Naciones Unidas

CERD/C/EST/CO/8-9/Add.1

Convención Internacional sobrela Eliminación de todas las Formasde Discriminación Racial

Distr. general

5 de octubre de 2011

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

80º período de sesiones

13 de febrero a 9 de marzo de 2012

Examen de los informes presentados porlos Estados partes en virtud del artículo 9de la Convención

Observaciones finales del Comité para la Eliminaciónde la Discriminación Racial

Estonia

Adición

*

[23 de septiembre de 2011]

Respuesta a las recomendaciones formuladas en elpárrafo 11 de las observaciones finales(CERD/C/EST/CO/8-9)

1.Estonia tiene la intención de modificar el artículo 151 del Código Penal de manera que la tipificación del delito de incitación al odio por motivos raciales o de otra índole no requiera la existencia de un peligro para la vida, la salud o la propiedad de la persona.

2.Estonia se propone suprimir la condición establecida en el artículo 255 del Código Penal, con arreglo al cual las organizaciones criminales tienen que haber sido creadas solamente "con ánimo de lucro". Por consiguiente, se prevé que, conforme a la ley, queden prohibidas y sean punibles todas las organizaciones cuyas actividades estén dirigidas a la comisión de delitos.

3.En relación con el Protocolo adicional del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, relativo a la tipificación de actos racistas y xenófobos cometidos por medio de sistemas informáticos, Estonia tiene la intención de considerar positivamente su ratificación en el futuro. Esta cuestión requiere un análisis sustantivo y una evaluación política adicionales para determinar si ese instrumento es conforme a los derechos constitucionales.

Respuesta a las recomendaciones formuladas en elpárrafo 13 de las observaciones finales

4.La Estrategia de integración y el Plan de desarrollo del idioma estonio son dos documentos distintos que se han elaborado sobre la base de la Constitución de la República de Estonia, en la que se establece, por una parte, la misión del Estado de proteger el idioma y la cultura estonios y, por otra, el derecho de toda persona a preservar su identidad nacional.

5.El Plan de desarrollo del idioma estonio tiene por finalidad dotar al estonio, como idioma oficial en todas las esferas de la vida, de una base que incluya la enseñanza, la investigación, el desarrollo y la protección de ese idioma, para preservarlo permanentemente. Por consiguiente, no se debe considerar innecesaria la especial atención que se presta en ese documento al aspecto lingüístico, pues los objetivos mencionados no pueden lograrse por otros medios. El capítulo del Plan de desarrollo relativo a la supervisión de la aplicación de la Ley de idiomas es solo una parte muy pequeña del documento y no menciona las sanciones previstas en caso de infracción de la Ley de idiomas.

6.Los objetivos enunciados en la Estrategia de integración para el período 2008-2013 se refieren a medidas que permiten la participación en pie de igualdad de las personas que hablan idiomas extranjeros en la vida económica, social, política y cultural. En el documento de la Estrategia no se incluye la supervisión de la aplicación de la Ley de idiomas.

7.Para las medidas previstas en la Estrategia de integración se asignaron 164 millones de coronas estonias en 2008, 160 millones en 2009 y 167 millones en 2010. Esas sumas se complementan con recursos procedentes del Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países y el Fondo Social Europeo. En comparación con esas asignaciones, para el mecanismo de supervisión de la aplicación de la Ley de idiomas se asignaron 5,6 millones de coronas estonias en 2008, 4,4 millones en 2009 y 4 millones en 2010. Esas cifras son aproximadamente 35 veces menores que las destinadas a las medidas de integración.

