Naciones Unidas

CRPD/C/IDN/RQ/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

16 de mayo de 2022

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

27º período de sesiones

15 de agosto a 9 de septiembre de 2022

Examen de los informes presentados por las partes en la Convención en virtud del artículo 35

Respuestas de Indonesia a la lista de cuestiones relativa a su informe inicial *

[Fecha de recepción: 28 de enero de 2021]

1.El presente documento se ha elaborado en respuesta a la lista de cuestiones relativa al informe inicial de la República de Indonesia (CRPD/C/IDN/Q/1) que el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad examinará en 2021 en su 25º período de sesiones.

2.Debido a la situación de pandemia de COVID-19, la preparación de la respuesta de Indonesia a la lista de cuestiones se llevó a cabo mediante consultas virtuales coordinadas por el Ministerio de Asuntos Sociales y en estrecha colaboración con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Derecho y Derechos Humanos. En las consultas participaron los ministerios y organismos competentes, que proporcionaron información sobre la aplicación de la Convención.

I.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones (CRPD/C/IDN/Q/1)

3.La Ley núm. 8/2016 sobre Personas con Discapacidad, forma parte de las labores del Gobierno de la República de Indonesia para respetar, proteger y hacer efectivos los derechos de las personas con discapacidad. Además, esa Ley se ha convertido en el fundamento de todos los marcos jurídicos básicos relacionados con las personas con discapacidad. Por lo que se refiere a la Ley sobre Bienestar Social, que caracteriza a las personas con discapacidad como “personas con problemas de bienestar social” y utiliza expresiones estigmatizadoras, como el término despectivo cacat, el artículo 148 de la Ley se convierte en el fundamento jurídico para interpretar la normativa anterior, que todavía empleaba los términos penyandang cacat para las personas con discapacidad.

4.Mediante la promulgación el 15 de abril de 2016 de la Ley núm. 8/2016 sobre Personas con Discapacidad se derogó y declaró inválida la Ley núm. 4/1997 sobre Personas con Discapacidad.

5.Para respaldar la aplicación de la Ley sobre Personas con Discapacidad, se han elaborado los siguientes reglamentos de desarrollo:

a)Reglamento Gubernamental núm. 52/2019 sobre el Bienestar Social de las Personas con Discapacidad;

b)Reglamento Gubernamental núm. 70/2019 sobre la Planificación, Ejecución y Evaluación para el Respeto, la Protección y la Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad;

c)Reglamento Gubernamental núm. 13/2020 sobre los Ajustes Adecuados para el Alumnado con Discapacidad;

d)Reglamento Gubernamental núm. 39/2020 sobre los Ajustes Adecuados para las Personas con Discapacidad en las Diligencias Judiciales;

e)Reglamento Gubernamental núm. 42/2020 sobre la Accesibilidad a la Vivienda, los Servicios Públicos y la Protección contra los Desastres para las Personas con Discapacidad;

f)Reglamento Gubernamental núm. 60/2020 sobre la Dependencia de Servicios de Discapacidad (Mano de Obra/Empleo);

g)Reglamento Gubernamental núm. 75/2020 sobre los Servicios de Habilitación y Rehabilitación para las Personas con Discapacidad;

h)Reglamento Presidencial núm. 67/2020 sobre las Condiciones para la Concesión de los Premios al Respeto, la Protección y la Observancia de los Derechos de las Personas con Discapacidad;

i)Reglamento Presidencial núm. 68/2020 sobre la Comisión Nacional de la Discapacidad;

j)Reglamento núm. 21/2017 del Ministerio de Asuntos Sociales sobre la Emisión de la Tarjeta para Personas con Discapacidad.

6.El Gobierno de Indonesia garantiza la participación de las organizaciones de personas con discapacidad ( Organisasi Penyandang Disabilitas ) en los procesos de planificación, aplicación y evaluación relacionados con el respeto, la protección y la observancia de los derechos de las personas con discapacidad, como se indica en el Reglamento Gubernamental núm. 70/2019, en el que figura el Plan Director para el Desarrollo Inclusivo de la Discapacidad.

7.El Desarrollo Inclusivo de la Discapacidad se establece para velar por que todos los grupos de las comunidades, incluidas las personas con discapacidad, participen en todo el proceso de desarrollo, que incluye los procesos de planificación, ejecución y evaluación en los planos central y regional. El Desarrollo Inclusivo de la Discapacidad tiene como objetivo lograr una sociedad inclusiva que pueda acoger las diferencias y respetar la diversidad de la sociedad. Para garantizarlo, el Desarrollo Inclusivo de la Discapacidad se basa en los principios de participación de todas las partes interesadas, no discriminación y accesibilidad.

8.Continúan las deliberaciones nacionales sobre la importancia de firmar o ratificar otros instrumentos internacionales relacionados con los derechos de las personas con discapacidad. En consonancia con las deliberaciones en curso, Indonesia continúa respaldando los principios fundamentales consagrados en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos y se ha comprometido a incorporarlos a los marcos y mecanismos nacionales existentes. 

II.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

9.La aplicación de los Planes de Acción Nacionales de Derechos Humanos entre 2015 y 2019 ha fomentado el respeto, la protección y la promoción de los derechos humanos en los planos de las administraciones regionales y municipales; se han alcanzado los logros siguientes:

a)Varias regiones han promulgado diversas normativas regionales que promueven el respeto, la protección y la promoción de los derechos humanos;

b)Varias regiones han hecho un inventario de su normativa discriminatoria, con miras a revisarla;

c)Se han establecido en las administraciones regionales los medios necesarios y servicios de seguimiento para las denuncias de presuntas violaciones de los derechos humanos.

10.La Ley núm. 15/2019 de Modificación de la Ley núm. 12/2011 sobre la Elaboración de Legislación exige a los redactores de legislación que, durante el proceso de redacción, se aseguren de la conformidad del proyecto con otras normas en vigor.

11.El Ministerio de Derecho y Derechos Humanos ha promulgado el Reglamento núm. 24/2017 sobre las Directrices para la Consideración de los Derechos Humanos en la Formulación de Legislación. Recopiló material de los instrumentos internacionales de derechos humanos que debe utilizarse como orientación al formular leyes y reglamentos, de modo que incorporen los valores de los derechos humanos.

12.En el Reglamento núm. 120/2018 del Ministerio del Interior de Modificación del Reglamento núm. 80/2015 del Ministerio del Interior sobre la Formulación de Legislación Regional figura el mecanismo que impide que se establezcan reglamentos regionales que excluyan la perspectiva de los derechos humanos.

13.El mecanismo consiste en integrar los valores y principios de los derechos humanos en el proceso de facilitación, de acuerdo con el contenido y las técnicas correspondientes de redacción de los reglamentos. El proceso de clarificación mediante una evaluación de los reglamentos regionales recién promulgados y de su conformidad con los reglamentos en vigor de nivel superior, el interés público y la moralidad debe llevarse a cabo dentro de los siete días siguientes a la promulgación del reglamento. Si los resultados no son adecuados, se formula una recomendación para que se modifique o revoque el reglamento regional.

14.Uno de los programas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo de Mediano Plazo 2020-2024 ( Rencana Pembangunan Jangka Menengah Nasional ) es la creación de un Centro Nacional de Legislación. Esto se ha regulado en la Ley núm. 15/2019 de Modificación de la Ley núm. 12/2011 sobre la Elaboración de Legislación. Se establecerá un Centro Nacional de Legislación a nivel ministerial cuya función será llevar a cabo la planificación y preparación de las leyes y el debate sobre estas, hasta la fase de promulgación, así como el seguimiento y la revisión de la legislación para garantizar que no haya solapamientos ni leyes discriminatorias.

15.La Ley núm. 31/2014 de Modificación de la Ley núm. 13/2006 sobre la Protección de Testigos y Víctimas proporciona el fundamento jurídico para la observancia de los derechos de los testigos y las víctimas, incluidos los de quienes son personas con discapacidad. En ella se establece que en caso de que las personas con discapacidad sean víctimas del terrorismo, la indemnización será proporcionada por el Estado, mientras que la restitución será proporcionada por el perpetrador.

16.La reparaciones y medidas de resarcimiento que se establecen en la Ley incluyen la rehabilitación médica, la rehabilitación psicológica y la rehabilitación psicosocial en forma de ayuda para seguir estudiando o seguir trabajando.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

17.El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia lleva a cabo una serie de actividades para la protección de los derechos de la mujer; a saber:

a)Difusión de información sobre la protección de los derechos de las mujeres con discapacidad, a fin de concienciar sobre la vulnerabilidad de las mujeres con discapacidad ante la doble discriminación y la violencia de género por su condición;

b)Establecimiento del Centro de Información y Consulta para Mujeres con Discapacidad, por conducto del Reglamento núm. 23/2010 del Ministerio, y sus procedimientos operativos estándar, por conducto del Reglamento núm. 7/2020, como referencia para las administraciones locales y las comunidades en la protección, gestión y observancia de los derechos de las mujeres con discapacidad. El Centro ofrece servicios de información, consulta y facilitación a las mujeres con discapacidad en particular y a las personas con discapacidad en general; se ha establecido en nueve regiones: Sumatra Occidental, Sumatra Meridional, Java Oriental, Kalimantan Oriental, Región Especial de Yogyakarta, Jambi, Banten, Bengkulu y Sulawesi Occidental.

c)Ejecución de programas de empoderamiento y formación para mujeres con discapacidad, con los objetivos siguientes:

Mejorar las competencias de las mujeres con discapacidad en general.

Aumentar la comprensión de sus derechos con arreglo a la Ley núm. 8/2016.

Promover los recursos humanos del Centro de Información y Consulta para Mujeres con Discapacidad para el cumplimiento de sus obligaciones y funciones.

18.El Gobierno de Indonesia ha dado seguimiento a la Decisión núm. 30-74/PUU-XII/2014 del Tribunal Constitucional sobre el límite de edad para el matrimonio de las mujeres, y ha realizado modificaciones en relación con el límite de edad para el matrimonio de las muchachas por conducto de la Ley núm. 16/2019 de Modificación de la Ley núm. 1/1974 sobre el Matrimonio. La edad mínima de las mujeres para contraer matrimonio es ya de 19 años, igual que los hombres.

