Naciones Unidas

CRC/C/DJI/Q/3-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

6 de marzo de 2020

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

86º período de sesiones

7 a 25 de septiembre de 2020

Examen de los informes presentados por los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero a quinto combinados de Djibouti

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada (máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de junio de 2020. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse indicar:

a)Si el Estado parte tiene previsto adoptar una ley general sobre los derechos del niño;

b)Qué recursos humanos, técnicos y financieros se han asignado para la plena aplicación de las leyes relativas a la infancia;

c)Cómo se han tenido en cuenta las necesidades concretas y las opiniones de los niños en el Plan Estratégico Nacional para la Infancia de Djibouti, la labor presupuestaria y la Estrategia Nacional de Desarrollo Estadístico;

d)Qué medidas se han adoptado en aras de la transparencia de los procesos presupuestarios, en particular los referidos a la asistencia internacional para el desarrollo.

2.Sírvanse describir las medidas adoptadas por el Consejo Nacional de la Infancia para garantizar una coordinación eficaz entre los distintos ministerios y servicios que llevan a cabo actividades relacionadas con los derechos del niño. Proporcionen información sobre los recursos humanos, técnicos y financieros asignados a la subcomisión de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para la aplicación de la Convención, y sobre las medidas adoptadas para que la Comisión se ajuste plenamente a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

3.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que los defensores de los derechos humanos que se ocupan de los derechos del niño puedan ejercer su derecho a la libertad de expresión, asociación y opinión sin ser objeto de amenazas ni hostigamiento. Indiquen en qué situación se encuentra la propuesta de revisión del artículo 14 del Código de la Familia, cuyo fin es eliminar todas las excepciones a la prohibición del matrimonio de los menores de 18 años (CRC/C/DJI/3-5, párr. 102).

4.Sírvanse describir las medidas estratégicas y las campañas de sensibilización emprendidas para eliminar la discriminación contra los niños no inscritos al nacer, los niños que viven con el VIH/sida, los niños migrantes, los niños víctimas de la violencia, los niños privados de un entorno familiar, los niños con discapacidad y los niños en conflicto con la ley, entre otros. Expliquen los procedimientos establecidos para garantizar que el principio del interés superior del niño se integre y se tenga en cuenta sistemáticamente en todos los procedimientos y decisiones legislativos, administrativos y judiciales.

5.Sírvanse proporcionar los resultados del estudio sobre el sistema de inscripción de los nacimientos en el registro realizado por el Ministerio Delegado de Descentralización e informar sobre las medidas adoptadas para hacer frente a los problemas detectados en los estudios de 2012 y 2017, especialmente por lo que respecta a los nacimientos en el hogar (CRC/C/DJI/3-5, párrs. 168 y 171; A/HRC/WG.6/30/DJI/1, párr. 23). Especifiquen cuáles son las medidas previstas para mejorar la recopilación de datos sobre los niños apátridas y garantizar su acceso a la nacionalidad, la educación y la atención de la salud. Indiquen cómo se garantizan y protegen los derechos del niño consagrados en los artículos 13 a 17 de la Convención.

6.Sírvanse aclarar si el castigo corporal está explícitamente prohibido por ley en todos los ámbitos, e informar acerca de los programas de educación y sensibilización pública sobre los efectos perjudiciales del castigo corporal. Describan también las medidas adoptadas para prevenir y combatir el descuido y el maltrato infantil, incluidos los abusos sexuales, en particular las estrategias adoptadas y las medidas tomadas de conformidad con las disposiciones del artículo 87 del Código de Protección Jurídica de los Menores en materia de prevención (CRC/C/DJI/3-5, párr. 176). Informen al Comité de las medidas adoptadas para garantizar el acceso a la justicia y a los sistemas de protección y rehabilitación de los niños víctimas de violencia sexual, en especial los niños víctimas de violación, y de las medidas adoptadas para evitar su revictimización en los procedimientos de arreglo extrajudicial. Indiquen si el Estado parte tiene la intención de integrar la profesión de trabajador social en la función pública.

7.Sírvanse describir los resultados de todos los programas de sensibilización para erradicar los matrimonios infantiles y la mutilación genital femenina (CRC/C/DJI/3-5, párrs. 103 y 182; HRI/CORE/DJI/2010, párr. 203). Informen al Comité de los procedimientos judiciales iniciados a ese respecto.

8.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para promover la colocación en familias de acogida de los niños que no pueden quedarse con su familia, así como sobre la aplicación del Código de la Familia revisado que permite la “adopción-protección”. Proporcionen información más detallada sobre la Estrategia Nacional de Protección de los Niños con Necesidades Especiales, en particular por lo que se refiere a la situación de los niños con discapacidades psicosociales o intelectuales.

