Naciones Unidas

CRPD/C/POL/Q/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

25 de abril de 2018

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Lista de cuestiones relativa al informe inicial de Polonia *

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

1.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas de política y las leyes promulgadas para promover los derechos de las personas con discapacidad tras la ratificación de la Convención. A este respecto, rogamos indiquen el grado en que se ha promovido e incorporado la Convención en el Gobierno, todas las regiones, condados y municipios, y los sectores pertinentes, como la educación, el empleo, la salud y la justicia, y los recursos asignados para su aplicación.

2.Tengan a bien indicar si se han tomado medidas para corregir las omisiones que hay en la traducción de la Convención. Sírvanse indicar también si el Estado parte tiene la intención de incluir a las organizaciones de personas con discapacidad en este proceso.

3.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para armonizar la definición y los mecanismos de determinación de la discapacidad con el propósito (art. 1) y los principios (art. 3) de la Convención.

4.Rogamos indiquen el alcance y los efectos de las consultas con las organizaciones de personas con discapacidad emprendidas por la Oficina del Plenipotenciario del Gobierno para las Personas con Discapacidad y otras autoridades. A este respecto, sírvanse también indicar el grado en que las organizaciones de personas con discapacidad participan en la formulación de nuevas leyes y estrategias para velar por que la legislación cumpla lo dispuesto en la Convención y en la vigilancia de la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la presentación de informes al respecto.

5.Rogamos aporten información acerca de la formación de los profesionales que trabajan con personas con discapacidad en lo que respecta a los derechos reconocidos en la Convención.

6.Tengan a bien proporcionar información sobre toda medida adoptada para eliminar la terminología peyorativa de todas las leyes y políticas y del discurso público.

7.Por favor indiquen si se ha establecido un calendario para retirar las reservas a la Convención o para aprobar el Protocolo Facultativo de la Convención.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

8.Rogamos proporcionen información sobre toda medida adoptada para elaborar y aprobar legislación integral que prohíba la discriminación, en particular la discriminación interseccional contra las personas con discapacidad en todos los entornos, por agentes tanto públicos como privados.

9.Por favor describan los mecanismos existentes para que las personas con discapacidad denuncien la discriminación e informen si se provee acceso a asistencia jurídica gratuita y accesible, y en caso afirmativo, su alcance. Sírvanse facilitar datos completos sobre las denuncias de discriminación por personas con discapacidad que han sido llevadas ante los tribunales, incluidos los detalles de las presuntas violaciones y los resultados de dichos casos.

10.Rogamos proporcionen información sobre toda medida adoptada o prevista para combatir la discriminación interseccional que enfrentan las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales con discapacidad. Tengan a bien indicar también si el Estado parte tiene la intención de prohibir las denominadas “terapias de conversión”

Mujeres con discapacidad (art. 6)

11.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de la recomendación formulada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (véase CEDAW/C/POL/CO/7-8, párr. 25 b)) de que el Estado parte adopte una estrategia global para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad. A este respecto, sírvanse indicar también toda medida adoptada para alentar a las mujeres y las niñas con discapacidad a denunciar los casos de violencia, incluida la violencia sexual, y para eliminar la impunidad de la violencia contra las mujeres y las niñas con discapacidad.

12.Rogamos proporcionen información sobre las leyes, políticas, programas y estrategias concretas encaminadas a asegurar la realización de los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad y a fomentar su empoderamiento.

13.Tengan a bien indicar el grado en que las necesidades de las mujeres y las niñas con discapacidad se incorporan en las políticas y la legislación sobre la igualdad de género y sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

14.Por favor indiquen qué medidas se han adoptado para desinstitucionalizar a los niños, garantizar su acceso a la atención en la comunidad y evitar nuevos casos de institucionalización.

Toma de conciencia (art. 8)

15.Sírvanse facilitar información específica sobre las medidas adoptadas, en particular en colaboración con el sector de la educación y los medios de comunicación, para promover una imagen positiva de las personas con discapacidad y erradicar los estereotipos e ideas erróneas relativos a esas personas. Rogamos también aclaren si el discurso de odio contra las personas con discapacidad está totalmente prohibido.

