Naciones Unidas

CRC/C/TKM/2-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

10 de octubre de 2013

Español

Original: ruso

Comité de los Derechos del Niño

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención

Informes periódicos combinados segundo a cuarto que los Estados partes debían presentar en 2010

Turkmenistán *

[19 de julio de 2011]

Índice

Párrafos Página

Introducción1–164

Artículo 117–186

Artículo 219–266

Artículo 327–387

Artículo 439–528

Artículo 553–5910

Artículo 660–6810

Artículo 769–7112

Artículo 872–7612

Artículo 977–7912

Artículo 1080–8313

Artículo 1184–8513

Artículo 1286–9214

Artículo 1393–9814

Artículo 1499–10315

Artículo 15104–11315

Artículo 16114–11816

Artículo 17119–12917

Artículo 18130–13618

Artículo 19137–14418

Artículo 20145–15219

Artículo 21153–15620

Artículo 22157–16320

Artículo 23164–19221

Artículo 24193–26124

Artículo 25313–31637

Artículo 26317–33837

Artículo 27339–35039

Artículo 28351–39240

Artículo 29393–40045

Artículo 30401–41746

Artículo 31418–42447

Artículo 32425–45248

Artículo 33453–45851

Artículo 34459–46651

Artículo 35467–47952

Artículo 36480–48153

Artículo 37482–50153

Artículo 38502–50655

Artículo 39507–51756

Artículo 40518–56557

Introducción

1.El informe inicial de Turkmenistán (CRC/C/TKM/1) acerca de la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño fue examinado en el 42º período de sesiones del Comité de los Derechos del Niño, el 24 de mayo de 2006.

2.El informe complementario sobre las observaciones finales en relación con los derechos del niño y las medidas subsiguientes que se recomendaron al Gobierno de Turkmenistán se presentó a fines de 2007.

3.El presente documento constituye los informes periódicos segundo, tercero y cuarto combinados de Turkmenistán acerca de la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. Se elaboró en cumplimiento del párrafo 1b) del artículo 44 de la Convención siguiendo las orientaciones generales respecto de la forma y el contenido de los informes que han de presentar los Estados partes (documento CRC/C/58). El presente informe abarca el período de 2006 a 2010.

4.El informe contiene información sobre las medidas esenciales de carácter legislativo, judicial, administrativo y de otra índole adoptadas en el período reseñado que están relacionadas directamente con las disposiciones de la Convención. Además de reflejar los cambios jurídicos, estructurales y políticos que tuvieron lugar desde el último informe, contiene respuestas a las observaciones finales expresadas por el Comité al examinar el informe de Turkmenistán en sus sesiones 1135ª y 1137ª (CRC/C/SR/1135 y 1137), celebradas el 24 de mayo de 2006, y en su sesión 1157ª, celebrada el 2 de junio de 2006. En la preparación del presente informe se dedicó la debida atención a las observaciones finales aprobadas por el Comité.

5.En febrero de 2007 se celebraron por primera vez en Turkmenistán elecciones presidenciales pluralistas, en las que resultó elegido Jefe del Estado Gurbanguly Berdimujamedov. El Gobierno de inmediato proclamó que la prioridad de su política exterior sería reforzar la colaboración con las organizaciones internacionales, especialmente con los organismos e instituciones de las Naciones Unidas, y anunció que cumpliría todas las obligaciones internacionales contraídas por Turkmenistán. En este contexto saludamos el diálogo franco y constructivo con todos los mecanismos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos. Desde entonces, el Gobierno demuestra su firme voluntad de dar pleno cumplimiento a las obligaciones internacionales.

6.En la actualidad, el Gobierno, decidido a cumplir las obligaciones internacionales en el ámbito de los derechos y libertades de la persona, ha proclamado que una de las tareas prioritarias es mejorar las bases jurídicas del Estado y ajustar la legislación nacional a las normas internacionales universalmente reconocidas. Uno de los aspectos importantes de la reforma jurídica que se está llevando a cabo en Turkmenistán consiste en establecer y desarrollar una legislación nacional acorde con las normas internacionales universalmente reconocidas.

7.De conformidad con una resolución del Presidente de Turkmenistán de 24 de agosto de 2007, corresponde a la Comisión Interinstitucional encargada de velar por el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Turkmenistán en la esfera de los derechos humanos elaborar los informes nacionales sobre la aplicación de los instrumentos internacionales de derechos humanos que han de presentarse a los órganos de tratados de las Naciones Unidas.

8.La Comisión Interinstitucional es un órgano consultivo permanente creado con el fin de coordinar las actividades de los ministerios, los comités y departamentos estatales y las autoridades y administraciones locales, las empresas, las instituciones y las organizaciones para asegurar el cumplimiento de las obligaciones jurídicas internacionales asumidas por Turkmenistán en el ámbito de los derechos humanos.

9.El estatuto y la composición de la Comisión Interinstitucional se establecen en la resolución presidencial de 24 de agosto de 2007.

10.Las funciones de la Comisión Interinstitucional son las siguientes:

Coordinar las actividades de los órganos competentes para cumplir los compromisos internacionales en el ámbito de los derechos humanos;

Proveer a la preparación de los informes nacionales sobre la aplicación de los tratados internacionales de derechos humanos que han de presentarse a las organizaciones internacionales correspondientes;

Verificar que la legislación nacional de Turkmenistán se ajuste a las normas internacionales de derechos humanos;

Elaborar propuestas para adaptar la legislación nacional a las disposiciones de los tratados internacionales de derechos humanos en que Turkmenistán es parte;

Promover la interacción y la cooperación entre los órganos estatales y las administraciones, las organizaciones cívicas y las organizaciones internacionales en la esfera de la protección de los derechos humanos.

11.Integran la Comisión Interinstitucional representantes del Meylis (Parlamento) de Turkmenistán, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Adalat (Justicia), el Ministerio de Economía y Desarrollo, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud Pública y Medicina, el Ministerio de Seguridad Social, el Ministerio de Cultura y Radiotelevisión, el Ministerio del Interior, el Tribunal Supremo, la Fiscalía General, el Consejo de Asuntos Religiosos adscrito a la Presidencia, el Comité Estatal de Estadística, el Instituto Nacional Turcomano para la Democracia y los Derechos Humanos adscrito a la Presidencia, el Instituto del Estado y el Derecho adscrito a la Presidencia, el Centro Nacional de Sindicatos de Turkmenistán, la Unión de Mujeres de Turkmenistán y la Organización de la Juventud Majtumkuli.

12.La coordinación de las actividades de la Comisión está a cargo del Instituto Nacional para la Democracia y los Derechos Humanos adscrito a la Presidencia.

13.De conformidad con las recomendaciones del Comité, el contenido del presente informe se ha dado a conocer ampliamente a la opinión pública durante su preparación. El proyecto de informe se comunicó a los ministerios, los comités y departamentos estatales y las organizaciones cívicas, y sus observaciones y sugerencias se tuvieron en cuenta en la finalización del informe.

14.La Comisión Interinstitucional encargada de velar por el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Turkmenistán en el ámbito de los derechos humanos mantuvo diversas reuniones y consultas interinstitucionales con expertos internacionales invitados de organismos de las Naciones Unidas.

15.En agosto de 2010, con la ayuda de la oficina del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en Turkmenistán, se organizó un seminario, destinado a los miembros del grupo de trabajo de la Comisión Interinstitucional, sobre la metodología para elaborar el informe periódico referente a la Convención sobre los Derechos del Niño, así como sobre la labor relacionada con las observaciones finales, con la participación de un experto internacional, Dainius Puras, miembro del Comité de los Derechos del Niño.

16.El informe se basa en documentación proporcionada por los ministerios y departamentos que se ocupan de la situación de los niños y la garantía y ejercicio de sus derechos, las estadísticas estatales, la documentación de investigaciones especiales, e informaciones recibidas de organizaciones cívicas.

Artículo 1

17.La cuestión de la definición del niño de conformidad con el artículo 1 de la Convención se examinó en el informe inicial de Turkmenistán acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en 2005.

18.En Turkmenistán los niños tienen derecho a trabajar según su edad, estado de salud, educación y formación profesional. Con arreglo al artículo 23 del Código de Trabajo, de 18 de abril de 2009, el derecho del niño a trabajar es efectivo a la edad de 16 años. Los niños podrán trabajar a partir de los 15 años con el consentimiento de uno de sus progenitores (o de su guardador).

Artículo 2

19.En la legislación turcomana no existen normas discriminatorias en materia de derechos y libertades humanos y del ciudadano por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, situación económica, lugar de residencia, actitud ante la religión, convicciones, pertenencia a asociaciones públicas u otras circunstancias.

20.La Constitución y las leyes del país garantizan a todos los ciudadanos la protección jurídica, incluida la protección judicial, de los derechos contra cualquier manifestación de discriminación, sin distinción alguna por motivos de nacionalidad, raza, sexo, origen, situación económica o profesional, lugar de residencia, idioma, actitud ante la religión, convicciones políticas, o afiliación o no a un partido.

21.En el período reseñado en el presente informe el Parlamento ratificó los siguientes instrumentos internacionales: Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus protocolos adicionales: Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire (28 de marzo de 2005), Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (18 de abril de 2008), Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (4 de septiembre de 2008), Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (25 de septiembre de 2010), y Convenio de la Organización Internacional del Trabajo Nº 182, sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación (25 de septiembre de 2010).

22.El Código de Trabajo de Turkmenistán contiene toda una serie de artículos por los que se prohíbe la discriminación en la esfera del trabajo. Así, el artículo 7 prohíbe la restricción de los derechos laborales y la obtención de cualesquiera beneficios en su ejercicio en razón de la nacionalidad, la raza, el sexo, el origen, la situación económica o profesional, el lugar de residencia, el idioma, la edad, la actitud ante la religión, las opiniones políticas, la afiliación o no a partidos u otras circunstancias no relacionadas con las cualidades profesionales de los trabajadores y el desempeño en su trabajo.

23.Las diferencias en la esfera del trabajo basadas en los requisitos específicos para un trabajo determinado o en el trato especial dispensado por el Estado a las personas que necesitan una mayor protección social y jurídica, como los niños, las personas con discapacidad y otras personas, que establece la legislación de Turkmenistán no constituyen discriminación.

24.Toda persona que considere que ha sufrido discriminación en el empleo puede iniciar las acciones judiciales oportunas.

25.Los objetivos de la accesibilidad universal y la calidad socialmente aceptable de los bienes sociales más importantes (ante todo los servicios médicos y sociales y la educación general), inclusive en el caso de los niños, están contemplados en los programas de desarrollo social y económico de Turkmenistán.

26.Se está elaborando actualmente en el Meylis (Parlamento) un proyecto de nuevo Código de la Familia en el que se prevé elevar la edad de matrimonio a 18 años.

Artículo 3

27.Los códigos de leyes y demás normas de Turkmenistán consagran el principio del interés superior del niño como consideración primordial en toda medida que lo afecte.

28.El principio del interés superior del niño debe ser una consideración primordial en los casos de divorcio de los padres, en la colocación de un niño privado del cuidado de sus padres, en la asignación de medios presupuestarios, en los procedimientos aplicables a los refugiados y los desplazados internos, en el sistema de seguridad social, y en el acogimiento de niños en instituciones.

29.El Código de Procedimiento Penal de Turkmenistán, de 18 de abril de 2009, garantiza servicios de asistencia letrada a los menores de edad que hayan cometido un delito. Asimismo, la participación de un abogado es obligatoria en los procesos penales o administrativos (artículo 82 del Código de Procedimiento Penal).

30.El Código Penal tipifica los siguientes delitos: cumplimiento defectuoso de la obligación de proteger la vida y la salud de los menores (art. 123), inducción a un menor a cometer un delito (art. 155), abuso de los derechos de tutela (art. 158), incumplimiento deliberado de la obligación de educar a un menor (art. 159), evasión dolosa del pago para la manutención de los hijos o los padres sin capacidad laboral (art. 160), y vulneración deliberada de los derechos de la persona a quien se haya encomendado la educación de un menor (art. 161).

31.El capítulo 49 del Código de Procedimiento Penal, titulado "Enjuiciamiento de delitos cometidos por menores" establece el procedimiento para el enjuiciamiento de los delitos cometidos por menores; las circunstancias que conducen al enjuiciamiento de dichos delitos; la restricción de la publicidad en el enjuiciamiento de estos delitos; la separación de las causas de menores de los demás procesos; el procedimiento de citación de un menor sospechoso, inculpado o procesado; el procedimiento para el interrogatorio de un menor sospechoso, inculpado o procesado; el interrogatorio de testigos y víctimas menores de edad; la participación de un pedagogo y un psicólogo; los derechos del representante legal del menor, el pedagogo y el psicólogo; la adopción de medidas cautelares personales aplicables al menor; la participación del representante legal del menor en el juicio; la participación de representantes de empresas, organizaciones e instituciones en los juicios de menores; el alejamiento de la sala de vistas del menor procesado; las cuestiones que debe resolver el tribunal al pronunciar la sentencia en un juicio de menores; el sobreseimiento de la causa sin condena y con imposición de medidas coercitivas de carácter educativo.

32.Está en curso de elaboración un proyecto de Marco de reforma del sistema de justicia juvenil en Turkmenistán y armonización del enjuiciamiento de menores con las normas internacionales.

33.En Turkmenistán existe una amplia red de establecimientos especializados de enseñanza superior y secundaria para la formación de especialistas en el trabajo con niños, incluidos profesionales médicos, así como pediatras, pedagogos de diverso perfil, educadores-psicólogos y funcionarios del Ministerio del Interior.

34.En virtud del artículo 27 de la Constitución, de 26 de septiembre de 2008, los progenitores o las personas in loco parentis tienen el derecho y la obligación de criar a los hijos, atender a su salud, su desarrollo y su instrucción, prepararlos para el trabajo e inculcarles una cultura de respeto a las leyes y las tradiciones históricas y nacionales.

35.Para asegurar el ejercicio del derecho del niño a la protección de la salud en Turkmenistán existe una red de establecimientos de salud que prestan atención médica y preventiva a los niños, representada por centros de salud, servicios pediátricos y hospitales infantiles, centros de salud maternoinfantil, centros de atención perinatal "Ene Miajri", clínicas especializadas y centros de atención médica infantil altamente tecnológica, jardines de la infancia y escuelas especializados, casas del niño y centros de distribución de leche (para niños hasta la edad de 1 año, así como para niños con enfermedades prolongadas o una patología crónica hasta la edad de 2 años).

36.Con el fin de ofrecer a los niños la mejor atención médica posible, en el sistema de salud pública se está desarrollando rápidamente el servicio de salud maternoinfantil, incluidas las tecnologías médicas encaminadas a reducir la mortalidad materna e infantil y en la niñez y prevenir la discapacidad en los niños (diagnóstico prenatal, consultas de genética médica, neonatal y cuidados intensivos, atención especial para prematuros y recién nacidos enfermos, así como diversos tipos de servicios de rehabilitación y prevención inmunológica).

37.Las familias numerosas y los huérfanos reciben una ayuda y beneficios suplementarios con cargo a los fondos estatales y públicos (artículo 37 de la Constitución).

38.De conformidad con el Código de Seguridad Social de Turkmenistán de 17 de marzo de 2007, se prevé una prestación del Estado por pérdida del sostén de la familia. El derecho a esta prestación corresponde a los hijos (incluidos los hijos adoptivos y los hijastros), los hermanos y los nietos menores de 18 años o que sean mayores de esa edad si han sufrido una discapacidad antes de los 18 años, así como a los hermanos y los nietos si sus progenitores carecen de capacidad laboral (artículos 94 y 95 del Código).

Artículo 4

39.Turkmenistán comparte los objetivos y principios de la comunidad mundial expresados en el documento final del 27º período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la infancia, titulado "Un mundo apropiado para los niños"; se adoptan medidas legislativas, administrativas y de otra índole para aplicar lo dispuesto en el artículo 4 de la Convención.

40.La información sobre la legislación nacional para dar cumplimiento a la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada en 2005 figura en el informe inicial y su adición.

41.En virtud de una resolución del Consejo del Pueblo de Turkmenistán de 25 de octubre de 2006, se ha prorrogado hasta 2030 el período de vigencia de la distribución a los ciudadanos en forma gratuita de gas, electricidad, agua potable y sal de cocina. Se han fijado precios mínimos para los servicios públicos de vivienda y el uso del teléfono y el transporte público.

42.El programa nacional "Estrategia de desarrollo económico, político y cultural de Turkmenistán hasta 2030" representa un instrumento eficaz del Gobierno en la esfera del empleo y los procesos del mercado de trabajo.

43.El Programa presidencial de gran envergadura de transformación de las condiciones sociales y de vida de la población en las aldeas, poblados, ciudades de distrito y centros distritales hasta 2020 está dirigido a crear una infraestructura socioeconómica moderna en las zonas rurales. Para la ejecución de este programa se han asignado recursos por un total de aproximadamente 4.000 millones de dólares de los Estados Unidos.

44.Se está trabajando en la elaboración de un plan nacional de acción en favor de la infancia, con la finalidad de aplicar los principios y disposiciones de la Convención teniendo en cuenta el documento final titulado "Un mundo apropiado para los niños".

45.Con la ayuda de la oficina del UNICEF en Turkmenistán, del 30 de noviembre al 1 de diciembre de 2010, se celebró un seminario sobre la elaboración del proyecto de plan nacional de acción en favor de la infancia, destinado a representantes de los organismos estatales y asociaciones cívicas, en el que participó un experto internacional.

46.En el período indicado se aprobaron diversos instrumentos legislativos destinados a proteger los derechos y libertades de los ciudadanos, comprendidos los niños: el Código de Seguridad Social (17 de marzo de 2007), el Código de Trabajo (18 de abril de 2009), el Código Sanitario (21de noviembre de 2009), el Código de Procedimiento Penal (18 de abril de 2009), el Código Penal (10 de mayo de 2010), el Código de Ejecución Penal (25 de marzo de 2011), y las leyes de lucha contra la trata de personas (14 de diciembre de 2007), de la judicatura (15 de agosto de 2009), de la fiscalía (15 de agosto de 2009), de educación (15 de agosto de 2009), de la cultura (12 de marzo de 2010), de la abogacía y el ejercicio profesional de abogado (10 de mayo de 2010), etc.

47.Durante el período reseñado en este informe se presta especial atención a movilizar recursos para la máxima aplicación de las normas de la Convención. El presupuesto estatal tiene una orientación social. De acuerdo con la Ley de presupuesto estatal de Turkmenistán para 2011, aprobada el 27 de febrero de 2010, del total de recursos destinados a financiar los servicios públicos y sociales, el 37,1% se asignará a la educación, el 12,2% a la salud, el 4,2% a la cultura, el 36,2% al sistema de seguridad social, el 10,1% a la economía doméstica y comunal. Se destinará una cantidad considerable de recursos a un mayor aumento de las pensiones, prestaciones y becas.

48.En la política del Estado en el sector educativo la modernización de la educación representa una de las prioridades más importantes para el desarrollo del país, y se aspira a crear las condiciones apropiadas para el ejercicio del derecho de los ciudadanos a una educación que por su estructura y su calidad corresponda a las exigencias de la economía y de la sociedad civil del país.

49.En el período que abarca el informe se han intensificado las medidas adoptadas a todos los niveles a fin de organizar actividades productivas para los niños, así como también académicas, creativas, de educación física y deportivas. Las condecoraciones que se otorgan a las madres de prole numerosa y los recursos asignados con cargo al fondo de reserva del Presidente a los hogares para niños huérfanos y niños con discapacidad son testimonio de la atención que presta el Presidente de Turkmenistán a las medidas destinadas a ayudar a los niños.

50.En las regiones y localidades existen asociaciones que, de manera independiente o con la ayuda de órganos estatales o locales, ejecutan programas para proteger a los niños y prestarles la ayuda y el apoyo necesarios, que incluyen la prevención de la drogadicción, la educación jurídica y el trabajo con niños con discapacidad. Lo importante es que, como su actividad se concentra esencialmente en los lugares de residencia de familias numerosas, pueden desarrollarse con eficacia y de manera oportuna.

51.Tradicionalmente, los órganos estatales cooperan estrechamente con los sindicatos, el Fondo para la Infancia, la Sociedad Nacional de la Media Luna Roja, la Unión de la Juventud de Turkmenistán y la Unión de Mujeres de Turkmenistán.

52El 12 de marzo de 2010 se aprobó la Ley de la cultura, que regula las relaciones públicas en el ámbito de la creación, revitalización, conservación, desarrollo, difusión y utilización de la cultura por el pueblo de Turkmenistán y tiene por objeto garantizar y proteger los derechos constitucionales de los ciudadanos a participar en la vida cultural y acceder a los valores culturales; esta Ley define las bases jurídicas, económicas, sociales y organizativas de la política del Estado en la esfera de la cultura.

Artículo 5

53.En la familia y en los padres recaen el deber fundamental y el derecho de criar y proteger a los niños. En la legislación vigente de Turkmenistán el derecho de los padres a guiar a los hijos según sus capacidades de desarrollo se establece en el Código del Matrimonio y la Familia (capítulo 8 “Derechos y obligaciones de los padres en la crianza de los hijos”). En el informe inicial se informa con detalle sobre esta cuestión.

54.De conformidad con el párrafo 1 del artículo 15 de la Ley de educación, los padres o las personas in loco parentis tienen el deber de sentar las bases del desarrollo físico e intelectual de la personalidad de los hijos a una edad temprana y de inculcarles los valores espirituales nacionales y universales.

55.Está prohibido hacer trabajar a alumnos y pupilos de instituciones educativas en una labor no prevista en el programa de enseñanza sin el consentimiento de los interesados y de sus padres o las personas in loco parentis (párrafo 10 del artículo 33 de la Ley).

56.Los progenitores o las personas in loco parentis tienen el derecho y la obligación de criar a los hijos, atender a su salud, su desarrollo y su educación, prepararlos para el trabajo e inculcarles una cultura de respeto a las leyes y las tradiciones históricas y nacionales del pueblo turcomano, así como tienen derecho a elegir la forma de educación, los centros educativos, proteger los derechos e intereses legítimos del niño y participar en la actividad del centro educativo.

57.Deben velar por que los niños reciban la enseñanza secundaria general y cumplan el reglamento del centro educativo.

58.Los padres o las personas in loco parentis de los estudiantes y alumnos tienen la responsabilidad de su crianza y de su educación de conformidad con las leyes de Turkmenistán.

59.Sobre la base del censo global de población y vivienda de Turkmenistán, que se llevará a cabo en 2012, se obtendrán nuevos datos sobre la estructura de la familia.

Artículo 6

60.En Turkmenistán se han adoptado diversas medidas para garantizar los derechos del niño a la vida, la supervivencia y un desarrollo sano.

61.Todos los ciudadanos tienen derecho a la vida, la protección de la salud y un acceso igual a los servicios de salud pública, incluida la utilización gratuita de la red de centros médicos públicos (artículos 22 y 35 de la Constitución).

