Naciones Unidas

CERD/C/EST/8-9

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. General

3 de noviembre de 2009

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el Artículo 9 de la Convención

Informes periódicos octavo y noveno que debían presentarse en 2008

Estonia * **

[24 de julio de 2009]

ÍNDICE

Párrafos Página

I.Introducción1–93

II. Información sobre los artículos 2 a 7 10–3364

Artículo 210–404

Artículo 341–468

Artículo 447–589

Artículo 559–25711

Artículo 6258–30847

Artículo 7309–33655

Anexo

Lista de cuadros

Cuadro 1Iglesias

Cuadro 2Monasterios y conventos

Cuadro 3Matrimonios y divorcios de 2003 a 2007

Cuadro 4Estadísticas del Consejo de la Prensa

Cuadro 5Población activa, personas desempleadas, tasa de empleo y de desempleo

entre estonios y no estonios dentro del grupo de edad de 15 a 74 años, de 2004 a 2008

Cuadro 6Tasa de empleo en el grupo de edad de 15 a 74 años según la ciudadanía

Cuadro 7Personas desempleadas por capacidad para hacer frente

Cuadro 8Número de niños en centros de atención infantil preescolar según el idioma de trabajo

del centro, de 2005 a 2007

Cuadro 9Número de escuelas por idioma de enseñanza, de 2002 a 2007

Cuadro 10Proporción de alumnos en formación profesional por idioma de enseñanza

en los cursos escolares de 2005/2006 a 2007/2008

Cuadro 11Proporción de estudiantes en educación superior por niveles de estudios e idioma

de enseñanza en el curso académico 2007/2008

Cuadro 12Autoevaluación de los conocimientos del idioma estonio entre la población de

habla rusa en Estonia de 1989 a 2008

Cuadro 13Evaluación, por parte de la población de habla rusa, de la suficiencia de sus

conocimientos de estonio para vivir en Estonia (%)

Lista de figuras

Figura INúmero de alumnos en escuelas de enseñanza general que tienen el estonio o el ruso como idioma de enseñanza, de 2000 a 2007

Figura IINúmero de alumnos cursando estudios intensivos de idioma estonio en

instituciones de enseñanza superior en Estonia en el período de 2004 a 2007

I. Introducción

1.Este informe se presenta conforme al artículo 9 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. En virtud del artículo, los Estados Partes deben presentar informes periódicos al Secretario General sobre las medidas adoptadas para aplicar la Convención y los progresos alcanzados. La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial entró en vigor para Estonia el 20 de noviembre 1991. Estonia presentó sus informes inicial, segundo, tercero y cuarto consolidados en febrero de 1999, el quinto informe periódico en mayo de 2002, y los informes periódicos sexto y séptimo en noviembre de 2004. El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial publicó sus observaciones finales con respecto a los informes sexto y séptimo de Estonia el 14 y 15 de agosto de 2006.

2.El informe refleja las medidas legislativas, administrativas y de otro tipo adoptadas para aplicar los derechos que establece la Convención. Al redactar el informe se tuvieron en cuenta las directrices para la elaboración de informes. También se tomaron en consideración las preguntas y recomendaciones formuladas por el Comité durante su examen de los informes periódicos sexto y séptimo de Estonia. Se prestó especial atención a los motivos de preocupación expresados por el Comité en sus observaciones finales.

3.En la redacción del informe participaron el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Asuntos Sociales, el Ministerio de Educación e Investigación, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Cultura y la Oficina del Ministro de Población y Asuntos Étnicos.

4.El informe comprende el período 2005-2008. Las estadísticas se presentan según su disponibilidad a partir de 2007 o 2008. En el informe también se recogen las modificaciones introducidas en 2009 para un mejor cumplimiento de los objetivos de la Convención.

5.En sus observaciones finales con respecto a los informes periódicos sexto y séptimo, el Comité celebró que el informe abordase algunas de las inquietudes y recomendaciones expuestas por el Comité en sus observaciones finales anteriores, y también agradeció la participación de organizaciones de la sociedad civil en la preparación del informe, así como las referencias que se hacen a los comentarios de tales organizaciones. El Gobierno de Estonia mantiene su tradición y también ha recabado la participación de organizaciones no gubernamentales en la preparación de este informe.

6.El proyecto de los informes periódicos octavo y noveno de Estonia se transmitió a cuatro organizaciones no gubernamentales para recabar sus comentarios y propuestas: el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de la Tecnología de Tallinn, el Instituto de Derechos Humanos, el Instituto Jaan Tõnisson y el Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos. Se recibió respuesta de tres de las ONG: el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de la Tecnología de Tallinn, el Instituto de Derechos Humanos y el Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos. En el informe se recoge la información presentada y los problemas expuestos por las ONG.

7.Los informes de Estonia a las organizaciones internacionales se publican en el portal de la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores (http://www.vm.ee) y están a disposición del público desde el mismo momento de su presentación a las organizaciones pertinentes. Este informe se ha redactado en estonio y traducido al inglés. El informe se publica, tanto en estonio como en inglés, en el sitio web del Ministerio de relaciones Exteriores. En el sitio web también están disponibles las observaciones finales más recientes del Comité, en estonio y en inglés.

8.Aunque se toma nota de lo señalado en el párrafo 26 de las observaciones finales del Comité, debe admitirse que el Gobierno no dispone de recursos para traducir los informes y las observaciones finales al idioma de cada una de las minorías de Estonia. No obstante, puesto que la lengua materna de muchas de las minorías es el ruso, el Gobierno considerará la posibilidad de traducir el informe al ruso.

9.Para asegurar la claridad del informe y de los temas tratados, se ha presentado la información artículo por artículo, y las respuestas a las preguntas del Comité se ofrecen en el artículo que aborda el tema correspondiente.

II. Información sobre los Artículos 2 a 7

Artículo 2

10.Estonia continúa prestando estrecha atención a la protección de los derechos humanos y las libertadas fundamentales mediante medidas legislativas y de otro tipo. Estonia ha condenado siempre la discriminación racial y ha hecho todo cuanto ha estado en su mano para poder llevar a la práctica la política de eliminación de la discriminación racial.

11.Las bases fundamentales de la prohibición de la discriminación racial se establecen en la Constitución. Más concretamente, los temas de discriminación están regulados en la Ley de igualdad de trato, la Ley de igualdad de género; la Ley de salarios, la Ley de contratos de trabajo, el Código Penal y varias otras leyes.

12.La Ley de igualdad de trato entró en vigor el 1º de enero de 2009 (enlace directo a la traducción al inglés de la Ley: http://www.legaltext.ee/et/andmebaas/document.asp?ptyyp=RT&q2=v%F5rdse+kohtlemise+seadus&order=TA&tyyp=X&query=&display=1 ). La Ley dispone de forma más específica la protección de las personas contra la discriminación por motivos de nacionalidad (origen étnico), raza, color, religión u otras creencias, edad, discapacidad u orientación sexual. Establece los principios de igualdad de trato, las obligaciones de aplicar y fomentar los principios, así como el procedimiento para la resolución de controversias sobre discriminación.

13.La aplicación de la Ley de igualdad de trato y la Ley de igualdad de género es supervisada por el Comisionado especial sobre igualdad de género e igualdad de trato (anteriormente denominado Comisionado sobre igualdad de género).

14.La Ley de igualdad de trato incorporó en la legislación estonia dos directivas de las Comunidades Europeas (2000/43/CE y 2000/78/CE), la primera de las cuales aplica el principio de igualdad de trato entre personas, independientemente de su origen racial o étnico, mientras que la segunda establece un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación. El Comité también recomendó la incorporación de la Directiva 2000/43/CE en el párrafo 11 de sus observaciones finales.

15.Cada ministerio supervisa la aplicación y el fomento de los principios de igualdad de trato dentro de su área de gobierno y participa en la colaboración pertinente con otras personas y organismos. La coordinación de las actividades de igualdad de trato es tarea del Ministerio de Asuntos Sociales.

16.Con respecto al párrafo 25 de las observaciones finales del Comité, se confirma que de hecho Estonia no ha ratificado el Protocolo Nº 12 al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. No obstante, cabe destacar que la protección de las personas frente a la discriminación en Estonia está garantizada por la Constitución, la Ley de igualdad de trato y otras leyes.

17.El Código Penal establece la responsabilidad por incitación al odio social (art. 151), violación de la igualdad (art. 152) y discriminación basada en los riesgos genéticos (art. 153) (el contenido de las secciones pertinentes figura en los párrafos 48, 51 y 52 del informe).

18.En 2006 y 2007 la policía no inició ninguna diligencia penal por discriminación racial e incitación al odio. Según las estadísticas correspondientes a nueve meses de 2008, se iniciaron diligencias penales de conformidad con el artículo 151 1) del Código Penal en relación con una persona que había publicado comentarios en un foro de Internet de una administración local usando un lenguaje indecente y despectivo, así como expresiones que incitaban al odio social hacia sus vecinos rusos. Se sobreseyó la causa debido a la ausencia de elementos de prueba.

19.En Estonia, la responsabilidad de proteger el orden constitucional recae en la policía, en particular la Junta de la Policía de Seguridad del Estado, que tiene la obligación de prevenir, combatir y detectar las actividades ilegales de grupos o individuos extremistas (incluidos aquellos que incitan al odio racial). Se subrayan especialmente las actividades preventivas entre los jóvenes, cuyo principal elemento es la concienciación. En el período 2006-2008, la Junta de la Policía de Seguridad del Estado no inició ningún caso penal por delitos contra la igualdad (art. 151 2) del Código Penal).

20.Para mejorar las actividades preventivas, se informa a la población sobre los factores que facilitan el delito y se explican las diversas posibilidades de participación en la prevención del delito. Durante las campañas y conferencias dirigidas a distintos colectivos, se presentan las actividades policiales en materia de prevención del delito y se explican las posibilidades de cooperación a los habitantes de los condados. Para llevar a cabo campañas de concienciación entre los habitantes de las regiones periféricas, en particular niños y jóvenes, se utiliza un minibús especial provisto del equipo necesario (la tienda de exposición, los puestos portátiles de información, etc.) y adaptado a las campañas de prevención del delito que tienen lugar, además de otros actos públicos, en diversos lugares de Estonia. El material de información de la policía sobre prevención del delito se ha revisado exhaustivamente tanto en cuanto al fondo como al alcance de los temas tratados. En 2008, la policía llevó a cabo 145 proyectos de prevención del delito. En el sitio web público de la policía existe un vínculo de correo electrónico para enviar sugerencias a la policía.

21.La estructura del Ministerio de Justicia sigue contando con una unidad cuya función principal es preparar las decisiones del Gobierno en materia de política penal y llevar a cabo la supervisión de su cumplimiento, es decir, analizar las actividades de los centros de prevención del delito para averiguar si y cómo se aplican las políticas del gobierno (párrafo 12 de los informes sexto y séptimo).

22.El Consejo de Prevención Criminal (que ahora se denomina Consejo de Prevención del Delito), creado por el Gobierno en 1993, continúa también funcionando. “Las directivas sobre desarrollo de la política penal hasta 2010” aprobadas por el Riigikogu (Parlamento) en 2003 son válidas hasta 2010. El documento establece principios y objetivos homogéneos para la política penal que deben observar las autoridades públicas al planificar sus actividades.

23.Desde 2008 se están elaborando planes para la aprobación de directivas sobre elaboración de la política penal para el período 2010-2018.

24.En el informe anterior se describen las esferas de competencia del Canciller de Justicia (párrs. 16 a 18). Los casos investigados por el Canciller de Justicia se describen en los párrafos 275 a 277 y 282 a 291 de este informe.

25.En sus observaciones finales (párr. 10), el Comité recomendaba a Estonia que considerara la creación de una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los “Principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos”. Sin excluir la posibilidad de crear tal institución, cabe señalar que el Canciller de Justicia ejerce las funciones de institución nacional para la protección de los derechos humanos.

26.Las organizaciones no gubernamentales Instituto de Derechos Humanos y Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Tecnología de Tallinn han expresado sus críticas en el sentido de que el Canciller de Justicia no puede considerarse una institución nacional de derechos humanos. Según el Instituto de Derechos Humanos, la institución del Canciller de Justicia no cumple los requisitos de una institución nacional de derechos humanos en lo que respecta a la concienciación sobre derechos humanos y la participación de los interlocutores sociales en el proceso de nombramiento del Canciller de Justicia. Ambas ONG han expresado el deseo de considerar la creación de una institución independiente o modificar la institución existente del Canciller de Justicia o del Comisionado especial sobre igualdad de género e igualdad de trato para que se ajusten a los Principios de París.

27.Al tiempo que se toma nota de las críticas expresadas por las ONG y se reconoce que el Canciller de Justicia no se ajusta a los Principios de París, conviene precisar no obstante que la institución del Canciller de Justicia ha sido creada por la Constitución y que en sus actividades, el Canciller únicamente sigue la Constitución y su conciencia. El Canciller de Justicia no depende de ningún funcionario u organismo del Estado.

28.Existen varias garantías legales que aseguran la independencia del Canciller de Justicia, entre ellas la prohibición de ostentar ningún otro cargo de funcionario estatal o local ni ningún cargo de persona jurídica en derecho público durante el ejercicio del cargo como Canciller. Tampoco puede participar en las actividades de partidos políticos, pertenecer al consejo de administración, la junta directiva o el ente rector de ninguna compañía ni participar en ninguna empresa. En sus actividades, el Canciller de Justicia es independiente de otros organismos que ejercen la autoridad del Estado.

29.El Canciller de Justicia de Estonia se ha convertido en un cargo reconocido y respetado cuyas opiniones son tenidas en cuenta por la población, los políticos y los funcionarios por igual. En sus investigaciones, el Canciller ha detectado reiteradamente que las actividades del Estado han entrado en conflicto con la Constitución o una Ley, o bien han infringido los derechos de los solicitantes. En el 93% de los casos, las autoridades públicas cumplen de inmediato las recomendaciones y propuestas del Canciller sin oposición alguna.

30.El Canciller de Justicia disfruta de la confianza de un amplio porcentaje de población. En 2005, el Canciller obtuvo la confianza del 78% de la población; en 2006 y 2007, dicha confianza también alcanzó el 78-79%.

31.El 1º de mayo de 2004 entró en vigor la Ley de igualdad de género (véanse los párrafos 25 y 27 del informe anterior), que define los conceptos de igualdad de género, igualdad de trato a mujeres y hombres y discriminación directa e indirecta por razón de género, y establece la obligación de promover la igualdad entre mujeres y hombres. La Ley prohíbe tanto la discriminación directa como indirecta basada en el género.

32-La igualdad de género implica la igualdad de derechos, obligaciones, oportunidades y responsabilidades de mujeres y hombres en su vida profesional, su formación y su participación en otras esferas de la vida social.

33.Basándose en la Ley de igualdad de género se fundó la institución del Comisionado sobre igualdad de género, que operó como tal en el período 2005-2008. Las principales tareas del Comisionado incluían la supervisión del cumplimiento de las exigencias de la Ley de igualdad de género, la recepción de solicitudes de las personas y la emisión de dictámenes en los casos de posible discriminación por razón de género. Además, entre las tareas del Comisionado se encuentran el análisis del efecto de las Leyes sobre la situación de las mujeres y los hombres en la sociedad; la proposición de medidas al Gobierno, organismos gubernamentales y autoridades locales sobre posibles modificaciones de la legislación correspondiente; la información y el asesoramiento al Gobierno, organismos gubernamentales estatales y locales sobre temas relacionados con la aplicación de la Ley de igualdad de género; y la adopción de medidas para promover la igualdad de género.

34.Entre las competencias del actual Comisionado sobre igualdad de género e igualdad de trato también se encuentra la supervisión del cumplimiento de la Ley de igualdad de trato y la Ley de igualdad de género; el asesoramiento y la ayuda a las personas para la presentación de reclamaciones sobre discriminación; y la formulación de dictámenes basados en las solicitudes de particulares o por propia iniciativa según la información recibida por el Comisionado. Además, el Comisionado publica informes sobre la aplicación de los principios de igualdad de género e igualdad de trato y adopta medidas para promover la igualdad de trato y la igualdad de género.

35.Desde 2004, el Ministerio de Asuntos Sociales cuenta con el Departamento de Igualdad de Género, cuya tarea es planificar políticas de igualdad de género y medidas para reducir las desigualdades, y que dispone de ocho funcionarios. Se prevé cambiar la denominación del Departamento de Igualdad de Género por la de Departamento de Igualdad de Trato.

La segunda estrategia de integración (2008-2013)

36.El Ministro de Población y Asuntos Étnicos, conjuntamente con la sociedad civil y una serie de expertos, prepararon la nueva estrategia de integración para el período 2008-2013. El Gobierno aprobó el plan el 10 de abril de 2008.

37.La estrategia considera que la integración es un tema importante que afecta a toda la sociedad y su propósito es alcanzar una situación donde todos los habitantes permanentes de Estonia, independientemente de su origen étnico, se sientan seguros, conozcan el idioma estatal, compartan los valores consagrados en la Constitución y puedan participar en la vida social, económica y cultural del país. Todos tienen garantizado el derecho a mantener y desarrollar su idioma y su cultura.

38.El objetivo de la integración es reforzar la identidad de Estado común de Estonia y desarrollar una forma común de entender el Estado entre los residentes permanentes basado en los valores constitucionales de Estonia como un estado democrático regido por un estado de derecho, así como en la valoración de la ciudadanía estonia y la apreciación de la contribución de todas las personas al desarrollo de la sociedad, aceptando al mismo tiempo las diferencias culturales.

39.La integración se contempla como un proceso bilateral cuyo éxito depende del nivel de contacto entre estonios y otros grupos étnicos de Estonia. Hasta ahora, la integración tendía a ser una actividad a nivel de Estado donde el papel de las autoridades locales seguía siendo moderado. El objetivo es destacar las diferencias regionales de la integración y reforzar la cooperación con las autoridades locales.

40.La piedra angular de la política de integración es la necesidad de animar a las minorías étnicas a participar de forma más activa en la vida social y política, poniendo más énfasis en la igualdad de trato. La estrategia de integración tiene como objetivo alcanzar en 2013 una situación donde:

a)los conocimientos del idioma estonio entre quienes no tienen el estonio como lengua materna haya mejorado a todos los niveles;

b)hayan mejorado los contactos y la comunicación entre personas con distinta lengua materna y se haya reducido la diferencia entre los residentes de habla estonia y quienes hablan otras lenguas en lo que se refiere a la participación en asociaciones de la sociedad civil y en la esfera pública;

c)haya disminuido de forma constante el número de personas de ciudadanía indeterminada entre los habitantes estonios;

d)la mayoría de los habitantes estonios pertenecientes a distintas nacionalidades tengan confianza entre sí y en Estonia;

e)la mayoría de aquellos cuya lengua materna no es el estonio reciba información en estonio a través de los medios de comunicación y confíe en dicha información;

f)se hayan reducido las diferencias de empleo e ingresos de los empleados de distintas nacionalidades.

Artículo 3

41.En Estonia no existen el genocidio, el apartheid ni la discriminación racial. En el Código Penal se prevén penas para el genocidio (art. 90) y los crímenes de lesa humanidad (art. 89).

42.No se han iniciado diligencias judiciales en virtud de los artículos 89 y 90 del Código Penal.

43.El Holocausto es un tema obligatorio en el plan nacional de estudios tanto en las escuelas de enseñanza básica como en las escuelas de enseñanza secundaria superior. Además, los temas sobre el Holocausto se tratan en las escuelas de enseñanza general dentro del marco de los actos del Día de Conmemoración del Holocausto. El material didáctico se prepara conjuntamente con copartícipes extranjeros, en primer lugar Yad Vashem (Israel), el Foro de Historia Viva (Suecia), y el Grupo de Trabajo para la cooperación internacional sobre la enseñanza, conmemoración e investigación del Holocausto (ITF). En Estonia, el Centro Nacional de Exámenes y Títulos de Estonia, con la Asociación de Profesores de Historia de Estonia como principal copartícipe, se ocupan del tema del Holocausto.

44.Conjuntamente con especialistas en el tema del Centro Nacional de Exámenes y Títulos, todos los años las escuelas han recibido material para abordar el tema del Holocausto y los crímenes de lesa humanidad. Con el apoyo de las embajadas extranjeras, se ha enviado a los profesores de historia a cursos de formación complementaria en el Centro Yad Vashem y se han celebrado varios seminarios. Aproximadamente el 20% de los profesores de historia de Estonia (80 personas) han recibido formación sobre el Holocausto y han participado en seminarios y conferencias en Estonia y en el extranjero. En el período 1998-2007, se gastaron más de un millón de coronas estonias en el desarrollo de material didáctico sobre el Holocausto y en la formación de profesores.

45.Principales decisiones y actos con respecto a la enseñanza sobre el Holocausto en las escuelas:

De acuerdo con la resolución del Gobierno del 6 de agosto de 2002, el 27 de enero es el día de conmemoración de las víctimas del Holocausto y otros crímenes de lesa humanidad, con el propósito de concienciar a los jóvenes acerca de la importancia de la tolerancia, la democracia y la libertad, cuya ignorancia puede desembocar en crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, genocidio y otras violaciones de los derechos humanos también en la actualidad. La conmemoración de este día debe advertir de cómo el fanatismo puede generar violencia. En cada Día de Conmemoración del Holocausto, el Ministerio de Educación e Investigación envía a las escuelas material de actualidad para la enseñanza del Holocausto y la celebración del Día de Conmemoración. El Ministerio de Educación e Investigación ha recomendado que las propias escuelas decidan cómo desean celebrar el Día de Conmemoración, es decir, cómo tratar el tema a distintos niveles escolares y en las distintas materias, y qué tipo de actos tendrán lugar.

En 2005 se envió a las escuelas la película “Outcast”, producida conjuntamente entre el Instituto Internacional Yad Vashem para la Investigación del Holocausto y el Ministerio de Asuntos Exteriores de Israel. La película histórica es un buen material didáctico y se puede usar tanto para comprender mejor la historia de Alemania como para abordar el tema del Holocausto en las clases de historia. El Ministerio de Educación e Investigación organizó el envío de la película a las escuelas.

Estonia se convirtió en miembro del ITF en Diciembre de 2007. La delegación de Estonia participa en las sesiones plenarias del ITF y en las reuniones del Grupo de Trabajo sobre Educación entre períodos de sesiones.

El 29 de enero de 2007 tuvo lugar la presentación del conjunto de material didáctico denominado “Holocausto” en el Museo de las Ocupaciones de Tallinn. La colección ha sido recopilada por la Asociación de Profesores de Historia de Estonia conjuntamente con el Foro de Historia Viva (Suecia) con el propósito de ofrecer apoyo a los profesores en la celebración del Día de Conmemoración del Holocausto y proporcionar material adicional para abordar el tema en las clases de historia. La colección contiene textos informativos, material de orientación, citas de memorias y tareas de estudio. Distintos artículos tratan de los aspectos jurídicos e históricos del tema. La colección incluye varios CD y DVD (5 películas) y se ha distribuido en todas las escuelas.

El 1º de febrero de 2008 se organizó un seminario para profesores titulado “Estonia y el ITF (Grupo de Trabajo para la cooperación internacional en la enseñanza, conmemoración e investigación del Holocausto). Comentarios sobre el material didáctico del Holocausto” en Tartu, por parte del Ministerio de Educación e Investigación y el Centro Nacional de Exámenes y Títulos. Profesores de todas las regiones de Estonia (20) facilitaron sus resúmenes. También asistieron representantes de Yad Vashem (Israel), la Embajada de Israel y el Foro de Historia Viva (Suecia).

En 2006-2007 participaron dos profesores, uno cada año, en la formación para la enseñanza del Holocausto impartida por Yad Vashem. Diecinueve profesores y un investigador participaron en la formación para profesores estonios desde el 22 junio hasta el 22 de julio de 2008. Entre 2006 y 2008, seis profesores recibieron formación en los Estados Unidos para la enseñanza del Holocausto.

46.Como apéndice al informe, se adjunta la lista del material didáctico sobre el Holocausto.

