Naciones Unidas

CCPR/C/MDG/Q/4

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

2 de diciembre de 2016

Español

Original: francésEspañol, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

Lista de cuestiones relativa al cuatro informe periódicode Madagascar *

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (art. 2)

1.Dado que el artículo 137, apartado 4, de la Constitución otorga al Pacto una autoridad superior a la de las leyes del Estado parte, sírvanse especificar en qué medida las disposiciones del Pacto se han invocado ante los tribunales y las autoridades administrativas, así como aplicadas por ellos. En este caso, preséntense ejemplos de causas en que se haya invocado el Pacto. Además, sírvanse indicar qué procedimientos se han establecido para la aplicación de los dictámenes del Comité con arreglo al Protocolo Facultativo.

2. Sírvanse indicar si la Comisión Nacional Independiente de Derechos Humanos está funcionando y si ha solicitado la acreditación a la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos. Especifíquense las medidas adoptadas para que la Comisión se ajuste a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), en particular en lo que respecta al nombramiento de sus miembros y a su autonomía financiera, y apórtense datos sobre los recursos humanos y financieros de que está dotada. Además, sírvanse explicar las medidas adoptadas para establecer un Consejo Supremo para la defensa de la democracia y del estado de derecho.

Estado de emergencia (art. 4)

3.En cuanto a las observaciones finales precedentes (CCPR/C/MDG/CO/3, párr. 13), sírvanse explicar si las disposiciones legislativas referentes al régimen de estado de emergencia se han revisado para precisar las suspensiones que se podrían imponer a las disposiciones del Pacto y definir las garantías para la aplicación de esas suspensiones.

No discriminación e igualdad de derechos entre hombres y mujeres (arts. 2, 3, 23, 25 y 26)

4.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para luchar contra la discriminación contra las mujeres, en particular las destinadas a fomentar la participación de las mujeres en la vida económica, política y pública y su representación en esos ámbitos, así como en los puestos en que se adoptan decisiones. Describan las medidas adoptadas para reducir las diferencias de remuneración entre los hombres y las mujeres. Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para modificar o derogar las disposiciones legislativas discriminatorias, en particular en lo que respecta a la nacionalidad, la propiedad y la administración de tierras, la herencia y el matrimonio. Especifiquen si existe un calendario para la adopción de proyectos de ley sobre la igualdad de género, la violencia contra las mujeres y la nacionalidad.

5.Sírvanse explicar si el Estado parte tiene previsto adoptar una legislación exhaustiva que prohíba la discriminación y que contenga una lista integral de motivos de discriminación prohibidos, en particular, la orientación sexual y la identidad sexual. Sírvanse aportar datos sobre la discriminación basada en el origen étnico y en la pertenencia a una casta en el Estado parte. Indiquen qué medidas ha adoptado el Estado parte para combatir y prevenir la estigmatización y los actos de discriminación respecto de: a) las personas infectadas o afectadas por el VIH/SIDA; y b) las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero.

Derecho a la vida (arts. 6 y 14)

6.Teniendo en cuenta la aprobación el 9 de enero de 2015 de la Ley núm. 2014-035 de la Abolición de la Pena de Muerte, indiquen la etapa en que se encuentra el proyecto de ley sobre la pena alternativa a la pena de muerte y su calendario de aprobación. Sírvanse aportar datos sobre las penas alternativas propuestas. Además, informen sobre el calendario de adopción del proyecto de ley que autoriza la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte.

7.Sírvanse responder a las alegaciones sobre ejecuciones sumarias y extrajudiciales cometidas en el Estado parte por las fuerzas del orden, en particular en el contexto de las operaciones para garantizar la seguridad en las regiones en que grupos armados perpetran robos de ganado. Indiquen las investigaciones realizadas, los procesos incoados, las condenas y las sanciones dictadas contra los responsables, y las reparaciones otorgadas a las víctimas. Asimismo, proporcionen datos sobre los casos de justicia popular y linchamiento de presuntos delincuentes por la población e informe sobre las medidas adoptadas para acabar con esas prácticas y para enjuiciar y sancionar a los culpables.

8.Se ruega proporcionen información actualizada sobre las medidas adoptadas para aplicar la propuesta de “penalización económica” del aborto mencionada en el cuarto informe periódico del Estado parte (véase CCPR/C/MDG/4, párr. 142). En cuanto a las observaciones finales precedentes (párr. 14), sírvanse explicar cómo se garantiza el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y detallen las excepciones a la prohibición del aborto previstas en la legislación. Proporcionen datos estadísticos sobre el número de casos en que se ha practicado un aborto legal y sobre los casos en que se ha denegado y por qué motivo. Aporten datos estadísticos sobre la mortalidad materna durante los últimos cuatro años, así como datos sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva, informar correctamente a las mujeres sobre los métodos anticonceptivos y garantizarles el acceso a ellos, evitar los embarazos no deseados, promover la educación de los adolescentes sobre la salud sexual y reproductiva y reducir las tasas de mortalidad materna.