62.En el capítulo 4 titulado "Derechos de los ciudadanos en el ámbito de la protección de la salud", de la Ley de protección de la salud de los ciudadanos, de 25 de octubre de 2005, se establecen medidas para organizar y llevar a cabo un conjunto de actividades de carácter preventivo (reconocimiento médico dinámico de niños sanos en la casa, los centros preescolares, las escuelas y los centros de salud, inmunización, reconocimientos preventivos y distintos exámenes); atención médica de calidad y especializada en los hospitales correspondientes; tratamiento de rehabilitación; asistencia sociojurídica; educación en salud e higiene para los niños; y promoción de un modo de vida saludable; educación de los adolescentes en salud reproductiva. El artículo 17 de esta Ley, titulado "Derecho de los niños a la protección de la salud", está dedicado a estos aspectos.

63.De conformidad con la legislación en materia de salud pública, la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación por deseo de la mujer puede realizarse en un centro médico; después de las 12 semanas el aborto es posible por indicación médica o social (artículo 32 de la Ley).

64.La ejecución del programa estatal que garantiza a los ciudadanos la gratuidad de la asistencia médica (resolución del Consejo de Ministros Nº 6515 de 29 de diciembre de 2003, órdenes del Ministerio de Salud Pública y Medicina Nº 33 de 2004 y Nº 43 de 12 de abril de 2005) permite lograr resultados positivos en la atención de salud a los niños. En el marco de este programa se prestan gratuitamente todo tipo y volumen de asistencia médica a los niños.

65.En Turkmenistán se considera viable todo niño nacido después de 22 semanas de gravidez o más tiempo que tenga una masa corporal de 500,0 grs o más (orden del Ministerio de Salud Pública y Medicina Nº 217, de 3 de noviembre de 2006, de introducción en el sistema de salud pública de los criterios para hacer la distinción entre niños nacidos vivos o no recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS)). Para el registro de la muerte de niños, incluidas las causas, por esta misma orden se aprobaron los siguientes formularios estadísticos: "Certificado médico de nacimiento" (formulario Nº 103), "Certificado médico de defunción" (Nº 106), "Certificado de enfermería de defunción" (Nº 106-1), "Certificado médico de muerte perinatal" (Nº 106-2). Los formularios cumplimentados se comunican al Registro Civil, en el Ministerio de Justicia, que los transmite al Comité Estatal de Estadística, donde se procesan de conformidad con la lista concisa de causas de defunción, basada en la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades, Traumatismos y Causas de Defunción. Todos los casos de defunción de niños en hospitales se analizan en conferencias de médicos y las defunciones en condiciones no hospitalarias son objeto de peritajes forenses.

66.La contabilización y el registro de la mortalidad perinatal de niños a partir de aquellos que nacen con 500 grs. permiten examinar la calidad de la asistencia médica, la capacitación de profesionales de salud y la adecuación de las recomendaciones y tecnologías aplicadas. Se pueden así organizar diversas medidas para dotar de equipo a esos servicios, capacitar a profesionales de la salud y suministrar preparados médicos y material fungible, lo que posibilita mejorar considerablemente la medicina perinatal.

67.Todos los niños nacidos después de 22 semanas de gestación con un peso de 500 grs. o más son sometidos a reanimación neonatal si presentan aunque sea la más mínima señal de vida (según la definición de la Organización Mundial de la Salud). Para el desarrollo y supervivencia de niños muy prematuros los hospitales de Turkmenistán cuentan con equipo de atención neonatal moderno y medicamentos para los sistemas funcionales de niños prematuros.

68.En 2006 se adoptó el programa de la Organización Mundial de la Salud de reanimación neonatal y cuidados del recién nacido. Con este fin se revisaron las recomendaciones metódicas de terapia intensiva y supervivencia del recién nacido con un peso muy bajo y extremadamente bajo, se adoptaron criterios únicos de reanimación del recién nacido en la sala de parto, se adoptaron medidas para reforzar los servicios de reanimación y terapia intensiva en las maternidades y dotarlos de equipo moderno, así como medidas para asegurar la supervivencia de los niños muy prematuros. En un programa de capacitación se impartió formación a 5 pasantes nacionales, y en la actualidad se ha formado al 60% de los especialistas de las maternidades (neonatólogos, ginecólogos obstetras y especialistas en reanimación). Gracias a ello ha disminuido considerablemente la mortalidad de los niños en las casas de maternidad.

Artículo 7

69.La legislación en materia de familia regula el procedimiento de inscripción del nacimiento de un niño y el registro de su nombre, patronímico y apellido, aplicable también cuando se trate de niños adoptados, de hijos de refugiados o de solicitantes de asilo, así como el derecho del niño a conocer, siempre que sea posible, a sus padres, y el derecho a ser cuidado por ellos.

70.En el informe inicial de Turkmenistán figura información detallada sobre este tema.

71.En el período que se reseña no se han producido novedades a este respecto.

Artículo 8

72.De conformidad con el artículo 7 de la Ley de garantías de los derechos del niño, desde el momento de nacer el niño tiene derecho a la preservación de su identidad, que incluye la ciudadanía, el origen nacional, el nombre, el apellido y los lazos familiares. El nacimiento se inscribe en el Registro Civil.

73.De conformidad con el reglamento del Registro Civil de 12 de abril de 2004, la inscripción de los actos del estado civil está a cargo de las oficinas del Registro Civil.

74.El registro de los actos del estado civil de los ciudadanos que residen en el extranjero se realiza en los órganos consulares de Turkmenistán.

75.Los hijos de solicitantes de asilo y refugiados nacidos en Turkmenistán deben ser inscritos de la misma manera que los hijos de ciudadanos turcomanos. De acuerdo con el artículo 22 de la Ley de garantías de los derechos del niño, un niño extranjero que reside legalmente en el territorio de Turkmenistán tiene los mismos derechos y obligaciones que los niños que son ciudadanos del país, si la legislación y los instrumentos internacionales en que Turkmenistán es parte no prevén lo contrario.

76.El Código del Matrimonio y la Familia y el Código Penal establecen la responsabilidad por la sustitución de un niño, la adopción ilícita, y la violación del secreto de adopción. No ha habido en el país casos de estas infracciones.

Artículo 9

77.Los asuntos referentes a la separación de los padres se tratan en el Código del Matrimonio y la Familia, el Código Civil y el Código de Trabajo Correctivo. En el informe inicial figura información detallada a este respecto.

78.De conformidad con el artículo 476 del Código de Procedimiento Penal, en los casos en que ambos progenitores o uno de ellos hayan sido condenados por un tribunal a la privación de libertad, una vez que la sentencia haya entrado en vigor, la administración del lugar de reclusión debe poner en conocimiento de la familia o de un familiar próximo el lugar donde el condenado cumple la pena. Esta disposición está también recogida en el párrafo 3 del artículo 14 del Código de Trabajo Correctivo.

79.De conformidad con el artículo 10 de la Ley de policía (7 de julio de 2001), los funcionarios de la policía tienen derecho a detener, llevar y recluir en locales especiales al efecto a:

Los niños privados del cuidado de sus padres, hasta que sean entregados a un representante legal o se resuelva según el procedimiento establecido, pero no por más de ocho horas;

Los menores que hayan cometido actos de peligrosidad social y no tengan la edad de responsabilidad penal, hasta que sean entregados a los representantes legales o dirigidos a centros de internamiento preventivo, pero no por más de 3 horas.

Artículo 10

80.La Ley de migración (7 de diciembre de 2005) establece el procedimiento de entrada en Turkmenistán, permanencia en su territorio у salida del país de los ciudadanos turcomanos, los extranjeros y las personas sin ciudadanía, en particular los niños.

81.En virtud del artículo 28 de la Ley, los ciudadanos turcomanos que no hayan cumplido 18 años pueden salir del país si no están acompañados por sus representantes legales mediante una autorización legalizada ante notario de sus representantes legales a nombre de la persona que los acompañe. En ausencia de representantes legales, la salida de los menores de edad puede ser autorizada por decisión de un tribunal. La salida de Turkmenistán para residir permanentemente en el extranjero de los menores de entre 14 y 18 años solo puede tener lugar con su consentimiento, expresado por escrito y certificado notarialmente.

82.Pueden imponerse limitaciones temporales a los ciudadanos turcomanos para la salida del país, en particular de niños, si el ciudadano se encuentra en los casos siguientes: se ha incoado una causa penal contra él, hasta que concluya el proceso judicial; ha sido condenado por la comisión de un delito, hasta que cumpla la pena o haya sido eximido de la pena; está evadiendo obligaciones impuestas por un tribunal, hasta que haya cumplido esas obligaciones; va a ser llamado a filas, hasta que termine el servicio militar o quede exento del servicio, con excepción de los casos de marcha permanente al extranjero; se encuentra bajo vigilancia administrativa de la policía, hasta que se extinga (o se retire) esa vigilancia; existe el temor de que durante su permanencia en el extranjero pueda ser víctima de la trata de personas o de la esclavitud.

83.En caso de que en el Estado extranjero se produzca una situación de excepción que haga imposible garantizar la seguridad de los ciudadanos turcomanos, el Gobierno de Turkmenistán adopta la decisión de restringir temporalmente la salida a dicho Estado (artículo 32 de la Ley).

Artículo 11

84.En la legislación vigente de Turkmenistán la cuestión del traslado ilícito y la no devolución de niños se trata en el Código Penal.

85.En el período que se reseña no ha habido casos de traslado al extranjero de niños por uno de sus progenitores sin el consentimiento del otro.

Artículo 12

86.En la legislación vigente de Turkmenistán el respeto de la opinión del niño queda reflejado en la Constitución, el Código del Matrimonio y la Familia y en otras leyes. En el contexto de los derechos humanos y libertades fundamentales que asisten al individuo desde su nacimiento, se garantiza a todos la libertad de pensamiento y de palabra.

87.En el informe inicial de Turkmenistán se proporciona información detallada sobre esta cuestión.

88.De conformidad con el Código del Matrimonio y la Familia, un niño tiene derecho a expresar su opinión cuando en el seno de la familia se decide cualquier asunto que afecte a sus intereses, así como el derecho a ser oído durante las actuaciones judiciales.

89.La legislación de Turkmenistán prevé medidas dirigidas a garantizar el derecho del niño a expresar sus opiniones personales cuando comparece ante un tribunal de menores y también cuando es enviado a una institución de acogimiento y durante el tiempo que transcurra en ella.

90.En algunos casos tiene fuerza legal el deseo de un niño que haya cumplido los 10 años de edad.

91.De conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Penal, en el examen de las causas penales el menor de edad tiene derecho, desde el momento de su detención hasta que finaliza la instrucción, así como durante el examen de la causa en la audiencia, a disponer de un abogado, y también derecho a expresar su opinión, en presencia del abogado y de su representante legal, sobre los cargos que se le imputan.

92.Asimismo, en el caso de infracciones administrativas el menor tiene derecho a expresar su opinión sobre la infracción administrativa.

Artículo 13

93.El derecho del niño a expresar su opinión se regula en el contexto de la Ley de prensa y otros medios de comunicación y la Ley de garantías de los derechos del niño.

94.En el informe inicial de Turkmenistán figura información más detallada sobre este tema.

95.De conformidad con el párrafo 2 del artículo 8 de la Ley de educación, el contenido de la enseñanza debe responder al objetivo de lograr la consolidación nacional del pueblo turcomano, asegurar la paz y la concordia civil y entre las nacionalidades y las confesiones en Turkmenistán, tener en cuenta la diversidad de las ideologías, contribuir a realizar el derecho de los alumnos a la elección y la libre expresión de las opiniones y convicciones.

96.Con arreglo al Código del Matrimonio y la Familia, al decidir cuestiones relacionadas con la educación del niño y con la persona a cuyo cuidado debe quedar en caso de separación de los padres, es preciso preguntar al niño cuál es su opinión si éste ha cumplido la edad de 10 años.

97.El Ministerio de Educación, el Instituto Nacional Turcomano para la Democracia y los Derechos Humanos adscrito a la Presidencia, la Unión de la Juventud de Turkmenistán Majtumkuli, junto con la oficina del UNICEF en Turkmenistán, organizaron y celebraron foros infantiles sobre el tema de los derechos del niño y su participación en las decisiones sobre cuestiones que los afectan. En el foro participaron diputados del Parlamento, representantes del Ministerio de Justicia, de la Unión de Mujeres de Turkmenistán, así como alumnos de clases superiores de Ashgabat y de provincias del país.

98.Se ha proyectado celebrar en Ashgabat en 2011 el Foro de Asia Central sobre protección de los derechos del niño, con el tema de la protección de los niños y la reforma del sistema de justicia para niños. Se espera contar con la participación de representantes de todos los países de Asia Central, Rusia, Azerbaiyán y Turquía, así como de expertos internacionales.

Artículo 14

99.La Constitución de Turkmenistán garantiza a toda persona la libertad de religión y culto, la igualdad de las religiones ante la ley y el derecho a profesar individualmente o junto con otros cualquier religión o no profesar ninguna, a expresar y difundir convicciones en relación con su actitud ante la religión y a participar en la celebración de cultos, ceremonias o ritos religiosos. En el informe inicial de Turkmenistán figura información detallada acerca de esta cuestión.

100.De conformidad con la Ley de libertad de cultos y organizaciones religiosas (21 de octubre de 2003), se aprobó la resolución presidencial titulada "Registro de las organizaciones religiosas" (14 de enero de 2004) y se adoptó el reglamento para el registro de estas organizaciones. Por resolución presidencial de 11 de marzo de 2004 se estableció el registro de las organizaciones y grupos religiosos independientemente de su pertenencia y práctica religiosa.

101.El 19 de septiembre de 2005 se creó en el Ministerio de Justicia la Comisión de Examen de la documentación para el registro de las organizaciones religiosas y asociaciones cívicas y su estatuto fue ratificado por resolución del Presidente.

102.En la lista de organizaciones religiosas están registradas actualmente 127 organizaciones, entre ellas: islámicas, 103; sunitas, 98; chiítas, 5; ortodoxas, 13; otras confesiones, 11.

103.Con el fin de perfeccionar la legislación en materia religiosa, con la ayuda de la oficina del UNICEF en Turkmenistán se están estudiando instrumentos internacionales y experiencias de otros países en esta esfera.

Artículo 15

104.Se garantiza a los ciudadanos la posibilidad de ejercer su derecho de asociación, y establecer, poner en funcionamiento, reorganizar y disolver asociaciones.

105.Conforme al párrafo 1 del artículo 30 de la Constitución, los ciudadanos tienen derecho a fundar partidos políticos u otras organizaciones cívicas que actúen en el marco de la Constitución y la ley.

106.Se garantiza a los ciudadanos la libertad de celebrar reuniones, actos públicos y manifestaciones conforme a lo previsto por la ley (artículo 29 de la Constitución).

107.Nadie puede ser obligado a afiliarse a asociación alguna ni a permanecer en ella. Todos los niños tienen derecho a ingresar en organizaciones infantiles o juveniles y a participar en sus actividades.

108.Conforme al párrafo 11 del artículo 33 de la Ley de educación, está prohibido obligar a estudiantes o alumnos a ingresar en organizaciones cívicas, o en asociaciones, movimientos o partidos políticos, así como involucrarlos en sus actividades o hacerles participar en campañas de propaganda y acciones políticas.

109.De conformidad con el párrafo 2 del artículo 30 de la Constitución, se prohíbe la formación y la actividad de partidos políticos u otras asociaciones cívicas o paramilitares que tengan por objeto derrocar el orden constitucional, toleren la violencia en sus actividades, se opongan a los derechos y libertades constitucionales del ciudadano, hagan apología de la guerra o de la hostilidad racial, nacional o religiosa o atenten contra la salud y la moral pública, así como todo partido político fundado en un criterio étnico o religioso.

110.De conformidad con el artículo 4 de la Ley de asociaciones públicas (21 de octubre de 2003) se prohíbe la formación y la actividad de asociaciones que tengan por objeto derrocar el orden constitucional, atenten contra la seguridad del Estado, toleren la violencia, se opongan a los derechos y libertades constitucionales del ciudadano, hagan apología de la guerra o de la hostilidad racial, nacional , social, o religiosa o atenten contra la salud y la moral pública; así como se prohíbe crear formaciones paramilitares.

111.En relación con el ejercicio de los derechos del niño a la libertad de asociación y la libertad de celebrar reuniones pacíficas, la legislación de Turkmenistán no prevé restricción alguna salvo en los casos previstos por la ley.

112.Al 1 de marzo de 2011 en el Ministerio de Justicia estaban registradas 35 asociaciones deportivas y 7 asociaciones juveniles.

113.Se están estudiando propuestas para introducir mejoras en las leyes relativas a las asociaciones y a la política de la juventud.

Artículo 16

114.De conformidad con el Código del Matrimonio y la Familia, el niño tiene derecho a la protección de sus derechos e intereses legítimos. La protección de los derechos e intereses legítimos del niño está a cargo de sus progenitores o las personas in loco parentis, los órganos de tutela y guarda, la fiscalía y los tribunales. La Ley de garantías de los derechos del niño ha concretado las garantías de la protección de los derechos del niño en Turkmenistán. En el informe inicial se brinda información pormenorizada a este respecto.

115.Se podrá ordenar el registro e inspección del domicilio de los ciudadanos y el secuestro de la correspondencia y su remisión a los centros postales o telegráficos solo por los motivos y según el procedimiento que establece el Código de Procedimiento Penal. Todas estas medidas se aplican también a los menores de edad.

116.Con arreglo a la Constitución, todos los ciudadanos, incluidos los niños, tienen derecho a ser protegidos contra injerencias arbitrarias en su vida privada, contra la violación del secreto de la correspondencia y de las comunicaciones telefónicas o de otra índole, así como contra los atentados a su honor y reputación.

117.Toda persona que vulnere los derechos mencionados, podrá incurrir en responsabilidad penal conforme a los siguientes artículos del Código Penal: 146  – Inviolabilidad de la vida privada; 147 – Violación del secreto de la correspondencia y las comunicaciones telefónicas, postales, telegráficas o de otra índole; 148 – Violación de domicilio.

118.Asimismo, el Código Penal contiene artículos (132 y 133) que prevén la responsabilidad penal por calumnia e injuria.

Artículo 17

119.La Constitución garantiza el libre acceso a la información y el derecho del ciudadano a obtener información. En el informe inicial se proporciona información pormenorizada sobre esta cuestión.

120.En Turkmenistán se fomentan los medios de comunicación que sean útiles para el niño en sus relaciones sociales, intelectuales y culturales en el espíritu del artículo 17 de la Convención. Existen distintos programas televisivos y radiofónicos para niños, espacios en la prensa y publicaciones propias. Los niños mismos preparan y emiten programas que gozan de gran popularidad.

121.Para asegurar el acceso de los niños a la información y la documentación de distintas fuentes nacionales e internacionales existe una amplia red de bibliotecas infantiles. Tras la aprobación, el 24 de febrero de 2010, de la resolución presidencial sobre la creación de bibliotecas centrales provinciales, de distrito y municipales y sus filiales en Turkmenistán, el número de bibliotecas ha aumentado de 89 a 230. Entre ellas cabe destacar la Biblioteca Nacional, una biblioteca pública infantil central, una biblioteca para ciegos y sordos, 4 bibliotecas provinciales (5 para adultos y 4 para niños), 15 bibliotecas centrales municipales, 36 filiales de bibliotecas municipales, 50 bibliotecas centrales de distrito y 117 filiales de bibliotecas de distrito (en las zonas rurales).

122.La televisión y la radio turcomanas contribuyen grandemente al bienestar social, espiritual y moral del niño, así como a su sano desarrollo físico y psicológico. El canal televisivo Juventud es el canal principal por el que se transmiten las emisiones destinadas a los niños y los jóvenes. En las emisiones Juventud entusiasta, Amigos alegres, Orgullo de la patria, Sueños infantiles, Mi familia, Perlas de la independencia, Niños alegría de la vida, Viajes por el país, Educación, En el mundo de los cuentos, Nueva generación y otras emisiones se difunden ampliamente temas relacionados con la educación de los niños, el papel del niño en la sociedad y la familia y sus derechos y libertades.

123.Desde 2008 el canal televisivo Juventud transmite una emisión para niños titulada "Destino de un niño" con el apoyo técnico e informativo del UNICEF. La finalidad de esta emisión es promover el desarrollo general de los niños y ampliar sus conocimientos y su horizonte en las esferas de la educación, la protección de la salud, el deporte, la naturaleza, los derechos del niño, la geografía y otros temas.

124.En 2009 representantes de medios de comunicación, incluido el canal televisivo Juventud, y trabajadores del ámbito creativo (escritores, poetas, pintores), miembros de organizaciones cívicas y niños prepararon una serie de materiales didácticos para niños en edad preescolar. Se distribuyeron documentos informativos y publicaciones en los jardines de la infancia y bibliotecas de Turkmenistán.

125.El Ministerio de Cultura y Radiotelevisión, junto con el UNICEF, celebran cada año "El día de protección de los niños". En el período de 2008 a 2010 se organizaron en esos días representaciones teatrales y comedias musicales para niños.

126.Se publicaron conjuntamente una recopilación de canciones infantiles con sus partituras, así como una recopilación de obras titulada "Continuación de cuentos" para niños y sobre los niños de Turkmenistán.

127.El Ministerio de Cultura y Radiotelevisión conjuntamente con el UNICEF elaboran un plan de trabajo anual (2010 a 2011) cuyos componentes principales son cuestiones de comunicación, el trabajo con los medios de comunicación y la información general a la población sobre modos de vida sanos, tiempo libre útil y derechos del niño.

128.Con fondos asignados por el Presidente para el desarrollo del sistema educativo se compran con regularidad muebles modernos y equipo e instrumental de laboratorio, computadoras y equipo multimedia para los centros de enseñanza. Los establecimientos de enseñanza secundaria y superior están conectados a Internet.

129.El Instituto Nacional Turcomano para la Democracia y los Derechos Humanos adscrito a la Presidencia y la oficina del UNICEF en Turkmenistán publicaron en 2010 en idioma estatal, ruso e inglés el folleto "Derechos de los ciudadanos a la educación", que incluye normas de derecho internacional y de la legislación de Turkmenistán.

Artículo 18

130.De conformidad con la legislación turcomana, los padres tienen la responsabilidad de la educación y el desarrollo de los hijos. En el informe inicial figura información detallada a este respecto.

131.Turkmenistán reconoce la función fundamental de la familia en la educación del niño y se esfuerza por crear, dentro de los recursos existentes, las condiciones más propicias para que la familia pueda cumplir su función. Para ello, se están aumentando las prestaciones que perciben las familias con hijos y el número de niños que se benefician de los distintos tipos de servicio y de atención.

132.Los padres o las personas in loco parentis tienen la obligación de cuidar de los hijos, protegerlos, crear las condiciones necesarias para su crecimiento y pleno desarrollo, educarlos en el espíritu del humanismo y de los valores espirituales permanentes, y tratarlos como personas teniendo en cuenta su individualidad, su edad y su sexo.

133.Los padres o las personas in loco parentis deben ayudar a los hijos a actuar de manera autónoma para ejercer y proteger sus derechos e intereses legítimos, atendiendo a su edad y de acuerdo a su capacidad legal.

134.Está prohibido humillar a un niño, intimidarlo, infligirle castigos corporales o causarle cualquier otro tipo de sufrimiento que pueda perjudicar su salud mental o física.

135.Ambos progenitores son responsables en igual medida de la vida, la salud y la educación de sus hijos.

136.El Estado garantiza a los niños sin cuidado parental una educación de tipo familiar mediante la adopción, la tutela, la guarda o la colocación en un hogar de niños mantenido por el Estado.