Artículo 4

47.El capítulo 10 (“Delitos contra los derechos civiles y políticos”) del Código Penal contempla tres delitos contra la igualdad: incitación al odio, violación de la igualdad y discriminación basada en los riesgos genéticos. Respecto del informe anterior, el contenido de los artículos pertinentes ha variado ligeramente y, por consiguiente, se presenta el texto completo a continuación.

48.Artículo 151 - Incitación al odio. 1) Las actividades que incitan públicamente al odio, la violencia o la discriminación en razón de la nacionalidad, la raza, el color, el género, el idioma, el origen, la orientación sexual, la opinión política y la condición patrimonial o social, si ello deriva en un peligro para la vida, la salud o la propiedad de una persona, serán punibles con una multa de hasta 300 unidades o detención. 2) Este mismo acto, si: 1) causa la muerte de una persona o produce daños a la salud u otras consecuencias graves; o 2) ha sido cometido por una persona anteriormente sancionada por dicho acto; o 3) ha sido cometido por una organización criminal, será punible con una multa o hasta tres años de prisión. Todo acto según lo dispuesto en el párrafo 1) de este artículo, si lo comete una persona jurídica, será punible con una multa de hasta 50 000 coronas. Todo acto según lo dispuesto en el párrafo 2) de este artículo, si lo comete una persona jurídica, será punible con una multa.

49.La ONG Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos ha considerado positivo que el artículo 151 también establece la responsabilidad de las personas jurídicas, así como que entre los elementos de delito se incluya la incitación a la discriminación. Sin embargo, el Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos señaló como algo negativo que el artículo no se pueda aplicar en lo que se refiere a la incitación verbal al odio en los medios de comunicación, a menos que ese tipo de discurso produzca consecuencias graves. El Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos opina que es necesario reintroducir la posibilidad de iniciar un procedimiento penal con arreglo al artículo 151 por incitación verbal al odio aún en los casos en que no haya supuesto un peligro para la vida, la salud o la propiedad de una persona.

50.En lo concerniente a la crítica del Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos cabe aclarar que la exclusión de la incitación verbal al odio del artículo 151 en 2006 fue intencionada a fin de evitar responsabilidades en situaciones donde las personas expresan públicamente su opinión.

51.Artículo 152 - Violación de la igualdad. 1) La limitación ilícita de los derechos de una persona o la concesión de privilegios ilícitos a una persona por motivo de su nacionalidad, raza, color, género, idioma, origen, religión, orientación sexual, opinión política o condición social o financiera será punible con una multa de hasta 300 unidades o detención. 2) Este mismo acto, si se cometiere: 1) al menos dos veces; o 2) se causa con él un daño importante a los derechos o intereses protegidos por ley de otra persona o al interés público, será punible con una multa o hasta un año de prisión.

52.Artículo 153 - Discriminación basada en los riesgos genéticos. La limitación ilícita de los derechos de una persona o la concesión de privilegios ilícitos a una persona por motivo de sus riesgos genéticos será punible con una multa de hasta 300 unidades o detención. 2) Este mismo acto, si se cometiere: 1) al menos dos veces; o 2) se causa con él un daño importante a los derechos o intereses protegidos por ley de otra persona o al interés público, será punible con una multa o hasta un año de prisión.

53.En Estonia se han cometido muy pocos delitos penales por motivos étnicos, culturales, lingüísticos o religiosos y las autoridades pertinentes se ocupan de la prevención y supervisión de la situación.

54.El Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos ha considerado importante que la policía esté muy concienciada sobre los temas relacionados con los derechos humanos, la tolerancia y la no discriminación, y ha expresado su preocupación por el hecho de que los empleados de la Junta de la Policía de Seguridad del Estado no hayan asistido a seminarios o actividades de formación sobre estos temas en los últimos años.

55.Desde 2005, 13 agentes de policía de Estonia han participado en misiones civiles organizadas por las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), la Unión Europea y otras organizaciones internacionales. Una de las condiciones previas para la participación en misiones civiles es que antes de la misión los participantes deben concluir la formación sobre temas raciales en zonas de crisis y recibir orientación sobre cómo actuar en tales situaciones. La organización estará a cargo de academias de policía de distintos países con la cooperación de las Naciones Unidas, la Comisión Europea y otras organizaciones internacionales.

56.Durante el período sobre el que se informa, agentes de policía estonios asistieron a varios actos internacionales que abordaban el tema de la discriminación racial y cómo combatirla. Por ejemplo, en 2005 se celebró una conferencia de coordinadores de la Plataforma Europea de Policía y Derechos Humanos del Consejo de Europa en Estrasburgo, Francia, donde también hizo una exposición un agente de la Junta de la Policía de Seguridad del Estado de Estonia. La Academia de Policía Europea (CEPOL) ha organizado distintos actos de formación sobre los derechos humanos y ética en la policía a los que han asistido agentes de la policía de Estonia. Unos seminarios organizados por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) también han abordado temas de discriminación racial.

57.En 2005 se organizó un seminario de formación sobre ética de la policía en las instalaciones de la Junta de la Policía de Seguridad del Estado en Tallinn con la participación de conferenciantes del Pointman Leadership Institute del Reino Unido, al que asistieron, además de la policía, representantes de otros organismos estatales. A iniciativa de la policía, desde 2005 se han celebrado dos conferencias y un seminario de formación sobre ética de la policía. En 2005 se organizó un seminario sobre maltrato por motivos de raza, a iniciativa de la Embajada de los Estados Unidos, al que asistió un agente de policía.

58.Desde 2008, la policía de Estonia participa en la labor del grupo de apoyo EDPOL (Diversidad Europea en la Policía), uno de cuyos temas también aborda la discriminación racial de la policía.

Artículo 5

El derecho a la igualdad de trato ante los tribunales y todos los demás órganos que administran justicia

59.El Comité, en el párrafo 11 de sus observaciones finales, expresó su preocupación sobre la falta de medidas legislativas exhaustivas de lucha contra la discriminación, en particular leyes y reglamentos en los ámbitos civil y administrativo, y su recomendación es que Estonia debería adoptar dichas medidas legislativas. En lo concerniente a la preocupación del Comité, cabe hacer hincapié en que de conformidad con el artículo 12 1) de la Constitución de Estonia, todos los ciudadanos son iguales ante la ley. Nadie deberá ser discriminado a causa de su nacionalidad, raza, color, género, idioma, origen, religión, política u otra opinión, condición patrimonial o social, o por otros motivos. En base a ello, todos tienen derecho a la no discriminación y los tribunales aplican argumentos de igualdad de trato en todo tipo de casos (véase, por ejemplo, la sentencia Nº 3-4-1-8-08 de la Sala de Revisión Constitucional del Tribunal Supremo del 30 de septiembre de 2008 sobre el cálculo del período que da derecho a la pensión de una persona dependiendo del lugar de envío al servicio en el ejército soviético; http://www.nc.ee/?id=11&tekst=RK/3-4-1-8-08).

60.La Constitución garantiza a todas las personas el derecho a la protección del Estado y de la ley. Toda persona cuyos derechos y libertades hayan sido violados tiene derecho a recurrir ante los tribunales. Toda persona tiene derecho a pedir, durante la vista de su causa ante el tribunal, que se declare anticonstitucional una ley, disposición legislativa o procedimiento pertinente. Esta cuestión fue tratada más detalladamente en los informes anteriores de Estonia.

61.La justicia será administrada únicamente por los tribunales, que serán independientes y administrarán la justicia de conformidad con la Constitución y las leyes (artículo 146 de la Constitución). En la Ley de tribunales se establecen la organización de los tribunales y los fundamentos jurídicos para el servicio de tribunales. En el artículo 6 se describe más detalladamente la organización de los tribunales. En los artículos 6 y 2 también se describen más detalladamente las competencias y las actividades del Canciller de Justicia.

El derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto de violencia o atentado contra la integridad personal cometido por funcionarios públicos o por cualquier individuo, grupo o institución

62.El Comité, en el párrafo 13 de sus observaciones finales, expresó su preocupación por la desproporcionada representación de las personas pertenecientes a las minorías de habla rusa en la población reclusa y recomendó llevar a cabo un estudio para determinar las soluciones adecuadas para poner fin a esa situación.

63.En las prisiones de Estonia no se mantienen estadísticas en función del idioma hablado por los reclusos. Sin embargo, es posible diferenciar a los reclusos según su ciudadanía. A finales de 2007 se realizó un estudio de la población reclusa según su ciudadanía y se concluyó que la proporción de reclusos que son ciudadanos extranjeros era menor que su proporción en el conjunto de la población. Sólo las personas con ciudadanía indeterminada estaban representadas en exceso entre la población reclusa. La proporción de ciudadanos estonios en las prisiones ha aumentado respecto de la década de 1990. La representación exageradamente alta de personas con ciudadanía indeterminada entre los reclusos se debe en parte a la gran cantidad de delitos penales graves cometidos en los años noventa. Las personas que recibieron condenas graves entonces siguen en prisión. Respecto de la década de 1990. el número de personas con ciudadanía indeterminada ha disminuido varias veces entre la población estonia (han recibido la ciudadanía estonia o la ciudadanía extranjera). No obstante, teniendo en cuenta que la realización de las actuaciones necesarias para recibir la ciudadanía es más complicada para los reclusos, la población reclusa actual sigue reflejando hasta cierto punto el reparto de población de los años noventa. Actualmente, la distribución de nuevos sospechosos y delincuentes reclusos por ciudadanías se asemeja bastante más a su proporción en la población que en el número total de reclusos.

64.Deberá tenerse en cuenta que de conformidad con la cláusula 4 del artículo 21 1) de la Ley de ciudadanía de Estonia, no se concede la ciudadanía a aquellas personas que hayan cometido un delito penal para el que se haya impuesto una pena de prisión superior a un año y que tengan antecedentes penales o que hayan sido sancionadas penalmente por delitos cometidos intencionadamente. En virtud de la cláusula 2 del artículo 21 1), también puede denegarse la ciudadanía a aquellas personas que no respeten el orden constitucional y las Leyes de Estonia.

65.En el capítulo del Código Penal relativo a los delitos contra la administración de justicia se establece la responsabilidad en la que incurre el juez o el juez auxiliar por imputación ilícita de cargos (art. 310) o por dictar sentencia a sabiendas de que es injusta (art. 311 y art. 3111 respectivamente), así como la responsabilidad en la que incurre un funcionario o empleado de una autoridad que realiza diligencias extrajudiciales por dictar sentencia a sabiendas de que es injusta en diligencias penales (art. 3112). El Código Penal también regula la responsabilidad en la que incurre un funcionario o empleado de una autoridad que realiza diligencias extrajudiciales por sobreseimiento a sabiendas e ilícitamente de una diligencia penal, la responsabilidad en la que incurre un fiscal o un funcionario de un organismo investigador por sobreseimiento a sabiendas e ilícitamente de una diligencia penal o la responsabilidad en la que incurre un fiscal por autorizar a sabiendas e ilícitamente a un organismo investigador el sobreseimiento de una diligencia penal (art. 3113).

66.El procedimiento penal se rige por el Código de Procedimiento Penal.

Los derechos políticos, en particular el de participar en elecciones

67.Según la Constitución, el poder supremo del Estado lo ejerce el pueblo mediante la elección del Riigikogu y mediante referéndums. Los ciudadanos estonios que hayan cumplido 18 años pueden votar en la elección del Riigikogu. Los ciudadanos estonios y de la Unión Europea que hayan cumplido 18 años pueden votar en las elecciones de los consejos de administración local, así como los extranjeros con permiso de residencia prolongada o residencia permanente en Estonia que hayan vivido como mínimo cinco años en su municipalidad rural o ciudad respectiva. Según la ley, los votantes deben estar inscritos en el censo de población de Estonia.

68.Las personas con residencia permanente en Estonia, independientemente de sus conocimientos del idioma estonio, tienen derecho a participar en las elecciones de las administraciones locales, por lo que tienen la oportunidad de influir en las decisiones que se toman a nivel local y de participar en la vida política. Debe destacarse que Estonia es uno de los países del mundo donde los extranjeros pueden participar en las elecciones de los consejos de administración local.

69.La ciudadanía constituye un estrecho vínculo entre una persona y el Estado, que se expresa en derechos y obligaciones entre las dos partes. Las personas que consideran importante su vínculo con Estonia pueden recibir la ciudadanía por naturalización y de ese modo tener derecho a opinar en la política nacional a través de la participación en las elecciones del Riigikogu. Pueden recibirla las personas que cumplen los criterios del artículo 6 de la Ley de ciudadanía, y para quienes no se haya constatado ninguna circunstancia que excluya la concesión de la ciudadanía de conformidad con el artículo 21 de la Ley.

70.Según la Ley de organización de la administración local, como mínimo el 1% de los residentes de una municipalidad rural o ciudad con derecho a voto, aunque no en número inferior a cinco, pueden promover la aprobación, modificación o derogación de la legislación del consejo o la administración de la municipalidad rural o urbana sobre temas locales; tales iniciativas se debatirán antes de tres meses.

71.El 1º de marzo de 2007 entró en vigor una enmienda a la Ley de idiomas (art. 23) que permite el uso de una traducción a un idioma extranjero o a una variedad lingüística regional del estonio en los carteles públicos, la señalización, los anuncios, los avisos y la publicidad junto con el texto original en estonio.

72.La enmienda resolvió un problema de interpretación sobre si se prohibiría colocar anuncios electorales en el idioma de cualquier minoría nacional y amplió la posibilidad de que, además de la publicidad electoral, cualquier información pública pueda estar en un idioma distinto del estonio.

73.El Comité ha expresado reiteradamente su preocupación por el hecho de que únicamente los ciudadanos puedan pertenecer a partidos políticos. Cabe señalar el artículo 48 de la Constitución, en el que se dispone que sólo los ciudadanos estonios pueden afiliarse a partidos políticos. Se trata de una norma constitucional aprobada por referéndum.

Otros derechos civiles, en particular

i) El derecho a circular libremente y a elegir la residencia en el territorio de un Estado

74.Además de la información proporcionada en el informe anterior (párrs. 82 y 83), cabe puntualizar lo siguiente:

El 1º de agosto de 2006 entró en vigor la nueva Ley sobre los ciudadanos de la Unión Europea, que ajustó el ordenamiento jurídico de Estonia a los principios de la Unión Europea para permitir a los ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares ejercer el derecho que les otorgan los tratados constitutivos para moverse libremente dentro de su territorio.

75.El 1º de junio de 2006 entró en vigor una enmienda a la Ley de extranjería que armonizaba la situación jurídica y las garantías sociales de los residentes de larga duración que son ciudadanos de terceros países con las de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea. Los ciudadanos de terceros países que residen legalmente en el territorio de un Estado miembro de la Unión Europea tienen garantizadas unas condiciones de vida y de trabajo lo más similares posibles a las condiciones aplicables a los ciudadanos del Estado miembro correspondiente.

76.El 1º de diciembre de 2007 entró en vigor una enmienda a la Ley de extranjería para facilitar la migración de estudiantes e investigadores procedentes de terceros países y garantizar unos requisitos homogéneos para la solicitud de un permiso de residencia en los Estados miembros. La enmienda también excluía de la cuota de inmigración a los extranjeros que tienen concedido un permiso de residencia para estudiar o para actividades de investigación.

77.Aunque hasta el momento la cuota anual de inmigración era del 0,05% de la población permanente de Estonia, mediante la enmienda a la Ley de extranjería del 14 de junio de 2008 se aumentó la cuota al 0,1% de la población permanente de Estonia.

78.Aún así, sigue habiendo personas que pueden establecerse en Estonia fuera de la cuota de inmigración o a las cuales no se aplica esta cuota. Por ejemplo, no se aplica al cónyuge de un ciudadano estonio o de un extranjero que reside en Estonia con permiso de residencia o a un menor, un adolescente, un progenitor, un abuelo o un tutor de un ciudadano estonio o de un extranjero que reside en Estonia con permiso de residencia.

79.También se han simplificado las disposiciones reglamentarias sobre el trabajo y la residencia de los extranjeros en Estonia. Se han ajustado los procedimientos pertinentes para que los empleadores puedan reaccionar de forma efectiva y en un corto plazo a los cambios en las necesidades de mano de obra.

80.El 1º de febrero de 2007 entraron en vigor una serie de enmiendas a la Ley de extranjería para incorporar al orden jurídico de Estonia la directiva de la Unión Europea sobre permisos de residencia otorgados en caso de interés público esencial a aquellas personas que son víctimas o testigos de trata de seres humanos.

81.El marco regulador sobre los refugiados ha cambiado respecto del período que abarca el informe anterior. La Ley de refugiados fue sustituida por la Ley sobre la protección internacional de extranjeros que entró en vigor el 1º de julio de 2006. La nueva ley se preparó debido a la necesidad de armonizar las directivas del Consejo de la Unión Europea y establece las disposiciones reglamentarias sobre la protección temporal de los extranjeros.

82.Con respecto a la entrada en vigor de la Ley sobre la protección internacional de extranjeros, Estonia incorporó las siguientes directivas de la Unión Europea:

Directiva del Consejo 2001/55/CE de 20 de julio 2001 relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de desplazados y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados Miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida;

Directiva del Consejo 2003/9/CE de 27 de enero de 2003 relativa a las normas mínimas para la recepción de solicitantes de asilo;

Directiva del Consejo 2003/86/CE de 22 de septiembre de 2003 relativa al derecho a la reunificación familiar (disposiciones al respecto de los refugiados);

Directiva del Consejo 2004/83/CE de 29 de abril 2004 por la que se establecen las normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida;

Directiva del Consejo 2005/85/CE del 1º de diciembre de 2005 relativa a las normas mínimas que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiados.

83.El asilo, es decir la condición de refugiado, se puede conceder a extranjeros que tengan temores fundados de ser perseguidos en su país de ciudadanía o país de residencia permanente por motivos raciales, de creencias, de nacionalidad, de opinión política o de pertenencia a un determinado grupo social. Los extranjeros tienen derecho a protección subsidiaria si su regreso o expulsión de Estonia puede originar las consecuencias previstas en el artículo 3 de la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertadas Fundamentales o el artículo 3 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, o la aplicación de la pena de muerte en su país de ciudadanía o país de residencia permanente. Basándose en la petición de asilo de un familiar de un refugiado o de una persona que disfruta de una protección subsidiaria, también puede concederse una protección similar y un permiso de residencia con el mismo período de validez a su cónyuge o hijo menor de edad si la familia existía en su país de origen, el solicitante reside en Estonia y no existen circunstancias que excluyan la concesión de la protección.

84.Con la entrada en vigor de la Ley sobre la protección internacional de extranjeros, se dispuso la concesión de protección temporal a extranjeros en Estonia. En la anterior Ley de refugiados sólo se contemplaba la concesión de la condición de refugiado y la protección subsidiaria a extranjeros, pero no se regulaba la concesión de una protección temporal. El procedimiento para presentar las solicitudes también está regulado más detalladamente. Si en el caso de la Ley de refugiados sólo existía un formulario de solicitud rellenado por el funcionario que recibía la solicitud en forma de entrevista preliminar, con la Ley sobre la protección internacional de extranjeros existen tres formularios de solicitud: solicitud de asilo, solicitud de protección temporal y solicitud de prórroga de la protección internacional. La solicitud es rellenada por el propio solicitante. Existen versiones de los formularios de solicitud en estonio/inglés, estonio/ruso y estonio/francés. De este modo se contribuye a mejorar la eficacia de los procedimientos de asilo.

85.La Ley sobre la protección internacional de extranjeros establecía plazos de tramitación, no así la anterior Ley de refugiados. Conforme a la Ley sobre la protección internacional de extranjeros, la decisión sobre una solicitud de asilo debe resolverse antes de seis meses. Si no es posible tomar una decisión dentro de dicho plazo, se debe notificar la demora al solicitante, así como el tiempo previsto para su resolución. El plazo límite para la revisión de una solicitud de permiso de residencia bajo protección temporal es de dos meses y para la revisión de una solicitud de prórroga de la protección internacional es de tres meses.

86.Con la entrada en vigor de la Ley sobre la protección internacional de extranjeros se establecieron los períodos de validez de los permisos de residencia concedidos bajo protección internacional. Un refugiado recibe un permiso de residencia durante un período de tres años, en lugar de los dos años que se concedían anteriormente. Una persona que disfruta de protección subsidiaria recibe un permiso de residencia durante un período de un año y una persona bajo protección temporal durante el período estipulado para la misma, pero nunca más de tres años. Los permisos de residencia también se prorrogan por períodos de tres años o un año respectivamente y en el caso de la protección temporal, por seis meses cada vez.

87.En determinadas condiciones, los solicitantes de asilo pueden tener acceso al mercado laboral. Anteriormente, los extranjeros a los se había concedido protección internacional podían acceder al mercado laboral sólo después de haber recibido el permiso de residencia. En la actualidad, un solicitante de asilo puede acceder al mercado laboral si la Junta de Ciudadanía e Inmigración no ha tomado una decisión sobre la solicitud de asilo antes de un año tras la presentación de la solicitud por circunstancias ajenas a la voluntad del solicitante. El permiso de trabajo es concedido por la Junta de Ciudadanía e Inmigración y es válido hasta el final del proceso de asilo, incluidas las diligencias judiciales.

88.En el período 1997-2008, Estonia recibió solicitudes de asilo de 140 extranjeros de 28 países. El número total de solicitudes fue de 148, ocho de ellas repetidas. En 2008 y 2007 se presentaron 14 solicitudes, 7 en 2006 y 11 en 2005. A finales de 2008, se había concedido asilo a 10 personas y protección subsidiaria a otras 12.

89.Todos los puestos fronterizos de Estonia pueden recibir solicitudes de asilo y llevar a cabo los procedimientos preliminares exigidos por la ley. Para mantener el nivel de capacitación de los funcionarios correspondientes, se les facilita formación regular sobre legislación nacional, Convenciones internacionales, directivas de la Unión Europea y otros instrumentos internacionales.

90.Las autoridades de Estonia cooperan activamente con varias organizaciones internacionales. Representantes de Estonia participan en los grupos de trabajo de la Comisión Europea y el Consejo de Europa. También se colabora estrechamente con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Se han establecido relaciones de cooperación con las autoridades competentes de migración y asilo de muchos Estados miembros. Estonia también participa en organizaciones de cooperación internacional y regional.

91.En 2006, dentro del marco del proyecto administrado por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y financiado conjuntamente por el Fondo Europeo para los Refugiados, titulado “Requisitos mínimos para la recepción, protección y reconocimiento de la condición de los solicitantes de asilo en Estonia, MINAS”, se ha recopilado material didáctico sobre los procedimientos de asilo para los funcionarios de la guardia de fronteras. Dentro del mismo proyecto (en 2006 y 2007), se proporcionó formación a los funcionarios de la guardia de fronteras, de la Junta del Mercado Laboral y de la Junta de Ciudadanía e Inmigración; se realizaron varias visitas de estudio a otros países; se preparó material de información para los solicitantes de asilo, traducido a ocho idiomas; y se publicó la nueva revisión lingüística del manual del ACNUR.

92.Desde 2004, Estonia ha tenido acceso a la financiación del Fondo Europeo para los Refugiados. Con la ayuda de estos fondos se han realizado varios proyectos con el fin de mejorar las condiciones de recepción de los solicitantes de asilo y la eficacia de los procesos de asilo, la integración de las personas a las que se ha concedido protección internacional, y el regreso voluntario a su tierra natal de los extranjeros que pertenecen al grupo al que van destinados.

ii) El derecho a salir de cualquier país, incluido el propio, y a regresar al propio país

93.Los principales instrumentos jurídicos y principios que regulan este ámbito se presentaron en el artículo 5 del penúltimo informe.

94.Según la Constitución, toda persona tiene derecho a salir de Estonia. Este derecho puede restringirse en los casos y según los procedimientos previstos por la ley para asegurar el desarrollo del procedimiento judicial o de la instrucción o para ejecutar la sentencia de un tribunal (art. 35). No se puede expulsar de Estonia un ciudadano estonio ni tampoco puede impedirse a un ciudadano estonio establecerse en el territorio de Estonia (art. 36).

