Naciones Unidas

CED/C/COL/CO/1/Add.1

Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas

Distr. general

6 de febrero de 2018

Original: Español

Español, francés e inglés únicamente

Comité contra la Desaparición Forzada

Observaciones finales sobre el informe presentado por Colombia en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención

Adición

Información recibida de Colombia sobre el seguimiento de las observaciones finales *

[Fecha de recepción: 4 de octubre de 2017]

I.Definición y tipificación de la desaparición forzada

Párrafo 14

El Comité recomienda que el Estado parte agilice el proceso de depuración y consolidación de la información sobre personas desaparecidas con miras a generar información precisa y confiable que permita adoptar medidas de prevención, investigación y búsqueda más eficaces. Al respecto, lo invita a fijar un plazo para finalizar el proceso de depuración del RND para que a la mayor brevedad posible consolide todos los casos de personas desaparecidas de manera efectiva y con información lo más exhaustiva posible. Asimismo, le recomienda que:

a) Despliegue mayores esfuerzos para garantizar que se registren en el RND todos los casos de personas desaparecidas, sin excepción, de manera uniforme, exhaustiva e inmediata luego de que se tenga conocimiento de una desaparición, y para que se actualice permanentemente ;

b) Tome medidas efectivas para avanzar en la clasificación de la mayor cantidad de casos posibles;

c) Adopte las medidas necesarias para generar información estadística que permita conocer la magnitud del fenómeno de la desaparición forzada en sentido estricto, esto es cuando hubiese agentes estatales presuntamente involucrados, directa o indirectamente, en la comisión del delito .

1.En lo atinente a la recomendación transcrita, es pertinente destacar que el Estado colombiano, por conducto del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (en adelante, el INMLCF), Secretaría Técnica de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, inició labores de coordinación interinstitucional para que las entidades que disponen de información útil, contribuyan a alimentar el RND. De ese proceso participaron la Fiscalía General de la Nación, la Unidad de Atención y Reparación de Víctimas y la Coordinación Nacional Antisecuestro adscrita al Ministerio de Defensa.

2.Como resultado del proceso en mención fueron entregados 246.602 registros de información en cabeza de las mencionadas entidades. Esta cifra constituía en su momento el universo presuntivo de registro de personas desaparecidas de manera forzada y sobre el cual, se continúa trabajando en la búsqueda de información de calidad que permita la búsqueda de personas desaparecidas.

3.En ese contexto y una vez verificados los registros entregados y referenciados previamente, se identificó la necesidad de efectuar un trabajo al interior de cada institución aportante y revisar los datos registrados en las bases institucionales desde el origen, con el fin de realizar las correcciones a las que hubiera lugar, y de esta manera garantizar la calidad de los datos que se pretenden consignar en el Registro Nacional de Desaparecidos (en adelante RND).

4.Teniendo en cuenta que esta labor requiere una indagación manual y la revisión de cada uno de los casos, las entidades intervinientes continúan aunando esfuerzos institucionales en la búsqueda y recolección de información, que permita agilizar el proceso y lograr el consolidado de información en el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres (en adelante, SIRDEC).

5.A guisa de ejemplo, el 27 de enero de 2017, mediante Resolución núm. 0045 de 2017, es de destacar la reforma a la estructura y funciones de la Fiscalía General de la Nación, encaminado a mejorar y depurar las bases de datos que maneja esa entidad internamente.

6.Sobre el particular, se informa que mediante la Resolución núm. 3481 del 31 de octubre de 2016 se puso en cabeza de la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Justicia Transicional, las labores de autorización, consolidación, depuración y divulgación de cifras y estadísticas sobre desaparición forzada de la Fiscalía General de la Nación, labor que ejecuta trabajando de manera coordinada con las diferentes Direcciones de la entidad con competencia en la materia.

7.En aras de favorecer la ejecución de esa labor, mediante la Resolución 0045 de 2017, se creó, en la Dirección de Justicia Transicional, un Grupo Interno de Trabajo para la Consolidación de Cifras sobre Desaparición Forzada en el contexto y en razón del Conflicto Armado Interno. El objetivo de ese Grupo es contar en el mediano plazo, con la información sobre personas desaparecidas correspondiente a todas las dependencias de la Fiscalía General de la Nación con competencia en la materia y lograr que la información cuantitativa contenga información cualitativa suficiente para caracterizar apropiadamente el fenómeno de la desaparición forzada y analizar sus diferentes variables.

8.Lo anteriormente descrito, favorecerá que la Fiscalía General de la Nación pueda compartir su información con otras entidades y, avanzar así, en la consolidación de cifras nacionales confiables. De esta manera se espera que, en el mediano plazo, la información recaudada, depurada y consolidada de la entidad sea confrontada con bases de datos como el SIRDEC y el RND.

