Naciones Unidas

CCPR/C/KAZ/Q/1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

21 de septiembre de 2010

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

99º período de sesiones

Ginebra, 12 a 30 de julio de 2010

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinarel informe inicial de Kazajstán (CCPR/C/KAZ/1)

Marco constitucional y jurídico de aplicación del Pacto (artículo 2)

1.Sírvanse explicar cómo puede ser compatible la disposición del Consejo Constitucional, de 18 de junio de 2006, que establece la supremacía de la Constitución sobre el derecho internacional convencional y declara la inaplicabilidad de las disposiciones convencionales que contradigan lo establecido en la Constitución, con el párrafo 3 del artículo 2 de la Constitución, que estipula que el derecho internacional prevalecerá sobre el derecho interno. Además, sírvanse explicar la compatibilidad de la decisión mencionada con las obligaciones que impone al Estado parte el artículo 2 del Pacto.

2.De conformidad con el párrafo 3 del artículo 4 de la Constitución, todos los tratados internacionales ratificados por el Estado parte son directamente aplicables y tienen precedencia sobre el derecho interno, salvo en los casos de instrumentos internacionales, para cuya aplicación se requiera la promulgación de una ley. ¿Se han invocado alguna vez las disposiciones del Pacto en tribunales nacionales? De ser así, sírvanse proporcionar detalles sobre todos los casos en que se han invocado y con qué resultados.

3.Sírvanse explicar las medidas que se hayan adoptado para reforzar la independencia de la Comisión de Derechos Humanos en consonancia con los Principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), aprobados por la Asamblea General en su resolución 48/134.

Medidas de lucha contra el terrorismo y respeto de las garantíasdel Pacto

4.Sírvanse indicar las medidas legislativas adoptadas para luchar contra el terrorismo y el grado en que éstas pueden afectar a los derechos garantizados en el Pacto.

No discriminación, igualdad entre hombres y mujeres (párrafo 1 del artículo 2, artículo 3 y artículo 26)

5.Sírvanse indicar las medidas legislativas y administrativas y las recientes decisiones judiciales, de haberlas, relativas a la protección contra la discriminación en cualquier ámbito por motivos de raza, color de la piel, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición. Sírvanse hacer observaciones acerca de la Ley de igualdad de derechos y oportunidades para el hombre y la mujer, de reciente aprobación.

6.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la aplicación de la Estrategia de igualdad de género para el período 2006-2016 y sus efectos. Faciliten información sobre: a) la situación de la mujer en la vida política, económica y social del país; b) los niveles de empleo entre las mujeres y la proporción de mujeres que ocupan puestos de responsabilidad en los sectores privado y público; c) la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor entre el hombre y la mujer; y e) las tasas de alfabetización y escolarización de las mujeres en comparación con los hombres. Indiquen todas las medidas legislativas y de otro tipo que se hayan adoptado para eliminar las actitudes patriarcales persistentes, los estereotipos arraigados en la sociedad y los que figuran en los libros de texto escolares, así como las medidas para poner fin a las prácticas discriminatorias existentes, tanto en el sector público como en el privado, que impiden que las mujeres y los hombres gocen de sus derechos en pie de igualdad.

Estado de excepción (artículo 4)

7.Sírvanse explicar por qué en el párrafo 3 del artículo 39 de la Constitución no se mencionan los derechos garantizados en los párrafos 1 y 2 del artículo 8 y en los artículos 11 y 15, ni los elementos del artículo 18 del Pacto. Sírvanse indicar en qué ley se regula la declaración del estado de excepción y por qué causas puede éste ser legítimamente declarado. ¿Se ha invocado alguna vez esta ley?

Derecho a la vida (artículo 6)

8.Sírvanse indicar si, en consonancia con el decreto presidencial de 17 de diciembre de 2007, por el cual se declaró la moratoria de la pena de muerte para todos los delitos, excepto los de terrorismo y los delitos graves cometidos en tiempo de guerra, el Estado parte tiene la intención de ratificar el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y modificar la legislación vigente, en particular el Código Penal, a fin de abolir la pena de muerte. Sírvanse especificar todos los delitos punibles con la pena de muerte.