Accesibilidad (art. 9)

16.Por favor proporcionen información detallada sobre: a) el marco legislativo para la accesibilidad mediante el diseño universal, incluidas las sanciones por su denegación; y b) la aplicación de la legislación pertinente y la incorporación del diseño universal y los ajustes razonables en todos los sectores.

17.Sírvanse proporcionar información sobre el marco legislativo para la lengua de señas y las tecnologías de apoyo, y su aplicación.

18.Rogamos proporcionen información sobre la accesibilidad de los sitios web de las instituciones públicas y de los cajeros automáticos.

19.Tengan a bien proporcionar información actualizada sobre si la Ley de Adquisiciones Públicas impone obligaciones con respecto a la accesibilidad de los edificios y lugares públicos.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

20.Sírvanse precisar en qué grado los planes de evacuación en casos de emergencia tienen en cuenta los tipos de discapacidad específicos, incluida la discapacidad visual, auditiva, intelectual, psicosocial y física.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

21.Rogamos indiquen las medidas adoptadas para introducir las enmiendas legislativas necesarias para: a) asegurar el restablecimiento pleno de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad; b) prohibir toda intervención por parte del Estado o los miembros de la familia ante los tribunales para solicitar que una persona sea declarada “incapaz”; y c) elaborar, aplicar plenamente y financiar adecuadamente un sistema de mecanismos de apoyo para la adopción de decisiones conforme con la Convención.

Acceso a la justicia (art. 13)

22.Sírvanse proporcionar más detalles sobre la disponibilidad de ajustes procesales y los recursos que se les ha asignado.

23.Rogamos faciliten información sobre la capacitación relativa a la Convención impartida a los jueces, fiscales, abogados y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

24.Por favor indiquen si en los lugares de detención están garantizados los ajustes razonables para todas las personas con discapacidad.

25.Sírvanse proporcionar información sobre el número de personas con discapacidad que están internadas permanentemente en algún tipo de institución sin su consentimiento y sobre las medidas adoptadas para garantizar la reintegración de las personas con discapacidad en sus familias y comunidades. Sírvanse también indicar si la Ley de Protección de la Salud Mental aún permite la admisión de personas con discapacidad en hospitales psiquiátricos sin su consentimiento.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

26.Según la información que tiene ante sí el Comité, un número considerable de personas con discapacidad psicosocial son encarceladas durante cierto tiempo a causa de su deficiencia, antes de su internamiento en un hospital psiquiátrico. Rogamos formulen observaciones al respecto e indiquen las medidas previstas para poner fin a estas prácticas.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

27.Tengan a bien proporcionar detalles sobre: a) los mecanismos independientes de vigilancia relativos a la violencia contra las personas con discapacidad; b) las posibilidades de vigilancia e intervención que tienen estos mecanismos; y c) la financiación de estos mecanismos.

28.Sírvanse indicar qué posibilidades tienen las personas con discapacidad que viven en instituciones de denunciar los actos de violencia contra ellas de forma segura, por ejemplo mediante buzones de quejas sellados.

29.Rogamos proporcionen datos estadísticos sobre las condenas impuestas por actos de violencia contra las personas con discapacidad.

Protección de la integridad personal (art. 17)

30.Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de si se han derogado las disposiciones legislativas que permiten la intervención médica en el caso de personas con discapacidad psicosocial sin su consentimiento informado.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad(art. 19)

31.Rogamos indiquen el número de personas con discapacidad internados en instituciones, desglosado por deficiencia, sexo, origen étnico y edad.

32.Por favor proporcionen información sobre las medidas adoptadas o previstas para desinstitucionalizar a todas las personas con discapacidad que actualmente viven en instituciones y garantizar su vida independiente en la comunidad, en particular la prestación de servicios de asistencia personal adecuados y de alta calidad.

Movilidad personal (art. 20)

33.Sírvanse indicar cómo se garantiza el acceso a ayudas para la movilidad de calidad para las personas con discapacidad.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21)

34.Rogamos proporcionen información sobre el uso y la difusión de los formatos de lectura fácil en todos los sectores de la población.

