Sexagésimo noveno período de sesiones

19 de febrero a 9 de marzo de 2018

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativa al séptimo informe periódico de Chile

General

En el séptimo informe periódico de Chile (CEDAW/C/CHL/7, párrs. 10, 27, 39, 55 y 158) se informa de que el Estado parte colabora estrechamente con organizaciones no gubernamentales (ONG) en cuestiones relativas a los derechos humanos de la mujer. Sírvanse explicar si, y en qué medida, las organizaciones no gubernamentales, en particular las organizaciones de mujeres, participaron y fueron consultadas durante la elaboración del informe. Sírvanse aclarar si se consultó al Instituto Nacional de Derechos Humanos durante la elaboración del informe. Indiquen, asimismo, si el informe fue aprobado por el Gobierno y presentado ante el Congreso.

Visibilidad de la Convención

Sírvanse proporcionar ejemplos de casos en que los tribunales nacionales se hayan referido a las disposiciones de la Convención. Rogamos indiquen si la Convención y las recomendaciones generales del Comité se han integrado en programas de desarrollo de la capacidad destinados a legisladores, jueces, fiscales y abogados, así como a la policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Sírvanse asimismo indicar si el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género está incorporando la Convención y las recomendaciones generales del Comité en sus programas con organizaciones de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales.

Marco constitucional, legislativo e institucional

En el informe se indica (párr. 43) que el proyecto de ley (boletín núm. 2667-10) que aprueba la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención se encuentra en la segunda etapa procesal en el Senado. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación del proyecto. Faciliten asimismo información actualizada sobre cualesquiera otras medidas legislativas adoptadas desde la presentación del informe.

En el informe se indica (párr. 5) que “la equidad es un medio para alcanzar la igualdad”, lo que contradice a la Convención. También se indica (párr. 3) que el Ministerio Secretaría General de Gobierno, en consulta con organizaciones internacionales, está coordinando la elaboración de un anteproyecto de modificación de la ley núm. 20.609, que establece medidas contra la discriminación de la mujer. Sírvanse aclarar cómo entiende el Estado parte el concepto de igualdad en consonancia con la Convención y facilitar información sobre las medidas adoptadas para implementar la recomendación anterior del Comité (CEDAW/C/CHL/CO/5-6, párr. 11). De conformidad con la obligación contraída por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y en consonancia con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que tiene por objeto poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, sírvanse facilitar información actualizada sobre en qué estado se encuentran actualmente las enmiendas e indiquen si están en consonancia con la Convención y la meta 5.1. Sírvanse indicar a qué organizaciones internacionales se consultó durante la preparación de las enmiendas.

Según el informe (párr. 4), el artículo primero de la ley núm. 20.820, que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, establece que este deberá trabajar en “el diseño, coordinación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y de procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres”. Se ruega que aclaren qué se entiende por “discriminación arbitraria en contra de las mujeres”. Sírvanse indicar si el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género ha elaborado un plan de igualdad de género.

Acceso a la justicia

Sírvanse describir las medidas adoptadas para mejorar los conocimientos básicos de derecho de las mujeres y aumentar la conciencia de sus derechos, entre otras cosas facilitándoles información en los idiomas pertinentes, así como para crear las condiciones necesarias para que las mujeres tengan acceso a la justicia y puedan reclamar sus derechos. Indiquen si las mujeres de bajos ingresos tienen un acceso adecuado a una representación de calidad en lo que respecta a la asistencia jurídica. Rogamos faciliten información sobre la asistencia jurídica en todos los ámbitos de la ley y los remedios jurídicos que las mujeres tienen a su disposición, incluidas las mujeres de las zonas rurales y las mujeres indígenas; indiquen asimismo si las mujeres con discapacidad tienen acceso a la justicia y a una representación de calidad. Sírvanse proporcionar ejemplos de casos en que los tribunales nacionales se hayan referido a las disposiciones de la Convención.

Mecanismos nacionales encargados del adelanto de la mujer

En el informe se menciona (párrs. 7 y 8) que, en 2015, el Estado parte creó el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, el Consejo de Ministros y Ministras por la Igualdad de Género, el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género y las Comisiones Regionales de Equidad de Género para promover la incorporación del enfoque de la igualdad entre hombres y mujeres y aplicar una perspectiva de género en todas las políticas y actividades del Estado. Sírvanse facilitar información detallada sobre el mandato, los recursos humanos, técnicos y financieros y la actual composición por sexos de los órganos mencionados, así como información sobre los mecanismos de coordinación existentes para el cumplimiento de sus mandatos. Indiquen también si la Subsecretaría de Derechos Humanos (párr. 9) incorpora una perspectiva de género en sus programas y actividades.

Medidas especiales de carácter temporal

En el informe se señala (párr. 48) que, de conformidad con el artículo 4 de la ley núm. 20.820, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género tiene el mandato de proponer medidas, planes y programas de carácter temporal para lograr una igualdad de género sustantiva. Sírvanse facilitar ejemplos específicos de dichas medidas, su inclusión en las políticas y programas nacionales y su aplicación concreta con vistas a fomentar y acelerar el logro de una igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, en consonancia con el artículo 4 de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité sobre medidas especiales de carácter temporal.