9.Sírvanse describir las medidas concretas que se han adoptado para:

a)Ofrecer a la población adolescente servicios e información de salud reproductiva y sexual que sean confidenciales, objetivos y apropiados para su edad;

b)Realizar un análisis multidimensional de la pobreza infantil;

c)Luchar contra la malnutrición infantil y asegurar a los niños un acceso adecuado al agua potable y los alimentos en el contexto de las sequías e inundaciones.

10.En la esfera de la educación, sírvanse proporcionar información sobre:

a)La evaluación del plan rector del período 2010-2019 y el logro, o no, de los objetivos cuantitativos y cualitativos (CRC/C/DJI/3-5, párrs. 112 y 113);

b)Las medidas adoptadas para eliminar los gastos relacionados con la enseñanza secundaria;

c)La integración e inclusión de los niños desfavorecidos o vulnerables, incluidos los niños que viven lejos de las escuelas y los niños con discapacidad, en las estructuras educativas.

11.Sírvanse informar de las medidas adoptadas con miras a:

a)Facilitar la obtención de los certificados de nacimiento de los niños migrantes nacidos antes de 2013 y nacidos fuera de los campamentos de refugiados;

b)Proteger a los niños refugiados y migrantes, especialmente a los niños no acompañados o en situación de calle, frente a la explotación sexual y económica y la trata, y facilitar su acceso a las familias de acogida y los hogares de guarda, así como a los servicios sociales básicos;

c)Advertir a los niños migrantes sobre los peligros de la ruta migratoria que transita por el Yemen y someterlos a seguimiento.

12.Sírvanse proporcionar más información sobre:

a)Los avances logrados hacia la aprobación de los decretos de aplicación del Código de Protección Jurídica de los Menores (2015);

b)El empleo de medidas alternativas a la privación de libertad;

c)Las medidas adoptadas para impedir que los niños estén recluidos junto con adultos;

d)Los programas de rehabilitación y reintegración para los niños en conflicto con la ley.

Parte II

13.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

14.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

15.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Las denuncias tramitadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentadas por niños, o en su nombre, desglosadas por tipo de denuncia o violación de los derechos del niño, y el resultado de las investigaciones abiertas en relación con esas denuncias;

b)Los casos de castigo corporal;

c)Los casos de violencia, abuso, descuido o explotación de niños documentados por el Consejo Nacional de la Infancia (CRC/C/DJI/3-5, párr. 41);

d)Las investigaciones y los enjuiciamientos de casos de violencia sexual y violación de los que hayan sido víctimas niños (proporcionen información detallada sobre las penas impuestas a los autores y las medidas de reparación y las indemnizaciones concedidas a las víctimas);

e)Los niños víctimas de prácticas tradicionales nocivas, como la mutilación genital femenina, el matrimonio infantil y la poligamia;

f)Los niños con seguro médico (CRC/C/DJI/3-5, párrs. 23 y 24);

g)La mortalidad infantil, incluida la mortalidad en las cárceles;

h)Los embarazos y abortos en adolescentes (sírvanse especificar el número de muertes resultantes de abortos en condiciones de riesgo);

i)El consumo de drogas y alcohol por los niños;

j)Los niños que sufren malnutrición y los niños que se han beneficiado o se benefician del Programa Nacional de Seguridad Alimentaria para el período 2012-2017 (CRC/C/DJI/3-5, párr. 31), el Programa Nacional de Solidaridad Familiar, la Estrategia Nacional de Protección Social-Redes de Protección Social y los programas del Ministerio de Agricultura, Agua, Pesca y Ganadería dedicados a los recursos pesqueros;

k)Los niños pobres y sus familias que se residen en viviendas proporcionadas por el Estado parte;

l)Los niños migrantes presentes en el territorio del Estado parte;

m)Los niños desplazados internos debido a la sequía crónica.

16.Sírvanse aportar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Que viven con miembros de su familia con arreglo al sistema de kafala;

c)Que viven en instituciones;

d)Confiados a familias de acogida;

e)Adoptados.

17.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

18.Sírvanse facilitar, si disponen de ellos, datos estadísticos actualizados de los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico y nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños en conflicto con la ley que:

a)Han sido detenidos;

b)Se han acogido a programas de derivación;

c)Se encuentran en prisión preventiva (indíquese la duración media de su reclusión);

d)Han sido condenados y cumplen una pena de prisión (indíquese la duración de la pena).

19.Sírvanse indicar de qué manera la planificación, la puesta en práctica y el seguimiento de las medidas adoptadas para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible integran un enfoque basado en los derechos del niño, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y de qué forma esas medidas contribuyen a hacer efectivos los derechos del niño reconocidos en la Convención y sus Protocolos Facultativos.

20.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

21.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.