Naciones Unidas

CRPD/C/JPN/RQ/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

8 de junio de 2022

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

27º período de sesiones

15 de agosto a 9 de septiembre de 2022

Tema 5 del programa provisional

Examen de los informes presentados por las partes en la Convención en virtud del artículo 35

Respuestas del Japón a la lista de cuestiones relativa a su informe inicial * **

[Fecha de recepción: 31 de mayo de 2022]

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

Respuesta al párrafo 1 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JPN/Q/1)

1.Mediante iniciativas como las amplias consultas con organizaciones de y para personas con discapacidad, el Gobierno del Japón sigue realizado continuos esfuerzos por garantizar que su legislación esté en armonía con el objeto y el propósito de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Un ejemplo concreto de medida legal en este sentido adoptada por el Gobierno es la promulgación en mayo de 2021 de la Ley para la Eliminación de la Discriminación contra las Personas con Discapacidad, que obliga a las empresas a introducir ajustes razonables para ellas.

2.Además, el término japonés “Shin-shin-so-shitsu” se traduce generalmente como “demencia” en el Japón. Se trata de un término que se utiliza en el Código Penal y en la Ley de Atención Médica y Tratamiento para las Personas en Estado de Demencia que han Causado Graves Incidentes (en adelante, Ley de Supervisión Médica y Tratamiento), y en otras leyes conexas. Significa “un estado en el que una persona carece de capacidad para determinar el bien y el mal, o es incapaz de actuar de acuerdo con dicho discernimiento debido a una discapacidad mental” en un contexto puramente jurídico con el fin de determinar si una persona tiene capacidad para ser considerada responsable en virtud del Código Penal, y no es un término despectivo.

Respuesta al párrafo 1 b) de la lista de cuestiones

3.La Ley Básica para las Personas con Discapacidad fue revisada en 2011 con objeto de incorporar el concepto de “modelo social de la discapacidad” en la definición de personas con discapacidad que figura en la Ley a fin de reflejar mejor el objeto y el propósito de la Convención. La Ley para la Eliminación de la Discriminación contra las Personas con Discapacidad también adopta la misma definición al respecto.

4.Aunque persisten diferencias debido a las variaciones en la finalidad y los objetivos de los sistemas de apoyo, el concepto de modelo social de la discapacidad se ha incorporado en todos los sistemas en virtud de la Ley Básica para las Personas con Discapacidad.

Respuesta al párrafo 1 c) de la lista de cuestiones

5.El Gobierno formulará un programa básico destinado a las personas con discapacidad como plan fundamental para las medidas que adopte en relación con esas personas, en el marco del artículo 11 de la Ley Básica para las Personas con Discapacidad.

6.En abril de 2020, todas las prefecturas y ciudades designadas, así como 1.571 municipios locales, que representan el 91,3 % de todos los municipios del país, habían elaborado planes para las personas con discapacidad.

7.También en abril de 2020, se había establecido un consejo o un órgano con un sistema de consejos en el marco de la Ley Básica para las Personas con Discapacidad en todas las prefecturas y ciudades designadas, y en 691 municipios, lo que representa el 40,2 % de todos los municipios del país.

Respuesta al párrafo 1 d) de la lista de cuestiones

8.El Gobierno asegura la participación efectiva de las personas con discapacidad en la formulación y aplicación de leyes y políticas. En concreto, por ejemplo, las personas con discapacidad, y los miembros de las organizaciones de y para personas con discapacidad, participan en órganos como la Comisión de Políticas para las Personas con Discapacidad, la Subcomisión de Personas con Discapacidad del Consejo de Seguridad Social y la Subcomisión de Empleo de Personas con Discapacidad del Consejo de Políticas de Trabajo, y las leyes y políticas se examinan mediante debates y deliberaciones con ellas.

Respuesta al párrafo 1 e) de la lista de cuestiones

9.La información esencial sobre la Convención y los derechos humanos se incluye en la capacitación previa de las personas que prestarán servicios de apoyo en forma de asesoramiento, y en la capacitación previa y periódica (cada cinco años) de los médicos de salud mental designados. Además de los textos del plan de estudios de los cursos de capacitación de los trabajadores sociales que se ocupan de la salud mental, se formularán directrices que ordenen claramente incluir el estudio de la Convención en el plan de estudios de los cursos de capacitación destinados a los trabajadores sociales.

10.Para más detalles sobre los guardias de prisiones, fiscales, abogados, agentes de policía, funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y otro personal conexo, véanse la respuesta al párrafo 12 b) y el anexo 1.

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

11.El Gobierno considera que el procedimiento de comunicaciones individuales, estipulado en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es notable en el sentido de que puede garantizar de forma efectiva la aplicación de la Convención. En cuanto a la aceptación del procedimiento, el Gobierno es consciente de que hay que considerar diversas cuestiones, entre ellas definir si podría plantear algún problema en relación con el sistema judicial o la política legislativa del Japón, y determinar los posibles marcos institucionales que serían necesarios para aplicarlo en caso de que el Japón lo aceptara. El Gobierno seguirá evaluando seriamente si acepta o no el procedimiento, teniendo en cuenta las opiniones de diversos sectores.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

12.La Ley para la Eliminación de la Discriminación contra las Personas con Discapacidad estipula que los derechos o intereses de las personas con discapacidad no deben ser vulnerados por órganos administrativos y empresas mediante un trato discriminatorio, dispar e injusto, por motivos de discapacidad, en ningún ámbito excepto el laboral (art. 7, párr. 1 y art. 8, párr. 1, de la misma Ley).

13.Además, esta Ley obliga a los órganos administrativos y las empresas a introducir los ajustes necesarios y razonables en caso de que las personas con discapacidad indiquen que es preciso eliminar las barreras sociales para poder desempeñar funciones administrativas o relacionadas con la actividad empresarial, siempre y cuando la eliminación de esas barreras sociales no suponga una carga excesiva para el órgano administrativo o la empresa. El hecho de que no se introduzcan esos ajustes razonables se considerará una vulneración de los derechos o intereses de las personas por motivos de discapacidad (art. 7, párr. 2 y art. 8, párr. 2 de la misma Ley).

14.El documento “Opiniones sobre el examen de la Ley para la Eliminación de la Discriminación contra las Personas con Discapacidad, tres años después de su aplicación”, elaborado por la Comisión de Políticas para las Personas con Discapacidad en junio de 2020, expone la necesidad de considerar la obligación de que las empresas realicen ajustes razonables desde la perspectiva de garantizar un mayor nivel de conformidad con la Convención, al tiempo que se promueve la introducción de esos ajustes para las personas con discapacidad como un esfuerzo social más amplio, que incluya la participación de las empresas, sobre la base de nuevas consultas con diversas partes interesadas. El Gobierno siguió examinando la cuestión a la luz de estas consideraciones, y presentó un proyecto de reforma para revisar la Ley e imponer a las empresas la obligación de introducir ajustes razonables para las personas con discapacidad en la 204ª sesión ordinaria de la Dieta Nacional, celebrada en marzo de 2021. Este proyecto de ley fue aprobado por unanimidad por ambas cámaras de la Dieta Nacional, y se promulgó como ley en mayo de 2021. La Ley revisada se promulgó posteriormente el 4 de junio del mismo año.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

15.Existen procedimientos civiles a los que pueden recurrir las personas cuyos derechos han sido violados por motivos de discriminación, por ejemplo, la emisión de una orden de protección mediante una demanda o una disposición provisional, o la presentación de una reclamación por los daños derivados de actos delictivos. Además, los órganos de derechos humanos del Ministerio de Justicia atienden consultas y llevan a cabo investigaciones, y se toman las medidas adecuadas según las circunstancias del caso con la coordinación y cooperación de los órganos competentes.

16.En 2018 se recibieron 2.857 consultas sobre abuso de derechos humanos de personas con discapacidad en cuestiones como abusos violentos, violaciones de los derechos humanos en las instalaciones de asistencia social, trato discriminatorio y coerción, lo que dio lugar en total a 345 casos confirmados de procedimientos de investigación y reparación relativos a la violación de los derechos humanos.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

Respuesta al párrafo 5 a) de la lista de cuestiones

17.La Ley Básica para las Personas con Discapacidad estipula que las medidas de apoyo a la independencia y la participación social de esas personas deben formularse y aplicarse de forma sistemática mediante un marco de cooperación coordinado en función del sexo de la persona con discapacidad, y otros descriptores de este tipo (art. 10, párr. 1, de la misma Ley). Además, en 2018 se formuló el Cuarto Programa Básico para las Personas con Discapacidad con objeto de establecer una perspectiva transversal de las medidas de apoyo detalladas que dan cuenta de las complejas circunstancias subyacentes a los problemas de las mujeres, los niños y las personas de edad con discapacidad.

18.El Quinto Plan Básico para la Igualdad de Género, aprobado por decisión del Consejo de Ministros en diciembre de 2020, prescribe medidas que promueven la igualdad de género en ámbitos muy diversos, e incluye medidas destinadas a las personas con discapacidad.

Respuesta al párrafo 5 b) de la lista de cuestiones

19.En cuanto a la educación, en 2013 se revisó la orden de aplicación de la Ley de Educación Escolar con el fin de redefinir el marco utilizado para la colocación en las escuelas, y el Ministerio de Educación, Cultura, Deportes, Ciencia y Tecnología ofrece ayuda y medidas financieras al personal especializado, por ejemplo, los auxiliares que atienden a niños con necesidades educativas especiales. Además, este Ministerio ejecuta el “Proyecto para Mejorar la Calidad de los Docentes y del Personal que Atiende a Niños con Necesidades Educativas Especiales”. El Gobierno está trabajando para crear diversos espacios educativos, por ejemplo, la asistencia a clases ordinarias o a clases ordinarias con servicios de apoyo especiales, así como a clases y escuelas para alumnos con necesidades especiales, a fin de ofrecer oportunidades de aprendizaje que atiendan de forma adecuada las necesidades educativas de todos y cada uno de los estudiantes, promover la independencia de los niños con discapacidad y facilitar al mismo tiempo su participación en la sociedad.

20.La Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad prevé los servicios de asistencia social y los servicios de apoyo en forma de asesoramiento necesarios para que esas personas puedan vivir con autonomía y participen en la sociedad, independientemente de su género.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

Respuesta al párrafo 6 a) de la lista de cuestiones

21.A fin de subrayar la importancia del apoyo sistemático que se presta a los niños con discapacidad en su primera infancia, el Gobierno revisó las Directrices sobre el Apoyo Educativo para los Niños con Discapacidad, un documento que ayuda a los consejos de enseñanza locales a determinar la selección de escuelas para esos niños. En 2013, el Gobierno también modificó la orden de aplicación de la Ley de Educación Escolar para abolir el marco convencional utilizado en la selección de escuelas, con arreglo al cual los niños con discapacidad que cumplían los criterios establecidos generalmente eran matriculados en escuelas para niños con necesidades educativas especiales. Esta modificación sirvió asimismo para establecer un nuevo marco en el que los consejos de enseñanza locales examinan de forma exhaustiva y determinan la selección de escuelas para los niños con discapacidad, respetando en la mayor medida posible la opinión de los niños interesados y de sus padres o tutores legales.