Depuración de la información

9.Para lograr el proceso de registro de información, depuración efectiva, revisión e inclusión de todos los casos de personas desaparecidas en el Sistema de Información, el INMLCF lleva a efecto el entrenamiento y reentrenamiento periódico de los funcionarios del nivel nacional, mediante encuentros de identificación, que permiten garantizar el registro de reportes de personas desaparecidas, basados en la calidad del dato.

10.Aunado a lo anterior, el INMLCF ha gestionado convenios con diferentes universidades que tienen por objeto capacitar a los funcionarios en materia de derechos humanos y en calidad del dato, conocimientos fundamentales para garantizar el efectivo proceso durante el reporte de las desapariciones forzadas.

11.Así mismo, y en cumplimiento de los lineamientos emitidos desde el nivel central, desde las Direcciones Regionales del INMLCF se realiza monitoreo y seguimiento permanente a la calidad del dato de los reportes de personas desaparecidas registradas en el SIRDEC.

12.Con el fin de medir el impacto, evaluar los resultados del monitoreo y tomar las acciones respectivas frente a los hallazgos encontrados, mensualmente la Subdirección de Servicios Forenses del INMLCF en reunión con los Directores Regionales consolida los aciertos y las oportunidades de mejora generadas en este proceso, permitiendo actualizar de manera dinámica los lineamientos que optimicen el registro de información en el sistema.

13.Lo anteriormente descrito ha generado resultados evidentes. En efecto, a la fecha, en el RND, se cuenta con 121.194 registros de personas desaparecidas, de los cuales 25.196 corresponden a desaparición presuntamente forzada; cifra correspondiente a los registros históricos disponibles en SIRDEC y comprende reportes de personas desaparecidas desde el año 1938 a la fecha de corte, 31 de agosto de 2017.

Clasificación de casos reportados como desapariciones forzadas

14.Con el fin de garantizar la efectiva clasificación de los casos reportados como desapariciones en el SIRDEC, se realizó la revisión del formato de registro de personas desaparecidas y se incluyeron campos adicionales asociados al contexto de los hechos, con el fin de aportar más elementos a la autoridad encargada de la investigación.

15.Por otra parte, se han adelantado esfuerzos interinstitucionales de consuno con el Comité Internacional de la Cruz Roja y las organizaciones de víctimas, a fin de estructurar y definir un formato integral de recolección de información para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas en contexto y en razón del conflicto armado.

Medidas adoptadas para generar información estadística que permita conocer la magnitud de la desaparición forzada

16.El INMLCF realiza diferentes acciones con el fin de garantizar la confiabilidad de los datos de estadística disponibles en el SIRDEC, para tal fin realiza labores de depuración y corrección de los campos que tiene que ver, entre otras, con variables asociadas a fechas de desaparición vs. fechas de reportes de desaparición, zonas de desaparición, edad al momento de la desaparición vs. edad actual. Así mismo, se aumentó en el SIRDEC, las variables asociadas al contexto de los hechos y las condiciones propias de la desaparición; lo cual permitió ampliar la información de los reportes estadísticos que pueden orientar la búsqueda, localización, identificación y entrega de personas desaparecidas.

17.Con el objeto de visibilizar la magnitud del fenómeno de la desaparición forzada, el INMLCF diseñó una herramienta denominada “Observatorio” Disponible su página web, en enlace: http:/dwww.medicinalegal.gov.co/observatorio, en la cual se publica información relacionada con personas desaparecidas, lesiones fatales y no fatales de causa externa en Colombia.

18.Sumado a lo anterior, es preciso mencionar que el INMLCF realiza los reportes de actividad pericial mediante los sistemas de información SIRDEC para hechos fatales, la cual está construida sobre plataforma Web y Sistema de información de Clínica y Odontología Forenses (SICLICO), para lesiones no fatales, construida en ambiente Web, al conjunto de esta información se le denomina estadística directa. Así mismo, el INMLCF recibe la información estadística de los médicos adscritos al sector salud que se desempeñan como forenses en los casos necesarios: ésta información es conocida como estadística indirecta.

19.La inclusión de esta información, complementa las labores realizadas por el INMLCF y contribuye a dimensionar de forma más precisa la magnitud del flagelo de la desaparición en Colombia, así como de las muertes violentas, de las lesiones y otros tipos de violencias sufridas por las víctimas en el país.

20.El resultado del análisis estadístico realizado, es publicado en la edición anual del “Forensis: DATOS PARA LA VIDA”, constituido como uno de los medios utilizados por el Grupo Centro de Referencia Nacional sobre Violencia, para divulgar información de las principales formas de violencia derivada de la práctica forense, en cada uno de los puntos de atención institucional, convirtiéndose en un aporte fundamental para la investigación sobre la violencia, la toma de decisiones y la formulación de políticas públicas para su prevención; también es fuente de consulta de las distintas organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, la academia y la comunidad.

