Naciones Unidas

CERD/C/NLD/22-24

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

4 de marzo de 2019

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Informes periódicos 22º a 24º combinados que los Países Bajos debían presentar en 2019 en virtud del artículo 9 de la Convención * **

[Fecha de recepción: 11 de enero de 2019]

I.Introducción (observaciones 1 a 6, 40, 43 y 45 a 47)

1.En cumplimiento del artículo 9 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (“la Convención”), el presente informe del Reino de los Países Bajos se presenta de conformidad con las directrices relativas al documento específicamente destinado al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial que deben presentar los Estados partes de conformidad con el párrafo 1 del artículo 9 de la Convención (CERD/C/2007/1, de 13 de junio de 2008).

2.El presente documento, en el que se combinan los informes 22º, 23º y 24º, se refiere al período comprendido entre agosto de 2015 y septiembre de 2018 y sigue a los informes periódicos 19º a 21º combinados presentados al Comité en enero de 2013, correspondientes al período comprendido entre abril de 2010 y abril de 2012. La información que figura en ese informe anterior se amplió mediante la inclusión de datos relativos al período comprendido entre enero de 2007 y marzo de 2010 a fin de que se examinaran en las sesiones del Comité celebradas los días 18 y 19 de agosto de 2015. Tras haber examinado el informe combinado, el Comité aprobó observaciones finales en sus sesiones de los días 26 y 27 de agosto de 2015.

3.El presente informe se ha estructurado siguiendo las observaciones finales del Comité de 28 de agosto de 2015 (CERD/C/NLD/CO/19-21). Se ha proporcionado información complementaria sobre novedades relacionadas con artículos específicos de la Convención que se han producido durante el período que se examina. Las cuestiones abordadas en el período anterior no se vuelven a tratar si no se consideran pertinentes respecto de la situación actual. El 19 de septiembre de 2016, los Países Bajos facilitaron información detallada sobre las recomendaciones formuladas en los párrafos 12, 24 y 28.

4.El 22 de diciembre de 2016, el Comité solicitó información adicional en relación con el informe provisional de 19 de septiembre de 2016. Atendiendo a esa solicitud, la información se ha incluido en el presente informe combinado.

5.Como se señaló en el informe anterior, el Reino de los Países Bajos tiene previsto esperar el resultado del debate que se está celebrando en las Naciones Unidas acerca de la reforma de los comités dimanantes de convenciones antes de decidir sobre la elaboración del documento básico común.

6.Las numerosas reformas y proyectos legislativos, administrativos, educativos y culturales que se detallan en el presente informe periódico se inspiran en parte en la aplicación de la Declaración de Durban.

7.En cuanto al Reino de los Países Bajos, es importante recordar que está compuesto por cuatro países: los Países Bajos, Aruba, Curazao y San Martín. Las islas de Bonaire, San Eustaquio y Saba forman parte del país de los Países Bajos. Cada país es responsable de aplicar las disposiciones de la Convención y de informar sobre esa aplicación. Este informe se refiere a los cuatro países que constituyen el Reino de los Países Bajos. En el capítulo II figura el informe del país de los Países Bajos. En el capítulo III figura el informe del país de San Martín. Cuando procede, en el texto se especifica a qué parte o partes del Reino se refiere un pasaje.

8.De conformidad con el artículo 132a, párrafo 4, de la Constitución, pueden establecerse normas y adoptarse otras medidas específicas para el Caribe Neerlandés (Bonaire, San Eustaquio y Saba) en vista de las circunstancias especiales que diferencian de manera fundamental a estas entidades públicas de la parte europea de los Países Bajos. En el contexto de la transformación constitucional que tuvo lugar en el Reino en 2010, se acordó que en un principio se mantendría la legislación de las Antillas Neerlandesas y que la legislación de la parte europea de los Países Bajos se introduciría gradualmente para facilitar a las islas la aplicación de todas las nuevas leyes.

9.De conformidad con ese enfoque moderado de la introducción de la legislación, se ha previsto, en particular en el artículo 2 de la Ley del Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos, que este órgano no tenga aún competencia para investigar las denuncias de discriminación en el Caribe Neerlandés. En 2017, el Instituto llevó a cabo evaluaciones de la Ley del Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos y de varios instrumentos legislativos relativos a la igualdad de trato, a saber, la Ley de Igualdad de Trato, la Ley de Igualdad de Trato (Hombres y Mujeres) y el artículo 7:646 del Código Civil. En esas evaluaciones el Instituto abordó el alcance territorial de los instrumentos. Además, en su informe de 21 de abril de 2016 titulado “Hacia un nivel aceptable de efectividad de los derechos humanos en el Caribe Neerlandés”, el Instituto recomendó, a la luz de la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que se reforzara el apoyo público para hacer aplicable en el Caribe Neerlandés la legislación sobre la igualdad de trato.

10.En respuesta a esas evaluaciones, en el otoño de 2018 el Gobierno anunció que tenía previsto encargar un estudio para determinar qué se necesitaba hacer a fin de que la legislación sobre la igualdad de trato y el capítulo 2 de la Ley del Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos pasaran a ser aplicables (por fases) en las entidades públicas del Caribe. En ese estudio se analizarán factores como si es preferible introducir la legislación a corto o largo plazo y la carga que supondrá la introducción de la legislación para las autoridades administrativas y los residentes de esas entidades públicas.

11.Es norma habitual que todos los informes presentados a los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas se presenten también al Parlamento neerlandés a efectos informativos. Una vez presentados, esos informes adquieren el carácter de documentos parlamentarios y, como tales, son publicados en varios sitios web.

II.Respuestas a las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

12.En sus observaciones finales de 28 de agosto de 2015 (CERD/C/NLD/CO/19-21), el Comité planteó preocupaciones y formuló recomendaciones sobre diversos temas, que se examinan en la presente sección.

A.Marco nacional de lucha contra la discriminación

Constitución, otras leyes (observaciones 9, 10 y 14)

13.En los Países Bajos todas las personas son iguales y tienen libertad para ser ellas mismas. El principio de igualdad está consagrado en el artículo 1 de la Constitución. No se permite la discriminación por motivos de religión, creencias, opinión política, raza, sexo o cualquier otra consideración. El artículo 1 se desarrolla en varias leyes parlamentarias, entre las que cabe destacar la Ley General de Igualdad de Trato, la Ley de Igualdad de Trato (Personas con Discapacidad y Enfermedades Crónicas), la Ley de Igualdad de Trato en el Empleo (Discriminación por Edad), la Ley de Igualdad de Trato (Hombres y Mujeres), el Código Civil y el Código Penal.

14.Además, como pone de manifiesto la evolución de esas disposiciones, el término “raza”, que figura en el artículo 1 de la Constitución y se aclara en los artículos 137c y 137d del Código Penal, así como en la legislación sobre la igualdad de trato, debe entenderse con arreglo a la esencia de la enumeración del artículo 1 de la Convención, en la que se incluyen el color, la ascendencia y el origen nacional o étnico, además de la “raza”.

15.La definición de discriminación racial establecida en la legislación nacional abarca tanto las formas directas como indirectas de discriminación.

Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación (observaciones 14 a) y 21 b))

16.Los Países Bajos aplican un enfoque amplio para combatir la discriminación, que contempla todos los motivos, incluida la raza. Este enfoque se ha adoptado en razón de las numerosas similitudes existentes entre los mecanismos subyacentes que dan lugar a los prejuicios y la discriminación. A fin de que resulten eficaces, muchas medidas, como la habilitación de servicios de lucha contra la discriminación y los esfuerzos por combatir la discriminación en el mercado laboral, no se centran en motivos de discriminación específicos.

17.La estrategia del Gobierno para luchar contra la discriminación se define en el Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación (2016). Este Programa se complementa con una serie de planes de acción específicos, entre los que cabe destacar, en este contexto, el Plan de Acción sobre la Discriminación en el Mercado de Trabajo (2014).

18.El Gobierno remite a la Cámara de Representantes informes anuales sobre la aplicación de las medidas previstas en esos planes de acción. Se adjunta a estas observaciones el más reciente de esos informes (2018). Además, esos planes de acción se enmarcan en el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2013), de mayor alcance, que se está actualizando en estos momentos.

19.El Gobierno considera que el enfoque general de la lucha contra la discriminación debe ir acompañado de una atención especial a la discriminación por motivos étnicos y raciales. Por consiguiente, se han adoptado medidas específicas, complementarias al enfoque amplio, que se centran en la discriminación por motivos de origen étnico, religión, color de la piel, discapacidad, enfermedad crónica o condición de persona LGBTI. Esas medidas se han incluido como secciones adicionales, además de las medidas generales, en el Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación. Por consiguiente, no es necesario formular un programa de acción diferenciado.

Oficinas de recepción de denuncias – servicios municipales de lucha contra la discriminación (observaciones 7 y 8)

20.Uno de los componentes del Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación es la lucha contra la discriminación a nivel local. Con arreglo a la Ley de Servicios Municipales de Lucha contra la Discriminación, todos los municipios de los Países Bajos están obligados a ofrecer un servicio de lucha contra la discriminación al que las personas puedan acudir para presentar denuncias de discriminación y recibir apoyo y asesoramiento independientes. En la actualidad existen 38 de esos servicios que, conjuntamente, desempeñan esas funciones previstas por ley para todos los municipios.

21.En 2017 se examinó a fondo la forma en que esos servicios de lucha contra la discriminación se estructuraban y funcionaban en la práctica. En otra investigación llevada a cabo en 2017 se estudió la manera en que los municipios llevaban a efecto sus políticas locales de lucha contra la discriminación y la prestación de servicios de lucha contra la discriminación. Las conclusiones pusieron claramente de manifiesto los puntos fuertes de las políticas locales y los servicios municipales de lucha contra la discriminación, así como los aspectos que podrían mejorarse.

22.A fin de alentar a los municipios a aplicar políticas eficaces para combatir la discriminación, en 2018 el Gobierno central encargó la elaboración de directrices de lucha contra la discriminación dirigidas a los municipios. Esas directrices se basan en una serie de estudios sobre metodologías eficaces para combatir la discriminación y en las mejores prácticas locales.

23.El Defensor Nacional del Pueblo es una institución independiente que tramita denuncias e investiga casos de conducta indebida de las autoridades. La Ley del Defensor Nacional del Pueblo también es aplicable respecto de la conducta de las autoridades administrativas de las entidades públicas de Bonaire, San Eustaquio y Saba. Los residentes del Caribe Neerlandés pueden presentar al Defensor Nacional del Pueblo denuncias en relación con la conducta de sus autoridades locales, la Oficina Nacional del Caribe Neerlandés, la policía o la fiscalía, incluidas denuncias de racismo o discriminación. Dos veces al año, los investigadores del Defensor del Pueblo celebran sesiones abiertas de consulta en el Caribe Neerlandés. El Defensor del Pueblo también visita personalmente las entidades públicas con cierta regularidad. Además, se puede solicitar la ayuda del Defensor Nacional del Pueblo por teléfono, a través de Skype, Facebook o WhatsApp, o enviando un formulario digital de denuncia. En 2017, el Defensor del Pueblo recibió 142 denuncias procedentes del Caribe Neerlandés.

