Naciones Unidas

CRPD/C/CZE/Q/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

28 de octubre de 2014

Español

Original: inglés

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Lista de cuestiones relativa al informe inicial de laRepública Checa *

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

1.¿Cuándo tiene previsto el Estado parte ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad?

Propósito (art. 1)

2.Sírvanse aclarar los criterios utilizados para determinar si una persona tiene discapacidad de primer, segundo o tercer grado.

Obligaciones generales (art. 4)

3.Facilítese información sobre la elaboración de una estrategia para promover los derechos de las personas con discapacidad entre los romaníes.

4.¿Qué hace el Estado parte para cumplir plenamente sus obligaciones dimanantes del artículo 4, párrafo 3, de la Convención y velar por la participación efectiva de las personas con discapacidad y de las organizaciones que las representan en la elaboración y aplicación de legislación y políticas relativas a la discapacidad?

B.Derechos específicos

Igualdad y no discriminación (art. 5)

5.Sírvanse explicar por qué la definición de ajustes razonables se limita al empleo y qué sanciones se prevén para los casos de infracción.

6.Descríbanse los recursos legales de que disponen las personas con discapacidad que hayan sido objeto de discriminación.

7.¿Qué medidas se están adoptando para hacer frente a la discriminación múltiple e interseccional contra las mujeres y las niñas con discapacidad y contra las personas con discapacidad que pertenecen a minorías étnicas?

Mujeres con discapacidad (art. 6)

8.Sírvanse describir cómo se integra la discapacidad en las distintas leyes de protección de los derechos de las mujeres y las niñas, como el Plan de Acción Nacional de Prevención de la Violencia Doméstica para el período 2011-2014 y el Documento Metodológico Relativo a la Violencia Doméstica del Ministerio de Salud. Facilítese información actualizada sobre los resultados del estudio de la situación de las mujeres con discapacidad en la República Checa.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

9.Sírvanse proporcionar datos sobre el número de familias con hijos con discapacidad y sobre el número de niños y niñas con discapacidad que utilizan distintos servicios que les permitan disfrutar efectivamente de los derechos establecidos en la Convención y en la Convención sobre los Derechos del Niño. Facilítese asimismo información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para evitar que se interne en instituciones a los niños con discapacidad.

Accesibilidad (art. 9)

10.Sírvanse proporcionar información sobre los avances de la Dirección de Construcción y Obras en la aplicación de la Ley de Construcción, incluido cualquier dato relativo al número de empresas de construcción a las que se haya ordenado asegurar el acceso sin barreras a los edificios y a las sanciones impuestas a quienes no cumplen las disposiciones de la Ley de Construcción.

11.Infórmese al Comité sobre la accesibilidad de la información y las comunicaciones para las personas con todo tipo de deficiencias que les permiten moverse en los edificios y espacios públicos y utilizar el transporte público sin barreras.

12.Infórmese al Comité sobre la accesibilidad del transporte público para las personas con discapacidad, también en las zonas rurales.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

13.¿Cómo se difunden por televisión los avisos públicos sobre desastres naturales y emergencias (por ejemplo, inundaciones e incendios)? ¿Se transmiten también en lengua de señas?

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

14.Facilítese al Comité información actualizada sobre la armonización del nuevo Código Civil con la Convención, en particular en lo relativo a la sustitución del sistema de tutela por un sistema de apoyo a la adopción de decisiones.

15.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para velar por el derecho de todas las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, a ser propietarias y heredar bienes, controlar sus propios asuntos económicos y tener acceso en igualdad de condiciones a préstamos bancarios, hipotecas y otras modalidades de crédito financiero, de conformidad con el artículo 12, párrafo 5, de la Convención.

Acceso a la justicia (art. 13)

16.Facilítese información sobre los avances en la aplicación del Código de Procedimiento Administrativo enmendado para asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso pleno a la justicia en igualdad de condiciones con las demás. En particular, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que las personas con discapacidad intelectual y/o psicosocial puedan acceder a la justicia.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

17.Facilítese información sobre los avances del grupo de trabajo de expertos del Ministerio de Justicia hacia la plena armonización de la legislación sobre privación de libertad en el Estado parte con las disposiciones del artículo 14 de la Convención.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanoso degradantes (art. 15)

18.¿Qué medidas específicas se están adoptando para proteger a las personas con discapacidad internadas en instituciones psiquiátricas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes? En particular, sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para abolir el uso de camas jaula, salas de aislamiento y métodos de coerción por medios químicos y físicos.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

19.Facilítense datos sobre los casos de violencia y abuso infligidos a personas con discapacidad, en particular mujeres y niños. Infórmese al Comité sobre las medidas adoptadas para velar por que las personas con discapacidad que hayan sido víctimas de violencia y explotación tengan acceso a servicios y programas efectivos de recuperación, rehabilitación y reintegración social.

