Naciones Unidas

CRPD/C/ECU/CO/1/Add.1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

27 de noviembre de 2017

Original: español

Español, inglés y ruso únicamente

Co mité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Observaciones finales sobre el informe inicial del Ecuador

Adición

Información recibida del Ecuador sobre el seguimiento de las observaciones finales *

[Fecha de recepción: 27 de agosto de 2014]

Informe sobre las medidas adoptadas respecto a las observaciones finales sobre el informe inicial de Ecuador: párrafo 29 a) y 31 a) y b)

Párrafo 29. El Comité recomienda al Estado parte:

a)Elaborar un plan integral que permita la desinstitucionalización de las personas que se encuentran en el Hospital Psiquiátrico Julio Endara, proporcionándoles condiciones de seguridad personal y de garantías para que puedan ejercer su derecho de ser incluidas en la comunidad. El plan integral debe comprender acciones para asegurar el alojamiento, la alimentación y los apoyos personales requeridos para lograr la plena inclusión de estas personas.

1.El Hospital psiquiátrico Julio Endara ubicado en la ciudad de Quito y especializado en atención de tercer nivel, se encuentra aplicando la política de desinstitucionalización desde noviembre del 2013, fecha en la que se conformó un equipo de reinserción familiar, integrado por 1 psiquiatra, 1 psicólogo clínico y 1 enfermera.

2.El hospital cuenta con 131 camas, de las cuales 50 son ocupadas por personas del albergue, 37 por pacientes crónicos, 22 por pacientes agudos y 22 por pacientes judicializados; 8 de los pacientes institucionalizados cuentan con calificación de discapacidad y carnet. Hasta mayo del 2015, el equipo ha logrado reinsertar en sus familias a 8 pacientes y 5 se encuentran en proceso.

3.Además, el 25 de julio del 2014, mediante Acuerdo Ministerial núm. 4927, el Ministerio de Salud Pública del Ecuador (en adelante MSP) aprobó el Plan Estratégico Nacional de Salud Mental 2014-2017 y el Modelo de Atención en Salud Mental. Este documento establece cinco lineamientos para abordar la problemática de salud mental en el país, de manera que se plantea la desinstitucionalización de los usuarios confinados por largos períodos en los hospitales psiquiátricos; se propone integrar a las personas con problemas de salud mental a su entorno familiar y comunitario y fomentar su autonomía e inclusión social; y, supone reorientar el carácter asilar de los actuales servicios hacia espacios ambulatorios de tratamiento y de internación transitoria para casos graves.

4.Asimismo, en el año 2014, el MSP contrató 617 profesionales de la salud, siendo la mayoría psicólogos, a fin de atender de manera ambulatoria y en primer nivel de atención, los problemas de salud mental y así, especializar la atención en el tercer nivel de complejidad. Con esta medida se espera atender al 80% de demanda de servicios de salud mental.

5.De hecho, desde mayo del 2015, la Comisión de Salud Mental del MSP y la Organización Panamericana de la Salud se encuentran diseñando tanto un plan de desinstitucionalización en coordinación con el Hospital Julio Endara, como una norma de atención en hospitales especializados en salud mental, que incluye hospital del día con talleres artísticos, reinserción familiar y unidades de acogida.

6.Finalmente, otro aspecto del proceso de desinstitucionalización es la reinserción de usuarios del hospital Julio Endara en servicios de acogimiento del Ministerio de Inclusión Económica y Social (en adelante M1i5). Son pacientes adultos mayores que no tienen referentes familiares y con un grado de autonomía que les permite convivir y compartir las actividades de los usuarios de centros residenciales de MIES. El proceso se ha iniciado con 8 pacientes adultos mayores del hospital Julio Endara que han pasado a residir en centros gerontológicos de 3 ciudades: Pedernales, Milagro y Babahoyo. El MSP capacitó al personal de los centros en el manejo de estos casos, provee de toda la medicación que requieren y cada dos meses hace visitas de salud de seguimiento y control.

Párrafo 31. El Comité recomienda al Estado parte:

a)Iniciar un programa de formación sobre los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad, especialmente dirigidos a mujeres con discapacidad intelectual, a sus familiares y a los profesionales que proporcionan servicios en las distintas instituciones del Estado.