Artículo 19

137.El Estado presta especial atención a la cuestión del maltrato, la negligencia, el descuido y los abusos hacia los niños en el seno de la familia y fuera de esta. De conformidad con el párrafo 2 del artículo 23 de la Constitución, nadie podrá ser sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni ser objeto sin su consentimiento de experimentos médicos (con fármacos o tratamiento) o de otra índole.

138.El Estado protege a los niños contra todo tipo de abuso por parte de los padres o los representantes legales u otras personas encargadas de su educación y cuidado y se asegura de supervisar debidamente que la tutela y guarda se ejerzan en condiciones adecuadas.

139.Las asociaciones de padres y madres existentes en el país y los debates colectivos entre progenitores representan algunos ejemplos de enfoques a través de los cuales las familias aprenden a escuchar y comprender a los niños y sus necesidades y exigencias y pueden entender mejor lo que es necesario para los hijos y los propios progenitores, a fin de propiciar un clima moral y psicológico sano y condiciones favorables para el desarrollo y la educación de los niños. Se intercambian experiencias sobre estas cuestiones.

140.En el período reseñado se han aprobado en el país instrumentos legislativos y normativos con disposiciones que obligan al personal de las instituciones educativas para menores infractores a cumplir las normas de deontología profesional, comportarse con humanidad y no tolerar un trato cruel o degradante hacia los niños.

141.En los correccionales del sistema del Ministerio del Interior, de conformidad con la legislación en materia de trabajo correctivo, se garantiza estrictamente el derecho de los menores condenados a la seguridad personal.

142.Los órganos de la policía vigilan la situación de las familias desfavorecidas. Los niños de esas familias se encuentran constantemente bajo estrecho control de funcionarios de la policía. En la medida en que sea necesario ofrecerles ropa y efectos escolares, la policía dirige los ofrecimientos de ayuda material a los centros de enseñanza y las respectivas administraciones.

143.No se han producido casos de delitos de violencia física o psicológica infligida a niños por sus padres, tutores legales u otras personas.

144.El Código Penal de Turkmenistán establece la responsabilidad por inducir a un menor de edad a delinquir (art. 155), inducir a un menor a cometer actos antisociales (art. 156), evadir dolosamente el pago de la manutención de los hijos (art. 160) y abusar de los derechos de la persona a quien se haya encomendado la educación del menor (art. 161).

Artículo 20

145.En la legislación de Turkmenistán los derechos de los niños privados de su entorno familiar, así como las obligaciones de las instituciones y organizaciones encargadas de garantizarlos, están enunciados en el Código Civil, el Código del Matrimonio y la Familia, el Código de Seguridad Social y las leyes de garantías de los derechos del niño y de educación.

146.De conformidad con el Código del Matrimonio y la Familia, se establecen las siguientes modalidades para el acogimiento de niños privados del cuidado parental: la adopción como modalidad prioritaria de acogimiento del niño para su crianza en el seno de una familia; la tutela o guarda por parte de una persona física (tutor o guardador); un hogar de acogida; una institución para niños privados del cuidado parental.

147.En el informe inicial figura información pormenorizada sobre la legislación y las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la Convención en lo que respecta a la protección de los niños privados de una familia.

148.De conformidad con la legislación vigente, al igual que antes, la modalidad prioritaria para el acogimiento de niños privados del cuidado parental es su acogimiento en una familia.

149.Los niños huérfanos y los niños privados del cuidado parental, de conformidad con el artículo 14 de la Ley de educación, quedan inscritos, sin concurso, en los establecimientos públicos de enseñanza profesional secundaria y superior si aprueban un examen de ingreso.

150.De conformidad con el artículo 24 de la Ley de educación, para los niños huérfanos y los niños privados del cuidado parental existen establecimientos especiales de enseñanza en los que los niños permanecen internados a cargo del Estado. Existen 4 hogares del niño (de 0 a 4 años) que acogen a 189 niños, así como 2 hogares infantiles que acogen a 517 niños. El Estado presta ayuda y proporciona apoyo para la creación de hogares infantiles de tipo familiar y su funcionamiento.

151.En el caso de los niños que necesitan un tratamiento prolongado, o que tienen deficiencias de desarrollo físico o mental, existen establecimientos de enseñanza especiales. La actividad de estos establecimientos está regulada por una disposición específica aprobada por el Consejo de Ministros.

152.De conformidad con el párrafo 8 del artículo 33 de la Ley de establecimientos de enseñanza, la permanencia y el estudio de los niños huérfanos y los niños privados del cuidado parental están plenamente a cargo del Estado, inclusive en los establecimientos de formación profesional hasta la edad de 23 años.

Artículo 21

153.En la legislación de Turkmenistán la adopción de niños se reglamenta en el Código del Matrimonio y la Familia, el Código de Infracciones Administrativas, el Código Penal y el Código de Procedimiento Civil. En el informe inicial se brinda información detallada sobre las bases jurídicas de la adopción.

154.En los órganos del Registro Civil de Turkmenistán se registraron las siguientes adopciones: en 2006 – 941; en 2007 – 1.345; en 2008 – 1.197; en 2009 – 1.674; y en 2010 – 1.373.

155.Se está estudiando la Convención de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional (La Haya, 29 de mayo de 1993).

156.En el período de 2005 a 2010 no hubo casos de adopción de niños turcomanos por extranjeros.

Artículo 22

157.El Estado garantiza la protección jurídica de los niños refugiados, incluido su acceso a los servicios de salud, de educación y otros servicios sociales.

158.En la legislación vigente la situación de los niños refugiados y los niños desplazados internos se regula en la Ley de refugiados. En el informe inicial de Turkmenistán se proporciona información detallada sobre esta cuestión.

159.Los niños refugiados se benefician de la misma protección que cualquier otro niño que por cualquier razón esté privado de manera temporal o permanente de su entorno familiar.

160.El procedimiento para solicitar la condición de refugiado se establece en la Disposición sobre el procedimiento para solicitar la condición de refugiado en Turkmenistán, aprobada por resolución presidencial de 7 de marzo de 2005. De conformidad con dicha Disposición, el Servicio Estatal de Migraciones es el órgano competente para decidir las solicitudes de reconocimiento del estatuto, con el acuerdo del Consejo de Ministros.

161.Con el propósito de aplicar las normas internacionales y mejorar la legislación turcomana se están elaborando propuestas para introducir modificaciones y adiciones en la Ley de refugiados.

162.La reubicación forzosa como forma de castigo por determinados delitos en relación con niños que son ciudadanos del país (minorías étnicas), ciudadanos extranjeros, refugiados o personas sin ciudadanía, no está contemplada en la legislación de Turkmenistán (respuesta al párrafo 62 de las Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño de 2 de junio de 2006).

163.De conformidad con el párrafo 3 del artículo 511 del Código Penal, no se aplica la obligación de residir en un determinado lugar a las personas que no hayan cumplido la edad de 18 años en el momento de delinquir, como tampoco a las personas con discapacidad de los grupos I y II, los jubilados, las mujeres embarazadas ni las mujeres con hijos de menos de 8 años.

Artículo 23

164.Las cuestiones referentes al entorno de vida de los niños con deficiencias mentales o físicas, incluidos los niños con discapacidad, se tratan en normas legislativas. En el informe inicial de Turkmenistán se proporciona información detallada sobre esta cuestión.

165.El 4 de septiembre de 2008 Turkmenistán se adhirió a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, de 13 de diciembre de 2006. El Meylis ratificó el Protocolo facultativo de esta Convención el 25 de septiembre de 2010.

166.Conforme a la Ley de garantías de los derechos del niño, los niños con discapacidad tienen derecho a participar digna y plenamente en la vida de la sociedad. A fin de brindarles un apoyo social y posibilidades de adaptación el Estado mantiene instituciones educativas, de tratamiento y de rehabilitación para que puedan recibir una enseñanza y una capacitación profesional acordes con su estado de salud. El Servicio Nacional de Empleo consigue trabajo para los niños con necesidades especiales. Los padres o las personas in loco parentis de niños con discapacidad tienen derecho a las prestaciones sociales previstas en la legislación.

167.En función del grado de disfunción del organismo y las limitaciones en su vida diaria, los menores de 16 años quedan incluidos en la categoría de "niños con discapacidad".

168.Las personas que son reconocidas como discapacitadas conforme a este procedimiento, se subdividen en las siguientes categorías:

Niños con discapacidad menores de 16 años;

Niños con discapacidad desde la infancia (artículo 82 del Código de Seguridad Social).

169.Los niños con discapacidad en Turkmenistán poseen todos los derechos y libertades sociales, económicos, políticos y personales consagrados en la Constitución, el Código de Seguridad Social y otros instrumentos legislativos de Turkmenistán.

170.Toda discriminación contra los niños con discapacidad está prohibida y será perseguida por la ley. De conformidad con la ley, el Estado garantiza la protección de los derechos, libertades e intereses legítimos de los niños con discapacidad.

171.La administración estatal en el ámbito de la protección social de los niños con discapacidad está a cargo del Ministerio de Seguridad Social, el Ministerio de Salud Pública y Medicina y los órganos estatales y administraciones autónomas locales.

172.La asistencia social a los niños con discapacidad consiste en pagos en efectivo y beneficios previstos en el Código de Seguridad Social, así como en servicios médicos, sociales, profesionales y para la vida cotidiana.

173.El monto de las prestaciones por discapacidad va aumentando cada vez más. Desde el 1 de julio de 2007 el monto de la prestación por discapacidad ha aumentado en promedio en un 50%, desde el 1 de enero de 2009 en un 10%, a partir del 1 de julio de 2009, en promedio en un 28%; además, la prestación para niños con discapacidad desde la infancia se ha multiplicado por 1,5, y a partir del 1 de enero de 2010 ha aumentado en un 10%.

174.Al 1 de enero de 2011 el número de beneficiarios de prestaciones por discapacidad ascendía a 89.967 personas, de las cuales 10.100 eran niños con discapacidad menores de 16 años.

175.Los fármacos y medicamentos, sillas de ruedas, prótesis y otros artículos ortopédicos para personas con discapacidad se otorgan gratuitamente o en condiciones favorables de conformidad con lo establecido por el Consejo de Ministros.

176.Por resolución presidencial de 30 octubre de 2009 los medicamentos, prótesis dentales, prótesis y otros artículos ortopédicos, equipo para el traslado de enfermos y sillas de ruedas se otorgan gratuitamente para los niños con discapacidad menores de 16 años.

177.Los niños con discapacidad que viven en instituciones se consideran huérfanos o niños privados del cuidado de los padres, y cuando llegan a la edad adulta tienen derecho a obtener directamente una vivienda y una ayuda material para su bienestar, si de conformidad con el programa individual de rehabilitación pueden desenvolverse con autonomía y llevar un modo de vida independiente.

178.En Turkmenistán se siguen desarrollando y mejorando los servicios de prevención de la discapacidad desde la infancia, en particular el diagnóstico prenatal y médico genético. Se ha establecido un procedimiento único para la utilización de los métodos de diagnóstico prenatal en los períodos críticos del embarazo y se ha definido la práctica de los obstetras ginecólogos y los médicos genéticos en función de la patología detectada en el feto, lo que permite garantizar una labor más eficaz gracias a la detección temprana y prevenir el nacimiento de niños con afecciones hereditarias y congénitas graves. Las casas de maternidad están dotadas de equipo de ultrasonido.

179.El Estado garantiza a las personas con discapacidad las condiciones necesarias para que reciban una enseñanza y formación profesional. Los organismos educativos y de salud tienen la obligación de ofrecer a los niños con discapacidad posibilidades de educación escolar y extraescolar y velar por que obtengan la enseñanza media general, así como deben proporcionar ayuda en la capacitación profesional a las personas con discapacidad de acuerdo con el programa de rehabilitación individual.

180.Los organismos educativos y de salud deben crear las condiciones necesarias para la crianza de los niños con discapacidad en edad preescolar y prestarles la atención de rehabilitación necesaria en los centros preescolares de tipo general que acogen a niños con discapacidad.

181.Existen centros preescolares especiales para los niños con discapacidad cuyo estado de salud no permite que asistan a centros preescolares de tipo general.

182.Los niños con discapacidad pueden asistir a los centros de enseñanza secundaria general, enseñanza secundaria especial y enseñanza superior de tipo general y, en caso de necesidad, a centros de enseñanza especializados. Los niños afectados por discapacidad de los grupos I y II, que no tienen contraindicada, por dictamen de la Comisión de expertos médicos y sociales, la enseñanza en centros superiores y secundarios especiales, asisten a estos fuera de concurso. Los niños con discapacidad del grupo III en las mismas condiciones tienen derecho preferente a inscribirse en un establecimiento de enseñanza superior y secundaria especializado.

183.Durante sus estudios, las personas con discapacidad que asisten a establecimientos especiales de enseñanza secundaria y superior reciben prestaciones y becas completas. Al finalizar los estudios pueden obtener un empleo según la especialidad, teniendo en cuenta las condiciones laborales.

184.Los organismos de enseñanza y otros organismos públicos crean las condiciones necesarias para asegurar la accesibilidad de la enseñanza extraescolar para los niños con discapacidad; organizan clases para estos niños que se desarrollan en el curso de su permanencia en centros hospitalarios, preventivos o de rehabilitación.

185.Los órganos estatales y administraciones autónomas locales deben garantizar a las personas con discapacidad las condiciones necesarias para el libre acceso y utilización de establecimientos y espectáculos culturales y de centros deportivos, para que puedan hacer ejercicios físicos y deporte, así como poner a su disposición instalaciones deportivas especiales. Los niños con discapacidad hasta la edad de 16 años se benefician de estos servicios gratuitamente.

186.Las familias con hijos con discapacidad tienen derecho a hacer mejoras en su vivienda de conformidad con las normas establecidas y en función del programa individual de rehabilitación. Las viviendas proporcionadas a las personas con discapacidad o a las familias en que haya una persona con discapacidad deben estar equipadas con medios y dispositivos especiales y disponer de comunicación telefónica.

187.Al llegar a la mayoría de edad, los niños con discapacidad que viven en instituciones, huérfanos o privados del cuidado de los padres, tienen derecho a obtener con prioridad una vivienda y ayuda material para equiparla, si según su programa individual de rehabilitación pueden desenvolverse con autonomía y llevar un modo de vida independiente.

188.De conformidad con el párrafo 5 del artículo 4 de la Ley de educación, el Estado brinda a los ciudadanos con necesidades especiales, es decir con deficiencias del desarrollo físico y/o psíquico, las condiciones necesarias para que obtengan una educación, puedan corregir las deficiencias en su desarrollo y logren adaptarse socialmente sobre la base de métodos pedagógicos especiales.

189.De conformidad con el artículo 14 de la Ley de educación, los niños con discapacidad y las personas con discapacidad de los grupos I y II que, conforme al dictamen del servicio medicosocial, no tienen contraindicada la enseñanza en los centros educativos a que aspiran quedan inscritos sin concurso en los institutos públicos de formación profesional secundaria y superior si aprueban un examen de ingreso.

190.Existen establecimientos especiales de enseñanza para los niños con discapacidad que necesitan un tratamiento prolongado o que padecen deficiencias del desarrollo físico o mental (párrafo 2 del artículo 24 de la Ley).

191.De conformidad con el párrafo 9 del artículo 33 de la Ley, para los niños con necesidades especiales de salud, las autoridades educativas crean establecimientos (clases o grupos), de enseñanza especial (correctivos) que proveen al tratamiento, la enseñanza y la formación de esos niños y los ayudan a adaptarse e integrarse en la sociedad.

192.El Consejo de Ministros define las categorías de alumnos diurnos y pupilos que asisten a los establecimientos de enseñanza indicados y los que están plenamente a cargo del Estado.

Artículo 24

193.En Turkmenistán la salud pública tiene como finalidad reforzar y asegurar la salud de toda la población del país y adopta como orientación prioritaria la protección de la salud materna e infantil.

194.Las garantías del Estado y los derechos de los niños, adolescentes y mujeres a la salud y la protección sanitaria están definidos en la Constitución (26 de septiembre de 2008), el Código Sanitario (21 de noviembre de 2010), el Código de Trabajo; y las leyes de garantías de los derechos del niño (5 de julio de 2002), de protección de la salud de los ciudadanos (12 de octubre de 2005), de calidad y seguridad de los productos alimenticios (18 de abril de 2009), de protección y promoción de la lactancia materna y requisitos de los productos de alimentación infantil (18 de abril de 2009), de protección contra las radiaciones (15 de agosto de 2009), y de agua potable (4 de octubre de 2010).

195.La política de protección de la salud pública se refleja en el Programa nacional titulado "Estrategia de desarrollo socioeconómico hasta 2020 y en el período de 2011 a 2030" y el Programa de la Presidencia titulado "Salud", y en diferentes programas nacionales: protección y apoyo a la lactancia materna, prevención y lucha contra la anemia en la mujer y los niños, yodación de la sal, enriquecimiento de la harina con hierro y ácido fólico, integración de las enfermedades de la infancia, reanimación neonatal y cuidados del recién nacido, criterios para registrar los nacimientos vivos y muertos según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, salud reproductiva, prevención del VIH/SIDA y de las enfermedades de transmisión sexual (ETS), y maternidad sin riesgos.

196.La realización de estos programas contribuye en forma directa a lograr los objetivos de desarrollo formulados en la Declaración del Milenio, de reducción de la mortalidad materna y de los niños menores de 5 años, profilaxis, detección y prevención de la propagación de la infección del VIH, prevención de las hepatitis B y C e inmunización de la población.

197.La accesibilidad de la atención médica para los niños, incluida la atención primaria de salud, se garantiza a través de una red de establecimientos de medicina preventiva y tratamiento, inclusive en las localidades rurales. El número de estos establecimientos que prestan atención médica a los niños aumenta cada año. La atención hospitalaria a los niños se presta en 5 centros de atención perinatal "Ene Myajri", 6 centros de protección de la salud maternoinfantil, 4 hospitales urbanos y 49 hospitales de distrito que tienen secciones infantiles, y en el hospital pediátrico de Ashgabat. El total de camas en los hospitales pasó de 3.648 en 2005 a 3.720 en 2009. La disponibilidad de camas para niños aumentó de 23,0 por cada 10.000 niños (0 a 14 años) en 2005 a 26,0 en 2009.

198.A fin de reforzar la atención médica de urgencia a los niños, las unidades de reanimación de los hospitales de provincia cuentan con reanimatólogos y, en caso de necesidad, especialistas de la aviación sanitaria prestan la atención de urgencia las 24 horas del día. La atención ambulatoria a los niños de tipo familiar se presta en 26 casas de salud municipales y 1.643 casas y centros de salud rurales de los hospitales provinciales, en los que el reconocimiento y la atención médica a los niños están a cargo de 2.927 médicos de familia, 1.226 auxiliares médicos de familia y 5.220 enfermeras de familia. En todas estas casas y centros de salud hay consultorios de vacunación preventiva. En el período de 2005 a 2009 la cobertura anual de vacunación fue de 97% a 99% del total de la población infantil.

199.En los últimos años la tasa de natalidad en el país y en todas las regiones ha ido aumentando; de 2005 a 2010 el índice de natalidad creció en más del 50%. En 2007 se adoptaron en Turkmenistán los criterios para registrar los nacimientos vivos y muertos según las recomendaciones de la OMS (orden del Ministerio de Salud Pública y Medicina Nº 217, de 3 de noviembre de 2006). Con la ayuda de organizaciones internacionales se impartió capacitación a 7 pasantes nacionales y se formó al 70% de los especialistas de salud (neonatólogos, obstetras, ginecólogos, especialistas en estadística, patólogos anatómicos y profesores del instituto de medicina).

200.En 2008 se introdujo el programa Matriz ВАBIЕS según las recomendaciones de la OMS, que permite reunir, sistematizar y transponer datos cifrados en información para determinar los principales factores de mortalidad de recién nacidos y elegir los "paquetes de obstáculos más aceptables". En el marco del programa Matriz BABIES, recibieron capacitación especialistas del Ministerio de Salud Pública y Medicina de las administraciones sanitarias de provincias.

201.El índice de mortalidad infantil es un criterio objetivo que refleja la relación del Estado con la conservación y fortalecimiento de la salud de los niños. En los últimos años se ha observado en el país una tendencia constante a la disminución de la mortalidad infantil. Cabe señalar que la mortalidad por infecciones agudas en el sistema digestivo ha disminuido, y ello se explica por la adopción de los programas internacionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

202.Teniendo en cuenta las razones por las que los niños se enferman y sobreviene la mortalidad infantil se adoptan diversas medidas para reducir y prevenir esas enfermedades.

203.El programa de la OMS de Atención Integrada a las Enfermedades Prevalentes de la Infancia se desarrolla con éxito. Los materiales didácticos han sido adaptados y se han publicado en el idioma nacional.

204.Se imparte un curso sobre el programa de reanimación neonatal y cuidados del recién nacido. Hasta hoy se ha capacitado al 60% de los especialistas de maternidades.

205.Desde 2007 se desarrolla con buenos resultados el Programa nacional Maternidad sin riesgos para los años 2007 a 2011. Dicho programa incluye todas las disposiciones para la atención a la embarazada, la parturienta y el recién nacido y su modernización sobre la base de técnicas eficaces de la OMS. Todas las directrices de la OMS se han traducido al idioma nacional y se han publicado, se ha formado a pasantes nacionales y se ha capacitado a 455 especialistas. Las recomendaciones del programa Maternidad sin riesgos sobre el uso del partograma, la libertad de movimiento y posición en el trabajo de parto, la atención del parto fisiológico, la ayuda de la partera, la desmedicalización de los partos normales, la presencia del compañero durante el parto, el manejo activo de la tercera fase del parto, etc. no exigen grandes gastos materiales y se aplican utilizando los recursos existentes de manera racional, y resultan sumamente eficaces. Con tan solo la adopción de uno de los criterios de la OMS en distritos piloto, como el manejo activo de la tercera fase del parto, se ha podido reducir a cero el número de casos de hemorragias durante el puerperio.

206.Se está ejecutando el programa nacional de protección y apoyo a la lactancia materna. Se hace promoción de la lactancia materna exclusiva hasta los 6 meses, con la introducción a su debido tiempo de alimentos complementarios. En el país hay 62 centros de tratamiento reconocidos como "Hospitales amigos del niño", lo que representa el 95% de todas las maternidades, y 34 hospitales han obtenido la recertificación. Se han preparado e impartido 33 seminarios del programa Principios para la alimentación en la primera infancia, y se ha capacitado a 769 médicos de familia. Cada año, del 1 al 7 de septiembre, se celebra la Semana nacional de la lactancia materna. Se han aprobado la Ley de protección y promoción de la lactancia materna y los requisitos de los productos de alimentación infantil.

207.Según las investigaciones llevadas a cabo por el Centro Clínico Científico de Protección de la Salud Maternoinfantil, en el período de 2007 a 2009 entre el 98% y el 99% de los recién nacidos salían de las casas de maternidad alimentados exclusivamente mediante lactancia materna, a los 3 meses seguían estándolo el 68,3%, y a los 6 meses el 27,6% continuaba con la lactancia materna exclusiva.

208.En 2008 el Ministerio de Salud Pública y Medicina, junto con el Ministerio de Educación, introdujeron en los sistemas de salud y educación los conceptos de desarrollo infantil temprano y preparación para la escuela. Los materiales didácticos se adaptaron y se tradujeron al idioma estatal. Se ha brindado formación a 32 pasantes nacionales del total de trabajadores de los sectores de salud y educación y se ha impartido capacitación a 300 médicos de familia y maestros de jardines de la infancia.