24.La Ley del Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos es aplicable parcialmente en el Caribe Neerlandés. Esto significa que el Instituto puede desempeñar gran parte de sus funciones en ese territorio, como las de formular recomendaciones, proporcionar información a través de su sitio web y realizar investigaciones. De nuevo, en el contexto del enfoque moderado de la introducción de la legislación, el Instituto todavía no tiene competencia para pronunciarse en los casos en que se denuncie una distinción al amparo de la legislación sobre la igualdad de trato.

Asistencia jurídica (observación 12 b))

25.Las víctimas de discriminación disponen de varias opciones para solicitar asesoramiento y apoyo. En primer lugar, los ciudadanos pueden dirigirse a los servicios municipales de lucha contra la discriminación, que ofrecen asistencia gratuita. Además, toda persona que haya sufrido discriminación puede presentar, gratuitamente, una queja al Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos o denunciar el incidente a la policía. De ser necesario, el servicio municipal de lucha contra la discriminación puede proporcionar apoyo. La víctima también tiene la posibilidad de entablar una acción por la vía civil o, en caso de enjuiciamiento, sumarse al proceso penal reclamando una indemnización por daños y perjuicios. El Centro de Ayuda y Asesoramiento Jurídico ofrece asesoramiento gratuito a las personas que tienen derecho a él en razón de su nivel de ingresos. Además, en determinadas condiciones, las víctimas que pertenecen a la categoría de ingresos bajos pueden obtener asistencia jurídica adicional. Las víctimas de delitos de violencia racista tienen derecho a recibir asistencia jurídica gratuita, independientemente de su nivel de ingresos.

Vigilancia

26.Los Países Bajos han promovido la publicación, tanto a nivel regional como nacional, de informes anuales interinstitucionales en los que se recogen datos proporcionados por la policía, los servicios municipales de lucha contra la discriminación, el Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos y la oficina que se ocupa de las denuncias de discriminación en internet (MiND). Los informes, que se elaboran siguiendo una metodología uniforme, ofrecen un panorama coherente de los incidentes y denuncias de discriminación registrados en los Países Bajos.

27.En 2017, el motivo de discriminación más denunciado tanto a la policía como a los servicios municipales de lucha contra la discriminación fue el origen étnico. La policía registró 1.450 incidentes de discriminación motivados por el origen étnico (el 41 % del total), y concretamente, en algo más de un tercio de los casos, por el color negro u oscuro de la piel de la víctima. Los servicios municipales de lucha contra la discriminación recibieron un total de 1.800 denuncias, lo que representa una disminución con respecto a 2016.

28.Para promover la denuncia de la discriminación, en 2008 se lanzó la aplicación para teléfonos inteligentes “Meld discriminatie NU” (“Denuncia la discriminación AHORA”). Este canal digital adicional puede utilizarse para denunciar incidentes a un servicio municipal de lucha contra la discriminación. Además, en el sitio web discriminatie.nl figura una lista de todos los servicios municipales de lucha contra la discriminación, así como información sobre los lugares en que las víctimas pueden presentar denuncias.

Acción penal

29.A fin de combatir eficazmente la discriminación, los procesos penales deben considerarse siempre en el marco de esfuerzos de mayor alcance. La acción penal debería emplearse como un “recurso óptimo” en la lucha contra la discriminación; es decir, puesto que el derecho penal por sí solo no puede proporcionar una respuesta a largo plazo ante la discriminación, los procesos penales han de situarse siempre en el contexto de otras intervenciones. Si una intervención al margen del derecho penal es la más pertinente y eficaz, la fiscalía puede decidir no incoar un proceso penal.

B.Libertad de expresión, discurso de odio y medios de comunicación

Discurso político, libertad de expresión (observación 14 f))

30.En una sociedad democrática resulta esencial mantener un debate abierto sobre cuestiones sociales, incluido un debate sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio de las libertades constitucionales. La Constitución neerlandesa y las convenciones internacionales de derechos humanos sientan las bases de esas libertades y han generado principios básicos que comparte en gran medida toda la sociedad.

31.La libertad de expresión se interpreta de manera amplia en los Países Bajos, especialmente cuando se puede considerar que una expresión contribuye al debate público. En los últimos años, varios políticos han sido enjuiciados por expresar opiniones que la fiscalía consideró que sobrepasaban los límites de la libertad de expresión. Además, varios ciudadanos han sido condenados por insultar y discriminar a políticos.

Discurso de odio (observaciones 11 y 12 d))

32.El Gobierno desea distinguir claramente las formas de expresión que pueden calificarse de discurso de odio. En razón de la gravedad de este delito, en el acuerdo de coalición se ha formulado una propuesta para aumentar las penas aplicables por discurso de odio. El aumento de la pena máxima pone de manifiesto que el Gobierno está del lado de quienes son insultados o discriminados y de quienes ven su existencia amenazada en los Países Bajos. Estas penas más duras también tienen un efecto disuasorio. El aumento de la pena máxima por incitación al odio y la violencia se incluirá en el proyecto de ley de reforma del Código Penal, en el contexto de la reevaluación del modo en que se tipifican determinadas formas contemporáneas de delitos.

33.El discurso de odio en internet puede denunciarse a la policía o a un servicio de lucha contra la discriminación, o a la oficina que se ocupa de las denuncias de discriminación en internet (MiND). El MiND es el organismo nacional para la denuncia de expresiones discriminatorias vertidas en internet que constituyen delitos. Los ciudadanos pueden denunciar contenidos discriminatorios. Cuando recibe una denuncia, el MiND comienza por ver si el contenido sigue en línea. A continuación determina si constituye un delito con arreglo a los artículos 137c a 137e del Código Penal y a la jurisprudencia pertinente. Si es así, el MiND pide al administrador o moderador del sitio web que elimine el contenido. Si, tras reiterarse la petición, el contenido no se elimina, el MiND remite un informe a la fiscalía, que puede responder incoando un procedimiento penal. Además, la fiscalía permanece atenta para detectar expresiones de carácter delictivo, especialmente cuando generan debate público. También se están adoptando medidas para facilitar la denuncia del discurso de odio, como la concertación de acuerdos a nivel europeo con plataformas de medios sociales.

Medios de comunicación (observación 12 e))

34.Los Países Bajos cuentan con unos medios de comunicación libres, independientes, pluralistas y de alta calidad, tanto privados como públicos. Los periodistas y los creadores de programas tienen libertad para escribir, publicar y difundir lo que deseen. El Gobierno central no influye en el contenido. El Gobierno no puede, en ningún caso, examinar el contenido antes de que se difunda. Esto se establece tanto en la Constitución como en la Ley de Medios de Comunicación.

35.En el marco de su política en materia de medios de comunicación, los Países Bajos proporcionan un servicio de radiodifusión pública, garantizando que responda a las necesidades democráticas, sociales y culturales de la sociedad. También velan por que en los medios de comunicación públicos se refleje a la sociedad, con su gran diversidad de creencias, opiniones e intereses, de manera independiente y equilibrada. El Gobierno no influye en el contenido de los medios de comunicación, dada la importancia de su independencia, y, por consiguiente, no adopta ninguna medida específica para fomentar el uso de métodos de autocontrol. Sin embargo, los Países Bajos celebran toda iniciativa emprendida en el sector de los medios de comunicación para aplicar esos métodos. Además, los profesionales y las empresas de los medios de comunicación tienen sus propios códigos de conducta y criterios editoriales.

36.Desde septiembre de 2017, el Gobierno ha venido apoyando una nueva iniciativa, la Coalición sobre Formación de Imágenes en los Medios de Comunicación. Varios medios de comunicación públicos y privados se han sumado a ella para combatir los estereotipos tratando de promover las representaciones más equilibradas en los medios de comunicación.

C.Integración cívica, prácticas de empleo y sensibilización

Integración cívica (observaciones 21 a), 22 b), 29 y 30)

37.Las personas recién llegadas a los Países Bajos están obligadas a seguir el procedimiento de integración cívica. Los principales grupos que tienen esta obligación son los titulares de permisos de residencia concedidos en el marco del asilo y las personas que han migrado por motivos familiares. La Ley de Integración Cívica se modificó en 2013, y el sistema se basa ahora en tres pilares:

1)Los participantes del programa de integración cívica tienen el deber de asistir a las clases y realizar los exámenes;

2)Los participantes deben aprobar los exámenes en los que se evalúan la competencia en lengua neerlandesa y los conocimientos sobre la sociedad y el mercado laboral de los Países Bajos;

3)Un mercado libre para los proveedores de cursos de idiomas. Los participantes del programa de integración cívica adquieren ellos mismos un curso. A tal efecto pueden solicitar un préstamo, que en el caso de los titulares de un permiso de residencia concedido en el marco del asilo pasa a considerarse una ayuda no reembolsable una vez completado satisfactoriamente el procedimiento de integración cívica. Las personas que han migrado por motivos familiares tienen que sufragar ellas mismas los costos de las clases y los exámenes, pero pueden solicitar un préstamo, dependiendo de su nivel de ingresos.

38.El 1 de octubre de 2017 se añadió un nuevo elemento al examen de integración cívica: la sección relativa a la declaración de participación. En esta sección se familiariza a los recién llegados con los valores fundamentales de la sociedad neerlandesa.

39.En 2015 y 2016 se registró una gran afluencia de refugiados y salieron a la luz algunos problemas. En los últimos años se han introducido mejoras en los marcos normativos vigentes para responder al descenso del número de aprobados y a las dificultades de acceso al empleo que experimentan los recién llegados. Se ha reforzado el programa preliminar para la integración cívica que se ofrece en los centros de solicitantes de asilo, y los municipios reciben ahora 2.370 euros (en lugar de 1.000) por cada titular de un permiso de residencia concedido en el marco del asilo a fin de sufragar la prestación de apoyo social, que entraña ayudar a las personas a desenvolverse en su nuevo entorno y a elegir un curso de integración cívica.

40.A este respecto, el Gobierno ha anunciado varios cambios importantes que prevé introducir en 2020. Los municipios desempeñarán un papel clave en la prestación de apoyo a las personas que deban aprobar un examen de integración cívica, con el objetivo de que todas participen en la sociedad, preferiblemente a través del empleo remunerado. El nivel de competencia lingüística exigido para la integración cívica se elevará de A2 a B1, para lo cual se proporcionarán fondos adicionales. Las autoridades municipales administrarán un procedimiento de incorporación. Se estrechará el vínculo entre la integración cívica, el empleo y la participación, y se prestará especial atención a la autosuficiencia y a facilitar los procedimientos a los titulares de permisos de residencia concedidos en el marco del asilo.

41.Se establecerán varios itinerarios de aprendizaje diferentes, adaptados a la capacidad. Se prevé implantar un itinerario educativo para jóvenes que permita a estos obtener un certificado de fin de estudios, lo que mejorará sus perspectivas laborales. Se diseñará un itinerario aparte para quienes experimenten dificultades en el programa de integración cívica y en el aprendizaje del neerlandés. Ya no estarán exentos de la obligación de superar la integración cívica (como lo están ahora). En cambio, recibirán el apoyo que necesitan para adquirir competencia en neerlandés y lograr ser autosuficientes, en la medida de lo posible, en los Países Bajos.

