CAII

Centros de Atención Integral Isange

CCLI

Libro Primero del Código Civil de 1988

Legal Aid Forum

LAF

MAJ

Maison d’Accès à la Justice

MIGEPROF

Ministerio de Género y Promoción de la Familia

MINECOFIN

Ministerio de Finanzas y Planificación Económica

MINIJUST

Ministerio de Justicia

ODS

Objetivos de Desarrollo Sostenible

OIM

Organización Internacional para las Migraciones

OIR

Oficina de Investigación de Rwanda

ONG

Organizaciones No Gubernamentales

ONU‑Mujeres

Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres

PHM

Personas históricamente marginadas

PYME

Pequeña y mediana empresa

TIC

Tecnologías de la información y las comunicaciones

Introducción

El presente es el décimo informe periódico de Rwanda sobre la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. La presentación del informe coincide con el 40º aniversario de la adhesión de Rwanda a la Convención. La Convención ha sido un elemento esencial para la promoción de los derechos de las mujeres en Rwanda, especialmente durante el período posterior a 1994, cuando tuvo lugar el genocidio contra los tutsis. Durante el período comprendido entre marzo de 2017, cuando presentó sus informes periódicos séptimo a noveno combinados, y marzo de 2021, Rwanda ha seguido cumpliendo sus compromisos dimanantes de la Convención.

Las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (en lo sucesivo el Comité) han contribuido a la formulación de políticas, la promulgación de nuevas leyes o la modificación de las anteriores y la adopción de otras estrategias que contribuyen a promover los derechos de las mujeres en el país. Así pues, el Gobierno de Rwanda se complace en presentar el décimo informe del país en virtud del artículo 18 de la Convención.

El presente informe periódico, el décimo, se ha elaborado de acuerdo con las directrices armonizadas sobre la presentación de informes en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos.

Rwanda compareció por última vez ante el Comité en marzo de 2017. Este formuló sus observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo al noveno combinados de Rwanda el 9 de marzo de 2017. En el presente informe se responde directamente a las cuestiones planteadas por el Comité en las observaciones finales que dirigió al Gobierno en 2017. También se proporciona información sobre aquellas esferas en que se han producido novedades significativas y que no se han abordado previamente en los informes elaborados en virtud de la Convención o de otros tratados en los que Rwanda es parte.

Se remite al Comité a los informes presentados por Rwanda a los órganos de otros tratados del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular los presentados después de 2017. Además, el presente informe debe leerse junto con el Documento Básico Común de Rwanda, presentado en 2015.

Preparación y estructura del informe

La preparación del informe fue coordinada por el Ministerio de Género y Promoción de la Familia (MIGEPROF) en colaboración con el Ministerio de Justicia (MINIJUST). A lo largo del proceso se ha consultado a las instituciones gubernamentales y las organizaciones no gubernamentales (ONG) integrantes del Grupo de Trabajo sobre la Preparación de Informes para los Órganos de los Tratados, que han desempeñado un papel esencial. El informe fue examinado en una reunión de validación de las partes interesadas antes de ser presentado al Consejo de Ministros para su aprobación. Cabe, pues, afirmar que en la preparación del informe se siguió un enfoque participativo que condujo a la celebración de amplias consultas con las partes interesadas.

La estructura del informe es la siguiente: i) Introducción; ii) Preparación del informe; iii) Estatuto jurídico de la Convención; Parte I: artículos 1 a 6; Parte II: artículos 7 a 9; Parte III: artículos 10 a 14; Parte IV: artículos 15 y 16; y Parte V: otros asuntos objeto de examen. El informe finaliza con la presentación de información acerca de otras cuestiones generales planteadas por el Comité.

Estatuto jurídico de la Convención

Respuesta al párrafo 9 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda (CEDAW/C/RWA/CO/7-9)

Según la Constitución de la República de Rwanda de 2003, cuyo artículo 95 fue modificado en 2015, los tratados y acuerdos internacionales ratificados por Rwanda (incluida la Convención) se sitúan en el tercer lugar de preeminencia en el ordenamiento jurídico del país, después de la Constitución y las leyes orgánicas.

Sin embargo, la supremacía de la Constitución de la República de Rwanda de 2003, revisada en 2015, (la Constitución) y de las leyes orgánicas sobre los tratados internacionales, establecida en el artículo 95 de la Constitución, no ha supuesto ningún cambio con respecto a las disposiciones de la Convención. La razón de ser del artículo 95 es que las leyes orgánicas se ocupan de cuestiones constitucionales. Como no resulta viable que los legisladores enmienden la Constitución cada vez que sea necesario modificar o armonizar una disposición constitucional, para tratar las cuestiones constitucionales se adoptan leyes orgánicas. En virtud de la enmienda de la Constitución de 2015 se introdujo la posibilidad de regular determinadas materias fundamentales mediante leyes orgánicas, en lugar de hacerlo en la Constitución, y, por tanto, tienen primacía sobre los convenios internacionales.

Además, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 de la Constitución se elimina la posibilidad de conflicto entre los tratados y acuerdos internacionales y la legislación nacional. En esa disposición se deja claro que, cuando un tratado o acuerdo internacional contenga disposiciones que entren en conflicto con la Constitución o con una ley orgánica, la facultad de ratificar o aprobar dicho tratado o acuerdo no podrá ejercerse hasta que se haya modificado en consecuencia la Constitución o la ley orgánica de que se trate.

Parte I (Artículos 1 a 6)

Artículo 1: Definición de discriminación

Durante el período que se examina, el Gobierno de Rwanda siguió aplicando lo establecido en el artículo 1 de la Convención. En cuanto a la definición de discriminación, en el párrafo 2 del artículo 16 de la Constitución se enumeran los motivos de discriminación prohibidos y sancionables, incluida la discriminación por razón de sexo.

Además de la Constitución, la Ley núm. 68/2018, de 30 de agosto, en la que se establecen los delitos y las penas en general (Ley de Delitos y Penas en General de 2018) contiene una definición exhaustiva de la discriminación.

Respuesta al párrafo 11 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Además de la mencionada disposición constitucional y de la Ley sobre Delitos y Penas en General de 2018, Rwanda también ha revisado otras leyes en aras de la creación de un entorno global libre de discriminación contra las mujeres.

En el artículo 9 de la Ley núm. 66/2018, de 30 de agosto, en virtud de la cual se regula el trabajo en Rwanda, se prohíbe la discriminación en el lugar de trabajo. El sexo es uno de los motivos de discriminación prohibidos.

Además, el delito de discriminación está castigado según lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley de Delitos y Penas en General de 2018.

Durante el período que se examina, el Gobierno continuó revisando la legislación con miras a eliminar todas las disposiciones que pudieran poner en peligro la igualdad entre hombres y mujeres. En ese sentido, cabe destacar que, en 2016, se promulgó la Ley núm. 32/2016, de 28 de agosto, en virtud de la cual se regulan las personas y la familia.

Con la Ley de 2016 se derogó el artículo 83 del Libro Primero del Código Civil de 1988 (CCLI), en él figuraba la obligación de que el domicilio de una mujer casada fuese el de su cónyuge. En virtud de esa Ley también se derogó el artículo 119 del CCLI, en virtud del cual solo el padre podía inscribir a los hijos. La madre solo podía hacerlo si no era posible que lo hiciera el padre. También se derogó el artículo 206 del CCLI, en virtud del cual solo se reconocía como cabezas de familia a los hombres. Actualmente, en la legislación se reconoce la gestión conjunta de los hogares por parte de ambos cónyuges.

También se derogó el artículo 345 del CCLI, en virtud del cual se daba preferencia a los maridos en materia de patria potestad. En cuanto a la administración de los bienes de los hijos, en virtud de la Ley de las Personas y la Familia de 2016 se derogó el artículo 352 del CCLI, en el que se establecía la preferencia al padre para representar a los hijos y administrar sus bienes. En virtud de la Ley de 2016, se reconoce esa facultad a cualquiera de los progenitores o a cualquier otra persona titular de la patria potestad.

La legislación va más allá, y en ella se menciona que, cuando el matrimonio ya no sea válido, la administración de los bienes de los hijos corresponderá al progenitor que quede a cargo de su custodia.

Por último, en cuanto a las personas competentes para solicitar la emancipación de un menor, con la Ley de 2016 se derogó el artículo 427 del CCLI, en virtud del cual se daba preferencia a los padres a la hora de solicitar la emancipación de sus hijos menores. La Ley de 2016 trajo otros cambios con respecto al CCLI. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de esa Ley, ambos progenitores tienen derecho a solicitar la emancipación de sus hijos. Además, los padres adoptivos, los tutores y las organizaciones de defensa de los derechos del niño también están facultados para solicitar la emancipación de un menor. La ley también permite que un menor que haya cumplido 16 años solicite por sí mismo su emancipación si no tiene ni padres ni tutor.

El Gobierno también aprobó la Ley núm. 27/2016, de 8 de julio, por la que se regulan los regímenes matrimoniales, las donaciones y las sucesiones. En virtud del artículo 75 de dicha Ley se otorga el mismo derecho a la sucesión sea cual sea el cónyuge superviviente. Se trata de un cambio positivo, ya que en virtud de la Ley anterior (núm. 22/1999, de 12 de noviembre, por la que se complementaba el CCLI y se instituía la parte quinta, relativa a los regímenes matrimoniales, las donaciones y las sucesiones) la esposa superviviente solo podía administrar el patrimonio familiar de los hijos. Además, en el artículo 54 de esa Ley se hace hincapié en la igualdad de los hijos en la sucesión. Los hijos legítimos de un fallecido heredan en partes iguales, sin ninguna discriminación entre hijos e hijas.

Las mujeres rwandesas siguen disfrutando de los mismos derechos que los hombres en materia de propiedad, incluida la de la tierra, tal y como se establece en la Ley de Sucesiones de 2016 y en la Ley de Tierras de 2013. También tienen los mismos derechos que los hombres en lo relativo a la gestión del hogar, tal y como se establece en la Ley de las Personas y la Familia de 2016, que fue revisada en febrero de 2020 para eliminar las disposiciones que resultaban discriminatorias por motivos de género, entre otras cosas. Se modificó el artículo 215, con lo que se eliminó el período de 300 días que las mujeres tenían que esperar antes de contraer un nuevo matrimonio. También se modificó el artículo 18, con lo que se eliminó la custodia de los hijos menores de seis años a las madres que antes se concedía de manera automática.

En cuanto a la “violación conyugal”, en los artículos 5 y 19 de la Ley núm. 59/2008, de 10 de septiembre, sobre la prevención y el castigo de la violencia de género, se prevé para ese delito una pena de prisión de seis meses a dos años, inferior en cualquier caso a la correspondiente a la violación fuera del matrimonio. Se está revisando esa Ley con el fin de armonizar la pena con la establecida en el artículo 134 de la Ley de Delitos y Penas en General de 2018.

Por lo que respecta al fomento de la capacidad, el Gobierno de Rwanda, a través del MINIJUST y sus asociados, organiza anualmente sesiones de fomento de la capacidad para todos los comités abunzi del país. Las sesiones se centran en las leyes que suelen utilizar los abunzi, como la ley de las personas y la familia, la ley de tierras, la ley de sucesiones y la ley de violencia de género. Esas leyes influyen en el avance de los derechos de la mujer en general y en el principio de no discriminación en particular. Además, está previsto formar a los miembros de los comités abunzi en técnicas de mediación que tengan en cuenta las cuestiones de género.

A medida que surja la necesidad, seguirán organizándose sesiones de fomento de la capacidad para llegar a los diferentes grupos de profesionales del derecho.

Artículo 2: Medidas que es necesario adoptar en materia de políticas

Durante el período que se examina, Rwanda siguió adoptando leyes y reglamentos y aplicando políticas para eliminar la discriminación contra la mujer. La información que se proporciona más arriba en relación con el artículo 1 sirve como complemento a la información facilitada bajo el presente epígrafe y las observaciones finales pertinentes.

Acceso a la justicia

Respuesta al párrafo 13 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Con el fin de garantizar el acceso a la justicia, cada distrito cuenta con tres funcionarios encargados de facilitar el acceso a los servicios de justicia a través del mecanismo denominado “Maison d’Accès à la Justice (MAJ)”. Las MAJ prestan servicios de asistencia jurídica y se ocupan de difundir las leyes entre la población. Uno de los tres funcionarios se encarga de la violencia de género y del maltrato infantil, lo que facilita el acceso de las víctimas a la justicia.

Durante los ejercicios económicos 2017/2018, 2018/2019 y 2019/2020, al menos 31.221 mujeres recibieron asistencia jurídica gratuita a través de las MAJ, los servicios del MINIJUST y el Colegio de Abogados de Rwanda gracias al convenio de asistencia jurídica concertado entre estos dos últimos. Los agentes no estatales también contribuyen en gran medida a la prestación de servicios de asistencia jurídica, en los que las mujeres también reciben la debida atención.

