Distr.GENERAL
CRC/C/OPAC/KOR/Q/113 de febrero de 2008
ESPAÑOLOriginal: INGLÉS
COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO48º período de sesiones19 de mayo a 6 de junio de 2008
PROTOCOLO FACULTATIVO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS
Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el informe inicial de la República de Corea (CRC/C/OPAC/KOR/1)
En esta sección se pide al Estado Parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 31 de marzo de 2008
1.En el informe del Estado Parte (CRC/C/OPAC/KOR/1) se afirma lo siguiente: "la mayor parte del contenido del Protocolo Facultativo se refleja en las leyes y normas nacionales" (párr. 3). Sírvanse proporcionar información más detallada, indicando todas las leyes pertinentes para las disposiciones del Protocolo Facultativo.
2.Sírvanse proporcionar información sobre la autoridad encargada de la aplicación del Protocolo Facultativo e indicar si existe algún mecanismo para vigilar y evaluar periódicamente su aplicación.
3.Sírvanse indicar si existe alguna disposición jurídica que tipifique como delito el reclutamiento o la participación en hostilidades de personas menores de 18 años.
4.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que la legislación de la República de Corea, en situaciones de conflicto armado, protegería a los niños contra su participación en hostilidades o su reclutamiento por grupos armados, en particular, pero no exclusivamente, desde el extranjero.
GE.08-40505 (S) 270208 270208
5.Sírvanse proporcionar información detallada sobre si el Estado Parte asume la jurisdicción extraterritorial sobre el crimen de guerra de reclutar o alistar a niños menores de 15 años en las fuerzas armadas o hacerlos participar activamente en hostilidades. También en relación con la jurisdicción extraterritorial, indiquen si los tribunales nacionales son competentes para entender de los casos de participación en hostilidades o reclutamiento forzados de personas menores de 18 años, por97 un ciudadano coreano o contra un ciudadano coreano, fuera de la República de Corea. Sírvanse aclarar también si, en caso de que se asuma la jurisdicción extraterritorial, se exige el principio de doble incriminación para esos delitos.
6.Sírvanse indicar si los estudios militares en las academias militares que se mencionan en el párrafo 18 del informe comprenden el entrenamiento con armas y, de ser así, proporcionen información detallada. Sírvanse indicar también si los niños que asisten a las academias militares tienen un acceso adecuado a mecanismos independientes de denuncia e investigación.
7.Sírvanse proporcionar datos desglosados (entre otras categorías, por sexo, edad y país de origen) sobre el número de niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes no acompañados que llegaron a la República de Corea procedentes de zonas afectadas por conflictos armadosen los años 2005, 2006 y 2007. A ese respecto proporcionen información sobre las medidas adoptadas con respecto a la identificación, la recuperación física y psicológica, y la reintegración social de los niños refugiados y solicitantes de asilo que ingresan en la República de Corea y pueden haber sido reclutados o utilizados en hostilidades en el extranjero.
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