Distr.GENERAL

CRC/C/OPAC/CRI/Q/116 de octubre de 2006

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO44º período de sesiones15 de enero a 2 de febrero de 2007

PROTOCOLO FACULTATIVO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el informe inicial de Costa Rica (CRC/C/ OPAC /CRI/1)

En esta sección se pide al Estado Parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 24 de noviembre de 2006

1.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas con respecto a la recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños refugiados, solicitantes de asilo e inmigrantes llegados a Costa Rica que hayan participado en conflictos armados en el extranjero.

2.En el artículo 12 de la Constitución se establece que las fuerzas militares sólo podrán organizarse por convenio continental o para la defensa nacional. Sírvanse explicar si las disposiciones del Protocolo Facultativo se aplicarían en esas circunstancias excepcionales.

3.Sírvanse indicar si existe alguna disposición jurídica que penalice el reclutamiento forzoso o la participación forzosa de menores de 18 años en hostilidades.

4.Sírvanse indicar si Costa Rica asume la jurisdicción extraterritorial sobre el crimen de guerra de reclutar o alistar a niños menores de 15 años en las fuerzas armadas o de obligarlos a participar activamente en hostilidades. También en relación con la jurisdicción extraterritorial, sírvanse indicar si los tribunales costarricenses pueden ejercer la jurisdicción en caso de reclutamiento forzoso o participación forzosa de un menor de 18 años en hostilidades, si dichos actos se producen fuera de Costa Rica y el autor o su víctima son ciudadanos costarricenses.

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GE.06-44570 (S) 171006 181006