Además, también hay proveedores no estatales que prestan servicios de asistencia jurídica a personas vulnerables. El Legal Aid Forum (LAF) ha prestado desde 2018/2020 los siguientes servicios: representación legal de 1.958 personas ante los tribunales, tanto en materia penal como civil. En materia civil, las mujeres constituyeron el 68 % de las 651 personas representadas, mientras que en materia penal constituyeron el 13 % de las 1.307 personas representadas. En lo que respecta a la asistencia jurídica, se prestó asesoramiento jurídico a 100.125 personas sobre sus asuntos legales. Un gran número de las personas asistidas eran mujeres debido a que, además de sus propios casos, las mujeres defendían los derechos de sus hijos. La asistencia jurídica se presta tanto de manera presencial como a través de las plataformas basadas en las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), una modalidad en la que las personas reciben asistencia de abogados desde el centro de llamadas a través del teléfono móvil de forma gratuita y sin necesidad de desplazarse de sus hogares.

También se puede acceder gratuitamente a mensajes sobre la legislación laboral a través de la línea telefónica de asistencia jurídica (845). En total, 34.153 personas escucharon mensajes relacionados con la legislación laboral a través de la respuesta vocal interactiva y 8.762 personas leyeron mensajes facilitados por el servicio complementario de datos no estructurado.

Respuesta al párrafo 13 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En colaboración con Profemmes Twese Hamwe, entre otros interesados, se organizaron diferentes actividades de divulgación sobre la prevención, la respuesta y el acceso a la justicia en relación con la violencia de género con las que se consiguió llegar a unas 17.228 personas y se dotó a las mujeres de conocimientos e información sobre las políticas, la legislación y los mecanismos de atención en materia de violencia de género. También se elaboró y divulgó una guía jurídica simplificada en forma de folleto sobre las leyes recientemente modificadas, como las relacionadas con la tierra, la familia, las sucesiones, los derechos del niño y la violencia de género.

El LAF organizó sesiones presenciales de formación jurídica mediante campañas de sensibilización y también a través de plataformas TIC. Se impartió formación a unas 2.281.905 personas sobre las leyes más útiles de Rwanda, como las relacionadas con la violencia de género, los derechos del niño, las procesales, las relacionadas con la ejecución de sentencias, las sucesiones, la familia, la tierra y la expropiación, etc.

Además, los Comités de Justicia, Reconciliación, Ley y Orden de sector y de distrito y el personal de las MAJ organizan periódicamente diálogos comunitarios a través de los cuales se comparten con los miembros de la comunidad mensajes clave sobre los derechos humanos, como el derecho de las mujeres a acceder a la justicia. Esas reuniones también han servido como un importante foro para concienciar a los ciudadanos de a pie sobre la existencia de las MAJ y sus servicios.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Respuesta al párrafo 15 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Se han puesto en marcha y se han reforzado los mecanismos nacionales de género con el fin de acelerar el avance en la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. Esos mecanismos son los siguientes:

•El MIGEPROF, que tiene el mandato de garantizar la coordinación estratégica de la aplicación de las políticas en materia de género, familia, empoderamiento de la mujer e infancia;

•La Oficina de Seguimiento de la Igualdad de Género, que se encarga específicamente de supervisar la incorporación de la perspectiva de género y la lucha contra la violencia de género en las instituciones públicas y privadas, religiosas y de la sociedad civil para alcanzar la igualdad de género;

•El Consejo Nacional de la Mujer, que tiene el mandato de fomentar la capacidad de las mujeres y garantizar su participación en el desarrollo nacional mediante el activismo y la movilización social;

•El Foro de Mujeres Parlamentarias, cuyo objetivo principal es contribuir a las capacidades de las parlamentarias rwandesas en su papel de defensoras del género y fortalecer dichas capacidades, así como cumplir la tarea del Parlamento en la aplicación de sus intervenciones estratégicas.

El país ha desplegado enormes esfuerzos para garantizar un desarrollo equitativo y sensible con respecto al género. La generalización de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas han formado parte de las prioridades estratégicas de los diferentes marcos de desarrollo, y aún se mantiene en la nueva Estrategia Nacional de Transformación para guiar el compromiso del Gobierno con una transformación nacional que no deje a nadie atrás.

Las instituciones del mecanismo nacional de género se han reforzado a lo largo de todo el proceso de planificación y presupuestación, mientras que el género y la familia se han considerado como cuestiones transversales en todos los sectores.

Además, a través de los mecanismos de coordinación ya establecidos, como el Grupo Nacional de Género y Familia, reactivado y convertido oficialmente en 2017 en un nuevo mecanismo de coordinación que reúne a todas las partes interesadas que intervienen en la promoción de la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer, la promoción de la familia, la promoción, protección y desarrollo de los derechos del niño cuyo propósito es mejorar las intervenciones, evitar la duplicación de esfuerzos y mejorar el intercambio de información y experiencias entre los diferentes rincones del país.

Se creó un Subgrupo de Igualdad de Género y Empoderamiento de la Mujer para fortalecer la coordinación y el intercambio de información entre los interesados que intervienen en cuestiones de género y empoderamiento de la mujer. Esas instituciones se reúnen trimestralmente para compartir las prioridades del sector y planificar la forma de abordar los problemas relacionados con el género.

Desde el punto de vista financiero, las instituciones integradas en el mecanismo nacional de género también reciben recursos presupuestarios del Gobierno para cumplir sus respectivos mandatos y garantizar la promoción de la igualdad de género en el país. Para ello se cuenta con el apoyo del programa denominado Presupuestos Sensibles al Género, institucionalizado en virtud de la Ley Orgánica núm. 12/2013/OL, de 12 de septiembre, sobre finanzas y bienes del Estado, en virtud de la cual se garantiza que una parte del presupuesto nacional se destine a abordar cuestiones relacionadas con el género. Eso ha permitido a los agentes que desarrollan su actividad en esa esfera, en concreto a las instituciones públicas, utilizar los recursos públicos de manera que beneficien tanto a los hombres como a las mujeres y tanto a los niños como a las niñas, y abordar problemas persistentes, como la violencia de género, y la agenda de paz y seguridad.

En los ejercicios económicos transcurridos entre 2017 y 2020, la incorporación de la perspectiva de género en el presupuesto nacional a través de la declaración presupuestaria de género ha supuesto un aumento del volumen de recursos destinados a esta cuestión del 14 %, el 21 % y el 18 %, respectivamente.

Además, los directivos y los mandos intermedios de los mecanismos de género han recibido formación sobre la forma de dirigir la transformación, con el fin de fomentar su capacidad de liderazgo.

También se imparte de manera especial un curso de gestión de políticas económicas de género a las instituciones del mecanismo nacional de género, entre otras cosas para aumentar las aptitudes del personal en materia de integración y análisis de género en el proceso de planificación y presupuestación.

Además, todos los años se organiza un retiro para los directivos de las instituciones del mecanismo nacional de género con el fin de compartir experiencias, debatir las estrategias, los instrumentos y los mecanismos, así como exponer las intervenciones innovadoras que deben aplicarse para abordar los problemas pendientes en la esfera del género con el fin de cumplir el mandato de esas instituciones.

Organizaciones no gubernamentales

Respuesta al párrafo 17 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

El Gobierno de Rwanda no interfiere en modo alguno en el funcionamiento interno de las ONG. Al contrario, el Gobierno las considera como asociados importantes y sus relaciones con ellas se basan en el respeto mutuo, la colaboración genuina y el diálogo abierto. Se han promulgado leyes para regular el funcionamiento de las ONG.

El número de ONG ha aumentado de 454 en 2012 a 1881 en 2020; el de organizaciones religiosas pasó de 329 en 2013 a 771 en 2020 y el de ONG internacionales de 180 en 2017 a 197 en 2020. Además, en 2020 varias ONG internacionales trasladaron su sede internacional o regional a Rwanda. Esos datos dan testimonio de que el entorno jurídico y operativo es altamente propicio para las organizaciones de la sociedad civil.

Se está llevando a cabo una revisión de las leyes que regulan las actividades de las ONG nacionales e internacionales en la que han participado todas las partes interesadas, incluidas las organizaciones de la sociedad civil. En la revisión de esas leyes se ha previsto introducir reformas en el proceso de registro de las ONG para hacerlo más eficaz.

El Consejo de Gobernanza de Rwanda también se encuentra en la fase final de desarrollo de un sólido sistema de registro y gestión de las organizaciones de la sociedad civil, con el que se confía en que el proceso de registro será más fluido y eficiente.

Artículo 3: Igualdad

Rwanda sigue garantizando la igualdad fundamental de hombres y mujeres en todas las esferas de la vida. Se siguen tomando medidas para garantizar que las mujeres podrán disfrutar de los derechos humanos básicos y las libertades fundamentales en pie de igualdad con los hombres.

El principio de igualdad entre hombres y mujeres está firmemente arraigado en la Constitución. Ya desde el principio, en el preámbulo, se establece el compromiso del pueblo de Rwanda con la construcción de un Estado de derecho, basado en el respeto de los derechos humanos, la libertad y el principio de igualdad de todos los rwandeses ante la ley, así como la igualdad entre hombres y mujeres.

En el artículo 2 se reconoce el derecho a votar y ser votado en plena igualdad para hombres y mujeres. En el artículo 16 se afirma que todos los rwandeses nacen y permanecen iguales en derechos y libertades. A la luz de lo dispuesto en el artículo 27, todos los rwandeses tienen derecho a participar en el gobierno del país y a acceder a la función pública en igualdad de condiciones, de acuerdo con su competencia y capacidad. En el artículo 30 se reconoce el derecho de todos los rwandeses a recibir un salario igual por un trabajo de igual valor. En el artículo 56 se recoge la obligación de las organizaciones políticas de reflejar siempre la unidad de los rwandeses, así como la igualdad y la complementariedad de hombres y mujeres, en el reclutamiento de sus miembros, en el establecimiento de sus órganos de dirección y en su funcionamiento y actividades. En el artículo 80 se establece que los órganos encargados de la designación de senadores han de tener en cuenta la unidad nacional y el principio de igualdad de género.

Además de las disposiciones constitucionales esenciales en las que se afirma la igualdad entre hombres y mujeres que se exponen en la presente sección, en el informe se hace alusión a algunas disposiciones incluidas en otras leyes (véase el artículo 1). Cabe señalar que se sigue haciendo todo lo posible para que esa igualdad teórica se respete también en la práctica.

Artículo 4: Medidas especiales de carácter temporal

Respuesta al párrafo 19 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En Rwanda está prohibido todo tipo de discriminación. Las mujeres están representadas en los sindicatos, la agricultura, la industria hortícola, la pesca y el comercio transfronterizo. Sin embargo, es necesario aumentar el número de mujeres en los distintos sectores en función de la situación de cada uno de ellos desde la perspectiva de género. En cuanto al comercio transfronterizo, las estadísticas de género de 2019 muestran que en los cuatro años anteriores se produjo un aumento significativo en el número de mujeres dedicadas al comercio informal de exportación, que ha pasado de 546.520 en 2014 a 752.679 en 2018.

En cuanto a la agricultura, en el mismo informe se muestra que, entre los hogares dedicados a la producción de cultivos que reciben servicios de extensión agraria, el número de los que están encabezados por mujeres es ligeramente superior al de los que están encabezados por hombres (el 90,7 % frente al 88,4 %).

Por lo que respecta al sistema de paridad de género aplicado a la contratación de mujeres, el Gobierno reconoce la igualdad de derechos, sin discriminación por motivos de género, a la hora de contratar candidatos adecuados para los puestos disponibles en el sector público. Eso se aplica a todos los sectores de la economía. Asimismo, durante los procesos de contratación, se da prioridad a las mujeres cuando los candidatos masculinos y femeninos reúnen los mismos méritos.

A partir de la promulgación de la Constitución, en la que se consagra el principio de la igualdad de género y los derechos de la mujer se adoptaron medidas especiales y se estableció un cupo mínimo del 30 % para las mujeres en todos los puestos de toma de decisiones.

Además, se promulgó la Ley Orgánica núm. 001/2019.OL, de 29 de julio, por la que se regulan las elecciones, como un instrumento legislativo adicional con el que promover la paridad de género en las estructuras de decisión del Gobierno. El artículo 91 de esta ley se refiere a la composición de la Cámara de Diputados y en él se establece la reserva de 24 escaños para las mujeres (lo que equivale al 30 %).