42.Las personas que desean venir a los Países Bajos por motivos de reunificación familiar o para formar una familia deben obtener, por lo general, un permiso de estancia temporal. El permiso de estancia temporal se expide una vez que la persona haya aprobado el Examen Básico de Integración Cívica en el Extranjero. El Examen Básico de Integración Cívica en el Extranjero consta de tres partes: conocimiento de la sociedad neerlandesa, expresión oral y comprensión auditiva. Se exige un nivel A1 de competencia lingüística.

43.El Examen Básico de Integración Cívica en el Extranjero se supervisa dos veces al año. El 9 de julio de 2015, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia sobre el Examen Básico de Integración Cívica en el Extranjero, en respuesta a la cual se amplió la lista de causas de exención y se redujo la tasa de inscripción al examen.

Integración en el mercado laboral, prácticas de empleo (observaciones 14 d), 15 a), 15 b), 22 a), 23 y 24 b))

44.El Gobierno, en su calidad de empleador, trata de prevenir la discriminación en el mercado laboral en el sentido amplio del término. Así, entre 2015 y 2016 todos los ministerios suscribieron la Carta de la Diversidad y formularon planes de acción que se están aplicando actualmente. Además, desde 2016 el Gobierno participa en el programa Gobierno Inclusivo, en el marco del cual se intercambian conocimientos y experiencias con diversos sectores gubernamentales con miras a promover la diversidad y la inclusión. La Política Estratégica de Empleados del Gobierno para 2025, aprobada en 2018, también tiene por objeto prevenir la discriminación en el mercado laboral en sentido amplio. En relación con la diversidad étnica, se ha acordado tratar de aumentar el porcentaje de empleados de origen migrante no occidental que ocupan puestos de categoría elevada. El porcentaje de empleados de origen no occidental que trabajan para el Gobierno central ha aumentado del 8,7 % al 10,3 % en los últimos años (2013-2017).

45.La política de diversidad también está integrada en la política de gestión de recursos humanos de la policía, la fiscalía y los tribunales. Estar abierto a las diferencias —y saber tratarlas— forma parte de la labor de los agentes de policía, los fiscales y los jueces, así como de la concepción que estos tienen de su profesión. Por esta razón, la policía, la fiscalía y el poder judicial tratan de lograr la diversidad en la contratación. Con este fin se capacita a los equipos de contratación y selección para que elijan a los candidatos de manera imparcial.

46.En el plan de estudios de la Academia de Policía se trata la legislación relativa a la discriminación y se enseñan habilidades sociales y de comunicación para una sociedad diversa, en particular la manera de abordar los dilemas y la polarización. En la formación básica impartida a la policía se aborda la diversidad en el módulo Habilidades Multiculturales y mediante tareas prácticas. Además, se imparten educación y capacitación para concienciar sobre la diversidad y ayudar a prevenir el sesgo basado en perfiles étnicos. La Academia de Policía también está tratando de lograr una mayor diversidad en su cuadro docente.

47.En los últimos años, el Gobierno ha realizado una importante inversión en una serie de programas y medidas incentivadoras destinados a mejorar la situación y las perspectivas de empleo de los miembros de determinadas minorías étnicas en el mercado laboral. En el contexto del programa Mayor Integración en el Mercado de Trabajo se están realizando intervenciones dirigidas a mejorar la situación de los miembros de las minorías étnicas en el mercado laboral. El programa se centra en varios grupos, como los titulares de permisos de residencia concedidos en el marco del asilo y sus familiares, los jóvenes y los desempleados de larga duración. En el caso de los jóvenes, se hace hincapié en mejorar las opciones de educación, ofrecer posibilidades de combinar el empleo y los estudios y combatir la discriminación (por ejemplo, en la selección de pasantes). Las medidas dirigidas a los jóvenes se basan en la experiencia adquirida mediante el Plan de Acción de Desempleo Juvenil City Deal. Entre las medidas destinadas a ayudar a los desempleados de larga duración figuran el apoyo intensivo, la combinación del empleo y la formación y el refuerzo de las aptitudes en materia de diversidad.

Discriminación en el mercado laboral (observaciones 23, 24 a) y 24 c))

48.Desde mayo de 2014, el Gobierno de los Países Bajos ha estado trabajando para minimizar, e idealmente erradicar, la discriminación en el mercado laboral a través de dos planes de acción: uno destinado a combatir la discriminación en el mercado laboral en general (2014) y otro, más específico, centrado en la discriminación por embarazo (2017). Algunas de estas medidas —más de sesenta en total— son de carácter general y están dirigidas contra todos los motivos de discriminación.

49.En el acuerdo de coalición del actual Gobierno, titulado “Confianza en el Futuro”, se señaló la discriminación en el mercado laboral como una preocupación fundamental y se anunció que se daría continuidad al Plan de Acción sobre la Discriminación en el Mercado de Trabajo.

50.En junio de 2018, el Gobierno envió una carta a la Cámara de Representantes en la que explicaba los principales elementos del nuevo Plan de Acción sobre la Discriminación en el Mercado de Trabajo. El Plan de Acción está dirigido a todos los empleadores, empleados y al público en general. Tiene por objeto luchar contra la discriminación, cualesquiera que sean sus motivos, en los procedimientos de contratación y selección, incluida la discriminación por embarazo y la discriminación salarial entre mujeres y hombres. El plan de aplicación, en el que se detallan los elementos del Plan de Acción, se presentó al Parlamento en noviembre. Consta de tres componentes principales:

1)Vigilancia y cumplimiento de las normas: el nuevo Plan de Acción sobre la Discriminación en el Mercado de Trabajo ampliará las competencias de la Inspección de Asuntos Sociales y Empleo para que pueda vigilar y velar por el cumplimiento de las normas contra la discriminación por parte de los empleadores en los procedimientos de contratación y selección. Esas normas deben establecer salvaguardias adecuadas para prevenir y combatir la discriminación de los solicitantes de empleo. A este respecto, también se estudiará la forma en que la Inspección puede supervisar a terceros que ofrecen servicios de contratación y selección, como las agencias de empleo;

2)Investigación e instrumentos: instrumentos aplicables elaborados para los empleadores, los responsables de recursos humanos y los miembros de los comités de empresa, destinados a combatir los prejuicios en los procedimientos de contratación y selección;

3)Conocimiento y concienciación: promoción de la adquisición de conocimientos sobre la discriminación y la exclusión en el mercado de trabajo y concienciación al respecto, y formas en que los empleadores bienintencionados pueden prevenirlas. También se organizarán reuniones y campañas informativas para poner de relieve la importancia de contar con una fuerza de trabajo inclusiva y diversa.

51.Desde 2015 el Gobierno tiene por norma no firmar contratos con empresas que hayan sido declaradas culpables de discriminación mediante sentencia definitiva e inapelable. Se rescindirá todo contrato firmado con una empresa que sea declarada culpable de discriminación mediante sentencia definitiva e inapelable si resulta posible desde el punto de vista legal. A tal efecto se han redactado cláusulas y párrafos estándar que deberían incorporarse, cuando proceda, a los documentos de licitación y los contratos tipo del Gobierno central. Estas cláusulas y párrafos están a disposición de cualquier empleador individual, tanto público como privado.

52.Los esfuerzos del Gobierno por combatir la discriminación en las pasantías se basan en tres pilares:

1)Un proyecto piloto en el marco del cual se organizan visitas de orientación a los lugares de trabajo, que permiten que los estudiantes y las empresas se conozcan;

2)Cursos de formación en los que se enseña a los profesionales a emplear criterios objetivos para seleccionar a los candidatos de manera imparcial;

3)Una campaña en los medios sociales para dar a conocer la existencia de la oficina de recepción de denuncias de discriminación en las pasantías.

Sensibilización (observaciones 13 a) y 14 e))

53.El Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos imparte cursos de formación para el personal de recursos humanos (y quienes se están formando para desempeñar esas funciones), los empleadores y las agencias de empleo sobre la influencia de los estereotipos en los procedimientos de contratación y selección (“Selección sin prejuicios”). También advierte del prejuicio que un nombre no neerlandés suscita a veces entre los empleadores.

54.A fin de crear mayor conciencia pública sobre la inadmisibilidad de la discriminación, en 2015 se puso en marcha una campaña plurianual bajo el lema “Zet een streep door discriminatie” (“Tacha la discriminación”). En una plataforma digital (www.zeteenstreepdoordiscriminatie.nl) se exponen todos los planteamientos que promueve esta campaña y se ofrecen recursos a las autoridades locales y a las organizaciones de la sociedad civil para ayudarlas a difundir el mensaje de la campaña.

55.Además de la campaña general (www.zeteenstreepdoordiscriminatie.nl), en 2017 se diseñaron varias campañas secundarias para sensibilizar acerca de formas específicas de discriminación e impartir orientación a las organizaciones sobre la manera en que ellas pueden erradicar la discriminación.

56.La primera de esas campañas secundarias se centra en la discriminación en el mercado laboral, específicamente en los procedimientos de contratación y selección, y su principal objetivo es sensibilizar a los empleadores sobre esta cuestión.

57.En 2017 se repitió la campaña secundaria titulada Discriminación en las Pasantías, por medio de la cual se señalaron a la atención de los empleadores, los centros educativos y los estudiantes los instrumentos disponibles para combatir la discriminación en las pasantías. En el marco del Plan de Acción de Desempleo Juvenil City Deal se creó un conjunto de recursos para combatir esta forma de discriminación (https://www.zeteenstreepdoordiscriminatie.nl/wie-doen-mee/campagne-onderwijs). Se puso en marcha el programa Orientación Profesional e Igualdad de Oportunidades en colaboración con los servicios de enseñanza secundaria profesional para ayudar a las instituciones educativas a luchar contra la discriminación de los estudiantes que se postulan a pasantías.

58.En abril de 2017 se puso en marcha la campaña secundaria titulada Discriminación: Hablar de Ella en Clase, acompañada de una serie de herramientas concebidas específicamente para los niños de 10 a 16 años, con el objetivo de promover una conversación abierta sobre la inadmisibilidad de la discriminación en las escuelas primarias y secundarias.

59.A fin de promover la igualdad y la diversidad en el lugar de trabajo, hasta 2020 el Gobierno prestará apoyo a la Carta de la Diversidad de la Fundación Laboral, una iniciativa en el marco de la cual se recopilan mejores prácticas de una red de empleadores, que se difunden ampliamente y, en la medida de lo posible, se integran en instrumentos prácticos dirigidos a los empleadores que deseen empezar a adoptar medidas o intensificar sus esfuerzos respecto de esta cuestión.

D.Lucha contra el racismo y la discriminación en la educación y sensibilización al respecto

Igualdad de oportunidades (observaciones 31 y 32)

60.La educación contribuye de manera fundamental a eliminar la desigualdad de oportunidades entre los grupos sociales. En los Países Bajos parecen estar mejorando de forma lenta pero segura las condiciones necesarias para lograr la igualdad de oportunidades para todos. El Gobierno mantendrá este enfoque. En el acuerdo de coalición se prevén las siguientes medidas y objetivos:

a)Reforzar la educación preescolar;

b)Realizar esfuerzos para corregir las desventajas educativas que afectan en la escuela a los niños que corren el riesgo de quedarse rezagados debido a factores como el entorno social;

c)Mejorar las tasas de alfabetismo;

d)Reducir las desigualdades en la educación mediante una alianza para la igualdad de oportunidades en la que participen las autoridades locales, las escuelas, las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno central, dirigida principalmente a los niños cuyos padres tienen un bajo nivel educativo y/o de ingresos.

