales para la igualdad en Renania – Palatinado (Renania – Palatinado)

–Reglamentación legal del establecimiento de juntas municipales para la igualdad de oportunidades en la Ordenanza relativa a los municipios y los distritos rurales (Gemeinde – und Landkreisver – ordnung zur Einrichtung von kommunalen Gleichstellungsstellen) y promulgación de las disposiciones administrativas sobre las funciones de los organismos locales para la igualdad (Renania – Palatinado)

–Reglamentación en la Ley del Land relativa a la Igualdad del establecimiento de las juntas municipales para la igualdad de oportunidades dependientes de los poderes públicos locales (Sarre)

–Cooperación con los comisionados para la igualdad (incluida la supervisión por especialistas), el presidente de la administración regional y el Grupo de trabajo del Land de los comisionados locales para la igualdad (Sajonia)

–Apoyo a las conferencias del Land organizadas por el Grupo de trabajo del Land de los comisionados locales para la igualdad (Sajonia)

–Promoción de los comisionados locales para la igualdad (Sajonia)

–Manual para facilitar el trabajo municipal a favor de la igualdad en Sajonia, editado por el Ministerio del Estado para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (Sajonia)

–Promoción de la Semana de la mujer sajona (Sajonia)

–Actos con especialistas en el mejoramiento y control de la calidad de los proyectos sajones relativos a la mujer (Sajonia)

–Conferencias sobre la igualdad de derechos (Sajonia)

–Estudio y conferencias especializadas: “Evaluación, mejoramiento y control de la calidad en los proyectos sajones relativos a la mujer” (Sajonia)

–Desarrollo de los conceptos sobre formación permanente y aplicación de medidas relacionadas con la formación permanente de los comisionados para la igualdad (Bremen, Mecklemburgo – Pomerania occidental, Renania del Norte – Westfalia, Sarre)

–Apoyo al trabajo de los comisionados locales para la igualdad mediante la impresión de manuales y otras publicaciones, actos conjuntos y semanas de actividad u ofertas de interconexión (Mecklemburgo – Pomerania occidental, Renania del Norte – Westfalia, Schleswig-Holstein)

–Acuerdo de cooperación para la modernización de la administración entre ZGF Bremerhaven, ÖTV, el consejo del personal asociado y los jueces de paz de la ciudad de Bremerhaven (Bremen)

k)Adelanto de las niñas

–Recomendaciones para la promoción del trabajo con las niñas en el marco de la promoción de la juventud, de conformidad con la Ley relativa a la Asistencia a la niñez y la juventud (Bremen, Turingia)

–Promoción del trabajo con las niñas a cargo de los organismos del Land (Baden-Württemberg, Hesse, Sajonia-Anhalt, Turingia)

–Promoción de proyectos, actos, actividades y folletos para niñas en el marco de la labor de extensión y del trabajo social de la juventud (Bremen, Renania del Norte – Westfalia, Renania – Palatinado, Sarre)

–Promoción de los días regionales de las niñas (Baviera, Hesse, Turingia)

–Proyectos relativos a las tecnologías de la información y la comunicación para las niñas (Baden-Württemberg)

–“¿Podemos hacer de todo? ¡Podemos!” – promoción de proyectos para niñas (Baden-Württemberg)

–Programa especializado “FAMtotal” de la Red bávara de la Juventud sobre la promoción del trabajo con niñas y mujeres jóvenes en el marco del trabajo con la juventud en Baviera (Baviera)

–Conferencia internacional sobre el trabajo con niñas en Europa (1999) y conferencia sobre la política que desarrolla la Red bávara de la Juventud en relación con las niñas (2000) (Baviera)

–Niñas de la calle – las niñas se apoderan de las calles (manifestación de niñas: Berlín, una ciudad para las niñas) (Berlín)

–Promoción del proyecto relativo al día anual de las niñas (el 8 de marzo) con participación a escala nacional en esferas tales como la política, la orientación profesional y la planificación del ciclo vital (Brandeburgo)

–Parlamentos de niñas en Bremerhaven (Bremen)

WENDO – Autoafirmación y autodefensa para niñas pequeñas (Bremen)

–“Todo es posible – Manual de la A a la Z para las niñas de Bremerhaven” (Bremen)

–Proyecto experimental “Espacio para que las niñas se muevan” (Hamburgo)

–Promoción del “Espectáculo de las niñas de Hamburgo”, un festival de música anual para niñas y mujeres jóvenes con un programa básico (Hamburgo)

–“Las niñas son parte interesada”, acto y publicación (Hesse)

–Conferencia sobre la integración de niñas extranjeras (Hesse)

–Cualificación para la asignación de plazas a las niñas mediante la educación postescolar y la creación de redes (Hesse)

–Apoyo a la publicación periódica “Foro político de las niñas” (Hesse)

–Incorporación del trabajo con las niñas en las leyes del Land que reglamentan la Ley relativa a la asistencia a la niñez y la juventud (Kinder – und Jugendhilfegesetz – KJHG) (Renania del Norte – Westfalia)

–Iniciativa para promover la autoafirmación y la formación en la escuela que necesitan niñas y niños para enfrentar situaciones conflictivas (Renania del Norte – Westfalia)

–Material informativo sobre el proyecto experimental titulado “Las niñas y las carreras profesionales” para dictar clases en diversas escuelas (Renania del Norte – Westfalia)

–Conferencia titulada “Las niñas cooperan”. Teoría y práctica de la participación de las niñas, informe y documentación de la Conferencia (1998) (Renania – Palatinado)

–Promoción del Grupo de trabajo del Land “Las muchachas y las mujeres jóvenes en Sajonia” (Sajonia)

–Promoción del Festival nacional MÄDIALE 2001 (Sajonia)

–Proyecto experimental “Planificación de la asistencia a la juventud en Freesia del Norte con objeto de que sea apropiada para las niñas” (1996-1999) (Schleswig-Holstein)

–Promoción del trabajo con niños y jóvenes entre las niñas y las mujeres jóvenes: proyectos y actos para muchachas y mujeres jóvenes, centros para niñas con autonomía en las zonas rurales, vivienda para niñas con autonomía de la Asociación “Lotta” en Kiel (Schleswig-Holstein)

–Formación permanente y folletos para promotores, en particular componentes básicos de la formación postescolar para empezar a trabajar con niñas y niños (1999 y 2000), conferencias especializadas sobre la situación de las niñas en situaciones de crisis con participación de los mecanismos institucionales, la calle y la siquiatría (1998-2001) (Schleswig-Holstein)

–Organismo del Grupo de trabajo del Land “Las niñas y las mujeres jóvenes en el marco de la asistencia a la juventud” (Schleswig-Holstein)

–Promoción del proyecto experimental “FOR JU” – educación postescolar para las niñas y asistencia a la juventud apropiada para la gente joven (Schleswig-Holstein)

–Redacción de recomendaciones de especialistas para trabajar con las niñas en Turingia (resolución del Comité del Land de asistencia a la juventud de febrero de 2001) (Turingia)

–Ofertas de formación postescolar para trabajar con niñas como forma de cooperación con las instituciones consagradas a la asistencia de la niñez y la juventud (Turingia)

–Conferencia especializada titulada “El trabajo con niñas en Turingia” (mayo de 2001) y redacción de los documentos pertinentes para fin de año (Turingia)

–Reunión de especialistas titulada “Trastornos de la alimentación de las muchachas” (2000-2001) (Turingia)

–Foro especializado sobre los “Hijos de madres maltratadas” (Grupo de trabajo del Land que se ocupa de la protección de la niñez y la juventud) (Turingia)

–Promoción de un proyecto experimental sobre la “Planificación de la asistencia a la juventud para que comprenda la concienciación de las niñas” (1998-2000) (Turingia)

–Apoyo a los grupos de trabajo regionales (desde septiembre de 2001, Grupo de trabajo “Servicios sociales para las niñas”), también en el marco de la puesta en práctica, de manera metódica, de la educación postescolar (Turingia)

l)Terminología jurídica

–Reglamentación en la Ley del Land relativa a la Igualdad (Brandeburgo, Sarre)

–Disposición administrativa “Terminología oficial y jurídica neutra en función del género” (Renania – Palatinado)

–Folleto titulado “Terminología oficial – Sobre la igualdad de trato a la mujer y al hombre en la terminología oficial” (Sarre)

–Reglamentación que obliga a tener en cuenta la igualdad de derechos en la terminología jurídica (promulgación de la disposición administrativa: 25 de mayo de 1999) (Sajonia)

–Instrumentos de trabajo que facilitan la redacción de los proyectos de leyes y ordenanzas de conformidad con una expresión jurídica al servicio de la igualdad terminológica entre el hombre y la mujer (diciembre de 1997) (Turingia)

m)Organizaciones no gubernamentales femeninas

–Promoción (incluida la promoción de proyectos) de las organizaciones femeninas, redes femeninas, grupos de mujeres e iniciativas para la mujer, asociaciones de mujeres y grupos femeninos de trabajo del Land; además, cooperación con todos ellos (Baden-Württemberg, Mecklemburgo – Pomerania occidental, Renania del Norte – Westfalia, Renania – Palatinado, Sajonia, Sarre)