Además, en el artículo 106 de la misma Ley, sobre la composición del Senado, se establece que los órganos encargados de la designación de los senadores habrán de tener en cuenta la unidad nacional y el género. En el artículo 143 se establece que se deberá elegir a una mujer como miembro de cada Consejo de Sector y también de cada Consejo de Distrito, mientras que en el artículo 144 se establece que al menos el 30 % de todos los miembros del Consejo de Distrito elegidos mediante votación indirecta y secreta deberán ser mujeres. Según el artículo 148, entre los miembros del Comité Ejecutivo del Distrito y la Ciudad de Kigali debe haber un 30 % de mujeres. En el artículo 161 se establece que al menos el 30 % de los miembros de los Comités Ejecutivos de los Consejos Nacionales deberán ser mujeres.

En el momento de redactar el presente informe, Rwanda era líder mundial en la participación de la mujer en los puestos de toma de decisiones, con un 61,3 % de mujeres en el Parlamento, y ocupaba el noveno lugar a nivel mundial (Global Gender Gap Report 2020) en el cierre de las brechas de género. Además, las mujeres también están representadas en el poder judicial, con un 51 % de sus miembros, y en el gabinete, con un 53,3 % de mujeres.

A nivel descentralizado, las mujeres están bien representadas, como lo demuestran las siguientes cifras de las principales estructuras administrativas: el 41 % en la Junta de los Consejos de Distrito; el 45,2 % de los miembros de los Consejos de Distrito; el 42,7 % en los Consejos Sectoriales y el 34,5 % en los Consejos de Células, además de 33,3 % de las Alcaldías de Distrito.

En el momento de redactar el presente informe, 122.059 mujeres eran miembros de los Comités del Consejo Nacional de la Mujer, estructurados desde el nivel descentralizado hasta el nivel nacional con el fin de reforzar la representación de las mujeres en los puestos directivos, fortalecer el marco para el empoderamiento, la promoción, la movilización social y el fomento de la capacidad de las mujeres.

Profemmes Twese Hamwe seleccionó a posibles mentoras para que las mujeres de base se incorporaran a puestos directivos. Se impartió formación a mujeres, principalmente de las provincias del sur, sobre cómo hablar en público y se les transmitieron capacidades de liderazgo y representación. Se formó a 685 mujeres y niñas para que pudiesen hablar en público y ejercer el liderazgo y se las movilizó para que ocupasen puestos directivos o aspirasen a puestos más altos.

Artículo 5: Funciones y estereotipos de cada sexo

Respuesta al párrafo 21 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

El Gobierno ha seguido poniendo coto a las normas culturales y las actitudes patriarcales perjudiciales que obstaculizan la plena participación de las mujeres y las niñas en las iniciativas de desarrollo a diferentes niveles y fomentando la concienciación sobre la igualdad de género en el seno de la comunidad.

Desde 2017, se llevan a cabo jornadas de rendición de cuentas en materia de género en diferentes distritos para fortalecer los diálogos, los debates y los compromisos entre la población de base y los dirigentes locales, lo que ha contribuido a aumentar el sentido de responsabilidad de las autoridades locales para mejorar la igualdad de género y la prestación de servicios a las víctimas de la violencia de género, la trata de personas y los embarazos de muchachas adolescentes.

Cada año, desde noviembre de 2019, el MIGEPROF en colaboración con diferentes interesados organiza un diálogo nacional centrado específicamente en el papel que deben desempeñar los hombres en la promoción de las relaciones entre hombres y mujeres y en el empoderamiento de las mujeres y las niñas de la comunidad.

Además, a través de los días internacionales de la mujer (Día Internacional de la Mujer, Día de la Mujer Rural, 16 días de movilización, entre otros eventos), se lleva a cabo una labor de concienciación en la comunidad y se utilizan diferentes canales, como el Foro Vespertino de las Familias y programas de radio y televisión, para garantizar la igualdad de género entre hombres y mujeres, niños y niñas en la comunidad.

Más concretamente, en julio de 2018, comenzó a emitirse un nuevo serial en la radio (“Umurunga”) en el que se ponía en tela de juicio la mentalidad negativa sobre la igualdad de género y con el que se pretendía prevenir la violencia de género en las familias.

A través del programa Indashyikirwa, 640 parejas han recibido formación como agentes del cambio en el marco del empoderamiento de mujeres y hombres para la prevención de la violencia de género en las comunidades.

Entre noviembre y diciembre de 2020, un total de 2.122 miembros de los consejos juveniles (1.277 hombres y 845 mujeres), desde el nivel sectorial hasta el nacional, recibieron formación y se les transmitieron aptitudes y conocimientos sobre los principios de la igualdad de género y comenzaron a actuar como agentes del cambio en la esfera del género en sus respectivos foros y en la comunidad en general.

Tras el lanzamiento de la campaña HeForShe en Rwanda, en septiembre de 2015, se realizaron esfuerzos para concienciar y animar a hombres y niños, mujeres y niñas a unirse y asumir los compromisos de la campaña y, actualmente, Rwanda ocupa el segundo lugar a nivel mundial en el portal en línea de HeForShe con 206.623 inscripciones. En noviembre de 2020, el MIGEPROF elaboró un manual sobre la igualdad de género en los idiomas kinyarwanda e inglés que se encuentra en la fase final de aprobación. El manual contribuirá a combatir las normas culturales y a la mentalidad, las prácticas y los estereotipos nocivos y persistentes que afectan a los principios de equidad e igualdad de género. En el manual se reconoce el papel de los hombres y los niños en el fomento de la igualdad de género.

En colaboración con los diferentes interesados de las instituciones públicas y privadas, las organizaciones de la sociedad civil, las organizaciones religiosas y los medios de comunicación, entre otros, contribuyen a promover la participación de la mujer en los procesos políticos. Por ejemplo, Profemmes Twese Hamwe, una organización que aglutina a 53 asociaciones de mujeres, desempeña un papel importante en la movilización de las mujeres mediante el fortalecimiento de sus capacidades a través de la creación de redes, la formación y la movilización, lo que se traduce en una participación plena en los procesos electorales. Además, el Centro de Recursos para Hombres de Rwanda, una ONG, ayuda a coordinar el creciente compromiso de los hombres y los niños respecto al fomento de la igualdad de género y el fin de la violencia contra las mujeres y las niñas mediante el cambio de la mentalidad patriarcal de la comunidad.

Respuesta al párrafo 21 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Durante el período que se examina, se ha hecho lo posible por hacer realidad los requisitos previos para que las campañas en los medios de comunicación tengan éxito. A ese respecto, por ejemplo, se ha elaborado y difundido un manual que contribuye a mejorar la comprensión y la visión de la equidad y la igualdad de género entre hombres y mujeres, niños y niñas. En el manual la cuestión del género no solo se aborda desde el punto de vista de los derechos humanos, sino también desde un enfoque de desarrollo que garantiza una transformación socioeconómica y una gobernanza inclusivas y sostenibles en el plano nacional.

En los ejercicios 2017/2018 y 2020/2021, los redactores jefes y los profesionales de los medios de comunicación de 50 empresas de comunicación (emisoras de radio y televisión, medios de comunicación en línea y periódicos) y 45 profesionales de los medios de comunicación recibieron formación sobre la igualdad de género y aprendieron a informar sobre las noticias que puedan ser sensibles desde el punto de vista del género. Esa formación se imparte en el marco de la estrategia de integración de la perspectiva de género en el sector de los medios de comunicación.

En el ejercicio 2018/2019, se llevó a cabo un esfuerzo masivo de sensibilización de la comunidad en más de 1.291 escuelas secundarias y 38 instituciones de enseñanza superior y se organizaron diálogos sobre la igualdad de género y la prevención de la violencia de género.

Respuesta al párrafo 21 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En lo que respecta a la planificación basada en los datos, el seguimiento y la evaluación, la gestión del conocimiento, la comunicación y la difusión de datos, se ha desarrollado un sistema de información de gestión de la violencia de género sólido y fácil de usar que facilitará la recopilación de datos sobre la violencia de género en todos los Centros de Atención Integral Isange (CAII).

Se confía en que el recientemente desarrollado sistema de información de gestión de la violencia de género que la Oficina de Seguimiento de la Igualdad de Género puso en marcha en marzo de 2019, desempeñe un papel importante en la recopilación, el almacenamiento y la difusión periódicos de datos relacionados con el género en todos los sectores, lo que facilitará la adopción de decisiones informadas.

El informe sobre el estado de la igualdad de género realizado en 2019 por la Oficina de Seguimiento de la Igualdad de Género, entre otros, sirvió para establecer una línea de referencia que, junto con otros indicadores, ha permitido acelerar la aplicación de la agenda de género en la Política Nacional de Género Revisada, aprobada en febrero de 2021, como se expone en el informe mencionado.

El Instituto Nacional de Estadística de Rwanda, en colaboración con otros asociados, genera periódicamente estadísticas de género en el marco de su censo trienal de hogares y condiciones de vida, que ya se encuentra en su quinta edición. Ese censo cuenta con un informe temático específico sobre el género en el que se recogen las estadísticas pertinentes. Además, cuando los asociados para el desarrollo lo solicitan específicamente, también se recogen otros datos relacionados con el género en un marco global de estadísticas de género.

La Oficina de Seguimiento de la Igualdad de Género elabora periódicamente perfiles de género a nivel sectorial para evaluar los resultados de cada sector en la integración de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. La línea de referencia establecida sirve para orientar a los encargados de la toma de decisiones en lo que se refiere a la integración efectiva de la perspectiva de género en los programas, proyectos y políticas.

Violencia de género contra la mujer

Respuesta a los párrafos 23 a) y b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

El Gobierno de Rwanda ha estado y sigue estando decidido a luchar contra la violencia de género en todas sus formas. Se ha promulgado una legislación sólida y se han creado instituciones dotadas con el personal adecuado para erradicar el problema. Los esfuerzos de lucha contra la violencia de género se han intensificado y coordinado entre todas las partes interesadas con el fin de aportar soluciones duraderas a los problemas relacionados con esa lacra.

Las políticas, incluidas la Política Nacional contra la Violencia de Género de 2011 y la Política Nacional de Género de 2010, se han revisado no solo para reforzar y mejorar la parte relativa al género en todos los sectores y a todos los niveles, sino también para conseguir la participación de los hombres y los niños en la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas.

Actualmente hay en el país 44 centros CAII que, bajo un mismo techo, prestan servicios integrales gratuitos las 24 horas del día a las víctimas de la violencia de género y de los abusos a menores. Esos servicios incluyen la atención médica, el apoyo psicosocial, los servicios jurídicos, la asistencia y la reinserción. Se está intentando ampliar los servicios de esas organizaciones a niveles más descentralizados y cercanos a todos los rwandeses.

Además de los 44 centros CAII se han creado 4 refugios temporales en los distritos de Kayonza, Gatsibo, Gisagara y Rusizi en los que se alojan las víctimas que pueden necesitar una protección prolongada para no sufrir más violencia o que se les presten servicios y seguimiento continuos durante un período más largo.

Además, la utilización de otros medios, como el uso de la furgoneta móvil de Isange y la entrega de motocicletas al personal de la Oficina de Investigación de Rwanda (OIR), ha facilitado el acceso a la justicia en zonas más descentralizadas y remotas. Con el fin de impartir orientación para la ejecución del programa se elaboró un plan estratégico quinquenal para los centros CAII.

Se pusieron en marcha procedimientos operativos estándar de los centros CAII para guiar y armonizar las operaciones. Se elaboró y aprobó un marco de coordinación de esos centros para guiar esa coordinación, tanto a nivel central como descentralizado.

En cuanto al marco institucional, la OIR se creó para dar una respuesta eficaz a los delitos modernos y emergentes, incluida la violencia contra las mujeres y las niñas.

En 2017 se reforzó la capacidad del Laboratorio Forense Nacional para facilitar la recogida inmediata y eficaz de las pruebas necesarias para su presentación ante los tribunales, incluidas las pruebas de ADN, algo esencial en la acusación y el enjuiciamiento de los casos relacionados con la violencia de género.

Hay otras iniciativas para fomentar que hombres y mujeres se reúnan para debatir cuestiones de interés, como la violencia sexual y de género y la protección de los derechos de las mujeres y los niños a nivel comunitario. Las iniciativas que en la lengua nacional se denominan Umugoroba w’Imiryango (Foro Vespertino de las Familias), e Inshuti z’Umuryango (Amigos de la Familia), se están convirtiendo en un mecanismo destacado en los niveles descentralizados y contribuyen a fomentar la sensibilización para prevenir los conflictos familiares violentos, incluidos los relacionados con la violencia sexual y de género, proteger a los niños y denunciar los abusos y debatir las formas de abordar esos problemas.

Periódicamente se organizan campañas, por ejemplo, a través de programas de radio y televisión, para fomentar la sensibilización acerca de la violencia de género. A ese respecto, cabe mencionar que entre 2017 y 2018 se organizaron 94 tertulias radiofónicas y 94 tertulias televisivas y se rodaron 54 episodios de una serie dramática bajo los auspicios del MIGEPRO.