61.El Gobierno ha establecido un nuevo indicador para determinar la cantidad de fondos que se conceden a las escuelas, a fin de lograr un enfoque de la desventaja más efectivo. Además de medir la desventaja educativa, este indicador también tiene en cuenta el tiempo que el niño ha vivido en los Países Bajos, el país de origen de los padres y las deudas que pueda tener la familia.

62.El Gobierno facilitará la concertación de acuerdos para favorecer la transición de los alumnos de la enseñanza secundaria preprofesional a la enseñanza secundaria profesional, y de esta a la enseñanza profesional superior.

63.En principio, la admisión a un curso de formación profesional es un derecho, cuyo alcance se extiende a todos los niveles de la enseñanza secundaria profesional. El Gobierno está preparando un itinerario de aprendizaje continuo que facilite la transición de la educación secundaria orientada a la formación profesional a la educación secundaria general.

64.El Gobierno está realizando un seguimiento de los efectos de la selección descentralizada en la educación superior, a fin de evitar que se produzcan efectos negativos no deseados.

Ciudadanía (observación 26 c))

65.La educación desempeña una importante función en la transmisión de valores fundamentales y en la lucha contra todas las formas de racismo y discriminación. Desde 2006, las escuelas primarias y secundarias tienen la obligación legal de dedicar atención a la ciudadanía activa y la integración social. En los últimos años, la Inspección de Educación ha observado que las escuelas reconocen la importancia de la educación para la ciudadanía, pero la calidad de la enseñanza de esta materia podría mejorar. Por ello, el Gobierno está trabajando para aclarar los objetivos legalmente establecidos de su enseñanza obligatoria en las escuelas primarias y secundarias. Uno de los principios fundamentales a este respecto es el énfasis en el desarrollo del respeto y el conocimiento de los valores básicos de una democracia regida por el estado de derecho, consagrados en la Constitución y en los documentos de derechos humanos. El correspondiente proyecto de ley se presentará a la Cámara de Representantes en 2019. El refuerzo del lugar que ocupa la educación para la ciudadanía en el plan de estudios se enmarca en una revisión más amplia del plan. En la enseñanza secundaria profesional se mejorará la educación para la ciudadanía mediante la aplicación del Programa de Ciudadanía para la Enseñanza Secundaria Profesional 2017-2021. Además, el Gobierno tiene previsto endurecer los criterios de evaluación de la materia de educación para la ciudadanía en la enseñanza secundaria profesional, en particular en relación con la aceptación de la diversidad, incluida la diversidad étnica, religiosa, sexual y de género.

Plan de estudios (observación 16 d))

66.En los objetivos didácticos fijados para los alumnos de los primeros años de secundaria y en los temas incluidos en el “Canon de los Países Bajos” se abordan explícitamente cuestiones como el historial de participación de los Países Bajos en la trata de esclavos y la capacidad de considerar las tensiones y conflictos actuales del mundo en su contexto histórico. Además, el programa de exámenes de historia para la enseñanza secundaria preprofesional (desde 2014) y la enseñanza secundaria general de segundo ciclo y la enseñanza preuniversitaria (desde 2015) abarca temas como la hegemonía europea, el colonialismo y la trata de esclavos. El Gobierno seguirá velando por que el plan de estudios de todas las modalidades de enseñanza obligatoria incluya contenidos sobre la esclavitud, la trata de esclavos y el colonialismo.

Entorno escolar seguro (observaciones 13 e) y 14 c))

67.Las escuelas deben garantizar un entorno escolar socialmente seguro para todos los alumnos, independientemente de su origen, sus creencias religiosas, su orientación sexual o su género. La Ley de Seguridad en la Escuela de 2015 impone a las escuelas la obligación de aplicar una política que promueva unas condiciones socialmente seguras y de designar a un encargado de coordinar esa política, así como a un asesor confidencial que actúe como contacto principal para los alumnos y los padres en temas de acoso escolar.

68.Las escuelas también están obligadas a examinar cada año la percepción que tienen los alumnos de su seguridad personal, su bienestar y cualquier merma de la seguridad, y a transmitir los resultados a la Inspección de Educación. En este proceso de examen, las escuelas no están obligadas a preguntar a los alumnos específicamente si existe acoso por motivos racistas, pero la mayoría de las escuelas lo hacen.

Alfabetización mediática

69.La alfabetización mediática es importante para el desarrollo de la capacidad de pensamiento crítico de los alumnos. Por ello, el Gobierno promueve un uso crítico y consciente de los medios de comunicación a través del sitio web Mediawijzer.net, que ayuda a los jóvenes a obtener información, evaluarla e interpretarla. Mediawijzer.net es un centro nacional especializado cuyo objetivo es promover la alfabetización mediática de los niños y los jóvenes menores de 18 años. Aúna a más de 1.000 socios afiliados a la red y profesionales de la alfabetización mediática, y lleva a cabo actividades como campañas e investigaciones nacionales, con el propósito de ayudar a los jóvenes, los profesores y los padres o tutores a utilizar de forma crítica y consciente los medios de comunicación tanto digitales como de otro tipo.

E.Lucha contra el racismo y la discriminación: medidas específicas

Ámbito general (observación 14)

70.El Gobierno trata de garantizar que en los Países Bajos se satisfagan las necesidades de todas las personas, independientemente de su origen, su religión o sus creencias, mediante la aplicación de políticas generales en ámbitos como la educación, el empleo y la atención de la salud. Si determinados grupos o individuos comienzan a quedarse rezagados a este respecto, se adoptan medidas específicas.

71.El Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación y los informes sobre los avances en su aplicación también prevén medidas dirigidas específicamente a combatir el antisemitismo, la discriminación contra los musulmanes y el racismo contra la población negra.

Decenio de las Naciones Unidas para los Afrodescendientes (observaciones 15 c), 16 a), 16 b), 16 c), 17, 18 y 41)

72.Las actividades previstas en los Países Bajos para el Decenio de las Naciones Unidas para los Afrodescendientes están orientadas a reforzar la lucha contra el racismo.

73.Tras la puesta en marcha de las actividades con las que los Países Bajos participan en el Decenio, el Gobierno organizó, en 2016, una conferencia pública, en estrecha colaboración con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en este ámbito y con los ciudadanos. La conferencia sirvió principalmente como foro para el intercambio de conocimientos, el autoempoderamiento, la cooperación y el refuerzo de vínculos.

74.Además, se organizó un concurso de cuentos infantiles sobre la igualdad de las personas de distintos orígenes étnicos, centrado especialmente en los afrodescendientes. Asimismo, el Gobierno convocó un concurso para promover la propuesta de ideas innovadoras sobre la sensibilización acerca del racismo contra la población negra y la lucha contra los prejuicios.

75.En el período 2017-2018 se pusieron en marcha varios proyectos educativos con los objetivos de sensibilizar a la sociedad neerlandesa sobre la existencia de racismo contra la población negra; combatir los prejuicios, la formación de imágenes negativas y los estereotipos, y aumentar la resiliencia de los afrodescendientes frente a la discriminación en los Países Bajos.

76.En dos reuniones muy concurridas, los participantes de las comunidades afrodescendientes establecieron prioridades en cuanto a temas e ideas para actividades, que se llevarían a cabo a través de iniciativas sociales.

77.En 2018-2019, el Gobierno está apoyando iniciativas sociales mediante la puesta a disposición de recursos para dos fondos: el Fondo Social del Decenio de las Naciones Unidas (Oranje Fonds) y el Fondo Cultural del Decenio de las Naciones Unidas (Prins Bernhard Cultuurfonds). Estos fondos respaldan iniciativas culturales y sociales innovadoras destinadas a combatir el racismo, en particular el racismo contra la población negra.

78.Además, en 2018-2019 el Gobierno está proporcionando recursos para la creación de una organización encargada de apoyar la elaboración de planes de proyectos.

79.En varios lugares de los Países Bajos se ponen de relieve el pasado colonial del país y su historial de participación en la trata de esclavos. Los museos desempeñan un papel fundamental a este respecto. Por ejemplo, el Museo Nacional de las Culturas del Mundo dedica atención a la cultura y la historia de África de varias formas. Pronto contará con una exposición permanente sobre la historia de la esclavitud en los Países Bajos. En el Museo Marítimo Nacional y el Rijksmuseum también se examinan el historial de participación del país en la trata de esclavos y su pasado colonial. El Rijksmuseum está organizando una exposición, prevista para 2020, sobre la participación de los Países Bajos en la trata de esclavos, y, junto con el Museo Neerlandés al Aire Libre de Arnhem, se encarga de exponer una representación visual de los temas del “Canon de los Países Bajos”, entre los que figura el pasado colonial del país. Otras instituciones también han organizado exposiciones sobre estas cuestiones. El Gobierno ha entablado conversaciones con las autoridades municipales de Ámsterdam para estudiar posibilidades de colaboración entre las autoridades centrales y las locales con vistas a crear un museo dedicado a la historia de la esclavitud. El Gobierno concede gran importancia a la conmemoración nacional anual de la participación de los Países Bajos en la trata de esclavos, que tiene lugar en Ámsterdam cada 1 de julio, y aporta recursos para posibilitar su celebración.

80.Se ha llevado a cabo un estudio para detectar los mecanismos de exclusión que existen en los Países Bajos en relación con los afrodescendientes.

81.En 2016-2018 se celebró un Mes de los Logros de la Comunidad Negra en varias ciudades. En los actos organizados en ese marco se pusieron de relieve contribuciones notables de ciudadanos neerlandeses afrodescendientes mediante exposiciones, debates, obras de teatro, espectáculos de danza y películas. El Gobierno central contribuyó financieramente a esta iniciativa del Nationaal instituut Nederlands slavernijverleden en erfenis (NiNsee).

82.El Gobierno de los Países Bajos no tiene datos sobre la autoidentificación étnica de la población. Los estudios muestran que esta autoidentificación no es fiable ni útil. Además, está prohibido mantener registros de datos personales confidenciales de ese tipo, que gozan de protección especial en virtud de la Ley de Protección de Datos Personales. Sí se dispone de datos sobre el país de nacimiento.

83.Esos datos estadísticos se recopilan y actualizan anualmente y se presentan en los Indicadores Fundamentales de Integración, en varias categorías (incluidos los grupos de origen africano: surinamés, antillano/arubeño y otros orígenes caribeños y subsaharianos). Se analizan las cuestiones de la participación laboral, el disfrute de prestaciones de asistencia social, la delincuencia, el estado de salud percibido, el matrimonio, el nivel de ingresos, la obtención de una cualificación básica, el desempleo, el empleo principal y el empleo de más de 20 horas (véase https://www.cbs.nl/nl-nl/maatwerk/2018/47/kernindicatoren-integratie-2018).