Prácticas tradicionales nocivas y violencia contra las mujeres (arts. 3, 7 y 24)

9.Sírvanse describir las medidas adoptadas para eliminar las prácticas tradicionales nocivas tales como los matrimonios forzados y precoces, los mercados de muchachas (tsenan’ampela), el moletry (matrimonio precoz convenido a cambio de una dote), la poligamia y las prácticas relativas a la transmisión “del apellido y de los bienes del padre” a los herederos varones. Expliquen las medidas adoptadas para que se respete la obligación de registrar todos los matrimonios para garantizar el control de su legalidad. En lo que respecta a las observaciones finales precedentes (párr. 17), detallen las medidas adoptadas para luchar con la creencia popular, que persiste en particular en la región de Mananjary, según la cual los partos múltiples dan mala suerte y para proteger a los niños nacidos de esos partos contra el maltrato y la discriminación de que son víctimas.

10.Sírvanse explicar si el Estado parte tiene previsto adoptar una legislación que tipifique como delito todos los actos de violencia contra las mujeres, en particular la violencia en la familia, la violación conyugal y la violencia sexual. Informen sobre el proceso de validación de una estrategia nacional para combatir la violencia por razón de género y sobre las medidas adoptadas para alentar a que se denuncien los casos de violencia. Asimismo, proporcionen datos sobre la formación que se dispensa a los integrantes de las fuerzas del orden, a los trabajadores sociales y al personal médico para que puedan detectar a las víctimas de la violencia en la familia, e indiquen si los centros de acogida administrados por el Estado son suficientes. Además, aporten datos estadísticos sobre el número de denuncias registradas en relación con diversas formas de violencia contra las mujeres y el número de fallos pronunciados por los tribunales en ese ámbito.

Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de ejecuciones sumarias y extrajudiciales y desaparicionesforzadas (arts. 3, 6, 7 y 24)

11.Sírvanse indicar si se ha modificado la Ley núm. 2008-008 de Lucha contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes para incluir en ella una escala de penas para los casos de malos tratos. Indiquen si se han revisado el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal para integrar las disposiciones pertinentes de la Ley contra la Tortura. Informen sobre las medidas adoptadas para garantizar en la práctica la inadmisibilidad como prueba en los tribunales de las confesiones obtenidas bajo coacción o tortura.

12.En lo que respecta a las observaciones finales precedentes (párr. 19), sírvanse comentar las informaciones sobre las alegaciones de tortura y de tratos inhumanos o degradantes infligidas a personas durante el período de detención y en prisión preventiva y aportar datos sobre el número de investigaciones abiertas, de procesos iniciados y de condenas pronunciadas en estas causas y sobre los recursos de que disponen las víctimas. Asimismo, proporcionen datos estadísticos sobre el número de denuncias presentadas por actos de tortura y malos tratos y el número de condenas pronunciadas con arreglo a la Ley núm. 2008-008 de Lucha contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

13.Sírvanse informar sobre las investigaciones realizadas, los procesos incoados y las sanciones impuestas contra los responsables de las violaciones de los derechos humanos durante la crisis política, en particular la tortura, las ejecuciones sumarias y extrajudiciales y las desapariciones forzadas. Proporcionen estadísticas sobre el número de denuncias presentadas e indiquen el número de investigaciones iniciadas, condenas penales pronunciadas o medidas disciplinarias impuestas. Se solicita información sobre la aplicación de la hoja de ruta para la salida de la crisis, aprobada en septiembre de 2011, en particular, el proceso de reconciliación nacional y la creación de un fondo de solidaridad nacional.

14.Sírvanse especificar las medidas adoptadas por el Estado parte para prohibir por ley los castigos corporales en todos los contextos, incluido el entorno familiar.

Libertad y seguridad personales (art. 9)

15.Sírvanse exponer las medidas adoptadas para velar por que se respeten efectivamente las garantías jurídicas fundamentales de las personas detenidas, en particular, el acceso a un abogado y un médico y el derecho a informar a su familia. En cuanto a las observaciones finales precedentes (párr. 23), indiquen las medidas adoptadas por el Estado parte para reducir los plazos excesivos de la detención preventiva y si está previsto reducir la duración de la detención preventiva, que puede prolongarse hasta 12 días, también de los menores de edad. Indíquense las medidas adoptadas para garantizar la aplicación efectiva de las nuevas disposiciones del Código de Procedimiento Penal sobre la duración de la prisión preventiva y para prevenir los abusos. Sírvanse responder a las informaciones según las cuales los denunciantes se ven obligados a sufragar los gastos de desplazamiento de los agentes de la policía judicial para efectuar detenciones durante una investigación, para remitir a los acusados a la Fiscalía o para trasladarlos a prisión debido al reducido presupuesto que les asigna el Estado.

