Naciones Unidas

CCPR/C/ZMB/CO/3/Add.1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

18 de diciembre de 2009

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 40 del Pacto

Zambia

Información recibida de Zambia sobre la aplicación de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos (CCPR/C/ZMB/CO/3)

[9 de diciembre de 2009]

Medidas adoptadas por Zambia para aplicar las recomendaciones formuladas por el Comité de Derechos Humanos

1.En respuesta a la carta del Comité de fecha 12 de octubre de 2009 relativa a sus observaciones finales (CCPR/C/ZMB/CO/3), en la que se pedía información adicional sobre las áreas concretas de preocupación que figuraban en los párrafos 10, 12, 13 y 23, Zambia presentó la siguiente información.

Comisión de Desarrollo Legislativo de Zambia

2.La Comisión de Desarrollo Legislativo de Zambia ha puesto en marcha consultas en materia de legislación para regular los matrimonios consuetudinarios. Está previsto que la legislación propuesta garantice la no discriminación de las mujeres en las esferas del matrimonio y el divorcio. La ley propuesta también abordará las cuestiones relativas a los matrimonios precoces.

3.Este año, hasta la fecha, la Comisión ha realizado las siguientes investigaciones de campo en las nueve provincias de Zambia:

Provincia

Distritos abarcados

Provincia del Este

Provincia del Oeste

Provincia del Noroeste

Provincia del Norte

Provincia de Luapula

Provincia Central

Provincia del Sur

Provincia de Lusaka

Provincia de Copperbelt

Chama, Lundazi, Katete y Chipatá

Mongu, Kaoma, Lukulu y Senanga

Zambeze, Kabompo, Mwinilunga y Solwezi

Mbala, Nakonde, Mpika y Kasama

Nchelenge, Chiengi, Mansa y Samfya

Serenje, Mkushi, Chibombo y Kabwe

Kazungula, Sinazongwe y Namwala

Luangwa, Mumbwa, Chongwe, Kafue y Lusaka Urban

Kitwe, Ndola, Mpongwe y Lufwanyama

4.El Comité tal vez desee saber que, durante las investigaciones, quienes las llevaron a cabo hablaron con los jefes, los indunas (gobernadores) y los miembros de las comunidades. También hablaron con los jueces de los tribunales locales, con las organizaciones de la sociedad civil y con las organizaciones no gubernamentales.

5.La Comisión está elaborando actualmente un documento de trabajo que servirá como base para futuras consultas con los interesados durante el año que viene.

6.Durante las consultas, la Comisión se encargará de velar por que las mujeres participen más ampliamente en cuanto principales interesadas en el proceso. Además, para desalentar el mantenimiento de prácticas consuetudinarias que menoscaben los derechos de la mujer, la Comisión se dirigirá específicamente a los dirigentes tradicionales (los jefes), custodios de las costumbres y tradiciones. Los jefes participarán en el proceso para alentar a los miembros de sus comunidades a que abandonen las prácticas y costumbres negativas que tiendan a menoscabar los derechos de las mujeres.

Servicio Penitenciario de Zambia

7.Zambia reconoce la situación de hacinamiento existente en sus cárceles, que ha provocado las malas condiciones sanitarias en los centros de detención en los últimos años.

8.Por conducto del Servicio Penitenciario, el Gobierno de Zambia ha estado aplicando con éxito medidas eficaces de intervención para combatir el problema de la congestión y las malas condiciones carcelarias. Entre dichas medidas figuran las siguientes:

a)La creación de unas 30 prisiones al aire libre en todo el país, frente a las 3 de la época de la independencia. Esta medida ha contribuido a aliviar la congestión en la Prisión Central de Lusaka y en otras cárceles del país.

b)El traslado de presos de cárceles superpobladas a cárceles menos pobladas, que también ha contribuido a reducir el hacinamiento. Por ejemplo, la población reclusa de aproximadamente 3.000 presos de la Prisión Central de Lusaka se redujo con el traslado de unos 1.600 a las cárceles de Kabwe y Kamfinsa en noviembre de 2008.

c)El Gobierno inició la construcción de una moderna cárcel de máxima seguridad en Mwembeshi, que ya está finalizándose. También se están realizando obras en la Prisión Central de Livingstone para convertirla en una cárcel de máxima seguridad. Estas medidas harán posible reducir la dependencia de la Cárcel de Máxima Seguridad de Kabwe. La cárcel de Kamfinsa también ha sido rehabilitada y actualmente tiene capacidad para albergar a un número razonable de presos.

d)El ejercicio de la prerrogativa de gracia por parte del Presidente de la República para indultar a presos condenados es una importante medida legal que el Gobierno ha seguido usando para reducir el hacinamiento en las cárceles. La Constitución de Zambia confiere esta facultad de indulto al Presidente en su artículo 59.

e)El Gobierno también introdujo un régimen de libertad condicional tras la aprobación del Instrumento Legislativo Nº 101 de 2008. Se ha creado una Junta Nacional de Libertad Condicional para liderar el proceso de aplicación de los programas de libertad condicional. Esta Junta está integrada por los principales interesados del sistema de justicia penal. En 2009, el Servicio Penitenciario de Zambia otorgó la libertad condicional a un total de 85 presos, y otros 45 casos siguen examinándose.

f)El Gobierno ha puesto en marcha un proyecto piloto para elaborar medidas sustitutorias de la privación de libertad y mejorar las ya existentes. A tal fin ha creado programas comunitarios para los delincuentes condenados por faltas. La Ley de prisiones (cap. 97), el Código Penal de 1988 y el Código de Procedimiento Penal (cap. 89) de las leyes de Zambia se enmendaron para que los tribunales pudieran imponer la sanción de servicios a la comunidad como alternativa a la privación de libertad.

g)El Servicio Penitenciario ha estado impartiendo a sus funcionarios talleres y cursos de repaso sobre la dispensación de un trato humano a los delincuentes, de conformidad con las reglas mínimas internacionales.

9.El Gobierno de Zambia está esforzándose por conseguir que el Servicio Penitenciario sea autosuficiente en cuanto a la seguridad alimentaria de las cárceles. Con este fin les proporciona los insumos y equipos agrícolas adecuados.

Artículo 23 de la Constitución de Zambia

10.Por lo que respecta a las preocupaciones formuladas por el Comité en relación con el artículo 23 de la Constitución (párrafo 12 de las observaciones finales), Zambia está llevando a cabo actualmente un proceso de reforma constitucional por conducto de la Conferencia Constitucional Nacional, al término del cual se ofrecerá una respuesta fundamentada.