84.El Informe Anual sobre la Integración solo contiene datos estadísticos sobre grupos relativamente numerosos (personas de origen surinamés y de origen antillano), desglosados por sexo (participación neta, desempleo, potencial de mano de obra no explotada, disfrute de prestaciones de asistencia social, disfrute de prestaciones por desempleo, disfrute de prestaciones por incapacidad).

Sinterklaas (Fiesta de San Nicolás)

85.Sinterklaas es una tradición centenaria que ha sido moldeada por la sociedad y que ha perdurado gracias a los cambios. El Gobierno no dirige este proceso. El carácter descentralizado de la celebración de Sinterklaas, cuyos festejos son organizados por cientos de comités locales, escuelas y voluntarios que aúnan esfuerzos, da pie a que surja un debate público en muchos lugares diferentes. El diálogo sobre esta cuestión debe desarrollarse principalmente a nivel local. En los últimos años la figura de Piet se ha modificado en muchos lugares.

Romaníes y comunidades itinerantes (observaciones 19 y 20)

86.En los últimos años, el Gobierno se ha centrado en los siguientes elementos de su marco general de políticas para promover la integración de la población romaní y sinti: la lucha contra el abandono escolar, la Ley de Participación, las medidas para combatir la discriminación, la aplicación de los instrumentos dimanantes del Programa de Lucha contra la Explotación de los Niños Romaníes (2011-2016), el derecho a la libre determinación (en particular, la lucha contra los matrimonios forzados), la intensificación del diálogo, la cooperación internacional y la generación y el intercambio de conocimientos.

87.En 2019, el Gobierno tiene previsto poner en marcha un proyecto piloto en el marco del cual se brindarán apoyo y orientación por conducto de mediadores con vistas a mejorar la participación en la educación y la transición al mercado laboral.

88.El Gobierno ha puesto a disposición de las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones romaníes recursos financieros para proyectos y actividades que mejoren directa o indirectamente la situación de los sintis y los romaníes en la sociedad neerlandesa. Esos proyectos y actividades deberían centrarse en los siguientes temas:

La conmemoración de los acontecimientos de la Segunda Guerra Mundial.

La lucha contra la discriminación y los prejuicios.

El fortalecimiento de la promoción y la representación.

El fomento de la educación, en particular la concesión de becas de estudios.

La creación de empleo.

La promoción del respeto de la cultura y la identidad.

La prestación de asesoramiento y orientación a los intermediarios.

89.En respuesta a un informe publicado por el Defensor Nacional del Pueblo, titulado “Woonwagenbewoner zoekt standplaats” (“Nómada busca estacionamiento”), el Gobierno inició consultas con representantes de los romaníes, los sintis y las comunidades itinerantes, así como con representantes de las autoridades locales y las asociaciones de promoción de la vivienda, con vistas a elaborar un nuevo marco en el que se fijen criterios para la política local relativa a los emplazamientos para las caravanas y las comunidades itinerantes. En la elaboración de ese marco también participaron el Defensor Nacional del Pueblo y el Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos. El 12 de julio de 2018, el nuevo marco se presentó al Defensor Nacional del Pueblo y se envió a la Cámara de Representantes y a las autoridades municipales. En él se reconoce que las políticas municipales de vivienda deben tener en cuenta las necesidades específicas en materia de vivienda de los romaníes, los sintis y las comunidades itinerantes, y deben ofrecer una respuesta a la necesidad de zonas de estacionamiento y caravanas. En el marco se hace un llamamiento a las autoridades locales para que, si procede, revisen sus políticas relativas a las caravanas y las zonas de estacionamiento. Además, el Gobierno ha encargado la realización de un estudio periódico sobre el número de zonas de estacionamiento que existen en los distintos municipios a fin de medir los progresos, y brindará asesoramiento para la aplicación del nuevo marco.

Género (observaciones 35 y 36)

90.Uno de los objetivos prioritarios de la política gubernamental de igualdad de oportunidades es aumentar la independencia económica de las mujeres. Ahora bien, los niveles de empleo y la independencia económica son menores entre las mujeres pertenecientes a minorías étnicas y otros grupos con escasas perspectivas laborales, como las madres solas y las mujeres de bajo nivel educativo.

91.Mediante el programa Mayor Integración en el Mercado Laboral, el Gobierno se propone mejorar la situación de las personas de origen no occidental en el mercado de trabajo. Cuando sea posible, se evaluará la eficacia de diversas estrategias tanto entre las mujeres como entre los hombres.

92.El Gobierno quiere que tanto los hombres como las mujeres recién llegados a los Países Bajos, independientemente del tipo de permiso de residencia que tengan, puedan participar en la sociedad lo antes posible, preferiblemente a través del empleo remunerado. En el plan detallado de su política se presta especial atención a la situación de la mujer, por ejemplo aprovechando las oportunidades que existen para ayudar a participar en el mercado laboral a las mujeres titulares de permisos de residencia concedidos en el marco del asilo.

93.Tel mee met Taal es un programa de alfabetización puesto en marcha conjuntamente por el Ministerio de Educación, Cultura y Ciencia, el Ministerio de Salud, Bienestar y Deportes, el Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo y, a partir de 2019, también el Ministerio del Interior y Relaciones del Reino, que tiene por objeto reducir y prevenir el analfabetismo funcional. Inicialmente se previó que el programa concluyera en 2018, pero se ha prorrogado hasta finales de 2019 —como año de transición— para permitir la elaboración de medidas de seguimiento que se aplicarán a partir de 2020. Este tema seguirá recibiendo el mismo nivel de atención. El Gobierno considera altamente prioritarios el desarrollo de la competencia lingüística y la lucha contra el analfabetismo funcional tanto entre los hablantes nativos de neerlandés como entre los hablantes de neerlandés como segundo idioma.

94.En el marco de la política de igualdad de oportunidades se ha puesto en marcha un proyecto dirigido especialmente a las mujeres vulnerables titulado Educación para Mujeres con Ambición. El conjunto de recursos del proyecto incluye una descripción clara del planteamiento y ofrece instrumentos y estrategias a las organizaciones asociadas para contratar y animar a las mujeres con analfabetismo funcional que deseen adoptar medidas a fin de alcanzar la independencia económica y la autosuficiencia financiera. El proyecto pone de relieve el vínculo existente entre el empoderamiento y el fomento de competencias básicas en programas locales y el progreso de las mujeres en esta esfera. Se basa, en general, en una transición fluida y un proceso de aprendizaje continuo. En 2019 se intentará reforzar la integración del proyecto en el programa de alfabetización de adultos Tel mee met Taal.

Deporte, fútbol (observación 12 c))

95.En 2011, la Ministra de Sanidad, Bienestar y Deportes y el Ministro de Seguridad y Justicia presentaron al Parlamento un plan de acción titulado Hacia un Entorno Deportivo más Seguro, que seguidamente pasó a aplicarse. Aunque el sector del deporte en los Países Bajos se autorregula, se adoptan medidas, naturalmente, contra las conductas físicas y verbales que vulneran las disposiciones del derecho nacional e internacional.

96.Además de prever la intervención de la justicia penal, el plan de acción permite que el sector del deporte se ocupe de prevenir las conductas indeseables (incluida la discriminación), combatir las transgresiones y promover formas de conducta positivas. El alcance del plan de acción se extiende a todas las ramas y niveles del deporte y a todos los grupos de edad.

97.El plan de acción, que se sigue aplicando, ha contribuido a aumentar la conciencia entre los responsables del deporte sobre la necesidad de vigilar la seguridad del entorno deportivo. Las personas vinculadas al sector del deporte observan menos conductas indeseables que antes. Además, pese a las percepciones de una creciente falta de cortesía y respeto en la sociedad, hay menos personas en el sector del deporte que se sienten inseguras.

98.Por lo que se refiere al fútbol, los asociados del programa (las autoridades locales, la Asociación Nacional de Fútbol, la policía, la fiscalía, los clubes de fútbol y el Gobierno central) han acordado que se deben adoptar medidas contra los cantos antisemitas, racistas y otros cantos discriminatorios que se corean en los partidos de fútbol. La Asociación Nacional de Fútbol ha elaborado unas directrices nacionales que los clubes deben respetar, en las que se establece que los clubes y las peñas comparten la responsabilidad de combatir los cantos discriminatorios y que dichos cantos pueden dar lugar a la suspensión de los partidos. Esta iniciativa cuenta, además, con el apoyo de dos proyectos de la Fundación Anne Frank:

El proyecto Fan Coach se centra en los aficionados que han sido declarados culpables de participar en cantos antisemitas o racistas. La idea esencial del proyecto es dar a conocer a los grupos de aficionados fanáticos la historia judía de su ciudad y su club.

El proyecto Fair Play es un juego para jóvenes que se desarrolla en forma de taller. Se trata de una colaboración entre clubes de fútbol profesionales y departamentos municipales de deportes, y su objetivo es sensibilizar a los jóvenes sobre el significado y las consecuencias de las conductas discriminatorias.

Perfiles étnicos (policía) (observaciones 13, 14 b), 14 g), 25, 26 a) y 26 b))

99.En los Países Bajos está prohibido hacer distinciones entre personas en los controles policiales sin una justificación objetiva. La Dirección de la Policía prohíbe el sesgo basado en perfiles étnicos. La policía sigue formulando una amplia gama de medidas para combatir de forma más eficaz la discriminación y el sesgo basado en perfiles étnicos.

100.Se han publicado varios trabajos de investigación sobre la naturaleza y el alcance del sesgo policial basado en perfiles étnicos. En ninguno de esos estudios se concluye que el sesgo sea sistemático. Sin embargo, esto no significa que no se reconozca el problema. Existe una gran diversidad de medidas para combatir el sesgo basado en perfiles étnicos entre la policía, entre ellas el programa De Kracht van het Verschil (El Poder de la Diferencia).

101.Una medida que se ha concebido en el marco de este programa son las Directrices para la Realización de Controles Policiales Proactivos. Por norma, la policía solo puede efectuar controles de forma proactiva sobre la base de motivos objetivos, por ejemplo una conducta, que puede guardar relación con otros hechos o circunstancias. El objetivo de las Directrices es informar a los agentes de policía sobre las formalidades requeridas para efectuar un control proactivo motivado por razones objetivas profesionalmente, como la necesidad de dispensar a las personas un trato adecuado y profesional.

102.El servicio de policía también está desarrollando una aplicación para los controles proactivos (MEOS app). Si un agente efectúa un control proactivo, o se dispone a hacerlo, puede consultar a través de la aplicación si la persona (o el vehículo) ha sido sometida a un control previamente, y cuál ha sido el resultado. El agente puede tener en cuenta esa información para la interacción y para decidir si efectuar el control proactivo. Además, la base de datos permitirá al servicio de policía conocer mejor la naturaleza y el alcance de los controles policiales proactivos.

103.A finales de 2016, la policía facilitó la presentación de denuncias relativas a conductas de la policía mediante una aplicación específica. En 2017 la policía recibió un total de 46 denuncias de sesgo basado en perfiles étnicos a través de diversos canales. No es posible indicar cuántas de esas denuncias estaban justificadas.