95.No se concede la extradición de un ciudadano estonio a otro Estado, salvo en las condiciones prescritas por un tratado internacional y de conformidad con el procedimiento previsto en dicho tratado y en la ley. La decisión de extradición corresponde al Gobierno de la República. Toda persona objeto de una orden de extradición tiene derecho a impugnarla ante un tribunal estonio. Todo estonio tiene derecho a establecerse en Estonia (art. 36).

iii) El derecho a una nacionalidad

96.En sus observaciones finales (párr. 15) el Comité recomendó redoblar los esfuerzos para mejorar y facilitar el acceso al proceso de naturalización. El Comité también recomendó a Estonia que estudie la posibilidad de ofrecer cursos de idiomas gratuitos y de alta calidad a todos los candidatos a adquirir la ciudadanía, y que fortalezca sus actividades de sensibilización sobre el procedimiento de naturalización y sus ventajas.

97.Aunque la Ley de ciudadanía se ha modificado durante el período que abarca el informe, las premisas principales para recibir la ciudadanía Estonia siguen siendo las mismas. Además de lo explicado en los informes anteriores, cabe precisar la información siguiente:

98.El 8 de julio de 2006 entró en vigor una enmienda a la Ley de ciudadanía con el fin de armonizar el sistema de definiciones y ajustar la Ley de ciudadanía a las enmiendas realizadas a la Ley de extranjería y la nueva Ley sobre los ciudadanos de la Unión Europea que entró en vigor el 1º de agosto de 2006. Además, se agregó una cláusula a la Ley de ciudadanía que otorgaba al Gobierno el derecho de discrecionalidad en la concesión y restablecimiento de la ciudadanía estonia a personas que hayan sido condenadas varias veces por cometer delitos penales y que no tengan antecedentes penales. El objetivo es evitar decisiones desproporcionadas al denegar la ciudadanía estonia a las personas debido a la ausencia del derecho de discreción, cuyo uso por parte del Gobierno ofrece una posibilidad de evaluar la gravedad del delito penal real y sopesar los valores protegidos por el derecho penal.

99.Se han tomado varias medidas para aumentar el interés y la motivación para solicitar la ciudadanía estonia. La principal razón por la cual las personas no han solicitado la ciudadanía es la falta de motivación, que se debe en parte a que las personas con ciudadanía indeterminada que son residentes de larga duración de la Unión Europea tienen asegurada la libertad de movimiento en los países que se han adherido a los acuerdos de Schengen para la supresión de controles en las fronteras internas comunes de la Unión Europea, así como el derecho a vivir y trabajar en otros Estados miembros de la Unión Europea. Desde junio de 2008, las personas con ciudadanía indeterminada pueden entrar en la Federación de Rusia sin visado.

100.A 28 de febrero de 2009, había 109.728 personas con ciudadanía indeterminada en Estonia. Su proporción entre la población estonia ha disminuido a ritmo constante.

101.La obtención de la ciudadanía estonia para los hijos menores es sencilla. Los padres con ciudadanía indeterminada sólo tienen que expresar el deseo de obtener la ciudadanía estonia para sus hijos. Aunque con arreglo a la Ley de ciudadanía existe un procedimiento simplificado para solicitar la ciudadanía estonia para un menor de 15 años, no todos los padres conocen sus derechos y posibilidades. Por tanto, en 2007 se puso en marcha una campaña activa de sensibilización con el propósito de reducir el número de niños con ciudadanía indeterminada, dirigida a estos menores y a sus padres. En la actualidad existen planes para mejorar e intensificar la campaña de sensibilización y se están contemplando las posibilidades de asesoramiento personal para las personas con ciudadanía indeterminada.

102.Desde febrero de 2008 los padres de niños con ciudadanía indeterminada son informados, al efectuar el registro del recién nacido, de que pueden solicitar la ciudadanía estonia para su hijo con un sencillo procedimiento. Se entrega un folleto a los padres donde se explica el proceso de solicitud de la ciudadanía estonia y se les pide que rellenen un formulario de notificación donde se indica que se les ha informado de la posibilidad de solicitar la ciudadanía estonia para su hijo y si están de acuerdo en que la Junta de Ciudadanía e Inmigración se ponga en contacto con ellos y les facilite asesoramiento individual más pormenorizado. Durante el asesoramiento, también se explica a los padres las posibilidades que existen para solicitar la ciudadanía estonia para ellos mismos.

103.En octubre 2008 se iniciaron sesiones informativas en las escuelas a las que asistían niños con ciudadanía indeterminada, durante las cuales se reparten folletos donde se detallan las ventajas de la ciudadanía estonia y se explican las posibilidades para recibir la ciudadanía estonia para los distintos grupos de edad. Está previsto facilitar dicha información en 61 escuelas.

104.De todos los solicitantes de la ciudadanía, los menores de 15 años constituyen el 40%. Prácticamente no se producen casos de denegación de la ciudadanía entre ellos. Sólo en casos excepcionales ha sido necesario poner fin al procedimiento de solicitud debido a que el menor no ha sido liberado de su anterior ciudadanía.

105.El número de niños menores de 15 años con ciudadanía indeterminada se ha reducido de forma constante en Estonia. Mientras que en 2005 había 6.451 niños en tal situación, al 11 de marzo de 2009 su número se había reducido a 2.775.

106.En 2008 se inició la tradición de ceremonias festivas para presentar los certificados de ciudadanía, con el fin de elevar el orgullo cívico y la conciencia de los derechos y las obligaciones que supone la ciudadanía. En 2008 se celebraron diez ceremonias donde unos 600 nuevos ciudadanos estonios recibieron sus certificados.

107.En 2009 se pone en marcha el proyecto titulado “El desarrollo del intercambio de información entre la Junta de Ciudadanía e Inmigración” con el propósito de obtener información sobre todos los niños nacidos en Estonia y sus padres. Basándose en dicha información, se notificará a los padres de los recién nacidos sobre la necesidad de legalizar la residencia de sus hijos en Estonia. Mediante este proyecto se pretende explicar a los padres que pueden solicitar la ciudadanía estonia para su hijo durante el primer año de vida del niño sin tener que solicitar antes un permiso de residencia o el derecho de residencia para su hijo.

108.El 25 de septiembre de 2008, el Gobierno aprobó mediante su Reglamento Nº 143 “El procedimiento de examen del conocimiento de la Constitución de Estonia y la Ley de ciudadanía para solicitantes de la ciudadanía” que entró en vigor el 1º de marzo de 2009.

109.El propósito del nuevo modelo de examen es que resulte más práctico el propio examen y su preparación, es decir, se prestará más atención a la aplicación de la Constitución en la vida diaria y a la comprensión del significado y los principios de la ley. Las preguntas del examen tendrán un mayor significado pero al mismo tiempo serán también más comprensibles para las personas con conocimientos limitados del idioma. Como novedad, también existirá la posibilidad de examinarse de nuevo para mejorar la nota. El nuevo reglamento también ofrece la posibilidad de organizar exámenes según las necesidades y establece únicamente un número mínimo de exámenes por año (12 exámenes). Con la normativa anterior, se podían organizar exámenes una vez al mes, aunque las necesidades eran considerablemente mayores. El nuevo reglamento también contiene modificaciones de las disposiciones que permiten realizar el examen como parte del examen nacional sobre educación cívica en la enseñanza secundaria superior y como parte del examen final sobre educación cívica en la enseñanza básica. La anterior normativa interfería totalmente con el contenido del examen de educación cívica. La ventaja actual es que el resultado del examen sobre el conocimiento de la Constitución de Estonia y la Ley de ciudadanía no afecta al resultado del examen nacional de enseñanza secundaria superior ni del examen final de la enseñanza básica, lo que motiva a los alumnos a elegir el examen combinado.

110.Desde 2009, toda persona que aprueba el examen de idioma tiene derecho al reembolso del dinero invertido en el aprendizaje del idioma, que se realiza a través del Centro Nacional de Exámenes y Títulos con los fondos asignados por el Fondo Social Europeo. En agosto de 2009 se iniciaron cursos gratuitos para no ciudadanos. La participación en el curso no obliga a la solicitud de ciudadanía. Los cursos se financiarán mediante el Fondo Europeo para la Integración.

111.Mediante la Orden Nº 172 de 10 de abril de 2008, el Gobierno aprobó la “Estrategia de integración de Estonia 2008-2013” y su plan de aplicación para 2008-2010. La estrategia de integración es una continuación del programa nacional denominado “Integración en la sociedad estonia 2000-2007”, y su objetivo es apoyar el sentimiento de solidaridad entre todos los residentes permanentes compartiendo los valores comunes de la sociedad estonia y el conocimiento del idioma estatal. A raíz de una integración satisfactoria, toda persona será capaz de realizarse y sentirse segura participando en la vida económica, social, política y cultural de la sociedad. Desde abril de 2007 (de conformidad con la Orden Nº 60 del 12 de abril de 2007 del Primer Ministro) el Ministro de Población y Asuntos Étnicos es responsable de los temas de integración y de la formulación del plan de desarrollo en las esferas pertinentes.

112.Uno de los objetivos de la estrategia de integración es alcanzar en 2013 una situación donde se haya reducido a ritmo constante la proporción de personas con ciudadanía indeterminada entre la población estonia. Sobre la estrategia de integración en general, véanse los párrafos 36-40 del artículo 2.

iv) El derecho al matrimonio y a la elección del cónyuge

v) El derecho a ser propietario, individualmente y en asociación con otros

vi) El derecho a heredar

viii) El derecho a la libertad de opinión y expresión

113.Los principales instrumentos jurídicos y principios que regulan estas esferas se presentaron en el artículo 5 del quinto informe. Cabe señalar algunos de los principales cambios que se han producido.

114.Se han introducido enmiendas a la Ley de armas. Dependiendo de un límite de edad, los ciudadanos estonios pueden adquirir, poseer o mantener todo tipo de armas con permiso de uso para fines civiles, excepto porras.

115.Un extranjero que posea un permiso de residencia en Estonia o de estancia en Estonia en virtud del derecho de residencia puede adquirir, poseer y mantener los tipos de armas permitidos a los ciudadanos estonios si posee un permiso para el tipo correspondiente de arma emitido por una autoridad competente de otro Estado y si, bajo esta premisa y conforme al procedimiento prescrito, el extranjero ha obtenido un permiso de armas en Estonia.

116.Un extranjero que posea un permiso de residencia en Estonia o de estancia en Estonia en virtud del derecho de residencia que no disponga de un permiso de armas emitido por una autoridad competente de otro estado puede adquirir, poseer y mantener los tipos de armas permitidos a los ciudadanos estonios si ha obtenido un permiso de armas en Estonia bajo las premisas correspondientes y conforme al procedimiento prescrito.

117.Toda persona puede adquirir inmuebles a menos que la ley disponga lo contrario. La Ley de restricciones sobre la adquisición de inmuebles establece restricciones sobre la adquisición de inmuebles que surjan del interés público. Interés público significa, en particular, el desarrollo de la administración para fines concretos de inmuebles utilizados como tierra que arroje beneficios que contengan una superficie agrícola útil o parcelas de bosque, en cuyo caso se han establecido determinados requisitos que los extranjeros deben cumplir.

118.Si una persona no cumple estos requisitos puede adquirir, para su uso como tierra que arroje beneficios, un inmueble que cuente con 10 ha o más de terreno agrícola o bosque únicamente con la autorización del gobernador del condado donde esté situado.

119.La Ley establece restricciones adicionales sobre la adquisición de inmuebles en municipios fronterizos y en pequeñas islas. La restricción se aplica a todas las personas que no son ciudadanos estonios. No obstante, por motivos políticos de importancia nacional el Gobierno puede autorizar a otras personas la adquisición de un inmueble en municipios fronterizos y en pequeñas islas.

120.Conforme al artículo 27 de la Ley del derecho de sucesión en vigor desde el 1º de enero de 2009, un menor con una edad mínima de 15 años puede hacer testamento ante notario sin el consentimiento de su representante legal.

121.Con respecto a la libertad de opinión no se han producido cambios en materia de principios. El 1º de noviembre de 2008 entró en vigor la nueva Ley de publicidad. Conforme a la nueva Ley, la publicidad no puede tener contenidos denigrantes ni discriminatorios por motivos de nacionalidad, raza, edad, color, género, idioma, origen, religión, políticos u otras opiniones, situación patrimonial o social u otras circunstancias.

122.Después de la presentación del anterior informe se produjo la fusión de las organizaciones de difusión Televisión de Estonia y Radio de Estonia. La organización legalmente resultante es la Radio y Televisión Nacional de Estonia (Eesti Rahvusringhääling).

123.El 1º de junio de 2007 entró en vigor la Ley de radio y televisión nacional. De conformidad con la Ley, los servicios de programas y los medios de comunicación deben cumplir los objetivos de la Radio y Televisión Nacional y servir al interés público. Los servicios de programas deben ser plurales y abordar los temas de la vida social de forma equitativa. Los servicios de programas y los medios de comunicación deben fomentar la comunicación entre los miembros de la sociedad y los grupos sociales, la cohesión social y reflejar las distintas opiniones y creencias.

124.El asesor de ética vela porque el funcionamiento de la Radio y Televisión Nacional se ajuste a la ética profesional y a las buenas prácticas del periodismo, revisa las objeciones y cuestiones presentadas contra el contenido de un programa o servicio de programas de la Radio y Televisión Nacional, y supervisa la equidad del servicio de programas.

vii) El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

125.La libertad de religión en Estonia está garantizada por la Constitución, la Ley de iglesias y congregaciones y otras leyes.

126.Conforme a la Constitución, pueden imponerse restricciones a la práctica de la religión de una persona para proteger el orden público, la salud y la moral pública. No existen restricciones a la libertad de conciencia, religión y pensamiento, en tanto que el artículo 40 1) de la Constitución protege las creencias religiosas y no religiosas. Si las opiniones y convicciones internas de una persona se transforman en expresión de opiniones o realización de ideas, tales restricciones son admisibles. En cuanto a los derechos personales previstos en el artículo 41 de la Constitución, la única restricción es que las creencias no pueden servir de excusa para transgredir la ley. Del mismo modo, el Estado no puede imponer responsabilidades por profesar creencias. El derecho a mantenerse fiel a las propias opiniones y creencias está protegido además por el artículo 12 de la Constitución, que prohíbe la discriminación por opiniones políticas u otras opiniones y establece como punibles los actos de incitación al odio político, la violencia y la discriminación.

127.Conforme a lo previsto en el artículo 11 de la Ley de protección del niño, el niño tiene el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia, religión y expresión. El niño tiene, y debe acordársele, la posibilidad de buscar, recibir y difundir información humanística diversa y tomar parte en entidades y movimientos.

128.De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 4) de la Ley de educación, el estudio y la enseñanza religiosos será voluntario.

129.De acuerdo con el artículo 3 4) de la Ley de enseñanza media elemental y superior, la enseñanza religiosa será no confesional. Las escuelas están obligadas a impartir enseñanza religiosa si por lo menos quince alumnos de un curso así lo desean.

130.Con arreglo a la Ley de igualdad de trato, se prohíbe la discriminación de personas por motivos religiosos respecto a las condiciones de acceso al empleo, al propio empleo o a la ocupación, incluidos los criterios de selección y las condiciones de contratación, en cualquier área de actividad y en todos los niveles de jerarquía profesional, incluidos los ascensos; el acceso a contratos de empleo o a contratos de prestación de servicios, el nombramiento o elección de oficina, el establecimiento de las condiciones de trabajo, la forma de dar instrucciones, la remuneración, la extinción de la relación laboral o de los contratos de prestación de servicios o la suspensión del mandato; el acceso a todos los tipos y a todos los niveles de orientación profesional, formación y actualización de la formación profesional avanzadas, incluida la experiencia laboral práctica, y la afiliación y participación en cualquier asociación de trabajadores o empleadores, o en otras organizaciones cuyos miembros ejerzan una determinada profesión, incluidos los privilegios derivados de la pertenencia a tales asociaciones.

131.El propósito de la Ley de iglesias y congregaciones es establecer el procedimiento de afiliación a iglesias, congregaciones, asociaciones de congregaciones, monasterios y sociedades religiosas, y la reglamentación de sus actividades con el fin de permitir a todas las personas el ejercicio de la libertad de religión consagrado en la Constitución.

132.Son sociedades religiosas las iglesias, congregaciones, asociaciones de congregaciones y monasterios (art. 2). Se entiende por sociedades religiosas las asociaciones voluntarias de personas físicas o jurídicas entre cuyas actividades figuren las de carácter confesional o ecuménico relativas a la moral, la ética, la educación y la cultura, y las actividades confesionales o ecuménicas diaconales y de rehabilitación social ajenas a las formas tradicionales de ritos religiosos de una iglesia o congregación y no necesariamente vinculadas a una determinada iglesia, asociación de congregaciones o congregación (art. 4 1)).

133.En el artículo 8 de la Ley de iglesias y congregaciones se establecen los derechos del individuo: toda persona tiene el derecho de elegir, profesar y declarar libremente sus creencias religiosas a menos que ello vaya en detrimento del orden público, la salud, la moral o los derechos o las libertades de otras personas. Nadie está obligado a proporcionar información sobre su religión o afiliación a congregaciones, a menos que tenga calidad de sospechoso, acusado, imputado en juicio o víctima en el contexto de una diligencia penal. Toda persona tiene derecho a abandonar una congregación previa notificación de su decisión a la junta de administración respectiva. Toda persona tiene derecho a abandonar un monasterio previa notificación de su decisión al superior del monasterio. El tutor de una persona que haya sido privada de su capacidad legal no tiene derecho a hacer cambiar de religión o afiliación a una congregación a su pupilo. Toda persona tiene derecho a ser sepultada conforme a los ritos de su confesión. A falta de parientes, tutores o curadores, y si consta que un difunto era miembro de una congregación, esta realizará el servicio funeral confesional correspondiente.

134.Quienes se encuentren alojados en instituciones médicas, educativas, de bienestar social o de custodia, y los miembros de las Fuerzas de Defensa tienen el derecho de cumplir ritos religiosos de acuerdo con su fe a menos que ello viole el orden público, la salud, la moral pública, las normas establecidas en estas instituciones o los derechos de terceros que se encuentren alojados o presten servicios en esas instituciones (art. 9 1)). Para celebrar servicios y ritos religiosos en una institución médica, educativa o de bienestar social, una asociación religiosa requiere el permiso del propietario o el director de la institución; en una institución de custodia, el del director de la cárcel; en las Fuerzas de Defensa, el del oficial al mando de la unidad militar; y en la Liga Nacional de Defensa, el permiso del jefe de la unidad (art. 9 2)).

135.Toda persona que haya cumplido los 15 años de edad puede, de forma independiente, convertirse en miembro de una congregación o dejar de serlo cumpliendo el procedimiento señalado en los estatutos respectivos. Un menor de 15 años de edad puede ser miembro de una congregación con el permiso de sus padres o de su tutor (art. 10).

136.En el contexto de la Ley de iglesias y congregaciones, en Estonia hay 9 iglesias, nueve asociaciones de congregaciones, 70 congregaciones individuales y siete monasterios. Las asociaciones religiosas no tienen la obligación de proporcionar al Estado información relativa a sus miembros, ni datos sobre su nacionalidad. Los datos estadísticos relacionados con el número de miembros de iglesias y congregaciones que aparecen en los cuadros siguientes han sido presentados voluntariamente al Departamento de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior en respuesta a sus preguntas.

Cuadro 1

Iglesias

Nombre

Nº de miembros

Congregaciones

Iglesia Ortodoxa de Estonia*

cerca de 25.000

61

Iglesia Luterana Evangélica de Estonia*

cerca de 180.000

164

Iglesia Pentecostal Cristiana de Estonia*

cerca de 4.500

32

Iglesia Episcopal Carismática de Estonia*

300

3

Iglesia Carismática de Hermandad de Estonia

503

3+3**

Iglesia Metodista de Estonia*

1737

24

Iglesia Ortodoxa del Patriarcado de Moscú en Estonia*

cerca de 170.000

30

Iglesia Católica Romana*

cerca de 6.000

9

Nueva Iglesia Apostólica de Estonia

2.217

3+15**

Asociaciones de congregaciones

Nombre

Nº de miembros

Congregaciones

Conferencia Estonia de Iglesias Adventistas del Séptimo Día*

1.711

19

Unión de Congregaciones de Baha’i en Estonia

142

5

Unión de Iglesias Evangélicas Cristianas y Bautistas de Estonia*

5.974

83

Unión de Congregaciones Pentecostales Cristianas Evangélicas de Estonia

cerca de 1.000

3

Unión de Congregaciones Evangélicas y Libres de Estonia

cerca de 1.000

6

Unión de Congregaciones de los Testigos de Jehová de Estonia

4.248

4+51**

Unión de Congregaciones Cristianas Libres de Estonia

cerca de 350

6

Unión de Congregaciones de Viejos Creyentes de Estonia

cerca de 15.000

10+1**

La Casa de Taara y Pueblo de la Madre Tierra de Maavald

4

Congregaciones individuales (no se ha solicitado información a todas las congregaciones del registro)

Nombre

Nº de miembros

Congregaciones

Congregación Estonia de San Gregorio de la Iglesia Apostólica Armenia*

2.030

1+5**

Congregación Budista Estonia “Centro Drikung Kagyu Ratna Shri

34

1

Congregación Estonia del Islam

cerca de 1.400

1

Comunidad Judía Religiosa de Estonia

cerca de 2.500

1

Congregación de la Hermandad Evangélica de Estonia

142

1

Congregación del “Credo de los Cristianos Evangélicos de los Apóstoles” de Tallinn

50

1

Congregación de Conciencia Krishna de Tallinn

cerca de 150

1

Congregación Estonia Nyingma del Budismo Tibetano

menos de 20

1

Congregación de la Iglesia Grecocatólica de Tallinn

318

1

Congregación de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días de Estonia

803

1

* Datos sobre asociaciones religiosas al 1º de enero de 2008; en los demás casos, al 1º de enero de 2007.

** El primer número se refiere a las congregaciones inscritas en el registro que tienen carácter de personas jurídicas, mientras que el segundo número se refiere a las congregaciones que la asociación religiosa no ha deseado inscribir en el registro y que, por consiguiente, no tienen personalidad jurídica.

Cuadro 2

Monasterios y conventos

Nombre

Nº de miembros

Monasterio de la Orden Dominicana en Tallinn

3 monjes

Misioneras del Convento de la Orden de la Caridad en Tallinn

4 monjas

Convento de la Congregación de San Felice da Cantalice en Ahtme

2 monjas

Convento de la Congregación de San Felice da Cantalice en Narva

2 monjas

Convento de la Iglesia Católica Romana de la Inmaculada Concepción de la Santa Virgen María en Tartu

3 monjas

Convento de la Orden de Bridgettine en Pirita

8 monjas

Convento Pühtitsa Dormition Stavropegic en Kuremäe*

174 monjas

* Se refiere a un convento Ortodoxo (dentro de la jurisdicción canónica del Patriarcado de Moscú y todas las Rusias); los demás conventos y monasterios son católicos romanos.

137.Además de los artículos del Código Penal mencionados en el Artículo 4 (arts. 151 y 152), en el Código también se establece la responsabilidad penal por los siguientes actos contra la libertad de religión:

la interferencia en la afiliación religiosa o en las prácticas religiosas de una persona, a menos que esa afiliación o práctica sean perjudiciales para la moral, los derechos o la salud de terceros o quebranten el orden público, se sanciona con una pena pecuniaria o hasta un año de reclusión (artículo 154 del Código Penal);

obligar a una persona a afiliarse o permanecer afiliada a una asociación religiosa o un partido político se sanciona con una pena pecuniaria o con reclusión de hasta un año (artículo 155 del Código Penal).