19.La Ley sobre Personas con Discapacidad garantiza a las mujeres con discapacidad el acceso a los servicios de salud reproductiva, de modo que pueden aceptar o rechazar el uso de anticonceptivos; obtener una mayor protección contra la discriminación múltiple; y recibir protección contra actos de violencia, incluida la violencia y la explotación sexuales.

20.El Gobierno de Indonesia ha luchado activamente para eliminar la estigmatización de las personas con discapacidad, en particular de las personas con trastornos de salud mental, mediante la formación y educación impartida a 9.000 funcionarios de salud en las 12 provincias con mayor número de pacientes de salud mental.

21.El Ministerio de Sanidad ha puesto en marcha la Hoja de Ruta de los Servicios Sanitarios para la Inclusión de la Discapacidad 2020-2024, como referencia para las políticas y programas de todos los niveles de los servicios sanitarios, tanto en el plano central como regional. El objetivo es facilitar la colaboración para hacer realidad unos sistemas y servicios sanitarios accesibles, completos, asequibles, de calidad, que respeten la dignidad e incluso empoderen a las personas con discapacidad en toda Indonesia.

22.La Hoja de Ruta establece siete estrategias principales que hacen referencia al Plan de Acción de la Organización Mundial de la Salud sobre la Discapacidad y el Fortalecimiento de los Sistemas de Salud:

a)Superar las barreras físicas y de información para acceder a los servicios;

b)Proporcionar personal sanitario cualificado y sensible a la discapacidad;

c)Prestar servicios sanitarios integrales;

d)Aumentar la participación de las personas con discapacidad;

e)Reforzar el mecanismo y la institucionalización de la aplicación del marco de políticas;

f)Aumentar el presupuesto del sector sanitario en los planos central y local para la promoción de servicios inclusivos;

g)Alentar políticas y programas basados en información rigurosa.

23.El Gobierno de Indonesia y las organizaciones de personas con discapacidad llevaron a cabo un largo proceso hasta alcanzar esta Hoja de Ruta. En su formulación participaron seis ministerios o instituciones y 25 organizaciones de la sociedad civil y organizaciones de personas con discapacidad.

24.Los servicios estándar de salud reproductiva que reciben las personas con discapacidad conforme a la Hoja de Ruta son: servicios de salud maternoinfantil, servicios de planificación familiar y servicios de salud para la reproducción. Los servicios de prevención y gestión de las enfermedades no transmisibles, los servicios de salud reproductiva para las personas mayores, la prevención y la gestión de las infecciones de transmisión sexual y el VIH/sida, así como los servicios para las víctimas de la violencia sexual se prestan de manera integral para todo tipo de discapacidad: desde los aspectos promocionales y preventivos hasta los curativos y de rehabilitación.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

25.El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia, como coordinador de la protección especial de la infancia, sigue concienciando a las partes interesadas, la administración, la sociedad, el mundo empresarial y los medios de comunicación para que dejen de discriminar a los niños con discapacidad. Esto también se lleva a cabo en relación con la prevención de la violencia contra los niños con discapacidad.

26.Se ha impartido formación sobre la protección de los niños con discapacidad a la Dependencia Regional de Ejecución Técnica para la Protección de la Mujer y la Infancia y el Centro de Servicios Integrados para el Empoderamiento de la Mujer y la Protección de la Infancia, así como a activistas de la Protección Infantil Integrada de Base Comunitaria. La formación se impartió en las provincias de Jambi, Maluku Septentrional, Islas Riau y Lampung. Entre los materiales presentados figuran orientaciones sobre el modo de comunicar y gestionar cada tipo de discapacidad.

27.En cuanto a los castigos corporales, varias normas jurídicas, como el artículo 54 de la Ley núm. 35/2014 de Modificación de la Ley núm. 23/2002 sobre la Protección de la Infancia, regulan la prohibición de los castigos corporales, en los ámbitos familiar, escolar y de atención a la infancia, entre otros. Esto también se ve reforzado por:

a)El Reglamento Presidencial núm. 87/2017 sobre la Educación del Carácter, implementado, entre otros medios, mediante la elaboración de directrices para poner en práctica una educación adaptada a los niños, la integración de la educación del carácter en los programas escolares, el seguimiento del proceso de aprendizaje y la evaluación;

b)El Reglamento núm. 82/2015 del Ministerio de Educación y Cultura sobre la Prevención y Superación de la Violencia en las Dependencias Educativas;

c)El Reglamento núm. 8/2014 del Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia sobre la Política de Escuelas Amigas de la Infancia, que regula las medidas para eliminar el castigo corporal en las escuelas y crear un entorno escolar libre de acoso por parte de adultos o niños.

28.El Ministerio de Sanidad ha elaborado un módulo sobre el modo de tratar a los niños con discapacidad a nivel familiar, con el objetivo de empoderar a las familias de forma que eduquen a los niños con discapacidad para que lleguen a vivir de forma independiente.

29.El Ministerio de Sanidad, a través del manual de información, educación y comunicación, informa a los padres, las familias y los cuidadores sobre la crianza de los niños con discapacidad y sobre las comunidades de crianza y las organizaciones comunitarias para niños con discapacidad.

30.Los niños con discapacidad desatendidos serán alojados y acogidos en instituciones de rehabilitación social gestionadas por la Administración central y las administraciones regionales. Además, el Ministerio de Asuntos Sociales también ha creado Dependencias de Ejecución Técnica para Personas con Discapacidad. Esas Dependencias funcionan como alojamientos temporales y sirven de referencia para el Ministerio de Asuntos Sociales en la prestación de servicios a las personas con discapacidad que no pueden acceder a los servicios a nivel del distrito, la ciudad y la provincia. En 2018, la rehabilitación social de las personas con discapacidad corrió directamente a cargo de 19 Dependencias en todo el país, que dividieron los tipos de servicios en función de los tipos de discapacidad. Además de prestar servicios dentro de las instituciones, las Dependencias también prestan servicios de divulgación comunitarios con un sistema no institucional, ajustado a las necesidades de cada distrito o ciudad.

31.Desde la promulgación de la Ley sobre las Personas con Discapacidad, diversas normativas relacionadas con los niños con discapacidad han utilizado la expresión “niños con discapacidad”. La normativa relativa a las personas con discapacidad, incluidos los niños, es lo suficientemente amplia como para garantizar que no sean discriminadas, ni se les apliquen estereotipos ni estigmas negativos por motivo de su discapacidad.

32.El Gobierno de Indonesia garantiza los derechos de los niños a expresar sus opiniones de acuerdo con su edad y nivel de inteligencia, conforme se establece en el artículo 24 de la Ley núm. 35/2014.

33.El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia ha llevado a cabo el programa Voces de los Niños con Discapacidad en aplicación de la Ley núm. 35/2014. Esta actividad se realiza anualmente en cada Día Nacional del Niño, a través del premio del Ministerio, y en ella participan niños con discapacidad de 34 provincias. Además, los resultados de esa actividad se reúnen en un libro que se convierte en una guía para la Administración central, las administraciones locales, los padres o familias y las comunidades en la protección de los niños con discapacidad, incluida la observancia de sus derechos.

34.Además, conforme a lo establecido en el Reglamento núm. 18/2019 del Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia, se han creado Foros de la Infancia en 34 provincias, 451 distritos o ciudades, 1.284 subdistritos y 2.098 aldeas o distritos electorales. Sirven de tribuna para que los niños sean agentes y comunicadores del cambio, así como para que participen en la planificación, el seguimiento y la evaluación del desarrollo. La junta directiva de cada Foro de la Infancia debe incluir una cuota total de al menos un 10 % para niños víctimas, niños de grupos minoritarios y aislados, niños con discapacidad, niños con VIH/sida o niños desviados socialmente.

35.El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia se ha esforzado por hacer efectivos los derechos de los niños con discapacidad a través de los representantes de las personas con discapacidad mediante la firma de un acuerdo de cooperación con una de las organizaciones de personas con discapacidad, a saber, la Fundación SAPDA (Centro para la Promoción Relacionada con las Mujeres, la Discapacidad y la Infancia), que ha realizado estudios en relación con la efectividad de los derechos y la protección de los niños con discapacidad; uno de los productos más recientes del acuerdo de cooperación es el Protocolo para la Protección de los Niños con Discapacidad durante la Pandemia de Covid-19.

Toma de conciencia (art. 8)

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

36.El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia ha preparado una guía sobre el diagnóstico y la estimulación de los niños con discapacidad dirigida a los padres, las familias y los acompañantes de las personas con discapacidad, con miras a que se conozca y comprenda mejor el modo de tratar a los niños con discapacidad.

37.El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia ha llevado a cabo diversas actividades de promoción y divulgación para la protección de los niños con discapacidad dirigidas a los padres, familias y acompañantes y a las comunidades, con el objetivo de que se comprenda mejor a los niños con discapacidad, entre otras cosas sobre el modo de hacer efectivos sus derechos y su protección. El Ministerio, con la participación del Foro de Coordinación de Padres de Niños con Discapacidad, lleva a cabo actividades de promoción y divulgación entre los padres, las familias y los acompañantes en varias provincias, como Java Occidental, Región Especial de Yogyakarta, Java Oriental, Kalimantan Meridional y Papua Occidental. Al mismo tiempo, se llevaron a cabo actividades de promoción y socialización con la participación de comunidades en ocho zonas de la Protección Infantil Integrada de Base Comunitaria, a saber: Jambi, Islas Riau, Lampung, Región Especial Capital de Yakarta, Java Oriental, Kalimantan Oriental, Sulawesi Sudoriental y Maluku Septentrional.

38.El Gobierno de Indonesia, junto con el sector público y el privado, ha llevado a cabo regularmente actividades para la concienciación pública sobre los derechos de las personas con discapacidad, con el fin de eliminar toda forma de discriminación y estigmatización contra ellas; por ejemplo, campañas sociales durante la conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad.

