Naciones Unidas

CEDAW/C/CZE/Q/5/Add.1

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

26 de julio de 2010

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

47º período de sesiones

4 a 22 de octubre de 2010

Respuestas a la lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos cuarto y quinto combinados

República Checa *

Índice

Párrafos Página

I.Introducción1–93

II.Información en respuesta a las preguntas del Comité10–2104

A.Generalidades10–124

B.Marco constitucional, legislativo e institucional13–445

C.Divulgación de la Convención y del Protocolo Facultativo45–6412

D.Medidas especiales de carácter temporal65–6815

E.Estereotipos69–7616

F.La violencia contra la mujer77–9618

G.Trata de personas y prostitución97–11921

H.Participación en la vida política y pública y en la adopción de decisiones120–13825

I.Educación139–15228

J.Prestaciones laborales, sociales y económicas153–17631

K.Salud177–18636

L.Mujeres rurales y romaníes187–20938

M.Enmienda al artículo 20, párrafo 1, de la Convención21044

I.Introducción

1.Por el presente documento, la República Checa trasmite al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (el "Comité") las observaciones que figuran más abajo sobre la lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos, que le fue remitida por el Comité el 16 de marzo de 2010 (CEDAW/C/CZE/Q/5). La República Checa desearía recordar al Comité que la publicación anual de la Oficina de Estadística de la República Checa titulada Zaostřeno na ženy, na muže (Focus on Women, on Men) , que es bilingüe, es decir, se publica en checo y en inglés, contiene información estadística amplia sobre la población masculina y femenina, y puede consultarse en:

http://czso.cz/csu/2009edicniplan.nsf/p/1413-09 (versión en checo) http://czso.cz/csu/2009edicniplan.nsf/engkapitola/1413-09-2009-16 (versión en inglés).

2.En diversas preguntas, el Comité se interesa por la situación de las mujeres y las niñas romaníes. Los problemas de esa comunidad, incluida la situación de las mujeres y las niñas se detallan en el Plan de integración de los romaníes (el "Plan") y en el subsiguiente Plan de Ejecución, cuyo objetivo es lograr una mayor igualdad de oportunidades y contrarrestar las desventajas iniciales de los romaníes, que les impiden participar plenamente en la vida de la sociedad en general. Desde 2004, se han preparado y presentado al Gobierno informes anuales sobre la situación de las comunidades romaníes; la República Checa remite a esos informes como fuente de información sobre la situación de las mujeres y las niñas romaníes.

3.El 21 de diciembre de 2009, el Gobierno checo aprobó, mediante la Resolución Nº 1572, un nuevo Plan para el período 2010 a 2013. El Plan también abarca la situación de las mujeres romaníes, por ejemplo, su menor participación en el mercado laboral o la cuestión de la educación permanente. En el Plan de Ejecución del Plan, párrafo 1.6, de 21 de diciembre de 2009, se insta al Ministro de Derechos Humanos a promover de manera continua la igualdad de oportunidades para las mujeres de la comunidad romaní, lo que supone que en el futuro se reforzará el aspecto de género de las medidas destinadas a mejorar la situación de los romaníes. Las mujeres desempeñan un papel muy importante en las comunidades romaníes: en la determinación de la forma de vida de la familia, en la satisfacción de las necesidades cotidianas de sus miembros y en la cría y educación de los niños. Muchas mujeres de familias romaníes marginadas asumen la iniciativa de afrontar las difíciles condiciones de vida de su familia, adoptan una actitud activa, y buscan medios de ayuda. Con todo, la responsabilidad que asumen las mujeres romaníes supone una carga excesiva para ellas, con la consiguiente falta de oportunidades de realización y desarrollo personal.

4.La falta de oportunidades de las mujeres romaníes no está relacionada únicamente con su condición social y su pertenencia a esa minoría, que ellas mismas declaran o que se les ha atribuido por su entorno. A este respecto, también desempeña un papel el lugar que ocupa tradicionalmente la mujer romaní en la familia, que está asociado a la maternidad y la crianza; en su medio (la familia, la comunidad más amplia), se espera de ellas que satisfagan sus ambiciones en el entorno natural de la comunidad. No obstante, sus oportunidades de salir de su condición tradicional se ven reducidas por el simple hecho de que, por lo general, la población romaní marginada tiene pocas oportunidades de progresar socialmente o de participar plenamente en la sociedad.

5.Las mujeres romaníes también serán el tema de la Presidencia checa del Decenio para la integración de los romaníes 2005-2015, una iniciativa internacional de 12 países de Europa Central y Oriental, que reúne a los gobiernos de los países participantes, instituciones internacionales y la sociedad civil romaní. Una de las prioridades de la Presidencia es la cuestión de "La mujer romaní – Política de integración en todas las esferas". El grupo de mujeres Manushe, que desarrolla sus actividades desde 2000 en el marco de la asociación cívica Slovo 21, contribuirá a impulsar esa prioridad. Desde 2005, este grupo forma parte del Lobby Checo de Mujeres y del Lobby Europeo de Mujeres, y reúne a más de 170 hombres y mujeres romaníes.

6.La Agencia de Inclusión Social en Localidades Romaníes, una nueva entidad que empezó a desarrollar una labor de integración de los romaníes en 2008, actúa como órgano de coordinación de la ejecución de la política estatal de integración de los romaníes a nivel local. Su objetivo es reducir y eliminar la marginación social en las localidades romaníes. En la actualidad, la Agencia está en la etapa de diseño; el Departamento de Integración Social en las Localidades Romaníes de la Oficina del Gobierno dirige el proyecto.

7.La situación de las mujeres con discapacidad se aborda dentro del marco del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad. El Plan de Acción Nacional para 2010-2014, que fue aprobado mediante la Resolución del Gobierno Nº 253, de 29 de marzo de 2010, afronta la situación de las mujeres con discapacidad en la segunda parte.

8.La información relativa a la situación de las mujeres refugiadas y las mujeres migrantes figura en los informes anuales sobre la realidad migratoria en la República Checa.

9.La República Checa está dispuesta a ofrecer explicaciones e información detalladas durante el examen del informe.

II.Información en respuesta a las preguntas del Comité

A.Generalidades

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 1 de la lista de cuestiones (CEDAW/C/CZE/Q/5)

10.La preparación de los informes periódicos cuarto y quinto se inició en octubre de 2008, cuando el Comisionado de Derechos Humanos del Gobierno (el "Comisionado"), que, en virtud de la Resolución del Gobierno Nº 302, de 19 de abril de 2010, se encarga de preparar los informes sobre la aplicación de la Convención, pidió a las autoridades del Gobierno central que le proporcionaran documentación para el informe. El Comisionado también invitó a los gobernadores de todas las regiones de la República Checa, a los miembros del Consejo de Derechos Humanos del Gobierno y del Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer que representan a los profesionales, las asociaciones cívicas y la comunidad académica en esos órganos, así como al Defensor del Pueblo y a los órganos superiores de la judicatura, a que colaboraran en la preparación del informe. De las 14 regiones de la República Checa contactadas, 10 aportaron su colaboración. En nombre de las organizaciones no gubernamentales (ONG), enviaron documentación las organizaciones de mujeres Gender Studies, o.p.s. y Fórum 50%. En nombre de los tribunales, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo presentaron una sinopsis de su jurisprudencia. El Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer y sus servicios técnicos aportaron una contribución importante. Las autoridades del Gobierno central influyeron en gran medida en la forma final del informe; las contribuciones de las ONG son de naturaleza complementaria.

11.En el procedimiento de consulta con los distintos departamentos llevado a cabo en febrero de 2009, todos los miembros del Gobierno tuvieron la oportunidad de formular observaciones sobre el informe. Aprovecharon la ocasión el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Industria y Comercio. Sus comentarios fueron, en general, de carácter técnico y complementario. Otros miembros del Gobierno refrendaron el texto del informe o no se pronunciaron. El Gobierno aprobó el informe mediante la Resolución Nº 275, de 9 de marzo de 2009. El Parlamento checo no lo examinó.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones

12.Las observaciones finales anteriores fueron aprobadas mediante la resolución del Gobierno Nº 96, de 5 de febrero de 2007. El Gobierno tomó debidamente en consideración esas observaciones y ordenó a todos sus miembros que las tuvieran en cuenta en sus actividades. Antes de ser examinadas en el Gobierno, las observaciones se sometieron al procedimiento habitual previsto en el Reglamento del Gobierno, es decir, el procedimiento de consulta con los distintos departamentos, durante el cual los ministerios pudieron estudiarlas a fondo y formular comentarios sobre ellas. Posteriormente, fueron presentadas, por medio de una carta del Primer Ministro, a la consideración de los Presidentes de ambas Cámaras del Parlamento checo, para su información.

B.Marco constitucional, legislativo e institucional

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 3 de la lista de cuestiones

13.En el momento de redactar el presente informe, el Estado parte carece de información general sobre si se han invocado las disposiciones de la Convención ante los tribunales del país. La falta de referencias a la Convención en las actuaciones judiciales debe considerarse en el contexto del ordenamiento jurídico y la cultura y la práctica jurídicas checas, por cuanto el contenido de la Convención tiene igual valor que los derechos y las obligaciones dimanantes del derecho interno, incluido el derecho constitucional, las leyes y los reglamentos. En el supuesto de una presunta violación de un derecho amparado por la Convención, las partes invocan las disposiciones legales nacionales correspondientes.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 4 de la lista de cuestiones

14.La Ley sobre la lucha contra la discriminación prohíbe la discriminación por motivos de género en los artículos 2 3) y 4), 6 a 9 y 13 a 18; esas disposiciones comprenden varias formas de discriminación (discriminación directa e indirecta, hostigamiento, acoso sexual o persecución; también se consideran discriminación las instrucciones de discriminación y la incitación a la misma). La ley no prohíbe expresamente la discriminación múltiple, pero ésta está prohibida, según puede desprenderse de la aplicación de los principios generales de interpretación jurídica. La definición de discriminación que figura en la Ley sobre la lucha contra la discriminación se ajusta a la definición de discriminación de la Convención, pero es una norma específica que se aplica únicamente en determinadas esferas, como el empleo, las cuestiones sociales y la cultura, incluida la vivienda y la educación.

15.Como señala el Estado parte en el informe presentado, la Convención es directamente vinculante en virtud del artículo 10 de la Constitución de la República Checa, y, cuando se invoca, tiene prelación sobre la legislación. Por su parte, la propia Ley sobre la lucha contra la discriminación se remite a tratados internacionales en el artículo 1 1).

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 5 de la lista de cuestiones

16.El Ministerio del Interior preparó en 2004 un proyecto de principio general para la Ley sobre celebración de elecciones y referendos (el Código Electoral). El Código propuesto contenía disposiciones para fomentar una mayor representación de las mujeres en las elecciones al Parlamento Europeo y a la Cámara de Diputados, donde las listas electorales están totalmente completas. No obstante, el proyecto de Código Electoral no se incluyó en las negociaciones gubernamentales, para que los representantes de los partidos políticos que formaban la coalición pudieran debatir su contenido. Posteriormente, el Gobierno de coalición decidió no presentar las enmiendas al proyecto de Código.

17.En 2009, en el documento "Prioridades y procedimientos del Gobierno para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres" (Priority a postupy vlády při prosazování rovnosti žen a mužů), se exhortó al Ministerio del Interior, en la Tarea Nº 23, a redactar y presentar al Gobierno (inicialmente, a más tardar el 31 de diciembre de 2009), un proyecto de reformas legislativas que garantizaran un porcentaje del 30% como mínimo de hombres y mujeres en las listas electorales para las elecciones a la Cámara de Diputados, las asambleas regionales y la Asamblea de la Ciudad de Praga.

18.En comparación con lo previsto en un principio, los trabajos preparatorios se prolongaron, principalmente porque hubo que examinar las cuestiones fundamentales de la constitucionalidad y eficacia de la norma jurídica y la forma concreta que había de adoptar la propuesta. El Comisionado de Derechos Humanos del Gobierno está ultimando el proyecto. No obstante, ya no es posible celebrar un debate en el Parlamento durante la legislatura actual (es decir, antes de las elecciones parlamentarias de mayo de 2010). El nuevo Gobierno y el nuevo Parlamento decidirán cómo proceder. Para información más detallada, véase la respuesta al párrafo 22. La República Checa reconoce la necesidad de combatir los estereotipos en la división del trabajo entre hombres y mujeres y debatir la cuestión de los papeles de género en la sociedad y en el proceso de adopción de decisiones. Muchas partes interesadas apoyan el objetivo de aumentar el número de mujeres en los órganos representativos de la República Checa, pero sería preferible que los partidos políticos adoptaran medidas de manera voluntaria.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 6 de la lista de cuestiones

19.Del cuadro que figura a continuación (cuadro 1) se desprende claramente que el número de demandas judiciales por discriminación de género no es elevado. Sin embargo, no se puede interpretar este hecho simplemente como resultado de la ineficiencia de la ley. Las mujeres que corren el riesgo de ser víctimas de discriminación en el lugar de trabajo suelen preferir otras formas, no judiciales, de solución de controversias, como lo demuestran las cartas y las cuestiones individuales dirigidas por mujeres a las autoridades públicas, como el Ministro de Derechos Humanos y el Comisionado de Derechos Humanos del Gobierno, así como los centros de asesoramiento legal en línea a la mujer en cuestiones como la licencia parental y la reincorporación en el trabajo. Otras formas de solución no judicial de controversias en casos de discriminación podrían consistir en acudir a las inspecciones de trabajo y las oficinas de empleo si se produce discriminación en el lugar de trabajo; las mujeres víctimas de discriminación también pueden recurrir al Defensor del Pueblo, en tanto que "órgano de la igualdad" (estas formas de solución no judicial de controversias se examinan con más detalle más adelante). También es cierto que la legislación no regula de manera satisfactoria la posibilidad de mediación para alcanzar una solución extrajudicial; la ley sólo prevé esa posibilidad en los procesos penales, y en el sector privado no existe una tradición consolidada, por lo que todavía no existe en la República Checa una posibilidad alternativa suficientemente bien conocida de solución de controversias. Otro factor importante es el costo de la litigación.

20.En términos de contenido, la prohibición de discriminación establecida en el viejo Código del Trabajo (Ley Nº 65/1965, arts.1 y 7 4)) en el período comprendido entre 2004 y el 31 de diciembre de 2006, era muy similar a las disposiciones de la Ley sobre la lucha contra la discriminación.

Cuadro 1 Sentencias judiciales en causas laborales por presunta discriminación de género

2004

2005

2006

2007

2008

Controversias por discriminación de género contra la mujer en una relación laboral

-

1

5

3

5

Terminación del empleo debida a discriminación

-

2

1

1

Discriminación salarial por motivos de género

-

5

-

4

Fuente: Ministerio de Justicia, tribunales regionales y de distrito.

21.El hecho de que entre enero de 2007 y junio de 2009 no existiera una norma legal concreta que definiera la discriminación no significa que la propia ley no incluyera la prohibición de discriminación en las relaciones laborales. Un tribunal podría haber interpretado el concepto de discriminación a la luz de las circunstancias siguientes:

Las leyes constitucionales de la República Checa y la jurisprudencia existente;

Por analogía, especialmente con la Ley del empleo (Ley Nº 435/2004 Coll.), que regula cuestiones conexas;

La legislación de la UE (que contiene definiciones detalladas de discriminación);

El derecho internacional, incluida la Convención.

22.Esta situación problemática también fue el tema de un seminario sobre el Código del Trabajo organizado por el Ministerio de Justicia (4 a 6 de febrero de 2009) y que, entre otras cosas, se centró en la igualdad de trato desde la perspectiva del Código del Trabajo, a falta de la Ley sobre la lucha contra la discriminación. El seminario observó que, en esa problemática situación, sólo se podía apelar al Código del Trabajo (art. 16) y a la Carta de Derechos y Libertades Fundamentales en caso de discriminación. Antes de la aprobación de la Ley sobre la lucha contra la discriminación, en ninguna norma concreta se preveían medios legales de protección, sino que éstos se derivaban de la naturaleza del caso: existía la actio negatoria (para que un empleador ponga fin a una situación existente) y la indemnización y satisfacción (desde una disculpa hasta la indemnización pecuniaria, según las disposiciones sobre intimidad del Código Civil). No podía ser objeto de una acción judicial ni el nombramiento ni la contratación para un puesto de trabajo, lo cual excluía la indemnización, incluso por el monto del sueldo que el empleado habría recibido de haber sido contratado.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 7 de la lista de cuestiones

23.Desde el 1º de enero de 2008, el programa de igualdad de género adquirió más relieve y más fuerza al ser transferido al Ministro de Derechos Humanos. Éste estaba en condiciones de aplicar el programa con más energía que cuando era competencia del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, cuyas atribuciones eran muy amplias. Como miembro del Gobierno (el Gabinete), el Ministro de Derechos Humanos participa en la adopción de decisiones del Gobierno relativas a todas las cuestiones y fomenta la igualdad de género. El Ministro de Derechos Humanos también era el Presidente del Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer (desde el 12 de junio de 2007 hasta que el Ministro, Michael Kocáb, presentó su dimisión el 29 de marzo de 2010).