7.En base a la información del Censo de Población del 2010 del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos y un estudio del Fondo de Población de Naciones Unidas-ECUADOR sobre la fecundidad de las mujeres con discapacidad en el Ecuador, el MSP estableció que:

•El 34% de las mujeres con discapacidad en edad fértil, tienen 2 hijos o más.

•El 8% de las mujeres con discapacidad en edad fértil, tiene 5 hijos o más.

•El 80% de las mujeres con discapacidad tuvieron su primer hijo en la adolescencia o juventud y el 3% lo tuvieron entre los 10 y 14 años.

8.De esta manera, entre los hitos en la política pública sobre la salud sexual y reproductiva de las personas con discapacidad en el Ecuador, se debe mencionar que, en el 2013, el MSP expidió el Reglamento para Regular el Acceso y la Disponibilidad de Métodos Anticonceptivos en el Sistema Nacional de Salud, mediante Acuerdo Ministerial núm. 249012, mismo que en el Art. 5 señala:

“ Toda persona sin importar su etnia, edad, sexo, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, condición socio- económica, migración económica, identidad sexo-genérica, estado de salud, ser portador de VIH/sida, discapacidad, diferencia física, u otra condición, que solicita atención en las Unidades de Salud de acuerdo al Nivel de Atención, tiene derecho a: Tomar decisiones informadas y libres sobre el tratamiento o método anticonceptivo que utilizará, sin que se le somete a elegir uno, bajo presión u hostigamiento, para lo cual el personal de salud ofertará todas las opciones en anticoncepción, previo orientación y asesoría. (...)” .

9.Asimismo, el 28 de noviembre del 2014 se expidió el Acuerdo Ministerial núm. 5198 que dispone la aplicación de la “Norma Técnica de Atención Integral en Violencia de Género”, la cual contempla los mecanismos de búsqueda activa, atención y coordinación del MSP con la Fiscalía General del Estado para casos de violencia identificados en personas de los grupos de atención prioritaria, que incluye a las personas con discapacidad.

10.Por su parte, la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, SETEDIS, realizó un estudio en la provincia de Pichincha sobre salud sexual y reproductiva de las personas con discapacidad. Los resultados definitivos de este estudio se presentarán a fines de octubre del presente año.

11.Asimismo, en la capacitación del personal técnico y de cuidados para personas con discapacidad, tanto del MSP como del MIES, está incluida la salud sexual y reproductiva como tema. La Dirección Nacional de Discapacidades del MSP y las Subsecretarías de Discapacidades y de Atención Intergeneracional del MIES organizaron eventos a nivel nacional sobre “Cuidados al Cuidador/a de Personas con Discapacidad” y “Cuidados al Cuidador/a de Personas Adultas Mayores”. Las capacitaciones están dirigidas a técnicos, prestadores de servicios, personal sanitario de los Ministerios e incluyeron un módulo especial sobre salud sexual reproductiva de personas con discapacidad y personas adultas mayores. Hasta el momento (agosto 2015) se han capacitado a 201 profesionales de la salud de MSP, 213 técnicos prestadores de servicios de MIES, 4.321 cuidadores/as del Bono Joaquín Gallegos Lara para personas con discapacidad. Se espera capacitar a la totalidad de personas cuidadoras del Bono Joaquín Gallegos Lara, que suman 30.000 personas, hasta noviembre del 2015.

b) Realizar ajustes institucionales y programas de formación de profesionales en los sectores policial y de justicia, con el fin de que estén en condiciones de detectar situaciones de abuso y de violencia contra personas con discapacidad y de realizar las investigaciones con los ajustes de procedimiento necesarios a efecto de sancionar conductas delictivas .

12.El Ministerio del Interior tiene la misión de: formular, ejecutar y evaluar la política pública para garantizar la seguridad interna y gobernabilidad del Estado, en el marco del respeto a los derechos humanos, la democracia y la participación ciudadana. En este contexto, se detallan las actividades desarrolladas en la Institución Policial a favor de las/os servidoras/es policiales con discapacidad:

•Creación del Centro de Atención a Niños y Adolescentes con Capacidades, dependientes de los miembros policiales, Convenio Comodato FABREC‑FUNDEBIP, entregado provisionalmente el 23 de septiembre de 2014, generado a través de convenio de cooperación entre el Ministerio del Interior y la Fundación para el Desarrollo y Bienestar del Policía, suscrito el 1 de marzo del 2013.