21.Actualmente el Estado colombiano prosigue la actualización y ajuste de las variables que permitan identificar las temáticas de equidad de género, grupos vulnerables, identidad y orientación sexual, entre otras.

II.Responsabilidad penal y cooperación judicial en relación con la desaparición forzada

Párrafo 20

El Comité recomienda que el Estado parte:

a) Garantice en la práctica que cuando haya motivos razonables para creer que una persona ha sido sometida a desaparición forzada, se proceda a realizar sin demora una investigación exhaustiva e imparcial, aun cuando no se haya presentado una denuncia formal;

b) Acelere las investigaciones por desaparición forzada que se encuentran en curso, incluyendo aquellas que se desarrollan en el marco del proceso penal especial de Justicia y Paz, garantizando que ninguno de los actos de desaparición forzada quede en la impunidad;

c) Incremente sus esfuerzos con miras a garantizar que los allegados de las personas desaparecidas puedan presentar denuncias; fomente y facilite su participación en las investigaciones y en todas las etapas procesales en el marco del debido proceso; y vele por que sean regularmente informados acerca de la evolución y resultados de las investigaciones;

d) Garantice la efectiva coordinación y cooperación entre todos los órganos encargados de la investigación de manera de que se refuercen mutuamente y no se obstaculicen los unos a los otros; y asegure que cuenten con los recursos técnicos, financieros y de personal adecuados a fin de que puedan desempeñar sus funciones con celeridad y de manera eficaz;

e) Procure el tratamiento conjunto de las investigaciones de acuerdo a estrategias específicas basadas en patrones comunes de comisión y características regionales, evitando que su atomización perjudique su eficacia;

f) Vele por que las autoridades que intervengan en la investigación de las desapariciones forzadas tengan acceso efectivo y oportuno a toda la documentación y demás informaciones pertinentes para la investigación que pudieran estar en poder de dependencias estatales, en particular a la documentación en poder de órganos de inteligencia, y de fuerzas armadas y de seguridad.

22.Al respecto, es preciso señalar que el INMLCF inmediatamente después de conocer un caso de presunta desaparición, efectúa el reporte de la persona desaparecida en el Sistema de Información y adelanta las gestiones correspondientes para continuar con el proceso formal de denuncia. En este sentido, en primer lugar, informa a la víctima los deberes y derechos en el proceso, orienta en la ruta para presentar la denuncia formal e informal sobre la disponibilidad de la herramienta de Consultas Públicas, disponible en la página del web del INMLCF, mediante la cual puede realizar seguimiento a las acciones adelantadas en la búsqueda de la persona desaparecida. Finalmente procede a notificar a la autoridad competente de la investigación, las novedades del reporte para la gestión correspondiente.

23.Así mismo, el INMLCF de acuerdo con la normativa vigente, realiza la activación de Mecanismos de Búsqueda Urgente y propende por el seguimiento permanente de las labores adelantadas en este proceso. Como resultado de esta gestión, las tablas que obran a continuación, ponen de presente los Mecanismos de Búsqueda Urgente activados según el estado de la búsqueda y los departamentos de la desaparición en el periodo de enero a agosto del año.

2017 (Tabla 1) y durante el año 2016 (Tabla 2)

Tabla 1 Mecanismos de búsqueda urgente activados según estado de búsqueda y departamentos de la desaparición. Colombia, año 2017 ( e nero a a gosto)

De p artamento de la D esa p arición

Concluida

Pendiente

Total

ANTIOQUIA

I I

7

18

ARAUCA

BOGOTA D.C

9

3

12

BOLIVAR

1

BOYACA

2

7

9

CALDAS

1

CASAN ARE

1

CAUCA

5

5

CHOCÓ

2

2

CUNDINAMARCA

2

5

7

GUAVIARE

2

2

HUILA

2

LA GUAJIRA

MAGDALENA

2

2

META

2

5

7

MARINO

4

11

15

NORTE DE SANTANDER

6

6

PUTUMAYO

3

3

SAN ANDR É S Y PROVIDENCIA

SANTANDER

3

3

TOLIMA

3

7

10

VALLE DEL CAUCA

8

9

VAUPÉS

OTROS PA Í SES

2

2

Total

38

83

121

Instituto Nacional de Medicina Le g al Ciencias Forenses/Gru p o Centro de Referencia Nacional sobre Violencia .

Sistema de Información Red de Desa p arecidos Cadáveres – SIRDEC .