Respeto del hogar y la familia (art. 23)

35.Tengan a bien indicar todas las medidas adoptadas para derogar la legislación que deniega a las personas con discapacidad, en particular las personas con discapacidad intelectual y/o psicosocial, el derecho a contraer matrimonio y ejercer los derechos familiares y la patria potestad.

36.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas para garantizar el apoyo a los padres con discapacidad, en particular discapacidad psicosocial.

37.Rogamos proporcionen información sobre toda medida adoptada para modificar la ley a fin de garantizar que un progenitor que cuida de un hijo que recibe una prestación por discapacidad pueda ejercer una profesión.

Educación (art. 24)

38.Por favor aporten más información sobre cualquier estrategia o plan de acción para asegurar la transición de los alumnos con discapacidad a la educación inclusiva.

39.Sírvanse proporcionar información sobre el número y el porcentaje de niños ciegos o sordos y los niños con discapacidad intelectual, psicosocial o física en escuelas especiales y en clases especiales o corrientes en las escuelas corrientes, y de niños que reciben educación en el hogar.

40.Rogamos proporcionen información sobre el número y el porcentaje de estudiantes con discapacidad en escuelas de formación profesional y de enseñanza superior.

Salud (art. 25)

41.Tengan a bien especificar las medidas adoptadas para garantizar la accesibilidad de los servicios de salud, incluidos el transporte que se ofrece a las personas con discapacidad en las zonas rurales y las salvaguardias establecidas para garantizar que los procedimientos médicos para las personas con discapacidad se realicen siempre con su consentimiento pleno e informado y que se capacite al personal de salud y médico en el enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos.

42.Sírvanse indicar las salvaguardias existentes para garantizar el pleno acceso a los derechos sexuales y reproductivos para las mujeres y las niñas con discapacidad.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

43.Rogamos indiquen el grado en que el marco legislativo en materia de habilitación y rehabilitación, y su aplicación están en consonancia con el modelo de la discapacidad basado en los derechos humanos.

Trabajo y empleo (art. 27)

44.Por favor suministren al Comité datos exhaustivos sobre el empleo de las personas con discapacidad, desglosados por sexo, origen étnico, edad, nivel de cualificación, tipo de empleo y nivel de salario, indicando si el empleo es en el sector público o el privado y si es en un entorno laborar segregado o inclusivo.

45.Sírvanse suministrar información sobre incentivos y medidas concretas para facilitar el empleo de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo abierto.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

46.Rogamos faciliten datos completos sobre las personas con discapacidad en riesgo de caer en la pobreza. Tengan a bien también describir las políticas y medidas adoptadas para erradicar la pobreza y mejorar el nivel de vida de las personas con discapacidad.

47.Sírvanse indicar las medidas concebidas para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a programas de vivienda pública.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

48.Rogamos proporcionen información actualizada sobre la accesibilidad de las instalaciones y los procedimientos de votación y sobre las oportunidades para que todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas con discapacidad psicosocial y/o intelectual, voten de manera independiente.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

49.Por favor indiquen las medidas adoptadas para poner en práctica la recopilación y el análisis de datos desglosados sobre la discapacidad, en consonancia con la Convención.

Cooperación internacional (art. 32)

50.Sírvanse informar al Comité sobre el uso de los fondos estructurales de la Unión Europea para la desinstitucionalización de las personas con discapacidad cuando dispongan de la posibilidad de vivir con independencia en la comunidad.

51.Tengan a bien facilitar información sobre las medidas adoptadas para que las personas con discapacidad participen, a través de sus respectivas organizaciones, en todas las etapas de los programas de desarrollo establecidos en el ámbito de la cooperación internacional, en particular en la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

52.Sírvanse proporcionar información sobre la autoridad y el mandato del Defensor de los Derechos Humanos para actuar como mecanismo independiente de vigilancia de la aplicación de la Convención, incluida información sobre los recursos financieros asignados, la diversidad y las aptitudes de los recursos humanos disponibles y la participación de las organizaciones de personas con discapacidad.