F.Participación de los asociados de la sociedad civil (observaciones 27, 28 y 42)

104.El Gobierno asigna gran importancia a la existencia de un discurso público activo sobre cuestiones relacionadas con la diversidad y el origen étnico. La diversidad de la población neerlandesa ha aumentado sustancialmente en los últimos años. En 1972, el 9,2 % de la población de los Países Bajos era de origen migrante, frente al 22,1 % en 2016, y se prevé que el porcentaje siga creciendo. Además, este segmento de la población es en sí cada vez más diverso: los grupos étnicos minoritarios “tradicionales” constituyen solo un tercio de él, mientras que en los dos tercios restantes está representada una amplia variedad de otros países. En La Haya y Ámsterdam, la mayoría de la población —un 51,2 % y un 51,1 % respectivamente— pertenece a grupos étnicos minoritarios. Estas dinámicas, estos cambios, ponen de relieve la importancia y la necesidad de fomentar la vía del diálogo flexible.

105.El diálogo flexible implica que el Gobierno consulte a una serie de interlocutores, en función del tema que se esté tratando: expertos profesionales, líderes de opinión, personas con conocimientos adquiridos mediante la experiencia y/o representantes de grupos. La forma que adoptan esas consultas depende del tema y de los interlocutores, por lo que en la práctica varía mucho. Por ejemplo, en el contexto del Decenio de los Afrodescendientes se organizaron varias mesas redondas. Se consulta a representantes de las organizaciones turcas cuando se realizan estudios sobre el sentimiento de pertenencia de los turconeerlandeses, y las personas que siguen el procedimiento de integración cívica participan en la revisión del sistema de integración cívica. En este marco se consulta a todos los tipos de personas que se encuentran en proceso de integración cívica: las personas que han migrado por motivos familiares y los migrantes altamente cualificados, así como los refugiados.

106.Mantener un diálogo con la sociedad también significa prestar atención a las señales que llegan de esta. El Departamento de Estabilidad Social del Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo está en contacto con figuras clave de las comunidades de minorías étnicas y las organizaciones que las representan. El Departamento también brinda apoyo a las autoridades locales mejorando su base de conocimientos.

G.Solicitantes de asilo (observaciones 21 c), 21 d), 22 c), 33 y 34)

107.En primer lugar, los Países Bajos desean subrayar que respetan plenamente la prohibición de la devolución.

108.Los Países Bajos disponen de un sistema de acogida y alojamiento para los solicitantes de asilo, incluidos aquellos cuyas solicitudes han sido rechazadas, a fin de que los extranjeros no se encuentren sin hogar y viviendo en la calle. Dicho sistema se ajusta a las obligaciones internacionales. Las solicitudes de permisos de residencia se evalúan atentamente. En el marco del sistema actual se proporciona alojamiento a los solicitantes durante el procedimiento de asilo. El procedimiento de asilo está abierto también a quienes no presenten ningún documento que acredite su identidad. Las autoridades municipales ofrecen alojamiento a las personas que abandonan un centro de acogida tras habérseles expedido un permiso de residencia.

109.Un extranjero cuya solicitud sea rechazada tiene, en principio, 28 días para salir del país. Durante ese período, la persona conserva el derecho al alojamiento. Una vez transcurrido ese plazo, puede permanecer en un centro de libertad restringida, desde el cual se le facilita el regreso. Las personas alojadas en esos centros también reciben alimentos, atención médica y otros servicios. La admisión en un centro de libertad restringida depende de que el interesado esté haciendo esfuerzos por hacer efectiva su salida del país.

110.Además del marco que se acaba de describir, existen posibilidades adicionales para los solicitantes de asilo inadmitidos y los extranjeros en situación irregular que pueden ser particularmente vulnerables en razón de sus circunstancias individuales. Los solicitantes de asilo menores de edad cuya solicitud haya sido rechazada, se encuentren solos o acompañados, tienen derecho a que se les proporcione alojamiento (a ellos y a sus familiares) hasta alcanzar la mayoría de edad, siempre que no se haya producido aún la salida. Los extranjeros cuyo estado de salud dificulte temporalmente su salida pueden solicitar un aplazamiento. Si se admite la solicitud, tienen derecho a alojamiento y a la financiación de su tratamiento médico. La política de “no culpabilidad” prevé la posibilidad de que los extranjeros no puedan regresar a su país de origen por causas ajenas a su voluntad. Todas las personas que residen ilegalmente en los Países Bajos tienen derecho a recibir tratamiento médico indispensable.

111.Con vistas a mejorar la eficacia del sistema se crearán ocho centros nacionales para extranjeros. Las autoridades centrales y locales prevén establecer conjuntamente esos centros en un futuro próximo. La idea es que las personas que residen en los Países Bajos sin un permiso de residencia o alojamiento proporcionado por el Estado reciban apoyo en esos centros para encontrar una solución a largo plazo a su situación de residencia ilegal, y durante ese proceso se les brindará alojamiento.

112.En los Países Bajos, el internamiento de extranjeros es una medida que se aplica de manera muy restringida (como último recurso). Además, está sujeta a numerosas salvaguardias. Los motivos que justifican el internamiento se han incorporado a la legislación neerlandesa, de conformidad con la legislación de la Unión Europea. Las personas cuyas solicitudes de asilo han sido rechazadas, también en los casos en que la decisión se confirme tras haberse solicitado una revisión judicial, están obligadas a abandonar los Países Bajos por iniciativa propia. El Gobierno de los Países Bajos ofrece varias modalidades de apoyo para lograr esa salida autónoma. Si un extranjero no recurre a ese apoyo, y si tampoco se logra su salida mediante la asistencia intensiva del Servicio de Repatriaciones y Salidas del País y Medidas Alternativas de Supervisión, puede ser internado como último recurso, siempre que se cumplan los requisitos para el internamiento y haya alguna posibilidad de que el extranjero sea devuelto al país de origen o a un tercer país.

113.Los Países Bajos están revisando el régimen de internamiento. A esos efectos, el Gobierno ha elaborado un proyecto de ley de devolución e internamiento de extranjeros, que ha sido aprobado por la Cámara de Representantes. El proyecto de ley establece un régimen uniforme para el internamiento de extranjeros con arreglo al derecho administrativo e incorpora más firmemente a la legislación alternativas al internamiento. En principio, dará a los extranjeros internados más libertad y autonomía en lo que respecta a la forma en que pasan el día, así como mayor libertad de circulación y más oportunidades de contacto con el mundo exterior. Además, los controles (como los efectuados para detectar el contrabando y descubrir objetos peligrosos) se llevarán a cabo de manera menos intrusiva. El proyecto de ley también contiene disposiciones y normas especiales en relación con los grupos vulnerables, como las familias con niños (a las que se interna en circunstancias muy excepcionales). El proyecto de ley subraya que las medidas que puedan ser necesarias en aras de la seguridad en los centros de internamiento deben aplicarse de forma gradual y, siempre que sea posible, deben adoptarse disposiciones destinadas a su atenuación.

114.El régimen de internamiento de inmigrantes de los Países Bajos se ajusta a las normas nacionales e internacionales de privación de libertad y respeta los derechos fundamentales. El mencionado proyecto de ley de devolución e internamiento de extranjeros brindará al régimen de internamiento de inmigrantes un marco nuevo e independiente, especialmente centrado en la situación de los extranjeros que (en la mayoría de los casos) están obligados a abandonar el país. El proyecto de ley se basa firmemente en el principio de restricción mínima e integra la totalidad de las condiciones constitucionales fundamentales. Las normas del nuevo régimen serán más flexibles que las que se aplican actualmente, ya que permitirán un enfoque más individualizado.

115.La recomendación del Comité de que se incluya la violencia doméstica como motivo de asilo parece basarse en una comprensión incorrecta de la política de los Países Bajos. La violencia doméstica se da generalmente en la esfera privada y, por tanto, no constituye un motivo de persecución con arreglo a lo dispuesto en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados. La situación puede diferir si el Gobierno del país de origen se niega a proporcionar protección por determinados motivos subyacentes: por ejemplo, si a una mujer se le niega la protección porque pertenece a una minoría específica o porque participa activamente en la oposición política.

116.Cada caso se evalúa de manera individual. Además de examinar la solicitud a la luz de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, las autoridades también la examinan a la luz del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

117.Por lo que respecta a los menores no acompañados solicitantes de asilo, en 2016 se implantó un nuevo sistema de acogida que promueve las unidades residenciales de pequeña escala, en las que esos menores reciben orientación y apoyo. Los niños menores de 15 años son acogidos en familias siempre que resulta posible. Además, la modalidad específica de alojamiento se decide en función de las perspectivas en cada caso. Cuando se puede suponer razonablemente que se producirá un abandono prematuro y/o se observan circunstancias sospechosas, se coloca al menor en un centro residencial protegido en el que se aplican medidas adicionales de seguridad y vigilancia. Además, desde 2017, un grupo de funcionarios, entre ellos agentes de protección de menores y agentes de la policía de extranjería, llevan a cabo un análisis de riesgos multidisciplinario sobre la vulnerabilidad del joven en las seis semanas posteriores a su internamiento en un centro residencial protegido. Esto les ayuda a determinar las necesidades del joven, por ejemplo la atención que requiere, el tipo de alojamiento que resultaría adecuado a continuación y si en él necesitará medidas adicionales de supervisión y protección.

118.Se presta gran atención a las personas LGBT. En los centros de acogida no se tolera ninguna forma de discriminación o violencia contra los grupos vulnerables. En caso de delito se llama siempre a la policía. En ocasiones se traslada a la víctima a un lugar diferente dentro de la misma institución. Otra posibilidad es el traslado a otro tipo de alojamiento, como un Centro de Acogida de Supervisión Intensiva o un centro de asistencia social. El Organismo Central de Acogida de los Solicitantes de Asilo evalúa qué se requiere en cada caso individual. También se evalúan las necesidades de la persona en términos de atención médica y psicológica ulterior. Recientemente se llevó a cabo un estudio con vistas a mejorar el método utilizado para evaluar la fiabilidad de las solicitudes de asilo de personas LGBT. A raíz de los resultados se adoptaron una serie de medidas: en particular, se revisaron las instrucciones para los entrevistadores y las autoridades decisorias, y se ha previsto impartir formación adicional al personal del Servicio de Inmigración y Naturalización.

H.Empresas neerlandesas en el extranjero (observaciones 37 y 38)

119.La promoción y puesta en práctica de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (los Principios Rectores) son muy importantes para los Países Bajos. Los Países Bajos aplican los Principios Rectores por conducto del Plan de Acción Nacional sobre las Empresas y los Derechos Humanos, mediante el cual el Gobierno comunica claramente a las empresas que se espera que defiendan los derechos humanos. Los Principios Rectores se han incorporado a las Líneas Directrices de la OCDE, y ambos marcos son piedras angulares de la política neerlandesa. En un documento de política dirigido recientemente a la Cámara de Representantes (Carta al Parlamento 26 485, núm. 271), el Gobierno señaló que aspiraba a lograr que en 2023 el 90 % de las grandes empresas de los Países Bajos hubieran reconocido expresamente las Líneas Directrices de la OCDE como marco de referencia para sus actividades internacionales.