24.Durante ese período, no se dotó de personal adicional a la administración de la dependencia central de coordinación, es decir, la Dependencia de Igualdad de Género; por otra parte, tampoco se redujo el número de funcionarios. Debe subrayarse este hecho teniendo en cuenta la decisión del Gobierno de la República Checa de reducir de manera permanente el número de personas empleadas en la administración del Estado.

25.La estructura institucional se reforzó considerablemente con la creación de un órgano independiente sobre la igualdad de trato (véase la respuesta al párrafo 8 más abajo). En la actualidad, la Oficina de la Defensoría Pública, que se ocupa de esta cuestión, cuenta con una plantilla de seis profesionales.

26.Otras leyes (por ejemplo, la Ley de inspección de trabajo, la Ley de protección del consumidor, la Ley de inspección del comercio checo y la Ley de escuelas) también disponen que las autoridades gubernamentales deben velar por el cumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad de género y enfrontar las denuncias de discriminación mediante un procedimiento administrativo. No obstante, en algunas esferas debería aumentarse la eficacia de las sanciones administrativas. Para más detalles sobre las facultades de las oficinas de empleo y las inspecciones de trabajo, véase la pregunta 11.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 8 de la lista de cuestiones

27.En virtud de la Ley sobre la lucha contra la discriminación, el 1º de diciembre de 2009 el Defensor del Pueblo se convirtió en el órgano nacional encargado de velar por la igualdad. Por lo tanto, desde hace cuatro meses (situación en abril de 2010) la República Checa cuenta con un órgano de la igualdad. Del programa se encarga la Dependencia de Igualdad de Trato, que tiene una plantilla de seis empleados a jornada completa (tres hombres y tres mujeres). Las actividades del Defensor del Pueblo se financian con cargo a una partida independiente del presupuesto nacional.

28.El artículo 21b de la Ley de defensoría pública establece que ésta contribuirá a promover el derecho a la igualdad de trato de todas las personas, independientemente de su origen étnico o racial, nacionalidad, sexo, orientación sexual, edad, discapacidad, religión o creencia, y a esos efectos: a) proporcionará a las víctimas de discriminación la asistencia metodológica necesaria para la presentación de denuncias de discriminación; b) realizará encuestas; c) publicará informes y formulará recomendaciones sobre cuestiones relacionadas con la discriminación, y d) dispondrá el intercambio de la información disponible con los órganos europeos competentes. La asistencia metodológica consiste principalmente en proporcionar por escrito al interesado un análisis jurídico serio (informe final) de la situación en la que el interesado se considera víctima de discriminación.Si es necesario, se presta asistencia al interesado en la reunión de pruebas. El Defensor del Pueblo también puede disponer la mediación para las víctimas de discriminación, si corresponde, y, en particular, proponer la mejor manera de proceder en su caso. Si un caso de presunta discriminación se lleva a los tribunales, el Defensor del Pueblo colabora con la Asociación de Abogados de la República Checa. Sin embargo, el Defensor del Pueblo no está facultado para interponer una demanda por iniciativa propia. Tampoco está autorizado a sufragar las costas procesales o a representar a una persona ante los tribunales.

29.En relación con los casos de discriminación, el Defensor del Pueblo formula, por iniciativa propia, cuatro o cinco recomendaciones anuales, con independencia de las denuncias presentadas por las víctimas (por ejemplo, centrándose en las inspecciones de trabajo, véase infra). Las recomendaciones se dirigen al público en general, mientras que una denuncia de discriminación presentada por una persona es un documento confidencial entre el denunciante y el Defensor del Pueblo.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 9 de la lista de cuestiones

1.Ministro de Derechos Humanos y Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer

30.El cargo de Ministro de Derechos Humanos se creó en 2007, con responsabilidad en materia de derechos humanos, derechos de las minorías nacionales, incluida la situación de los romaníes, las personas con discapacidad y las ONG. Como se ha mencionado más arriba, el 1º de enero de 2008 el Ministro de Derechos Humanos se hizo cargo del programa de igualdad de género, hasta entonces a cargo del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales. En su calidad de miembro del Gobierno (el Gabinete), el Ministro de Derechos Humanos participó en la adopción de todas las decisiones del Gobierno y promovió la igualdad de género en las reuniones del Gabinete. Además del cargo de Ministro de Derechos Humanos, siguió existiendo el de Comisionado de Derechos Humanos del Gobierno. El 19 de abril de 2010, a raíz de la dimisión del Ministro de Derechos Humanos, el Gobierno nombró a Michael Kocáb (el Ministro de Derechos Humanos dimisionario) nuevo Comisionado de Derechos Humanos del Gobierno, garantizando de este modo la continuidad en esa esfera. El Comisionado también es el encargado del programa de igualdad de género.

31.El Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer (el "Consejo") es un órgano consultivo permanente del Gobierno en materia de creación de iguales oportunidades para el hombre y la mujer. El Consejo se creó mediante la Resolución del Gobierno Nº 1033, de 10 de octubre de 2001. En especial, el Consejo:

a)Examina y recomienda al Gobierno directrices de política respecto a cómo fomentar la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres;

b)Coordina las directrices relativas a las políticas de los departamentos en materia de igualdad de oportunidades para hombres y mujeres;

c)Determina el conjunto de prioridades para los proyectos de los distintos departamentos destinados a fomentar la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres;

d)Identifica los problemas actuales en la sociedad relacionados con la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres;

e)Evalúa la eficacia de la aplicación del principio de igualdad entre hombres y mujeres.

32.A partir de 2008, el Consejo del Gobierno creó cuatro órganos de trabajo (comités). Son los siguientes:

El Comité para la Prevención de la Violencia en el Hogar;

El Comité para la Conciliación de la Vida Profesional, Privada y Familiar;

El Comité para la Representación Equilibrada de Mujeres y Hombres en la Política;

El Comité para la Salvaguarda Institucional de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres.

33.A partir del 1º de junio de 2007, el Ministro de Derechos Humanos fue el Presidente del Consejo. Desde el 19 de abril de 2010, el Primer Ministro ocupa el puesto de Presidente del Consejo; el Comisionado de Derechos Humanos del Gobierno ocupa una de las dos vicepresidencias.

2.Personal de contacto en los ministerios

34.La tarea descrita en la respuesta al párrafo 14 se ha ejecutado. En la Resolución del Gobierno Nº 456, de 9 de mayo de 2001, se instaba a los miembros del Gobierno a crear, a partir del 1º de enero de 2002, al menos un puesto de trabajo a jornada parcial en cada departamento del Gobierno para un empleado con dedicación exclusiva al programa de igualdad de género. Esta resolución se ha implementado. En la Resolución del Gobierno Nº 464, de 20 de abril de 2005, se recomendaba a los miembros del Gobierno que, a partir del 1º de octubre de 2005, ampliaran las estructuras orgánicas actuales para incorporar al menos un puesto a jornada completa o dos a jornada parcial para empleados que se dedicaran exclusivamente a las cuestiones de igualdad de género. Algunos departamentos han cumplido la recomendación del Gobierno de 2005 —por ejemplo, el Ministerio del Interior cuenta con un empleado que se dedica a jornada completa a esa labor.

35.La descripción de las funciones del personal de contacto se adapta a las especificidades de los distintos ministerios; además del trabajo conceptual relacionado principalmente con el establecimiento de las prioridades de los departamentos y la coordinación de las actividades relativas a la igualdad de oportunidades, el personal de contacto, también da charlas en el marco de la formación inicial de los nuevos empleados o se encarga de la cooperación con las ONG.

36.Por ello, se requirió a los miembros del Gobierno, mediante la Resolución del Gobierno Nº 486, de 15 de mayo de 2002, que definieran para sus departamentos prioridades y prácticas de fomento de la igualdad de género en las esferas que entraran dentro de su ámbito de competencia. El personal responsable de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres de los distintos ministerios se reúne periódicamente; la Dependencia de Igualdad entre los Géneros se ocupa de la tarea de organización y coordinación de esa red.

37.En virtud de la Resolución del Gobierno Nº 964, de 20 de julio de 2009, se crearon en todos los ministerios grupos de trabajo sobre igualdad de género en enero de 2010. La composición de esos grupos se ha diseñado de manera que sus miembros se ocupen de las cuestiones de igualdad de género en el ámbito de competencia del ministerio que se trate.

3.Autoridades locales y regionales

38.El Ministerio del Interior desempeña una función decisiva de apoyo a la labor de las autoridades regionales y locales de fomento de la igualdad de oportunidades. Desde 2007, ese Ministerio, junto con la organización sin fines de lucro Gender Studies, o.p.s., organiza el concurso "Autoridad del año "a partes iguales" – Respeto de la igualdad de oportunidades" para elegir a la autoridad que mejor contribuya al logro de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. El objetivo es sensibilizar a las autoridades en materia de igualdad de género, supervisar las medidas adoptadas por ellas en esa esfera y respaldar la aplicación de principios que incorporen una perspectiva de género en el trabajo y las prácticas de las propias autoridades.

39.En el primer año (2007), participaron en el concurso 39 autoridades. En el segundo año (2008), 62. En el tercero, 142. Actualmente se está celebrando el cuarto concurso anual, y sus resultados se darán a conocer oficialmente el 17 de junio de 2010, en el marco de una conferencia organizada en Praga por el Ministerio del Interior y Gender Studies, o.p.s.

40.Además de dicho concurso, el Ministerio del Interior ha creado un grupo de trabajo sobre igualdad de género en el que están representadas las 14 autoridades regionales de la República Checa. El grupo se reúne tres veces al año y evalúa la situación en materia de igualdad de género en cada región.

41.En 2009, se realizó, a iniciativa del Ministerio del Interior, una encuesta sobre la situación en materia de igualdad de género en determinadas administraciones locales y regionales dentro del marco de las Prioridades y prácticas gubernamentales de fomento de la igualdad entre hombres y mujeres. El estudio se tituló "Análisis de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en determinadas administraciones autónomas" y fue procesado por el Departamento de Estudios de Género de la Facultad de Humanidades, en colaboración con el Departamento de Psicología Educativa de la Facultad de Pedagogía de la Universidad Carlos de Praga.

42.Dentro del marco de ese estudio, se estableció contacto con 200 autoridades de todo tipo, 84 de las cuales respondieron al cuestionario: 75 lo cumplimentaron y 9 se negaron expresamente a llenarlo. En todos los casos, el porcentaje de mujeres desciende a medida que aumenta el nivel de gestión. Asimismo, como regla empírica de carácter general, cuanto mayor era el nivel de autonomía, tanto menor era la representación de las mujeres en el nivel de gestión correspondiente. Las autoridades regionales son quienes fomentan más enérgicamente la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Según se desprende de la encuesta llevada a cabo como parte de la última edición del concurso "Autoridad del año "a partes iguales" – Respeto de la igualdad de oportunidades", se informó, en la mayoría de los casos, que la proporción de mujeres que ocupaban el puesto de directora de departamento o responsable de unidad era, como mínimo, del 40%.

43.El Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer también se centra en el desarrollo de actividades en el plano local. Como se mencionó más arriba, las autoridades regionales (gobernadores) gozan de la condición de huéspedes permanentes del Consejo. El Comité para la Salvaguardia Institucional de la Igualdad de Oportunidades, encargado de redactar iniciativas para el Consejo, también está activo en este ámbito.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 10 de la lista de cuestiones

44.La aplicación de todas las propuestas contenidas en el proyecto concreto citado sería ciertamente útil, pero precisaría una cuantiosa inversión financiera en recursos humanos (por ejemplo, un mayor número de empleados en la dependencia de coordinación central —la Dependencia de Igualdad Género— y un aumento en el número de funcionarios de coordinación en los ministerios). Por tanto, se están adoptando medidas graduales que no requieren grandes inversiones. Como se mencionó más arriba, en enero de 2010 se crearon en todos los ministerios grupos de trabajo sobre igualdad de oportunidades para hombres y mujeres. Con el fin de mejorar la cooperación, el Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer decidió que todo el personal de contacto en los ministerios (coordinadores de cuestiones de género) que dirigiera esos grupos o participara en ellos disfrutaría de la condición de huéspedes permanentes del Consejo, con derecho a asistir a todas sus sesiones. Esta medida fortaleció considerablemente la red existente de ministerios cooperantes.

C.Divulgación de la Convención y del Protocolo Facultativo

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 11 de la lista de cuestiones

1.Observaciones generales sobre las medidas adoptadas para dar a conocer mejor la Convención y el Protocolo Facultativo

45.Las recomendaciones generales del Comité que se consideraron más relevantes con respecto a la situación en la República Checa se tradujeron al checo y se publicaron en el sitio web de la Dependencia de Igualdad de Género de la Oficina del Gobierno. Se añadirán continuamente traducciones de las recomendaciones al checo y, ulteriormente, se publicarán como documentos impresos.

46.Las recomendaciones del Comité dirigidas a la República Checa se presentaron a la Cámara de Diputados para su información.

47.Las actividades de capacitación del personal organizadas por los ministerios comprenden información sobre la Convención, que se incorpora en los actos y alocuciones de carácter educativo preparados por la Dependencia de Igualdad de Género (por ejemplo los discursos del Ministro de Derechos Humanos).

48.También cabe mencionar la educación impartida en el ámbito de los programas educativos marco en todas las escuelas, con arreglo a los distintos niveles, desde la educación preescolar hasta la universitaria. En las escuelas primarias, este tipo de educación permite que los alumnos se expresen como personas independientes, libres y responsables, ejerzan sus derechos amparados por la Convención y otros instrumentos e identifiquen el entorno y el comportamiento que ya no pueden tolerar porque conculcan derechos humanos fundamentales o principios democráticos.

2.Concienciación de los empleados de las fuerzas de orden público y del poder judicial

49.El Ministerio de Justicia organiza actividades de capacitación con objeto de mejorar el conocimiento sobre la discriminación contra las mujeres y la igualdad. A continuación se presentan varios ejemplos.

50.Todos los años, el director del Departamento de Justicia del Ministerio dicta conferencias sobre derecho del trabajo para el personal de la Dependencia de Recursos Humanos y los directores de la administración de los tribunales, en las que se hace hincapié en la igualdad de trato de todos los empleados, la no discriminación, el respeto del principio de igual remuneración, etc.

51.El Servicio Penitenciario ofrece capacitación a sus empleados en materia de derechos humanos en el marco del Programa de capacitación básica que todo funcionario recién contratado ha de cumplir, y en el curso inicial en el caso de los empleados civiles. Prosigue después en los cursos educativos, de capacitación y de autoaprendizaje. Una nueva posibilidad de capacitación en cuestiones de género es participar en el curso de aprendizaje electrónico "Igualdad de oportunidades para hombres y mujeres", organizado por el Ministerio del Interior y el Instituto de Administración del Estado, que supone un nuevo paso en la profundización de la capacitación en este ámbito.

52.En la educación y capacitación de jueces, fiscales y otro personal del Ministerio de Justicia, que imparte la Academia Judicial, se tiende desde hace mucho tiempo a poner énfasis en el tema de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Hace tiempo que el estudio de esa cuestión figura en los planes educativos de la Academia Judicial, y la capacitación en esa esfera es objeto de constante vigilancia y evaluación.

3.Grupos desfavorecidos

53.Con respecto a los grupos más desfavorecidos, incluidas las mujeres romaníes, debe observarse que uno de los objetivos estratégicos del Plan de integración de los romaníes (véase la introducción) es fomentar el aprendizaje permanente entre los romaníes que sufren exclusión social, haciendo hincapié en la alfabetización funcional y otras aptitudes básicas. En relación con las mujeres, se propone vincular las actividades educativas con la prestación de servicios de atención infantil para que las romaníes puedan participar en esas actividades, ya que, debido a la maternidad, se ven privadas de oportunidades de recibir educación adicional durante mucho tiempo. Este objetivo no se centra directamente en fomentar el conocimiento de la Convención, pero es un requisito previo y una base para que ese grupo de mujeres vulnerables tome más conciencia de sus derechos.