Tabla 2

Mecanismos de búsqueda urgente activados según estado de búsqueda y departamentos de la desaparición. Colombia, año 2016

De p artamento de la Desa p arición

Concluida

Pendiente

Total

ANTIOQUIA

21

38

ARAUCA

5

6

BOGOTA D.C

12

8

20

BOLÍVAR

1

BOYACA

7

8

15

CALDAS

4

5

CAUCA

5

5

CESAR

3

3

CHOCÓ

3

3

CUNDINAMARCA

6

7

13

GUAVIARE

6

7

HUILA

1

MAGDALENA

5

5

META

2

21

23

NARINO

8

8

15

NORTE DE SANTANDER

7

7

PUTUMAYO

1

RISARALDA

SAN ANDR É S Y PROVIDENCIA

SANTANDER

4

2

6

SUCRE

2

TOLIMA

3

8

11

VALLE DEL CAUCA

2

10

12

VAUPÉS

1

OTROS PA Í SES

12

Total

72

132

204

In stituto Nacional de Medicina Leg al Ciencias Forenses/Gru p o Centro de Referencia Nacional sobre Violencia .

Sis tema de Información Red de Desap arecidos Cadáveres – SIRDEC .

24.El INMLCF aporta a las investigaciones por desaparición forzada a cargo de las autoridades competentes, desde la depuración de la información y calidad de los datos registrados en el sistema de información hasta el reporte de casos recibidos por la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, los cuales permiten ampliar la información disponible en cada caso.

25.De otra parte, cabe hacer hincapié en que, con miras a favorecer las investigaciones de desapariciones forzadas, la Fiscalía General de la Nación incluyó en su metodología de investigación, imputación y juzgamiento, tres herramientas importantes, a saber: la elaboración de contextos; la identificación de patrones de macro criminalidad en el actuar de grupos paramilitares y de autodefensa desmovilizados; y la política de priorización a partir de la Ley núm. 975 de 2005 “Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios.

26.Al efecto, la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de la Fiscalía General de la Nación, diseñó un plan de acción de priorización en situaciones y casos, encaminados a esclarecer patrones de macro criminalidad en el accionar de los grupos organizados al margen de la ley y a develar los contextos, causas y motivos de los mismos, concentrando los esfuerzos de investigación en algunos de los máximos responsables y algunas macro estructuras.

27.La implementación de estas estrategias de investigación ha permitido conseguir importantes resultados en la lucha contra la impunidad de los casos de desaparición forzada, situación reflejada en la imputación de la comisión de 5.171 hechos de desaparición forzada respecto de los cuales se han llevado a audiencia de formulación y aceptación de cargos, 2.474.

Medidas adoptadas parta facilitar la Búsqueda de Personas Desaparecidas

28.En el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y duradera firmado por el Gobierno Nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo (FARC) se previó la creación de la Unidad especial para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (en adelante, UBPD) con el propósito de satisfacer los derechos de las víctimas a la verdad y a la reparación.

29.Durante sesiones extraordinarias, el Congreso de la República y mediante el procedimiento legislativo especial denominado 'fast-track', inició el debate del Acto Legislativo 01 de 2017 “Por medio del cual se crea un Título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación de/ conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera”, que fue aprobado en abril y otorgó rango constitucional al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (en adelante, SIVJRNR), entre los que se encuentra la creación de la UBPD.

30.Mediante el Acto Legislativo 01 de 2017, al crear los componentes del SIVJRNR, se habilitó la posibilidad de tramitar las normas de organización de cada uno de sus componentes. Es así como el 5 de julio el Presidente de la República profirió el Decreto-ley núm. 589 de 2017 “Por el cual se organiza la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado”.

31.Una vez expedido el Decreto-ley núm. 589, se empezó a realizar las acciones pertinentes para lograr la creación y puesta en marcha de la UBPD, proceso que sigue vigente hasta la fecha y que espera concluir durante el año en curso.

32.La UBPD comportará un carácter humanitario y extrajudicial con independencia y autonomía administrativa y financiera que hace parte de y desarrolla sus funciones en el marco del sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

33.Cabe destacar que esta entidad tendrá por objeto dirigir, coordinar y contribuir a la implementación de las acciones humanitarias de búsqueda y localización de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado que se encuentren con vida, y en los casos de fallecimiento, cuando sea posible, la recuperación, identificación y entrega digna de los restos. Lo anterior en el marco del principio del Acuerdo celebrado entre el Gobierno y las FARC, sobre la centralidad de los derechos de las víctimas y de la satisfacción de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

34.Es importante poner de presente que la UBDP, deberá tener un enfoque territorial, diferencial y de género, que responda a las características particulares de la victimización en cada territorio y cada población y en especial a la protección y atención prioritaria de las mujeres y de los niños y niñas víctimas del conflicto armado. En ese sentido, el enfoque de género y diferencial se aplicará en todas las fases y procedimientos de la UBDP, en especial respecto de todas las mujeres que han padecido o participado en el conflicto.

35.Dando aplicación a los principios constitucionales de Colombia y, en consonancia con algunas de las recomendaciones formuladas por el Comité contra la Desaparición Forzada, la UBDP adoptará con participación de las víctimas y la sociedad civil, líneas para la determinación del paradero de las niñas y mujeres dadas por desaparecidas.