22.Los centros de apoyo al desarrollo infantil desempeñan un papel fundamental en la prestación de servicios de apoyo a los niños con discapacidad en la comunidad local. Además de proporcionar apoyo para el desarrollo infantil teniendo en cuenta el interés superior de los niños con discapacidad, estos centros formulan directrices y se esfuerzan por proporcionar apoyo profesional. Asimismo, el Gobierno también ha establecido programas de apoyo para visitar guarderías y otras instalaciones, y estas visitas se han ampliado a fin de incluir los hogares infantiles y los hogares de acogida con miras a reforzar el nivel de tratamiento médico y orientación en los centros de asistencia social.

Respuesta al párrafo 6 b) de la lista de cuestiones

23.En cuanto a la educación, en 2013 el Gobierno modificó la orden de aplicación de la Ley de Educación Escolar con objeto de abolir el marco convencional utilizado en la selección de escuelas, con arreglo al cual los niños con discapacidad que cumplían los criterios establecidos generalmente eran matriculados en escuelas para niños con necesidades educativas especiales, y de establecer un nuevo marco en el que los consejos de enseñanza locales examinan de forma exhaustiva y determinan la selección de escuelas para los niños con discapacidad, respetando en la mayor medida posible la opinión de los niños y de sus padres o tutores legales. En el nuevo marco, las opiniones de los niños con discapacidad suelen expresarse a través de sus padres o tutores legales. Para hacer efectivo el derecho de los niños con discapacidad a expresar sus propias opiniones, el Gobierno ha señalado a los consejos de enseñanza locales que, en determinadas circunstancias, es prudente considerar por separado las opiniones del niño en función de su discapacidad y estado de desarrollo.

24.En cuanto a la salud y el bienestar, las decisiones sobre la necesidad de prever pagos o servicios de apoyo se toman de conformidad con los artículos 21-5 y 6, y 24-3 de la Ley de Bienestar Infantil sobre la base de las intenciones del niño y de los tutores de los niños con discapacidad respecto del uso de esos pagos o servicios de apoyo, entre otras cuestiones. Asimismo, las directrices operacionales de los centros de consulta para niños prevén determinados medios, como preguntar directamente a los niños con discapacidad afectados cuando se les presta asistencia. Además, la Ley de Bienestar Infantil revisada que se aprobó en 2019 ha allanado el camino para seguir estudiando la forma de asegurar que los niños con discapacidad tengan la oportunidad de hablar en nombre propio.

25.Los tribunales de familia tienen la obligación de averiguar las intenciones de un niño implicado en actuaciones judiciales, independientemente de que tenga o no una discapacidad, tomando declaración al niño. Los tribunales de familia también deben tratar de tener en cuenta las intenciones del niño al resolver la causa o proceder a una conciliación, en función de la edad o el grado de desarrollo del niño (véanse los artículos 65 y 258 de la Ley de Procedimiento para los Casos de Relaciones Familiares). Las fiscalías están promoviendo iniciativas para que los niños que han sido víctimas de un delito, incluidos los niños con discapacidad, sean entrevistados por representantes de las fiscalías, la policía o los centros de consulta para niños, en estrecha colaboración, teniendo en cuenta las características de los niños al formular declaraciones, a fin de aliviar la carga psicológica que estos soportan durante las repetidas entrevistas, y garantizar la credibilidad de las declaraciones formuladas.

Toma de conciencia (art. 8)

Respuesta al párrafo 7 a) de la lista de cuestiones

26.Del 3 al 9 de diciembre, se celebra anualmente la Semana de las Personas con Discapacidad para fomentar el interés público y la compresión sobre las discapacidades y las personas con discapacidad, así como para crear conciencia acerca de la necesidad de facilitar la participación de esas personas en la sociedad.

27.En cuanto a la educación, el Gobierno ha adoptado diversas medidas para fomentar una comprensión adecuada con respecto a las personas con discapacidad, entre ellas:

a)Revisar el ciclo de estudios destinado a promover “actividades y aprendizaje conjuntos”, en el que los niños con y sin discapacidad aprenden juntos en la misma aula;

b)Desarrollar y publicar material educativo como el libro de texto The Barrier ‑ free Mindset; y

c)Recopilar y publicar las buenas prácticas en todos los municipios para promover la comprensión de las cuestiones relacionadas con la discapacidad.

28.Además, se imparte capacitación adicional a los trabajadores de los servicios de asistencia social que se ocupan de las personas con discapacidad y a los propietarios de empresas para que repasen los principios de una sociedad inclusiva y los pongan en práctica, en el marco del Proyecto de Promoción de los Principios Básicos de una Sociedad Inclusiva. Esto forma parte de una iniciativa encaminada a establecer una sociedad inclusiva basada en el respeto mutuo de la personalidad y la individualidad de toda la población, sin discriminación por motivos de discapacidad. Se celebran foros de promoción y concienciación para la población en general.

29.Asimismo, en el Plan Básico de Educación en Derechos Humanos y Concienciación sobre los Derechos Humanos establecido en el marco del artículo 7 de la Ley de Promoción de la Educación en Derechos Humanos y Concienciación sobre los Derechos Humanos, una de las cuestiones de derechos humanos planteadas se refiere a los derechos humanos de las personas con discapacidad, y el Plan Básico pide claramente que se amplíen y refuercen las actividades de concienciación. Los órganos de derechos humanos del Ministerio de Justicia se han fijado como objetivo prioritario de las actividades de concienciación sobre los derechos humanos “Eliminar los prejuicios y la discriminación por motivos de discapacidad”, y están distribuyendo folletos informativos y realizando actividades de concienciación sobre esos derechos en relación con esta cuestión.

Respuesta al párrafo 7 b) de la lista de cuestiones

30.Los foros de promoción y concienciación para la población en general mencionados en la respuesta al párrafo 7 a) de la lista de cuestiones se celebran con la participación de organizaciones de y para personas con discapacidad.

31.Durante la Semana de las Personas con Discapacidad, así como antes y después de la misma, se llevan a cabo numerosas iniciativas en todo el país en las que participan de forma coordinada los municipios locales y las organizaciones competentes, además de las que organiza el Gobierno.

Accesibilidad (art. 9)

Respuesta al párrafo 8 a) de la lista de cuestiones

32.El Gobierno sigue esforzándose por mejorar la comodidad y la seguridad del transporte y el uso de las instalaciones en virtud de la Ley de Eliminación de Barreras (Ley de Promoción del Transporte Adecuado para las Personas de Edad o con Discapacidad), promover medidas prioritarias e integradas y adaptadas a cada región para la eliminación de barreras sobre la base de propuestas conceptuales básicas que elaboran los municipios locales, ofrecer un servicio de retransmisión telefónica en el marco de la Ley de Facilitación del Uso de Teléfonos para Personas con Deficiencia Auditiva, promulgada en 2020, y formular y aplicar medidas para crear una sociedad universal en virtud de la Ley de Promoción de Medidas Amplias e Integradas para Crear una Sociedad Universal, promulgada en 2018.

33.Con objeto de mejorar la accesibilidad en línea, el Gobierno ha establecido unas directrices que deben seguir las instituciones públicas para facilitar el uso de los sitios web de esas instituciones por toda la población, incluidas las personas de edad y las personas con discapacidad (Directrices Operacionales: Sitios Web Públicos para Todos).

Respuesta al párrafo 8 b) de la lista de cuestiones

34.La Ley Kenchikushi para Arquitectos e Ingenieros de la Construcción impone a los arquitectos la obligación de recibir cursos de capacitación periódicos, que incluyen el contenido de la Ley de Eliminación de Barreras.

Derecho a la vida (art. 10)

Respuesta al párrafo 9 a) de la lista de cuestiones

35.En la actualidad no existe ninguna ley o reglamento que trate específicamente las cuestiones relativas a la muerte asistida, y tampoco se ha sometido al examen del Gobierno o de la Dieta un proyecto de ley de este tipo, salvo el artículo 202 del Código Penal que tipifica como delito la inducción o ayuda al suicidio, o el homicidio con consentimiento.

Respuesta al párrafo 9 b) de la lista de cuestiones

36.El Gobierno desconoce el número de muertes que se han producido durante o después de una hospitalización forzosa o de la aplicación de medidas de contención física.

37.El sistema de hospitalización sin consentimiento prescrito en la Ley de Salud Mental y Bienestar de las Personas con Discapacidad Mental no se aplica únicamente por el hecho de que el paciente sea una persona con problemas de salud mental. Se aplica en los casos en que el paciente presenta el riesgo de autolesionarse o de causar daños a otros debido a su trastorno mental, o cuando el paciente requiere atención y protección médica, aunque no haya riesgo de autolesionarse ni de causar daños a otros, y este no puede tomar una decisión adecuada sobre la necesidad de su hospitalización. En la práctica, un psiquiatra designado debe realizar un reconocimiento médico del paciente y notificarle por escrito las medidas de hospitalización necesarias.

38.Además, la Ley de Salud Mental y Bienestar de las Personas con Discapacidad Mental estipula que la contención física solo se utilizará cuando lo considere necesario un psiquiatra designado. Se prescribe como una medida inevitable que solo debe utilizarse hasta que se encuentre una medida alternativa si existe un riesgo inmediato de suicidio o autolesión, si hay una hiperactividad o inquietud importante en el paciente, o si la vida del paciente corre peligro en caso de no recibir tratamiento.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

Respuesta al párrafo 10 a) de la lista de cuestiones

39.En caso de desastre, hay que prestar especial atención a las personas con discapacidad y a otras personas socialmente desfavorecidas. Teniendo en cuenta estas circunstancias, el Gobierno ha adoptado medidas para mejorar los sistemas de evacuación en las instalaciones que utilizan las personas con discapacidad, y ha ordenado la preparación de planes de evacuación y la realización de simulacros al respecto. Las consideraciones sobre la eliminación de barreras también se están aplicando progresivamente en las vías de evacuación. Los municipios locales establecen directrices para ayudar a las personas que necesiten servicios de rescate, y también promueven otras iniciativas de prevención de desastres en función de las necesidades de la comunidad local.

40.El Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar ejecutó proyectos para capacitar a líderes voluntarios que ayudaran en las tareas de rescate y socorro, y también a líderes de respuesta a desastres que fueran competentes para atender a personas con diferentes tipos de discapacidad, como parte de los esfuerzos de socorro adaptados específicamente a las personas con discapacidad en caso de desastre. Además, el Gobierno también subvencionó proyectos para crear redes de apoyo social gestionadas por empresas y organizaciones privadas.

Respuesta al párrafo 10 b) de la lista de cuestiones

41.En marzo de 2018, el Gobierno formuló unas directrices sobre la visualización de guías de evacuación mediante el uso por los interesados pertinentes de pantallas y aplicaciones para teléfonos inteligentes con objeto de comunicar con eficacia las notificaciones de desastre, y evacuar a las personas con discapacidad al exterior en estaciones, aeropuertos, hoteles y otras instalaciones similares. El Gobierno ha trabajado para aumentar la conciencia mediante la preparación de folletos que resumen las directrices y la distribución de estos folletos cuando se realizan simulacros de evacuación en las mencionadas instalaciones. El Gobierno también adoptó medidas para facilitar las evacuaciones en las sedes de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020, utilizando tecnología de comunicación acústica a fin de convertir en texto las notificaciones y los anuncios de desastre para las personas con discapacidad auditiva.