209.Teniendo en cuenta los aspectos más importantes de la política llevada a cabo en el país y las disposiciones fundamentales de la Convención sobre los Derechos del Niño se ha elaborado el Programa nacional para los años 2011-2015 en materia de desarrollo infantil temprano y preparación para la escuela. Este programa fue elaborado conjuntamente con los ministerios y departamentos competentes y organizaciones cívicas del país, con la ayuda del UNICEF. El 26 de marzo de 2011 el Programa fue aprobado en sesión por la Comisión Interinstitucional encargada de velar por el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Turkmenistán en el ámbito de los derechos humanos y se transmitió al Gobierno.

210.Existen en el país 87 consultorios médicos para adolescentes, que trabajan en la prevención y tratamiento de las enfermedades en la adolescencia.

211.Con el apoyo del UNICEF se aplican con éxito medidas de prevención de gran envergadura, como el suministro de sal yodada y harina enriquecida con hierro y ácido fólico. Estas medidas están encaminadas a prevenir la carencia de yodo y hierro, así como las enfermedades infecciosas y de otro tipo.

212.Turkmenistán es el cuarto país en el mundo y el primero de la Comunidad de Estados Independientes en haber logrado la yodación universal de la sal. Tras recibir la certificación internacional conforme al Programa de yodación de la sal, se llevaron a cabo inspecciones biológicas que permitieron llegar a la conclusión de que el 100% de los hogares utilizaba sal yodada, mientras que la excreción urinaria de yodo correspondía a los valores más altos de la norma. Cabe señalar que hoy día la población de Turkmenistán utiliza harina fortificada al 100% con ácido fólico y hierro

213.La evaluación de la eficacia del Programa, realizada en la provincia de Dashoguz, mostró una disminución del índice de anemia en todos los grupos objeto del estudio, y en particular de la anemia de grado II, que disminuyó en un 20%.

214.Con el fin de organizar la correcta alimentación de los niños en los centros preescolares, las colonias de vacaciones para preescolares y escolares, las escuelas internado y los centros de vacaciones de verano, teniendo en cuenta las necesidades del organismo en crecimiento, las necesidades de consumo de calorías y la mayor variedad de productos alimenticios, en 2010 se elaboraron y aprobaron las Normas para la alimentación infantil en las guarderías, los jardines de la infancia, las guarderías-jardines, los jardines-escuela y las colonias para preescolares, así como las Normas para las colonias escolares, escuelas internado y centros de vacaciones de verano.

215.El servicio sanitario y epidemiológico del Ministerio de Salud Pública y Medicina se encarga de la vigilancia en el ámbito del registro, certificación y circulación de productos alimenticios, incluidos los productos para alimentación infantil.

216.Entre las orientaciones prioritarias de la sanidad pública se destaca la medicina preventiva, en la que la vacunación representa un componente importante. El Programa nacional de inmunoprofilaxis para los años 2003 a 2020 aprobado por el Gobierno se lleva a cabo con éxito en el país. Una de las finalidades del Programa nacional es la eliminación del sarampión para 2010.

217.Desde 2002 se vacuna gratuitamente a los recién nacidos contra la hepatitis B y la poliomielitis, y al 99,5% del total con la BCG. Los resultados de las vacunas se apuntan en el carné de vacunación, que permite conocer el historial de vacunación en el curso de toda la vida. Desde 2007 se incluyeron en el calendario nacional de vacunación la vacuna triple (SPR) contra el sarampión, las paperas y la rubeola para niños de 12 a 15 meses y a la edad de 6 años; y desde 2010, la vacuna contra las infecciones causadas por la bacteria Haemophilus influenza de tipo b (infecciones Hib) para niños de 12 a 15 meses. Se prevé seguir estudiando y adoptando nuevas vacunas en el país.

218.La gran cobertura de la vacunación profiláctica ha hecho posible reducir la morbilidad por infecciones prevenibles por vacunas. Turkmenistán mantiene la categoría de país libre de poliomielitis y aplica todo un conjunto de medidas para no permitir y combatir la importación del virus salvaje de la poliomielitis.

219.Se han adoptado un Programa nacional de prevención del paludismo para el período 2005 a 2010 y un Plan estratégico nacional de erradicación del paludismo para los años2008 a 2010. En el marco de estos programas 2 veces al año se organizan medidas específicas en gran escala de protección contra los mosquitos e hidrotecnia, exclusivamente con cargo a recursos del Estado. Se desarrollan en el marco de los programas nacionales y de la política elaborada por la OMS para pasar de la prevención del paludismo a su erradicación definitiva.

220.Se han reforzado en el país las medidas de educación sanitaria entre los distintos grupos de la población; en los distritos fronterizos se distribuyen a la población cortinas especiales para cama tratadas con insecticida. Se presta particular atención a reforzar el servicio epidemiológico y el sistema de información, así como la capacitación del personal. Se realizan investigaciones y se evalúan las medidas adoptadas.

221.Desde 2006 no se han registrado en el país casos locales de paludismo, y Turkmenistán fue destacado por la OMS como Estado avanzado en el logro de la erradicación del paludismo para 2010. Turkmenistán obtuvo en 2010 el certificado internacional de Estado que ha logrado la erradicación total del paludismo.

222.A fin de potenciar los análisis, la vigilancia y el rendimiento de cuentas de la ejecución de los planes nacionales de desarrollo y los Objetivos de desarrollo formulados en la Declaración del Milenio, en el ámbito de la salud reproductiva, así como teniendo en cuenta las exigencias internacionales de rendir cuentas de la salud maternoinfantil y la prevención del VIH/SIDA, el Ministerio de Salud Pública y Medicina, con la ayuda del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el UNICEF, ha empezado a crear la base de datos Saglik Info, utilizando el programa DevInfo 6.0 (sistema de base de datos para el seguimiento del desarrollo humano). Las Naciones Unidas recomiendan este programa para elaborar los informes sobre la ejecución del programa de desarrollo creativo y otros planes de acción nacionales.

223.Contribuye a la solución satisfactoria de los problemas de planificación de la familia la estrategia de salud reproductiva de las mujeres de Turkmenistán, cuyos objetivos son garantizar la disminución del riesgo durante el embarazo, la maternidad sin riesgos, la disminución de las complicaciones durante el embarazo y de las enfermedades extragenitales entre las mujeres en edad reproductiva, y la salud de las niñas y las adolescentes.

224.La eficacia de la protección de la salud reproductiva de la familia depende de la información de que disponen las personas sobre los métodos de control de la natalidad y de la facilidad de acceso a esos métodos para satisfacer las necesidades de un amplio grupo de posibles usuarios. La facilidad de acceso a los métodos depende a su vez de la calidad y cantidad de los servicios que los proporcionan.

225.A este respecto en el país funciona con éxito un servicio de protección de la salud reproductiva en los centros de salud para la madre y el niño de cada provincia; además, en cada distrito, hay consultorios de salud reproductiva bien equipados, que cuentan con el apoyo activo del UNFPA, y 402 consultorios para mujeres (obstetricia y ginecología). Todas estas actividades son coordinadas por el Centro Nacional de Protección de la Salud Reproductiva, organizado en el Centro Clínico Científico de Protección de la Salud Maternoinfantil.

226.El Servicio de Salud Reproductiva proporciona todos los servicios de salud en materia de planificación de la familia, incluidas la consulta gratuita de salud sexual y reproductiva y la entrega gratuita de anticonceptivos y pruebas de embarazo.

227.Los especialistas en salud reproductiva organizan cursos y seminarios, dotan de equipo a los consultorios de salud reproductiva e informan a la población sobre los derechos de la mujer en materia de salud reproductiva. Los servicios de planificación de la familia resultan accesibles para toda la población, gracias a un horario cómodo y a la presencia de médicos de familia especializados en salud reproductiva.

228.La lista de medicamentos esenciales incluye 10 nombres de anticonceptivos.

229.En 2009, con el apoyo activo del UNFPA, se adoptó el programa de gestión logística CHANNEL para la vigilancia adecuada del almacenamiento y distribución de anticonceptivos.

230.El número de mujeres en edad reproductiva que utilizaban distintos medios de contracepción era del 45% en 2005 y del 33% en 2009. El descenso de este índice se debe a la labor más activa de los consultorios de salud reproductiva y a un criterio racional de utilización de los medios anticonceptivos para mejorar la salud de la mujer y observar un espaciamiento entre los nacimientos, así como hacer que aumente la natalidad.

231.Con el fin de mejorar el sistema de atención a las embarazadas, en todas las regiones del país se adoptan diversas medidas para organizar mejor la atención en obstetricia y ginecología. En Turkmenistán 62 unidades de maternidad están reconocidas como "Amigas del niño", y también se han organizado salas individuales para partos con la presencia del compañero y la residencia conjunta de la madre y el niño.

232.Entre 2005 y 2009 en los centros de maternidad estatales (salas de parto de los hospitales de distrito, centros de protección de la salud maternoinfantil, centros de salud perinatal "Ene Miajri", etc.), que prestan servicios médicos de calidad durante el embarazo, el parto y el puerperio, aumentó en 3.300 el número de camas para embarazadas y parturientas.

233.En 2009, el 98,4% de las mujeres embarazadas estaban inscritas en centros médicos, y el 99,8% recibieron asistencia médica cualificada de personal de salud durante el parto.

234.En el período 2005-2009 se dividió por dos el número de partos en el hogar, lo que representó menos del 0,2% del total de partos, de manera que el 99,8% de los partos tuvieron lugar en centros médicos y fueron asistidos por personal médico. El porcentaje de operaciones cesáreas, que se sitúa en 4,5%, no supera el indicador de la OMS.

235.Uno de los logros en la protección de la salud de la mujer es la tendencia a la disminución del índice de mortalidad materna, que se explica por el desarrollo general del país (mejor bienestar socioeconómico de la población y mayor promoción de los derechos y la condición social de la mujer).

236.La tasa de mortalidad materna ha disminuido. En la práctica Turkmenistán ha reducido la mortalidad materna en 9,3 veces, cumpliendo así antes de tiempo el objetivo 5А de la Declaración del Milenio para 2015.

237.Entre los factores que han influido directamente en la reducción de la mortalidad materna figuran los adelantos en la medicina, los cuidados médicos de todo tipo recibidos mientras la embarazada está trabajando y después del parto, el acceso a todo tipo de servicios antes del parto, una mejor calidad de la atención médica gracias a una mayor capacitación de parteras cualificadas, la ampliación de los programas de planificación de la familia, el gran porcentaje de partos en presencia de profesionales de la salud cualificados y el análisis por especialistas de todos los casos de mortalidad materna.

238.Con el fin de proteger la salud de las mujeres y reglamentar las operaciones de interrupción quirúrgica del embarazo, tanto voluntaria como por causas médicas o por otras causas, el Ministerio de Salud Pública y Medicina ha elaborado y aprobado las directrices pertinentes. Por decisión de la mujer el aborto se puede practicar hasta las 12 semanas de embarazo, y un miniaborto hasta las 5 semanas de embarazo; la realización ilícita de un aborto entraña responsabilidad penal según lo establecido en la ley.

239.En la actualidad, los especialistas tratan de introducir la práctica del aborto inducido por medicamentos sin riesgo. Todos los tipos de aborto se practican en instituciones médicas de forma gratuita o de pago. En los últimos 10 años el número de abortos ha tendido a disminuir en el país. Como método fundamental de regulación de la natalidad se ha observado la tendencia a sustituir el aborto por la contracepción.

240.Con la creación de servicios de protección de la salud reproductiva, los esfuerzos por prevenir el aborto han permitido que se reduzca a la mitad el número de abortos y haya un mayor número de abortos sin riesgo, el espaciamiento entre los nacimientos ha aumentado en promedio en 2,5 años y se ha reducido la morbilidad de las mujeres en edad de procrear.

241.Gracias a los programas y estrategias aplicados, en los últimos 5 años se observa un aumento de los índices de salud reproductiva en el país.

242.Reconociendo la necesidad de prestar servicios de la más alta calidad mediante la utilización de equipo moderno y las tecnologías más avanzadas, por resolución del Presidente en 2005 se inauguró el Centro Ene Myajri en Ashgabat, y en 2008 se estableció la red de centros Ene Myajri en todas las provincias de Turkmenistán.

243.Los centros están dotados de instrumental y medicamentos para sacar adelante a los niños de bajo peso al nacer (500 gгs.). En estos centros se realiza un diagnóstico prenatal de las deficiencias en el desarrollo del feto mediante un examen por ultrasonido, se hace un análisis del feto a las 9-11 semanas, y se practica una amniocentesis y una cordocentesis a las 22-23 semanas para asegurar el proceso fisiológico del parto y hacer un diagnóstico oportuno de las posibles complicaciones, se vigilan los trabajos de parto con el uso de partogramas y se evalúa la vía de parto según el índice de Bishop. La libertad de movimiento, la elección de la posición durante el parto, el apoyo psicológico en el parto, la utilización de medicamentos, todo ello permite asegurar un proceso más fisiológico de los partos. Gracias a estas tecnologías aumentan las posibilidades de supervivencia del recién nacido y de la mujer de disfrutar la maternidad. El equipamiento, el instrumental y los especialistas de los centros permiten realizar estudios de la anemia, el metabolismo y el estado interno del feto en el útero y detectar el VIH/SIDA. Las tecnologías más avanzadas permiten prestar una ayuda altamente calificada a la categoría de mujeres con reiterados abortos espontáneos e investigar y tratar la incompatibilidad del grupo sanguíneo y el factor Rhesus, investigar la existencia de infecciones virales con los métodos de inmunoensayo de enzimas (ELISA) y reacción en cadena de la polimerasa (RCP), y prevenir y tratar las alteraciones del complejo fetoplacentario, lo cual aumenta las posibilidades de un embarazo que conduzca al nacimiento de un niño viable.

244.En el Centro Ene Myajri existen todas las condiciones necesarias para asegurar "partos limpios" y prevenir las complicaciones infecciosas en la madre y el niño en el puerperio. Aplicando las recomendaciones de la OMS sobre complicaciones del parto, se han alcanzado indicadores estables de mortalidad perinatal.

245.Entre los servicios de calidad figuran la colposcopia del cuello del útero y pruebas citológicas, la mamografía y la biopsia por punción estereoscópica y el análisis posterior de los frotis. Estas pruebas de detección permiten diagnosticar el cáncer de cuello del útero y el cáncer de mama en sus inicios. Tras el estudio de los resultados de las pruebas, se ha previsto la inmunización contra el virus del papiloma humano.

246.Entre las medidas profilácticas para el diagnóstico precoz de la osteoporosis está la densitometría ósea, la determinación de los niveles de hormonas y del metabolismo de los minerales, la terapia de reemplazo hormonal, la terapia nutricional y la administración de preparados especializados.

247.Para que la mujer y su cónyuge ejerzan sus derechos reproductivos, en 2005 en el Centro Ene Myajri de Ashgabat se dotó de equipo y se puso en funcionamiento un laboratorio de tecnologías de reproducción asistida (fecundación in vitro).

248.Desde 2007 en el centro se lleva a cabo un proyecto internacional para la introducción de las tecnologías ICSI, FIV, TESE, PESA, que permiten a muchas parejas ejercer sus derechos reproductivos. En el marco de este proyecto internacional, desde 2010 funciona un laboratorio genético que permite llevar a cabo el diagnóstico precoz de las enfermedades hereditarias, tanto mediante la tecnología FISH, como con la investigación del cariotipo de la persona.

249.También en el marco de este proyecto comenzó la labor de mantenimiento de la fertilidad de los enfermos de cáncer. Existe un banco para conservar biomateriales (óvulos y esperma) que permite a hombres y mujeres enfermos de cáncer ejercer sus derechos reproductivos y no sentirse discriminados en este aspecto.

250.Desde 2008 se está ejecutando el proyecto conjunto germano-turcomano de diabetes gestacional, con el objeto de detectar a tiempo la aparición de trastornos del metabolismo de los carbohidratos en las embarazadas, prevenir las complicaciones del embarazo y el parto, prevenir las complicaciones del período de adaptación al recién nacido, establecer un sistema de control del estado de salud de la madre y el hijo durante las 6 semanas posteriores al parto y la declaración de la diabetes de tipo 2.

251.Está en curso un proyecto de creación del carné de salud maternoinfantil, donde se deja constancia de los datos fundamentales de todos los embarazos y partos, y del estado de salud del recién nacido.

252.Un grupo de trabajo integrado por especialistas de la salud y profesores de la Facultad de Medicina estatal, conjuntamente con el UNFPA y la OMS ha elaborado los protocolos clínicos que, tras su examen por expertos de la OMS, se introducirán en el territorio de Turkmenistán.

253.Las cátedras de la Facultad de Medicina de la Universidad junto con los centros clínicos científicos realizan investigaciones sobre los temas siguientes: cómo mejorar el tratamiento de la neumonía y la neumopatía en los recién nacidos, la importancia clínica y diagnóstica del examen por ultrasonido de los niños con neumonía aguda, mejores métodos de diagnóstico y tratamiento de algunos tipos de trastornos de la función reproductiva en la mujer, mejores métodos de tratamiento de la estenosis de uretra en los niños, evaluación de la insuficiencia fetoplacentaria en las mujeres con gestosis en la zona árida de Turkmenistán, mejores métodos de diagnóstico y tratamiento de la miocarditis no reumatoide en los niños, estudio de las particularidades del proceso clínico y los mecanismos de defensa locales de las afecciones periodontales en los adolescentes en un clima caluroso, particularidades del desarrollo clínico de la mononucleosis infecciosa y mejores métodos de diagnóstico y tratamiento, diagnóstico inmunológico de la carditis no reumática en los niños de corta edad, y caracterización clínica e inmunológica de la artritis reumatoide infantil.

254.Las madres y los niños de las zonas rurales tienen igualdad de acceso a los servicios médicos, que incluyen la información, las consultas y los servicios de planificación de la familia. El Programa nacional del Presidente para la transformación de las condiciones sociales y de vida de la población de las aldeas, poblados, ciudades y centros de distritos hasta 2020 y otros programas sociales del país que prevén, en particular, reforzar el eslabón primario de la asistencia médica en las aldeas por médicos de familia y reorientar los centros hospitalarios de pocos recursos hacia la prestación de una ayuda medicosocial, crear un servicio de diagnóstico altamente informativo (diagnóstico bioquímico y bacteriológico, endoscopia, examen por ultrasonido, diagnóstico por radiografía), y desarrollar la red de centros de consulta y diagnóstico interdistritales, etc. contribuyen a una mejor calidad de los servicios médicos en las localidades rurales.

255.En los distritos que se han formado recientemente se han implantado 3 nuevos hospitales que atienden a los habitantes de las aldeas, incluidos los niños, y están dotados de instrumental de diagnóstico y tratamiento moderno. Se siguen construyendo y reconstruyendo hospitales de distrito y casas y centros de salud rurales y se los dota de equipo moderno. De esta forma, todos los hospitales de distrito y las casas y centros de salud rurales en 2020 estarán reconstruidos y plenamente dotados de equipamiento moderno. Todo ello contribuye a aumentar la calidad de la asistencia médica a la población, incluidos los niños.

256.Las mujeres tienen acceso a los programas de protección social a través de los centros de atención primaria de la salud y los servicios hospitalarios. Teniendo en cuenta la prioridad atribuida a la protección y mejora de la salud reproductiva de la población, se llevan a cabo programas nacionales destinados a proteger y mejorar las condiciones de una maternidad sin riesgos mediante la planificación de la familia.

257.En las zonas rurales hay 1.643 centros y casas de salud que prestan atención primaria de la salud y 64 hospitales de distrito, que prestan servicios médicos, en los que funcionan puestos de urgencias que cuentan con ambulancia y con el instrumental necesario. El personal médico de los centros de salud rurales asiste gratuitamente a módulos especiales de perfeccionamiento que incluyen programas de salud reproductiva, obstetricia y ginecología, en la sección de pediatría urgente.

258.En las aldeas más remotas, las casas de salud cuentan con consultorios para el tratamiento breve bajo observación directa (DOTS), lo que permite a los habitantes, y en particular a las mujeres y los niños, recibir una atención médica de alta calidad.

259.La capacitación de los pediatras tiene lugar en la facultad de pediatría de la Universidad de Medicina Estatal. Para el perfeccionamiento de los médicos existe una facultad especializada.

260.La capacitación de enfermeros y auxiliares médicos se realiza en 5 institutos de medicina.

261.En los planes de estudios de todas las facultades de la Universidad de Medicina en 2009 se introdujo la materia Estudio de la vida social en Turkmenistán, en el marco de la cual se estudian instrumentos de derechos humanos y derechos del niño.

Prevención del VIH/SIDA

262.La labor fundamental de prevención del VIH/SIDA está a cargo del Centro Nacional de Prevención del Sida, los 5 centros provinciales de prevención del sida y los 36 laboratorios de diagnóstico especializados. Las actividades de los servicios de prevención del sida consisten en llevar a cabo campañas de sensibilización, aplicar medidas de prevención, mantener consultas antes y después de las pruebas, realizar pruebas de detección de la infección por el VIH (inmunoensayo de anticuerpos por fluorescencia (IFA) y estudio de fase IB, y preparar y publicar materiales informativos adaptados a la edad y las características específicas de cada grupo.

263.El instrumento normativo fundamental que define el procedimiento para tratar las cuestiones relacionadas con la prevención, el diagnóstico y el tratamiento del VIH/SIDA y el apoyo social a las personas que viven con el VIH/SIDA es la Ley de prevención de las enfermedades causadas por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), que garantiza a todos los ciudadanos con infección por el VIH, incluidos los niños, un tratamiento antirretroviral gratuito contra el VIH/SIDA.

264.El Programa Nacional de prevención del VIH/SIDA y las ETS en Turkmenistán para 2005-2010, aprobado por el Consejo de Ministros, es una continuación del programa iniciado anteriormente sobre el enfoque multisectorial de los problemas relacionados con el VIH/SIDA. Uno de sus objetivos principales es la prevención del VIH/SIDA y las ETS entre los jóvenes y los grupos vulnerables.

265.Desde 2005 se realizan las pruebas del VIH/SIDA a todas las embarazadas y se celebran consultas antes y después de las pruebas con médicos ginecólogos obstetras.

266.En 2009 el Consejo Científico del Ministerio de Salud Pública y Medicina aprobó el Protocolo de la prevención antirretroviral para las embarazadas con infección por el VIH y sus hijos.

267.Por medio del Centro Nacional de Prevención del Sida y con el apoyo financiero del UNFPA, desde 2007 funciona un centro de información para ayudar a las mujeres con comportamiento de riesgo (trabajadoras sexuales y usuarias de drogas por vía endovenosa). Para llevar a cabo su labor de prevención en los lugares donde se encuentran grupos con conducta de riesgo, el Centro cuenta con un equipo de divulgación integrado por personal médico y antiguas trabajadoras sexuales y usuarias de drogas inyectables. Además, en el Centro se presta un conjunto de servicios médicos y sociales y se realizan consultas con distintos especialistas: ginecólogos, dermatólogos, venereólogos, psicólogos, infecciólogos, tisiólogos y cirujanos. Se distribuye a los grupos vulnerables material informativo y se organizan seminarios de información sobre las vías de transmisión de la infección por el VIH y las prácticas que constituyen un comportamiento sexual y una manera de inyectarse sin riesgo. En el marco del proyecto, en 2011 se prevé también la inauguración de centros de información de ese tipo en dos centros de prevención del sida de las provincias.