La Declaración de la Conferencia Internacional de Kigali y las reuniones generales anuales celebradas que viene celebrándose desde 2010 tienen por objeto reafirmar el papel y las responsabilidades de las fuerzas de seguridad en la erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas en el continente africano: movilizar y empoderar a las mujeres mediante la concienciación y fortalecer los efectos sinérgicos dentro de las fuerzas de seguridad africanas para acabar con la violencia contra las mujeres y las niñas.

Como resultado, en 2016 se creó un Centro de Excelencia Regional sobre la Violencia de Género y el Maltrato Infantil encargado de hacer balance de la experiencia de Rwanda en la lucha contra la violencia de género, mejorar la investigación en ese campo, promover la creación de redes y el intercambio de conocimientos regionales y fomentar la capacidad. El Centro sigue realizando investigaciones y obteniendo estadísticas de alta calidad relacionadas con la violencia sexual y de género, el maltrato infantil y otras formas de violencia que pone a disposición del público, los responsables políticos, el personal de las fuerzas del orden y demás profesionales que trabajan en la esfera de la violencia sexual y de género en la región.

Respuesta al párrafo 23 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Se han emprendido campañas sistemáticas en todo el país y se han llevado a cabo intervenciones de movilización de masas dirigidas a las comunidades, las escuelas, los dirigentes administrativos locales, los directores de los centros de salud, los trabajadores sanitarios de la comunidad, así como los reclusos condenados por abuso sexual de menores. Las campañas tenían por objeto acentuar el papel de cada uno de los grupos objetivo en la prevención y respuesta a la violencia de género y el abuso infantil.

Respuesta al párrafo 23 d) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Desde 2014, ha aumentado de 9 a 44 el número de centros CAII en todo el país, en los que se ofrecen gratuitamente a las víctimas de la violencia de género y de abusos a menores servicios integrales que incluyen, entre otros, tratamiento médico, asistencia jurídica, asesoramiento, investigación y alojamiento.

Los servicios que se ofrecen en los centros CAII se están descentralizando, y en algunos de ellos se pueden ofrecer servicios básicos como la píldora del día siguiente en casos de violencia sexual. Además, se está concienciando a los centros de salud para que, en caso necesario, remitan a las víctimas al centro CAII más cercano.

Respuesta al párrafo 23 e) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Entre julio de 2018 y junio de 2019, se remitieron a la fiscalía un total de 9.063 casos, y en el período 2019-2020 fueron 10.842. Entre julio de 2019 y junio de 2020, se llevaron a juicio 12.029 casos. Se registraron 9.994 víctimas femeninas y 871 masculinas, mientras que entre los acusados había 1.813 mujeres y 10.216 hombres. Ya ha concluido la puesta en marcha del Sistema de Registro de Delincuentes Sexuales de la Fiscalía Nacional, que se encuentra a la espera de su inauguración oficial.

Además de los servicios gratuitos que reciben en los centros CAII, las víctimas de la violencia de género también se benefician de unos fondos que el Gobierno asigna anualmente. Por ejemplo, el Gobierno destinó un presupuesto total de 453.973.774 FR como apoyo a los distritos para abordar problemas relacionados con la violencia de género.

Además, el Gobierno, a través del MIGEPROF, ha previsto asignar 233.418.758 FR y 206.418.759 FR en los ejercicios 2019/2020 y 2020/2021, respectivamente, para prestar asistencia y protección a las víctimas de la trata de personas, la violencia de género y el abuso infantil.

El Gobierno también obtuvo del Banco Mundial, a través del Proyecto de Emergencia sobre Violencia Sexual y de Género y Salud de la Mujer en los Grandes Lagos, la suma de 14,95 millones de dólares destinada a establecer un sistema sólido de gestión de la información sobre la violencia de género. El sistema está alojado en el Centro de Excelencia Regional sobre la Violencia de Género y el Maltrato Infantil, bajo la coordinación del MIGEPROF. Su objetivo es mejorar la gestión de los datos, especialmente los recogidos en los centros integrales. De ese modo se abordará el problema de la falta de mecanismos armonizados de recopilación de información en todos los centros CAII, a través de los cuales, por ejemplo, los funcionarios encargados de la violencia de género informan al Ministerio de Sanidad y los antiguos funcionarios de la Policía Judicial informan a la Policía Nacional de Rwanda, situación que afectó a la fluidez del intercambio de información y a la oportunidad de las intervenciones.

Respuesta al párrafo 23 f) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En 2018, el Gobierno aprobó la Ley de Delitos y Penas en General. Esa Ley vino a sustituir a la Ley Orgánica núm. 01/2012/OL, de 2 de mayo, en virtud de la cual se promulgó el Código Penal. A diferencia de lo que sucedía en el Código Penal de 2012, en la Ley de 2018 no se contempla el delito de violación conyugal. En su lugar, se tipificó un delito de violencia sexual contra el cónyuge. Ese delito está castigado con una pena de prisión de tres a cinco años (artículo 137). La pena se aplica por igual cualquiera que sea el sexo o género del infractor.

Respuesta al párrafo 23 g) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En cuanto a la negativa de las víctimas a declarar, en el artículo 53 de la Ley núm. 027/2019, de 19 de septiembre, relativa al procedimiento penal, se reconoce a las víctimas el derecho a no declarar en cualquiera de las etapas del proceso. Un testigo solo puede ser procesado por no comparecer o por negarse a declarar cuando haya sido debidamente citado y no haya comparecido o se haya negado a hacerlo sin motivo justificado. El procesamiento de un testigo en ese caso no se hace de forma arbitraria. Se trata de un asunto que debe ser considerado por un tribunal de justicia.

Respuesta al párrafo 23 h) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Con el fin de mejorar la planificación, el seguimiento y la evaluación y la gestión de los datos, la OIR y otros interesados desarrollaron un sistema de gestión de la información sobre la violencia de género. Su objetivo es armonizar la recopilación de datos sobre la violencia de género y el maltrato infantil con el fin de proporcionar información precisa sobre la incidencia de esos delitos.

Se confía en que el nuevo sistema de gestión de la información de género que la Oficina de Seguimiento de la Igualdad de Género puso en marcha en marzo de 2019 desempeñe un papel importante en la recopilación, el almacenamiento y la difusión periódicos de datos relacionados con el género procedentes de todos los sectores, lo que facilitará la adopción de decisiones informadas.

Respuesta al párrafo 23 i) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Hacia fines de 2020, el MIGEPROF, en colaboración con otras partes interesadas, acometió la revisión de la Política Nacional contra la Violencia de Género de 2011 y su plan estratégico con el fin de compatibilizar y armonizar sus directrices, objetivos e intervenciones con la situación actual en los planos nacional, regional e internacional, teniendo en cuenta la Visión 2050 y la Estrategia Nacional de Transformación para 2017-2024. Actualmente, los borradores, tanto de la política revisada como de su plan estratégico, están a la espera de recibir la aprobación del Gabinete.

Violencia contra la mujer en situaciones de conflicto

Respuesta a los párrafos 25 a) y b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Al formular las dos recomendaciones anteriores, el Comité hizo referencia al informe elaborado a raíz del análisis publicado por las Naciones Unidas en 2010 y señaló su preocupación por las alegaciones que contenía sobre graves violaciones de los derechos humanos, incluidos casos de violaciones en grupo y otras formas de violencia sexual contra las mujeres cometidas por miembros de las fuerzas armadas, y en el que se documentaban las más graves violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la República Democrática del Congo entre marzo de 1993 y junio de 2003.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Gobierno de Rwanda desea recordar al Comité que rechazó categóricamente el informe y que esa sigue siendo su posición.

Artículo 6: Trata de personas y explotación de la prostitución

Respuesta a los párrafos 27 a), b) y c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

El Gobierno sigue desplegando todos sus esfuerzos en la prevención y la lucha contra la trata de personas. Se ha establecido un sólido marco jurídico, político e institucional para seguir protegiendo los derechos de los niños y garantizar que los autores de la violencia sexual y la trata de niños sean llevados ante la justicia y respondan de sus actos.

Para luchar contra esa lacra se promulgó la Ley núm. 51/2018, de 13 de agosto, relativa a la prevención, represión y castigo de la explotación y la trata de personas, acorde con el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas. En el artículo 12 de la citada Ley se prevé específicamente la prestación de una asistencia especial para los niños víctimas de la trata.

Además de establecerse un sólido marco jurídico, se creó dentro de la OIR una unidad específica encargada de la trata de personas. Esa unidad se encarga de la prevención, la detección y la investigación de los casos de trata de personas tanto de carácter nacional como transfronterizo.

Rwanda ha mejorado su competencia para juzgar los casos de trata de personas no solo mediante la promulgación de la ley sobre la trata de personas, sino también mediante la formación de los miembros del sistema judicial en esa materia.

A partir de 2018 y 2019, alrededor de 100 servidores de la ley: investigadores, fiscales y agentes de inmigración recibieron formación en técnicas de investigación y enjuiciamiento de la trata de personas, para lo que se contó con el apoyo del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América y la experiencia de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

Bajo los auspicios del MINIJUST también se elaboró y difundió un manual de formación sobre la trata de personas y se impartió formación a expertos de la Policía Nacional de Rwanda, la Dirección General de Inmigración y Emigración y la Fiscalía Nacional, incluida la Unidad de Apoyo a Testigos y Víctimas, con el fin de mejorar la investigación y el enjuiciamiento de los casos de trata de personas, velando al mismo tiempo por la adopción de un enfoque centrado en las víctimas.

Las instituciones encargadas de abordar los problemas de la trata de personas cuentan con recursos humanos, técnicos y financieros suficientes. El Gobierno trabaja en estrecha colaboración con los agentes no estatales para cerrar las posibles brechas a medida que surgen.

También se llevaron a cabo campañas de lucha contra la trata de personas en todo el país mediante programas de radio y televisión. Además, durante la semana de la OIR celebrada en abril de 2019, se estableció un objetivo específico en relación con la trata de personas consistente en aumentar la concienciación acerca de la ley sobre la trata de personas y mejorar la visibilidad del mecanismo de apoyo disponible para responder a esa lacra.

En 2018, la organización Never Again Rwanda, en colaboración con el MINIJUST y con el apoyo de la OIM, llevó a cabo una actividad de investigación a nivel nacional, titulada “Comprender la trata de personas en Rwanda: causas, efectos y consecuencias”, que reveló que Rwanda se utilizaba como país tránsito, y no de origen, y que la mayoría de las víctimas eran jóvenes mujeres y niñas.

Los resultados de la investigación sirvieron de base para la elaboración del Plan de Acción Nacional contra la Trata de Personas, que fue aprobado en noviembre de 2020.

Los mecanismos mencionados, junto con otras medidas tendientes a mejorar la aplicación de las leyes, han dado lugar a un aumento de las denuncias, las investigaciones y los enjuiciamientos de casos de trata y de violencia sexual. En el período comprendido entre 2017 y 2018, la Dirección General de Inmigración y Emigración registró 311 casos de trata de personas, de lo que se desprende que algunos casos afectaban a más de una víctima.

En el mismo período, se juzgaron 85 casos de trata. La tasa de condenas, en relación con los casos que llegaron a juicio, aumentó del 12,5 % en 2016 al 41,7 % en 2017 y al 53,3 % en 2018. En el ejercicio 2019/2020, la Fiscalía registró 29 casos de trata de personas, 16 de los cuales fueron presentados ante los tribunales. Cabe señalar que las tasas de absolución disminuyeron. El aumento de la tasa de condenas y del número de casos detectados podría ser el resultado de la concienciación de la comunidad y de una mejor tramitación por parte de los funcionarios.

En cuanto a la prestación de asistencia y protección a las víctimas de la trata, en la ley sobre la prevención de la trata de personas de 2018 se establece que la protección y la asistencia deben prestarse sin ninguna discriminación. Además, en la ley se contemplan otros aspectos importantes como la protección de la víctima y de las personas a su cargo que la acompañen; la confidencialidad sobre su identidad durante el proceso judicial; la prestación de servicios básicos de asistencia; la concesión de un trato especial; la prestación de una asistencia especial a los menores víctimas; la concesión de permisos para que las víctimas que no sean rwandesas puedan permanecer en el país si lo desean; la repatriación de las víctimas extranjeras a sus países de origen; y el retorno de las víctimas rwandesas a Rwanda (artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15).

Continuando con la cuestión de la protección y la asistencia, es importante mencionar que en la legislación se confiere al Ministerio competente la facultad de proporcionar a las víctimas otros medios de apoyo y poner a su disposición otros servicios.

Respuesta al párrafo 29 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

El Gobierno se complace en comunicar al Comité que en la Ley de Delitos y Penas en General de 2018, no se criminaliza la prostitución.