39.El Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos ha alentado a los ministerios y organismos y a las administraciones locales a prestar especial atención a la observancia y la protección de los derechos de las personas con discapacidad, entre otros por los medios siguientes:

a)Elaborando reglamentación pública conforme al mandato de la Ley sobre las Personas con Discapacidad;

b)Publicando reglamentación técnica en materia de mano de obra que incluya a las personas con discapacidad y establezca una formación especial y un cupo para personas con discapacidad;

c)Promoviendo los servicios sanitarios para personas con trastornos mentales;

d)Centrando las medidas relacionadas con los derechos humanos en el fomento de la capacidad técnica de los docentes de educación inclusiva;

e)Incluyendo en los programas de televisión y de noticias interpretación en lengua de señas o subtítulos.

40.El Plan Director de Desarrollo Inclusivo de la Discapacidad, que figura en el Reglamento Gubernamental núm. 70/2019 sobre la Planificación, Ejecución y Evaluación para el Respeto, la Protección y la Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuenta con siete metas estratégicas de las que se espera que abarquen gradualmente todos los aspectos para lograr el respeto, la protección y la efectividad de los derechos de las personas con discapacidad. Las metas estratégicas consisten en lo siguiente: reunión de datos y planificación inclusiva, creación de un entorno sin barreras, protección de los derechos, incluidos los derechos políticos y el acceso a la justicia, empoderamiento e independencia, consecución de una economía inclusiva para las personas con discapacidad, educación y competencias, y acceso a servicios sanitarios y equidad de los servicios sanitarios.

41.Estas metas estratégicas se concretan en diversas políticas, estrategias de aplicación, metas de cumplimiento e instituciones responsables. En la aplicación de cada meta estratégica participan varios ministerios u organismos como principales responsables y otros ministerios u organismos, así como las administraciones competentes de las provincias, los distritos o las ciudades como organismos de apoyo.

Accesibilidad (art. 9)

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

42.El Reglamento Gubernamental núm. 42/2020 sobre la Accesibilidad a la Vivienda, los Servicios Públicos y la Protección contra los Desastres para las Personas con Discapacidad tiene como objetivo hacer efectiva la igualdad de derechos y oportunidades para una vida próspera e independiente. El plazo para adaptar los estándares es de cinco años.

43.En el plan de trabajo del Gobierno de Indonesia para 2017 se establece la mejora integrada, holística y espacial de los servicios públicos básicos en las zonas subdesarrolladas, las zonas fronterizas y las zonas de migración, con el fin de disminuir la brecha entre las regiones.

44.El Estándar de Servicios Mínimos regulado en el Reglamento Gubernamental núm. 2/2018 y el Reglamento núm. 100/2018 del Ministerio del Interior tiene como objetivo hacer efectivos seis servicios básicos de calidad: educación, sanidad, obras públicas, vivienda pública, bienestar social, orden público y protección.

45.El Ministerio de Asuntos Sociales viene realizando periódicamente auditorías de accesibilidad de las instalaciones públicas desde 2016. Se lleva a cabo un seguimiento para velar por la viabilidad de la accesibilidad pública.

46.Con miras a aumentar la accesibilidad para las personas con discapacidad, el Ministerio de Comunicación e Información viene impartiendo desde 2017 en varias regiones cursos de formación en tecnologías de la información y las comunicaciones dirigidos a personas con discapacidad.

47.Para garantizar el acceso a la información, 15 emisoras de televisión nacionales emiten en lengua de señas, especialmente las noticias. El Ministerio de Comunicación e Información también sensibiliza al público sobre los derechos y las perspectivas de las personas con discapacidad a través de diversos medios, tanto vídeográficos como infográficos.

48.El Ministerio de Transporte ha contado con las opiniones de personas con discapacidad para examinar y evaluar las deficiencias y los puntos fuertes de las instalaciones de infraestructura de transporte mediante un programa de visitas a la estación de tren de Tanjung Priok, la terminal de autobuses de Tanjung Priok, el aeropuerto internacional Soekarno Hatta y el puerto de Tanjung Priok. Durante las visitas, las personas con discapacidad examinaron diversas instalaciones y dialogaron con los operadores gestores sobre las instalaciones adaptadas a las personas con discapacidad que eran necesarias. Los resultados de las recomendaciones servirán de base para seguir adaptando los transportes a las necesidades de las personas con discapacidad.

49.Desde 2016 hay 11 aeropuertos inclusivos para usuarios con necesidades especiales. Esta cifra sigue aumentando cada año. Actualmente hay 25 aeropuertos adaptados a los usuarios con necesidades especiales. Están equipados con un ascensor, aseos para las personas con discapacidad y una sala de enfermería.

Derecho a la vida (art. 10)

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

50.El Ministerio de Derecho y Derechos Humanos ha promulgado el Reglamento núm. 27/2018 sobre los Servicios Públicos Basados en los Derechos Humanos como una guía para que las dependencias de servicios técnicos sigan mejorando unos servicios que respetan, protegen y hacen efectivos los derechos humanos.

51.La reunión de datos, el registro, la grabación, la orientación, las visitas de familiares, incluidos los datos relacionados con los residentes con necesidades especiales asistidos en las instituciones correccionales, se llevan a cabo de manera ordenada a través del Sistema de la Base de Datos Correccional. Abarca todos los procesos correccionales institucionales, entre ellos la reunión, el filtrado, la gestión, la presentación y la comunicación de información correccional; está centralizado en la Dirección General de Asuntos Correccionales del Ministerio de Derecho y Derechos Humanos, que recibe datos de calidad en tiempo real de cada centro correccional.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

52.La Junta Nacional de Gestión de Desastres ( Badan Nasional Penanggulangan Bencana ) ha promulgado el Reglamento núm. 14/2014 sobre la Participación de las Personas con Discapacidad en la Gestión de Desastres.

53.Los programas de la Junta Nacional de Gestión de Desastres se han plasmado en varias Directrices Técnicas para incorporar a las personas con discapacidad y una representación de género en sus actividades, la promoción y formación de voluntarios para gestión de desastres entre las personas con discapacidad, etc.

54.El Ministerio de Asuntos Sociales lleva a cabo tareas y funciones en materia de gestión de desastres dirigidas a los grupos vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, dando prioridad a sus necesidades básicas y derechos, conforme a lo exigido en:

a)La Ley núm. 24/2007 sobre Gestión de Desastres;

b)El Reglamento Gubernamental núm. 21/2008 sobre la Aplicación de la Gestión de Desastres;

c)El Reglamento Gubernamental núm. 22/2008 sobre la Financiación y la Gestión del Socorro en Casos de Desastre.

55.Los programas dirigidos a los grupos vulnerables se llevan a cabo en cada fase de la gestión de desastres: antes, durante y después del desastre. Algunos de los programas que se aplican son:

a)Formación para aumentar la capacidad de la comunidad en la gestión de desastres mediante la participación de las personas con discapacidad en la protección social;

b)Formación para el fomento de la capacidad, la cartografía de zonas y la preparación de procedimientos operativos estándar de emergencia para comunidades en lugares propensos a los desastres a través del Programa de Preparación para Casos de Desastre en las Aldeas;

c)Colaboración con el sector privado y las organizaciones no gubernamentales especializadas en la asistencia a las personas con discapacidad y la efectividad de sus derechos.

56.La Junta Nacional de Gestión de Desastres colabora con varias instituciones y organizaciones, como las Juntas Regionales de Gestión de Desastres, Arbeiter Samariter Bund, Wahana Visi Indonesia y otras organizaciones. La Junta Provincial de Java Central y sus organismos de distrito han establecido Servicios Inclusivos de la Discapacidad con la ayuda de Arbeiter Samariter Bund; posteriormente se establecieron Servicios Inclusivos de la Discapacidad en Sumatra Occidental y Papua Occidental.

57.En varias ocasiones se ha difundido información sobre un sistema de alerta temprana inclusivo. Junto con The Unspoken Ministry y la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales, la Junta Nacional de Gestión de Desastres ha elaborado unas directrices para la gestión de desastres en lengua de señas para grupos de sordos, que incluyen sistemas de alerta temprana. El proyecto de estas directrices se remitió a Gerkatin, el movimiento en pro del bienestar de los sordos en Indonesia.

58.El Gobierno de Indonesia ha publicado más de ocho protocolos o directrices para la protección de los niños durante una pandemia, incluidos los niños con discapacidad, con el objetivo de:

a)Aumentar el apoyo, los servicios y la asistencia para los casos de COVID-19 en niños con discapacidad que son pacientes asintomáticos, bajo seguimiento o vigilancia, o casos confirmados de COVID-19;

b)Crear un entorno social que contribuya a la efectividad y la protección de los derechos de los niños con discapacidad, teniendo en cuenta las necesidades especiales con arreglo a su diversidad.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

59.Indonesia ha garantizado la igualdad de las personas con discapacidad, incluidas las personas con discapacidad intelectual y psicosocial, mediante la promulgación del Reglamento Gubernamental núm. 39/2020 sobre los Ajustes Adecuados para las Personas con Discapacidad en las Diligencias Judiciales. El artículo 4 menciona que se proporcionan los ajustes adecuados a los diversos tipos de personas con discapacidad (física, intelectual, mental o sensorial), ya sean personas con una discapacidad o discapacidades múltiples, durante un largo período de tiempo determinado por el personal médico de acuerdo con las disposiciones reglamentarias. Además, el artículo 5 menciona que los ajustes adecuados incluyen la prestación de servicios, así como instalaciones e infraestructuras adaptados, en toda diligencia judicial.

60.Desde 2017, las personas con discapacidad también han sido incluidas entre las beneficiarias de la asistencia social no monetaria del Programa Esperanza para la Familia a través de la Tarjeta Familias Prósperas, que sirve para realizar operaciones y para ahorrar.

