Lista de cuestiones y preguntas previa a la presentación del noveno informe periódico de Alemania*

Generalidades

A fin de poder dar seguimiento a la aplicación de la Convención, sírvanse proporcionar información y datos estadísticos, desglosados por sexo, edad, discapacidad, nacionalidad, origen étnico, religión y ubicación (urbana o rural), sobre la situación actual de las mujeres en el Estado parte. De conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, relativa a poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, y a la luz de las observaciones finales formuladas por el Comité sobre los informes periódicos séptimo y octavo combinados del Estado parte (CEDAW/C/DEU/CO/7-8, párrs. 10, 18, 24, 30 y 40), sírvanse indicar la manera en que el Estado parte tiene previsto mejorar la recopilación y el análisis de los datos relativos a las esferas abarcadas por la Convención con el fin de respaldar la elaboración de políticas y programas y evaluar los progresos realizados en la aplicación de la Convención y la promoción de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en particular en lo que respecta a las esferas concretas que se examinan en el presente documento.

Aplicación de la Convención

A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 10), sírvanse proporcionar información sobre las medidas de creación de capacidad adoptadas por el Estado parte para los jueces, fiscales y abogados en relación con la Convención y el Protocolo Facultativo. Sírvanse informar también si la Convención y el Protocolo Facultativo se han aplicado o invocado directamente en los tribunales nacionales. Sírvanse también describir las medidas adoptadas para reforzar el mandato del Instituto Alemán de Derechos Humanos a fin de facultarlo para garantizar la aplicación transparente, coherente y sistemática de la Convención en todo el Estado parte.

Aplicación de la Convención en el sistema federal

En vista de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 12), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para reforzar la coordinación eficaz de las estructuras en todos los niveles a fin de asegurar la uniformidad de los resultados en la aplicación de la Convención en todo el Estado parte.

Marco legislativo y de políticas

A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 14), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para: a) modificar la Ley General de Igualdad de Trato, en consonancia con las propuestas contenidas en la evaluación realizada por el Organismo Federal de Lucha contra la Discriminación, y velar por que se amplíe su ámbito de aplicación; b) introducir el derecho de acción colectiva por parte de los sindicatos y organizaciones de mujeres, de manera que puedan incoar casos de discriminación por razón de género ante los tribunales, y prorrogar al menos a seis meses el plazo para la presentación de denuncias de discriminación por razón de género; y c) incluir los despidos en la Ley y derogar el artículo 9 de la misma.

Obligaciones extraterritoriales

A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 16), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para: a) reforzar las leyes del Estado parte que regulan el comportamiento de las empresas registradas o domiciliadas en el Estado parte en relación con sus actividades en el extranjero; b) establecer mecanismos eficaces para investigar las denuncias presentadas contra esas empresas; c) adoptar medidas de reparación para facilitar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violaciones de los derechos humanos; d) velar por que los mecanismos judiciales y administrativos existentes tengan en cuenta una perspectiva de género; y e) asegurar que, en los acuerdos comerciales y de inversión negociados por el Estado parte, este reconozca la primacía de sus obligaciones internacionales de derechos humanos sobre los intereses de los inversores.

Las mujeres y la paz y la seguridad

Habida cuenta de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 28), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para armonizar la legislación que regula el control de la exportación de armas con lo establecido en el artículo 7 4) del Tratado sobre el Comercio de Armas y la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo de la Unión Europea, y las medidas adoptadas para garantizar que, antes de que se concedan licencias de exportación, se realicen evaluaciones generales y transparentes sobre los efectos que tiene el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras en las mujeres, incluidas las que viven en zonas de conflicto.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

En vista de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 18), sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para elaborar una estrategia, una política y un plan de acción integrales de alcance nacional en materia de género para hacer frente a los factores estructurales que causan las persistentes desigualdades, incluidas las formas de discriminación interseccional contra las mujeres y las niñas desfavorecidas y marginadas. Sírvanse describir las medidas tomadas para adoptar un proceso integrado de presupuestación con perspectiva de género, incluida la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, dotado de mecanismos eficaces de vigilancia y rendición de cuentas en todos los sectores y niveles del Gobierno. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para reforzar el mandato del Organismo Federal de Lucha contra la Discriminación y conferirle la autoridad necesaria para incoar causas judiciales, iniciar investigaciones e imponer sanciones. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para asegurar que se le asignen recursos humanos, técnicos y financieros suficientes al Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo a los efectos de la aplicación plena y efectiva de su política de igualdad de género en el desarrollo alemán y el plan de acción en materia de género, especialmente a nivel de los estados federales.

