Naciones Unidas

CRC/C/MRT/Q/3-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

5 de marzo de 2018

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

79º período de sesiones

17 de septiembre a 5 de octubre de 2018

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero a quinto combinados de Mauritania

Se invita al Estado parte a que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de junio de 2018. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado un código general de la infancia y si este contiene los derechos consagrados en la Convención. Con respecto a la Estrategia Nacional de Protección de la Infancia y el Plan de Acción conexo, se ruega indicar qué recursos humanos, técnicos y financieros se han asignado para su aplicación, así como precisar cuál es el organismo encargado de la aplicación y la forma en que se evaluará dicha aplicación.

2.Sírvanse aclarar el mandato, el presupuesto y la capacidad del recién creado Centro de Protección e Integración Social de los Niños, e indicar la forma en que ese Centro ha mejorado la coordinación de las actividades relativas a la aplicación de la Convención. Facilítese también información sobre las reformas recientes del Consejo Nacional del Niño y sobre cuándo se pondrá en marcha.

3.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para hacer un seguimiento constante y sistemático de los resultados de las asignaciones presupuestarias para la infancia.

4.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas adoptadas para prohibir el matrimonio de menores de 18 años, sin excepción. Proporcionen también más información sobre el alcance y los efectos de las campañas de lucha contra el matrimonio infantil a que se hace referencia en el párrafo 77 del informe del Estado parte (CRC/C/MRT/3-5).

5.Se ruega faciliten información sobre las medidas legislativas y de otra índole adoptadas por el Estado parte para combatir la discriminación contra las niñas, los niños pertenecientes a grupos minoritarios, los niños con discapacidad, los niños que viven en condiciones similares a la esclavitud o los descendientes de esclavos, los niños de la calle y los niños migrantes, solicitantes de asilo y refugiados.

6.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar los principales obstáculos a la inscripción de los niños al nacer y garantizar la inscripción de todos los niños, incluidos aquellos cuyos padres carecen de documentación personal o son apátridas. Proporcionen igualmente información sobre las consecuencias de la reforma del sistema de registro civil y del sistema biométrico.

7.Habida cuenta de las recomendaciones anteriores del Comité (CRC/C/MRT/CO/2, párr. 41), sírvanse proporcionar información detallada sobre los progresos logrados por el Estado parte en la revisión del Código Penal a fin de prohibir explícitamente por ley el castigo corporal y aplicar la prohibición en todos los ámbitos, como la familia, la escuela y las modalidades alternativas de cuidado.

8.Habida cuenta de las recomendaciones anteriores del Comité (CRC/C/MRT/CO/2, párr. 80), sírvanse precisar si los delitos sexuales, incluida la violación, están claramente definidos en la legislación, incluida la sharia. Indíquese también si existe un mecanismo para documentar el número de casos y el alcance de la violencia y los abusos contra los niños, en particular los casos de violencia sexual, y para recibir, tramitar e investigar las denuncias presentadas por las víctimas infantiles o en su nombre.

9.Habida cuenta de las recomendaciones anteriores del Comité (CRC/C/MRT/CO/2, párr. 62), sírvanse proporcionar información actualizada sobre: a) las medidas adoptadas para hacer cumplir la ley que tipifica como delito la mutilación genital femenina en todas las circunstancias, y enjuiciar a los responsables; b) las medidas adoptadas para impedir la práctica de la alimentación forzada; y c) los resultados de la estrategia nacional y de las campañas encaminadas a eliminar esas prácticas nocivas.

10.Se ruega que proporcionen más información sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad de la educación y la infraestructura de las escuelas, eliminar los derechos de matrícula escolar, incluidos los costos ocultos, aumentar el índice de finalización de la enseñanza primaria y desarrollar las instalaciones escolares. Proporcionen también información detallada sobre las medidas adoptadas para supervisar el contenido del plan de estudios impartido en las escuelas coránicas.

11.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para eliminar la explotación de los niños, en particular en las labores agrícolas y las peores formas de trabajo infantil, como el trabajo doméstico, la mendicidad y las prácticas análogas a la esclavitud. Se ruega que indiquen también las medidas adoptadas para proteger a los niños afectados, en particular los niños harratinos y los niños con discapacidad.

12.En lo que respecta a la edad mínima de responsabilidad penal, sírvanse indicar si los niños, a partir de la edad de 7 años, pueden ser imputados en virtud de la legislación nacional, incluida la legislación contra el terrorismo. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para garantizar que los niños cuya edad no pueda determinarse no sean tratados como adultos y que los niños solo sean privados de libertad como último recurso y permanezcan separados de los adultos.

Parte II

13.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

14.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

15.Sírvanse proporcionar información sobre los recursos asignados durante los tres últimos años a las actividades siguientes:

a)Aumentar el porcentaje de niños inscritos al nacer o de manera retroactiva;

b)Superar las disparidades entre zonas rurales y urbanas en el acceso a los servicios básicos de salud;

c)Mejorar la prestación de servicios básicos, como los servicios de salud, el acceso a agua potable, la higiene y la protección, a los niños en las escuelas;

d)Aplicar la estrategia nacional de protección social, en particular con respecto a los niños.

16.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los matrimonios de menores;

b)Los niños que son inscritos al nacer o en fecha posterior, en particular en las zonas rurales;

c)Los embarazos y la mortalidad materna de niñas y adolescentes;

d)El número de casos de malos tratos y violencia contra niños, incluidos los castigos corporales, con información sobre el tipo de asistencia prestada a las víctimas y el seguimiento dado a los casos, como las actuaciones iniciadas contra los autores y las condenas impuestas;

e)Las investigaciones de casos de violencia sexual y violación de niños, así como los resultados de los juicios, indicando las condenas impuestas a los autores y las medidas de resarcimiento ofrecidas a las víctimas;

f)El número de casos denunciados de mutilación genital femenina indicando, entre otras cosas, el seguimiento dado a los casos, las condenas impuestas a los autores y las medidas de resarcimiento e indemnización ofrecidas a las víctimas;

g)El número de hombres y mujeres que practican la mutilación genital femenina que han obtenido apoyo del Estado para encontrar otras fuentes de ingresos;

h)Los niños que son objeto de alimentación forzada;

i)El número de niños, en particular refugiados y solicitantes de asilo, reclutados por grupos armados.

17.Sírvanse aportar datos relativos a los últimos tres años desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Internados en instituciones, desglosados por la duración del internamiento;

c)Que viven en familias de acogida;

d)Adoptados en el país o mediante adopción internacional.

18.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

19.Sírvanse proporcionar datos desglosados sobre el número de niños en conflicto con la ley que han sido detenidos, privados de libertad, incluso en detención preventiva, y que se benefician de programas de medidas extrajudiciales. Indíquese también el número de tribunales de menores en el Estado parte.

20.Sírvanse actualizar los datos contenidos en el informe que hayan quedado obsoletos o no reflejen los acontecimientos recientes.

21.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.