–Promoción de centros femeninos (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción de 47 centros de comunicación para mujeres (Turingia)

n)Salud

–Proyecto: Prevención de los trastornos de la alimentación (Baden-Württemburg)

–Informe sobre la salud de la mujer de Baden-Württemburg (Baden-Württemburg)

–Iniciativa para la detección precoz del cáncer y el autoexamen de las mamas (Hesse, Renania – Palatinado, Sarre)

–Acompañamiento y control del proceso de certificación por médicos especialistas en mamografías, elaboración de programas para el tratamiento de la enfermedad en casos de cáncer mamario (Berlín)

–Acción concertada: integración de la salud de la mujer en el sistema de salud berlinés (dispensarios, médicos que no trabajan en hospitales, servicio de salud pública (reforma legal), administraciones, etc.); también en esta esfera se otorga especial importancia a la mujer afectada por la violencia (Berlín)

–Conferencia especializada: La salud, ¿sabe de géneros? – Sobre la salud de mujeres y niñas (Berlín)

–Red berlinesa de atención de la salud de la mujer (Berlín)

–Conferencia especializada: “Con diagnóstico de cáncer mamario – la mujer exige calidad” (Berlín)

–Conferencia especializada: “Como si nada hubiese pasado. ¿Cómo trata el sistema de salud a la mujer afectada por la violencia” (Berlín)

–Organización del Foro de la Salud de la Mujer, una asociación de mujeres especialistas en salud de la mujer en Bremen (Bremen)

–Coloquio y documentación: “Controversias acerca de la detección precoz del cáncer mamario” (Bremen)

–Reunión informativa sobre el examen sistemático de las mamas (mamografías) y el cáncer mamario (Bremen)

–Documentación: “Detección precoz – Cáncer mamario – ¿Y ahora qué?” (Bremen)

–Iniciación del perfeccionamiento (con certificación) de los médicos: “La menopausia desde un punto de vista multidisciplinario” (Bremen)

–Publicación del folleto explicativo titulado “La mujer embarazada en Bremen y Bremerhaven” (Bremen)

–Continuación del perfeccionamiento (con certificación) de los médicos: “La experiencia de la violencia sexual como causa de dolencias físicas indeterminadas de mujeres y niñas”; publicación de la documentación con el mismo título (Bremen)

–Proyecto sobre la consideración de los aspectos de género en la esfera de la atención de la salud (Hesse)

–Interconexión de instituciones, proyectos y grupos relacionados con la “Salud de la mujer” (Hesse)

–Proyecto para ayudar a la mujer autodidacta en la esfera de la salud (Hesse)

–Evaluación de los casos clínicos propios de uno de los géneros en Mecklemburgo – Pomerania occidental (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Planificación de un centro de salud para la mujer en Mecklemburgo – Pomerania occidental (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Grupo de trabajo del Gobierno del Land en la esfera de salud de la mujer (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Centros de salud de la mujer (Baja Sajonia)

–Promoción de una red de “Mujeres/niñas y la salud” (Baja Sajonia)

–Publicación de un informe del Land sobre “La salud de la mujer y el hombre” (2000) (Renania del Norte – Westfalia)

–Tratamiento del tema “Aspectos de la salud y la enfermedad propios del género” en el marco de la Conferencia del Land sobre la Salud (2001) (Renania del Norte – Westfalia)

–Participación de los comisionados locales para la igualdad en las conferencias municipales sobre la salud (Renania del Norte – Westfalia)

–Semanas de actividad en todo el Land para dar a conocer distintos aspectos del tema “La mujer y la salud”, con el auspicio del Ministerio de Asuntos de la Mujer de Renania del Norte – Westfalia en colaboración con los comisionados locales para la igualdad (2001) (Renania del Norte – Westfalia)

–“Acción concertada contra el cáncer mamario” (Iniciativa de los Ministerios del Land de Asuntos de la Mujer y de Salud, así como de las partes integrantes del sistema de atención de salud) (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción de un organismo de coordinación “La mujer y la salud” (proyecto experimental) y de dos centros de salud para la mujer (Hagazussa en Colonia y Centro Internacional de la Salud de la Mujer en Bad Salzuflen) (Renania del Norte – Westfalia)

–“Acción concertada contra el cáncer mamario” (Iniciativa de los Ministerios del Land de Asuntos de la Mujer y de Salud, así como de las partes integrantes del sistema de atención de salud) (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción del organismo especializado del Land “La mujer y la adicción – Bella Donna” y medidas orientadas expresamente hacia la mujer para poner en marcha el programa del Land contra la adicción (por ejemplo, asesoramiento en materia de adicción y drogas) (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción de cinco organismos de asesoramiento sobre la adicción con criterios apropiados para la mujer (Renania – Palatinado)

–Promoción del Centro de salud para mujeres y niñas MEDEA (Sajonia)

–Red de “La mujer y la salud” como posibilidad abierta de que aúnen sus esfuerzos las mujeres que trabajan como promotoras en la esfera de la salud (Sajonia-Anhalt)

–Proyecto de investigación en la Universidad Otto von Guericke: “Situaciones, riesgos y salud de la mujer en la edad madura” (Sajonia-Anhalt)

–Establecimiento de la Red para la salud de la mujer en Schleswig-Holstein (Schleswig-Holstein)

–Edición conjunta del folleto titulado “Siquiatría y adicción – Principios rectores de las ofertas adaptadas a la mujer” (Schleswig-Holstein)

–Propuestas terapéuticas ofrecidas a las mujeres con adicción (Turingia)

o)Lesbianas y gays

–Ley que determina las competencias y los procedimientos pertinentes de conformidad con la Ley relativa a las parejas registradas (Gesetz über Zuständigkeiten und Verfahren nach dem Lebenspartnerschaftsgesetz) (Berlín, Brandeburgo, Hamburgo, Renania del Norte – Westfalia, Sarre, Turingia)

–Apoyo a las estructuras de gays y lesbianas mediante la promoción de grupos y sociedades, así como de asociaciones y proyectos del Land, en las esferas del asesoramiento, la información, la creación de redes y el trabajo de relaciones públicas (Renania del Norte – Westfalia, Sajonia-Anhalt)

–Conferencia especializada “Familias arco iris, en que los progenitores son lesbianas, gays, bisexuales o transexuales” (Berlín)

–Serie de folletos sobre la emancipación de lesbianas y gays (Berlín)

–Promoción del organismo del Land encargado de coordinar los intereses de lesbianas y gays en el Land de Brandeburgo (Brandeburgo)

–Promoción de la gira anual de una semana por las ciudades de Brandeburgo con ocasión del Día de la calle Christopher bajo el patrocinio del Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, la Salud y la Mujer (Brandeburgo)

–Establecimiento de una sección denominada “Gente joven”, que centra su interés en los “Modos de vida de las personas del mismo sexo”, en la Oficina senatorial de Trabajo, la Mujer, la Juventud, Salud y Asuntos Sociales (Bremen)

–Medidas relacionadas con la educación y el trabajo de emancipación, folletos, prospectos, campaña de aceptación (Renania del Norte – Westfalia)

–Medidas relacionadas con el trabajo con muchachas lesbianas y muchachos gays (Renania del Norte – Westfalia)

–Medidas para reducir la violencia contra lesbianas y gays (Renania del Norte – Westfalia)

–Investigación básica, estudios y encuestas científicas sobre los modos de vida de personas del mismo sexo (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción de la Asociación de Lesbianas y Gays (Sarre)

–Ley Antidiscriminación (Sajonia-Anhalt)

–Medidas encaminadas a “Suprimir la violencia y la discriminación contra lesbianas y gays y promover la igualdad de oportunidades entre los modos de vida homosexuales y heterosexuales en Schleswig-Holstein” (Schleswig-Holstein)

–Cumplimiento de la ley en Schleswig-Holstein en lo que se refiere a la Ley relativa a las parejas registradas (Ausführungsgesetz zum Lebenspartnerschaftsgesetz – LPartAusfG) (Schleswig-Holstein)

p)La mujer en las artes, la cultura y el deporte

–Programa para mujeres artistas (Berlín)

–Carrera anual de mujeres (Berlín)

–Programa para mentores del sexo femenino: meta ocupacional de nombrar a una profesora en la Facultad de Letras (Berlín)

–Promoción de varios proyectos relacionados con el arte y la cultura para la mujer (Brandeburgo)

–Premio a la mujer en el deporte para niñas y mujeres deportistas (Brandeburgo)

–Premio Sybilla Merian para mujeres que cultivan las bellas artes (Hesse)

–Los mentores del sexo femenino en el arte (Hesse)