138.Tras la presentación del anterior informe, el Gobierno enmendó el Reglamento Nº 317 de 9 de octubre de 2001 titulado “Condiciones y procedimientos para la transferencia de las funciones de la oficina de Registro Civil respecto de la celebración de matrimonios a un ministro de una iglesia, congregación o asociación de congregaciones”. Desde 2005 el Ministro de Asuntos Regionales puede conferir el derecho de cumplir las funciones de Registro Civil a un ministro religioso debidamente capacitado. Anteriormente esa potestad pertenecía al Ministro del Interior. También desde 2005, el Ministro de Asuntos Regionales establece el contenido del certificado que confirma la culminación de la capacitación y la afiliación del comité de certificación.

139.La oficina del Registro Civil de la localidad correspondiente a la congregación proporciona orientación a los ministros religiosos sobre las cuestiones relativas a la celebración del matrimonio. El ministro efectúa el registro del matrimonio y expide el certificado de matrimonio a los cónyuges. El ministro envía los documentos del matrimonio inmediatamente o dentro de tres días laborables a la oficina del Registro Civil del lugar donde se encuentre la congregación de los cónyuges y después verifica que el registro de matrimonio cumpla con la legislación correspondiente.

140.En virtud de la Ley de derecho de familia, un ministro de una iglesia, congregación o asociación de congregaciones a quien se haya conferido el derecho de celebrar matrimonios tiene derecho a negarse a celebrar un matrimonio si alguno de los potenciales contrayentes no cumple los requisitos para la celebración del matrimonio propios de la religión profesada por la iglesia, congregación o asociación de congregaciones de que se trate.

Cuadro 3

Matrimonios y divorcios de 2003 a 2007

2003

2004

2005

2006

2007

Matrimonios

5.699

6.009

6.121

6.954

7.022

Divorcios

3.973

4.158

4.054

3.811

3.809

Del número total de matrimonios, los ministros religiosos celebraron 407 matrimonios en 2003, 447 en 2004, 440 en 2005 y 499 en 2006.

viii) El derecho a la libertad de opinión y expresión

141.La libertad de expresión en Estonia está garantizada por el artículo 45 de la Constitución y el derecho a recibir información por el artículo 44.

142.En su decisión de 19 de febrero de 2008 (causa civil Nº 3-2-1-145-07), el Tribunal Supremo explicó que el derecho a exigir que la persona que divulgue una información incorrecta la desmienta o publique una rectificación es una injerencia proporcionada en la libertad de prensa. La libertad de expresión está en contraposición con el derecho individual al honor y al buen nombre de una persona. Conforme a la ley, toda persona puede exigir que quien sea responsable de la publicación de una información inexacta la desmienta o publique una retracción a sus expensas, independientemente de si la publicación de la información fuera ilegal o de que la alegación publicada sea difamatoria para el honor y el buen nombre de la persona. Lo importante es su inexactitud. Con ello se cumple lo dispuesto en la segunda oración del artículo 45 1) de la Constitución, que permite restringir la libertad de expresión por ley para proteger los derechos de terceros, incluido su buen nombre.

143.La libertad de expresión no es absoluta. Existen restricciones, por ejemplo, en virtud de la Ley del estado de excepción y la Ley de defensa nacional en tiempo de guerra. La prohibición de la incitación al odio (artículo 151 del Código Penal) también constituye una restricción de la libertad de expresión.

144.También se restringe la libertad de expresión en relación con los menores. De acuerdo con el artículo 179 del Código Penal, toda persona que entregue, exhiba o a sabiendas ponga a disposición de una persona menor de 14 años de edad obras pornográficas o reproducciones de las mismas; mantenga relaciones sexuales en presencia de esa persona o a sabiendas provoque sexualmente o de otro modo a esa persona, será castigada con una multa o hasta un año de reclusión. Los mismos actos, si son cometidos por una persona jurídica, se sancionan con una multa. Conforme al artículo 180 del Código Penal, toda persona que entregue, exhiba o a sabiendas ponga a disposición obras o reproducciones de obras que promuevan la violencia o la crueldad a una persona menor de 18 años de edad, que mate o torture un animal en presencia de esa persona sin causa justificada o que, a sabiendas, haga presenciar actos de violencia a esa persona de cualquier otra manera, será castigada con una multa o hasta un año de reclusión. Los mismos actos, si son cometidos por una persona jurídica, se sancionan con una multa.

145.El Consejo de la Prensa, creado en 2002 por la Asociación de Periódicos de Estonia, sigue realizando la supervisión de la prensa y ofrece a los lectores la posibilidad de solucionar de manera extrajudicial los conflictos con la prensa. Además de representantes de la prensa, el Consejo de la Prensa también está formado por representantes de otros sectores ajenos al sector de los medios de comunicación y cuenta con diez miembros.

146.El Consejo de la Prensa atiende las quejas de los lectores sobre los contenidos publicados en la prensa. A diferencia de lo que ocurre en los tribunales, maneja las denuncias rápida y gratuitamente. Los periódicos se comprometen a publicar todas las decisiones condenatorias del Consejo de la Prensa, que deben publicarse sin modificaciones ni comentarios editoriales adicionales. Igual compromiso han adquirido la Televisión de Estonia y la Radio de Estonia. Todas las decisiones del Consejo de la Prensa se publican en la página inicial de Internet de la Asociación de Periódicos de Estonia bajo el encabezamiento “Consejo de la Prensa de Estonia”.

Cuadro 4

Estadísticas del Consejo de la Prensa

(al 25 de abril de 2008)

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Quejas

33

32

45

35

24

17

Preguntas telefónicas

239

203

206

293

317

Preguntas por correo

9

34

12

24

28

Decisiones

14

33

34

27

21

13

De ellas:

Absolutorias

6

18

22

16

14

8

Condenatorias

8

15

12

11

7

5

Acuerdos preliminares

1

0

3

0

0

Desistimientos

1

0

1

Sin decisión

3

0

1

Rechazos

4

8

4

3

2

En trámite al final del período

2

5

2

2

4

ix) El derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas

147.La Ley de reuniones públicas regula las reuniones públicas en Estonia, cuyo propósito es garantizar el derecho de reunión de acuerdo con los derechos, libertades y deberes fundamentales y los principios de un estado democrático de derecho. La Ley establece también las restricciones para la organización y celebración de reuniones públicas que sean necesarias para garantizar la seguridad nacional, el orden público, la seguridad del tránsito y la seguridad de los participantes en reuniones y para prevenir la propagación de enfermedades infecciosas.

148.Está prohibido organizar una reunión pública que:

1) esté dirigida contra la independencia y soberanía de la República de Estonia o a un cambio violento del sistema actual de gobierno;

2) incite a infringir por la fuerza la integridad territorial de la República de Estonia;

3) incite al odio, la violencia o la discriminación por motivos de nacionalidad, raza, color, género, idioma, origen, religión, orientación sexual, opinión política o condición financiera o social.

149.Quien organice una reunión pública debe notificar la organización de la reunión al funcionario competente debidamente autorizado de un organismo gubernamental, municipalidad rural u organismo urbano. El funcionario recibe el aviso y facilita de inmediato a la organización una nota de registro del aviso de reunión pública. Si el aviso de reunión pública no se ha presentado conforme a lo exigido por la ley o si simultáneamente y en el mismo lugar o con el mismo recorrido se ha registrado anteriormente otra reunión pública, el funcionario puede denegar el registro del aviso. El funcionario deberá emitir de inmediato una nota de denegación para la organización. Está prohibido celebrar una reunión pública si no se ha registrado el aviso de reunión pública.

150.En el artículo 142 de la Ley de reuniones públicas se establecen las consecuencias del incumplimiento de los requisitos para la realización de reuniones públicas. La organización de una reunión pública infringiendo los requisitos pertinentes, o cuyo anuncio no se haya registrado, o que haya sido prohibida por decisión fundada, se sanciona con una multa de hasta 200 unidades.

151.Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 265 del Código Penal (reunión pública no autorizada), la organización de una reunión pública no autorizada o la incitación a participar en una reunión de ese tipo es sancionable con una multa o una pena de hasta un año de prisión.

Los derechos económicos, sociales y culturales, en particular

i) El derecho al trabajo, a la libre elección de trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, etc.

152.El derecho al trabajo está garantizado en la Constitución, donde se estipula que los ciudadanos estonios tienen derecho a la libre elección de su esfera de actividad, su profesión y su lugar de trabajo. Los ciudadanos de otros Estados y las personas con ciudadanía indeterminada que se encuentran en Estonia tienen el mismo derecho que los ciudadanos estonios, a menos que la ley disponga otra cosa. La prohibición de la discriminación en esferas relacionadas con el trabajo se reglamenta más detalladamente en la Ley de contratos de trabajo, la Ley de servicios y prestaciones del mercado laboral, la Ley de salarios y otras leyes. n el quinto informe de Estonia se ofrece un panorama general de las Leyes mencionadas anteriormente. En la Ley de igualdad de trato que entró en vigor el 1º de enero de 2009 también se regula la igualdad de trato en el empleo.

153.En lo concerniente a la recomendación del Comité, en el párrafo 16 de sus observaciones finales, de que se apliquen plenamente las leyes que prohíben la discriminación en el trabajo y todas las prácticas discriminatorias en el mercado laboral, y que se adopten nuevas medidas para reducir el desempleo, cabe señalar que se proporcionará un resumen de la situación general del mercado laboral, incluida la situación de los no estonios.

154.En 2007, la tasa de empleo en Estonia entre las personas de edades comprendidas entre los 15 y los 64 años era del 69,1% y la tasa de desempleo, del 4,7%. En 2008 habían aumentado hasta el 69,5% y el 5,5%, respectivamente. El aumento de la tasa de desempleo puede explicarse por el efecto de la crisis financiera global sobre el mercado laboral. Sin embargo, el elevado nivel de empleo en todos los grupos de edades sigue siendo un indicador positivo. El empleo óptimo de la población en edad laboral suele verse dificultado por el conocimiento deficiente del idioma estatal. Según una encuesta realizada en 2005, el 42% de los no estonios consideraba que su conocimiento del estonio era bueno o muy bueno. En los últimos años, el conocimiento del estonio entre la población adulta no estonia se ha mantenido estable y ha aumentado entre los jóvenes. Del mismo modo, el desempleo entre los no estonios (6,9% en 2007 y 8,2% en 2008) es superior entre los estonios. Sin embargo, puesto que la tasa de empleo entre los no estonios se encuentra al mismo nivel que la de los estonios, la mayor tasa de desempleo registrada entre los no estonios se debe más bien a su mayor voluntad de registrarse como desempleados. No obstante, con el fin de mejorar la capacidad competitiva de los no estonios, es necesario mejorar sus conocimientos del idioma estonio además de mejorar sus capacidades relacionadas con el empleo. En los próximos años se prevé llevar a cabo formación en idioma estonio, y su integración en la formación profesional, así como programas de intercambio laboral.

155.Como ya se ha mencionado en el párrafo iii del punto d (párr. 110) del artículo 5, se han ampliado las posibilidades de aprender estonio y desde el otoño de 2009 los cursos de idiomas son gratuitos para quienes lo deseen (hasta 400 personas por año).

156.El Ministerio de Asuntos Sociales elabora la política del mercado laboral de Estonia. En la dotación de los servicios del mercado laboral, el Ministerio ha adoptado medidas para prestar especial atención a las regiones con mayor desempleo y dirigirse a los grupos con un mayor riesgo de desempleo.

157.Hasta ahora la política del mercado laboral era aplicada en su mayor parte por la Junta del Mercado Laboral, pero a partir del 1º de mayo de 2009 esta institución ha cesado su actividad y sus funciones son asumidas por el Fondo de Seguro de Desempleo público de Estonia, que garantizará la dotación de todos los servicios y prestaciones a las personas, manteniéndose la red de servicios del condado. Para las personas supondría una situación más clara, puesto que todas las medidas relativas al mercado laboral (tanto activas como pasivas) las proporciona la misma organización.

158.La Junta del Mercado Laboral y su sucesor, el Fondo de Seguro de Desempleo de Estonia, organizan cursos de formación que incluyen el aprendizaje del idioma estonio y formación específica sobre el mercado laboral para mejorar la capacidad competitiva de las minorías nacionales. Las personas desempleadas sin conocimientos de estonio pueden utilizar también otros servicios del mercado laboral: pueden participar en asesoramiento profesional o prácticas laborales, solicitar ayuda para la puesta en marcha de un negocio, participar en instrucción preparatoria para la vida laboral o empleo público, o ser contratadas gracias a sueldos subvencionados a los empleadores; también se proporcionan cuatro tipos concretos de servicios para las personas con discapacidad.

159.Con el fin de detectar los obstáculos para acceder al mercado laboral, se elabora un plan de acción individual de búsqueda de empleo para cada persona desempleada, en cuya elaboración también se analizan los conocimientos de idiomas de la persona y, si se precisan conocimientos de estonio para la especialidad donde se busca el empleo, se remite la persona a un curso de formación de idioma estonio. El Estado también encarga muchos cursos de formación especializados en ruso.

160.Desde enero de 2008, la Junta del Mercado Laboral aplica el programa titulado “Aumento del suministro de mano de obra cualificada 2007-2009”, que también incluye un subprograma independiente para el aprendizaje del estonio debido al gran porcentaje de personas desempleadas que no lo hablan. Junto con los recursos del Fondo Social Europeo, el programa dispone de un total de 25 millones de coronas para cursos de aprendizaje de idiomas. A 2010, el Fondo de Seguro de Desempleo de Estonia seguirá aplicando el nuevo programa de mejora de las actividades.

161.Al mismo tiempo, la falta de conocimientos de estonio no es un factor decisivo en la reducción de la capacidad competitiva en el mercado laboral en todas partes de Estonia. Por ejemplo, en el condado de Ida-Viru, donde los habitantes de habla rusa suponen más del 90% de la población en algunas localidades, el conocimiento del estonio no es un factor determinante en el acceso al mercado laboral. Indudablemente, su conocimiento es importante en todas partes de Estonia y en particular en el sector de servicios. Puesto que las generaciones más jóvenes de estonios ya no hablan tan bien el ruso, y en el sector de servicios es esencial el conocimiento de ambos idiomas, los nativos de habla rusa con conocimientos de estonio se encuentran hasta cierto punto en una situación preferencial en el mercado laboral.

162.El 26 de junio de 2008 entró en vigor el reglamento titulado “Requisitos relativos al conocimiento y uso del idioma estonio por parte de funcionarios públicos, empleados y autónomos”, donde se especifican los niveles de conocimiento del idioma para cada profesión. Los certificados de idiomas entregados antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento siguen siendo válidos y los emitidos antes del 1 de julio de 1999 siguen siendo válidos para las personas actualmente empleadas y para quienes continúen en desempleo. En el caso de exigirse mayores requisitos para un puesto, se dispone de un período de transición hasta el 1º de julio de 2010. La supervisión de los conocimientos del idioma la realiza la Junta de idiomas. La Junta del Mercado Laboral, en sus actividades de intermediación laboral, tiene en cuenta los requisitos del reglamento, aunque la decisión final sobre un solicitante de empleo la toma el empleador. En la medida de lo posible, las vacantes de puestos que requieren conocimientos de estonio se cubren en ocasiones con personas cuyos conocimientos de idioma estonio no alcanzan totalmente el nivel exigido, puesto que posteriormente tienen la posibilidad de mejorar sus conocimientos del idioma durante el desempeño del trabajo real.

163.La Estrategia de integración de Estonia 2008-2013 tiene como objetivo alcanzar en 2013 una situación donde los conocimientos del idioma estonio entre las personas cuya lengua materna no es el estonio hayan mejorado en todos los niveles y se hayan reducido las diferencias de empleo y de ingresos entre los empleados de distintas nacionalidades.

164.Todavía puede verse una distribución clara según el género en el mercado laboral de Estonia. Las mujeres ocupan la mayoría de puestos de la esfera social, la atención sanitaria y la enseñanza. Por el contrario, los hombres predominan en el sector de la construcción, la energía y el transporte. El número de hombres es considerablemente superior en puestos de liderazgo, tales como legisladores, funcionarios de rango superior y directores adjuntos, pero también entre los trabajadores cualificados y artesanos, y operarios de equipos y máquinas. Las mujeres son mayoría entre el personal de servicios y de ventas, funcionarios y especialistas. La distribución de géneros en el mercado laboral influye a su vez sobre las diferencias salariales entre mujeres y hombres. Por ejemplo, la diferencia en el salario medio por hora bruto era del 30,3% en 2007.

165.Comparando la tasa de empleo entre estonios y no estonios, se podía observar que en el grupo de edad comprendido entre 15 y 74 años de edad, la tasa de empleo en 2007 era más elevada entre los hombres no estonios (68,5%) y ligeramente inferior entre los hombres estonios (67%), seguida de las mujeres estonias (59,8%) y las mujeres no estonias (55,7%).

166.En 2008 aumentó el empleo entre los hombres estonios y las mujeres no estonias, mientras que disminuyó entre las mujeres estonias y los hombres no estonios. En el grupo de edad comprendido entre 15 y 74 años, la tasa de empleo en 2008 era la siguiente: hombres estonios, 68,3%; hombres no estonios, 66,9%; mujeres estonias, 59,3%; y mujeres no estonias, 57,3%.

167.Con el fin de reducir la desigualdad de género en el empleo, en 2007-2008 se llevó a cabo el proyecto de hermanamiento entre Estonia y Francia denominado “Igualdad entre hombres y mujeres; el principio y el propósito de compañías eficientes y sostenibles” en el marco del programa de 2006 del Servicio de la Unión Europea para Transiciones. El proyecto tenía por objeto aumentar la conciencia de los empresarios del sector privado acerca de la legislación, las políticas, las medidas y las prácticas recomendadas con la finalidad de promover la igualdad de género en las empresas.

168.Estonia ha planificado sus principales medidas para reducir la desigualdad de género en el empleo y fomentar la igualdad de género en los próximos dos años, dentro del programa de “Promoción de la igualdad de género en 2008-2010”, financiado por el Fondo Social Europeo conforme a lo dispuesto en el Tercer eje prioritario de lograr “una vida laboral prolongada y de buena calidad” en la medida de “Incorporación de la perspectiva de género” establecida en el Programa operativo de desarrollo de los recursos humanos. Las actividades tienen entre sus objetivos sensibilizar a la población acerca de sus derechos y obligaciones, así como crear las condiciones necesarias para reducir las diferencias salariales.

169.Además de lo anterior, entre algunas de las principales actuaciones en el período 2006-2008 se encuentran la prevención y la lucha contra la violencia en las relaciones íntimas y contra la trata de seres humanos.

170.Desde 2006, el Ministerio de Asuntos Sociales está elaborando un plan de desarrollo para prevenir y combatir la violencia en las relaciones íntimas, cuyo objetivo es crear una política coordinada común para impedir y combatir la violencia en las relaciones íntimas en el período 2008-2011 y armonizar las directrices de desarrollo en este ámbito con los objetivos establecidos por la Unión Europea y las Naciones Unidas.

171.La lucha contra la trata de seres humanos se basa en el Plan de desarrollo para combatir la trata de seres humanos en el período 2006-2009, cuya aplicación coordina el Ministerio de Justicia, con el objetivo general de mejorar la lucha contra la trata de seres humanos. En el período 2006-2008 se llevaron a cabo las actividades siguientes: 1) se realizaron varios estudios, entre ellos una encuesta sobre concienciación de los jóvenes, una encuesta sobre los consumidores de servicios sexuales, una encuesta sobre personas que participan en actividades de prostitución, sondeos de opinión, etc.; 2) se celebraron conferencias para informar al público y cursos de formación para especialistas (incluidos trabajadores de albergues, trabajadores sociales, trabajadores especializados en el apoyo a las víctimas y la problemática juvenil, abogados y funcionarios policiales; 3) se organizaron mesas redondas de la red de cooperación nacional; 4) representantes de Estonia participan activamente en proyectos internacionales y en el Grupo de Trabajo contra la Trata de Seres Humanos del Consejo de los Estados del Báltico; 5) se puso en funcionamiento una línea telefónica de asesoramiento para la prevención de la trata de seres humanos; 6) se habilitó un centro de rehabilitación para mujeres que han sufrido trata y mujeres inmersas en actividades de prostitución, así como casas de acogida; y 7) se distribuyó material informativo de forma activa.

172.Además de las actividades relacionadas con la igualdad de género, cabe señalar que 2007 fue el Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades. El objetivo de Estonia para ese año fue aumentar la sensibilización de las minorías y otros grupos de población sobre el derecho a la igualdad de trato, así como recoger información acerca de la existencia del trato desigual. Se centra la atención en el trato desigual por motivos de género, raza, origen étnico, religión o creencias, incapacidad, edad y orientación sexual. Interlocutores y grupos de interés de toda Estonia participaron en la planificación y realización de las actividades a lo largo del año. La conferencia de apertura del año se centró en el trabajo de los defensores de la igualdad de trato y el acto de clausura trató acerca del concepto de la discriminación.

173.En el marco del Año de la Igualdad de Oportunidades se llevaron a cabo varios estudios encargados por el Ministerio de Asuntos Sociales, se celebraron distintos actos, diversas organizaciones pudieron llevar a cabo proyectos menores que incluían actos, seminarios y conferencias, y se publicó material didáctico. Entre los estudios cabe destacar el informe titulado “Situación de las mujeres de las minorías nacionales en el mercado laboral de Estonia” realizado por el Centro PRAXIS de Estudios sobre Políticas, y el informe sobre “Mujeres en las comunidades romaníes de Estonia” realizado por el Centro de Investigación y Desarrollo de la Sociedad Civil del Instituto Estonio de Humanidades de la Universidad de Tallinn. En un estudio aparte se abordaron las actitudes en general en la sociedad y la experiencia de la discriminación, cuya finalidad era averiguar el alcance y la extensión del trato discriminatorio, las experiencias de discriminación sufridas por la población, su concienciación acerca de sus derechos, y las posibilidades de obtener ayuda. El estudio titulado “Trato desigual en razón de las características o posición social de una persona” fue realizado por el Centro de Investigación y Desarrollo de la Sociedad Civil del Instituto Estonio de Humanidades de la Universidad de Tallinn y la compañía responsable del sondeo fue Turu-uuringute AS.

174.En Estonia no se recoge información acerca del nivel salarial de los grupos étnicos. Los datos sobre la nacionalidad étnica de una persona se consideran datos personales confidenciales y se precisa la existencia de una base jurídica para poder recabarlos. Los datos sobre la magnitud de los salarios sólo se recogen por esfera de actividad.

175.En Estonia en su conjunto se han producido avances positivos en el mercado laboral en los últimos años, lo cual también ha influido positivamente en la situación de empleo de los no estonios. Sin embargo, las estadísticas de 2008 están empezando a reflejar los efectos de la crisis financiera. No obstante, respecto del período anterior, las diferencias de desempleo se han reducido considerablemente; si hasta ahora suponían más del doble de forma continuada, en 2007 y 2008 ya eran inferiores.

Cuadro 5

Población activa, personas desempleadas, tasa de empleo y desempleo entre estonios y no estonios en el grupo de edad comprendido entre 15 y 74 años, de 2004 a 2008

2004

2005

2006

2007

2008

Estonios

Población activa (miles)

426,4

433,5

460

459,5

463,3

...desempleados (miles)

27,4

22,9

18,6

16,3

19,3

Tasa de empleo (%)

58,5

58,7

62,8

63,2

63,5

Tasa de desempleo (%)

6,4

5,3

4

3,6

4,2

No estonios

Población activa (miles)

232,8

226,1

226,7

227,9

231,6

...desempleados (miles)

36,3

29,3

21,9

15,7

19,1

Tasa de empleo (%)

53,8

56,3

59,2

61,5

61,8

Tasa de desempleo (%)

15,6

12,9

9,7

6,9

8,2

Fuente: Estadística de Estonia, estudio sobre población activa en Estonia

176.Por un lado, el desarrollo económico acelerado de los últimos años y, por otro, los cursos de reciclaje, la formación complementaria y el asesoramiento de las personas desempleadas, han dado como resultado la reducción del desempleo y el aumento del empleo entre los estonios y no estonios. También se ha producido una rápida evolución positiva en Estonia nororiental, donde la tasa de desempleo ha descendido en un 9% en 2007. Así, la diferencia entre la tasa promedio de desempleo en Estonia y la tasa de desempleo en Estonia nororiental es por primera vez inferior al doble, aunque es considerablemente mayor que en otras regiones y por consiguiente todavía se debe prestar mucha atención al desarrollo en este condado y proporcionar allí los servicios del mercado laboral.