Respuesta al párrafo 29 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En los hospitales de Rwanda se han establecido un total de 44 centros CAII, dotados de personal suficiente y equipados con un equipo interdisciplinar completo (médico, psicológico y judicial) para la gestión de los casos de violencia de género. Las víctimas pueden recibir apoyo de todos los demás niveles de atención, así como de los trabajadores sanitarios de la comunidad (TSC), puestos sanitarios y centros de salud de todos los hospitales.

Respuesta al párrafo 29 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Las recientes reformas legislativas, en particular la promulgación de la Ley de Delitos y Penas en General de 2018 y la Ley núm. 51/2018, de 13 de agosto, relativa a la prevención, represión y castigo de la explotación y la trata de personas, marcan el cambio de enfoque adoptado por Rwanda en el tratamiento de la prostitución.

Por un lado, cabe destacar que con la promulgación de la Ley de Delitos y Penas en General de 2018 se despenalizaron la prostitución y otros delitos conexos que se contemplaban en el Código Penal de 2012. Por otro lado, en la ley relativa a la prevención, represión y castigo de la explotación y la trata de personas, la primera de la historia, se tipificó la explotación sexual como una forma del delito de trata de personas. En particular, en el párrafo 2 del artículo 24 de esa ley se criminaliza el comportamiento de cualquier persona que pague por mantener relaciones sexuales en su propio nombre o en el de otra persona. Si bien esa disposición afecta tanto a los hombres como a las mujeres, se confía en que disuada a los hombres de demandar servicios de prostitución, ya que, en la práctica, son ellos los que lo hacen con mayor frecuencia. Sin embargo, se confía en que con la aplicación del artículo 24 en su conjunto se refuerce la protección de las mujeres y las niñas, especialmente las que ejercen la prostitución, frente a las múltiples formas de abusos sexuales a las que tienen que hacer frente en su vida.

La legislación mencionada se suma a los esfuerzos y medidas ya existentes en materia de educación de la población para ayudar a las personas que ejercen la prostitución a abandonar esa práctica y, al mismo tiempo, disuadir a los que la demandan para que también la abandonen.

Parte II (Artículos 7 a 9)

Artículo 7: Participación en la vida política y pública

Respuesta al párrafo 31 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

La organización Profemmes impartió formación a las autoridades locales, miembros de la sociedad civil y de las agrupaciones de organizaciones y del Consejo Nacional de la Mujer, desde el nivel de sector hasta el de la aldea, en materia de planificación y gobernanza inclusivas, género y violencia de género.

Profemmes formó a sus 30 representantes en los 30 distritos en el análisis y alivio de los problemas que afectan a las mujeres y a las niñas, a fin de disponer de información para planificar las actividades de divulgación a nivel nacional. También se ha impartido formación relacionada con las distintas leyes, en particular sobre las personas y la familia, los regímenes matrimoniales, las donaciones, los fundamentos de la violencia de género y la promoción de la igualdad de género. Profemmes formó a las mujeres en cuestiones como la violencia de género, leyes y derechos de la mujer, acceso a la información y derecho a los servicios.

Empoderar a las mujeres y garantizar la igualdad de género sigue siendo la prioridad del país. Por esa razón, el Gobierno sigue haciendo grandes progresos en esa materia en los órganos encargados de la adopción de decisiones.

En colaboración con Profemmes, se han organizado campañas con diferentes estructuras a nivel de base (Consejo Nacional de la Mujer, Consejo Nacional de la Juventud, Consejo Nacional de la Personas con Discapacidad, Inshuti z’Umuryango) para promover la igualdad de género y combatir la violencia de género en las comunidades, con una atención especial a la participación de los hombres.

En colaboración con distintos asociados (medios de comunicación, representantes de la iglesia y organizaciones constituidas por hombres), Profemmes Twese Hamwe organizó campañas a nivel comunitario para debatir estrategias que pudieran contribuir a eliminar las normas sociales nocivas que aún persisten y que limitan el acceso de las mujeres a la información y su participación en las reuniones públicas.

Respuesta al párrafo 31 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En el ejercicio 2017/2018, 50 jefes de redacción de diferentes medios de comunicación (emisoras de radio y televisión, medios en línea y periódicos) del país recibieron formación para contribuir a la prevención y la respuesta a la violencia de género, así como al fomento de la igualdad de género en el sector de los medios de comunicación.

Del 3 al 5 de diciembre de 2017, el MIGEPROF y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU‑Mujeres) impartieron formación a 31 mandos intermedios de las instituciones del mecanismo nacional de género. La organización African Centre for Transformative and Inclusive Leadership facilitó y transmitió aptitudes sobre el liderazgo transformador para avanzar en la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.

Del 6 al 8 de diciembre de 2017, 34 directores ejecutivos de las instituciones del mecanismo nacional de género recibieron formación sobre el liderazgo transformador.

Además, del 5 al 17 de marzo de 2018, el MIGEPROF, en colaboración con el MINECOFIN, la Universidad de Rwanda y ONU‑Mujeres, organizó un curso de gestión de políticas económicas de género para todos los directores de planificación de los distritos y ministerios, oficiales de planificación y oficiales de seguimiento y evaluación, organizaciones de la sociedad civil y representantes de organizaciones religiosas. La misma formación se impartió a todos los directores de agricultura de los distritos del 29 de noviembre al 4 de diciembre de 2020 para garantizar la participación de las mujeres en todos los eslabones de las cadenas de valor agrícolas.

En marzo de 2018, la Federación del Sector Privado, en colaboración con el MIGEPROF, organizó un taller sobre igualdad de género que contó con la participación de 356 altos dirigentes de la Federación (120 mujeres y 236 hombres) en representación de otros miembros.

Rwanda tiene la mayor representación de mujeres en la Cámara de Diputados del Parlamento (el 61,3 % de los escaños), en el Poder Judicial (el 49,7 %) y en el gabinete ministerial (el 53,3 %). A nivel descentralizado, las mujeres están bastante bien representadas, como lo demuestran las siguientes cifras correspondientes a las principales estructuras administrativas: el 55,9 % en la Junta de los Consejos del Distrito y la Ciudad de Kigali; el 33,3 % de las Alcaldías de Distrito; el 42,7 % en los Consejos de Sector y el 34,5 % en los Consejos de Célula.

En el momento de redactar el presente informe, 122.059 mujeres eran miembros de los Comités del Consejo Nacional de la Mujer, estructurados desde el nivel descentralizado hasta el nivel nacional, que tienen por objeto reforzar la representación de la mujer en los puestos directivos y fortalecer el marco para el empoderamiento, la promoción, la movilización social y el fomento de la capacidad de las mujeres.

En el Global Gender Gap Report 2020 se situó a Rwanda como el noveno país del mundo y el primero de África en cuanto a la eliminación de las brechas de género.

Artículo 8: Participación a nivel internacional

A la luz de lo dispuesto en el artículo 8 de la Convención, las mujeres rwandesas tienen derecho a representar a su país a nivel internacional y a trabajar en las organizaciones internacionales en las mismas condiciones que los hombres.

Artículo 9: Nacionalidad

Las cuestiones relativas a la adquisición, el cambio y la conservación de la nacionalidad, así como la igualdad de derechos con respecto a la nacionalidad de los hijos, siguen estando reguladas en la Ley núm. 30/2008, de 25 de julio, relativa a la nacionalidad rwandesa, que ya se exponía en el informe anterior y de la que gozan las mujeres en igualdad de condiciones con los hombres. Se remite al Comité a los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda (párrafo 52).

Parte III (Artículos 10 a 14)

Artículo 10: Igualdad de derechos en la esfera de la educación

Respuesta al párrafo 33 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

El Gobierno se toma muy en serio la igualdad entre niños y niñas en todos los aspectos de la vida. No se tolera ninguna práctica estereotipada discriminatoria entre niños de ambos sexos, incluida la que lleva a las niñas a realizar más tareas domésticas que los niños. El Gobierno ha concienciado y seguirá concienciando a la población sobre ese problema con vistas a erradicarlo por completo.

Respuesta al párrafo 33 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Con el fin de garantizar que las niñas escolarizadas no pierdan clases o abandonen la escuela a causa de la menstruación, el Gobierno mantiene diferentes iniciativas. En primer lugar, asigna un presupuesto a nivel de distrito destinado a la adquisición de compresas sanitarias que se distribuyen en las escuelas. El Gobierno transfirió 372.786.262 FR en el ejercicio 2017/2018, 249.634.804 FR en el ejercicio 2018/2019 y 372.786.262 FR en el ejercicio 2019/2020 para equipar las aulas de las niñas con instalaciones higiénicas.

En segundo lugar, en todas las escuelas secundarias públicas y concertadas se ha instalado una sala para las niñas con el fin de crear un lugar en el que puedan sentirse seguras y cómodas cuando tengan problemas relacionados con la menstruación en la escuela. En 2019, el Ministerio de Educación elaboró y difundió directrices sobre las aulas para las niñas.

Por último, en 2019, el Gobierno decidió aplicar una exención del impuesto sobre el valor añadido a las compresas sanitarias a fin de hacerlas más asequibles y accesibles para las mujeres y las niñas de la comunidad.

Respuesta al párrafo 33 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Las muchachas embarazadas no son objeto de ningún castigo, incluida la exclusión de la escuela. Cuando una alumna se queda embarazada, se la anima a seguir estudiando mientras pueda asistir a la escuela y a reanudar sus estudios después del parto. Además, se está revisando la actual política de educación de las niñas con el fin de establecer mecanismos de retorno a la escuela para las niñas y niños que la hayan abandonado, incluidas las niñas con embarazos no deseados.

En 2016 se elaboró la política de desarrollo en la primera infancia con el propósito de fortalecer los centros de primera infancia a nivel local como centros de atención infantil. También se anima a los padres a que ayuden a las madres adolescentes en el cuidado de sus hijos para que puedan volver a la escuela. Los temas de salud sexual y reproductiva se han incluido en el plan de estudios basado en las competencias en los niveles de primaria y secundaria. Además de los conocimientos adquiridos a través de ese plan de estudios, en los clubes de salud escolar establecidos en las escuelas se debate sobre temas relacionados con la de salud sexual y reproductiva.

Se organizan sesiones de asesoramiento psicotraumático para madres adolescentes a cargo de asesores profesionales de la Association Rwandaise des Conseillers en Traumatisme Ruhuka con el fin de ayudarlas a afrontar los efectos de la violencia, la maternidad temprana y el estigma que conllevan. Además, se llevan a cabo sesiones de asesoramiento con sus familias para facilitar la reintegración y el apoyo a las madres adolescentes.

Respuesta al párrafo 33 d) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Los marcos legal, político y administrativo de Rwanda se centran, entre otras cosas, en la erradicación de todas las formas de violencia contra las niñas. En la ley se tipifican como delitos la trata de personas y la venta de niños. Asimismo, en la ley de protección de los derechos del niño se establece que “un niño con discapacidad física o mental tendrá derecho a una protección especial por parte del Gobierno y disfrutará de todos los derechos reconocidos a los niños sin ninguna discriminación relacionada con su estado o cualquier otra situación que de este se derive”. Eso constituye una base sólida para la prevención y la respuesta ante la violencia de género.

El Gobierno de Rwanda también ha seguido llevando a cabo intervenciones para proteger a las niñas contra cualquier forma de violencia. Entre ellas cabe mencionar: la ampliación de los servicios de los centros CAII para que incluyan la atención médica, el apoyo psicosocial y los servicios jurídicos, así como la ayuda y la reinserción. También existe una línea telefónica gratuita en la que se pueden denunciar incidentes de abuso infantil. Además, se han llevado a cabo diferentes campañas de sensibilización dentro y fuera de las escuelas para concienciar a los niños sobre sus derechos, las estrategias para prevenir la violencia de género y los canales para denunciarla.

En 2018 se elaboró un manual de formación sobre pedagogía con perspectiva de género. Se impartió a los profesores de las escuelas secundarias formación en materia de pedagogía con perspectiva de género. Los casos de violencia sexual y acoso escolar se denuncian ante las autoridades competentes, como cualquier otro caso, siguiendo las estructuras legales existentes, como la Policía Nacional de Rwanda, la OIR y la Fiscalía Nacional.

Otras iniciativas comunitarias, como Umugoroba w’Imiryango (Foro Vespertino de las Familias), que se está revisando para dar cabida a todos los miembros de la familia, incluidos los jóvenes, e Inshuti z’Umuryango (Amigos de la Familia), se están utilizando como mecanismos para prestar servicios de asesoramiento a las familias en relación con la prevención de conflictos familiares y para que sirvan como canales de denuncia de la violencia de género.