54.En 2009 entró en vigor la Ley sobre la lucha contra la discriminación, y muchas actividades de concienciación y educación llevadas a cabo en el sector público se centraron en ella. Por ejemplo, el 9 de noviembre de 2009, el Ministerio de Defensa, dentro de la serie de charlas sobre igualdad de oportunidades, organizó (en cooperación con la Oficina del Gobierno) una conferencia titulada "Igualdad de oportunidades para hombres y mujeres – Nueva legislación", a la que asistieron 68 directores, profesionales y funcionarios responsables de la formulación de políticas. En ese mismo año, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales organizó un seminario sobre ese tema, en colaboración con Gender Studies, o.p.s. para directores y personal encargado de la formulación de políticas.

55.El sector no gubernamental llevó a cabo actividades en gran escala respecto del derecho de la mujer a la igualdad de trato, en particular de las mujeres pertenecientes a grupos desfavorecidos. Muchas de esas actividades fueron cofinanciadas con cargo al presupuesto nacional.La fuente principal de financiación son los fondos de la Unión Europea.Cuando entró en vigor la Ley sobre la lucha contra la discriminación, muchas de esas actividades se centraron en su aplicación práctica. En agosto de 2009, por ejemplo, la organización sin fines de lucro Centrum proEquality, Otevřená společnost, o.p.s. [Open Society] inició un proyecto de 18 meses de duración, en el marco del Programa operacional de recursos humanos y empleo del Fondo Social Europeo, con miras a aumentar la capacidad de la administración pública, en el que las actividades principales son seminarios sobre igualdad de oportunidades para hombres y mujeres y la legislación relativa a la lucha contra la discriminación destinados a los inspectores de trabajo y las oficinas de empleo.

4.Actividades del Ministerio del Interior y la policía en relación con los grupos vulnerables (violencia en el hogar, trata de personas)

56.El Ministerio del Interior y la policía velan por que se tome conciencia con respecto a los grupos de mujeres vulnerables, no sólo utilizando recursos informativos (octavillas, DVD, folletos, el Servicio de información del Departamento de Prevención del Delito del Ministerio del Interior, la revista Policista), sino también organizando actividades educativas, en particular para profesionales y agentes de policía (seminarios, talleres, conferencias). En esas actividades, el Ministerio colabora estrechamente con el sector no gubernamental (centros de intervención, centros de apoyo a las víctimas de violencia en el hogar, albergues, etc.).

57.Durante el año en curso (2010) se ultimó el serial televisivo "Diagnóstico: violencia en el hogar" en ocho capítulos, dirigido a las personas que se ocupan de la cuestión de la violencia en el hogar, que servirá también para sensibilizar al público en general. Su distribución estará a cargo de agentes de policía de prevención, directores regionales y locales de prevención del delito, personal de las ONG correspondientes y el Departamento de Prevención del Delito del Ministerio del Interior. En 2009 se distribuyó entre la población un rompecabezas con el título "Alto a la violencia en el hogar".

58.En 2009, el Ministerio del Interior prestó apoyo financiero a tres proyectos de ONG con cargo a la donación titulada "Prevención de la violencia en el hogar, con especial hincapié en las personas violentas", por un total de 525.000 coronas checas. No fueron solamente proyectos piloto, sino también proyectos ya establecidos, en los que se concedía prioridad al trabajo con los agresores y la prestación a esas personas de asesoramiento, terapia individual y de grupo, mediación en cuestiones familiares, control de la agresividad, etc. Además, las ONG, en su cooperación multidisciplinar, se centran en las actividades educativas y de concienciación y su difusión a través de los medios de comunicación. El resultado de los proyectos consistió en programas educativos y un código de prácticas para el trabajo con agresores o personas violentas.

59.En 2009, el Ministerio del Interior también prestó apoyo financiero, con cargo a la donación titulada "Programa para niños que hayan sido testigos de actos de violencia en el hogar", a cinco proyectos por un total de 900.000 coronas checas. Se trata de proyectos piloto y proyectos establecidos en los que se concede prioridad al trabajo con niños que han experimentado violencia en el hogar, la eliminación de estereotipos, el control de la agresividad, la terapia a madres con hijos, etc.

5.Medios especiales de protección

60.La Ley sobre la lucha contra la discriminación, en su artículo 10, introduce el siguiente nuevo recurso especial:

"1)Si se infringen los derechos y obligaciones que se derivan del derecho a la igualdad de trato o se produce discriminación, la persona afectada por esa acción tendrá derecho a pedir a un tribunal, en particular que deje sin efecto la discriminación, a obtener reparación por las consecuencias de la misma y a que se le conceda una satisfacción razonable.

2)Si la reparación prevista en el párrafo 1) se considera insuficiente porque, debido a la discriminación, la reputación, dignidad o condición social de la persona se han visto afectados considerablemente, esa persona tendrá derecho a indemnización financiera por daños intangibles.

3)El monto de la indemnización prevista en el párrafo 2) será determinado por un tribunal en función de la gravedad del daño producido y las circunstancias en que se haya conculcado el derecho."

6.Casos de discriminación

61.Durante los primeros cuatro meses de trabajo, el Defensor del Pueblo, en su calidad de organismo de la igualdad, examinó dos casos de presunta discriminación sexual, que se cerraron tras llegarse a la conclusión de que no había habido discriminación. Desde principios de 2010, se están investigando otros cinco casos de presunta discriminación sexual. Al 19 de abril de 2010, el número total de denuncias recibidas ascendía a 99.

7.Casos de discriminación sexual (véase también cuadro 1 supra)

62.Las oficinas de empleo (contratación) y, a partir del 1º de julio de 2005, los inspectores de trabajo (empleo) también investigan las violaciones de la igualdad de trato. La Ley de la inspección del trabajo (Ley Nº 251/2005) tipifica la discriminación en el empleo como delito punible con una multa de hasta 400.000 coronas checas. La igualdad de trato en el acceso al empleo también se regula en la Ley sobre el empleo Nº 435/2004, a tenor de la cual el incumplimiento de la prohibición de discriminación puede sancionarse con una multa de hasta 1 millón de coronas checas.

63.La Inspección Estatal de Trabajo publica un informe anual sobre sus actividades, que comprende la cuestión de la igualdad de trato. Desde su creación hasta el 1º de enero de 2007, ya recibió ocho denuncias de falta de igualdad de trato y discriminación en general. Entre el 1º de enero de 2007 y el 1º de septiembre de 2009, el número ascendió a 550. Durante el período sobre el que se informa, la conculcación más común de la igualdad de trato por los empleadores tuvo que ver con la remuneración; no se pagó a todos los empleados (sin distinción de sexo) el mismo sueldo, salario o remuneración por igual trabajo o por trabajo de igual valor. Por otra parte, entre 2004 y 2008 la Inspección de Trabajo no pudo demostrar ningún caso de discriminación basada en un motivo discriminatorio específico (sexo, edad, etc.). En 2009, se comprobó la existencia de discriminación en tres casos, si bien por motivos de edad más que de sexo. Ese mismo año, la Inspección descubrió 64 casos de vulneración de la igualdad de trato y discriminación en general por parte de 60 empleadores.

64.El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales publica información periódica sobre las inspecciones realizadas por las oficinas de empleo durante un período determinado. En 2006 se registraron 34 casos de discriminación sexual, y 24 en el primer semestre de 2008.

D.Medidas especiales de carácter temporal

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 12 de la lista de cuestiones

1.Mejor representación de la mujer

65.En 2009, la República Checa —como también se indica en la información que figura en el párrafo 22 supra— inició un proceso de reforma de las leyes electorales a fin de que las listas para las elecciones a la Cámara de Diputados del Parlamento checo, las asambleas regionales y la Asamblea de la Ciudad de Praga incluyeran una proporción del 30% tanto de hombres como de mujeres, y que los dos primeros puestos estuvieran ocupados, respectivamente, por un hombre y una mujer o una mujer y un hombre.

66.Varios ministerios han adoptado medidas para mejorar la representación de la mujer en los cargos designados. En el Ministerio de Justicia, por ejemplo, la mitad de los puestos de categoría superior están ocupados por mujeres (Ministerio: 51%; tribunales: 35%; fiscales: 50%). Sin embargo, tanto en este sector como en el privado, cuanto más alto se suba en la escala del poder, tanto menor es la proporción de mujeres. Desde mayo de 2009, por primera vez en 11 años, una mujer ocupa el cargo de Ministro de Justicia.

67.El Ministerio de Justicia checo se esfuerza en promover el principio de igualdad entre los géneros, que se mide por la proporción de hombres y mujeres, también fuera del Ministerio. Un ejemplo es el proyecto de normas para la selección de candidatos a magistrado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, presentado por el Ministerio de Justicia al Gobierno en agosto de 2009. Esas normas incluyen medidas "positivas" para una representación igual de hombres y mujeres (por ejemplo, en el proceso de selección de los magistrados del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se alienta especialmente la presentación de candidatura de mujeres, ya que están insuficientemente representadas en la composición actual del Tribunal).

2.Situación de las mujeres romaníes – discriminación múltiple

68.Se adoptan con carácter temporal medidas especiales en favor de las mujeres y las niñas romaníes como parte de la política de integración de la minoría romaní. Se aplican especialmente en la educación de los niños (por ejemplo, escuela preparatoria (nivel básico), creación de puestos de profesores ayudantes, becas para los alumnos romaníes).

E.Estereotipos

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 13 de la lista de cuestiones

69.El factor que más dificulta combatir eficazmente los estereotipos de género es que están muy extendidos y arraigados en amplias capas de la sociedad y reflejan, en gran medida, el verdadero estado de la sociedad. Por ejemplo, Factum Invenio realizó en septiembre de 2009 una encuesta a fin de determinar la situación en que se encontraban las madres con hijos menores de 10 años (605 encuestadas) en las principales ciudades de la República Checa. El 54% de las encuestadas declararon que habían sufrido discriminación por el hecho de tener hijos y el 70% conocían a alguien en su barrio que hubiera sufrido discriminación o estado expuesta a ella por la misma razón. Otra investigación reveló que, en lo que respecta a los posibles empleadores, muy a menudo se pregunta a las mujeres en las entrevistas de trabajo acerca del número de hijos que tienen y cómo se organizan para su cuidado (63%), y que muchas mujeres no son contratadas porque tienen hijos o pueden tenerlos (43%) y sólo se les permite trabajar a jornada completa (35%). Sin embargo, los estereotipos de género que esas actitudes discriminatorias de los empleadores ponen de manifiesto indican que, en la República Checa, las mujeres se ocupan en la inmensa mayoría de los casos del cuidado los hijos pequeños (obsérvese también el escaso número de hombres que reciben prestación parental); a este respecto, las inquietudes de los empleadores no carecen totalmente de fundamento. Ahora bien, debe señalarse que el pensamiento estereotipado no puede justificar un enfoque de ese tipo y que es preciso intentar cambiar la opinión pública a este respecto (véase el párrafo siguiente).

70.Otro factor importante que limita la influencia de las autoridades oficiales en la opinión pública es que algunos sectores de la sociedad son muy críticos con todo esfuerzo gubernamental parar "educar" a la opinión pública —y por lo tanto, resulta difícil encontrar recursos educativos adecuados para la población en general. Este hecho puede explicarse por la experiencia profundamente negativa que tienen las generaciones más viejas, que recuerdan el régimen comunista anterior a 1989, de la promoción de las ideas "correctas" de aquel entonces.

71.Otro problema importante es la falta de fondos, que está directamente relacionada con los esfuerzos por revitalizar las finanzas estatales y no aumentar el déficit presupuestario. Mientras que determinados grupos, como los funcionarios de la administración del Estado, pueden beneficiarse de las actividades educativas existentes, la población en general requiere la adopción de métodos más costosos, como campañas en los medios de comunicación privados más populares.

72.Las evaluaciones de las actividades concretas llevadas a cabo por las autoridades gubernamentales siempre figuran en el documento correspondiente a cada año titulado "Prioridades y procedimientos del Gobierno para el fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres".

1.Ciertas actividades concretas

73.En mayo de 2009, se celebró en Praga la Conferencia internacional europea sobre los nuevos métodos de superar los estereotipos de género. El tema de la Conferencia se centró en los posibles métodos e instrumentos adecuados para superar los estereotipos de género en la infancia, en los medios de comunicación y en los procesos de adopción de decisiones. Los representantes de la sociedad civil y de los Estados miembros de la Unión Europea que participaron en la Conferencia expusieron las prácticas, instrumentos y métodos innovadores que utilizan a fin de lograr un cambio positivo en la opinión pública. Las actas de la Conferencia, además de otras contribuciones y materiales, se publicaron en el sitio web de la Oficina del Gobierno (en inglés).

74.Un medio para superar las funciones tradicionales de género en la familia (en particular los estereotipos) es una mayor participación del padre y la madre en la educación de los hijos —por ejemplo, mediante la promoción de una paternidad activa. En 2009, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales expresó su apoyo a la paternidad activa mediante el proyecto "Papá, ¿cómo se hace?". El proyecto tiene por objeto responder a la pregunta de si, en la República Checa, los padres están realmente menos interesados en la educación de sus hijos o si sólo carecen de las condiciones adecuadas para participar más activamente en su cuidado. Además, en el marco del proyecto se estudiarán las formas en que la población en general, y los padres en particular, hacen suyos los esfuerzos encaminados a promover los principios de la "paternidad activa" (un hecho aceptado en muchos otros países) en la sociedad checa.

75.En 2009, el Ministerio de Educación, Juventud y Deportes elaboró un manual sobre el uso de expresiones no sexistas en el sector de la enseñanza, que clarifica esta cuestión y su importancia en un entorno lingüístico checo. El manual insta a una percepción crítica de la expresión escrita y hablada en la esfera pública, incluso entre los niños en edad escolar, a fin de designar claramente la participación de la mujer en los asuntos públicos y sus responsabilidades y beneficios sociales, y para revisar la división tradicional del trabajo entre hombres y mujeres. Las autoras del manual presentan ejemplos concretos del uso de expresiones discriminatorias y estereotipadas y ofrecen expresiones alternativas no sexistas en alemán, checo e inglés.

76.El Gobierno de la República Checa también presta apoyo financiero a las organizaciones que luchan contra los estereotipos de género. Por ejemplo, Gender Studies o.p.s. ha publicado varias tiras cómicas en las que se echaban abajo estereotipos acerca de los hombres y las mujeres. En 2007, el Grupo Europeo de Contacto distribuyó la publicación titulada Women Working from Czech Republic [Práce žen z domova v České republice] , en la que se resumían los resultados de una investigación sobre el trabajo desde el propio hogar, y también libros para colorear titulados Dad-Mum, Mum-Dad – in the Kitchen, in the Car [Táta-máma, máma-táta – v kuchyni i u fiata] , en los que se echan por tierra de manera novedosa opiniones estereotipadas sobre las funciones del hombre y la mujer en la familia.

F.La violencia contra la mujer

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 14 de la lista de cuestiones

77.El Comité de Prevención de la Violencia en el Hogar, que forma parte del Consejo para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer, elaboró el proyecto de Plan de Acción Nacional para la prevención de la violencia en el hogar (en adelante, el "Plan"). El Comité, que está formado por representantes de ministerios, ONG y otras entidades, se estableció el 1º de enero de 2008 como órgano asesor para la prevención de la violencia en el hogar.

78.En cuanto a las exigencias del Plan, la violencia en el hogar, en sentido estricto, no se considera únicamente como una forma de violencia contra la mujer, si bien a menudo tiene un condicionamiento de género. El Plan se aplica también a otros grupos de víctimas, especialmente los niños, los ancianos, los discapacitados y los miembros de minorías, pero también a los hombres.

79.En el Plan de Acción Nacional se trata de abordar el problema de la violencia en el hogar desde una perspectiva social. Se basa en los dos pilares fundamentales de la lucha contra la violencia en el hogar: la prevención y la represión, y, en ese sentido, propone los principales objetivos siguientes:

a)Apoyo a las personas que corren peligro de sufrir violencia en el hogar;

b)Los niños que están en peligro de sufrir violencia en el hogar;

c)Trabajo con las personas violentas;

d)Capacitación y colaboración interdisciplinar;

e)La sociedad y la violencia en el hogar;

f)Investigación (intersectorial);

g)Legislación (intersectorial).