–Ampliación del eslabonamiento en el arte (Hesse)

–Dictado de conferencias sobre la cultura femenina (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Promoción de artistas mujeres y de diversos proyectos artísticos y culturales de y para mujeres en Renania del Norte – Westfalia:

–adjudicación del premio a la mujer que se destaca en diferentes campos del arte en Renania del Norte – Westfalia

–promoción de dos festivales de cine femenino (Feminale en Colonia y Femme t o tale en Dortmund)

–promoción de una intérprete de música rock (rocksie)

–producción de un vídeo sobre la cambiante representación de la mujer en las películas del siglo XX: “De diosas de la pantalla a ciberchicas” (2000)

–promoción de una Oficina de cultura de la mujer

–Días de campaña “Deportes populares para mujeres y niñas (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción de artistas mujeres mediante conferencias sobre la cultura femenina, simposios musicales para mujeres jóvenes, seminarios sobre fundación de empresas y proyecto de formación de mujeres como mentores (Renania – Palatinado)

–“Wilhelmine Reichard – la mujer sale al aire” – festival de mujeres deportistas inaugurado el 21 de marzo de 2002, con ocasión del Día Internacional de la Mujer, por la Ministra de Estado Christine Weber (Sajonia)

–Promoción de la publicación titulada “Cabeza levantada, piernas abajo y juntas. La mujer se libera con el ejercicio”, escrita por Diana Richter con ocasión del 31º Festival Alemán de Gimnasia, que se llevó a cabo en Leipzig en 2002 (Sajonia)

–Apoyo a la exposición “Politea” (un resumen de la historia de Alemania desde 1945 hasta el presente desde la perspectiva de la mujer. El tema central es la mujer del Este y del Oeste) (Sajonia)

–Casa en Salzwedel para los receptores de subsidios (subsidio para promover un proyecto de apoyo a los artistas que consiste en proporcionar estadía barata, durante un año, en una casa para artistas; a la vez se entrega otro subsidio para viajar y cubrir los gastos más importantes) (Sajonia-Anhalt)

q)La mujer con discapacidad

–Red de y para mujeres y niñas con discapacidad en Baviera (Baviera)

–Red de y para niñas y mujeres con discapacidad (Berlín)

–Asesoramiento para niñas y mujeres con discapacidad en Berlín (Berlín)

–Inclusión del concepto de prevención de la violencia en la evaluación, con control de calidad, de los servicios de asistencia a las personas con discapacidad (etapa de ejecución) (Berlín)

–Grupo de trabajo sobre la prevención y la mediación en casos de violencia sexual contra niñas y mujeres que padezcan una enfermedad (mental) en el seno (y fuera) de la familia (Berlín)

–Proyectos de autoafirmación y autodefensa para niñas y mujeres con discapacidad (Berlín)

–Establecimiento de servicios para mujeres con discapacidad (Bremen)

–Exposición de fotografías titulada “La mujer con discapacidad” (Bremen)

–Red para mujeres con discapacidad. Apoyo a la Oficina de coordinación de Hesse para mujeres con discapacidad (Hesse)

–Folleto titulado “La situación de la mujer con discapacidad en el alojamiento que le proporcionan los servicios de asistencia a las personas con discapacidad en Hesse” (Hesse)

–Participación proporcional de la mujer en el Consejo de promoción de la integración (Mecklemburgo – Pomerania occidental)

–Asesoramiento de las mujeres con discapacidad en la Baja Sajonia (Baja Sajonia)

–Estudio titulado “Teletrabajo – una oportunidad para la mujer con y sin discapacidad” (Renania del Norte – Westfalia)

–Promoción de proyectos experimentales para mujeres y niñas con discapacidad, como por ejemplo proyectos de asistencia, etc. (Renania del Norte – Westfalia)

–Medidas relacionadas con la asistencia a las mujeres con discapacidad y con la investigación sobre cuestiones que las afectan, incluido un informe sobre la situación de las mujeres con discapacidad en Renania del Norte – Westfalia (Renania del Norte – Westfalia)

–Actos relacionados con las mujeres y las niñas con discapacidad (Renania del Norte – Westfalia)

–Trabajo de relaciones públicas (Renania del Norte – Westfalia)

–Organismo de coordinación y asesoramiento KOBRA para mujeres con discapacidad en Renania – Palatinado (Renania Palatinado)

–Proyecto experimental titulado “Construcción de una red sajona para la mujer con discapacidad” (Sajonia)

–Documento titulado “Las mujeres con discapacidad en el Estado Libre de Sajonia” (Sajonia)

–Diferenciación de género en relación con la violencia experimentada en el marco del estudio empírico sobre la situación de las personas con discapacidad en Sajonia-Anhalt (Sajonia-Anhalt)

–Instrumentación de un taller en el marco del Foro especializado de la mujer organizado en 1999 para examinar la situación de las mujeres con discapacidad en Sajonia-Anhalt (Sajonia-Anhalt)

–Promoción de “Encurtidos mezclados”, la Oficina de enlace y coordinación para las mujeres con y sin discapacidad (Schleswig-Holstein)

r)La mujer y los organismos

–Reglamentación de los nombramientos en los organismos en la Ley del Land de Renania – Palatinado relativa a la Igualdad (Baden-Württemberg, Renania – Palatinado)

–Tercer informe sobre los organismos que atañe a la representación de la mujer en esos organismos cuando el Gobierno o el Parlamento del Land tienen influencia en los nombramientos (Baden-Württemberg)

–Análisis de los informes sobre los organismos, recomendaciones para la adopción de medidas (Baden-Württemberg)

–Actos especializados a escala nacional organizados por las administraciones senatoriales encargadas de la política relativa a la mujer con objeto de promover en mayor medida la participación de la mujer en los organismos decisorios (marzo de 2001) (Berlín)

–Reglamentación de los nombramientos de mujeres, en pie de igualdad con los hombres, en el Consejo de Radiodifusión y el Consejo de Administración del Organismo de Radiodifusión de Berlín-Brandeburgo, en el Acuerdo Interestatal sobre el establecimiento de un Organismo Conjunto de Radiodifusión de los Länder de Berlín y Brandeburgo (Brandeburgo)

–Reglamentación, en la Ley del Land relativa a la Igualdad, de los nombramientos de mujeres, en pie de igualdad con los hombres, en los organismos, de la incorporación de mujeres en las propuestas que se formulen para integrar cuadros, organismos, dependencias y otros servicios del Land y del nombramiento o la presentación de candidaturas para cubrir puestos dentro y fuera de la administración del Land (Brandeburgo)

–Reglamentación indicativa en la Ley del Land relativa a la igualdad (LGG), conforme a la cual la designación de comisiones, consejos consultivos, consejos de administración y supervisión y otros organismos debe realizarse de manera tal que la mujer participe en ellos en pie de igualdad con el hombre; reglamentación complementaria de la adscripción de personas en los distintos organismos y de la obligación de rendir cuentas (artículo 12 de la Ley del Land relativa a la Igualdad, a partir de 1999) (Renania del Norte – Westfalia)

–Apertura de un archivo con los nombres de mujeres expertas en condiciones de ser nombradas en los organismos (Renania – Palatinado)

–Talleres sobre el tema “La mujer y los organismos” (Renania – Palatinado)

–Obligación de las dependencias municipales y del Land, así como de otras personas jurídicas sujetas a la supervisión legal del Estado Libre de Sajonia, de velar por la participación de mujeres y hombres en pie de igualdad (véase el artículo 15 de la Ley sajona de Promoción de la mujer (SächsFFG) de 31 de marzo de 1994 (Boletín Oficial de Sajonia [SächsGVBI.], pág. 684)) (Sajonia)

–Organización de un fichero de mujeres expertas (Sajonia-Anhalt)

–Reglamentación de los nombramientos en los organismos: las candidaturas deben ser propuestas o apoyadas por organizaciones de la administración pública (Schleswig-Holstein)

–Las mujeres en la asamblea de los medios de comunicación del Land de Turingia (incisos 1 y 4 del artículo 45 de la Ley de Radiodifusión de Turingia (Rundfunkgesetz)) (Turingia)

s)Las mujeres, los medios de comunicación masiva, las relaciones públicas y otras medidas

–Premio “Aequitas” a la igualdad (Sarre, Schleswig-Holstein)

–Campaña para las elecciones municipales de 1999: “La política sin mujeres pierde la mejor mitad”, con material adjunto, que comprendía banderas, poleras, carteles, un folleto con datos sobre la representación femenina en los Parlamentos y un calendario con la historia de la política para la mujer (Baden-Württemberg)

–Portal de la mujer en Internet www.frauen-aktiv.de (Baden-Württemberg)

–Conferencia especializada sobre la mujer —el poder— los medios de comunicación masiva (Baden-Württemberg)

–Seminarios sobre estrategia para los consejeros de distritos, organismos locales y municipios “Localización —punto de vista— estrategia” (Baden-Württemberg)