268.Se imparte información con regularidad a los estudiantes de la enseñanza secundaria y superior en clases y mesas redondas. En la enseñanza secundaria, en las clases sobre bases para una vida sin riesgo los estudiantes de los cursos superiores estudian el tema de la prevención del VIH/SIDA y las ETS, las vías de transmisión y las medidas de protección contra la infección.

269.Se han elaborado en el país orientaciones para llevar una vida saludable sobre la base de los hábitos de los adolescentes y los jóvenes, que están en fase de aprobación. En lo que respecta a la prevención del consumo de estupefacientes y el VIH/SIDA y las ETS, se han elaborado folletos informativos que se han distribuido entre los estudiantes de la enseñanza secundaria y superior. Se organizan seminarios para los profesores de los centros de enseñanza.

270.Desde 2008 en las ciudades de Ashgabat y Dashoguz existen centros de la juventud que trabajan junto con la Organización de la Juventud Majtumkuli y con la ayuda del proyecto Potential de USAID. La finalidad de estos centros es prevenir la propagación del VIH/SIDA y de las ETS y del consumo de estupefacientes entre los jóvenes sensibilizándolos a los riesgos de contagio del VIH y a la necesidad de reducir las conductas de riesgo. La labor de prevención de los centros de la juventud de Ashgabat y Dashoguz cubre a cerca de 30.000 jóvenes.

271.En el Centro de Información sobre Salud, y con el apoyo del UNFPA, desde 2009 funciona un centro de la juventud que prepara a voluntarios e instructores que organizan seminarios y cursos de capacitación de sus coetáneos aplicando el principio de capacitación entre homólogos sobre cuestiones de género, liderazgo, salud reproductiva del adolescente y prevención del VIH/SIDA y de las ETS.

272.El Centro de Información sobre Salud distribuye a la población en los centros de salud, las escuelas, las empresas, los centros comerciales y en los aviones del país los siguientes materiales informativos en ruso y turcomano: "La vida es bella cuando no hay peligro", "Juntos contra el sida", "Fundemos una familia sana", "Evitemos los problemas de los adultos", "Defendamos nuestro futuro", "La juventud es bella", "VIH/SIDA" y "Enfermedades de transmisión sexual", destinados a grupos específicos.

273.Cada año el 1 de diciembre se celebran actividades educativas e informativas por el Día Mundial de la Lucha contra el Sida.

274.Conjuntamente con los programas BOMCA y CADAP, en el Centro se impartió capacitación a periodistas de los medios informativos del país. El objetivo de la capacitación fue aumentar el nivel de información y destacar el papel de los periodistas en la mejora de la salud y el bienestar de los grupos vulnerables de la población, en particular las adolescentes, en relación con el sida y el uso de drogas en el marco del proyecto Medissa. Impartió la capacitación un experto de nivel internacional en medidas de prevención y aspectos jurídicos de la difusión de información sobre problemas del VIH/SIDA y la drogadicción, así como en la interacción con las administraciones estatales y la sociedad civil.

Salud síquica de los niños y adolescentes

275.Con arreglo a la Ley deatención psiquiátrica (1 de octubrede1993), el Estado garantizaserviciosde salud mentala las personas contrastornos psíquicos sobre la base de la legalidad, la humanidad y el respeto de los derechoshumanos.

276.De conformidad con el artículo 4 de esta Ley, los menores de 15 años, así como las personas declaradas legalmente incapaces, cuentan con asistencia psiquiátrica a petición o con el consentimiento de sus representantes legales.

277.Los representantes legales de personas menores de 15 años o de personas declaradas legalmente incapaces pueden rehusar un tratamiento, salvo en los casos de medidas coercitivas de carácter médico u hospitalización forzosa por orden judicial y los casos de hospitalización urgente (artículo 5 de La ley).

278.En la atención psiquiátrica los derechos e intereses de los niños y de las personas declaradas incapaces quedan protegidos por sus representantes legales (progenitores, padres adoptivos, o tutores), y en su defecto, por la administración de la clínica psiquiátrica o el hospital psiconeurológico de amparo social o educación especial.

279.El servicio psiquiátrico está representado por unidades para niños y adolescentes en las clínicas psiquiátricas y hospitales psiconeurológicos, así como por ambulatorios de atención diurna en cada provincia.

280.La información sobre el estado de salud de los niños y adolescentes no se divulga y queda protegida por la ley.

281.La asistencia psiquiátrica ambulatoria a un niño que sufra trastornos mentales, según indicaciones médicas, está a cargo de un médico psiquiatra para niños y se presta en forma de consulta o tratamiento o en forma de observación en dispensario por médicos psiquiatras de distrito para niños o adolescentes (artículo 24 de la ley).

282.Los niños con trastornos del desarrollo mental o físico y los niños con discapacidad se benefician de servicios médicos en condiciones favorables y de medicamentos gratuitamente (orden del Ministerio de Salud Pública y Medicina, abril de 2005, mayo de 2007 y noviembre de 2009).

283.Los niños con trastornos psíquicos pertenecientes a los grupos de discapacidad I y II y que han perdido los contactos sociales o necesitan estar bajo cuidado y observación constantes, según el informe de médicos psiquiatras, pueden estudiar en su casa o ser enviados a internados psiconeurológicos. El retraso mental en grado de debilidad mental manifiesta, la imbecilidad, la idiotez y las formas duraderas de afecciones psíquicas que se acompañan de demencia o de una profunda deficiencia mental constituyen indicaciones para enviar a un niño a un internado psiconeurológico.

284.El Estado adopta las medidas necesarias para promover un modo de vida saludable y proteger a los niños del uso ilegal de drogas y sustancias psicotrópicas y lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

285.El Estado garantiza a los niños drogadictos y toxicómanos la prestación de asistencia para su desintoxicación.

286.La legislación de Turkmenistán (artículo 28 de la Ley de garantías de los derechos del niño y artículo 296 del Código Penal) tipifica como delito el hecho de inducir a un niño a la producción, tráfico, distribución y uso de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

287.Los servicios de protección de la salud mental de los niños y adolescentes drogadictos se prestan en los hospitales de desintoxicación de las provincias y los consultorios de desintoxicación de los hospitales de distrito, a los que la persona debe acudir voluntariamente, o a petición o con el consentimiento de sus representantes legales, de conformidad con una orden del Ministerio de Salud Pública y Medicina (octubre de 2000).

288.Para trabajar en puestos de salud en un servicio de desintoxicación es preciso tener educación médica superior o media y haber pasado un curso de especialización de 3 a 5 meses en adictología. Los médicos asisten a un cursillo de especialización cada 3 años y el personal médico de nivel medio cada 5 años.

289.Los médicos especialistas en desintoxicación y el Centro Nacional de Información sobre Salud, con la ayuda de organizaciones internacionales, desarrollan con regularidad acciones de sensibilización dirigidas a los estudiantes de establecimientos de enseñanza secundaria y superior, mediante conferencias, mesas redondas, eventos, intervenciones en la televisión y la radio, artículos en la prensa y folletos temáticos distribuidos a los estudiantes, así como mediante seminarios destinados a los profesores de dichos establecimientos.

290.Los médicos adictólogos conjuntamente con los inspectores de asuntos de menores de la policía llevan a cabo una labor preventiva (inspecciones y conversaciones) con adolescentes considerados difíciles y niños de familias desfavorecidas (de progenitores drogadictos o alcohólicos). Estos médicos forman parte de las comisiones de las administraciones de distrito que se ocupan de adolescentes difíciles.

Tuberculosis

291.De conformidad con el Programa nacional de lucha contra la tuberculosis y los instrumentos normativos vigentes, por decreto del Ministerio de Salud Pública y Medicina, todos los ciudadanos, incluidos los niños, sin distinción de sexo, edad, situación social, origen nacional o lugar de residencia (campo, ciudad), tienen acceso gratuitamente al diagnóstico y el tratamiento de la tuberculosis.

292.El Programa Nacional de lucha contra la tuberculosis se ha integrado activamente en la atención primaria, lo que ha permitido aumentar el porcentaje de enfermos diagnosticados, controlar el tratamiento y mejorar la calidad de los servicios que se prestan a los pacientes. Se ha elaborado una serie de directrices conjuntas e instrucciones metodológicas para los médicos de familia.

293.Por recomendación de la OMS, la inmunización contra la tuberculosis se lleva a cabo 2 veces, con una vacunación en el tercero o cuarto día de vida en la maternidad y una revacunación a los 14 años.

294.La atención en tisiatría se presta en 2.118 camas de 6 hospitales antituberculosos y en los pabellones para tuberculosos de 34 hospitales de distrito. Los centros de la red general de tratamiento y el Servicio Antituberculoso están dotados al 100% de microscopios binoculares modernos. En el sistema de educación funcionan 9 centros preescolares especializados y 1 escuela internado de tipo sanatorio.

295.En 2007 se terminó de introducir la estrategia DOTS en todos los centros médicos y preventivos de Turkmenistán.

296.Todos los centros antituberculosos tienen a su disposición los medicamentos necesarios para el tratamiento de los pacientes de tuberculosis con las dosis fijadas para niños y adolescentes.

297.Se hacen esfuerzos para integrar la actividad del Servicio Nacional de Lucha contra la Tuberculosis a nivel intersectorial (servicio maternoinfantil, servicio sobre VIH/SIDA, tratamiento de la drogadicción).

298.Para el diagnóstico precoz de las enfermedades de los órganos respiratorios se utiliza una unidad portátil de rayos X y una máquina de fluoroscopia se traslada a las escuelas y a las casas de salud, donde los exámenes se realizan gratuitamente.

299.En septiembre de 2010 se inauguró en Ashgabat la Dirección de Centros de Enfermedades Infecciosas, a la que pertenecen el Centro de Prevención y Tratamiento de la Tuberculosis, el Centro de Prevención y Tratamiento de las Enfermedades Infecciosas, el Centro de Enfermedades de la Piel y Venéreas, el Centro Nacional de Prevención del Sida, el Centro de Sangre y un laboratorio centralizado. Estos centros están dotados del equipo médico más actualizado, como por ejemplo tomografía computadorizada, aparatos de rayos X digitales, Fibroscan y aparatos de ultrasonido, lo cual permite realizar un diagnóstico precoz de todas las formas de tuberculosis y aplicar un tratamiento eficaz.

300.Con la ayuda del Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades de los Estados Unidos de América (CDC), se ha creado un programa computadorizado para el Servicio Antituberculoso que permite llevar el seguimiento y registro de los enfermos de tuberculosis, se ha proporcionado capacitación a los especialistas del Servicio Antituberculoso, se ha empezado a utilizar un programa de reunión de datos para llevar el registro de los enfermos tuberculosos y seguir su tratamiento, y se ha creado una base de datos de estos enfermos.

301.En 2010, con ayuda de la OMS, se recibió una subvención del Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria por 5 años, a fin de intensificar la prevención y la lucha contra la tuberculosis.

302.El Programa nacional de lucha contra la tuberculosis colabora estrechamente con el sector penitenciario; el Ministerio de Salud Pública y Medicina provee a las cárceles (incluidas las colonias correccionales para mujeres y de adolescentes), en cantidad suficiente, de medicamentos e instrumental de diagnóstico y organiza cursos de formación para el personal médico de los establecimientos especializados.

303.Se llevan a cabo acciones de sensibilización para niños y adolescentes y en los centros preescolares: se organizan seminarios en las escuelas sobre el tema "Fundamentos de la vida", y se publican folletos y fascículos sobre la tuberculosis que tratan de la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de esta enfermedad.

Servicios de prevención

304.El Ministerio de Salud Pública y Medicina desarrolla campañas de sensibilización a la población sobre la necesidad de fortalecer la salud, formar un estereotipo estable de modelo de vida sana y atender a la protección de la salud reproductiva.

305.A este respecto, se organizan con regularidad programas televisivos, publicaciones en los medios informativos, mesas redondas y seminarios. Se han elaborado y distribuido en las regiones materiales informativos (videos, fascículos, folletos, panfletos, octavillas, carteles y pancartas) sobre los temas de la protección de la salud reproductiva y la maternidad sin riesgo, la conveniencia de una alimentación sana, el deporte, la prevención de hábitos nocivos, la prevención de la drogadicción, el VIH, el sida y las ETS, así como sobre las otras cuestiones de mayor actualidad relacionadas con la salud.

306.El Centro de Información sobre Salud junto con el UNICEF y otras organizaciones internacionales ha publicado el libro "Hechos en la protección de la vida", del que se filmaron 14 vídeos, así como 8 videoclips titulados: "Salud del Niño", "Deportes", "Maternidad sin riesgos", "Desarrollo del niño en la primera infancia", "La lactancia materna", "Inmunización" y "Prevención de la depresión", que se transmitieron por la televisión nacional.

307.Se invita a personal del sistema de salud a participar en la enseñanza que se dicta en las escuelas secundarias sobre distintos temas (las enfermedades y su prevención, la higiene, las particularidades de los adolescentes en materia sexual, etc.), en el marco del tema "Fundamentos de la vida", que se imparte en las clases de 1º a 10º.

308.En el marco de los proyectos Escuelas amigas de los niños y desarrollo precoz y Preparación del niño para la escuela, el Centro de Información sobre Salud conjuntamente con el Ministerio de Educación y el UNICEF imparten cursos sobre el tema de los derechos del niño destinados a maestros, educadores, trabajadores de salud de los centros preescolares y escuelas, y personal médico de los centros de salud. En el marco del programa Desarrollo integrado de los niños en la primera infancia, en 5 distritos piloto del país se brindó formación a 1.280 progenitores sobre hábitos de la crianza y el cuidado de los niños.

309.Se han elaborado y difundido las siguientes publicaciones: "La maternidad necesita cuidados especiales", "Que la familia sea sana", "Tengamos una familia sana" y "Salud reproductiva"; y los folletos "Cómo proteger nuestra salud", "Lactancia materna" y "Hechos para la protección de la vida". Todos estos materiales informativos se distribuyeron a los centros médicos y de prevención, los establecimientos de enseñanza superior, la compañía aérea "Turkmenjovaiollari", los trenes y otras organizaciones cívicas.

310.En los centros informativos se han abierto clubes para chicas adolescentes (6º a 7º grados). En charlas confidenciales se discuten cuestiones y problemas que interesan a las chicas de esa edad y se entregan distintos folletos temáticos. A lo largo de 5 años han asistido a estas charlas 25.562 niñas.

311.Periódicamente se organizan reuniones y charlas con mujeres embarazadas en el Museo de Salud del Centro de Información y en las Casas de salud sobre el tema Consejos a las embarazadas.

312.En 2009 en Ashgabat y en 2010 en Dashoguz, se inauguraron sendos centros juveniles con el apoyo del UNFPA. Estos centros preparan a voluntarios e instructores, organizan seminarios y cursos de capacitación aplicando el principio de capacitación entre homólogos, y cursos de sensibilización sobre salud reproductiva de los adolescentes, cuestiones de género, liderazgo, prevención del VIH, sida y las ETS. En estos centros se han instalado líneas telefónicas de ayuda psicológica y social a los adolescentes y los jóvenes sobre cuestiones como las crisis en la adolescencia, problemas de personalidad, problemas de género, problemas de las relaciones entre chicos y chicas, salud psicológica, problemas en la familia, en la escuela y en la vida personal.

Artículo 25

313.De conformidad con el artículo 25 de la Convención, la información sobre el examen periódico de la guarda y las circunstancias propias del internamiento de niños en instituciones para su cuidado, protección o tratamiento de su salud física o mental se ha presentado en el informe inicial. Las normas y reglamentos ya indicados siguen siendo plenamente vigentes en la actualidad.

314.El Código Sanitario señala las condiciones jurídicas, económicas y sociales del bienestar de la población desde el punto de vista sanitario y epidemiológico y de la realización y protección de los derechos de los ciudadanos a un medio ambiente salubre, así como otros derechos e intereses legítimos de los ciudadanos relacionados con esta cuestión.

315.Periódicamente se realiza un examen sanitario-epidemiológico de la observación de las normas y reglamentos sanitarios en los centros preescolares, las escuelas de enseñanza general, las escuelas internado, los centros de salud del adolescente, los campamentos y otros centros infantiles.

316.El servicio sanitario-epidemiológico del Ministerio de Salud Pública y Medicina se encarga de vigilar el registro, la certificación y la circulación de los productos alimenticios, incluidos los productos de alimentación infantil.

Artículo 26

317.La seguridad social en Turkmenistán es el sistema estatal de bienestar social y prestaciones sociales a los ciudadanos no aptos para trabajar, las personas con discapacidad, las familias con hijos y otras personas, que otorga pagos en forma de pensiones, subsidios del Estado y servicios asistenciales.

318.Se presta especial atención en el país a brindar apoyo social a las personas con discapacidad, las madres y los niños. El 17 de marzo de 2007 se aprobó el Código de Seguridad Social, que establece el pago de subsidios del Estado, entre otras cosas por embarazo y parto, por nacimiento de un hijo y por pérdida del sostén de la familia.

319.En marzo de 2009 se introdujeron modificaciones en el Código de Seguridad Social. Con arreglo a estas modificaciones se aumentó el monto de los subsidios por discapacidad, nacimiento de un hijo y cuidado de un hijo, y se prolongó la duración del subsidio por cuidado de un hijo de 1,5 años a 3 años. Al 1 de enero de 2011 se beneficiaban del subsidio por cuidado de un hijo 294.764 personas y el monto de este subsidio era de 78,65 manat.

320.En Turkmenistán los padres (padres adoptivos, tutores u otras personas que cuidan de los niños) reciben los siguientes tipos de pagos sociales referentes a los intereses de los niños:

Prestación por pérdida temporal de la capacidad de trabajo;

Prestación por embarazo y parto;

Prestación por nacimiento de un hijo;

Prestación por el cuidado de un niño;

Prestación por discapacidad;

Prestación por pérdida del sostén de la familia;

Prestación social.

321.En 2010 se beneficiaron de una prestación única por nacimiento de un hijo 136.856 personas. La suma total de la prestación pagada en este concepto en 2010 ascendió a 34.255,6 miles de manat.

322.La mayor cantidad de beneficiarios de la prestación única por nacimiento de un hijo es indicio del crecimiento de la natalidad en el país, lo que da fe del aumento del nivel de vida del pueblo y la protección social de la población mediante la ayuda a las madres jóvenes.

323.Desde el 1 de julio de 2009 en la prestación por el cuidado de un hijo se introdujeron dos cambios: primero, la prestación ha pasado de 55 manat a 71 manat 50 tengue, y segundo, se ha prolongado la duración del pago de esta prestación de 1,5 a 3 años. Como resultado de ello, el número de beneficiarios de esta prestación en 2009 se multiplicó por dos —de 133.280 personas pasó a 268.483, y los costos por el pago mensual de esta prestación más que se triplicaron.

324.El Código prevé una edad temprana de jubilación para las mujeres que han tenido hijos. Así, las mujeres que han tenido y criado 3 hijos hasta la edad de 8 años tienen derecho a jubilarse al cumplir 56 años; si fueron 4 hijos, al cumplir 55 años; si fueron 5 o más hijos o 1 hijo con discapacidad desde la infancia, a 54 años, con una duración de la vida laboral no inferior a 20 años.

325.Además, al asignar la pensión se tienen en cuenta también el período de licencia por cuidado de un hijo, así como el período sin trabajar de una persona que cuidó a un hijo con discapacidad hasta la edad de 16 años, pero no más de 10 años en total (artículo 24 del Código).

326.La prestación por pérdida temporal de la capacidad laboral se paga a las personas que han perdido la capacidad laboral durante un período de trabajo. Esta prestación se paga asimismo a los padres que cuidan de un hijo enfermo:

Hasta la edad de 14 años (en tratamiento ambulatorio, se paga por un período no superior a 14 días civiles);

Hasta la edad de 7 años, en tratamiento hospitalario, así como hasta la edad de 14 años por un hijo que sufra una enfermedad grave, una operación compleja, un traumatismo o una quemadura (se paga por un período no mayor de 122 días civiles).

327.En el caso de madres que hayan criado un hijo con discapacidad hasta los 16 años, una persona menor de 18 años o una persona que carezca de ambos progenitores y no haya cumplido 21 años, la prestación por pérdida temporal de la capacidad laboral se paga por entero independientemente de la antigüedad en el trabajo (artículo 63 del Código).

328.Está aumentando la calidad de vida de las familias y los niños, a partir del embarazo de la madre, el nacimiento de un hijo y el cuidado de este.

329.El derecho a la prestación por nacimiento de un hijo corresponde a la madre o el padre del niño independientemente del empleo que tenga. Este derecho también corresponde a una persona que haya adoptado a un niño de hasta 4 meses.

330.El monto de la prestación a partir del 1 de enero de 2010 asciende, al nacimiento:

Por los 2 primeros hijos, a 157,3 manat;

Por el tercer hijo, a 302,5 manat;

Por el cuarto hijo y los hijos siguientes, a 605 manat.

331.Tienen derecho a recibir una prestación por el cuidado de un hijo hasta que este cumpla 3 años las madres o los padres, los tutores, independientemente del empleo que tengan, u otros parientes que cuiden efectivamente del niño.

332.El monto de la prestación por cuidado de un hijo a partir del 1 de enero de 2010 es de 78,65 manat por cada hijo.

333.La prestación por nacimiento de un hijo y por cuidado de un hijo se paga con cargo al presupuesto central del país.

334.Las personas con discapacidad de los grupos I y II que tengan hijos a su cargo se benefician de un complemento en la prestación por cada hijo.

335.Los artículos 82 y 87 del Código prevén el pago de una prestación por hijos con discapacidad de hasta 16 años y por hijos con discapacidad desde la infancia.

336.Los niños que hayan perdido el sostén de la familia reciben una prestación por pérdida del sostén de la familia. La prestación se les otorga hasta la edad de 18 años, y en el caso de los niños que estudian en establecimientos de enseñanza secundaria especial, profesional o superior hasta que terminen los estudios pero solo hasta la edad de 23 años.

337.El monto de la prestación por pérdida del sostén de la familia a partir del 1 de enero de 2010 es de 72,6 manat por 1 niño, por 2 niños 133,1 manat, por 3 niños 157,3 manat y por 4 niños o más 181,5 manat.

338.El monto de la prestación por pérdida del sostén de la familia para los niños huérfanos es de: por 1 niño, 145,2 manat; por 2, 242 manat; por 3 y más, 302,5 manat.

Artículo 27

339.De conformidad con el artículo 27 de la Convención, Turkmenistán reconoce el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. En el informe inicial se proporciona información pormenorizada sobre esta cuestión.

340.En el período reseñado se produjeron cambios positivos en la estructura de ingresos y gastos de las familias: en los gastos disminuyó un poco la parte destinada a la alimentación, lo que da fe del crecimiento del bienestar; en comparación con los datos anteriores, en la estructura del ingreso de las familias numerosas ha aumentado la parte proveniente de la ayuda social a raíz de la política consecuente del Estado de priorizar el apoyo a las familias con hijos más necesitadas.

