1999

2000

2001

2002

Subsidio (1.000 euros)

38.683

70.639

58.866

54.157

Número de municipios receptores

93

148

132

109

Además, los fondos transferidos por el Gobierno central a los gobiernos locales en los años mencionados se destinaron a la organización de los servicios sociales y de salud, la educación y la cultura.

31.El Ministerio de Asuntos Sociales y Salud ha creado la Junta de Seguridad Básica para evaluar el suministro de servicios sociales básicos municipales en los sectores de salud y bienestar social. Sin embargo, es difícil establecer criterios para evaluar la calidad y el nivel de esos servicios. En los últimos años uno de los instrumentos de evaluación ha sido un conjunto de recomendaciones relativas a la calidad, disponible hasta ahora en los servicios de salud mental, y que actualmente se está preparando para los servicios de atención de la salud escolar y se completará a fines de 2003. La Unión Central de Bienestar de la Infancia está ejecutando un proyecto que abarca el período comprendido entre 2001 y fin de 2004 y cuya finalidad es elaborar criterios nacionales para evaluar la calidad de la custodia extrafamiliar de niños y adolescentes.

5. Defensor del Niño

32.Recomendación. Finlandia ha venido estudiando la posibilidad de crear el cargo de Defensor del Niño desde 1995. El Comité de los Derechos del Niño también ha invitado a Finlandia a considerar detenidamente la posibilidad de fomentar la existencia de un defensor nacional independiente del niño (Recomendación Nº 20).

33.En el proyecto de ley presentado por el Gobierno para crear otro cargo de Mediador Adjunto se afirma que, al organizar la institución del Mediador, se debe prestar especial atención a que se respeten los derechos del niño (Proyecto de ley 129/1997). En el informe de la Comisión Constitucional del Parlamento (5/1997) se afirma que la intención es que en el reglamento de la Oficina del Mediador las cuestiones que guardan relación con los derechos del niño constituyan un nuevo conjunto de funciones asignado a uno de los mediadores parlamentarios adjuntos; que la Comisión apoya esa idea, pero señala que la transferencia de esas funciones relacionadas con el niño de la competencia del Mediador a la de uno de los mediadores adjuntos no puede considerarse como la expresión de una opinión sobre si se necesita o no un mediador especial para la infancia.

34.Por consiguiente, ni el Mediador Parlamentario ni los mediadores parlamentarios adjuntos compensan la falta de un mediador para la infancia, a que se refiere el Comité de los Derechos del Niño. Sin embargo, cuando en el otoño de 1998 se creó otro cargo de Mediador Parlamentario Adjunto, se reforzó la condición del niño en el control de la legalidad porque, después de eso, la responsabilidad de todas las cuestiones relacionadas con la infancia la ha tenido un mediador. La Mediadora Parlamentaria Adjunta, Sra. Riitta-Leena Paunio, que ha venido ocupándose de las cuestiones relacionadas con la infancia, fue seleccionada por decisión del Parlamento para ocupar el cargo de Mediadora Parlamentaria a partir del 1º de enero de 2002 y ha seguido haciéndolo sobre la base de una división mutua del trabajo entre el Mediador Parlamentario y los mediadores parlamentarios adjuntos.

35.En la medida en que ha habido dos mediadores adjuntos, las cuestiones relacionadas con la infancia han estado a cargo del Mediador Parlamentario o de uno de los mediadores parlamentarios adjuntos y se ha podido controlar más de cerca el respeto de los derechos del niño. La Oficina del Mediador Parlamentario también ha empleado a tiempo completo a un funcionario encargado de redactar informes sobre las cuestiones relacionadas con la infancia. A partir de 1998 los recursos presentados en relación con los derechos del niño han venido registrándose bajo uno de los epígrafes del informe del Mediador Parlamentario.

36.En Tampere, que es la tercera ciudad más grande de Finlandia, existe un defensor municipal del niño desde comienzos de 2003. La experiencia es positiva y la idea es que los conocimientos adquiridos se apliquen en el ámbito nacional.

37.El debate sobre el cargo de Defensor del Niño, que duró casi ocho años, llegó a un punto importante en la primavera de 2003. Uno de los objetivos del programa de gobierno del Primer Ministro Matti Vanhanen, de 24 de junio de 2003, es la creación del cargo de Defensor del Niño.

6. Mejoramiento de la coordinación de las cuestiones relacionadas con la infancia

38.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño ha expresado su preocupación por la falta de una entidad estatal que coordine las cuestiones relacionadas con la infancia, así como de un mecanismo de coordinación en la administración central y las administraciones locales que se haga cargo de la ejecución de los programas en gran escala. El Comité ha alentado a Finlandia a que adopte nuevas medidas para crear un organismo estatal que coordine las cuestiones de la infancia y mecanismos de coordinación entre los diversos ministerios, así como entre los organismos centrales y locales, a fin de poner en práctica una política y una acción mejor coordinadas para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos del niño (Recomendación Nº 12).

39.En la primavera de 2003 el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud creó un comité encargado de las cuestiones de la infancia. Entre otras cosas se asignó al Comité la tarea de formular una propuesta sobre un mecanismo nacional permanente para la infancia y la familia.

El Comité funciona como el órgano nacional cuya creación se pidió durante el período extraordinario de sesiones sobre la infancia de la Asamblea General de las Naciones Unidas y se ocupa de la información sobre los derechos del niño. Un grupo de trabajo que funciona en el ámbito del Comité prepara el Plan Nacional de Acción de Finlandia, previsto en los documentos finales del período extraordinario de sesiones.

7. Enmienda de la Ley de bienestar de la infancia

40.El Ministerio de Asuntos Sociales y Salud está preparando un proyecto de ley para enmendar la Ley de bienestar de la infancia y otras leyes conexas. En el proyecto se propone que las disposiciones de la Ley de bienestar de la infancia se precisen y complementen en lo que atañe a los requisitos de las diversas restricciones que se aplican a los niños internados en instituciones de asistencia a la niñez, el control de la aplicación de esas medidas y la protección legal de los niños objeto de las mismas. El artículo 19 de la Constitución establece que las personas que no puedan obtener los medios necesarios para llevar una vida digna tendrán derecho a recibir los medios de subsistencia y la atención indispensables. Para garantizar el ejercicio efectivo de este derecho fundamental tal vez sea necesario limitar otros derechos fundamentales del niño protegidos por la Constitución. Sin embargo, este tipo de interferencia deberá preverse detalladamente en la ley. La protección legal del niño y la familia no se garantiza si las decisiones que afectan a las personas, como las relativas a la custodia de un niño, son adoptadas por órganos municipales cuyos cargos son políticos. Un comité establecido para investigar el proceso de toma de las decisiones relacionadas con los niños ha presentado un memorando en el que propone una revisión del sistema de toma de decisiones.

41.También se han hecho propuestas sobre la elaboración de las disposiciones relativas a los contactos entre el niño que ha sido colocado en custodia extrafamiliar y sus padres u otros allegados, así como sobre la determinación precisa de la protección legal del niño en esa situación. Debe hacerse hincapié en la obligación de tomar una decisión y aclararse el derecho de apelación.

42.Además se propone que se enmiende la Ley de bienestar de la infancia para que la colocación de un niño que ha cumplido 12 años fuera del ámbito familiar con carácter de servicio de apoyo no institucional pueda tener lugar con su consentimiento, e incluso contra la voluntad de los padres o tutores, aunque se cree una grave situación de conflicto entre ambas partes. Actualmente, la colocación no institucional, al igual que los demás servicios de apoyo no institucional, siempre exige el consentimiento de los padres o tutores.

43.Decisiones de la Mediadora Parlamentaria. La Mediadora Parlamentaria, Sra. Riitta‑Leena Paunio, ha descubierto deficiencias en el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de los niños colocados en hogares comunitarios. La Mediadora ha comunicado esas deficiencias al Ministerio de Asuntos Sociales y Salud para que éste acelere el proceso en curso de enmienda de la Ley de bienestar de la infancia.

44.La Mediadora Parlamentaria también ha señalado las medidas de apoyo no institucional que se adoptan para colocar a un niño fuera de su hogar con el consentimiento de los padres o el tutor. Cuando el menor ha cumplido 12 años y es colocado sin el consentimiento de los padres o el tutor o de la persona que se ha hecho cargo de su cuidado y educación, la colocación depende del consentimiento del niño. La Mediadora Parlamentaria ha formulado una propuesta sobre la enmienda del artículo 14 de la Ley de bienestar de la infancia.

8. Recolección de información sobre los niños

45.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño ha recomendado que Finlandia siga elaborando un sistema integral de recolección de datos conforme a la Convención. El sistema debería incluir a todos los niños menores de 18 años haciendo especial hincapié en los que son particularmente vulnerables. El Comité ha alentado además a Finlandia a utilizar indicadores y datos en la formulación de las políticas y los programas para la aplicación efectiva de la Convención y el seguimiento de esa aplicación (Recomendación Nº 18).

46.Se han elaborado indicadores sobre el bienestar de los niños y adolescentes en el marco de un proyecto conjunto del Centro Nacional de Investigación y Desarrollo para el Bienestar y la Salud (STAKES), la Dirección de Estadística de Finlandia y los municipios, en cooperación con las entidades que realizan una labor similar en el resto de Europa. Los indicadores se prueban y examinan aplicándolos a las estrategias municipales de bienestar relacionadas con los niños y adolescentes. Como parte del Proyecto Tieto 2005, en cuyo marco se evalúa la producción de información en el campo del bienestar social y la salud en su conjunto, se está preparando un informe exhaustivo sobre la recolección de información relativa a los niños y adolescentes. En cuando a los niños en edad escolar, se están ejecutando varios proyectos de recolección de datos, que tienen por objeto cuestiones tales como su salud y sus hábitos sanitarios, y los escolares finlandeses también están participando en el ESPAD, proyecto europeo de encuestas escolares sobre el consumo de alcohol y estupefacientes. El más completo de estos proyectos es uno que tiene por objeto la salud de los escolares. La encuesta, en la que los alumnos responden a preguntas sobre su salud y sus hábitos sanitarios, se lleva a cabo todos los años, alternativamente en las regiones oriental y occidental de Finlandia, y casi todos los municipios participan.

47.En Finlandia los datos estadísticos sobre la infancia son compilados por distintas entidades. Basándose en la actual división del trabajo, la Dirección de Estadística de Finlandia se ocupa de recopilar los datos estadísticos generales sobre la población y sus condiciones de vida, mientras que el STAKES recolecta datos estadísticos sobre las actividades y contribuciones de los servicios de bienestar social y salud que son importantes desde el punto de vista de la aplicación de la política de la infancia. La información relativa a la calidad de los servicios destinados a los niños y a si se da a esos servicios el debido destino, por ejemplo, se mantiene a un nivel intermedio, en que sólo se está empezando a desarrollar una coordinación sistemática.

48.Examen de la población infantil y de las condiciones de vida de los niños. En 2000 la Dirección de Estadística de Finlandia preparó un informe especial sobre las condiciones de vida de los niños. Ese informe se completó después que se presentó el anterior informe periódico de Finlandia. En una sesión dedicada a este informe que el Comité de los Derechos del Niño celebró en octubre de 2000 se le informó de aquel informe. En el anexo del presente informe figura un resumen de aquel informe, que también se publicó en inglés.

49.La información que se suministra en el informe guarda relación con muchos artículos de la Convención. Se proporcionan datos estadísticos sobre las estructuras demográfica, social y socioeconómica de la población infantil del país y los cambios ocurridos en esas estructuras. Además se tratan la salud, la escolarización, el trabajo y la situación judicial de los niños. También se presentan datos sobre las características demográficas y socioeconómicas de los padres y abuelos. Se tiene la intención de publicar periódicamente informes similares. Cuando en el otoño de 2003 la Dirección de Estadística de Finlandia establezca los planes para el año siguiente se tomará una decisión sobre la periodicidad de la publicación del informe en el futuro.

50.El contenido del informe se compila a partir de los resultados de la investigación sobre las siguientes cuestiones: distribución del ingreso, condiciones de vida, consumo y patrimonio; datos estadísticos sobre educación, derecho y accidentes; censos; y población, familia, cambios demográficos, vivienda y datos laborales basados en los documentos administrativos obtenidos anualmente o periódicamente por la Dirección de Estadística de Finlandia. Cuando se prepara el informe se examina la documentación original y se procesan los datos para que en el informe se describa más cabalmente la situación de los niños. La unidad normal de estadística es el niño.

51.Nuevos datos y colecciones de la Dirección de Estadística de Finlandia después de 1998. Agrupar los datos estadísticos, en particular en materia de educación, aumenta mucho la posibilidad de determinar los elementos que caracterizan la carrera educativa del niño. La Dirección de Estadística de Finlandia ha elaborado una base de datos personales que ayuda a seguir la carrera educativa del niño durante un período prolongado. En 1995 se publicaron datos sobre la carrera educativa siguiente a la enseñanza general, así como la incorporación a la vida laboral y la formación continua ulterior, en relación con las personas que habían completado la enseñanza general. También se han mejorado los datos estadísticos sobre la enseñanza preescolar y la educación especial.

52.De los resultados de una encuesta realizada en 2001 y 2002 que se está procesando se obtendrán nuevos datos sobre el empleo del tiempo y las actividades recreativas de los niños.

53.Datos estadísticos sobre los niños más vulnerables. El material básico del conjunto de datos estadísticos generales suele carecer de una información que sería sumamente útil para individualizar eficazmente los problemas sociales que afectan a los niños más desfavorecidos, como los niños que han sido víctimas de agresiones o malos tratos, los niños discapacitados, los niños pertenecientes a familias con medios limitados, los niños que tienen problemas con la justicia, y los niños inmigrantes o los pertenecientes a minorías.

54.En Finlandia los grupos de niños más vulnerables (hijos de refugiados, inmigrantes, personas con discapacidades o personas con una enfermedad prolongada) son muy pequeños. La investigación de la información delicada o las condiciones socioeconómicas y culturales de las pequeñas minorías no deja de plantear problemas en cuanto a la seguridad de los datos o la generalización estadística. En este caso se excluyen los métodos basados en muestras, comunes en las encuestas generales de población. La mejor fuente de información pertinente son los documentos administrativos preparados en cooperación con los distintos organismos o el suministro de servicios a los niños. Cabe preguntarse asimismo si una investigación menos periódica no permitiría obtener información más eficazmente que un seguimiento periódico.

55.Niños que han sido víctimas de agresiones o malos tratos. Se han denunciado algunos casos a las autoridades. La Dirección de Estadística de Finlandia recolecta datos estadísticos de este tipo únicamente con carácter anual y en la medida en que los actos constituyan un delito o si ha intervenido la policía o se están sustanciando actuaciones judiciales.

56.La Dirección de Estadística de Finlandia ha recolectado datos, en el marco de una encuesta general de población sobre las víctimas de accidentes y actos de violencia (Uhritutkimus). La encuesta se basa en entrevistas y tiene en cuenta la frecuencia y las circunstancias de los casos, incluso los casos de violencia que no han sido denunciados a la policía. Sin embargo, en la encuesta se refiere únicamente a las personas mayores de 15 años. La información sobre los casos en que han intervenido menores más jóvenes se ha obtenido de sus padres. En 1997 se compilaron datos similares, y en el año en curso se están recolectando nuevos datos. Los casos de violencia contra personas menores de 15 años son muy raros, por lo que en esta encuesta se combinan los casos de violencia y los accidentes, lo que ilustra muy bien los problemas que se plantean en las encuestas con muestras cuando la intención es describir casos raros.

57.Niños discapacitados. Constituyen una categoría que Finlandia considera muy dispersa y deficiente desde el punto de vista estadístico. El Ministerio de Asuntos Sociales y Salud está participando en la preparación de la reforma del proceso de compilación de datos estadísticos que se llevará a cabo en 2005. En el otoño de 2003 se formulará una propuesta sobre la manera de introducir la reforma.

58.Para obtener información sobre la educación de los niños discapacitados y de los que necesitan apoyo especial se ha encargado a la Dirección de Estadística de Finlandia que recolecte datos sobre las características de los alumnos que reciben educación especial en las escuelas de enseñanza general, como el grado o clase, el sexo, la razón por la que reciben educación especial y el método pedagógicos. Los datos estadísticos se compilan con carácter anual y se dispone de datos correspondientes a 1998, así como a 2001 y los años sucesivos. Además se producen datos sobre la educación especial que se imparte en las escuelas profesionales y los regímenes de educación especial existentes en las escuelas secundarias de nivel superior. Los datos se han publicado en compendios estadísticos sobre educación.

59.Niños de familias con medios limitados. La Dirección de Estadística de Finlandia ha producido datos sobre el número, las condiciones familiares y las condiciones de vida de los niños de familias con medios limitados, como datos sobre la distribución del ingreso, encuestas sobre el presupuesto familiar, estadísticas sobre empleo y censos, y ha publicado exámenes sobre el tema tanto en sus propias publicaciones como en cooperación con otras entidades interesadas en investigar la cuestión. En el futuro se obtendrá nueva documentación; por ejemplo, se están recolectando datos sobre la distribución del ingreso que ilustran las razones de la persistencia de la pobreza entre los niños (Grupo Especial de la Comunidad Europea sobre las familias (ECHP), mediciones de la distribución del ingreso).

60.Niños que han tenido problemas con la justicia. En lo que respecta a los menores con responsabilidad penal (mayores de 15 años), se dispone de datos detallados sobre los delitos que han sido denunciados a la policía, incluidos los delitos presuntos, así como sobre las actuaciones judiciales y las sanciones. En cuanto a los delincuentes juveniles, se verifica estadísticamente, entre otras cosas, la aplicación de sanciones a menores y el servicio comunitario.

61.Niños pertenecientes a familias de inmigrantes o a minorías. La Dirección de Estadística de Finlandia estudia periódicamente la situación de estos niños en la medida en que estén inscritos en el registro de población como extranjeros con residencia en Finlandia. Los extranjeros tienen residencia en Finlandia si su estada ha de durar o ha durado más de un año. Los solicitantes de asilo obtienen un permiso de residencia sólo después que se ha aceptado la solicitud de residencia, por lo que esas personas no se incluyen en las estadísticas que están basadas en el sistema de registro de la población finlandesa. Del mismo modo, cuando un extranjero adquiere la nacionalidad finlandesa, deja de ser extranjero en las estadísticas. La Dirección de Estadística de Finlandia publica todos los años encuestas muy completas sobre los extranjeros y los inmigrantes. Los datos que se publican sobre la estructura de la población también incluyen a las personas nacidas en el extranjero y se basan en el idioma y el país de nacimiento.

62.En 2002 la Dirección de Estadística de Finlandia entrevistó a inmigrantes para obtener datos sobre las condiciones de vida de los inmigrantes en el país. En esa encuesta el estatuto de inmigrante no dependía de si el encuestado había adquirido la nacionalidad finlandesa o no, sino que se refería a sus antecedentes como extranjero que se había instalado en Finlandia. El material comprende datos sobre las cuatro principales comunidades de inmigrantes de Finlandia (rusos, estonios, vietnamitas y somalíes, así como sus familias, lo que implica que también se incluyen las familias con niños). Los primeros informes se publicarán en 2003.

63.Vigilancia de la posibilidad de obtener servicios de igual nivel. El Comité de los Derechos del Niño ha instado a Finlandia a crear mecanismos de coordinación entre la administración pública nacional y las administraciones locales para poner en práctica una política y unas medidas mejor coordinadas a fin de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos del niño (Recomendación Nº 12). El Comité ha reiterado también su recomendación de establecer un sistema o mecanismo integrado de vigilancia para que los niños de todos los municipios se beneficien en la misma medida de los servicios sociales básicos (Recomendación Nº 14) y de adoptar normas mínimas nacionales para aplicar la Convención y asignar recursos con ese fin, en particular en las esferas de la salud, la educación y los servicios de bienestar social (Recomendación Nº 16).

64.La información sobre los recursos utilizados para el suministro de servicios está ampliamente disponible, pero a causa de la gran cantidad de datos es difícil trazar un panorama de la disponibilidad, calidad y eficiencia de los servicios básicos. Sólo recientemente se ha estudiado la necesidad de evaluar los servicios básicos municipales y de llevar a cabo una recolección sistemática y fiable de datos para facilitar la evaluación. Hasta ahora sólo se han iniciado estudios preliminares, en espera de una iniciativa oficial para garantizar un suministro regular de datos estadísticos.

B. Amplia difusión de la Convención (artículo 42)

65.En mayo de 2002, durante el período extraordinario de sesiones sobre la infancia de la Asamblea General un grupo de niños y adolescentes finlandeses se reunieron en una sesión especial para examinar los derechos del niño. En esa sesión votaron para decidir cuál era el artículo más importante de la Convención sobre los Derechos del Niño. El artículo 42 fue el que logró más votos. Según ese artículo, los Estados Partes se comprometen a dar a conocer ampliamente los principios y disposiciones de la Convención por medios eficaces y apropiados, tanto a los adultos como a los niños. Los niños manifestaron explícitamente su opinión de que los 54 artículos de la Convención eran importantes, pero que no eran ampliamente conocidos. Familiarizarse con la Convención exigiría adoptar nuevas medidas para hacer más concretos los artículos.

66.Los niños expresaron sus ideas sobre la forma de mejorar la difusión del conocimiento de los derechos del niño. Por ejemplo, propusieron que las escuelas organizasen actividades especiales para los escolares al cumplirse el aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, que en el contenido de los programas de televisión destinados a los niños se tuvieran en cuenta los derechos del niño, y que se realizara una campaña publicitaria con etiquetas de refrescos y que el que coleccionara los 54 artículos ganase un viaje a la sede de las Naciones Unidas.

67.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño ha recomendado que Finlandia elabore métodos más creativos para promover la Convención e incorpore la Convención en los programas escolares. También ha alentado a Finlandia a estudiar la posibilidad de traducir la Convención al idioma romaní y a otros idiomas minoritarios, y a distribuir la Convención en los principales idiomas de los inmigrantes. El Comité también ha recomendado la formación continua sistemática o la sensibilización de los grupos profesionales que trabajan con niños o para éstos (Recomendación Nº 22).

68.Promoción de la Convención. La sesión especial de los niños de Finlandia permitió dar una respuesta concreta a la falta de conocimiento de la Convención. La Liga Mannerheim para el Bienestar de la Infancia, el Plan Internacional Finlandia y la Fundación de Niños y Adolescentes de Finlandia han producido conjuntamente el nuevo juego de cartas Ota oikeus ("toma el derecho"), que ayuda a dar a conocer la Convención entre los niños y los adultos. El Ministerio de Relaciones Exteriores y el principal periódico nacional, Helsingin Sanomat, han patrocinado la producción del juego de cartas. En el anexo del presente informe figura un mazo de cartas Ota oikeus.

69.En relación con el período extraordinario de sesiones sobre la infancia de la Asamblea General, la Convención y en general los derechos del niño se promovieron realizando diversas actividades públicas nacionales. Las autoridades y los funcionarios públicos locales han obtenido información sobre la Convención mediante el Programa de política de la infancia de la Asociación de Organismos Locales y Regionales de Finlandia. Los artículos de la Convención se han incorporado en el Programa para apoyar los objetivos y medidas de los municipios.

70.Los derechos del niño en la cooperación para el desarrollo. En 2002 el Departamento de Política de Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores publicó un folleto titulado Lapsissa on tulevaisuus -Lapsen oikeudet kehitysyhteistyössä. En ese folleto se describen los principios más importantes de la Convención y se informa más detalladamente sobre la puesta en práctica de los derechos desde el punto de vista de la cooperación para el desarrollo. En el folleto se hace hincapié en la participación de los niños y en su derecho a ser oídos en la cooperación para el desarrollo.

71.Crítica. Las ONG que se ocupan de los derechos del niño han criticado las deficiencias de la información que suministra el Estado sobre la Convención. En los últimos años la difusión de la información y la producción de material didáctico ha estado en gran medida a cargo de las ONG. El Departamento de Política de Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores suministra fondos a las ONG para difundir la información sobre la Convención, pero las ONG sólo trabajan con los establecimientos educativos que piden material.

72.Por su parte, el Comité Nacional de Derechos del Niño, que desde la primavera de 2003 depende del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud, hará frente a ese desafío y difundirá información.

73.Principios de los programas de estudio. En los objetivos de la enseñanza básica que se imparte en las escuelas finlandesas se hace hincapié en la igualdad en la sociedad (Ley de enseñanza básica 628/1998, art. 2, párr. 3). El contenido de la Convención sobre los Derechos del Niño se ha incorporado en los programas nacionales de la enseñanza elemental, que se introducirán gradualmente para que todas las escuelas que imparten enseñanza elemental apliquen el nuevo programa a partir del 1º de agosto de 2006.

74.Traducción de la Convención al romaní. La Junta Asesora en Asuntos Romaníes ha apoyado la propuesta del Comité de que se incorpore la Convención en los programas de estudio y se elabore material visual para ilustrar la Convención. Sin embargo, la Junta opina que en esta etapa no hay motivos para asignar recursos a la traducción de la Convención al idioma romaní de Finlandia, porque actualmente ese idioma se domina poco en el país.

75.Formación de los jueces. El Ministerio de Justicia ha organizado cursos anuales de formación continua sobre el derecho de familia para los jueces. En los últimos años la formación se ha centrado en las cuestiones relacionadas con la custodia y los derechos de visita del niño. La importancia de la Convención sobre los Derechos del Niño desde el punto de vista de este tema se ha examinado en esos cursos de formación de dos días.

C. Difusión del informe (artículo 44, párrafo 6)

76.El tercer informe periódico del Gobierno de Finlandia relativo a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño fue preparado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores en cooperación con los ministerios y organismos que se ocupan de los diversos temas tratados. La sociedad civil cumplió una función fundamental en las diversas fases del proceso. La preparación del informe empezó con una solicitud de información presentada por escrito a todos los organismos públicos y ONG que se ocupan de esta cuestión. En total se recibieron por escrito 23 informes de los diversos organismos públicos y ONG.

77.El 2 de julio de 2003 el Ministerio de Relaciones Exteriores organizó un encuentro público al que invitó a 34 organismos públicos locales y nacionales y asociaciones públicas. Estuvieron representados nueve organismos u ONG y otras 9 entidades enviaron sus observaciones por escrito.

78.La Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la participación de los niños en los conflictos armados se publicaron en la Colección de Tratados del Compendio Legislativo, tanto en finlandés como en sueco (Colección de Tratados 60/1991 y 31/2002, respectivamente). La Convención también se ha traducido al sami del norte. El Compendio Legislativo puede consultarse en las mayores bibliotecas públicas municipales de Finlandia. Los que navegan en Internet también pueden consultar la Convención y el Protocolo Facultativo en el sitio http://www.finlex.fi (FINLEX es una base de datos sobre leyes, decretos y tratados internacionales que lleva el Ministerio de Justicia), así como en la página inicial del Ministerio de Relaciones Exteriores en el sitio http://formin.finland.fi. Los habitantes de Finlandia pueden utilizar gratuitamente Internet en las bibliotecas públicas.

79.El segundo informe periódico de Finlandia relativo a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño se publicó en la colección de publicaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores (10/1998) y en el sitio web del Ministerio (http://virtual.finland.fi). Desde entonces la página inicial del Ministerio se ha modificado y ahora los informes periódicos sobre las convenciones de derechos humanos pueden consultarse en el sitio http://formin.finland.fi. El tercer informe periódico se publicará en esos sitios web lo antes posible. Además, el informe se publicará en una edición impresa de tapa blanda, fácil de distribuir y que permite publicar un gran número de ejemplares. El informe se enviará a muchos organismos públicos y ONG con fines de información.

80.La documentación relacionada con el texto de la Convención, las leyes sobre su aplicación y los documentos relativos a la vigilancia de la aplicación de la Convención pueden obtenerse, previa solicitud, en la División de Derechos Humanos, Convenciones y Asuntos Consulares del Departamento Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores (OIK-30), que también responde a las consultas relativas a los derechos y obligaciones enunciados en la Convención. Al final de la introducción, supra, figura la información completa sobre ese contacto.

II. DEFINICIÓN DEL NIÑO (ARTÍCULO 1)

81.En la legislación finlandesa toda persona que no haya cumplido 18 años se considera menor de edad. De conformidad con la Ley de bienestar de la infancia (683/1983), se entiende por niño toda persona menor de 18 años y joven toda persona menor de 21 años. Sin embargo, hay varias disposiciones que se apartan de la disposición principal y otorgan a los menores el derecho a la libre determinación y a la codeterminación.

III. PRINCIPIOS GENERALES

82.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño ha invitado a Finlandia a seguir adoptando todas las medidas necesarias para recoger mejor en su legislación y sus políticas los principios generales de la Convención, en particular la no discriminación, el interés superior del niño, el derecho al desarrollo y el respecto de las opiniones del niño (Recomendación Nº 24).

A. Prohibición de la discriminación (artículo 2)

83.La Constitución de Finlandia dispone lo siguiente: "Las personas son iguales ante la ley. No se podrá, sin motivo admisible, otorgar un tratamiento desigual a persona alguna por razón de su sexo, edad, origen, idioma, religión, convicciones, opiniones, estado de salud, discapacidad u otro motivo inherente a la persona". En otro apartado se dispone que "los niños deben ser tratados igualitariamente como individuos, y debe permitírseles, de acuerdo con su madurez, influir en los asuntos que les afectan" (cap. 2, art. 6).

84.Esa disposición se ha incluido para poner de relieve que los niños han de ser tratados en pie de igualdad con los adultos y, en principio, como individuos con los mismos derechos y como personas en condiciones de igualdad con los demás. Además, la disposición indica que todo niño ha de ser tratado como persona y no sólo como objeto pasivo de medidas. Por otro lado, los niños, en tanto que grupo jurídicamente incapaz y más débil que los adultos, necesitan protección y cuidados especiales. Por lo tanto, la disposición ofrece una base para la discriminación positiva de los niños, necesaria para garantizar que reciban un trato igual respecto de los adultos.

85.En marzo de 2001, el Gobierno adoptó el Plan de Acción titulado "Hacia la igualdad y la diversidad étnicas" para luchar contra la discriminación étnica y el racismo. El Plan de Acción se centra en el período 2001‑2003 y su finalidad es apoyar o elaborar las medidas que favorezcan las buenas relaciones étnicas y permitan combatir la discriminación étnica y el racismo en la sociedad finlandesa.

86.Las medidas se aplican tanto a los inmigrantes llegados recientemente como a los que residen en Finlandia desde hace muchos años, a la segunda generación de inmigrantes y minorías étnicas, como los sami, que son la población indígena de Finlandia, y a las denominadas minorías étnicas históricas, entre las que se encuentran los romaníes, los judíos, los tártaros y la población rusa establecida desde hace mucho tiempo en Finlandia. Las medidas se aplican también a los finlandeses expatriados que han regresado a Finlandia y a sus familiares.

87.La finalidad del Plan de Acción es, sobre todo, aumentar la sensibilización sobre las cuestiones relacionadas con la discriminación y fomentar la implantación de prácticas óptimas. El Plan de Acción se centra en el ámbito local aunque también incluye medidas que deben aplicarse a nivel nacional y regional. También es importante el papel de los interlocutores sociales, las ONG, las comunidades religiosas y los medios de comunicación.

88.El ámbito local desempeña un papel fundamental en el desarrollo de buenas relaciones étnicas y la lucha contra la discriminación étnica y el racismo, ya que es en las ciudades, los pueblos y las aldeas donde la gente se encuentra y desarrolla diversas actividades cotidianas. Existen muchos tipos de municipios, según sus características culturales, estructura empresarial y comercial, superficie, número de habitantes y estructura de población. Por lo tanto, las medidas que es necesario adoptar varían también mucho de un municipio a otro.

89.El Plan de Acción del Gobierno para combatir la discriminación étnica y el racismo tiene por finalidad responder a las necesidades actuales, aunque prevé también el inicio de una nueva fase de desarrollo en la que se ampliarán las pequeñas minorías étnicas actuales y la relación de cuidado entre los distintos grupos de edad se verá muy sesgada debido al envejecimiento de la población.

90.De acuerdo con el Plan de Acción, debe prestarse especial atención a la escolarización de los niños pertenecientes a las minorías étnicas o de inmigrantes y deben adoptarse disposiciones para que estos prosigan sus estudios y eviten así la exclusión social. Además, es importante asegurarse de que las cuestiones étnicas, multiculturales, religiosas e ideológicas se incluyan en la enseñanza, la educación y los libros de texto en todas las etapas de la enseñanza, desde la preescolar. De conformidad con el Plan de Acción, el Ministerio de Educación, en cooperación con el Ministerio de Trabajo, iniciará un proyecto para animar a los jóvenes inmigrantes a prepararse y a solicitar formación en los sectores de actividad en los que existe una creciente demanda de mano de obra.

91.En su tesis doctoral, Osmo Virrankoski se refiere a la actitud de los escolares finlandeses ante el patriotismo, los prejuicios y el racismo en el período 1990-1998. El estudio de Virrankoski, publicado en abril de 2001, pone de manifiesto que los niños que han terminado la enseñanza general son cada vez más intransigentes. Según el estudio, el número de alumnos con prejuicios raciales aumentó del 15 al 24% en ese período, mientras que el número de alumnos tolerantes disminuyó del 28 al 24%. Los niños demostraron ser menos tolerantes que las niñas. El racismo encubierto también era frecuente y ese tipo de actitud se observó en el 66% de los alumnos de la escuela secundaria superior.

92.El Ministerio de Educación apoya principalmente los proyectos llevados a cabo por asociaciones para combatir el racismo y la xenofobia. También se conceden ayudas, de manera experimental, para proyectos municipales de lucha contra el racismo. Los proyectos tienen principalmente carácter experimental y de desarrollo y su finalidad es aumentar la tolerancia fomentando, por ejemplo, la cooperación entre las minorías étnicas y el grupo principal de población, o la divulgación de información sobre otras culturas, religiones y tradiciones a este último grupo. Al adoptar decisiones en materia de ayuda se hace hincapié en los proyectos que permiten ayudar directamente a los niños a alejarse de los grupos que incitan al racismo.

93.Los niños romaníes y la discriminación. La Junta Asesora en Asuntos Romaníes ha hecho hincapié en el derecho de los niños romaníes a disfrutar de una infancia sin discriminación. Un importante objetivo es que esos niños tengan las mismas oportunidades que los demás niños de Finlandia. La disparidad socioeconómica entre los romaníes y el grupo principal de población sigue siendo considerable. Los problemas de vivienda, desempleo y bajo nivel de educación, los problemas sociales y la consiguiente exclusión social general son frecuentes entre los romaníes. El bienestar de la población se refleja lógicamente en los niños. El racismo y la discriminación étnica de que son objeto los coloca en una situación de mayor riesgo de exclusión social.

B. Principio del interés superior del niño (artículo 3)

94.Desde principios de los años ochenta la legislación finlandesa reconoce la importancia del principio del interés superior del niño. Las principales disposiciones al respecto figuran en la Ley de custodia de niños y derecho de acceso (361/1983) y la Ley de bienestar de la infancia (683/1983). En el primer informe periódico de Finlandia se describen más detalladamente estas disposiciones. También se presta atención al interés superior del niño en otras leyes relativas a la infancia.

95.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño ha recomendado que el Gobierno de Finlandia examine todas las consecuencias del principio del interés superior del niño, en particular en el contexto de la labor de las autoridades municipales y la situación de los niños solicitantes de asilo y los niños refugiados, y que se esfuerce por asegurar que dicho principio sea una consideración primordial en todas las decisiones que afecten a los niños (Recomendación Nº 26).

96.El interés superior del niño en la práctica jurídica. En una decisión sobre la denegación de entrada en Finlandia a un extranjero, el Tribunal Supremo Administrativo subrayó que al considerar las distintas opciones y adoptar una decisión se daba prioridad a los aspectos relacionados con el interés superior del niño y al estado de salud y etapa de desarrollo de éste.

97.De conformidad con la Ley de extranjería (537/1999), se prestará especial atención al interés superior del niño cuando se adopten decisiones que afecten a una persona menor de 18 años. No obstante, en la práctica administrativa y judicial apenas se dan fundamentos detallados sobre la cuestión del interés superior del niño. Por ejemplo, el niño suele quedar marginado en los asuntos relacionados con la reunificación familiar. El Tribunal Administrativo de Helsinki ha aplicado en su propia práctica la cláusula general sobre el interés superior del niño haciendo referencia a ella pero también caso omiso de la obligación de garantizar las medidas de apoyo previstas en la Ley de extranjería cuando un niño con residencia en Finlandia ha obtenido un permiso de residencia basado en razones distintas de la condición de refugiado o la necesidad de protección internacional.

98.En el proyecto de nueva Ley de extranjería, presentado por el Gobierno al Parlamento el 13 de junio de 2003, se propone que cuando un niño no necesite protección internacional pueda obtener un permiso de residencia en determinados casos por razones humanitarias. En el caso de un familiar ha de seguir cumpliéndose el requisito de garantizar medios de ayuda, aunque se permiten excepciones. El proyecto de ley abre la posibilidad de facilitar la entrada en Finlandia a los padres con hijos menores. Mediante este proyecto de ley se trata de armonizar las disposiciones legales pertinentes y de proteger, en la medida de lo posible, la situación de cada niño, sin olvidar la repercusión que podría tener, por ejemplo, una reunificación automática de familias en Finlandia.

99.Decisiones de la Mediadora Parlamentaria. La Mediadora Parlamentaria Adjunta, Sra. Riitta-Leena Paunio, Mediadora Parlamentaria desde el 1º de enero de 2002, emprendió una iniciativa independiente en 2000 y empezó a investigar la supervisión de un hogar infantil privado, la comunidad familiar Kuttula. La Mediadora observó varios vicios en la supervisión y en su decisión señaló al Ministerio de Asuntos Sociales y Salud varias cuestiones, como la necesidad de precisar la legislación confusa y dispersa sobre las instituciones privadas de bienestar de la infancia y la necesidad de realizar un esfuerzo especial para mejorar las disposiciones legales relacionadas con la supervisión. La Mediadora consideraba que el mejor modo de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de los niños colocados en instituciones privadas de bienestar de la infancia era modificar la ley. En 2001, un grupo de trabajo creado por el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud presentó un memorando sobre la reforma de la supervisión de los servicios privados de bienestar de la infancia en el que se proponían, entre otras cosas, modificaciones a la ley.

100.En relación con el párrafo 3 del artículo 3 de la Convención, la Mediadora Parlamentaria Adjunta, en su decisión sobre los derechos de los niños colocados en hogares comunitarios financiados por el Gobierno, hizo hincapié en la supervisión de las instituciones de bienestar de la infancia. De conformidad con el Decreto sobre hogares comunitarios, el Centro Nacional de Investigación y Desarrollo para el Bienestar y la Salud (STAKES) se encargará de dirigir y supervisar de manera general los hogares comunitarios. Según la Mediadora se han producido vicios en la dirección y el control de esos hogares, en particular en lo jurídico. La Mediadora ha transmitido su opinión al STAKES y al Ministerio de Asuntos Sociales y Salud para ayudar a las partes a evaluar la necesidad de llevar a cabo un ajuste o una reorganización.

101.La intervención temprana y el interés superior del niño. La Unión Central de Bienestar de la Infancia ha subrayado la importancia de la intervención temprana. Cuanto antes se entra en contacto con los niños y los jóvenes con problemas, más fructífera es la ayuda y no resulta necesario recurrir a medidas costosas y severas. Los problemas que plantea la intervención temprana tienen que ver con los métodos utilizados, pero también con las capacidades y los conocimientos necesarios. Actualmente, los denominados servicios para adultos no tienen debidamente en cuenta las necesidades y la situación especial del niño en el caso de las familias con problemas de salud mental o toxicomanía o en las situaciones de violencia doméstica. La cuestión es importante ahora que se sabe que los principales motivos para colocar a un niño bajo la custodia de un tercero o en situación de guarda extrafamiliar siguen siendo los problemas de salud mental o toxicomanía de los padres.

102.El proyecto de intervención temprana (Varpu) , coordinado por el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud y llevado a cabo conjuntamente por el STAKES y la Unión Central de Bienestar de la Infancia tiene por finalidad elaborar modelos y métodos intersectoriales y multiprofesionales de intervención temprana en colaboración con el sector público y otros sectores para contribuir al bienestar de los escolares y estudiantes y ayudar a las familias con problemas de salud mental o toxicomanía. El objetivo es lograr un cambio cultural y de actitud más amplio para evitar los obstáculos a la intervención temprana. Es necesario introducir cambios tanto en la estructura de los servicios como en los sistemas y políticas operacionales que establecen las directrices de acción. Uno de los principales objetivos del proyecto es ayudar a los padres e hijos a hacer frente a las situaciones problemáticas y a lograr una situación en la que no sean necesarias medidas correctivas.