61.El artículo 9 de la Ley sobre las Personas con Discapacidad ha garantizado su derecho a acceder a los servicios de las instituciones financieras, bancarias y no bancarias. Además, el Gobierno ha promulgado la normativa siguiente:

a)El Decreto Presidencial núm. 114/2020 sobre la Estrategia Nacional de Financiación Inclusiva que revisa el Decreto Presidencial núm. 82/2016 sobre la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera;

b)La Circular núm. 31/2017 del Organismo de Servicios Financieros ( Otoritas Jasa Keuangan ) sobre la Ejecución de Actividades para Aumentar la Inclusión Financiera en el Sector de los Servicios Financieros;

c)El Reglamento núm. 76/POJK.07/2016 del Organismo de Servicios Financieros, en cuyo artículo 15 se explica que el ámbito de la inclusión financiera abarca diversas prestaciones para que los grupos con necesidades especiales de las comunidades puedan acceder a los productos y servicios financieros;

d)El Reglamento núm. 16/1/PBI/2014 del Banco de Indonesia sobre la Protección del Consumidor en los Servicios de Sistemas de Pago;

e)El Reglamento núm. 1/POJK.02/2013 del Organismo de Servicios Financieros sobre la Protección del Consumidor, en cuyo artículo 24 se establece que los proveedores de servicios prestarán servicios especiales a los clientes con necesidades especiales.

62.El Ministerio de Derecho y Derechos Humanos, por conducto de la Dependencia de Servicios Técnicos del Heritage Center, actúa como supervisor de la tutela de los adultos con trastornos psiquiátricos. Los deberes como supervisor son:

a)Anunciar en la prensa y el Boletín Oficial la determinación o decisión del juez respecto de la interdicción;

b)Ordenar que el tutor sea certificado previamente por el Heritage Center;

c)Ordenar a los tutores que registren todos los bienes de la persona sometida a interdicción;

d)Ordenar al organismo supervisor que proporcione un cálculo anual en el que se rindan cuentas de los bienes de la persona sometida a su supervisión;

e)Supervisar o proteger los derechos y obligaciones y los bienes de las personas supervisadas para que no haya contradicciones con las leyes y reglamentos en vigor;

f)Ordenar al organismo supervisor que realice un cálculo de responsabilidad final por los bienes de la persona bajo su supervisión.

Acceso a la justicia (art. 13)

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

63.El Gobierno de Indonesia, por conducto de sus ministerios y organismos competentes, ha puesto en marcha: i) iniciativas para evitar que los niños cometan delitos o vuelvan a cometerlos; ii) medidas dirigidas a los niños en los planos de la investigación, el enjuiciamiento y el examen por los tribunales, así como orientaciones después de una decisión judicial. Esas labores se llevan a cabo estableciendo políticas y programas encaminados a evitar que los niños infrinjan la ley, proporcionando instalaciones, infraestructura y recursos humanos y reforzando los servicios institucionales. Esto se aplica a todos los niños indonesios, incluidos los niños con discapacidad.

64.La evaluación personal para determinar y verificar la discapacidad que se establece en el Reglamento Gubernamental núm. 39/2020 tiene como objetivo evaluar la variedad, el nivel, las barreras y las necesidades de las personas con discapacidad, desde el punto de vista médico y psicológico, para determinar los ajustes adecuados. Esto es decisivo en las diligencias judiciales para determinar los obstáculos a los que se enfrentan, el método necesario y los ajustes para que participen en ellas. La evaluación personal es una parte inseparable de las diligencias judiciales en las que intervienen personas con discapacidad, en su condición de autores de delitos, testigos y víctimas.

65.La Ley núm. 31/2014 de Modificación de la Ley núm. 13/2006 sobre la Protección de Testigos y Víctimas garantiza que los testigos y las víctimas (incluidas las personas con discapacidad) puedan declarar ante los tribunales y reciban asistencia o protección del Organismo de Protección de los Testigos y las Víctimas.

66.El artículo 178 del Código de Procedimiento Penal también regula los mecanismos para que las personas con discapacidad, en calidad de enjuiciados o testigos, puedan formular respuestas u opiniones ante las preguntas de los jueces en las diligencias judiciales. El artículo establece asimismo ajustes que permiten a las personas con discapacidad actuar como testigos, en virtud de los cuales el tribunal les proporcionará la asistencia de un intérprete.

67.En lo que respecta a la capacitación de las fuerzas del orden acerca de los derechos de las personas con discapacidad, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia ha impartido:

a)Capacitación sobre la protección de los derechos de las mujeres con discapacidad (2017-2018);

b)Orientaciones técnicas para la aplicación de la asistencia a los niños con discapacidad en el sistema judicial, con el fin de facilitar la comprensión de la observancia de los derechos y los ajustes adecuados para los niños con discapacidad que se enfrentan a diligencias judiciales. Estas orientaciones técnicas también se proporcionan a los proveedores de servicios, a los activistas de la Protección Infantil Integrada de Base Comunitaria, a los padres y asistentes que tienen niños con discapacidad, así como a los líderes comunitarios, de Lampung, Sulawesi Central, las Islas Riau y Kalimantan Oriental.

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

68.El Ministerio de Derecho y Derechos Humanos ha regulado el mecanismo de prestación de asistencia jurídica por conducto de su Reglamento núm. 10/2015 sobre las Normas de Aplicación del Reglamento Gubernamental núm. 42/2013 sobre las Condiciones y Procedimientos de Prestación de Asistencia Jurídica y la Distribución de Fondos para la Asistencia Jurídica.

69.El Ministerio de Derecho y Derechos Humanos, por conducto del Organismo Nacional para el Desarrollo del Derecho, colabora con instituciones u organizaciones para proporcionar asistencia jurídica, financiada por el Gobierno, a los pobres y desfavorecidos (incluidas las personas con discapacidad). De 2016 a 2020, 189 personas con discapacidad recibieron asistencia jurídica del Ministerio.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

70.Indonesia garantiza que no haya leyes ni reglamentos que discriminen a las personas por su discapacidad. La Ley sobre las Personas con Discapacidad es una manifestación concreta de la determinación del Gobierno de Indonesia de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones. Como desarrollo de esa Ley se han promulgado varios reglamentos (descritos en el párrafo 5) y los reglamentos del Ministerio de Derecho y Derechos Humanos y del Ministerio del Interior descritos en los párrafos 11 a 14.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

71.El artículo 148, párrafo 1, de la Ley núm. 36/2019 establece que las personas contrastornos mentales tienen los mismos derechos como ciudadanos. Por su parte, el artículo 149 dispone que las personas con trastornos mentales que estén desatendidas, carezcan de hogar, amenacen su propia seguridad o la de otras personas, o perturben el orden o la seguridad públicos, recibirán tratamiento y atención médicos en los centros de servicios sanitarios.

72.Encadenar a personas con discapacidad mental está prohibido y castigado por la ley. El artículo 86 de la Ley núm. 18/2014 sobre la Salud Mental establece que toda persona que deliberadamente someta a contención, abandono o violencia a personas con discapacidad mental o personas con trastorno mental u ordene a otros que encadenen, abandonen o cometan violencia contra personas con discapacidad mental o personas con trastorno mental u otros actos que atenten contra los derechos de personas con discapacidad mental o personas con trastorno mental será castigada de acuerdo con la ley y el reglamento.

73.El Ministerio de Sanidad publicó el Reglamento núm. 54/2017 para combatir el encadenamiento de personas con trastorno mental.

74.En marzo de 2019, el Ministerio de Sanidad había atendido 4.474 casos de encadenamiento y 4.821 personas con trastorno mental grave habían recibido servicios de salud estandarizados en 34 provincias y 284 distritos o ciudades. El número de Centros de Salud Pública ( Puskesmas ) que prestan servicios a pacientes de salud mental aumentó hasta 4.879 centros.

75.El Ministerio de Sanidad también tiene una hoja de ruta para la inclusión sanitaria que se ha desplegado en 34 provincias.

76.El Ministerio de Asuntos Sociales ha lanzado el Movimiento Stop Cadenas 2019 en colaboración con el Ministerio del Interior, el Ministerio de Sanidad, la Policía y el Organismo de Atención de la Salud y Seguridad Social, con la participación de 9.601 Centros de Salud Pública en 34 provincias para atender a las personas con trastorno mental y optimizar la contribución de las administraciones locales y de la sociedad.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

77.El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia ha llevado a cabo activamente labores para proteger a las mujeres y los niños de la violencia mediante la difusión de información sobre la protección de las mujeres contra la violencia (2016-2020), la capacitación de los agentes de la autoridad sobre la protección de las mujeres con discapacidad (2017-2018) y la puesta en marcha de una hoja de ruta para proteger a las mujeres con discapacidad contra diversas formas de violencia (2019).

78.Además, el Decreto Presidencial núm. 65/2020 sobre el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia ha encomendado una función adicional a este Ministerio, que anteriormente solo se dedicaba a la coordinación: prestar servicios integrales, especialmente en casos a nivel provincial, nacional e internacional de mujeres y niños que necesitan protección especial, como víctimas de la violencia, la discriminación, la explotación y otros malos tratos. El nuevo mandato se llevará a cabo prestando atención a las labores y funciones regionales de acuerdo con el principio de autonomía regional.

79.Las administraciones regionales establecen Dependencias Regionales de Ejecución Técnica para la Protección de la Mujer y la Infancia a fin de prestar servicios a mujeres y niños que sufren violencia, discriminación u otros problemas o necesitan protección especial, con arreglo a su esfera de trabajo. Las Dependencias se ubican en los niveles provincial y de distrito o ciudad. Desempeñan seis funciones de servicio: denuncias públicas, información a las víctimas, gestión de casos, alojamiento temporal, mediación y asistencia psicológica y jurídica a las víctimas. Hay 29 Dependencias a nivel provincial y 94 en distritos o ciudades.

80.Indonesia ha creado servicios sanitarios y jurídicos integrados para responder a los casos denunciados y ofrece Hogares de Protección Social para la Infancia ( Rumah Perlindungan Sosial Anak ) en varias provincias. Mediante la creación de un Centro de Servicios Integrados entre la dependencia especial de la policía y los hospitales, los niños víctimas de formas muy graves de violencia tendrán acceso a servicios de salud, apoyo psicosocial, asesoramiento jurídico y procedimientos de investigación que tengan en cuenta sus necesidades. Los Hogares de Protección Social para la Infancia están gestionados por el Ministerio de Asuntos Sociales y funcionan como un alojamiento de emergencia, así como un hogar de protección y rehabilitación a largo plazo, donde los niños víctimas pueden permanecer hasta seis meses o más si es necesario.

81.Durante el año 2020, el Organismo de Protección de los Testigos y las Víctimas ha ofrecido programas de protección a 13 personas con discapacidad víctimas de la violencia: ha hecho efectivos sus derechos procesales y les ha facilitado rehabilitación psicológica, psicosocial y médica, servicios de restitución y gastos de manutención temporal.

82.El Ministerio de Derecho y Derechos Humanos llevó a cabo una actividad sobre la base de un memorando de entendimiento con PERADI (la Asociación de Abogados de Indonesia) para proporcionar asistencia jurídica a mujeres con discapacidad en el período 2018-2021.

83.En abril de 2020, ante el aumento de la violencia contra las mujeres durante la pandemia, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia abrió un servicio telefónico de asistencia contra la violencia (SEJIWA). El Ministerio también ha preparado directrices para una protección más específica de las mujeres con discapacidad durante la pandemia de COVID-19, y ha realizado actividades en línea para darlas a conocer a la Dependencia Regional de Ejecución Técnica para la Protección de la Mujer y la Infancia y el Centro de Servicios Integrados para el Empoderamiento de la Mujer y la Protección de la Infancia. El Ministerio, en colaboración con los Centros de Servicios Integrados, proporciona directrices para hacer frente a la violencia ejercida contra las mujeres con discapacidad durante la pandemia.

84.La prevención de los casos de violencia contra las mujeres y los niños, incluidas las personas con discapacidad, se ha garantizado por conducto de la Ley núm. 23/2004 sobre la Eliminación de la Violencia Doméstica. El Gobierno de Indonesia se ha comprometido a plasmar la Ley en varias medidas, como la política para acabar con la violencia doméstica; la coordinación y la cooperación; la información, la educación y las comunicaciones; la sensibilización y la promoción, la creación de capacidad, la capacitación y la formación, y el establecimiento de normas de servicio que tengan en cuenta las cuestiones de género.

85.Además, el Gobierno de Indonesia ha presentado el proyecto de ley de violencia sexual como una de las prioridades del Programa Nacional de Legislación ( Prolegnas ) de 2021.

Protección de la integridad personal (art. 17)

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

86.Por conducto de la Hoja de Ruta de los Servicios Sanitarios para la Inclusión de la Discapacidad 2020-2024, el Gobierno de Indonesia garantiza un sistema de servicios sanitarios accesible, integral, asequible y de calidad, que respeta la dignidad de las personas con discapacidad y las empodera.

87.Además, el Ministerio de Sanidad ha establecido una estrategia para hacer efectivo el derecho a la salud en cada etapa del ciclo vital a través de un enfoque de los servicios sanitarios basado en el ciclo de vida, y en 2017 publicó las Directrices para la Ejecución de Servicios de Salud Reproductiva para Personas Adultas con Discapacidad. Esas Directrices se utilizan como referencia para los trabajadores de la salud y los funcionarios pertinentes en la organización de servicios integrales de salud reproductiva para las personas con discapacidad de edad, en cuanto a la promoción, prevención, curación y rehabilitación.

88.En este sentido, se han promovido la información, la educación y las comunicaciones por conducto de un tutorial en vídeo sobre servicios de salud reproductiva para personas con discapacidad dirigido a los trabajadores sanitarios. En él se explican modos de proporcionar información e interactuar en la prestación de servicios de salud reproductiva con personas con discapacidad, según sus necesidades respectivas. No hay ninguna diferencia en la prestación de servicios de salud reproductiva para las personas con discapacidad; la única diferencia es el modo en que se comunican con las personas con discapacidad los trabajadores sanitarios según las características de cada discapacidad. Con miras a aumentar la información y la educación sobre los servicios sanitarios para las personas con discapacidad, en el vídeo publicitario del servicio público sobre salud reproductiva se han añadido subtítulos adicionales y traductores de lengua de señas.

89.Además, la salud reproductiva, especialmente los servicios de anticoncepción, se ha regulado en el artículo 24 de la Ley núm. 52/2009 sobre el Desarrollo de la Población y la Promoción de la Familia, así como en los artículos 20 y 22 del Reglamento núm. 97/2014 del Ministerio de Sanidad sobre los Servicios de Salud para la Etapa Previa al Embarazo, el Embarazo, el Parto y el Posparto, la Administración de Anticonceptivos y los Servicios de Salud Sexual.

90.De acuerdo con la normativa vigente, la anticoncepción se administra a las parejas casadas. Las mujeres con discapacidad intelectual leve y moderada que son capaces de comprender la información tienen derecho a recibir asesoramiento sobre planificación familiar para determinar las opciones anticonceptivas adecuadas para ellas y sus parejas, mientras que las mujeres con discapacidad intelectual grave y muy grave reciben asesoramiento sobre planificación familiar con la ayuda de un familiar, su pareja o la persona más cercana a fin de que estas tiendan un puente de comunicación para su aprobación. Se impondrán sanciones a quienes practiquen cualquier forma de servicios anticonceptivos forzados sobre otras personas, incluidas las personas con discapacidad.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18)

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

91.El Gobierno de Indonesia ha conseguido aumentar el número de niños con certificados de nacimiento. En 2014, solo había un 32,25 % de niños con certificado de nacimiento, mientras que en 2019 el número de niños con certificado de nacimiento aumentó hasta el 90,56 % (73.747.735 niños). Aumentar ese porcentaje sigue siendo una prioridad en el Plan Nacional de Desarrollo de Mediano Plazo 2020-2024. Para 2024, el Gobierno pretende que el 100 % de los niños del país tengan un certificado de nacimiento.

92.En el marco de las estrategias nacionales para ampliar el acceso al certificado de nacimiento, se han promulgado diversos reglamentos, entre otros:

El Reglamento núm. 9/2016 del Ministerio del Interior sobre la Aceleración de la Cobertura de los Certificados de Nacimiento

El Reglamento núm. 108/2019 del Ministerio del Interior sobre el Plazo y los Procedimientos para el Registro Civil y de Población

El Reglamento núm. 96/2019 del Ministerio del Interior sobre la Documentación para la Población Vulnerable

El Reglamento núm. 7/2019 del Ministerio del Interior sobre los Servicios de Administración en Línea para la Población

93.Para ampliar el acceso a los servicios, el Gobierno de Indonesia ha creado oficinas de registro civil en 34 provincias, 416 distritos y 98 ciudades de todo el país. Además, por conducto de las embajadas y consulados en el extranjero, ha mejorado los servicios para que los niños indonesios, incluidos los hijos de los trabajadores migrantes indonesios, obtengan certificados de nacimiento.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19)

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

94.Los servicios de rehabilitación social para personas con discapacidad se prestan tomando como base la familia, la comunidad y las instituciones. Solo se recurre al internamiento en instituciones por un período de tiempo determinado con arreglo a las necesidades de la persona, y como último recurso, si no se puede proporcionar un tratamiento en la familia o la comunidad.

Movilidad personal (art. 20)

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

95.El Ministerio de Asuntos Sociales, por conducto de la Dirección de Rehabilitación Social para Personas con Discapacidad, distribuye regularmente ayudas técnicas para personas con discapacidad en toda Indonesia, mediante donaciones o con cargo al presupuesto estatal. Se distribuyeron 2.395 ayudas en total con un desembolso total de 5.617.738.170 rupias

Núm ero

Tipo de ayudas técnicas

Total

1

Silla de ruedas

892

2

Silla de ruedas especial

462

3

Audífono

664

4

Muletas

92

5

Prótesis de pierna

82

6

Prótesis de mano

19

7

Trípode

2

8

Bastón para personas ciegas

129

9

Corsé

1

10

Andador

36

11

Otras ayudas técnicas

16

Total

2 395

96.Además, el Ministerio de Asuntos Sociales colaboró con la Starkey Hearing Foundation de los Estados Unidos de América. Alat Bantu Dengar Indonesia llevó a cabo un programa de donación gratuita de audífonos a personas que tienen deficiencias auditivas y deficiencias del habla en varias regiones de Indonesia entre 2015 y 2018, en virtud del cual se donaron 13.353 audífonos en total.

Núm ero

Año

Total

1

2015

2 519

2

2016

1 776

3

2017

7 179

4

2018

1 879

97.En conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad en 2018, el Ministerio de Asuntos Sociales proporcionó 2.000 audífonos a personas con deficiencias auditivas y deficiencias del habla en la región de Java Occidental.

98.En 2020, el Ministerio de Asuntos Sociales elaboró un Manual de Ayudas Técnicas para Personas con Discapacidad como guía para la prestación de asistencia en toda Indonesia en relación con las ayudas técnicas, especialmente para determinar la necesidad de las ayudas técnicas adecuadas para las personas con discapacidad, el modo de utilizarlas y su mantenimiento.

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

99.En 2017, el Ministerio de Asuntos Sociales impartió formación de orientación sobre el fortalecimiento de la movilidad a 40 funcionarios de la Dependencia de Ejecución Técnica, las Dependencias Regionales de Ejecución Técnica para la Protección de la Mujer y la Infancia e instituciones de bienestar social de toda Indonesia. Se imparte formación a trabajadores sociales, a supervisores del fortalecimiento de la movilidad o al personal directivo de instituciones de bienestar social sobre las teorías y prácticas del fortalecimiento de la movilidad, especialmente para las personas con discapacidad visual. Los materiales fueron proporcionados por especialistas escogidos entre profesionales con deficiencia visual y profesionales de organizaciones de personas con discapacidad, instituciones educativas y el Ministerio de Asuntos Sociales.

100.La formación en fortalecimiento de la movilidad también se imparte regularmente a las personas con deficiencia visual que son beneficiarias del Centro de Rehabilitación Social para Personas con Discapacidad, como base para la formación antes de recibir otro tipo de formación. Esta formación en el fortalecimiento de la movilidad forma parte del programa de actividades de orientación física, cuyo objetivo es que las personas con discapacidad reconozcan su entorno, desplieguen su movilidad de forma autónoma, sean capaces de interactuar con su entorno y se ayuden a sí mismas y a los demás.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21)

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

101.El Gobierno de Indonesia ha adoptado medidas para facilitar el acceso a la información y la comunicación a las personas que tienen deficiencias auditivas y deficiencias del habla; por ejemplo, incluyendo intérpretes de lengua de señas en los informativos de las cadenas de televisión, intérpretes de lengua de señas o subtítulos en seminarios, reuniones u otras actividades en las que participen personas que tienen deficiencias auditivas y deficiencias del habla, y proporcionando libros en braille y audiolibros para personas con deficiencia visual. También ha promulgado el Reglamento Gubernamental núm. 27/2019 sobre la Facilitación del Acceso a Obras para que las Personas con Discapacidad Puedan Leer y Utilizar el Braille, los Audiolibros y otros Medios, con miras a proteger a las personas con discapacidad y garantizarles un acceso fácil a la información.

102.El Gobierno de Indonesia trata de adoptar las normas de la Iniciativa de Accesibilidad Web del Consorcio World Wide Web, especialmente en los sitios web creados por laadministración pública; por ejemplo, el sitio de selección de la Comisión Nacional de laDiscapacidad creado por el Ministerio de Asuntos Sociales (https://seleksiknd.kemensos.go.id/) se ha diseñado con arreglo a estas normas para que las personas con discapacidad puedan acceder fácilmente a él.

103.Indonesia aún no ha adoptado una lengua de señas nacional. No obstante, el Gobierno promueve y no limita el uso y el desarrollo de diversas lenguas de señas utilizadas por las comunidades de personas que tienen discapacidad auditiva y discapacidad del habla, como SIBI, BISINDO, kolok, etc.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

104.El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia busca optimizar la función de la comunidad en el apoyo a la protección de los niños con discapacidad, así como de sus padres, a través de la Protección Infantil Integrada de Base Comunitaria, en aplicación del artículo 72 de la Ley núm. 35/2014, relativo a la obligación de la participación de la comunidad en la protección de la infancia. Los activistas de la Protección Infantil Integrada de Base Comunitaria también reciben formación sobre el modo de atender y tratar a los niños con discapacidad, con miras a ayudar a las familias con niños con discapacidad que tienen dificultades para atenderlos y hacer efectivos sus derechos, evitando así la separación de los niños con discapacidad de sus padres. En abril de 2020, la Protección Infantil Integrada de Base Comunitaria se había establecido en 1.776 aldeas o municipios de 342 distritos o ciudades de 34 provincias.

105.Además, el artículo 14 de la Ley núm. 35/2014 establece que todo niño tiene derecho a ser atendido por sus padres, a menos que exista una razón válida o una norma jurídica que indique que la separación responde al interés superior del niño y es el último recurso. De ahí que se preste asistencia jurídica para que los niños no sean separados de sus padres. En el caso de que los niños con discapacidad hayan de serlo debido a razones inevitables, el artículo 5, párrafo 3 b), de la Ley núm. 8/2016 explica que uno de los derechos de los niños con discapacidad es recibir atención y cuidados de la familia o de una familia sustitutiva para un crecimiento y desarrollo óptimos. Por “familia sustitutiva” se entienden los padres de acogida, los padres adoptivos, los tutores o las instituciones que desempeñan funciones y responsabilidades de cuidado y acogida de niños. En estos casos, la Protección Infantil Integrada de Base Comunitaria y la Dependencia Regional de Ejecución Técnica para la Protección de la Mujer y la Infancia desempeñan una función decisiva para encontrar a los niños con discapacidad una familia sustitutiva.

Educación (art. 24)

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

106.El Gobierno de Indonesia sigue adoptando medidas para garantizar la escolarización de los niños con discapacidad. Los datos de la Encuesta Socioeconómica Nacional ( Susenas ) muestran que el 75,64 % de los niños con discapacidad de entre 7 y 17 años estaban escolarizados, el 7,7 % ya no lo estaban y el 16,66 % nunca lo habían estado.

107.En 2019, los datos del Ministerio de Educación y Cultura sobre la escolarización de los niños con discapacidad mostraban que había:

144.102 niños en escuelas especiales (60 % varones y 40 % niñas)

104.911 niños en escuelas inclusivas (62 % varones y 38 % niñas)

108.Según los datos de educación básica ( Dadopik ) del Ministerio de Educación y Cultura, en enero de 2020, 139.009 niños con discapacidad asistían a escuelas especiales: 1.158 en centros de enseñanza preescolar, 82.990 en primaria, 33.257 en secundaria y 21.604 en la enseñanza superior.

109.También según Dadopik, en febrero de 2020, 28.778 niños con discapacidad asistían a escuelas inclusivas: 17.558 en primaria, 7.229 en secundaria, 2.016 en la enseñanza superior y 1.975 en la formación profesional.

110.Se aplican diversas leyes y reglamentos al respecto, como el Reglamento Gubernamental núm. 13/2020 sobre los Ajustes Adecuados para el Alumnado con Discapacidad, el Decreto núm. 34/2006 del Ministerio de Educación y Cultura sobre la Gestión de los Niños con Necesidades y Capacidades Especiales, el Reglamento Gubernamental núm. 19/2005, sobre la Educación Nacional, el Decreto núm. 70/2009 del Ministerio de Educación y Cultura sobre la Educación Inclusiva y la Circular núm.380/C.C6/MN/2003 del Director General de las Dependencias de Educación Primaria y Secundaria, que alienta a cada regente o alcalde a proporcionar dependencias de educación inclusiva en sus regiones respectivas.

111.Indonesia garantiza que las dependencias educativas sean accesibles e inclusivas para las personas con discapacidad mediante la aplicación de la educación inclusiva, conforme se establece en el Reglamento núm. 16/2007 del Ministerio de Educación y Cultura sobre las Normas y Competencias del Personal Docente; se garantiza que existan docentes de tres categorías, a saber: docentes de aula, docentes asesores y docentes especiales, que constituyen una categoría específica.

112.Para mejorar la calidad de la educación inclusiva, el Gobierno también ha colaborado con empresas a fin de proporcionar empleo a personas con discapacidad, y con contratistas para proporcionar acceso a la infraestructura escolar. En el proceso educativo, se proporciona asistencia especial a los estudiantes con discapacidad y necesidades especiales en las pruebas y los exámenes, así como materiales impresos, incluidos textos en braille de las pruebas o los exámenes.

113.Entre las formas y los niveles de asistencia financiera y de recursos humanos asignados a la educación inclusiva por el Gobierno cabe citar:

Donaciones a las escuelas especiales que disponen de una impresora en braille para imprimir los libros o materiales didácticos y distribuirlos a las demás escuelas.

Difusión y promoción de los caracteres en braille y la lengua de señas en indonesio entre los profesores y las comunidades a través de los medios sociales.

Donaciones a las escuelas ordinarias que apliquen la educación inclusiva.

Suministro de docentes asesores especiales a las escuelas inclusivas.

Formación en línea o seminarios web para los docentes de escuelas especiales.

Inclusión de las personas con discapacidad en los talleres, foros o debates de grupo pertinentes.

Inclusión de intérpretes de lengua de señas indonesia en cualquier evento en línea o presencial.

Promoción de las escuelas especiales como centros de recursos para las escuelas inclusivas.

Salud (art. 25) y habilitación y rehabilitación (art. 26)

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

114.El Reglamento Gubernamental núm. 75/2020 sobre los Servicios de Habilitación y Rehabilitación para las Personas con Discapacidad fue promulgado en diciembre de 2020. Su redacción pasó por una fase de armonización desde finales de 2019 con los ministerios u organismos competentes y las partes interesadas conexas.

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

115.La aprobación de la actuación médica la conceden los pacientes competentes. Sobre la base del artículo 1 del Reglamento núm. 290/Menkes/PER/III/2008 del Ministerio de Sanidad sobre la Aprobación de la Actuación Médica, se establece que es un paciente competente el paciente adulto o no infantil según el Reglamento o que está casado y cuya conciencia física no está perturbada, que es capaz de comunicarse naturalmente, no tiene un retraso mental y no sufre una enfermedad mental, por lo que es capaz de tomar decisiones libremente. El consentimiento informado sigue siendo válido aunque el paciente tenga una discapacidad mental; a saber: siendo representado por el familiar más cercano (marido o mujer, padre o madre y tutor).

116.El artículo 12 de la Ley sobre las Personas con Discapacidad garantiza los derechos sanitarios de las personas con discapacidad. Adicionalmente, el Decreto Presidencial núm. 82/2018 sobre el Seguro Médico garantiza a cada afiliado el derecho a recibir las prestaciones del seguro médico: los servicios individuales de salud, que comprenden los servicios de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación, incluidos los medicamentos, suministros médicos y artículos médicos fungibles, según las necesidades médicas. Se entiende por afiliado toda persona, incluidos los extranjeros, que haya trabajado durante al menos seis meses en Indonesia y haya pagado la cotización al seguro médico.

117.Además de la provincia de Yogyakarta, desde 2011 hay 23 provincias, distritos o ciudades que aplican reglamentos locales relacionados con la efectividad de los derechos de las personas con discapacidad, que entre otras cosas les garantizan la igualdad de acceso a los servicios y establecimientos de salud. La ejecución técnica del acceso a la salud de las personas con discapacidad se regula además en las normativas de los respectivos presidentes de las administraciones regionales.

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

118.El artículo 12 de la Ley sobre las Personas con Discapacidad garantiza el derecho a la salud de las personas con discapacidad. Además, el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos 2020-2024 presta especial atención a la promoción y protección de los derechos de los grupos vulnerables, incluidas las personas con discapacidad. Uno de los puntos esenciales en cuanto a los derechos de las personas con discapacidad es la prestación de servicios sanitarios a través de la Hoja de Ruta de los Servicios Sanitarios para la Inclusión de la Discapacidad 2020-2024.

119.El Ministerio de Sanidad ha elaborado un programa de estimulación, detección e intervención temprana para el crecimiento y el desarrollo para niños menores de cinco años, con el fin de detectar los trastornos tempranos del crecimiento y el desarrollo de los niños. Además, también está promoviendo hospitales que serán hospitales de derivación para los trastornos del desarrollo de los niños. Actualmente, 7.331 Centros de Salud Pública han implantado el programa de estimulación, detección e intervención temprana para el crecimiento y el desarrollo y 27 hospitales han recibido formación como hospitales de derivación para los trastornos del crecimiento y el desarrollo.