177.La evolución positiva del mercado laboral en los últimos años también se refleja en la situación de empleo de los grupos claves de población según su situación jurídica. También es obvia la influencia de la crisis financiera en el desempleo en 2008. Como elemento positivo, la tasa de empleo de todos los grupos se encuentra regularmente en un nivel alto.

Cuadro 6

Tasa de empleo en el grupo de edad de 15 a 74 años según la ciudadanía

2004

2005

2006

2007

2008

Ciudadanía estonia

Población activa (miles)

519,5

537,2

564,7

568,7

569,5

Desempleados (miles)

37,2

33,6

27,4

22,1

25,9

Tasa de empleo (%)

58,5

59,1

62,3

63,2

63,4

Tasa de desempleo (%)

7,2

6,2

4,9

3,9

4,6

Otra ciudadanía

Población activa (miles)

139,7

122,4

122,1

118,6

125,4

Desempleados (miles)

26,4

18,6

13,1

9,9

12,4

Tasa de empleo (%)

50,7

53

58,5

59,9

60,8

Tasa de desempleo (%)

18,9

15,2

10,7

8,3

9,9

Ciudadanía rusa

Población activa (miles)

43,6

44

44,1

40,7

46

Desempleados (miles)

8,3

7,1

5,5

4

4,2

Tasa de empleo (%)

45

49

53,7

52,4

55,9

Tasa de desempleo (%)

19

16,1

12,6

9,8

9,1

Ciudadanía indeterminada

Población activa (miles)

90,3

72

72

72,6

72,6

Desempleados (miles)

17,1

10,5

6,9

5,9

7,7

Tasa de empleo (%)

54,3

55,5

62,1

65,2

64,1

Tasa de desempleo (%)

18,9

14,6

9,6

8,1

10,6

Fuente:Estadística de Estonia, estudio sobre población activa en Estonia

178.Tanto entre las personas desempleadas estonias como no estonias, el porcentaje de personas que hacen frente a su vida diaria de forma satisfactoria o con algunas dificultades ha aumentado en los últimos años, mientras que en ambos grupos la disminuido la proporción de aquellos que sólo pueden hacer frente con gran dificultad. No obstante, la capacidad de hacer frente de las personas desempleadas estonias y no estonias continúa siendo considerablemente diferente. Entre las primeras, hay bastante más personas que hacen frente de forma satisfactoria que entre estas últimas (22,7% y 9,6% respectivamente). Entre las personas desempleadas no estonias, sigue habiendo bastante más personas que hacen frente sólo con gran dificultad que entre las estonias (56% y 32,4% respectivamente).

Cuadro 7

Personas desempleadas por capacidad para hacer frente

2005

2006

2007

Satisfactoriamente

Estonios

15,6

18

22,7

Otras nacionalidades

4,7

8

9,6

Con alguna dificultad

Estonios

37,8

45,8

44,9

Otras nacionalidades

18,4

26,4

34,5

Con gran dificultad

Estonios

46,6

36,3

32,4

Otras nacionalidades

76,8

65,6

56

Fuente: Estadística de Estonia, estudio sobre población activa en Estonia

ii) El derecho a fundar sindicatos y a sindicarse

179.Las personas tienen derecho a fundar sindicatos libremente, sin autorización previa, y de sindicarse o no. Únicamente los miembros de las fuerzas armadas en servicio activo en las Fuerzas de Defensa no podrán fundar sindicatos ni sindicarse. Los sindicatos tienen derecho a formar federaciones y a adherirse a organizaciones obreras internacionales para representar los derechos e intereses de los obreros.

180.El 13 de diciembre de 2006 se aprobó la Ley de los representantes de los empleados, que también establecía los derechos y obligaciones de los sindicatos y de los encargados de taller, en particular en lo que respecta a su participación en procesos de información a los empleados y consultas con ellos. La Ley fue redactada conjuntamente con las confederaciones de sindicatos de Estonia (EAKL y TALO) y la Confederación de Empleadores de Estonia.

181.Estas confederaciones de sindicatos (EAKL y TALO) también tuvieron un papel relativamente importante en la redacción de la Ley de contratos de trabajo aprobada el 17 de diciembre de 2008.

182.Como ejemplo de la importancia de los sindicatos cabe mencionar el mecanismo de fijación del salario mínimo nacional. Con arreglo a este sistema, el Gobierno ha fijado siempre el salario mínimo anual al nivel previamente acordado entre los interlocutores sociales.

183.Tras la presentación del anterior informe, las confederaciones de sindicatos de Estonia (EAKL y TALO) se han convertido en miembros de pleno derecho tanto de la Confederación Sindical Internacional (CSI) como de la Confederación Europea de Sindicatos.

184.La Ley de sindicatos no impone ninguna condición previa (por ejemplo, edad, género, raza o ciudadanía) para la afiliación de un sindicato, ya sea en lo que respecta a ser miembro ordinario o a ser elegido a cualquier nivel de la representación sindical (incluidos los responsables de las confederaciones).

185.Conforme a la Ley de igualdad de trato, está prohibida la discriminación de las personas por motivos de nacionalidad (origen étnico), raza, color, religión u otras creencias, edad, incapacidad u orientación sexual respecto a la afiliación o participación en una organización de obreros o empleadores, o una organización profesional, incluidas las ventajas proporcionadas por tales organizaciones.

186.No han tenido lugar huelgas dignas de mención durante el período que abarca el informe, aunque se han dado algunos avisos de huelgas.

iii) El derecho a la vivienda

187.La Ley de obligaciones regula los derechos y obligaciones de las partes en un contrato de alquiler, incluido un contrato de alquiler residencial. Una vivienda es un edificio residencial o apartamento que se usa como morada permanente.

188.Con arreglo a la Ley de vivienda, entre las potestades del Gobierno para regular las relaciones de vivienda se incluyen estipular los requisitos de vivienda y establecer normas socialmente justificadas para las viviendas, así como excepciones a las normas.

189.Entre las competencias de los consejos de administración local para regular las relaciones de vivienda en sus territorios administrativos respectivos figuran las siguientes:

1) establecer el procedimiento para el registro de las personas que no son propietarias de una vivienda o que no tienen el derecho de uso de una vivienda, así como de las personas que necesitan ayuda para mejorar sus condiciones de vida; y

2) establecer el procedimiento para la posesión, uso y disposición de viviendas de propiedad municipal, incluidas las normas de mantenimiento y reparación.

190.La Ley de vivienda otorga a los consejos de administración local el derecho a establecer límites de alquiler para las viviendas de propiedad municipal en sus respectivos territorios administrativos. El consejo de administración local modifica los límites de alquiler una vez al año si los precios que influyen en el alquiler han sufrido cambios respecto del límite de alquiler anteriormente fijado.

191.Conforme a la Ley de bienestar social, las autoridades de la administración local están obligadas a proporcionar vivienda a las personas o familias que no puedan obtenerla por sus propios medios y a crear, si es necesario, la oportunidad de alquilar vivienda social. El consejo municipal rural o urbano establece el procedimiento para suministrar y usar vivienda social. Las personas que tienen dificultades para desplazarse, cuidar de sí mismas o comunicarse en la vivienda que ocupan reciben la ayuda de la administración municipal rural o urbana para adaptar su vivienda o para obtener una más adecuada.

192.En el artículo 18 de la Ley de bienestar social se establecen los tipos de instituciones de bienestar social, por ejemplo:

1) albergues: instituciones que facilitan asistencia, apoyo y protección temporal a las personas durante 24 horas;

2) hogares sustitutos: lugares de prestación de hogares sustitutos para niños;

3) hogares para adolescentes: instituciones establecidas para vivienda y rehabilitación de jóvenes de más de 15 años de edad que provengan de hogares sustitutos, escuelas para alumnos con necesidades especiales o residencias educativas, o que hayan quedado sin custodia parental;

4) residencias educativas: instituciones establecidas para dar vivienda, cuidado, desarrollo y educación a niños discapacitados en edad escolar.

193.Las instituciones de bienestar social que prestan servicios las 24 horas son, por lo general, distintas para niños, ancianos, personas con desequilibrios mentales, adultos con discapacidades mentales y otras personas socialmente incapaces.

194.La Ley de igualdad de trato prohíbe la discriminación de las personas por motivos de nacionalidad (origen étnico), raza o color respecto al acceso y suministro de bienes y servicios que están a disposición del público, incluida la vivienda.

iv) El derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales

195.En Estonia, se otorgan prestaciones con arreglo a la legislación nacional a los residentes permanentes de Estonia o a los extranjeros que residen en Estonia en virtud de un permiso de residencia o el derecho de residencia. El pago de prestaciones del seguro social no depende de la ciudadanía, etnia o raza de la persona.

196.También se prohíbe la discriminación por motivos de origen étnico, raza y color respecto a la prestación de servicios de bienestar social, atención sanitaria y seguro social, incluida la concesión de prestaciones sociales.

197.Durante el período que abarca el informe se han efectuado algunas enmiendas a la Ley del seguro de pensión estatal. Hasta 2005, no se pagó ninguna pensión por jubilación anticipada y hasta 2006 no se pagó ninguna pensión del Estado a pensionistas que trabajan. Desde el 7 de enero de 2005, las personas en edad de jubilación que reciben una pensión de jubilación anticipada también tienen derecho a recibir la prestación si trabajan (si un pensionista que trabaja todavía está en edad laboral, no se paga una pensión de jubilación anticipada) y desde el 20 de noviembre de 2006 las personas también tienen derecho a recibir una pensión del Estado mientras están trabajando.

198.Desde el 1º de enero de 2007, las condiciones del seguro de desempleo son más favorables para los empleados. Para que una persona pueda optar a las prestaciones del seguro de desempleo, debe haber trabajado y cotizado las primas de seguro de desempleo durante un año como mínimo y dentro del período de 36 meses anterior al registro como desempleado (anteriormente, 12 meses dentro de un período de 24 meses).

199.El cálculo del período del seguro finaliza y se considera que es cero en la fecha en que se concede una prestación de seguro de desempleo a una persona asegurada. Hasta el 31 de diciembre de 2006, el período del seguro también se considera que empieza a partir de cero al conceder la prestación de desempleo. Cabe destacar que mientras tanto, la cuantía de la prestación de desempleo ha aumentado. La prestación de desempleo era de 14,3 coronas diarias en 2006, y de 32,9 coronas de 2007 a 2009. La prestación de desempleo diaria se establece en los presupuestos del Estado para cada ejercicio presupuestario (artículo 31 1) de la Ley de servicios y prestaciones del mercado laboral).

200.Los principios para conceder y pagar los subsidios familiares del Estado se han mantenido igual, como se describe en el anterior informe. Sin embargo, respecto del período que abarca el informe anterior, se han establecido nuevos subsidios familiares adicionales. Durante el período de abarca el informe, se ha pagado el subsidio a las familias con tres o más hijos y a las familias con trillizos. Este subsidio se pagaba en el último mes de un trimestre al progenitor, tutor o pupilo que hubiera estado criando como mínimo a tres hijos o trillizos con derecho a recibir un subsidio por hijos a cargo. Desde el 1º de julio de 2007 ya no se pagan subsidios trimestrales y el subsidio por hijos a cargo ha aumentado a 900 coronas mensuales a partir del tercer hijo en la familia. El subsidio para el progenitor de una familia con siete o más hijos también ha aumentado a 2.640 coronas en 2007.

201.El subsidio por adopción es un subsidio individual que se paga a los padres adoptivos cuyo hijo adoptivo no es descendiente suyo y que no son padrastros del niño, siempre que no se haya pagado anteriormente un subsidio por nacimiento a la familia en relación con el mismo hijo. En 2006, la cuantía del subsidio por nacimiento y del subsidio por adopción aumentó a 5.000 coronas por cada nacimiento o adopción.

202.Desde el 1º de septiembre de 2007, todos los hijos de edades comprendidas entre 16 y 19 años y que estén cursando estudios de enseñanza secundaria, independientemente de la forma o intensidad de estudio, tienen derecho a un subsidio por hijo a cargo. Anteriormente, en el caso de los hijos que asistían a clases nocturnas o estudiaban en régimen de dedicación parcial, el subsidio familiar solamente se pagaba por indicación médica.

203.Desde 2008, los progenitores que se ocupan solos de un hijo pueden solicitar un subsidio de manutención conforme a la Ley de subsidio de manutención, que se paga durante el proceso judicial de una reclamación de pensión alimenticia si el otro progenitor no cumple con su obligación de manutención durante ese tiempo. Su cuantía máxima es de 4.500 coronas.

204.Respecto del informe anterior, se ha modificado la Ley de subsidios parentales. Desde el 1º de septiembre de 2008, un progenitor tiene derecho a un subsidio parental cuando el hijo ha cumplido 70 días de vida. El período de pago del subsidio parental se ha ampliado en dos ocasiones durante el período que abarca el informe. En 2006, el período de pago se amplió en 90 días y en 2008, en 120 días más. Desde 2008, el subsidio parental se paga hasta los 575 días contados desde el principio de la licencia por embarazo y la licencia por maternidad; si la madre no trabaja, entonces será hasta que el hijo cumpla 18 meses de edad. Cada año ha aumentado la cuantía y el límite máximo del subsidio.

205.Durante el período que abarca el informe, se ha modificado la concesión de la pensión de discapacidad para las personas en edad laboral, a partir de 16 años de edad y hasta la edad de jubilación. Si el grado de gravedad de la discapacidad se ha determinado antes del 1º de octubre de 2008, la cuantía de la pensión es de 260 coronas mensuales en el caso de una discapacidad moderada, 560 coronas mensuales en el caso de una discapacidad grave y 840 coronas mensuales en el caso de una discapacidad profunda. Desde el 1º de octubre de 2008, la pensión de discapacidad para las personas en edad laboral no depende del grado de gravedad de la discapacidad sino que se determina sobre la base de gastos adicionales por un total de entre 260 y 840 coronas. Los gastos adicionales causados por la discapacidad se determinan sobre la base de las necesidades de una persona en edad laboral (por ejemplo, medicinas, transporte, dispositivos médicos, necesidades especiales de ropa y calzado, necesidad de compensar el aumento de los gastos del hogar o los medios de comunicación) y el alcance de sus desórdenes funcionales no remunerados.

206.En 2008 se estableció un nuevo tipo de ayuda para las personas trabajadoras con discapacidad: la prestación por trabajo, que se paga para compensar los gastos adicionales en relación al trabajo como consecuencia de la discapacidad, asciende a un total de 4.000 coronas en un período de tres años.

207.La cuantía de la subvención por defunción ha aumentado respecto del período que abarcaba el informe anterior: era de 2.400 coronas en 2006, 2.600 en 2007 y 3.000 en 2008.

208.Tienen derecho a recibir apoyo a las víctimas todas las personas que se han convertido en víctimas de negligencias o de trato inadecuado, y de violencia física, mental o sexual. Así, toda persona a la que se haya infringido sufrimiento o daño puede recibir apoyo a las víctimas (para más información, véanse los párrafos 298-304 del informe).

209.En el párrafo 17 de sus observaciones finales, el Comité expresó su preocupación por el elevado índice de VIH/SIDA entre las personas pertenecientes a minorías y recomendó tomar más medidas para luchar contra el VIH/SIDA.

210.El 11 de diciembre de 2005, el Gobierno aprobó la estrategia contra el VIH/SIDA 2006-2015 y su plan de acción para 2006-2009, que aborda las siguientes esferas de actividad para detener la propagación de la epidemia de VIH y aliviar sus efectos en la sociedad estonia: prevención entre los distintos grupos a los que va dirigida, pruebas de detección del VIH y orientación; tratamiento y bienestar de las personas con VIH/SIDA; seguimiento y evaluación, y desarrollo de recursos humanos e institucionales.

211.Estonia continúa tomando medidas activas e intensivas contra el VIH. Las regiones con la mayor tasa de infección siguen siendo el condado de Harju y el condado de Ida-Viru, de los que este último tiene un mayor porcentaje de población no estonia y personas con ciudadanía indeterminada. En la actualidad, la infección está centrada en un grupo clave, es decir, Estonia tiene una epidemia concentrada y la mayoría de las personas infectadas son consumidores de drogas inyectables. Se calcula que incluso el 70-80% de personas infectadas por el VIH son drogadictos. En 2007 se detectaron 633 personas infectadas por el VIH y 544 personas en 2008. Las actividades primordiales para detener la propagación de la infección de VIH e impedir una epidemia generalizada se centran en trabajar con los consumidores de drogas inyectables. En la actualidad, el servicio de intercambio de agujas y jeringas funciona en todo el condado de Ida-Viru. Los asesores externos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en su informe sobre el VIH, también destacaron los programas de intercambio de agujas como una medida positiva y, si continúan tomándose medidas similares, existe la esperanza de que se reduzca la epidemia entre los consumidores de drogas inyectables. También se proporcionan pruebas de detección, asesoramiento psicológico, servicios de apoyo y de tratamiento. Asimismo, se está implementando un servicio de gestión de casos. A nivel estatal, cada año se elabora un plan de acción para el año siguiente, donde se revisan atentamente todas las actividades planificadas en relación con los distintos grupos a los que va dirigido.

212.El Gobierno aplica además una estrategia de prevención de la adición a las drogas a nivel nacional en virtud de la cual también se elabora un plan de acción anual que prevé medidas para mejorar los servicios para los drogadictos. Se han llevado a cabo campañas informativas exhaustivas para aumentar la concienciación de la población tanto en la prevención del VIH como de la drogadicción.

213.Los planes de acción para ambas estrategias tienen en cuenta la especial naturaleza de los servicios dirigidos a la población no estonia. Todo el material didáctico e informativo y las campañas de información están en dos idiomas (estonio y ruso). Además, se organizan con eficacia cursos de formación en ruso, tanto para especialistas como para jóvenes. En vista de la situación epidemiológica, también se implementan actividades para las minorías. Las medidas estratégicas se dirigen principalmente a los colectivos afectados, por lo que siempre es importante tener en cuenta la nacionalidad y el contexto cultural de las personas.

v) El derecho a la educación

214.El derecho a recibir educación está garantizado por la Ley de educación, la Ley de centros de atención infantil preescolar, la Ley de enseñanza media elemental y superior, la Ley de escuelas privadas, la Ley de centros de formación profesional, la Ley de centros de educación superior profesional y la Ley de universidades.

215.Todas las personas que residen en Estonia tienen el derecho y la obligación de adquirir el nivel de educación obligatoria. Existe igualdad de oportunidades para obtener educación secundaria, profesional y superior, y recibir educación no académica. Conforme a la Ley de educación, la escolaridad es obligatoria para los niños en edad escolar y se aplica también a los hijos de ciudadanos extranjeros y personas con ciudadanía indeterminada residentes en Estonia.

216.Con arreglo a la Ley de igualdad de trato, una vez determinado el contenido y la organización de la enseñanza, los centros de educación e investigación y otros organismos y personas que organizan la formación deberán tener en cuenta la necesidad de fomentar el principio de igualdad de trato.

217.Además, la Ley de igualdad de trato prohíbe la discriminación de personas por motivos de nacionalidad (origen étnico), raza o color respecto a la educación y al acceso a la orientación profesional, formación profesional, formación y actualización de la formación profesional avanzadas, incluida la experiencia laboral práctica. Al mismo respecto, la Ley también establece la prohibición de la discriminación por motivos de religión u otras creencias, edad, discapacidad u orientación sexual.

218.Conforme a la Ley de igualdad de género, los centros de enseñanza e investigación y las instituciones encargadas de organizar la formación deberán garantizar la igualdad de trato entre el hombre y la mujer en la esfera de la orientación profesional, la educación, el perfeccionamiento profesional y técnico y la actualización de la formación. Los programas de estudio, el material didáctico utilizado y las investigaciones que se lleven a cabo deberán contribuir a eliminar la discriminación entre el hombre y la mujer y promover la igualdad.

219.En virtud de los Reglamentos Nº 31 y 65 del Ministro de Educación e Investigación de 2007, se debe evitar la incitación a prejuicios de género, nacionales, culturales o raciales en los textos e ilustraciones de los libros de texto y demás material didáctico (Nº 31) así como los estereotipos que inciten a prejuicios de género, nacionales, culturales, religiosos o raciales (Nº 65).

220.El marco normativo nacional del sistema educativo estonio permite un grado de libertad considerable en la elección del idioma de aprendizaje. En principio, se puede utilizar cualquier idioma de enseñanza, cuya elección se delega en el responsable del centro o institución de enseñanza. Sin embargo, la ONG Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos ha señalado que en la elección del idioma de enseñanza debería tenerse en cuenta que el uso de un idioma distinto del idioma habitual de instrucción puede suponer una carga financiera considerable para la escuela en cuanto a la traducción de los materiales exigidos por el programa de estudios estatal.

Educación preescolar

221.Conforme a la Ley de centros de atención infantil preescolar (art. 8), la escolarización y la enseñanza en los centros de atención infantil preescolar (niños hasta la edad de siete años) se lleva a cabo en estonio. También se puede realizar en otro idioma si así lo decide el consejo de administración local. En 2007 se utilizaban el estonio, el ruso y el inglés como idiomas de trabajo en los centros de atención infantil de Estonia, mientras que dentro del grupo en cada centro se utiliza un idioma de trabajo. Los centros de atención infantil que tienen el ruso como idioma de trabajo suelen estar situados en ciudades y regiones donde la población de habla rusa constituye más del 40% (condado de Ida-Viru y condado de Harju, incluida Tallinn). De todos los centros de atención infantil, los que tenían el estonio como idioma de trabajo representaban el 79,4%, los que tenían el ruso, el 12,1%, los que tenían el estonio y el ruso, el 8,3% y los que tenían el inglés, el 0,2%.

222.Conforme a la Ley de centros de atención infantil preescolar, en los jardines de infancia se imparte la enseñanza del idioma estonio tanto a los niños cuya lengua materna es el estonio como a los que tienen otra lengua materna. En un centro de atención infantil o uno de sus grupos donde la escolarización y la enseñanza no se realice en estonio, es obligatoria la enseñanza del idioma estonio con arreglo a lo establecido por el programa de estudios marco para la enseñanza preescolar (una clase de 20 minutos de duración como mínimo dos veces a la semana para niños de entre 3 y 7 años de edad).

Cuadro 8

Número de niños en centros de atención infantil preescolar según el idioma de trabajo del centro, de 2005 a 2007

Número de niños y proporción (%)

Idioma de trabajo

2005

2006

2007

Estonio

37.348

70,58

38.297

70,16

38.944

69,38

Ruso

15.546

29,38

16.263

29,79

17.164

30,57

Inglés

19

0,04

22

0,05

22

0,05

Fuente: Estadística de Estonia. Centros de atención infantil preescolar, 1º de enero de 2007.

223.Hay programas de inmersión lingüística en grupos de varios jardines de infancia donde el idioma de trabajo es el ruso. En dichos grupos se utiliza el estonio como idioma de trabajo y sus profesores han recibido formación especial que les permite dar apoyo al desarrollo del idioma estonio de los niños, así como orientar a los padres.

224.El Ministerio de Educación e Investigación ha elaborado un plan de aplicación hasta 2012 del plan de estudios estatal para los centros de atención infantil preescolar. Basándose en el plan de aplicación, se da formación a un gran número de responsables y profesores de jardines de infancia (incluidos profesores de grupos, de idioma estonio, música e interinos) para ayudar a los administradores de los centros de atención infantil a mejorar la planificación y aplicación de los cambios y formar a los profesores en el uso de las metodologías más recientes de apoyo al aprendizaje del idioma estonio por parte de los niños. Los cursos de formación se iniciaron en octubre de 2008, teniendo lugar a lo largo del siguiente año escolar. Se ha recopilado un manual de metodología y diverso material de enseñanza y metodología para el desarrollo de la escolarización y la enseñanza. Los centros de atención infantil también reciben ayuda en la elección y obtención del material didáctico adecuado. Además, se organizan días regionales de información para los líderes de educación y los responsables de los jardines de infancia en los condados. El material de enseñanza y metodología llega a los jardines de infancia el 1º de marzo a lo sumo.