341.El apoyo al nivel de ingresos de las familias con hijos en el período reseñado tuvo la siguiente orientación básica: aumento progresivo del nivel de los sueldos, incluidos el salario mínimo y el sueldo de los funcionarios de los organismos con cargo a los presupuestos del Estado, aumento de las becas, pensiones y prestaciones, especialmente para las familias con hijos, aumento de las prestaciones por nacimiento de un hijo e incremento del apoyo social específicamente destinado a los necesitados.

342.En la legislación vigente de Turkmenistán las cuestiones relativas al pago de la pensión alimenticia del niño se reglamentan con arreglo al Código del Matrimonio y la Familia.

343.El niño tiene derecho a que lo mantengan ambos progenitores y otros miembros de la familia. Los progenitores tienen la obligación de mantener a los hijos menores de edad. En el informe inicial se facilita información más detallada sobre esta cuestión.

344.En caso de que los progenitores no aporten los medios necesarios para la manutención de sus hijos, el pago de alimentos podrá exigirse de manera coercitiva. El impago intencional de alimentos constituye un delito punible penalmente. Se prevén medidas complementarias para la manutención de los niños que no reciban pensión de sus progenitores. El monto de la prestación mensual por niño aumenta en un 50% para los niños cuyos padres evaden el pago de la pensión alimenticia, o en otras circunstancias previstas en la legislación de Turkmenistán en las que no sea posible exigir el pago de alimentos.

345.Con el fin de brindar apoyo del Estado a los ciudadanos necesitados en 2000 se estableció la Comisión Central de examen de las solicitudes de ayuda del Estado. Se crearon comisiones análogas en los distritos y provincias del país.

346.Las comisiones central y de distrito (municipales) están integradas por representantes de los Ministerios de Seguridad Social, Economía y Desarrollo, Finanzas, Salud Pública y Medicina y sus órganos a nivel local, las administraciones de las provincias, los distritos, las ciudades y los consejos de ancianos.

347.El cometido esencial de las comisiones es examinar las solicitudes de los ciudadanos que necesitan ayuda del Estado.

348.El derecho del ciudadano a recibir ayuda del Estado se determina sobre la base de un examen integral objetivo de toda la documentación presentada por el ciudadano, el informe sobre la situación familiar y material, así como el certificado médico sobre el estado de salud de la persona.

349.La decisión de conceder ayuda del Estado en forma de pagos en efectivo con cargo al presupuesto centralizado de Turkmenistán corresponde a la Comisión central. Las comisiones de distrito y municipales tienen derecho a solicitar a las empresas, organizaciones o instituciones que proporcionen estos servicios sociales gratuitamente o en condiciones favorables.

350.Se siguen concertado acuerdos bilaterales de auxilio judicial sobre asuntos de familia. La manutención de los niños de familias monoparentales no deja de ser una preocupación constante del Estado.

Artículo 28

351.Desde 2007 se vienen realizando reformas en Turkmenistán con el fin de armonizar el sistema educativo con las normas internacionales. Esta tarea comprende mejorar la calidad de la enseñanza incorporando en el proceso educativo las nuevas tecnologías de aprendizaje, introduciendo nuevas asignaturas, garantizando el acceso de la educación a los grupos étnicos y enseñando la tolerancia y la amistad entre los pueblos.

352.Para llevar a la práctica los objetivos señalados, entre los primeros decretos emitidos por el Presidente figuran los relativos a la mejora del sistema educativo turcomano, de 15 de febrero de 2007, y al aumento del sueldo de los trabajadores de la enseñanza y de las becas de los estudiantes, de 30 de marzo de 2007, así como la resolución de 4 de marzo de 2007 relativa a la mejora de la labor de los centros educativos. En estos textos se formulan claramente los objetivos y tareas que cumplir, se indican las formas de mejorar la labor de las instituciones educativas de Turkmenistán y se definen las normas académicas para todos los niveles de instrucción y educación.

353.De conformidad con estos textos, se han aumentado en un 40% los sueldos en el sector de la enseñanza y las becas de los estudiantes. Ha disminuido la carga de trabajo de los profesores, y en las escuelas secundarias y de enseñanza profesional de nivel inicial y secundario no puede superar las 24 horas semanales. La carga anual de trabajo del personal docente de las escuelas superiores no es de más de 850 horas.

354.Se han ajustado a los niveles internacionales el número de alumnos en las clases y de niños en los grupos de centros preescolares, así como la duración de los estudios en las instituciones educativas. A partir del año académico 2007/2008 se ha establecido la siguiente duración de los estudios en la enseñanza secundaria 10 años, en la enseñanza superior, 5 años, y en las especializaciones de medicina y arte, 6 años.

355.De conformidad con la Ley de educación (15 de agosto de 2009) la enseñanza media general en Turkmenistán es obligatoria y tiene una duración de 10 años. Es posible interrumpir los estudios en caso de que el niño tenga una enfermedad grave, haya habido un cambio de domicilio u otras circunstancias. Sin embargo, en todos esos casos los niños tienen derecho a terminar la enseñanza media.

356.Es posible excluir a un alumno de un centro de enseñanza secundaria cuando este cumple la edad de 16 años si las medidas educativas no han dado resultado o si su permanencia en el establecimiento ejerce una influencia negativa en los demás alumnos, vulnera los derechos de estos o del personal, o perturba el funcionamiento normal del establecimiento.

357.La decisión de excluir a un alumno corresponde al órgano educativo estatal competente, y se adoptará teniendo en cuenta la opinión de los padres o de las personas in loco parentis y previo acuerdo de la Comisión de Asuntos de Menores. La decisión de excluir a un niño huérfano o a un niño privado del cuidado de sus padres se adoptará, además, con el consentimiento del órgano de tutela o guarda, el cual deberá tomar las medidas necesarias para que obtenga un empleo y continúe cursando la enseñanza secundaria general de otra forma.

358.Los ciudadanos de Turkmenistán que no hayan obtenido la enseñanza secundaria general dentro del plazo fijado pueden, si lo desean, terminar sus estudios en un sistema de alumnos externos, cuya reglamentación está a cargo del órgano educativo estatal competente en materia de educación (artículo 16 de la Ley).

359.Los centros de enseñanza general, por acuerdo con las empresas, instituciones y organizaciones, pueden impartir una formación profesional a los alumnos en calidad de servicios educativos complementarios (entre otros, de pago) siempre que cuenten con la licencia correspondiente. La formación profesional se imparte únicamente con el consentimiento de los alumnos y sus padres o las personas in loco parentis.

360.De conformidad con el artículo 24 de la Ley, para los niños huérfanos y los niños privados del cuidado parental existen establecimientos especiales de enseñanza en los que los niños permanecen internados con cargo al Estado. El Estado presta ayuda y proporciona apoyo para la creación de hogares del niño de tipo familiar y su funcionamiento.

361.En el caso de los niños que necesitan un tratamiento prolongado, o que tienen deficiencias de desarrollo físico o mental, existen establecimientos de enseñanza especiales.

362.La actividad de los establecimientos de enseñanza especiales está regulada mediante una disposición específica aprobada por el Consejo de Ministros.

363.La formación profesional de los especialistas que trabajan con niños (pedagogos, empleados de organismos del Interior, trabajadores de salud) abarca el estudio de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, así como de las disposiciones de la legislación de Turkmenistán relativa a los derechos del niño. En los últimos años, con la ayuda de organizaciones internacionales acreditadas en Turkmenistán, se han organizado cursos especiales, talleres de capacitación y seminarios para especialistas sobre los aspectos fundamentales de la protección de los derechos humanos, entre ellos los derechos del niño.

364.Para fomentar el perfeccionamiento profesional de los maestros de escuela y los educadores y pedagogos de centros preescolares, y hacer más eficaz la labor educativa, se organizan a todos los niveles, incluso a nivel estatal, conferencias sobre metodologías y prácticas, concursos, exposiciones y seminarios. Con el fin de capacitar a especialistas sobre la base de los logros de la ciencia y la práctica mundiales, el Instituto Nacional de Educación organiza periódicamente cursos de perfeccionamiento para los trabajadores de los centros educativos. Enviamos a nuestros especialistas al extranjero en comisión de estudio y de servicio para que conozcan los sistemas educativos de otros países y estudien y difundan las mejores prácticas. Gracias a ello se introducen los logros de la experiencia mundial en la esfera de la educación.

365.Una de las orientaciones más importantes del sistema de enseñanza nacional es la cooperación internacional. Se han concluido acuerdos de colaboración en el sector de la enseñanza con países de Europa oriental, países asiáticos, los Estados Unidos de América, la Federación de Rusia y países limítrofes.

366.En este sentido se está desarrollando la colaboración internacional en el marco de los programas educativos de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), el American Council for Colaboration in Education and Language Study (ACCELS), la International Research and Exchanges Board (IREX) de los Estados Unidos de América, el Servicio Alemán de Intercambio Académico (DAAD), el Servicio de Intercambio Pedagógico (PAD), los programas del Fondo de Formación Europeo (ETF), los programas Tempus-TASISy Erasmus Mundus de la Unión Europea, los programas KOIKA de la República de Corea y los programas del Organismo Japonés de Colaboración Internacional (JICA).

367.En los planes de estudios de las escuelas secundarias se han introducido las asignaturas Sociología, Educación física y Fundamentos de la vida.

368.En el marco del curso Fundamentos de la vida los alumnos estudian temas que tratan de la legislación del país en materia de protección de la maternidad y la infancia, las instituciones del matrimonio y la familia y la Convención sobre los Derechos del Niño.

369.Además de esta asignatura, en las escuelas secundarias se enseña Fundamentos del Estado y el derecho en Turkmenistán, asignatura en la que junto a los instrumentos internacionales de derechos humanos se estudia la Convención sobre los Derechos del Niño.

370.En la enseñanza secundaria y superior, y los jardines de la infancia, conforme a los nuevos planes de estudios, ha aumentado el número de horas dedicadas a idiomas extranjeros.

371.En el sistema educativo de Turkmenistán no existe discriminación racial alguna y se garantiza plenamente la igualdad de toda persona ante la ley, sin distinción de raza, color de la piel u origen nacional o étnico. Lo confirman las disposiciones de los instrumentos siguientes, que reglamentan la actividad del sistema educativo en el país:

Constitución de Turkmenistán;

Ley de educación;

Ley de garantías de los derechos del niño;

Reglamento de los centros preescolares;

Reglamento de las escuelas de enseñanza secundaria públicas;

Otras leyes del Meylis de Turkmenistán, disposiciones del Consejo de Ministros y textos reglamentarios y normativos del Ministerio de Educación.

372.Conforme a las particularidades del desarrollo económico especial de nuestro Estado, en los establecimientos de enseñanza superior se han abierto nuevas especializaciones en distintos ramos.

373.A comienzos del año escolar 2010/2011 había en Turkmenistán 831 jardines de la infancia, con un total de 155.700 niños, 1.730 escuelas de enseñanza secundaria, donde estudiaban 931.300 alumnos. En las escuelas secundarias se enseñan 23 asignaturas, y en los centros preescolares 12. En los 3 últimos años se han construido en Turkmenistán 40 nuevas escuelas de enseñanza secundaria general y 34 centros preescolares.

374.Todas las escuelas secundarias están dotadas de instrumental de laboratorio moderno, computadoras, tecnologías multimedia interactivas, mobiliario y equipo de deporte. La dotación de computadoras proviene de empresas conocidas mundialmente como HP, Lenovo y Acer. Se está renovando la dotación de materiales pedagógicos de los centros preescolares (mobiliario, equipo de deporte, ropa de cama, equipo de cocina, juguetes, etc.).

375.Los alumnos de todos los centros de enseñanza se benefician gratuitamente de manuales y material didáctico.

376.En Turkmenistán hay 27 escuelas de enseñanza secundaria profesional. En 2010 se inauguraron 8 nuevas escuelas de este tipo, que formarán especialistas de nivel medio en 5 ramos y 54 especialidades.

377.En el año escolar 2010-2011 fueron admitidos a las escuelas secundarias profesionales 3.600 alumnos.

378.En Turkmenistán hay 21 instituciones de enseñanza superior, 2 de las cuales se abrieron en 2010. El país cuenta con 4 universidades, 3 academias, 12 institutos, 1 conservatorio y 1 filial de la Universidad Estatal del Petróleo y Gas de Rusia I. M. Gubkin. En el año académico 2010/2011, en las instituciones de enseñanza superior fueron admitidos 5.400 estudiantes.

379.En el ámbito de la enseñanza superior Turkmenistán coopera con los países de la Unión Europea en el marco de los programas "Tempus" y "Erasmus Mundus", los programas alemanes DAAD, GTZ, PAD y los programas estadounidenses IREX y Edmund Muskie, y con los países de la Comunidad de Estados Independientes y otros Estados extranjeros en el marco de los acuerdos bilaterales interinstitucionales e intergubernamentales.

380.En el año académico 2009/2010 en las instituciones de enseñanza superior y en las escuelas secundarias profesionales de Turkmenistán cursaban estudios 122 estudiantes de 11 países del mundo, entre ellos 63 ciudadanos de la República Islámica del Afganistán que estudiaban con becas ofrecidas por el Gobierno de Turkmenistán.

381.De acuerdo con las reformas que se llevan a cabo en la educación y las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, el Gobierno de Turkmenistán ha intensificado el proceso de envío de jóvenes a estudiar en centros de enseñanza superior del extranjero. Con este fin se han firmado a nivel estatal y gubernamental acuerdos con la Federación de Rusia, Kazajstán, Ucrania y Belarús.

382.En el marco de acuerdos intergubernamentales e interinstitucionales, así como por decisión de diversos ministerios y departamentos de Turkmenistán, en el año académico 2009/2010, 1.575 nacionales turcomanos cursaron estudios en 9 países del mundo (Canadá, República de Corea, República Popular China, Federación de Rusia, Turquía, Jordania, Rumania, República de Belarús y Malasia).

383.En el mismo año viajaron de Turkmenistán de forma privada a 33 países del mundo 14.203 estudiantes.

384.En el nuevo año académico 2010/2011 salieron del país enviados al extranjero por el Gobierno de Turkmenistán más de 2.800 ciudadanos turcomanos.

385.Turkmenistán es parte en el Convenio sobre reconocimiento de calificaciones relativas a la educación superior en la región europea de 1979 (fecha de adhesión, 24 de mayo de 1996) y en el Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en Asia y el Pacífico de 1983 (fecha de adhesión, 24 de mayo de 1996).

386.La cuestión del reconocimiento y determinación de la equivalencia de los documentos sobre estudios superiores expedidos por instituciones de enseñanza superior de Estados extranjeros es competencia del Ministerio de Educación, conforme al procedimiento de reconocimiento y determinación de la equivalencia de los documentos sobre estudios superiores expedidos a ciudadanos de Turkmenistán en instituciones de enseñanza superior de Estados extranjeros. Dicho documento fue aprobado mediante Orden Nº 121 del Ministerio de Educación de Turkmenistán, de 3 de junio de 2009.

387.Hasta la fecha se han reconocido 2.401 títulos de estudios superiores (Federación de Rusia, Ucrania, República de Belarús, Malasia, China, Turquía, Irán, etc.).

388.Para detectar y estimular a los jóvenes talentosos en Turkmenistán se organizan periódicamente olimpiadas de materias entre los alumnos, llamadas Talentos dorados de un siglo de oro. Los alumnos más talentosos de nuestro país participaron de 2007 a 2010 en más de 30 olimpiadas internacionales y en conjunto ganaron más de 150 medallas.

389.En 2008 se celebró en Turkmenistán la Olimpiada internacional de proyectos informáticos, y en 2009 la 43º Olimpiada internacional de química Mendeleev.

390.En nuestro país el Estado otorga mucha importancia al desarrollo espiritual de la joven generación. En las fiestas infantiles se organizan audiciones musicales de los niños más talentosos; para detectar las capacidades creativas de los niños periódicamente se organizan concursos. En la celebración de estas fiestas cumplen un importante papel los centros educativos extraescolares, en los que trabajan diferentes círculos.

391.En dichos centros se crean todas las condiciones propicias para que los niños puedan descubrir sus capacidades naturales para la música, la coreografía, el arte, la creación técnica, las artesanías nacionales, etc.

392.Cada año, en el marco del concurso del Presidente Siglo de oro de los turcomanos, que se celebra de conformidad con una resolución presidencial, miles de niños talentosos de diferentes provincias y de la capital Ashgabat participan en el concurso de canto Perlas de la independencia.

Artículo 29

393.Los fines y los objetivos de la política educativa en Turkmenistán están determinados por el carácter democrático, la observancia de la ley y el carácter secular de la forma de gobierno del país y su adhesión a los compromisos internacionales contraídos que lo obligan a ser un Estado neutral en la esfera de los derechos y libertades de la persona universalmente reconocidos. En el informe inicial se proporciona información más detallada sobre esta cuestión.

394.El perfeccionamiento educativo como bases del progreso espiritual, social, económico y cultural de la sociedad representa una orientación prioritaria del desarrollo de Turkmenistán.

395.Desde 2007, bajo la dirección del Presidente, se vienen realizando reformas radicales en la esfera de la educación.

396.Con el fin de satisfacer las necesidades de la persona, la sociedad y el Estado en materia de educación y enseñanza se aprobó una nueva redacción de la Ley de educación.

397.Con arreglo al artículo 2 de la Ley, la política del Estado en el ámbito de la educación se basa en los siguientes principios:

La igualdad de derechos de toda persona a la plena realización de sus capacidades y talentos;

El carácter humanista de la educación, la prioridad a los valores universales, la vida y la salud de la persona, y el libre desarrollo de la personalidad;

La vinculación intrínseca de la enseñanza con la historia, la cultura y las tradiciones nacionales del pueblo de Turkmenistán;

La educación en el civismo y el patriotismo, la diligencia, el respeto a los derechos y libertades de la persona, el amor a la naturaleza, la familia y la patria;

El acceso general de todo ciudadano a todos los tipos de servicios educativos que presta el Estado;

La obligatoriedad de la enseñanza secundaria general para todo ciudadano y la gratuidad de esta en los establecimientos educativos estatales;

El carácter continuo de la educación y la sucesión de sus grados;

La diversidad de formas de enseñanza y centros docentes según tipos y formas de propiedad;

La integración del sistema educativo con la ciencia y la producción y su interacción con los sistemas educativos de otros países;

El carácter laico del sistema estatal de educación y su separación de las organizaciones religiosas.

398.Los objetivos de la legislación de Turkmenistán con respecto a la educación son los siguientes:

Garantizar y proteger el derecho constitucional de los ciudadanos a la educación;

Establecer las garantías jurídicas para el funcionamiento y el desarrollo continuo del sistema educativo de Turkmenistán;

Delimitar las competencias en la esfera de la enseñanza entre los órganos estatales y las administraciones educativas de distintos niveles;

Definir los derechos, obligaciones, facultades y responsabilidad de las personas jurídicas y físicas en el ámbito de la educación, así como regular jurídicamente sus relaciones en esta esfera.

399.Entre las prioridades de la crianza está inculcar en el niño el respeto a los derechos humanos, la historia y la cultura tradicional de las generaciones, así como formar su personalidad de manera que conozca sus derechos y sea capaz de ejercerlos.

400.En todas las instituciones educativas del país se presta gran atención a la educación en el respeto a la naturaleza. Los componentes obligatorios de los programas pedagógicos y educativos para los centros preescolares (conocimiento del mundo circundante, desarrollo del habla, bellas artes, clases de acuerdo con los intereses, etc.) y para las escuelas de enseñanza secundaria (ciencias naturales en la escuela primaria, y prácticas ecológicas en las clases de secundaria, en el curso de actividades educativas) constituyen las bases de la educación ecológica. La educación ecológica para los estudiantes de las clases superiores forma parte del componente regional.

Artículo 30

401.La legislación de Turkmenistán establece el derecho de todo niño que viva en Turkmenistán a utilizar el idioma materno y respetar las tradiciones y usos culturales y nacionales de acuerdo con su origen nacional.

402.En Turkmenistán, en el ámbito de la educación no existen barreras para las minorías étnicas, religiosas o lingüísticas u otras minorías. Se reconoce a los niños de estas minorías la igualdad de derechos y oportunidades.

403.De conformidad con el artículo 5 de la Ley de educación (15 de septiembre de 2009), los idiomas de instrucción y enseñanza en las instituciones educativas son los establecidos en la legislación del país.

404.El turcomano es el idioma principal de instrucción y enseñanza en las instituciones educativas de todo tipo, independientemente de su forma de propiedad.

405.El Estado asiste a los ciudadanos turcomanos en el aprendizaje de su lengua materna de acuerdo con la legislación del país.

406.En Turkmenistán, de acuerdo con la ley y los tratados internacionales suscritos por el país, pueden crearse instituciones educativas de Estados extranjeros o mixtas, en que el idioma principal de la docencia será el idioma o los idiomas extranjeros correspondientes.

407.En esas instituciones educativas el idioma estatal de Turkmenistán se utiliza para enseñar materias que forman parte del componente nacional del programa de enseñanza general.

408.El Estado contribuye al aprendizaje por sus ciudadanos de lenguas extranjeras en las instituciones educativas de todo tipo, independientemente de su forma de propiedad.

409.El aprendizaje de idiomas extranjeros se incluye en los programas de enseñanza general y profesional como materia obligatoria. Además, en algunos centros de enseñanza general la enseñanza se imparte en ruso y en inglés. En el país funcionan 16 escuelas turcomano-turcas y turcas y escuelas internado, como la escuela turcomano-rusa А. S. Pushkin.

410.Conforme a los acuerdos internacionales suscritos por Turkmenistán, el Estado asiste a los ciudadanos turcomanos que residen en el extranjero en la obtención de estudios generales secundarios en su lengua materna.

411.De conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turkmenistán sobre la cultura, el Estado garantiza a los ciudadanos, independientemente de su nacionalidad, raza, sexo, origen, situación económica o situación laboral, lugar de residencia e idioma, el derecho a participar en las actividades culturales, utilizar las organizaciones culturales y acceder a los valores culturales que se encuentran en las organizaciones estatales de la cultura.

412.El Estado garantiza a los ciudadanos el derecho a todas las formas de creación artística de conformidad con sus intereses y capacidades, a la libre elección de los valores morales, estéticos o de otro tipo, y a la defensa de su identidad cultural.

413.Desde 2006 en Turkmenistán se celebran festivales infantiles internacionales de niños talentosos, que contribuyen al mutuo enriquecimiento de las culturas y al intercambio de experiencias en el ámbito cultural y artístico entre niños de distintos países y a hacer conocer a los niños de los pueblos del mundo el rico legado cultural del pueblo turcomano. En mayo de 2009 el conjunto de baile "Niños inspirados" del centro cultural del complejo de gasolina y gas de Turkmenistán participó en el festival infantil internacional "Mundo de los turcos", que se celebró en Estambul.

414.En septiembre de 2009 los integrantes del conjunto infantil "Inspiración" del Palacio de huérfanos Presidente de los Emiratos Árabes Unidos Jeque Zayed bin Sultán Al Nahyan, visitaron San Petersburgo, donde transcurrió el Festival internacional benéfico de creación artística de niños huérfanos.

415.Del 28 de mayo al 2 de junio de 2010, en la ribera del Mar Caspio, se celebró el Festival internacional de niños talentosos "Avaza – orilla de la amistad". Dicho festival se hizo coincidir con el Día de protección de los niños. Participaron en él cerca de 600 niños de más de 15 países del mundo.