36.Finalmente, se prevé que una vez se integre el Consejo Asesor de la UBDP, el artículo 8 de la Ley núm. 589 de 2000 será modificado y quedará de la siguiente manera:

“ [...] Créase una comisión nacional y permanente de búsqueda de personas desaparecidas con el fin de apoyar y promover la investigación del delito de desaparición forzada en los casos que no se enmarquen en el contexto y en razón del conflicto armado, con pleno respeto de las competencias institucionales y de las facultades de los sujetos procesales ”.

Participación de los allegados de las personas desaparecidas

37.Al tenor de la ya expuesto, el INMLCF en su portal web tiene a disposición de la ciudadanía la herramienta de Consultas Públicas, mediante la cual los familiares de las personas desaparecidas pueden acceder al seguimiento de las acciones realizadas por las entidades en la búsqueda, localización e identificación de las personas desaparecidas. Esta herramienta es actualizada de manera dinámica y está relacionada directamente con los reportes registrados en el Sistema de Información SIRDEC.

38.El INMLCF ha realizado alianzas estratégicas que permiten informar los resultados del proceso de búsqueda, localización, identificación y entrega de personas desaparecidas. Como parte de este proceso se destaca la alianza efectuada con el diario El Tiempo, que dio al proyecto denominado “Los muertos que nadie reclama”, iniciativa que, además de retratar en profundidad el drama de las personas desaparecidas en el país, permitió la creación de un buscador de personas.

39.Esta iniciativa permite que desde la página ELTIEMPO.COM, la más consultada del país, quienes tienen un familiar o un allegado desaparecido puedan consultar si esa persona falleció. Si la búsqueda es positiva, el buscador entrega, además, datos del registro del caso, la seccional de Medicina Legal que realizó la necropsia y los números de contacto respectivos. Lo anterior atiende a que en Colombia hay al menos 15.000 cuerpos plenamente identificados que nunca fueron reclamados por sus familiares.

40.Este trabajo en conjunto permitió que el periódico El Tiempo fuera reconocido por la Sociedad Interamericana de Prensa, con el Premio Excelencia Periodística 2017 en la categoría Derechos Humanos y Servicio a la Comunidad.

41.De otra parte, es pertinente destacar que el INMLCF dispone de la Herramienta LIFE (Localización de Información Forense Estadística), considerado una de las herramientas de consulta más útiles con la que cuenta la entidad. Esta aplicación permite conocer de manera georeferenciada y en tiempo real, las cifras de personas desaparecidas, cadáveres en condición de no identificados y muertes violentas en Colombia desagregadas por departamento, sexo y por edad, entre otras variables.

42.Cualquier persona puede consultar esta aplicación directamente en la página institucional, ingresando por www.medicinalegal.gov.co y luego haciendo clic sobre la opción LIFE Localización de Información Forense Estadística en donde puede encontrar: Personas desaparecidas: se describen cifras por género, clasificación de la desaparición (desaparición presuntamente forzada y sin información) y estado del caso (aparecido vivo, fallecido y continua desaparecido); cadáveres en condición de no identificados: se describen cifras por género y edad; muertes violentas: Se describen cifras por manera de muerte (homicidio, accidental, suicidios, natural, indeterminada); casos convenio núm. 01 de 2010: este tipo de consulta permite acceder a las cifras sobre personas fallecidas identificadas en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación núm. 01 de 2010, pendientes por recuperar en cementerios del País”.

43.LIFE es un insumo en el diseño de política pública preventiva y correctiva, ante problemáticas sociales tan complicadas como la desaparición y los cadáveres en condición de no identificados.

Coordinación institucional

44.En relación con las medidas adoptadas a fin de fortalecer la coordinación institucional colombiana en materia de búsqueda de personas desaparecidas, es preciso señalar que el IINMLCF, como órgano rector del Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y atendiendo a la necesidad de brindar respuestas satisfactorias a un mayor número de familiares de las víctimas, propuso y lidera la elaboración de los Estándares Forenses Mínimos para la búsqueda de Personas Desparecidas y la Recuperación e Identificación de Cadáveres.

45.Para la construcción de estos estándares, el INMLCF convocó a la entidades intervinientes en el proceso de búsqueda, localización, identificación y entrega de personas desaparecidas, así como a organizaciones de víctimas, universidades, cooperación internacional, al Equipo Argentino de Antropología Forense, organizaciones no gubernamentales, entre otras, con el fin de lograr un documento integral que contribuyera a una labor interdisciplinaria y, a su turno, servir como referente para el mejoramiento de los procesos técnicos al interior de las instituciones vinculadas con estas actividades.

46.El resultado de esta iniciativa fue exitoso y permitió la publicación y divulgación, a nivel nacional, del libro “Estándares Forenses Mínimos para la búsqueda de Personas Desparecidas y la Recuperación e Identificación de Cadáveres”, el cual ha sido acogido por la mayoría de las entidades intervinientes en el proceso, a saber, la Fiscalía General de la Nación, Comité Internacional de la Cruz Roja y la Policía Nacional.

47.Aunado a lo anterior, es importante resaltar que el esfuerzo para construir estos estándares y su impacto en los procesos de búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, fue reconocido por los Estados Unidos de América, mediante el Premio Liderazgo en las Ciencias Forenses de la Asociación Internacional de Jefes de Policía, con el cual se destacaron el uso proactivo e innovador de las tecnologías forenses para la aplicación de la ley, y el cual será entregado al Director General del INMLCF en el mes de octubre de 2017.

48.Ahora bien, en aras de fortalecer los procesos de coordinación institucional, los recursos económicos disponibles para la gestión del INMLCF en materia de búsqueda de Personas Desparecidas y la Recuperación e identificación de Cadáveres, fueron adquiridos mediante el proyecto de inversión formulado por esta entidad ante el Departamento Nacional de Planeación, denominado “FORTALECIMIENTO DE PROCEDIMIENTOS FORENSES PARA BÚSQUEDA, IDENTIFICACIÓN E INVESTIGACIÓN MEDICO LEGAL DE MUERTES – VIOLACIÓN DE DDHH Y DIH , NACIONAL”, cuya asignación para la presente vigencia fue de COP $2.000.000.000.

Párrafo 26

El Comité recomienda que el Estado parte continúe e incremente sus esfuerzos de búsqueda, localización y liberación de las personas desaparecidas y, en caso de fallecimiento, de búsqueda, respeto y restitución de sus restos. En particular, le recomienda que:

a) Garantice en la práctica que, cuando se tenga noticia de una desaparición, la búsqueda se inicie en todos los casos de oficio y sin dilaciones; que se adopten medidas concretas y efectivas de búsqueda para acrecentar las posibilidades de encontrar a la persona con vida; y que se continúe la búsqueda hasta que se establezca la suerte de la persona desaparecida;

b) Redoble sus esfuerzos para la localización de restos; fortalezca el Banco de Perfiles Genéticos, en particular a través de la realización de amplias campañas para la obtención de información ante mortem y muestras genéticas de familiares de personas desaparecidas, con especial énfasis en las zonas rurales; y acelere la identificación y entrega de los restos exhumados;

c) Adopte medidas más eficaces para garantizar la coordinación, cooperación y cruce de datos entre los órganos con competencia para la búsqueda de personas desaparecidas e identificación de sus restos cuando hubieran fallecido y asegure que cuenten con los recursos económicos, técnicos y de personal calificado necesarios;

d) Redoble sus esfuerzos para asegurar que todas las autoridades pertinentes reciban capacitación regular y especializada sobre las medidas previstas en el marco normativo vigente en materia de búsqueda de personas desaparecidas y respeto y restitución de sus restos en caso de fallecimiento, en particular sobre la correcta implementación del Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas y el Mecanismo de Búsqueda Urgente;

e) Vele por que las búsquedas sean llevadas adelante por las autoridades competentes, con la participación activa de los allegados de la persona desaparecida en caso de que así lo requiriesen;

f) Intensifique sus esfuerzos con miras a asegurar que todas las acciones de identificación y restitución de restos tengan debidamente en cuenta las tradiciones y costumbres de los pueblos o comunidades de las víctimas, en particular cuando se trate de víctimas pertenecientes a pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes.

49.En relación con las recomendaciones contenidas en el párrafo 26 del documento de observaciones finales del Comité contra la Desaparición Forzada, es pertinente señalar que las entidades intervinientes en el RND disponen de directrices internas a efectos de dar cumplimiento de la Ley núm. 971 del 2005 “Por medio de la cual se reglamenta el mecanismo de búsqueda urgente y se dictan otras disposiciones”, las cuales comportan rutas interinstitucionales que dan oportunidad a los familiares que denuncian los casos y orientan a la comunidad en general sobre el acceso a este tipo de garantías.

50.De la misma forma, el INMLCF como administrador del RND, ha implementado dentro de la herramienta tecnológica SIRDEC, campos de seguimiento del Mecanismo de Búsqueda Urgente, que permiten a los usuarios (más de 5.000 a nivel nacional) conocer de la activación inmediata de los casos y atender los procesos de búsqueda céleres para el hallazgo de las personas desaparecidas, lo cual es el único objetivo del Mecanismo de Búsqueda Urgente. Como resultado de este proceso y como se mencionó anteriormente, el INMLCF durante el año 2016 realizo la activación de 204 Mecanismos de búsqueda Urgente y en el periodo de enero a agosto de 2017 activó 121 Mecanismos.

51.Los esfuerzos realizados por el Estado colombiano comportan también una labor importante por parte de la Fiscalía General de la Nación que, desde el grupo Interno de Trabajo de Exhumaciones ha logrado como resultado el hallazgo de 5.267 fosas clandestinas y la recuperación de 8.464 cadáveres, de los cuales se han entregado 3.921 a sus allegados en ceremonias de entrega digna.

52.Bajo ese contexto, la Fiscalía General de la Nación ha realizado cambios en la metodología de trabajo del Grupo Interno de Trabajo de Búsqueda, Identificación y entrega de Personas Desaparecidas, dando prevalencia a la orientación y documentación de los cadáveres que se encuentran en laboratorios y depósitos y su entrega a sus seres queridos de manera que se logre efectivamente la satisfacción de los derechos de las víctimas.

53.Este cambio busca un enfoque en el desarrollo de actividades para la ubicación de personas desaparecidas mediante la documentación e investigación detalladas de la información sobre la persona antes de su desaparición y la consulta de diversas fuentes de información que puedan indicar su paradero de tal manera que al momento de practicar diligencias de exhumación se tenga la probabilidad más alta posible de la identidad de los cadáveres recuperados.

54.A hora bien, en lo relativo a la localización de restos óseos, se informa que el INMLCF adelanta el “Plan Nacional de Búsqueda, Identificación y entrega digna de restos de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado – Intervención de Cementerios”, cuya gestión, a la fecha, ha permitido la intervención de seis cementerios del país y la recuperación de 392 cuerpos a los cuales se les realizó estudio médico, antropológico y odontológico forense. además de las 6 intervenciones a cementerios realizadas por el INMLCF, que ha permitido la recuperación de 392 cuerpos, el INMLCF adelanta labores de recolección de información para intervenir el cementerio de Florencia – Caquetá del cual se espera recuperar aproximadamente 600 cuerpos y cuyas labores de exhumación iniciaran el próximo mes de octubre, y así mismo el cementerio de Cúcuta en el cual se adelantan labores de diagnóstico y se prevé recuperar aproximadamente 900 cuerpos.

55.Adicionalmente, y en relación con el Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos (en adelante, BPDG), la tabla que obra a continuación, muestra las solicitudes recibidas en el segundo trimestre de 2017 y dirigidas a cada institución por parte de diferentes autoridades y grupos de trabajo institucionales a fin de lograr el perfilamiento de muestras de familiares de desaparecidos, como de restos óseos y su respectivo ingreso y búsqueda en el BPGD.

A utoridad solicitantes

DIJIN*

Total

Fiscalías seccionales

2

62

9

73

Fiscalías es p ecializadas

76

33

109

Fiscalías dele g adas

Unidades nacionales

Gru p os de Identificación

14

68

82

Gru p os de exhumación

5

55

60

Grupo de Búsqueda, Identificación Entre g a – GRUBE

97

97

E j e temático UNCDES

30

3

33

Dirección Nacional de análisis y contextos

Dirección Nacional. DDHH DIH

15

2

Otros

3

279

282

T otal

24

280

449

753

Número de requerimientos por solicitante al BPGD — desde 1 de abril a 30 de junio de 2017 .

* Dirección de Investigación criminal e Interpol de la Policía Nacional .

** Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalia General de la Nación .

*** Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses .

56.Cabe destacar que en el segundo trimestre de 2017 ingresaron a la base nacional 1.611 perfiles nuevos; 146 corresponden a restos óseos no identificados y 1.343 son de familiares de desaparecidos.

57.Adicionalmente, se ingresaron 152 perfiles provenientes de cotejos donde el resultado fue no excluyente; 44 provenían de restos óseos y 78 de los familiares asociados a estos.

58.En relación con el acumulado general de perfiles en banco genético, a 30 de junio de 2017, la base nacional muestra 42.747, es decir un incremento de 2.986 perfiles en el ll trimestre del año. El aporte de perfiles por índice e institución se muestra en la siguiente Tabla.

Índice

DIJIN

CTI

INML

Total Base Nacional

DESAPARECIDOS (CUERPOS NO

IDENTIFICADOS)

63

825

2 770

3 658

GRUPO FAMILIAR

59

20 507

4 366

24 932

OTROS FAMILIARES

49

9 330

1 331

1 898

COINCIDENCIAS

VERIFICADAS (G. FAM)

208

359

1 331

1 549

COINCIDENCIAS

VERIFICADOS (R.HUM)

5

205

1 339

1 549

T otal

384

31 226

10 965

42 747

Número de perfiles acumulados existentes en el BPGD (Base nacional) a 30 de junio de 2017 .

59.Se destaca el éxito del banco genético como herramienta de búsqueda y guía para lograr la identificación de personas desaparecidas en nuestro país. Es de anotar que el dato de 156 coincidencias verificadas, corresponde solo a los casos en los que fue posible establecer que se emitió un informe de un laboratorio de genética a partir de los cuales se confirmó el hallazgo de posible identidad en un caso específico, lo cual permite proceder a la entrega de un cuerpo a sus familiares; no obstante, este valor puede ser seguramente un sub registro, comparado con la situación real de casos identificados, ya que no es posible, con las herramientas actuales de la administración nacional, hacer el seguimiento de todos los casos que son favorecidos con los hallazgos del banco genético.

Obtención de información ante mortem y obtención de muestras genéticas de familiares de personas desaparecidas

60.El Estado colombiano, mediante el INMLCF, realizó jornadas de víctimas y campañas de toma de muestras en Vista Hermosa, Meta logrando la obtención de 110 muestras familiares y 87 reportes de personas desaparecidas, en el Catatumbo, Norte de Santander con 320 muestras de familiares correspondientes a 100 casos de desaparición forzada y se prevé realizar otra jornada de toma masiva de muestras antes de finalizar el año, en San José del Guaviare, Guaviare. Esta última campaña se desarrolló en varias fases, la primera de ellas inicio con una jornada de capacitación a los familiares, con el fin de informar el objetivo, el manejo de la información y de las muestras y lo pertinente a la jornada, posteriormente se procedió a la toma de muestras.

Capacitación de autoridades

61.En materia de capacitación regular y especializada, es importante señalar que en el mes de mayo del 2017, se realizó el Curso de Identificación organizado por los Grupos Nacionales de Patología Forense y Red Nacional de Cadáveres en condición de no identificados y Personas Desaparecidas, en el cual tuvo lugar un panel denominado “Normas, mecanismos e instrumentos para enfrentar el delito de desaparición forzada”, en el que se explicó la naturaleza, alcance y aplicabilidad del Mecanismo de Búsqueda Urgente en el contexto forense.

62.Así mismo, la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, mediante su Secretaría Técnica a cargo del INMLCF, en lo corrido del año, realizó tres procesos de capacitación denominados “Normas, mecanismos e instrumentos nacionales e internacionales para enfrentar el delito de desaparición forzada”, en las ciudades de Buenaventura, Barrancabermeja y Fusagasugá. En esta misma línea, El INMLCF mediante la Subdirección de Investigación Científica y la Subdirección de Servicios Forense realizó las siguientes capacitaciones.

N ombre de la capacitación

C antidad de funcionarios capacitados

F echa inicial

F echa final

Atención al cliente un reto p ersonal

30

30/05/2017

30/06/201 7

Curso redacción de artículos

6

16/05/2017

22/06/2017

Diplomado en Derechos Humanos Intermedio

35

25/04/2017

25/07/2017

Diplomado en género y conflicto

16

25/04/2017

25/07/201 7

Preparación de los laboratorios de balística

9

22/05/2017

25/05/2017

Forense p ara acreditación

5

15/05/2017

16/05/2017

Seminario deberes, derechos y obli g aciones

11

23-may-17

26-jun-17

Seminario nacional de búsqueda e identificación de personas desa p arecidas

82

05/06/2017

04/06/201 7

Curso validación de métodos analíticos

1

21/06/2017

27/08/2017

Cualitativos y cuantitativos

15

30/10/2017

04/05/2017

Curso virtual gestión de proyectos de investi g ación

11

12/06/2017

14/06/201 7

Curso básico recuperación y análisis de Cadáveres esqueletizados en contexto de ost Conflicto

21

21-abr-17

21-abr-17

Preparación de los laboratorios de lofosco p ia p ara su a p robación

6

21/06/2017

21/06/2017

Toma de muestras de referencia a familiares de Desaparecidos con fines de identificación

100

08-ago-17

25-sep-17

Actividad de re p aración de

81

11/09/2017

25/09/2017

modificación de los art. 111 a 121 le 599 de 2000

c urso virtual calidad de datos, cultura

Informática y requerimientos constitucionales relacionados con los derechos humanos

6

14/1 1/2017

27/1 1/2017

Pevengamos el consumo de sustancias psicoactivas, auto cuidándonos jornada de reinducción para los funcionarios de atolo ía osesión 1984-2014

4

18/09/2017

18/09/201 7

Entrenamiento para toma de muestras de mucosa oral

1

05/04/2017

05/04/201 7

Diplomado en gerencia de documentos y administración de archivos.

4

sep-17

dic-17

Curso análisis de causaindicadores-riesgos y acciones correctivas

12

09/10/2017

10/10/201 7

Sistemas inte g rados de g estión

12

1 1/09/2017

06/10/2017

Prevención en riesgo biológico y autocuidado

6

21 /09/2017

25/10/2017

Curso violencia basada en género

8

02/10/2017

07/12/201 7