8.Las personas cuya lengua materna no es el estonio no deberían sentirse discriminadas en Estonia. En el Plan de desarrollo del idioma estonio y también en la Estrategia de integración se ha prestado suficiente atención, por una parte, al estudio del estonio y, por otra, a la preservación de la identidad etnicocultural. Los establecimientos de enseñanza rusos existentes en Estonia cooperan libremente con instituciones científicas de Rusia en cuestiones tales como el desarrollo del idioma ruso y el mejoramiento de su enseñanza. El Instituto Pushkin de Tallin ofrece, entre otros servicios, cursos de idiomas (incluidos cursos para alumnos de lengua materna rusa que estudian en escuelas en que se enseña en estonio), exámenes de idioma ruso y cursos de formación para maestros en el empleo. En la Universidad de Tallin y en la Universidad de Tartu hay departamentos dedicados al estudio y la investigación científica de la lingüística rusa.

9.Los requisitos relativos al dominio del idioma estonio se establecen en la Ley de idiomas y atañen a los funcionarios públicos (funcionarios de la administración pública nacional y de las administraciones locales, agentes de policía, guardas fronterizos, personal de rescate y maestros) y a los empleados del sector privado que realizan una labor de interés público y/o desempeñan en su trabajo funciones de comunicación con el público y con clientes. Además de la competencia lingüística requerida en el entorno laboral, la ley contiene otros requisitos relacionados con el idioma estonio en lo que concierne a la administración pública y a la información al público y a los consumidores. Aunque se garantiza que el idioma utilizado en la administración pública y en la información al público es el estonio, la Ley de idiomas permite que en esos ámbitos se utilicen también idiomas extranjeros (por ejemplo, ruso, inglés y finés, entre otros). Las medidas de apoyo a los idiomas extranjeros no pueden redundar en detrimento del idioma estonio.

10.Además del estonio, se pueden utilizar idiomas extranjeros en la administración pública y en la comunicación con el público en todo el territorio del país, independientemente de la composición étnica de la población de la localidad de que se trate.

11.En la Ley de idiomas se confiere a la Inspección del Idioma la función de controlar la aplicación de los requisitos, y se establecen unos procedimientos de control. Como ocurre en caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en las disposiciones legales en todo Estado de derecho, se prevé la imposición de sanciones por la violación de esa ley. No obstante, hay que añadir que el número de sanciones impuestas por su incumplimiento es muy inferior al correspondiente a otras esferas. Entre 2004 y 2010, se impusieron sanciones en el 5% de los casos de infracción de la Ley de idiomas; en los demás casos a los infractores se les hizo una amonestación o se les ordenó que mejorasen su competencia lingüística hasta el nivel exigido por esa ley, y se les dio tiempo suficiente para hacerlo. Las estadísticas muestran que las medidas de la Inspección tienen ante todo carácter de asesoramiento y admonición, no de castigo. Se imponen sanciones solamente cuando se incumplen durante largo tiempo e intencionalmente los requisitos impuestos por la Ley de idiomas.

12.De conformidad con la Ley de idiomas, la Inspección tiene que conceder al trabajador tiempo suficiente para que mejore su competencia lingüística. Esa disposición siempre se ha cumplido. En virtud de la ley, a las personas que aprueban el examen de competencia lingüística en estonio se les concede, por conducto del Centro Nacional de Exámenes y Títulos, una remuneración por sus estudios del idioma, que asciende actualmente a 384 euros por cada nivel alcanzado. Los exámenes son gratuitos.

13.El 1º de julio de 2011 entró en vigor una nueva Ley de idiomas, en la que se incluyeron nuevos casos de exención del examen de competencia lingüística en idioma estonio. Con arreglo a la nueva ley, ya no se obliga a someterse a examen a los trabajadores que hayan cursado el nivel secundario en una escuela de enseñanza en ruso donde se haya impartido en estonio el 60% de las asignaturas. Asimismo, quedan exentos del examen los trabajadores que hayan realizado el examen profesional en estonio. La Inspección podrá verificar la competencia en idioma estonio de esos trabajadores únicamente a solicitud del empleador.

14.En 2011 se modificaron los requisitos de conocimiento del idioma estonio, y entre las modificaciones introducidas figura la reducción del nivel de competencia lingüística exigido para muchos puestos, en comparación con la reglamentación anterior.