–Estudio: Representación femenina en los medios de comunicación masiva de Baden-Württemberg (Baden-Württemberg)

–Programa de promoción “Aspectos destacados de los servicios de la mujer en Baden-Württemberg” (Baden-Württemberg)

–Prospecto titulado “Asesoramiento por mentores de las mujeres en la política local” (Baden-Württemberg)

–Folleto titulado “Temas principales de la política sobre la mujer – Programa de acción del Comisionado para Asuntos de la Mujer del Gobierno del Land” (Baden-Württemberg)

–Tercer Congreso de la Mujer de Baviera titulado “Interacción – un llamamiento al compañerismo en la familia, la educación y el trabajo” (Baviera)

–Exposición del Land titulada “Historia de la mujer en Baviera” (Baviera)

–Exposición titulada “Redes” – los proyectos relativos a la mujer se abren camino en Baviera (Baviera)

–Documentación sobre congresos, conferencias especializadas y el Premio bávaro para el Adelanto de la Mujer (Baviera)

–Promoción de la Semana Anual de la Mujer en Brandeburgo (Brandeburgo)

–Seminarios de iniciación en Internet para la mujer (Bremen)

–Semana anual de la Mujer en Bremerhaven (Bremen)

–Exposición titulada “Mujeres fuertes” (Bremen)

–Folleto informativo sobre la nueva ley de padres e hijos (1º de julio de 1998) (Bremen)

–Folleto informativo sobre la separación y el divorcio (Bremen)

–Publicación de una Guía de la ciudad para la mujer en las ciudades de Bremen y Bremerhaven (Bremen)

–Adjudicación del Premio anual Elisabeth Selbert a mujeres periodistas y científicas, alternadamente (Hesse)

–Establecimiento de una plataforma de información y comunicación de y para la mujer en Renania del Norte – Westfalia a la que se puede acceder por Internet www.frauennrw.de desde 2001 (Renania del Norte – Westfalia)

–Producción de un vídeo sobre la cambiante representación de la mujer en las películas del siglo XX: “De diosas de la pantalla a ciberchicas” (2000) (Renania del Norte – Westfalia)

–Semanas anuales de campaña, junto con los comisionados locales para la igualdad, sobre temas que varían (Renania del Norte – Westfalia)

–Acto anual para celebrar el Día Internacional de la Mujer (Renania del Norte – Westfalia)

–Exposiciones tales como “Empecemos ya – imágenes de la mujer de Renania del Norte – Westfalia (Renania del Norte – Westfalia)

–Estudio titulado “Sexismo y violencia en televisión” y representación de la mujer y examen de temas relacionados con la mujer en la radio local del Land de Renania del Norte – Westfalia (Renania del Norte – Westfalia)

–Servicio de información del Land sobre la política para la mujer que se transmite periódicamente (Renania del Norte – Westfalia)

–Gran número de documentos con información sobre la política para la mujer y la igualdad (Renania del Norte – Westfalia)

–“Más mujeres en la política. Mujeres políticas ayudan a las políticas jóvenes” – Proyecto de asesoramiento político en el Land de Renania – Palatinado (Renania – Palatinado)

–El Programa 21 y la mujer en el plano local: promoción de grupos de mujeres con arreglo al Programa (Renania – Palatinado)

–Seminarios para los comisionados para la igualdad titulados “La igualdad en el trabajo”, “Los géneros que trabajan” (Renania – Palatinado)

–Promoción del desarrollo voluntario de las aptitudes de la mujer (Renania – Palatinado)

–Cupos para las asociaciones que aglutinan a otras que promueven la política de la mujer, los grupos de trabajo del Land y los organismos de coordinación y asesoramiento al servicio de la mujer (Sajonia)

–Directriz de 19 de junio de 2001 relativa al otorgamiento de subsidios para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Estipula la promoción de medidas y proyectos a favor de la mujer y contribuye así al fortalecimiento del trabajo de la mujer en las zonas rurales (Sajonia)

–“Diez años de política pro igualdad en el Estado Libre de Sajonia”, declaración formulada el 4 de abril de 2001, en nombre del Gobierno (como anteproyecto de protocolo), por la Ministra de Estado para la Igualdad de la Mujer y el Hombre, Christine Weber, ante el Parlamento del Land de Sajonia (Sajonia)

–“Diez años de política pro igualdad en el Estado Libre de Sajonia – Evolución de la situación de la mujer entre 1990 y 2000”, publicación del Ministerio de Estado para la Igualdad de la Mujer y el Hombre (Sajonia)

–Portal del Land para la mujer en Internet: “Sistema de información para la mujer de Sajonia-Anhalt” (Sajonia-Anhalt)

–Informe de expertos sobre el trabajo voluntario de mujeres y hombres (Schleswig-Holstein)

–Folleto titulado “Puntos clave de la red de la mujer de Turingia” (tercera edición) (Turingia)

t)Integración de las cuestiones de género

–Resolución del Gobierno del Land sobre la realización efectiva de la integración de las cuestiones de género en la administración del Land (Baden-Württemberg)

–Implantación de la integración de las cuestiones de género en la Administración del Senado de Berlín (Berlín)

–Acuerdo para poner en práctica la integración de las cuestiones de género en el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, Salud y la Mujer (2000) (Brandeburgo)

–Departamento del Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, Salud y la Mujer para la formación permanente de los directivos en la esfera de la integración de las cuestiones de género (2000) (Brandeburgo)

–Desarrollo de proyectos experimentales relativos a la integración de las cuestiones de género en el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, Salud y la Mujer (2001) (Brandeburgo)

–Conferencia especializada a escala de Land sobre la integración de las cuestiones de género en el campo normativo de los medios de comunicación, la salud, la administración municipal, la economía y la promoción estructural de la Unión Europea (2001) (Brandeburgo)

–Grupo supradivisional y grupo interministerial ad hoc para la integración de las cuestiones de género en el plano laboral (en preparación) (Brandeburgo)

–Tema central: La integración de las cuestiones de género en la educación (orientación profesional en la escuela para niñas y niños) (Brandeburgo)

–La integración de las cuestiones de género y la modernización de la administración (Brandeburgo)

–Estudio titulado: “Análisis en función del género de los medios de comunicación impresos, audiovisuales y digitales en el Land de Brandeburgo 01/02” (todavía no publicado) (Brandeburgo)

–Trabajo de relaciones públicas en la esfera de la integración de las cuestiones de género (conferencias, artículos impresos y por Internet, estos últimos en preparación) (Brandeburgo)

–Actos para informar sobre la integración de las cuestiones de género (Bremen)

–Acto titulado “Igualdad de oportunidades por conducto del Fondo Social Europeo en la Región metropolitana de Hamburgo – Enfoque de la gestión de integración de las cuestiones de género en la preparación de proyectos” (Hamburgo)

–Proyecto titulado “Establecimiento de grupos competentes teniendo en cuenta el aspecto operativo del género” (Hamburgo)

–Acto para examinar cuestiones de género: “Marte y Venus – Dos mundos, ¿un equipo?” (Hamburgo)

–Proyecto titulado “Aplicación de medidas de promoción de la mujer en el marco de los objetivos convenidos y del rendimiento” (Hamburgo)

–Incorporación de la idea de integración de las cuestiones de género en las actividades del Gobierno del Land de Hesse, como por ejemplo:

Acto sobre el tema “Integración de las cuestiones de género como estrategia orientada hacia el futuro para promover la política de igualdad” que se celebró en Wiesbaden (2001) bajo los auspicios del Primer Ministro de Hesse y del Ministerio de Asuntos Sociales de Hesse

Acto sobre el tema “Integración de las cuestiones de género – moderna estrategia para llevar a la práctica la igualdad de oportunidades para la mujer” en el marco de la Undécima conferencia especializada titulada “Cabildeo para crear una red de mujeres”

–Puesta en práctica de la integración de las cuestiones de género en el mercado de trabajo y en la política estructural de Renania del Norte – Westfalia y la Unión Europea (objetivos 2 y 3) haciendo efectiva la integración de las cuestiones de género en los programas mediante medidas concretas y estructuras conexas apropiadas y el control de cada programa (Renania del Norte – Westfalia)

–Proyecto experimental titulado “Capacitación en materia de género – Elemento de la gestión de la política de igualdad y del seguimiento del proyecto en el seno de la empresa”, en cooperación con la industria química (Renania – Palatinado)

–Instrumentación de la integración de las cuestiones de género en la administración del Land mediante un acuerdo de coalición, resolución del Gabinete y del Parlamento del Land (Renania – Palatinado)

–Actos sobre la integración de las cuestiones de género para personas con cargos directivos en la administración del Land, los organismos municipales, la formación política y los institutos de enseñanza superior (Renania – Palatinado)

–Publicación de un folleto informativo sobre la integración de las cuestiones de género, con recomendaciones sobre su aplicación práctica y una lista de control (Renania – Palatinado)