Respuesta al párrafo 10 c) de la lista de cuestiones

42.De conformidad con las directrices formuladas por el Gobierno sobre la base de las opiniones de las partes interesadas, incluidas las organizaciones de y para personas con discapacidad, la administración local deberá garantizar la existencia y la gestión de refugios para casos de evacuación, y esforzarse por asegurar la disponibilidad de refugios con asistencia para las personas que requieren consideraciones especiales, como las personas con discapacidad. La administración local promueve que se tengan en cuenta las consideraciones especiales para los refugios de evacuación, entre ellos, los refugios con asistencia, y el Gobierno les proporciona ayuda financiera y de otro tipo.

43.Durante la preparación de las “Directrices para la Prevención de Desastres y la Reconstrucción desde la Perspectiva de la Igualdad de Género – Perspectivas de las mujeres para reforzar la capacidad de respuesta en caso de desastre” (mayo de 2020), se realizaron entrevistas con organizaciones que representan a las mujeres con discapacidad y se incorporaron a las Directrices consideraciones especiales con el fin de atender las necesidades de las mujeres.

Respuesta al párrafo 10 d) de la lista de cuestiones

44.El Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres promueve la colaboración con los interesados pertinentes, incluidas las personas con discapacidad. Se creó un equipo para inspeccionar los daños causados por los tifones en 2019. Este equipo tuvo en cuenta la información recibida de las organizaciones de y para personas con discapacidad y determinó las cuestiones que debían tratarse. De cara al futuro, el Gobierno seguirá esforzándose por intercambiar opiniones con las partes interesadas, incluidas las personas con discapacidad, sobre la formulación y la aplicación de las políticas de prevención de desastres, según sea necesario.

Respuesta al párrafo 10 e) de la lista de cuestiones

45.Se ha instaurado un sistema que utiliza las contribuciones aportadas por las prefecturas en forma de asistencia mutua para proporcionar ayuda financiera a las personas cuyos medios de vida han sufrido daños importantes debido a desastres naturales (tifones e inundaciones, entre otros) con objeto de ayudar a reconstruir sus vidas.

46.Además, se prevén medidas de asistencia individual para las personas que perdieron sus hogares debido al tsunami que se produjo tras el terremoto de gran magnitud en la zona este del Japón, y para las víctimas —incluidas las personas con discapacidad— que no pudieron regresar a sus hogares debido al desastre nuclear de Fukushima. Estas medidas se aplican en gran medida a través de la Organismo de Reconstrucción, establecido como parte de las iniciativas de recuperación después del terremoto.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

Respuesta al párrafo 11 a) de la lista de cuestiones

Sistemas establecidos en el marco del Código Civil

47.El Código Civil del Japón estipula que “el disfrute de los derechos individuales comenzará desde el nacimiento” (art. 3, párr. 1, del Código Civil), y que todas las personas tendrán la capacidad de disfrutar de sus derechos. Con respecto a esta cuestión, no se imponen restricciones a los derechos de las personas con discapacidad por el hecho de serlo.

48.El sistema de tutela de adultos, basado en el Código Civil, prevé diferentes categorías de tutela en función del nivel de capacidad de decisión del adulto tutelado, debe respetar los deseos del adulto tutelado y garantiza una revisión por parte de un órgano judicial (para más detalles sobre el sistema de tutela de adultos, véase el anexo 1). El Gobierno está promoviendo iniciativas que faciliten el apoyo de tutores adultos para la toma de decisiones de los adultos tutelados como parte de los esfuerzos para garantizar que se respete plenamente el derecho de libre determinación de los adultos tutelados. En el marco del Plan Básico de Promoción del Uso del Sistema de Tutela de Adultos aprobado por el Consejo de Ministros en marzo de 2022, el Gobierno, con la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, ha llevado a cabo un examen amplio de este sistema.

Respuesta al párrafo 11 b) de la lista de cuestiones

49.En cuanto al apoyo en relación con la orientación que se presta con arreglo a la Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad, el Gobierno ha establecido un marco para proporcionar la información y el asesoramiento necesarios en función de la naturaleza de las consultas recibidas de las personas con discapacidad, los padres o tutores de los niños con discapacidad y los cuidadores de las personas con discapacidad, como parte del apoyo básico de asesoramiento. Además, el Gobierno ejecuta proyectos para subvencionar los costos derivados del uso del sistema de tutela de adultos (proyectos de apoyo al uso del sistema de tutela de adultos) y proyectos de ayuda para las actividades de las personas jurídicas (proyectos de apoyo al sistema de tutela de adultos por personas jurídicas).

50.La revisión de la Ley Amplia de Apoyo Jurídico, que entró en pleno vigor en enero de 2018, permitió que el Centro de Apoyo Jurídico del Japón (Houterasu) pudiera ofrecer consultas jurídicas por un abogado visitante o un notario judicial a las personas de edad y a las personas con discapacidad con un funcionamiento cognitivo insuficiente, incluso sin previa petición del interesado, si era contactado por un organismo de asistencia social o un órgano similar.

51.Los órganos de derechos humanos del Ministerio de Justicia prestan servicios de asesoramiento en el conjunto de las 311 Oficinas de Asuntos Jurídicos, las Oficinas de Asuntos Jurídicos de Distrito y las sucursales que atienden cuestiones de derechos humanos, incluidas las cuestiones de derechos humanos relacionadas específicamente con las personas con discapacidad. Esos órganos también establecen servicios ad hoc para el asesoramiento en materia de derechos humanos en los centros de apoyo. Los órganos de derechos humanos del Ministerio de Justicia inician asimismo investigaciones sobre casos de presunto abuso de derechos humanos, y se adoptan las medidas adecuadas según las circunstancias del caso, con la coordinación y cooperación de los órganos competentes.

Respuesta al párrafo 11 c) de la lista de cuestiones

52.En marzo de 2017 se formularon y difundieron las “Directrices sobre el Apoyo para la Adopción de Decisiones en relación con la Prestación de Servicios de Asistencia a las Personas con Discapacidad”, en las que se define y expone la importancia del apoyo para la adopción de decisiones y se recopilan consideraciones y procesos estándar que deben aplicarse. El Gobierno comenzó a capacitar a los instructores sobre la base de estas Directrices en el ejercicio 2020, y las prefecturas también imparten programas de capacitación basados en el apoyo para la adopción decisiones.

53.La administración local distribuye folletos y realiza otras actividades de concienciación sobre el trato discriminatorio injusto por motivos de discapacidad y la obligación de introducir ajustes razonables. Además, la Semana de las Personas con Discapacidad ofrece la oportunidad de educar al público sobre estas cuestiones.

54.Para consultar más información sobre las actividades de concienciación dirigidas a abogados, funcionarios de los tribunales, jueces, fiscales y agentes de policía, guardias de prisiones y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, véanse el anexo 1 y la respuesta al párrafo 12 b) de la lista de cuestiones.

Acceso a la justicia (art. 13)

Respuesta al párrafo 12 a) de la lista de cuestiones

55.El Gobierno entiende también que los tribunales han formulado las Directrices para Promover la Eliminación de la Discriminación por motivos de Discapacidad en los Tribunales. Este texto proporciona directrices para el ejercicio sin trabas de los derechos a través del uso de medios de comunicación adecuados por las partes interesadas y los testigos con discapacidad en diversos trámites judiciales. Estos medios quedan a discreción del juez, e incluyen medidas como la asignación de un intérprete de lengua de señas o el recurso a la toma de notas para llevar a cabo las actuaciones, la provisión de audífonos o la preparación de documentos judiciales en braille, que deben adoptarse en función de la naturaleza y el grado de discapacidad de la persona. Además, las Directrices también piden a los jueces que tengan en cuenta la discapacidad de la persona en cuestión y el método de los procedimientos judiciales cuando interroguen a esas personas o den explicaciones sobre los trámites judiciales.

56.El Gobierno entiende que, al interrogar a los niños con discapacidad, los jueces podrán, a su discreción, ajustar el contenido de sus preguntas y la forma en que se formulan en función de la etapa de desarrollo del niño.

57.Si la parte interesada en asuntos civiles o no contenciosos no puede completar de forma adecuada los trámites judiciales debido a una discapacidad auditiva o del habla, o debido a una discapacidad intelectual, esa parte, previa autorización del tribunal, podrá comparecer ante el tribunal con un asistente (art. 60 del Código de Procedimiento Civil y art. 25 de la Ley de Procesos No Contenciosos).

58.Si en las intervenciones orales en un asunto civil, o en la fecha de las actuaciones en un caso no contencioso (ya sea como parte interesada, o como testigo o de alguna otra forma) participa una persona con una discapacidad auditiva o del habla, puede tomar disposiciones para que un intérprete esté presente en su nombre, o para declarar por escrito (art. 154, párr. 1, del Código de Procedimiento Civil y art. 48 de la Ley de Procesos No Contenciosos).

59.El Código de Procedimiento Penal y el Reglamento del Procedimiento Penal prescriben lo siguiente:

a)El acusado o sospechoso, sea o no una persona con discapacidad, podrá nombrar a un abogado (art. 30, párr. 1 del Código de Procedimiento Penal). Cuando el acusado o sospechoso contra el que se ha solicitado o emitido una orden de detención no puede nombrar un abogado defensor por falta de medios o por motivos de otro tipo, podrá solicitar al tribunal que le asigne un defensor de oficio (arts. 36 y 37-2 del mismo Código). Además, el tribunal puede asignar un defensor de oficio cuando el acusado sea una persona con una discapacidad auditiva o del habla (art. 37, párr. 3, del mismo Código), cuando exista la posibilidad de que el acusado tenga una discapacidad mental total o parcial (art. 37, párr. 4, del mismo Código), o cuando se considere necesario por otras razones (art. 37, párr. 5, del mismo Código). En otros casos, el tribunal puede asignar un abogado defensor de oficio cuando un sospechoso contra el que se ha emitido una orden de detención no cuenta con un abogado defensor, y se considera que al sospechoso le resulta difícil determinar si se requiere o no un abogado debido a una discapacidad mental o cualquier otro motivo (art. 37-4 del mismo Código);

b)Si el tribunal llama a declarar a una persona con una discapacidad auditiva o del habla, tiene la posibilidad de solicitar los servicios de un intérprete para esa declaración (art. 176 del Código de Procedimiento Penal);

c)Cuando un testigo tenga una discapacidad auditiva, se le podrán hacer preguntas por medio de un documento, y cuando un testigo tenga una discapacidad del habla, podrá responder mediante un documento (art. 125 del Reglamento del Procedimiento Penal).