225.Se ha asignado una ayuda a los sueldos de los profesores de estonio como segundo idioma para apoyar la ampliación de la enseñanza del estonio como segundo idioma en los centros de atención infantil preescolar (para niños a partir de tres años de edad) en 2009. La asignación depende del promedio de grupos en centros de asistencia infantil no estonios y del salario mínimo de los profesores, que equivale al salario de los profesores de primaria de la enseñanza básica. Desde 2009, la asignación de la ayuda puede depender del número de niños cuyo idioma de comunicación en el hogar no sea el estonio. Se han previsto seis millones de coronas para dicho concepto en los presupuestos del Estado.

Enseñanza básica

226.Conforme a la Ley de enseñanza media elemental y superior (art. 9), en la enseñanza básica (cursos escolares 1 a 9) el idioma de enseñanza es indistinto. De conformidad con el artículo 9 2) de la Ley, se define el idioma de enseñanza como el idioma en el que se cursa más del 60% de los estudios. El responsable de la escuela decide la opción del idioma de enseñanza teniendo en cuenta las necesidades de la región y los recursos de que se disponen: existencia de profesores, opciones para obtener material didáctico, etc. En las escuelas de enseñanza básica, la educación se puede recibir en estonio, ruso, inglés y finlandés. En el 81% de las escuelas de enseñanza general el idioma de enseñanza es el estonio, en el 14%, el ruso, el 4% de las escuelas tienen secciones con instrucción en estonio o en ruso, y en las restantes escuelas (1%) el idioma de enseñanza es el inglés o el finlandés.

Cuadro 9

Número de escuelas por idioma de enseñanza, de 2002 a 2007

Idioma de enseñanza

2002/2003

2003/2004

2004/2005

2005/2006

2006/2007

Esto nio

414

415

409

404

405

Rus o

85

80

79

75

71

Estoni o y Ruso

20

20

19

21

21

Inglés

1

2

2

Estoni o e Inglés

1

1

1

Estonio y finlandés

1

1

Total

519

515

509

504

501

227.Los conocimientos del idioma estonio son importantes para asegurar la igualdad de oportunidades en la educación y en el mercado laboral para aquellas personas cuya lengua materna no es el estonio. Los programas de inmersión lingüística han demostrado ser una medida eficaz para apoyar el desarrollo de los conocimientos del idioma estonio entre los alumnos de la enseñanza básica. Conforme a la Ley de enseñanza media elemental y superior (art. 9 3)), en una escuela o clase donde la enseñanza no se realice en estonio, el estudio del idioma estonio es obligatorio a partir del primer año escolar. Los programas se inmersión lingüística se implementan en más de una tercera parte de las escuelas que tienen el ruso como idioma de enseñanza (32 escuelas), y participa en ellos un total del 10% de los alumnos de enseñanza básica de las escuelas de habla rusa. Existen dos tipos de inmersión lingüística: inmersión temprana e inmersión tardía. El programa de inmersión temprana (en 14 escuelas) consiste en que en el primer año escolar toda la enseñanza se realiza en estonio, el estudio del ruso se inicia en el segundo año, y en el tercer año se incorpora el primer idioma extranjero, mientras que a partir del cuarto año algunas materias se imparten en estonio y algunas en ruso. En el caso de la inmersión tardía en el idioma (en 20 escuelas), que se inicia a partir del sexto año escolar, en ese año, además del estonio (como materia) se dan cuatro materias más en estonio; en los años séptimo y octavo la enseñanza se imparte en estonio, mientras que también continúa el estudio del idioma ruso y su literatura; y en el noveno año, la proporción de enseñanza en estonio y en ruso es aproximadamente la misma (50:50). El número de alumnos que participan en programas de inmersión lingüística ha aumentado de forma constante. Aunque no ha habido un aumento significativo del número de escuelas que aplican la inmersión lingüística, todas las escuelas que han iniciado el programa siguen aplicándolo y, por tanto, el número de alumnos participantes aumenta. Desde 2005, la clase de inmersión lingüística se distingue como un tipo de clase distinto dentro del Sistema de Información de la Enseñanza del Estonio y desde 2006 el costo de la plaza de un alumno que participa en el programa de inmersión lingüística se calcula basándose en un coeficiente de 1,2.

Figura I

Número de alumnos en las escuelas de enseñanza general que tienen el estonio o el ruso como idioma de enseñanza 2000–2007 (eesti: estonio; vene: ruso)

. Sistema de Información de la Enseñanza del Estonio 2007.

228.Con el fin de contribuir a mantener la identidad nacional de los alumnos, las escuelas, conjuntamente con el Estado y las autoridades locales, aseguran las posibilidades de estudiar la lengua materna y la cultura nacional a los alumnos que reciben enseñanza básica cuya lengua materna no es el idioma de enseñanza en su escuela. Es posible crear un grupo de aprendizaje en un idioma si los padres de al menos diez alumnos con la misma lengua materna han enviado una solicitud por escrito al respecto. En el curso escolar 2007/2008, ucranianos (un grupo), lituanos (un grupo) e italianos (un grupo) estudiaron su lengua materna y su cultura como materia optativa dentro del plan de estudios de la escuela. En el curso escolar 2007/2008, había 77 alumnos de escuelas estonias que habían vivido y estudiado en Estonia durante menos de tres años y cuyo idioma de comunicación en el hogar era distinto del idioma de enseñanza en la escuela. El número total de alumnos cuya lengua materna era distinta del idioma de enseñanza en la escuela era de 5.300 en 2007/2008, de los cuales la mayoría eran alumnos que tenían el ruso como lengua materna o idioma de comunicación en el hogar y que asistían a escuelas o clases donde el idioma de enseñanza era el estonio. Un total de 640 alumnos con lengua materna distinta del ruso asistieron a clases donde el idioma de enseñanza era el ruso.

Enseñanza secundaria

229.Conforme a la Ley de enseñanza media elemental y superior, en la etapa de enseñanza secundaria superior (edades escolares entre 10 y 12) el idioma de enseñanza es el estonio. En la etapa de enseñanza secundaria superior de las escuelas municipales, y en algunas de sus clases en particular, el idioma de enseñanza puede ser cualquiera. El permiso para la enseñanza en otro idioma es otorgado por el Gobierno de la República basándose en la solicitud de un consejo de administración local. La correspondiente propuesta al consejo de administración local proviene de la junta de consejeros de una escuela secundaria superior según el plan de desarrollo de la escuela. En las escuelas privadas, el responsable de la escuela decide la elección del idioma de enseñanza.

230.En otoño de 2007 se inició la conversión a la enseñanza en estonio en las escuelas de enseñanza secundaria superior cuyo idioma de enseñanza era el ruso. En el curso escolar 2007/2008 se inició la enseñanza de literatura estonia en estonio y cada curso se añade una materia más impartida en estonio.

231.En el curso escolar 2008/2009 las escuelas de enseñanza segundaria superior deben impartir en estonio literatura estonia y música o educación cívica, como mínimo.

232.En virtud del reglamento del Gobierno, a partir del curso escolar 2011/2012 las escuelas de enseñanza secundaria superior de Estonia deben garantizar que la enseñanza en estonio se dé por lo menos en un 60% del plan de estudios mínimo obligatorio a los alumnos que accedan al décimo curso escolar. La conversión es flexible: cinco de las materias que se deben impartir en estonio se determinan a nivel nacional y las propias escuelas pueden elegir las materias restantes. El propósito principal de la conversión a la enseñanza en estonio es aumentar la capacidad competitiva de los jóvenes de habla rusa. En las escuelas de enseñanza básica, no es obligatoria la enseñanza de las materias en estonio.

233.En el curso escolar 2008/2009 la enseñanza en estonio se imparte como se indica a continuación:

49 escuelas (el 79%) imparten música además de literatura estonia (en el condado de Ida-Viru, 14 escuelas, el 64%);

30 escuelas (el 48%) imparten educación cívica además de literatura estonia (en el condado de Ida-Viru, 12 escuelas, el 54%);

17 escuelas (el 27%) imparten tanto educación cívica como música (en el condado de Ida-Viru, 4 escuelas, el 18%);

41 escuelas (el 66%), además de las dos materias obligatorias, también imparten otras materias en estonio, por ejemplo, clases de educación física, arte o informática (en el condado de Ida-Viru, 14 escuelas, el 64%).

234.Respecto del curso escolar 2007/2008, diez nuevas escuelas han empezado a impartir más materias en estonio además de las materias obligatorias.

235.En el curso escolar 2008/2009, de modo parecido al curso escolar 2007/2008, el Ministerio de Educación e Investigación continúa contribuyendo con la suma de 70.000 coronas por materia para todas las escuelas cuyo idioma de enseñanza es el ruso si imparten en estonio más materias de las obligatorias. Todas las escuelas han recibido ayudas para la adquisición de material didáctico y equipo para impartir literatura estonia, educación cívica y música.

236.Los profesores de literatura estonia, educación cívica, historia, música y geografía han recibido la formación correspondiente y se ha preparado material didáctico adicional. Continúan los cursos de formación para profesores de música y educación cívica. En 2008/2009, continúa la formación de profesores en la metodología de la enseñanza del segundo idioma, dirigida principalmente a profesores de educación física y arte (estas son las materias que eligen con mayor frecuencia las escuelas para la enseñanza en estonio). Al mismo tiempo, también se ofrecen cursos de formación para profesores de otras materias.

237.Todavía no es posible evaluar la calidad y la eficacia de la enseñanza en estonio en la enseñanza secundaria superior, pero como mínimo una materia se impartió en estonio en dicho nivel de enseñanza en todas las escuelas de habla rusa. Se inició un sistema de orientación para las escuelas cuyo idioma de enseñanza es el ruso, con el fin de proporcionar apoyo metodológico a los profesores que enseñan en estonio y a los subdirectores y, si es necesario, apoyo a los alumnos y a los padres en la obtención de información acerca de la eficacia de la metodología de la enseñanza en el segundo idioma.

238.Según los resultados de la evaluación externa (exámenes estatales), los conocimientos del idioma estonio de quienes terminan la enseñanza básica y de los jóvenes que reciben enseñanza secundaria se han mantenido estables. En 2007, el 67,5% de aquellos que aprobaron el examen final recibieron más de 50 puntos, necesarios para recibir la enseñanza básica. Los resultados del examen estatal en estonio como segundo idioma de quienes terminaron la escuela secundaria superior no difieren significativamente a nivel estadístico de los resultados de los dos años anteriores, aunque siguen siendo distintos según las regiones. Los alumnos continúan obteniendo menores puntuaciones en el condado de Ida-Viru y en el condado de Harju (excepto Tallinn). En 2006, el 79% de los que terminaron la escuela secundaria superior aprobaron el examen de conocimientos del idioma de nivel intermedio y el 78% en 2007, lo que también demuestra que la situación se mantiene estable.

Formación profesional

239.En el curso escolar 2007/2008, había 47 instituciones de formación profesional en Estonia, de las cuales 32 eran de propiedad estatal, tres eran de propiedad municipal y 12 de propiedad privada. Conforme a la Ley de centros de formación profesional (art. 18), el idioma de enseñanza en las escuelas es el estonio, aunque pueden utilizarse otros idiomas de enseñanza. El Ministro de Educación e Investigación decide el uso de otros idiomas. Actualmente, la formación profesional en Estonia se puede recibir en estonio y en ruso. En el curso escolar 2007/2008 sólo había siete centros de formación profesional cuyo idioma de enseñanza era el ruso, un 15% del total, de los cuales uno es un centro de enseñanza estatal o municipal y seis son centros privados. Del total de centros de formación profesional, el 32% tenía como idioma de enseñanza el estonio-ruso, de los cuales 12 son centros de enseñanza estatales o municipales y dos son centros privados. En el período anterior, había 21 centros de formación profesional estatales o municipales y 4 privados donde el idioma de enseñanza era el estonio.

Cuadro 10

Proporción de alumnos en formación profesional por idioma de enseñanza en los cursos escolares de 2005/2006 a 2007/2008

Curso escolar

Idioma de enseñanza estonio

Idioma de enseñanza ruso

2005/2006

67,7

32,3

2006/2007

69,1

30,9

2007/2008

72

28

Ministerio de Educación e Investigación. Indicadores estadísticos claves de la formación profesional, 2007.

240.Conforme a la Ley de centros de formación profesional (art. 13), el plan de estudios de los centros de formación profesional se prepara sobre la base de los requisitos establecidos en la normativa de formación profesional y en el correspondiente plan de estudios estatal. De conformidad con el artículo 22 de la Ley, el estudio del idioma estonio es obligatorio en la escuela secundaria en los centros de formación profesional donde el estonio no es el idioma de enseñanza: con el fin de graduarse en el centro, los aspirantes que reciben enseñanza secundaria profesional deben aprobar el examen estatal en idioma estonio.

241.La duración de los estudios obligatorios de idioma estonio en los centros de formación profesional en los grupos donde el idioma de enseñanza no es el estonio es de cuatro semanas. La estrategia para el desarrollo del idioma estonio para el período 2004-2010 prevé que los graduados de los centros de formación profesional deben ser capaces de comunicarse en estonio dentro de su especialidad y poder trabajar en un entorno de habla estonia, y su nivel de conocimientos del idioma estonio debe ser conforme a los requisitos de capacitación para el puesto que ocupen. Para ello, es necesario elevar la calidad de la enseñanza del idioma y debería prestarse más atención al aprendizaje del idioma de la propia especialidad profesional. Se debe aumentar la cantidad de instrucción en estonio en los centros de formación profesional cuyo idioma de enseñanza es el ruso o cuya enseñanza es bilingüe.

Educación superior

242.De conformidad con la Ley de universidades (art. 22 8)) y la Ley de centros de educación superior profesional (art. 17), el idioma de enseñanza en la educación superior es el estonio. El consejo de una institución de enseñanza superior decide el uso de otros idiomas. Al mismo tiempo, estas dos leyes no definen el concepto de “idioma de enseñanza”. Constituyen una excepción las especialidades de idiomas extranjeros donde el idioma de enseñanza es el idioma objeto del estudio (por ejemplo, en la especialidad de filología inglesa, las materias aparte del inglés también se estudian en inglés). En el curso académico 2007/2008, en Estonia era posible recibir educación superior en estonio, ruso o inglés. En su mayor parte, el idioma de enseñanza es el estonio. En 2007 existían grupos de estudio cuyo idioma de enseñanza es el ruso en 16 de 35 instituciones de enseñanza superior, es decir, casi la mitad. La enseñanza en ruso se impartía con mayor frecuencia en las instituciones de enseñanza técnica superior: en 8 de cada 11. En las ocho instituciones de enseñanza técnica superior propiedad del estado, la enseñanza se da en estonio y en una de ellas se han creado grupos de estudio de habla rusa.

Cuadro 11

Proporción de alumnos en educación superior por niveles de estudios e idioma de enseñanza en el curso académico 2007/2008

Nivel de estudios/idioma de enseñanza

Estonio como idioma de enseñanza (%)

Inglés como idioma de enseñanza (%)

Ruso como idioma de enseñanza (%)

Estudios de bachillerato

89,6

2,6

7,8

Estudios de master

96,8

2,4

0,8

Estudios de doctorado

98,6

1

0,4

Sistema de Información de la Enseñanza del Estonio, 2007.

243.De conformidad con la Ley de universidades y la Ley de centros de educación superior profesional, los alumnos cuyos conocimientos de estonio no son suficientes para completar el programa de estudios en estonio pueden realizar estudios intensivos de idioma estonio. En este caso, su período nominal de escolaridad se amplía en un año académico.

Figura II

Número de alumnos cursando estudios intensivos de idioma estonio en instituciones de enseñanza superior en Estonia en el período 2004–2007 (educación técnica superior; enseñanza superior universitaria)

244.Entre los alumnos que empiezan a recibir educación superior, la proporción de los que recibieron la educación secundaria en estonio o en ruso es la misma. Según los datos de 2007, se graduaron 8.929 alumnos de una escuela secundaria superior de habla estonia (el 73% del total de graduados), de los cuales 5.770 (el 65%) accedieron a una institución de enseñanza superior. El número de alumnos graduados de una escuela secundaria superior de habla rusa fue de 3.258 (el 27%), de los cuales 2.169 (el 67%) continuaron recibiendo educación superior (el 60% en 2005). Entre los graduados de escuelas de habla rusa, el número de los que accedieron a una institución de enseñanza superior ha aumentado en los últimos tres años, y en 2007 excedió en un dos por ciento el número de graduados de escuelas de habla estonia que continuaron recibiendo educación superior.

245.El 52% (es decir, 1.131) de los graduados de escuelas de habla rusa que accedieron a una institución de enseñanza superior en 2007 eligieron el estonio como el idioma de enseñanza en la educación superior. El 34% de los que siguieron recibiendo educación superior en estonio y el 14,4% (es decir, 316 alumnos) de los que siguieron teniendo el ruso como idioma de enseñanza fueron admitidos para una plaza de alumno financiada por los presupuestos del Estado. Así, el 48% de los graduados de las escuelas de habla rusa fueron admitidos para una plaza de alumno financiada por el Estado (el indicador fue el mismo en 2006). El 46% (1.008) de los graduados siguieron recibiendo educación superior en ruso. De los graduados de la escuela secundaria superior de habla estonia, el 55% fueron admitidos para una plaza de alumno financiada por el Estado. El 3% de los graduados de la escuela secundaria superior siguieron recibiendo educación superior en inglés.

246.Desde 2006, además del plan de estudios de la especialidad elegida, todos los alumnos pueden estudiar también estonio en distinta medida y durante diversos períodos, mientras que anteriormente sólo podían recibir tal ayuda aquellos alumnos cuya puntuación en el examen estatal de idioma estonio había sido inferior a 60 puntos.

Escuelas extracurriculares

247.En la Ley de escuelas de aficiones que entró en vigor en septiembre de 2007 se establece una definición de escuela de aficiones (art. 3) como un centro educativo que opera en la esfera del trabajo juvenil y ofrece la oportunidad de adquirir educación no académica para el diverso desarrollo de la personalidad, incluidos el idioma y la cultura propios, en distintos ámbitos de la educación no académica. De conformidad con la Ley de escuelas de aficiones, en otoño de 2007 el Ministro de Educación e Investigación aprobó una orden sobre los principios de financiación básica de las escuelas extracurriculares, en virtud de la cual se financiaron 12 de ellas con 178 alumnos de distintas nacionalidades en el curso escolar 2007/2008. El objetivo de dicha financiación es facilitar a las minorías étnicas el estudio de su lengua materna y su cultura. En 2007/2008 se financiaron escuelas extracurriculares armenias, azerbaijanas, daguestaníes, judías, turcas, ucranianas, uzbekas y rusas.

248.La financiación del presupuesto estatal también continúa asignándose a proyectos de aprendizaje de idiomas extracurriculares en la forma de los modelos de estudio en familias y campamentos mencionados en el informe anterior. Los proyectos están destinados a jóvenes cuya lengua materna es el estonio u otra lengua materna (por regla general participan niños que hablan ambos idiomas, puesto que además del aprendizaje del idioma también se fomenta el establecimiento de contactos entre jóvenes con distintas lenguas maternas) y la asistencia es de 1.200 jóvenes aproximadamente.

249.El Comité, en el párrafo 18 de sus observaciones finales, expresó su preocupación acerca de la reducida proporción de niños romaníes que asisten a la escuela y recomendaba redoblar los esfuerzos para poner fin al bajo nivel de asistencia a la escuela de los niños pertenecientes a esa comunidad. Conjuntamente con la Asociación Romaní del Norte de Estonia, el Ministerio de Educación e Investigación ha planificado diversas actividades para mejorar las oportunidades educativas de los niños romaníes. Es importante llevar a cabo un estudio para conocer el número real de niños pertenecientes a la comunidad romaní, puesto que los datos actuales son bastante controvertidos: según la comunidad romaní hay 300 niños romaníes en las escuelas estonias, mientras que según la información del Ministerio de Educación e Investigación sólo son 100. A partir de este curso escolar, el Sistema de Información de la Enseñanza del Estonio distingue la comunidad romaní como un grupo étnico, lo que debería contribuir a asegurar la disponibilidad de información más adecuada acerca de los niños romaníes en el futuro. A la vez se está realizando una película que representa la vida diaria de la comunidad romaní tomando como ejemplo una gran familia romaní y también describe las necesidades y oportunidades educativas de los romaníes. El objetivo de la película es aumentar la tolerancia y acabar con los prejuicios sobre la comunidad romaní.

Educación en materia de derechos humanos

250.El plan de estudios estatal se encuentra actualmente en fase de desarrollo. El 12 de enero de 2009, el borrador del documento de trabajo de los programas de enseñanza básica, incluido el programa de educación cívica, se publicó en el sitio web www.oppekava.ee. Dicho plan establece que la educación cívica debería ayudar a los alumnos a convertirse en miembros realizados de la sociedad, considerados hacia los demás y competentes socialmente. Uno de los objetivos de la educación cívica es el desarrollo de principios democráticos como la justicia, la igualdad, la responsabilidad, la libertad, la diversidad y la tolerancia.

251.El tema de la discriminación se aborda en las materias de enseñanza cívica y humanidades de las escuelas de enseñanza general. Estos temas también se incluyen en el material didáctico pertinente. Se ha creado más material didáctico sobre la tolerancia en el entorno de aprendizaje virtual MIKSIKE (www.miksike.ee). Se ha recopilado e impreso, en estonio y ruso, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y sus observaciones. En el material didáctico enviado a las escuelas también se incluye la Convención sobre los Derechos del Niño y la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

252.En 2006 y 2007, el Instituto de Derechos Humanos organizó seminarios y actos informativos en el condado de Ida-Viru y en Tallinn sobre las directivas de la Unión Europea 2000/43/CE y 2000/78/CE. Entre los participantes también había estudiantes.

253.En 2008 se celebraron dos seminarios de formación de tres días para profesores de educación cívica, con una asistencia de 90 profesores. El material didáctico está disponible en la página inicial de la Asociación de Profesores de Historia de Estonia en www.eas.edu.ee.

254.La Asociación de Profesores de Historia de Estonia participó en un proyecto internacional de educación en materia de derechos humanos en 2007 y 2008. En el marco del proyecto, el 2 de febrero de 2008 se celebró un seminario donde los participantes respondieron al cuestionario EUROCLIO sobre educación en materia de derechos humanos y debatieron acerca de las posibilidades de mejora del tratamiento del tema en las escuelas de enseñanza general. El objetivo del proyecto era compartir experiencias de enseñanza de los derechos humanos en los países participantes. Estonia contribuyó enviando un capítulo de la compilación titulada “El individuo y la sociedad”, que fue altamente valorado por el comité que evaluaba el material didáctico.

255.En 2008 se tradujo al estonio material metodológico sobre derecho humanitario. También tuvo lugar un seminario pertinente y la prueba del material en las escuelas. El trabajo al respecto sigue realizándose.

vi) El derecho a participar, en condiciones de igualdad, en actividades culturales

256.El derecho a participar, en condiciones de igualdad, en las actividades culturales se trata más detalladamente en el apartado del informe dedicado al artículo 7.

El derecho de acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público, tales como los medios de transporte, hoteles, restaurantes, cafés, espectáculos y parques

257.Estos derechos se describen en detalle en el quinto informe de Estonia. Cabe añadir que la Ley de igualdad de trato que entró en vigor el 1º de enero de 2009 prohíbe la discriminación de las personas por motivos de nacionalidad (origen étnico), raza o color respecto al acceso y suministro de bienes y servicios que están a disposición del público, incluida la vivienda.