80.No se pretende que el Plan comprenda todas las medidas actualmente necesarias para eliminar la violencia en el hogar. Principalmente, su objetivo es crear una base fundamental para llevar a cabo actividades continuas en cada esfera. A ese respecto, está previsto que, una vez evaluados los resultados conseguidos, se actualice el documento con una periodicidad anual en el contexto de una consulta sobre el informe resumido relativo al Plan de Acción Nacional, y que se añadan medidas de nueva formulación.

81.El Plan de Acción Nacional fue aprobado en febrero de 2010 por el Consejo Gubernamental encargado de la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres. En la actualidad se está ultimando para someterlo al Gobierno para su examen y aprobación. Es especialmente necesario garantizar la coordinación y armonización de nuevas actividades con las ya organizadas por el Ministerio del Interior. Tras la adopción del Convenio de lucha contra la violencia que sufren las mujeres y la violencia en el hogar del Consejo de Europa, se ultimará el sistema para coordinar las actividades de prevención de la violencia en el hogar.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 15 de la lista de cuestiones

82.En 2007, fueron expulsadas 862 personas (854 hombres y 8 mujeres); en 2008, un total de 671 (14 mujeres y 657 hombres); y en 2009, 743 personas (16 mujeres y 727 hombres). Las diferentes cifras de unas regiones a otras pueden deberse a distintas circunstancias y condiciones; por ejemplo, la composición social y demográfica, el desempleo, el nivel económico de la región, el nivel y disponibilidad de servicios sociales para las personas vulnerables, una capacitación adecuada de los agentes de policía y otros expertos, etc.

83.Las cifras más altas corresponden a regiones (Moravia septentrional y meridional) en las cuales, antes de que se empezaran a dictar órdenes de expulsión, Bílý kruh bezpečí (Círculo blanco de seguridad) había ejecutado con éxito proyectos piloto. En Brno hay además un equipo especial de policía, cuyos miembros se encargan únicamente de casos de violencia en el hogar. No obstante, debe observarse que todas las regiones de la República Checa cuentan con equipos interdisciplinarios, cuyos miembros se reúnen periódicamente y estudian casos concretos.

84.Desde que se introdujeron las órdenes de expulsión, la Dirección de Policía de Orden Público de la Comandancia de Policía de la República Checa, que coordina las cuestiones de violencia en el hogar en la policía, ha adoptado medidas para garantizar que los agentes de la policía de orden público y los agentes de la policía criminal encargados de hacer cumplir las órdenes de expulsión reciban capacitación para llevar a cabo esa tarea correctamente. A ese respecto, en 2009 la Dirección asignó fondos para la formación de instructores autorizados a impartir capacitación en materia de violencia en el hogar y el método SARA DN (valoración del riesgo de violencia contra la pareja), que utiliza para identificar los factores de riesgo de violencia futura en el hogar. La capacitación continuará en 2010. Los agentes de policía pueden dirigir a la Dirección de Policía de Orden Público preguntas, sugerencias, comentarios y peticiones de asesoramiento, en particular a través de un foro de debate en el sitio de Intranet de la Comandancia de Policía.

85.A fin de mejorar la labor policial y corregir las malas prácticas, se utilizan las observaciones sobre el trabajo de la policía en materia de violencia en el hogar y expulsión que la Dirección de Policía de Orden Público recibe anualmente en el marco de la labor metodológica que lleva a cabo en todas las direcciones regionales de policía y sus dependencias subordinadas en las reuniones de trabajo con funcionarios ejecutivos. Esta actividad metodológica repercute también en el trabajo de los agentes de policía porque aporta datos estadísticos a los sistemas de información de la policía checa sobre los incidentes que implican indicios de violencia en el hogar y motivos de expulsión, lo cual contribuye a que se disponga de datos más precisos.

86.A los efectos de una mayor toma de conciencia por la opinión pública con respecto a la naturaleza de la violencia en el hogar, cómo enfrentarla y dónde buscar ayuda eficaz, se han preparado carteles, tarjetas de información y folletos que se han distribuido en todas las direcciones regionales de policía y sus dependencias subordinadas. Se han distribuido también en las salas de espera de consultorios médicos, ambulatorios, gasolineras, medios de transporte público, etc. La colaboración con Bílý kruh bezpečí o.p.s. es especialmente fructífera. En 2009, la Dirección de Policía de Orden Público suscribió un acuerdo de cooperación con esa organización para la capacitación de agentes de policía. También se celebran consultas con Bílý kruh bezpečí acerca de ciertos procedimientos y otras cuestiones en la esfera de la violencia en el hogar.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 16 de la lista de cuestiones

87.En el artículo 185 (Violación) del nuevo Código Penal se castiga a quien, mediante violencia o amenaza de violencia o de cualquier otro tipo de lesión grave, obligue a otra persona a mantener relaciones sexuales, o quien se aproveche de la vulnerabilidad de otra persona para cometer tal delito. El término "relaciones sexuales" no se limita al coito, sino también a actos sexuales análogos (sexo anal u oral) e incluso al simple hecho de manosear, por ejemplo, el pecho o los genitales de otra persona, etc.

88.El delito de violación mediante coito u otro medio comparable es una circunstancia agravante específica castigada con la pena establecida en el párrafo 2 a), que supone un castigo considerablemente más severo. Se impone la pena normal (párr. 1) cuando el hecho ha comportado la mera gratificación del instinto sexual en el cuerpo de otra persona de una forma más moderada que el coito (o un método similar al coito).

89.Para responder a la pregunta, es importante explicar el concepto de vulnerabilidad. En el caso de este delito, la vulnerabilidad se considera en su sentido más amplio, es decir:

Vulnerabilidad absoluta: cuando la víctima es una persona simple, carece de criterio, o no puede influir en modo alguno en la acción del autor (por ejemplo, la víctima está inconsciente, bajo los efectos del alcohol o las drogas, o sumida en un sueño artificial o hipnótico);

Vulnerabilidad mental: cuando la víctima está en condiciones mentales o un nivel racional que la incapacita para evaluar debidamente la situación, comprenderla y reaccionar de manera adecuada (una persona que padece una enfermedad mental, retrasada mental, etc.);

Vulnerabilidad física: la víctima se encuentra en una situación en que no puede defenderse o hacerlo con la eficacia deseada (un recluso, un paralítico, un anciano, etc.).

90.La jurisprudencia define el abuso de la vulnerabilidad. Hay abuso de la vulnerabilidad cuando la víctima, sin intervención del autor, se encuentra en un estado tal que, debido a las circunstancias del delito, no puede expresar su voluntad con respecto a las relaciones sexuales o no puede oponer resistencia. A tenor del artículo 119 del Código Penal, concurre violencia cuando el autor del delito ha utilizado un engaño u otro medio similar para poner a la víctima en un estado de vulnerabilidad.

91.Por tanto, en los casos de violación, todo acto sexual cometido contra una persona sin su consentimiento es punible, incluso cuando no hay resistencia, si se abusa de la vulnerabilidad de esa persona.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 17 de la lista de cuestiones

92.En las estadísticas sobre delitos que se elaboran para los tribunales y las fiscalías, la "discriminación del otro sexo" es una de las circunstancias que definen un delito. Deben contabilizarse los casos en que el delito es una manifestación clara de discriminación contra el otro sexo. No incluye el seguimiento de un conjunto determinado de delitos, ya que la motivación del autor puede tener diversas manifestaciones (esencialmente es una situación análoga al método de contabilizar un delito cometido por odio racial). Estadísticamente, también se informa sobre la "violencia en el hogar" (sí/no).

93.A partir de 2009, las estadísticas de los tribunales y fiscalías contienen información sobre las víctimas de todos los delitos (niño, mujer, hombre, anciano), incluida la relación entre el autor y la víctima (cónyuge, ex cónyuge, pareja de hecho, niño que vive en un hogar compartido, relación intergeneracional, cualquier otra persona que viva en un hogar o casa compartida). En 2007 y 2008, se recopilaron esos datos solamente en relación con la violencia en el hogar (artículo 215a del Código Penal).

94.La publicación anual de la Oficina de Estadísticas de la República Checa titulada "Focus on Women, on Men" (Zaostřeno na ženy, na muže), capítulo 6 (Judicatura, Delincuencia), contiene varios cuadros (6-1 a 6-4) dedicados a las víctimas de la delincuencia. En el cuadro 6-1 se clasifican los homicidios por motivo; entre otras cosas, se contabilizan los homicidios motivados por las relaciones personales. El cuadro 6-3, contiene datos sobre determinados delitos (no se incluyen los homicidios; la Comandancia de Policía proporciona los datos) de acuerdo con la relación entre la víctima y el autor. En dicho documento también se publican los resultados de encuestas e investigaciones sociológicas, una de las cuales se titula Tendencias en los mecanismos sociopolíticos que afectan a las relaciones entre los géneros, cuyos cuadros 2 y 3 versan sobre la cuestión de la violencia en el hogar.

95.Según se menciona más arriba, el número de "Focus on Women, on Men" puede consultarse en el sitio web de la Oficina de Estadística de la República Checa correspondiente al año actual (y, en los archivos, los de los años anteriores): http://czso.cz/csu/2009edicniplan.nsf/p/1413-09 (versión en checo), y http://czso.cz/csu/2009edicniplan.nsf/engkapitola/1413-09-2009-16 (versión en inglés).

1.Número de mujeres asesinadas por su marido o su pareja

96.El Estado parte carece de información sobre el número de mujeres asesinadas por su marido o su pareja. En el cuadro 6-1 de la publicación mencionada más arriba, los asesinatos se clasifican según el motivo; entre otras cosas, se registran los asesinatos motivados por las relaciones personales. En 2008, se cometieron 98 asesinatos por esa causa; las víctimas fueron en 38 casos mujeres y en 48 hombres.

G.Trata de personas y prostitución

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 18 de la lista de cuestiones

97.Para ratificar la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, firmada por la República Checa el 12 de diciembre de 2000, es preciso regular la responsabilidad de las personas jurídicas por conductas punibles de conformidad con los tratados internacionales. Teniendo en cuenta un análisis y una comparación internacional de la legislación sobre esta cuestión realizados por el Ministerio del Interior, se instó al Ministro de Justicia, basándose en la Resolución del Gobierno Nº 1451, de 30 de noviembre de 2009, a que redactara y presentara un proyecto de ley que facilitara el procesamiento de personas jurídicas por delitos, a más tardar en mayo de 2010.El proyecto de ley sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas y las actuaciones judiciales contra ellas se sometió a evaluación mediante el procedimiento de formulación de observaciones, y al fin de mayo se sometería a la consideración del Gobierno. Si se aprueba, se someterá a debate en el Parlamento.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 19 de la lista de cuestiones

98.En este caso, se incluyen nuevas disposiciones en el nuevo Código; es una reforma jurídica importante que se lleva debatiendo y preparando desde hace mucho tiempo. El Código, que consta de 418 artículos, fue objeto de un debate a fondo en su conjunto. En el memorando explicativo del mismo se declara que la nueva definición corresponde a la evolución de las necesidades de la sociedad.

1.Condición jurídica

99.El delito penal de trata de personas (con arreglo al artículo 168 del Código Penal) tiene dos elementos constitutivos:

El párrafo 1 se refiere a la trata de niños con fines de abusos sexuales, pornografía infantil, extracción de órganos, incorporación en las fuerzas armadas, esclavitud, etc. (también incluye a los cómplices que se benefician de esos actos).

El párrafo 2 se refiere a la trata de personas adultas, con los mismos fines que el párrafo 1, que se encuentren en una situación que les impida ejercer libremente su voluntad (utilización de violencia contra ellos, engaño, aprovechamiento de un error, penuria, adicción, etc.). Una vez más, el cómplice que se beneficia de esos actos también será castigado por ese elemento constitutivo.

100.El hecho de no denunciar el delito de trata de personas supone que el responsable de esa acción reúne los elementos constitutivos del delito de "omisión del deber de notificación", contemplado en el artículo 367 del Código Penal.

101.Por lo tanto, es delito el hecho de no denunciar actos que reúnan los elementos constitutivos primero y segundo más arriba mencionados.

102.La persona que, por denunciar un delito, se ponga a sí misma o ponga a un ser querido en riesgo de muerte, de sufrir daños físicos u otras lesiones graves, o de ser procesado por lo penal, no estará sujeta a la obligación de denuncia. Además, un abogado no está sujeto al deber de denuncia en el ejercicio de su profesión. Los miembros del clero de una confesión reconocida tampoco están obligados a denunciar cuando vengan en conocimiento de un delito a través de la confesión o en relación con el ejercicio de un derecho similar al de la confesión que les imponga el deber de estricta confidencialidad.

103.En principio, las personas que han sido víctimas de trata, o el personal sobre el terreno que trabaja con ellas, no podrán ser procesadas por incumplir el deber de notificación, pues en caso de denuncia podrían exponerse a los riesgos mencionados más arriba.

1.Debate actual

104.La tipificación como delito de la omisión de denuncia de la trata de personas se convirtió en tema de debate a raíz de la iniciativa tomada y las inquietudes expresadas por diversas ONG (en particular La Strada ČZ, o.p.s.) en 2009.

105.El sector de las entidades sin fines de lucro transmitió al Ministerio del Interior su inquietud por el hecho de que esa legislación pudiera terminar resultando peligrosa para la sociedad porque la obligación de denunciar sin demora el delito de trata de personas habrá de afectar al personal sobre el terreno que está en contacto diario con los ambientes delictivos y con las víctimas.

106.En primer lugar, y sobre todo, debe tenerse siempre presente que el deber de denunciar o impedir la comisión de un delito penal a que se hace referencia en la lista no siempre surge cuando una persona tiene noticia de que probablemente se haya cometido un delito. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, es necesario exigir que el conocimiento fidedigno de que una persona ha cometido el delito de omisión de denuncia incluya todas las circunstancias de un acto de otra persona que sean importantes para determinar que el acto era un delito sujeto al deber de notificación. Éste no puede exigirse cuando una persona sólo haya recibido información o indicaciones vagas.

107.Las condiciones de impunidad para quienes no obstaculicen o no denuncien los delitos penales que figuran en la lista exhaustiva comprenden, como se mencionó más arriba, el riesgo de muerte, daños físicos u otras lesiones graves o el enjuiciamiento penal del autor del delito o de otras personas próximas a él o ella.

108.El personal de una organización que preste ayuda a las víctimas de este tipo de delito o que preste servicios sanitarios o sociales a personas que ofrezcan servicios sexuales a cambio de dinero no son ciudadanos comunes imparciales en relación con el medio ambiente delictivo; su entorno laboral y el contenido de su trabajo están vinculados inextricablemente a un entorno socialmente conflictivo y, a menudo, a un ambiente en el que puede estar presente la delincuencia organizada. Por lo tanto, su cooperación con la policía debe ser lo más confidencial posible (teniendo en cuenta, por ejemplo, que la policía hará constar la dirección de contacto de la organización de un trabajador de campo como su domicilio) para que el trabajador no pierda la "confianza" del entorno en que trabaja. Cualquier otra actitud impediría que los trabajadores de esas organizaciones desarrollen una labor socialmente muy útil, y habida cuenta del grado de organización de los grupos que se dedican a la trata de personas, podría comportar una amenaza muy grave y concreta para la salud o la vida de esos trabajadores.