60.Asimismo, al entrevistar a sospechosos y testigos con discapacidad, las autoridades investigadoras deben ser conscientes de la importancia de utilizar procedimientos de entrevista adecuados que tengan en cuenta la naturaleza de la discapacidad. Estas consideraciones incluyen la formulación de preguntas en un formato fácil de entender, teniendo en cuenta la naturaleza de los testimonios prestados por las personas con discapacidad intelectual. De ser necesario, también incluyen la consulta con personal competente en psicología o asistencia social que conozca bien la forma que adoptan estos testimonios, o bien puede solicitarse que dicho personal asista a la entrevista. Otras consideraciones son el uso de la interpretación en lengua de señas y de la comunicación escrita para las personas con discapacidad auditiva o del habla y, si es necesario, la visita al domicilio o al hospital del interesado para realizar la entrevista.

Respuesta al párrafo 12 b) de la lista de cuestiones

61.Se imparte capacitación para concienciar a abogados, funcionarios judiciales, jueces, fiscales, agentes de policía, guardias de prisiones y demás personal sobre los derechos, la comprensión y las consideraciones que deben tenerse en cuenta en relación con las personas con discapacidad (en el anexo 1 figuran más detalles al respecto).

Respuesta al párrafo 12 c) de la lista de cuestiones

62.En cuanto al trato de las personas con discapacidad por los fiscales y los agentes de policía, y a las medidas aplicables a las personas con discapacidad en los tribunales y en los trámites judiciales, el acceso al procedimiento judicial está garantizado como se indica en el párrafo 12 a) anterior.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

Respuesta al párrafo 13 a) de la lista de cuestiones

63.En relación con el sistema de hospitalización sin consentimiento prescrito en la Ley de Salud Mental y Bienestar de las Personas con Discapacidad Mental, véase la respuesta al párrafo 9 b) de la lista de cuestiones (véase el anexo 1, párr. 69, para consultar información sobre las medidas restrictivas del comportamiento):

La Ley de Atención Médica y Tratamiento para las Personas en Estado de Demencia que han Causado Graves Incidentes (en adelante denominada Ley de Supervisión Médica y Tratamiento) también establece el mismo marco que la Ley de Salud Mental y Bienestar de las Personas con Discapacidad Mental. En concreto, el artículo 92 de la Ley de Supervisión Médica y Tratamiento prevé la aplicación de las medidas restrictivas necesarias en el grado necesario para garantizar la atención y la protección del paciente. Los administradores de las instituciones médicas designadas deben cumplir las normas impuestas por el Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar sobre la base de las disposiciones del artículo 93, párrafo 1, de esa Ley. Estas normas exigen a los administradores que respeten la dignidad como personas de los pacientes hospitalizados, que garanticen que se les proporcione el nivel adecuado de atención psiquiátrica y que contribuyan a su reintegración en la sociedad, teniendo debidamente en cuenta sus derechos humanos. Además, incluso cuando es necesario restringir la libertad de los pacientes hospitalizados para proporcionarles tratamiento, se deben realizar esfuerzos suficientes para dar explicaciones al paciente hospitalizado sobre las restricciones aplicadas, y esas deben mantenerse en el nivel mínimo de restricción requerido en función de los síntomas de ese paciente.

64.Se recurre a la hospitalización y otros tratamientos en el caso de las personas con discapacidad mental que han cometido un delito grave, como un asesinato o un incendio, cuando se considera que la persona se encontraba en estado de demencia o con la capacidad mental disminuida en el momento de la comisión el delito, como establece la Ley Supervisión Médica y Tratamiento. Las personas que hayan recibido una sentencia firme, en forma resolución de desistimiento de la acción pública, o una absolución, están obligadas a recibir el tratamiento médico prescrito en esa Ley que se considere necesario para mejorar el estado del trastorno mental diagnosticado en el momento del acto delictivo y para facilitar su reintegración en la sociedad. El tratamiento no se aplicará únicamente sobre la base de que el paciente es una persona con problemas de salud mental. Las decisiones sobre la necesidad y el contenido del tratamiento serán tomadas por un grupo compuesto por jueces y médicos designados como jueces de salud mental, tras evaluar a la persona y celebrar una audiencia con la participación de abogados y especialistas en salud mental y bienestar en la que la persona tenga la oportunidad de expresarse (arts. 2, 33 y 42 de la misma Ley).

Respuesta al párrafo 13 b) de la lista de cuestiones

65.El número de personas con discapacidad mental hospitalizadas no ha aumentado y tampoco ha aumentado el número de hospitalizaciones de larga duración superiores a un año (véase el cuadro estadístico del anexo 4).

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

Respuesta al párrafo 14 a) de la lista de cuestiones

66.En cuanto a las restricciones relativas al comportamiento, véase el anexo 1.

67.El artículo 38-4 de la Ley de Salud Mental y Bienestar de las Personas con Discapacidad Mental dispone que una persona que esté internada en un hospital psiquiátrico o sus familiares pueden solicitar al gobernador de la prefectura que dé de alta al paciente u ordene al administrador del hospital psiquiátrico que lo dé de alta o que adopte las medidas necesarias para mejorar su tratamiento.

68.Además, en las Directrices para la Prestación de Atención Médica Adecuada y de Calidad para las Personas con Discapacidad Mental (Circular del Ministerio de Salud y Bienestar Social núm. 65, de 2014), se establece que todas las partes que se ocupan de la salud, el tratamiento y el bienestar de las personas con discapacidad mental tendrán que esforzarse por alcanzar objetivos que incluyan el tratamiento de esas personas sobre la base de principios como el consentimiento informado.

69.El artículo 92 de la Ley de Supervisión Médica y Tratamiento dispone también que se pueden imponer las restricciones necesarias al comportamiento de los pacientes hospitalizados en la medida en que sea preciso para su tratamiento o protección:

Asimismo, de conformidad con el artículo 95 de la Ley de Supervisión Médica y Tratamiento, una persona que haya sido admitida en una institución médica de hospitalización designada mediante una decisión tomada con arreglo a la Ley, o por el tutor de dicha persona, puede solicitar al Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar que ordene al administrador de esa institución la adopción de las medidas necesarias para mejorar el tratamiento del paciente hospitalizado.

70.Además, la terapia electroconvulsiva es eficaz cuando se requiere un efecto terapéutico rápido y en casos en que se producen efectos secundarios y el paciente no responde al tratamiento con medicamentos, y en los que se ha determinado el grado de mejora y la seguridad. En principio, se lleva a cabo con el consentimiento del paciente y sobre la base de una valoración completa teniendo debidamente en cuenta la enfermedad que se va a tratar, los posibles riesgos y beneficios, y la protección de los derechos humanos.

Respuesta al párrafo 14 b) de la lista de cuestiones

71.Las prefecturas han establecido juntas de examen psiquiátrico, que son órganos externos independientes integrados por psiquiatras designados y académicos expertos en derecho.

72.El administrador de un hospital psiquiátrico debe informar regularmente al gobernador de la prefectura sobre los síntomas y otras condiciones de salud de los pacientes hospitalizados de forma involuntaria. Además, los pacientes hospitalizados y sus familias pueden solicitar al gobernador de la prefectura una mejora del tratamiento o el alta:

Estos informes y solicitudes son examinados por la junta de examen psiquiátrico para determinar si el paciente debe estar hospitalizado y si el tratamiento es adecuado. Basándose en los resultados del examen, el gobernador de la prefectura dará de alta a la persona cuya hospitalización se considere innecesaria u ordenará al administrador del hospital que tome medidas, por ejemplo, darle el alta.

73.Además, el Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar o el gobernador de la prefectura pueden pedir al administrador del hospital psiquiátrico que presente o elabore informes o documentos sobre el paciente, o que realice una inspección in situ del hospital, y puede ordenarle que mejore el tratamiento del paciente si se determina que su tratamiento no se ajusta a la ley o es extremadamente inadecuado.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

74.Desde marzo de 2018 se han adoptado diversas medidas, en respuesta a la esterilización con arreglo a la ya derogada Ley de Protección Eugenésica, entre ellas:

La realización de una encuesta en las prefecturas, los municipios locales que cuentan con centros de salud pública y los distritos especiales para determinar el estado del almacenamiento de los materiales pertinentes (los resultados se publicaron en septiembre del mismo año).

La realización de una encuesta en las instituciones médicas, las instituciones de asistencia social y los municipios locales que no cuentan con centros de salud pública para determinar el estado de almacenamiento de los registros de personas relativos a la cirugía eugenésica (los resultados se publicaron en octubre del mismo año).

75.La Ley de Indemnización de Suma Fija para las Personas sometidas a Intervenciones Quirúrgicas Eugenésicas en virtud de la antigua Ley de Protección Eugenésica (en adelante Ley de Indemnización de Suma Fija en relación con la antigua Ley de Protección Eugenésica) expresa en su preámbulo sentimientos de pesar y disculpas y dispone que el Gobierno pagará una suma fija de 3,2 millones de yenes a todas las personas sometidas a una intervención quirúrgica eugenésica en virtud de la ya derogada Ley de Protección Eugenésica, y al 30 de abril de 2022, el Gobierno ha aprobado pagos a 994 personas.

76.Además, dispone que, con miras a promover la creación de una sociedad en la que todos los ciudadanos respeten la personalidad y la individualidad de los demás y no estén separados por la enfermedad o la discapacidad, se llevarán a cabo investigaciones y se adoptarán otras medidas en relación con la cirugía eugenésica.

77.En principio, el derecho a reclamar de una víctima de la antigua Ley de Protección Eugenésica prescribirá cuando hayan transcurrido 20 años desde el 1 de abril de 2020. Sin embargo, corresponde a los tribunales determinar si el derecho a reclamar una indemnización que asiste a las víctimas de esa antigua Ley ha prescrito en cada caso concreto.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

Respuesta al párrafo 16 a) de la lista de cuestiones

78.El artículo 3 de la Ley de Prevención del Maltrato de las Personas con Discapacidad y de Apoyo a los Cuidadores prohíbe el maltrato a las personas con discapacidad. Entre sus iniciativas, el Gobierno ha puesto en marcha el Proyecto de Apoyo y ha establecido sistemas que permiten que las prefecturas o los municipios locales den una respuesta rápida y adecuada en caso de maltrato.

79.Las leyes y los códigos que se mencionan a continuación estipulan la prohibición del maltrato y la violencia, también respecto de las personas con discapacidad, así como la asistencia que se presta a las víctimas: la Ley de Prevención de la Violencia Conyugal y Protección de las Víctimas, la Ley de Prevención del Maltrato Infantil, la Ley de Bienestar Infantil, el Código Civil y el Código Penal.

80.Sobre la base de diversos tipos de información, incluidas las consultas con los trabajadores, la Oficina de Inspección de Normas Laborales vigila y orienta a los centros de trabajo sospechosos de infringir las leyes y reglamentos relacionados con las normas laborales, y da instrucciones para corregir las infracciones que se detecten.

Respuesta al párrafo 16 b) de la lista de cuestiones

81.Véase a respuesta al párrafo 16 a) de la lista de cuestiones, ya que también es aplicable a los niños y las niñas con discapacidad.