103.El interés superior del niño y las características culturales especiales. El interés superior del niño es evidentemente un concepto difícil de definir y que también habrá de tenerse en cuenta en relación con aspectos culturales especiales en situaciones de divorcio, litigio por la tutela o colocación del niño en custodia. El interés superior del niño prima sobre los aspectos culturales especiales. La Junta Asesora en Asuntos Romaníes ha recordado que las autoridades deberían tener en cuenta la concepción que tienen de la familia los romaníes. Según esa concepción, otros familiares se hacen cargo de la educación y el desarrollo del niño si los progenitores, por la razón que fuere, no pueden asumir esa responsabilidad.

C. Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo (artículo 6)

104.Derecho a la vida. La Constitución de Finlandia dispone que todas las personas tienen derecho a la vida. Basándose en los trabajos preparatorios de la reforma de los derechos fundamentales, toda persona tiene derecho a disfrutar de los derechos fundamentales toda su vida. Además, el ordenamiento jurídico también establece distintos tipos de protección incluso antes del nacimiento, en parte a través de las salvaguardias legales fundamentales de la madre. Uno de los principios constitucionales fundamentales es la protección de la dignidad humana. Por lo tanto, los experimentos médicos y científicos que afecten al feto o al embrión y violen la dignidad humana son contrarios a la Constitución.

105.Inseminación artificial. El segundo informe periódico de Finlandia menciona el proyecto de ley sobre el uso de células reproductoras y embriones en los tratamientos médicos de fecundidad y el proyecto de ley de enmienda de la Ley de paternidad, preparados por el Ministerio de Justicia. La intención es legislar el uso de células reproductoras y embriones en los tratamientos de fecundidad, los requisitos para esos tratamientos, la donación de células reproductoras y embriones para tratamientos médicos de fecundidad, la maternidad sustituta y el derecho de los niños nacidos gracias a esos tratamientos a obtener esa información. La Ley de paternidad (700/1975) se modificaría para incorporar disposiciones sobre la paternidad de los niños nacidos gracias a un tratamiento médico de fecundidad.

106.En el verano de 2002 el Gobierno presentó al Parlamento el proyecto de ley 76/2002 sobre los tratamientos de fecundidad, pero en febrero de 2003 el proyecto se retiró tras un agitado período de debates en el Parlamento. El Gobierno consideró necesario seguir trabajando en el proyecto. El objetivo es lograr una solución que tenga en cuenta la posición de la mujer, independientemente de que esté casada o viva con su pareja, en unión civil registrada con otra mujer o sola, así como el interés superior del niño nacido gracias a un tratamiento médico de fecundidad.

107.Finlandia no tiene una legislación específica sobre los tratamientos médicos de fecundidad. El objetivo es establecer un marco ético, jurídico y médico aceptable para esa actividad.

108.Derecho al desarrollo. En relación con el artículo 6 de la Convención, el Comité de los Derechos del Niño ha constatado que el segundo informe periódico no describe claramente de qué modo Finlandia hace efectivo el derecho al desarrollo. El Comité ha alentado a Finlandia a revisar sus planes de acción, estrategias, políticas y programas desde la perspectiva del derecho de cada niño al desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social (Recomendación Nº 28).

109.En febrero de 2002 el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud publicó una Decisión de principio del Consejo de Estado relativa a la determinación de la política nacional en materia de educación y cuidado de la primera infancia. La elaboración de esa Decisión de principio formó parte del Plan Nacional de Acción y Objetivos en materia de Bienestar Social y Atención de la Salud para el período 2000-2003 adoptado por el Gobierno.

110.Las directrices nacionales para la educación de la primera infancia incluyen los principios fundamentales y las prioridades de desarrollo de la educación finlandesa en la primera infancia. El documento tiene por objeto mejorar la calidad y el contenido de esa educación en todo el sistema de servicios y apoyo establecido para ayudar al niño y la familia antes que el primero alcance la edad de escolarización obligatoria.

111.Las guarderías son las instituciones más comunes de educación pública en la primera infancia, que abarca a unos 200.000 niños que no han alcanzado aún la edad de escolarización obligatoria. Los principios de la educación en la primera infancia se basan en las necesidades de los niños y las familias. Esa educación debe promover en el niño un crecimiento, desarrollo y aprendizaje favorables. Ha de ofrecer a todos los niños las mismas oportunidades de desarrollo de conformidad con la capacidad personal de cada niño. Los niños aprenden jugando y participando en diversas actividades y se desarrollan y crecen en interacción social. No sólo es importante apoyar el desarrollo personal del niño sino también educarlo para que establezca relaciones sociales.

112.Los principios por los que se rige la educación en la primera infancia giran en torno a los niños, los padres y el personal docente. Se insiste en ese tipo de educación como un proceso que promueve el crecimiento, el desarrollo y el aprendizaje del niño, siendo el propio niño un participante activo. Los niños aprenden en un entorno de crecimiento y aprendizaje concebido específica e intencionalmente para tal fin y en interacción con los adultos y los demás niños. Un alto nivel de educación en la primera infancia elimina las diferencias derivadas del origen dispar de los niños y, por lo tanto, ofrece a todos ellos las mismas oportunidades de desarrollo sobre la base de su capacidad individual.

113.La política de educación en la primera infancia permite aplicar la recomendación del Comité sobre el derecho de cada niño al desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social. Como continuación de esa política, el STAKES está preparando un plan nacional de educación en la primera infancia. Los documentos nacionales servirán de base para los planes y políticas municipales en esa esfera.

114.Desarrollo social y psicológico. En Finlandia las condiciones para el desarrollo físico y cognitivo del niño están perfectamente garantizadas. Sin embargo, el país no ha logrado resolver satisfactoriamente los problemas relacionados con el desarrollo social y psicológico. Existen problemas en ámbitos como la conciliación de la vida laboral y familiar. Los padres no tienen tiempo suficiente para estar con sus hijos, por lo que no les pueden proporcionar la orientación y el apoyo necesarios para su desarrollo.

115.Los niños romaníes y el derecho al desarrollo. A la Junta Asesora en Asuntos Romaníes le preocupa que no se preste la suficiente atención a la materialización de los principios de no discriminación y derecho al desarrollo de los niños romaníes. Todos los sectores de la administración han de concentrar sus esfuerzos en las oportunidades de desarrollo de los niños pertenecientes a minorías en sus respectivas áreas de actividad.

D. Opiniones del niño (artículo 12)

116.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño ha recomendado que Finlandia vele por que sean escuchadas siempre las opiniones de los niños menores de 12 años que se ven afectados por un procedimiento judicial, si se considera que son lo suficientemente maduros, y que ello se lleve siempre a cabo en un ambiente favorable al niño. El Comité recomienda asimismo que Finlandia examine periódicamente el grado en que se tienen en cuenta las opiniones de los niños y sus efectos en la formulación de las distintas políticas, en las decisiones de los tribunales, en la ejecución de los programas y en los propios niños (Recomendación Nº 30).

117.Según la Constitución de Finlandia, debe permitirse a los niños, de acuerdo con su madurez, influir en los asuntos que les afectan. La disposición corresponde al párrafo 3 del artículo 5 de la anterior Constitución tras la reforma constitucional de 1995 (969/1995).

118.La consideración del interés superior del niño exige que se lo escuche y se le permita expresar sus opiniones, deseos y esperanzas en las cuestiones que le afectan. En virtud de la legislación finlandesa, todo niño que haya cumplido 12 años deberá tener siempre la posibilidad de ser escuchado y sus opiniones se tendrán en cuenta al adoptar decisiones sobre la tutela o los derechos de visita o cuando el niño sea colocado en custodia o fuera del hogar. También ha de tenerse en cuenta la opinión de los niños menores de 12 años en la medida en que sea posible, según su edad y nivel de madurez.

119.Existen disposiciones más recientes relativas al niño que se describen a continuación. De conformidad con el artículo 1 c) de la Ley de extranjería (537/1999), que se añadió a la ley en 1999, antes de adoptar una decisión sobre un niño que haya cumplido 12 años, éste será escuchado según lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de procedimiento administrativo, a menos que se considere manifiestamente innecesario. También se puede escuchar a un niño menor de 12 años cuando éste sea lo suficientemente maduro como para que sus opiniones sean tenidas en cuenta. Dado que los intereses de los padres o el tutor pueden ser distintos a los del niño, es importante que la ley establezca expresamente la obligación de escuchar al niño.

120.Estas disposiciones reflejan la tendencia desarrollista que se manifiesta claramente en la legislación vigente y que pone de relieve el derecho del niño a ser tratado igual que un adulto. Cuando se toman decisiones que afectan al niño es importante subrayar la importancia del interés superior del niño y ver si difiere del interés de los padres o el tutor.

121.El derecho del niño a participar en los asuntos que le afectan se formula de diversas maneras en la administración de la educación. Actualmente se están reformando los principios fundamentales por los que se rigen los programas de estudios de la educación básica.

122.Promoción de la participación de los menores. El Ministerio de Educación participa en la aplicación del Plan de Acción para promover la participación de los menores en su ámbito de competencia. El Plan de Acción incluye 15 proyectos diferentes y tiene por finalidad, entre otras cosas, intensificar la colaboración para prevenir la exclusión social en la fase de transición de la enseñanza elemental a la secundaria, ayudar a los docentes a detectar más fácilmente los síntomas de posible exclusión social, ayudar a los menores inmigrantes a adaptarse invitándolos a participar en cursos de finlandés y programas de integración, y lograr que los talleres para menores sean una actividad reconocida.

123.El proyecto para promover la participación de los menores se llevará a cabo en forma de amplio programa piloto conjunto de varias municipalidades. Se elaborarán modelos para prevenir la exclusión social y aumentar la participación. Los gastos del programa piloto quinquenal ascenderán a unos 2 millones de euros anuales. Las municipalidades contratarán a coordinadores para dirigir la aplicación del Plan de Acción a nivel local. El proyecto se compone de casi 100 proyectos locales, que serán llevados a cabo por cada municipalidad individualmente o por varias municipalidades con carácter de proyectos regionales conjuntos.

124.Un grupo de coordinación ha preparado las decisiones sobre las transferencias de fondos del Estado central a las municipalidades. El grupo consideró que era importante que los objetivos del Plan de Acción se alcanzaran en diversos frentes en las municipalidades elegidas para participar en el proyecto. Se prestó especial atención a la capacidad de las municipalidades para mejorar sus funciones básicas a fin de animar a los menores a participar. Uno de los criterios para la concesión de una subvención era que el proyecto tuviera también en cuenta las características regionales para que estuvieran incluidos diversos municipios y subregiones de distinta superficie y de distintas partes del país. El número de municipios participantes, por provincia, es el siguiente: 12 de la provincia de Finlandia Meridional, 6 de la provincia de Finlandia Oriental, 14 de la provincia de Finlandia Occidental, 5 de la provincia de Oulu y 3 de la provincia de Laponia.

125.El Plan de Acción piloto conjunto está dirigido por un grupo directivo nacional y coordinado por un coordinador nacional dependiente del grupo directivo. El coordinador coopera con sus homólogos locales. Las municipalidades que no han obtenido financiación para proyectos pueden cooperar participando en el establecimiento de redes.

126.Para promover la participación y el ejercicio de la influencia social de los niños y los jóvenes, el Ministerio de Educación, en cooperación con la Alianza de Cooperación de la Juventud de Finlandia, organización de coordinación y ayuda a los jóvenes, ha creado un instrumento en línea de democracia en red que se utiliza, por ejemplo, en la enseñanza de la democracia en las escuelas. Además, se ha prestado apoyo al parlamento infantil, actividad escolar que tiene por finalidad ofrecer a los escolares la posibilidad de ejercer su influencia para mejorar su propia comunidad escolar y su vecindad inmediata. Algunas municipalidades tienen una junta de asuntos de la juventud, que forma parte de la administración municipal y se ocupa de las cuestiones relativas al trabajo juvenil y las actividades relacionadas con la juventud.

Algunas municipalidades han creado también consejos de la juventud para debatir las cuestiones relacionadas con la juventud local. Por lo general, los miembros de esos consejos son elegidos por los alumnos de 13 a 18 años de las escuelas y demás instituciones educativas.

127.Todas las personas que escuchan a los niños no están lo suficientemente informadas y no tienen capacidad ni tiempo para escuchar e interpretar correctamente los sentimientos del niño, por lo que se plantean problemas prácticos. Los asistentes sociales desempeñan un papel fundamental a la hora de aclarar las opiniones y el interés superior del niño cuando se trata de adoptar decisiones oficiales. Su capacidad para escuchar al niño e interpretar su interés superior puede aumentar gracias a la formación. Las municipalidades deben velar por que los empleados de los servicios de bienestar social relacionados con la infancia reciban una formación profesional adecuada. Las dependencias encargadas de los cursos de formación sobre bienestar social también deben velar por que en esos cursos se aplique correctamente el interés superior del niño y se contribuya a su evaluación.

128.En 2001 el STAKES publicó una serie de instrucciones tituladas Lapsen etu erotilanteissa. Opas sosiaalitoimelle (El interés superior del niño en casos de divorcio. Instrucciones para el Servicio de bienestar social). Los temas tratados incluyen cuestiones como el modo de escuchar al niño y de hacer que las condiciones le sean lo más favorables posible.

129.Cuando la Junta de Bienestar Social prepara un informe para un tribunal de justicia en casos de litigio sobre mantenimiento o visitas, se suele escuchar al niño. Los asistentes sociales también escuchan al niño cuando se prepara una custodia o se adoptan otras medidas relacionadas con el bienestar del niño. De esta manera se garantiza bastante bien que el niño será escuchado en las mejores condiciones posibles, por ejemplo, en la oficina del asistente social, en el centro de atención diurna al que asiste el niño o, en el mejor de los casos, en casa del menor. En caso necesario, pueden utilizarse las competencias y conocimientos de los centros de orientación infantil y familiar.

130.Declaración del niño ante un tribunal. Las actuaciones judiciales relacionadas con delitos cometidos contra menores, como la agresión o el abuso sexual, son particularmente difíciles para el niño. En el tribunal el menor tendrá que encontrarse con el imputado, que es a menudo una persona allegada a él, lo que puede crear una situación insostenible. Es por lo tanto bastante frecuente en los casos de delitos cometidos contra menores que la declaración del niño se grabe en vídeo durante la instrucción y se escuche por separado al imputado. Según el derecho procesal de Finlandia, la declaración de la parte actora formulada durante la instrucción de una causa penal no puede utilizarse como documento del juicio. No obstante, en los casos de delitos cometidos contra menores se aceptan las declaraciones previas al juicio. Además, en los juicios sobre mantenimiento y derecho de visita los tribunales han escuchado en algunas ocasiones al niño fuera de la sala de audiencias, por ejemplo en el despacho del juez, lo que ha ofrecido al niño un entorno más favorable.

131.La nueva Ley de enmienda del Código de Procedimiento (360/2003) introdujo una nueva disposición, según la cual la declaración de una persona menor de 15 años o con trastornos mentales grabada en un vídeo o casete durante la instrucción puede utilizarse como prueba ante el tribunal si se da la posibilidad a la defensa de formular preguntas al declarante.

132.Según la ley, la decisión de escuchar a un menor de 15 años sigue siendo una facultad discrecional del tribunal. Cuanto menos tiempo le quede al niño para cumplir 15 años, más fácil será decidir que declare ante el tribunal. Los niños menores de 15 años rara vez declaran ante un tribunal y cuanto más joven es el niño más raro es que lo haga. Por norma general, los niños menores de 10 años no deberían declarar ante los tribunales. Los niños pequeños están predispuestos a dejarse influir fácilmente y no siempre tienen clara la frontera entre la imaginación y la realidad, lo que no resulta necesariamente evidente durante los procedimientos judiciales. El niño también adapta fácilmente su declaración para ajustarse a lo que cree que los adultos quieren oír. El tribunal debe tener en cuenta estos elementos al decidir si desea escuchar la declaración de un niño menor de 15 años. También puede decidir que la declaración formulada antes del juicio (siempre que se haya grabado debidamente) constituye una prueba suficiente.

133.La decisión de hacer declarar a un niño menor de 15 años se basará en el supuesto de que esa declaración es de vital importancia para la investigación y de que no le causará sufrimiento ni otro perjuicio que pueda afectar su desarrollo. En caso necesario, el tribunal designará a una persona que apoye al declarante. El niño es escuchado por el tribunal a menos que éste considere que existen razones particulares para encomendar esa tarea a las partes. Éstas han de poder formular preguntas al declarante a través del tribunal o, si éste lo considera conveniente, directamente al declarante. En caso necesario, la declaración puede hacerse en un lugar distinto de la sala.

134.Ley de la condición y los derechos de los beneficiarios de prestaciones sociales. El Comité de los Derechos del Niño señaló que Finlandia se había esforzado por incluir en las recientes reformas legislativas el interés superior del niño y el derecho de éste a ser escuchado (Recomendación Nº 23). En ese sentido, el Comité se refirió a la Ley de la condición y los derechos de los beneficiarios de prestaciones sociales (812/2000) (en adelante Ley de beneficiarios de prestaciones sociales). Cuando se presentó el segundo informe periódico de Finlandia el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud estaba preparando esa ley, que entró en vigor a principios de 2001. En ese mismo momento se modificaron también otras leyes de bienestar social que tenían una estrecha relación con la Ley de beneficiarios de prestaciones sociales (812‑819/2000).

135.De conformidad con la Ley, se recabarán y tendrán en cuenta los deseos y opiniones de los menores, según su edad y nivel de madurez. En todas las medidas adoptadas en el ámbito del bienestar social público o privado que afecten al menor se dará suma prioridad al interés superior del niño. En un proyecto de ley del Gobierno relativo a la Ley (37/1999) se indica que el menor no suele tener la posibilidad real de participar en el tratamiento de las cuestiones que le afectan. Cuando se producen diferencias en relación con el mantenimiento o las visitas o se discute el interés superior del niño en relación con su bienestar, con mucha facilidad sólo se deja a los niños pequeños desempeñar un papel insignificante.

136.La Ley de servicios de bienestar social recoge los principios jurídicos fundamentales sobre la participación, el trato y la protección jurídica de los beneficiarios de prestaciones sociales. La ley contiene también disposiciones sobre la confidencialidad, la presentación de información confidencial, y el derecho de las autoridades a obtener información y asistencia. Según la ley, cada municipalidad designará un defensor del bienestar social, que se encargará de proporcionar asesoramiento e información. Además, la ley enmendada dispone que cada municipalidad podrá contar con los servicios de un asistente social cualificado que trabajará con los beneficiarios.

137.La ley también tiene por finalidad mejorar específicamente la condición y la protección jurídica del niño en tanto que beneficiario de prestaciones sociales, y pone de relieve la participación y libre determinación del niño en las cuestiones que le afectan.

138.La Ley de beneficiarios de prestaciones sociales se aplica tanto a los servicios de bienestar social públicos como a los privados. En la ley se entiende por beneficiario toda persona, incluido el niño, que solicita ayuda a los servicios de bienestar social o se beneficia de éstos.

139.De acuerdo con la ley, los beneficiarios tendrán derecho a recibir buenas prestaciones sociales y un trato no discriminatorio. El trato recibido por los beneficiarios no atentará contra su dignidad humana y respetará sus convicciones y su vida privada. La ley dispone de manera específica que cuando se presten servicios sociales deberán tenerse en cuenta los deseos, opiniones, intereses y necesidades del beneficiario, así como su lengua materna y origen cultural.

140.La ley también concede al beneficiario el derecho a que se le expliquen las distintas medidas alternativas que pueden solicitarse en su caso. El asistente social informará al beneficiario de sus derechos y obligaciones y de las distintas alternativas disponibles y sus consecuencias, así como de cualquier otro aspecto que sea importante en el caso. El asistente social se asegurará de que el beneficiario entienda el contenido y el significado de la información y, en caso necesario, se encargará de traducirlo o buscará un intérprete.

141.Las posibilidades de participar del beneficiario aumentan gracias a una disposición que obliga al servicio de bienestar social a elaborar un plan de servicios, atención, rehabilitación o de otro tipo para el beneficiario, a menos que se considere que ese plan es con toda probabilidad innecesario. El plan ha de elaborarse en colaboración con el beneficiario si no existe un obstáculo evidente para ello. La Ley de bienestar de la infancia y el Decreto de bienestar de la infancia que la complementa contenían, mientras estuvieron vigentes, una disposición que completaba esta disposición general y según la cual la elaboración de un plan para la manutención de un niño se haría en colaboración con el niño y las partes intervenían en su cuidado. Esos planes contribuyen a establecer una cooperación más eficaz y organizada con los beneficiarios y ayudan a adoptar decisiones a más largo plazo sobre los servicios y la atención. El plan es examinado de manera periódica o cuando se considera necesario. El objetivo es establecer el fundamento para las medidas de bienestar social ya que siempre se basa en el conocimiento más reciente de la situación del beneficiario.

142.La ley contiene también algunas disposiciones específicas sobre el niño, como la que estipula que cuando se presten servicios sociales, se averiguarán y tendrán en cuenta los deseos y opiniones del menor, según su edad y nivel de madurez. Esto no significa que sea el niño quien decida sobre las cuestiones que le afectan. El objetivo es conocer su opinión. Las autoridades siempre son responsables en última instancia de las decisiones que afectan al niño; no obstante, todas las medidas de bienestar social público o privado relacionadas con los menores deben dar siempre prioridad al interés superior del niño. Se ha considerado conveniente que este principio fundamental de la legislación finlandesa sobre el niño se incluya en la Ley de beneficiarios de prestaciones sociales.

143.La Ley de tutela (442/1999) prevé la designación de un representante legal (persona que representa a otra que no tiene capacidad jurídica plena y gestiona sus asuntos) en caso de conflicto de intereses entre el niño y su padre, madre o tutor. La ley dispone que si existen motivos para suponer que el padre, la madre o el tutor no puede velar objetivamente por el interés superior del niño en un caso concreto de prestación social que afecte al menor, un asistente social adoptará medidas y designará un representante del menor, si se considera que esto es importante para proteger el interés superior del menor. El representante legal es designado a petición de un tribunal de justicia. El representante legal ejerce el poder de decisión y el derecho a expresar su opinión en lugar del progenitor o el tutor en las cuestiones para las que ha sido designado.

144.En virtud de la ley, el menor también puede, según su edad y nivel de desarrollo y el tipo de asunto, y por razones de peso, impedir que se presente información sobre su persona al progenitor, al tutor o a cualquier otro representante legal. No obstante, para ello es necesario garantizar que esa denegación no sea claramente contraria al interés superior del niño. Según el preámbulo del proyecto de ley (137/1999), la finalidad de la disposición es subrayar que el derecho a la libre determinación de los menores beneficiarios de prestaciones sociales también se hace realidad en la práctica. La disposición no establece ninguna edad máxima, pero es obvio que el niño ha de tener un desarrollo suficiente y ser lo bastante maduro como para explicar la necesidad de esa denegación y entender su importancia. Son claramente contrarias al interés superior del niño las situaciones en las que los padres o tutores encargados de los arreglos relacionados con el cuidado y el mantenimiento del menor no pueden adoptar las medidas adecuadas para garantizar su seguridad debido a la falta de información provocada por la negativa del menor a que se dé información que le concierne.

145.El Ministerio de Asuntos Sociales y Salud ha publicado una serie de instrucciones sobre la Ley de beneficiarios de prestaciones sociales para ayudar a los proveedores públicos y privados de prestaciones sociales y a los beneficiarios de esas prestaciones.

146.Cuando se aprobó la ley, el Parlamento pidió al Gobierno que analizara la repercusión de la legislación sobre la condición y los derechos de los beneficiarios de prestaciones sociales y que dos años después de su entrada en vigor y basándose en ese análisis presentara un informe a la Comisión de Bienestar Social y Salud sobre los efectos evaluados y la materialización de los objetivos de la reforma. Obedeciendo a la petición del Parlamento, el 6 de febrero de 2003, el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud presentó a la Comisión de Bienestar Social y Salud un informe sobre la repercusión de la legislación relativa a la condición y los derechos de los beneficiarios de prestaciones sociales y una evaluación de los efectos de la reforma y la materialización de sus objetivos. Se ha publicado un informe que abarca la fase inicial de la evaluación.

147.Defensor del bienestar social. De conformidad con el artículo 24 de la Ley de beneficiarios de prestaciones sociales, las municipalidades designarán un defensor del bienestar social que se encargará de asesorar a los beneficiarios en las cuestiones relacionadas con la aplicación de la ley; prestarles ayuda; informarles sobre sus derechos; actuar de cualquier otra manera para promover los derechos del beneficiario y garantizar su ejercicio efectivo; seguir de cerca la evolución de los derechos y la posición de los beneficiarios en la municipalidad; y presentar un informe anual de situación al Gobierno municipal.

148.El defensor del bienestar social desempeña un papel fundamental en la aplicación de la Ley de beneficiarios de prestaciones sociales. El sistema de defensores crea las condiciones para asesorar y orientar a los beneficiarios, así como para supervisar los servicios y su suministro con miras a mejorar la posición del beneficiario en la municipalidad. El defensor del bienestar social se encarga de promover la protección jurídica del beneficiario. Una de sus funciones consiste en ayudarlo a presentar reclamaciones. Esas reclamaciones se refieren principalmente a las propias funciones de los servicios de bienestar social, es decir, al trato con el beneficiario.

149.En su informe anual al Gobierno municipal, el defensor del bienestar social puede referirse, con carácter general, a los problemas y vicios que ha descubierto al realizar su trabajo. El defensor puede señalar las partidas asignadas y el modo en se han consignado y destinado a las distintas funciones de bienestar social de la municipalidad, a la organización de los servicios de bienestar social y a la forma de mejorar su calidad.

150.La Ley de la condición y los derechos de los beneficiarios de prestaciones sociales está vigente desde hace poco, por lo que resulta difícil evaluar si han logrado sus objetivos y cuál ha sido su verdadera repercusión en la condición y los derechos de los beneficiarios. No obstante, basándose en las opiniones del defensor del bienestar social, puede considerarse que la ley ha mejorado la condición de los beneficiarios, al menos en cierta medida. Las nuevas formas de actividad previstas en la ley y los sistemas de reclamación y de defensores del bienestar social en particular, parecen estar convirtiéndose en importantes instrumentos del mejoramiento de la condición de los beneficiarios.

151.Decisiones preliminares del Tribunal Supremo. En una decisión preliminar relativa a una causa por custodia de niño (2001:110), el Tribunal Supremo se refirió expresamente a los deseos y las opiniones del niño. En ese caso concreto se trataba de niños que se habían quedado sin representante legal tras la muerte de su madre. Tanto el padre como la persona que vivía con la madre y los niños habían pedido la custodia. Los niños habían expresado su deseo de quedarse con esta persona. La orden de custodia según la cual los niños habrían debido ir a vivir con el padre no habría podido aplicarse habida cuenta de la edad y los deseos de los niños. El Tribunal Supremo llegó a la conclusión de que en aras del interés superior de los niños lo mejor era que la custodia se concediera a la persona con la que estaban viviendo.

152.Decisiones de la Mediadora Parlamentaria. En 2001, uno de los principales aspectos de la labor de la Mediadora Parlamentaria Adjunta de Finlandia fue el derecho del niño a ser escuchado. La Mediadora Parlamentaria Adjunta, Sra. Riitta‑Leena Paunio, señaló, en algunas de sus decisiones basadas en reclamaciones, el derecho del niño a ser escuchado. La Mediadora subrayó la importancia de la cautela a la hora de aclarar o escuchar la opinión del niño. La cautela en un procedimiento significa, por ejemplo, que la persona encargada de tomar declaración al niño sea, en la medida de lo posible, un profesional cualificado. Esa persona puede ser el asistente social que se ocupa de los problemas del niño. En otro caso, la Mediadora concluyó que el procedimiento utilizado para escuchar al niño era muy importante para establecer la corrección y fiabilidad del método que permitía a las autoridades averiguar la opinión del niño. En la decisión se ponía de relieve que los asistentes sociales eran responsables de la eficacia en la averiguación de la opinión del niño. El asunto se refería al ejercicio del derecho de un organismo de bienestar social a iniciar una acción en un caso de custodia de niño.

153.Convenio europeo sobre el ejercicio de los derechos del niño. En enero de 1996, el Consejo de Europa aprobó el Convenio europeo sobre el ejercicio de los derechos del niño. El Convenio se refiere a las medidas de procedimiento destinadas a promover el ejercicio de los derechos del niño, es decir, a cuestiones como el derecho del niño a expresar su opinión y su derecho a tener un representante especial en los tribunales. El Convenio está en vigor desde julio de 2000. Finlandia lo firmó en enero de 1996 pero hasta la fecha no lo ha ratificado. No obstante, la legislación finlandesa se ajusta a sus principales prescripciones.

IV. DERECHOS CIVILES FUNDAMENTALES

A. Nombre y nacionalidad (artículo 7)

154.Inscripción del nacimiento del niño. En Finlandia, los profesionales de la salud (médicos, parteras, enfermeras y ayudantes de enfermería) están obligados a inscribir todos los nacimientos en el registro de población. El nombre y el idioma materno del niño deben notificarse al registro dentro de un plazo de dos meses a contar desde la fecha de nacimiento del niño.

155.Nombre de pila. La Ley de nombres (694/1985) estipula las cuestiones relativas al nombre del niño. Todo finlandés debe tener nombre y apellido. Nadie puede tener más de tres nombres de pila. El nombre de pila no debe ser inadecuado ni lesivo para el niño, como sería un nombre de mujer para un varón o viceversa; el apellido no debe utilizarse como nombre de pila y éste tiene que ajustarse a la ortografía tradicional de los nombres en finlandés. Los hermanos y hermanastros no pueden tener el mismo nombre de pila. Caben, no obstante, excepciones a esas disposiciones, basadas en el uso religioso o criterios como la nacionalidad. Los nombres de pila del niño debe inscribirse en el registro de población (Registro Civil, Iglesia evangélica luterana o Iglesia ortodoxa) dentro de un plazo de dos meses a contar desde la fecha del nacimiento del niño.

156.Apellido. La Ley de nombres dispone también todo lo relativo al apellido. El recién nacido recibe el apellido de los padres si éstos tienen un apellido común. En caso contrario, el niño recibe el apellido de uno de sus progenitores, previo acuerdo entre ambos. Los menores cuya custodia está a cargo de sus padres biológicos ejercida en forma conjunta llevan siempre el mismo apellido.

157.El apellido del niño debe inscribirse en el registro de población (Registro Civil, Iglesia evangélica luterana o Iglesia ortodoxa) dentro de un plazo de dos meses a contar desde la fecha del nacimiento del niño. Si los padres del niño no son sus representantes legales, tienen derecho, ambos o uno de ellos, a decidir el apellido de cuál de ellos llevará el niño.

158.Si el apellido del niño no se ha inscrito en el registro de población según lo estipulado, el menor llevará el apellido que tenga la madre en el momento en que los datos del niño se notifiquen al registro de población.

159.Cuando un tribunal confirma la adopción de un menor, éste recibe el apellido del padre adoptivo o la madre adoptiva o el apellido común de ambos padres adoptivos. El niño adoptado debe llevar el mismo apellido que los demás menores que estén bajo la custodia conjunta de los padres adoptivos. Sin embargo, el niño adoptado puede mantener su apellido anterior por decisión judicial si se considera que ello redunda en su interés superior.

160.Si el niño es adoptado en el extranjero, puede recibir el apellido común de los padres adoptivos o el de uno de ellos. Todos los menores que estén bajo la custodia conjunta de sus padres adoptivos tendrán el mismo apellido.

161.Si la paternidad del niño no se hubiera establecido en el momento de imponérsele el apellido, el niño no puede recibir el apellido del padre. Una vez establecida la paternidad, el apellido del menor puede ser sustituido por el del padre.

162.Si los padres del menor se casan y adoptan un apellido común, pueden acordar cambiar el apellido del niño por el apellido común de los padres. El menor también puede llevar el apellido del nuevo cónyuge de su padre o madre. Ese cambio requiere el consentimiento de ambos progenitores. Si se revoca la paternidad de un hombre, éste puede solicitar una orden judicial para que el niño reciba el apellido que tenía la madre cuando el niño nació. Para cambiar el apellido de un niño mayor de 12 años se necesita su consentimiento. Éste no es necesario, sin embargo, si el niño es incapaz de expresar su voluntad por causa de enfermedad o discapacidad. El menor que piensa contraer matrimonio tiene derecho a decidir su apellido en el momento de casarse.

163.Nacionalidad. De conformidad con la Constitución de Finlandia, la nacionalidad finlandesa se adquiere por nacimiento o por la nacionalidad de los padres, según se estipule en la legislación. También puede concederse la nacionalidad en ciertos casos previa notificación o solicitud.

164.La nueva Ley de nacionalidad (359/2003) entró en vigor el 1º de junio de 2003 en sustitución de la antigua Ley de nacionalidad, promulgada en 1968. El cambio más importante es que la nueva Ley prevé una aplicación más amplia de la nacionalidad múltiple (doble nacionalidad). Los nacionales finlandeses ya no pierden su nacionalidad finlandesa si adquieren otra nacionalidad. Asimismo, los extranjeros a quienes se concede la nacionalidad finlandesa no están obligados a renunciar a su nacionalidad anterior. Es la legislación del otro país la que determina si la persona puede tener otra nacionalidad además de la que ya tiene.

165.De conformidad con la nueva Ley de nacionalidad, los niños mayores de 12 años serán escuchados cuando se tramiten las solicitudes o notificaciones relativas a su nacionalidad. Los niños mayores de 15 años pueden comunicar que se oponen a la concesión de una nueva nacionalidad o que no aceptan renunciar a determinada nacionalidad. El interés superior del niño puede influir en la adopción de una nacionalidad, incluso si el menor se opone a la solicitud o notificación presentada por otra persona.

166.El niño adquiere la nacionalidad finlandesa al nacer si:

-La madre es finlandesa;

-El padre es finlandés y está casado con la madre, o el niño ha nacido en Finlandia y se ha establecido la paternidad del padre;

-El padre ha fallecido pero era finlandés al morir y estaba casado con la madre, o el niño ha nacido en Finlandia y se ha establecido la paternidad del padre; o bien

-El niño ha nacido en Finlandia y no ha adquirido otra nacionalidad al nacer y, en virtud del nacimiento, no tiene derecho, ni siquiera como opción secundaria, a otra nacionalidad.

167.Los niños nacidos en Finlandia adquieren la nacionalidad finlandesa por nacer en territorio finlandés, si los padres tienen estatuto de refugiados en Finlandia o disfrutan de algún otro tipo de protección contra las autoridades del país de su nacionalidad. Otro requisito es que el niño no adquiera la nacionalidad de ninguno de sus progenitores, salvo que su nacimiento se inscriba en el organismo competente del país de uno de sus progenitores, o en cualquier otro lugar, de manera que ello suponga la contribución de las autoridades del Estado en cuestión. Si la protección se ha otorgado solamente a uno de los progenitores, se requiere, además, que el niño no reciba al nacer la nacionalidad del otro progenitor, ni que se le conceda, ni siquiera como opción secundaria, el derecho a la nacionalidad del otro progenitor en virtud del nacimiento.

168.Los niños extranjeros menores de 12 años que hayan sido adoptados y llevados a Finlandia adquieren la nacionalidad finlandesa, en virtud de la adopción, a partir de la fecha en que ésta es válida en Finlandia, con la condición de que al menos uno de los padres adoptivos sea finlandés.

169.Los niños pueden adquirir la nacionalidad finlandesa en virtud del matrimonio de los padres, a partir de la fecha en que éstos contrajeron nupcias, siempre que el padre fuera finlandés cuando el niño nació y no haya dejado de serlo desde entonces, y su paternidad quedara establecida antes de la fecha del enlace matrimonial. Si la paternidad de un finlandés se establece sólo después del casamiento, el niño adquiere la nacionalidad finlandesa a partir de la fecha en que se estableció la paternidad. Si el padre fallece después de contraer matrimonio, el niño adquiere la nacionalidad finlandesa a partir de la fecha en que se estableció la paternidad, si el padre era finlandés al morir.

170.Los niños expósitos o nacidos en Finlandia de padres cuya nacionalidad se desconoce se consideran finlandeses siempre que no existan indicios de que son nacionales de otro país. La misma disposición se aplica en el caso de los niños nacidos fuera del matrimonio que son hijos de una mujer de nacionalidad desconocida. Sin embargo, si se descubre que el niño es nacional de otro país después de cumplir 5 años, éste sigue siendo finlandés.

171.Uno de los progenitores o el tutor del niño puede solicitar la nacionalidad finlandesa para el niño. Para ello, la persona que cumplimenta el formulario de solicitud debe ser finlandesa y el niño debe vivir en el hogar de esa persona.

172.Si el cosolicitante cumple 18 años o contrae matrimonio antes de que la solicitud se haya tramitado, éste tiene que modificarla para que se aplique a él. Si el niño cumple 18 años o contrae matrimonio antes de que se tramite la solicitud presentada en su nombre por uno de los progenitores o el tutor, tiene que ratificar la solicitud firmándola; si no lo hace, la solicitud será rechazada.

173.Si un niño extranjero mayor de 12 años es adoptado y llevado a Finlandia adquiere la nacionalidad finlandesa al notificársela. La condición requerida es que al menos uno de los padres adoptivos sea finlandés y que la adopción sea válida en Finlandia. Los hijos adoptivos menores de 12 años adquieren la nacionalidad finlandesa al notificársela, si la decisión relativa a la adopción es previa al 1º de junio de 2003, fecha de entrada en vigor de la Ley de nacionalidad. Al menos uno de los padres adoptivos debe ser finlandés y la adopción ha de tener validez en Finlandia. La notificación se realiza dentro de un plazo de cinco años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la Ley de nacionalidad.

174.Si se ha revocado la paternidad del esposo o se han iniciado acciones para revocarla antes de que el niño cumpla 5 años, o bien se ha revocado la paternidad establecida o se han iniciado acciones para revocarla dentro de un plazo de cinco años desde la fecha en que se estableció la paternidad, puede decidirse la pérdida de la nacionalidad finlandesa del menor adquirida en virtud de la nacionalidad del padre. En ese caso la decisión se adopta a partir de un examen riguroso de la situación del menor. Durante la evaluación del caso debe tenerse particularmente en cuenta la edad del niño y sus vínculos con Finlandia.

B. Preservación de la identidad (artículo 8)

175.Nacionalidad. En la sección A, supra, se describe el contenido de la nueva Ley de nacionalidad. Las disposiciones de la Ley relativas a la pérdida de nacionalidad y la exención de nacionalidad no deben aplicarse si, a resultas de ello, la persona interesada se convirtiera en apátrida.

176.Cambio de nombre. El nombre de una persona sólo puede cambiarse por los motivos previstos en la ley. Una persona puede cambiar de nombre mediante notificación una sola vez (el cambio de nombre se hace por primera vez). En la notificación no es necesario especificar las razones del cambio. En los demás casos, el cambio del nombre de pila está sujeto a la presentación de una solicitud por escrito al Registro Civil. Es ese caso, es necesario aducir razones que justifiquen el cambio.

177.El cambio de nombre de los niños mayores de 12 años exige su consentimiento. Los niños mayores de 15 años pueden solicitar por sí mismos cambiar de nombre.

178.Las personas pueden también cambiar de apellido mediante una notificación, en determinados casos concretos, o presentando una solicitud al respecto. Los padres o tutores han de estar de acuerdo sobre el cambio de apellido de los niños. Para solicitar el cambio de apellido debe aducirse un motivo justificado y no ha de existir ningún impedimento para ello, como, por ejemplo, que el apellido propuesto pertenezca a otra familia. En ese caso no es posible el cambio.

179.El cambio de apellido del niño siempre debe solicitarse por separado, es decir, que el apellido del niño no cambia automáticamente cuando cambia el de los padres. No puede cambiarse el apellido de un niño mayor de 12 años sin su consentimiento. A partir de los 15 años, un niño puede presentar una solicitud de cambio de apellido.

180.Adopción. Por lo que respecta a la cuestión de la adopción, la legislación finlandesa se basa en el principio de la llamada adopción firme, según la cual los derechos y obligaciones de los padres biológicos para con el niño y los vínculos jurídicos de éste con los padres biológicos cesan con la adopción.

181.El niño adoptado, sus padres adoptivos y los hijos de éstos tienen derecho a consultar, con el debido asesoramiento, los documentos relativos a la adopción. Los organismos municipales de bienestar social, la oficina de adopción y el proveedor de servicios deben conservar los documentos relativos a la adopción durante un período mínimo de 100 años desde la fecha de su consignación. Puede denegarse el suministro de información si éste perjudicara la salud o el desarrollo del niño adoptado o fuera contrario de cualquier otro modo al interés superior del niño adoptado o a otros intereses privados.

