Naciones Unidas

CCPR/C/DNK/Q/6

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

29 de noviembre de 2011

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

103º período de sesiones

Ginebra, 17 de octubre a 4 de noviembre de 2011

Proyecto de lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el sexto informe periódico de Dinamarca (CCPR/C/DNK/6) *

Información general sobre la situación nacional en materiade derechos humanos, con inclusión de nuevas medidas ycircunstancias relacionadas con la aplicación del Pacto

1.Sírvanse proporcionar información sobre las novedades significativas que se hayan producido en el marco jurídico e institucional de promoción y protección de los derechos humanos a nivel nacional desde la presentación del anterior informe periódico, incluyendo cualquier decisión judicial pertinente. Infórmese también de las medidas adoptadas para difundir el Pacto entre los jueces, abogados y fiscales.

2.Se ruega proporcionen información sobre las medidas políticas administrativas significativas adoptadas desde la presentación del informe anterior para promover y proteger los derechos humanos, y los recursos asignados, sus medios, sus objetivos y sus resultados.

3.Facilítese cualquier otra información sobre las nuevas medidas adoptadas para difundir y aplicar las recomendaciones anteriores del Comité (CCPR/C/DNK/CO/5), con inclusión de los datos estadísticos necesarios.

Información específica sobre la aplicación de los artículos 1 a 27 del Pacto, incluida la relacionada con las recomendaciones anteriores del Comité

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (artículo 2)

4.Sírvanse indicar si el Estado parte proyecta retirar o revisar las reservas que formuló al ratificar el Pacto, en particular desde la reforma del sistema de jurados. De no ser el caso, se ruega precisen los motivos por los que no se tiene la intención de hacerlo (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 5; CCPR/C/DNK/5, párr. 350).

5.Se ruega indiquen cualquier cambio habido en la posición del Estado parte en lo que se refiere a la no incorporación del Pacto en su ordenamiento jurídico (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 6). Además, sírvanse dar ejemplos, de haberlos, de casos en que se hayan invocado las disposiciones del Pacto ante los tribunales, e indicar los efectos que ello ha tenido.

6.Indíquense los procedimientos que se han establecido para aplicar los dictámenes emitidos por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo. En concreto, se ruega precisen las medidas adoptadas para aplicar el dictamen del Comité en el asunto Mohamed El ‑ Hichou c. Dinamarca (CCPR/C/99/D/1554/2007).

7.Sírvanse formular observaciones sobre el modo en que el Estado parte garantiza en las Islas Feroe y en Groenlandia la protección de los derechos consagrados en el Pacto. Indíquese si el mandato de la institución nacional de derechos humanos, el Instituto de Derechos Humanos de Dinamarca, incluye las Islas Feroe y Groenlandia. De no ser así, se ruega expliquen la razón.

Medidas de lucha contra el terrorismo y respeto de los derechos garantizadosen el Pacto (artículos 7, 9 y 14)

8.Sírvanse actualizar la información sobre las disposiciones legislativas, administrativas y de otra índole que haya adoptado el Gobierno para responder a las amenazas del terrorismo, e indicar, en su caso, de qué manera han afectado esas medidas a las salvaguardias que protegen los derechos humanos en la legislación y en la práctica. Facilítese información detallada acerca de: a) el control judicial del acceso de la policía a la información privada y confidencial, y b) los procedimientos de deportación y expulsión de extranjeros por razones de seguridad nacional, en particular en virtud de la Ley de extranjería modificada.

9.Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 9), sírvanse proporcionar el informe del grupo gubernamental encargado de investigar las denuncias relativas al tránsito por su territorio de los presuntos vuelos para la entrega de personas. Además, facilítese información detallada sobre la aplicación de sus recomendaciones y cualquier otra medida adoptada para que no se utilicen con tales fines el espacio aéreo y los aeropuertos del Estado parte.

Igualdad entre hombres y mujeres, no discriminación y participaciónpolítica de las mujeres (artículos 2, 3, 25 y 26)

10.¿Cuál es el estado actual de la estrategia de incorporación de la perspectiva de género por lo que respecta a la participación de las mujeres en la vida política y en el mercado laboral? Teniendo en cuenta las anteriores recomendaciones del Comité (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 7), se ruega proporcionen información sobre las medidas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, adoptadas por el Estado parte para aumentar la representación de las mujeres en los órganos integrados por designación o elección pública, en los cargos de alto nivel y en puestos directivos en los sectores público y privado, así como sobre los resultados obtenidos con esas medidas. Facilítense datos estadísticos sobre: a) la participación política de las mujeres, incluso en el nivel local, en las Islas Feroe y en Groenlandia, y b) las mujeres que ocupan puestos de alto nivel en el sector privado.

11.Sírvanse proporcionar información, incluidos datos estadísticos actualizados y desglosados, sobre las diferencias en la tasa de empleo de hombres y mujeres, incluidas las mujeres refugiadas y las de origen inmigrante, así como sobre la discrepancia entre hombres y mujeres en cuanto a salarios. ¿Qué medidas se han adoptado o previsto para eliminar los obstáculos a la plena participación y al adelanto de las mujeres en el trabajo?

Violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica (artículos 3, 7 y 26)

12.Proporciónese información sobre:

a)El resultado de los planes y estrategias nacionales destinados a prevenir y combatir la violencia contra la mujer, incluyendo la violencia doméstica y la violación conyugal, a los que se refiere la respuesta del Estado parte sobre las medidas de seguimiento (CCPR/C/DNK/CO/5/Add.1, párrs. 3 a 5); y

b)Las medidas adoptadas o previstas para dar igual protección a todas las víctimas de la violencia de género. Sírvanse comentar sobre la presunta falta de protección jurídica para las mujeres extranjeras y sobre la falta de acceso a los albergues para las mujeres con discapacidad (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 8).

Prohibición de la tortura y de otras penas o tratos crueles, inhumanoso degradantes, uso excesivo de la fuerza, seguridad de la persona ytratamiento de las personas privadas de libertad, justicia juvenil(artículos 3, 6, 7, 9, 10 y 24)

13.Sírvanse indicar si el Estado parte proyecta adoptar las siguientes disposiciones, y en qué medida se propone hacerlo:

a)Tipificar en el derecho penal el delito de tortura;

b)Revisar sus normas y disposiciones en materia de prescripción y adaptarlas plenamente a las normas internacionales;

c)Establecer un órgano independiente facultado para recibir e investigar todas las denuncias de uso excesivo de la fuerza y otros abusos de poder por la policía; y

d)Modificar su Ley de administración de justicia para definir claramente las condiciones de la prisión preventiva y prohibir el internamiento de los menores de 18 años en régimen de aislamiento.

14.Se ruega respondan a las informaciones en el sentido de que: a) se sigue utilizando el régimen de incomunicación durante la detención preventiva, en circunstancias no excepcionales (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 11; CCPR/C/DNK/CO/5/Add.1), y b) los menores edad detenidos en prisión preventiva siguen estando en las mismas instalaciones que los presos adultos.

15.Apórtese información estadística sobre la aplicación de tratamiento forzado en los centros de salud mental. ¿Qué medidas tiene previsto adoptar el Estado parte para que se utilicen tratamientos alternativos?

Prohibición de la esclavitud y del trabajo forzoso u obligatorio(artículos 3, 8 y 24)

16.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para: a) prevenir y combatir la explotación sexual y la trata de seres humanos, b) enjuiciar y sancionar esos actos, y c) prestar ayuda y protección a las víctimas de la trata, entre otros medios, proporcionándoles recursos o facilitándoles la obtención de permisos de residencia independientemente de su cooperación en las investigaciones. ¿Cuáles son los resultados obtenidos? Facilítense también los datos estadísticos pertinentes, desglosados por género, edad y país de origen.

No discriminación y protección contra la expulsión arbitraria de extranjeros(artículos 2 y 13)

17.Proporciónese información actualizada sobre la compatibilidad con el Pacto de las leyes y prácticas relativas a la salida de los refugiados y los solicitantes de asilo del territorio del Estado, y sobre los motivos de expulsión y los procedimientos que lleven a ella, incluidos los relativos a la adopción de una decisión sobre la legalidad o ilegalidad de la estancia de una persona en el país. Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para aplicar efectivamente las recomendaciones anteriores del Comité en relación con las garantías diplomáticas (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 10).

18.Se ruega respondan a las informaciones en el sentido de que el Estado parte ha devuelto a varias personas a un tercer país, incluso a zonas peligrosas del Iraq, contra la opinión del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y a riesgo de infringir el Pacto.

19.Sírvanse facilitar información actualizada sobre la intención del Estado parte de modificar las leyes de extranjería, en particular por lo que se refiere a la duración máxima de la privación de libertad de los migrantes y los solicitantes de asilo en espera de expulsión (A/HRC/13/39/Add.6, págs. 51 y 52).

Libertad de religión e igual protección de la ley (artículos 18 y 26)

20.Sírvanse proporcionar detalles sobre las disposiciones legislativas, administrativas y de otra índole adoptadas para garantizar la igualdad en el disfrute del derecho a la libertad de religión o de creencias en plena conformidad con el artículo 18 del Pacto, especialmente en lo relativo a la diferencia de trato entre la Iglesia Evangélica Luterana y otros grupos religiosos, incluso con respecto a la asistencia financiera (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 12).

Libertad de expresión e incitación al odio nacional, racial o religioso(artículos 19 y 20)

21.Se ruega indiquen hasta qué punto la ley nacional que regula la libertad de expresión de los periodistas es compatible con los artículos 19, párrafo 3, y 20 del Pacto.

Derechos de las personas pertenecientes a minorías (artículo 27)

22.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación con respecto al disfrute de los derechos garantizados por el artículo 27 del Pacto, incluido el derecho a la propia identificación, de: a) la tribu thule de Groenlandia (CCPR/C/DNK/CO/5, párr. 13); y b) los miembros de la comunidad romaní.

23.¿Cuál ha sido el efecto de la Junta de Igualdad de Trato en la tramitación de las denuncias relacionadas con la discriminación de las minorías? ¿Qué medidas se han adoptado o previsto para mejorar su procedimiento de presentación de denuncias?

Difusión de información sobre el Pacto y el Protocolo Facultativo (artículo 2)

24.Se ruega indiquen las medidas adoptadas por el Estado parte para difundir información sobre las observaciones finales del Comité relativas al quinto informe periódico. Sírvanse informar también sobre las medidas que se estén tomando para dar a conocer mejor el Pacto y su Protocolo Facultativo entre los jueces, los funcionarios públicos, los agentes de policía y otros miembros de la fuerza pública, los abogados y los ciudadanos en general, incluso en las Islas Feroe y en Groenlandia.