Violencia contra la mujer

Según el informe (párr. 28), el boletín núm. 9279-07, elaborado por el Estado parte para modificar la ley núm. 20.066 sobre la violencia intrafamiliar, está actualmente en tramitación en el Congreso. Presenten información actualizada sobre la situación y el contenido de las modificaciones del Código Penal relativas a abordar la violencia contra la mujer, tipificar el acoso sexual callejero y ampliar el alcance de las disposiciones existentes sobre el feminicidio (párrs. 26, 28 y 29).

En el informe se indica (párr. 24) que el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género está creando un banco de datos y estadísticas sobre la violencia contra la mujer. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación de la base de datos.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse facilitar información sobre la evaluación de la aplicación del plan de acción nacional contra la trata de personas, 2013-2015 (párrs. 55 y 61). Indiquen qué medidas específicas se han adoptado para prevenir la trata con fines de explotación sexual y trabajo forzoso de mujeres y niñas indígenas y trabajadoras migratorias. Sírvanse proporcionar información sobre la prevalencia de la prostitución en el Estado parte, el marco jurídico pertinente y los programas para las mujeres que desean abandonar la prostitución, por ejemplo, proporcionándoles oportunidades alternativas de generación de ingresos y programas de reintegración social, así como sobre las medidas para la reducción de la demanda de prostitución. Indiquen asimismo si se están aplicando medidas para hacer frente a la violencia contra las mujeres que ejercen la prostitución, por ejemplo, asistencia jurídica y representación de calidad para las mujeres que desean reclamar una reparación. Además, sírvanse facilitar datos sobre el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos y condenas por explotación de la prostitución y violencia contra las mujeres que ejercen la prostitución.

Participación en la vida política y pública

En el informe se indica (párr. 75) que la ley núm. 20.840 (2015) sustituyó el sistema electoral binominal por un sistema inclusivo de representación proporcional e introdujo un requisito de paridad de género para la conformación de las listas de candidatos. Sírvanse proporcionar información sobre el impacto de la ley en la participación de la mujer en la vida política y pública. Sírvanse también informar sobre las medidas adoptadas para aumentar la participación de la mujer en la vida política y pública a nivel local. Indiquen si se han adoptado medidas para aumentar la representación de las mujeres en el servicio diplomático. Indiquen qué medidas se han adoptado para hacer frente a los obstáculos que impiden que las mujeres indígenas y rurales disfruten de una participación plena e igualitaria en la vida política y pública y en la adopción de decisiones. Faciliten más información sobre el programa de participación de las mujeres en la vida política y pública y sobre las escuelas de formación de liderazgo (párrs. 78 y 79) y su impacto.

Nacionalidad

En el informe se indica (párr. 84) que el Departamento de Extranjería y Migración, en cooperación con el Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación, ha implementado un sistema de rectificación de la inscripción de hijo o hija de extranjero o extranjera transeúnte. Sírvanse proporcionar información sobre su contenido y el mecanismo para la puesta en funcionamiento de ese sistema, así como sobre el número de mujeres cuyos hijos se han beneficiado de él.

Educación

En el informe se indica (párr. 92) que la Superintendencia de Educación, en coordinación con el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, está trabajando desde 2015 en una propuesta de protocolo relativa a las denuncias de situaciones de afectación de derechos de estudiantes embarazadas o madres. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación y la aplicación de ese protocolo, así como sobre el número de casos de discriminación relacionada con el embarazo o la maternidad y el tipo de sanciones impuestas. Faciliten también información sobre las actividades emprendidas y los resultados obtenidos por la Unidad de Equidad de Género dependiente de la Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, establecida en marzo de 2015 (párr. 96), así como información sobre la aplicación del plan de promoción de educación para la igualdad entre hombres y mujeres para el período 2015-2018 (párr. 96). Sírvanse proporcionar más información sobre las medidas, incluidas medidas especiales de carácter temporal, adoptadas para aumentar la participación femenina en los ámbitos de formación profesional no tradicionales, así como en las esferas tecnológica y científica en los niveles secundario y terciario.

Empleo

En el informe se indica (párr. 110) que el Estado parte preparó un proyecto de ley para modificar el Código del Trabajo a fin de mejorar la aplicación de la ley núm. 20.348 sobre la igualdad de remuneración. Se indica además (párr. 111) que el Estado parte promulgó la ley núm. 20.940, que se espera que reduzca la brecha salarial entre hombres y mujeres. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación actual de las enmiendas al Código de Trabajo y los plazos para su aprobación. Sírvanse indicar también si la ley núm. 20.545 y la ley núm. 20.761, por las que se modifican las normas sobre protección a la maternidad (párrs. 49 y 50), se aplican a las mujeres que trabajan tanto en el sector formal como informal.