182.Identidad de los niños refugiados. Una gran parte de la población refugiada de Finlandia (unas 6.000 personas) son somalíes. Casi todos han llegado a Finlandia sin pruebas documentales de su identidad. Debido a la guerra civil en Somalia, no se dispone aún de los documentos. Algunos de los refugiados son niños cuyas fechas de nacimiento y nombres han sido inscritos incorrectamente por diversas razones, o han llegado al país en el marco de los programas de reunificación familiar con documentos de identidad falsificados. La corrección de la información falsa sobre la identidad ha resultado ser un proceso extremadamente difícil y prolongado. De conformidad con la Ley de información sobre la población (507/1993), los extranjeros deben presentar datos fidedignos sobre la información requerida al sistema de información sobre la población. En la práctica, los niños y adultos somalíes no han podido demostrar su identidad más que a través de sus propios relatos, que no se consideran un medio de prueba suficiente. Las denegaciones del Registro Civil pueden apelarse ante los tribunales administrativos. El Tribunal Administrativo de Helsinki ha corregido los datos personales de menores somalíes por lo menos en dos casos, basándose en declaraciones formuladas por testigos en una vista oral (Tribunal Administrativo de Helsinki, 19 de diciembre de 2000 y 19 de mayo de 2002).

C. Libertad de expresión (artículo 13)

183.De conformidad con la Constitución de Finlandia, toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, que conlleva el derecho a expresar, difundir y recibir información, opiniones u otras comunicaciones sin que nadie lo pueda impedir. La Constitución de Finlandia garantiza a todos la libertad de expresión dentro de la jurisdicción finlandesa, independientemente de su nacionalidad o de otros datos, como la edad.

184.La libertad de expresión puede limitarse por medio de la legislación solamente por motivos relacionados con el bienestar del niño. Por ejemplo, puede considerarse necesario imponer restricciones sobre programas que contienen imágenes para proteger a los niños.

185.En la primavera de 2003 se aprobó la nueva Ley sobre la utilización de la libertad de expresión en los medios de comunicación (460/2003), que sustituye a la Ley de libertad de prensa y la Ley de responsabilidad de radioteledifusión.

186.Participación de los niños y los jóvenes. Para prosperar, la sociedad necesita de la participación activa de todos los ciudadanos. El reconocimiento de la importancia del derecho de participación del niño, y el respeto de este derecho, es una inversión de cara al futuro. La investigación y la experiencia práctica demuestran que los niños también tienen opiniones y conocimientos sobre cuestiones que les atañen, como el medio que viven; tan sólo se requiere voluntad y buen criterio para escuchar sus opiniones. El hecho de promover una mayor participación de los niños resulta también un instrumento excelente de su aprendizaje de la democracia, y permite desarrollar la capacidad del niño para que éste asuma responsabilidades en las cuestiones que le conciernen, lo que, entre otras cosas, sirve para prevenir posibles situaciones adversas, como la exclusión social.

187.El Comité de los Derechos del Niño señaló que no se ha prestado suficiente atención a la participación del niño, entre otros ámbitos, en la enseñanza general. Desde la crisis económica de principios de la década de 1990, las escuelas han hecho economías reduciendo actividades como las de los clubes extraescolares o las organizaciones estudiantiles. El Comité ha instado a Finlandia a que adopte medidas eficaces para aumentar la participación de los niños, por ejemplo en las actividades relacionadas con su propia educación.

188.El Ministerio del Interior llevó a cabo un proyecto nacional de participación durante el período 1997-2002, que amplió las oportunidades de participación y la influencia de los residentes locales. Durante el período de aplicación, numerosas municipalidades y ciudades ejecutaron diversos programas y proyectos para aumentar la participación de los niños y los jóvenes. Cabe mencionar, a modo de ejemplo, el Kempeleen Pikkuparlamentti (Parlamento de los Niños), en el municipio de Kempele, resultante del proyecto. Los niños y los jóvenes formularon propuestas sobre su escuela y su barrio y eligieron a representantes de sus clases que se reunieron bajo la dirección del presidente del Consejo Municipal para decidir cuáles de esas propuestas se aceptarían.

189.Además, numerosas organizaciones infantiles y juveniles, como la Unión Central de Bienestar de la Infancia, participan en proyectos cooperativos que promueven la participación de los niños y proporcionan orientación sobre la manera de ejercer influencia. Las municipalidades dirigen actualmente no menos de 250 talleres de jóvenes y unos 150 proyectos que cuentan con la participación de jóvenes.

190.El desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y la reducción de los precios del equipo y los programas han dado origen a nuevos marcos de aprendizaje y comunicación para los niños y jóvenes de todo el mundo, lo que ha aumentado las oportunidades de participación y favorecido la internacionalización y el multiculturalismo.

191.Sin embargo, la revolución de la sociedad de la información tiene su faceta negativa. No todos los niños y jóvenes pueden aprovechar las ventajas que ofrecen las nuevas tecnologías, lo que aumenta la desigualdad entre ellos. Los niños y jóvenes que disfrutan de bienestar y han viajado y visto mundo están más preparados para tomar iniciativas y participar en debates y ejercer influencia cuando se adoptan las decisiones que les conciernen.

D. Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (artículo 14)

192.La Constitución de Finlandia garantiza la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión a todos, incluido el derecho a profesar y practicar una religión, el derecho a expresar las convicciones propias y el derecho a pertenecer o no a una comunidad religiosa. De acuerdo con los datos de 2001 de la Dirección de Estadística de Finlandia, el 84,9% de los finlandeses pertenece a la Iglesia Evangélica Luterana, el 1,1% a la Iglesia Ortodoxa, el 1,1% a otras comunidades religiosas y el 12,9% restante no pertenece a ninguna comunidad religiosa. En las escuelas de enseñanza general y de enseñanza secundaria superior se imparte enseñanza religiosa en función de la fe que profesan los alumnos.

193.Los padres como educadores religiosos de los hijos. Mediante las disposiciones relativas a la situación religiosa del niño se trata de garantizar la unidad religiosa de la familia, salvaguardar la continuidad de la situación religiosa del niño y su derecho a participar en la adopción de decisiones al respecto, y proteger al menor.

194.La nueva Ley de libertad de religión (453/2003) entrará en vigor el 1º de agosto de 2003 en sustitución de la Ley de libertad de religión vigente, promulgada en 1922 (267/1922). Ello supondrá actualizar de la legislación relativa a la educación religiosa en las escuelas de enseñanza básica y de enseñanza secundaria superior y su consiguiente armonización con las disposiciones constitucionales sobre religión y libertad de conciencia. Contribuirá también a que los alumnos tengan más posibilidades de recibir enseñanza religiosa, según el credo de cada uno, o una educación ética en caso de que no se haya previsto la enseñanza de la religión que profesan. Otro de los objetivos de la nueva ley es precisar la normativa que rige la celebración de los actos y ceremonias en las escuelas que se consideran parte de la práctica religiosa.

195.Según la nueva ley, la situación religiosa del niño ya no se determina automáticamente por la situación religiosa de los padres o el tutor. Éstos deciden si el menor ingresará en una comunidad religiosa o la abandonará. La nueva ley unifica las prácticas utilizadas en el Registro Civil y refuerza el derecho de las diversas comunidades religiosas a decidir por sí mismas las condiciones de ingresos en su comunidad, así como el derecho de los padres o el tutor a decidir la situación religiosa del menor.

196.Los padres o el tutor establecen conjuntamente la situación religiosa del niño. Sin embargo, si no logran acuerdo sobre la situación religiosa del recién nacido, la madre, que tiene la custodia del niño en esa etapa, puede decidir sobre la cuestión. La anterior Ley de libertad de religión (267/1922) y la Ley de nombres (694/1985) contienen disposiciones similares que conceden preferencia a la madre. En virtud de esas disposiciones el niño adquirirá el apellido de la madre si, dentro del plazo establecido, los padres no han informado cuál de ellos dará su apellido al niño.

197.La madre debe informar a la comunidad de que se trate del ingreso del menor en esa comunidad dentro del plazo de un año desde la fecha de nacimiento del niño. La excepción a esa disposición, mencionada supra, es el caso del recién nacido cuya situación religiosa no se ha determinado aún. Todos los cambios posteriores en la situación religiosa del niño serán decididos conjuntamente por el padre y la madre o por el tutor.

198.A diferencia de lo que se afirma en el informe del Comité de Libertad de Religión, la legislación no prohíbe que los padres o el tutor incorporen al niño a la comunidad religiosa que deseen. Según la propuesta del Comité, el niño solamente puede ser miembro de la comunidad religiosa a la que pertenezcan ambos padres, uno de ellos o el tutor. El Comité consideraba que sólo cabía aceptar una excepción si ésta garantizaba la posibilidad de que el niño recibiera la enseñanza correspondiente a su anterior situación religiosa o si el niño vivía con carácter permanente con los padres o el tutor. El Registro Civil habría de ser, en última instancia, el responsable de evaluar si se cumplían las condiciones de las excepciones previstas a las disposiciones. Sin embargo, la capacidad del Registro Civil para comprobar el contenido de la educación religiosa anterior de un menor sería, en la práctica, bastante limitada. Cabe afirmar que, en ese tipo de situaciones, los padres o el tutor se encuentran en mejor posición para evaluar si el ingreso del niño en una comunidad diferente a la de ellos redundará en beneficio del interés superior del menor.

199.Asimismo, cuando los padres o el tutor han de decidir la situación religiosa del niño o considerar la posibilidad de dar su consentimiento a un cambio de comunidad religiosa de un niño mayor de 15 años, deben guiarse por las disposiciones sobre los objetivos del cuidado del niño previstas en la Ley de custodia de niños y derecho de acceso (361/1983). El principio fundamental es velar por el desarrollo equilibrado y el bienestar del menor de acuerdo con sus necesidades y deseos particulares. El ingreso de un niño en una comunidad con la que no tiene vínculos naturales no puede considerarse, por lo general, acorde con esos objetivos.

200.Se considera que las decisiones relativas a la situación religiosa requieren madurez y sensatez, razón por la cual nadie puede adoptar una decisión independiente sobre su situación religiosa antes de cumplir 18 años o, si los padres o el tutor han dado su consentimiento, a los 15 años. Los límites de edad no han variado. Para proteger la continuidad de la situación religiosa del niño y su derecho a participar en la adopción de las decisiones que le conciernen, se ha ampliado el derecho de los niños menores de 15 años a ser escuchados, y, por tanto, los niños mayores de 12 años pueden cambiar de situación religiosa si consienten en ello.

201.Enseñanza religiosa. La participación en la enseñanza religiosa queda regulada por las disposiciones relativas a la enseñanza de la religión y la ética de la Ley de enseñanza básica (628/1998) y de la Ley de escuelas secundarias de nivel superior (629/1998). La expresión que figura en las actuales disposiciones, a saber, "enseñanza confesional", se sustituye por otra que describe mejor el contenido y organización actuales de la enseñanza religiosa, a saber, "enseñanza de la religión del alumno".

202.Ello no supone ningún cambio de los contenidos actuales de la enseñanza religiosa en las escuelas finlandesas. El derecho y la obligación del alumno a participar en la enseñanza de su religión o en la enseñanza de la ética apenas ha variado. Los profesores de religión evangélica luterana y religión ortodoxa no tienen necesariamente que pertenecer a las iglesias en cuestión.

203.El alumno que no pertenece a la comunidad religiosa de la mayoría de sus compañeros no está exento de la enseñanza religiosa de esa mayoría, pero participa en ella solamente si se matricula en esa asignatura. Cabe señalar que se han introducido otros pequeños cambios en las disposiciones que regulan la enseñanza de la religión y la ética.

204.Los alumnos que pertenecen a una comunidad religiosa pueden también asistir a las clases de ética si no se enseña la religión que profesan. Además, a los alumnos que no pertenecen a ninguna comunidad religiosa pero cuyas creencias religiosas son evidentes, por su educación u origen cultural, se les da la posibilidad de instruirse en su propia religión.

205.Ley de enseñanza básica, (454/2003), artículo 13 . En relación con los motivos expuestos en la Ley de libertad de religión, en este artículo el concepto de "confesión" se ha sustituido por el de "comunidad religiosa". Este cambio se ajusta a la actual aplicación práctica de la ley. También se ha eliminado la expresión "enseñanza confesional" y se ha introducido "enseñanza de la religión del alumno", que expresa mejor el actual contenido de la educación religiosa.

206.En el artículo 13 se han suprimido las referencias a las disposiciones de la Ley de libertad de religión relativas a las exenciones de la enseñanza religiosa por los motivos enunciados en la ley. En la nueva Ley de libertad de religión no se incluyen disposiciones sobre la exención de la enseñanza religiosa. Según ese artículo, los alumnos no están obligados a participar en la enseñanza religiosa impartida por ser la religión de la mayoría de sus compañeros si no pertenecen a la comunidad religiosa que profesa esa religión. Sí pueden participar, sin embargo, si los padres o el tutor han informado sobre el particular al profesor.

207.En virtud del artículo enmendado se garantiza en mayor medida la materialización del principio de libertad de religión, reconocido por la Constitución. El objetivo primordial del suministro de enseñanza religiosa es salvaguardar los derechos de los alumnos y no defender los intereses de las comunidades religiosas.

208.El párrafo 4 del artículo se refiere al derecho que asiste a los padres o al tutor a elegir la enseñanza religiosa del alumno si éste pertenece a más de una comunidad religiosa. Esa disposición es necesaria porque, aunque la nueva Ley de libertad de religión no prohíbe a nadie pertenecer a varias comunidades religiosas de manera simultánea, son las propias comunidades religiosas las que deben decidir la cuestión. Sin embargo, la nueva Ley de libertad de religión establece que la prohibición de pertenecer simultáneamente a varias comunidades religiosas, prevista por la anterior Ley de libertad de religión, se aplicará durante un período de tres años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la nueva ley. Por consiguiente, la libertad de elección de los padres o el tutor, prevista en el párrafo 3 del artículo 13 de la ley, sólo será aplicable una vez concluido ese período.

209.En el párrafo 5 se estipula que si el alumno pertenece a una comunidad religiosa cuya enseñanza no se ha organizado, los padres o el tutor pueden solicitar que el alumno reciba enseñanza de ética. De conformidad con la antigua ley, los alumnos que pertenecían a una comunidad religiosa no podían asistir a clases de ética. Esto se ha considerado una deficiencia, ya que los alumnos quedaban excluidos de toda enseñanza ética; por ejemplo, no se impartía enseñanza confesional si no se alcanzaba un cupo de tres alumnos por grupo, que era el mínimo requerido para organizar la enseñanza de esa religión. En el proceso de organización de la enseñanza de ética se tiene en cuenta a los alumnos que pertenecen a una comunidad religiosa y piden recibir la educación ética estipulada en el párrafo 5.

210.En el párrafo 6 se prevé una excepción al principio en virtud del cual la asistencia del alumno a las clases de religión se decide en función de la comunidad religiosa a la que pertenece. De conformidad con ese párrafo, los alumnos que no pertenezcan a una comunidad religiosa podrán también asistir a las clases de religión impartidas por la entidad educativa correspondiente que correspondan, a tenor de su educación y origen cultural, a sus creencias religiosas. Esa opción ya se ha puesto en práctica en algunos municipios. La disposición se aplicará a grupos tales como los inmigrantes ortodoxos o musulmanes. Ocurre con frecuencia que los inmigrantes no se unan a ninguna comunidad religiosa registrada en Finlandia, aun cuando sus creencias religiosas sean evidentes. Como la obligación del establecimiento educacional de impartir una enseñanza religiosa distinta de la que se imparte en función de la religión de la mayoría de los alumnos no puede ser objeto de interpretación, los alumnos a que se refiere el párrafo 6 no son tenidos en cuenta cuando se organiza esa enseñanza.

211.Ley de escuelas secundarias de nivel superior, (629/1998), artículo 9. En este artículo se han introducido enmiendas similares a las introducidas al artículo 13 de la Ley de enseñanza básica, ya mencionadas. En las escuelas secundarias de nivel superior es el estudiante, en lugar de los padres o el tutor, quien ejerce el derecho a ser escuchado en las cuestiones relativas a la educación religiosa o ética, lo que se ajusta a la premisa general de la legislación relativa a la educación, según la cual los estudiantes de las escuelas secundarias de nivel superior ejercen el derecho a ser escuchados en las cuestiones que afectan a sus estudios.

E. Libertad de asociación y de reunión (artículo 15)

212.De conformidad con la Constitución de Finlandia, todos tienen derecho a organizar reuniones y manifestaciones sin necesidad de solicitar permiso, así como derecho a participar en éstas. Además, todos tienen derecho a la libertad de asociación, es decir, a constituir asociaciones sin necesidad de permiso, a ser miembros de una asociación, o a no serlo, y a participar en las actividades de asociaciones. La libertad de asociación se aplica igualmente a la creación de sindicatos y al derecho a organizarse en defensa de otros intereses.

213.En la Ley de asociaciones (503/1989) se estipula todo lo relativo al establecimiento de asociaciones. El principio fundamental es la libertad de asociación, pero los objetivos de las asociaciones no pueden contravenir la ley ni las buenas costumbres. Por ejemplo, se les prohíbe que, con el pretexto de que sus miembros deben obedecer, se dividan en unidades o grupos, o se equipen con armas, lo que se considera corresponde a una organización militar. Algunas asociaciones sólo pueden establecerse previa autorización. Las asociaciones cuyas actividades fundamentales contravengan la ley o las buenas costumbres podrán ser disueltas y las personas que dirijan asociaciones que realicen actividades ilícitas podrán ser condenadas a pagar una multa.

214.Para fundar una asociación se requiere que las personas tengan una edad mínima de 15 años. Sin embargo, el presidente del consejo de administración de las asociaciones reconocidas debe ser mayor de edad. Los miembros del consejo de administración deben ser mayores de 15 años; para el resto de los miembros no se estipula una edad mínima. Por consiguiente, la ley garantiza también el derecho del niño a pertenecer a una asociación con fines ideológicos. Todo miembro de una asociación mayor de 15 años tiene derecho a votar en las asambleas, salvo que los estatutos dispongan lo contrario.

215.La Ley de reuniones (530/1999) garantiza el ejercicio de la libertad de reunión, reconocida por la Constitución de Finlandia, y contiene disposiciones relativas al mantenimiento del orden en las reuniones públicas. Cualquier persona que tenga capacidad jurídica plena (18 años cumplidos) puede organizar una reunión pública. Toda persona mayor de 15 años puede organizar una reunión pública si está capacitada para asumir las obligaciones que impone la ley al organizador de la reunión, como la de garantizar el mantenimiento del orden. Los niños menores de 15 años pueden organizar una reunión pública en colaboración con una persona que tenga capacidad jurídica plena. Toda persona, independientemente de su edad, tiene derecho a participar en reuniones públicas.

F. Protección de la vida privada (artículo 16)

216.La Constitución de Finlandia garantiza a todos la protección de su vida privada y honor, así como la inviolabilidad de su domicilio. La protección de la vida privada se basa en el principio de que todo particular tiene derecho a llevar su propia vida sin injerencias arbitrarias o infundadas de las autoridades u otras partes en sus asuntos privados. El derecho a la vida privada incluye, entre otros, el derecho a entablar y mantener libremente relaciones con otras personas y el derecho a adoptar las decisiones que conciernan a la persona o a su cuerpo.

217.Los datos personales quedan incluidos en la protección de la vida privada garantizada por la Constitución. Existe una ley específica, la Ley de datos personales (523/1999), que regula la protección de esos datos. Se han promulgado la Ley Nº 565/1999 y el Decreto Nº 723/1999 para proteger la vida privada y la seguridad de los datos en las telecomunicaciones.

218.Seguridad de los datos. La protección de la vida privada, estipulada en el artículo 16 de la Convención sobre los Derechos del Niño, se ha reforzado mediante la nueva Ley de protección de datos en la vida laboral (477/2001), que se aplica a todos los empleados, en particular a los menores de 18 años. Mediante esa ley, que entró en vigor en 2001, se trata de proteger la vida privada y otros derechos básicos, salvaguardando la vida privada en el trabajo, y de promover la organización y puesta en práctica de un procesamiento correcto de los datos. La ley se aplica a los empleados, los funcionarios públicos y los solicitantes de empleo y complementa la Ley de datos personales (523/1999).

219.De conformidad con la Ley de protección de datos, el empleador sólo puede procesar los datos personales que son estrictamente necesarios para la relación laboral, los que conciernen a la gestión de los derechos y deberes de las partes en la relación laboral o a los beneficios otorgados por el empleador al empleado, o los que puedan derivar del carácter específico de las tareas del trabajador. No caben excepciones a esta disposición, ni aun contando con el consentimiento del empleado.

220.Por medio de la ley se ha ampliado también el alcance de las cuestiones que han de tratarse en colaboración entre el empleador y el empleado, como la recolección de información al comienzo de la relación laboral y durante ésta, y los asuntos relativos a la supervisión técnica del empleado y la utilización por éste de la red informática y del correo electrónico. El requisito de la necesidad debe respetarse también en el procedimiento de cooperación. Se adjunta al presente informe un folleto titulado "Data protection in working life" (Protección de los datos en la vida laboral).

221.En el Código Penal (578/1995, cap. 38) figuran disposiciones sobre delitos que tienen que ver con los datos y las comunicaciones. Se ha estipulado la penalización, entre otras cosas, de la violación del deber de confidencialidad, como la apertura de cartas u otro tipo de correspondencia cerrada dirigida a un tercero, con el fin de obtener información. La disposición se aplica también a la violación de las comunicaciones confidenciales dirigidas a menores. Tras la reforma se introdujo una nueva disposición en la Ley de servicios de tutela (442/1999), según la cual el tutor tiene derecho a abrir las cartas dirigidas a su pupilo que, a tenor del nombre del remitente u otras circunstancias concretas, pudieran referirse a un asunto que el tutor debiera conocer. En general, el principio de la inviolabilidad del secreto de las comunicaciones dirigidas a un menor se aplica también a las violaciones cometidas por los padres.

222.La protección de la vida privada de un niño discapacitado puede verse amenazada de muchas formas. Las organizaciones que se ocupan de los discapacitados han reiterado que, por lo que atañe a la protección de la vida privada, a los niños con discapacidades debe garantizárseles idéntico trato que a los demás niños, pese a su necesidad de ayuda. Debe protegerse a esos niños contra cualquier tipo de sobreprotección o ayuda excesiva por parte de sus padres. La utilización de asistentes personales, por ejemplo, tiene por objetivo que el niño discapacitado haga pleno uso de sus posibilidades y no que dependa del asistente personal. También debe permitirse que el niño ponga a prueba sus posibilidades y experimente tanto el éxito como el fracaso.

G. Acceso a la información (artículo 17)

223.Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Los niños finlandeses viven inmersos en la sociedad de la información y son muy diestros en el uso de las TIC. Las escuelas invirtieron en tecnología de la información a finales de la década de 1990 y las familias también adquirieron computadoras para uso privado. Hoy día, casi todos los niños y jóvenes de Finlandia tienen acceso a computadoras, según las necesidades, en la escuela, el hogar o las bibliotecas públicas, por ejemplo . La alfabetización electrónica y la mejora de la enseñanza de las técnicas de comunicación han adquirido, en todos los sentidos, una importancia primordial.

224.Resulta necesario que todos los grupos de la sociedad, en particular los niños, tengan acceso a los nuevos medios de comunicación con el fin de prevenir la aparición de una brecha digital. La utilización inocua de los servicios de contenido precisa de una autorregulación eficaz de los proveedores de servicios a nivel nacional e internacional. De ser necesario, se incrementan las actividades mediante la colaboración con las autoridades.

225.La televisión. Las cuatro cadenas nacionales de televisión transmiten programas para niños. La Corporación Finlandesa de Radiodifusión (YLE) emite todos sus programas para niños en el Canal 2 y, por ejemplo, los fines de semana, las noticias y los programas infantiles no se emiten en franjas horarias sucesivas. El Canal 1 de la YLE está especializado en programas para adolescentes y jóvenes. La YLE emite también programas en sueco. La "Finlands Svenska Television", televisión finlandesa en sueco, emite programas para niños y jóvenes. Las cadenas comerciales de televisión MTV3 y Canal 4 emiten programas para niños y jóvenes. El Canal 1 de la YLE es el que emite el mayor número de programas para niños (en 2000, los programas infantiles representaron el 9% de la programación, con una duración total de 11,1 horas semanales).

226.El tiempo diario que los niños y jóvenes de los diferentes grupos de edad dedican a ver televisión (sin incluir los vídeos) es el siguiente:

Grupo de edad

2002

2001

4 a 9 años

68 minutos

72 minutos

10 a 14 años

100 minutos

97 minutos

15 a 24 años

115 minutos

108 minutos

Fuente: Finnpanel Oy (27 de marzo de 2003).

227.La Corporación Finlandesa de Radiodifusión (YLE) es un proveedor público de servicios. La YLE es responsable de suministrar la totalidad de los servicios de radio y televisión, incluidos los servicios suplementarios y adicionales conexos, a todos los ciudadanos en condiciones de igualdad (enmienda legislativa 492/2002). Una enmienda que entró en vigor a principios de 1999 (746/1998) dispone que debe dispensarse un trato igual a los ciudadanos que hablan finlandés y a los que hablan sueco, y que los servicios de radiodifusión deben producirse en sami, romaní y en lenguaje de signos y, cuando proceda, también en los otros idiomas que se hablan en el país.

228.A principios de 2001 entró en vigor la nueva Ley de calificación de los programas audiovisuales (775/2000). La ley estipula la inspección y calificación de los programas audiovisuales y, por ejemplo, determina qué programas son perjudiciales para el desarrollo del niño.

229.Programas que perjudican al menor. En la Ley de radio y televisión (744/1998) se regula la programación de radio y televisión y la publicidad dirigida a los menores. La legislación protege a los menores contra la emisión de programas y publicidad perjudiciales. Los programas que contienen violencia, sexo u horror y no son adecuados para el público infantil deben emitirse en horarios en los que los niños normalmente no miran televisión (enmienda legislativa Nº 778/2000). Además, antes del comienzo del programa se debe advertir si éste es apto o no para menores. El Organismo de Regulación de las Comunicaciones de Finlandia (FICORA) supervisa las emisiones de televisión y radio.

230.También se protege a los menores de la publicidad transmitida por televisión y radio. No se puede instar a los niños a que adquieran productos o servicios aprovechándose de su inexperiencia o credulidad. No puede explotarse su confianza y el anunciante no puede, injustificadamente, mostrar niños en situaciones peligrosas. La Ley de radio y televisión dispone todo lo relativo a los anuncios publicitarios de radio y televisión.

231.El Defensor del Consumidor supervisa el cumplimiento de la normativa sobre publicidad y, para complementar las directrices legislativas, dicta instrucciones a los anunciantes. De conformidad con esas instrucciones, las emisoras de radio y televisión deben dedicar especial atención a la publicidad dirigida a los niños (es decir, a personas de 2 a 14 años). Se insiste en que ha de establecerse una clara distinción entre los anuncios y los programas, porque un niño no es necesariamente capaz de comprender la diferencia entre ambos.

232.Violencia y pornografía en los medios de comunicación y en la publicidad. Recientemente se ha debatido mucho en público el creciente despliegue de material pornográfico en los medios de comunicación y anuncios publicitarios, que configura un patrón general de mujeres y hombres y ofrece modelos de conducta perniciosos para los niños y, especialmente, para las niñas. Los medios de comunicación a menudo representan a las niñas como objetos sexuales pasivos y no como personas con iniciativas. Las ONG han apelado a las autoridades para que adopten medidas al respecto, ya que la publicidad presenta frecuentemente una imagen sexista y discriminatoria.

233.De acuerdo con el programa de Gobierno de 24 de junio de 2003 del Primer Ministro, Sr. Matti Vanhanen, se elaborará un plan de acción para luchar contra los pasatiempos violentos destinados a los menores. En mayo de 2003, la Ministra de Cultura, Sra. Tanja Karpela, invitó a 30 representantes de los medios de comunicación, a autoridades y profesionales especializados en el bienestar de los niños para que estudiaran la manera de reducir los pasatiempos violentos. El debate se centró en los contenidos actuales de los medios de comunicación desde el punto de vista de la protección de los menores, así como en las dificultades prácticas y las situaciones problemáticas. Las familias y las personas que tiene la custodia son los responsables del uso que hacen los niños y jóvenes de los medios de comunicación. La educación sobre los medios de comunicación impartida en las escuelas constituye probablemente la manera más eficaz, fuera del hogar, de luchar contra los efectos de los contenidos dañinos de los medios de difusión.

234.Los niños como usuarios de bibliotecas. En comparación con otros países, Finlandia tiene bibliotecas municipales eficaces y de gran calidad. Las primeras bibliotecas públicas se crearon hace 200 años. La red de bibliotecas abastece bastante bien a los finlandeses, aún cuando algunas partes del país tienen una baja densidad de población; actualmente, todos los municipios de Finlandia cuentan con una biblioteca pública. El mantenimiento de las bibliotecas públicas está a cargo de las municipalidades, que lo financian conjuntamente con el Estado nacional. En 2002, el gasto medio por habitante para bibliotecas fue de 43,35 euros. El acceso a las bibliotecas públicas y el préstamo de material son gratuitos.

235.Hay bibliotecas públicas en casi 1.000 lugares diferentes. Además, los municipios disponen de un total de 197 bibliotecas móviles con no menos de 16.000 puntos de parada. Gracias a esa densa red, los niños tienen fácil acceso a las bibliotecas. Las bibliotecas finlandesas se denominan bibliotecas de familia, ofrecen servicios para niños y adultos en el mismo local y los diferentes departamentos suelen estar separados solamente por mobiliario. Los finlandeses son usuarios activos de las bibliotecas. Más del 90% de los niños menores de 15 años visitan las bibliotecas. El 81% de los jóvenes de 15 a 19 años acuden a las bibliotecas como mínimo cinco veces al año.

236.El 28% de los 10 millones de volúmenes que constituyen el fondo de las bibliotecas corresponde a literatura infantil o juvenil. Anualmente se adquieren alrededor de 600.000 nuevos volúmenes de literatura infantil y juvenil para garantizar el interés de los fondos y disponer de las ediciones más recientes. Esa cifra representa el 36% del total de adquisiciones. Se prestan unos 30 millones de libros de literatura infantil y juvenil, lo que constituye el 38% del total de préstamos. Además de libros, las bibliotecas tienen una gran oferta de artículos como revistas, grabaciones musicales y de otro tipo, vídeos, CD-Rom y DVD. Todas las bibliotecas públicas tienen acceso a Internet y, en general, su utilización es gratuita.

237.Las bibliotecas públicas finlandesas disponen de un portal común. En la página inicial se da acceso directo a las páginas para niños, desde donde los usuarios pueden ir a páginas similares de muchas otras bibliotecas, encontrar sugerencias de lecturas, catálogos de libros y páginas de literatura, pueden ir a páginas donde se asesora sobre la utilización de las bibliotecas, contactar al servicio "Pregunte al bibliotecario" y acceder a enlaces con bibliotecas y páginas sobre niños destinadas a los bibliotecarios y docentes.

238.Las bibliotecas públicas organizan sesiones periódicas de lectura de cuentos para niños pequeños. Algunas de ellas organizan también funciones de marionetas, proyectan películas, reciben visitas de escritores y organizan sesiones de cuentos de hadas y de pintura, así como diversos tipos de exposiciones. En los últimos años, las bibliotecas se han centrado especialmente en las charlas sobre libros. La lectura compite con las otras aficiones de los niños finlandeses. Los coloquios sobre libros se han convertido en un instrumento eficaz para fomentar la capacidad de lectura de los niños y el interés por los libros y para hacer de la lectura una afición interesante y valiosa.

239.En Finlandia, las bibliotecas siempre han colaborado estrechamente con las escuelas. Aproximadamente el 50% de las bibliotecas públicas y el 80% de las paradas de las móviles están ubicadas en los alrededores de las escuelas y demás establecimientos educativos. Las bibliotecas ayudan a las personas a familiarizarse con todo tipo de lecturas, contribuyen a mejorar la alfabetización electrónica y fomentan la lectura en general. Junto con las escuelas, las bibliotecas enseñan técnicas para la recuperación de información y asesoran sobre la búsqueda y evaluación de la información.

240.Acceso a la información en los idiomas minoritarios. En la organización de sus fondos y la prestación de servicios, las bibliotecas también tienen en cuenta las necesidades culturales y lingüísticas especiales de las minorías lingüísticas nacionales y de la población extranjera. Los niños pertenecientes a minorías tienen acceso a todos los servicios públicos de información. Sin embargo, por lo que se refiere a los grupos minoritarios, como los romaníes, se dispone de muy poco material en su idioma nativo. Por ejemplo, no se emiten programas infantiles de radio o televisión en romaní. La Junta Nacional de Educación ha preparado material para la población romaní fundamentalmente con fines didácticos. Se está elaborando el primer libro y cuaderno de ejercicios de lectura en romaní, además de material de apoyo para el maestro. Próximamente se editará una nueva versión de un casete y libreto de canciones romaníes para niños ("Romanilapset laulavat", 1997) titulado "Behaven ta dzamben".

241.La situación es un poco mejor por lo que respecta al pueblo sami. La Radio Sami viene emitiendo sus programas en la YLE desde 1947, con alrededor de 2.000 horas anuales de programación de radio, en sus propios canales para el norte de Finlandia, en tres dialectos sami: sami del norte, sami inari y sami skolt. Algunos de los programas se producen en colaboración con la Radio Sami noruega y la Radio Sami sueca. En la primavera de 2002, la Radio Sami inició un nuevo proyecto consistente en la producción de programas infantiles en idioma sami. También proporciona servicios de Internet en sami.

242.La Ley de bibliotecas (904/1998) estipula que en los municipios de la región sami deben tenerse en cuenta las necesidades de los grupos lingüísticos sami y finlandés en igualdad de condiciones. La biblioteca provincial de Laponia ha sido designada para funcionar como la biblioteca especializada sami de Finlandia (Ministerio de Educación 1990, 633/252/88). Esa biblioteca tiene que mantener un fondo de material y ocuparse de una base de datos sami en Finlandia, colaborar con otros países en las cuestiones relativas a su ámbito de interés, gestionar un servicio de información sobre las cuestiones relativas a los sami y prestar ayuda a las bibliotecas municipales en la región de los sami. El Ministerio de Educación otorga una asignación especial anual para la realización de actividades, con la que se sufraga aproximadamente la mitad de los gastos totales; el resto corre a cargo de la ciudad de Rovaniemi. Las bibliotecas municipales tratan de ofrecer sus servicios a todos sin discriminación alguna. Sin embargo, las adquisiciones de material en lengua sami resultan un problema en comparación con las de finlandés, ya que no existe una red de librerías sami en Finlandia. Al menos se adquiere toda la literatura y el material audiovisual producidos en Finlandia, que pasa a engrosar los fondos bibliográficos.

243.Apoyo a una línea directa de protección del menor. En la primavera de 2003, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones concedió 25.000 euros al proyecto "Nettivihje" (Línea de Denuncias del Norte) de "Save the Children" de Finlandia. La Línea de Denuncias funciona en el sitio web de la organización, en el que cualquiera que encuentre en Internet pornografía infantil u otro tipo de material perjudicial para el desarrollo del menor puede informar al respecto. El proyecto incluye también programas de capacitación y la organización de campañas para fomentar un uso inocuo de Internet.

244.Los niños y la sociedad de la información. El Instituto de la Sociedad de la Información de la Universidad de Tampere aborda la situación del menor en la sociedad finlandesa desde el punto de vista de diferentes disciplinas en un proyecto de investigación titulado "Los niños y la sociedad de la información". El proyecto se centra en los niños como protagonistas de la sociedad de la información y produce información multidisciplinaria sobre las ideas y actividades de los niños en la sociedad de la información. Se prevé que este proyecto de investigación a gran escala se realice durante el período 2001-2003.

245.Coordinación de la producción de datos sobre los niños. La supervisión y coordinación de la política sobre la infancia requieren inversiones cada vez mayores en la generación de conocimiento y la investigación. Actualmente, sólo se producen datos periódicos sobre el número de servicios de cuidado no institucional, los casos de custodia de menores, la colocación de menores fuera del hogar y la atención sanitaria en las escuelas (STAKES). Sin embargo, las estadísticas sobre los servicios de cuidado no institucional y los casos de custodia y colocación sólo ofrecen datos cuantitativos, pero no informan sobre los motivos reales y los problemas que subyacen a esas cifras en aumento.

246.En Finlandia, las investigaciones sobre la infancia, el bienestar del niño y la crianza de los hijos son llevadas a cabo por distintas organizaciones y numerosas universidades. No obstante, las organizaciones que se ocupan de los niños han criticado el hecho de que no se aprovechen suficientemente las conclusiones de las investigaciones en la planificación y la adopción de decisiones en materia de política de la infancia porque no existe un organismo o entidad que coordine o evalúe esa política o extraiga conclusiones basándose en la investigación realizada. La Unión Central de Bienestar de la Infancia ha decidido centrarse en el futuro en la coordinación de la información sobre la infancia.

H. El derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (artículo 37 a))

247.Finlandia no admite ninguna forma de tortura. La tortura está absolutamente prohibida y no se contemplan excepciones a esa prohibición en ningún caso. De conformidad con la Constitución, nadie puede ser condenado a muerte, torturado o tratado de una manera contraria a la dignidad humana. En 1949 se eliminó la pena capital en tiempo de paz del sistema penal finlandés (Ley Nº 728/1949) y en 1972 esa pena quedó absolutamente prohibida en todo tiempo (Ley Nº 343/1972). La prohibición del trato contrario a la dignidad humana se refiere tanto al trato físico como al psíquico.

248.De acuerdo con la Constitución, ningún extranjero podrá ser expulsado, extraditado o devuelto a otro país si como consecuencia de ello corriera el peligro de ser condenado a muerte o sometido a torturas u otro trato que vulnerara su dignidad humana. En las disposiciones de la Ley de extranjería relativas a la denegación de entrada en Finlandia y la expulsión del país (enmienda legislativa 537/1999) se tiene en cuenta la prohibición de la tortura y otros tratos crueles e inhumanos. Ningún extranjero que trate de entrar en Finlandia podrá ser devuelto a la frontera ni ningún extranjero residente en Finlandia podrá ser expulsado a una zona donde pudiera ser sometido a un trato inhumano o a persecución, o a un lugar desde el cual pudiera ser enviado a esa zona.

249.La Ley de custodia de niños y derecho de acceso (361/1983) estipula que ningún niño podrá ser objeto de sometimientos, castigos corporales o humillaciones de otro tipo. Finlandia fue uno de los primeros países en prohibir los castigos corporales a los menores mediante una ley promulgada a principios de la década de 1980.

250.El Gobierno de Finlandia considera importante que el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes entre en vigor lo antes posible.

251.Finlandia ha ayudado a niños víctimas de tortura mediante la cooperación internacional para el desarrollo y la colaboración con los países vecinos, contribuyendo a mejorar la situación de los niños de la calle, que son especialmente vulnerables al maltrato.

V. ENTORNO FAMILIAR Y OTROS TIPOS DE CUIDADO

A. Orientación de los padres (artículo 5)

252.La Ley de custodia de niños y derecho de acceso (361/1983) prevé que los padres y otros tutores de un niño tendrán tanto el derecho como el deber de cuidar de él. El progenitor o el tutor deberá cuidar del niño, educarlo y supervisarlo. Si bien el progenitor o tutor tiene la principal autoridad para tomar decisiones relativas al niño, éste deberá hablar con el niño antes de tomar una decisión, de ser posible, teniendo en cuenta la edad, el nivel de desarrollo del niño y la índole del problema. Por lo tanto, el progenitor o tutor deberá tener en cuenta las opiniones y deseos del niño.

253.Las autoridades locales deben velar por que los servicios municipales de asistencia social y atención de la salud, los servicios de educación y otros servicios destinados a los niños, jóvenes y familias con hijos presten apoyo a los padres y tutores en el desempeño de sus responsabilidades relacionadas con la crianza del niño.

B. Responsabilidades de los padres (artículo 18, párrafos 1 y 2)

254.En virtud de la Constitución de Finlandia, las autoridades públicas deben prestar apoyo a las familias y a otros responsables de la manutención de los hijos a fin de que puedan garantizar el bienestar y el desarrollo personal del niño.

255.La responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo equilibrado del niño corresponde a los padres. En los últimos años se ha debatido mucho en Finlandia sobre la falta de capacidad de los padres para criar a los hijos, fenómeno que observan los profesionales del cuidado infantil en su labor. Las investigaciones no han producido pruebas que apoyen esa opinión. No obstante, actualmente los padres en Finlandia cumplen sus responsabilidades parentales por su propia cuenta y tratan de encontrar un equilibrio entre las exigencias familiares y laborales.

256.Hoy en día hay en la sociedad finlandesa una evidente demanda de servicios de apoyo a la crianza de los hijos y al fomento de la capacidad para cumplir las funciones parentales. Es importante mejorar la prestación de servicios básicos tales como los que prestan las clínicas maternoinfantiles para atender las necesidades actuales y prestar apoyo a las parejas y a los padres en el desempeño de sus funciones. En la sección B del capítulo VI se presenta más información sobre los centros de atención de la salud.