–Concepto del criterio de integración de las cuestiones de género en la promoción de los fondos estructurales de la Unión Europea (idea central: los fondos estructurales; objetivo 1: promoción) (marzo de 2001) (Sajonia)

–Investigación sobre la incorporación de las cuestiones de género (Centro de Investigación sobre la Mujer y el Género en la Universidad de Leipzig; Dependencia de coordinación de los estudios sobre el género (KoGenS) en la esfera del trabajo social en el Instituto Evangélico de Enseñanza Superior de Dresden; proyectos titulados “Relaciones de género en la investigación y la capacitación” en la Universidad Técnica de Dresden) (Sajonia)

–Presentación de la integración de las cuestiones de género como uno de los valores rectores (objetivos comunitarios) en el Programa operativo sajón relativo a la promoción de los fondos estructurales de la Unión Europea y a la Iniciativa comunitaria Interregno III A (Sajonia)

–Reforma de la reglamentación relativa al trabajo del Gabinete en la esfera de la integración de las cuestiones de género (agosto de 2002) (Sajonia)

–Definición preliminar del “Concepto para llevar a la práctica la integración de las cuestiones de género en los distintos planos y en distintas esferas en Sajonia” (en preparación hasta noviembre de 2002); se complementará con una experimentación piloto en un distrito rural y en el plano ministerial (Sajonia)

–Plan de ejecución del Gobierno del Land de 2 de mayo de 2000 (Sajonia-Anhalt)

–Promoción del “Instituto del Género (GISA)” (Sajonia-Anhalt)

–Proyectos de capacitación permanente y desarrollo institucional para poner en práctica el concepto de integración de las cuestiones de género (Sajonia-Anhalt)

–Conferencia de espacio abierto a escala nacional titulada “La integración de las cuestiones de género en la práctica” (Sajonia-Anhalt)

–Folleto titulado “Incorporación de las cuestiones de género en Sajonia-Anhalt” (Sajonia-Anhalt)

–Concepto básico titulado “Integración de las cuestiones de género – Moderno instrumento de control para mejorar la calidad” del Gobierno del Land de Schleswig-Holstein (16 de junio de 2002) (Schleswig-Holstein)

–Conferencia especializada titulada “Integración de las cuestiones de género” celebrada el 12 de octubre de 2000 (Schleswig-Holstein)

–Conferencia especializada titulada “Igualdad de oportunidades en una moderna política de personal” (8 de noviembre de 2001) (Schleswig-Holstein)

–Conferencia especializada titulada “La instrucción por mentores en la cumbre – Promoción de la carrera personal como receta de éxito” (28 de febrero de 2002) (Schleswig-Holstein)

–La práctica de la integración de las cuestiones de género en la planificación y la adopción de medidas (Turingia)

–Investigación sobre asuntos de la mujer en relación con la “integración de las cuestiones de género” en la Universidad de Erfurt y examen de sus resultados en una conferencia internacional (Turingia)

4.Publicaciones del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud sobre temas relacionados con la igualdad

4.1.Serie de publicaciones del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud

Publicaciones del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, 11018 Berlín, www.bmfsfj.de

Vol. 164: Umfeld und Ausmaß des Menschenhandels mit ausländischen Mädchen und Frauen – Autores: Dr. Dagmar Heine-Wiedemann, Dr. Lea Ackermann, Hans-Jürgen Mahnkopf, Dr. Rainer Wiedemann

Vol. 165: Familien- und Kinderfreundlichkeits-Prüfung in Kommunen: Erfahrungen und Konzepte, informe IES 215.97, trabajo académico del Dr. Andreas Borchers y el Dr. Dirk Heuwinkel

Vol. 176: Teilzeit für Fach- und FührungskräfteManual para funcionarios y jefes de los servicios de personal, trabajo académico de Infratest Burke Sozialforschung GmbH & Co. Eva Bujok, Harald Bielenski

Vol. 179: Väter und ErziehungsurlaubInforme final de la encuesta “Los padres y la licencia por crianza de los hijos” – Universidad de Bamberg – Prof. Dr. Laszlo A. Vaskovics, Harald Rost

Vol. 180: Die wirtschaftlichen Folgen von Trennung und ScheidungProf. Dr. H. J. Andreß und Henning Lohmann, Facultad de Sociología de la Universidad de Bielefeld

Vol. 183: LIVE Leben und Interessen vertreten – Frauen mit Behinderung – Lebenssituation, Bedarfslagen und Interessenvertretung von Frauen mit Körper- und Sinnesbehinderungen – Autores: Nicole Eiermann, Monika Häußler, Cornelia Helfferich

Vol. 186: Frauen ohne WohnungManual para la asistencia ambulatoria de las mujeres sin techoSozialwissenschaftliche Frauenforschung e. V. Frankfurt – Autores: Dr. Uta Enders-Dragässer, Dr. Brigitte Sellach, Antje Feig, Marie-Luise Jung, Sabine Roscher

Vol. 186.1: Berufliche Förderung von alleinstehenden wohnungslosen FrauenInforme final del trabajo académico sobre el proyecto del mismo nombre encargado por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud (1998-2000) – Autor: Dr. Uta Enders-Dragässer

Vol. 193: Modelle der Kooperation gegen häusliche Gewalt, “Wir sind ein Kooper a tionsmodell, kein Konfrontationsmodell”Resultados del trabajo académico del Proyecto berlinés de mediación ante la violencia en el hogar (BIG) – Universidad de Osnabrück – Autores: Prof. Dr. Barbara Kavemann, Beate Leopold, Dr. Gesa Schirrmacher, Prof. Dr. Carol Hagemann-White

Vol. 193.1: Fortbildung für die Intervention bei häuslicher Gewalt – Auswertung der Fortbildungen für Polizeiangehörige sowie Juristinnen und Juristen –Resultados del trabajo académico del Proyecto berlinés de mediación ante la violencia en el hogar – Autor: Prof. Dr. Barbara Kavemann

Vol. 194.3: Freiwilliges Engagement in Deutschland – Frauen und Männer, Jugend, Senior citizens und sportResultados del estudio representativo sobre el trabajo voluntario y el compromiso civil ­ Autora: Sibylle Picot

Vol. 199: Alleinerziehen – Vielfalt und Dynamik einer LebensformAutores: Norbert F. Schneider, Dorothea Krüger, Vera Lasch, Ruth Limmer, Heike Matthias-Bleck

Vol. 209: Bericht zur gesundheitlichen Situation von Frauen in DeutschlandToma de inventario ante la diferente evolución de Alemania occidental y oriental realizado con la cooperación académica de varias instituciones

Vol. 218: Frauenspezifische Beratungseinrichtungen für ExistenzgründerinnenAnálisis y posibilidades – Deutsches Gründerinnen Forum e. V. : Dr. Birgit Buschmann, Margit Bonacker, Angelika Caspari

4.2.Folletos, informes, documentos y materiales relativos a la política desarrollada por el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud en materia de igualdad

Política relativa a la igualdad en general

Männerforschung als Beitrag zur Geschlechterdemokratie – Ansätze einer kritischen Männerforschung im Überblick

Zweiter Bericht der Bundesregierung über den Anteil der Frauen in wesentlichen Gremien im Einflussbereich des Bundes, Documento impreso 13/1076 del Parlamento Federal

Dritter Bericht der Bundesregierung über den Anteil der Frauen in wesentlichen Gremien im Einflussbereich des Bundes, Documento impreso 14/9210 del Parlamento Federal

Vierter Bericht der Bundesregierung über die Förderung von Frauen im Bundesdienst, Documento impreso 14/5003 del Parlamento Federal

Fragebogen der Vereinten Nationen zur nationalen Umsetzung der Aktionsplattform der Vierten Weltfrauenkonferenz von PekingRespuestas de la República Federal

Frauen 2000: Gleichstellung, Entwicklung und Frieden für das 21. JahrhundertPrincipales resultados del período extraordinario de sesiones de la Asamblea General dedicado a “Beijing + 5”

20 Jahre Übereinkommen der Vereinten Nationen zur Beseitigung jeder Form von Diskriminierung der Frau

Die Frauen der Welt 2000 – Trends und StatistikenTraducción al alemán de la documentación de las Naciones Unidas

Los intereses de la mujer y la política relativa a la mujerEstudio representativo de los intereses de la mujer y sus expectativas en materia política realizado por el Instituto Allensbach de Demoscopia por encargo del Ministerio Federal de Protección del Consumidor, Alimentación y Agricultura, marzo de 2000

Medidas del Gobierno Federal para promover la igualdad entre la mujer y el hombre

Nueva Ley Federal relativa a la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en la Administración Federal y los tribunales de la Federación (Gesetz zur Gleichstellung von Frauen und Männern in der Bundesverwaltung und in den Gerichten des Bundes)