16.Sírvanse exponer las medidas adoptadas para garantizar en la práctica el recurso excepcional a la detención preventiva y que se respete la duración que establece la ley a ese respecto. Presenten información sobre el número de denuncias por detención preventiva abusiva e indiquen si se ha exigido responsabilidad a los agentes involucrados conforme a las disposiciones del artículo 614 del Código de Procedimiento Penal. Expliquen si en la actualidad han sido puestas en libertad todas las personas detenidas por motivos políticos durante la crisis sociopolítica.

Derecho a un juicio imparcial e independencia del poder judicial (art. 14)

17.Sírvanse describir las medidas adoptadas para establecer el Tribunal Supremo de Justicia y fortalecer la capacidad del sistema judicial, en particular:

a)Garantizar su independencia asegurándose especialmente de que el Consejo Superior de la Magistratura no se vea sometido a ninguna presión ni injerencia del poder ejecutivo.

b)Luchar contra las influencias políticas y la corrupción.

c)Garantizar el acceso a la justicia para todos, hacer efectivo el Decreto núm. 2009-970 de Regulación de la Asistencia Jurídica Gratuita y poner en marcha la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita, prevista en la circular de 22 de septiembre de 2010. Facilitar a este respecto estadísticas sobre el número de personas que se benefician de la asistencia jurídica gratuita y proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la justicia de proximidad y resolver los problemas logísticos causados por la distancia entre los ciudadanos y los agentes de la policía judicial.

d)Reducir los retrasos en la administración de justicia y paliar la falta de recursos y de personal, así como las carencias en su formación.

18.Sírvanse informar sobre el grado de utilización de los mecanismos de “justicia tradicional” y de “justicia paralela”, que parece haber aumentado por la escasa proximidad de la justicia “institucional” a los ciudadanos. Expliquen las medidas adoptadas para ejercer un control eficaz sobre las decisiones del sistema de justicia Dina y garanticen que no trate casos que no le competan, de conformidad con la Ley núm. 2001-004, que exige la homologación de las decisiones de la justicia Dina por los tribunales de derecho común, así como para velar por que todas las decisiones del sistema Dina sean recurribles ante dichos tribunales.

Trato de las personas privadas de libertad (arts. 7 y 10)

19.A la luz de las observaciones finales precedentes (párr. 22) y las informaciones proporcionadas por el Estado parte (CCPR/C/MDG/4, párrs. 175 a 219), sírvanse indicar qué efectos han tenido las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de detención, como la construcción de nuevos edificios o la rehabilitación de las estructuras obsoletas, reducir el hacinamiento en las cárceles, aumentar el número de centros penitenciarios con pabellones separados para los menores, separar a los detenidos en prisión preventiva de los presos condenados, garantizar el acceso a la atención sanitaria y reducir la tasa de mortalidad carcelaria, así como para ofrecer a los reclusos una mejor alimentación. Informen sobre el proyecto de ley de servicios en la comunidad, el uso de medidas alternativas a la privación de libertad y las iniciativas emprendidas para luchar contra la aplicación excesiva de la prisión preventiva. Proporcionen información actualizada sobre el tratamiento de los recursos de apelación o casación pendientes de resolución en los tribunales de primera instancia o de apelación. Indiquen también si en los centros penitenciarios existe un mecanismo independiente encargado de recibir, en condiciones de confidencialidad, quejas de los presos. De ser así, proporcionen ejemplos, precisando el número de quejas recibidas y el curso que se les ha dado.

Eliminación de la esclavitud y la servidumbre (arts. 8 y 24)

20.Proporcionen datos sobre la incidencia en el Estado parte de la trata de personas, en particular mujeres y niños, incluidos los casos con fines de explotación económica y sexual, e indiquen las medidas de identificación, protección y rehabilitación de las víctimas que se han adoptado. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas para ejecutar el Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas que fue aprobado en 2015 y asignar un presupuesto suficiente a la Oficina Nacional de Lucha contra la Trata de Personas. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento de manera efectiva a la Ley núm. 2007-038 y la Ley núm. 2014-040 de Lucha contra la Trata de Personas, así como las disposiciones legislativas conexas, en especial sobre las investigaciones, los enjuiciamientos, las condenas y las sanciones impuestas a los responsables de actos de trata. Informen también sobre las medidas adoptadas para prevenir, proteger y combatir la explotación de los trabajadores migrantes empleados principalmente como trabajadores domésticos en el Oriente Medio y en África Septentrional, a pesar de la aprobación de disposiciones en vigor desde 2013 que prohíben el envío de trabajadores domésticos. Indíquense las medidas adoptadas para regular y supervisar de manera efectiva las prácticas de las agencias de contratación a fin de proteger a las trabajadoras migrantes frente a los malos tratos y la explotación.