Protección de la integridad personal (art. 17)

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

82.Con respecto a la antigua Ley de Protección Eugenésica, en un esfuerzo por hacer efectivos los derechos de las personas con discapacidad y eliminar las ideologías eugenésicas que discriminan a las personas con discapacidad, la Ley fue revisada en 1996 a propuesta de un miembro de la Dieta. En concreto, se eliminaron todas las disposiciones relativas a la cirugía eugenésica (esterilización) por motivos de enfermedad mental hereditaria, y la Ley pasó a llamarse Ley de Salud Materna, con el objetivo de proteger la vida y la salud de las madres:

Ese mismo año se comunicó a las autoridades locales el objetivo de la Ley revisada. Para más información véase la respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18)

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

83.Se denegará el acceso al territorio (art. 5, párr. 1, apartado 2, de la Ley de Control de la Inmigración y de Reconocimiento de la Condición de Refugiado) a toda persona que, debido a una discapacidad mental, no pueda distinguir habitualmente entre el bien y el mal o cuya capacidad de comprensión tenga carencias importantes, y no vaya acompañada por un asistente designado (art. 4 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Control de la Inmigración y de Reconocimiento de la Condición de Refugiado). Esta decisión no se basa en la existencia de la discapacidad mental, sino en las repercusiones en la sociedad vinculadas a la discapacidad mental. No se puede denegar el acceso al territorio a ninguna persona por el mero hecho de tener una discapacidad intelectual o mental.

84.Además, la decisión de determinar si una persona entra en el ámbito de aplicación del artículo 5, párrafo l, apartado 2, de la Ley de Control de la Inmigración y de Reconocimiento de la Condición de Refugiado se adopta tras recibir un diagnóstico médico (art. 9, párr. 2, de la misma Ley), teniendo en cuenta que esa determinación requiere un dictamen médico y debe tomarse con la debida atención.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19)

Respuesta al párrafo 19 a) de la lista de cuestiones

85.Al 1 de octubre de 2018, se estimaba que el número total de personas con discapacidad era de 9.647.000, de las cuales 9.140.000 estaban en sus hogares y 507.000 en instituciones.

86.Según los resultados del “Informe sobre la aplicación del programa de atención a las personas con discapacidad: cuestionario sobre la transición a la comunidad” elaborado en2020, en el ejercicio 2019 hicieron la transición a la vida en la comunidad aproximadamente 1.600 personas que fueron dadas de alta de instituciones que prestan servicios de apoyo en relación con la discapacidad. De ellas, teniendo en cuenta los principales destinos de transición por lugar de residencia, unas 700 estaban alojadas en residencias grupales y unas 900 estaban alojadas con sus familias. Además, las principales actividades diurnas para las personas que pasaron a vivir en la comunidad son: los servicios de atención diaria (unas 500 personas), el apoyo continuo para el empleo de categoría B (unas 300 personas) y el empleo general (unas200 personas).

87.Sobre la base de los resultados de una encuesta realizada en 2019, en los cuadros estadísticos 1 y 2 del anexo 1 se indica, por edades, el número de personas que se encuentran en establecimientos con servicios de apoyo para personas con discapacidad y en establecimientos residenciales para niños con discapacidad al 1 de octubre de 2019. En el cuadro 3 del anexo 1 se indica, a partir de los resultados de la encuesta de 2019, el lugar de residencia posterior al alta de las personas que abandonaron los establecimientos con servicios de apoyo para personas con discapacidad entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019.

88.En el anexo 3 se puede consultar datos, desglosados por sexo, grupo de edad y prefectura, sobre la situación de los pacientes psiquiátricos.

Respuesta al párrafo 19 b) de la lista de cuestiones

89.La prestación de servicios de bienestar social para las personas con discapacidad se garantiza a través de los planes de bienestar para esas personas formulados por las prefecturas y los municipios locales de conformidad con los artículos 88 y 89 de la Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad. Estos planes se aplican de conformidad con las Directrices Básicas (Directrices Básicas para Garantizar la Buena Ejecución de los Servicios Sociales para las Personas con Discapacidad y el Apoyo a las Guarderías para los Niños con Discapacidad) formuladas por el Gobierno. Esas Directrices promueven el establecimiento de sistemas de prestación de apoyo que aprovechen al máximo los recursos sociales de la comunidad, como la transición desde los centros de asistencia social y el apoyo para continuar la vida en la comunidad, con miras a respaldar la autosuficiencia de las personas con discapacidad.

90.Se prestan diferentes servicios de apoyo en forma de asistencia para vivir en comunidad (residencias grupales), apoyo para la vida independiente, apoyo para la transición a la comunidad y apoyo para asentarse en la comunidad según dispone la Ley.

91.En cuanto al alta de las personas con discapacidad mental de las instituciones médicas, con objeto de fomentar la transición a la comunidad, desde 2017, el Gobierno ha promovido el Sistema de Atención Integrada Comunitaria para Personas con Discapacidad Mental. Este sistema garantiza plenamente el tratamiento, los cuidados asistenciales y de enfermería, la vivienda, la participación social (el empleo), la asistencia mutua y la educación para las personas con discapacidad mental.

Movilidad personal (art. 20)

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

92.En el marco de la Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad, el Gobierno ejecuta diversos programas. Para más detalles, véase el anexo 1.

93.En virtud del artículo 7 de la Ley de Fomento de la Investigación, el Desarrollo y la Difusión de Equipo de Asistencia Social, se conceden subvenciones a las empresas que desarrollan ayudas técnicas, y se recopila y analiza la información necesaria para la investigación, el desarrollo y la difusión, y se facilita a esas empresas.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información(art. 21)

Respuesta al párrafo 21 a) de la lista de cuestiones

94.De conformidad con la Ley Básica para las Personas con Discapacidad, en la medida de lo posible, hay que ofrecer a todas las personas con discapacidad la posibilidad de elegir el lenguaje (incluida la lengua de señas) y otros medios de comunicación, y más opciones en cuanto a la forma de acceder a la información y utilizarla (art. 3 de la Ley Básica para las Personas con Discapacidad).

95.Además, la Ley de Promoción de Medidas Amplias e Integradas para Crear una Sociedad Universal, que entró en vigor en 2018, dispone que el Gobierno y las administraciones locales deberán prestar especial atención a garantizar que las personas con discapacidad, las personas de edad y otras personas tengan acceso al lenguaje (incluida la lengua de señas) y a otros medios de comunicación, así como acceso a la información y a su uso, cuando formulen y apliquen medidas encaminadas a la creación de una sociedad inclusiva (art. 8 de la mencionada Ley).

Respuesta al párrafo 21 b) de la lista de cuestiones

96.El sitio web de la Oficina del Primer Ministro ha establecido la Política de Accesibilidad de la Web de la Oficina del Primer Ministro, y sus principales contenidos, incluida la transmisión de información de emergencia, se gestionan con el objetivo de mantener el nivel AA de conformidad con la Norma Industrial del Japón JIS X 8341-3:2016 “Directrices para las personas de edad y las personas con discapacidad; Equipos, programas informáticos y servicios de información y de comunicaciones. Parte 3; Contenido en la Web”. En el sitio web, además de texto e imágenes, se publican algunos contenidos de vídeo, entre ellos un vídeo de la rueda de prensa del Primer Secretario del Consejo de Ministros con interpretación en lengua de señas, que tiene por objeto difundir información gubernamental.

97.El Ministerio de Salud y Bienestar Social ha puesto en marcha un “servicio de conversión de texto a voz o de ampliación de texto” y ofrece archivos digitales en braille.

98.Ahora es posible presentar las declaraciones de los boletines electorales, que antes tenían que presentarse en forma impresa, en forma de datos electrónicos para facilitar su publicación en un formato compatible con los programas informáticos de conversión de texto en voz. Además, también es posible ofrecer interpretación en lengua de señas y subtitulado para personas sordas en las emisiones de contenido político para la elección de los miembros de la Cámara de Consejeros, así como en las grabaciones en estudio. En las elecciones locales de abril de 2019, se proporcionó información electoral detallada en versiones braille y audio a fin de mejorar el entorno de votación de los electores con discapacidad visual.

Respuesta al párrafo 21 c) de la lista de cuestiones

99.El Gobierno promueve las iniciativas de las emisoras mediante la subvención de los costos de producción de los subtítulos, las explicaciones y la lengua de señas. En el ejercicio 2019, concedió subvenciones a 122 emisoras para producir 47.302 programas subtitulados, 3.984 programas explicativos y 1.547 programas en lengua de señas.

Respuesta al párrafo 21 d) de la lista de cuestiones

100.En 2004 se formuló la norma nacional JIS X8341-3 (Directrices para las Personas de Edad y las Personas con Discapacidad; Equipos, programas informáticos y servicios de información y comunicaciones; Parte 3: Contenido en la Web) tras examinar las directrices existentes en el Japón y en el extranjero y teniendo en cuenta cuestiones específicas del idioma japonés. Posteriormente, en marzo de 2016, se revisó la correspondiente norma JIS para ajustarla a la norma internacional ISO/IEC 40500: 2012, basada en la recomendación del Consorcio World Wide Web “Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web, WCAG 2.0”.

101.A fin de promover la observancia de estas normas, el Gobierno ha elaborado unas directrices (Directrices Operacionales: Sitios Web Públicos para Todos) destinadas a garantizar que los sitios web de las instituciones públicas puedan ser utilizados sin problemas por toda la población, incluidas las personas de edad y las personas con discapacidad, y ha estado apoyando las iniciativas de las instituciones públicas con objeto de mejorar la accesibilidad de la web.

Respeto de la privacidad (art. 22)

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

102.En cuanto al Sistema de Número de Seguridad Social e Identificación Fiscal (el sistema My Number), se formuló la Ley sobre el Uso de Números para Identificar a una Persona Determinada en los Procedimientos Administrativos (Ley My Number) con objeto de garantizar que My Number y la información personal derivada se gestionen de forma segura y adecuada, también para las personas con discapacidad. Asimismo, el propósito de la Ley de Protección de la Información Personal es garantizar el tratamiento adecuado de esa información, también para las personas con discapacidad.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

Respuesta al párrafo 23 a) de la lista de cuestiones

103.El artículo 770, párrafo 1, apartado 4, del Código Civil se basa en la consideración de que, si uno de los cónyuges padece una enfermedad mental grave sin esperanza de recuperación y esa persona no puede cumplir las obligaciones de cooperación conyugal, no es razonable continuar el matrimonio contra la voluntad del otro cónyuge.

104.Sin embargo, el artículo 770, párrafo 2, establece que la demanda de divorcio puede ser desestimada, aunque existan los motivos previstos en el artículo 770, párrafo 1, si se considera razonable continuar el matrimonio tras tener en cuenta todas las circunstancias del caso.

105.Por lo tanto, la disposición en cuestión tiene en cuenta los intereses de ambas partes en el matrimonio y es totalmente injustificado argumentar que la disposición discrimina a las personas con discapacidad.

106.En cualquier caso, el Gobierno considera que las disposiciones del Código Civil y de otras leyes deben revisarse cuando sea necesario a la luz de la evolución de las condiciones sociales.