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas especiales de carácter temporal adoptadas o aplicadas a fin de lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en particular en la educación, el empleo y la participación de las mujeres en la vida política y pública, de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención, y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, relativa a las medidas especiales de carácter temporal (párr. 20).

Estereotipos

A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 22), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para: a) eliminar los estereotipos discriminatorios en relación con las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad; b) alentar los programas de creación de capacidad para los medios de comunicación y la cobertura informativa que tenga en cuenta las cuestiones de género; c) incorporar medidas para promover la igualdad de representación de las mujeres y los hombres en los medios de comunicación; y d) reforzar el papel del Consejo de Normas de Publicidad de Alemania para garantizar la imposición de sanciones adecuadas y el recurso a facultades coactivas para luchar contra los estereotipos de género discriminatorios. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para armonizar la legislación pertinente y prevenir el sexismo, de conformidad con el artículo 5 a) de la Convención y la recomendación CM/Rec(2019)1 sobre la prevención y la lucha contra el sexismo, aprobada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa.

Prácticas nocivas

A la luz de la recomendación general núm. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño (2019), aprobadas de manera conjunta, sobre las prácticas nocivas, además de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 24), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para: a) establecer salvaguardias que protejan a las niñas menores de 18 años autorizadas a contraer matrimonio; b) reunir sistemáticamente datos desglosados sobre la incidencia de las prácticas nocivas en el Estado parte y seguir reforzando las medidas de prevención y protección para eliminar la mutilación genital femenina; c) organizar campañas de sensibilización y velar por que la información se ponga a disposición de las víctimas de la mutilación genital femenina; d) velar por que los profesionales de la salud y de los servicios sociales estén suficientemente capacitados para detectar las posibles víctimas; y e) asegurarse de que los perpetradores sean llevados ante la justicia.

Violencia de género contra la mujer

Habida cuenta de la prevalencia de la violencia doméstica contra las mujeres en el Estado parte y de la falta de una estrategia integral de prevención e intervención temprana, así como de las actitudes imperantes entre las autoridades judiciales en el sentido de que los casos de violencia doméstica son un asunto privado (párr. 25 a)), sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para: a) elaborar una estrategia integral de prevención para hacer frente a la violencia doméstica, incluso mediante campañas de sensibilización; b) velar por que los casos de violencia contra la mujer se investiguen eficazmente y los autores sean debidamente enjuiciados; c) establecer un mecanismo independiente para vigilar los casos de violencia y malos tratos en las instituciones para personas con discapacidad; d) modificar la legislación para garantizar que las consideraciones relativas al derecho sobre la inmigración no impidan a las autoridades adoptar medidas sin demora para ofrecer protección en los casos de violencia por razón de género; e) investigar los incidentes de delitos motivados por el odio o los ataques contra las mujeres y las niñas refugiadas y solicitantes de asilo, y velar por que los autores sean debidamente enjuiciados; f) reforzar los programas de creación de capacidad a nivel federal y estatal, destinados a los jueces, fiscales, agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, sobre la aplicación de las disposiciones penales en materia de violencia sexual contra las mujeres, teniendo en cuenta las cuestiones de género; g) garantizar una protección eficaz contra la violencia digital de género e impedir el uso de algoritmos para ejercer discriminación de género; y h) garantizar la disponibilidad de centros de acogida accesibles y dotados de la financiación suficiente.

Trata de personas y explotación de la prostitución

En vista de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 30), sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para: a) organizar programas de sensibilización con perspectiva de género para la policía y los trabajadores sociales a nivel municipal; b) velar por que se enjuicien los casos de trata de personas; c) elaborar directrices nacionales para detectar debidamente a las víctimas de la trata; d) reforzar las medidas para detectar y prestar apoyo sistemáticamente a las mujeres víctimas y a las que corren el riesgo de trata, en particular las mujeres migrantes y las niñas no acompañadas, garantizándoles el acceso adecuado a servicios de salud y de asesoramiento y a la reparación; e) conceder permisos de residencia temporal para que todas las víctimas de la trata puedan beneficiarse de medidas de protección y rehabilitación; f) evaluar la revisión de la legislación penal relativa a la trata de personas; g) reforzar los servicios de asistencia y los programas de ayuda para las mujeres y las niñas que desean abandonar la prostitución.

