Naciones Unidas

CERD/C/ISR/Q/14-16

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

7 de febrero de 2012

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

80º período de sesiones

13 de febrero a 9 de marzo de 2012

Aplicación de la Convención Internacional sobre laEliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Lista de temas que deben abordarse al examinar los informes periódicos 14 a 16 de Israel (CERD/C/ISR/14-16) *

La lista de temas que figura a continuación ha sido elaborada por el Relator para el país en relación con el examen de los informes periódicos 14 a 16 de Israel. El objetivo de esta lista es facilitar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité, y no requiere respuestas por escrito. No es una lista exhaustiva, pues durante el diálogo se abordarán otros asuntos.

1.La Convención en el derecho interno y las medidas legislativas y normativas adoptadas para su aplicación (artículos 1 a 5 y 7)

a)Aplicación de la Convención en todos los territorios situados bajo el control efectivo del Estado parte (CERD/C/ISR/CO/13, párr. 32);

b)Planes para insertar una disposición general de igualdad y de prohibición de la discriminación racial en la Ley básica (ibid., párr. 16);

c)Medidas para establecer una institución nacional independiente de derechos humanos, conforme a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (CERD/C/ISR/14-16, párr. 19 y CERD/C/ISR/CO/13, párr. 31).

2.La igualdad y las dificultades afrontadas por determinados grupos, en particular los que no son ciudadanos y las minorías árabes y judías en el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales (artículos 2 a 5 y 7)

a)Datos sobre la composición étnica de la población en el Estado parte (CERD/C/ISR/CO/13, párr. 15).

b)Medidas adoptadas para mitigar la segregación entre la población judía y las poblaciones minoritarias (en particular los ciudadanos palestinos de Israel y los beduinos) (CERD/C/ISR/CO/13, párrs. 22 y 23 y CERD/C/ISR/14-16, párrs. 51 a 64 y 66 a 74).

c)La noción de un Estado judío y su relación con el derecho a la nacionalidad y la entrada en Israel (CERD/C/ISR/CO/13, párrs. 17 y 20 y CERD/C/ISR/14-16, párrs. 383 a 394 y 407), y la igualdad en el derecho de retorno al propio país y en la posesión de bienes (CERD/C/ISR/CO/13, párr. 18 y CERD/C/ISR/14-16, párrs. 402 a 418).

d)Datos recientes sobre la igualdad de acceso y de uso de las tierras estatales, el derecho a la vivienda (CERD/C/ISR/14-16, párrs. 521 a 531 y 546), el derecho a cumplir el servicio militar (ibid., párrs. 88 a 90 y 546 a 549, y CERD/C/ISR/CO/13, párr. 21), la igualdad de acceso a la educación para todos, incluidas las minorías árabe y judía (CERD/C/ISR/CO/13, párr. 24, CERD/C/ISR/14-16, párrs. 145 y 146, 656 a 744, 671), el acceso a la representación política, incluida la financiación de las campañas políticas (CERD/C/ISR/14-16, párrs. 314 a 324), el acceso al trabajo (ibid., párrs. 328 a 366, 461 a 491, 407 in fine y CERD/C/ISR/CO/13, párr. 24). El principio de no discriminación en el derecho al matrimonio, en particular entre contrayentes israelopalestinos (CERD/C/ISR/14‑16, párr. 395).

e)Derecho de los beduinos a la propiedad, desarrollo, control y uso de sus tierras, territorios y recursos comunales (CERD/C/ISR/CO/13, párr. 25, CERD/C/ISR/14-16, párrs. 550 a 578, 615 a 628) y acceso de los mismos a los servicios básicos (CERD/C/ISR/14-16, párrs. 369 a 374, 633 a 645, 745 a 754).

f)Derecho de los trabajadores migratorios (incluidos los trabajadores palestinos) al acceso en condiciones de igualdad a los derechos humanos a la luz del párrafo 4 de la Recomendación general Nº 30 (2004) sobre la discriminación contra los no ciudadanos (CERD/C/ISR/CO/13, párr. 26, CERD/C/ISR/14-16, párrs. 230 a 295), el proceso de concesión de asilo a quienes lo solicitan y a los refugiados (CERD/C/ISR/14-16, párrs. 306, 308, 451 a 457), así como la situación específica de los inmigrantes irregulares (incluidos los menores) (CERD/C/ISR/14-16, párr. 299).

3.Disponibilidad de recursos en casos de discriminación racial (artículos 4 y 6)

a)Datos recientes sobre las investigaciones y actuaciones (datos posteriores a 2008) relacionadas con las expresiones de odio y la incitación al odio racial (artículo 144 del Código Penal); y sus resultados, incluidas las sentencias dictadas y los recursos a disposición de las víctimas (CERD/C/ISR/14-16, párrs. 166 a 170 y 173 a 175 y CERD/C/ISR/CO/13, párr. 29);

b)Datos recientes sobre las denuncias formuladas contra las fuerzas de seguridad por la comisión de actos de discriminación racial, incluidas las sentencias dictadas y los recursos a disposición de las víctimas (CERD/C/ISR/14-16, párrs. 196 a 211, 45 a 49 y 215 a 228 y CERD/C/ISR/CO/13, párr. 30).

4.Situación de las comunidades palestinas (artículos 2, 3, 5 y 6) bajo el control efectivo del Estado parte

a)Libertad de circulación en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y posibilidad de visitar a los familiares detenidos en el territorio del Estado parte (CERD/C/ISR/CO/13, párrs. 33 y 34);

b)Derecho a una vivienda adecuada y a la propiedad y acceso a la tierra (planificación y ordenación urbana) (CERD/C/ISR/14-16, párrs. 532 a 544); recursos y servicios básicos, incluidos los recursos hídricos, y medidas tomadas contra agentes públicos y privados que impiden ese acceso (CERD/C/ISR/CO/13, párr. 35);

c)Derecho a la seguridad de la persona: datos recientes sobre los actos de violencia cometidos por los colonos judíos (CERD/C/ISR/CO/13, párr. 37) y actos de motivación racial cometidos por los militares y los funcionarios de seguridad en el territorio palestino ocupado, investigaciones criminales llevadas a cabo, sus resultados y los medios de resarcimiento de las víctimas;

d)Igualdad ante la ley de las comunidades palestinas y de los colonos judíos en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental.