Naciones Unidas

CERD/C/BGR/Q/20-22

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

9 de marzo de 2017

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

92º período de sesiones

24 de abril a 12 de mayo de 2017

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 20º a 22º combinados de Bulgaria

Nota del Relator para el país

1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (véase A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 2, 4, 6 y 7)

2.Ejemplos de causas judiciales en que las disposiciones de la Convención hayan sido aplicadas por los tribunales nacionales o invocadas ante estos. Información sobre la formación impartida al personal de las fuerzas del orden para familiarizarlo con la Convención y dar a conocer su aplicabilidad directa en los tribunales nacionales (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 19; CERD/C/BGR/20-22, párrs. 80 a 90 y 202 a 216).

3.Medidas para reforzar la capacidad, la independencia y los recursos financieros de los órganos existentes que velan por la igualdad en el Estado parte. Información actualizada sobre el número de casos de discriminación racial presentados al Ombudsman o a la Comisión para la Protección contra la Discriminación durante el período objeto de examen, incluidos los resultados de esos casos y la indemnización otorgada a las víctimas, en su caso (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 12; CERD/C/BGR/20-22, párrs. 25 y 98 a 114).

4.Aplicación de las disposiciones penales relativas a los actos de discriminación por los agentes del orden y medidas para aumentar la tasa de denuncias por las víctimas protegidas por la Convención (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 17).

Discurso de odio racista y delitos motivados por prejuicios racistas (art. 4)

5.Medidas para investigar, evitar y castigar los delitos motivados por prejuicios y el discurso de odio, incluidos aquellos cometidos o instigados por políticos, contra grupos minoritarios como los romaníes, los musulmanes, los migrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados. Datos estadísticos sobre las investigaciones penales llevadas a cabo sobre estos delitos y sus resultados, incluida la indemnización otorgada a las víctimas (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 18; CERD/C/BGR/20-22, párrs. 75 a 79).

6.Información actualizada sobre las medidas adoptadas para evitar las manifestaciones de discriminación, odio y racismo en los medios de comunicación, y datos estadísticos sobre las medidas disciplinarias y de otra índole adoptadas por el Consejo de Medios Electrónicos para controlar dichas manifestaciones (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 18; CERD/C/BGR/20-22, párrs. 75 a 79 y 219 a 224).

Discriminación contra las minorías étnicas (arts. 2 a 7)

7.Información actualizada sobre la aplicación de la Estrategia Nacional para la Integración de los Romaníes y sus planes de acción, y el efecto de estos en la mejora del acceso de los romaníes al empleo, la vivienda, la atención de la salud y la educación (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 15; CERD/C/BGR/20-22, párrs. 28 a 61 y 142 a 192).

8.Información sobre las medidas adoptadas para aumentar la participación en la vida pública de las personas pertenecientes a minorías étnicas, incluidos los romaníes, y para mejorar su representación en los órganos electivos y las administraciones públicas, así como sobre el efecto de esas medidas (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 11; CERD/C/BGR/20-22, párrs. 19 a 24).

9.Información actualizada sobre la mejora de las condiciones de vivienda de los romaníes. Datos sobre la incidencia de desalojos forzosos de romaníes desde 2011, incluida información sobre las alternativas de alojamiento y la indemnización otorgada a las personas afectadas, y los progresos realizados con respecto a la legalización de los asentamientos irregulares (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 15; CERD/C/BGR/20-22, párrs. 46 a 50).

10.Datos estadísticos sobre los niños internados en instituciones de cuidado alternativo que abarquen el período objeto de examen, desglosados por origen étnico, sexo, edad, discapacidad y duración del internamiento. Medidas para abordar las causas fundamentales de la colocación de niños en acogimiento alternativo y su efecto en cuanto a la reducción de la institucionalización de los niños, especialmente entre los romaníes (CERD/C/BGR/20-22, párrs. 144 a 148).

11.Datos estadísticos sobre los casos de uso excesivo de la fuerza por la policía y otros agentes del orden contra personas pertenecientes a minorías étnicas, incluidos los resultados de las investigaciones, las penas impuestas a los autores y la indemnización otorgada a las víctimas (CERD/C/BGR/CO/19, párr. 16; CERD/C/BGR/20-22, párrs. 62 a 70 y 126 a 133).

Situación de los no ciudadanos, incluidos los migrantes, los solicitantes de asilo, los refugiados y los apátridas (arts. 5 y 7)

12.Información actualizada sobre las medidas destinadas a:

a)Aumentar la capacidad de los centros de recepción y mejorar las condiciones de vida en esos centros;

b)Mejorar y agilizar los procedimientos de asilo;

c)Buscar alternativas a la detención administrativa de todas las personas en situación irregular en el Estado parte, así como de los solicitantes de asilo cuyas solicitudes de asilo estén pendientes;

d)Despenalizar el cruce ilegal de fronteras y abstenerse de efectuar devoluciones ilegales de migrantes;

e)Aplicar la Estrategia Nacional de Migración, Asilo e Integración para 2015‑2020 (CERD/C/BGR/20-22, párrs. 195 a 201).

13.Medidas para garantizar que los niños solicitantes de asilo tengan acceso a la educación formal y que haya disponibles cursos de búlgaro en los centros de recepción.