Respuesta al párrafo 23 b) de la lista de cuestiones

107.El Gobierno proporciona la información y el asesoramiento necesarios en respuesta a las consultas de las personas con discapacidad, los tutores de niños con discapacidad o los cuidadores de personas con discapacidad. En los centros de orientación infantil, las actividades de asesoramiento y asistencia deben tener siempre en cuenta el interés superior del niño, y al realizar actividades de asistencia esta se prestará teniendo en cuenta la situación del niño y de su familia cuando se responda a una solicitud de consulta o cuando se reciba una notificación.

108.Además, en virtud de la Ley del Subsidio de Crianza de Niños con Necesidades Especiales, el Gobierno concede un subsidio especial para la pensión por alimentos y un subsidio de bienestar a los niños con discapacidad.

Educación (art. 24)

Respuesta al párrafo 24 a) de la lista de cuestiones

109.Con el fin de satisfacer las necesidades educativas de las personas de la manera más adecuada, el Gobierno ofrece diversos lugares de aprendizaje (por ejemplo, clases ordinarias; servicios de apoyo especial en las aulas de recursos de las escuelas ordinarias, principalmente durante una o dos horas a la semana; clases para niños con necesidades educativas especiales en escuelas ordinarias; y escuelas para niños con necesidades educativas especiales), y asegura la continuidad entre los distintos planes de estudios. Al mismo tiempo, el Gobierno ha adoptado diversas medidas, entre ellas, la revisión del ciclo de estudios, con el objetivo de promover “actividades y aprendizaje conjuntos”, en los que los niños con y sin discapacidad aprenden juntos en la misma aula. Además, para proporcionar apoyo a los niños con discapacidad en las clases ordinarias y hacer efectivo su derecho a elegir las clases ordinarias como lugares de aprendizaje, el Gobierno ha adoptado las medidas legislativas, de política y financieras, que se describen en los párrafos siguientes.

110.En cuanto a las medidas legislativas, el Gobierno ha adoptado, entre otras, las siguientes:

a)Abolir el marco convencional utilizado en la selección de escuelas, con arreglo al cual los niños con discapacidad que cumplían los criterios establecidos generalmente eran matriculados en escuelas para niños con necesidades educativas especiales, y establecer un nuevo marco en el que los consejos de enseñanza locales tienen que respetar en la mayor medida posible la opinión de los niños y de sus padres o tutores legales;

b)Hacer hincapié en la continuidad entre los planes de estudios de las escuelas para niños con necesidades educativas especiales y los correspondientes a los centros de enseñanza preescolar y las escuelas primarias, las escuelas secundarias de primer ciclo y las escuelas secundarias, mediante la revisión del ciclo de estudios;

c)Modificar la orden de aplicación de la Ley de Educación Escolar para facilitar la asignación de personal especializado, por ejemplo, auxiliares que atienden a niños con necesidades educativas especiales y enfermeras que prestan atención médica;

d)Institucionalizar los servicios de apoyo especial en las aulas de recursos de las escuelas secundarias ordinarias;

e)Añadir las instalaciones de los colegios públicos de primaria y de primer ciclo de secundaria a la lista de edificios que deben cumplir las normas de accesibilidad; y

f)Pedir al Gobierno nacional y a las administraciones locales que tomen las medidas necesarias para apoyar a las escuelas en las que están matriculados niños con necesidades médicas.

111.En cuanto a las medidas de política, el Gobierno ha adoptado, entre otras, las siguientes:

a)Revisar la “Guía de Actividades y Aprendizaje Conjunto”, un documento que muestra las buenas prácticas de las actividades y el aprendizaje conjuntos en todos los municipios;

b)Preparar y publicar el libro de texto Barrier-free Mindset que puede utilizarse en las clases escolares;

c)Reformar el plan de estudios de la enseñanza superior para garantizar que todos los estudiantes que quieran ser docentes tengan la oportunidad de aprender acerca de la enseñanza para niños con necesidades educativas especiales; y

d)Ofrecer diversas oportunidades de capacitación para docentes.

112.En cuanto a las medidas financieras, el Gobierno ha adoptado, entre otras, las que se indican a continuación con objeto de aumentar el número de docentes y de personal especializado que atiende a niños con necesidades educativas especiales:

a)Ampliar los fondos para el personal especializado, por ejemplo, auxiliares que atienden a niños con necesidades educativas especiales y enfermeras que prestan atención médica;

b)Normalizar y aumentar el número de docentes de primaria y secundaria para los servicios de apoyo especial en las aulas de recursos de las escuelas ordinarias de las prefecturas; y

c)Ampliar la financiación para los docentes de secundaria que prestan servicios de apoyo especial en las aulas de recursos de las escuelas ordinarias.

Respuesta al párrafo 24 b) de la lista de cuestiones

113.En cuanto al apoyo individual, el Gobierno ha adoptado, entre otras, las siguientes medidas:

a)Revisar el ciclo de estudios con el fin de pedir que todas las escuelas preparen “planes de apoyo educativo individual” y “planes de orientación individual” para los niños que reciben servicios de apoyo especial en las aulas de recursos de las escuelas ordinarias;

b)Facilitar la asignación de personal especializado, por ejemplo, auxiliares para niños con necesidades educativas especiales que prestan diversos tipos de apoyo a los niños con discapacidad en las clases ordinarias;

c)Proporcionar apoyo financiero destinado a las ayudas técnicas de entrada o salida para los niños con discapacidad, y a la investigación y los estudios sobre el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones para los niños con discapacidad; y

d)Revisar las Directrices sobre el Apoyo Educativo a los Niños con Discapacidad en 2021 para informar a las escuelas y los consejos de enseñanza locales sobre los métodos educativos adecuados para cada tipo de discapacidad.

114.En cuanto a las medidas de política, el Gobierno ha adoptado, entre otras, las siguientes:

a)Hacer extensiva a las escuelas privadas en 2021 la obligación de introducir ajustes razonables mediante la modificación de la Ley para la Eliminación de la Discriminación contra las Personas con Discapacidad;

b)Proporcionar ejemplos y buenas prácticas de ajustes razonables en el sitio web del Instituto Nacional de Educación para Personas con Necesidades Educativas Especiales; y

c)Celebrar seminarios destinados al personal escolar para promover los ajustes razonables.

115.En cuanto a la capacitación, el Gobierno ha adoptado, entre otras, las siguientes medidas:

a)Ofrecer las oportunidades de capacitación previstas por el Instituto Nacional de Educación para Personas con Necesidades Educativas Especiales, la Organización de Servicios Estudiantiles del Japón y las prefecturas; y

b)Reformar el plan de estudios de la enseñanza superior con objeto de garantizar que todos los estudiantes que quieran ser docentes tengan la oportunidad de aprender acerca de la educación para personas con necesidades educativas especiales;

Respuesta al párrafo 24 c) de la lista de cuestiones

116.No se dispone de datos al respecto.

Salud (art. 25)

Respuesta al párrafo 25 a) de la lista de cuestiones

117.En marzo de 2014, el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social estableció las Directrices para la Prestación de Atención Médica Adecuada y de Calidad para las Personas con Discapacidad Mental (Circular del Ministerio de Salud y Bienestar Social núm. 65, de 2014) como orientación que todas las partes que se ocupan de la salud, la atención médica y el bienestar de las personas con discapacidad mental deben esforzarse por seguir. A fin de lograr el cambio de la psiquiatría hospitalaria a una psiquiatría que apoye la vida en la comunidad, las Directrices disponen que debe establecerse un sistema que garantice la prestación de los servicios de salud y los servicios sociales necesarios para apoyar la vida en la comunidad.

118.Además, con el fin de mejorar el tratamiento y el entorno de vida de los pacientes con enfermedades incurables, se están realizando esfuerzos para establecer centros de consulta y apoyo en relación con esas enfermedades, es decir, instalaciones que ofrecen servicios de consulta y apoyo a los pacientes con enfermedades incurables. En enero de 2021 se había establecido aproximadamente un centro de este tipo en todas las prefecturas y ciudades designadas.

Respuesta al párrafo 25 b) de la lista de cuestiones

119.En el Japón, los servicios médicos necesarios, incluidos los que requieren las personas con discapacidad, están cubiertos por el sistema de seguro médico. Además, se han adoptado medidas para reducir la carga de los gastos médicos de las personas con discapacidad, y se sufragan los gastos médicos necesarios para aliviar el estado de discapacidad física y mental y permitir una vida independiente o una vida social en función de determinadas categorías de ingresos (gastos médicos por concepto de servicios y apoyo a las personas con discapacidad).

120.Además, las personas que han recibido un certificado de discapacidad física, según lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad Física, y las que han recibido un certificado de rehabilitación emitido por el gobernador de la prefectura o el alcalde de una ciudad designada, están incluidas en el ámbito de las personas con discapacidad y los niños con discapacidad, tal como dispone el artículo 4 de la Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad. Según el grado de la necesidad de apoyo, estas personas pueden recibir el pago por concepto de servicios y apoyo a las personas con discapacidad previsto en el artículo 6 de la Ley.

121.Además, en julio de 2019, como parte de la promoción de medidas relacionadas con las enfermedades incurables, el número de enfermedades cubiertas por los subsidios de gastos médicos se amplió de 56 a 333.

Respuesta al párrafo 25 c) de la lista de cuestiones

122.En cuanto a la orientación sobre la sexualidad en la educación escolar, todas las escuelas, incluidas las que atienden a niños con discapacidad y a niños con discapacidad intelectual o mental, ofrecen una orientación adecuada basada en el ciclo de estudios y acorde con la etapa de desarrollo, la discapacidad y la experiencia de cada alumno.

123.Se adoptan medidas como las que se indican a continuación, también para las personas con discapacidad:

Proporcionar asesoramiento y apoyo a las mujeres desde la adolescencia hasta la menopausia mediante centros de apoyo sobre cuestiones sexuales y de salud.

Promover la educación sanitaria y las conferencias en las escuelas a cargo de médicos, matronas, enfermeros de salud pública y otros especialistas.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

124.De conformidad con el artículo 76 de la Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad, se sufragan los gastos necesarios para la adquisición de prótesis (ayudas técnicas que complementan o sustituyen las funciones corporales de las personas con discapacidad y se utilizan de forma continuada durante un largo período de tiempo). Además, en virtud del artículo 77, párrafo 6, el Gobierno proporciona equipos para facilitar la vida diaria a través del Proyecto de Suministro de Equipos para la Vida Diaria.

125.A continuación se muestra la última situación relativa a los pagos (ejercicio 2018) en el marco del sistema de pagos para prótesis:

Compras: 162.396 solicitudes, 160.087 adjudicadas (98,6 %)

Reparaciones: 114.045 solicitudes, 113.499 adjudicadas (99,5 %)

Préstamos: 8 solicitudes, 8 concedidas (100,0 %)

126.La Oficina Pública de Seguridad del Empleo prestó apoyo y encontró empleo en 103.163 casos durante el ejercicio 2019. De ellos, 25.484 (24,7 % del total) eran personas con discapacidad física, 21.899 (21,2 %) eran personas con discapacidad intelectual, 49.612 (48,1 %) eran personas con discapacidad mental y 6.168 (6,0 %) eran personas con otras discapacidades.