9.Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre la prevalencia del embarazo entre las adolescentes, que conlleva la práctica de abortos peligrosos, e indicar las medidas adoptadas para acabar con este fenómeno.

Prohibición de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanoso degradantes (artículo 7)

10.Sírvanse explicar por qué la definición de tortura contenida en el párrafo 1 del artículo 347 del Código Penal no se ajusta a lo establecido en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y por qué las condenas previstas por tortura son relativamente benignas, con penas máximas de privación de libertad de 5 años para la tortura sin agravantes, de 7 para la tortura con agravantes, y de 10 para la tortura que haya provocado la muerte de la víctima.

11.Según las informaciones de que dispone el Comité, en el Estado parte son frecuentes los casos de tortura y otros malos tratos, en particular en los centros de detención preventiva en régimen de aislamiento (IVS) y en los centros de reclusión provisional en régimen de aislamiento (SIZO), donde, presuntamente, se somete a los detenidos y presos a torturas y otras formas de malos tratos, a fin de obtener confesiones. Sírvanse proporcionar información detallada sobre: 1) las investigaciones realizadas y el número de denuncias recibidas por la Fiscalía contra agentes del orden y personal de los centros de detención en relación con casos de torturas y malos tratos; 2) la índole de las acusaciones presentadas contra los agentes del orden; 3) el número de casos desestimados y las razones de esa decisión; 4) el número de funcionarios sancionados y las sanciones impuestas; y 5) medidas concretas adoptadas para la rehabilitación y resarcimiento de las víctimas.

12.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la magnitud del problema de la violencia contra la mujer, en particular la violencia doméstica. ¿De qué marco jurídico dispone el país para luchar contra la violencia doméstica, en particular qué disposiciones aseguran la investigación efectiva de esos actos y el enjuiciamiento y castigo de sus autores? Proporcionen también información sobre cualquier otra medida que se haya adoptado para combatir la violencia doméstica, como la formación de jueces, fiscales, agentes de policía y personal sanitario y las campañas destinadas a que las mujeres conozcan sus derechos y los recursos a su alcance. Además, faciliten información sobre: a) el número de denuncias recibidas; b) las investigaciones llevadas a cabo; c) los tipos de penas impuestas; d) las indemnizaciones concedidas a las víctimas; y e) el número de centros de acogida y otros recursos existentes para prestar asistencia a las víctimas de la violencia doméstica.

13.Según la información de que dispone el Comité, la legislación vigente no contiene disposiciones relativas a la no devolución y los solicitantes de asilo son extraditados u obligados a regresar a países donde existe la posibilidad de que se les someta a torturas y otros tratos o penas inhumanos o degradantes o a otras violaciones graves de los derechos humanos. Además, Kazajstán es parte en el Convenio de asistencia jurídica a las personas de la Comunidad de Estados Independientes, firmado en Minsk, con arreglo al cual las personas de la Comunidad de Estados Independientes que pudieran reclamar legítimamente la condición de asilados o refugiados no estarían amparadas por el principio de no devolución. Proporcionen información sobre las medidas que se hayan adoptado, en su caso, para proteger a los solicitantes de asilo contra la extradición y la devolución forzosa a países donde podrían ser sometidos a torturas, malos tratos, o graves violaciones de los derechos humanos.

14.El Comité observa que, aunque los castigos corporales están prohibidos en las escuelas de Kazajstán, en la práctica se aplican a los niños, especialmente en las escuelas militares, centros tutelares y lugares de trabajo. De acuerdo con datos estadísticos, los niños sometidos a castigos corporales por sus padres y otras personas constituyen del 60% al 80% del total de los niños del país. ¿Qué medidas se han adoptado para abolir los castigos corporales en todas sus formas?