257.El mejoramiento de la situación de las familias con hijos sigue siendo uno de los principales desafíos a los que hace frente la sociedad finlandesa. Debido a las crecientes exigencias de la vida laboral, a menudo es difícil para los padres conciliar el trabajo y la vida familiar. En Finlandia, la mayoría de madres y padres que trabajan lo hacen a jornada completa, y la proporción de mujeres que trabajan ha sido tradicionalmente muy alta. El trabajo está colmado de desafíos y le resta a la familia tiempo y atención, lo que puede afectar al bienestar de la familia y especialmente de los hijos. Muchos niños y adolescentes finlandeses echan de menos la presencia de un adulto en su vida cotidiana. Se ha dicho que la inseguridad es una de las causas de la creciente incidencia de los trastornos mentales entre los niños y adolescentes finlandeses.

258.El desempleo y el empleo ocasional de los padres y las exigencias del trabajo muy intenso también se reflejan en la vida familiar. La oportunidad de conciliar el trabajo y la vida familiar constituye un factor central en las actividades de apoyo a la crianza de los hijos. Los problemas relacionados con la conciliación del trabajo y la vida familiar no pueden resolverse únicamente con medidas legislativas. Las comunidades laborales deben asumir compromisos, adoptar decisiones e introducir cambios sobre la base de valores, y los padres deben mostrar una mayor capacidad y preparación para lograr la igualdad en la vida familiar y el mercado de trabajo. Se deben ampliar las oportunidades para que los hombres participen en la crianza de los hijos ya que, en lo que respecta a los hijos, ese es un aspecto fundamental de la tarea de conciliar el trabajo con la vida familiar.

C. La separación del niño de sus padres (artículo 9)

259.Recomendación. El Comité ha expresado su profunda preocupación por el hecho de que el ingreso neto de las familias con hijos ha disminuido apreciablemente como consecuencia de la alta tasa de desempleo y de medidas presupuestarias que han dado lugar a una reducción de los beneficios para los niños. El Comité ha recomendado que Finlandia asigne más fondos a las familias con hijos y elabore medidas eficaces para prestar a esas familias el apoyo necesario a fin de evitar, entre otras cosas, que los niños sean colocados en hogares o instituciones de guarda (Recomendación Nº 34).

260.El presupuesto del Estado para 2003 incluye una asignación de 15 millones de euros para los municipios y federaciones de municipios que se ha de utilizar como una transferencia discrecional del Gobierno para cubrir los costos de los servicios prestados a los niños y adolescentes en peligro de marginación social. La transferencia está destinada a fortalecer la cooperación entre las redes de apoyo al desarrollo del niño y el bienestar de la familia y a mejorar la cooperación entre diversos profesionales en las municipalidades. La transferencia está basada en el informe del Gobierno sobre el bienestar de los niños y adolescentes presentado al Parlamento en abril de 2002. En el decreto del Gobierno, que fue promulgado el 30 de enero de 2003 y entró en vigor el 17 de febrero de 2003, se presenta una justificación más detallada de la transferencia.

261.La transferencia del Gobierno no está destinada a financiar las actividades existentes sino a mejorar y elaborar nuevas actividades con la finalidad específica de apoyar la cooperación entre las redes de asistencia social a la familia y entre diversos profesionales que trabajan en beneficio de los niños y adolescentes. Las principales esferas de actividad son los servicios de atención maternoinfantil, los servicios de orientación para niños y familias, los servicios de cuidado y educación de los niños que necesitan apoyo especial en las guarderías, la promoción de las intervenciones tempranas, y otras medidas para prevenir la marginación social.

262.Recomendación. El Comité sobre los Derechos del Niño ha observado con preocupación que el número de niños colocados fuera de la familia ha aumentado en los últimos años en Finlandia. El Comité ha recomendado que Finlandia adopte todas las medidas necesarias para garantizar que se recurra a la colocación de un niño fuera de su familia únicamente cuando sea necesario en el interés superior del niño y por el período más breve posible (Recomendación Nº 36).

263.El número de niños colocados fuera de la familia aumentó en Finlandia en el decenio de 1990. El número de niños colocados fuera de la familia, que en 1991 ascendía a 8.724, aumentó hasta 12.224 en 1999. Esa tendencia continuó y en 2001 la cifra llegó a 13.453. De los niños colocados fuera de la familia, 7.396 fueron colocados bajo tutela, 1.332 de ellos en contra de su voluntad. Los demás fueron colocados en hogares de guarda, como medida de apoyo no institucional. En 2001, se produjeron 3.955 nuevas colocaciones, de las cuales 1.393 estuvieron relacionadas con la tutela.

264.La depresión económica que sufrió Finlandia en el decenio de 1990 parece haber afectado con retraso los servicios de protección de la infancia. A más prolongado el período de desempleo de los padres, mayores son las dificultades económicas que debe afrontar la familia y más frecuentes los casos de trastornos mentales, alcoholismo y toxicomanía. El gran número de niños bajo tutela que han sido colocados en hogares e instituciones de guarda obedece también al hecho de que la colocación fuera de la familia tiende a prolongarse más debido a la gravedad de los problemas que enfrentan los niños y las familias.

265.La protección del niño debería centrarse en las medidas de prevención y apoyo no institucional. Uno de los objetivos trazados en la meta y plan de acción nacionales de asistencia social y atención de la salud para 2000-2003, aprobados por el Gobierno, es la promoción de la salud y el bienestar de los niños y adolescentes y la prevención de la marginación social. En el programa se señalan en particular las medidas de prevención. También se hace hincapié en problemas tales como la necesidad de recursos para el tratamiento psiquiátrico de los menores.

266.No se deberían adoptar medidas para asumir la tutela del niño sin antes confirmar que es la mejor opción para garantizar el desarrollo del niño. Es importante determinar si no se dispone de ningún otro servicio de apoyo no institucional y si se han agotado todos los recursos de la familia o de la red social u otras redes de apoyo de la familia. La preparación de la custodia debe dejarse en manos de expertos que tengan el nivel de competencia necesario, y la labor de preparación debe realizarse siempre en cooperación con el niño, su familia y las personas que trabajan con ellos, como los profesionales de la guardería, la escuela y el centro de salud, y la policía. Se deben tener en cuenta los deseos del niño y de los padres o tutores, que también deben ser invitados a participar en el tratamiento del caso.

267.Como medida de apoyo no institucional, se puede hacer un arreglo para proporcionar cuidados al niño en un hogar o en una institución residencial en cooperación con los padres, los tutores o la persona responsable del cuidado y la crianza del niño. Un niño mayor de 12 años puede ser colocado fuera de su familia como medida no institucional, siempre que él o ella solicite o acepte ese arreglo. Un niño menor de 12 años puede ser colocado en un hogar de guarda o en una institución residencial por un período máximo de tres meses en los casos en que no se pueda organizar de otro modo el cuidado del niño debido a que el progenitor o tutor del niño está enfermo o por cualquier otra razón. La colocación podrá prolongarse como máximo hasta tres meses cuando exista alguna razón especial. Cuando se coloca al niño fuera de la familia como medida de apoyo no institucional, la colocación siempre estará sujeta al consentimiento de las partes, y ésta deberá descontinuarse de inmediato cuando los padres o los tutores del niño o el propio niño lo soliciten. A fin de tomar tal decisión, el niño deberá tener como mínimo 12 años de edad.

268.En todos los casos en que un niño es colocado en un hogar de guarda, el objetivo debe ser que el niño vuelva a vivir con su familia, de ser posible, a la mayor brevedad. Las autoridades de bienestar social siempre deben procurar contribuir a crear las condiciones favorables para el regreso del niño a su hogar. También es importante que el niño pueda ejercer el derecho que le confiere la Ley de bienestar de la infancia, de mantenerse en contacto con sus progenitores o con otras personas cercanas a él mientras se encuentre en un hogar o institución de guarda. De conformidad con las disposiciones relativas a la protección del niño, la restricción de los contactos sólo se puede aplicar por un período limitado y ésta debe fundarse en razones de peso previstas por la ley. Mientras que el niño se encuentre en el hogar o institución de guarda, también se debe prestar apoyo a los padres, por ejemplo, prestándoles servicios de apoyo y, de ser necesario, de rehabilitación. También se debe alentar a los padres a mantenerse en contacto con el niño y se deben apoyar esos contactos.

269.De conformidad con la Ley de bienestar de la infancia, la Junta de Bienestar Social local debe descontinuar la custodia tan pronto sea evidente que ya no hay motivos para mantener al niño bajo custodia y en un hogar o institución de guarda, a menos que esa medida esté claramente en conflicto con el interés superior del niño. Al determinar el interés superior del niño, se debe tener en cuenta la duración de la atención fuera de la familia, el carácter de la relación entre el niño y la persona encargada de proporcionarle esos cuidados, y los contactos entre el niño y sus padres. En todos los casos, la custodia terminará cuando el menor cumpla los 18 años de edad o cuando contraiga matrimonio. Antes de adoptar una decisión respecto de la terminación de una orden de custodia, se deberá averiguar cuáles son los deseos del niño. Es importante también determinar si el niño ha mantenido buenas relaciones con su familia biológica a fin de garantizar que su regreso sea un cambio favorable para él. Se deberá ofrecer asimismo al niño la oportunidad de mantenerse en contacto con la persona encargada de proporcionarle cuidados fuera de la familia.

270.Como ya se ha observado, los problemas que enfrentan las familias se han vuelto más graves y complejos en los últimos años y los padres no siempre pueden hacer los cambios necesarios para mejorar su situación a corto plazo. A veces no queda otra opción que aceptar el hecho de que los padres no pueden superar sus dificultades y que el niño deberá permanecer en el hogar o institución de guarda hasta que alcance la mayoría de edad.

271.La colocación fuera de la familia debe garantizar condiciones estables y seguras y relaciones permanentes para el niño. Deben evitarse las situaciones en que el niño tenga que pasar varias veces del hogar o institución de guarda a su familia, dependiendo de la capacidad de los padres para cuidar de él. Las investigaciones indican que esta especie de "peloteo" es especialmente perjudicial para el niño.

272.El Centro Nacional de Investigación y Desarrollo para el Bienestar y la Salud (STAKES) ha publicado un folleto titulado Huostaanotto Lastensuojelior asiantrotijarylomãn suositus buostaanottoprosessin laatua ohjaauiksi yleisiksi periaatteiksi (La colocación de un niño bajo custodia. Recomendaciones de un grupo de expertos respecto de los principios generales que rigen la calidad del proceso). Este folleto presenta un examen detallado del proceso de colocación de un niño bajo custodia e incluye instrucciones sobre cuestiones tales como lo que se deberá tener en cuenta en las diversas etapas del proceso.

273.Se ha mejorado la situación del niño en el sistema de bienestar social, como ya se ha señalado en el presente informe, mediante la Ley sobre la condición y los derechos de los beneficiarios de prestaciones sociales (812/2000).

274.Decisiones del Mediador Parlamentario. La Mediadora Parlamentaria, Riitta‑Leena Pauonio, ha señalado el derecho de los niños que han sido separados de sus padres a mantener relaciones personales y contactos directos con ambos padres. En su decisión sobre la realización de algunos derechos fundamentales de los niños colocados en hogares de la comunidad, la Mediadora Parlamentaria señaló que las colocaciones que van acompañadas de tratamientos intensivos (como la estabilización en casos de crisis o intervenciones in situ de 24 horas al día) pueden entrañar, dependiendo de su duración e intensidad, una injerencia en la libertad personal del niño, a la que se hace referencia en la Constitución, o en las relaciones familiares entre el niño y sus progenitores. La Mediadora Parlamentaria opina que toda vez que el tratamiento injiera en esos derechos del niño, se deberá adoptar una decisión al respecto, que estará sujeta a apelación. En la decisión se deberá establecer explícitamente que los cuidados son de carácter provisional y justificado.

275.Nivelación de los altos costos de los servicios de protección de la infancia. Con arreglo a una enmienda de la Ley de bienestar de la infancia, que entró en vigor el 1º de marzo de 1999, cada municipio debe establecer un sistema de nivelación para hacer frente a los altos costos de los servicios de protección de la infancia. El objetivo del sistema es nivelar la carga económica que representa la prestación de servicios de protección de la infancia para las autoridades locales y canalizar los recursos a fin de que los beneficiarios de los servicios de protección de la infancia reciban oportunamente servicios adecuados. El sistema de nivelación da derecho a los municipios a recibir una compensación del 70% de los gastos que derivan de las medidas de protección de la infancia establecidas en el plan de servicios de cuidado de los niños y que superan los 25.000 euros al año por familia (límite de la contribución del municipio al pago de los gastos por ese concepto) a partir de la fecha del primer plan de servicios de cuidado de los niños. Una junta de municipios responsable del sistema de nivelación puede decidir que la contribución del municipio al pago de los gastos sea menor a la establecida más arriba o que se reembolse al municipio más del 70% de los gastos que excedan de la cuantía de la contribución. El Gobierno participa en la financiación de los fondos contribuyendo la mitad del monto total estimado de la nivelación. Los municipios se hacen responsables del resto de la compensación. Se ha supervisado el desarrollo del sistema de nivelación mediante una encuesta especial anual.

276.El Ministerio de Asuntos Sociales y Salud está preparando una enmienda legislativa a la legislación sobre el bienestar de la infancia. La reforma se explica en la sección A del capítulo I que figura supra.

D. Reunificación de la familia (artículo 10)

277.Recomendación. En lo que respecta a los niños no acompañados que solicitan asilo, al Comité le preocupan las demoras en la tramitación de las solicitudes de reunificación familiar y alienta a Finlandia a agilizar los procedimientos de solicitud (Recomendación Nº 38).

278.Reunificación de la familia en la Ley de extranjería. De conformidad con la Ley de extranjería, un niño que ha obtenido un permiso de residencia por su condición de refugiado o por que se halla en necesidad de protección debe tener derecho a la reunificación familiar aunque no cuente con medios de subsistencia garantizados, siempre que se cumplan las demás condiciones establecidas en la disposición. Si el niño no recibe asilo o un permiso de residencia sobre la base de la necesidad de protección, la situación es diferente. En ese caso a menudo se otorga al niño un permiso de residencia sobre la base del principio de equidad. Situaciones como ésta no impiden que la familia del niño se reúna en el país de origen. Es importante que se estudien con el mayor detenimiento posible la situación en el país de origen del niño y las circunstancias de los padres. Si resulta imposible reunir al niño con sus padres, la familia podrá reunirse en Finlandia tan pronto como pueda cumplir la condición de contar con medios de subsistencia garantizados o, por lo menos, cuando la familia tenga derecho a obtener un permiso de residencia permanente.

279.La solicitud del permiso de residencia basada en lazos familiares debe ser presentada por una persona que no cuenta con un permiso. La Ley de extranjería ha ampliado el derecho a presentar una solicitud y ahora una persona que reside legalmente en Finlandia (un patrocinador, es decir, un nacional de un tercer país que reside legalmente en un Estado miembro y que solicita la reunificación familiar, o cuyos familiares la solicitan, para reunirse con él o ella) tiene derecho a presentar una solicitud de permiso de residencia. Antes de que se tome una decisión, tanto el solicitante como el patrocinador deberán explicar su deseo de continuar su vida familiar en Finlandia y otros aspectos que pueda ser necesario aclarar. Si la Dirección de Inmigración considera que la explicación de los lazos familiares no es satisfactoria, puede solicitar a la parte que se someta a una prueba de ADN. En lo que atañe al niño, es importante que el proceso de reunificación culmine con que el niño vuelva a quedar bajo el cuidado de los padres.

280.En 2002, sólo unos pocos menores no acompañados que solicitaban asilo en Finlandia solicitaron el permiso de residencia para sus padres. Más de 30 solicitudes presentadas antes de 2002 aún estaban pendientes a fines de 2002. La mayoría de ellas se están tramitando en la División para América y África de la Dirección de Inmigración. Una solicitud queda pendiente hasta que se oye a las partes interesadas y el caso queda suficientemente claro. La responsabilidad de organizar las audiencias y las investigaciones recae sobre tres autoridades: la policía local, la Dirección de Inmigración y las misiones finlandesas en el extranjero. En 2001, la tramitación de las solicitudes de permiso de residencia para familiares tomaba en promedio de seis a ocho meses.

281.La reunificación familiar en el proyecto de ley del Gobierno para modificar la Ley de extranjería. En enero de 2003 se presentó al Parlamento el proyecto de ley para modificar la Ley de extranjería. Sin embargo, el Parlamento no tuvo tiempo de aprobarlo, por lo cual el proyecto de ley caducó con las elecciones parlamentarias de marzo de 2003. En el debate preliminar en el Parlamento, se examinó el tema de la reunificación familiar de los menores no acompañados que solicitan asilo. El 13 de junio de 2003 el proyecto de ley se presentó por segunda vez al Parlamento.

282.En el proyecto de ley, no se propone ninguna enmienda al contenido sustantivo de las disposiciones relativas a los niños que reciben protección internacional y a sus familiares. Con arreglo al proyecto de ley, los padres de un niño que necesita protección internacional pueden ser trasladados a Finlandia incluso en caso de que no cumplan la condición de contar con medios de subsistencia garantizados. También se ha propuesto que se mantenga la disposición según la cual se debe entender que el vínculo familiar constituye una entidad indivisa, es decir, que llevaría a la familia a reunirse en un tercer país. Siempre que el niño no haya solicitado protección internacional, se le podrá conceder un permiso de residencia por razones humanitarias. En lo que respecta a los familiares, debe seguir vigente la condición de contar con medios de subsistencia garantizados, aunque es posible que ésta sea derogada. En ese caso los padres de un menor tendrían la oportunidad de que se les concediera el derecho a entrar a Finlandia con mayor facilidad. En el proyecto de ley se procura llegar a una solución equilibrada, salvaguardando, en la medida de lo posible, la condición del niño en cada caso, sin dejar de tener en cuenta las repercusiones que una medida como la reunificación automática puede tener para Finlandia.

283.Decisiones de la Mediadora Parlamentaria. Las decisiones de la Mediadora Parlamentaria y de la Mediadora Parlamentaria Adjunta en relación con el ejercicio de los derechos de los menores no acompañados que solicitan asilo y que han obtenido un permiso de residencia sobre la base de una solicitud de asilo, se examinan la sección A del capítulo VIII, que está dedicada a los niños refugiados.

284.Fallos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En algunos casos relacionados con la colocación de un niño bajo tutela o custodia extrafamiliar, se han presentado denuncias ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con la reunificación de la familia y el derecho de visita de los padres mientras los hijos se encuentran en un hogar o institución de guarda. El Tribunal no ha determinado la existencia de ningún delito respecto de los actuales casos de custodia. Sin embargo en el caso de K. y T. c. Finlandia, la Gran Cámara del Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que la colocación del niño bajo custodia y, en opinión del Tribunal, las medidas insuficientes adoptadas por las autoridades respecto de la posible reunificación de la familia del niño, violaban el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos (Serie de tratados 439/1990). También se determinó una violación análoga en el caso de K. A. c. Finlandia.

E. Traslado ilícito y retención ilícita (artículo 11)

285.Finlandia es parte en las convenciones internacionales relativas al secuestro de niños: la Convención de La Haya sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de niños (Serie de tratados 57/1994) y el Convenio Europeo relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de custodia de menores, así como al restablecimiento de dicha custodia (Convenio de Luxemburgo) (Serie de tratados 56/1994).

286.En Finlandia, el Ministerio de Justicia es la autoridad central encargada de las cuestiones relativas a los convenios mencionados. En lo que respecta a los casos de niños que han sido secuestrados a Estados que no son partes contratantes en los convenios mencionados, la autoridad competente es el Ministerio de Relaciones Exteriores de Finlandia.

287.En la nueva Ley de servicios consulares (498/1999), que entró en vigor en diciembre de 1999, se especifican los servicios consulares destinados a conseguir el regreso del niño. Las misiones diplomáticas finlandesas en el extranjero pueden contribuir, sobre la base de la Ley de servicios consulares, en lo siguiente:

-El logro de un acuerdo amistoso, por ejemplo, mediante el establecimiento y mantenimiento de contactos con el progenitor que ha secuestrado al niño y con el niño;

-Las investigaciones relativa al paradero del niño y a las condiciones en que se encuentra;

-La búsqueda de un asesor jurídico y asistencia letrada, con arreglo a la legislación local, por ejemplo, proporcionando una lista de abogados locales;

-El acceso a información general sobre la legislación del Estado de que se trate, según el caso;

-La transmisión de información y documentos pertinentes a las autoridades y al asesor jurídico encargado del caso;

-Los arreglos prácticos relativos a la repatriación del niño.

288.También se puede prestar asistencia en caso de secuestro entre dos países extranjeros, siempre que se observen las disposiciones de la Ley de servicios consulares.

289.En 2002, había 16 casos pendientes, relacionados con un total de 21 niños, de niños secuestrados a Estados que no eran partes contratantes en los convenios internacionales sobre el secuestro de niños. La Federación de Rusia era el Estado de destino con el mayor número de niños secuestrados. Ello se debe, entre otras cosas, a que los matrimonios entre rusos y finlandeses han aumentado en los últimos decenios. Se prevé que el número de secuestros de niños seguirá aumentando.

290.Finlandia procura promover el diálogo con los Estados que no son partes en el Convenio de La Haya con el fin de prevenir y tramitar los casos de secuestro de niños y está empeñada en establecer la cooperación a este respecto con otros Estados miembros de la Unión Europea.

291.El Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud, y los padres de niños secuestrados han fundado una asociación, la Asociación para los niños secuestrados (Kaapatut Lapset ry), y han preparado en forma conjunta un folleto sobre el secuestro internacional de niños. El folleto, que se publicó en diciembre de 1999, es al mismo tiempo un manual de instrucciones dirigidas directamente a los padres y una guía para las autoridades que tramitan los casos de secuestro internacional de niños. En el folleto se abordan las disposiciones relativas al secuestro de niños, el contenido del Convenio de La Haya y las medidas adoptadas por las autoridades encargadas de los casos de secuestro de niños. El folleto se puede solicitar al Ministerio de Justicia. En el sitio web del Ministerio de Justicia también hay un vínculo al folleto, y en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores se puede obtener más información sobre los secuestros internacionales de niños.

F. El pago de la pensión alimenticia del niño (artículo 27, párrafo 4)

292.La nueva Ley de garantía del pago de la pensión alimenticia del niño (671/1998) entró en vigor a comienzos de 1999. Esta Ley garantiza la manutención de los niños menores de 18 años que viven en Finlandia.

293.Requisitos para la recuperación. En los casos en que la pensión alimenticia está basada en una orden emitida por decisión de una corte de justicia o en la confirmación de una Junta de Bienestar Social, la pensión está sujeta a recuperación. La pensión alimenticia también puede deducirse del sueldo y de otros ingresos análogos por un período de cinco años. En lo que respecta al cobro de las cantidades adeudadas, el pago de la pensión alimenticia tendrá prioridad sobre otras deudas. Se ha promulgado esta disposición especial con el fin de garantizar el derecho del niño a recibir una pensión alimenticia adecuada.

294.Vencimiento. La disposición relativa al vencimiento del plazo para reclamar el pago de la pensión alimenticia fue modificada en 1999 (Ley sobre la pensión alimenticia del niño, sección 16c); 673/1998). La pensión alimenticia puede reclamarse por un período de cinco años y ese plazo no se puede acortar. Las deudas por concepto de pensión alimenticia vencen en plazos más breves que otras deudas. Cuando se ha vencido el plazo para reclamar el pago de una deuda por concepto de pensión alimenticia, ésta ya no puede ser reclamada.

295.La Federación de Familias Monoparentales en Finlandia ha considerado que la modificación de la disposición sobre el vencimiento del plazo para reclamar el pago de la pensión alimenticia de los hijos no es justa para las familias monoparentales y agrava sus dificultades financieras. Cuando los pagos pendientes en concepto de pensión alimenticia vencen al cabo de cinco años, los hijos pierden la oportunidad de reclamar lo que se les debe en forma retroactiva.

296.Pensión alimenticia. En caso de que una persona responsable de pagar la pensión alimenticia de un niño dejara de pagarla o en caso de que, por ejemplo, no se haya establecido la paternidad del niño, de conformidad con la Ley de garantía del pago de la pensión alimenticia del niño (671/1998), el niño tendrá derecho a recibir una pensión alimenticia del municipio. Cualquiera de los progenitores, el tutor o el curador (persona que representa al niño y administra sus asuntos) del niño puede reclamar la pensión alimenticia. La pensión alimenticia completa que debe proporcionar el responsable de la manutención de un niño asciende a 112,52 euros por mes. La pensión alimenticia también puede ser pagada en sumas más pequeñas. Los municipios recuperan los pagos en concepto de pensión alimenticia hechos por ellos de las personas responsables de la manutención del niño.

297.De conformidad con las estadísticas de STAKES, a fines de 2002 el número de niños que recibían pensión alimenticia en Finlandia llegó a 106.858, número ligeramente menor que el registrado en el momento de elaborar el segundo informe periódico. En 2002, los subsidios de manutención ascendieron a un total de 144,1 millones de euros.

298.Variación del costo de la vida. La cuantía de la pensión alimenticia se ajusta de acuerdo con la variación del costo general de la vida. Se ha promulgado una ley específicamente destinada a garantizar el ajuste de la pensión alimenticia al costo de la vida (660/1966).

G. Los niños privados de su entorno familiar (artículo 20)

299.Cuidado de un niño que ha sido colocado bajo custodia. Un niño tiene derecho a un entorno seguro y estimulante y a un desarrollo equilibrado e integral, así como también a una situación prioritaria en lo que respecta a la protección especial. El objetivo de las medidas de protección de la infancia es garantizar que los niños ejerzan esos derechos. Este objetivo se logra mediante la creación de las condiciones necesarias para la crianza del niño, el apoyo a los padres y tutores en sus tareas, y la prestación de servicios de asistencia social adaptados específicamente a las necesidades de las familias y los niños. Los servicios de asistencia social adaptados específicamente a las necesidades de las familias y los niños incluyen el apoyo no institucional, la custodia, los cuidados extrafamiliares y la supervisión posterior. El objetivo es garantizar que el niño, en todas las condiciones, reciba el cuidado que se prevé en la Ley de custodia de niños y derecho de acceso.

300.Las medidas no institucionales constituyen la principal modalidad de apoyo. En 2001, un total de 49.610 niños y adolescentes recibían atención no institucional. Un niño es colocado bajo tutela o en un hogar o institución de guarda únicamente cuando el entorno en que vive representa una grave amenaza para su desarrollo o salud, y cuando la situación no ha mejorado mediante la atención no institucional.

301.Cuando la Junta de Bienestar Social asume la tutela de un niño, la Junta tiene derecho a adoptar decisiones respecto del cuidado, la crianza, la supervisión y otro tipo de cuidados, así como del lugar de residencia del niño. Sin embargo, la Junta debe procurar trabajar en cooperación con los padres y otros tutores del niño. La Junta y el director de la institución que ha asumido la custodia del niño toman las decisiones relativas a la índole de los contactos entre el niño y sus padres y otras personas allegadas.

302.Cuando la Junta de Bienestar Social asume la tutela de un niño, éste puede ser colocado en un hogar o institución de guarda, es decir, que los cuidados y la crianza del niño se brindan fuera de su hogar. Los cuidados extrafamiliares se pueden organizar en el seno de una familia (hogar de guarda) o en una institución residencial o en algún otro lugar, según el caso. La colocación de un niño menor de 12 años en un hogar de la comunidad o en otra institución privada de bienestar infantil debe realizarse en cooperación con los padres u otros tutores del niño.

303.Los cuidados extrafamiliares deben garantizar al niño relaciones personales permanentes y seguras, ya que éstas son importantes para su desarrollo. El niño tiene derecho a reunirse con sus padres y otras personas cercanas a él y a mantenerse en contacto con ellos. La Junta de Bienestar Social debe apoyar los contactos entre el niño y sus progenitores y entre el niño y otras personas allegadas a él. Siempre que sea en el interés superior del niño, la comunicación también podrá limitarse por los motivos que se establecen en la Ley de bienestar de la infancia.

304.Cuando termina el período de cuidados extrafamiliares, la Junta de Bienestar Social tiene la obligación de disponer la atención ulterior para el niño o adolescente. La atención ulterior presta apoyo al niño o adolescente que ha recibido cuidados extrafamiliares y a sus padres y tutores, así como a las personas que han cuidado de él y lo han criado. También los niños extranjeros que, por ejemplo, están esperando recibir un permiso de residencia en Finlandia, tienen derecho a la asistencia social en virtud de la legislación finlandesa.

H. Adopción (artículo 21)

305.La legislación finlandesa está basada en el principio de la denominada adopción firme, que significa que con la adopción los derechos y deberes de los padres biológicos respecto del niño quedan anulados y se transfieren a los padres adoptivos. Con la adopción también terminan los lazos jurídicos del niño con sus padres biológicos y pasa a ser un miembro de la familia adoptiva con los mismos derechos que un hijo biológico.

306.Las disposiciones relativas a la adopción figuran en la Ley de adopción (153/1985) y en el Decreto complementario (508/1997). La adopción puede ser solicitada por parejas casadas en forma conjunta o por uno de sus miembros, siempre que el solicitante o los solicitantes sean mayores de 25 años. Las parejas que cohabitan sin haber contraído matrimonio no pueden adoptar a un niño en forma conjunta. Las parejas del mismo sexo registradas tampoco pueden adoptar a un niño en forma conjunta, así como tampoco es posible la adopción interfamiliar en una familia de una pareja del mismo sexo. No existe ningún límite de edad efectivo para solicitar la adopción, aunque el padre adoptivo no debe ser mayor que el hijo adoptivo por más de 45 años. Las personas que desean adoptar a un niño deben recurrir a la Junta de Bienestar Social del municipio o a un organismo de adopción autorizado para recibir orientación acerca de la adopción.

307.De conformidad con la legislación finlandesa, la adopción no podrá ser confirmada si ha habido de por medio una transferencia de dinero. Los organismos de adopción internacionales pueden cobrar honorarios por sus servicios.

308.Adopciones internacionales. Las adopciones internacionales se han hecho cada vez más populares en Finlandia. Cada año unos 200 niños son adoptados en el extranjero. Teniendo en cuenta que todos los niños nacidos en Finlandia que necesitan ser adoptados pueden ser adoptados por familias finlandesas, Finlandia es únicamente un país receptor en lo que respecta a las adopciones internacionales.

309.Finlandia ratificó en 1997 el Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional (Serie de tratados 29/1997). La legislación nacional de Finlandia es compatible con las disposiciones de dicho Convenio. La Junta de Adopciones de Finlandia, que está basada en el Convenio de La Haya y depende del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud, es la autoridad central nacional en materia de adopciones. Las tareas de la Junta se establecen en el Decreto sobre la Junta finlandesa de asuntos relativos a la adopción internacional (509/1997).

310.La Ley de adopción también incluye disposiciones sobre las adopciones internacionales. Se establecen como condiciones para la adopción internacional la orientación sobre la adopción y la autorización de la adopción por la Junta de Adopciones. El solicitante sufraga los gastos derivados de la adopción internacional (honorarios por servicios, gastos de viaje, traducción de documentos, etc.). Desde el 1º de diciembre de 2002, la Institución Finlandesa de Seguridad Social (KELA) ha prestado apoyo financiero a las personas que solicitan adopciones internacionales.

311.Las instituciones que prestan servicios de adopción internacional en Finlandia son:

-La Oficina de Bienestar Social de Helsinki, Oficina de asuntos relativos a la familia (contactos con Colombia, Tailandia, Estonia, Camboya);

-Save de Children Finland (contactos con la Federación de Rusia, China, Tailandia, Polonia Filipinas);

-Interpedia ry (contactos con Sudáfrica, Etiopía, India, China y Tailandia).

312.A partir de 1998, las familias que han adoptado a niños en el extranjero, y los niños, adolescentes y adultos jóvenes que han sido adoptados en el extranjero pueden consultar con especialistas en adopciones o utilizar un servicio especial de consulta telefónica. El consultor ayuda a resolver posibles problemas relacionados con la adopción. Las personas que llaman a la línea especial de consulta pueden permanecer en el anonimato si así lo desean y las conversaciones son confidenciales.

I. Examen periódico de la internación (artículo 25)

313.De conformidad con la Ley y el Decreto de bienestar de la infancia, las medidas de protección del niño dirigidas a una familia o a una persona siempre exigen la elaboración de un plan de atención para cada caso particular en cooperación con las partes interesadas. En el plan, las partes determinan los aspectos y problemas en los que se centrarán las medidas, los instrumentos que se han de utilizar y los plazos para lograr los resultados previstos. También se establece la frecuencia con que el plan estará sujeto a revisión.

314.En los casos de niños colocados bajo tutela o en un hogar de guarda en aplicación de una medida de apoyo no institucional, el plan de atención también deberá establecer el propósito y los objetivos de la colocación, cualquier disposición especial de apoyo y asistencia al niño y, por ejemplo, información detallada sobre la organización de la cooperación y los contactos con los padres del niño y otras personas cercanas a él.

315.Se deberá retirar al niño de la tutela tan pronto dejen de ser necesarias la tutela y la atención extrafamiliar.

J. La violencia y el descuido (artículo 19), la recuperación física y psicológica y la reintegración social (artículo 39)

316.En virtud de la Constitución de Finlandia, las autoridades públicas deben prestar apoyo a las familias y a otras personas responsables de mantener a los niños a fin de que puedan garantizar su bienestar y desarrollo personal. La promoción del bienestar de los niños incluye su protección contra la violencia, la explotación y los malos tratos.

317.Cuando Finlandia aplicó la Ley de custodia de niños y derecho de acceso en 1984, fue el segundo país del mundo en prohibir todas las formas de castigo físico en la familia. Aunque la legislación y, en principio, también la opinión pública están en contra de la violencia en el hogar, ésta aún es bastante común en Finlandia. La violencia en el hogar ocurre en todos los grupos sociales y todos los grupos de edad y tanto madres como padres han sido declarados culpables de violencia. Desde 1995, la violencia en el hogar constituye un delito sujeto a enjuiciamiento de oficio, aunque rara vez intervienen terceras personas. Las estadísticas sobre la violencia en el hogar todavía están basadas en estimaciones debido a que las víctimas a menudo prefieren guardar silencio.

318.Recomendación. El Comité sobre los Derechos del Niño ha expresado su preocupación respecto del número de casos de violencia contra los niños en el hogar, en particular de abuso sexual. El Comité también ha deplorado la falta de información acerca de este fenómeno. El Comité ha recomendado que Finlandia considere la posibilidad de adoptar medidas adicionales para prevenir y, de ser el caso, determinar a tiempo los casos de violencia contra los niños en el seno del hogar a fin de que se pueda intervenir en una etapa temprana y elaborar programas y servicios de prevención para el tratamiento y la rehabilitación con personal especialmente capacitado para trabajar con niños (Recomendación Nº 40).

319.Finlandia ha llevado a cabo una campaña de cinco años de duración para prevenir la violencia en 1997-2002. La prevención de la violencia en el hogar contra los niños constituyó uno de los aspectos fundamentales de la campaña, en la que se procuró hacer hincapié en el hecho de que también es perjudicial para el niño presenciar actos de violencia.

320.Casos de violencia en el hogar señalados a la atención de la policía. En los casos de violencia en el hogar denunciados a la policía, el denunciante generalmente es una mujer víctima de malos tratos por su pareja. En muchos casos, la violencia en el hogar ocurre en familias con hijos, los cuales deben vivir su infancia y adolescencia en condiciones de violencia. Algunos de esos niños también son víctimas de la violencia de sus padres o de la pareja de uno de los progenitores. En 2002, la policía recibió unas 60.000 llamadas relacionadas con casos de violencia en el hogar. En unos 53.000 casos fue preciso enviar a una patrulla de policía al lugar de los hechos. De éstos, aproximadamente 15.000 casos respondían a los criterios de violencia en el hogar que ya se han mencionado.

321.Sólo algunos de los casos en que se solicita la intervención de la policía son identificados y registrados en las estadísticas como delitos. En 2002, por ejemplo, la policía registró 27.936 delitos como agresiones. Esa cifra incluye todos los casos de agresión denunciados a la policía. Las estadísticas de delitos no especifican cuántos de esos casos corresponde a la categoría de violencia en el hogar.

322.Información sobre los gastos derivados de la violencia en el hogar, basada en investigaciones.En 1998 se llevó a cabo un estudio sobre las experiencias de unas 5.000 mujeres finlandesas que habían sido víctimas de violencia a manos de un hombre; el estudio se titulaba Usko, toiw, hakkaus (Amor, esperanza y golpizas) . De conformidad con los resultados del estudio, aproximadamente una de cada tres mujeres finlandesas han sido víctima de violencia física alguna vez después de cumplir los 15 años. Una de cada cinco mujeres informó de experiencias de violencia o de amenaza de violencia en las relaciones que mantenían en el momento de realizarse el estudio.

323.El año anterior, unas 112.000 mujeres habían experimentado violencia en el hogar, que en 90.000 casos se trató de violencia física. Únicamente el 10% de las víctimas habían denunciado la agresión a la policía y el 12% había procurado asistencia en relación con la violencia en el hogar.

324.A pesar de que la violencia en el hogar y la violencia en una relación cercana se dan en todos los grupos sociales, la violencia en los grupos sociales de mayor nivel rara vez se denuncia a la policía; en cambio las familias que pertenecen a las categorías sociales más bajas suelen recurrir con más frecuencia a la policía. En las ciudades más grandes y en las zonas populosas hay familias que recurren a la policía decenas de veces al año a causa de la violencia en el hogar.

325.Otro estudio publicado en octubre de 2000, titulado Väkivallan hinta - Naisiin kohdistuvan vïkivallan kustannukset Suomessa (El precio de la violencia) - Los costos derivados de la violencia contra las mujeres en Finlandia) . El estudio muestra que en 1998 los costos directos para la sociedad ocasionados por la violencia contra la mujer ascendieron a 49,7 millones de euros (296 millones de marcos finlandeses). Los costos indirectos probablemente ascienden al doble de esa cifra. Se analizan los costos relacionados con los servicios de atención de la salud, protección social y sistema judicial. Los costos más elevados correspondieron a la administración de justicia, que ascendieron a 26,6 millones de euros (158 millones de marcos finlandeses). Los gastos se distribuyeron como sigue: policía - 6,2 millones de euros (37 millones de marcos finlandeses), condena del responsable en los tribunales - 6,5 millones de euros (39 millones de marcos finlandeses) y detención del autor - 13,8 millones de euros (82 millones de marcos finlandeses).

326.En lo que respecta a los gastos por concepto de servicios sociales, la prestación de servicios sociales, refugios, centros de crisis y diversos tipos de terapias para mujeres víctimas de violencia tuvo un costo de 14,8 millones de euros (88 millones de marcos finlandeses). Las consultas médicas y las hospitalizaciones por lesiones físicas causadas por la violencia representaron un gasto de 3,4 millones de euros (20 millones de marcos finlandeses) en el sector de la salud. Una cantidad similar se destinó a medicamentos.

327.La violencia contra la mujer también ocasiona gastos indirectos en la forma de gastos funerarios, deterioro de la salud y pérdida de la producción. No se pueden hacer cálculos exactos aunque se calcula que las pérdidas indirectas se sitúan entre los 60,5 y los 111 millones de euros (de 360 a 660 millones de marcos finlandeses).

328.A menudo quien comete el acto de violencia contra la mujer es una persona cercana o el marido. Gran parte de los gastos derivan de la violencia en una relación. En el estudio no se especifican todos los gastos ocasionados por la violencia en el hogar porque está centrado únicamente en las mujeres víctimas de la violencia. No se han estudiado los gastos que derivan de la violencia de que son víctimas los niños y otras personas.

329.Medidas adoptadas por la policía para prevenir la violencia. El mando supremo de la policía ha hecho asignado especial importancia a la prevención de la violencia en el hogar y la violencia contra la mujer al establecer un grupo encargado de coordinar la labor y preparar un plan de acción a ese respecto. El plan de acción ya se ha terminado.

330.En la formación y educación básica de los futuros oficiales de policía, se aborda exhaustivamente la violencia en el hogar. En la formación básica de los oficiales de policía, la violencia en el hogar se examina, por ejemplo, en el módulo dedicado a las situaciones de emergencia en los hogares, así como en los estudios de derecho, psicología y criminología.

331.En la mayoría de casos de violencia en el hogar, la violencia la ejerce el hombre contra la mujer. Los agentes de policía deben estar capacitados para reconocer las distintas formas de violencia en el hogar: también hay casos de violencia de mujeres contra el marido, de hijos contra los padres, y viceversa.