127.Ese mismo año, 30.925 personas utilizaron los centros regionales de formación profesional para personas con discapacidad, de las cuales 1.185 (3,8 %) eran personas con discapacidad física, 7.783 (25,2 %) eran personas con discapacidad intelectual y 11.686 (37,8 %) eran personas con discapacidad mental.

128.En 2019, 197.631 personas recibieron apoyo en los centros de apoyo a la vida laboral y personal para personas con discapacidad, de las cuales 22.615 (11,4 %) eran personas con discapacidad física, 91.911 (46,5 %) eran personas con discapacidad intelectual, 73.250 (37,0 %) eran personas con discapacidad mental y 9.775 (4,9 %) eran personas con otras discapacidades. Se desconoce el desglose por sexo y edad.

Trabajo y empleo (art. 27)

Respuesta al párrafo 27 a) de la lista de cuestiones

129.En el marco de la Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad, se han puesto en marcha servicios de apoyo para la búsqueda de empleo, servicios de apoyo para lograr un empleo con continuidad y servicios de asistencia para la conservación del empleo. El número de personas con discapacidad que pasan de los servicios de asistencia social relacionados con el empleo para personas con discapacidad a un empleo general se ha multiplicado por 11,5 (de 1.288 en el ejercicio 2003 a 14.845 en el ejercicio2017).

130.Además, de conformidad con la Ley para Facilitar el Empleo de las Personas con Discapacidad, incluidas la discapacidad intelectual y la discapacidad mental, se prestan los siguientes servicios para trabajar en el mercado laboral general, de acuerdo con sus capacidades y deseos: colocación para un puesto de trabajo en las oficinas públicas de seguridad del empleo según las características de la persona con discapacidad; evaluación del puesto de trabajo y capacitación preparatoria para el empleo en los centros de formación profesional destinados a personas con discapacidad; y asesoramiento y apoyo integrales para la vida laboral y personal en los centros de empleo y apoyo a la vida cotidiana para las personas con discapacidad.

Respuesta al párrafo 27 b) de la lista de cuestiones

131.La prohibición de discriminar a las personas con discapacidad y la obligación de introducir ajustes razonables en el ámbito del empleo ya se abordaron en las revisiones correspondientes a 2013 de la Ley para Facilitar el Empleo de las Personas con Discapacidad.

132.En mayo de 2018, se comprobó que algunos organismos nacionales y administraciones locales no cumplían la tasa de empleo estipulada por la Ley, por lo que el Gobierno revisó la situación real y las causas de los casos y adoptó la Política Básica de Empleo de Personas con Discapacidad en el Sector de la Función Pública. En consecuencia, ha aumentado la tasa de empleo de las personas con discapacidad en la administración pública (al 1 de junio de 2019).

133.Además, en la selección y la contratación de personas con discapacidad en las administraciones locales se considera contrario al propósito de la Ley para Facilitar el Empleo de las Personas con Discapacidad limitar la selección y la contratación de personas que puedan realizar el trabajo mediante la introducción de ajustes razonables. Teniendo esto presente, el 28 de diciembre de 2018, en cooperación con el Ministerio de Salud y Bienestar Social, el Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones pidió a las administraciones locales que siguieran prácticas de contratación y selección equitativas.

134.Asimismo, en septiembre de 2019, al tiempo que proporcionaba a las administraciones locales los resultados de una encuesta sobre el estado de las iniciativas de esas administraciones para contratar a personas con discapacidad, el Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones recomendó a las administraciones locales que adoptaran sin demora las medidas necesarias para gestionar el empleo, por ejemplo, “el establecimiento de los sistemas necesarios para dar respuesta a las consultas y adoptar medidas apropiadas”, según lo dispuesto en las orientaciones sobre los ajustes razonables.

135.A partir del ejercicio 2019, también se prevén subvenciones en el marco de la asignación de los impuestos locales para sufragar los gastos de establecimiento y mantenimiento de las instalaciones y los equipos necesarios para el desempeño sin trabas de las funciones, teniendo en cuenta las características de la discapacidad de las personas empleadas.

Respuesta al párrafo 27 c) de la lista de cuestiones

136.El Ministerio de Salud y Bienestar Social formuló las Directrices por las que se Prohíbe la Discriminación de las Personas con Discapacidad y las Directrices para los Ajustes Razonables destinadas a los empleadores. Este Ministerio recopiló estudios de casos sobre ajustes razonables por tipo de discapacidad y difundió la información a los empleadores.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

Respuesta al párrafo 28 a) de la lista de cuestiones

137.La Ley de la Vivienda Pública, la Ley de Empresas de Suministro de Viviendas Locales y otras leyes establecen procedimientos y requisitos equitativos para la selección de inquilinos y la asignación de viviendas públicas.

138.Asimismo, en el ámbito de la vivienda privada de alquiler, se ha establecido un nuevo “sistema de la red de seguridad de la vivienda” que utiliza el aumento de apartamentos y casas vacías en los últimos 20 años. El sistema incluye un procedimiento de registro de viviendas de alquiler que no deniega el acceso a las personas con discapacidad y a otras que necesitan una vivienda. El objetivo de este sistema es facilitar el arrendamiento sin dificultades de viviendas privadas de alquiler, en particular mediante el apoyo a la renovación de la vivienda, la reducción de la carga impuesta a los inquilinos o el apoyo a las actividades de asistencia para la vivienda realizadas por el consejo de ayuda a la vivienda.

139.La Ley de Promoción del Transporte Adecuado para Personas de Edad o con Discapacidad dispone también que, al construir edificios de apartamentos, se deben adoptar las medidas necesarias para cumplir las Normas de Facilitación de la Movilidad en los Edificios.

Respuesta al párrafo 28 b) de la lista de cuestiones

140.La protección de la Ley de Asistencia Pública se ofrece a todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad, de forma no discriminatoria y en igualdad de condiciones. En el marco de las ayudas de subsistencia, se conceden prestaciones adicionales por discapacidad a los beneficiarios de la asistencia pública que son personas con discapacidad.

141.Además, según el artículo 1 de la Ley Nacional de Pensiones y el artículo 1 de la Ley del Seguro de Pensiones de los Trabajadores, el propósito de las pensiones por discapacidad es ofrecer una seguridad de los ingresos frente a la pérdida de la capacidad de obtener ganancias en caso de discapacidad durante la vida laboral de la persona en cuestión, centrándose en aspectos como las limitaciones significativas en la vida diaria y la capacidad para trabajar de la persona. En principio, la pensión por discapacidad no se suspende ni se reduce, aunque la persona que recibe esa pensión trabaje y obtenga ingresos.

142.Asimismo, el 1 de octubre de 2019, se estableció la Prestación de Apoyo al Pensionista por Discapacidad. Se trata de una prestación destinada a las personas que perciben una pensión básica por discapacidad y cuyos ingresos están por debajo de un determinado nivel, para apoyar su vida cotidiana. Con objeto de facilitar la solicitud de esta prestación a las personas con discapacidad, se ha simplificado el proceso de solicitud; se pide únicamente el nombre del solicitante y se autoriza la presentación de solicitudes mediante un apoderado.

143.En virtud de la Ley del Subsidio de Crianza de Niños con Necesidades Especiales, el Gobierno también concede un subsidio mensual a las personas con discapacidad grave de 20 años o más en el hogar y a las que necesitan cuidados especiales en su vida diaria. Además, en virtud de la Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad, el Gobierno ha adoptado medidas para reducir la carga de los gastos médicos de las personas con discapacidad, y sufraga los gastos médicos necesarios para paliar la situación que genera la discapacidad física y mental y llevar una vida cotidiana y social independiente en función de determinadas categorías de ingresos (gastos médicos por concepto de servicios y apoyo a las personas con discapacidad).

Respuesta al párrafo 28 c) de la lista de cuestiones

144.Se prestan diferentes servicios de apoyo en forma de asistencia para la vida en la comunidad (residencias grupales), apoyo para la vida independiente, apoyo para la transición a la comunidad y apoyo para el asentamiento en la comunidad, como dispone la Ley del Apoyo Integral en la Vida Diaria y Social de las Personas con Discapacidad.

145.En cuanto a la seguridad social de las personas con discapacidad mental tras recibir el alta de un centro, el tratamiento continuado de las enfermedades mentales (atención ambulatoria de salud mental) se considera un servicio médico en el marco de los servicios y el apoyo prestados a las personas con discapacidad, y una parte o la totalidad de los costos médicos son sufragados mediante fondos públicos, con el objetivo de mejorar el tratamiento y la rehabilitación de las personas con discapacidad.

146.Además, cuando las personas con discapacidad mental reciben el alta del hospital y viven en la comunidad, pueden recibir servicios médicos, como atención psiquiátrica ambulatoria, cuidados de día y atención domiciliaria. Asimismo, a fin de seguir apoyando a las personas con discapacidad en la comunidad, el Gobierno está trabajando para ofrecer apoyo de proximidad y mejorar el sistema de atención psiquiátrica de emergencia.

147.Con objeto de promover el establecimiento del “Sistema de Atención Integrada Comunitaria para Personas con Discapacidad Mental” y proporcionar una amplia protección al tratamiento, la asistencia social y la atención de enfermería, la vivienda, la participación social (el empleo), la ayuda mutua comunitaria y la educación para las personas con discapacidad, el Gobierno está fomentando la capacitación de pares que presten asistencia y el apoyo de proximidad de las administraciones locales.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

148.En virtud de los artículos 9 y 10 de la Ley de Elecciones de Cargos Públicos, se garantiza el derecho de sufragio activo y pasivo sin distinción por motivos de sexo o discapacidad.

149.En cuanto a las medidas para garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho de voto y tengan la oportunidad de hacerlo, como se indica en el párrafo 187 del informe, se han establecido varios sistemas de votación (sobre las medidas adoptadas para el funcionamiento de estos sistemas, véase el anexo 1).

150.Además, todos los municipios locales promueven la provisión de sillas de ruedas y de plataformas de votación accesibles en los colegios electorales, así como la eliminación de los escalones en los pasillos que conducen a las cabinas de votación, mediante las medidas fiscales que ofrece el Gobierno nacional para sufragar los costos necesarios para las elecciones nacionales.

151.En cuanto a la divulgación de información relacionada con las elecciones, como se menciona en el párrafo 187 del informe inicial presentado por el Japón, la difusión en los medios de opiniones políticas está disponible en las elecciones nacionales y las elecciones a gobernador de prefectura. Tras la revisión de la Ley en 2018, según la opción del candidato, se podrá ofrecer al menos la interpretación en lengua de señas o el subtitulado para personas sordas en todas las elecciones en que se permitan emisiones de contenido político.

152.Para las elecciones nacionales, todas las prefecturas preparan y distribuyen el texto completo del boletín electoral en versión braille y audio. Los candidatos también deben presentar datos de texto compatibles con el programa informático de conversión de texto a voz, y los datos de texto presentados se publican en los sitios web de las comisiones electorales de las prefecturas.