120.Para alcanzar este ambicioso objetivo, es importante que las empresas estén familiarizadas con las Líneas Directrices de la OCDE. El Gobierno utiliza una serie de instrumentos y métodos para dar a conocer las Líneas Directrices de la OCDE a las empresas y facilitar su aplicación. Los acuerdos voluntarios sobre responsabilidad social empresarial internacional son un instrumento importante en este contexto, ya que permiten a los Países Bajos adoptar medidas para combatir las violaciones de los derechos humanos. Un ejemplo concreto es la publicación, en agosto de 2018, por las partes del Acuerdo Bancario Neerlandés de un informe en el que se analizaba el papel de los bancos en la cadena de valor del cacao y se exponían formas de combatir las violaciones de los derechos humanos. Además, se formulaban recomendaciones para las partes y los bancos participantes. Tras el análisis del sector del cacao, se inició otro de la cadena de valor del sector del aceite de palma. Otros ejemplos de formas en que el Gobierno se comunica con las empresas son los programas puestos en marcha con la ayuda de asociados estratégicos, como la Iniciativa para el Comercio Sostenible y Solidaridad. El alcance de estos programas abarca varias cadenas, entre ellas las del aceite de palma y la soja.

121.En cuanto al sector neerlandés del petróleo y el gas, que forma parte del de las industrias extractivas, en 2016 el Gobierno solicitó al Punto Nacional de Contacto que investigara la medida en que este sector estaba aplicando las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. Sobre la base de las conclusiones del Punto Nacional de Contacto, el Gobierno determinará si procede adoptar una política al respecto.

122.Por último, en otoño de 2019 se iniciará una evaluación de la política de acuerdos voluntarios. Esta medida se enmarca en la aplicación del acuerdo de coalición, en el que se dispone que continuará la labor relativa a los acuerdos voluntarios sobre responsabilidad social empresarial internacional y que, al cabo de dos años, el Gobierno estudiará si fijar obligaciones vinculantes y, en caso de hacerlo, cuál debería ser la naturaleza de esas obligaciones.

I.Investigación (observación 12 a))

123.Mediante el Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación, el Gobierno también está tratando de recabar conocimientos interdisciplinarios sobre las causas de la discriminación y la eficacia de las intervenciones. La Plataforma de Conocimientos sobre Integración y Sociedad ha encargado un estudio sobre intervenciones eficaces, como cursos de formación, diálogos y debates, destinadas a concienciar acerca de los prejuicios y la discriminación y combatirlos. Entre otras medidas cabe citar la organización de reuniones anuales de establecimiento de contactos sobre la lucha contra la discriminación, que se centran en el intercambio y la puesta en común de conocimientos entre la comunidad académica, los responsables de la formulación de políticas locales y de otro tipo y las organizaciones de la sociedad civil.

124.En los Países Bajos, el registro del país de nacimiento (de una persona o de sus padres) se utiliza para estudiar la participación social de los grupos, especialmente de las personas recién llegadas. Esta información objetiva se toma de las bases de datos personales de los municipios y puede combinarse con otros datos para producir información sobre la situación socioeconómica (empleo, educación y participación), desglosada por género.

125.Además, el Gobierno reconoce que es necesario examinar el vínculo entre orígenes específicos y determinadas formas de discriminación, como la discriminación contra los musulmanes, el antisemitismo y el racismo contra las personas negras. Esto ha llevado a investigar la situación de ciertos grupos en la sociedad neerlandesa, así como los procesos de inclusión y exclusión que desempeñan un papel a este respecto. Como ejemplos cabe citar los informes periódicos sobre la integración elaborados por el Instituto Neerlandés de Investigación Social, las investigaciones sobre casos de discriminación, así como varios estudios exhaustivos, entre otros “Causas y factores desencadenantes del antisemitismo” (2015) y “Causas y factores desencadenantes de la discriminación contra los musulmanes” (2016). Además, periódicamente se llevan a cabo investigaciones de campo sobre la discriminación en los procedimientos de contratación y selección en el mercado laboral.

J.Convenciones internacionales (observación 39)

126.Como se señaló en el informe anterior, los Países Bajos no se adherirán a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares (1990) en razón de sus disposiciones relativas a la política nacional de asistencia y servicios sociales.

127.El Reino de los Países Bajos firmó la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de 13 de diciembre de 2006, el 30 de marzo de 2007. La Convención fue aprobada para la totalidad del Reino el 12 de abril de 2016. Los Países Bajos, a excepción del Caribe Neerlandés, ratificaron la Convención el 14 de junio de 2016. Se decidió que la Convención no se aplicaría en el Caribe Neerlandés por el momento. La Convención entró en vigor en la parte europea de los Países Bajos el 14 de julio de 2016.

K.Anexos

Carta a la Cámara de Representantes, de enero de 2016, sobre el Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación:

Anexo 1: Medidas.

Anexo 2: Política específica.

Carta a la Cámara de Representantes, de marzo de 2018, sobre una mayor integración en el mercado laboral.

Carta a la Cámara de Representantes, de abril de 2018, sobre los avances en la estrategia del Gobierno para combatir la discriminación, acompañada de cinco anexos:

Anexo 1: Avances en la aplicación de las medidas (generales) del Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación.

Anexo 2: Avances en la aplicación de medidas específicas del Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación.

Anexo 3: Avances en la aplicación de medidas del Plan de Acción sobre la Discriminación en el Mercado de Trabajo y del Plan de Acción contra la Discriminación por Embarazo.

Anexo 4: Datos estadísticos sobre discriminación correspondientes a 2017 (en neerlandés).

Anexo 5: Incidentes de discriminación constitutivos de delito registrados en 2017 (fiscalía) (en neerlandés).

Carta a la Cámara de Representantes, de julio de 2018, sobre los ejes del proceso de reforma de la política de integración cívica.

Carta a la Cámara de Representantes, de agosto de 2018, sobre la igualdad de oportunidades y la discriminación en las pasantías de la enseñanza secundaria profesional.

Hoja informativa: La integración de grupos de origen migrante en 2018, octubre de 2018.

Carta a la Cámara de Representantes, de noviembre de 2018, sobre el Plan de Acción sobre la Discriminación en el Mercado de Trabajo.

Oficina de Estadística de los Países Bajos, Informe Anual sobre la Integración de 2018, noviembre de 2018. Datos correspondientes a 2017, información desglosada por origen y sexo sobre la situación socioeconómica de los grupos de origen africano (surinamés, antillano/arubeño).

III.Información facilitada por el Gobierno de San Martín sobre los artículos 1 a 7 de la Convención

Artículo 1

128.San Martín cuenta con una de las poblaciones más diversas de la región, con aproximadamente 117 nacionalidades representadas entre sus habitantes. Tanto la Constitución como el Código Penal protegen a los ciudadanos contra la discriminación. Se reconoce la importancia de tipificar como delito toda forma de discriminación. En el artículo 16 de la Constitución de San Martín se establece que “en San Martín todas las personas recibirán el mismo trato en igualdad de circunstancias”. Está prohibida la discriminación, cualesquiera que sean sus motivos.

Artículo 2

129.La política de capacitación de las fuerzas del orden abarca la sensibilización sobre la discriminación. En el marco de esa capacitación se imparte un curso de sociología en el que se ponen de relieve los problemas de la comunidad y los procedimientos que deben seguir los agentes del orden cuando se enfrentan a problemas raciales u otros problemas sociales. También se imparten cursos sobre el sesgo basado en perfiles para los funcionarios de inmigración, fundados en procedimientos para combatir el racismo y otras formas de discriminación. La antigua política del Acuerdo de Brooks Tower preveía un período de gracia durante el cual los residentes ilegales que cumplían ciertas condiciones podían legalizar su situación. También se permitía legalizar la situación de los niños nacidos en la isla de padres que eran residentes ilegales en el momento del nacimiento, independientemente de su nacionalidad, origen étnico o condición social. En el plano cultural, se alienta a diferentes grupos raciales, étnicos y nacionales a participar en desfiles y actos nacionales como forma de poner de relieve y reconocer la identidad multidimensional de San Martín. Los distintos grupos gozan también de libertad para expresar, practicar y celebrar sus propias culturas, religiones y creencias mediante la organización de sus propios actos y desfiles o por otros medios que consideren adecuados. San Martín está estableciendo su lista de Patrimonio Cultural Inmaterial. Se espera añadir a la lista, en un futuro próximo, las prácticas, culturas y creencias actuales de los diversos grupos étnicos que residen en San Martín.

130.El Ministerio de Educación, Cultura, Juventud y Deportes es responsable de la educación en las escuelas públicas y subvencionadas. Al permitir el acceso a la educación a todos los niños de entre 4 y 18 años, la Ley de Educación Obligatoria pone freno a las prácticas que pueden dar lugar a diferencias raciales y culturales.

131.El Marco Nacional de Planificación de Políticas Disciplinarias para la Educación Primaria de San Martín, introducido en 2017, insta a todas las escuelas públicas y subvencionadas a tener en cuenta las necesidades de los estudiantes de todos los orígenes culturales. Las escuelas deben establecer un plan de comunicación para promover la confianza y fomentar la participación de los padres en los procedimientos disciplinarios de la escuela. Además, las escuelas también deben realizar evaluaciones psicológicas y proporcionar un entorno de aprendizaje seguro.

Artículo 3

132.Toda persona que considere que está siendo discriminada en razón de su raza, su origen étnico o por otros motivos puede presentar una denuncia ante las autoridades competentes, como la policía, y el caso será examinado por el fiscal. Hay indicios de que en la isla las opciones en materia de vivienda están vinculadas al nivel de ingresos, más que al origen étnico, por lo que se debe vigilar la tendencia a la formación de guetos. Debido a la historia y al clima racial de la isla, no se da una segregación racial y/o étnica sistemática. Aunque las personas deseen vivir en zonas donde residen otras personas de su país de origen, la densidad de población de la isla no lo facilita y en la mayoría de las zonas residenciales existe una mezcla de etnias.

133.Según las estadísticas, las personas que pertenecen a la categoría de ingresos más elevados (de 4.000 florines o superiores), independientemente de su raza, nacionalidad u origen étnico, tienen mayor acceso a una vivienda asequible y de buena calidad. En el informe anterior se señaló que el Ministerio de Vivienda Social, Desarrollo Territorial, Medio Ambiente e Infraestructura estaba elaborando una nueva política de vivienda. El proceso se encuentra todavía en fase de análisis. El objetivo de la política es frenar la formación de guetos mediante nuevas estrategias concebidas para ayudar a las personas de bajos ingresos a adquirir una vivienda asequible. Estas medidas evitarán que las personas recurran a alojarse en barrios de chabolas.

Artículo 4

134.La discriminación se tipifica como delito en el artículo 2:60 del Código Penal. En ese artículo se establece que una persona discrimina cuando, “en público, oralmente o por escrito o mediante imágenes o datos informatizados, insulta deliberadamente a un grupo de personas por motivo de su religión, creencias, opinión política, raza, color, idioma, origen nacional o social, por tener una discapacidad física o mental o por su género u orientación heterosexual u homosexual o su pertenencia a una minoría nacional”.