Respuesta al párrafo 33 e) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Cada año, el Gobierno de Rwanda asigna un presupuesto al sector educativo. El presupuesto asignado incluye la construcción de escuelas para garantizar que haya suficientes aulas para atender a todos los niños en edad escolar, reducir el hacinamiento y acortar las distancias que los niños deben recorrer. Las escuelas construidas cumplen con las normas sobre la discapacidad y se presta atención a la creación de estudios sobre necesidades educativas especiales en la Facultad de Magisterio de la Universidad de Rwanda, la inclusión de un plan de estudios sobre necesidades educativas especiales en los Centros de Formación de Maestros, la formación del personal docente acerca de las necesidades educativas especiales, la adquisición de equipos especiales para niños con discapacidad y el apoyo a las escuelas especiales. Los niños con discapacidad o con necesidades educativas especiales pueden asistir a escuelas especiales o a escuelas ordinarias. En Rwanda hay 10 escuelas especiales (de primaria y de secundaria), de las cuales 9 están subvencionadas por el Gobierno, y todos los alumnos, salvo unos pocos casos, están alojados en ellas en régimen de internado.

Cuadro 1

Datos de matriculación en la enseñanza primaria, secundaria y terciaria entre 2015 y 2020 desglosados por sexo

2015

2016

2017

2018

2019

Nivel

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Primaria

1 213 966

1 236 739

1 271 170

1 275 093

1 272 842

1 267 532

1 259 344

1 244 361

1 268 996

1 243 469

Secundaria

256 634

287 302

260 679

293 060

276 437

316 064

308 367

349 918

341 691

390 413

Terciaria

48 864

37 447

52 297

38 506

49 908

41 285

51 119

38 041

49 090

37 116

Total

1 519 464

1 561 488

1 584 146

1 606 659

1 599 187

1 624 881

1 618 830

1 632 320

1 659 777

1 670 998

También se concede a todas las escuelas públicas y subvencionadas por el Gobierno, una subvención que supone el pago de las tasas escolares de todos los alumnos de primaria y secundaria. Las escuelas especiales reciben apoyo para atender a los niños con discapacidad y otras dificultades de aprendizaje. Para los que proceden de familias pobres, existe un plan de protección social a nivel descentralizado, que se gestiona desde el Ministerio de Administración Local, en cuyo marco los niños que reúnen los requisitos reciben ayudas y sus padres o tutores reciben apoyo laboral o económico teniendo en cuenta su categoría Ubudehe.

En respuesta a los compromisos que contrajo para la inclusión de los refugiados durante la Cumbre de Líderes para los Refugiados celebrada en Nueva York el 20 de septiembre de 2016, el Gobierno desarrolló el Plan Estratégico para la Inclusión de los Refugiados (2019-2024). De esa forma, los estudiantes refugiados pueden matricularse en las escuelas nacionales y tienen las mismas oportunidades que los estudiantes rwandeses.

Cuadro 2

Datos sobre las aulas escolares creadas el período 2015-2020 y sobre los profesores de primaria y secundaria

Nivel/Número de aulas

2015

2016

2017

2018

Preescolar

4 177

4 427

5 207

5 509

Primaria

30 477

31 437

31 927

32 548

Secundaria

16 408

16 797

17 081

17 972

Total

51 062

52 661

54 215

56 029

Cada año, el Gobierno construye más aulas. El número de aulas pasó de 51.062 en 2015 a 56.029 en 2019. Ese aumento va acompañado del aumento del personal docente, incluidas las profesoras. El número de maestras de enseñanza primaria pasó de 21.698 en 2015 a 24.344 en 2019, mientras que el de profesoras de secundaria pasó de 5.818 en 2015 a 6.682 en 2019.

En cuanto a los niños refugiados, el Gobierno se ha comprometido a integrarlos en el sistema educativo nacional. La integración de los refugiados supone su asistencia a clase junto con los alumnos rwandeses, siguiendo el mismo plan de estudios y con los mismos profesores.

Cuadro 3

Matriculación de niños refugiados en las escuelas en 2018 y 2019

2018

2019

Nivel

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Preescolar

984 (49,6 %)

998 (50,4 %)

871 (50,3 %)

859 (49,7 %)

Primaria

13 236 (48,8 %)

13 883 (51,2 %)

13 077 (49,3 %)

13 437 (50,7 %)

Educación secundaria general

4 529 (45,2 %)

5 486 (54,8 %)

5 473 (47,4 %)

6 078 (53,6 %)

Formación profesional

202 (43,6 %)

261 (56,4 %)

151 (42,4 %)

205 (57,6 %)

Fuente: Anuario estadístico de la educación 2019.

Los alumnos con discapacidad, tanto varones como mujeres, están inscritos en el sistema educativo, y su representación es ligeramente diferente (véase el cuadro siguiente).

Cuadro 4

Alumnos con discapacidad matriculados durante el período 2016-2019

2016

2017

2018

2019

Nivel

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Preescolar

620 (40,1 %)

925 (59,9 %)

533 (39,1 %)

829 (60,9 %)

510 (40,3 %)

743 (59,3 %)

854 (44,2 %)

1 077 (55,8 %)

Primaria

8 479 (44,4 %)

10 639 (556 %)

11 663 (47 %)

13 317 (53 %)

7 464 (43,6 %)

9 669 (56,4 %)

7 068 (44,1 %)

8 953 (55,9 %)

Secundaria

2 669 (47,8 %)

2 918 (52 %)

2 304 (50,6 %)

2 253 (49 %)

2 240 (47,8 %)

2 445 (52 %)

2 215 (47,8 %)

2 418 (52,2 %)

Artículo 11: empleo

Respuesta al párrafo 35 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Los actuales marcos jurídico y político promueven un entorno en el que las responsabilidades familiares y domésticas se reparten por igual entre mujeres y hombres. Como ya se ha dicho anteriormente en el informe, en la ley sobre las personas y la familia se reconoce la gestión conjunta del hogar por parte de ambos cónyuges. Con esos avances se invirtió la situación de la ley anterior, en la que solo se reconocía a los hombres como cabezas de familia. Las reformas legales han ido de la mano de la educación pública sobre la importancia de que los cónyuges compartan las responsabilidades en materia de gestión del hogar.

En cuanto a la recomendación de introducir un permiso obligatorio de paternidad o compartido entre ambos progenitores tras el parto, en la legislación se establecen tipos de permisos que permiten a un hombre ocuparse de su familia tras el parto de su esposa. En el artículo 21 de la Ley núm. 017/2020, de 7 de octubre, en virtud de la cual se establece el estatuto general de la función pública, se prevé que un superior jerárquico podrá conceder una licencia incidental a un funcionario en caso de que ocurra un acontecimiento afortunado o desafortunado en el seno de su familia. Así pues, un funcionario tiene derecho a cuatro días hábiles de permiso con ocasión del parto de su esposa. En el artículo 51 de la ley sobre el trabajo, se establece la posibilidad de gozar de una licencia circunstancial, que es esencialmente igual a la licencia incidental que figura en el estatuto general de los funcionarios.

Respuesta al párrafo 5 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

La política de aprendizaje en el lugar de trabajo se introdujo en 2015 para dotar a los rwandeses de las aptitudes prácticas necesarias en el mercado laboral mediante un programa de apoyo al aprendizaje en el lugar de trabajo.

En cuanto al marco regulatorio del sector informal, en el apartado 6 del artículo 2 de la ley por la que se regula el trabajo, se destacan los beneficios sociales, como la salud y la seguridad en el puesto de trabajo; el salario; las vacaciones, incluida la licencia por maternidad; y la seguridad social, entre otros, como derechos que asisten también a los empleados en el sector informal, incluidas las mujeres, y los inspectores de trabajo son los encargados de vigilar el cumplimiento de esa ley, según se establece en su artículo 113.

En la ley sobre el estatuto general de la función pública y sus mecanismos de aplicación se contemplan diferentes medidas para fomentar el empleo de las mujeres y facilitarles su incorporación al mundo laboral.

En los artículos 22 y 23 del citado estatuto general de la función pública y en los artículos 11 y 12 de la Ley núm. 003/2016, de 30 de marzo, en virtud de la cual se establece y regula el régimen de prestaciones de la licencia de maternidad, se establece el derecho a disfrutar de un permiso de maternidad totalmente retribuido por un período de tres meses y la posibilidad de disfrutar de un permiso adicional de un mes en caso de que surja alguna complicación relacionada con el parto.

En los artículos 19 y 33 de la Orden Presidencial núm. 144/01, de 13 de abril de 2017, en virtud de la cual se determinan las modalidades de contratación, nombramiento y designación de los funcionarios públicos, se destaca la preferencia por las mujeres en la contratación cuando dos candidatos reúnan los mismos méritos.

En la administración pública se han tomado diferentes medidas para eliminar la segregación ocupacional (entre hombres y mujeres). En primer lugar, todos los rwandeses tienen el mismo derecho a ingresar en la función pública por concurso o por designación de la autoridad competente, lo que ha supuesto que la proporción de mujeres sea del 46 % frente al 54 % de hombres.

A través del Programa Nacional de Empleo, se ha movilizado a las mujeres y se les ha facilitado el acceso al mercado laboral realizando intervenciones específicas dirigidas a ellas y animándolas a trabajar en campos no tradicionales. Además, se introdujo un sistema de formación dual, en cuyo marco 737 mujeres, de un total de 1.324 participantes, recibieron formación en diferentes oficios de alta demanda, como la elaboración de alimentos, la peluquería y la confección de prendas de vestir, entre otros.

En estrecha colaboración con el Instituto Politécnico de Rwanda, se prestó apoyo a 6.861 mujeres para que adquirieran aptitudes que facilitasen su empleabilidad a través de un programa de formación de respuesta masiva y a otras 3.010 mediante un programa de formación de respuesta rápida, en cuyo marco se las puso en contacto con empresas que las formaron en el lugar de trabajo y posteriormente las emplearon.

Respuesta al párrafo 35 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Con el fin de lograr la cobertura universal de la seguridad social, el Gobierno de Rwanda, en virtud de la Ley núm. 29/2017, de 29 de junio, estableció un “Plan de ahorro a largo plazo (Ejoheza)”. El Plan se presentó oficialmente el 14 de diciembre de 2018. Se trata de un régimen de cotización definida, que cubre tanto a los asalariados como a los no asalariados, al que se accede de forma voluntaria mediante la apertura de una cuenta de ahorro en una institución encargada de su administración, el Consejo de Seguridad Social de Rwanda.

En el artículo 4 de la mencionada Ley se reconoce el derecho a afiliarse al régimen de ahorro a largo plazo. Se establece que “cualquier rwandés y cualquier extranjero que resida en Rwanda tienen derecho a afiliarse como miembros al plan de ahorro a largo plazo”.

En el artículo 6 de la Ley se enumeran los posibles beneficiarios del régimen, entre los que se encuentran:

•Los trabajadores autónomos que desempeñan su actividad en el sector informal y que deseen ahorrar a largo plazo;

•Los trabajadores del sector informal que deseen ahorrar a largo plazo;

•Los asalariados que deseen ahorrar a largo plazo, independientemente de su condición de afiliado a cualquier otro régimen de la seguridad social;

•Las personas que hayan dejado de estar en activo en un régimen de la seguridad social, pero sigan recibiendo una prestación económica en virtud de las leyes que regulan dicho régimen, y transfieran dicha prestación a una cuenta de ahorro a largo plazo;

•Los menores de 16 años que sean beneficiarios de una cuenta de ahorro a largo plazo abierta por sus padres o tutores;

•Cualquier otra persona que no pueda clasificarse en las categorías mencionadas en los apartados anteriores del artículo 6.

Por lo que se refiere a la cuantía de la contribución de los miembros, en la Ley se establece que los afiliados al régimen de ahorro a largo plazo deben pagar una contribución en función de su capacidad económica (artículo 7). En el artículo 26 de la Ley se prevé, además, que el Gobierno puede contribuir a fomentar el plan de ahorro a largo plazo con el fin de alentar a la comunidad a adherirse a él.

El plan Ejoheza viene a complementar las iniciativas gubernamentales existentes, a saber, el Seguro de Salud Comunitario (Mutuelle de Santé), que actualmente cubre al 80 % de la población, y el Plan de Pensiones, que cubre al 8 % de la población activa. El Gobierno, a través del Ministerio de Gobierno Local, también proporciona mensualmente ayudas directas a las personas mayores de 65 años. Ese programa comenzó en 2008 y en el ejercicio 2018/2019 ya se beneficiaban de él 85.542 familias.

En la ley sobre el trabajo, se contempla además la igualdad de protección de los trabajadores del sector informal en cuestiones relacionadas con la seguridad social, la organización sindical y la salud y la seguridad en el lugar de trabajo.

Respuesta al párrafo 35 d) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

El Ministerio de Gobierno Local ha creado mercados para mujeres con el fin de facilitarles la gestión de sus pequeños negocios en lugares de trabajo mejores y más fáciles de reconocer. Para incentivar a esas mujeres, cuando empiezan a operar en esos mercados se les concede un período de gracia de un año en el pago de impuestos.