20.¿Qué medidas se están adoptando para asegurar que todos los servicios y programas diseñados para servir a las personas con discapacidad sean supervisados efectivamente por autoridades independientes a fin de, entre otras cosas, impedir los casos de violencia y abuso, de conformidad con el artículo 16, párrafo 3, de la Convención?

Protección de la integridad personal (art. 17)

21.Sírvanse informar sobre las medidas específicas adoptadas por el Estado parte para impedir la esterilización forzada de personas con discapacidad.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en lacomunidad (art. 19)

22.Sírvanse explicar por qué las subvenciones destinadas a las instituciones para personas con discapacidad (1.289.884.000 coronas) son muy superiores a las destinadas a la asistencia personalizada (108.729.000 coronas) (CRPD/C/CZE/1, párr. 185).

23.Facilítese información sobre las medidas concretas y específicas adoptadas por el Estado parte para velar por que el proceso de desinstitucionalización sea sostenible y asegure la inclusión de las personas con discapacidad en su comunidad en un plazo razonable.

24.Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre el número de personas con discapacidad intelectual que viven en instituciones psiquiátricas.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21)

25.Facilítese información sobre las medidas concretas y específicas adoptadas por el Estado parte para velar por el cumplimiento de la Ley Nº 155/1998 Recop., enmendada por la Ley Nº 384/2008 Recop.

Educación (art. 24)

26.Proporciónese información detallada sobre las medidas adoptadas para aumentar la inclusión de los estudiantes con discapacidad en la enseñanza general a todos los niveles; inclúyanse datos sobre los recursos financieros destinados a la eliminación de barreras arquitectónicas y obstáculos a la información, así como a la contratación de asistentes pedagógicos para los estudiantes con discapacidad en el marco de la realización de ajustes razonables.

Salud (art. 25)

27.¿Qué medidas concretas se han adoptado, entre otras en términos de dotación financiera y de número de intérpretes y acompañantes lectores contratados, para facilitar el acceso de las personas con discapacidad sensorial y/o intelectual a la información sobre atención de la salud?

28.¿Ha emprendido el Estado parte iniciativas para fomentar la capacidad de los profesionales de la salud en relación con la Convención y los derechos humanos de las personas con discapacidad?

Trabajo y empleo (art. 27)

29.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el resultado del examen general del sistema de apoyo al empleo para personas con discapacidad (CRPD/C/CZE/1, párrs. 27 a) y 369). Facilítese información sobre las medidas adoptadas para aumentar el empleo de las personas con discapacidad.

30.Sírvanse proporcionar información sobre el número de personas con discapacidad empleadas en el mercado de trabajo abierto y los incentivos y fondos destinados a subvencionar a los empleadores que las contratan.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

31.Facilítese información sobre los efectos desproporcionados de las medidas de austeridad en las personas con discapacidad, especialmente en lo relativo a las prestaciones sociales.

32.¿Qué está haciendo el Estado parte para resolver el problema de que "la red de servicios sociales no se distribuye de manera uniforme en el territorio de la República Checa" (CRPD/C/CZE/1, párr. 181)?

33.Sírvanse proporcionar datos comparativos actualizados sobre los niveles de pobreza de las personas con discapacidad frente a los de las personas sin discapacidad.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

34.Facilítese información sobre las medidas adoptadas para permitir que los ciudadanos con discapacidad cuya capacidad jurídica haya sido anteriormente limitada puedan ejercer plenamente su derecho de voto.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimientoy el deporte (art. 30)

35.Infórmese al Comité sobre las medidas que se hayan adoptado para la firma y ratificación sin demora del Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso.

36.Facilítese información sobre los planes que existan para mejorar la accesibilidad de las bibliotecas para todas las personas con discapacidad, incluidas las personas con deficiencias intelectuales y/o psicosociales.

C.Obligaciones especiales

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

37.Proporciónese información sobre los avances que se hayan logrado en la designación o establecimiento de un mecanismo independiente para supervisar la aplicación de la Convención, así como sobre las consultas a la sociedad civil para recibir propuestas.