Derecho a la libertad y la seguridad personales, tratamientode las personas privadas de su libertad y derecho a un juiciocon las debidas garantías procesales (artículos 9, 10 y 14)

15.Según la información de que dispone el Comité, el derecho interno no establece la obligación de la policía de informar a los detenidos sobre su derecho a un abogado, y en la práctica los agentes del orden disuaden a los detenidos de consultar a un abogado a fin de obtener testimonios autoinculpatorios por la fuerza. Además, en los casos relacionados con "secretos de Estado" los sospechosos no pueden elegir a su abogado, pues existe el requisito de que el sospechoso recurra a uno de los abogados incluidos en una lista limitada, que han sido autorizados por el Gobierno. Sírvanse explicar las medidas que se hayan adoptado para ajustar este requisito a lo dispuesto en el Pacto.

16.¿Se ha establecido un sistema independiente de inspecciones periódicas y sin previo aviso para supervisar los lugares de detención, en particular de los centros de reclusión provisional en régimen de aislamiento (SIZO) del Servicio de Seguridad Nacional, además de las inspecciones que llevan a cabo la Fiscalía y la Comisión de Derechos Humanos de Kazajstán? Sírvanse especificar las medidas que se hayan adoptado para hacer frente al deterioro de las condiciones de las prisiones, el hacinamiento, los casos de automutilación, la elevada incidencia de fallecimientos y los abusos en los centros de detención, en particular en el centro UK-161/3 en Zhitykara y en los centros de detención preventiva en régimen de aislamiento de la región de Almaty también conocidos como "stakan".

17.Según la información de que dispone el Comité, el centro de reclusión provisional en régimen de aislamiento de Karagandá se creó para albergar a niños menores de 16 años en conflicto con la ley, huérfanos y niños de la calle. Sírvanse responder a la información de que se mantiene a niños de entre 3 y 18 años juntos y sometidos a 30 días de reclusión, independientemente de las causas de su retención bajo custodia. Además, proporcionen información sobre las medidas adoptadas para crear instalaciones de detención especializadas, tribunales de menores, así como para formar a jueces de menores. Indiquen si, en la lucha contra la delincuencia juvenil, se aplican medidas alternativas a la detención, como la remisión a procedimientos extrajudiciales, la libertad vigilada, los servicios de apoyo psicosocial, los servicios a la comunidad o la suspensión condicional del cumplimiento de la pena.

18.Sírvanse responder a las denuncias de que, en sus operaciones de lucha contra el terrorismo, el Servicio Nacional de Seguridad utiliza lugares de detención no oficiales, como casas y apartamentos alquilados, para mantener a los sospechosos bajo detención de facto no reconocida y en régimen de incomunicación.

19.De acuerdo con la información de que dispone el Comité, existe una corrupción generalizada entre los órganos judiciales y otros órganos encargados de hacer cumplir la ley. Sírvanse informar de las medidas que se están adoptando para: a) luchar contra la corrupción; b) investigar a los funcionarios corruptos; y c) imponer sanciones a los jueces y agentes del orden. Indiquen también las medidas que se hayan adoptado, en su caso, para reforzar la independencia judicial mediante la reducción del protagonismo del fiscal en el procedimiento judicial, la habilitación del Consejo Constitucional para revisar decretos presidenciales, y la modificación del párrafo 4 del artículo 73 de la Constitución, que otorga al Presidente el derecho de veto sobre las decisiones del Consejo Constitucional.

20.Sírvanse responder a las informaciones según las cuales es frecuente que durante los juicios los jueces admitan pruebas obtenidas mediante tortura y otros malos tratos. ¿Qué medidas se han adoptado, en su caso, para asegurar la inadmisibilidad de semejantes pruebas?

Eliminación de la esclavitud y la servidumbre (artículo 8)

21.Sírvanse proporcionar información detallada sobre: a) el marco legislativo del Estado parte para luchar contra la trata de personas, en especial mujeres y niños; b) la incidencia de este fenómeno, expresada en datos estadísticos desglosados por sexo, edad y país de origen; c) el número de procesamientos y condenas y las sanciones impuestas a las personas implicadas en la trata de personas; y d) los programas de capacitación para los profesionales que intervienen en la aplicación de las medidas del Estado parte contra la trata de personas, en particular la policía, el poder judicial, los funcionarios de la Fiscalía y los trabajadores sociales.