109.Naturalmente, no puede prejuzgarse la evaluación de casos concretos, pero cabe señalar que los trabajadores de las organizaciones que prestan ayuda a las víctimas de la delincuencia organizada o los que prestan servicios sociales y de salud a las personas que ofrecen servicios sexuales a cambio de dinero se exponen a un riesgo tan alto que, en casos concretos, a menudo entrarán en la categoría de personas con derecho a impunidad según lo estipulado en los artículos 367 y 368 del Código Penal.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 20 de la lista de cuestiones

110.El Informe sobre la trata de personas en la República Checa correspondiente a 2009, preparado por el Ministerio del Interior, contiene algunas estadísticas sobre la trata de personas. En él se señala que cinco mujeres fueron víctimas de trata en 2009, tres de ellas pertenecientes al grupo de edad de 18 a 30 años y las otras dos al de 15 a 18 años; todas ellas eran ciudadanas de la República Checa. En cuanto al delito de proxenetismo, se registraron 66 víctimas, de las cuales 53 eran mujeres y 13 niños (no se dispone de información sobre éstos desglosada por edad o por sexo). Desde 2003, se han inscrito 102 víctimas de trata en el Programa de apoyo y protección a las víctimas de la trata de personas en la República Checa (el "Programa"). En 2009 se identificó y ubicó en el Programa a 13 víctimas (9 mujeres y 4 hombres), que posteriormente hicieron uso de los servicios del mismo. Ocho casos fueron víctimas de trata con fines de explotación laboral (4 hombres y 4 mujeres) y cinco con fines de explotación sexual (todas mujeres). Al 31 de diciembre 2009, seguían acogidas al Programa un total de 20 víctimas (15 mujeres y 5 hombres, durante el período 2006-2009). Con respecto a la investigación y enjuiciamiento de personas por el delito de trata, en 2009 se procesó a 32 personas, de las cuales 5 eran mujeres (es decir, 15,6%). El Departamento de Prevención del Delito del Ministerio del Interior es el coordinador del Programa.

111.Dos ONG (La Strada ČR, o.p.s. y Caridad Archidiocesana de Praga [Arcidiecézní charita Praha]) y una organización intergubernamental, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM Praga)), participan en el Programa. Se han firmado con esas organizaciones acuerdos actualizados de cooperación con el Programa. Otras ONG que colaboraron en 2009 fueron la Organización de Ayuda a los Refugiados (Organizace pro pomoc uprchlíkům) y Placer sin Riesgo (Rozkoš bez rizika).

112.El Programa presta ayuda a las víctimas de trata y las induce a colaborar con los organismos encargados de hacer cumplir la ley para que contribuyan al castigo de los delincuentes. Se ejecuta por medio de un mecanismo nacional de referencia en el que participan instituciones gubernamentales e intergubernamentales y, en virtud de un acuerdo de cooperación, ONG que prestan ayuda a personas con antecedentes de prostitución, ofrecen apoyo a las víctimas identificadas de trata y desarrollan actividades preventivas.

113.Las ONG ofrecen a las víctimas de trata atención de emergencia sanitaria y psicosocial, vivienda, apoyo para su integración en la vida normal, etc. Se adoptan disposiciones para proporcionar la residencia a los extranjeros que se encuentren ilegalmente en el país.

114.En cuanto a las víctimas de trata que no pueden colaborar con los organismos encargados de hacer cumplir la ley (por ejemplo, a causa de una capacidad intelectual reducida o fuerte trastorno psicológico), es suficiente una declaración de voluntad para que se las incorpore en el Programa de apoyo y protección a las víctimas de la trata de personas del Ministerio del Interior (por ejemplo, un esfuerzo por parte de la víctima para salir del entorno delictivo, una expresión de voluntad de cooperar con los organismos encargados del cumplimiento de la ley y una declaración de una ONG o de la policía de que la persona en cuestión es una víctima de trata). Una víctima, aunque no cumpla el requisito de cooperar con los organismos encargados del cumplimiento de la ley, puede permanecer en el Programa, previa presentación de un certificado médico; se trata de casos específicos. Las víctimas que no estén interesadas en incorporarse en el Programa pueden recibir asistencia de ONG fuera del marco del Programa de otras fuentes (por ejemplo, subsidios del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o fondos europeos).

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 21 de la lista de cuestiones

115.La prostitución es un ámbito asociado a riesgos graves de delincuencia (delitos relacionados con los estupefacientes, trata de personas, explotación comercial de niños con fines sexuales, etc.) y de salud. La República Checa es consciente de ello. En un intento de regular la prostitución, en 2006 se presentó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley sobre la regulación de la prostitución. Sin embargo, no se llegó a un consenso y, en la actualidad, la prostitución voluntaria no está regulada jurídicamente y no es punible con arreglo a la legislación penal. Ello no afecta a las operaciones de los organismos de orden público, que enfocan el problema de la prostitución principalmente desde el punto de vista penal, enjuiciando a los autores del delito de trata de personas, proxenetismo, perturbación del orden público, conducta peligrosa para la juventud, etc.

116.Con respecto a la prostitución voluntaria, indudablemente hay más mujeres que hombres. En cuanto a la prostitución forzosa, la masculina todavía no se ha identificado. Según la información contenida en el Informe sobre trata de personas en la República Checa correspondiente a 2009, la prostitución se tiende a ejercer en apartamentos de alquiler, establecimientos eróticos y clubes nocturnos y, por último, como prostitución callejera. En 2009 se registró una disminución de la prostitución callejera, que se está viendo forzada a trasladarse gradualmente a las afueras de las ciudades; también descendió el número de prostíbulos, especialmente en las regiones fronterizas. La prostitución ejercida en viviendas privadas se mantuvo constante o aumentó ligeramente.

117.El poder legislativo también es consciente del daño que la prostitución puede causar en el desarrollo moral de los niños, y por esa razón el artículo 190 del nuevo Código Penal contempla ese tipo de delito de prostitución. Comete tal delito la persona que practique la prostitución cerca de una escuela, un centro educativo o establecimiento similar o un lugar que esté reservado para los niños o destinado al uso o la visita de éstos. También se procesará a quienes organicen, protejan o presten de alguna forma servicios de prostitución en esos lugares.

118.La prostitución y otros fenómenos conexos también pueden combatirse con instrumentos civiles. Cabe destacar a este respecto el fallo del Tribunal Municipal de Praga, de 24 de enero de 2007, Nº 9 Ca 140/2005-46, publicado bajo el Nº 1269/2007 en la Colección de Resoluciones del Tribunal Administrativo Supremo, que confirmó la pena impuesta a la persona que regentaba un "club de caballeros", quien, mediante la distribución de folletos publicitarios, atraía al club a personas que estaban de visita en la capital. El Tribunal consideró que los prospectos en los que aparecían mujeres ataviadas con lencería erótica, provistas de diversos adornos o completamente desnudas, en posturas lascivas y con pechos y nalgas descubiertos, contravenían la decencia pública (artículo 2 3) de la Ley Nº 40/1995 sobre la reglamentación de la publicidad).

119.El Ministerio del Interior concede subsidios a las ONG en el marco de planes destinados a prevenir la trata de personas y prestar asistencia a las víctimas. La organización benévola Placer sin riesgo recibió una donación de 296.000 coronas checas para 2010; esta organización se especializa directamente en prestar asistencia a personas cuya forma de vida y conducta sexual comportan riesgo (principalmente prostitutas). Anteriormente, sus actividades de prevención incluían una labor de localización de víctimas de trata para informarlas del Programa de apoyo y protección a las víctimas de la trata de personas. Se prestó apoyo a las actividades sobre el terreno en el marco de este proyecto de Placer sin riesgo en Praga, Bohemia central, Ostrava, Bohemia meridional, Karlovy Vary, Chomutov, Ústí nad Labem y Liberec.

H.Participación en la vida política y pública y en la adopción de decisiones

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 22 de la lista de cuestiones

120.En la República Checa en general, en lo concerniente al acceso de las mujeres a puestos decisorios, cuanto más alto es el nivel menor es la representación de mujeres. Esta situación está cambiando sólo muy lentamente. Sin embargo, el Gobierno trata de influir en la situación exhortando insistentemente (a partir de 2001) a los distintos ministerios e instituciones, en aplicación de sus Prioridades y procedimientos para el fomento de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, a que apoyen activamente (desde 2001) "la selección de candidatas adecuadas para puestos en órganos gubernamentales y puestos de categoría superior en los ministerios y las oficinas administrativas e instituciones que estén bajo su control". En 2004, el Gobierno instó a los ministerios a que adoptaran medidas concretas para alcanzar una representación equilibrada de mujeres y hombres en los puestos de gestión y en los equipos de trabajo, y les ordenó que evaluaran estas medidas.

121.En 2008, la medida se redactó en términos neutros desde una perspectiva de género ("medidas concretas para fomentar la representación equilibrada de hombres y mujeres..."), y se ha podido apreciar un cambio positivo gradual en ciertas instituciones. Por ejemplo, en 2009 el Ministerio de Desarrollo Regional incrementó la proporción de mujeres directoras de departamento en un 17%, y se registró una situación similar en el Ministerio de Educación, Juventud y Deportes (20%). En el Ministerio de Hacienda, en 2009 el número de directoras de departamento aumentó un 26% con respecto al año anterior; se está aplicando una medida por la que se tiene en cuenta la representación equilibrada de mujeres y hombres en los procesos de selección de candidatos de distintos sexos que cumplan todos los criterios. La Representación del Estado para Asuntos de la Propiedad comunicó una proporción del 52% de mujeres en altos cargos.

122.El Gobierno también fomenta una representación igual de mujeres y hombres en cargos decisorios exigiendo a los distintos ministerios que se ocupen de la formación ordinaria de directivos. Asimismo, en 2008 se ordenó a los ministerios que estableciesen un grupo de trabajo sobre igualdad de oportunidades mara mujeres y hombres.

123.En las elecciones al Senado de 2008, la proporción de candidatas respecto de candidatos fue del 20,5%, y la de mujeres elegidas del 22,7% (véase el cuadro 2).

Cuadro 2

Elecciones al Senado de la República Checa

Año

Mujeres

Hombres

Candidatos mujeres/hombres (porcentaje)

Elegidos mujeres/hombres (porcentaje)

Candidatas

Elegidas

Tasa de elección (porcentaje)

Candidatos

Elegidos

Tasa de elección (porcentaje)

Elecciones de 2002

26

3

11,5

142

24

16,9

18,3

12,5

Elecciones de 2004

37

3

8,1

160

24

15,0

23,1

12,5

Elecciones de 2006

39

6

15,4

165

21

12,7

23,6

28,6

Elecciones de 2008

34

5

14,7

166

22

13,3

20,5

22,7

Fuente: CZSO.

124.En las elecciones a las asambleas regionales, la proporción de candidatas respecto de candidatos fue del 41,2% y la de mujeres elegidas del 21,4% respecto a la de hombres elegidos (véase el cuadro 3).

Cuadro 3

Elecciones a las asambleas regionales

Año

Mujeres

Hombres

Candidatos mujeres/hombres (porcentaje)

Elegidos mujeres/hombres (porcentaje)

Candidatas

Elegidas

Tasa de elección (porcentaje)

Candidatos

Elegidos

Tasa de elección (porcentaje)

Elecciones de 2000

1 689

97

5,7

6 036

578

9,6

28,0

16,8

Elecciones de 2004

2 161

102

4,7

6 148

573

9,3

35,2

17,8

Elecciones de 2008

2 394

119

4,9

5 812

556

9,5

41,2

21,4

Fuente: CZSO.

125.Los alcaldes de las ciudades forales se denominan primátor [m.] o primátorka [f.] y representan a sus ciudades de forma muy parecida al alcalde de un pueblo o municipalidad (starosta/starostka). Las ciudades forales de la República Checa son: Kladno, České Budějovice, Plzeň, Karlovy Vary, Ústí nad Labem, Liberec, Hradec Králové, Pardubice, Jihlava, Brno, Zlín, Olomouc, Přerov, Chomutov, Děčín, Frýdek-Místek, Ostrava, Opava, Havířov, Most, Teplice, Karviná y Mladá Boleslav. De las 23 ciudades forales y Praga, 2 tienen una alcaldesa (8,3%).

126.En cuanto a las estadísticas, la Oficina de Estadística de la República Checa (CZSO) proporciona datos sobre los candidatos y elegidos en todas las elecciones que se celebran en la República. Esos datos pueden consultarse en el sitio web de la CZSO sobre estadísticas electorales, en la dirección http://www.volby.cz/, y en el capítulo 7 de Focus on Women, on Men.

127.En 2003, en el marco de una iniciativa del Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer, se recomendó al Gobierno que encargara al Ministro del Interior la tarea de preparar un Principio general para una ley electoral que dispusiera el establecimiento de mecanismos que garantizaran una representación igual de mujeres y hombres en los órganos representativos electos, como la Cámara de Diputados, el Senado, la asambleas regionales, de ciudades y municipales, y el Parlamento Europeo.

128.De acuerdo con el Plan de trabajo legislativo del Gobierno, el Ministerio del Interior preparó un proyecto de principio general para la ley electoral y la celebración de referendos (el Código Electoral) en 2004. En el proyecto de Código Electoral se preveían disposiciones destinadas a fomentar una mayor representación de las mujeres en las elecciones al Parlamento Europeo y a la Cámara de Diputados, en unas listas electorales totalmente completas. Según el proyecto, un partido que reciba en esas elecciones al menos el 1% del total de los votos válidos y presente listas electorales en las que al menos un tercio de los candidatos sean mujeres, recibiría 30 coronas checas por voto. Si menos de una tercera parte de los candidatos que figuren en las listas fueran mujeres, la contribución se reduciría.

129.No obstante, a raíz de una decisión del Primer Ministro, el proyecto de Código Electoral no se incluyó en las negociaciones del Gobierno, a fin de que los representantes de los partidos políticos que formaban la coalición pudiesen debatir su contenido. Sin embargo, ese debate, nunca tuvo lugar. La coalición decidió no presentar los cambios del proyecto de Código Electoral, y la preparación del principio general para este Código Electoral no se incluyó en el Plan de trabajo legislativo del Gobierno para 2005 ó 2006.

130.Con respecto a la situación invariable e inadecuada de la representación de las mujeres en cargos decisorios, en 2009 se instó al Ministerio del Interior a que redactara y presentara al Gobierno (a más tardar, el 31 de diciembre de 2009) un proyecto de cambios legislativos que garantizasen una proporción mínima del 30% tanto para hombres como para mujeres en las listas electorales para los comicios de la Cámara de Diputados, las asambleas regionales y la Asamblea de la Ciudad de Praga.

131.Después de preparar el proyecto y llevar a cabo un procedimiento de formulación de observaciones externas, el 22 de febrero de 2010 se privó de esa tarea al Ministro del Interior para traspasarla al Ministro de Derechos Humanos, con el 31 de mayo de 2010 como plazo. El proponente elaboró el proyecto aprovechando las contribuciones del Ministro del Interior.

132.El proyecto de enmienda complementa la legislación electoral con una norma para la compilación de listas electorales que contengan como mínimo una proporción del 30% tanto de hombres como de mujeres, y que los dos cabezas de lista sean un hombre y una mujer o una mujer y un hombre. Si un partido que se presente a las elecciones incumple esta obligación y los defectos de su lista electoral no se corrigen en el plazo establecido, su lista electoral será rechazada.

133.En la actualidad, se están examinando las observaciones resultantes del procedimiento interdepartamental de formulación de observaciones; de acuerdo con ese procedimiento, algunos ministerios presentaron observaciones críticas sobre la redacción de los cambios, la naturaleza de la sanción por incumplimiento de los requisitos legales, y el proyecto en su totalidad.

134.Para reforzar la noción de representación igual de mujeres y hombres en la política, el 22 de abril de 2009 se estableció el Comité para la Representación Equilibrada de Mujeres y Hombres en la Política (como órgano asesor del Consejo de Gobierno para la Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer). Una característica específica de ese Comité es la composición de miembros que representan a partidos políticos (además de otros representantes). Cada partido político puede estar representado por dos personas: un hombre y una mujer. El Comité se ocupa de las posibilidades institucionales, políticas y sociales de promover la representación equilibrada de la mujer y el hombre en la política. En la actualidad, el Comité se dedica a la cuestión de la legislación sobre el contenido de las listas electorales.

135.La representación de las mujeres en el servicio diplomático ha sido sistemáticamente inferior a largo plazo. Las mujeres representan el 36% del personal diplomático del Ministerio de Relaciones Exteriores en su conjunto; en la sede la representación asciende al 43%, mientras que en el extranjero es del 30%. En la sede, un 16% de los directores de departamento son mujeres; éstas representan el 27% de los jefes de grupos de trabajo. Un 12% de los jefes de misión de la República Checa son mujeres.

136.Durante los últimos tres años, el número de hombres y mujeres contratados se ha igualado, en promedio. La dirección de la Academia Diplomática, que es la encargada de seleccionar candidatos para trabajar en el cuerpo diplomático, aplica una perspectiva de género en su procedimiento de selección. El proceso completo de selección consta de cuatro etapas: una evaluación de las solicitudes escritas presentadas, un ejercicio escrito (una prueba de idioma checo y un ensayo sobre una cuestión de política exterior), pruebas psicológicas y una entrevista.