Salud

Sírvanse facilitar información actualizada (párr. 127) sobre la situación del proyecto de ley que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres situaciones. Sírvanse también proporcionar información actualizada sobre la situación de las normas relativas a los servicios de planificación familiar y de anticoncepción que están siendo examinadas (párr. 124).

Faciliten información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño (CRC/C/CHL/CO/4-5, párr. 57) y del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD/C/CHL/CO/1, párr. 42) relativas a la esterilización de las mujeres y las niñas, a pesar de la prohibición de esta práctica.

Vida económica y social

Otras fuentes indican que existe un riesgo moderado de corrupción en el sector de la contratación pública del Estado parte y que los fondos públicos se desvían en ocasiones a compañías, personas o grupos, lo cual puede tener consecuencias negativas para todos los derechos humanos, en particular los derechos de la mujer. Sírvanse proporcionar información sobre la repercusión de esa fuente potencial de corrupción en las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de la Convención y la promoción y protección de los derechos humanos de la mujer.

Reducción del riesgo de desastres y cambio climático

En el informe se proporciona información sobre algunas medidas adoptadas desde el terremoto y tsunami de 2010 (párr. 146) y también se indica (párr. 144) que el Ministerio de Salud se encuentra trabajando en un plan de gestión de riesgos que incorpora la perspectiva de género en la atención primaria de los sistemas de salud en el marco de desastres naturales. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación de ese plan. Faciliten más detalles sobre las diversas formas en que los desastres naturales y el cambio climático afectan de manera desproporcionada a las mujeres en el Estado parte. Indiquen asimismo las medidas adoptadas para garantizar la participación de las mujeres en condiciones de igualdad en todos los niveles de adopción de decisiones relativas a la reducción del riesgo de desastres y a la adaptación al cambio climático, en particular en la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres (párr. 139) y la Mesa Gestión de Riesgo y Género (párr. 141).

Mujeres indígenas y rurales

En el informe se indica (párr. 100) que el Ministerio de Educación lleva implementando un plan de alfabetización desde 2015 y que se esperaba que en 2016 dos tercios de los participantes fueran mujeres. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para promover la participación de las mujeres indígenas y rurales en el programa y sobre los resultados de la iniciativa. Faciliten además información actualizada sobre las medidas, incluidas políticas y medidas especiales de carácter temporal, adoptadas o previstas para mejorar el acceso de las mujeres indígenas y rurales a la justicia, la educación, el empleo, los servicios de salud, la tierra y los recursos naturales, los servicios de crédito, los servicios comunitarios, la adopción de decisiones y la participación en la vida política y pública. En cumplimiento con la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité, relativa a los derechos de las mujeres rurales, sírvanse proporcionar estadísticas y describir en qué medida se consulta a las mujeres rurales e indígenas y se tienen en cuenta sus derechos e intereses. Sírvanse asimismo indicar cómo compagina el Estado parte el desarrollo rural con la demarcación de los derechos territoriales ancestrales de las comunidades indígenas y qué medidas se han adoptado para velar por que las mujeres indígenas dispongan del control de sus recursos y puedan practicar su modo de vida tradicional.

Mujeres con discapacidad y mujeres de edad

El informe apenas contiene información sobre la situación de las mujeres con discapacidad y de las mujeres de edad en el Estado parte. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres con discapacidad y las mujeres de edad a la educación, el empleo y los servicios de salud, teniendo en cuenta las necesidades específicas de esas mujeres. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para mejorar la situación de las mujeres de edad, con referencia a la recomendación general núm. 27 (2010) del Comité sobre las mujeres de edad y la protección de sus derechos humanos. Faciliten asimismo información sobre los recursos legales en materia de violencia por razón de género de los que disponen las niñas y las mujeres con discapacidad y las mujeres de edad que son víctimas y supervivientes de la violencia por razón de género.

Mujeres reclusas

En el informe se indica (párr. 37) que el Estado parte está llevando a cabo un programa para mejorar la asistencia sanitaria de las mujeres detenidas. También se indica (párr. 39) que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos está trabajando en una modificación integral del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación de estas actividades e indicar qué servicios de salud específicos está previsto que se mejoren. Faciliten también información sobre las medidas adoptadas a fin de aplicar las recomendaciones formuladas por el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT/OP/CHL/1).

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para abordar la preocupación expresada por el Comité de los Derechos del Niño (CRC/C/CHL/CO/4-5, párr. 22) por el hecho de que la legislación del Estado parte prevea la posibilidad de que los niños de 16 o 17 años puedan casarse con la autorización de sus padres o sus representantes legales. Indiquen qué mecanismos de salvaguardia existen para proteger a las niñas que hayan recibido autorización para casarse, como información sobre la legislación relativa a la violencia doméstica, los servicios de salud sexual y reproductiva y los derechos de propiedad. Especifiquen también las medidas adoptadas para cambiar las actitudes culturales ante el matrimonio precoz mediante campañas de concienciación, en particular entre las comunidades rurales e indígenas. Faciliten información actualizada sobre las modificaciones (párr. 155) al régimen de sociedad conyugal con respecto a la administración de los bienes comunes y de los bienes propios.