Libertad de religión y creencias (artículo 18)

22.Sírvanse comentar la información de que la ley prescribe el registro obligatorio de las instituciones religiosas, y que las instituciones religiosas que tratan de inscribirse o renovar su inscripción se encuentran con dificultades y demoras considerables para lograr que se les autorice a realizar actividades religiosas. Sírvanse explicar cómo puede ser compatible con el Pacto el proyecto de ley sobre modificaciones y adiciones a algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán relativo a cuestiones de libertad de religión y organizaciones religiosas, en el que de hecho se prohíbe la educación religiosa privada a todos los niveles.

23.Sírvanse proporcionar información sobre: 1) los mecanismos existentes para que los objetores de conciencia cumplan servicios alternativos; 2) el número de personas que han hecho uso de esos mecanismos; y 3) la duración del servicio alternativo en comparación con el servicio militar.

Libertad de opinión y expresión, y libertad de reunión(artículos 19 y 21)

24.Sírvanse proporcionar información detallada sobre: a) la forma en que se garantiza la libertad de opinión y expresión en la ley y en la práctica, incluidos todos los aspectos relativos a las diversas formas de difusión de la información; b) el régimen jurídico de la propiedad y las licencias de los medios de prensa, televisión y radiodifusión, así como las disposiciones que regulan Internet, los servicios y proveedores de Internet y las bibliotecas electrónicas; y c) la existencia de medios de difusión no estatales. Además, sírvanse comentar la información de que el Gobierno vigila la utilización del correo electrónico e Internet, bloquea el acceso a los sitios web de la oposición e inserta propaganda a favor del Gobierno en los foros de Internet. Expliquen hasta qué punto las medidas de regulación se ajustan a las disposiciones del Pacto.

25.Sírvanse facilitar información acerca de la legislación sobre reunión pacífica y su aplicación.

26.Sírvanse facilitar información sobre el número de periodistas y otras personas que han sido detenidos y condenados por el delito de ultraje al honor y la dignidad del Presidente previsto en el Código Penal y el Código Administrativo. Aclaren el efecto que la nueva ley de junio de 2010, por la que se concede mayor inmunidad al Presidente y a su familia, puede tener al respecto. Informen asimismo sobre el número de medios de comunicación que han tenido que cerrar a causa de demandas por difamación, y la cantidad de periodistas y otras personas que han sido acosados, han muerto, o han sido detenidos a raíz de distintos delitos relacionados con los medios de comunicación tipificados en el Código Administrativo y en la Ley de los medios de comunicación.

Protección de menores (artículos 23 y 24)

27.Sírvanse proporcionar información detallada sobre: 1) la magnitud del fenómeno del maltrato infantil, incluidas la agresión sexual, la violencia doméstica y la trata; 2) el número de denuncias presentadas, investigaciones realizadas y sanciones impuestas a los autores; y 3) las disposiciones adoptadas para proteger y rehabilitar a las víctimas.

28.Sírvanse comunicar las medidas que se están adoptando para luchar contra todas las formas de discriminación que afectan a los niños, en particular a los niños con discapacidad, y para eliminar de las leyes y los textos oficiales términos como "idiota", "inválido" e "hijo ilegítimo", que estigmatizan a los niños con discapacidad y a los hijos nacidos fuera del matrimonio.

Derechos de los miembros de las minorías (artículo 27)

29.De acuerdo con la información de que dispone el Comité, la Ley de idiomas de 1997, si bien promueve de manera legítima la utilización del idioma kazajo, excluye de hecho el acceso de las minorías a diversas oportunidades económicas, políticas y de empleo, debido a su falta de dominio del kazajo. Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas que se estén adoptando, en su caso, para mejorar el acceso de las minorías al empleo y la participación política en todos los órganos de adopción de decisiones, en particular en aquellos cuyas decisiones repercuten directamente en su bienestar.

Difusión de información relacionada con el Pacto y el Protocolo Facultativo (artículo 2)

30.Sírvanse informar de las medidas adoptadas para difundir información sobre el Pacto y los Protocolos Facultativos, la presentación del informe inicial del Estado parte, y su próximo examen por el Comité. Sírvanse proporcionar también información más detallada sobre la participación de los representantes de grupos étnicos y minoritarios, la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y la institución nacional de derechos humanos en el proceso de preparación del informe.