Artículo 6

258.De conformidad con la Constitución, toda persona cuyos derechos y libertades sean violados tiene derecho a recurrir ante los tribunales. Todas las personas tienen también derecho a indemnización por daños morales y materiales causados por los actos ilícitos de cualquier persona. La justicia será administrada únicamente por los tribunales, que serán independientes en sus actividades y administrarán la justicia de conformidad con la Constitución y las leyes.

259.Las bases jurídicas de la organización de los tribunales y del servicio de tribunales se establecen en la Ley de tribunales aprobada el 19 de junio de 2002.

260.El sistema de tribunales estonio está formado por cuatro tribunales de condado, dos tribunales administrativos, tres tribunales de apelación y el Tribunal Supremo. Los tribunales de condado y los tribunales administrativos son de primera instancia, los tribunales de apelación son de segunda instancia y el Tribunal Supremo de Tartu realiza las funciones tanto de tribunal de casación como de tribunal constitucional.

261.Los juzgados correspondientes a la estructura de los cuatro tribunales de condado (Harju, Pärnu, Tartu y Viru) se encuentran en cada centro municipal (en el condado de Ida-Viru y en el condado de Harju hay tres juzgados). Los dos tribunales administrativos (Tallinn y Tartu) comprenden cuatro juzgados en total: Tallinn, Tartu, Pärnu y Jõhvi. Los tres tribunales de apelación se encuentran en Tallinn, Tartu y Jõhvi.

262.El Comité, en sus observaciones finales, expresó su preocupación por el hecho de que se ha enjuiciado y sancionado a muy pocos autores de actos de discriminación racial. El Comité recomendó que el Estado Parte introduzca las disposiciones pertinentes en la legislación nacional e informe al público acerca de todos los recursos legales de que dispone en la esfera de la discriminación racial (recomendación Nº 19).

263.El Código Penal establece la responsabilidad por incitación al odio (incluidos los motivos de raza o color), violación de la igualdad (incluidos los motivos de raza o color) y la discriminación basada en riesgos genéticos (arts. 151-153), así como el trato ilícito de reclusos o personas encarceladas o detenidas, incluida la discriminación (art. 324). Así, Estonia dispone del marco legal pertinente, que prevé las disposiciones aplicables en los casos de discriminación racial. El hecho de que no se hayan archivado reclamaciones sobre discriminación racial puede deberse en su mayor parte a que Estonia es un país relativamente homogéneo respecto de muchos otros. No es posible presentar información sobre la proporción de representantes de distintas razas entre la población estonia, puesto que el Estado no recoge datos sobre el origen racial de los habitantes.

264.Desde principios de 2005 hasta finales de la primera mitad de 2008 se registró un delito penal contra la igualdad en 2006 (art. 151 del Código Penal, incitación al odio). En 2005 se condenó a una persona con arreglo al artículo 151 del Código Penal y en el mismo año una persona fue absuelta de acusaciones en virtud del mismo artículo. En 2006, no se iniciaron diligencias con respecto a dos notificaciones de delito penal debido a la ausencia de elementos de delito. En 2007, no se recibieron notificaciones relevantes de delito penal y en la primera mitad de 2008 no se iniciaron diligencias con respecto a dos notificaciones de delito penal debido a la ausencia de elementos de delito.

265.De los años anteriores, está pendiente una causa de conformidad con el artículo 151 del Código Penal en el Tribunal de Apelación de Viru y una en el Tribunal Supremo. El Tribunal de Apelación de Viru está resolviendo una causa en la que se acusa a una persona de haber publicado en un portal de Internet un llamamiento público de incitación a la violencia y al odio en relación con la nacionalidad judía. El Tribunal Supremo está resolviendo una causa de incitación al odio social en la que la persona fue absuelta por el tribunal de primera instancia debido a la ausencia de elementos de delito. Sin embargo, el Tribunal de Apelación declaró culpable a la persona e impuso una pena pecuniaria de 32.000 coronas.

266.En lo concerniente al párrafo 19 de las observaciones finales del Comité, cabe afirmar que Estonia posee la legislación pertinente, así como la voluntad de las autoridades de ocuparse de las reclamaciones por discriminación. La población estonia es muy consciente de la existencia de soluciones legales; organizaciones no gubernamentales, representantes de minorías nacionales y ciudadanos corrientes a menudo han recabado la atención de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley hacia los casos que se producen en los medios de comunicación o en los espacios públicos (comentarios en Internet, artículos o graffiti) dado que habían detectado incitación al odio nacional, racial o religioso. Si una valoración experta independiente confirma la existencia de incitación al odio nacional o racial en alguno de dichos casos, se llevan a cabo las actuaciones pertinentes.

267.El Ministerio de Justicia ha realizado los siguientes estudios:

Tratamiento de la raza y el racismo en los medios de comunicación, en los periódicos nacionales de Estonia en el período 1996-2006; Triin Vihalemm, 15 de octubre de 2007;

http://www.just.ee/orb.aw/class=file/action=preview/id=31421/Millist+maailmapilti+konstrueerib+Eesti+trykimeedia.ppt

Estudio de la sensibilización de los habitantes de Estonia sobre cuestiones jurídicas, 2007; http://www.just.ee/orb.aw/class=file/action=preview/id=30815/Eesti+elanike+%F5 igusteadlikkuse+uuring.pdf

El objetivo del estudio era averiguar la sensibilización de los ciudadanos estonios sobre derechos fundamentales. Los resultados mostraron que entre los encuestados existe un grupo bien diferenciado cuya sensibilización sobre cuestiones jurídicas es menor, a saber, entre las personas mayores con una educación inferior al promedio que viven en asentamientos pequeños y a menudo en casas pequeñas o solas. Más de la tercera parte de estas personas son pensionistas y aproximadamente un tercio son empleados del sector privado. Se trata aparentemente de personas que no están tan bien integradas en la sociedad, no participan activamente en la vida diaria de la comunidad y no tienen relaciones sociales a través de compañeros de trabajo, la escuela o la familia.

Estudio “Racismo y xenofobia en Estonia”; Ministerio de Justicia, 2007;

http://www.just.ee/orb.aw/class=file/action=preview/id=31425/Uuringuprojekt+Rassism+ja+ksenofoobia+Eestis+memo.doc

El objetivo del estudio era evaluar la actitud de la población estonia con las personas de distinto contexto cultural, racial o religioso que viven en Estonia y valorar los riesgos de delitos motivados por el odio. Del análisis se desprende que el sentimiento de seguridad cultural y general depende primordialmente del idioma, la educación y la edad de los encuestados. Otro factor importante que afecta a las actitudes de las personas hacia otras culturas y la inmigración está relacionado con la frecuencia de los contactos con personas de otra nacionalidad o raza.

268.En 2007 se llevó a cabo un completo estudio sobre trato desigual en Estonia, titulado “Trato desigual en razón de las características o posición social de una persona: actitudes, experiencias y sensibilización de la población”, con el objetivo de era conocer las opiniones y experiencias de los habitantes de Estonia sobre la discriminación, así como sus actitudes y disposición a tomar medidas cuando se ven expuestos a casos de discriminación. El estudio está basado en la encuesta de población realizada en mayo y junio de 2007 en la que participaron 1.208 encuestados, quienes señalaron que la discriminación se producía con mayor frecuencia en la vida laboral y en la esfera de los servicios. Entre los posibles motivos de discriminación, se mencionaron con mayor frecuencia la nacionalidad y la edad, seguidas de los contactos (o su ausencia), la situación financiera, el conocimiento insuficiente del idioma estatal y la discapacidad o un problema de salud de larga duración. El género, la orientación sexual, el origen racial y la religión en muy raras ocasiones se consideraron motivos de trato desigual.

269.En otoño de 2008, investigadores de las Universidades de Tallinn y Tartu presentaron el estudio titulado “Seguimiento de la integración de la sociedad estonia 2008” realizado en abril de 2008, cuyos resultados mostraron que habían mejorado los indicadores de la integración estructural de la sociedad estonia (conocimiento del idioma estonio, porcentaje de ciudadanos estonios entre la población e indicadores socioeconómicos). Sin embargo, algunos indicadores que caracterizaban las actitudes de la población habían empeorado. La integración por la vía de la mentalidad se está convirtiendo en una cuestión fundamental para mantener la seguridad interna y externa. El estudio mostraba que para los estonios la cuestión de los requisitos del idioma y la ciudadanía es primordial, mientras que la población de habla rusa da más importancia a los objetivos sociales y el diálogo mutuo.

270.Se han implementado varios proyectos de integración con la ayuda de financiación externa. Por ejemplo, el proyecto del Servicio de la Unión Europea para Transiciones titulado “Reducción del número de personas con ciudadanía indeterminada” finalizó el 31 de diciembre de 2008 y el proyecto titulado “Apoyo a la implementación del Programa de integración estatal y desarrollo de capacidades para las instituciones relacionadas con la integración“ finaliza a principios de 2009.

271.En 2008 el Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos llevó a cabo el proyecto denominado “Aumento de la influencia de la sociedad civil en la política y ayuda a las víctimas de violación de los derechos humanos fundamentales”, financiado por la Comisión Europea. En el marco del proyecto se llevaron a cabo las actividades siguientes: prestación de asistencia jurídica e información a través de una línea telefónica de asesoramiento a las personas cuyos derechos han sido violados, en particular en los casos de trato desigual; análisis de la legislación sobre trato igualitario; apoyo y formación de las organizaciones no gubernamentales que acatan el principio de igualdad; y trabajo con los medios de comunicación. Los días 18 y 19 de abril 2009 se organizó un seminario de formación para las ONG que participan en la lucha contra la intolerancia y la discriminación. Las conclusiones del proyecto se presentaron en un seminario internacional en Tallinn el 21 de noviembre de 2008.

272.Desde el 1º de enero de 2008, el Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos ofrece una línea telefónica de asesoramiento que funciona seis días a la semana, cuyas llamadas son atendidas por dos abogados. En 2008 se recibieron aproximadamente 500 llamadas: el 5-10% de las consultas estaban relacionadas con la discriminación y el 10-15% con otras violaciones de derechos fundamentales. El resto de las llamadas tenían que ver principalmente con cuestiones de legislación laboral y derechos de pensión. El caso investigado por el Canciller de Justicia que se describe en el párrafo 291 del informe también se inicia a partir de una reclamación recibida en la línea telefónica de asesoramiento del Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos.

El derecho a recurrir a otras instituciones

273.En los párrafos 191 a 201 de los informes sexto y séptimo de Estonia se describen detalladamente las actividades de la institución del Canciller de Justicia.

274.El Canciller de Justicia no recopila estadísticas independientes sobre solicitudes referidas a una posible discriminación. La cuestión puede surgir en el marco de las actividades de revisión constitucional del Canciller, su función de defensor del pueblo o durante los actos de conciliación en el contexto de múltiples circunstancias. La violación del principio de igualdad de trato es a menudo uno de los argumentos adicionales que figura en la solicitud y, por consiguiente, resultaría difícil reunir estadísticas independientes sobre la cuestión. El Canciller de Justicia rara vez ha recibido solicitudes que tratasen directamente de la cuestión de la discriminación racial.

275.En la siguiente parte se aportan ejemplos de solicitudes en cuyo caso el Canciller de Justicia concluyó que el principio de igualdad de trato había sido violado.

276.En 2007 se dirigieron al Canciller de Justicia unos habitantes de Narva que consideraban que habían sido tratados de forma discriminatoria en el proceso de determinación del precio de traspaso de unos apartamentos municipales. A raíz de su análisis, el Canciller concluyó que el Ayuntamiento de Narva y la administración municipal de Narva habían violado el principio de igualdad de trato al permitir a dos residentes la adquisición de un apartamento municipal a un precio considerablemente inferior al ofrecido a los solicitantes. El Canciller concluyó que a la vista del objetivo y la esencia del uso y disposición de las viviendas propiedad de la autoridad municipal, tanto los solicitantes como las personas que habían recibido trato de favor debían ser consideradas sujetos en igualdad de condiciones que debían ser tratados por igual. El Canciller consideró que no existía motivo alguno para tratar a dos personas de forma más favorable en el proceso de privatización de viviendas.

277.En 2007 también surgió la cuestión de la igualdad de trato en un caso donde los responsables de dos campamentos infantiles rehusaron aceptar niños de un hogar infantil. En este caso, el Canciller de Justicia inició actuaciones por propia iniciativa y halló que los criterios de admisión de los niños en el campamento, en virtud de los cuales no fueron admitidos los niños de los hogares infantiles, no eran conformes a los requisitos establecidos por la ley. Los responsables de los campamentos rehusaron aceptar a los niños de los hogares infantiles, no porque esos niños en particular hubieran causado problemas en los campamentos en años anteriores, sino debido a una apreciación global de que tales niños suelen ser problemáticos. El Canciller solicitó a los responsables de los campamentos que depusieran inmediatamente su actitud discriminatoria hacia los niños de los hogares infantiles en sus procedimientos de admisión y empezaran a aplicar las mismas condiciones para todos. Los responsables de ambos campamentos notificaron al Canciller que habían informado al hogar infantil pertinente sobre las posibilidades de enviar niños al campamento de verano.

278.El 19 de septiembre 2008 se celebró un debate en la Oficina del Canciller sobre la posibilidad de establecer un plan para determinar el principio de igualdad de trato y el enfoque del Canciller para la resolución de diversos casos.

279.El 11 de febrero de 2007, asesores del Canciller de Justicia realizaron una visita formativa al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde se familiarizaron con el planteamiento del Tribunal en la determinación del cumplimiento del principio de igualdad de trato.

280.En 2007 el Canciller de Justicia trató el aspecto de la igualdad de trato dentro de la investigación de sesenta casos (23 casos en 2006), entre ellos cinco solicitudes para iniciar actos de conciliación.

281.Los actos de conciliación se basan en la idea de que debería ser relativamente sencillo para cualquier persona ponerse en contacto con el Canciller de Justicia y que, debido a la discreción de las actuaciones del Canciller, se garantizan los derechos e intereses de los solicitantes durante las diligencias, cuyo resultado no es el castigo. Como intermediario, el Canciller escucha a las dos partes, determina los hechos e intenta la conciliación entre ambas. Toda la información relacionada con los actos de conciliación solamente se revela de forma que no permita la identificación de las partes en las diligencias. El objetivo de la conciliación voluntaria es acercar a las partes en conflicto y alentarlas a cambiar de postura para encontrar una solución común. El papel del Canciller es proponer soluciones.

282.En 2007 no tuvo lugar en la Oficina del Canciller de Justicia ningún acto de conciliación que acabara en acuerdo. Como se ha explicado anteriormente, el Canciller sólo recibió cinco solicitudes para iniciar actos de conciliación. Cabe aportar algunos ejemplos.

283.En un caso, un solicitante masculino era de la opinión que la venta de entradas a distintos precios a hombres y mujeres en los clubes nocturnos era contraria al principio de igualdad de trato y solicitó al Canciller que iniciara las diligencias de conciliación. El Canciller llegó a la conclusión de que el acto de conciliación no era la solución más eficaz en este caso, puesto que dichos actos son voluntarios y debe existir el consentimiento previo a participar en las diligencias por parte del individuo o la institución que supuestamente ha violado los derechos del solicitante. El Canciller aconsejó al solicitante que se pusiera en contacto con el Comisionado sobre igualdad de género.

284.En otro caso, el solicitante reclamaba que había sido discriminado por motivos de nacionalidad. El solicitante había solicitado ser incluido en el comité de auditoría interna de una asociación de apartamentos, pero el organizador de la reunión general de la asociación había rechazado la solicitud y rehusado someterla a votación porque era de la opinión que el solicitante no sabía hablar estonio. No se iniciaron diligencias, puesto que el solicitante no reaccionó a las reiteradas propuestas del Canciller de participar en un acto de conciliación.

285.Otro caso estaba relacionado con el trato desigual basado en el género y una posible discriminación contra una mujer con niños pequeños. El proceso de la petición se veía limitado por el hecho de que el plazo para recurrir al Canciller de Justicia es de cuatro meses a partir de la fecha en que la persona fue consciente o debería haber sido consciente de la supuesta discriminación. Cuando se envío la solicitud, al Canciller ya no le competía atenderla. Se remitió la solicitud, para su revisión y dictamen, al Comisionado para la igualdad de género, entre cuyas competencias se incluye la supervisión del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de igualdad de género.

286.La ONG Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos había señalado que las actividades del Canciller de Justicia con respecto al trato desigual habían sido ineficaces debido a que el Canciller había llevado a cabo pocas diligencias relacionadas con la discriminación étnica o racial. También resulta problemático que los actos de conciliación del Canciller sean voluntarios para la persona presuntamente responsable de la discriminación.

287.En 2008 el Canciller de Justicia recibió 52 solicitudes con respecto al principio de igualdad de trato, entre ellas tres solicitudes para realizar actos de conciliación. En dos de los casos las diligencias finalizaron debido al desacuerdo del demandado con las mismas; una de las solicitudes todavía está pendiente.

288.Una de las solicitudes estaba relacionada con una supuesta hostilidad racial contra una persona debido a su origen étnico, por parte de un miembro de la junta de una asociación de apartamentos. El solicitante señaló que el demandado había publicado reiteradamente en el tablón de anuncios de la asociación de apartamentos anuncios dirigidos al solicitante que incluían su nombre, ciudadanía, número de apartamento y acusaciones sin fundamento; el demandado abusó de su poder permitiendo actividades ilícitas en el edificio y cumplió con sus obligaciones de forma deficiente, no siendo capaz de realizar trabajos básicos de mantenimiento. En este caso el demandado no respondió al Canciller, que en consecuencia tuvo que dar por finalizado el acto de conciliación.

289.Otra solicitud tenía que ver con un supuesto trato desigual en una relación de empleo con respecto al pago de una prima. El empleador pagaba una prima a los empleados por ahorrar combustible. El solicitante no recibió la bonificación y opinaba que el empleador le había discriminado en el pago de la remuneración. También en este caso el demandado no respondió al Canciller y por consiguiente se dio por finalizado el acto de conciliación.

290.La tercera solicitud correspondía a la supuesta discriminación de un solicitante en la prestación de servicios, debido a sus convicciones políticas. El solicitante deseaba publicar dos anuncios en el canal local de televisión por cable pero el demandado rehusó hacerlo alegando que los anuncios tenían un contenido político. El solicitante opinaba que la negativa a publicar los anuncios se había debido a sus convicciones políticas. El demandado accedió al acto de conciliación y la solicitud está pendiente actualmente.

291.En 2008 el Canciller de Justicia también recibió algunas solicitudes acerca de la conformidad de la legislación con la Constitución, o de las actividades de una autoridad pública relacionadas con un supuesto trato desigual por motivos de nacionalidad o raza. En uno de los casos, el Canciller detectó un conflicto entre una ley y la prohibición por motivos de nacionalidad establecida en la segunda oración del artículo 12 1) de la Constitución.

292.El Canciller de Justicia llevó a cabo las diligencias basándose en la información para verificar el cumplimiento del reglamento Nº 6 de 29 de septiembre de 2003 de la administración municipal de Paldiski, “Procedimiento de admisión y exclusión del jardín de infancia Naerulind de Paldiski”, párrafo 2, primera oración, con el artículo 12 1) de la Constitución y la directiva del Consejo de la Unión Europea 2000/43/CE. Con arreglo al procedimiento, los niños que aún no están en edad escolar, con residencia permanente en el territorio administrativo de Paldiski y que hablan estonio, si la residencia del niño y su progenitor es Paldiski según el censo de población, son admitidos en el jardín de infancia. En el caso de haber vacantes, también se pueden admitir niños de habla rusa o de otros idiomas. Así, para la admisión en el jardín de infancia los niños eran discriminados dependiendo de si hablaban estonio u otro idioma. El Canciller se puso en contacto con la administración municipal de Paldiski para averiguar los motivos del trato desigual. La administración municipal de Paldiski reconoció las consideraciones del Canciller y modificó el procedimiento eliminando las limitaciones con respecto a la preferencia de los niños según su idioma. Teniendo en cuenta que la administración municipal de Paldiski ajustó las disposiciones pertinentes al cumplimiento de la Constitución, el Canciller dio por finalizadas las diligencias.

293.El propósito de la Ley del Canciller de Justicia es garantizar de forma sencilla, rápida y eficaz la protección de los derechos de las personas que hayan sido víctimas de discriminación. La propia valoración de una persona en los casos de discriminación puede ser subjetiva, por eso en sus actos de conciliación el Canciller propone soluciones que tienen en cuenta al máximo los derechos de la víctima. En la búsqueda de soluciones, es necesario descartar situaciones donde una persona renuncia a proteger sus derechos porque las diligencias en las que debería tomar parte son excesivamente complicadas.

294.En el caso de violaciones del derecho fundamental a la igualdad, el Canciller puede realizar una propuesta o una recomendación al Riigikogu, un organismo estatal, u otro representante de la autoridad pública (por ejemplo, una recomendación para tomar una nueva decisión o disculparse al solicitante).

295.El Canciller de Justicia carece de medios legales coercitivos (por ejemplo, la posibilidad de imponer una multa) para obligar al cumplimiento de sus propuestas. No obstante, debido a la marcada autoridad del Canciller en la sociedad estonia, la mayoría de sus propuestas han sido acatadas.

296.Desde 2004 Estonia tiene un Comisionado para la igualdad de género independiente e imparcial. Con la Ley de igualdad de trato se ampliaron las competencias del Comisionado para incluir otros tipos de discriminación (véanse también los párrafos 13, 33 y 34 del artículo 2).

297.Conforme a la Ley igualdad de género, el Comisionado de igualdad de género e igualdad de trato aporta dictámenes a las personas que han presentado solicitudes con respecto a posibles casos de discriminación y, si es necesario, a las personas que tienen un interés legítimo en velar por el cumplimiento de los requisitos de igualdad de trato. El propósito de un dictamen es proporcionar una valoración que, conjuntamente con la Ley de igualdad de trato, la Ley de igualdad de género, los acuerdos internacionales vinculantes en la República de Estonia y otras leyes, permita evaluar si el principio de igualdad de trato ha sido violado en una relación jurídica en particular. El dictamen del Comisionado es una opinión experta y sobre esta base las personas pueden valorar la conveniencia de tener que recurrir a los tribunales, cuyas diligencias no les representan unos gastos considerables. Además, entre las tareas del Comisionado se incluye el asesoramiento individual y la prestación de asistencia en la presentación de reclamaciones por discriminación. Estas funciones del Comisionado pueden ser consideradas como medidas que apoyan la aplicación efectiva del artículo 6 de la Convención.

Apoyo a las víctimas

298.El 1º de febrero de 2004 entro en vigor la Ley de apoyo a las víctimas, que sienta las bases para la organización estatal del apoyo a las víctimas, la organización del servicio de conciliación, el pago de indemnizaciones por atención psicológica en el marco de la prestación de servicios de apoyo a las víctimas y el procedimiento para el pago de indemnizaciones estatales a las víctimas de delitos. Además, la Ley también define qué personas que tienen derecho a los servicios de apoyo a las víctimas, al cobro de indemnización por atención psicológica y a indemnización estatal; las condiciones y el procedimiento para solicitar, conceder y pagar las indemnizaciones especificadas; y el procedimiento para la prestación del servicio de conciliación.

299.Los servicios de apoyo a las víctimas consisten en la prestación (inicial) de asesoramiento y asistencia a las víctimas para la comunicación con las distintas autoridades. Tienen derecho a recibir apoyo a las víctimas todas las personas que se han convertido en víctimas de negligencias o de trato inadecuado, y de violencia física, mental o sexual. Así, toda persona a la que se haya infringido sufrimiento o daño puede recibir apoyo a las víctimas, independientemente de que se haya identificado la persona que ha causado el daño o de si se han iniciado diligencias penales contra dicha persona.