21.Proporciónese información sobre el alcance de la explotación de niños por medio del trabajo forzado, en particular en el sector de los servicios domésticos, la agricultura, la minería y en las canteras. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para eliminar el trabajo forzado y las peores formas de trabajo infantil, así como sobre las investigaciones llevadas a cabo, los procesos incoados y las indemnizaciones otorgadas a las víctimas. Proporcionen también información sobre el alcance de la prostitución infantil y las medidas adoptadas para investigar los casos de explotación sexual de niños y procesar a los responsables.

Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica (arts. 7, 13, 16 y 24)

22.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la inscripción de nacimientos y la expedición de certificados de nacimiento. Faciliten información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para prevenir los casos de apatridia.

Refugiados y solicitantes de asilo (art. 13)

23.Indíquese si está previsto revisar el Decreto núm. 94-652 de 11 de octubre de 1994 y establecer un procedimiento de asilo, que incluya la determinación de la condición de refugiado, y un marco jurídico que regule el asilo de conformidad con las normas internacionales. Indíquese si el Estado parte prevé crear una oficina de refugiados y apátridas, como dispone el Decreto núm. 1962-001. Expliquen cuáles son los procedimientos actualmente en vigor, con inclusión de las medidas de privación de libertad, para hacerse cargo de los solicitantes de asilo que se presentan ante los funcionarios de inmigración sin documentos válidos o un visado. En cuanto a la cuestión de la expulsión de extranjeros del territorio del Estado parte, sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar el principio de no devolución tanto en el plano jurídico como en la práctica.

Libertad de expresión y derecho a la libertad de reunión (arts. 19, 21 y 22)

24.Sírvanse comentar las denuncias de censura, intimidaciones y acoso a periodistas y opositores políticos. Proporcionen información sobre las investigaciones llevadas a cabo, las actuaciones judiciales emprendidas y las sanciones impuestas a los responsables de esos actos. Facilítese información sobre el contenido, el alcance y las penas previstas en el Código de Comunicación aprobado el 7 de julio de 2016, e indíquese si este Código recoge la despenalización de los delitos de prensa, la difamación, las injurias, el ultraje y las calumnias, como se anunció en el cuarto informe periódico del Estado parte (CCPR/C/MDG/4, párr. 265). Indiquen si el Estado parte tiene la intención de revisar la Ley núm. 2014-006 de Lucha contra la Ciberdelincuencia y derogar las disposiciones relativas a la difamación que limitan el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y de información.

25.Tengan a bien formular comentarios sobre las denuncias según las cuales las fuerzas de seguridad ponen trabas a las concentraciones pacíficas, especialmente los mítines de opositores políticos, e indiquen qué medidas se han adoptado para garantizar en la práctica la libertad de reunión y para velar por que las restricciones se adecúen a las disposiciones del Pacto. Sírvanse comentar igualmente las informaciones de que las concentraciones suelen dispersarse haciendo un uso excesivo de la fuerza.

Participación en los asuntos públicos y lucha contra la corrupción (art. 25)

26.Sírvanse facilitar información sobre los esfuerzos desplegados para garantizar que las citas electorales venideras se desarrollen sin incidentes y que todos los electores puedan ejercer su derecho de voto, incluida la plena participación de las mujeres y las personas con discapacidad en el proceso electoral. Expliquen si el Estado parte considera la posibilidad de revisar el actual sistema de circunscripciones electorales para garantizar una mayor igualdad entre los distritos, así como fortalecer la Comisión Electoral Nacional Independiente y los procesos de resolución de litigios para garantizar que todos los ciudadanos tengan acceso a procedimientos de presentación de quejas y a vías de recurso efectivas.

27.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas para luchar contra la corrupción en la política, así como en la judicatura. Indíquense las medidas adoptadas para velar por la plena independencia de la Oficina Independiente de Lucha contra la Corrupción e informen sobre las investigaciones llevadas a cabo sobre casos de corrupción y las medidas disciplinarias y sanciones judiciales dictadas en estos casos durante los últimos cinco años.