Rwanda no tolera ninguna forma de violencia y acoso contra las mujeres en general y contra las vendedoras ambulantes en particular. Tales actos son constitutivos de delito y son castigados por la ley.

Respuesta al párrafo 35 e) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Se ha producido una progresiva mejora en la política legislativa que representa un paso decisivo hacia la igualdad de género y la creación de un entorno más propicio para prevenir y responder a la violencia de género. En concreto, la violencia de género ha sido tipificada como delito y, por tanto, es punible según las leyes rwandesas. En la Ley núm. 69/2019, de 8 de noviembre, que modifica la Ley de Delitos y Penas en General, se prescriben penas severas para la violación de menores, la violación conyugal, la violencia sexual y el acoso al cónyuge. Asimismo, en la ley sobre la prevención, represión y sanción de la explotación y la trata de personas, se protege a las mujeres y niñas contra la trata y, en su artículo 24, se prohíbe expresamente la explotación sexual.

En el artículo 8 de la nueva ley sobre el trabajo, se prohíbe el acoso sexual en el lugar de trabajo. En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de esa ley, se prohíbe al empresario discriminar a los empleados por motivos de origen étnico, familia o ascendencia, clan, color de la piel o raza, sexo, región de origen, situación económica, religión o fe, opinión, fortuna, rasgo cultural, lengua, discapacidad física o mental o cualquier otra condición. Todo empresario debe pagar a sus empleados un salario igual por un trabajo de igual valor, sin discriminación de ningún tipo.

Se han creado dependencias especializadas en la División de Lucha contra la Violencia de Género y en otros dos departamentos: la Dirección de Protección de la Familia y la Infancia y la Dirección de los Centros CAII de la OIR. Esas dependencias se suman a las oficinas de género establecidas en las Fuerzas de Defensa de Rwanda y en la Fiscalía Nacional, cuya función es abordar las cuestiones relacionadas con la violencia de género que se contemplan en sus respectivos mandatos y contribuir a la prevención y respuesta a la violencia de género.

El establecimiento de líneas telefónicas gratuitas en la Policía Nacional de Rwanda, las Fuerzas de Defensa de Rwanda, la Fiscalía Nacional, la OIR y la Oficina de Seguimiento de la Igualdad de Género es otra de las medidas adoptadas para tratar rápida y adecuadamente los casos de violencia de género.

Trabajadoras domésticas

Respuesta al párrafo 37 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Como firmante del Convenio núm. 138 de la Organización Internacional del Trabajo, de 26 de junio de 1973, sobre la edad mínima de admisión al empleo; y del Convenio núm. 182 de la Organización Internacional del Trabajo, de 17 de junio de 1999, sobre las peores formas de trabajo infantil, el Gobierno de Rwanda se compromete a eliminar el trabajo infantil, especialmente en sus peores formas.

La Política Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil y su plan de aplicación han recibido una alta prioridad en lo que respecta a la lucha sostenible contra el trabajo infantil.

Así pues, todos los inspectores de trabajo recibieron formación sobre la Política Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil y su plan de aplicación, y son los encargados de hacer cumplir las leyes que prohíben el trabajo infantil.

Con el fin de desarrollar la capacidad de los agentes a nivel local, de distrito y de sector, todos los miembros de los comités directivos sobre la prevención y la eliminación del trabajo infantil han recibido formación sobre la política y las leyes por las que se prohíben todas las formas de trabajo infantil.

Además, en el ejercicio 2018/2019, los comités directivos se ampliaron desde el nivel de sector hasta el de aldea. El Ministerio de Trabajo y de la Función Pública ha establecido directrices ministeriales para la creación de esos comités, así como sus funciones y responsabilidades en materia de prevención y erradicación del trabajo infantil.

Los miembros de los comités directivos para la erradicación del trabajo infantil establecidos a nivel local recibieron formación acerca de la ley sobre el trabajo y demás disposiciones relacionadas con la prohibición del trabajo infantil.

En cumplimiento de las leyes por las que se prohíbe el trabajo infantil, en 2017 se establecieron sanciones administrativas en la Instrucción Ministerial núm. 01/2017, de 17 de noviembre, sobre la prevención y lucha contra el trabajo infantil, que se aplicó hasta finales de agosto de 2018.

Durante el período comprendido entre noviembre de 2015 y 2018, alrededor de 494 empleadores, incluidas personas físicas, fueron sancionados por emplear a niños, mientras que 10.532 niños fueron retirados del trabajo y reintegrados a sus familias y sus escuelas.

Entre agosto de 2018 y septiembre de 2020, se realizaron en todo el país 886 inspecciones relacionadas con la prevención del trabajo infantil y se notificaron 38 casos a la OIR para su investigación.

Además, en consonancia con la promoción de los derechos del niño en general y la lucha contra el trabajo infantil en particular, el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo y de la Función Pública y en estrecha colaboración con los distritos, organizó campañas de sensibilización orientadas a la prevención y la eliminación del trabajo infantil. Desde 2017 hasta septiembre de 2020 se realizaron 793 actos de campañas de concienciación (charlas en emisoras de radio y televisión, sesiones comunitarias de divulgación, etc.) para sensibilizar a la comunidad sobre la prevención y la lucha contra el trabajo infantil.

Además, desde 2017 se han llevado a cabo campañas conjuntas de concienciación sobre la gobernanza y la familia en las que han participado todos los ministerios con competencias sociales y sus interlocutores para promover y proteger los derechos de los niños y su bienestar, así como para fomentar la cohesión familiar. Esas campañas se organizan todos los años siguiendo las recomendaciones del Gobierno.

Rwanda se ha esforzado por sacar a su población de la pobreza extrema y ha prestado especial atención a las mujeres, que constituyen la mayoría de la población. Las familias que viven en la pobreza y en la extrema pobreza, entre las que hay hogares encabezados por mujeres, reciben el apoyo necesario mediante programas de protección social y medios de subsistencia. Eso se logra principalmente gracias a los programas de protección social, en particular el Programa Visión 2020 Umurenge (PUV), un programa integrado de desarrollo local concebido para acelerar la erradicación de la pobreza y el crecimiento en las zonas rurales.

Durante el ejercicio 2019/2020, 119.025 hogares, 85.560 de ellos encabezados por mujeres y 33.465 encabezados por hombres, se beneficiaron de medidas de apoyo directo en el marco de ese programa, mientras que en el ejercicio 2018/2019 se proporcionó apoyo directo en forma de transferencias incondicionales de efectivo a 108,496 hogares, 32.944 de ellos encabezados por hombres y 75,552 encabezados por mujeres.

Rwanda ha hecho todo lo posible por sacar a su población de la pobreza extrema y ha prestado especial atención a las mujeres, que constituyen la mayoría de la población. Las familias que viven en la pobreza, incluidas las encabezadas por mujeres, recibieron ayuda mediante planes de protección social apropiados y oportunidades de generación de ingresos. Todo ello se logró principalmente a través del PUV, un programa de desarrollo local integrado concebido para acelerar la erradicación de la pobreza, el crecimiento rural y la protección social.

Durante el ejercicio 2019/2020, 119.025 hogares, 85.560 de ellos encabezados por mujeres y 33.465 encabezados por hombres, se beneficiaron de medidas de apoyo directo en el marco de ese programa, mientras que en el ejercicio 2018/2019 se proporcionó apoyo directo en forma de transferencias incondicionales de efectivo a 108,496 hogares, 32.944 de ellos encabezados por hombres y 75,552 encabezados por mujeres.

En el ejercicio 2017/2018, en el marco del componente de apoyo directo del PUV, el número de hogares beneficiados fue de 94.912, de los cuales 29.531 estaban encabezados por hombres y 65.381 por mujeres.

Además, también se empleó en la medida de lo posible a mujeres en situación de extrema pobreza mediante el subprograma de obras públicas, un plan dentro del componente de la red de seguridad del PUV que proporciona empleo temporal a corto plazo en proyectos de infraestructura comunitaria y agricultura con el propósito de ofrecer oportunidades a los hogares en situación de extrema pobreza, pero que cuentan con capacidad laboral.

Durante el ejercicio 2019/2020, 171,693 hogares, 81,850 encabezados por mujeres y 89,843 encabezados por hombres, obtuvieron un empleo gracias al subprograma de obras públicas. Ese mismo año, se facilitó empleo en el subprograma de obras públicas ampliado a 42.052 hogares elegibles, 31.402 encabezados por mujeres y 10.650 por hombres.

Además, durante el ejercicio 2018/2019, 142.851 hogares elegibles, 70.652 encabezados por mujeres y 72.199 encabezados por hombres, obtuvieron un empleo en el subprograma clásico de obras públicas, mientras que 29.768 hogares, 20.214 encabezados por mujeres y 9.554 por hombres, fueron empleados en el subprograma de obras públicas ampliado. Ese año, 134.993 hogares, de los cuales 68.504 estaban encabezados por mujeres y 66.489 por hombres, obtuvieron un empleo en el subprograma de obras públicas clásico.

El Gobierno ha venido prestando asistencia a las mujeres en situación de pobreza concediéndoles préstamos a bajo interés para los que no se exige ninguna garantía. Las mujeres, reunidas en grupos y cooperativas, pudieron acceder a los servicios financieros para llevar a cabo pequeños proyectos generadores de ingresos.

En el ejercicio 2019/2020, 84.964 personas, 44.704 mujeres y 40.260 hombres, se beneficiaron de los programas de acceso a los servicios financieros. Un total de 39.791 personas (20.935 mujeres y 18.856 hombres) se beneficiaron de los préstamos del PUV durante el ejercicio 2017/2018.

En el marco del aumento del componente de servicios financieros del PUV como herramienta clave para la protección social, a partir de septiembre de 2019 el Gobierno redujo la tasa de interés que se cobra a los beneficiarios del 11 % al 2 % y suprimió el requisito de la garantía colateral para la concesión de préstamos.

En 2018, el Gobierno puso en marcha el programa de Apoyo Directo para la Nutrición que sirvió de apoyo a las mujeres embarazadas en situación de pobreza y a sus hijos desde la concepción hasta los 24 meses. En el marco de ese programa se proporcionan transferencias de efectivo a las madres y sus hijos vulnerables para incentivar el uso de los servicios de salud y nutrición, reforzando los conocimientos de los padres sobre el cuidado de los niños y facilitándoles el acceso a alimentos nutritivos básicos con el efectivo proporcionado.

En el ejercicio económico 2019/2020, se realizaron transferencias en el marco del programa de Apoyo Directo para a la Nutrición, por un monto de 2.019.692.100 FR, a 73.139 madres y niños elegibles.

Respuesta al párrafo 37 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

La Política Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil y su plan de aplicación han recibido una alta prioridad en lo que respecta a la lucha contra el trabajo infantil de manera sostenible.

Así pues, todos los inspectores de trabajo recibieron formación sobre la Política Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil y su plan de aplicación, y son los encargados de hacer cumplir las leyes que lo prohíben.

Con el fin de desarrollar la capacidad de los agentes a nivel local, de distrito y de sector, todos los miembros de los comités directivos sobre la prevención y la eliminación del trabajo infantil han recibido formación sobre la política y las leyes que prohíben todas las formas de trabajo infantil.

Además, en el ejercicio 2018/2019, los comités directivos se extendieron desde el nivel de sector hasta el de aldea. El Ministerio de Trabajo y de la Función Pública ha establecido directrices ministeriales para la creación de esos comités, así como sus funciones y responsabilidades en materia de prevención y eliminación del trabajo infantil.

Los miembros de los comités directivos para la erradicación del trabajo infantil establecidos a nivel local recibieron formación acerca de la ley sobre el trabajo y demás disposiciones relacionadas con la prohibición del trabajo infantil.

En cumplimiento de las leyes por las que se prohíbe el trabajo infantil, en 2017 se establecieron sanciones administrativas en la Instrucción Ministerial núm. 01/2017, de 17 de noviembre, sobre la prevención y lucha contra el trabajo infantil, que se aplicó hasta finales de agosto de 2018.

Durante el período comprendido entre noviembre de 2015 y 2018, alrededor de 494 empleadores, incluidas personas físicas, fueron sancionados por emplear a niños, mientras que 10.532 niños fueron retirados del trabajo y reintegrados a sus familias y sus escuelas. Entre agosto de 2018 y septiembre de 2020, se realizaron en todo el país 886 inspecciones relacionadas con la prevención del trabajo infantil y se notificaron 38 casos a la OIR para su investigación.