Neuer Aufbruch in der Gleichstellungspolitik, volante

Gleichstellung im Aufwind – Perspektiven einer modernen Gleichstellungspolitik. Documentación del congreso especializado de comisionados de la Federación para asuntos de la mujer de 22 y 23 de marzo de 2000

Mit allen – für morgen.Mehr Chancen, mehr Rechte, mehr Sicherheit

Fakultativprotokoll zum Übereinkommen zur Beseitigung jeder Form von Diskriminierung der FrauFolleto relativo a la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, No. 82/2001

Gender Mainstreaming. Was ist das?Folleto relativo al principio de integración de las cuestiones de género y a la ejecución por el Gobierno Federal de la estrategia de integración de las cuestiones de género

Gender-spezifische Aufbereitung der amtlichen StatistikMöglichkeiten respektive AnforderungenInforme técnico del Instituto de Investigación sobre las empresas medianas

Die Darstellung von Frauen und die Behandlung von Frauenfragen im Fernsehen Resumen del Informe final redactado y presentado por Heike Becker, M.A. y el Prof. Dr. Wolfgang Becker (No. 83/2001)

Ursache und Umfang von Frauenarmut Informe técnico en el marco del Informe del Gobierno Federal sobre pobres y ricos (No. 86/2001)

Gesetz zur Regelung der Rechtsverhältnisse der Prostituierten Prostitutionsgesetz – ProstG)Terminología de la Ley y fundamentos del proyecto de ley orgánica (No. 87/2001)

La mujer y el trabajo/conciliación

Programa titulado “Frau und Beruf” ­ Aufbruch in der Gleichstellungspolitik

Las mejores prácticas. Vorbildhafte Unternehmensbeispiele zu Chancengleichheit in der Wirtschaft

Chancengleichheit in der WirtschaftDocumentación final de los cuatro foros de diálogo y del congreso sobre la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en las empresas

Rückkehr in den BerufInformación sobre las maneras de retornar al puesto de trabajo después de la maternidad y la licencia para la crianza de los hijos

STARTNOWfreundin EDICIÓN ESPECIAL PARA LAS MUJERES QUE EMPRENDEN ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Chancengleichheit in einer familienfreundlichen ArbeitsweltAuditoría social en Europa

Der familienfreundliche Betrieb 2000: Neue Chancen für Frauen und MännerDocumentos relativos a la competencia nacional

WOW – Las mujeres en la WebDocumentos relativos a la conferencia internacional “Las mujeres en la Web” – Oportunidades y beneficios de Internet para la mujer, 8-10/03/2001, Hamburgo, ed. abril de 2002

Vereinbarkeit von Familie und ErwerbstätigkeitAsesoramiento a las personas que trabajan por cuenta propia y a los miembros de la familia empleados en empresas familiares

Aktivitäten von und für Unternehmerinnen und Existenzgründerinnen im Bereich der Klein und MittelbetriebePanorama nacional y lista de direcciones

12 Diskussionspunkte zur Förderung einer gleichberechtigten Teilhabe von Männern und Frauen bei Unternehmensnachfolge und ExistenzgründungResultados de la cooperación existente entre el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud y la Cámara Alemana del Comercio y la Industria (DIHK), la Asociación Central de Comercios de artesanía (ZDH) y la Caja Alemana de Compensación (DtA)

Frauen im Kultur- und Medienbetrieb IIIFakten zu Berufssituation und QualifizierungLa mujer en las letras y los medios de comunicación IIIInforme del Centro de Investigación sobre la Cultura para el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, kultur & wissenschaft, Vol. 19

Trotz Fleiß – keinen Preis?Frauen in der individuellen Künstlerförderung IIInforme del Centro de Investigación sobre la Cultura para el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud, kultur & wissenschaft, Vol. 20

Beratungs- und Qualifizierungsangebote der Kammern zur Förderung unternehmerischer Aktivitäten von Frauen – Versión abreviada (No. 74/2000)

Iniciativa comunitaria CHANGE / CHANCE. Publicación de la investigación del Foro Alemán de Mujeres que emprenden actividades empresariales sobre el tema: “Gründung, Übernahme und Leitung von Unternehmen durch Frauen” (No. 76/2000)

Potenziale sozialverträglicher Arbeitnehmerüberlassung zur Wiedereingliederung von Frauen – Declaración técnica sobre la prueba piloto en START Zeitarbeit NRW GmbH y Gesell-schaft für Arbeitnehmerüberlassung Thüringen mbH (No. 77/2000)

Familienbezogene Gestaltung von Telearbeit 1997-2000 Informe final (No. 81/2000)

Bericht zur Berufs- und Einkommenssituation von Frauen und MännernPrimer informe del Gobierno Federal sobre la situación de las mujeres y los hombres con respecto a la profesión y los ingresos, ed. 2002 (No. 85/2002)

Rentenratgeber für Frauen

Familia

Die Familie im Spiegel der amtlichen Statistik

6. Familienbericht: Familien ausländischer Herkunft in Deutschland: Leistungen – Belastungen –Herausforderungen

Familien im Zentrum. Bestandsaufnahme und Perspektiven der Familienpolitik der Bundesregierung

Behinderte Eltern: (Rápido) unsichtbar und doch überall (No. 7/2000)

Wie leben die Deutschen?Lebensformen, Familien- und Haushaltsstrukturen in Deutschland – Evaluación especial con los datos del Microcenso de 1998 (No. 10/2000)

Familienselbsthilfe und ihr Potenzial für eine Reformpolitik von “unten”Efectos y beneficios de la autoayuda en el seno de la familia para la persona, la familia y la comunidad (No. 15/2001)

Entwicklung von Beratungskriterien für die Beratung Schwangerer bei zu erwartender Be-hinderung des Kindes – Modellprojekt. Resumen de los resultados (No. 16/2002)

Mein Papa und ich – Ein Vater-Kind-Ratgeber(publicado en colaboración con Mehr Zeit für Kinder e.V.), ed. 2002

Material de la campaña “Mehr Spielraum für Väter”: despliegue de información, folleto, cartel, videocasete, casete, CD-ROM

Educación (prestaciones de ayuda/asesoramiento)

Prestación por crianza de los hijos, licencia para criar a los hijosInformación sobre la antigua Ley federal relativa al subsidio por crianza de los hijos, que se aplica a los padres de niños nacidos antes del 31 de diciembre de 2000

Erziehungsgeld, ElternzeitLa nueva Ley federal relativa al subsidio por crianza de los hijos, que se aplica a los padres de niños nacidos de 2001 en adelante

Gesetzliche Bestimmungen § 218Información para mujeres, familias, centros de asesoramiento y médicos sobre la Ley de reforma de la legislación relativa a la asistencia a las mujeres embarazadas y las familias (Schwangeren- und Familien-hilfeänderungs-gesetz) (SFHÄndG 1995)

Kindergeld 2002

MutterschutzgesetzPrincipios rectores de la Ley de protección de la maternidad

Die neue Beistandschaft

Das neue KindschaftsrechtFolleto editado en conjunto por el Ministerio Federal de Justicia y el Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud

Praxis der Kinderpsychologie und KinderpsychiatrieResultados del sicoanálisis, la sicología y la terapia familiar, ed. 9/10/01

Staatliche Hilfen für Familien – wann, wo, wie

Mehr Respekt vor Kindern

– Folleto informativo sobre la educación exenta de violencia. Conversaciones con expertos, informes, actividades, asistencia

Prospecto sobre la educación exenta de violencia (publicado en colaboración con el Ministerio Federal de Justicia) con información sobre el tema para los padres

Gewaltfreies Erziehen in Familien – Schritte der VeränderungDocumentación de una conferencia especializada del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud y el Instituto Alemán de la Juventud celebrada el 21 y 22 de marzo de 2000 en Berlín (No. 8/2000)

Gewaltfreie ErziehungDocumentación de una conferencia especializada de la División de la Familia del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud celebrada el 18 y 19 de mayo de 2000 (No. 9/2000)

Padres y madres solteros

Allein erziehend – Tipps und InformationenAsociación de padres y madres solteros, 14ª ed, 2002

Alleinerziehen in DeutschlandRecursos y riesgos de un modo de vidaDocumentación de la conferencia especializada celebrada el 23 de junio de 2000, Universidad de Humboldt en Berlín

Der UnterhaltsvorschussInformación sobre el pago de adelantos de la pensión alimentaria y otras ayudas a las familias monoparentales

Violencia

Frauenhäuser in Deutschland – Handbuch

Frauen handeln in DeutschlandProyectos feministas en Alemania que atañen a problemas asociados con la trata de mujeres – documentación

Genitale Verstümmelung bei Mädchen und Frauen

Mehr Mut zum RedenSobre las mujeres maltratadas y sus hijos

Aktionsplan der Bundesregierung zur Bekämpfung von Gewalt gegen Frauen

Conferencia especializada titulada “Zivilrechtliche Schutzmöglichkeiten bei häuslicher Gewalt” que se celebró el 11 de mayo en Bonn, Documentación (No. 75/2000)