Participación en la vida política y pública

Habida cuenta de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 32), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aumentar el número de mujeres en los órganos electivos encargados de la adopción de decisiones a nivel federal y estatal, y en los cargos de libre designación a nivel municipal. Sírvanse también proporcionar información sobre las campañas de concienciación y los programas de liderazgo elaborados para que se comprenda mejor que la participación plena, equitativa, libre y democrática de las mujeres en la vida política y pública es un requisito para el logro de la plena efectividad de los derechos humanos de la mujer.

Educación

A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 34), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para: a) alentar una mayor diversificación de las opciones educativas de las mujeres y los hombres y de las niñas y los niños; b) luchar contra los estereotipos discriminatorios y las barreras estructurales que pueden impedir que las niñas cursen estudios por encima de la educación secundaria y se matriculen en disciplinas en las que tradicionalmente predominan los hombres, como la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas; c) promover y supervisar el desarrollo de las perspectivas de carrera de las mujeres en el sistema educativo para garantizar la igualdad de acceso a cargos directivos superiores en todos los niveles del sistema de enseñanza; d) velar por que todas las mujeres y niñas solicitantes de asilo, refugiadas y migrantes tengan acceso a cursos de idiomas y programas de integración y puedan continuar su educación en todos los niveles; y e) apoyar los programas académicos y las investigaciones sobre la mujer y los estudios de género a nivel universitario.

Empleo

En vista de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 36), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para: a) eliminar la brecha salarial entre los géneros y garantizar la igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres en el mercado laboral; b) poner fin a la segregación ocupacional horizontal y vertical en los sectores público y privado y proporcionar formación práctica e incentivos para orientar a las mujeres hacia profesiones no tradicionales; c) reforzar la pensión obligatoria como medio de garantizar un nivel de vida digno para las mujeres jubiladas; d) velar por que las víctimas de acoso sexual en el lugar de trabajo tengan acceso a mecanismos y recursos eficaces; e) seguir aplicando el programa del Fondo Social Europeo denominado “Carreras sólidas: las madres migrantes se ponen en marcha”; f) introducir medidas específicas para crear oportunidades de empleo adicionales para las mujeres con discapacidad; g) revisar el sistema tributario y las disposiciones en materia de prestaciones sociales a fin de garantizar la plena participación de la mujer en el empleo; h) introducir coeficientes de dotación de personal adecuados para las guarderías, que garanticen servicios extraescolares de alta calidad y fiables para los niños y las niñas, y aumentar las opciones de atención durante toda la jornada; e i) ratificar el Convenio sobre los Trabajadores con Responsabilidades Familiares, 1981 (núm. 156) de la Organización Internacional del Trabajo. Sírvanse informar también sobre las medidas jurídicas que los demandantes pueden adoptar para recibir indemnizaciones de empresas alemanas en casos de violaciones de los derechos de la mujer en la cadena de suministro.

Salud

Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 38), sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar que los métodos anticonceptivos modernos sean accesibles y asequibles y estén disponibles en todo el territorio del Estado parte para todas las mujeres y las niñas, en particular las que viven en la pobreza o en zonas remotas, y que se derogue o modifique el artículo 87 de la Ley de Residencia con miras a garantizar que los migrantes indocumentados tengan los mismos derechos de acceso a la documentación necesaria para los servicios de salud que no son de emergencia sin correr el riesgo de ser denunciados a las autoridades y posteriormente deportados. Sírvanse explicar cómo son compatibles el asesoramiento obligatorio y el período de espera obligatorio de tres días con la autonomía de las mujeres para tomar decisiones responsables sobre sus derechos en materia de salud sexual y reproductiva. Sírvanse describir las medidas adoptadas para garantizar que los gastos en los que se haya incurrido en caso de aborto sean reembolsados por el seguro médico. Sírvanse informar también sobre las medidas adoptadas para garantizar la accesibilidad y la disponibilidad de servicios de aborto en la práctica, y para supervisar y evaluar la cobertura regional, la capacidad y la distribución geográfica de los servicios de asistencia en casos de aborto. En relación con la reciente enmienda del artículo 219a del Código Penal que permite a los hospitales y médicos indicar en sus sitios web que practican abortos, sírvanse explicar qué tipo de información sobre el aborto no está permitida debido a la prohibición de hacer publicidad del aborto y cómo se justifica esta restricción del derecho de las mujeres a acceder a servicios y a información de salud sexual y reproductiva. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para prevenir y reducir la adicción a la nicotina y el tabaco entre las niñas y las mujeres. Sírvanse aclarar si la violencia obstétrica está específicamente tipificada como delito en el Estado Parte y proporcionar datos estadísticos sobre el fenómeno.