120.El Ministerio de Sanidad también ha publicado:

Las Directrices sobre Servicios de Salud para Niños con Discapacidad Dirigidas a las Familias (2015).

Las Directrices sobre Servicios de Salud para Niños con Discapacidad Dirigidas a los Trabajadores Sanitarios (2015).

Las Directrices para la Ejecución de los Servicios de Salud Reproductiva para Personas Adultas con Discapacidad (2017). Se llevó a cabo un proyecto piloto en el distrito de Kulon Progo (Yogyakarta) que se reproducirá gradualmente en 34 provincias entre 2021 y 2025.

Trabajo y empleo (art. 27)

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

121.El Ministerio de Trabajo, por conducto de la Dirección General de Desarrollo de las Relaciones Laborales, también ha creado un equipo de tareas sobre la discriminación en el lugar de trabajo, que incluye a grupos vulnerables (mujeres y personas con discapacidad).

122.Con el fin de promover a los trabajadores con discapacidad en el mercado laboral abierto, el Ministerio de Trabajo, por conducto de la Dirección General de Colocación de Mano de Obra y Ampliación de las Oportunidades de Empleo, celebró una Feria de Empleo y un Foro de Socialización y Respuesta a la Discapacidad.

Cuadro sobre los trabajadores con discapacidad en 2020

Año

Número de empresas

Número de trabajadores

Número de trabajadores con discapacidad

Porcentaje de colocación

2020 (en marzo)

550

538 817

4 477

0,83

Año

Tipo de empresas

Número de trabajadores

Número de trabajadores con discapacidad

Porcentaje de colocación

2020 (en marzo)

Empresas públicas

26 430

201

0,76

Empresas privadas

512 387

4 276

0,83

Sector

Número de empresas

Número de trabajadores

Número de trabajadores con discapacidad

Porcentaje de colocación

Agricultura, plantación, silvicultura y pesca

14

15 132

147

0,97

Industria de transformación/ fabricación

294

394 244

3 290

0,83

Mayorista, minorista, reparación de automóviles y bicicletas

51

67 657

376

0,56

Servicios turísticos, hoteles y restaurantes

50

9 384

189

2,01

Servicios financieros y seguros

9

1 745

15

0,86

Servicios sanitarios y actividades sociales

15

4 312

51

1,18

Sector inmobiliario

8

1 227

19

1,55

Otros servicios

107

45 116

390

0,86

Fuente: Datos sobre información obligatoria de la mano de obra y datos de las oficinas de mano de obra de las provincias, regencias o ciudades de 2020.

123.A fin de dar aplicación a la cuota mínima de empleo para personas con discapacidad, el Ministerio de Trabajo firmó un memorando de entendimiento con las empresas estatales en relación con la colocación y la formación de los trabajadores con discapacidad y la firma de un compromiso conjunto por parte de cinco grandes empresas estatales en Yakarta el 22 de julio de 2020.

124.Sobre la base del memorando de entendimiento entre el Ministerio de Trabajo y las empresas estatales, se contrató a 178 trabajadores con discapacidad, con lo que se cumplió la cuota del 2 %.

125.Los datos del Ministerio de Trabajo de 2019 muestran que el número de trabajadores con discapacidad en las empresas estatales y el sector privado sigue aumentando: pasó de 4.286 trabajadores en 2017 a 4.537 trabajadores en 2018.

126.Para facilitarlo, promoverlo y hacer un seguimiento al respecto, el Ministerio de Trabajo celebró un Foro de Respuesta a la Discapacidad en el que empresas privadas, empresas estatales y empresas regionales se comprometieron a emplear a personas con discapacidad; las Oficinas Regionales de Mano de Obra de cada provincia, distrito o ciudad se ocuparán del seguimiento y la coordinación al respecto.

127.Conforme a los datos de la Oficina de Estadística de Indonesia en 2019 había 20,9 millones de personas con discapacidad en edad de trabajar y 10,19 millones de trabajadores con discapacidad. Solo 9,91 millones están empleados, y 289.000 se encuentran en situación de desempleo abierto.

128.Los datos también muestran que la tasa de participación en la población activa de las personas con discapacidad es muy inferior a la de las personas sin discapacidad, y que los salarios que reciben las personas con discapacidad son relativamente inferiores a los de los trabajadores sin discapacidad. La tasa de desempleo abierto de las personas con discapacidad grave es también relativamente más alta. No cabe duda de que aún quedan tareas pendientes para crear un entorno de trabajo inclusivo que empodere a las personas con discapacidad.

129.Al respecto, en 2017 el Gobierno de Indonesia, por conducto del Ministerio de Trabajo, puso en marcha un programa de asistencia a los Centros de Formación Comunitaria dirigido a los trabajadores o los sindicatos. De 2017 a 2019, el Gobierno construyó 1.113 Centros de Formación Comunitaria. Este programa tiene como objetivo incrementar la competencia de los trabajadores y aumentar su bienestar y el de sus familias.

130.Entre las labores que realiza para prevenir la discriminación de las personas con discapacidad en el empleo, especialmente de las mujeres, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia interviene en los casos en que son discriminadas en el empleo mujeres con discapacidad. De 2016 a 2020, el Ministerio también ha impartido formación práctica a mujeres con discapacidad.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

131.Para dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 121, párrafo 3, de la Ley sobre las Personas con Discapacidad, se ha promulgado el Reglamento núm. 21/2017 del Ministerio de Asuntos Sociales sobre la Emisión de la Tarjeta para Personas con Discapacidad. Como medida para proporcionar tarjetas a las personas con discapacidad de forma inmediata mientras se revisaba la normativa, el Ministerio de Asuntos Sociales promulgó en 2020 el Reglamento del Director General de Rehabilitación Social sobre la Tarjeta para Personas con Discapacidad.

Cuadro sobre datos de titulares de la tarjeta de discapacidad

Año

2018

2019

2020

Número de titulares de la tarjeta de discapacidad

7 000

6 000

17 000

132.En la ceremonia de apertura del Día Internacional de las Personas con Discapacidad 2020, el Ministerio de Asuntos Sociales distribuyó 17.000 tarjetas para personas con discapacidad en toda Indonesia. Esta política también es aplicada por las administraciones locales. Por ejemplo, la Administración Provincial de la Región Especial de la Ciudad Capital Yakarta ha distribuido 7.137 tarjetas de un total de 14.000. Las personas con discapacidad de la Región Especial recibirán una asistencia en efectivo de 300.000 rupias mensuales, servicios gratuitos utilizando Transjakarta en 13 corredores de transporte y alimentos subvencionados y se convertirán en miembros de Jakgrosir.

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

133.El acceso a la protección social y otros servicios para las personas con discapacidad está garantizado en el marco del Programa Esperanza para la Familia. Se trata de un programa de asistencia social condicionada iniciado en 2007 y dirigido a las familias pobres que reúnen una serie de condiciones para ser beneficiarias. Su objetivo es convertirse en el epicentro del alivio de la pobreza estableciendo sinergias entre diversos programas de protección social y de empoderamiento en el plano nacional. Garantiza el nivel de bienestar social y sus prestaciones se dirigen principalmente a las mujeres embarazadas, los niños, las personas con discapacidad y las personas de edad, según lo dispuesto en la Constitución y en el programa de máxima prioridad del Presidente (programa Nawacita).

134.El componente de bienestar social del Programa Esperanza para la Familia se añadió por primera vez en 2016, prestando asistencia a los miembros de familias acogidas al Programa que eran personas con discapacidad grave o ancianos de 70 años o más. Las personas con discapacidad que pueden acogerse al componente de bienestar social del Programa son quienes tienen una discapacidad física, mental, intelectual o sensorial durante un largo período de tiempo que no puede ser rehabilitada, o los que no pueden llevar a cabo las actividades de la vida diaria o a lo largo de su vida dependen de la ayuda o la asistencia de otros, o no pueden mantenerse a sí mismos y no pueden participar plena y efectivamente en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.

135.El Gobierno de Indonesia cuenta específicamente con un programa de asistencia social para personas con discapacidad, conocido como Programa de Asistencia Social para Personas con Discapacidad. Se trata de una asistencia que se proporciona a las personas con discapacidad de forma no monetaria durante un determinado período de tiempo para hacer efectivos sus derechos y proporcionarles terapia con el fin de aumentar la capacidad y la responsabilidad social de las personas con discapacidad como parte de la sociedad. Inicialmente, se trataba del Programa de Asistencia Social para Personas con Discapacidad Grave (2006 y 2011). Era una de las actividades prioritarias del Plan de Acción del Programa para el Desarrollo Justo establecido por conducto de la Instrucción Presidencial núm. 3/2010. En 2019, el Programa de Asistencia Social para Personas con Discapacidad Grave se convirtió en el Programa de Asistencia Social para Personas con Discapacidad. En 2019 y 2020 se acogieron a este servicio 22.500 personas en 34 provincias.

136.Aparte del Programa de Asistencia Social para Personas con Discapacidad, el Ministerio de Asuntos Sociales, por conducto de la Dirección de Rehabilitación Social de Personas con Discapacidad y de los centros pertenecientes al Ministerio, también ha puesto en marcha diversos programas de servicios para hacer efectivos los derechos de las personas con discapacidad. Algunos de los logros en 2019 y 2020 fueron los siguientes:

Programa

Beneficiarios

2019

2020

Asistencia empresarial para personas con discapacidad

838

0

Tarjeta para personas con discapacidad

6 000

17 000

Ayudas técnicas para personas con discapacidad

2 478

0

Memorando de Entendimiento sobre Formación Profesional con el Ministerio de Asuntos Industriales

268

Asistencia social para personas con discapacidad/Programa de Asistencia Social para Personas con Discapacidad (transferencia en efectivo)

22 500

22 500

Necesidades básicas para personas con discapacidad

7 494

Asistencia social del Presidente

5 908

Asistencia social en efectivo ( Bantuan Sosial Tunai )

71 812

Asistencia empresarial para la independencia de personas con discapacidad (donaciones)

6

Asistencia alimentaria (donaciones)

258

Asistencia alimentaria básica (donaciones)

150

Rehabilitación social en residencias

1 500

1 282

Rehabilitación social en la familia

2 013

1 536

Rehabilitación social en la comunidad

1 608

1 508

Fomento de la capacidad para las personas con discapacidad

140

120

Ayudas técnicas

1 048

120

Transferencias en efectivo condicionadas para personas con discapacidad

1 951

25 222

Reorientación del presupuesto hacia las necesidades básicas de las personas con discapacidad

17 319

Respuesta de emergencia

995

655

Alfabetización para personas con deficiencias visuales

47 000

47 000

Memorando de entendimiento multisectorial sobre la formación profesional

294

408

137.Uno de los programas con los que el Ministerio de Asuntos Sociales pretende reducir la pobreza y la desigualdad en los ingresos entre las personas con discapacidad es el de Empresas por la Discapacidad. Se trata de un desarrollo continuo de la rehabilitación profesional en forma de talleres que proporcionan formación laboral, facilitan las necesidades especiales, y proporcionan oportunidades de empleo permanente a las personas con discapacidad en talleres gestionados comercialmente.

138.Además, por conducto de los Centros de Rehabilitación Social, el Ministerio de Asuntos Sociales colabora con diversas empresas (por ejemplo, Burger King, PT Bijak y otras) para formar alianzas destinadas a reducir la pobreza entre las personas con discapacidad. En 2019 y 2020, se acogieron a este programa de alianzas 702 personas con discapacidad.

139.Además, el Centro de Rehabilitación Social de Personas con Discapacidad Intelectual Kartini Temanggung puso en marcha el Taller del Centro Humanitario en forma de actividades de empoderamiento económico y formación profesional para niños con discapacidad intelectual, mediante la fabricación de batik en 2018 (que se incluyó entre las 15 principales innovaciones públicas del Ministerio de Investigación y Desarrollo). Esta iniciativa se ha reproducido ya en 23 distritos o ciudades mediante un total de 30 talleres.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

140.Todos los ciudadanos tienen garantizado el derecho de voto, incluidas las personas con discapacidad. Así se recoge en el artículo 5 de la Ley núm. 7/2017 sobre las Elecciones Generales: “Las personas con discapacidad que cumplan los requisitos tienen las mismas oportunidades como votantes y como candidatos a la Cámara de Representantes, la Junta Regional de Representantes, la Presidencia, la Vicepresidencia, la Cámara Regional de Representantes, y como organizadores electorales”.

141.Además, el artículo 4, párrafo 2, del Reglamento núm. 1/2020 sobre la Comisión Electoral General ( Komisi Pemilihan Umum ) garantiza que la discapacidad no invalidará a los candidatos. Los requisitos físicos y mentales exigidos en el Reglamento no se aplicarán a las personas con discapacidad.

142.La Comisión Electoral General, como organizadora de las elecciones generales en Indonesia, también ha promulgado diversos reglamentos para garantizar la accesibilidad en la celebración de las elecciones generales:

a)El Reglamento núm. 8/2018 sobre la Votación y el Recuento de Votos en la Elección de Gobernadores y Vicegobernadores, Regentes y Vicerregentes y Alcaldes y Tenientes de Alcalde garantiza la accesibilidad en los lugares de votación; entre otros medios, mediante la reunión de datos y la prestación de asistencia por parte de administradores electorales y asistentes designados. Los votantes con deficiencias de visión pueden votar utilizando una ayuda visual como se establece en el artículo 40, párrafo 4;

b)El Reglamento núm. 3/2019 regula detalladamente los criterios que deben cumplir los lugares de votación para garantizar el acceso de las personas con discapacidad, como la accesibilidad para los usuarios de sillas de ruedas, las personas con deficiencia visual o ciegas y las personas con otras deficiencias físicas;

c)Diversos decretos regulan técnicamente el diseño y las especificaciones técnicas de las ayudas técnicas para los votantes con deficiencia visual en las elecciones generales a diversos niveles.

143.En las Elecciones Generales de 2019, 43 personas con discapacidad figuraban en la Lista Permanente de Candidatos a las elecciones legislativas, de las cuales 2 fueron elegidas (4,6 %).

144.Los Reglamentos núm. 8/2017 y núm. 10/2018 de la Comisión Electoral General sientan las bases para atraer y concienciar a las personas con discapacidad para que participen en las elecciones generales y en las elecciones de jefes de región. En este sentido, la accesibilidad es uno de los principios de aplicación de las actividades para la socialización de la educación electoral y la participación de las comunidades. Además, las personas con discapacidad son uno de los grupos a los que van dirigidas las actividades de educación electoral y socialización.

145.En las directrices técnicas para la formación de los Voluntarios Democráticos en las Elecciones Generales y en las Elecciones de Jefes de Región, los Voluntarios Democráticos de los colectivos de personas con discapacidad constituyen una prioridad.

146.La Comisión Electoral General también lleva a cabo actividades en las que participan grupos o comunidades de personas con discapacidad, entre otras:

Actividades de simulación de votaciones.

Actividades de discusión con grupos focales de personas con discapacidad.

Reunión de materiales de socialización para la educación electoral dirigidos a grupos de personas con discapacidad.

Actividades de divulgación de la educación electoral con grupos de personas con discapacidad.

Actividades durante el curso electoral en las que participan grupos de personas con discapacidad.

Participación de grupos de personas con discapacidad en la preselección de los candidatos a la Comisión Electoral General.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (art. 30)

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

147.El Ministerio de Educación y Cultura ha adoptado las medidas siguientes para garantizar la participación de las personas con discapacidad en la vida cultural y las actividades recreativas y deportivas:

a)Elaboración de estándares de infraestructura para que las escuelas sean accesibles a los niños con discapacidad;

b)Promulgación del Reglamento Presidencial núm. 27/2019 para garantizar la accesibilidad de la información, el conocimiento, las artes y otras formas creativas a las personas con deficiencia visual o ciegas en forma de publicaciones en braille, grabaciones sonoras u otros formatos.

148.Durante la Semana Paralímpica Nacional de 2020, el Ministerio de Asuntos Sociales llevó a cabo varias actividades:

a)Educación pública sobre la inclusión y los ajustes para las personas con discapacidad;

b)Difusión de la Semana Paralímpica Nacional entre el público, en particular entre los beneficiarios y agentes de los servicios de bienestar social, y anuncios de los servicios públicos;

c)Seguimiento y evaluación de la accesibilidad en instalaciones y lugares de eventos;

d)Suministro de automóviles accesibles;

e)Fomento de la participación del público;

f)Formación de formadores para los asistentes de atletas paralímpicos.

149.Indonesia ratificó el Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso el 28 de enero de 2020.

III.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

Respuesta al párrafo 31 de la lista de cuestiones

150.El minicuestionario sobre discapacidad del Grupo de Washington se incluye en la Encuesta Socioeconómica Nacional ( Susenas ) desde 2018. El objetivo es producir datos desglosados (discapacidad y no discapacidad) a partir de los indicadores generados por Susenas, especialmente los indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

151.El minicuestionario sobre discapacidad del Grupo de Washington sigue incluyéndose cada año en Susenas. Se obtuvo una muestra de 300.000 hogares en 2018, 320.000 hogares en 2019 y 345.000 hogares en 2020.

152.El Organismo Nacional de Estadística ha presentado datos desglosados (discapacidad y no discapacidad) en la publicación de las estadísticas de educación de 2018 y 2019, las estadísticas de la juventud de 2018 y 2019 y las estadísticas de la población mayor de 2018 y 2019. Estas publicaciones están disponibles en el sitio web oficial del Organismo y pueden ser descargadas por el público.

153.En la encuesta por muestreo del censo de 2021, el minicuestionario sobre discapacidad del Grupo de Washington también se incluirá en el formulario largo, añadiendo varias preguntas sobre los tipos de discapacidad sobre la base de la Ley núm. 8/2016. El formulario largo está actualmente en fase de prueba, ya que la encuesta real sobre el terreno está prevista para julio de 2021, con una muestra de tres millones de hogares. Se espera que esto genere datos de prevalencia de personas con discapacidad en función de los tipos de discapacidad, desglosados por regiones (provincia, distrito y ciudad).

Cooperación internacional (art. 32)

Respuesta al párrafo 32 de la lista de cuestiones

154.Se alienta la participación de las personas con discapacidad en la cooperación internacional de los modos siguientes:

Contribuyendo a que Indonesia participe más activamente en el Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. En junio de 2018, Risnawati Utami (activista sobre cuestiones de discapacidad en Indonesia) fue elegida como miembro del Comité para el período 2019-2022. El pleno apoyo del Gobierno de Indonesia durante el proceso de candidatura hasta su elección es una muestra del compromiso del Gobierno para que las personas con discapacidad participen en la cooperación internacional.

Impulsando la cooperación regional de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental (ASEAN) por conducto del Plan Maestro de Habilitación de la ASEAN para Incorporar los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobado en la 33ª Cumbre de la ASEAN en 2018.

155.La promoción de los derechos de las personas con discapacidad en el plano internacional es una prioridad importante para Indonesia. En 2017, el país acogió el Seminario de la Reunión Asia-Europa sobre Derechos Humanos titulado “Derechos Humanos y Personas con Discapacidad” y en 2022 acogerá el Examen Intergubernamental de Alto Nivel del Decenio de las Personas con Discapacidad de Asia y el Pacífico.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

Respuesta al párrafo 33 de la lista de cuestiones

156.Conforme a lo dispuesto en la Ley núm. 8/2016, el Gobierno de Indonesia ha promulgado el Decreto Presidencial núm. 68/2020 sobre la Comisión Nacional de la Discapacidad.

157.Como seguimiento, el Ministerio de Asuntos Sociales, en su condición de coordinador para las cuestiones relacionadas con los derechos de las personas con discapacidad, ha puesto en marcha las siguientes medidas estratégicas para establecer un comisionado de la Comisión Nacional de la Discapacidad:

Redacción del Reglamento del Ministerio de Asuntos Sociales sobre la Organización y el Procedimiento de Trabajo de la Secretaría de la Comisión Nacional de la Discapacidad a lo largo de 2020.

Establecimiento de un Comité de Selección Abierto para el Comisionado de la Comisión Nacional de la Discapacidad, según lo dispuesto en el Decreto núm. 8 118/HUK/2020 del Ministerio de Asuntos Sociales.