•“Proyecto de Mejoramiento en la Atención Médica al Personal Policial con Discapacidad”, aprobado mediante Resolución núm. 455-CSG-PN del Consejo de Generales de la Policía Nacional, y publicada en la Orden General núm. 114 de 15 de junio de 2006. Entre los avances del proyecto se cuenta con:

-La creación de 2 Unidades de Atención Médica al Personal Policial con Discapacidad en los Hospitales Quito núm. 1 y Hospital de Guayaquil núm. 2, con la implementación de varios programas en servicios de atención integral.

-Inclusión en el Sistema Informático de registro en la hoja de vida con información específica de la discapacidad del servidor policial en la Dirección Nacional de Personal de la Policía Nacional.

•Proyecto de reformas e inclusión del ámbito de las discapacidades en los cuerpos jurídicos de la Policía Nacional.

•Inclusión de evaluaciones físicas anuales del personal policial con discapacidad en el Reglamento de pruebas físicas.

•Programa: Deporte adaptado y recreativo.

•Difusión de Investigación de la incidencia de las discapacidades.

•Plan de Adquisición de Ayudas Técnicas y Tecnológicas para servidores policiales con discapacidades, 2013.

•Programas de Capacitación, Sensibilización y Difusión.

•Programa de Enfermedades Catastróficas.

13.La Dirección Nacional de Bienestar Social de la Policía Nacional, por su parte, desarrollo las siguientes actividades:

•Campaña de Sensibilización y Concienciación de la Ley de Discapacidades a nivel nacional, dirigido a altos mandos, unidades policiales y organizaciones gubernamentales.

•Campaña de Sensibilización y Concienciación de la Ley de Discapacidades a nivel nacional, dirigido a las Trabajadoras/es Sociales, Psicólogas/os y personal de la DNBS.

14.Por otro lado, tras la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional, el 27 de junio de 2013, el Consejo Nacional de Igualdad de Discapacidades, el Ministerio de Inclusión Económica y Social, y el Consejo de la Judicatura se comprometieron a coordinar actividades para eliminar las brechas de acceso de las personas con discapacidades a los servicios que presta la Función Judicial. De la misma manera, se estableció el compromiso de ejecutar acciones para mejorar los estándares de atención a través de capacitación y formación a servidores públicos.

15.La hoja de ruta delineada comprendió cinco ejes de acción a ser trabajados durante un período de dos años. El primero, la elaboración de un documento de análisis jurídico y de formación dirigido a operadores de justicia enfocando las dificultades y nudos críticos en el acceso a la justicia de las personas con discapacidad desde la perspectiva de los actores de la función judicial y federaciones de personas con discapacidad.

16.El segundo eje comprendió el levantamiento de fichas de inspección de acuerdo a la normativa INEN de accesibilidad al medio físico en las edificaciones del Consejo de la Judicatura a nivel nacional. Esta información ha sido el punto de partida para la realización de un informe técnico de priorización de intervención en las edificaciones del Consejo de la Judicatura; documento base para un futuro proyecto de intervención en infraestructura.

17.El tercer eje de acción fue la sensibilización en discapacidades a operadores de justicia y funcionarios administrativos de la Función Judicial, en la que se analizó el ámbito de las discapacidades y se realizó una descripción de cada una de ellas con recomendaciones específicas para abordarlas desde el lenguaje positivo y la comunicación efectiva, incluyendo temas de accesibilidad universal.

18.Así, las denominadas “Campañas de sensibilización al personal de la Administración de Justicia sobre la discapacidad”, a través de la Plataforma Virtual CONADIS, tuvieron como objetivo principal promover un cambio de actitud positivo e inclusión efectiva y progresiva de las personas con discapacidad en la sociedad.

19.De tal manera, la fase de sensibilización a notarios/as y aspirantes fue presencial y realizada en las ciudades de Quito, Guayaquil y Cuenca. En Cuenca se realizó el día 16 de septiembre de 2013 con la participación de ciento noventa y dos personas. En Guayaquil, el 23 de septiembre de 2013 con la participación de doscientas personas, y, en Quito, el 30 de septiembre de 2013 con cerca de 300. Las capacitaciones fueron estructuradas para ser impartidas en cuatro horas y puntualizaron temas del marco normativo nacional e internacional vigentes sobre discapacidades, estadísticas y conceptos generales.