332.En la formación de los agentes de policía, la violencia en el hogar se define como todas las formas de violencia física, sexual o psicológica, o amenaza de violencia, dentro de una familia, que ejerce un miembro de la familia contra otro. Los actos de violencia se cometen contra la voluntad de la víctima y le causan sufrimiento.

333.En la formación básica de la policía, la violencia en el hogar se estudia tanto como un elemento de los temas ya mencionados como en relación con algunos temas más amplios. En este último caso, la violencia en el hogar se aborda como un fenómeno que se puede prevenir con los medios disponibles. Los servicios de asistencia a las víctimas que se prestan a título oficial y voluntario permite que las autoridades investiguen también otros delitos que pueden permanecer ocultos. Entre éstos se destacan la violencia psicológica y los delitos sexuales, como delitos que también se cometen contra los niños. En el módulo sobre delitos violentos, la violencia en el hogar constituye un tema central. Entre los temas que se abordan en el curso Lapsi esitutkinnassa (El papel del niño en las investigaciones previas al juicio) destinado a oficiales superiores de policía figuran la situación del niño en una familia violenta, las medidas de atención ulterior, la cooperación entre las autoridades, las drogas y los jóvenes, la Convención sobre los Derechos del Niño, y el incesto.

334.Capacitación en el servicio de los agentes de policía. La capacitación en el servicio relativa a la violencia en el hogar debe ser de carácter práctico y estar basada en la experiencia directa. Se trata de motivar a los agentes de policía para que adopten una actitud respecto de los casos de violencia que los ayude a cumplir sus obligaciones de la mejor manera posible, y despertar su interés en el problema, ilustrándolo con casos de la comunidad. Las patrullas que intervienen están capacitados para hacer frente a problemas que exigen ver el más allá de la superficie, por ejemplo, reconocer cuándo una persona esta asumiendo el papel de víctima y apreciar la situación real de los niños involucrados. Los niños y los ancianos siempre requieren de atención especial.

335.Orden cautelar. Un grupo de trabajo del Ministerio de Justicia ha propuesto la ampliación de la Ley sobre medidas cautelares (Nº 898/1998) a fin de que se incluyan también los casos en que las partes viven juntas. Una persona a la que se impone una medida cautelar debe salir del hogar común por un período establecido y él o ella no tendrá derecho a establecer contacto con la persona protegida. El objetivo es proteger a la posible víctima de la violencia. Una medida cautelar puede dar protección no sólo a un miembros de la pareja que vive en el mismo domicilio sino también a los niños que viven en el mismo hogar. El Ministerio se ha propuesto presentar un proyecto de ley al Parlamento en otoño de 2003 basado en las propuestas y las declaraciones recibidas al respecto.

336.El papel de las autoridades en el caso de que un niño sea víctima de violencia en el hogar. En el marco de las inspecciones realizadas en 2003 por la Mediadora Parlamentaria Riitta‑Leena Paunio, se prestará especial atención a la prevención de la violencia en el hogar y se prestará asistencia a los niños víctimas de la violencia en el hogar. La Mediadora Parlamentaria se centrará en la labor de las autoridades de bienestar social y salud, autoridades de educación, la policía y los fiscales, así como también en las disposiciones e instrucciones que los obligan a la cooperación.

337.Los niños con discapacidades y la violencia. A los niños con discapacidad les resulta especialmente difícil defenderse contra las agresiones o la violencia. Se puede hacer que un niño discapacitado se sienta culpable debido a su discapacidad o éste puede ser sometido a opresión debido a su discapacidad. El Foro sobre Discapacidad ha solicitado que se realice un estudio sobre los niños discapacitados que son víctimas de violencia en el hogar o de abuso sexual.

VI. ATENCIÓN BÁSICA DE LA SALUD Y BIENESTAR SOCIAL

A. Niños con discapacidades (artículo 23)

338.El desarrollo de servicios de apoyo a los niños con discapacidades y sus familias es uno de los elementos enumerados en el programa de gobierno del Primer Ministro Matti Vanhanen de 24 de junio de 2003.

339.Recomendación. El Comité ha reconocido los esfuerzos de Finlandia para garantizar los derechos de los niños con discapacidades pero recomienda que Finlandia prosiga sus esfuerzos para prestar apoyo y asistencia por igual a las familias con niños con enfermedades crónicas, incluida la ayuda de personal especializado (Recomendación Nº 42).

340.Exclusión social. El Grupo cooperativo de asociaciones de padres de niños con enfermedades crónicas o discapacidades (YTRY), administrado por la Unión Central de Protección del Menor, estima que las familias con niños con discapacidades múltiples son las más vulnerables a la marginación social. Otro grupo es el de los niños a los que no se ha diagnosticado una enfermedad, ya que pueden pasar años antes de poder diagnosticar definitivamente la discapacidad o enfermedad de un niño y el actual sistema de prestaciones se basa principalmente en los diagnósticos médicos.

341.Debe prestarse más atención al bienestar mental de las familias con niños con enfermedades crónicas o discapacidades. Las familias quedan agotadas por la falta de apoyo psicológico y financiero, la asistencia domiciliaria insuficiente o la ayuda ocasional en el hogar. Las ONG no pueden atender todas las necesidades de asistencia ocasional de las familias. La situación es difícil de controlar debido en parte a que la legislación pertinente es muy complicada. Se han promulgado unas 17 leyes que establecen prestaciones y servicios para niños y jóvenes con enfermedades crónicas o discapacidades. Hay unas 40 prestaciones y servicios diferentes. Se formulan distintos planes de atención, rehabilitación y servicios para los niños con discapacidades y las familias no siempre saben cuáles son las posibilidades. A menudo, el ya complejo proceso de solicitud se complica con un proceso de reclamación en distintas instancias al que los padres deben recurrir para obtener el apoyo y servicios a que tienen derecho. La Unión Central de Protección del Menor ha propuesto que se resuelva este problema mediante la coordinación de servicios.

342.Proyecto experimental de atención individualizada y coordinación de servicios para niños y jóvenes con enfermedades y discapacidades prolongadas y sus familias en 2001-2003. El proyecto ofrece una nueva herramienta para asistir a los niños y a los jóvenes con enfermedades y discapacidades prolongadas y sus familias en su vida cotidiana. Un trabajador social averigua las necesidades de la familia más pormenorizadamente de lo que normalmente se investiga en las labores de asistencia social y ayuda a coordinar los diversos servicios que necesita la familia. Actualmente se están poniendo a prueba los servicios de atención individualizada en varios lugares del país. Los municipios, principalmente el centro local de servicios sociales y atención de la salud y la oficina del Instituto del Seguro Social de Finlandia Kela, y en parte también los hospitales centrales y los servicios y organizaciones de enseñanza, cooperan con el trabajador social para que el cliente (toda la familia) tenga más capacidad de decisión en sus propios asuntos y mejore la coordinación de los servicios prestados.

343.El período de prueba concluirá en 2003 y en otoño se realizará una evaluación. Posteriormente se divulgará información sobre los diversos modelos de coordinación a otros municipios para que establezcan esta nueva forma de servicios.

344.Dictámenes de la Mediadora Parlamentaria Adjunta. La Mediadora Parlamentaria Adjunta, Riitta-Leena Paunio, pronunció dos dictámenes sobre dos quejas en las que evaluaba el actual ejercicio del derecho de los niños con discapacidades a la rehabilitación y la enseñanza básica. Se señaló también a la atención el artículo 23 de la Convención sobre los Derechos del Niño. La Mediadora Parlamentaria Adjunta estimó que el ejercicio de los derechos de los niños con discapacidades no competía únicamente a los padres o tutores y pidió a las autoridades que dedicaran atención a la preparación y seguimiento de las actividades de rehabilitación y educación para cerciorarse de que se llevaban a cabo con arreglo a la ley. La Mediadora Parlamentaria Adjunta estimó que de este modo las autoridades públicas podrían velar por que, como prevé la Constitución de Finlandia, se ejercieran los derechos humanos fundamentales del niño.

345.Planificación comunitaria y tránsito. El fomento de la accesibilidad en la planificación de la comunidad y el tránsito y la construcción de edificios mejora en muchos modos la calidad de vida de los niños discapacitados. La accesibilidad ha sido uno de los principios rectores de la planificación de edificios desde 1973, respaldada por las disposiciones de la Ley de zonificación y construcción y varias normas y reglamentos. En la actualidad, los niños y jóvenes discapacitados gozan de más accesibilidad al entorno edificado junto con sus familias y tutores, así como a distintos servicios, desde la atención diurna a las instituciones de enseñanza. Las normas y directrices de accesibilidad promulgadas a partir de 1997 se enmendarán para hacerlas compatibles con los objetivos de la nueva Ley de zonificación y construcción (132/1999) y para facilitar material para que los ingenieros de construcción puedan revisar la guía anterior sobre accesibilidad.

B. Salud y servicios de atención de la salud (artículo 24)

346.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño recomendó que Finlandia velara por que los niños de todos los municipios se beneficiaran en el mismo grado de los servicios prestados por las clínicas maternoinfantiles (Recomendación Nº 48).

347.Clínicas maternoinfantiles. En 2003 un grupo de especialistas nombrado por el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud preparó un manual sobre la organización de servicios en las clínicas infantiles municipales. El manual, que consta de dos partes, está concebido principalmente para el personal de las clínicas, sus supervisores y quienes toman las decisiones a nivel municipal. En la primera parte, destinada específicamente a quienes toman las decisiones, se formulan propuestas para la organización de la cooperación multidisciplinaria y la creación de condiciones para el funcionamiento de las clínicas. Incluye también un resumen de las medidas recomendadas. La segunda parte es para quienes trabajan a diario en las clínicas. El manual es también de utilidad para las partes que colaboran con las clínicas y para los profesores y alumnos que deseen consultarlo y conocer el trabajo de las clínicas y los procedimientos que se emplean en ellas.

348.Las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre posibles medidas complementarias comprenden sugerencias preliminares para la modernización de los sistemas estadísticos y de información de las clínicas infantiles. Se han formulado otras recomendaciones, como el que los niños y los jóvenes pasen a ser una de las esferas prioritarias en el nuevo programa de gobierno y en el objetivo y Plan de Acción nacionales de bienestar social y atención de la salud para 2004-2007, que se formulen recomendaciones relativas a la calidad de las clínicas infantiles, que se integren el fomento de la salud y la prevención en la legislación y que se fortalezca el desarrollo continuo de las actividades clínicas y la investigación en esta materia.

349.Clínicas. Las recomendaciones nacionales tienen por objetivo garantizar que los municipios ofrezcan a las familias con hijos servicios clínicos de la misma calidad, independientemente del lugar y del municipio de residencia. Las recomendaciones se refieren también a la dotación suficiente de personal e imparten a los municipios instrucciones sobre su contratación. La legislación finlandesa (Ley de salud pública Nº 66/1972) se basa en que la prestación de servicios de atención de la salud compete a los municipios. En 2002, el Parlamento otorgó transferencias discrecionales a los municipios para el desarrollo de actividades relacionadas con las clínicas maternoinfantiles.

350.La tasa de utilización de los servicios de las clínicas maternoinfantiles es alta. En 2002, por ejemplo, el 99,2% de todos los niños nacidos en 1997 usaban los servicios gratuitos de las clínicas municipales. El 92,5% de los niños nacidos ese año habían recibido todas las vacunas previstas en el programa de inmunización.

351.Clínicas para los sami. En cuanto a los niños sami, las clínicas maternoinfantiles deben tener en consideración el perfil lingüístico y cultural del niño antes de que nazca. El Parlamento sami ha señalado que los padres deben recibir apoyo y asesoramiento antes del nacimiento del niño en cuestiones como, por ejemplo, el bilingüismo y el multilingüismo. Sería muy importante que las clínicas de bienestar infantil de la Patria Sami contrataran a personal que hablara el idioma, que adquirieran publicaciones sobre estas cuestiones en sami y que se asegurasen de que su personal reciba la formación pertinente. Estas prestaciones maternoinfantiles para las familias sami con hijos y a los niños sami requerirían la organización de servicios en su propio idioma y que el contenido de los servicios reconociera su perfil cultural.

352.Atención de la salud de escolares y estudiantes. Se ha publicado un manual titulado Kouluterveydenhuolto 2002 (Estudio de la atención de la salud escolar 2002) destinado a los profesionales de la salud en las escuelas, las escuelas generales y los municipios. El manual, en el que se examinan los objetivos, el contenido y la organización de la atención de la salud en las escuelas generales finlandesas, está dirigido principalmente a los profesionales de la atención de la salud en la escuela. Tiene como objetivo ofrecer un panorama actual de la situación a quienes toman decisiones a nivel municipal, así como respalda a las enfermeras y doctores que se ocupan de la salud en la escuela en su labor, que suele tener relativamente poco apoyo, en beneficio del bienestar de los escolares y las comunidades escolares. La atención de la salud en la escuela es un elemento integral de la comunidad escolar y para ser satisfactoria exige la cooperación con los maestros.

353.Se está preparando una recomendación en materia de calidad de la atención de la salud en la escuela dirigida a los cargos municipales electos y a quienes toman las decisiones a nivel municipal.

354.Según un informe del Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud de 2002 el contenido y el alcance de los servicios de salud para los estudiantes son distintos en cada municipio. A fines de 2004 se dispondrá de un conjunto de directrices para los servicios de salud que los municipios ofrecen a los estudiantes preparado por el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud, y el Ministerio de Educación.

355.Nutrición infantil. En Finlandia se alienta la lactancia materna. Según un informe preparado en 2002, prácticamente todos los recién nacidos fueron amamantados al salir del hospital, sin embargo, las madres no siempre mantienen esta práctica de manera exclusiva, por lo que Finlandia no cumple los objetivos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) al respecto. El informe indica que en 2000 sólo uno de cada seis niños de 4 meses era amamantado exclusivamente. Cerca de la mitad de los recién nacidos son amamantados hasta los 6 meses y uno de cada cuatro hasta los 9-11 meses. En los últimos años la lactancia se ha hecho algo más común y prolongada que antes.

356.Debido a la latitud septentrional del país, hay que administrar un suplemento de vitamina D a todos los recién nacidos y niños independientemente de cómo se los alimente. Este sistema ha dado buenos resultados y sólo el 5% de los niños menores de 1 año no han recibido el suplemento recomendado. Se han dado raros casos de raquitismo por negligencia en la administración del suplemento. Para garantizar un buen suministro de vitamina D entre los niños, jóvenes y toda la población de Finlandia, desde 2003 se ha generalizado la presencia de un suplemento de vitamina D en la leche y algunos productos lácteos.

357.No se han detectado deficiencias nutricionales en los niños finlandeses. El aumento de niños con sobrepeso y obesos es un nuevo problema. Entre el 5 y el 10% de los niños de diversos grupos de edad sufren sobrepeso.

358.A los niños que van a guarderías a tiempo completo se les dan comidas que cubren dos terceras partes de sus necesidades nutricionales diarias. A los niños que van a guarderías a tiempo parcial o a centros preescolares se les dan comidas que cubren una tercera parte de los requisitos diarios. Se sirven también dietas especiales. Son comunes las alergias alimentarias, que plantean un problema a los responsables de la nutrición infantil. El servicio de comidas en los centros de atención diurna no sólo sirve para alimentar a los niños sino también para dar ejemplo a las familias.

359.Los niños en edad de recibir enseñanza obligatoria tienen derecho a una comida equilibrada gratuita los días lectivos. Un informe de 1998 indicaba que la actitud de los escolares ante los almuerzos servidos en la escuela era positiva y que consideraban buena la comida. Sin embargo, sólo aproximadamente el 17%, y mucho menos en el caso de las niñas, se comía el almuerzo completo (plato principal, ensalada, pan y bebida). Prácticamente todos se comían el plato principal pero sólo uno de cada dos niños comía la ensalada. No se han detectado deficiencias nutricionales en los escolares finlandeses. Se han hecho algo más comunes los trastornos de la alimentación en las chicas, especialmente los relacionados con la pérdida de peso (con una incidencia del 0,2-0,8%). Es común la preocupación por el propio peso y por adelgazar, aunque constituye un mayor problema la creciente incidencia de la obesidad.

360.La educación nutricional se ha integrado en otras asignaturas y constituye un importante elemento de la asignatura de ciencia doméstica, común a todos los alumnos de séptimo grado. Se está impartiendo una nueva asignatura de salud e higiene que da mayor oportunidad para que las escuelas divulguen información al respecto.

361.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño alentó a Finlandia a que abordara la cuestión relacionada con la escasez de psiquiatras y psicólogos infantiles, en particular en la región septentrional y oriental de Finlandia y en los pequeños municipios que cuentan con menos recursos, a fin de proporcionar a los niños un acceso más rápido a los servicios de salud mental e impedir que se recluya a los niños enfermos mentales con adultos (Recomendación Nº 46).

362.Servicio de salud psiquiátrica para niños y jóvenes y subvención especial del Gobierno. Dado que se ha descubierto una escasez de servicios psiquiátricos para niños y jóvenes, en el período objeto de examen el Gobierno ha otorgado fondos especiales (subvenciones) para servicios psiquiátricos a niños y adolescentes. Con esta subvención especial se sufragan los gastos en que incurren los municipios y subregiones en relación con las medidas de apoyo al desarrollo mental de los niños y los adolescentes, la prevención de desórdenes y la protección de los servicios psiquiátricos. La subvención ha hecho posible la creación de cientos de oficinas provisionales y permanentes de salud pública y la aplicación de proyectos de desarrollo en esta esfera.

363.En comparación con el resto de Europa, en Finlandia hay suficientes psiquiatras y psicólogos infantiles por habitante. El problema radica más bien en la escasez de personal y en una distribución desigual del personal cualificado en las distintas partes del país. Dado que numerosos puestos para profesionales de la salud mental están vacantes, las dependencias de salud pública contratan en el sector privado los servicios necesarios de salud mental para niños y adolescentes.

364.En el presupuesto del Gobierno para 2000 se asignan 11,8 millones de euros (70 millones de marcos finlandeses) para la modernización de los servicios psiquiátricos para niños y adolescentes. En 2001 se asignaron 7,6 millones de euros (45 millones de marcos), de los cuales 0,8 millones de euros (5 millones de marcos) se destinaron a atender las necesidades de servicios de importancia nacional. Los fondos se asignaron, previa solicitud, a las autoridades municipales conjuntas de los distritos hospitalarios para su empleo en proyectos de los distritos hospitalarios y los municipios de la región. Fue posible destinar los fondos tanto a nuevos proyectos de desarrollo como a proyectos ya en marcha que habían comenzado con financiación otorgada en 2000.

365.Los distritos hospitalarios tuvieron que rendir cuentas a la Oficina Estatal Provincial antes del 30 de junio de 2002 sobre el uso que habían dado a los fondos. Al 30 de junio de 2002 se había empleado algo más del 80% de los fondos. En 2001 la proporción empleada en proyectos de atención básica de la salud había aumentado ligeramente en comparación con el año anterior, pues pasó de un 49,8% a un 58,3%. El 27,2% de los fondos públicos se empleó en actividades de atención médica especial y el 14,5% en otras actividades conjuntas. Resulta difícil dar información sobre el número de puestos creados gracias a estos fondos (aproximadamente 60 permanentes y 220 temporales) porque no puede saberse cuántos de los puestos se habían creado ya con los fondos del año anterior y sólo empleaban la nueva asignación para seguir financiándose.

366.En 2001 se informó de 325 actividades de formación. La materia más común en las sesiones de capacitación, y también el tema de desarrollo más popular, fue el apoyo a la interacción temprana. Como en 2000, en 2001 la actividad de capacitación subvencionada más habitual fueron las sesiones únicas en instituciones educativas. Los distritos hospitalarios emplearon las subvenciones del Gobierno para financiar 287 proyectos, de los cuales dos terceras partes habían comenzado en 2000. Las listas de espera no cambiaron significativamente en comparación con 2000, si bien hubo muchas más diferencias entre distritos hospitalarios y dentro de éstos.

367.El Ministerio de Asuntos Sociales y Salud asignó una subvención del Gobierno de 0,8 millones de euros (5 millones de marcos finlandeses) a los distritos hospitalarios de Helsinki y Uusimaa, Varsinais-Suomi y Pirkanmaa para el desarrollo de proyectos de psiquiatría para niños y adolescentes. La autoridad municipal conjunta del distrito hospitalario de Helsinki y Uusimaa comenzó un proyecto de auditoría de la psiquiatría para adolescentes, la autoridad municipal conjunta del distrito hospitalario de Varsinais-Suomi inició un proyecto de auditoría de la psiquiatría infantil y la autoridad municipal conjunta del distrito hospitalario de Pirkanmaa comenzó a aplicar medidas para establecer una dependencia de tratamiento psiquiátrico para niños y adolescentes peligrosos o que no responden al tratamiento.

368.La asignación del Gobierno de 2001 ha contribuido a que siga el desarrollo positivo de la psiquiatría para niños y adolescentes, que comenzó gracias a la asignación que el Gobierno otorgó en 2000. En 2002 la asignación aumentó a 3.160.000 euros. En 2003 se preparará un informe sobre el uso de estos fondos.

369.En Finlandia, los servicios de salud mental para niños y jóvenes se facilitan por medio de sistemas separados, lo que ha contribuido a desarrollar y fortalecer ambos sectores. A comienzos de 2001 se establecieron disposiciones sobre el plazo máximo que puede durar la evaluación de la recomendación y organización de tratamiento por parte de un médico. La evaluación de la necesidad de atención o tratamiento y de su urgencia debe realizarse antes de que transcurran tres semanas desde que se recibió la recomendación del hospital u otra dependencia de atención especial o dependencia equiparable, y, teniendo en cuenta la urgencia del caso, la atención debe dispensarse dentro de tres meses a más tardar. Asimismo, se han impartido instrucciones concretas sobre las formas y objetivos de la cooperación local en apoyo del sistema de servicios.

370.Se han establecido varias dependencias psiquiátricas para niños y adolescentes. La situación seguirá mejorando con la creación en el distrito hospitalario de Pirkanmaa y en el hospital de Niuvanniemi de sendas dependencias nacionales para el tratamiento de niños y adolescentes muy difíciles o peligrosos. Actualmente aún es posible, en algunos casos aislados, que un niño o adolescente sea internado involuntariamente en una dependencia de adultos para recibir tratamiento.

371.El derecho de acceso a los servicios de salud mental de los niños confiados a hogares comunitarios. En 2002 la Mediadora Parlamentaria, Riitta-Leena Paunio, tomó una iniciativa independiente para indagar cómo se ejercen los derechos del niño en los hogares comunitarios. Se estudiaron todos los hogares administrados por el Gobierno. En su dictamen, la Mediadora Parlamentaria evaluó el derecho de los niños confiados a hogares comunitarios a acceder lo antes posible a los servicios de salud mental que necesiten. En su opinión, estos niños tienen derecho a acceso a tales servicios en la dependencia que se encuentre más próxima. Subrayó también la necesidad de que en estos hogares haya un mayor nivel de conocimientos de psiquiatría de niños y adolescentes. El dictamen fue puesto en conocimiento del Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños deben cumplir las normas establecidas por las autoridades competentes. Véase también el capítulo VIII, apartado c), infra.

372.Salud sexual de los jóvenes (enfermedades de transmisión sexual, anticoncepción, embarazos). Entre 1998 y 2002 la tasa de partos e interrupciones del embarazo entre las muchachas de 15 a 19 años (por cada 1.000 muchachas) fue la siguiente:

1998

1999

2000

2001

2002 (estimación)

Partos

9,0

9,2

9,8

10,1

10,7

Interrupciones del embarazo

13,0

14,1

14,8

15,4

16,1

Fuente: STAKES; Registro de nacimientos y registro de interrupciones del embarazo.

El número de partos e interrupciones del embarazo entre las jóvenes ha aumentado desde fines de los años noventa, aunque las cifras totales siguen siendo muy bajas comparadas con las de otros países. Han aumentado también los casos de clamydia. Los jóvenes pueden solicitar anticonceptivos a los profesionales de salud en la escuela y los centros de salud municipales o privados. Desde 2003, la salud y la higiene se imparten como asignatura entre los grados 1 y 9 de la escuela general. La salud sexual y la educación en materia de anticonceptivos figuran entre los temas que se estudian entre los grados 7 y 9.

373.Desde mayo de 2002 los menores de 15 años pueden adquirir en las farmacias por prescripción médica anticonceptivos de emergencia (la píldora del día después). A principios de 2002, el número de interrupciones del embarazo de jóvenes entre 15 y 19 años fue ligeramente superior que durante el mismo período del año anterior, si bien en el cuarto trimestre de 2002 las cifras fueron algo inferiores que en el mismo período de 2001.

374.Al 29 de abril de 2003, había 35 personas menores de 25 años diagnosticadas como seropositivas.

375.Salud ambiental. En comparación con otros países, el nivel de atención de la salud, protección ambiental y control del medio ambiente y la salud en Finlandia es alto. Ello crea condiciones para el fomento de la salud de los niños y los jóvenes.

376.El Programa Nacional de Salud Ambiental, formulado conjuntamente por el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud y el Ministerio del Medio Ambiente en 1997 sigue siendo una buena base para el mantenimiento y la creación de un medio ambiente sano para los distintos grupos de población. El Programa se centra también en cuestiones importantes para la salud de los niños, como el agua potable de calidad, los alimentos inocuos, la pureza del aire en los locales cerrados y en las ciudades y la necesidad de reducir los ruidos nocivos y los riesgos para la salud psicológica y social en el entorno. Muchos municipios han creado un programa de salud ambiental para su región que se ocupa de estas cuestiones desde el punto de vista de los distintos grupos de población, especialmente los niños y los grupos vulnerables.

377.En cuanto a los esfuerzos por mejorar la calidad del aire en los locales cerrados, se ha prestado especial atención a la eliminación de los efectos nocivos del tabaco y los problemas de humedad y hongos en escuelas y guarderías, en particular. El año 2002 se dedicó al aire en los locales cerrados. Cada vez hay más mujeres jóvenes que fuman. Desde el punto de vista de la salud pública, es alarmante que los niños finlandeses estén comenzando a fumar a edad muy temprana.

378.A pesar de haberse reducido las emisiones atmosféricas, en las ciudades finlandesas es bastante común que se excedan los valores de referencia de calidad del aire. Se ha determinado que las emisiones de partículas pequeñas son un riesgo significativo para la salud. Cuando se establecieron los nuevos valores de referencia de calidad del aire en 2001, se prestó especial atención a grupos vulnerables como los niños. El Ministerio del Medio Ambiente se plantea como objetivo que Finlandia no sobrepase los límites de calidad del aire establecidos por la Unión Europea para el período comprendido entre 2005 y 2010.

379.El problema del ruido se ve agravado por el aumento del tráfico y de la concentración de personas en los centros en crecimiento. Sus efectos adversos pueden reducirse con una minuciosa planificación de las comunidades y del tráfico y con un control del ruido.

380.Los niños son generalmente propensos a los accidentes. La mayoría de accidentes graves guardan relación con el tráfico y con el agua (ahogamientos). La planificación del tráfico tiene la seguridad como una de sus principales inquietudes y objetivos. En el decenio de 1990 Finlandia logró reducir el número de accidentes graves. La seguridad vial mejora también gracias a las inversiones en vías exclusivas para peatones y ciclistas.

381.La salud infantil se ha tenido en cuenta como uno de los factores principales en el control de los productos químicos peligrosos. La estrategia para la política en materia de sustancias y preparados químicos de la Unión Europea tiene como objetivo la eliminación gradual de las emisiones peligrosas durante la próxima generación. El Plan de acción del Consejo Nacional de la Alimentación preparado en 2002 hace hincapié en la inocuidad de los alimentos para los distintos grupos de población, como los niños.

382.Terveys 2015 (Salud 2015) es un programa nacional de salud pública que examina los distintos riesgos a la salud de la persona a lo largo de su vida, incluida la infancia. El programa otorga importancia a la evaluación de las repercusiones en la salud, lo que constituye también un importante elemento para la evaluación de los impactos ambientales.

383.Hay que desarrollar la evaluación de los riesgos relacionados con la salud ambiental teniendo en cuenta la posición de grupos de población vulnerables como, en particular, los niños, y debe modernizarse el seguimiento de los indicadores de salud ambiental e indicadores conexos. El Ministerio del Medio Ambiente, se encarga de supervisar todo lo relativo al estado del medio ambiente y de informar al respecto. Las actividades de supervisión del medio ambiente, que comenzaron en 2000, se basan en los objetivos que establece la Ley de zonificación y construcción (132/199), que entró en vigor en 2000, y los objetivos nacionales de uso de la tierra. El objetivo de la planificación del uso de la tierra es fomentar la creación de un entorno seguro, sano, placentero y socialmente viable en el que vivir y trabajar que atienda a las necesidades y requisitos de servicios de los distintos grupos de población, como los niños, los ancianos y los discapacitados.

384.Esencialmente, la legislación ambiental tiene como objetivo la protección de la salud humana, junto con la prevención y la reducción de la incidencia de cambios peligrosos en el medio ambiente. La protección del medio ambiente se basa en el principio de prevención y reducción al mínimo de los efectos nocivos.

385.La administración nacional encargada del medio ambiente se encarga de que se tomen en cuenta los aspectos sanitarios del entorno infantil en el contexto de la cooperación internacional, como en el caso de la redacción y aplicación de acuerdos ambientales y el fomento del desarrollo sostenible. Algunas cuestiones importantes en esta esfera son la gestión de productos químicos y el establecimiento de normas en relación con las sustancias que agotan el ozono y los gases de efecto invernadero, así como el fomento del acceso al agua potable y al saneamiento. En los procesos bilaterales y multilaterales en que participa Finlandia y en su cooperación con los Estados vecinos se hace hincapié en la salud de los grupos de población vulnerables, en especial los niños. Debe prestarse especial atención al mejoramiento de la salud ambiental de los niños que viven en países en desarrollo y países en transición, y a la creación de condiciones para un desarrollo sostenible tanto social como económicamente. La Cuarta Conferencia Ministerial sobre el Medio Ambiente y la Salud (Budapest, 2004) aprobará un plan de acción para la salud ambiental de los niños.

386.Para fomentar el desarrollo sostenible, el Plan de Aplicación aprobado por la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible en Johannesburgo dedicó especial atención a los más acuciantes problemas mundiales de salud ambiental, a saber, el acceso al agua potable y la calidad del aire en los locales cerrados para los niños del mundo. Estas cuestiones siguen impidiendo que mejore la salud ambiental.

387.Aunque el acceso al agua potable y la cuestión de la calidad del aire en los locales cerrados no sean una amenaza real para los niños finlandeses, Finlandia debe velar por que el entorno microbiológico de los niños sea inocuo. Los problemas locales se tratan en cooperación con las distintas instancias. Ejemplo de tal cooperación es la labor entre administraciones y la búsqueda de financiación para mejorar la calidad del aire en las escuelas, realizada en muchos centros docentes en los últimos años. Ello ha sentado la base para iniciativas sistemáticas de mejoramiento de la calidad del aire en las escuelas finlandesas mediante el establecimiento de normas de calidad que pueden servir también para los centros de atención diurna. El Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud ha revisado recientemente sus instrucciones sobre el aire en los locales cerrados y está supervisando la aplicación de la Ley de protección de la salud, por lo que también está fomentando la salud infantil. Asimismo, en otoño de 2003, el Ministerio del Medio Ambiente revisará sus normas D2 de calidad del aire en locales cerrados.

388.Finlandia seguirá llevando a cabo actividades de cooperación entre administraciones para garantizar la inocuidad de los alimentos. Para garantizar que el nivel de salud infantil siga siendo bueno, el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud, el Ministerio de Agricultura y Silvicultura, el Ministerio de Comercio e Industria y el Ministerio del Medio Ambiente están cooperando para establecer directrices que intensifiquen la cooperación en la administración de la salud ambiental, de manera que quede garantizada la higiene de los alimentos y del agua en el país. Para ello, en Finlandia se está intensificando la cooperación administrativa entre municipios.

389.El control de ruidos para garantizar la salud infantil se lleva a cabo en cooperación con el Ministerio del Medio Ambiente. Se están tomando iniciativas especiales para aplicar la directiva 2002/49/CE de la Unión Europea sobre el ruido.

390.Finlandia participa en la preparación de la Cuarta Conferencia Ministerial sobre el Medio Ambiente y la Salud de Budapest, centrada en el fomento de la salud infantil. La etapa preparatoria está siendo coordinada por un Grupo de trabajo sobre salud ambiental establecido por el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud.

391.Es también de suma importancia intensificar la cooperación interdisciplinaria en las escuelas y centros de atención diurna para facilitar el reconocimiento lo antes posible de los niños con necesidades especiales y brindarles apoyo a tiempo. Debe prestarse especial atención a la disponibilidad de servicios de salud mental para niños y a garantizar su financiación a largo plazo.

392.Bienestar social y servicios de atención de la salud en idioma sami. El presupuesto del Gobierno de 2002 incluía por primera vez una asignación especial para proteger el bienestar social y los servicios de atención de la salud en sami, que los municipios de la región sami pueden emplear para proyectos de creación de servicios en ese idioma. El monto de la asignación fue de 200.000 euros en 2002 y de 300.000 en 2003.

393.Con arreglo a cuanto se señala en el presupuesto del Gobierno, esta asignación presupuestaria puede emplearse en forma de transferencia por conducto del Parlamento sami para respaldar el bienestar social y los servicios de atención de la salud en la Patria Sami a que se refiere el artículo 4 de la Ley sobre el Parlamento sami (974/1995). Según las instrucciones impartidas por el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud, la asignación se otorgará para subvencionar servicios de bienestar social y atención de la salud en todos los dialectos del idioma sami. El objetivo del Parlamento sami en este sector consiste en que, para dar efecto a los derechos lingüísticos y culturales de los sami, deben ofrecerse servicios de bienestar social y de atención de la salud en su idioma, formularse planes para tomar en consideración el patrimonio, la cultura, los valores tradicionales, el modo de vida y la mentalidad de los sami y basar toda medida en su independencia cultural.

394.El Parlamento sami estima que los fondos transferidos por el Gobierno para estos fines deben otorgarse principalmente a los municipios sami que creen servicios de bienestar social y atención de la salud para atender las necesidades determinadas en esta materia por el Parlamento sami.

395.Retos de una sociedad multicultural. La circuncisión sin fines médicos ha suscitado debate en Finlandia. En los últimos años, se han realizado cada año unas 100 operaciones de esta clase basadas en las tradiciones culturales y religiosas de judíos y musulmanes. Dado que la circuncisión no recae en el ámbito de la atención de la salud, los centros médicos no han accedido a realizar tal operación como servicio de salud pública. Las familias musulmanas que llegaron como refugiados estiman que los hospitales privados les resultan demasiado caros.

396.Aunque hace ya tiempo que las autoridades estudian la cuestión de la circuncisión masculina en condiciones domésticas, la cuestión adquirió gran notoriedad a principios de 2002, cuando los medios de información dieron a conocer el caso de un niño musulmán ingresado en el hospital por complicaciones tras una circuncisión hecha en casa. Para realizarse correctamente, la operación exige conocimientos médicos suficientes, higiene y la administración de calmantes. En marzo de 2003 el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud y la Asociación de autoridades locales y regionales de Finlandia envió una carta a los distritos hospitalarios en la que se les recomendaba que, para garantizar el bienestar de los niños y reducir todo riesgo, también se hicieran circuncisiones en los centros públicos.

397.En primavera de 2003 el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud estableció un Grupo de trabajo que evaluara el fundamento legislativo de la circuncisión masculina sin fines médicos para determinar la necesidad de nuevas disposiciones legislativas y las condiciones para esta operación, así como para preparar las correspondientes propuestas legislativas. El Grupo de trabajo se reunirá de nuevo a fines de noviembre de 2003.

398.El Defensor de las Minorías ha participado en consultas entre las distintas autoridades y ha concedido entrevistas a periódicos y la televisión. El Defensor ha expresado su preocupación por las posibles consecuencias para las familias y los niños de que el sector público siga negándose a practicar circuncisiones o a emplear fondos públicos para ello. Asimismo, el Defensor ha apoyado iniciativas para encontrar soluciones que tengan en cuenta el interés superior del niño.

399.Los niños y el medio ambiente. Con arreglo a la Constitución de Finlandia, las autoridades públicas pueden garantizar el derecho de todos a un entorno saludable y la posibilidad de influir en las decisiones que atañan al entorno en que viven. En los últimos años, el Ministerio del Medio Ambiente ha insistido con frecuencia en que los niños también deben ejercer este derecho. Las investigaciones sobre la relación entre los niños y los jóvenes y su medio ambiente indican que se les asigna una posición subordinada cuando se tratan cuestiones relacionadas con su propio crecimiento y desarrollo. A menudo, se dan a conocer las necesidades del niño desde el punto de vista de los adultos.

400.Finlandia ha adoptado el principio enunciado en el Programa Hábitat, el documento final de la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II), según el cual los niños constituyen un grupo vulnerable. Se reconoce que los niños son actores en sus propias vidas que deben ser escuchados cuando se toman decisiones y cuyas necesidades deben tenerse en cuenta al planificar o tomar decisiones que repercutan en su vivienda y entorno en que viven. La Ley de zonificación y construcción (132/1999), que entró en vigor a principios de 2000, incluye una enmienda legislativa significativa por la que se establece que tanto la planificación del uso de la tierra como las instrucciones de edificación deberán tener por objetivo la creación de un entorno seguro, sano, placentero y socialmente viable en el que vivir y trabajar que atienda las necesidades y requisitos de servicios de los distintos grupos de población, tales como los niños, los ancianos y los discapacitados. De este modo se crea un marco para integrar la opinión de los niños en la evaluación de la repercusión de los planes urbanísticos y los permisos de edificación en las condiciones de vida y de residencia del niño. Una disposición especial relacionada con los edificios residenciales establece que hay que reservar espacio suficiente para zonas de juego seguras en el exterior. Las disposiciones e instrucciones del Código nacional de la vivienda de 2001 imparten a los ingenieros directrices detalladas para evitar soluciones que resulten peligrosas para los niños. El Código de la construcción se basa en la Directiva 89/106/CEE del Consejo de Europa de 21 de diciembre de 1988 relativa a la armonización de la legislación, las normas y las disposiciones administrativas de los Estados miembros en materia de productos de la construcción.

401.La relación entre la salud de los niños y el medio ambiente exige nueva información basada en la investigación continua. Algunas cuestiones importantes son la exposición de los niños a los peligros que plantea el aire de los locales cerrados, el aire de las ciudades, el ruido y los productos químicos, así como el fomento de la salud infantil como elemento de la planificación comunitaria. La evaluación y el control de los riesgos para la salud ambiental, especialmente cuando se trata de grupos vulnerables como los niños, exigen más información y creación de métodos. En 2002 concluyó un programa de investigación de la salud ambiental (SYTTY), patrocinado por la Academia de Finlandia, que ha proporcionado considerable información nueva basada en investigaciones y que puede emplearse en la planificación para fomentar la salud infantil y eliminar los riesgos a la salud.

C. Seguridad Social y atención diurna del niño (artículo 26 y párrafo 3 del artículo 18)

402.Seguridad Social de las familias con hijos. La legislación finlandesa en materia de seguridad social se aplica a todas las personas que vivan o trabajen en Finlandia. Ello implica que todos los niños tienen derecho a la seguridad social. Como establece la Ley del seguro de salud, todos los niños residentes en Finlandia están asegurados, entre otras cosas, contra cualquier enfermedad congénita.

403.De las enmiendas introducidas después de junio de 1998 en la esfera de los servicios previstos por el seguro, las siguientes repercuten directamente en la situación del niño y atañen en particular a las disposiciones de los artículos 26, 3 a 5 y 18 de la Convención.

Enmiendas a la Ley del seguro de salud:

-Desde el 1º de octubre de 2001 los padres tienen derecho a dividir libremente los 18 días laborables de su licencia por paternidad en como máximo cuatro períodos de licencia que coinciden con el período de maternidad y de percepción de la prestación para padres.

-Desde el 1º de enero de 2003, ambos progenitores cobran simultáneamente una prestación parcial para padres. Tanto la madre como el padre tienen derecho a solicitar a sus empleadores la posibilidad de trabajar a tiempo parcial y de gozar al mismo tiempo de licencia parcial para atender al hijo. Ello facilita la conciliación de la vida familiar y laboral.

-Desde el 1º de enero de 2003 el padre tiene derecho no sólo a una prestación por paternidad durante 18 días laborables durante el período de maternidad y percepción de la prestación para padres, sino también a una prestación única por paternidad de entre 1 y 12 días laborables inmediatamente después de que finalice el período de percepción de la prestación para padres, siempre que haya gozado de licencia por paternidad durante al menos los últimos 12 días laborables del período de percepción de la prestación para padres.

-Desde el 1º de enero de 2003 los padres adoptivos tienen derecho a las mismas prestaciones por paternidad que los demás padres.