137.La promoción profesional de los miembros del cuerpo diplomático se rige por el Reglamento de la carrera; sus criterios básicos son cumplimiento de ciclos de destino en el extranjero y trabajo en la sede, formación continua y evaluaciones profesionales. Las normas relativas a la promoción también exigen destinos en países con peores condiciones de vida. También se valora el hecho de ocupar un puesto de gestión en la sede o en el extranjero. A efectos de la concesión de cargos diplomáticos, las bajas por maternidad y paternidad se contabilizan como tiempo trabajado en la sede hasta un máximo de tres años por hijo. La designación para altos cargos en la sede no está sujeta al procedimiento de selección. La designación de puestos de gestión en el extranjero es competencia de la Junta de Personal, que se compone de funcionarios de categoría superior del Ministerio (para el nombramiento de los jefes adjuntos de misión), el Ministro (para el nombramiento de un cónsul general) o, a propuesta del Ministro, el Gobierno (para el nombramiento de embajadores).

138.El Ministerio de Relaciones Exteriores es consciente de la necesidad de dedicar mayores esfuerzos a hacer compatible la vida profesional y familiar del personal. Durante el año actual, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha establecido un Grupo de Trabajo sobre la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres encargado de realizar un análisis provisional de la situación y hallar los medios para tener más en cuenta los aspectos de género en el funcionamiento del Ministerio. Ese grupo es un órgano independiente de asesoramiento e iniciativa del Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores en cuestiones de género, no sólo en el funcionamiento interno del Ministerio, sino también dentro de la jurisdicción física de éste.

I.Educación

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 23 de la lista de cuestiones

139.Los cuadros 6.1, 6.2 y 6.3 del informe muestran el número de alumnos y alumnas universitarios, mientras que en el cuadro 7.4 se indica el número de investigadores de ambos sexos, desglosados por nivel de cualificación, en los sectores público y universitario, expresado como ETC (equivalente a tiempo completo —el promedio registrado de investigadores, calculado en horas dedicadas plenamente a actividades de investigación y desarrollo). Por tanto, es probable que la queja se refiera al cuadro 7.5, en el que aparece el número de personas que han terminado estudios superiores (recursos humanos en ciencia y tecnología) desglosado por área de estudio y por sexo, es decir, el número total de personas que ha completado estudios superiores en la República Checa. Esta cifra no se puede comparar con el número de alumnos y alumnas que cursan estudios actualmente. Es el número absoluto de graduados universitarios de ambos sexos en la República Checa. Estos datos muestran la tendencia actual a aumentar del número de mujeres que se matriculan para cursar estudios universitarios, pero la tendencia histórica, según la cual el número de estudiantes universitarios varones solía ser mayor, indica que en la República Checa hay menos mujeres que hombres graduados universitarios.

140.Si se comparan las tasas de graduación universitaria por sexos los resultados son favorables a las mujeres (2006: 56% mujeres, 44% hombres; 2008: 57% mujeres, 43% hombres). Más de la mitad de los licenciados universitarios (alrededor del 55%) son mujeres que han cursado diversos tipos de programas de licenciatura a tiempo completo. Sólo en los estudios de doctorado predominan los hombres, que representan dos tercios del total. A este respecto, la afirmación de que hay más mujeres estudiantes universitarias pero más hombres graduados no se basa en los hechos.

141.En cuanto al número de mujeres profesoras y doctoras, es cierto que los hombres (2006-2008) tienden a ocupar más puestos docentes en las universidades: el personal docente femenino representaba alrededor del 37% al 39% del total de mujeres empleadas en universidades públicas y un 5% eran investigadoras. Entre los hombres, aproximadamente el 8% son investigadores. En este ámbito predomina claramente el sexo masculino. Apenas un 11% a un 12% de los profesores universitarios son mujeres. Esta situación se debe principalmente al impacto del estereotipo de género de que las mujeres, debido a sus responsabilidades maternas y domésticas, no son buenas científicas, por lo que se ven relegadas a puestos inferiores (apoyo y creación de condiciones para los hombres).

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 24 de la lista de cuestiones

142.La escolaridad obligatoria en la República Checa dura nueve años. No se completa hasta haber cursado nueve años de estudios; incluso en el caso de niños con discapacidad muy grave, se elige una modalidad de enseñanza adecuada. Ni siquiera las niñas romaníes pueden terminar la escolarización básica (es decir, el 1º ciclo de la enseñanza secundaria) sin haber cursado nueve años de estudios; queda por determinar qué programas deben seguir y la tasa de éxito académico.

143.El estudio "Los itinerarios y oportunidades educativos de los alumnos romaníes en las escuelas primarias de zonas de comunidades romaníes marginadas" (Vzdělanostní dráhy a vzdělanostní šance romských žákyň a žáků základních škol v okolí vyloučených romských lokalit) llevado a cabo por la agencia GAC s.r.o. en 2009 aporta nuevos datos. Su objetivo era ofrecer una amplia panorámica de las trayectorias y oportunidades educativas de los alumnos romaníes provenientes de medios socialmente desfavorecidos en diferentes tipos de centros de enseñanza básica [es decir, colegios con alumnos de hasta 15 años de edad aproximadamente], en comparación con las trayectorias y oportunidades de sus compañeros de colegio. La atención prestada en ese estudio a los itinerarios y oportunidades de los niños romaníes (en comparación con los de sus compañeros de clase no gitanos) llena una brecha en nuestro conocimiento de la evolución y las causas del retraso educativo de gran parte de la población romaní, que está marginada socialmente o en riesgo de serlo.

144.La investigación confirmó la hipótesis de las desigualdades educativas entre los niños romaníes y los demás niños escolarizados en zonas próximas a localidades de exclusión social. Aproximadamente, 1 niña de cada 20 y 1 niño de cada 10 de la población mayoritaria que habían empezado el 1º grado en una de las escuelas examinadas abandonaron la clase original (tras suspender un curso o por ser transferidos a una escuela especializada), mientras que cerca del 50% de los niños romaníes abandonan la clase original. La situación de los niños es peor que la de las niñas. Las posibilidades de que los niños romaníes de sexo masculino terminen la enseñanza básica obligatoria con los mismos compañeros que tenían al principio son aproximadamente del 50%.

145.Los cursos más problemáticos son el 1º (entre 6 y 7 años de edad) y el 5º. Una de las razones esgrimidas frecuentemente para explicar los peores resultados escolares de los alumnos romaníes de entornos socialmente desfavorecidos es su alta tasa de ausentismo escolar: el estudio confirma que es casi tres veces superior a la de sus compañeros. En los primeros años de la enseñanza básica, ese resultado puede atribuirse a una mayor tasa de morbilidad, pero en los cursos más avanzados evidentemente es un indicador importante del tipo de relación que los niños mantienen con la escuela, es decir, el deseo de evitarla. La información contenida en el estudio indica asimismo que las niñas romaníes escolarizadas en el sistema general de enseñanza obtienen mejores resultados que los niños romaníes y es menos probable que abandonen los estudios.

1.Medidas destinadas a mantener a las niñas en el sistema general de enseñanza

146.En la enseñanza básica y a través de los medios de comunicación se promueve la toma de conciencia acerca de las condiciones específicas de las niñas romaníes procedentes de medios desfavorecidos, a fin de que su presencia resulte totalmente normal para la población en su conjunto. También se llevan a cabo actividades específicas en el marco de proyectos de integración de la comunidad romaní.

147.Uno de los medios utilizados para facilitar el ingreso de los niños romaníes, en particular las niñas, en el sistema general de enseñanza y mantenerlos escolarizados es el programa de profesores ayudantes, que se aplica a nivel preescolar, básico y secundario superior y está financiado por el Programa de desarrollo del Ministerio de Educación, Juventud y Deportes. En 2008, el Ministerio financió los servicios de 400 profesores ayudantes para niños, alumnos y estudiantes socialmente desfavorecidos; en 2009, se presentaron 430 solicitudes para recibir ese subsidio.

148.El Ministerio de Educación, Juventud y Deportes presta apoyo a las niñas romaníes, al igual que a los niños, mediante un programa de becas denominado "Apoyo a estudiantes romaníes socialmente desfavorecidos de enseñanza secundaria". Estas becas, por un valor total de 10 millones de coronas checas, se conceden dos veces al año. El 50% de los beneficiarios de este programa son niñas romaníes.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 25 de la lista de cuestiones

149.El Ministerio de Educación, Juventud y Deportes está preparando un nuevo decreto sobre la educación de niños, alumnos y estudiantes con necesidades educativas especiales y niños, alumnos y estudiantes superdotados. En él se establecen nuevas condiciones para la enseñanza de niños, alumnos y estudiantes socialmente desfavorecidos; se hace hincapié en la creación de las condiciones necesarias para la educación de esos alumnos en las escuelas del sistema general de enseñanza. En virtud de ese decreto se crearán las condiciones necesarias para mejorar el rendimiento de los alumnos con necesidades educativas especiales en el sistema general de enseñanza. Ello debería contribuir de manera considerable a reducir el número de esos alumnos, especialmente el de los matriculados en escuelas especiales. En la actualidad, se transfiere a dos de cada diez niñas romaníes, en promedio, a un programa especial para discapacitados mentales leves durante el período de escolarización obligatoria (entre las niñas no romaníes la proporción es del 1% y entre los varones del 3%).

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 26 de la lista de cuestiones

150.En la República Checa no se han adoptado medidas directas para alentar a los varones a cursar estudios en los que tradicionalmente han predominado las mujeres. Sin embargo, el Ministerio de Educación, Juventud y Deportes organizó en 2009 una conferencia —con contribuciones internacionales— sobre el tema "Los hombres en la escuela", en la que se abordó la cuestión de la incorporación de un mayor número de hombres en el proceso educativo. Los centros de orientación profesional informan a los candidatos sobre las posibilidades de realizar estudios en los que tradicionalmente predominaba el otro sexo.

151.No se ha llevado a cabo una evaluación de dichas medidas, excepto cuando las llevan a cabo organizaciones que han adoptado programas análogos, a saber:

El Programa de tutoría de la Universidad Técnica Checa;

El proyecto Inténtalo(http://www.zkusit.cz/proc-zkusit/index.php);

La Universidad de Tecnología de Brno (http://www.fit.vutbr.cz/holky/holky);

TecSí (http://www.techyes.info/search.php?rsvelikost=sab&rstext=all-phpRS-all&rsrazeni=priorita&rstema=10);

Un proyecto para mejorar el grado de integración de los empleados jóvenes y principiantes, especialmente mujeres, en la investigación de la protección global del medio ambiente (http://www.envi-young.cz).

152.En el marco de las Prioridades y procedimientos del Gobierno para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres de 2009, se aprobaron una serie de medidas, en la esfera de competencia del Ministerio de Educación, Juventud y Deportes, que se están aplicando actualmente y que deberían propiciar la elección no estereotipada de nuevos estudios y ocupaciones:

Aplicar el principio de una educación y formación con una perspectiva de género en las próximas normas de la profesión docente;

Formar a consultores en materia de orientación profesional y mediación laboral y a otros empleados de las oficinas de empleo en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

J.Prestaciones laborales, sociales y económicas

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 27 de la lista de cuestiones

153.En el marco de las Prioridades y procedimientos del Gobierno para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres actualizados en 2009 se aprobaron medidas que se están aplicando actualmente y que deberían contribuir a aumentar la participación de las mujeres en los puestos decisorios y de gestión y reducir las diferencias de remuneración entre ambos sexos. Esas medidas comprenden la exigencia de que los organismos de inspección de trabajo, en su labor de vigilancia del cumplimiento de la normas laborales, se centren en la observancia de las normas que prohíben la discriminación sexual, incluido el respeto del principio de igual remuneración por igual trabajo o trabajo de igual valor, y la elaboración de una metodología a esos efectos.

1.Las mujeres en puestos directivos

154.En las 11 mayores empresas cotizadas de la República Checa, la representación de las mujeres en los puestos decisorios más altos es del 13%. En el Banco Central, la proporción de mujeres que ocupan esos puestos es del 14%. El Gobierno está realizando un seguimiento detallado de todo este sector a fin de promover una representación equilibrada de hombres y mujeres y proponer medidas concretas en el futuro. En el marco de las Prioridades y procedimientos del Gobierno para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres, se encomendó al Ministerio de Industria y Comercio que "vele por la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en los consejos de administración y supervisión de las empresas estatales y las sociedades anónimas públicas, y supervise la representación de ambos sexos en esos órganos".

2.Diferencias de remuneración entre hombres y mujeres

155.La Oficina de Estadística de la República Checa está llevando a cabo una presentación gráfica de los datos sobre las diferencias de remuneración entre hombres y mujeres. La única manera de intentar determinar la proporción de discriminación laboral en relación con las diferencias de remuneración entre hombres y mujeres en su conjunto sería ajustar ese indicador en función de diversos factores (edad, educación, sector de actividad económica, etc.), lo cual no es viable desde el punto de vista estadístico. La Oficina de Estadística clasifica los salarios medios de los empleados y las diferencias de remuneración entre hombres y mujeres con arreglo a diversos factores (edad, educación, etc.). Esos datos se pueden consultar en:

http://czso.cz/csu/cizinci.nsf/datove_udaje/gender_pracemzdy o

http://czso.cz/csu/2009edicniplan.nsf/p/3107-09.

156.El artículo 110 de la Ley Nº 262/2006, Código del Trabajo, garantiza la protección de los empleados, incluidas las mujeres de grupos desfavorecidos, las mujeres con discapacidad, las mujeres mayores y las mujeres romaníes, contra toda discriminación salarial. Figura en él una lista detallada de todos los aspectos que determinan la remuneración laboral (salarios, sueldos, honorarios convenidos).

157.Todos los empleados, basándose en esa lista detallada, pueden demostrar que han realizado un trabajo igual o de igual valor, y hacer valer así su derecho, ante los órganos arbitrales competentes, a una remuneración igual (o diferente). Esta definición positiva y directa de la igualdad de remuneración ha resultado más eficaz que la simple enumeración de los motivos de discriminación (sexo, edad, nacionalidad, grupo étnico, etc.).

158.Es posible eliminar o reducir las prácticas potencialmente discriminatorias aplicando la disposición mencionada más arriba:

1.Mediante la aplicación por el empleador de un régimen de salarios que permita, en el marco de convenios colectivos o de otro tipo (contratos de trabajo u otros acuerdos), reglamentaciones salariales o evaluaciones salariales, y de acuerdo con la mencionada disposición del Código del Trabajo, comprobar (por medio de las partes contratantes, los órganos de inspección o los tribunales) si constituyen prácticas discriminatorias (la selección de criterios discriminatorios u otras prácticas de este carácter).

2.Haciendo valer el derecho de todos los empleados a igual remuneración por trabajo igual o de igual valor, ya sea directamente ante el empleador, por conducto de un órgano de inspección o por la vía judicial.

3.A fin de encauzar la actuación de los órganos de inspección, y para uso general en el proceso de remuneración del trabajo, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha preparado una guía metodológica de controles de la remuneración del trabajo de hombres y mujeres que puede servir para evaluar casos individuales de discriminación salarial.

159.En 2006, los tribunales entendieron de cinco casos de presunta discriminación salarial; en 2008 conocieron de cuatro (véase el cuadro 1 supra).

160.La campaña de información paneuropea sobre las diferencias salariales entre hombres y mujeres también tiene por objeto reducir esas diferencias. La Dependencia de Igualdad entre los Géneros de la Oficina del Gobierno participa en esa campaña en calidad de órgano de coordinación para la igualdad de género. Principalmente, contribuye a difundir información y a ofrecer explicaciones a los medios de comunicación checos y a las personas que manifiesten interés.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 28 de la lista de cuestiones

1.Licencia parental

161.La licencia parental, prevista en la legislación checa, representa un obstáculo al desempeño laboral del empleado. El Código del Trabajo prevé únicamente la baja laboral, pero no la cuestión de la seguridad económica del empleado. Ambos progenitores tienen derecho a una licencia parental, que se concede a la madre al término de su licencia de maternidad y al padre desde el nacimiento del hijo, y que durará el período que soliciten, pero como máximo hasta que el hijo cumpla 3 años (art. 196). Una empleada y un empleado pueden solicitar la licencia de maternidad y la licencia parental simultáneamente (art. 198 1)). De ello se desprende que, si la madre solicita la licencia de maternidad, el padre podrá solicitar al mismo tiempo la licencia parental (a partir de la fecha de nacimiento del niño) para ocuparse juntos del cuidado del niño. A este respecto, es preciso distinguir entre el derecho a la licencia parental y el derecho a la prestación parental. La licencia parental no supone la concesión automática de una prestación parental; puede ocurrir que sólo uno de los progenitores reciba esta última.