416.Todos los años alumnos de la escuela artística infantil de Turkmenistán Byashim Nurali son premiados en el concurso internacional de dibujo infantil "Shankar", que tiene lugar en la India.

417.Cada año, diversos colectivos infantiles de Turkmenistán participan en festivales internacionales que se celebran en el extranjero.

Artículo 31

418.La organización del descanso y del tiempo recreativo de los niños es una de las esferas prioritarias de la actividad del Gobierno de Turkmenistán.

419.En el período reseñado se prestó más atención a la organización del descanso y restablecimiento de los niños que necesitan un cuidado especial del Estado, los huérfanos, los niños con necesidades especiales y los niños de familias numerosas.

420.Desde el verano de 2007 los niños pueden ir a las nuevas colonias terapéuticas situadas en el rincón pintoresco de la aldea Gökdere, no lejos de la capital, y a los centros infantiles de la zona turística de Avaza en la ribera del Mar Caspio. Se otorgan subvenciones para las plazas y los niños huérfanos tienen plazas gratuitas.

421.La Unión de Mujeres de Turkmenistán, en el marco de la promoción de un modo de vida saludable, organiza actividades deportivas con los lemas "Yo y mi familia" y "Nosotros, una familia deportiva", y organiza paseos de salud.

422.La Organización de la Juventud de Turkmenistán Majtumkuli, una de las organizaciones cívicas que forman parte del movimiento nacional Regeneración, organiza diversos eventos culturales y conferencias talleres, así como reuniones y seminarios temáticos para la juventud estudiantil, los jóvenes de zonas rurales y los jóvenes que ya trabajan en distintos sectores. Cabe señalar que se llevan a cabo trabajos de gran envergadura para la protección de la naturaleza, así como para el bienestar y la arborización de ciudades y aldeas, en los que participa activamente nuestra juventud.

423.Asimismo, con miras a la educación ecológica de la juventud, periódicamente se organizan seminarios, discusiones y mesas redondas sobre la importancia de proteger la naturaleza, la importancia de una utilización racional de los recursos hídricos y la protección de los parques naturales del país que desde tiempos inmemoriales se consideran lugares sagrados. La Organización de la Juventud organiza excursiones para niños de la escuela internado especial para sordos y sordos tardíos de Ashgabat y de la escuela internado auxiliar de Ashgabat. Estas excursiones comprenden visitas al Museo Nacional del Centro Cultural Nacional y al centro recreativo infantil "Mundo de cuentos turcomanos" de la capital, competiciones en el centro acuático olímpico organizadas conjuntamente con el Comité Estatal de Turismo y Deporte, un concurso de la mejor maqueta de edificio para alumnos de las escuelas internado especiales, actividades deportivas, concursos creativos del mejor dibujo, poema y composición, etc., y otras varias actividades, incluidos actos de beneficencia para los niños de las escuelas internado especializadas y auxiliares.

424.Cada año los jóvenes que se destacan por su actuación en distintos sectores y esferas son condecorados con el Premio de la juventud de Turkmenistán, y los niños que se destacan en el ámbito cultural y musical reciben el premio infantil Gulbaba, etc.

Artículo 32

425.El artículo 33 de la Constitución garantiza a los ciudadanos el derecho al trabajo, a la libre elección de una profesión, tipo de ocupación y lugar de trabajo, y a condiciones de trabajo saludables y seguras.

426.De acuerdo con el artículo 6 del Código de Trabajo, todo ciudadano tiene el derecho exclusivo de disponer de sus capacidades para un trabajo productivo y creativo y de desarrollar cualquier actividad que no esté prohibida por la legislación de Turkmenistán.

427.Todos los ciudadanos tienen derecho a la libre elección del lugar de trabajo dirigiéndose directamente al empleador o por medio de los organismos estatales (servicios) de empleo.

428.El Estado garantiza la protección de los derechos laborales. El Código de Trabajo establece el nivel mínimo de derechos y garantías laborales para los trabajadores.

429.Según lo dispuesto en el artículo 7 del Código, está prohibido hacer discriminación en las relaciones laborales. Se prohíbe toda limitación de los derechos laborales o la obtención de cualquier beneficio en su ejercicio por motivos de nacionalidad, raza, sexo, origen, situación económica o profesional, lugar de residencia, idioma, edad, actitud ante la religión, convicciones políticas, afiliación o no a partidos políticos, así como cualquiera otra circunstancia no relacionada con la calificación para el trabajo o los resultados en el trabajo.

430.Las diferencias en la esfera del trabajo basadas en los requisitos específicos para un trabajo determinado o en el trato especial dispensado por el Estado a las personas que necesitan una mayor protección social y jurídica, como los niños, las personas con discapacidad y otras personas, que establece la legislación de Turkmenistán no constituyen discriminación.

431.Las personas que consideren que han sido víctimas de discriminación en el trabajo tienen derecho a recurrir a los tribunales.

432.En este caso el contrato laboral en nombre del trabajador debe ser firmado por el padre o madre (o tutor).

433.Las personas que no hayan cumplido la edad de 18 años necesitan un certificado médico preliminar obligatorio para concluir un contrato de trabajo (artículo 29 del Código).

434.De conformidad con los artículos 23 y 60 del Código de Trabajo, se podrá admitir al empleo, con contrato de jornada laboral reducida, a personas de 16 a 18 años, sin exceder de 36 horas por semana, y a personas de menos de 16 años, sin exceder de 24 horas por semana.

435.De conformidad con el artículo 250 del Código, los trabajadores de menos de 18 años en las relaciones laborales tienen los mismos derechos que los mayores de edad, y en lo que se refiere a la protección del trabajo, la jornada laboral, los días de licencia y algunas otras condiciones de trabajo gozan de los beneficios establecidos por el Código y otros instrumentos legislativos de Turkmenistán.

436.El artículo 253 del Código determina los trabajos que no pueden realizar los menores de 18 años:

Los trabajos en condiciones especiales;

Los trabajos cuya realización pueda afectar a su salud y a su desarrollo moral (negocios de juegos de azar, producción, transporte y comercio de bebidas alcohólicas, tabaco, estupefacientes, sustancias tóxicas o de otra especie);

Transporte y traslado, o levantamiento y transporte, de pesos superiores a los establecidos en las normas para un menor de 18 años.

437.El artículo 255 del Código prohíbe que los menores de 18 años trabajen en horario nocturno, horas extraordinarias, y los días de descanso, los días feriados y en fechas conmemorativas, así como enviarlos en comisión de servicio.

438.Las normas de productividad aplicables a los jóvenes se determinan en el artículo 256 del Código.

439.Así, para los trabajadores de menos de 18 años las normas de productividad se establecen, partiendo de las normas exigidas a los trabajadores adultos, reducidas proporcionalmente a la duración de la jornada laboral del menor de 18 años.

440.Asimismo, para los trabajadores jóvenes que ingresan en una empresa al terminar sus estudios de enseñanza secundaria, enseñanza secundaria profesional u otros cursos, así como para los que han obtenido una capacitación profesional en el trabajo, se confirma la reducción de las normas de productividad, en los casos y las proporciones previstos por la legislación del país y en los plazos que ésta determina. Dichas normas son confirmadas por el empleador con el acuerdo del órgano sindical de la empresa u otro órgano representativo de los trabajadores.

441.Las personas que trabajan por contrato tienen derecho a una remuneración acorde con la cantidad y calidad del trabajo realizado. Esa remuneración no puede ser inferior al mínimo vital establecido por el Estado.

442.El artículo 254 del Código dispone que la remuneración de los trabajadores de menos de 18 años con una jornada laboral reducida se paga en la misma proporción que la de los trabajadores de la categoría correspondiente con una jornada laboral completa.

443.El trabajo de los menores de 18 años en labores a destajo se paga según las tarifas por unidad de trabajo establecidas para los trabajadores adultos, con un pago suplementario que compensa la diferencia entre su jornada laboral y la de los adultos.

444.La remuneración del trabajo de los alumnos de escuelas secundarias e instituciones de enseñanza secundaria profesional que trabajan en su tiempo libre se fija en proporción al tiempo trabajado o según la productividad.

445.Las empresas por cuenta propia pueden establecer pagos adicionales al salario para los estudiantes.

446.Conforme al artículo 257 del Código, el empleador podrá despedir a trabajadores menores de 18 años siempre y cuando se cumpla el régimen establecido en esos casos y solo con el consentimiento del órgano sindical y la Comisión de Asuntos de Menores.

447.De conformidad con el artículo 258 del Código, se podrá rescindir el contrato laboral suscrito con trabajadores menores de 18 años cuando lo exijan los padres, los padres adoptivos o los tutores, así como los órganos de tutela o guarda y otros órganos encargados de la vigilancia y el control del cumplimiento de las leyes laborales, si su continuación amenaza la salud de los menores o va en contra de sus intereses legítimos.

448.De conformidad con el Código es posible concluir un contrato laboral con una persona que haya cumplido la edad de 16 años. Podrá concluirse también con una persona de 15 años, pero solo con el consentimiento de uno de sus progenitores (o guardador). En algunos casos, por ejemplo en organizaciones o circos en relación con la participación en espectáculos, solo será posible celebrar un contrato de trabajo con menores de 15 años con el consentimiento del padre o madre (o tutor) y la autorización del órgano de tutela o guarda, y si esa actividad no resulta perjudicial para la salud o el desarrollo moral del menor.

449.El Código establece la jornada laboral reducida: para los trabajadores de entre 16 y 18 años, no más de 36 horas a la semana, y para las personas de menos de 16 años, no más de 24 horas a la semana. Además, la remuneración de tales trabajadores se paga en la misma proporción que la de los trabajadores de la categoría correspondiente con una jornada laboral completa.

450.El trabajo de los menores de 18 años en labores a destajo se paga según las tarifas por unidad de trabajo establecidas para los trabajadores adultos, con un pago suplementario que compensa la diferencia entre su jornada laboral y la de los adultos.

451.El Código prohíbe utilizar a personas de menos de 16 años en trabajos en condiciones especiales, y en trabajos cuya realización pueda afectar a su salud y a su desarrollo moral (negocios de juegos de azar, producción, transporte y comercio de bebidas alcohólicas, tabaco, estupefacientes, sustancias tóxicas y otras sustancias), así como superar las normas establecidas para los menores en lo que se refiere a la duración de la jornada y la semana laboral. Asimismo, prohíbe que los menores de 18 años trabajen los días de descanso, los días feriados y en fechas conmemorativas, así como enviarlos en comisión de servicios.

452.De conformidad con el párrafo 10 del artículo 33 de la Ley de educación, está prohibido hacer trabajar a alumnos y pupilos de instituciones educativas en una labor no prevista en el programa de enseñanza sin el consentimiento de los interesados y de sus padres o las personas in loco parentis.

Artículo 33

453.En Turkmenistán se adoptan las medidas necesarias para promover un modo de vida saludable, proteger a los niños contra el uso ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y contrarrestar el tráfico ilícito de dichas sustancias. En el informe inicial se proporciona información más detallada sobre esta cuestión.

454.El artículo 28 de la Ley de garantías de los derechos del niño establece que el Estado debe adoptar las medidas necesarias para promover un modo de vida saludable y proteger al niño contra la utilización ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y contrarrestar el tráfico ilícito de dichos estupefacientes y sustancias. El Estado garantiza la adecuada asistencia a los niños drogadictos y los niños que abusan de esas sustancias.

455.La legislación de Turkmenistán tipifica como delito recabar la participación de un niño en la producción, el tráfico, la distribución o el uso de estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

456.Con el fin de proteger a los niños contra el uso ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y prevenir que participen en la producción, el tráfico y la distribución de estupefacientes, los agentes de la Comisión de Asuntos de Menores de las unidades de policía del Ministerio del Interior, conjuntamente con representantes del Servicio Estatal de lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes, la fiscalía, establecimientos de enseñanza, centros médicos, así como de organizaciones cívicas, llevan a cabo una acción decidida en el marco de un plan conjunto.

457.Cada mes en las instituciones educativas de Turkmenistán se organizan reuniones y conferencias de funcionarios de los órganos de orden público sobre la lucha contra el uso, la distribución y el tráfico ilícito de estupefacientes. Así, en septiembre de 2010 en las escuelas secundarias tuvieron lugar 28 de estas reuniones y conferencias.

458.En el marco de las actividades previstas en las escuelas de enseñanza secundaria, secundaria especial y superior se organizan charlas educativas y charlas en que se promueve un modo de vida saludable. Asimismo, en la labor preventiva con menores detenidos por comisión de distintas infracciones y llevados a dependencias de la policía, se explican los daños que produce el consumo de estupefacientes, bebidas alcohólicas y tabaco, así como la responsabilidad prevista al respecto en la legislación de Turkmenistán.

Artículo 34

459.El Estado garantiza la protección de los niños contra cualquier atentado de carácter sexual.

460.De conformidad con el artículo 29 de la Ley de garantías de los derechos del niño en Turkmenistán está prohibido producir y distribuir publicaciones pornográficas, películas u otros objetos de carácter pornográfico.

461.En Turkmenistán, a los efectos de proteger a los niños contra la información y el material que puedan ser nocivos para su desarrollo espiritual y moral, está prohibido por ley exhibir, alquilar, vender, regalar o hacer réplicas de cualquier juguete, película, grabación de sonido o de imagen, libro, periódico, revista u otro material impreso que fomente o propugne directamente la guerra, la crueldad, la violencia, la discriminación por motivos de raza, religión, sexo o edad, o que de cualquier otra manera sea pernicioso para el desarrollo espiritual y moral de los niños. Asimismo, para garantizar la vida, la protección de la salud y la moralidad del niño y protegerlo contra las influencias negativas, se evalúan los medios y objetos que pueden resultar perjudiciales para el desarrollo espiritual y moral de los niños.

462.No ha habido en Turkmenistán delitos relacionados con la involucración de niños en la producción y distribución de material impreso, películas u otros objetos de carácter pornográfico o la exhibición, alquiler o venta de regalos o réplicas de cualquier juguete, película, grabación de sonido o de imagen, libro, periódico, revista u otro material impreso que fomente o propugne directamente la guerra, la crueldad, la violencia, la discriminación por motivos de raza, religión, sexo o edad, o que de cualquier otra manera sea pernicioso para el desarrollo espiritual y moral de los niños.

463.En Turkmenistán no se han registrado delitos relacionados con la explotación de niños en la pornografía y materiales pornográficos.

464.El Código Penal tipifica los siguientes delitos contra menores de edad: violación, relaciones sexuales con menores de 16 años, pederastia y comisión de actos perversos con menores de 16 años.

465.Constituye delito inducir a un menor a ejercer la prostitución, así como se persigue por ley la organización y mantenimiento de locales para la prostitución (artículos 134, 135, 138, 139, 140, 143 y 144 del Código Penal).

466.En Turkmenistán los delitos de carácter sexual representan casos aislados.

Artículo 35

467.Conforme establece el artículo 34 de la Ley de garantías de los derechos del niño, el Estado adopta todas las medidas necesarias para prevenir el secuestro, comercio y contrabando de niños con cualesquiera fines y en cualquier forma a fin de proteger a los niños contra esos actos.

468.Turkmenistán se adhiere plenamente a la lucha contra el tráfico de niños y los actos relacionados con este tipo de delito. En 2005 el país se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños y el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementan la Convención. El 14 de diciembre de 2007 el Parlamento aprobó la Ley de lucha contra la trata de personas.

469.La legislación penal vigente del país establece una pena privativa de libertad de hasta 25 años por secuestro de un niño, así como impone hasta 2 años de privación de libertad por sustitución de un niño por otro con fines lucrativos o con cualquier otro motivo (artículos 126 y 128 del Código Penal).

470.Se ha introducido en el Código Penal un nuevo artículo 1291 de trata de personas, que define los conceptos de trata de personas con fines de explotación. Así, por trata de personas se entiende la compra o venta de una persona o su captación, transporte, ocultamiento o traspaso a otra persona, con el objeto de explotarla. Por explotación de una persona se entiende su utilización por otras personas para que ejerza la prostitución u otras formas de explotación sexual, para que realice trabajos o servicios en condiciones de esclavitud, o para que permanezca en condiciones de servidumbre.

471.Si este delito se comete contra un menor de edad, el culpable será castigado con privación de libertad de 8 a 15 años.

472.La trata y el contrabando de niños o el secuestro de niños no son delitos característicos de Turkmenistán y prácticamente no se registran en la vida de la sociedad turcomana.

473.El artículo 14 de la Ley de lucha contra la trata de personas dispone que se debe prestar ayuda a los niños víctimas de la trata de conformidad con la legislación del país y con las normas correspondientes de los tratados internacionales suscritos por Turkmenistán.

474.Si los órganos estatales que se ocupan de la lucha contra la trata de personas o las instituciones especializadas reciben información de que un niño es víctima de la trata de personas, tienen la obligación, con el fin de proteger los derechos del niño, de notificarlo inmediatamente a los órganos encargados de la tutela y guarda.

475.En caso de que se dé albergue a un niño víctima de la trata de personas en las instituciones especializadas, el niño deberá estar separado de los adultos.

476.Se garantiza a los niños víctimas de la trata a que se benefician de albergue en las instituciones especializadas la posibilidad de acudir a centros de enseñanza estatales.

477.En caso de que un niño víctima de la trata de personas esté privado del cuidado de sus padres o no sepa dónde se encuentra su familia, se procede a la búsqueda de la familia o se establece la tutela o guarda del niño en la forma establecida por la ley.

478.De conformidad con el artículo 8 de la Ley de lucha contra la trata de personas, el Ministerio del Interior luchará contra la trata de personas mediante la prevención, detección y represión de ese delito, así como reuniendo, analizando, extrapolando e intercambiando información sobre la magnitud, situación actual y tendencias en relación con la trata de personas y detectando y erradicando los vínculos entre las personas y los grupos delictivos organizados implicados en la trata de personas que operen en el territorio de Turkmenistán.

479.El Ministerio del Interior lleva a cabo una acción decidida a este respecto. Los funcionarios del Ministerio participan en seminarios de perfeccionamiento y cursos de formación sobre la lucha contra la trata de personas organizados por la Organización Internacional para las Migraciones en Asia Central y la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa en Ashgabat, así como por otras organizaciones internacionales acreditadas en Turkmenistán.

Artículo 36

480.Las leyes de Turkmenistán protegen a los niños contra las demás formas de explotación que lesionen sus derechos e intereses legítimos, entre ellos, los derechos a una vivienda y a la propiedad. En caso de divorcio de sus progenitores se tiene en cuenta el interés del niño en cuanto propietario; los dispositivos de apoyo a la infancia establecen que se traslade una parte de la pensión de alimentos a la cuenta personal del niño.

481.En el informe inicial de Turkmenistán se proporciona información pormenorizada sobre esta cuestión.

Artículo 37

482.La Constitución establece que nadie debe ser sometido a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

483.Conforme al párrafo 4 del artículo 13 del Código de Procedimiento Penal de Turkmenistán ningún participante en un proceso penal puede ser sometido a violencia ni a tratos crueles, o degradantes. Se prevé la responsabilidad penal por obligar al sospechoso, el acusado, la víctima o el testigo a prestar testimonio, o al experto a formular conclusiones, mediante el recurso a amenazas, chantajes u otros actos ilícitos por parte del fiscal, el instructor del sumario o el encargado de las primeras diligencias (artículo 197 del Código Penal).

484.La detención de un menor de edad se comunica inmediatamente a sus padres o las personas in loco parentis o los tutores (artículo 141 del Código de Procedimiento Penal).

485.De conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Penal la participación del abogado durante la instrucción del sumario, la investigación preliminar y el juicio en causas de menores es obligatoria.

486.La prisión provisional como medida cautelar solo podrá aplicarse a un menor de edad en casos excepcionales, cuando así lo exija la gravedad del delito cometido (artículo 154, párrafo 3 del Código de Procedimiento Penal) y haya suficiente fundamento para considerar que el sospechoso, acusado o encausado, al estar en libertad se sustraerá a la investigación y el juicio u obstaculizará el establecimiento de la verdad en la causa penal o se dedicará a actividades delictivas, y teniendo en cuenta la personalidad del sospechoso, acusado o encausado, el tipo de sus ocupaciones, su edad, su estado de salud, su situación familiar y otras circunstancias (artículos 146 y 148 del Código de Procedimiento Penal).

487.La prisión provisional de un menor durante la instrucción preliminar, prevista en el artículo 158 del Código de Procedimiento Penal, no puede prolongarse más de 6 meses (artículo 516 del Código de Procedimiento Penal).

488.La legislación penal de Turkmenistán no prevé la pena de cadena perpetua. De conformidad con el artículo 87 del Código Penal, la pena de privación de libertad impuesta a un menor no podrá ser superior a 10 años, y si es por un delito especialmente grave no podrá superar los 15 años.

489.Además, este capítulo prevé que se reduzca a la mitad la condena impuesta a menores de edad y pueda procederse a su liberación condicional.

490.El Meylis aprobó el 25 de marzo de 2011 el nuevo Código de Ejecución Penal, que entró en vigor el 1 de julio de 2011.

491.De conformidad con el artículo 2 del Código de Ejecución Penal, la aplicación de la legislación penitenciaria se basa en las normas y principios de derecho internacional universalmente reconocidos que se refieren al cumplimiento de sanciones penales y al trato para con los condenados, incluido el estricto cumplimiento de las garantías de protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

492.Los condenados tienen derecho a obtener información sobre sus derechos y obligaciones y sobre el reglamento y las condiciones de cumplimiento de la sanción penal impuesta por el tribunal (artículo 8 del Código de Ejecución Penal).

493.Un capítulo separado del Código señala los detalles del cumplimiento de la sanción impuesta a menores de edad, teniendo en cuenta su edad, su desarrollo psicoemocional y otras particularidades, así como prevé la posibilidad de una mayor comunicación con el mundo exterior y la rehabilitación y reintegración de los menores condenados.

494.En las correccionales se establece la separación de hombres y mujeres y de menores de edad y adultos (artículo 51, párrafo 1 del Código de Ejecución Penal).

495.En las colonias correccionales de menores se ofrece a los condenados apoyo, cuidados, protección de la vida personal y la asistencia individual necesaria (asistencia social, psicológica, médica y física), y también ayuda para la educación y formación profesional que pueden necesitar considerando su edad, sexo y personalidad, así como en atención a su desarrollo integral.

496.La administración de la colonia correccional fomenta y facilita los contactos entre los menores condenados y sus familiares próximos, tutores o guardadores, o las personas in loco parentis, creando y garantizando las condiciones necesarias para ello.

497.De conformidad con el Código, la colonia correccional, con una antelación no inferior a 6 meses de la fecha de liberación, proporciona apoyo educativo y psicosocial al menor condenado con el fin de prepararlo para su vida en libertad, informa a la familia del menor u otras personas que este considere oportuno acerca de la liberación próxima, le permite una breve salida a la casa en compañía de sus padres o las personas in loco parentis y le proporciona información sobre la manera en que puede acceder a apoyo y ayuda tras la puesta en libertad.

498.La colonia correccional interactúa con los órganos e instituciones encargados de la vigilancia de los reclusos liberados y, en particular, colabora con la Comisión de Asuntos de Menores para la elaboración de un plan de reintegración.