Formulare für Frauen zur Beantragung zivilrechtlichen Schutzes nach dem Gewaltschutzge-setz - erstellt vom Berliner Interventionsprojekt gegen häusliche Gewalt (No. 80/2000))

Sorge- und Umgangsrecht bei häuslicher Gewalt: Aktuelle rechtliche Entwicklungen, wissenschaftliche Erkenntnisse und Empfehlungen (No. 90/2002)Rahmenbedingungen für polizeiliche / gerichtliche Schutzmaßnahmen bei häuslicher Gewalt (No. 91/2002)

Gewalt gegen Frauen hat viele GesichterFolleto para mujeres hecho por mujeres

Gewalt in Ehe und Partnerschaft – Sugerencias y propuestas para el trabajo de asesoramiento con mujeres que han sido maltratadas

Mehr Schutz bei häuslicher Gewalt – Información sobre la nueva Ley de Protección contra la violencia

No. 1: Alte Ziele – Neue Wege Gewalt gegen Frauen im häuslichen BereichPublicado por: BIG e. V. (Iniciativa berlinesa para combatir la violencia contra la mujer), organismo de coordinación del Proyecto berlinés de Mediación frente a la violencia en el hogar

No. 2: Jetzt erst Recht – Rechtliche Rahmenbedingungen effektiver Intervention gegen häusliche GewaltPublicado por: BIG e. V. (Iniciativa berlinesa para combatir la violencia contra la mujer), organismo de coordinación del Proyecto berlinés de Mediación frente a la violencia en el hogar

No. 3: Grenzen setzen – verantwortlich machen – Veränderungen ermöglichen – Die Arbeit mit Tätern im Rahmen eines Interventionsprojektes gegen häusliche GewaltPublicado por: BIG e. V. (Iniciativa berlinesa para combatir la violencia contra la mujer), organismo de coordinación del Proyecto berlinés de Mediación frente a la violencia en el hogar

Berliner Interventionsprojekt gegen häusliche GewaltEin neuartiges Projekt gegen Männergewalt an Frauen stellt sich vor BIG e. V. (Iniciativa berlinesa para combatir la violencia contra la mujer), organismo de coordinación del Proyecto berlinés de Mediación frente a la violencia en el hogar

La mujer con discapacidad

Frauen mit Behinderung – Leben und Interessen vertreten – LIVE Documentación del simposio celebrado de 5 a 7 de mayo de 1999 en Friburgo de Brisgovia

Mit uns ist zu rechnenFolleto con consejos para la mujer con discapacidad

Umfrage in Berufsbildungs- und Berufsförderungswerken zur Situation von Frauen und Mädchen mit BehinderungenSubproyecto de la “Organización Federal de la Mujer con Discapacidad” dirigido por Bildungs – und Forschungsinstitut zum selbstbestimmten Leben Behinderter–BIFOS– e. V. Berlín/Kassel

La mujer en situaciones especiales

Deutschland – ein Paradies für Frauen? – Información para las mujeres que quieren entrar en Alemania.Disponible en: alemán, español, inglés, serbocroata, turco, rumano, checo, búlgaro, ruso, tailandés, portugués y polaco

Aber nie, nie im Leben hab' ich mir vorgestellt, dass so was möglich ist – Kalendarium des Frauen-Konzentrationslagers RavensbrückCronología y textos de la historia del campo de concentración para mujeres Ravensbrück.Autores: G. Philipp y Ch. Schikorra

Personas de edad

Altenbericht, Dritter – Alter und GesellschaftDritter Bericht zur Lage der älteren Generation in der Bundesrepublik Deutschland: Alter und Gesellschaft und Stellungnahme der Bundesregierung, Parlamento Federal de Alemania, 14º período electoral, documento impreso 14/5130 de 19/1/2001

Altenbericht, Vierter – Risiken, Lebensqualität und Versorgung Hochaltriger ­ unter besonderer Berücksichtigung demenzieller Erkrankungen Vierter Bericht zur Lage der älteren Generation in der Bundesrepublik Deutschland Risiken, Lebensqualität und Versorgung Hochaltriger – unter besonderer Berücksichtigung demenzieller Erkrankungen und Stellungnahme der Bundesregierung, Parlamento Federal de Alemania, 14º período electoral, documento impreso 14/8822 de 18/4/2002

Política relativa a la niñez y la juventud

Beteiligungsmöglichkeiten für Kinder und Jugendliche und Freiwilliges Engagement Pasaje de la importante interpelación en el Parlamento Federal de las coaliciones parlamentarias SPD y BÜNDNIS 90/DIE GRÜNEN “Zukunft gestalten – Kinder und Jugendliche stärken”

Eltern bleiben ElternInformación sobre la asistencia que se presta a los niños cuyos padres están separadosPublicada por Deutsche Arbeitsgemeinschaft für Jugend und Eheberatung

Frauen und Männer: Gemeinsame Aufgaben gleichberechtigt wahrnehmenFolleto pedagógico

Gemeinsame Aufgabe GleichberechtigungOpúsculo para gente joven

MädchenpolitikRespuesta del Gobierno Federal a una importante interpelación de la coalición parlamentaria Bündnis 90 / Die Grünen (documento impreso del Parlamento Federal)

Sexueller Kindesmissbrauch – Vorbeugen und Helfen (videofilme con libro adjunto) – programa de formación permanente, con apoyo de los medios de comunicación, para todos los que se ocupan de niños profesional o voluntariamente

Asistencia social, compromiso civil

NAKOS Grüne Adressen 1999/2000Organismo Nacional de Acercamiento e Información encargado de proponer la constitución de agrupaciones de autoayuda, asociaciones nacionales de autoayuda y otras instituciones pertinentes y de proporcionarles apoyo

NAKOS Rote Adressen 1999/2000Organismo Nacional de Acercamiento e Información encargado de proponer la constitución de agrupaciones de autoayuda y asociaciones locales y regionales de autoayuda y de proporcionarles apoyo

Freiwilliges Engagement als Chance zur Teilhabe aus der Geschlechterperspektive – Auswertungen zu den Tätigkeitsbereichen und Potenzialen der Freiwilligenarbeit auf der Grundlage des Freiwilligensurvey 1999 (No. 88/2001)

Materialien der Bundeszentrale für gesundheitliche AufklärungPublicado en nombre del Ministerio Federal de Asuntos de la Familia, las Personas de Edad, la Mujer y la Juventud:

Foro Sexualaufklärung, opúsculo 4-2001, Integración de las cuestiones de género

Familia (planificación )

Familienplanung und Lebensläufe von Frauen- Kontinuitäten und Wandel. Documentación relativa al simposio organizado por el Centro Federal de Educación para la Salud y celebrado en Friburgo de 27 a 29 de febrero de 2000

Wissenschaftliche Grundlagen – FamilienplanungVol. 13.3 de la serie de publicaciones especializadas titulado “Forschung und Praxis der Sexualaufklärung und Familienplanung”

frauen leben – Eine Studie zu Lebensläufen und FamilienplanungVol. 19 de la serie de publicaciones especializadas titulado “Forschung und Praxis der Sexualaufklärung und Familienplanung”

Folleto sobre el Foro de educación sexual y planificación familiar 1-1999 Familienplanung

Folleto sobre el Foro de educación sexual 1-2001 Jugendliche Schwangere und Mütter

Folleto sobre el Foro de educación sexual y planificación familiar 1/2 2001 Reproduktionsmedizin Gentechnologie

Schwanger? – Informationen für Migrantinnen in Deutschland (alemán/árabe, alemán/inglés, alemán/francés, alemán/serbocroata, alemán/turco)

Pränataldiagnostik Beratung, Methoden, Hilfen: folleto con información inicial

Medienset unerfüllter Kinderwunsch

•Ein “kleines Wunder”: Die Fortpflanzungfolleto en alemán/turcovídeo en alemán/turco

•Wenn ein Traum nicht in Erfüllung geht...folleto en alemán/turcovídeo en alemán/turco

•Sehnsucht nach einem Kindfolleto en alemán/turcovídeo en alemán/turco

•“Warum gerade wir?”folleto en alemán/vídeo en alemán

Sichergehn Verhütung für sie und ihn

Partnerschaftlich handelnManual básico para instructores a cargo de la formación dentro de la empresa

Niñas

Vol. 3-2000 del Foro de educación sexual, Mädchen und Frauen

“meine Sache” – Documentación de la conferencia especializada sobre el trabajo de educación sexual con niñas

Sexualpädagogische Mädchenarbeit – Serie de folletos especializados: Forschung und Praxis der Sexualaufklärung und Familienplanung”, Vol. 17

5.Publicaciones de otros Ministerios y organismos federales sobre temas relacionados con la igualdad

Ministerio de Asuntos Exteriores

Publicaciones de la Oficina de Publicaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Werderscher Markt 1, 10117 Berlín, www.auswaertiges-amt.de