300.La prestación de los servicios de apoyo a las víctimas se garantiza mediante la Junta de Seguridad Social de acuerdo con el principio de regionalidad, que implica que los trabajadores de apoyo a las víctimas prestan el servicio en las regiones donde más se necesita (por ejemplo, dependiendo del nivel de delitos o de la densidad de población). Para prestar los servicios de apoyo a las víctimas, sus trabajadores han establecido redes de cooperación regional donde participa la policía, el +-personal médico de emergencias, trabajadores de asistencia sanitaria, trabajadores sociales, servicios de rescate, vigilancia del vecindario, varias ONG, etc. Los trabajadores de apoyo a las víctimas deben garantizar que los habitantes y participantes de la red de apoyo a las víctimas de su región conozcan la existencia del servicio y su accesibilidad. Los coordinadores de apoyo a las víctimas son funcionarios que organizan la prestación de apoyo a las víctimas en su región. Después de una entrevista con una víctima, se ponen en contacto con los centros de familia, psicólogos, grupos de apoyo, grupos de autoayuda y otras organizaciones de la región a las que compete la prestación de una asistencia cualificada a las víctimas y remiten la víctima a esas organizaciones.

301.La Junta de Seguridad Social, que incluye el departamento de apoyo a las víctimas, emplea a 35 trabajadores de apoyo a las víctimas. En total hay 16 centros de apoyo a las víctimas repartidos por Estonia, divididos entre cuatro regiones (norte, sur, este y oeste) según la distribución de las prefecturas de policía.

302.En virtud del acuerdo de cooperación entre la Junta de Seguridad Social y la Junta de la Policía, los centros de apoyo a las víctimas se encuentran allá donde hay comisarías y agentes de policía locales, quienes deben proporcionar información sobre casos de violencia a los trabajadores de apoyo a las víctimas, con el consentimiento de éstas.

303.La información sobre las posibilidades de uso de los servicios de apoyo a las víctimas está disponible en las oficinas de la administración local, la policía, los servicios de rescate, los establecimientos de asistencia sanitaria y beneficencia y otros establecimientos pertinentes. El funcionario de la Junta de Seguridad Social que presta el servicio de apoyo a las víctimas es responsable de garantizar la disponibilidad de la información en todos los establecimientos anteriormente indicados.

304.Los trabajadores de asistencia a las víctimas fueron requeridos en 3.333 casos en 2006, en 3.407 casos en 2007 y en 4.013 casos en 2008.

Conciliación entre criminales y víctimas

305.El 18 de febrero de 2007 entró en vigor una enmienda a la Ley de apoyo a las víctimas que promulga que los actos de conciliación forman parte del sistema de apoyo a las víctimas (es decir, conciliación entre víctimas y criminales). Para aplicar la ley se impartió formación a doce conciliadores de entre los trabajadores de apoyo a las víctimas. La tarea de un conciliador es llevar a cabo las diligencias de conciliación y asegurar que un acuerdo de conciliación refleja la voluntad de las partes, tal y como se ha desarrollado y negociado durante las reuniones de los actos de conciliación.

306.En el caso de un delito penal en segundo grado, el tribunal puede archivar las diligencias penales basándose en la conciliación si el criminal y la víctima han realizado satisfactoriamente los actos de conciliación extrajudiciales, es decir, han alcanzado un acuerdo de conciliación. La condición previa para archivar las diligencias es que la causa corresponda a un delito penal en segundo grado que no haya dado como resultado la muerte de la víctima, se haya llegado a un acuerdo de conciliación por escrito a través de un conciliador, no exista interés público en la continuación de las diligencias penales y el sospechoso o acusado y la víctima consientan archivarlas de común acuerdo.

307.La Fiscalía o el tribunal envía la orden o la resolución sobre la aplicación del acto de conciliación a la Junta de Seguridad Social para organizar la conciliación. Un conciliador designado por el departamento de apoyo a las víctimas de la Junta de Seguridad Social se pone en contacto con la víctima y con el sospechoso o el acusado. Un acuerdo de conciliación deberá contener el procedimiento y las condiciones para reparar el daño causado por el delito penal. Las partes del acuerdo de conciliación pueden acordar otras condiciones y obligaciones no mencionadas por la ley si no contradicen otras leyes y buenas prácticas. El conciliador supervisa el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el acuerdo de conciliación, para lo cual tiene derecho a recabar información y documentación que confirmen el desempeño de la obligación.

308.En 2007 se enviaron 36 resoluciones sobre actos de conciliación al departamento de apoyo a las víctimas de la Junta de Seguridad Social a través de las fiscalías de circuito y 109 resoluciones en 2008.

Artículo 7

309.La segunda estrategia de integración de Estonia (2008-2013) se describe en el artículo 2.

310.El conocimiento del idioma estonio tiene un significado pragmático importante para la población de habla rusa y es una condición previa para solicitar la ciudadanía estonia. Los conocimientos del idioma también permiten aumentar la competitividad de la persona en el mercado laboral, ampliar las posibilidades de estudiar y mejorar la confianza en uno mismo.

Cuadro 12

Autoevaluación de los conocimientos de estonio entre la población de habla rusa en Estonia de 1989 a 2008

Sin conocimientos

Pasivo: comprendo algo pero no lo hablo

Pasivo: comprendo y hablo un poco

Activo: comprendo, hablo y escribo algo

Total dominio del idioma

1989

23%

47%*

15%

12%

1991

21%

53%*

14%

8%

1995

21%

56%*

13%

7%

2003

12%

26%

27%

18%

9%

2005

14%

26,5%

29%

21%

6%

2008

19%

25%

24%

17%

15%

Fuentes: Estudio de 1989 “Vivir en Estonia” del departamento de periodismo de la Universidad Estatal de Tartu; estudio de 1991 “Estonia en marzo” de la Universidad Estatal de Tartu y Mainor Company; Emor, 1995; 2003 “Yo. El mundo. Los medios de comunicación” del departamento de periodismo y comunicación (Faktum); 2005 “Yo. El mundo. Los medios de comunicación” del departamento de periodismo y comunicación (Sondeo de Saar); 2008 “Estudio de seguimiento de la integración”.

* En los estudios de 1989, 1991 y 1995 los conocimientos pasivos del idioma no se dividían en dos niveles.

311.Han mejorado los conocimientos del idioma por parte de los habitantes de habla rusa (los jóvenes en particular) y los ciudadanos rusos que residen en Estonia (gente mayor, generalmente) evalúan sus conocimientos de estonio de forma cada vez más crítica.

312.Los conocimientos del idioma de una persona se ven considerablemente influidos por su lugar de residencia y existen diferencias significativas a nivel regional. Cuanto más pequeña es la comunidad de habla rusa de una región, mejores son sus conocimientos de estonio.

Cuadro 13

Evaluación, por parte de la población de habla rusa, de la suficiencia de sus conocimientos de estonio para vivir en Estonia (%)

1995

1996

2002

2005

Suficientes

28

31

44

48

Insuficientes

55

57

53

49

No puede valorarlos

17

12

3

3

Informe del “Estudio de seguimiento de la integración” (2005: 25)

313.El mejor conocimiento del idioma entre los habitantes de habla rusa más jóvenes también se refleja en su mayor confianza en sí mismos. Más de la mitad de ellos (54%) consideran que sus conocimientos del estonio son suficientes para vivir en Estonia, mientras que el 45% de los jóvenes opinan que no son suficientes. Un mejor conocimiento del estonio es un factor clave que influye en las actitudes de los jóvenes de habla rusa y genera en ellos las condiciones previas para comprender la política de ciudadanía de Estonia.

314.Por término medio, tres cuartas partes de la población de habla rusa utilizan el estonio como medio de comunicación, ya sea constantemente o de vez en cuando. Independientemente de su condición de idioma oficial del Estado, hay rusos (algo más de la cuarta parte) que no utilizan el estonio en absoluto o sólo lo hacen en casos aislados.

315.De acuerdo con la valoración de los habitantes de habla rusa, los conocimientos del estonio son necesarios para obtener un buen empleo (75%), mejorar la confianza mutua (68%) y demostrar aspiración (60%). Según la valoración de los jóvenes que están recibiendo educación superior, los conocimientos del idioma estonio son una condición previa para la integración y el nivel de dominio del idioma determina cuán integrada se siente una persona en la sociedad.

316.La mayoría de las grandes empresas ofrecen formación en estonio, inglés y también ruso a sus empleados. Los empleadores eran de la opinión que la situación de los jóvenes estonios y rusos en el mercado laboral estaba cambiando: si anteriormente los jóvenes de habla rusa se encontraban en peor situación, actualmente suelen tener muy buenos conocimientos de estonio. Y puesto que una gran proporción de jóvenes estonios no saben ruso, los jóvenes rusos con conocimientos de varios idiomas pueden adaptarse mejor al mercado laboral.

Determinación de los conocimientos del estonio como segundo idioma

317.La tradición de la enseñanza del estonio como segundo idioma y la evaluación de sus conocimientos aún no es muy dilatada. Durante el régimen soviético, el estonio se enseñaba en las escuelas de habla rusa de Estonia, aunque en muchas escuelas se trataba de una mera formalidad. No se organizaban cursos de idiomas para los adultos que llegaban a Estonia procedentes de otras regiones de la Unión Soviética. En la Ley de idiomas de 1989 se establecieron los requisitos de competencia en el idioma estonio para todos los trabajadores que lo necesitaban para desempeñar sus obligaciones laborales. Los conocimientos del idioma se evaluaban en una escala de seis niveles: A, B, C, D, E y F, donde A era el nivel más bajo y la F indicaba el dominio del idioma. En los exámenes de la categoría de idiomas, los conocimientos se determinaban basándose en un sistema de tickets. Para cada categoría se reunían entre 6 y 10 tickets de muestra. Sobre esta base se empezaban a organizar cursos de idiomas de corta duración (entre 20 y 60 horas), durante los cuales se abordaba todo el material necesario para aprobar el examen. Los examinadores evaluaban el rendimiento en el examen basándose en una impresión general sin utilizar directrices ni baremos de evaluación.

318.En noviembre de 1995 se empezaron a organizar exámenes de idioma estonio para los solicitantes de la ciudadanía estonia en forma de prueba homogénea y normalizada. La prueba se elaboró con la ayuda de expertos del Consejo de Europa. De conformidad con los requisitos de conocimientos del idioma estonio estipulados en la Ley de ciudadanía, la prueba correspondía al segundo nivel (Nivel Umbral) establecido por la Asociación de Examinadores de Idiomas de Europa (ALTE). Los requisitos de conocimientos del nivel intermedio se elaboraron basándose en el “Nivel Umbral de idioma estonio” (según el Nivel Umbral publicado en estonio en 1996) preparado en el marco de un proyecto del Consejo de Europa. Las descripciones de los conocimientos de los niveles básico y avanzado fueron preparadas por el Centro Nacional de Exámenes y Títulos.

319.Desde el 1º de julio de 2008, los conocimientos de estonio como segundo idioma se evalúan en los exámenes correspondientes a los niveles de competencia en el idioma que se describen en el Marco común europeo de referencia para las lenguas. Se puede aprobar el examen de los niveles A2, B1, B2 y C1. Los exámenes tienen lugar en forma de prueba de comprensión oral, comprensión lectora, escritura y habla. La puntuación máxima es de 100 puntos. Los exámenes para todos los niveles de aptitud se pueden realizar, entre 4 y 10 veces al año, en los lugares de convocatoria de exámenes del Centro Nacional de Exámenes y Títulos, situados en Jõhvi, Narva, Tallinn y Tartu. El número de exámenes depende del número de examinados y su realización, incluidos los de repetición, es gratuita desde 2002. Si una persona suspende, puede inscribirse para volver a examinarse al cabo de tres meses.

320.El Comité, en el párrafo 9 de sus observaciones finales, expresó su preocupación por el hecho de que la definición de minoría nacional, enunciada en la Ley de autonomía cultural de las minorías nacionales de 1993, excluye a las personas con ciudadanía indeterminada, lo que puede conducir a la marginación de dicho grupo en el Estado y la sociedad estonios. El Gobierno desea señalar que la restrictiva definición enunciada en la Ley tiene una importancia histórica y política. En la aplicación práctica de los derechos de las minorías nacionales no se realiza ninguna distinción arbitraria e injustificada entre ciudadanos y no ciudadanos. Los derechos de las minorías nacionales en Estonia están garantizados por la Constitución y otras leyes, que no distinguen entre las personas dependiendo de su raza, color, religión, lengua materna o preferencias políticas o sexuales. Las únicas restricciones por motivos de ciudadanía son que las personas con ciudadanía indeterminada no pueden participar en las elecciones al Parlamento ni servir en las Fuerzas de Defensa. Todas las garantías sociales también son extensivas a todos los residentes permanentes, independientemente de su ciudadanía. Todas las personas que viven en Estonia también pueden participar en las elecciones de las administraciones locales.

321.Conforme al artículo 6 de la Ley de autonomía cultural de las minorías nacionales, todos los miembros de la minoría nacional pertinente pueden participar en las actividades de las instituciones culturales y docentes y de las congregaciones religiosas de su minoría nacional, pero no tienen derecho de voto ni pueden ser elegidos para dirigir las instituciones culturalmente autónomas de las minorías nacionales. Existen dos autogobiernos culturales de minorías nacionales en Estonia (los ingrios desde 2004 y los suecos desde 2007). El tema de la autonomía cultural también se explicó en el artículo de “Integración” de los informes sexto y séptimo de Estonia.

322.La mayoría de los grupos étnicos han decidido crear asociaciones culturales nacionales para desarrollar y conservar su cultura nacional. Una asociación cultural nacional es una asociación sin ánimo de lucro y sus miembros pueden ser personas con ciudadanía indeterminada, así como ciudadanos de otros países. Existen más de 200 asociaciones culturales nacionales operativas en Estonia.

323.No existen restricciones por motivos de nacionalidad, raza u otras características para la participación en la vida cultural y en la creación cultural. Todas las asociaciones y colectivos de las minorías nacionales pueden solicitar ayudas para sus actividades en los mismos términos que las asociaciones culturales estonias. Además, el Estado ayuda financieramente a las asociaciones culturales de las minorías nacionales a través de los presupuestos del Estado.

324.La ayuda del Estado está disponible para los autogobiernos culturales y las asociaciones culturales de otras nacionalidades, y su cuantía ha aumentado un año tras otro.

325.Desde 2004 se han asignado fondos de los presupuestos del Estado para el Ministerio de Población y Asuntos Étnicos, destinados a asociaciones culturales de minorías nacionales (en el período 1991-2003 los fondos eran a cargo del presupuesto del Ministerio de Cultura). Todas las asociaciones culturales de minorías nacionales que estén registradas oficialmente pueden solicitar ayudas.

326.La financiación básica de las asociaciones culturales nacionales se realiza a través de la Fundación para la Integración. En 2007 se asignaron 35.051.313 coronas para financiación básica y se concedieron ayudas a 155 organizaciones. Además, la Fundación para la Integración apoyó la aplicación de 29 proyectos con una suma total de 600.000 coronas. El objetivo del concurso es apoyar la conservación del idioma y la cultura de las minorías étnicas a través de las actividades de las asociaciones culturales nacionales y los colectivos de artistas.

327.El departamento de diversidad cultural fue creado en el Ministerio de Cultura en 2007 y desde el mismo momento el Ministerio también cuenta con un Secretario General Adjunto a cargo de la esfera pertinente. Además, se formó el consejo asesor cultural de las minorías nacionales, que depende del Ministerio de Cultura, y que se reúne regularmente para debatir y hallar soluciones a los problemas de las minorías nacionales en Estonia mediante el diálogo con las autoridades estatales.

328.El Ministerio de Cultura también está preparando un proyecto de ley para la modificación de la Ley de autonomía cultural de las minorías nacionales con objeto de actualizarla. La intención es introducir enmiendas a la Ley cuya necesidad ha surgido de la actividad de los autogobiernos culturales existentes; por ejemplo, la Ley actual no define claramente la situación jurídica de los autogobiernos culturales.

329.Las enmiendas también especificarían el procedimiento para otorgar a los autogobiernos culturales el derecho a su actividad, o más concretamente el procedimiento para autorizar a una asociación cultural determinada a elaborar la lista de miembros de una minoría nacional (por ejemplo, los requisitos para una asociación cultural).

330.La Ley actual también tiene defectos con respecto a la competencia, la financiación y la supervisión estatal de los órganos de dirección de los autogobiernos culturales. También existe cierta confusión terminológica en la Ley (por ejemplo, los términos gobierno cultural, autogobierno cultural o entidad de autogobierno cultural), por lo que se eliminarían tales inconsistencias.

331.Las autoridades locales también apoyan el idioma y la cultura de las minorías; por ejemplo, Tallinn está preparando una estrategia de integración. A este respecto, se ha anunciado un concurso de proyectos en cuyo marco se da apoyo a las actividades de las asociaciones y se elabora la estrategia de integración de Tallinn. Las minorías nacionales también reciben el apoyo de fundaciones privadas y a través de embajadas extranjeras.

332.El Comité, en el párrafo 12 de sus observaciones finales, expresó su preocupación por el hecho de que en algunos programas de televisión se podía dar una imagen discriminatoria de la comunidad romaní y que no se hubieran adoptado medidas suficientes para rectificar esa situación. El Consejo de los Medios de Comunicación Públicos y el Consejo de la Prensa (véanse también los párrafos 145 y 146 del informe) abordan las reclamaciones contra los medios de comunicación públicos y Consejo de los Medios de Comunicación Públicos también llama la atención sobre los problemas de ética de los medios de comunicación por propia iniciativa. Según la valoración de los expertos en medios de comunicación, los canales de televisión estonios respetan y cumplen el principio de prohibición de la discriminación racial y étnica.

333.La observación final Nº 20 del comité se refiere al problema de que sólo el 4,8% de los programas de la Televisión de Estonia sean en ruso o bilingües o con subtítulos (datos de 2003). A este respecto cabe señalar que en 2003 hubo 284 horas de ese tipo de programación en la Televisión pública de Estonia, en 2007 había aumentado a 408 horas y en 2008 aproximadamente a 420 horas. También puede esperarse un aumento de la cantidad de programación en ruso en 2009 si las posibilidades presupuestarias de la Radio y Televisión Nacional de Estonia permiten ampliar la programación del segundo canal de la televisión pública, ETV2. De acuerdo con el plan, el canal dispondría de varias horas de programación en ruso todos los días y, así, la audiencia no estonia podría ver bastantes más programas en ruso o con subtítulos en ruso. De este modo aumentarían considerablemente las posibilidades de que los grupos minoritarios pudieran disfrutar de una programación variada en la televisión pública y estar mejor informados de lo que ocurre en Estonia y en el mundo.

334.Aparte de la televisión estonia, en Estonia operan varios canales de televisión privada en ruso. Además, algunas de las grandes cadenas de televisión, conjuntamente con productoras locales, ofrecen programación en ruso (por ejemplo, en Narva y Maardu).

335.La mayoría de la población estonia también tiene acceso a docenas de programas de la televisión rusa a través de la televisión por cable.

336.La Radio y Televisión Nacional de Estonia ofrece programas de radio en ruso a través de Radio4 las 24 horas del día, 365 días al año. Radio4 también emite programas semanales para ucranianos, bielorrusos, judíos y armenios. En 2007 la Radio y Televisión Nacional de Estonia creó el portal de información novosti.err.ee en ruso y su popularidad va en aumento. El portal publica todas las noticias principales que aparecen en los medios de comunicación impresos, electrónicos y en la red, con el propósito de desarrollar un entorno de noticias por temas y actualizado que cubra las noticias tanto de la prensa impresa como de los medios de comunicación audiovisuales. También está en desarrollo el sistema y la posibilidad de emitir en directo.

Anexo

Material didáctico sobre el Holocausto

Libros de texto:

Mart, Laar, Eha Hegauk, Maria Tilk. Ajalugu viiendale klassile. Historia para quinto grado, Avita, 2002 (reimpresión), pág. 192.

Einar Värä, Tõnu Tannberg, Ago Pajur. Lähiajalugu I osa. Õpik 9. klassile, Historia reciente, primera parte. Libro de texto para quinto grado, Avita, 2004 (reimpresión), págs. 116-117.

Andres Adamson, Sulev Valdmaa, Eesti ajalugu. Historia de Estonia, Koolibri, 2001 (reimpresión), pág. 196.

Mati Laur, Tõnu Tannberg, Ago Pajur. Eesti ajalugu II. Historia de Estonia, segunda parte, Avita, 1999.

Andres Adamson, Toomas Karjahärm. Eesti ajalugu. Historia de Estonia, Argo, 2005.

Lauri Vahtre. Eesti ajalugu. Historia de Estonia, Ilo, 2005.

Andres Adamson, Jüri Ant, Marko Mihkelson, Sulev Valdmaa, Einar Värä. Lähiajalugu. Õpik XII klassile, Historia reciente. Libro de texto para duodécimo grado, Argio, 2003, págs. 108-109.

Andrei Fjodorov. XX sajandi ajalugu. Õpik gümnaasiumile II osa 1939–2000. Historia del siglo XX. Libro de texto para gimnasia, segunda parte, 1939-2000, Avita, 2002, pág, 174.

Baltimaade ajaloo õpik. Libro de texto de historia de los Estados del Báltico, Avita, 1999, pág. 174.

Baltimaade ajaloo lugemik. Libro de lectura de historia de los Estados del Báltico, Avita, 2001, págs. 187-190.

Libros:

Stephane Bruchfeld, Paul A. Levine, Jutustage sellest oma lastele… Raamat holokaustist Euroopas aastatel 1933-1945. De esto contaréis a vuestros hijos… Un libro sobre el Holocausto en Europa, 1933-1945, Tartu, 2003.

Ajalugu ei ole ainult minevik. Minevik ei ole veel ajalugu. Ajalooõpetaja käsiraamat. La Historia no es sólo el pasado. El pasado aún no es historia. Una guía para profesores de Historia en Estonia, Eesti Ajalooõpetajate Selts, 2004, págs. 88-112.

2005. aastal eesti ja vene keeled tõlgitud Inimsusvastaste Kuritegude Uurimise Eesti Rahvusvahelise Komisjoni raportid (Nõukogude okupatsioon 1940-1941. Saksa okupatsioon 1941-1944). Informes de Estonia de la Comisión Internacional para la Investigación de los Crímenes contra la Humanidad (Ocupación de la Unión Soviética: 1940-1941. Ocupación alemana: 1941-1944).Traducidos al estonio y al ruso en 2005.

Benjamin Anoliku mälestusraamat “Mälu missioon”, Tallinn, 2005.Benjamin Anolik meenutab elu Eesti laagrites, ka Kloogal. Memorias de Benjamin Anolik, “La misión del recuerdo”, Tallinn, 2005. Benjamin Anolik rememora la vida en los campos de prisioneros de Estonia, también en Klooga.

Elhonen Saks.Kes on juudid ja mis on holokaust?Tallinn 2003, mis annab ülevaate juudi rahva ajaloost, holokaustist ja Eesti juudi kogukonnast.Quienes son los judíos y qué es un Holocausto.Tallinn, 2003. Ofrece un estudio de la historia de la nación judía, el Holocausto y la comunidad judía de Estonia.

Koostöös Living History Foorumiga on koostatud käsiraamat õpetajatele Holokaust. Lisaks ka cD ja DVD. Tallinn: 2007. Guía para profesores sobre el Holocausto redactada conjuntamente con el Foro de Historia Viva. CD y DVD adicionales. Tallinn, 2007.

Películas:

2005. aastal inglisekeelne video “Outcast” (eesti keeles “Väljatõugatud”), mis toob vaatajani juutide elu Saksamaal Teise maailmasõja eel. Vídeo “Outcast” (“Väljatõugatud” en estonio) en inglés, año 2005. Da a conocer al público la vida de los judíos en Alemania durante la Segunda Guerra Mundial.

Irina Stelmachi film “Su nimi olgu Israel”, kus tutvustatakse koonduslaagrites vangistuse läbi elanud Helga Verlegeri elu. Selle juurde on koostatud ka CD-l olev õpetaja juhendmaterjal. Película de Irina Stelmach “Tu nombre será Israel”. La película presenta la vida de Helga Verleger, que sobrevivió al encarcelamiento en los campamentos para prisioneros. También se ha redactado material didáctico para profesores al respecto.

Páginas web:

http://www.muuseum.harju.ee/holokaust/.