20.La segunda parte del programa comprendió la formación del talento humano administrativo de la Función Judicial y operadores de justicia, divididos en siete grupos de 2.000 funcionarios cada uno, es decir cada grupo pertenece a una fase de apertura del curso de sensibilización, a través de la plataforma virtual.

21.Al término de las campañas de sensibilización, se obtuvieron los siguientes resultados:

• Participantes Número Porcentaje

•Total de participantes que no ingresaron: 2.424, porcentaje 20%

•Total de participantes que aprobaron: 9.177, porcentaje 77%

•Total de participantes que reprobaron 369, porcentaje 3%

• Total de funcionarios 11 . 970 , 100%

Fuente: Reporte de participantes – Plataforma Virtual – CONADIS, 2014 .

22.Cabe señalar que está programada la octava fase de sensibilización, para el talento humano de la Función Judicial, que por alguna circunstancia no ingresó o reprobó el curso de sensibilización.

23.El Consejo de la Judicatura y CONADIS se encuentran trabajando en el cuarto y el quinto eje de acción, los cuales corresponden a la acreditación de peritos intérpretes en lengua de señas en la Función Judicial y al asesoramiento en accesibilidad web.

24.Es importante mencionar respecto al Manual de Atención en derechos de personas con discapacidad en la función judicial, que las instituciones públicas especializadas en estas áreas, así como las federaciones de personas con discapacidad coincidieron en la necesidad de trabajar en dos áreas amplias de acuerdo a los inconvenientes que se han podido evidenciar en la práctica diaria: sensibilización y capacitación. Así, una de las primeras acciones para abordar integralmente esta problemática fue la conformación de una mesa interinstitucional con el Ministerio de Inclusión Económica y Social, Fiscalía, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Consejo de la Judicatura, CONADIS y las distintas federaciones de personas con discapacidad para ampliar la discusión e identificar nudos críticos.

25.De las reuniones de la mesa interinstitucional, se identificó la necesidad de contar con un documento directriz que esté al alcance de los operadores de justicia y que cuente con directrices definidas y específicas de atención para los distintos tipos de discapacidad en la función judicial. Al tratarse de un documento recopilatorio y sistemático que aborda una necesidad específica en la Función Judicial, se determinó la necesidad de llevar a cabo un proceso de contratación de consultoría para que desarrolle un “Manual de Atención en Derechos de Personas con Discapacidad en la Función Judicial”.

26.El documento se encuentra estructurado por secciones que incluye la introducción a las discapacidades y el marco jurídico sobre el acceso efectivo a la justicia de personas con discapacidad. Dicho marco se refiere tanto en el ámbito internacional, en el que prima la Convención sobre Derechos de Personas con Discapacidad, instrumento del cual Ecuador es parte, como el nacional que se encuentra analizado a través de las garantías reconocidas en la Constitución de la República del Ecuador: garantías normativas, de política pública y jurisdiccionales. El análisis normativo tiene como fundamento la necesaria aplicación del bloque de constitucionalidad presente en nuestra legislación.

27.Otra sección presenta un análisis técnico-jurídico sobre la capacidad jurídica en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con el fin de proveer a las y los operadores de justicia de elementos para que la evaluación de los casos de personas con discapacidad esté acorde al paradigma de derechos humanos.

28.Una sección con un protocolo general para las y los operadores de justicia con base en los lineamientos establecidos en la Convención mencionada y otras normas internacionales como las Reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia de personas con discapacidad. También incluye recomendaciones según el tipo de discapacidad.

29.Los siguientes capítulos se refieren al tratamiento de casos en los ámbitos: civil, garantías jurisdiccionales, familia, laboral y penal, respectivamente. Cada protocolo toma en consideración las particularidades y dificultades que encuentran las personas con discapacidad a través de casos según cada tipo de discapacidad, y se hacen recomendaciones para solventar estas complicaciones con el fin de garantizar el acceso a la justicia de las personas con discapacidad.

30.La Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Justicia del Consejo de la Judicatura, CONADIS y la Escuela de la Función Judicial han coordinado la capacitación en discapacidades para el mes de septiembre del presente año, las mismas que estarán dirigida a jueces, notarios, fiscales, defensores públicos y equipos técnicos de todas las unidades judiciales a nivel nacional y toma como documento base a este manual. La capacitación comprende 20 horas virtuales en la plataforma de la Escuela de la Función Judicial y 30 horas virtuales de sensibilización en la plataforma de CONADIS.