Cuadro 4

Promedio de prestaciones parentales anuales, desglosadas por sexo del beneficiario

Año

Número total de prestaciones

Beneficiarios

Mujeres

Hombres

Porcentaje de hombres

2009

362 044

356 027

6 017

1,7

2008

359 886

353 562

6 324

1,8

2007

342 548

337 685

4 863

1,4

2006

308 234

304 003

4 231

1,4

Fuente: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales —prestación parental— hombres.

162.En lo que respecta al subsidio de maternidad, desde la entrada en vigor de la Ley del seguro de enfermedad, el 1º de enero de 2009, la madre puede rotar en el cuidado de los hijos con su esposo o el padre del niño; ambos tienen derecho al subsidio de maternidad por ese hijo durante el período y en las condiciones establecidas por la Ley del seguro de enfermedad (artículo 32 1) e) de la Ley Nº 187/2006). La rotación es posible desde el inicio de la séptima semana después de la fecha de nacimiento del hijo y puede realizarse con la frecuencia que se desee. Si se rota en el cuidado del hijo, se interrumpe el pago del subsidio de maternidad a la madre, y empieza a abonarse al hombre con cargo a su seguro de enfermedad, siempre que cumpla las condiciones establecidas, y viceversa. En cuanto a la concesión de esta prestación porque el beneficiario se ha hecho cargo del cuidado permanente del niño, la ley no hace distinción alguna al respecto en función del sexo, por lo que cualquiera de las dos personas con derecho a ello puede solicitar ese subsidio.

163.Se dispone de estadísticas a partir de 2010 sobre el número de varones que reciben el subsidio de maternidad. En enero de 2010, los hombres representaban el 1,7% de los beneficiarios de esa prestación; en febrero de 2010 la cifra ascendía al 1,8%. La proporción de hombres beneficiarios del subsidio de maternidad es por tanto idéntica a la de hombres que reciben una prestación parental.

2.Prestación por paternidad

164.La propuesta de "prestación por paternidad" forma parte del "paquete de medidas de fomento de la familia". Su objetivo es ofrecer una nueva prestación con cargo al seguro de enfermedad para forjar un vínculo entre el padre y el hijo desde la etapa más temprana de la vida de éste, o bien entre el niño y la persona que ha asumido su cuidado de forma permanente, en sustitución de los padres, en la fase inicial de esa nueva etapa. El asegurado (el padre del niño) deberá tomar la licencia de paternidad en un plazo de seis semanas a partir de la fecha de nacimiento del niño o a partir de la fecha en que se hizo cargo del cuidado del niño (para niños de hasta 7 años). La prestación por paternidad debería concederse por una semana a partir de la fecha de inicio de la licencia de paternidad. La prestación por paternidad por día natural debe equivaler al 70% de la base de cálculo diaria.

165.El documento fue aprobado por el Gobierno el 19 de noviembre de 2008 como principio general de derecho. En su versión articulada, la medida se incorporó al proyecto de ley sobre la promoción de las familias con hijos, que actualmente se encuentra en la etapa de la primera lectura y ha sido incluido en el orden del día de la 75ª sesión de la Cámara de Diputados del Parlamento checo. Su aprobación depende del proceso legislativo posterior. Es poco probable que ese proyecto de ley sea aprobado en la presente legislatura.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 29 de la lista de cuestiones

1. Mujeres con discapacidad

166.La República Checa desea prestar en el futuro más atención a la situación de las mujeres con discapacidad, en el marco de su Plan nacional de fomento de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, aprobado por la Resolución del Gobierno Nº 253, de 29 de marzo de 2010. A esos efectos, se encargó a la Junta Gubernamental para las Personas con Discapacidad que llevara a cabo un estudio específico sobre la situación de las mujeres con discapacidad en el país con miras a determinar posibles diferencias con respecto a los hombres en la República Checa, y en comparación con las mujeres en la Unión Europea y el resto del mundo, basándose en los resultados de estudios realizados por especialistas, en particular su posición en el mercado de trabajo y su retribución. Se adoptarán medidas concretas para mejorar la situación de las mujeres con discapacidad teniendo en cuenta los resultados de ese análisis.

167.Al mismo tiempo, el Gobierno exhortó a todos los miembros a que garantizaran iguales condiciones a las mujeres con discapacidad en todas sus iniciativas organizativas, legislativas y fácticas.

2.Las mujeres refugiadas

168.La Ley de asilo (Ley Nº 325/1999) prevé medidas encaminadas a satisfacer las necesidades concretas de las mujeres y las niñas:

"Por razones que merezcan consideración especial, o en respuesta a una petición expresa de protección internacional, el Ministerio concertará una entrevista con el solicitante y le facilitará, en la medida de lo posible, los servicios de un intérprete de su mismo sexo (art. 23). El encargado de un centro de acogida o de un centro residencial de asilo tendrá en cuenta las necesidades concretas del solicitante de protección internacional cuando sea un menor de edad no acompañado, un menor de 18 años, una mujer embarazada, una persona con discapacidad, una persona que haya sido torturada, violada o sometida a otras formas graves de agresión psicológica, física o sexual, y, en los casos que merezcan una consideración especial, cualquier otra persona. Una vez cumplimentados los trámites iniciales, se ingresará al menor de edad no acompañado, previa decisión judicial, en un centro educativo para que reciba atención institucional, o se le encomendará al cuidado de una persona designada en la decisión judicial."

(Ley de asilo Nº 325/1999, art. 81)

169.De conformidad con las disposiciones más arriba mencionadas, se prestará más atención en el procedimiento de asilo a la situación de las mujeres refugiadas-migrantes (en particular las mujeres solteras con hijos, las mujeres con discapacidad y mayores, y las jóvenes solteras), y se les facilitará apoyo psicosocial y protección.

170.La administración encargada de los centros de refugiados adopta medidas concretas de apoyo y protección en sus residencias, tomando debidamente en consideración las necesidades individuales de las mujeres y sus hijos. También se presta atención especial a las mujeres que han obtenido asilo en el marco de los preparativos para su integración y permanencia en centros de asilo. A este respecto, el Departamento de Asilo y Migración del Ministerio del Interior colabora estrechamente con la Administración de los Centros de Refugiados en la selección y provisión de una vivienda adecuada, en el marco del Plan estatal de integración. Sin embargo, la satisfacción de las necesidades individuales de vivienda de las mujeres depende en cierta medida de la situación objetiva del mercado inmobiliario, es decir, de la oferta de viviendas adecuadas para la integración de los refugiados. La Administración de los Centros de Refugiados y las ONG centran sus esfuerzos en ayudar a las mujeres migrantes a incorporarse en el mercado de trabajo y prepararlas para una futura autonomía económica. Por lo general, el apoyo comprende una serie de cursos de idioma y readiestramiento apropiados; la prestación de asistencia a las mujeres solteras con hijos también tiene por objeto crear un entorno educativo y de aprendizaje adecuado para los niños en edad preescolar y escolar.

171.El Tribunal Administrativo Supremo también hace especial hincapié en sus decisiones en la situación de las mujeres solicitantes de asilo en sus países de origen; mediante sus fallos, establece pautas para todos los órganos administrativos encargados de adoptar decisiones en los procesos de concesión de protección internacional. En su sentencia Nº 364/2004, el Tribunal Administrativo Supremo consideró que las mujeres pueden formar un grupo social y que, en determinadas circunstancias, el propio hecho de pertenecer a ese grupo puede ser una razón para que se les conceda asilo, aunque no todos los miembros del grupo corran el riesgo de hostigamiento. El Tribunal Administrativo Supremo emite fallos similares cuando el solicitante de asilo es objeto de violencia en el hogar. De conformidad con la posición adoptada en diciembre de 1997 por el Consejo Europeo sobre los Refugiados y los Exiliados en relación con mujeres solicitantes de asilo y refugiadas, el Tribunal estima que la violencia en el hogar puede considerarse, en ciertos casos, persecución o entrañar riesgo de lesiones graves, dependiendo de la capacidad y la voluntad del país de origen de la solicitante de ofrecer protección frente a ese tipo de conducta. A este respecto, se superó la barrera del sector privado que excluía de toda protección internacional a las víctimas de violencia en el hogar, que en adelante podrán recibir asilo por su pertenencia a un grupo social determinado. Véase, por ejemplo, el fallo Nº 4 Azs 31/2009-93, de 29 de julio de 2009, en www.nssoud.cz. El Tribunal Administrativo Supremo tuvo en cuenta la situación particularmente opresiva de las mujeres en la República Democrática del Congo en su fallo Nº 4 Azs 175/2007-49, de 24 de enero de 2008, que puede consultarse en www.nssoud.cz, por el que se concedía asilo a la mujer de un destacado dirigente político que defendía los intereses de su grupo étnico.

3.Las mujeres migrantes

172.Las mujeres son minoría entre los extranjeros que residen legalmente en la República Checa. En 2008, 264.424 extranjeros residentes eran hombres (60,3%) y 173.877 mujeres (39,7%). Las mujeres también son minoría entre los migrantes detenidos por inmigración ilegal —de las 3.829 personas de nacionalidad extranjera detenidas en 2008 por ese motivo, 2.714 eran hombres (en torno al 70,9%), 1.054 mujeres (alrededor del 27,5%) y 61 niños (aproximadamente el 1,6%).

173.Es interesante observar la escasa representación femenina entre los ciudadanos extranjeros enjuiciados. En 2008, la proporción de hombres clasificados en esa categoría ascendía al 90,4% (7.752 personas, en cifras absolutas), frente al 9,6% de mujeres (820 personas). En comparación con 2007, el número de hombres procesados aumentó en 311 personas, mientras que el de mujeres procesadas creció más lentamente (82).

174.En las medidas de integración se presta atención especial a las mujeres migrantes y su integración en la sociedad. En los centros comunitarios de madres se llevan a cabo actividades de integración en favor de las mujeres con hijos. La asistencia financiera para todos los cursos (de idioma, orientación sociocultural, etc.) está condicionada a la prestación de servicios de guardería para que las mujeres puedan asistir a los cursos. Se distribuyen folletos con información sobre cuestiones relacionadas con el embarazo, el parto y el derecho de las mujeres migrantes a recibir las prestaciones sociales por maternidad, por conducto de organizaciones sin fines de lucro. Se están mejorando las aptitudes interculturales de los profesionales de la salud, educadores, trabajadores sociales, etc., para que estén en condiciones de respetar la idiosincrasia cultural de las mujeres migrantes.

4.Mujeres mayores, pensiones

175.El derecho a una pensión está condicionado al período establecido de afiliación al seguro de pensiones y a una edad determinada (por ejemplo, la edad de jubilación, una edad derivada de ella o 65 años).

176.El 1º de enero de 2010 entró en vigor la primera fase de la reforma del régimen de pensiones, en virtud de la Ley Nº 306/2008, por la que se enmendaba la Ley Nº 155/1995, sobre el seguro de pensiones, la Ley Nº 582/1991, sobre la organización y prestación de la seguridad social, y otras leyes. Esa ley propiciará, entre otras cosas, un aumento gradual de la edad de jubilación hasta los 65 años para los hombres, las mujeres sin hijos y las mujeres con un hijo; hasta los 64 años para las mujeres con dos hijos; hasta los 63 años para las mujeres con tres hijos; y hasta los 62 años para las mujeres con cuatro o más hijos. Por tanto, el sistema de bonificaciones concedidas en función del tiempo dedicado por la mujer a la crianza de un hijo sólo se mantendrá en esta fase. A partir del 1º de enero de 2010, queda unificada para hombres y mujeres la edad a la que se determina el período adicional para tener derecho a recibir una prestación por invalidez total (o parcial) a la luz de la evaluación del porcentaje de invalidez (la edad de jubilación establecida para las mujeres de la misma edad que no han criado ningún hijo).

K.Salud

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 30 de la lista de cuestiones

177.El 23 de noviembre de 2009, el Gobierno checo aprobó la Resolución Nº 1424, en atención a una iniciativa del Ministro de Derechos Humanos y el Consejo del Gobierno para los Derechos Humanos (que se ocupa de esta cuestión desde hace mucho tiempo), en la que se lamentaban por los errores cometidos al esterilizar a mujeres en contra de una directiva del Ministerio de Salud. Tanto la opinión pública como las mujeres esterilizadas acogieron con agrado la disculpa y las primeras medidas tomadas al respecto. En esa iniciativa también se proponen otras medidas y procedimientos para velar por que ese tipo de acciones no se repitan en el futuro.

178.Sin embargo, cuando se preparó la resolución del Gobierno no se llegó a un acuerdo sobre la indemnización económica que había de pagarse a las víctimas, ni acerca de la cuestión de la promulgación de un decreto sobre esterilización que dejara sin efecto la directiva vigente. Debido a la retirada del proyecto de ley sobre servicios médicos específicos, que, entre otras, tenía por objeto abordar la cuestión del tratamiento de cirugía de esterilización, no ha habido ningún cambio en la legislación.

179.El Gobierno, en su resolución de noviembre de 2009, instó al Ministro de Salud a que tomara medidas para facilitar la detección de la práctica de esterilización ilegal y evitar que se repitieran en el futuro casos análogos. Suponía, sobre todo, la difusión de información sobre la ejecución de las medidas propuestas por el órgano asesor en relación con la esterilización ilegal y su eficacia; la incorporación de la cuestión de la esterilización en el programa del Foro de Profesionales; y el establecimiento de contacto con organizaciones de gestión directa y, por conducto de las autoridades regionales, con los centros médicos de la República Checa que prestan atención ginecológica y obstétrica, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en los casos de esterilización.

180.Posteriormente, el Ministro de Salud, en una reunión celebrada el 25 de enero de 2010, facilitó información al Gobierno sobre la ejecución de esas medidas. El Ministerio de Salud ha adoptado medidas de sensibilización de la opinión pública a través de su sitio web y por medio del folleto "Asesor de los pacientes" ( Rádce pacienta ), que se publicó y empezó a distribuirse en abril de 2010.

181.Como se indicó más arriba, en la resolución del Gobierno también se ordenaba al Ministro de Salud que verificara el cumplimiento de la ley cuando se practicara la esterilización. Se comprobó que se habían establecido grupos de expertos en esterilización encargados de examinar las solicitudes de esterilización debidamente firmadas por las interesadas; que se redactaban minutas de las reuniones de esos grupos; y que esas minutas se guardaban en cumplimiento de la legislación aplicable. También se confirmó que el consentimiento informado se ajustaba al modelo publicado en el Boletín del Ministerio de Salud Nº 8/2007. Además, algunos establecimientos utilizan un formulario ampliado de consentimiento informado.

182.Cabe concluir que las medidas adoptadas contribuyen de manera eficaz a evitar la esterilización ilegal. Sin embargo, no se han creado mecanismos especiales de indemnización, ni se han promulgado nuevas leyes, aunque está previsto hacerlo en el futuro.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 31 de la lista de cuestiones

1.Situación sanitaria de las mujeres romaníes – programas

183.En la República Checa, la pertenencia a un grupo étnico o de otro tipo no se tiene en cuenta a la hora de proporcionar atención médica. Todos los ciudadanos tienen igual derecho a recibir una atención médica basada en los conocimientos más actuales de la ciencia. Tampoco se distingue entre la atención médica que se presta a las mujeres en las ciudades y en el campo.

184.La Ley Nº 48/1997, sobre el seguro público de salud, dispone que se prestará una atención médica de la misma calidad a todas las mujeres. El seguro de salud de las trabajadoras, al igual que el de los trabajadores, es sufragado en parte con cargo a sus ingresos y en parte por el empleador. El Estado financia el seguro de salud de las madres con licencia de maternidad y licencia parental. Todas las mujeres tienen derecho a recibir anualmente atención ginecológica de carácter preventivo a partir de los 15 años, y atención médica ambulatoria durante el embarazo. La red de centros de salud de la República Checa es muy densa; la proporción de médicos generales y de especialistas por habitante es igual al promedio que se registra en los países europeos desarrollados. La relación entre el número de habitantes y el número de camas en los centros de salud satisface plenamente las necesidades médicas tanto en las zonas urbanas como en las rurales; la atención médica que se presta a las mujeres en los departamentos de ginecología y obstetricia de los hospitales de zonas rurales no ha de afrontar los problemas relacionados con el auge actual de la natalidad en las zonas urbanas. Las necesidades de atención médica relacionada con el parto y el cuidado de los recién nacidos están plenamente satisfechas. Con respecto a la atención de emergencia y prehospitalaria profesional, que incluye el traslado de las embarazadas para que den a luz en el hospital, se ha establecido un plazo límite de 15 minutos desde la recepción de una llamada de emergencia para toda la República Checa.