Drittes Forum Globale FragenGleichstellung in Politik, Gesellschaft und Wirtschaft, Berlín, 8 y 9 de mayo de 2000

Kinderrechte sind Menschenrechte – Kinder in Europa und ZentralasienDocumentación de la conferencia celebrada de 16 a 18 de mayo de 2001, Berlín

Europa gegen MenschenhandelDocumentación de la conferencia celebrada el 15 y 16 de octubre de 2001, en Berlín, en colaboración con la OSCE BMRDI

Fünfter Menschenrechtsbericht der Bundesregierung, 2000

Sechster Menschenrechtsbericht der Bundesregierung, 2001

Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales

Publicaciones de la Sección de Relaciones Públicas del Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales, Postfach 500, 53105 Bonn, www.bma.de

Alterssicherung von Frauen in der Europäischen Union und der Schweiz, Regelungen und aktuelle Reformen, informe de la investigación

Arbeitsplatz Haushalt, folleto con consejos

Der Bildschirm-Arbeitsplatz

Bericht der Bundesregierung über die soziale Lage der Künstlerinnen und Künstler in Deutschland

Hilfe für Opfer von Gewalttaten

Lebenslagen in Deutschland. Primer informe del Gobierno Federal sobre pobres y ricos: datos y hechos

Leben, lernen, arbeiten in Europa

Ratgeber für behinderte Menschen

Sozialhilfe

Soziale Sicherung im Überblick(disponible asimismo en: Seguridad Social)

Teilzeit – Neue Perspektiven – Menschen, Motive, Modelle

Telearbeit – Ein Leitfaden für flexibles Arbeiten in der Praxis

Teilzeit- alles was Recht ist.

Marco legal para empleados y empleadores

Ministerio Federal de Educación e Investigación

Publicaciones del Ministerio Federal de Educación e Investigación, Postfach 300 235, 53182 Bonn, www.bmbf.de

Beruf Informatikerin – be.it.

Beruf Ingenieurin – be.ing.

Berufliche Chancen für Frauen in unserer Informationsgesellschaft – Folleto

Europäischer Bildungsraum – Grenzenlos Lernen und Arbeiten

EXIST: Existenzgründer aus Hochschulen – Stand und Perspektiven

Frauen in Bildung und Forschung – Integración de las cuestiones de género(disponible asimismo en: More women at the top! (¡Más mujeres en la cumbre!) Integración de las cuestiones de género en los servicios de investigación)

Ministerio Federal de Hacienda

Publicaciones del Ministerio Federal de Hacienda, Wilhelmstr. 97, 10117 Berlín,www.bundesfinanzministerium.de

Die neue Familienförderung

Ministerio Federal de Salud

Publicaciones del Ministerio Federal de Salud, Am Probsthof 78 a, 53121 Bonnwww.bmgesundheit.de

Fortpflanzungsmedizin in Deutschland, Vol. 92 de la serie de publicaciones, 2000

El Centro Federal de Educación para la Salud, 51101 Köln, www.bzga.de, en nombre del Ministerio Federal de Salud, publica el siguiente material:

Sexualidad

Frauenmacht – Folleto titulado “Liebe, Treue, Sex, Moral, Kinder, AIDS (SIDA) ...”

Es gibt etwas, das Du vor Deiner Ehe wissen musst – Folleto con información sobre el SIDA para jóvenes turcas

Adicción

Alkohol und Schwangerschaft – Consejo Alemán sobre Problemas de Adicción (DHS)

Frau Sucht Gesundheit – Ich will da raus!Frente a la enfermedad de la adicción

Frau Sucht Gesundheit –Statt Risiken und Abhängigkeit-¿Cómo puede hacer la mujer para controlar su adicción con sicofármacos? (DHS)

Frau Sucht Gesundheit – Mit Vorsicht genießen – Información y consejos para la mujer con respecto al alcohol (DHS)

Frau Sucht Gesundheit – Die Luft anhalten – oder: Warum rauchen Frauen

Frau Sucht Liebe – Co-Abhängigkeit und Beziehungssucht

Auf dein Wohl, mein Kind!Folleto con consejos sobre el tema del alcohol para futuros padres

Ich bekomme ein Baby – rauchfreiFolleto con consejos para las embarazadas y sus parejas

Das Baby ist da – rauchfreiFolleto con consejos para que los padres jóvenes no se aparten de su determinación de no fumar

Geschlechtsbezogene Suchtprävention. Praxisansätze–Theorieentwicklung–DefinitionenVol. 2 de la serie titulada Forschung und Praxis der Gesundheitsförderung

Mädchen

Starke Mädchen – Revista para chicas que se ocupa del deseo y la frustración, el verdadero amor y la amistad

Ministerio Federal del Interior

Publicaciones del Ministerio Federal del Interior, Alt Moabit 101d, 10559 Berlín, www.bmi.bund.de

Asylpraxis – Vol. VI

Das neue Staatsangehörigkeitsrecht – Einbürgerung: fair, gerecht, tolerant

Teilzeitbeschäftigung im öffentlichen Dienst

Ministerio Federal de Justicia

Publicaciones del Ministerio Federal de Justicia (BMJ), Mohrenstr. 37, 10117 Berlín, www.bmj.de

Matrimonio y familia

Ehe- und Familienrecht, Información sobre la ley de matrimonio y divorcio, la manutención, los regímenes de propiedad y las modificaciones de los derechos de pensión

Violencia

Kinderpornographie, protección de la juventud y responsabilidad del prestador en Internet, Estudio comparativo de las leyes penales, Foro Verlag Godesberg

Opferfibel – Rechtswegweiser für Opfer einer Straftat

Los hijos

Kinder suchen Eltern, Eltern suchen Kinder.Información sobre la Ley de adopción y el destino de los adoptados

Das neue Kindschaftsrecht. Preguntas y respuestas sobre las leyes relativas a la paternidad, la custodia de los hijos, el derecho de visitas y el apellido y las nuevas disposiciones sobre las acciones judiciales

Ministerio Federal de Defensa

Publicaciones del Servicio de Información del Ministerio Federal de Defensa, Rochusstr. 32, 53123 Bonn, www.bundeswehr.de

Stichworte: “Frauen in der Bundeswehr”

Info zur sozialen Absicherung für Soldatinnen

Ministerio Federal de Economía y Tecnología

Publicaciones del Ministerio Federal de Economía y Tecnología, Scharnhorststr. 34-37, 10115 Berlín, www.bmwi.de

Starthilfe – Der erfolgreiche Weg in die Selbständigkeit

Erfolgreich selbständig. Frauen unternehmen was! – Consejos para las mujeres que emprenden actividades comerciales

Wettbewerbsvorteil – Familienbewusste Personalpolitik

Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo

Publicaciones de la Sección de Relaciones Públicas del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo, Friedrich-Ebert-Allee 40, 53113 Bonn, www.bmz.de

“Empowerment” von Frauen in der entwicklungspolitischen Praxis

Für globale soziale Gerechtigkeit – BMZ Especial No. 034

Frauen bewegen die Welt

Gleichberechtigungskonzept “Konzept für die Förderung der gleichberechtigten Beteiligung von Frauen und Männern am Entwicklungsprozess”

Umsetzung des Aktionsprogramms der Weltbevölkerungskonferenz, BMZ Especial No. 095

Entwicklung ist weiblich, vídeo

Oficina Federal de Prensa e Información

Publicaciones de la Oficina Federal de Prensa e Información, 11044 Berlín, www.bundesregierung.de

Familie Deutschland. Mehr Chancen, mehr Rechte, mehr Sicherheit

Frauen in Europa

Servicio Federal de Empleo

Publicaciones del Departamento de Publicaciones del Servicio Federal de Empleo, Postfach, 90327 Nürnberg, www.arbeitsamt.de

– Auswirkungen der Informationstechnik auf die Frauenerwerbstätigkeit – insbesondere in den Büroberufen

Frauenerwerbstätigkeit – Literatur und ForschungsprojekteDocumentación del material de referencia disponible sobre las investigaciones sobre el mercado de trabajo y las ocupaciones

Beschäftigungsprojekte für Frauen auf dem Lande in Ostdeutschland(Instituto de Investigaciones sobre el mercado de trabajo y las ocupaciones del Servicio Federal de Empleo)

– Informationen für die Beratungs- und Vermittlungsdienste der Bundesanstalt für

Arbeit (IBV); folletos especiales de aparición periódica sobre asuntos de la mujer, por ejemplo: Integración de las cuestiones de género, Frauen und IT, Teilzeitausbildung für Mütter und Väter, Wege zur Chancengleichheit, Weiter geht’s mit Job-AQTIV

Arbeitsmarktchancen für Frauen – Beiträge zur Arbeitsmarkt- und BerufsforschungGerhard Engelbrech (ed.), BeitrAB 258, Nuremberg 2002