15.Los requisitos de conocimiento del estonio exigidos para la naturalización se basan en la práctica internacional, y corresponden al nivel descrito en el Marco común europeo de referencia para las lenguas. En el Marco se dispone que cumple los requisitos toda persona que sea capaz de comprender las ideas principales de textos o alocuciones claros en lengua usual si estos tratan de cuestiones que le son conocidas, y que sepa desenvolverse en las situaciones que pueden surgir en las zonas en las que se utiliza la lengua (nivel B1). Se considera que para un usuario básico del idioma (niveles A1 y A2) es difícil desenvolverse por sí solo en las situaciones cotidianas, por lo que no sería recomendable exigir un nivel de competencia inferior.

16.En toda Estonia es posible obtener servicios públicos en dos idiomas. Conforme al artículo 12, párrafo 4, de la Ley de idiomas, las personas pueden utilizar de común acuerdo un idioma extranjero en la comunicación oral con los funcionarios o empleados de los organismos del Estado y de las administraciones locales, independientemente de la proporción de personas que no hablen estonio en el lugar de trabajo. Si una persona se pone en contacto en ruso con un organismo del Estado o con una administración local, se le responderá en ruso. Además, todos los ministerios y demás organismos del Estado tienen sitios web en ruso y en inglés, y también hay formularios disponibles en esos dos idiomas.

17.Lo importante tal vez sea, más bien, que en algunas administraciones locales del condado de Ida-Virumaa los funcionarios no conozcan suficientemente el idioma estonio, por lo que tienen dificultades para comunicarse en el idioma oficial con las personas cuyo idioma es el estonio.

18.La Ley de idiomas no prohíbe el empleo de idiomas diferentes del estonio en la información al público, y en Ida-Virumaa también se utiliza el ruso para informar al público.

19.A diferencia de la Ley de idiomas precedente, la nueva ley que entró en vigor el 1º de julio de 2011 dispone que solamente los anuncios de las personas jurídicas deben presentarse en estonio. Así pues, desde el 1º de julio de 2011 no se exige a los particulares que traduzcan sus anuncios y avisos al estonio. Por otra parte, los anuncios de las personas jurídicas pueden ir acompañados de una traducción a otro idioma. Por consiguiente, se ha reducido la intromisión del Estado en las cuestiones relacionadas con la utilización de los idiomas.

Respuesta a las recomendaciones formuladas en elpárrafo 17 de las observaciones finales

20.Un estudio reciente encargado por el Ministerio de Educación y Ciencia tenía por objeto determinar la situación actual en lo que se refiere al número de niños romaníes de edad preescolar y de edad comprendida en la enseñanza obligatoria, a su escolarización y a la determinación de los establecimientos de enseñanza en que cursan estudios. Las personas que realizaron el estudio hicieron recomendaciones para contribuir a la ulterior planificación de medidas estatales destinadas a apoyar a los niños romaníes en sus estudios.

21.En Estonia los niños romaníes no son objeto de segregación en el sistema escolar y asisten a las mismas escuelas que los demás niños y jóvenes, en función de su conocimiento del estonio o del ruso. Es posible que la proporción de niños romaníes en las escuelas para niños con necesidades educativas especiales sea mayor que la de niños estonios y rusos; sin embargo, esos niños no son destinados a escuelas de enseñanza especial más que a propuesta de la Comisión asesora y, además, uno de los progenitores debe dar su consentimiento a esa medida.

22.El Ministerio de Educación y Ciencia organizó recientemente un provechoso seminario para maestros, trabajadores sociales y expertos de centros de asesoramiento. En el seminario, los participantes adquirieron conocimientos sobre la cultura romaní, discutieron las diferencias culturales e intercambiaron experiencias. A la luz de las recomendaciones formuladas en el estudio arriba mencionado, se seguirá formando en el empleo a las personas que trabajan en el sector de la educación.