499.Con este fin la administración de la colonia correccional crea una unidad especial de rehabilitación y reintegración. Se pone en contacto con la Comisión de Asuntos de Menores y el organismo del Interior acerca del lugar de retorno del menor condenado. Estos órganos preparan al niño para su liberación brindándole apoyo para su contacto regular con la administración del correccional, con el fin de planificar la liberación y reintegración del menor condenado.

500.Al elaborar y ejecutar el plan de reintegración se tiene en cuenta la opinión del menor condenado.

501.Para coadyuvar al proceso de reintegración la Comisión de Asuntos de Menores se encarga de coordinar los servicios de apoyo al menor y su familia durante no menos de 6 meses (artículo 131 del Código de Ejecución Penal).

Artículo 38

502.Turkmenistán, Estado permanentemente neutral, en virtud de la Ley constitucional de neutralidad permanente de Turkmenistán (27 de diciembre de 1995), siempre ha cumplido con sus obligaciones de no participar en conflictos armados o bloques o producir, divulgar o desplegar en su territorio armas de destrucción en masa, observar los derechos humanos y libertades democráticas aceptadas por la comunidad internacional y basar sus relaciones con otros Estados en los principios de igualdad y buena vecindad. La cooperación con las Naciones Unidas es un objetivo estratégico de la política exterior de Turkmenistán.

503.Desde que el país declaró su independencia, ni el Estado de Turkmenistán ni niños turcomanos han participado en conflictos armados.

504.En el caso de Turkmenistán, en cuyo territorio no se desarrollan conflictos armados, la cuestión de la rehabilitación física y psicológica de niños que se encuentren en zonas de conflictos armados o hayan sido víctimas de violencia sexual, no es pertinente. Los niños refugiados que participaron en conflictos armados en el territorio de países donde eran residentes permanentes y se encuentran en Turkmenistán se benefician, en caso de necesidad, de la asistencia psicológica y social de las autoridades y administraciones locales.

505.Los ciudadanos varones de edades comprendidas entre los 18 y los 27 años que no tengan derecho a la exención o aplazamiento del servicio militar están sujetos a reclutamiento. Al cumplir los 18 años los mozos pueden ser llamados a filas (artículo 17 de la Ley de reclutamiento y servicio militar (6 de octubre de 2010)).

506.La legislación penal de Turkmenistán prohíbe el reclutamiento, la instrucción, la financiación u otra forma de contratación material de mercenarios, así como su utilización en conflictos armados u otras acciones bélicas (artículo 169 del Código Penal).

Artículo 39

507.Los menores infractores que hayan incurrido en responsabilidad penal y hayan sido condenados por un tribunal a cumplir una pena, cumplen esa sanción en una colonia correccional del sistema del Ministerio del Interior.

508.Las medidas correctivas en el caso de los menores de 18 años se concentran ante todo en el restablecimiento de los derechos sociales, políticos y civiles (rehabilitación), el regreso a la sociedad y la reunificación con la familia (reintegración).

509.La reintegración social y psicológica de los menores condenados tiene por objeto concederles las garantías institucionales del ejercicio de sus derechos y libertades contemplados en la legislación penitenciaria. El Código de Ejecución Penal prevé el derecho de los menores internados en colonias correccionales a participar en eventos culturales y deportivos, utilizar la biblioteca y formar parte de sus propias organizaciones artísticas.

510.Con miras a reformar a los menores condenados y prepararlos para una vida autónoma se establece un programa uniforme de enseñanza y formación para alentarlos a adoptar un comportamiento respetuoso de la ley y una actitud consciente ante el trabajo y el estudio, y proporcionarles la enseñanza general básica, una formación profesional y un nivel más elevado de educación y cultura (artículos 120, 121 y 129 del Código de Ejecución Penal).

511.Desde el momento en que el joven ingresa en un establecimiento educativo los primeros 15 días está a cargo de un educador psicólogo que lo ayuda en el período de adaptación. Durante este período se familiariza con el régimen de reclusión en el establecimiento, se revelan sus capacidades e inclinaciones y es preparado para la vida entre los adolescentes del establecimiento. Sobre la base de los datos recogidos en el período de adaptación y teniendo en cuenta la edad y las indicaciones psicológicas, el joven es dirigido a una determinada sección e inscrito en la escuela de enseñanza secundaria del establecimiento para que continúe sus estudios. En el establecimiento todos los alumnos están repartidos por secciones, y las secciones a su vez se subdividen en grupos dirigidos por los educadores. Desde el primer día el educador mantiene una conversación con el adolescente y prepara un plan individual para su educación. Siguiendo este plan, cada día se hace un trabajo educativo individual dirigido a formar en el adolescente determinados principios y criterios.

512.Para que el educando pueda seguir la enseñanza general en el establecimiento existe una escuela de secundaria con 2 turnos. El programa de estudios es elaborado por el Ministerio del Interior y confirmado por el Ministerio de Educación. En la escuela hay 8 clases bien equipadas con materiales didácticos y medios técnicos. La enseñanza se imparte de la cuarta a la décima clase en el idioma estatal. Cuando terminan la escuela, los educandos pasan los exámenes estatales y reciben el título de estudios secundarios. Hasta que terminen de cumplir la pena los títulos se conservan en los asuntos personales de cada condenado. Una vez cumplida la condena, el título de estudios se entrega al educando junto con la certificación de liberación y otros documentos de su legajo personal.

513.En la actualidad, en los Ministerios del Interior y de Educación se trabaja en la renovación de la enseñanza profesional de los educandos.

514.Los educandos pasan el tiempo libre de acuerdo con el programa diario establecido, que les permite, si lo desean, ir a la biblioteca del establecimiento, la sala de deportes o la cancha deportiva, así como, en caso de necesidad, utilizar la lavandería y los servicios de peluquería, zapatería y sastrería. Todos los educandos tienen acceso a una atención médica completa. El servicio médico del establecimiento cuida de la salud de los educandos. Dispone de algunas unidades separadas de tratamiento hospitalario y vigilancia de la salud y de aparatos e instrumental modernos y de los medicamentos necesarios. El personal de dicho servicio controla las condiciones sanitarias y de higiene del establecimiento.

515.Los educandos reciben 3 comidas diarias y la ración se ajusta a la edad del educando. Las condiciones de residencia de los menores infractores corresponden a las normas de la legislación vigente. Los educandos viven en residencias y cada sección ocupa un local separado, que dispone de un televisor y una radio y donde se han colocado afiches de carácter educativo e informativo. Las normas mínimas que rigen para el cumplimiento de las sanciones penales en interés de la convivencia de los educandos están orientadas según las normas internacionales. En las medidas correctivas aplicables a los menores de edad priman los métodos de convicción e influencia positiva frente a las medidas prohibitivas y disciplinarias.

516.Los educadores, junto con los profesores, organizan las actividades recreativas y de deporte siguiendo el plan aprobado y publican periódicos murales dedicados a las fechas festivas y conmemorativas. La administración del establecimiento alienta activamente a los participantes.

517.Se garantiza el ejercicio de los derechos a la libertad de conciencia y de expresión de la voluntad. Cada educando tiene derecho a profesar sus propias convicciones religiosas. Si los educandos lo desean, se invita al establecimiento a ministros del culto.

Artículo 40

518.En el período reseñado se ha dedicado mayor atención a la formulación de normas y a la práctica de la administración de justicia en relación con los menores de edad y los esfuerzos principales se han orientado a seguir adaptando la legislación a las exigencias de los instrumentos jurídicos internacionales que regulan esta cuestión, teniendo en cuenta las observaciones finales del Comité y en el marco del actual sistema jurídico de Turkmenistán.

519.Los adelantos en el cumplimiento de la Convención a este respecto consisten en la aprobación del nuevo Código de Procedimiento Penal, la nueva redacción del Código Penal, el nuevo Código de Ejecución Penal y otros instrumentos jurídicos normativos, así como la colaboración directa de las instituciones de administración de justicia.

520.En el artículo 21 del Código Penal se establece la edad de responsabilidad penal. Tienen responsabilidad penal las personas que en el momento de cometer un delito hayan cumplido 16 años.

521.Son penalmente responsables las personas de 14 a 16 años que hayan cometido los siguientes delitos: asesinato premeditado (art. 101), daños graves intencionales a la salud (art. 107), daños intencionales a la salud de gravedad media (art. 108), violación (art. 134), robo (art. 227), desvalijamiento (art. 230), bandolerismo (art. 231), extorsión (art. 232), apropiación ilícita de vehículos ajenos (art. 234), destrucción o daños premeditados a los bienes (art. 235, párr. 2), robo o extorsión de armas, municiones, materiales y artefactos explosivos (art. 291), fabricación, elaboración, adquisición, almacenamiento, transporte y envío ilícitos de estupefacientes o sustancias psicotrópicas con el fin de venderlos (art. 292), robo o extorsión de estupefacientes o sustancias psicotrópicas (art. 294).

522.El procedimiento y las condiciones para el cumplimiento de la pena de privación de libertad impuesta a niños se establecen en la legislación.

523.De conformidad con el artículo 57 del Código Penal, se reconoce la minoría de edad como circunstancia atenuante de la responsabilidad. Los menores condenados a privación de libertad cumplen la pena impuesta en una colonia correccional (artículo 67 del Código Penal). El Código Penal dedica un capítulo entero a las particularidades de la responsabilidad penal y la pena impuesta a menores de edad.

524.De conformidad con el artículo 82 del Código Penal, el tribunal puede imponer a los menores que hayan delinquido una sanción o bien medidas coercitivas de reeducación.

525.En el caso de una sanción se tienen en cuenta las condiciones de vida y educación del menor, el grado de desarrollo psíquico, las características de su personalidad, los motivos del delito, así como la influencia de los adultos y de otros menores.

526.La minoría de edad como circunstancia atenuante de la responsabilidad se tiene en cuenta conjuntamente con otras circunstancias que pueden agravar o atenuar la responsabilidad (artículo 83 del Código Penal). Entre los tipos de sanciones que se imponen a los menores están la multa, el trabajo correctivo y la privación de libertad (artículo 84 del Código Penal).

527.La pena de multa se impone solo a los menores que tengan ingresos independientes, y equivale a entre 2 y 100 salarios (artículo 85 del Código Penal).

528.La pena de trabajo correctivo se impone únicamente a partir de la edad de 16 años a los menores aptos para trabajar y se cumple en el lugar de trabajo, y si el menor no trabaja ni estudia, en otros lugares de su distrito de residencia por un período de hasta 1 año (artículo 86 del Código Penal).

529.La pena de privación de libertad impuesta a un menor no podrá ser superior a 10 años y, si es por un delito especialmente grave, no podrá superar los 15 años. En el caso de una persona que en el momento de pronunciarse la sentencia era menor de 18 años, la privación de libertad se cumplirá en una colonia correccional (artículo 87 del Código Penal).

530.De conformidad con el artículo 88 del Código Penal, en el caso de un menor que haya cometido por primera vez un delito de poca gravedad o de gravedad media cuya reeducación es posible sin la aplicación de la pena, dependiendo del carácter del acto cometido y sus consecuencias, las características de la personalidad y otras circunstancias del caso, el tribunal podrá eximirlo de la pena e imponerle medidas coercitivas de carácter educativo o enviarlo a una institución educativa especial o de tratamiento y reeducación para menores.

531.El menor de edad que haya cometido un delito de poca gravedad por primera vez puede ser eximido de responsabilidad penal si se reconoce que su reforma puede lograrse por medio de medidas coercitivas de carácter educativo.

532.Las medidas de carácter educativo que se pueden imponer a un menor son las siguientes: advertencia; vigilancia por los padres, las personas in loco parentis o los organismos del Interior; obligación de subsanar los daños causados; limitación del tiempo libre y establecimiento de requisitos especiales de comportamiento.

533.Se pueden imponer al menor simultáneamente varias sanciones de carácter educativo. El organismo que haya impuesto esas medidas determina durante cuánto tiempo deben aplicarse (artículo 89 del Código Penal).

534.El artículo 90 del Código Penal define el contenido de las medidas coercitivas de carácter educativo.

535.La advertencia consiste en la explicación al menor del daño causado y de las consecuencias de la repetición del acto previstas en la legislación penal.

536.La colocación bajo vigilancia consiste en la obligación de educar al menor y controlar su conducta que recae en el organismo que haya impuesto la medida.

537.La obligación de subsanar los daños causados se impone teniendo en cuenta la situación económica del menor y los correspondientes hábitos laborales que tiene.

538.La limitación del tiempo libre puede consistir en la prohibición de visitar determinados lugares y de recurrir a determinadas formas de ocio, en particular las relacionadas con la conducción de medios de transporte mecánicos, la limitación del tiempo que pasa fuera de casa después de una determinada hora, así como la prohibición de viajar a otras localidades sin autorización de los organismos del Interior. Se puede exigir al menor que vuelva a la institución docente o que encuentre un trabajo con la asistencia del organismo estatal facultado para ello.

539.El Código Penal prevé la responsabilidad por inducir a un menor a cometer un delito (art. 155), e inducir a un menor a cometer actos antisociales (art. 156).

540.En la instrucción preliminar y en el juicio por causas de menores los órganos competentes deben verificar: la edad del menor, las condiciones de existencia, de vida y de educación, los motivos y las condiciones que condujeron a la comisión del delito, el grado de desarrollo intelectual, volitivo y físico; las particularidades del carácter y del temperamento, las necesidades e intereses; y la influencia de los coetáneos, los adultos y los instigadores.

541.En el Código de Procedimiento Penal (18 de abril de 2009) se ha introducido una nueva sección X sobre las particularidades de la instrucción de categorías separadas de causas penales, cuyo capítulo 49 está dedicado a la instrucción de causas por delitos de menores.

542.El artículo 510 del Código de Procedimiento Penal dispone que las causas relativas a menores que hayan participado en la comisión de un delito junto con adultos pueden ser separadas en la fase de la instrucción preliminar.

543.De conformidad con el artículo 512 del Código de Procedimiento Penal, en las causas por delitos de menores el abogado puede intervenir desde el primer interrogatorio del menor sospechoso o inculpado, y si el menor está detenido o en prisión provisional, desde el momento en que se haya formulado la acusación, es decir desde el momento de la detención o prisión. Si el menor sospechoso, inculpado o procesado o sus representantes legales no han concluido un acuerdo con un abogado, el instructor, el fiscal o el tribunal debe garantizar la participación de un abogado defensor.

544.Si el menor de edad sospechoso o inculpado tiene progenitores u otros representantes legales, la participación de estos en la causa es obligatoria. En caso de ausencia de progenitores o representantes legales debe llamarse a representantes de los órganos de tutela o guarda. Estos pueden participar en la causa desde el primer interrogatorio por resolución del instructor. Al final de la investigación preliminar, si el instructor así lo resuelve, el menor no tendrá acceso a los autos del sumario que puedan ejercer en él una influencia negativa, pero podrá conocerlos el representante legal. Sobre la base de una resolución motivada del instructor, el representante legal podrá ser apartado de la causa si existen fundamentos razonables para considerar que su influencia perjudica los intereses del menor o representa un obstáculo para una instrucción objetiva, y podrá designarse otro representante legal del menor de edad.

545.El interrogatorio de un menor de edad sospechoso, inculpado o procesado se lleva a cabo durante el día, no puede durar sin interrupción más de 2 horas y en total no puede exceder de 4 horas al día. El interrogatorio se lleva a cabo en presencia de un abogado, del representante legal y, en los casos necesarios, de un pedagogo.

546.En la instrucción de las diligencias con la participación de un menor sospechoso, inculpado o procesado que no haya cumplido 16 años de edad, así como si ha cumplido esa edad pero presenta indicios de retraso en su desarrollo psíquico, la participación de un pedagogo o un psicólogo es obligatoria. En los demás casos el pedagogo o el psicólogo podrá participar en la causa si el investigador, el instructor, el fiscal o el tribunal lo considera oportuno o a petición del abogado o el representante legal (artículo 514 del Código de Procedimiento Penal).

547.El artículo 517 del Código de Procedimiento Penal prevé la participación del representante legal del menor en el juicio. Los representantes legales tienen derecho a participar en la investigación de las pruebas en el juicio, presentar pruebas, prestar declaración, presentar solicitudes y recusaciones, elevar quejas contra actuaciones y decisiones del tribunal, participar en la audiencia en casación y explicar sus quejas.

548.Al pronunciar la sentencia en una causa penal referente a un menor de edad el tribunal debe considerar la cuestión de la condena penal, la imposición de una sanción alternativa a la privativa de libertad, así como la eximición de pena en relación con las circunstancias previstas en el Código Penal.

549.En los casos de condena penal, imposición de una sanción alternativa a la privación de libertad, colocación en una institución educativa o terapéutica y educativa, o aplicación de medidas coercitivas de carácter educativo, el tribunal informa de ello al órgano estatal especializado y le impone la obligación de controlar la conducta del condenado (artículo 520 del Código de Procedimiento Penal).

550.Si tras el juicio el tribunal llega a la conclusión de que la reeducación de un menor que ha cometido por primera vez un delito de poca gravedad a una edad de menos de 18 años es posible sin aplicar una sanción por el delito, decreta sobreseimiento en la forma prevista por el Código, y pueden imponerse al menor medidas coercitivas de carácter educativo.

551.Si tras el juicio el tribunal llega a la conclusión de que la reeducación de un menor que ha cometido por primera vez un delito de poca gravedad o de gravedad media es posible sin la aplicación de la pena, dependiendo del carácter del acto cometido y sus consecuencias, las características de la personalidad y otras circunstancias del caso, de conformidad con el artículo 88 del Código Penal, podrá eximirlo de la pena e imponerle medidas coercitivas de carácter educativo o enviarlo a una institución educativa especial o de tratamiento y reeducación para menores.

552.A petición de las instituciones educativas, las asociaciones cívicas, los colectivos laborales o las personas a quienes se haya encomendado el cuidado o la vigilancia del menor, los tribunales del lugar de residencia del menor pueden reducir la duración de las medidas coercitivas de carácter educativo (artículo 521 del Código de Procedimiento Penal).

553.De conformidad con el artículo 28 del Código de Procedimiento Penal, las partes en un proceso que no dominen el idioma en que se sustancia el proceso tienen derecho a prestar declaración, formular explicaciones y declaraciones, presentar solicitudes, elevar quejas, tener acceso a todos los autos del sumario e intervenir en la vista oral en su idioma materno o en otro idioma que dominen, o utilizar los servicios de un intérprete.

554.El Estado garantiza a las víctimas, incluidos los niños, el acceso a la justicia y a la indemnización de los daños causados, en los casos y conforme a los procedimientos previsto por la ley.

555.Conforme dispone el párrafo 3 del artículo 14 del Código de Procedimiento Penal, si existen motivos suficientes para considerar que la víctima, el testigo u otras personas que sean partes en un proceso penal, así como sus familiares u otros allegados, son objeto de amenazas de muerte, uso de violencia, destrucción o daño a sus bienes u otros actos ilícitos, el órgano encargado del proceso penal deberá, dentro de los límites de su competencia, adoptar todas las medidas previstas por la ley para proteger la vida, la salud, el honor, la dignidad y los bienes de esas personas.

556.A fin de impedir la revelación de aspectos íntimos de la vida de las partes en el proceso, se permite la vista a puerta cerrada, por decisión o resolución motivada del tribunal o del juez, en los casos de delitos de menores, en los casos de delitos sexuales, así como en otros casos. La vista a puerta cerrada se desarrolla de conformidad con todas las normas del proceso judicial (artículo 27, párrafo 2 del Código de Procedimiento Penal).

557.A petición del abogado o del representante legal, así como por propia iniciativa, el tribunal, observando las disposiciones del Código de Procedimiento Penal, y teniendo en cuenta la opinión de las partes, tiene derecho a alejar, por su propia resolución, al menor procesado de la sala de audiencia durante el examen de las circunstancias que puedan ejercer en él una influencia negativa, habiéndole comunicado en la medida y la forma necesarias el contenido de las actuaciones en su ausencia y dándole la posibilidad de formular preguntas a las personas interrogadas sin su participación (artículo 519 del Código de Procedimiento Penal).

558.Conforme al párrafo 4 del artículo 86 del Código de Procedimiento Penal, todo ciudadano víctima de un delito tiene derecho a: prestar declaración en su idioma materno o en otro idioma que domine o utilizar los servicios de un intérprete; conocer los cargos formulados contra el acusado; conocer las actas de diligencias practicadas con su participación y formular observaciones al respecto; presentar pruebas; presentar solicitudes; conocer todos los autos del proceso una vez finalizada la investigación preliminar; participar en el juicio; presentar recusaciones; exigir la indemnización de los daños que se le hayan causado; tener representante legal y revocar sus facultades; conocer el acta de audiencia y formular observaciones al respecto; recurrir contra actuaciones y decisiones del investigador, el instructor, el fiscal, el juez o el tribunal; y apelar la sentencia o la decisión (resolución) del juez o el tribunal.

559.En el proceso pueden participar, en calidad de representantes de la víctima, familiares próximos, representantes legales, abogados, representantes de asociaciones cívicas u otras personas admitidas por resolución del juez o decisión del tribunal, así como por resolución del investigador o el instructor.

560.Conforme al artículo 4 de la Ley de la abogacía y el ejercicio profesional de abogado en Turkmenistán (10 de mayo de 2010), el Estado garantiza a todos, incluidos los niños, la asistencia jurídica profesional necesaria. El Estado garantiza la igualdad de derechos de todas las personas físicas y jurídicas que se encuentren en el territorio de Turkmenistán a recibir asistencia jurídica e información sobre su naturaleza y el procedimiento para obtenerla. El Estado garantiza la asistencia letrada gratuita para defender los derechos de ciertas personas físicas en los casos previstos por la legislación.

561.De conformidad con el artículo 394 del Código de Procedimiento Penal el interrogatorio de un menor víctima o testigo de edad inferior a los 16 años se desarrolla en presencia obligatoria de un pedagogo y, a criterio del tribunal, el interrogatorio de una víctima o testigo menor de edad de entre 14 y 16 años tiene lugar asimismo en presencia de un pedagogo, y en todos los casos necesarios deben ser llamados los padres u otros representantes legales del menor. Estas personas pueden, con autorización del juez o del presidente de la audiencia, formular preguntas a la víctima y al testigo.

562.Antes de interrogar a una víctima o testigo menor de 16 años, el juez o el presidente de la audiencia le explica la importancia de las declaraciones verídicas y completas. No se advierte a dichas personas sobre la responsabilidad de negarse a declarar y prestar a sabiendas declaraciones falsas, y no se recaba su firma.

563.La víctima o testigo menor de 18 años es alejada de la sala de audiencia al final de su interrogatorio, salvo en los casos en que el tribunal reconozca la necesidad de que permanezca.

564.El derecho del menor sospechoso, inculpado o procesado al carácter confidencial de la causa debe observarse en todas las etapas del proceso penal (artículo 509 del Código de Procedimiento Penal).

565.De conformidad con el Código, las partes en el proceso penal tienen derecho a prestar declaración, formular explicaciones y declaraciones, presentar solicitudes, elevar quejas, conocer todos los autos del sumario, intervenir en la vista oral en su idioma materno o en otro idioma que dominen y utilizar los servicios de un intérprete en su caso. Los documentos de la instrucción y los autos judiciales se entregan al inculpado y procesado traducidos en su idioma materno o en otro idioma que dominen.