Naciones Unidas

CRC/C/OPAC/IRQ/Q/1

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

18 de julio de 2014

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

68º período de sesiones

12 a 30 de enero de 2015

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa al informe presentado por el Iraq en virtud del artículo 8, párrafo 1, del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada (máximo de 15 páginas), de ser posible antes del 15 de octubre de 2014.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en el Protocolo facultativo.

1.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la función exacta que desempeñan el Ministerio de Derechos Humanos, el Organismo de Atención a la Infancia y los demás ministerios mencionados en el párrafo 14 del informe del Estado parte (CRC/C/OPAC/IRQ/1) en la coordinación y vigilancia de la aplicación del Protocolo facultativo.

2.Por favor, faciliten información sobre las medidas adoptadas para establecer un comité interministerial sobre los niños y los conflictos armados, como pidieron el Secretario General de las Naciones Unidas y su Representante Especial para la cuestión de los niños y los conflictos armados (A/68/878, párr. 77).

3.Se ruega informen con más detalle sobre las medidas que se hayan adoptado para difundir información sobre el Protocolo facultativo e indiquen si se han puesto en marcha campañas de sensibilización y programas de educación pertinentes dirigidos a los niños.

4.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la elaboración de la nueva estrategia de protección de la infancia, que incluirá la cuestión de la participación de niños en los conflictos armados.

5.Sírvanse comentar la información según la cual hay grupos armados no estatales que ocupan escuelas para sus propios fines. Por favor, indiquen qué medidas se han adoptado para proteger los hospitales y las escuelas y aumentar la seguridad de los niños en el trayecto a la escuela. En particular, indiquen si se han establecido medidas preventivas y sistemas de respuesta rápida, y si se han penalizado, investigado y enjuiciado los ataques contra hospitales y escuelas.

6.Por favor, proporcionen información detallada sobre los grupos armados no estatales que reclutan a niños para utilizarlos en conflictos armados, el número estimado de niños alistados actualmente en esos grupos y las medidas adoptadas para impedir el reclutamiento de niños y su utilización en hostilidades por grupos armados no estatales.

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para impedir que los grupos armados extremistas castiguen arbitrariamente a las niñas y evitar que los grupos armados no estatales violen y asesinen a niñas. Indiquen si se ha procesado a algún miembro de esos grupos.

8.En vista de las informaciones que indican que las mujeres y las niñas corren el riesgo de sufrir acoso y abusos por parte de la policía y otras fuerzas de seguridad en el Iraq, integradas casi exclusivamente por hombres, se ruega expliquen qué medidas se adoptan para hacer frente a los casos de conducta indebida y a los delitos cometidos por miembros de la policía y las fuerzas de seguridad. Proporcionen información detallada sobre todos los casos de conducta indebida que hayan dado lugar a una investigación y sobre las medidas adoptadas contra los autores.

9.Sírvanse describir las medidas adoptadas para identificar lo antes posible a los niños que, debido a su situación económica y social, son especialmente vulnerables a prácticas contrarias al Protocolo facultativo, en particular los niños de la calle, los niños refugiados y solicitantes de asilo y los niños con discapacidad, que presuntamente son utilizados para cometer atentados suicidas. Por favor, proporcionen información sobre las salvaguardias que se hayan establecido para impedir el reclutamiento de niños por grupos armados y las medidas que se hayan adoptado para luchar contra los factores que conducen a los niños a asociarse con grupos armados, como la pobreza y la falta de educación y de oportunidades económicas, así como la discriminación contra algunos grupos étnicos y religiosos.

10.Se ruega proporcionen información sobre los esfuerzos realizados para establecer salvaguardias contra el reclutamiento de menores, en particular por los Consejos del Despertar. Indiquen qué medidas se han adoptado para prevenir el reclutamiento de menores en ausencia de documentos de identidad oficiales y/o cuando los documentos de identidad puedan ser falsos.

11.Dado que la Ley Nº 10 de 2005 tipifica como crimen de guerra el reclutamiento o alistamiento de niños menores de 15 años en las fuerzas armadas nacionales o su utilización para que participen activamente en las hostilidades, aunque solo se aplica a los delitos cometidos entre el 17 de julio de 1968 y el 1 de mayo de 2003, sírvanse indicar si se han adoptado medidas para prohibir y penalizar el reclutamiento y la utilización en hostilidades de niños menores de 18 años tanto por el Estado como por grupos armados no estatales.

12.Sírvanse proporcionar datos sobre el número de niños que han sido detenidos desde el estallido de la guerra en 2003 por su presunta asociación con grupos armados o por cargos de terrorismo. Por favor, especifiquen si actualmente hay niños detenidos en centros extrajudiciales, como los administrados por los servicios secretos iraquíes. Rogamos comenten la información según la cual los niños privados de libertad son víctimas de tortura y malos tratos, incluidos abusos sexuales, y permanecen detenidos en condiciones precarias, e indiquen si las organizaciones de la sociedad civil pueden obtener acceso a esos niños. Proporcionen asimismo información detallada sobre la situación de los niños que fueron detenidos por las autoridades militares de los Estados Unidos y posteriormente transferidos a la custodia de las autoridades iraquíes, e indiquen si está previsto ponerlos en libertad.

13.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los programas que existen para proporcionar asistencia para la recuperación física y psicológica de los niños que han estado vinculados a grupos armados. Informen en detalle sobre las medidas adoptadas por el Ministerio de Defensa para poner en libertad a todos los niños reclutados y utilizados por los Consejos del Despertar que se encuentran bajo su control e impedir nuevos reclutamientos.