Empoderamiento económico de las mujeres

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas tomadas para adoptar una estrategia nacional de reducción de la pobreza centrada en los grupos de mujeres más desfavorecidos y marginados, que integre un enfoque basado en los derechos humanos y el género y garantice que la elaboración y aplicación de la estrategia sean plenamente incluyentes (párr. 40).

Mujeres de las zonas rurales

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para: a) hacer frente a la considerable brecha salarial entre los hombres y las mujeres de las zonas rurales; b) promover el empoderamiento económico de las mujeres de las zonas rurales, en particular de las agricultoras, y velar por que tengan acceso a la tierra y a su control, así como acceso a los servicios crediticios; c) asegurar que se disponga de una infraestructura adecuada de guarderías; d) ofrecer oportunidades de capacitación como medio de aumentar la diversificación y las formas alternativas de empleo para alentar a las mujeres jóvenes a permanecer en las zonas rurales; y e) aumentar la oferta de servicios de atención a las personas de edad (párr. 42).

Grupos de mujeres desfavorecidas

Sírvanse proporcionar información sobre todas las medidas que el Estado parte ya ha adoptado y tiene previsto adoptar para eliminar la discriminación contra las mujeres migrantes y las mujeres pertenecientes a minorías, en la sociedad en general y en sus comunidades. Sírvanse describir las medidas adoptadas para organizar campañas de concienciación en colaboración con los medios de comunicación para evitar formas de discriminación interseccional contra las mujeres migrantes y las mujeres pertenecientes a minorías (párr. 44).

Sírvanse indicar las medidas adoptadas para revisar la Ley de Transexuales a fin de armonizarla con las normas internacionales de no discriminación y para mitigar y simplificar las condiciones para poder recibir el tratamiento de cambio de género. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para eliminar la discriminación contra las mujeres transgénero, en particular mediante las campañas de concienciación y la creación de capacidad adecuada para la policía y la judicatura (párr. 46).

Mujeres refugiadas y solicitantes de asilo

Sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar que la Oficina Federal de Migración y Refugiados disponga de recursos suficientes y que las necesidades específicas de los grupos vulnerables de solicitantes de asilo y refugiados que llegan al Estado parte, incluidas las mujeres y las niñas, se aborden con carácter prioritario en todo el proceso de asilo (párr.48).

Matrimonio y relaciones familiares

Habida cuenta de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 50), sírvanse describir las medidas adoptadas para: a) establecer un mecanismo de vigilancia para garantizar que se cumpla la custodia compartida y que las órdenes relativas a la pensión alimenticia de los hijos reflejen la realidad en cuanto al reparto del tiempo y de los gastos entre los progenitores; b) velar por que los hogares encabezados por mujeres sin pareja no se vean penalizados por el prolongado período que esas mujeres hayan dejado de trabajar por ser responsables del cuidado de otras personas, y c) introducir incentivos para alentar a las mujeres que se ocupan de la familia a incorporarse al mercado laboral. A la luz de la información recibida del Estado parte como seguimiento de las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/DEU/CO/7-8/Add.1, párrs. 34 a 51), sírvanse proporcionar información actualizada sobre las nuevas medidas adoptadas para seguir prestando apoyo financiero a las mujeres que se divorciaron en la ex República Democrática Alemana y que se enfrentan a dificultades tras el proceso de transferencia de pensiones.

Información adicional

Sírvanse aportar la información adicional que estimen pertinente sobre las medidas de carácter legislativo, normativo, administrativo o de cualquier otro tipo adoptadas desde el examen de los informes periódicos séptimo y octavo combinados del Estado parte, en 2017, para aplicar las disposiciones de la Convención y las observaciones finales del Comité. Entre dichas medidas cabe incluir nuevas leyes, avances, planes y programas, ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos o cualquier otra información que el Estado parte considere importante. Sírvanse asimismo informar sobre las medidas adoptadas para incorporar la perspectiva de género en todas las iniciativas encaminadas a lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Tengan en cuenta que, además de las cuestiones planteadas en el presente documento, el Estado parte deberá responder, en el transcurso del diálogo, a otras preguntas que le formule el Comité en relación con las esferas abarcadas por la Convención.