-Desde el 1º de enero de 2003 cuando nace más de un hijo o se adopta a más de uno al mismo tiempo, los padres tienen derecho a una prórroga de la prestación para padres, que podrá percibirse por entero o parcialmente durante el período de maternidad y de percepción de la prestación para padres, si ambos progenitores cuidan a la vez del niño. Desde el 1º de enero de 2003 en los casos de adopción intrafamiliar, si el niño tiene menos de 1 año, los padres adoptivos tienen derecho a percibir la prestación para padres.

-Desde el 1º de enero de 2003, la madre puede traspasar al padre su derecho a percibir la prestación por maternidad en forma de prestación para los padres, si por enfermedad, no pudiera ocuparse del niño. El derecho a la prestación diaria no podrá transferirse al padre salvo si la madre ha estado enferma durante el período de percepción de la prestación diaria de subsistencia, incluidos la fecha en que cayó enferma y los nueve días laborables posteriores.

404.Pensiones. A principios de 2002 volvió a introducirse en las pensiones nacionales el complemento por hijos para apoyar a las familias que perciben pensiones y tienen hijos a cargo.

405.Desde principios de 2005 se añade mensualmente a las pensiones retributivas del sector privado el 1,5% de las prestaciones por maternidad para padres y por paternidad durante el período en que éstos se perciban. Asimismo, la atención domiciliaria gratuita para niños menores de 3 años otorga al cuidador derecho a que se añada mensualmente a su pensión el 1,5% de sus ingresos hasta un máximo de 500 euros mensuales.

406.Informe sobre la situación de las guarderías infantiles. En enero de 2001, el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud y la Asociación de autoridades locales y regionales de Finlandia preparó un informe sobre las guarderías. El informe se centraba en el número de niños y de personal de las guarderías y en la organización de la atención por las tardes, las noches y los fines de semana.

407.Guarderías para los niños sami. Los niños sami disponen de atención diurna en su idioma en los siguientes municipios de la Patria Sami: Utsjoki, Inari y Enontekiö. La única guardería en idioma sami está en Karigasniemi, en el municipio de Utsjoki. Se ofrece también atención diurna municipal en el hogar de cada cuidador en Nuorgam y Utsjoki. En Utsjoki los niños pueden elegir un grupo en el que se hablen el finlandés y el sami. En 2003, el municipio obtuvo una subvención del Gobierno por valor de 30.000 euros por conducto del Parlamento sami para guarderías en idioma sami septentrional.

408.El municipio de Inari mantiene dos sistemas de atención cooperativa en idioma sami septentrional, uno en Ivalo y otro en Inari. La atención diurna en forma de los denominados "nidos lingüísticos" puede contribuir significativamente a que los niños sami aprendan y conserven su idioma. Hay un nido lingüístico sami para los niños sami inari en el municipio de Inari. El municipio ha contratado servicios de atención diurna a un proveedor del sector privado. El Parlamento sami canaliza 73.400 euros para las guarderías en lengua autóctona en Inari.

409.En el municipio de Enontekiö existe una guardería infantil en Heta y una guardería bilingüe en Karesuvanto, en la que se emplea tanto el finlandés como el sami septentrional. El Parlamento sami respalda la guardería de Heta con una asignación gubernamental de 24.760 euros que percibe por conducto del Parlamento.

D. Nivel de vida (artículo 27)

410.Criticismo. La Federación de Bienestar Social y Salud de Finlandia, por ejemplo, ha observado que en el último decenio ha aumentado la pobreza entre las familias con hijos y que sus ingresos han crecido a una tasa menor que la del resto de grupos de población. Incluso hoy en día las prestaciones básicas como la prestación familiar, las prestaciones mínimas por maternidad, paternidad y para los padres y la prestación por atención doméstica no bastan para que las familias puedan subsistir con ellas y salir adelante sin dificultad.

411.Informe del Gobierno. En su informe al Parlamento, el Gobierno ha señalado que en relación con el bienestar de los niños y los jóvenes el aumento de los ingresos ha sido especialmente bajo en las familias monoparentales. El mejoramiento del empleo ha favorecido la situación económica de las familias con hijos aunque ello no ha hecho que se reduzca el número de familias que viven por debajo del umbral de la pobreza. Si se establece el umbral proporcional de pobreza en aproximadamente el 60% de los ingresos promedio, en 1999 había en Finlandia unas 64.000 familias pobres con hijos, es decir, aproximadamente el 10% de todas las familias con hijos del país. La principal causa de pobreza entre estas familias es el desempleo, en especial el desempleo de larga duración. Las familias afectadas por esta clase de desempleo viven una situación económica particularmente frágil. La tasa de desempleo entre las familias con niños en las que ambos progenitores cuentan con ingresos ha estado ligeramente por debajo del promedio, pero por encima de la media de las familias con un solo proveedor. El desempleo en las familias con hijos no es sólo causa de problemas económicos, sino también de muchas otras dificultades que repercuten en el bienestar de los niños.

412.Gastos de vivienda y prestaciones por vivienda. En Finlandia los gastos de vivienda son bastante elevados. Se otorgan subsidios de vivienda para sufragar parte de los gastos de los hogares de bajos ingresos que se consideren razonables. Los subsidios de vivienda contribuyen significativamente a nivelar más los gastos entre las familias. Su monto depende del número de miembros en la familia, de los ingresos y del costo de la vivienda. En 2001 tenían derecho a un subsidio general de vivienda unas 70.000 familias con hijos, lo que equivale a aproximadamente el 9% de esta categoría de familias. El número de beneficiarios se ha reducido desde la segunda mitad del último decenio debido en parte a que en 1995-1996 los criterios se hicieron más rigurosos ya que, entre otras cosas, en los últimos años ha mejorado el mercado del empleo. La mayoría de las familias con hijos beneficiarias son monoparentales. En 1998 se flexibilizaron los requisitos para poder coordinar mejor el otorgamiento de subsidios de vivienda y por concepto de bajos ingresos. Las familias de menores ingresos necesitan también prestaciones de apoyo a los ingresos para hacer frente a sus gastos de vivienda.

VII. EDUCACIÓN, ESPARCIMIENTO Y ACTIVIDADES CULTURALES

A. La educación, incluidas la formación y orientación profesionales (artículo 28)

413.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño ha recomendado que Finlandia aplique la legislación revisada sobre la formación escolar para que las distintas regiones del país y los distintos centros educativos y pedagógicos gocen de igualdad (Recomendación Nº  50).

414.Igualdad. Las leyes de educación enmendadas entraron en vigor el 1º de enero de 1999. Las nuevas leyes de formación y educación introducen amplias reformas y ofrecen nuevas y múltiples oportunidades en todo el sistema educativo finlandés. En vista de las repercusiones sociales de la reforma, el Parlamento pidió al Gobierno que presentara un informe sobre la política de enseñanza al cabo de tres años de implementación de las leyes para determinar su resultado y el cumplimiento de los objetivos fijados. A continuación se enumeran algunos de los principios más importantes en que se basó la enmienda legislativa:

-Unificar las leyes incoherentes y dispersas, que se superponen;

-Destacar en las disposiciones legislativas la unidad del sistema educativo;

-Aumentar las posibilidades de adaptar el sistema educativo a los cambios en la sociedad;

-Disminuir las diferencias entre las distintas formas de enseñanza y los distintos niveles de los diversos sistemas de aprendizaje, e incrementar la cooperación de los encargados de la educación y la formación con los centros de estudio;

-Mejorar la calidad y eficacia de la educación, por ejemplo, con evaluaciones periódicas;

-Equiparar en lo posible la legislación, salvo para la enseñanza básica, de modo que sea idéntica a nivel de municipios, de la federación de municipios, de las comunidades inscritas y de los fondos.

415.Las leyes enmendadas también dieron lugar a ciertas reformas de fondo. Una es la posibilidad legislada de que los padres o tutores de los niños en edad de la enseñanza obligatoria soliciten plazas en centros que no sean el más cercano que disponga la municipalidad. Otras son la supresión de la distinción entre los ciclos superior e inferior de la escuela media, la enmienda de las disposiciones sobre escuelas privadas de enseñanza básica, el sometimiento de la enseñanza impartida en hogares de la comunidad a la dirección de los servicios de educación, la enmienda de las disposiciones sobre el aprendizaje de los idiomas de las minorías, la obligación de los encargados de la enseñanza secundaria de cooperar, la eliminación de las disposiciones sobre el horario de los alumnos de centros distintos de aquellos en que se imparte la enseñanza prescrita, una disposición sobre la posibilidad de adquirir servicios educativos de comunidades o fondos que no están autorizados para organizar actividades educativas, la enmienda de las disposiciones sobre los maestros y profesores, y las disposiciones incorporadas en la legislación sobre la evaluación de la educación para que se imparta enseñanza de buena calidad.

416.De 1993 a 1995, como parte del recorte del gasto público, se redujo el costo unitario básico aplicable a las partidas oficiales en concepto de educación y cultura. Se recortó, de forma porcentual, la subvención a las fuentes de financiación de los centros y así se redujeron las obligaciones financieras de los distintos municipios. A partir de l997, la responsabilidad municipal de sufragar la enseñanza se basa en el número de residentes de la localidad y se ha suprimido la disposición en virtud de la cual se calculaba el aporte del ayuntamiento a la educación por el número de alumnos.

417.De 1996 a 1998 se redujo el gasto público en educación únicamente en los municipios para beneficio de la economía municipal. No volvió a bajar el costo unitario, pero se consiguió hacer economías para beneficio de los moradores. Se incrementaron los fondos municipales en un total de 109 euros (650 marcos finlandeses) por morador. Debido al incremento de la financiación municipal, la contribución estatal legislada a la educación a tenor del 57% disminuyó a poco menos de la mitad de los gastos efectuados con cargo a partidas estatales.

418.La reducción del costo unitario produjo economías operacionales también en los municipios, una finalidad de la medida. En los últimos años, sin embargo, el costo unitario de distintas funciones ha aumentado junto con el repunte económico general en los municipios. De acuerdo con los datos de 1999, los precios unitarios en la enseñanza básica, en el segundo ciclo de la educación secundaria y en la formación profesional y los estudios politécnicos fueron inferiores al precio unitario actual en un 12, un 9 y un 14%, respectivamente. Se infravaloró el precio unitario de estas actividades en un promedio del 12%. Se infravaloró el precio unitario de los centros de formación de adultos, de la educación artística elemental que se sufraga según el número de horas de clase y de las bibliotecas en un 11, un 12 y un 7%, respectivamente.

419.Desde el punto de vista de la estructura y los fundamentos de la financiación de los servicios de educación y cultura, el carácter generalmente inadecuado de los precios unitarios ha causado problemas. El sistema de cálculo está basado en el supuesto de que quien sufraga el servicio se beneficia con gastos inferiores al costo unitario estimado y, por consiguiente, ha de correr con parte de los gastos que son superiores al precio unitario estimado. Al establecer el sistema no se tomó en cuenta la carga suplementaria debida a la inadecuación general. Por ello, no sólo ha disminuido el gasto, sino que también se ha presionado para que se reembolse por separado a los municipios, lo que en virtud del sistema de otra forma no sería necesario. La situación también es problemática porque los distintos grupos encargados no necesariamente son tratados de la misma manera. De los proveedores de servicios educativos, sólo las municipalidades pueden salvar la inadecuación con medidas como erogaciones estatales generales abonadas a los ingresos públicos locales o fiscales y, por otro lado, existen motivos para mantener al mínimo las oportunidades de obtener ingresos por los derechos que se cobran en la enseñanza.

420.La enmienda de la Ley de financiación de la educación y la cultura (1389/2001), en conexión con el presupuesto de 2002, acabó con la reducción del costo unitario. Desde principios de 2002, ese costo se ha basado en el gasto real en educación, financiado de acuerdo con el gasto previsto. También aumentó a principios de 2001 con arreglo a la enmienda de la Ley de financiación de la educación y la cultura (1146/2000), no sólo debido al incremento de los desembolsos sino también en un 5% más con respecto al año anterior. No obstante, todavía tiene vigencia el incremento del gasto municipal registrado de 1996 a 1998.

421.Todavía no se puede estimar la repercusión que va a tener la eliminación de la inadecuación de los precios unitarios en la organización de la educación. Cuando las autoridades locales deciden lo relativo a la educación y al desarrollo de ésta, se calibran el reciente deterioro de las finanzas municipales y su falta de posibilidades futuras, que comprenden la gran diferencia en la situación financiera de cada municipalidad. El Ministerio del Interior espera que la economía de los ayuntamientos siga mejorando hasta 2004. También espera que en el mismo período deje de haber diferencias de desarrollo regional. En los próximos años, los problemas debidos a la falta de fondos van a afectar a los municipios más pequeños, de menos de 6.000 habitantes.

422.Se ha encuestado a los encargados de la enseñanza y las respuestas indican que el 37% de los encargados de la enseñanza básica, el 29% de los del segundo ciclo de secundaria, el 60% de los de la formación profesional y el 23% de los de la educación de adultos tienen la intención de aportar más fondos.

423.La Constitución de Finlandia dispone el derecho universal a la educación básica gratuita. La ley dispone el deber de educar. Constitucionalmente, las autoridades públicas, conforme a lo detallado en una ley específica, garantizarán la igualdad de oportunidades a tener otros servicios educativos de acuerdo con la capacidad y las necesidades especiales de cada uno y la oportunidad de realizarse a pesar de las dificultades económicas. Esta disposición, consignada en el párrafo 2 del artículo 16 de la Constitución, otorga a los ciudadanos el derecho a la educación permanente. No se garantiza como un derecho subjetivo como la educación básica, sino que la disposición supone que las autoridades públicas están obligadas a disponer lo necesario para que existan diversos servicios educativos en el país. La igualdad de oportunidades educativas de acuerdo con la propia capacidad significa, entre otras cosas, que todos gozarán de ella independientemente de su lugar de residencia. Los derechos fundamentales a la cultura se aplican a todos los residentes de Finlandia, sin tener en cuenta su edad o su nacionalidad. Las "autoridades públicas" quiere decir el Estado y las autoridades locales también. En el artículo 121 de la Constitución se dispone que el gobierno municipal estará basado en la autonomía de los residentes locales. Sólo se podrán asignar deberes al municipio conforme a la ley.

424.En virtud de la Ley de educación básica, los niños que asistan a clase tendrán el derecho legislado a la educación y orientación de acuerdo con el plan de estudios los días hábiles. Se organizará la enseñanza de acuerdo con la edad y las capacidades de los niños y niñas. El centro educativo se mantendrá en contacto con el hogar. Los encargados de la enseñanza estiman que, en lo que respecta a la educación general, al parecer, el derecho del niño a recibir una enseñanza basada en el plan de estudios se ejerce de manera satisfactoria. Desde la promulgación de las nuevas disposiciones legislativas ya no se despide a tantos educadores por falta de fondos.

425.Encuesta PISA. La niñez finlandesa salió airosa en la encuesta del Programme for International Student Assessment (PISA) de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), la más extensa y versátil del rendimiento académico que se hace en los países de la OCDE. Tomaron parte los 28 países de ésta y 4 que no pertenecen a ella. Fueron encuestados los chicos de 15 años que en Finlandia cursan principalmente el noveno grado de enseñanza media. Intervinieron casi 4.900 estudiantes y 156 escuelas del país. Se quería conocer su capacidad de leer y su dominio de las matemáticas y la ciencia en situaciones lo más parecidas a sus futuras necesidades reales. El principal objetivo de la encuesta era determinar su capacidad de leer. El rendimiento de los niños y niñas finlandeses fue óptimo en la prueba de lectura. Estuvieron entre los primeros de todos los países, al igual que cuando se evaluaron sus conocimientos matemáticos y científicos.

426.La encuesta mostró que el 50% de los alumnos finlandeses leen muy bien, cuando el promedio en los países de la OCDE se situaba en el 32%. En cuanto a las diversas dimensiones de la lectura, parecen tener una capacidad especial de captar información y de comprender e interpretar lo que leen. Apenas el 7% leía mal, en comparación con un promedio del 18% en la OCDE.

427.En los 32 países encuestados, las niñas leen mejor que los varones. En Finlandia se registró la mayor diferencia entre niños y niñas. Los resultados de las niñas finlandesas en la totalidad de la encuesta fueron mejores que los de todas las otras. Los varones fueron los mejores de entre los países de la OCDE. En cuanto al dominio de las matemáticas, los varones obtuvieron mejores resultados que las niñas en casi todos los países, pero en un grado mínimo. En Finlandia, los varones y las niñas obtuvieron resultados iguales en matemáticas, así como en los conocimientos científicos, al igual que en la mayoría de los otros países en que se realizó la encuesta.

428.La encuesta también mostró que, con respecto al rendimiento académico en las distintas escuelas, en Finlandia se registró el menor grado de diferencias. Como norma, las escuelas urbanas y rurales del país obtienen resultados igualmente buenos, pero los varones en las escuelas rurales suelen obtener resultados muy por debajo del rendimiento académico nacional medio. Parece que hay un nexo explícito entre la situación socioeconómica de los padres y el rendimiento escolar. En todos los países encuestados, los hijos de los padres en la mejor situación socioeconómica obtuvieron mejores resultados que los otros. La distinción es clara también en Finlandia, pero inferior al promedio en la OCDE.

B. Propósitos de la educación (artículo 29)

429.Educación y crianza en el respeto de los derechos humanos. La enseñanza a todos los niveles se basa en el programa nacional de estudios aprobado por la Junta Nacional de Educación, en que se exponen aspectos tan importantes como la formación escolar para respetar los derechos humanos, conocer y respetar las distintas culturas, promover el multiculturalismo y la tolerancia. Se ha enseñado a respetar los derechos humanos, por ejemplo, organizando actos y proyectos contra el racismo y la intolerancia en los centros educativos.

430.Al hacer una reforma legislativa general de la enseñanza, se concedió a las escuelas mucha más libertad en cuanto al currículo, lo que les concede una mayor posibilidad que antes de abarcar temas de interés como la cuestión de los derechos humanos. Los derechos humanos también son parte de las asignaturas en la formación continua de los maestros.

431.En Finlandia, hay redes permanentes y escuelas de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en que se enseña a respetar los derechos humanos. Por el momento, hay 60 escuelas de la UNESCO e institutos de enseñanza (escuelas medias, escuelas especiales, segundos ciclos de secundaria, escuelas de formación profesional y escuelas normales). Las ideas que rigen estos centros son la paz, los derechos humanos, la democracia y el desarrollo sostenible.

432.Prevención de la marginación social en la educación. La asesora principal ElsiVeijola ha estudiado la prevención de la exclusión social de los jóvenes en la enseñanza por orden del Ministerio de Educación. En la primavera de 2003 se terminó de hacer el estudio, en que se afirma que la educación es un medio importante de prevenir la marginación social porque el desempleo, que es uno de sus principales motivos, es más común entre quienes están menos educados.

433.La prevención de la marginación social ha de comenzar lo antes posible (intervención temprana). Los alumnos que no rinden corren el riesgo de quedar marginados después de terminar la escuela media. Quien no logre sacar el certificado de educación escolar o lo haga con malas calificaciones "gracias a la compasión de los profesores" corre el mayor riesgo de exclusión social. Es muy poco probable que estos alumnos continúen estudiando más adelante. No hay datos estadísticos exactos sobre la exclusión social, pero se ha calculado, por ejemplo, que de los 61.000 niños que terminaron la enseñanza media en la primavera de 2003, más de 3.000 quedaron marginados socialmente o estaban expuestos a ello.

434.Los denominados cursos oma ura (para proyectar la propia carrera profesional) para jóvenes que corren el riesgo de ser marginados han dado buenos resultados. Los primeros se dictaron a principios del decenio de 1990 por iniciativa de la Liga Mannerheim para el Bienestar de la Infancia. Se están dictando 30 cursos en este momento. En ellos se conjugan el aprendizaje escolar y la formación en el empleo de acuerdo con los intereses de cada joven y se aprende sobre todo fuera del medio escolar.

435.En el estudio hecho por la Sra. Veijola se proponen 18 medidas urgentes para prevenir la marginación social, como aconsejar mejor a los alumnos, incorporar el modelo oma ura en la educación a nivel de los municipios, supervisar los estudios después de la escuela media y fomentar la formación de los hijos de los inmigrantes. Para llevar a cabo las medidas propuestas habría que enmendar la ley y arbitrar más recursos económicos.

436.Los niños discapacitados y el acoso. En el Foro Finlandés sobre la Discapacidad se destacó la cuestión del acoso de los alumnos con discapacidades. Para aprender a ser tolerante en las escuelas también se debería informar de las discapacidades. Los niños impedidos son objeto de acoso, pero los hijos de padres impedidos también son hostigados a causa de sus padres. Se ha asegurar el derecho de los niños impedidos a ir a la escuela sin ser acosados y a sentirse bien en su medio escolar.

C. Esparcimiento, actividades recreativas y vida cultural (artículo 31)

437.Trabajo y actividades para la juventud. En el segundo informe periódico de Finlandia, presentado en 1998, se trazan los grandes rasgos de los sistemas de gestión, financiación y realización del trabajo y las actividades para la juventud en el país.

438.En base a la Ley de actividades para jóvenes (235/1995), el Ministerio de Educación está encargado de la administración general y de la realización de las actividades con jóvenes en Finlandia. A efectos de aplicación de la ley, trabajar con jóvenes supone promover actividades no gubernamentales y mejorar las condiciones de vida de los niños y jóvenes. Una autoridad importante en los asuntos de la juventud es el Consejo Asesor en Cuestiones de la Juventud, una dependencia del Ministerio de Educación.

439.El Ministerio subvenciona actividades culturales, deportivas u otras para niños y jóvenes. Los fondos se utilizan para actividades municipales con jóvenes, apoyar las asociaciones juveniles del país, organizar talleres para jóvenes, apoyar los centros nacionales para jóvenes, la cooperación internacional, fomentar la investigación y la cultura de la juventud, y respaldar la información y los servicios de información para jóvenes, las actividades del Consejo Asesor en Cuestiones de la Juventud y del comité que propone los subsidios anuales del Ministerio de Educación, y los servicios provinciales que se encargan de los jóvenes. La lucha contra el alcoholismo y la drogadicción es un nuevo objetivo que hay que apoyar y un modo de trabajar con los jóvenes. En 2003, el Ministerio de Educación subvencionó el trabajo con los jóvenes y las actividades conexas a razón de 22,4 millones de euros.

440.El trabajo local con jóvenes. El Gobierno apoya las actividades deportivas y con jóvenes de los ayuntamientos en un monto estimado por habitante (10,8 euros por persona para los municipios y 12,3 euros por morador de menos de 29 años de edad para el trabajo con jóvenes en 2003). En virtud de la Ley de actividades para jóvenes, el municipio tiene el deber de trabajar con ellos y podrá decidir cómo usa las consignaciones en este concepto. En 2002, las municipalidades invirtieron alrededor de 140 millones de euros en actividades para la juventud, sobre el 4,3% (6 millones de euros) con cargo a fondos oficiales. Junto con otros fondos oficiales para actividades con jóvenes (como talleres de formación, actividades vespertinas para escolares, la lucha contra el abuso de sustancias y drogas), el Gobierno financió aproximadamente el 6% de las actividades municipales para jóvenes. La ubicación y la dimensión del municipio influyen en la realización de las actividades. En general, se pretende que el ayuntamiento cree las condiciones para que las asociaciones juveniles realicen sus actividades, mantenga los sitios en que se realizan actividades con los jóvenes y haga los arreglos que permitan el mantenimiento de los cafés para jóvenes y diversas actividades recreativas.

441.El trabajo con jóvenes se dirige por región a través de cinco oficinas provinciales estatales que forman parte del Gobierno central. El servicio juvenil de dichas oficinas se encarga sobre todo de distribuir los fondos para talleres proporcionados por fuentes nacionales y el Fondo Social Europeo, apoyar las actividades vespertinas para escolares, evaluar los servicios básicos para el trabajo con jóvenes en los municipios, dictar cursos específicos y prestar servicios de consulta a los ayuntamientos en relación con diversos proyectos para jóvenes.

442.Los talleres y centros para jóvenes. Se han seguido desarrollando las actividades que se realizan en los talleres. El desempleo de los jóvenes todavía es acentuado en Finlandia, pese a que ahora asciende a un tercio de los 100.000 desempleados en los años de recesión a principios de los noventa. Los talleres han servido para paliar las consecuencias de su desempleo y el efecto de éste en las localidades. El propósito de las actividades es motivar y alentar a los jóvenes a capacitarse y aceptar un empleo y a estar más aptos para tomar las riendas de su vida. Hay algo así como 220 talleres, un 90% de los cuales son propiedad de los ayuntamientos. Cada año, aproximadamente 8.000 jóvenes (de 17 a 24 años) son empleados por un período de seis meses en los talleres.

443.El Ministerio de Educación subvenciona diez centros nacionales para jóvenes conforme a lo que dispone la Ley de actividades para jóvenes. En ellos se procura que se organicen campamentos y cursos sobre la naturaleza, clases y campamentos para asociaciones juveniles y jóvenes que se activan localmente, y servicios de viaje para jóvenes durante todo el año. Los centros también se prestan para actividades sociales con jóvenes y para idear cómo realizarlas. En 2002, en ellos se efectuó un total de 140.000 días de trabajo con jóvenes.

444.Las subvenciones para asociaciones juveniles se otorgan de acuerdo con los resultados obtenidos. Las actividades proyectadas o concluidas se evalúan por su calidad, alcance y gestión. Uno de los grupos subvencionados son las asociaciones para adolescentes que organizan actividades para menores. Al determinar las subvenciones anuales, se presta particular atención a la ampliación y desarrollo del contenido de las actividades vespertinas para escolares. Además de estas actividades, las asociaciones ofrecen distintos tipos de campamentos, clubes o aventuras, principalmente para chicos de menos de 15 años. En 2003, el Ministerio de Educación otorgó casi 3 millones de euros en subvenciones generales a las asociaciones para adolescentes.

445.Actividades vespertinas para escolares. De conformidad con el programa oficial, se presta especial atención a las actividades vespertinas para escolares puesto que los niños de 7 u 8 años que cursan el primero o segundo año de la enseñanza media suelen necesitar supervisión después de las clases antes de que sus padres salgan del trabajo. Algunos también necesitarían que se les atienda en las mañanas antes del inicio de las clases. Además, se ha observado que sería beneficioso que los alumnos de más edad tuvieran un pasatiempo regular después de las horas de clase por lo menos una vez a la semana. En muchos lugares se proponen actividades vespertinas que han sido organizadas por las autoridades locales, los centros de enseñanza u ONG. No se ha legislado la organización de estas actividades y no existe un derecho subjetivo de participar en ellas. Su finalidad es permitir la igualdad de acceso a pasatiempos u otras actividades de recreo y prevenir la exclusión social de los niños y jóvenes. El Gobierno apoya las actividades vespertinas con diversas consignaciones. Un grupo de trabajo establecido por el Ministerio de Educación y el Ministerio de Asuntos Sociales y Salud, con el concurso de los representantes de las autoridades locales, ha estado planeando la reorganización de estas actividades. En el verano de 2002, el grupo de trabajo propuso que se dispusiera la realización de actividades matutinas y vespertinas, que han proseguido en base a la propuesta inicial. También se han tomado en cuenta los puntos de vista de las ONG.

446.El ejercicio físico en la niñez y la juventud. El objeto de la Ley de deportes (1054/1998) es la promoción del deporte y del ejercicio, así como el apoyo del desarrollo de los niños y jóvenes con ejercicios físicos. El Ministerio de Educación está encargado de la administración general y del desarrollo de la educación física y de que se integre en la administración del Estado.

447.Casi todos los niños y jóvenes finlandeses practican algún deporte. Los varones tienden a realizar más actividades físicas que las muchachas. Los más entusiastas del deporte se encuentran en el norte del país y los deportes más populares son el fútbol, el ciclismo, la natación, el esquí y los juegos de pelota en sala. Cerca del 40% de los niños y jóvenes finlandeses practican deportes en una asociación deportiva. La mayoría de estas asociaciones no son entidades gubernamentales y funcionan gracias al trabajo voluntario. Nuori Suomi ry (Asociación Finlandia Joven) es una organización independiente que promueve diversas actividades deportivas para niños y jóvenes en el plano local, por ejemplo, respaldando la labor ética y pedagógica que se efectúa como parte de distintos deportes.

448.El Ministerio de Educación otorgó 85,8 millones de euros al deporte en 2003. Ese dinero se empleará para apoyar, por ejemplo, las asociaciones deportivas nacionales y regionales, sobre todo el ejercicio físico de los niños y jóvenes; la construcción de instalaciones deportivas y especialmente el fomento de las condiciones necesarias para que los niños y jóvenes hagan deporte; un programa deportivo para niños y jóvenes a tres años plazo, y la capacitación e investigación. El programa de tres años consiste en subsidios para proyectos de supervisar las actividades vespertinas extracurriculares de los niños de 6 a 12 años de edad y proyectos nacionales y locales para motivar a los niños y jóvenes a interesarse en el deporte y el ejercicio físico.

449.Las cinco autoridades provinciales de Finlandia gestionan las funciones regionales pertinentes al deporte y al ejercicio físico. Las provincias se encargan de cosas como la construcción de canchas de juego o la organización de la práctica del deporte en las actividades vespertinas que se organizan para los alumnos.

450.La mayor parte de las 30.000 canchas de juego y otros sitios para hacer ejercicio físico son propiedad de las autoridades locales, que se encargan de su mantenimiento. En los últimos años, se ha dado prioridad a la construcción de instalaciones deportivas cerca de las zonas residenciales. El Gobierno apoya las obras con partidas presupuestarias. Las municipalidades también crean las condiciones necesarias para practicar deportes en las localidades, en especial para el funcionamiento de las asociaciones deportivas y la organización de eventos que tengan en cuenta las necesidades de grupos especiales. Reciben un subsidio público de 10,80 euros por habitante (de acuerdo con determinados cálculos) a efectos de promoción del deporte y del ejercicio físico.

451.En Finlandia hay 11 institutos nacionales y 3 institutos regionales de deportes que no sólo tienen servicios de entrenamiento, cursos y guía, sino también instalaciones para diversos pasatiempos e intereses a cualquier edad. Los niños y jóvenes son los que más utilizan estos servicios.

452.Programa contra el racismo en el deporte. Desde 1998, el Ministerio de Educación ha estado ejecutando un programa para combatir el racismo, con la colaboración de la Federación Finlandesa del Deporte (organización nacional del deporte) y de asociaciones deportivas particulares. Por ejemplo, ha financiado proyectos deportivos locales, regionales y nacionales de fomento de la tolerancia. Además de apoyar los proyectos con fondos, como parte del programa se ha divulgado información sobre asuntos relacionados con los inmigrantes y el multiculturalismo, la formación y la cooperación internacional y la investigación de lo pertinente al tema. De acuerdo con las investigaciones, la participación en actividades deportivas contribuye grandemente a que los inmigrantes se integren en la sociedad nacional.

453.Promoción de actividades culturales para niños. En Finlandia, por lo general el Ministerio de Educación se encarga de promover las actividades culturales para la niñez. En el plano nacional, son importantes al respecto la Junta Nacional de Educación y el Consejo de las Artes de Finlandia y, en el plano municipal, las autoridades locales y los consejos regionales de arte. En realidad, muchas asociaciones privadas, organizaciones u otras instituciones tienen su importancia en este aspecto y suelen recibir apoyo gubernamental o municipal. De los 57 teatros subvencionados por el Gobierno, 9 realizan actividades destinadas a la infancia y, de las 25 orquestas que reciben fondos públicos, 1 está especializada en la música para niños.

454.La cultura infantil es un concepto amplio. Abarca la cultura para los niños, es decir, todas las manifestaciones culturales para la niñez que van desde las instituciones pedagógicas y culturales hasta las ONG y la promoción comercial de la cultura. Por otro lado, es sobre todo la cultura de los propios niños; la que ellos mismos crean a través del juego y las narraciones, dirigidos por adultos, pero por lo general siguiendo un código particular.

455.La cultura infantil es un concepto establecido de la política cultural de Finlandia desde el decenio de 1970. En la gestión oficial de las artes, desde hace una veintena de años se hacen consignaciones para la cultura infantil y en el Consejo de las Artes hay una dependencia de cultura infantil desde 1987.

456.La cultura de los niños es una de las prioridades del Ministerio de Educación en 2003. En el funcionamiento y los planes financieros del Ministerio para los años 2004 a 2007 también se insiste en la cultura de los niños, que es considerada un aspecto del desarrollo. También se adoptan medidas concretas al respecto. Taikalamppu (la linterna mágica), una red de centros de cultura infantil, comenzó su primer período de labores (de 2003 a 2005) a principios de año. La red, que abarca todo el país, ha recibido 406.000 euros para el año 2003. Tiene la tarea de apoyar y desarrollar los centros ya existentes y fomentar el interés en crearlos donde no los haya. Sus actividades incluyen la capacitación en distintos ramos del arte y todas las formas de divulgar la cultura infantil (exposiciones, presentaciones, educación artística, eventos, investigaciones).

457.En 2003, se han consignado 370.000 euros en concepto de subsidios y subvenciones especiales para promover la cultura infantil y, ante todo, fomentar la interacción entre los artistas y los niños en clases de arte, insistir en la presencia del arte en la comunidad en que viven los niños y apoyar proyectos de prevención de la marginación social (el arte en las instituciones de la infancia). La consignación se ha incrementado en un 132% con respecto a 1997.

458.El Ministerio de Educación también está elaborando una política cultural para la infancia programada para toda la administración pública, en base a una propuesta del Consejo de las Artes denominada Kulttuuri kasvaa lapsissa (la cultura crece en la niñez). El programa constará de elementos como la sugerencia de objetivos básicos de la política cultural para la niñez o una serie de medidas extensas y concretas en diversos ámbitos de la cultura de la infancia, desde el funcionamiento de las instituciones artísticas hasta la enseñanza del arte, desde los medios tradicionales hasta los más nuevos y los centros de cultura infantil, y la responsabilidad municipal y estatal de la cultura de la niñez y de promoverla. El programa también está basado en la política programada del arte y los artistas que fue aprobada por el Gobierno y se basa en que todo el mundo tiene derecho a disfrutar del arte y que las condiciones propicias para la creatividad y la innovación vienen de la cultura infantil y la educación artística.

459.El circo juvenil tiene cada vez más importancia en la promoción de la cultura de los niños y jóvenes. El Ministerio de Educación ha prestado apoyo a la asociación finlandesa de circos juveniles a fin de promover las actividades circenses en todo el país y los grupos locales interesados en el circo. El circo juvenil es una actividad para los jóvenes, una actividad cultural y de ejercicio físico, y el Ministerio de Educación le ha dedicado mucha atención.

460.Películas para niños. Las películas para niños y su cultura cinematográfica han adquirido prioridad en la política cultural en los últimos años. El Ministerio de Educación ha establecido un programa para mejorar las películas para niños que comprende propuestas para 2002 a 2005. También se elaboró un plan para la industria cinematográfica en 2002 que contribuye a la realización de películas para niños y niñas. El plan es indicativo de la política de la industria en cuanto al fomento del respaldo público en los próximos años.

461.Las sugerencias formuladas en este programa de desarrollo eran muy ambiciosas y se referían a la producción, difusión y distribución de películas para niños, emisiones de televisión inclusive.

462.Siguiendo las sugerencias hechas en el programa, ya se han proyectado películas con la asistencia de las escuelas. Además, se ha ofrecido formación continua a los productores de películas para niños. Gracias a este programa, también se ha prestado atención a mejorar las condiciones para producirlas y se ha destinado a este efecto una parte de las partidas presupuestarias para películas de niños.

463.El propósito es que el tema del año 2004 sea las películas para niños y que se preste especial atención a la visibilidad y promoción del lugar que ocupa la cinematografía destinada a la niñez. Hay varios actores implicados en el proyecto. En Finlandia, se celebra un festival anual de cine infantil.

464.Será preciso adoptar más medidas y disponer más fondos para que se transmitan más programas sami de radio y televisión y se realicen otras actividades culturales (como revistas, libros, música, obras de teatro, vídeos, espectáculos de marionetas) para niños y jóvenes.

VIII. MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN

A. Niños en situaciones de emergencia

1. Niños refugiados (artículo 22)

465.Durante el período que abarca el informe se han hecho importantes reformas legislativas en Finlandia. La Ley de extranjería incluye en la actualidad normas de procedimiento y sustantivas sobre reunificación familiar (537/1999). Antes de la aplicación de la reforma, esas cuestiones se reglamentaban mediante instrucciones del Ministerio del Interior. En 1999 entró en vigor una nueva Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo (493/1999, enmendada por la Ley Nº 118/2002, 1292/2002).

466.Niños no acompañados solicitantes de asilo. En 2001 llegaron a Finlandia 34 niños no acompañados solicitantes de asilo, a los que también se denomina "menores no acompañados solicitantes de asilo". En 2002 fueron 66. Esa cifra parece seguir la tendencia general del número de solicitantes de asilo, que en 2002 fue casi el doble que el año anterior. En 2001 llegaron a Finlandia niños no acompañados solicitantes de asilo procedentes de 14 países, la mayoría de ellos de Somalia y Angola. En 2002 esos niños procedían de 18 países, principalmente de Somalia, el Iraq, la República Democrática del Congo y Angola. La mayoría de esos menores tenían más de 15 años, aunque algunos de los que llegaron en 2002 habían nacido a finales del decenio de 1990. Rara vez llegan a Finlandia niños solicitantes de asilo de corta edad que no estén acompañados.

467.Los solicitantes de asilo son alojados en centros de acogida de diferentes partes del país. En la medida de lo posible, se aloja a las familias con niños en centros que dispongan de un entorno adecuado para los niños.

468.Las unidades de acogida ( hogares para grupos) creadas para atender y proporcionar educación a los menores se sitúan normalmente cerca de los centros de acogida para solicitantes de asilo. Tanto los centros de acogida como las unidades para menores están administrados por el Gobierno, un municipio o una organización. Las unidades destinadas a servir de hogares para grupos de menores no acompañados solicitantes de asilo se encuentran frecuentemente en el mismo edificio que los hogares familiares para niños no acompañados que ya han obtenido el permiso de residencia. De esta manera se evitan los traslados innecesarios de una institución a otra. En la actualidad, una de esas unidades está administrada por el Gobierno y cinco por las autoridades locales.

469.Las personas que solicitan asilo son responsables por definición del bienestar de sus hijos. Los centros de acogida organizan actividades recreativas para niños que no han alcanzado la edad de cursar la enseñanza obligatoria mientras sus padres participan en talleres y actividades educativas. Los escolares tienen derecho a asistir a la escuela local de enseñanza primaria o general. En verano se organizan campamentos recreativos supervisados. La situación de los niños en edad de cursar la enseñanza posterior a la básica ha mejorado mediante la organización de talleres y la realización de diversos proyectos relacionados con los estudios.

470.Tramitación de las solicitudes de asilo presentadas por niños no acompañados solicitantes de asilo. Es muy infrecuente que se considere refugiado a un niño no acompañado solicitante de asilo. Para tener derecho al estatuto de refugiado es necesario que la persona que lo solicita haya sido víctima de persecución. Se considera a menudo que muchos niños necesitan protección internacional, principalmente debido a la situación en su país, por lo que no se exige que se demuestre la existencia de una amenaza de violación de los derechos humanos individuales. Algunos menores no acompañados solicitantes de asilo son admitidos en Finlandia sobre la base del denominado principio de equidad o debido a la existencia de un vínculo familiar, mientras que a otros no se les concede el asilo ni el permiso de residencia.

471.En 2002, la Dirección General de Inmigración adoptó una decisión respecto de 58 menores no acompañados solicitantes de asilo. Se consideró que 27 de ellos necesitaban protección internacional, a 10 se les concedió el asilo en Finlandia sobre la base del denominado principio de equidad y a 3 tres debido a la existencia de un vínculo familiar. A 12 menores no acompañados no se les concedió asilo ni permiso de residencia, y se consideró que 6 solicitudes habían expirado. Esos 12 menores no acompañados eran solicitantes casi adultos que no presentaron motivos que justificaran su concesión. En algunos casos, los solicitantes habían acompañado primero a sus padres que habían solicitado asilo en Finlandia y, al no permitírseles la entrada, abandonaron el país y volvieron más tarde para intentar obtener asilo.

472.Decisiones de la Mediadora Parlamentaria. La Mediadora Parlamentaria Adjunta, Riitta‑Leena Paunio, comenzó a investigar por propia iniciativa la cuestión de los derechos de los menores no acompañados solicitantes de asilo y de los niños a quienes se había concedido permiso de residencia sobre la base de una solicitud de asilo (denominados en adelante niños refugiados no acompañados). La Mediadora Parlamentaria Adjunta examinó muchos de los hogares para grupos y para grupos familiares destinados a alojar a esos niños.