Artículo 5

135.Mediante su Constitución, leyes y políticas nacionales, San Martín se esfuerza por garantizar los derechos de todos. San Martín también se ha comprometido a respetar numerosas convenciones de derechos humanos. A fin de aplicar adecuadamente la Convención, debe disponerse de información concreta sobre los refugiados. Se aplican políticas en materia de asilo y refugiados que se ajustan a las disposiciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura. Cabe señalar que San Martín no es parte en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Por consiguiente, las personas que entran en su territorio no pueden solicitar asilo al amparo de la Convención. Así pues, los extranjeros que solicitan asilo son considerados extranjeros que solicitan un permiso humanitario. Un permiso humanitario es un permiso de residencia concedido por motivos humanitarios. Los requisitos se derivan de la legislación y la política, y se indican en el formulario de solicitud. Si el solicitante de asilo no obtiene el permiso, las autoridades pueden expulsarlo a un país en el que sea admitido. Por lo que respecta a la discriminación contra determinadas razas o nacionalidades, las prácticas habituales de los servicios de inmigración demuestran que en los procedimientos de tramitación de la residencia no se discrimina a los refugiados por motivos de raza.

Derecho a heredar

136.La raza no es una consideración que se tenga en cuenta en ninguna ley relacionada con el derecho a heredar. En el informe anterior se señaló que el Parlamento había aprobado la Ordenanza Nacional sobre la Determinación Judicial de la Paternidad, que estaba pendiente de promulgación. La Ordenanza Nacional no solo permite que el niño, su madre o el tribunal de tutela soliciten la determinación oficial del nombre del padre, sino también que los hijos nacidos fuera del matrimonio gocen de la misma condición jurídica que los nacidos dentro del matrimonio (Libro I del Código Civil). La ley se promulgó el 1 de febrero de 2013 y entró en vigor el 1 de mayo de 2013. Fue modificada en 2016 para otorgar a los padres el derecho (patria potestad) de excluir de su testamento a un hijo nacido dentro o fuera del matrimonio (Libro IV del Código Civil).

Derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas

137.La Constitución de San Martín protege la libertad de asociación, así como la libertad de reunión y el derecho a manifestarse. Además, el Convenio relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación es vinculante para San Martín.

Derecho a fundar sindicatos y a sindicarse

138.Existe una Ordenanza Nacional sobre Convenios Colectivos de Trabajo que protege el derecho de los sindicatos a defender los derechos de sus miembros. La afiliación a los sindicatos está abierta a todos. No se imponen restricciones a los solicitantes de asilo, los migrantes, las minorías ni los miembros de ningún grupo político específico.

Derecho a la vivienda

139.El acceso a una vivienda adecuada y asequible es insuficiente en San Martín porque la oferta actual no basta para satisfacer la demanda. Además, la calidad estructural de muchas casas no se ajusta a las disposiciones del Código de Edificación de la isla (1935), especialmente en algunos barrios, por lo que en las zonas empobrecidas donde tienden a instalarse los grupos de ingresos más bajos existen viviendas de una calidad inaceptable. Los migrantes procedentes de las islas del Caribe, predominantemente afrodescendientes, suelen residir en zonas con una combinación de viviendas asequibles tanto adecuadas como inadecuadas.

140.Los complejos de viviendas asequibles (desde 1995) tienden a construirse en terrenos planos relativamente alejados de las zonas de actividad económica. Esto da lugar a la concentración de viviendas ocupadas por personas de la misma condición social (en términos de ingresos), lo que no favorece la proyección de una imagen positiva de las zonas de viviendas asequibles. Además, en esas comunidades existe el riesgo de un rápido deterioro de la zona, si bien es evidente que ese deterioro no guarda relación alguna con la raza, el origen étnico o la segregación.

Derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales

141.En la actualidad, el sistema de atención de la salud de San Martín está privatizado. La Constitución prohíbe la discriminación en la atención de la salud. Existen diferentes planes de seguro para los distintos grupos de la sociedad. En total hay seis planes de seguro diferentes, que se describen en el siguiente cuadro.

Ley

Grupo destinatario

Financiación

Cobertura

Exclusiones

Ordenanza sobre el Seguro de Enfermedad

Empleados y antiguos empleados + familiares

Prima basada en el salario pagada por el empleador y el empleado

Atención sanitaria

Empleados cuyo salario supera el límite establecido

Mayores de 60 años incluidos en función de la póliza

Caja del Seguro de Enfermedad

Trabajadores por cuenta propia

Ordenanza sobre el Seguro de Accidentes

Empleados

Prima basada en el salario pagada por el empleador

Atención sanitaria necesaria por accidente de trabajo

Prestación en caso de invalidez por accidente de trabajo

Prestación para dependientes supérstites + gastos de sepelio en caso de fallecimiento por accidente de trabajo

Dependientes supérstites

Caja del Seguro de Accidentes

Ayuda Médica

Residentes de nacionalidad neerlandesa sin ingresos o con ingresos inferiores a 3.758,30 florines

No nacionales admitidos indefinidamente y con un mínimo de cinco años de residencia

Gobierno

Idéntica a la de los funcionarios

Reglamento de los Funcionarios

Funcionarios + familiares

Prima basada en el salario pagada por el funcionario

Gastos sufragados enteramente por el Gobierno

Atención sanitaria

Reglamento de los Funcionarios Jubilados

Funcionarios jubilados (60 años o más) + familiares

Prima basada en la pensión

Contribución de los funcionarios en activo

Caja del Reglamento de los Funcionarios Jubilados

Atención sanitaria

Ordenanza sobre los Costos Extraordinarios de la Atención Sanitaria

Residentes

Prima basada en los ingresos

Costos extraordinarios de la atención sanitaria, como los de la asistencia a largo plazo

Empleados que estén obligados a pagar el impuesto sobre la renta

Caja de la Ordenanza sobre los Costos Extraordinarios de la Atención Sanitaria

Seguros privados

Cualquiera distinto de los anteriores

Especificada en la póliza

Evaluación y selección de riesgos

142.El sistema de seguridad social comprende las prestaciones del régimen general de pensiones de vejez, cobertura médica (empleado/empleador), asistencia financiera, asistencia médica y asistencia jurídica. Todas las personas, independientemente de su raza u origen étnico, tienen acceso a esos beneficios de la seguridad social. Los programas de asistencia (social) financiera y médica solo están abiertos a los nacionales neerlandeses y se rigen por la Ordenanza de Asistencia Financiera y Médica.

143.En San Martín, la mayoría de los extranjeros están excluidos del sistema de asistencia social. Esto se debe a que los recursos del sistema son limitados y a que en las disposiciones relativas a los permisos de residencia se establece que los extranjeros son responsables de su propio bienestar financiero mientras residen en San Martín. No obstante, pueden hacerse excepciones para los titulares de un permiso de residencia temporal o permanente cuyas condiciones de vida sean precarias. El proceso de solicitud es el mismo para todas las personas (neerlandesas y extranjeras) que deseen obtener asistencia financiera y/o médica.

144.Toda la población de San Martín, incluidos los migrantes y los nacionales de los Países Bajos, tiene derecho a la pensión de vejez, la cobertura médica para empleados y la asistencia letrada (si el interesado cumple los requisitos). La nacionalidad no figura entre los requisitos para percibir esas prestaciones sociales, lo que garantiza que todas las personas, independientemente de su nacionalidad, origen étnico o sexo, tengan cobertura médica mientras estén empleadas formalmente y una pensión de vejez al alcanzar la edad de jubilación. El criterio para la concesión de asistencia letrada es un límite de ingresos; las personas cuyos ingresos superen el salario mínimo no tienen derecho a ella. Sin embargo, en los casos de conflicto laboral (entre un empleador y un empleado), los solicitantes cuyos ingresos superen el límite pueden pedir al Ministro de Justicia que haga una excepción si están muy endeudados.

Derecho a la educación y la formación profesional

145.En la Ley de Enseñanza Obligatoria se establece que todos los niños de edades comprendidas entre los 4 y los 18 años deben estar escolarizados. Mientras que anteriormente los grupos de inmigrantes ilegales recurrían a escuelas no homologadas, la aplicación gradual de la Ley de Enseñanza Obligatoria ha dado lugar a un aumento de las matriculaciones, en particular en las escuelas públicas. Como se consagra en nuestra Constitución, el neerlandés y el inglés son los idiomas oficiales. El idioma de instrucción en las escuelas de San Martín puede ser el inglés o el neerlandés. No se utilizan otros idiomas para la instrucción, aunque en nuestro sistema escolar están representadas 101 nacionalidades con diferentes lenguas maternas. Los padres tienen libertad para elegir si desean matricular a sus hijos en una escuela neerlandesa o inglesa, y no se puede negar la admisión en razón de la lengua materna.

146.En 2017, el Ministerio de Educación, Cultura, Juventud y Deportes adoptó una política sobre clases de adaptación. La Política de Clases de Adaptación tiene por objeto fomentar el dominio de los idiomas inglés y neerlandés, especialmente entre los estudiantes cuya lengua materna es un idioma extranjero. La Política requiere que los docentes obtengan un título de inglés como segundo idioma o un título bilingüe. La aplicación de la Política se interrumpió tras el paso devastador del huracán Irma. El Ministerio de Educación, Cultura, Juventud y Deportes se está centrando en reconstruir las escuelas en colaboración con el Banco Mundial.

Derecho de acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público

147.El Cuerpo de Policía de San Martín ha comprobado que no existe ninguna restricción basada en la raza que limite el acceso a los lugares o servicios destinados al público en general. Todas las instalaciones están abiertas a las personas de cualquier raza u origen étnico, género, religión, etc. No hay ningún indicio de denuncias relativas a la denegación del acceso a esas instalaciones o instituciones por motivos de raza. Varios órganos gubernamentales se adhieren al principio de que toda víctima de discriminación racial, o de cualquier otra forma de trato injusto, tiene derecho a recurrir a la justicia.

Artículo 6

148.La implantación de la Educación Fundamental entrañó una reestructuración completa del sistema de enseñanza primaria. Una de las características de la Educación Fundamental es la introducción de la lengua materna de la mayoría de la población como idioma de instrucción. En San Martín esa lengua es el inglés. De conformidad con la Constitución, el neerlandés también forma parte del plan de estudios. Otro objetivo de la Educación Fundamental es proporcionar información específica en los idiomas extranjeros más comunes. Por tanto, se suministra a los padres información sobre el sistema de la Educación Fundamental en inglés, neerlandés, español y criollo haitiano.

149.El plan de estudios de la Educación Fundamental para la enseñanza primaria incluye un componente de Filosofía de la Vida.

150.En el marco de esa materia del plan de estudios de la Educación Fundamental se enseñan tolerancia y aceptación del otro. Sus cinco valores esenciales son el amor, la verdad, la paz, la buena conducta y la no violencia. Estos valores contribuyen a promover la tolerancia y un entorno de aprendizaje seguro para todos los estudiantes en todas las escuelas públicas y subvencionadas.

151.La asignatura Orientación Artística y Cultural, impartida en el segundo ciclo del plan de estudios de la Educación Fundamental, permite la expresión artística y aumenta la sensibilidad cultural mediante actividades como la composición musical y la creación artística.