153.Además, la Cámara de Consejeros ha tomado medidas para atender a los miembros con discapacidad, por ejemplo, permitir que estén acompañados por cuidadores y que estos voten en nombre del miembro, y tener en cuenta su derecho a expresarse y votar. Con el sistema actual, las personas con discapacidad grave no pueden recibir las prestaciones de los servicios sociales mientras se desplazan o trabajan. No obstante, la Cámara de Consejeros sufragará temporalmente los gastos durante sus actividades como diputados.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (art. 30)

Respuesta al párrafo 30 a) de la lista de cuestiones

154.Se está llevando a cabo una encuesta sobre las barreras que impiden la participación en los deportes y su visualización por las personas con discapacidad, incluidos los niños con discapacidad que asisten a la escuela, y se está poniendo en marcha un proyecto para mejorar el entorno para que las personas con discapacidad puedan participar en deportes en lugares familiares.

155.El Gobierno está apoyando el fortalecimiento de la educación física y las actividades de los clubes deportivos en las escuelas para personas con necesidades especiales, así como la creación de clubes deportivos locales para personas con discapacidad radicados en esas escuelas.

156.El Estadio Nacional, que fue el estadio principal de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020, se construyó teniendo “el mejor diseño universal del mundo” como uno de sus principios básicos. Para conocer las necesidades de los distintos usuarios del estadio, se celebró un taller de diseño universal con la participación de organizaciones de personas de edad y de personas con discapacidad. Al escuchar a las personas interesadas y prestar estrecha atención a la variedad de usuarios, independientemente de su discapacidad, edad, sexo o nacionalidad, se creó un entorno cómodo para que muchas personas pudieran ver los Juegos (en el anexo 1 figuran más detalles al respecto).

157.En cuanto a la cultura, en marzo de 2019 se estableció el Plan Básico de Fomento de la Actividad Cultural y Artística de las Personas con Discapacidad, de conformidad con la Ley de la Actividad Cultural y Artística de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en junio de 2018. En este sentido, el Gobierno está ejecutando diversas iniciativas destinadas a apoyar la mejora de las actividades culturales y artísticas de las personas con discapacidad.

158.Las galerías de arte y los museos nacionales del Japón ofrecen entrada gratuita a las personas con certificados de discapacidad, y los teatros, museos y galerías de arte de todo el país están trabajando para crear entornos que mejoren la accesibilidad de los visitantes, por ejemplo, la instalación de baños y ascensores accesibles para las sillas de ruedas.

159.Véase la respuesta al apartado 8 a) de la lista de cuestiones en relación con la Ley de Accesibilidad, la Ley de Promoción del Transporte Adecuado para Personas de Edad o con Discapacidad.

Respuesta al párrafo 30 b) de la lista de cuestiones

160.El Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso entró en vigor en el Japón el 1 de enero de 2019. En el ámbito nacional, el 25 de mayo de 2018 se promulgó la Ley de Revisiones Parciales de la Ley de Derechos de Autor, que incluye las medidas necesarias para adherirse al Tratado de Marrakech. Las revisiones introducidas para el Tratado de Marrakech entraron en vigor el 1 de enero de 2019, al igual que el Tratado.

161.La Ley revisada añadió la transmisión por correo electrónico a los actos sujetos a limitación de los derechos de autor, como la reproducción, la transferencia y la transmisión pública automática. Así, es posible, por ejemplo, transmitir por correo electrónico los datos de transcripción creados y proporcionados a una persona con discapacidad física que no pueda sostener un libro, o a una persona que tenga dificultades para leer libros debido a diversos tipos de discapacidad, sin la autorización del titular del derecho.

162.El artículo 13 de la Ley de Mejora del Entorno de Lectura para las Personas con Discapacidad Visual (la Ley de Accesibilidad a la Lectura), que entró en vigor en junio de 2019, dispone que, en el marco del Tratado de Marrakech, el Gobierno debe adoptar las medidas necesarias para mejorar el entorno, en particular iniciativas encaminadas a establecer sistemas de consulta para obtener libros electrónicos y otros artículos accesibles para las personas ciegas, entre otras, y que puedan ser transmitidos a través de Internet desde países extranjeros de manera suficiente y sin trabas. De conformidad con la Ley, en julio de 2020 se estableció el Plan Básico sobre la Mejora de los Entornos de Lectura para las Personas con Discapacidad Visual. Con objeto de construir una sociedad en la que todos los ciudadanos, independientemente de su discapacidad, puedan disfrutar por igual de los beneficios de la cultura escrita e impresa a través de la lectura, el Gobierno promoverá de forma integral y sistemática el desarrollo de un entorno de lectura para las personas con discapacidad visual.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

Respuesta al párrafo 31 de la lista de cuestiones

163.El Gobierno incluyó el objetivo de mejorar las estadísticas sobre las personas con discapacidad en el Tercer Plan Maestro de Desarrollo de Estadísticas Oficiales, que comenzó en el ejercicio 2018. Como parte de las actividades específicas, la Oficina del Consejo de Ministros, el Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones y el Ministerio de Salud y Bienestar Social han colaborado en la elaboración de estadísticas que permitan comparar a las personas con y sin discapacidad. Para ello, el estudio incluyó las preguntas propuestas en el conjunto de preguntas breves del Grupo de Washington sobre Estadísticas de la Discapacidad, acerca de la naturaleza del problema de reunir datos sobre las personas con discapacidad. El Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones está llevando a cabo los preparativos para realizar la Encuesta sobre la Utilización del Tiempo y las Actividades de Ocio en 2021, con objeto de determinar las diferencias en la cantidad de tiempo que las personas dedican a las tareas diarias en función de si tienen o no una discapacidad. Además, el Ministerio de Salud y Bienestar Social está estudiando la posibilidad de añadir preguntas a la Encuesta Amplia sobre las Condiciones de Vida cuya ejecución está prevista para 2022, que ayudarán a mejorar las estadísticas sobre las personas con discapacidad.

164.A fin de mejorar la educación especial para niños con discapacidad, el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología ha realizado una encuesta sobre la situación de los sistemas de apoyo en las comunidades y las escuelas, ha informado a los consejos educativos locales sobre los resultados y ha difundido la información pertinente en Internet.

165.A fin de determinar las condiciones de vida reales y las necesidades de los niños y los adultos con discapacidad en el hogar, el Ministerio de Salud y Bienestar Social realiza cada cinco años la Encuesta sobre las Dificultades en la Vida Cotidiana y publica los resultados en su página web.

166.Todos los años se determina y publica el número de personas con discapacidad física, intelectual y mental empleadas por empresas, a partir de los informes de las empresas que están obligadas a emplear al menos a una persona con discapacidad sobre la base de la tasa de empleo oficial. Además, en los lugares de trabajo con cinco o más empleados se realiza una encuesta cada cinco años y se publican los resultados sobre el género y el salario de las personas con discapacidad que están empleadas.

167.Asimismo, el Ministerio de Salud y Bienestar Social hace un seguimiento de la situación laboral de las personas con discapacidad en las oficinas públicas de seguridad del empleo y publica anualmente un informe al respecto por tipo y grado de discapacidad.

Cooperación internacional (art. 32)

Respuesta al párrafo 32 a) de la lista de cuestiones

168.En 2015, la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) elaboró unas directrices temáticas tituladas “Discapacidad y desarrollo”, en las que se exponen sus políticas en el ámbito de la discapacidad. Las directrices indican que la política de la JICA es realizar su labor tomando en consideración de forma específica la discapacidad y lograr que sea una cuestión principal en los proyectos de la Agencia, de conformidad con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

169.Las Directrices para las Consideraciones Medioambientales y Sociales señalan que la JICA debe tener en cuenta los derechos de las personas con discapacidad en sus proyectos (en el anexo 1 figuran más detalles al respecto).

170.Al realizar el examen de un caso determinado, la consideración de las personas con discapacidad debe constar en el expediente. De conformidad con esta disposición, cuando examina los casos, la JICA confirma que las personas con discapacidad no quedan excluidas como beneficiarias de los proyectos de préstamos en yenes y de los proyectos de inversión y préstamos en el extranjero. Las iniciativas de integración de la discapacidad se han incluido en 23 planes de proyectos del ejercicio 2020, incluido un préstamo de apoyo de emergencia para la respuesta a la crisis de la COVID-19.

171.Por ejemplo, las organizaciones de y para personas con discapacidad participaron en la fase de planificación de la encuesta para la construcción del metro de Delhi, en la India (nombre del proyecto: Delhi Mass Rapid Transport System Project).

Respuesta al párrafo 32 b) de la lista de cuestiones

172.El Gobierno considera que, al realizar actividades de cooperación internacional, es importante comprender plenamente la situación real y las necesidades del país de destino, y responder tanto con flexibilidad y respeto por la cultura de ese país, como con atención al detalle en relación con las diversas necesidades locales, incluidas las de las personas con discapacidad.

173.A continuación se indican algunas iniciativas específicas:

a)Consultar a organizaciones de y para personas con discapacidad;

b)Establecer directrices para garantizar la participación de las personas con discapacidad en diversos proyectos; y

c)Promover la participación de grupos liderados o dirigidos por personas con discapacidad en proyectos de cooperación con participación ciudadana (en el anexo 1 figuran más detalles al respecto).

174.Los proyectos de cooperación con participación ciudadana son propuestos y ejecutados, en particular, por organizaciones no gubernamentales, universidades y administraciones locales. Tras consultar a las organizaciones de y para personas con discapacidad, a partir del ejercicio 2021 se estableció un sistema destinado a permitir la aplicación de un presupuesto adicional por concepto de ajustes razonables que supere el límite máximo del presupuesto del proyecto.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

Respuesta al párrafo 33 de la lista de cuestiones

175.La aplicación de la Convención es supervisada por la Comisión de Políticas para las Personas con Discapacidad. La Comisión supervisa si la aplicación del Plan Básico para las Personas con Discapacidad, que es el fundamento de las políticas sobre la discapacidad, se ajusta al objeto y la finalidad de la Convención. La Comisión también supervisa la aplicación del Plan Básico para las Personas con Discapacidad y, si lo considera necesario, puede hacer recomendaciones al Primer Ministro, o a través del Primer Ministro al ministro competente (en el anexo 1 se ofrece más información sobre los logros de la Comisión).

176.El Primer Ministro nombra a los miembros de la Comisión de Política para las Personas con Discapacidad y, con el fin de reforzar los recursos humanos y técnicos y ampliar la participación de las personas con discapacidad, se añadieron a la cuarta comisión (2019/21) cuatro comisionados expertos, entre ellos personas con discapacidad mental y expertos académicos. Además, en el nombramiento de los miembros de la quinta comisión (2021/23), se añadieron tres miembros más, entre ellos personas con discapacidad y expertos académicos. En la Comisión participan muchos miembros de grupos que representan a personas con discapacidad y sus familias, lo que significa que se reflejan las opiniones de las organizaciones que representan a las personas con discapacidad.

Respuesta al párrafo 34 de la lista de cuestiones

177.El Gobierno sigue estudiando la forma adecuada para establecer un sistema de vías de recurso en materia de derechos humanos, teniendo en cuenta los debates que ya se han celebrado.