473.La Mediadora Parlamentaria Adjunta indicó en sus decisiones (29 de diciembre de 2000, Registro Nº 2822/2/99) que se tardaba mucho en tramitar las solicitudes de asilo de niños (hasta dos años) y señaló los efectos adversos del denominado permiso de residencia basado en el principio de equidad, especialmente en lo que respecta a la reunificación familiar y a la colocación tras la concesión del permiso de residencia. La Mediadora Parlamentaria Adjunta criticó los permisos de residencia basados en el principio de equidad, especialmente porque la reunificación familiar en Finlandia es prácticamente imposible para los niños a quienes se concede el estatuto A4. La Mediadora Parlamentaria Adjunta indicó que el contacto con los miembros de la familia, especialmente con los padres, es uno de los principales derechos humanos del niño. La decisión también señala el hecho de que no se han adoptado medidas para hacer el seguimiento de los niños refugiados no acompañados que llegan a Finlandia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de bienestar de la infancia. La Mediadora Parlamentaria Adjunta también hizo referencia a la situación de personas que llegaron solas a Finlandia cuando eran niños y que cumplieron los 18 años de edad en Finlandia. En la decisión, la Mediadora Parlamentaria Adjunta pidió al Ministerio del Interior y al Ministerio de Trabajo que informaran, por ejemplo, del plazo promedio de tramitación de solicitudes de asilo de niños no acompañados y hallaran la manera de reducir el plazo de tramitación.

474.En su respuesta, presentada en junio de 2001, el Ministerio del Interior explicó las medidas que había adoptado para reducir los plazos de tramitación de las solicitudes de niños no acompañados solicitantes de asilo y para mejorar la situación de los niños en las entrevistas relativas al asilo. En febrero de 2001, el Ministerio de Trabajo actualizó un proyecto de ley del Gobierno. Una enmienda posterior (Ley de enmienda de la Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo 118/2002), resolvió algunos de los problemas que el permiso de residencia basado en el principio de equidad podía causar a un niño. Sin embargo, el permiso de residencia basado en ese principio no posibilita ni siquiera ahora la reunificación familiar en Finlandia.

475.En 2002, la Mediadora Parlamentaria, Riitta-Leena Paunio, tomó la iniciativa y pidió que se volviera examinar la cuestión de los derechos de los niños refugiados no acompañados. En diciembre de 2002 el Ministerio del Interior informó a la Mediadora Parlamentaria. Según el Ministerio, se ha reducido el plazo promedio de tramitación de las solicitudes de asilo presentadas por niños no acompañados. Por lo que respecta a los procedimientos pendientes, la Mediadora Parlamentaria tiene la intención de evaluar concretamente los plazos de tramitación de los casos que implican la reunificación familiar, así como los servicios de salud mental disponibles para niños refugiados no acompañados y la manera en que se da efecto a su derecho fundamental a recibir educación básica, tal como garantiza la Constitución.

476.A la luz de la nueva información, la Mediadora Parlamentaria ha observado que los plazos de tramitación de las solicitudes de asilo de niños refugiados no acompañados se han reducido considerablemente. Sin embargo, todavía existen problemas en lo que respecta a la reunificación familiar. En una decisión reciente, el Mediador Parlamentario Adjunto, Ilkka Rautio, afirma que la tramitación de las solicitudes de reunificación familiar en la Dirección General de Inmigración tarda más de lo debido. La decisión hace referencia al artículo 10 de la Convención sobre los Derechos del Niño, en el que se dispone que toda solicitud hecha por un niño o por sus padres para entrar en un Estado Parte o para salir de él a los efectos de la reunión de la familia será atendida por los Estados Partes de manera positiva, humanitaria y expeditiva.

477.Críticas de las ONG. Las ONG han criticado los permisos de residencia basados en el principio de equidad concedidos a los niños no acompañados solicitantes de asilo. Esos permisos se conceden porque su denegación supondría falta de equidad. Se concede al niño un permiso de residencia de emigrante (A4) que otorga menos derechos exclusivos en lo que respecta, por ejemplo, a la reunificación familiar, que los que se otorga a los refugiados y a las personas que necesitan protección internacional. La reunificación del niño con su familia está condicionada a que existan medios de subsistencia garantizados, lo que en muchos casos es un obstáculo insalvable para el niño. Las ONG han propuesto que el requisito de la existencia de medios de subsistencia garantizados se formule en términos menos rígidos y que no se aplique a los niños. Además, las ONG han dicho que el derecho a la reunificación familiar es problemático también porque, según la Ley de extranjería, se considera que un hermano menor de edad no es miembro de la familia. Si los únicos familiares vivos del niño son sus hermanos o hermanas menores de edad, esos niños forman efectivamente una familia que tiene derecho a vivir junta.

478.En la sección D del capítulo V del presente informe se ha examinado la propuesta de una nueva Ley de extranjería presentada por el Gobierno al Parlamento. La propuesta contiene mejoras que facilitarían la reunificación familiar.

479.El interés superior del niño. En sus decisiones sobre la denegación de entrada a un extranjero, el Tribunal Supremo ha subrayado de manera especial que deben tenerse en cuenta aspectos tales como el interés superior del niño y el desarrollo y la salud del niño siempre que se examine una denegación de entrada.

480.Carácter prioritario de las solicitudes de asilo de niños no acompañados. Las instrucciones sobre cuestiones de asilo publicadas por el Ministerio del Interior disponen que las solicitudes de asilo presentadas por menores no acompañados deben tramitarse con carácter urgente. Los funcionarios de los organismos que se ocupan de los procedimientos de asilo (Servicio de Policía, Guardia de Fronteras y Dirección General de Inmigración) reciben formación para atender a los niños solicitantes de asilo no acompañados durante el proceso y para velar por que se respete su interés superior. Las autoridades competentes dan prioridad a las solicitudes presentadas por menores no acompañados solicitantes de asilo.

481.La División de Refugiados y Asilo de la Dirección General de Inmigración creó en agosto de 2001 una Dependencia de Asuntos del Niño encargada de tramitar las solicitudes de asilo presentadas por niños no acompañados. Los miembros de la Dependencia entrevistan a los menores no acompañados solicitantes de asilo y adoptan decisiones sobre la concesión de permisos de residencia sobre la base de los motivos expuestos en las solicitudes de asilo y los vínculos familiares. La Dependencia también trata de velar por el interés superior del niño mediante la organización de reuniones con las partes interesadas y la participación en actividades de formación y otras actividades.

482.En la actualidad, la Dirección General de Inmigración sólo se ocupa y adopta decisiones acerca de solicitudes examinadas en 2002 y 2003. En 2002, un total de 66 solicitudes estaban pendientes de decisión, y a finales de año se había adoptado una decisión en 22 casos. El plazo promedio de tramitación fue de aproximadamente cinco meses.

483.Transferencia de responsabilidad para el examen de solicitudes de asilo y formación del personal de la Dirección General de Inmigración. El Comité recomendó que Finlandia garantizara recursos suficientes para la formación de los funcionarios encargados de recibir a los niños refugiados. También alentó a Finlandia a considerar la posibilidad de adoptar medidas que permitan a los niños refugiados y solicitantes de asilo obtener igual acceso al mismo nivel de servicios, en particular la educación, con independencia de quién son esos niños y dónde viven (Recomendación Nº 52).

484.Dado que la responsabilidad para el examen de los motivos para solicitar asilo se ha transferido gradualmente del Servicio de Policía a la Dirección General de Inmigración, esta última se ha ocupado desde 2002 del examen de las solicitudes de asilo de menores no acompañados. La policía sigue ocupándose de averiguar los datos sobre la identidad, el itinerario de viaje y la entrada en el país del solicitante. La Dirección General de Inmigración se encarga de determinar los motivos de persecución que alega el niño. Si es posible, la policía y la Dirección General de Inmigración tratan de realizar las entrevistas el mismo día, una después de la otra. La Dirección General de Inmigración adopta disposiciones para que las entrevistas se realicen en estrecha cooperación no sólo con la policía sino también con el personal del hogar para grupos o para grupos de familias y con el representante del niño. Durante las entrevistas, el representante del niño está acompañado por un intérprete y, generalmente, también por un asesor jurídico del Centro de Asesoramiento a los Refugiados.

485.A diferencia de los solicitantes de asilo adultos, los niños solicitantes de asilo no acompañados son entrevistados, por lo general, en el hogar para grupos o para grupos de familias en el que se les ha alojado. Las entrevistas tienen lugar en un entorno agradable para el niño, y se hacen pausas para que pueda comer y, si es necesario, descansar.

486.El examen de la solicitud de asilo de menores no acompañados es competencia de la Dependencia de Asuntos del Niño, cuyo personal está especializado en la atención de menores y tiene la experiencia necesaria. Desde el punto de vista de la adopción de decisiones es importante que un funcionario de la Dirección General de Inmigración entreviste al niño. Esa entrevista sirve para apreciar mejor la situación personal y el grado de desarrollo del solicitante, para que no sea tan necesario solicitar más información y para que la evaluación de la credibilidad de la declaración del solicitante esté mejor fundada que si únicamente se presentara por escrito.

487.Antes de que se adoptara la práctica de las entrevistas, la Dirección General de Inmigración participó en un proyecto titulado Los niños primero: Los menores en los procedimientos de asilo. Programa de formación para funcionarios (2001‑2002) financiado por el Programa Odysseus de la Unión Europea, cuyo objetivo es mejorar la acogida de menores solicitantes de asilo. Además de Finlandia participaron en el proyecto Irlanda, Polonia y Lituania. Por parte de Finlandia, también participaron miembros del Ministerio de Trabajo, del Centro de Acogida Perniö, de la policía de la ciudad de Salo, de la Cruz Roja Finlandesa, de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y del Centro de Asesoramiento a los Refugiados. El Ministerio de Trabajo y la Dirección General de Inmigración asumieron la dirección del proyecto.

488.El proyecto, que se llevó a cabo en 2000 y 2001 y estaba dirigido a las autoridades, tenía por objetivo determinar la mejor manera de abordar al niño durante el procedimiento de asilo y de evaluar el interés superior del niño. En el marco del proyecto, la Dirección General de Inmigración preparó directrices para entrevistar a niños no acompañados solicitantes de asilo (a los que en las directrices se denomina "menores separados") y un formulario para las entrevistas (del que se adjunta una copia). Las directrices son exhaustivas y proporcionan una descripción completa de la cuestión; también son utilizadas por los funcionarios regionales de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Una sección independiente está dedicada a la cuestión de cómo abordar y entrevistar a los niños traumatizados. Esa cuestión también se examinó en los cursos organizados para el personal de la Dirección General de Inmigración.

489.El Ministerio de Trabajo se centró en la preparación de los métodos de trabajo utilizados en las unidades de acogida y destacó cuestiones tales como el fortalecimiento de las redes oficiales de personas que trabajan con niños, las consultas con familiares próximos y las entrevistas y programas psicosociales en relación con el proceso de regreso voluntario. La documentación básica del proyecto se ha publicado en un CD y en una publicación en inglés de la OIM.

490.Lo expuesto anteriormente responde también a la Recomendación Nº 54 del Comité, en la que se recomienda a Finlandia que vele por que se realicen todos los esfuerzos posibles para identificar a los niños que necesitan ayuda especial tras su llegada a Finlandia, y considere la posibilidad de prestar asistencia psicológica adecuada a esos niños y a sus padres.

491.Representantes. La Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo (493/1999) establece que se puede asignar un representante a un niño refugiado o a un niño que solicite un permiso de residencia o asilo y que no esté acompañado por sus padres, su tutor u otro representante legal. El representante deberá proteger el interés superior del niño teniendo en cuenta su origen étnico, idioma, religión y formación educativa.

492.El sistema de representantes se desarrolló en el marco de un proyecto financiado por la Unión Europea antes de que entrara en vigor la Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo. Durante su periodo de validez, la ley se desarrolló en el marco de la financiación del Fondo europeo para los refugiados mediante un proyecto denominadoLapsen edun mukainen vastaanotto(Acogida de conformidad con el interés superior del niño). Dos organizaciones, la Unión Central de Bienestar de la Infancia y el Centro de Asesoramiento a los Refugiados, han dirigido el proyecto. Durante la duración del proyecto los representantes han recibido formación y se ha preparado un folleto para inmigrantes sobre la acogida y representación de los niños no acompañados solicitantes de asilo. El proyecto se ha traducido a los principales idiomas de los inmigrantes. Se está preparando por separado un manual sobre la labor de los representantes.

493.Asistencia multicultural. En el año 2000 se ofreció a todos los empleados de hogares para grupos y para grupos familiares que trabajan con niños la posibilidad de asistir a un curso de capacitación adaptado denominado "Asistencia multicultural". El curso fue organizado por el Instituto de Ampliación de Estudios de la Universidad de Tampere. El personal que trabaja con niños puede también participar en una sesión de formación de dos días de duración organizada anualmente y concebida para ajustarse a las necesidades e intereses de los participantes. Si se considera conveniente, pueden participar también en otras actividades de capacitación en su propia esfera de trabajo, cuyo costo corre a cargo del empleador. Además se proporciona a los empleados asesoramiento profesional individual y en grupo.

494.Integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo. En mayo de 1999 entró en vigor la Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo (493/1999, enmendada por la Ley Nº 118/2002, 1292/2002). La ley se refiere a los inmigrantes que tienen domicilio en Finlandia. Las disposiciones sobre la residencia en Finlandia figuran en la Ley sobre el municipio de residencia (201/1994), para la que también se exige la obtención de un permiso de residencia en virtud de la Ley de extranjería (378/1991).

495.La Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo dispone que las autoridades locales preparen un programa de integración para los inmigrantes que reciben. Ese programa se prepara también para inmigrantes a título individual. En colaboración con el centro de trabajo o con las autoridades locales se elabora un programa de integración para inmigrantes en edad de trabajar y otro para quienes quedan fuera del mercado laboral. Se elaboran planes individualizados de integración para familias. No existe un programa especial para niños. La integración de los niños tiene lugar principalmente en la guardería y durante la enseñanza básica.

496.La Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo se completó en 2002 (118/2002) mediante disposiciones sobre la creación de hogares para grupos junto a los centros de acogida para facilitar la acogida de niños no acompañados solicitantes de asilo y de niños que necesitan protección temporal. El funcionamiento de los hogares para grupos se rige por una disposición del Decreto de bienestar de la infancia que fija el número máximo de niños y jóvenes que pueden alojarse en un albergue, el número máximo de niños que pueden alojarse en el mismo complejo de edificios y el número mínimo de empleados encargados de la atención y la educación.

497.Cuando se organizan servicios para menores o para víctimas de tortura, violación u otra violencia física o sexual o para personas de alguna manera desfavorecidas se tienen en cuenta sus necesidades especiales. Los niños que solicitan asilo y cuyos padres tienen problemas psicológicos o, por alguna otra razón, son incapaces de asumir la responsabilidad de atender adecuadamente a sus hijos, tienen derecho a asistir a la guarderías municipales o a recibir asistencia familiar subvencionada.

498.Informe del Gobierno sobre la aplicación de la Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo. Cuando el Parlamento aprobó la Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo pidió al Gobierno que le presentara un informe sobre la reforma tres años después de la entrada en vigor de la ley. El informe del Gobierno fue presentado al Parlamento en mayo de 2002. En él se señalan los problemas y se formulan propuestas para mejorar, entre otras cuestiones, la integración de niños y jóvenes, la acogida de niños solicitantes de asilo no acompañados y las obligaciones del representante. En su respuesta, el Parlamento señaló que era necesario mejorar la situación de los niños que solicitan asilo y de los niños refugiados. En consecuencia, el Gobierno presentará al Parlamento en 2004 su proyecto de enmienda a la Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo teniendo en cuenta las propuestas de mejora incluidas en la respuesta del Parlamento.

499.Algunas de las mejoras propuestas ya se han realizado. El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Educación han puesto en marcha conjuntamente un proyecto para crear un modelo de reconocimiento temprano de los problemas de los inmigrantes jóvenes y para desarrollar métodos de trabajo multidisciplinarios que ayuden a prevenir y solucionar los problemas. La Universidad de Tampere está recopilando en cooperación con la ciudad de Tampere material para el proyecto. Se ha obtenido financiación de dos ministerios.

500.Realización del derecho a la educación básica de los niños inmigrantes. En 2002, el Departamento de Educación de la Ciudad de Helsinki pidió al Defensor de las Minorías que realizara un estudio de la situación de los estudiantes inmigrantes y de su admisión en la escuela. El estudio se basó en casos detectados en escuelas en que algunos niños inmigrantes que habían comenzado las clases preparatorias o la educación básica no tenían permiso de residencia. En las instrucciones dadas a las escuelas no ha quedado claro si se puede o debe exigir que los niños inmigrantes tengan un permiso de residencia válido. El estudio examina la necesidad de fijar principios comunes, y se pidió al Mediador para las Minorías que informara de la situación de esta cuestión en todo el país.

501.El Defensor de las Minorías declaró que, tal como se prevé en el artículo 16 de la Constitución de Finlandia, todos tienen derecho a la enseñanza básica gratuita. Sin embargo, en el artículo 25 de la Ley de enseñanza básica se establece que la enseñanza obligatoria se aplica únicamente a los niños que tengan residencia permanente en Finlandia. De acuerdo con la declaración, la decisión en lo que respecta a la residencia permanente deberá basarse en las disposiciones de la Ley sobre el municipio de residencia. Por lo tanto, puede considerarse que un niño inmigrante tiene la obligación de asistir a la escuela si, de acuerdo con las disposiciones de la Ley sobre el municipio de residencia, reside permanentemente en Finlandia.

502.El contenido del artículo 4 de la Ley de enseñanza básica con respecto a los niños inmigrantes, que establece que las autoridades locales serán responsables de la organización de la enseñanza básica y preescolar de los niños que residan en el municipio y estén en edad de cursar la enseñanza obligatoria, es confuso. En su declaración, el Defensor de las Minorías indicó que se podría considerar que un niño reside en el territorio de un municipio si su estancia en ese municipio no responde a una simple visita sino a alguna otra razón. En ese caso, la residencia se basa en la posesión de un permiso de residencia y puede establecerse por un período temporal o permanente. Por consiguiente, una visita temporal, ya sea necesario o no obtener un visado de entrada para realizarla, no cumpliría, por definición, las condiciones previas de residencia.

503.Sin embargo, se puede llegar a Finlandia con la intención de quedarse a vivir en el país con un visado o mediante un régimen que permite la entrada sin visado. No se puede considerar que los niños que han llegado al país sin permiso de residencia y que están esperando una decisión al respecto estén obligados a asistir a la escuela. Sin embargo, la realidad es que esos niños residen en un municipio y, por lo tanto, puede considerarse que tienen derecho a cursar la enseñanza básica gratuita.

504.Si se aprueban la mayoría de las enmiendas a la Ley de extranjería, es evidente que aumentará el número de personas que pueden llegar al país sin permiso de residencia y obtenerlo posteriormente. La tramitación de los permisos de residencia puede llevar mucho tiempo, y es difícil predecir cuánto debe esperar un solicitante para obtenerlo. Sería injusto que se impidiese a los niños asistir a la escuela mientras esperan a que se les conceda el permiso de residencia.

505.Según la declaración del Defensor de las Minorías, no se ha encargado de manera específica a las escuelas que averigüen si un alumno tiene permiso de residencia o no, ni si reúne las condiciones previas. No obstante, la escuela puede pedir al niño inmigrante que proporcione la información que normalmente se pide a un niño para matricularse en una escuela, es decir, datos personales, lugar de domicilio, etc. También se puede aclarar el propósito de la estancia del niño en el país. Asimismo pueden examinarse otros aspectos relacionados con la organización de la enseñanza, como por ejemplo si el niño es solicitante de asilo o pertenece a la comunidad de refugiados. En el contexto de los servicios de acogida que se prestan a los refugiados y a los solicitantes de asilo, la escuela puede, por ejemplo, adoptar medidas para que los padres dispongan de un servicio gratuito de interpretación cuando se reúnan con el maestro.

506.Una declaración presentada al Departamento de Educación de la Ciudad de Helsinki fue enviada a título informativo al Ministerio de Educación y a la Junta Nacional de Educación, y se pidió a las autoridades competentes que adoptaran las medidas necesarias para hacer efectivo el derecho a la enseñanza básica de los niños inmigrantes.

507.Declaraciones basadas en la Ley de extranjería. La Ley de extranjería también fija obligaciones para el Defensor de las Minorías, por ejemplo la de presentar declaraciones sobre solicitudes de asilo y expulsión de extranjeros del país. Considerando el ámbito de competencia del Defensor, las declaraciones se centran generalmente en determinar si es posible llegar a una decisión favorable sobre el asilo y si se dan las condiciones previas exigidas para adoptar una decisión de expulsión.

508.Si la Dirección General de Inmigración pide al Defensor de las Minorías que presente un informe sobre una cuestión relativa al asilo, éste presenta un informe razonado basado, si se considera necesario, en motivos relacionados con la solicitud o su tramitación. Si no es así, el Defensor de las Minorías declara que la documentación sobre la condición de refugiado del solicitante disponible en el momento de la declaración no aportaba ninguna prueba que precisara por su parte una declaración más detallada.

509.En 2002, el Defensor de las Minorías presentó un total de 644 declaraciones relativas al asilo en el marco de la Ley de extranjería. De ese total, 33 se referían a niños no acompañados que habían llegado a Finlandia. Se ha considerado que las declaraciones sobre niños no acompañados solicitantes de asilo son urgentes, por lo que se han presentado lo antes posible.

510.Por lo que respecta a la expulsión, el Defensor de las Minorías presentó en 2002 un total de 117 declaraciones, de las que 15 se referían a niños no acompañados que habían llegado a Finlandia, ya fuera como menores solicitantes de asilo no acompañados o con sus familias, basándose en su origen finlandés o después de que uno de los padres se hubiera casado con una persona de nacionalidad finlandesa. Durante su estancia en Finlandia, esos jóvenes habían cometido actos delictivos y algunos de ellos también eran toxicómanos.

511.Tanto en las cuestiones de asilo como en las de expulsión, el Defensor de las Minorías ha tenido en cuenta que la situación de los niños es diferente a la de los adultos. Por ejemplo, el tiempo de estancia en Finlandia y los vínculos desarrollados en el país son diferentes. Los problemas que los inmigrantes jóvenes encuentran en Finlandia no pueden resolverse cerrando los ojos y negando su existencia. Se necesita una política de integración activa y de amplia base en la que se puedan ajustar todas las etapas del proceso de integración.

512.Medidas adoptadas por el Defensor de las Minorías en relación con la situación de familias y niños inmigrantes. En 2002, la Oficina del Defensor de las Minorías colaboró con un grupo que preparó, financió y publicó un folleto para inmigrantes titulado Tasa-arvoisena Suomessa - tietoa maahanmuuttajanaiselle ja - miehelle (Igualdad en Finlandia: información para inmigrantes). El folleto ofrece información básica sobre, por ejemplo, el matrimonio y la cohabitación, la crianza y educación de los hijos, los estudios, la búsqueda de empleo, las dificultades en la vida familiar y la solución de problemas. El folleto ha sido publicado en la serie de publicaciones del Ministerio de Trabajo. Se ha impreso en ocho idiomas y en el sitio web del Ministerio de Trabajo se encuentra traducido a 13 idiomas.

513.El Defensor de las Minorías también ha organizado, en colaboración con otras partes, seminarios sobre equidad, igualdad de oportunidades y multiculturalismo dirigidos a inmigrantes y a personas que trabajan con inmigrantes.

514.Extranjeros detenidos. El 1º de Marzo de 2002 entró en vigor la Ley sobre el trato a extranjeros y centros de detención (116/2002). La ley prevé el trato que debe darse a los extranjeros detenidos de conformidad con la Ley de extranjería, especialmente en el centro de detención reservado expresamente para ese fin. Se han adoptado medidas para garantizar la provisión de alojamiento y comida y el acceso a servicios de interpretación y para atender otras necesidades básicas en el centro de detención. Sus derechos sólo pueden limitarse en la medida en que lo exijan el propósito y la seguridad de la detención y el mantenimiento de la seguridad y el orden.

515.La Ley de extranjería dispone que los menores de 18 años no pueden ser recluidos sin haber consultado antes con las autoridades de protección social o al Defensor de las Minorías. Como excepción a esta disposición, un extranjero detenido puede ser recluido en instalaciones de la policía si todos los centros de detención están temporalmente ocupados o si el extranjero es detenido lejos del centro más cercano de detención, en cuyo caso el tiempo de detención no podrá ser superior a cuatro días. Un menor de 18 años sólo puede ser recluido en centros de detención de la policía si está acompañado de su familia o de su tutor legal.

516.Pruebas de ADN. En el año 2000 se añadió una disposición a la Ley de extranjería relativa a las pruebas de ADN (114/2000). Cuando un miembro de una familia que resida en Finlandia no pueda demostrar de otra manera que sus lazos familiares se basan en una relación biológica, el vínculo familiar puede determinarse mediante una prueba de ADN financiada por el Estado. Para poder realizar la prueba es necesario el consentimiento de la persona interesada.

2. Los niños en los conflictos armados (artículo 38) y promoción de su recuperación e integración social

517.Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados. El Protocolo Facultativo entró en vigor en Finlandia el 10 de mayo de 2002 (Serie de tratados 31/2002). El Protocolo se refiere a los conflictos armados, para los que Finlandia está preparada mediante el servicio militar obligatorio. En virtud de la Ley del servicio militar obligatorio (452/1950), todos los finlandeses varones deben realizar el servicio militar para poder defender a su país y el orden social legal. La Ley del servicio militar voluntario de la mujer (194/1995) establece disposiciones sobre las condiciones previas para que una mujer pueda realizar el servicio militar voluntario.

518.En mayo de 2000 se redujo mediante ley (364/2000) la edad mínima de reclutamiento. De acuerdo con la reforma, una persona sólo puede comenzar el servicio militar voluntario después de haber cumplido los 18 años. Se ha hecho la reforma correspondiente en la Ley del servicio militar voluntario de la mujer (365/2000). Por consiguiente, no se puede reclutar a menores de 18 años para entrar en combate.

519.Al depositar el instrumento de ratificación del Protocolo, Finlandia presentó una declaración de acuerdo con el párrafo 2 del artículo 3 del Protocolo en la que se enuncia la obligación vigente en Finlandia de que todas las personas reclutadas para servir en las fuerzas armadas nacionales tengan al menos 18 años de edad, así como que el requisito de edad mínima se aplique al servicio militar obligatorio tanto de los hombres como de las mujeres. En mayo de 2004 Finlandia presentó su informe inicial sobre la aplicación de las disposiciones del Protocolo.

520.El Gobierno de Finlandia ha asignado fondos de las partidas destinadas a la cooperación internacional para el desarrollo para contribuir a la labor de la Oficina del Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados. También se han utilizado fondos asignados a la cooperación para el desarrollo para apoyar las actividades de la Coalición para Impedir la Utilización de Niños Soldados, creada para ese fin por ONG internacionales.

B. Los niños y el derecho penal

1. Responsabilidad penal (artículo 40)

521.Edad mínima de responsabilidad penal. La edad mínima de responsabilidad penal en Finlandia se establece en los 15 años. Los niños menores de esa edad no pueden ser detenidos ni encarcelados, aunque sí pueden aplicarse medidas basadas en la protección de la infancia. La responsabilidad por daños causados por la comisión de un delito abarca también a los menores de 15 años. El término menor delincuente hace referencia a una persona con edades comprendidas entre los 15 y los 20 años. Tomando como base las disposiciones del Código Penal, a los menores delincuentes se les aplica una escala penal menos severa (613/1974). Se ha promulgado una ley diferente, la Ley de delincuencia juvenil (262/1940), que prevé disposiciones a ese respecto.

522.De acuerdo con la información estadística recogida por la policía, el número de homicidios cometidos por jóvenes va en aumento, aunque, desde una perspectiva a largo plazo, el número total de delitos cometidos por jóvenes no ha aumentado. Un examen de todos los delitos investigados por la policía en el año 2000 muestra que únicamente en el 2,1% de los casos los presuntos delincuentes eran menores de 15 años.

523.Número de menores de 20 años sospechosos de haber cometido homicidio o intento de homicidio entre 1997 y 2002.

Edad del sospechoso

1997

1998

1999

2000

2001

Enero-junio de 2002

Menor de 15 años

0

0

2

2

5

5

Entre 15 y 17 años

17

20

19

34

41

12

Entre 18 y 20 años

24

18

38

48

67

35

Total

41

38

59

84

113

52

Cambio

-7,30%

+55,30%

+42,40%

+34,50%

Fuente: Datos policiales. Häkkänen & Hagelstam. Jóvenes homicidas: evolución reciente y su contexto. Investigación penal 2002. Oficina Nacional de Investigaciones. Helsinki 2003.

524.Durante los últimos años se han producido algunos casos de delitos excepcionalmente violentos cometidos por jóvenes que han dado lugar a numerosos debates públicos. Se ha debatido si la edad mínima de responsabilidad penal debería reducirse para que los menores delincuentes (algunos eran muy jóvenes) asuman la responsabilidad de sus actos. El Comité sobre la Delincuencia Juvenil, que se ha ocupado de la reforma del sistema de sanciones, presentó un informe en el que no considera adecuado reducir la edad mínima de responsabilidad penal por debajo de los actuales 15 años.

525.Algunas organizaciones defensoras de los derechos del niño se han opuesto a que se reduzca la edad mínima de responsabilidad penal y han señalado que es posible que los niños y los jóvenes tengan ahora más conocimientos que antes, aunque no hay pruebas de que la madurez psicológica se alcance antes. Por el contrario, hoy día los niños y los jóvenes tardan más en adquirir las capacidades que se exigen a un adulto. En la mayoría de los casos, los niños y los jóvenes con comportamientos conflictivos han recibido una atención y educación inadecuadas. Esos problemas no se pueden solucionar con los medios de que se dispone en el marco del sistema de sanciones penales.

526.Sanciones aplicables a menores. En 1997 entró en vigor la Ley de sanciones experimentales aplicables a menores (1058/1996), que se complementó mediante un Decreto de sanciones experimentales aplicables a menores (1066/1996). En 2004 finalizará la fase de prueba, que implica exámenes realizados en relación con casos penales en siete tribunales de distrito diferentes. Un delincuente de entre 15 y 17 años de edad puede ser sentenciado a las penas aplicables a menores en los casos en que una multa se considere una sanción insuficiente, pero hay razones de peso contra la imposición de penas de cárcel en virtud de sentencia firme. Las sanciones aplicables a menores consisten en la realización de servicios, que pueden ser trabajos regulares, no remunerados y bajo supervisión, con una duración de entre 10 y 60 horas, en los que se desempeñan labores orientadas a mejorar las aptitudes sociales del delincuente. El período de supervisión de un joven delincuente puede variar de entre un mínimo de cuatro meses hasta un máximo de un año. Mediante un plan de aplicación de las penas aplicables a menores se determina la frecuencia y la manera en que el delincuente debe estar en contacto con el supervisor, se fija el horario del servicio y se describe la manera en que éste debe realizarse. El Servicio de Libertad Condicional se encarga de la ejecución de las sanciones aplicables a menores. Según los datos recogidos por ese Servicio, en 2001 se impusieron esas sanciones a 50 menores. Durante el período de prueba comprendido entre 1997 y 2001 se registró el cumplimiento de 133 sanciones impuestas a menores, y los tribunales interrumpieron la aplicación de 80 de ellas.

527.En la primavera de 2003, el Comité sobre la Delincuencia Juvenil propuso que se introdujeran en todo el país las sanciones experimentales aplicables a menores después de que se efectuaran algunos cambios aconsejados por la experiencia obtenida durante la fase de prueba. Por ejemplo, deberían imponerse más frecuentemente en los casos en que el menor delincuente haya cometido un delito para el que una sentencia condicional no sea suficientemente severa y eficaz. El campo de aplicación de esas sanciones debería ampliarse también para incluir delitos cometidos por personas de edades comprendidas entre los 18 y los 20 años. Un cambio importante en el sistema actual sería la reforma que prevé que se pueda imponer total o parcialmente a un menor delincuente la obligación de recibir tratamiento psicológico o de desintoxicación que complemente las funciones básicas de las penas aplicables a menores. La idea se basa en la experiencia de que los delincuentes juveniles tienden a tener problemas de ese tipo.

528.Supervisión. Para complementar una pena de prisión condicional, las sentencias dictadas para delincuentes menores de 21 años pueden incluir también la supervisión. Las disposiciones sobre la supervisión se incluyen en la Ley de delincuencia juvenil (262/1940) y en el Decreto sobre delincuencia juvenil (1001/1942). El objetivo de la supervisión es impedir que el joven vuelva a cometer un delito. Antes de que comience la supervisión, se estudia la situación personal del joven y se elabora un informe sobre sus antecedentes. De acuerdo con los resultados del informe se evalúan las repercusiones que las diversas formas de sanción pueden tener en la situación del joven. Los menores de 18 años sólo pueden ser condenados a penas de prisión condicional en casos muy graves. Se elabora un plan de supervisión especial para determinar los objetivos y los medios que deben utilizarse durante el período de supervisión. A principios de 2002, se encontraban bajo supervisión unos 1.600 jóvenes delincuentes que habían sido condenados a penas condicionales.

529.Arbitraje. Los delitos cometidos por jóvenes y las infracciones menos graves cometidas por menores de 15 años pueden ser objeto de arbitraje. Mediadores imparciales que han recibido una capacitación especial a este respecto ayudan a las partes a llegar a un acuerdo y deciden acerca de la reparación. Tanto la víctima del delito como el delincuente, los padres del menor delincuente, la policía, el fiscal o un funcionario de los servicios sociales pueden adoptar una iniciativa para iniciar un proceso de arbitraje. Si las partes llegan a un entendimiento, se concluye un acuerdo. El arbitraje es voluntario y gratuito. Se han formulado propuestas para que el sistema de arbitraje voluntario sea una práctica obligatoria.

530.En la primavera de 2003 se creó un comité asesor sobre cuestiones penales bajo la administración del Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud. El comité sirve de foro de debate sobre la política penal y se ocupa de cuestiones relacionadas con la administración de la investigación penal. El comité hace un seguimiento y evalúa el arbitraje de cuestiones penales y formula propuestas para su desarrollo.

2. Privación de libertad, arresto, encarcelamiento y tratamiento médico no voluntario (párrafos b), c) y d) del artículo 37)

531.En Finlandia, la privación de libertad de un niño o un joven por los motivos previstos en la ley puede producirse en las siguientes situaciones:

-Cuando se detiene, encarcela, condena a penas de cárcel o declara culpable de un acto penal a una persona que haya cumplido los 15 años de edad;

-Cuando un menor es objeto de medidas de protección de la infancia contra su propia voluntad o la de sus padres;

-Cuando un menor recibe tratamiento psiquiátrico contra su propia voluntad o la de sus padres.

532.Penas de prisión. En Finlandia hay relativamente pocos menores de 18 años encarcelados o en situación de prisión preventiva. Esto se debe en parte a una disposición del Código Penal (520/2001) que prevé que no se puede condenar a penas de prisión incondicional a una persona que tuviera menos de 18 años en el momento de la comisión del delito, a menos que existan razones de peso que lo justifiquen.

Reclusos menores de 21 años al 1º de enero de 2003

Prisión preventiva

Condenados

Total

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

15 a 17 años

7

0

5

0

12

18 a 20 años

42

1

62

2

107

Total

49

1

67

2

119

Fuente: Organismo de Sanciones Penales, 1º de enero de 2003.

533.Trato debido a los presos. Según la Ley de ejecución de sentencias los presos tienen derecho a recibir un trato justo y a que se respete su dignidad humana. La prohibición de discriminación se aplica a los presos, a los que no debe situarse en situación de desigualdad con respecto a otros en función de, por ejemplo, la edad. Sin embargo, cuando se impone una condena a un menor delincuente se presta especial atención a las necesidades especiales relacionadas con su edad y madurez.

534.El Departamento de Administración Penitenciaria del Ministerio de Justicia ha publicado instrucciones (Nº 2/011/96) sobre el trato que debe darse a los menores delincuentes encarcelados. El contenido de las instrucciones se explicó con más detalle en el segundo informe periódico.

535.Tratamiento contra la voluntad del paciente. La Ley de salud mental (1116/1990) contiene disposiciones sobre el tratamiento de menores (954/1992). Un menor puede ser obligado a recibir tratamiento en un hospital psiquiátrico contra su voluntad en caso de que necesite ese tratamiento y los demás servicios de salud mental sean insuficientes o inapropiados. Un menor que reciba tratamiento psiquiátrico será siempre internado en un servicio específicamente concebido para niños o adolescentes. Los menores serán tratados separadamente de los adultos, a menos que se considere que esa separación es contraria al interés superior del niño. El criterio médico es fundamental para imponer la obligación de que un menor reciba tratamiento, para lo que no se precisa el consentimiento de los padres o del tutor legal.

3. Prohibición de la pena capital y de la prisión perpetua (párrafo a) del artículo 37)

536.En 1949 se abolió en el sistema penal finlandés la pena capital en tiempos de paz, y en 1972 se abolió totalmente.

537.Finlandia es parte en el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte (Colección de Tratados 49/1991) y en el Protocolo Nº 6 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales relativo a la Abolición de la Pena de Muerte (Colección de Tratados 63/1999; enmendado por el Protocolo Nº 11). En mayo de 2002, Finlandia firmó el Protocolo Nº 13 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, relativo a la abolición de la pena de muerte en todas las circunstancias. A finales de 2003 se ratificarán los protocolos.

538.La cadena perpetua no puede imponerse por un delito cometido por un menor de 18 años (Código Penal 3:2; 613/1974).

4. Recuperación física y psicológica y reintegración social (artículo 39)

539.En Finlandia, los casos que se incluyen en el ámbito de aplicación de este artículo se refieren principalmente al descuido o el maltrato en el hogar. En la Ley de bienestar de la infancia se dispone también que los organismos de protección social deberán seguir siempre la situación de un niño o un joven una vez finalizada la atención extrafamiliar. El objetivo del seguimiento es prestar apoyo al niño y a sus padres. La obligación de realizar el seguimiento finaliza cuando el joven cumple los 21 años.

C. Niños en situaciones de explotación, y promoción de su recuperación física y psicológica y su reintegración social

1. Explotación económica, en particular el trabajo infantil (artículo 32)

540.Por regla general, los casos de explotación laboral de niños a que se hace referencia en el artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño no se producen en Finlandia.

541.Trabajadores jóvenes. La Ley de trabajadores jóvenes se reformó mediante una Ley (754/1998), y las disposiciones enmendadas entraron en vigor a principios de 1999. Las enmiendas más importantes son las siguientes:

-Los niños en edad de cursar la enseñanza obligatoria, que hayan cumplido 14 años de edad o los cumplan durante el año escolar, pueden trabajar durante la mitad de sus vacaciones escolares y como máximo durante dos terceras partes de sus vacaciones. La enmienda responde a la práctica de supervisión de la Carta Social Europea del Consejo de Europa (Colección de Tratados 44/1991).

-Las horas regulares de trabajo y capacitación de un aprendiz no pueden exceder de 8 al día y de 40 a la semana.

-Además, la disposición sobre el trabajo de emergencia se revisó para que una persona que haya cumplido los 15 años pueda ser contratada, como se prevé en el artículo 21 de la Ley de horarios de trabajo (605/1996), para realizar ese tipo de trabajo siempre y cuando no se pueda contratar a un trabajador de 18 años de edad o más. Si en el lugar de trabajo no hay adultos disponibles o no los hay en cantidad suficiente, se puede asignar a una persona de 15 años la realización de un trabajo de emergencia.

-Se revisó la disposición sobre los períodos de descanso diarios que se aplican a todos los trabajadores jóvenes, es decir, a los menores de 18 años. Cuando la jornada laboral de un joven es superior a cuatro horas y media, el joven tiene derecho, como mínimo, a un período de descanso de 30 minutos.

542.Las disposiciones de la Ley de trabajadores jóvenes no tratan el empleo en tanto que miembro de la tripulación de un buque. Los derechos y obligaciones de los jóvenes que trabajan a bordo de un buque finlandés están recogidos en las disposiciones sobre jóvenes trabajadores contenidas en la Ley de los marinos (423/1978) y en la Ley sobre los horarios de trabajo de los marinos (296/1976).

543.A principios de marzo de 2002 entró en vigor un decreto del Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud en el que figura una lista no exhaustiva de trabajos peligrosos para los jóvenes (128/2002). En el decreto se enumeran los trabajos peligrosos que no pueden ser realizados por menores de 16 años. Esa labor puede ser confiada a jóvenes que hayan cumplido los 16 años si se adoptan las precauciones adecuadas. En ese caso, el empleador debe notificar también ese hecho a la oficina de seguridad y salud en el trabajo del distrito que corresponda. Este decreto revocó la Decisión del Ministerio de Trabajo de 23 de octubre de 1996 sobre el trabajo considerado peligroso para los jóvenes (756/1996).