185.El párrafo 33 supra contiene información detallada del proyecto SASTIPEN, en el marco del cual se abordan aspectos especiales del acceso a la atención médica en las comunidades romaníes marginadas.

2.Mujeres mayores

186.En la República Checa no se lleva a cabo una vigilancia independiente de las condiciones de salud de las mujeres mayores. Existen programas de detección y diagnóstico precoces de los cánceres más comunes —de mama, de cuello uterino y colorrectal. Aunque estos programas no están destinados únicamente a las mujeres mayores, se concede prioridad a éstas en algunas de las pruebas. El examen para la detección del cáncer de mama se realiza cada dos años a partir de los 45 años de edad, sin ninguna otra limitación de edad. Todas las mujeres tienen derecho a un examen ginecológico anual de carácter preventivo, el cual incluye un examen de pesquisa para carcinoma de cuello uterino. En la República Checa se realizan exámenes de pesquisa para cáncer colorrectal desde 2009. Todos los ciudadanos tienen derecho a exámenes de pesquisa de carácter preventivo de los 50 años en adelante; a partir de los 55 años, esas pruebas también pueden incluir una colonoscopia (cada diez años).

L.Mujeres rurales y romaníes

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 32 de la lista de cuestiones

187.Los proyectos del Ministerio de Agricultura se ejecutan en colaboración con las ONG que operan en las zonas rurales a fin de lograr en ellas al mayor grado de concienciación posible y, en general, de desarrollo rural:

Občanské sdružení Pomoc Týn nad Vltavou (Týn nad Vltavou Aid, asociación cívica);

Obecně prospěšná společnost Domov sv. Anežky Týn nad Vltavou (Hogar de Sta. Inés, Týn nad Vltavpu, entidad sin fines de lucro);

Občanské sdružení Farmářské centrum (Centro de Agricultores, asociación cívica).

188.Estas ONG cooperan estrechamente entre sí y ejecutan proyectos que tienen efectos positivos en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Comprenden:

Servicios municipales – bancos, mesas, rincones de juego para los niños;

Señalización de sendas turísticas (excursiones familiares – senderismo, ciclismo);

Zonas verdes, plantación de nueva vegetación;

Construcción de un parque deportivo y cultural;

Seminarios de capacitación;

Desarrollo del turismo;

Apoyo a la preservación de las tradiciones populares como parte del desarrollo regional.

189.La función de estas organizaciones sin fines de lucro es prestar apoyo a las personas con discapacidad y asistencia a las socialmente desfavorecidas y mayores. La asistencia y cooperación con esas ONG se centra en la esfera de la toma de conciencia en el medio rural, en particular el respeto de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. El Ministerio de Agricultura proporciona la información necesaria especialmente en las siguientes esferas: empleo, educación, readiestramiento profesional, asuntos sociales, subsidios en el contexto de la terminación anticipada de las actividades agrícolas debido a edad avanzada (en virtud del Reglamento Nº 69/2005). Esas organizaciones han establecido una cooperación transfronteriza con organizaciones similares de Austria, y existe un interés mutuo en intercambiar información y experiencias sobre la vida de las mujeres rurales e intensificar la cooperación.

190.Entre otros proyectos exitosos del Programa de desarrollo rural en otra región cabe mencionar la concesión de un subsidio a la municipalidad de Nasavrky con el fin de crear el espacio social necesario para el desarrollo cultural y social previsto de la comunidad. Esos fondos permitieron construir locales en los que los habitantes de la municipalidad pudieran celebrar reuniones de carácter cultural y social. Asimismo, contribuyó al desarrollo de la vida social en la localidad. En Kleštice, se concedió un subsidio para la transformación de un antiguo edificio residencial en un centro polivalente en el que pudieran reunirse personas de todas las edades. Se creó una biblioteca municipal con acceso a Internet y una sala de ceremonias para "acoger a nuevos ciudadanos" [una especie de bautismo secular]. El Programa también incluía la construcción del sendero Gruň-Bílý Kříž, de 10 km de longitud, que contribuyó a fomentar el turismo regional.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 33 de la lista de cuestiones

191.En la República Checa no se recopilan de manera sistemática datos estadísticos en estas esferas desglosados por nacionalidad u origen étnico (salud, vivienda y empleo). La información disponible procede de análisis y estudios de expertos.

192.Como se mencionó más arriba (véase la respuesta al párrafo 12), la República Checa tiene el propósito de conceder atención prioritaria a la situación de las mujeres y las niñas romaníes en el período 2010-2013.

1.Salud de las mujeres y las niñas romaníes

193.Se recopiló información relativa a la salud de la población romaní en el marco del proyecto de investigación Salud y comunidad gitana, República Checa – Informe nacional 2009, que formaba parte del proyecto europeo titulado Salud y comunidad gitana – Análisis de la situación en Europa, financiado por la Unión Europea y en el que participaban siete países. En esa investigación se entrevistó a 677 personas mayores de 16 años (45,3% mujeres y 54,7% hombres) y a 327 personas de 0 a 15 años (55,9% niños y 44,1% niñas). Mejoró mucho el conocimiento relativo a la salud de la comunidad romaní en la República Checa. Se llegó a la conclusión de que "en general, la situación de la salud de los romaníes parece ser bastante satisfactoria en el período estudiado" (pág. 69). Por lo que respecta a la salud de las mujeres romaníes, se observó que, como la mayoría de la población, las diferencias de evaluación del estado actual de salud de hombres y mujeres son mínimas. Las mujeres tienden a padecer al mismo tiempo varias enfermedades algo más que los hombres (20% los hombres, 30% las mujeres). Con respecto a las distintas enfermedades y problemas de salud, es claramente mayor el número de mujeres que sufren depresión (9% hombres, 17% mujeres) y migrañas o dolores de cabeza (21% hombres, 35% mujeres). Las mujeres romaníes también padecen hipertensión en mayor proporción que los hombres (22% frente a 15%). Una proporción de mujeres algo mayor que de hombres se ven obligadas a reducir sus actividades cotidianas debido a complicaciones de salud (28% mujeres, 19% hombres). De las conclusiones del estudio relativas a la comunidad en su conjunto cabe señalar el comienzo relativamente temprano de un deterioro evidente de la salud durante la mediana edad avanzada (45 a 59 años). El hábito de fumar está muy extendido; el porcentaje de fumadores habituales es varias veces superior al de la mayoría de la población.

194.Los informes sobre la situación de las comunidades romaníes contienen información adicional sobre la salud de las mujeres y las niñas. De ellos se desprende que los romaníes socialmente marginados subestiman la importancia de la prevención —muchos no acuden a los reconocimientos médicos de carácter preventivo y sólo consultan a un médico cuando tienen problemas de salud; otras características preocupantes de las condiciones de salud de estas comunidades son el incumplimiento de los tratamientos, hábitos alimenticios inadecuados (en el caso de ambos sexos) y los frecuentes embarazos de chicas jóvenes.

195.Con el fin de mejorar las salud de los romaníes, se ejecutó el proyecto SASTIPEN – asistentes sociales y auxiliares sanitarios en seis regiones de la República Checa en 2008. En el marco de ese proyecto se empleaba a título experimental a asistentes sociales y auxiliares sanitarios para que prestaran ayuda en materia de prevención, la elección de médicos, gestiones con compañías de seguros, etc. Actualmente, se advierte la necesidad de aumentar el número de esos trabajadores.

2.Empleo de las mujeres y niñas romaníes

196.Con respecto al empleo, al igual que con la atención de salud, es necesario destacar la falta de datos estadísticos relativos a la tasa de desempleo de los hombres y mujeres romaníes, porque las oficinas de empleo no mantienen estadísticas desglosadas por origen étnico. El estudio de investigación "Czech Republic: Improving the Employment Chances of the Roma" (Banco Mundial, Oficina del Gobierno, Praga, 2008, pág. 9) indica que la tasa de desempleo tanto para los hombres como para las mujeres romaníes es muy superior al promedio en la República Checa. Véase el cuadro 5.

Cuadro 5

Indicadores de la situación del mercado de trabajo: romaníes y promedio nacional

Tasa de desempleo

Participación relativas en la fuerza de trabajo

Tasa de empleo respecto al número de habitantes

Romaníes

RCh

Romaníes

RCh

Romaníes

RCh

Población en edad laboral (25 a 64 años)

11,7

5,4

44,2

69,9

39,1

66,1

Sexo

Hombres

10,3

4,3

61,3

78,1

55,0

74,8

Mujeres

14,0

6,8

30,5

61,5

26,3

57,3

Fuente: Tomado del Informe sobre la situación de las comunidades romaníes en 2008.

Nota: Los datos relativos a la República Checa corresponden a 2007 y los relativos a los romaníes a mayo de 2008.

197.Según el estudio, la tasa de empleo de los romaníes en el proceso de trabajo es bajo —hasta un 57% de los romaníes en edad laboral (más de 15 años) no participan en el mercado de trabajo, es decir, son desempleados o buscan empleo.

198.Con arreglo al informe sobre la situación de las comunidades romaníes en 2008, uno de los grupos más vulnerables de las comunidades romaníes es el de las madres que han gozado de licencia parental y tratan de reincorporarse en el mercado de trabajo después de haber pasado un período largo cuidando a su hijo. Esas mujeres suelen tener escasa experiencia de trabajo y baja cualificación. A menudo también tienen necesidades concretas en relación con los horarios de trabajo porque necesitan conciliar su vida laboral y personal (a este respecto, las mujeres romaníes tienden a preferir trabajar a tiempo parcial, algo inusual en los trabajos poco especializados en la República Checa).

199.En 2008, los Servicios de Empleo Público colaboraron con alrededor de 310 organizaciones, de las cuales 231 de empleadoras, 51 ONG y 26 organizaciones romaníes, para incorporar a los romaníes en el mercado de trabajo. A continuación figura una estimación razonada de expertos de oficinas de empleo sobre el número de romaníes en busca de trabajo que han sido integrados en instrumentos de política activa de empleo.

Cuadro 6

Romaníes que buscan trabajo (estimación razonada)

Política activa de empleo

Servicios de la comunidad

Trabajos socialmente eficaces

Readiestramiento

Otros

Total

Total

Mujeres

Total

Mujeres

Total

Mujeres

Total

Mujeres

1 154

447

143

41

505

185

180

70

1 982

200.El programa "Integración social e igualdad de oportunidades" (financiado por la Unión Europea) tiene por objeto promover la integración social; también se considera el programa "romaní" "Promoción de la integración social de las localidades romaníes". El objetivo es lograr la integración social de los miembros de las comunidades romaníes socialmente marginadas garantizando la disponibilidad, la calidad y el control de los servicios, en particular la eliminación de los obstáculos a su acceso a la educación y el empleo, y el acceso al apoyo a la inversión. Se han asignado alrededor de 1.100 millones de coronas checas a esa esfera para el período 2007-2013. La autoridad encargada de administrar el Programa es el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que también debería disponer de estadísticas más detalladas. Se ha establecido un grupo de trabajo interdepartamental sobre cuestiones romaníes que depende del Comité de Supervisión del programa.

201.Por lo que respecta a la discriminación contra las mujeres romaníes en materia de relaciones laborales, las autoridades de inspección del trabajo no recibieron ninguna queja durante el período que se examina.

3.Vivienda

202.En cuanto a la situación de los romaníes en materia de vivienda, es preciso considerar dos categorías. Por una parte, los problemas de los que viven en localidades socialmente marginadas, y, por la otra, las condiciones de vivienda de los que viven fuera de esos lugares y están integrados en la sociedad. Los esfuerzos del Estado se centran en la situación a la que se enfrenta el primer grupo. La vivienda es una de las esferas supervisadas y evaluadas en los informes anuales sobre la situación de las comunidades romaníes.

203.Como se señala en el informe sobre la situación de las comunidades romaníes en 2008, los socialmente marginados siguen ocupando una posición marginal en el mercado de la vivienda, en el que es fácil que se enfrenten con desigualdades y barreras estructurales. En relación con la vivienda, hay una tendencia cada vez mayor a la segregación espacial y al declive social de los habitantes de las localidades socialmente marginadas. La mala calidad de la construcción suele afectar negativamente a otras esferas de la vida (por ejemplo, salud, oportunidades educativas y tiempo libre). El Estado intenta ante todo evitar que se creen y extiendan ese tipo de localidades, por ejemplo utilizando la nueva Agencia de Integración Social en las Localidades Romaníes, cuyas actividades consisten en promover una planificación regional y comunitaria eficaz y ejecutar medidas específicas en apoyo de los habitantes de las comunidades marginadas.

204.Actualmente se plantea el desafío del aumento de la oferta de viviendas asequibles para las familias romaníes de bajos ingresos, la lucha contra la discriminación y las prácticas ilícitas en el mercado de la vivienda, y la ejecución de programas sociales específicos para mejorar la situación socioeconómica de los romaníes y desarrollar las aptitudes necesarias para encontrar y mantener una vivienda en el mercado inmobiliario libre. El éxito de esas acciones dependerá en gran medida de la voluntad y la buena disposición de las administraciones locales a participar en la ejecución de estrategias y medidas en el sector inmobiliario.

4.Protección de las mujeres y las niñas romaníes frente a la violencia en todassus formas, incluida la trata internacional con fines de explotación sexualy económica

205.Como se ha indicado más arriba, la República Checa no mantiene registros (o estadísticas) basados en el origen étnico. La prostitución suele ser uno de los fenómenos sociopatológicos mencionados (junto con el abuso de drogas, el alcoholismo y el juego), que a menudo se registran en las localidades socialmente marginadas. Las mujeres y las niñas romaníes también pueden acudir a asistentes sociales locales que trabajen en comunidades (romaníes) en situación de riesgo para consultarles respecto de problemas relacionados con la prostitución. De todos los casos examinados por los trabajadores sociales en 2008, la prostitución representó el 1% (es decir, 51 casos).

206.Según el Ministerio del Interior, las mujeres de otros países (a menudo muy lejanos) tienden a ser víctimas de trata.

207.La República Checa concede subsidios para ayudar a las víctimas tanto de trata como de violencia contra la mujer, ya sea mediante la financiación de proyectos (por ejemplo, por conducto del Ministerio del Interior) o la prestación de los servicios sociales pertinentes (por conducto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

209.La asistencia financiera proporcionada a través de los servicios sociales figura en los cuadros 7 y 8. En el marco de esos programas también se presta asistencia a las mujeres y niñas romaníes.

Cuadro 7

Subsidios para "servicios sociales a las víctimas de trata"

(En coronas checas)

Servicio social

Subsidio total en 2009

Alojamiento

1 070 000

Ayuda de emergencia

2 856 500

Asesoramiento social

1 000 000

Total

4 926 500

Servicio social

Número de servicios en 2009

Alojamiento

1

Ayuda de emergencia

2

Asesoramiento social

2

Total

5

Cuadro 8

Subsidios para "servicios sociales a las víctimas de violencia en el hogar"

(En coronas checas)

Servicio social

Subsidio total en 2009

Alojamiento

14 040 000

Centros de intervención

15 914 639

Ayuda de emergencia

585 744

Asesoramiento social

6 555 200

Intervención telefónica en crisis

3 723 000

Programas de divulgación

0

Total

40 818 583

Servicio social

Número de servicios en 2009

Alojamiento

14

Centros de intervención

16

Ayuda de emergencia

2

Asesoramiento social

12

Intervención telefónica en crisis

2

Programas de divulgación

1

Total

47

M.Enmienda al artículo 20, párrafo 1, de la Convención

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 34 de la lista de cuestiones

210.La República Checa apoya desde hace mucho tiempo las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas en las que se insta a aprobar esa enmienda. El Ministerio de Relaciones Exteriores ha preparado una propuesta para que sea debatida por el Gobierno y el Parlamento, que, tras las elecciones de mayo de 2010, se presentará al nuevo Gobierno y después al Parlamento para su aprobación. Se espera que todo el proceso se haya completado antes del fin de 2010.