544.Participación en la labor internacional contra el trabajo infantil. Finlandia contribuye al Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) relacionado con el Convenio Nº 182 de la OIT sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación. En el año 2000 Finlandia aportó 589.000 euros (3,5 millones marcos finlandeses) y 336.000 euros (2 millones de marcos finlandeses) en 2001.

545.Finlandia ha participado en un proyecto de tres años de duración (2000-2003) para poner fin a la explotación laboral de niños en las minas de oro de Camarines Norte (Filipinas) en el marco del programa IPEC de la OIT. La participación de Finlandia en el proyecto finalizó en el verano de 2003.

546.Finlandia también ha aportado fondos con cargo a partidas regionales para tres proyectos realizados en la Federación de Rusia por el programa IPEC de la OIT:

-Niños de la calle en San Petersburgo: de la explotación a la educación (2000-2003).

-Niños de la calle en la región de Leningrado: acciones iniciales para combatir las peores formas de trabajo infantil (2003-2004).

-Traducción al ruso de la guía práctica para parlamentarios Erradicar las peores formas de trabajo infantil. Guía para implementar el Convenio Nº 182 de la OIT.

2. Uso indebido de drogas (artículo 33)

547.En Finlandia están penalizados el uso y la posesión de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. También se considera delito la producción, venta, importación y transporte de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

548.Recomendación. El Comité tomó nota con reconocimiento de la Decisión de principio sobre política en materia de estupefacientes, de 1999, y alentó a Finlandia a impulsar cambios culturales positivos y a proseguir la adopción de medidas de concienciación y prevención, incluida la educación sobre estupefacientes en las escuelas. También recomendó que Finlandia asignara recursos suplementarios al sistema de servicios de bienestar del niño para las terapias de tratamiento y los servicios de rehabilitación concebidos específicamente para los niños (Recomendación Nº 56).

549.Prevención del uso indebido de drogas. El uso indebido de drogas ha sido menos frecuente en Finlandia que en el resto de Europa. El consumo de drogas aumentó en los años 90 y se estabilizó a principios de 2000. Se han destinado más recursos para la prevención del uso indebido de drogas entre los jóvenes. Por ejemplo, el Ministerio de Educación ha asignado directamente fondos específicos para la labor preventiva y para aumentar los conocimientos y las aptitudes de quienes trabajan con jóvenes, como profesores y trabajadores de los servicios dedicados a la juventud, así como de personas que participan en actividades no gubernamentales y que deben tener capacidad para responder a los problemas que plantea el uso indebido de drogas. Se han asignados fondos porque se considera que apoyar de manera efectiva y provechosa el trabajo de los jóvenes y las actividades relacionadas con ellos puede dar lugar a alternativas reales al consumo de drogas y otras sustancias tóxicas. La labor preventiva se lleva a cabo en colaboración con el sector de la juventud y la educación, la administración de protección social y de atención de salud, la policía y las autoridades legales en los planos gubernamental y local.

550.La futura ampliación de la Unión Europea y la retirada de controles fronterizos planteará problemas adicionales a quienes trabajan en la prevención del uso indebido de drogas, por ejemplo las presiones para fijar tasas más elevadas para las bebidas alcohólicas y para eliminar las restricciones a la importación. Es importante que se observe la evolución en esta esfera, especialmente en lo que respecta a la prevención de los efectos adversos del uso indebido de drogas y al desarrollo de la rehabilitación.

551.Realización de algunos de los derechos fundamentales de los niños internados en hogares comunitarios. La Mediadora Parlamentaria Riitta-Leena Paunio adoptó una iniciativa independiente en 2002 y pidió que se efectuara un estudio sobre la realización de los derechos del niño en todos los hogares comunitarios administrados por el Estado. En su declaración (31 de diciembre de 2002, Registro Nº 3170/2/01), la Mediadora Parlamentaria señaló cuestiones tales como el tratamiento de niños con adicción y, especialmente, las pruebas de drogas que se realizan en los hogares comunitarios sin una base legislativa. La Mediadora también prestó atención al cumplimiento de las disposiciones sobre derechos fundamentales y derechos humanos en los casos en que el niño necesita cuidados especialmente intensivos. Dar efectividad a los derechos fundamentales y a los derechos humanos del niño es especialmente difícil durante el período en que se dispensan los cuidados, ya que, por ejemplo, pueden limitarse los contactos entre el niño y sus padres y la libertad de circulación del niño. En la sección B del capítulo VI se ha ofrecido una explicación más detallada de la decisión.

552.Cursos prácticos sobre la prevención del uso indebido de drogas . En mayo de 2003 el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud creó una Junta de Altos Funcionarios a la que se encargó que preparara y realizara cursos de capacitación sobre la prevención del uso indebido de drogas dirigidos a trabajadores de servicios de la juventud que tratan con jóvenes toxicómanos. Uno de los principales objetivos del Gobierno del Primer Ministro Matti Vanhanen es encontrar formas más eficaces de impedir la exclusión social de los jóvenes y aumentar sus aptitudes sociales. El Gobierno va a preparar una resolución y un programa para combatir los efectos nocivos del alcohol, así como un plan de acción sobre el uso indebido de drogas.

553.La organización de cursos prácticos ha resultado un medio eficaz para atender a los jóvenes que no han logrado establecer vínculos adecuados con la sociedad y el mercado de trabajo. De acuerdo con el programa del Gobierno, durante su mandato los cursos prácticos para jóvenes pasarán a ser una forma establecida de trabajo con jóvenes. Los objetivos generales del proyecto son mejorar las capacidades del personal que trabaja en los cursos prácticos para abordar y tratar cuestiones relacionadas con las drogas y preparar propuestas y recomendaciones que ayuden a reducir los efectos adversos y las consecuencias del uso indebido de drogas y sustancias psicotrópicas. En todos los cursos se observarán las mismas reglas en relación con las drogas.

554.Las drogas como amenaza en el futuro. En un estudio realizado en 2002 por las oficinas locales y de distrito de la Liga Mannerheim de protección del menor se consideraba que el uso indebido de drogas era el mayor factor de riesgo en el futuro. Es preocupante observar que los padres no tienen capacidad para influir en sus hijos o no se preocupan por su adicción a las drogas. La lucha contra el uso indebido de drogas debería centrarse sobre todo en los valores que mantienen los adultos, ya que los niños no viven en un mundo aislado sino en el mundo de valores de los adultos. La Liga y otras organizaciones de protección del menor han expresado mostrado su profunda preocupación por las recientes opiniones en favor de las drogas manifestadas en debates públicos.

3. Explotación y abuso sexuales de niños (artículo 34)

555.Recomendación. El Comité de los Derechos del Niño instó a Finlandia a adoptar medidas adecuadas para combatir el fenómeno de la explotación y abuso sexuales y proseguir la cooperación internacional con miras a la investigación y el procesamiento de los casos de abusos y explotación sexuales de los niños por ciudadanos finlandeses en el extranjero (Recomendación Nº 58).

556.El abuso sexual de los niños se ha debatido mucho, tanto entre el público como entre los profesionales. La opinión general respecto del abuso sexual de niños y el intento de cometer esos actos es de tajante rechazo. Las autoridades han comenzado a adoptar diversas medidas para proteger a los niños de la explotación y el abuso sexuales.

557.Plan Nacional de Acción. A principios de 2000 se completó el Plan Nacional de Acción para Combatir la Explotación Sexual Comercial de Niños (Lasten kaupallisen seksuaalisen hyväksikäytön vastaiset toimet), preparado por el Gobierno de Finlandia. En 2000-2002 se han aplicado en colaboración con las autoridades y las ONG las medidas propuestas en el Plan de Acción. Se han adoptado medidas preventivas y correctivas. De acuerdo con el Plan de Acción, la información sobre el abuso sexual de niños será un elemento de la formación básica y continua de las personas que trabajan con niños, como el personal de guarderías, profesores, personal de servicios de protección social y de atención de salud y la policía. Los agentes de policía encargados de asuntos comunitarios y juveniles, que realizan visitas a las guarderías y a las escuelas, informarán a los niños para que puedan evitar ser víctimas de abusos sexuales. La policía y el fiscal tendrán instrucciones claras y normas de procedimiento explícitas para actuar en posibles casos de abuso sexual de un niño o compra de los servicios sexuales de un menor en el extranjero por un ciudadano finlandés. También se ofrecerá información a ese respecto mediante un servicio telefónico y una dirección de correo electrónico de la Oficina Nacional de Investigaciones, donde los ciudadanos podrán informar de cualquier material de pornografía infantil que hayan encontrado en Internet. También se informa al público de que la posesión de pornografía infantil es un delito y de que la prohibición de la posesión incluye también el material obtenido en Internet.

558.Delitos sexuales contra los niños. A principios de 1999 entraron en vigor disposiciones del Código Penal sobre delitos sexuales contra los niños (563/1998). Una persona que tenga relaciones sexuales con un menor de 16 años o que realice actos sexuales con un menor de 16 años puede ser condenada por abuso sexual de un menor a una pena de prisión de hasta cuatro años. El intento de abuso también está penalizado.

559.Si la víctima del abuso sexual es un niño que, debido a su edad o grado de desarrollo, puede sufrir lesiones especiales, o si el abuso se comete de una manera especialmente humillante, o cuando puede causar daños especiales al niño por la confianza especial que ha depositado en el autor del delito o por la dependencia especial del niño con respecto al autor, la condena por abuso sexual agravado de un menor puede ser de entre uno y diez años de prisión. El intento de abuso también está penalizado.

560.La compra de los servicios sexuales de un joven, es decir, de una persona menor de 18 años, es un delito punible. El proxenetismo también es punible cuando se ejerce con un menor de 18 años.

561.La producción, posesión y difusión de imágenes obscenas de un niño, esto es, material pornográfico infantil, son actos punibles desde principios de 1999. Esas disposiciones se incluyen en los delitos contra el orden público, tipificados en el Código Penal (563/1998).

562.Supresión de la doble incriminación. Un ciudadano finlandés que sea declarado culpable de haber cometido en el extranjero delitos tales como abuso sexual de un niño, compra de los servicios sexuales de un menor de 18 años, proxenetismo en relación con un menor de 18 años, o producción, difusión o posesión de pornografía infantil, puede ser condenado en Finlandia. Por lo que respecta a esos delitos, se suprimió la doble incriminación. Esto significa que ese acto no debe ser punible tomando como base la legislación en vigor en el país en que se cometió el delito (lex loci delicti). La policía finlandesa coopera activamente con la de otros países, especialmente con la de regiones vecinas en Estonia y la Federación de Rusia, para prevenir este fenómeno.

563.En 2001 se dictó una sentencia en Finlandia contra una persona por la compra de los servicios sexuales de un menor de 18 años en la Federación de Rusia, y en 2002 se dictó otra por explotación sexual de un niño en el mismo país. Esos casos fueron ampliamente tratados en los medios de información, lo que puede haber aumentado la sensibilización sobre el carácter ilícito de esos actos. El propio carácter de esos delitos hace que la investigación sea difícil, pero a pesar de ello la cooperación con las autoridades rusas fue muy positiva. En una campaña contra la trata de mujeres, que se realizó en Finlandia en 2002, también se trató la cuestión de que la compra de los servicios sexuales de un menor es un delito incluso si ese acto tiene lugar en el extranjero.

564.El Ministerio de Justicia ha destinado en Tallin desde principios de 2001 a un fiscal de enlace encargado de mantener el contacto entre las autoridades judiciales finlandesas y estonias y de facilitar y aumentar la cooperación entre esas autoridades. El fiscal de enlace también puede, si es necesario, intensificar la investigación y promover el enjuiciamiento de delitos relacionados con la explotación sexual de niños. El Ministerio de Justicia tiene previsto nombrar a otro fiscal de enlace en la Federación de Rusia.

565.A principios de 2003 entró en vigor una Ley (1313/2002) que permite aumentar la cooperación mediante la creación de una junta mixta de investigación compuesta por representantes oficiales finlandeses y de un país extranjero para realizar investigaciones preliminares.

566.Campaña nórdica-báltica contra la trata de mujeres en Finlandia en 2002. La campaña de información aumentó los conocimientos y mostró que la prostitución y la trata de personas son fenómenos interrelacionados. En la mayoría de los casos, el objetivo de la trata de personas es la explotación sexual o la prostitución. Los anuncios de servicios sexuales, la pornografía, los servicios sexuales por teléfono, las bares de alterne, los servicios de masaje íntimo, los servicios de acompañamiento, el turismo sexual, la trata de mujeres y niños y la prostitución forman parte de la industria del sexo, que se ha convertido hoy en día en una forma moderna de esclavitud a escala mundial.

567.Comprobación de los antecedentes penales de personas que trabajan con niños. A principios de 2003 entró en vigor la Ley sobre la comprobación de los antecedentes penales de personas que trabajan con niños (504/2002). El propósito de la ley es proteger la integridad personal de los menores y promover su seguridad personal. La ley contiene disposiciones sobre el procedimiento para obtener los antecedentes penales de personas contratadas para trabajar con menores de 18 años. El nuevo procedimiento mejora la protección del niño contra todo tipo de explotación y abuso sexuales, tal como se dispone en el artículo 34 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

568.El procedimiento de comprobación de los antecedentes penales de un empleado se aplica a los trabajos realizados tanto en el sector privado como en el público que consistan, de manera permanente, en un grado material y en ausencia del tutor legal, en la educación, la enseñanza, el cuidado o atención de un menor u otras tareas en las que se mantenga contacto personal con un menor. Una persona que busque un empleo para trabajar con niños puede obtener gratuitamente información sobre sus antecedentes penales.

569.El procedimiento de comprobación de los antecedentes penales también se aplica, de conformidad con las condiciones mencionadas anteriormente, en los siguientes casos:

-Trabajo realizado por una persona en un servicio que no sea el militar;

-Trabajo realizado en un lugar de trabajo por una persona que está recibiendo formación profesional, o durante un período de capacitación o de prueba;

-Cuidado de los niños en el domicilio privado de la persona contratada para ello (Ley Nº 312/1992);

-Trabajo realizado por prestatarios privados de servicios de protección social y de salud.

El solicitante de empleo debe presentar al empleador o a cualquier otra persona encargada de comprobar sus antecedentes penales un extracto de esos antecedentes, tal como se establece en el párrafo 2 del artículo 6 de la Ley de antecedentes penales. En el extracto figura si esa persona ha sido condenada, de acuerdo con el Código Penal, por un delito sexual, acto de violencia o delito relacionado con las drogas. El procedimiento de investigación de los antecedentes penales de los solicitantes forma parte del proceso de contratación para el empleo en cuestión. El hecho de que la persona tenga antecedentes penales no impide su contratación ni la concesión de un permiso, aunque en última instancia es el empleador o la autoridad competente quien decide la idoneidad del solicitante para el empleo. El procedimiento no se aplica a los trabajos o servicios cuya duración no exceda de tres meses.

570.Recomendaciones para los profesionales de los servicios de protección social sobre el abuso sexual y físico de niños. La Mediadora Parlamentaria, Riitta‑Leena Paunio, adoptó una iniciativa independiente en 2001 y comenzó a examinar los procedimientos que utilizan los organismos de protección social y de atención de salud para investigar casos de presunta explotación sexual de un niño. Por ejemplo, se pidió al Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud que averiguase si los órganos que funcionaban bajo su administración disponían de información suficiente sobre los principios penales y de procedimiento para emprender acciones legales sin poner en peligro la protección jurídica de las partes. En septiembre de 2001 el Ministerio creó un grupo de trabajo para clarificar y tratar casos relacionados con el abuso sexual y físico de niños.

571.Como resultado de ese trabajo, el Centro Nacional de Investigación y Desarrollo para el Bienestar y la Salud (STAKES) publicó en la primavera de 2003 una serie de recomendaciones dirigidas al personal de los servicios de protección social y de atención de salud y a la policía para ayudarlos a reconocer e investigar casos de abuso sexual y físico de niños. Esas recomendaciones difieren considerablemente de las instrucciones publicadas anteriormente, ya que recomiendan que la policía participe desde las primeras etapas de la investigación. Las recomendaciones especifican conceptos relacionados y las disposiciones pertinentes del Código Penal. Además, se dan instrucciones concretas para ayudar a resolver presuntos casos de abuso sexual y físico de niños. Este tema se tratará a fondo en diferentes actividades educativas, y los medios de información han mostrado mucho interés en difundir material sobre esta cuestión.

572.Línea de Denuncias del Norte. La organización Save the Children (Finlandia) mantiene en la Internet una línea de denuncias dedicada a la protección de la infancia denominada Línea de Denuncias del Norte. Su objetivo es eliminar la pornografía infantil de Internet y proteger a los jóvenes contra la utilización perniciosa e ilegal de la Internet. Los mensajes que se envían a esa línea se tratan de manera confidencial y se da importancia al punto de vista del niño. La Línea de Denuncias del Norte sigue los principios de INHOPE (Asociación Europea de proveedores de líneas de denuncia en Internet), y, cuando identifica material ilegal en la Internet, lo transmite a la línea de denuncias del país en el que se ha localizado el material, al teleoperador correspondiente y/o a la Oficina Nacional de Investigaciones. La línea de denuncias trabaja en estrecha cooperación con los legisladores, los encargados de hacer respetar la ley y el orden, representantes de los servicios educativos, de salud y de protección social, las autoridades y los proveedores privados de servicios en la Internet. La línea de denuncias está financiada por la Unión Europea, la Finnish Slot Machine Association (RAY) y donantes privados.

4. Venta, trata y secuestro de niños (artículo 35)

573.Los casos de secuestro de niños en Finlandia están principalmente relacionados con disputas entre padres divorciados o que van a divorciarse, y tienen que ver con la custodia, el lugar de residencia y el derecho de acceso al niño. El secuestro de niños se trata con más detalle en la sección E del capítulo V del presente informe.

574.En Finlandia es sumamente infrecuente que se declare a alguien culpable de secuestro o privación de libertad de un niño con miras a obtener un beneficio económico. En el Código Penal (cap. 25; 278/1995) figuran disposiciones sobre ese tipo de delitos, como por ejemplo el secuestro, la privación de libertad y la toma de rehenes. Mantener arbitrariamente como rehén a un niño se considera también un delito de privación de libertad.

575.La legislación finlandesa prohíbe la adopción mediante pago. La adopción no es válida si ha mediado un pago. Las personas que prestan servicios relacionados con las adopciones internacionales pueden cobrar por la prestación de esos servicios.

576.Preparación de disposiciones penales sobre la trata de personas. En noviembre de 2002 el Ministerio de Justicia creó un grupo de trabajo encargado de preparar un plan sobre nuevas disposiciones penales relativas a la trata de personas. Los tratados internacionales firmados por Finlandia y las decisiones marco adoptadas por la Unión Europea obligan a reformar las disposiciones actuales. En el Protocolo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo) se incluyen disposiciones para prevenir, suprimir y penalizar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños. En el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía y en la Decisión marco del Consejo de la Unión Europea relativa a la lucha contra la trata de personas figuran disposiciones vinculantes para Finlandia sobre la trata de personas. La legislación en vigor en Finlandia no menciona expresamente la trata de personas, aunque muchos actos generalmente relacionados con ella están tipificados como delitos.

577.El 3 de julio de 2003 el grupo de trabajo presentó su primer informe. En él se propone que se impongan sanciones penales a la compra de servicios sexuales. El intento de compra de esos servicios también sería punible. Según el informe, debería aumentarse la pena máxima establecida para la compra de servicios sexuales de menores de 18 años. La pena máxima sería de un año de prisión en lugar de los seis meses actuales. En el informe se propone que se impongan sanciones al comercio de servicios sexuales (como la publicidad en los periódicos y en Internet). Además, las nuevas disposiciones incluirían la obtención con condiciones agravantes de esos servicios, la trata de personas y la trata de personas con condiciones agravantes. El mandato del grupo de trabajo se extiende hasta finales de 2003 e incluye también la preparación de reformas sobre la entrada ilegal en Finlandia y la utilización de niños en la pornografía.

578.Finlandia firmó en septiembre de 2003 el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Se están preparando disposiciones penales sobre la trata de personas y la utilización de niños en la pornografía para que se pueda ratificar el Protocolo.

579.Finlandia firmó en diciembre de 2000 la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo) y su Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños. Se está preparando legislación sobre la trata de personas para poder ratificar la Convención y el Protocolo.

580.Comercio de órganos humanos. En la Ley sobre la utilización con fines médicos de órganos y tejidos humanos (101/2001) se establece que ni el donante ni la persona asignada por el donante pueden cobrar u obtener una promesa de pago por la extirpación y utilización de un órgano o un tejido. Las disposiciones penales sobre daños corporales podrían aplicarse a la trata de personas cuya finalidad sea la extirpación de órganos humanos.

D. Niños pertenecientes a minorías o a grupos indígenas (artículo 30)

581.Los sami. Los sami son indígenas que viven en los territorios nacionales de Finlandia, Suecia, Noruega y la Federación de Rusia. Entre 75.000 y 100.000 sami viven en un área que, desde las regiones centrales de Noruega y de Suecia, se extiende a través de las regiones septentrionales de Finlandia hasta la península de Kola en la Federación de Rusia. Los sami tienen un idioma, una cultura, un modo de vida y una identidad propios, y en las diversas regiones que habitan comparten una historia común, así como tradiciones, costumbres y comunidades. La base material de la cultura sami reside en sus medios de vida tradicionales, como la cría de renos, la caza y la pesca.

582.De acuerdo con los datos recogidos por el Parlamento Sami, en 1999 vivían en Finlandia unos 7.500 sami. De ese total, 3.842 vivían en la Patria Sami, en la parte septentrional de Finlandia (municipios de Enontekiö, Inari y Utsjoki y la Asociación Lappi de propietarios de renos en Sodankylä). Unos 3.000 sami viven fuera de la Patria Sami, y el resto viven en el extranjero. Así pues, los sami constituyen aproximadamente una tercera parte de la población total de la Patria Sami.

583.En la Constitución de Finlandia se establece que los sami, como pueblo indígena, tienen derecho a mantener y desarrollar su propio idioma y cultura en la Patria Sami y, tal como se dispone en otras leyes, tienen derecho a la autonomía lingüística y cultural. Una ley (516/1991) prevé el derecho de los sami a utilizar el idioma sami ante las autoridades. En el otoño de 2003 se presentará un nuevo proyecto de ley gubernamental sobre la utilización del idioma sami.

584.Guarderías, enseñanza preescolar y educación escolar. Desde el punto de vista del mantenimiento de la identidad lingüística y cultural de la población sami es esencial que su idioma se promueva en las guarderías, en la enseñanza preescolar y la educación escolar. De conformidad con la Ley de guarderías (36/1973, enmendada por la Ley Nº 875/1981), los municipios deben velar por que los niños tengan acceso a guarderías en las que se utilice su lengua materna, ya sea ésta el finlandés, el sueco o el sami. Sin embargo, hay muy pocas guarderías en las que se utiliza el idioma sami debido a que los municipios de la Patria Sami no han tenido recursos económicos para crearlas.

585.La Ley de educación básica (628/1998) dispone que los alumnos sami en la Patria Sami tienen derecho a cursar en idioma sami la mayor parte de la enseñanza obligatoria. La Ley de escuelas secundarias de nivel superior (629/1998) y la Ley de formación profesional (630/1998) prevén que la enseñanza pueda cursarse en idioma sami. En la educación básica, la educación secundaria de nivel superior y la formación profesional el Estado reintegra a los municipios y a las instituciones educativas mediante una asignación independiente los gastos en que se incurra para la contratación de profesores que hablen sami y profesores que enseñen ese idioma (Ley de financiación de servicios educativos y culturales Nº 635/1998).

586.En la práctica, la enseñanza en sami puede cursarse en la mayoría de los niveles inferiores de la educación básica, pero esa posibilidad es menor en los niveles superiores de la educación básica. Las escuelas secundarias de nivel superior no imparten educación en sami debido a que los exámenes para obtener el certificado de graduado escolar se realizan en finlandés o en sueco. El examen de lengua materna de las pruebas para la graduación escolar puede realizarse en sami o se puede elegir el sami como idioma opcional. Los exámenes de las otras asignaturas no pueden hacerse en sami.

587.Apoyo a la cultura. La política de transferencias del Ministerio de Educación ha tenido en cuenta las necesidades culturales de las minorías. Las minorías pueden acceder en condiciones de igualdad a las formas generales de apoyo a la cultura, aunque el Ministerio de Educación concede además anualmente subvenciones públicas discrecionales para proyectos concebidos para promover la protección y el desarrollo de culturas minoritarias. Por ejemplo, se han subvencionado actividades culturales de inmigrantes y de los romaníes. Entre 1998 y 2002 se apoyaron proyectos dirigidos a niños, por ejemplo libros cuentos, películas de dibujos animados y material didáctico en los idiomas nativos de las minorías.

588.Además, el Gobierno ha reservado una partida independiente en el presupuesto para la promoción de la cultura y de las organizaciones sami. De conformidad con la autonomía cultural de los sami, el Parlamento sami se encarga de distribuir las transferencias con diferentes fines. El comité cultural del Parlamento sami ha propuesto que se designe el año 2004 como año de los niños y los jóvenes y que se conceda especial importancia al apoyo de la cultura de los niños y los jóvenes. La consagración de ese año permitirá que se organicen más actividades que estimulen el interés de los jóvenes, como talleres basados en la cultura sami y actividades para niños y jóvenes que promuevan la identidad cultural sami. Durante ese año se prestará especial atención a la adopción de medidas que fomenten la cultura de los niños y los jóvenes. El Parlamento sami también ha destacado que los padres sami deben tener información y apoyo para poder promover la identidad lingüística y cultural de sus hijos.

589.Servicios básicos en la Patria Sami. La realización de los derechos de los niños y jóvenes sami está vinculada por un lado a la situación económica, cultural y lingüística de las familias en la Patria Sami, y por otro a los servicios dirigidos a los niños y los jóvenes. Las dificultades financieras de los municipios de la Patria Sami y la elevada tasa de desempleo en la región son algunos de los factores que han deteriorado el nivel de los servicios municipales. El Parlamento sami ha señalado con preocupación que los reducidos ingresos que se obtienen de la ocupación tradicional sami de la cría de renos agrava las dificultades financieras y otros problemas de las familias sami con hijos. Las inciertas perspectivas del sector de la cría de renos y la difícil situación económica de quienes se dedican a esa labor han dado lugar a que los niños sami opten por no continuar esa forma de vida, que conduce a su marginación lingüística y cultural.

590.Los romaníes. En Finlandia viven unos 10.000 romaníes. La cifra es aproximada, y a que la Ley de protección de datos prohíbe que se registren datos personales sensibles, como la raza o el origen étnico. En Suecia viven unos 3.000 romaníes finlandeses. Los romaníes viven en todas las regiones del país, aunque la mayoría se concentra en las grandes ciudades del sur de Finlandia. Los romaníes finlandeses hablan el dialecto kàlo del romaní. Los romaníes más ancianos hablan principalmente romaní. En la vida cotidiana, los romaníes jóvenes y de mediana edad utilizan principalmente el finlandés, aunque son hablantes pasivos del romaní y entienden el idioma hablado.

591.Recomendación. El Comité reiteró su preocupación ante las tasas elevadas de deserción escolar entre los niños romaníes. El Comité también tomó nota de las medidas adoptadas por Finlandia para desarrollar la educación especial e impedir la exclusión social, como las tendientes a reforzar la condición de la lengua romaní en la enseñanza escolar, preparar material didáctico en lengua romaní y formar maestros, y pidió a Finlandia que llevara a la práctica esas medidas (Recomendaciones Nos. 59 y 60).

592.Declaración del Comité de Derecho Constitucional del Parlamento. El Comité de Derecho Constitucional del Parlamento observó en su declaración Nº 9/2002 sobre el proyecto de ley presentado por el Gobierno a principios de 2003 relativo a una nueva Ley de idiomas y la normativa conexa que, aunque la legislación sobre enseñanza permite que se enseñe romaní y cultura romaní, en el año escolar 2000/01 sólo el 5,26% de los niños romaníes escolarizados cursaban estudios de romaní. Menos de 100 del total de 900 niños romaníes escolarizados estudiaban ese idioma. Además, los niños romaníes asisten a clases especiales o reciben una enseñanza adaptada por razones lingüísticas y culturales. El Comité de Derecho Constitucional del Parlamento señaló a la atención del Gobierno este problema y consideró que el Gobierno debía adoptar medidas legislativas para mejorar la situación del idioma y la cultura romaníes.

593.Enseñanza en romaní. Los niños romaníes deben cursar la enseñanza obligatoria. Sin embargo, su asistencia a la escuela entraña dificultades que todavía no se han resuelto adecuadamente. Uno de los principales problemas es su elevada tasa de deserción escolar en la educación básica, lo que limita sus posibilidades de acceder a estudios superiores. La elevada tasa de deserción escolar responde a diversas razones, por ejemplo las diferencias culturales, el escaso conocimiento que los profesores tienen de la cultura romaní, el deficiente apoyo que reciben de las escuelas, y la insuficiente cooperación entre la escuela y la familia del niño. También se han determinado problemas que derivan de que los niños no dominan bien ni el romaní ni el finlandés/sueco, lo que hace que su escolarización sea difícil desde el principio.

594.Se calcula que unos 1.700 de los aproximadamente 10.000 niños romaníes en edad de cursar la enseñanza obligatoria asisten a escuelas de educación general. No se dispone de información oficial sobre el número de niños romaníes escolarizados porque en Finlandia no se registra el origen étnico de los ciudadanos. De esos 1.700 niños, unos 250 aprenden romaní en 10 localidades de diferentes regiones del país. En el área metropolitana de Finlandia las disposiciones para la enseñanza del romaní son efectivas y apropiadas. En otras partes del país, el número de alumnos es reducido y se forman grupos de estudio integrados por alumnos de diferentes escuelas, razón por la que la enseñanza no se realiza necesariamente en la escuela más cercana al domicilio del niño. Además, en la mayoría de los casos los cursos tienen lugar fuera del horario escolar.

595.son relativamente pocos los niños romaníes que van a guarderías y asisten a centros de educación preescolar. Sin embargo, la educación preescolar en particular ayuda considerablemente a que el niño desarrolle las aptitudes necesarias en la escuela. La escolarización puede resultar difícil desde el mismo inicio si el niño romaní no ha asistido a centros de enseñanza preescolar y si los padres no tienen formación suficiente para apoyar al niño. Las guarderías y los centros de enseñanza preescolar deberían contratar a personal de origen romaní que tenga en cuenta la cultura y la lengua romaníes.

596.El Ministerio de Educación comparte la preocupación del Comité ante las tasas relativamente elevadas de deserción escolar entre los niños romaníes y ha adoptado medidas para ofrecer a esos niños mejores oportunidades de educación. La tasa de deserción varía entre el 10 y el 20%. El problema más común para la impartición de enseñanza radica en que los romaníes viven en diferentes partes del país y, por lo tanto, es difícil formar grupos de estudio. Además, no hay suficientes profesores que conozcan el idioma romaní. Asimismo, es frecuente que las personas que hablan romaní tengan una educación básica y unos conocimientos lingüísticos insuficientes. Esto se debe en gran medida a que los romaníes, que solían llevar en el pasado un modo de vida nómada, no han tenido la posibilidad de recibir educación escolar. Las diferencias culturales entre los romaníes y la mayoría de la población han dado lugar también a su marginación en el mercado laboral.

597.Producción de material didáctico. La Junta Nacional de Educación ha producido desde hace años material didáctico para atender las necesidades de la población romaní. La mayoría de los materiales que se preparan son para la enseñanza del romaní como lengua materna o como segundo idioma. El programa de publicación se basa en las nuevas directrices curriculares para la enseñanza del romaní. El objetivo a largo plazo es preparar una serie de material didáctico para niños que cursan la enseñanza general y para estudiantes del grado superior de la enseñanza secundaria que estudian romaní como lengua materna o como segundo idioma. El principal problema ha consistido en el limitado número de personas que pueden realizar esa labor, dado que muy pocos maestros conocen bien el idioma romaní. Los autores de libros de texto han encontrado también grandes obstáculos debido a que este idioma no tiene reglas claramente establecidas y a la falta de vocabulario. Los problemas pedagógicos también difieren, en algunos casos notablemente, de los que plantea la enseñanza de otras lenguas.

598.Desde 1999 ha habido tres nuevos proyectos de libros de texto que forman la base de una nueva serie de material didáctico. Se ha asignado un total de 29.461 euros para este fin. La Junta Nacional de Educación podría invertir aún más en el proyecto, pero se lo impide la falta de autores de libros de texto en romaní. Gracias a una iniciativa de Finlandia, el Consejo de Europa está iniciando formas de cooperación para coordinar en varios países la labor de los editores de libros de texto en romaní.

599.Capacitación de profesores. El Ministerio de Educación ha prestado atención a la capacitación docente de estudiantes romaníes. En el contexto de un estudio preliminar sobre la educación básica y continua de profesores en el futuro se examinó también la situación de la enseñanza en romaní y la necesidad de profesores romaníes en Finlandia. El objetivo principal de la formación de profesores que hablen romaní es fomentar la escolarización de niños y jóvenes romaníes mediante el fortalecimiento de su identidad cultural. También se anima a los niños romaníes a proseguir sus estudios y cursar el grado superior de la enseñanza secundaria. Se han recibido informes alentadores de muchos municipios sobre el empleo de romaníes en labores relacionadas con el idioma y la cultura romaní, la asistencia a niños romaníes con dificultades de aprendizaje (asistentes para niños con necesidades especiales) y la cooperación entre familias romaníes y escuelas.

600.La Dependencia de Enseñanza Romaní de la Junta Nacional de Educación ha organizado en cooperación con diferentes partes cursos adicionales de capacitación para profesores. Se ha llevado a cabo una serie de cursos sobre la primera lengua de diferentes minorías lingüísticas y culturales dirigidos a profesores que hablan idiomas nativos. Además, se ha ofrecido a personas que hablan romaní una capacitación a corto y largo plazo centrada en estudios de la lengua y la cultura. La capacitación de asistentes para niños con necesidades especiales se imparte como un tipo de capacitación para el mercado laboral, y el departamento de formación de profesores de Savonlinna ha adoptado medidas para poder impartir el primer año de estudios universitarios (approbatur).

601.El Ministerio de Educación está examinando varias alternativas para comenzar la formación de profesores de romaní prestando especial atención a las limitaciones que plantea el potencial de la educación básica de los estudiantes. Una posibilidad sería organizar un módulo de 15 a 35 créditos de idioma y cultura romaníes que daría lugar a una calificación separada o formaría parte de un título o calificación profesional. Los primeros 15 créditos del módulo consistirían en estudios de idioma y cultura romaníes para todos los estudiantes y los 20 créditos restantes comprenderían estudios de romaní, información básica acerca del romaní en el plano internacional, metodologías de estudios lingüísticos, pedagogía o estudios centrados en materias que se enseñan en la escuela. Ese módulo estaría dirigido a personas que conozcan bien el romaní y la capacitación podría formar parte de las asignaturas secundarias del estudiante.

602.Se han buscado nuevos métodos para prevenir la exclusión social y la discriminación de los niños romaníes en las comunidades escolares mediante un proyecto de desarrollo. El Ministerio de Trabajo coordina un proyecto patrocinado por el Programa de acción contra la discriminación de la Unión Europea. El proyecto se lleva a cabo en cooperación con Alemania e Irlanda y con organizaciones romaníes (Rom und Cinti Union y Romano Missio). Se ha contratado a representantes de esas organizaciones para trabajar sobre el terreno contra la discriminación y la exclusión social.

603.El Defensor de las Minorías. El 1º de septiembre de 2001 entró en vigor la Ley relativa al Defensor de las Minorías (660/2001) y dejó de funcionar la oficina del Defensor de los Extranjeros. La misión del Defensor de las Minorías es promover buenas relaciones étnicas en la sociedad, observar y mejorar la situación y los derechos de los extranjeros y las minorías étnicas, informar sobre la efectividad de la igualdad en lo que respecta a los diferentes grupos étnicos y sobre las circunstancias y la situación de diversos grupos étnicos en la sociedad, adoptar iniciativas para ayudar a eliminar cualquier manifestación de discriminación y los males sociales, difundir información sobre la legislación relacionada con el origen étnico y la situación de las minorías étnicas y los extranjeros y sobre la aplicación de esa legislación. El Defensor de las Minorías, junto con otras instituciones, se encarga también de velar por que las personas reciban un trato equitativo, independientemente del origen étnico.

604.Cuando el Defensor de las Minorías tiene conocimiento de un caso de discriminación da instrucciones y recomendaciones para solucionarlo o para que no se repita. El Defensor de las Minorías puede adoptar iniciativas, formular recomendaciones y dar consejos para promover las buenas relaciones étnicas y mejorar la situación de las minorías étnicas.

605.Cualquier persona puede denunciar ante el Defensor de las Minorías una situación relacionada con la discriminación étnica. Siempre que cuente con el consentimiento del denunciante, el Defensor puede transmitir o notificar esa situación a las autoridades pertinentes. El Defensor puede añadir a la notificación su propia declaración para informar a esas autoridades. Éstas deben informar al Defensor de las medidas que han adoptado al respecto. El Defensor de las Minorías puede prestar asistencia, o designar a un funcionario para que la preste, a una persona que ha sido objeto de discriminación étnica para salvaguardar los derechos de esa persona. Si se considera que la situación es grave desde el punto de vista de la discriminación étnica, el Defensor o el funcionario pueden buscar y proporcionar asistencia jurídica para ayudar a la persona discriminada.

606.De conformidad con la Ley de extranjería, se deberá dar al Defensor de las Minorías la oportunidad para que exprese su opinión en los siguientes casos:

-Durante la tramitación de una solicitud de asilo, a menos que sea manifiestamente innecesario;

-En los casos relacionados con la expulsión de un extranjero.

607.El Defensor de las Minorías es una autoridad independiente. La Oficina del Defensor de las Minorías se incluye en la organización administrativa del Ministerio de Trabajo. Desde el 1º de enero de 2002 Mikko Puumalainen ocupa el cargo.

608.Se puede considerar que las funciones del Defensor y de su Oficina abarcan tres categorías: asesoramiento y asistencia a los clientes; buenas relaciones étnicas y medidas generales relacionadas con la situación de los extranjeros y de las minorías étnicas; y las funciones previstas en la Ley de extranjería, especialmente las declaraciones sobre solicitudes de asilo y casos propuestos de expulsión de extranjeros.

609.El Defensor de las Minorías se ha ocupado de diferentes maneras de los niños y los jóvenes que pertenecen a minorías étnicas. El Defensor ha sido un activo líder de opinión, ha concedido varias entrevistas y hecho declaraciones en las que marca la tónica general y participa en foros de debate sobre niños y jóvenes de las minorías étnicas. Uno de los principales temas de esos debates ha sido la educación y la escuela.

610.En 2003 se realizaron algunos ajustes en la estructura laboral interna de la Oficina del Defensor de las Minorías. En la actualidad, uno de los funcionarios de la Oficina se ocupa de supervisar la situación de los llamados grupos vulnerables en la medida en que esa cuestión se enmarca en el ámbito de competencia de la Oficina. Se trata en concreto de las mujeres, los niños, los jóvenes, los ancianos y los discapacitados pertenecientes a minorías.

LISTA DE ANEXOS DISPONIBLES EN LOS ARCHIVOS DE LA SECRETARÍA

Legislación

·Constitución de Finlandia (731/1999).

Informes

·Derechos Humanos y Política Exterior de Finlandia. Informe del Ministro de Relaciones Exteriores, Erkki Tuomioja, al Comité de Relaciones Exteriores del Parlamento sobre la política de derechos humanos del Gobierno de Finlandia, 29 de noviembre de 2000. Publicaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores 2/2001, Helsinki, 2001.

·Los Niños en Finlandia. Leena Kartovaara y Hannele Sauli. Dirección de Estadística de Finlandia. Población 2001:9, Helsinki, 2001.

Planes de acción

·Hacia la igualdad y la diversidad étnica: Plan de acción del Gobierno contra la discriminación étnica y el racismo. Ministerio de Trabajo. Publicación Nº 286, Helsinki, 2001.

Instrucciones

·Directrices para entrevistar a menores (separados). Dirección General de Inmigración de Finlandia, marzo de 2002.

Folletos

·Los niños: nuestro futuro. Los derechos del niño en la cooperación para el desarrollo. Ministerio de Relaciones Exteriores, 2002.

·Secuestro internacional de niños. Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Justicia y Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud, 2001.

·Protección de datos en la vida laboral. Ministerio de Trabajo, 2001.

·Protección del menor. Unión Central de Protección del Menor con el apoyo financiero de la Finnish Slot Machine Association (RAY) y del Ministerio de Trabajo, 2000.

Otros

·Ota oikeus ("Toma el derecho"): Juego de cartas. Liga Mannerheim de protección del menor, Plan Internacional Finlandia y Fundación Finlandesa para los Niños y los Jóvenes, con el apoyo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Helsingin Sanomat.

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