Además, en consonancia con la promoción de los derechos del niño en general y la lucha contra el trabajo infantil en particular, el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo y de la Función Pública y en estrecha colaboración con los distritos, organizó campañas de sensibilización orientadas a la prevención y la erradicación del trabajo infantil. Por ejemplo, desde 2017 hasta septiembre de 2020 se realizaron 793 actos de campañas de concienciación (charlas en emisoras de radio y televisión, sesiones comunitarias de divulgación, etc.) para sensibilizar a la comunidad sobre la prevención y la lucha contra el trabajo infantil

Además, desde 2017 se han llevado a cabo campañas conjuntas de concienciación sobre la gobernanza y la familia en las que han participado todos los ministerios con competencias sociales y sus interlocutores para promover y proteger los derechos de los niños y su bienestar, así como para fomentar la cohesión familiar. Esas campañas se organizan todos los años siguiendo las recomendaciones del Gobierno.

Respuesta al párrafo 37 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Rwanda ha puesto en práctica una política según la cual todo rwandés que cumpla las condiciones que en ella se establecen tiene acceso a recibir asistencia jurídica gratuita. El Gobierno mantiene tres abogados en cada distrito del país para garantizar el acceso a la justicia a nivel local. Esos abogados prestan servicios jurídicos gratuitos a quienes cumplen los requisitos establecidos.

Artículo 12: atención médica y planificación familiar

Respuesta al párrafo 39 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En agosto de 2018, el Gobierno aprobó la Ley de Delitos y Penas en General. Esa Ley vino a sustituir al Código Penal de 2012 y marcó una línea progresista en materia de acceso al aborto legal y en condiciones de seguridad, y ha aportado cambios positivos al añadir el embarazo de las adolescentes entre las causas que facilitan el acceso al aborto legal.

En segundo lugar, con el fin de aplicar las disposiciones pertinentes de la mencionada Ley, el Ministerio de Salud aprobó, en abril de 2019, la Orden Ministerial núm. 002/MoH/2019, de 8 de abril, en la que se determinan las condiciones que deben cumplirse para que un médico pueda realizar un aborto. Esa Orden Ministerial es exhaustiva, por lo que se considera un hito clave en el compromiso del Gobierno de garantizar que las mujeres tengan acceso a una atención de calidad después de un aborto.

Respuesta al párrafo 35 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

La nueva política de práctica clínica dual permite a los médicos intercambiar conocimientos para facilitar el acceso de los ciudadanos de la comunidad a los servicios sanitarios. En el sector sanitario de Rwanda se han llevado a cabo intervenciones que han contribuido a mejorar el nivel de salud en general y el de las mujeres en particular. La mejora de la salud de las mujeres se considera no solo una condición social, sino también un principio de derechos humanos consagrado en la Constitución en virtud del cual se garantiza a la población la buena salud y el apoyo para conseguirla.

Se han seguido poniendo en marcha leyes, políticas, instituciones y estrategias con objeto de mejorar y ampliar los servicios sanitarios, especialmente para las mujeres y las niñas. Entre esos instrumentos cabe mencionar: la Política Nacional del Sector de la Salud (2015), el Cuarto Plan Estratégico del Sector de la Salud (2018-2024), la Política sobre las Enfermedades No Transmisibles (2015) y la Ley núm. 21/2016, de 20 de mayo, relativa a la salud humana reproductiva. En consecuencia, ha mejorado sustancialmente la situación de los servicios de salud sexual y reproductiva, salud mental y salud materna y el acceso de la comunidad al seguro médico, así como a los servicios relacionados con el VIH.

Actualmente, en Rwanda hay más de 58.000 TSC (unos cuatro por aldea). Uno de los tipos de esos trabajadores, denominado Assistante Maternelle de Santé, se encarga de la salud materna y neonatal, otro tipo se encarga de la promoción de la salud, mientras que otros dos, conocidos como Binôme (una pareja formada por un hombre y una mujer), actúan como agentes de salud multidisciplinares. El conjunto de servicios que ofrecen los TSC incluye la prevención, la promoción de la salud y los servicios de tratamiento.

El sistema de salud está constituido, desde la cima hasta la base del sector sanitario, por hospitales de referencia, hospitales provinciales, hospitales de distrito, centros de salud y puestos de salud repartidos por todo el país. La construcción masiva de instalaciones sanitarias ha contribuido a reducir el tiempo medio que un ciudadano emplea en llegar a un centro sanitario. Los TSC desempeñan un papel importante en la prestación de servicios de atención primaria de la salud, ya que intervienen de manera eficaz y económica a nivel comunitario.

Entre esas iniciativas de servicios sanitarios se encuentran el plan de seguro médico comunitario, que facilita el acceso de las mujeres a unos servicios sanitarios asequibles y de calidad, el aumento de las infraestructuras sanitarias y del número de profesionales médicos, el uso de tecnologías de drones para el envío de suministros sanitarios de emergencia, los TSC y el uso de SMS rápidos para acelerar la atención y hacer frente a la alta tasa de mortalidad materna e infantil.

En cuanto a la tasa de mortalidad materna, se redujo de 210 muertes por cada 100.000 nacidos vivos en 2014/2015 a 203 en 2019/2020. El porcentaje de mujeres embarazadas que dan a luz en centros de salud aumentó del 91 % al 93 %, mientras que la asistencia de personal cualificado en el parto mejoró del 91 % al 94 % durante el mismo período. Además, el porcentaje de mujeres que utilizan métodos anticonceptivos para la planificación familiar aumentó del 53 % al 64 % durante el mismo período.

Respuesta al párrafo 39 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En abril de 2019, Su Excelencia, el Presidente Paul Kagame, ejerciendo su prerrogativa de clemencia, indultó a 367 mujeres y niñas condenadas y encarceladas por delitos de aborto, complicidad en aborto e infanticidio. En octubre de 2019 fueron indultadas otras 52 mujeres. Con ello, el total de mujeres indultadas y excarceladas asciende a 481.

Respuesta al párrafo 39 d) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Las mejoras en la salud reproductiva están relacionadas con el aumento de los conocimientos sobre el control de la fertilidad adquiridos gracias a las diversas actividades de formación sobre cuestiones de salud, así como a la formación en materia de sensibilidad de género impartida por los proveedores de servicios sanitarios y por las instituciones educativas, desde el nivel primario hasta el universitario. Ese nivel de conocimiento es casi universal entre las mujeres de Rwanda y sigue siendo un importante factor determinante del acceso y el uso de métodos anticonceptivos.

Se hizo lo posible para que los TSC pudieran ofrecer métodos modernos de planificación familiar gratuitos a todos los centros de salud. Allá dónde los centros de salud tenían carácter confesional, el Gobierno estableció puestos de salud para garantizar la disponibilidad y el acceso a los servicios de planificación familiar. La salud sexual y reproductiva también se integra en los planes de estudio desde la educación preescolar hasta la secundaria.

En cuanto a los derechos en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, en la ley sobre la salud humana reproductiva se establece que todas las personas tienen los mismos derechos en esa esfera y que a nadie se le negarán dichos derechos sobre la base de cualquier forma de discriminación. Además, en la Ley de Delitos y Penas en General se eliminaron las barreras que dificultaban el acceso de las mujeres y las niñas al aborto legal y en condiciones de seguridad. Asimismo, existe una Orden Ministerial para hacer operativas las disposiciones del derecho penal relativas al aborto. Otras acciones que sirven de apoyo a las políticas adoptadas son la integración de la salud sexual y reproductiva en el plan de estudios nacional y el desarrollo de un manual sobre los derechos en el ámbito de la salud sexual y reproductiva cuyo propósito es guiar a los diferentes agentes en la movilización de los jóvenes, incluidas las muchachas, mediante el uso de estrategias adaptadas a ese grupo de población, como el teatro, los deportes, los teatros de calle, los clubes juveniles y las campañas comunitarias.

Como parte de ese enfoque, se han creado clubes en algunas escuelas con el fin de divulgar entre los estudiantes un amplio conocimiento en el ámbito sexual y reproductivo. Eso ayuda a los estudiantes a pensar de forma crítica sobre la base de unas opciones informadas y a protegerse. La educación sexual integral es vital para combatir los casos de embarazos no deseados y el contagio de enfermedades de transmisión sexual, porque dota a los jóvenes de conocimientos y competencias que les permiten tomar decisiones seguras y responsables.

Respuesta al párrafo 39 e) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Rwanda es uno de los países de África que más ha avanzado en la lucha contra el cáncer de cuello uterino. El país logró una cobertura de vacunación contra el cáncer de cuello uterino superior al 97 % y, en 2019, firmó un acuerdo destinado a desplegar nuevas tecnologías para mejorar la accesibilidad al cribado y el diagnóstico de la enfermedad en varias partes del país.

El Gobierno está comprometido a mantener esa alta tasa de cobertura, ya que es un pilar sólido para lograr la eliminación del cáncer de cuello uterino. Actualmente se están movilizando 13 millones de dólares (aproximadamente 12.000 millones de FR) para llevar a cabo campañas de detección de cáncer de cuello uterino para mujeres de entre 30 y 49 años durante los próximos cinco años. Esos fondos no solo se utilizarán para concienciar a la comunidad, sino también para examinar en todos los centros de salud al 70 % de los 1,4 millones de mujeres del país.

El Gobierno confía en que, con esos nuevos avances en la mejora de la capacidad de tratamiento del cáncer, junto con los sólidos programas de seguro médico, se podrá ofrecer un tratamiento de calidad al 90 % de las mujeres con cáncer de cuello uterino invasivo incluso antes de 2030.

En cuanto a la salud mental, Rwanda ha tomado medidas para dar prioridad a la prestación de servicios en esa esfera. Un año después del genocidio, el Gobierno elaboró una política de salud mental, convirtiéndose en uno de los primeros países del África subsahariana en tenerla. En 2018, se establecieron nuevos y ambiciosos objetivos en el plan estratégico actualizado de Rwanda para su sector sanitario orientados a ampliar los servicios de atención de salud mental dentro de la comunidad, incluso mediante la descentralización y la integración de esos servicios en la atención primaria de salud.

La atención a la salud mental se ha integrado en todos los niveles de los sistemas de salud, desde el nivel comunitario hasta el de distrito. El Ministerio de Sanidad, a través del Centro Biomédico de Rwanda, ha formado a más de 15.000 TSC adscritos a los centros de salud. Estos trabajadores sanitarios no son profesionales, sino personas con educación formal básica seleccionadas en diferentes comunidades que reciben formación sobre cómo identificar y tratar los síntomas de las enfermedades mentales en las zonas en que residen. Además, el Ministerio de Sanidad cuenta en el país con siete psiquiatras que operan en diferentes hospitales de referencia, como el Centre Hospitalier Universitaire de Butare, el Centre Hospitalier Universitaire de Kigali, Ruhengeri y el Hospital de Ndera. Los psiquiatras prestan servicio de manera rotatoria entre los hospitales.

Además, el RBC emplea actualmente a 100 psicólogos y 100 enfermeras psiquiátricas. Aunque no existen hospitales especializados en salud mental a nivel de distrito, varios de esos hospitales cuentan con divisiones de salud mental integradas en sus servicios.

La descentralización de la atención de la salud mental contribuyó a mejorar la accesibilidad desde el punto de vista geográfico y a reducir los traslados a los centros de referencia en la esfera de la salud mental.

Artículo 13: prestaciones económicas y sociales

Empoderamiento económico de la mujer

Respuesta al párrafo 41 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

La ley sobre los regímenes matrimoniales, las donaciones y las sucesiones, se establece la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, niños y niñas, en lo relativo a la propiedad de los bienes y la herencia. La ley sobre la tenencia de la tierra y la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera 2020-2024, que tiene por objeto garantizar la inclusión financiera de la población, han contribuido enormemente al acceso de las mujeres a los recursos económicos y productivos a través de su pilar específico orientado a fortalecer el acceso de las mujeres a la financiación, con un enfoque específico en las mujeres de las zonas rurales.

En la prioridad 5 de la Estrategia Nacional para la Transformación (2017-2024) figura una intervención estratégica clave para acercar los servicios financieros a las personas, con el propósito de aumentar al 100 %, para 2024, la proporción de rwandeses adultos que hayan logrado la inclusión financiera (en comparación con el 89 % en 2017).

En 2013, en el marco del Programa de Presupuestos Sensibles al Género, se promulgó la Ley de Propiedad Financiera para garantizar que mujeres y hombres se beneficien por igual del presupuesto gubernamental.

Con el fin de apoyar a las mujeres que se dedican al comercio transfronterizo, el Gobierno ha puesto en marcha una iniciativa en virtud de la cual pueden obtener el 50 % de los préstamos de las cooperativas de crédito y ahorro como subvención gubernamental. Además, el Fondo de Desarrollo Empresarial ha creado y gestiona el Fondo de Garantía de la Mujer para facilitar a las mujeres empresarias y a las PYME que carecen de garantías la obtención de préstamos en bancos comerciales e instituciones de microfinanciación en condiciones asequibles. El Fondo de Garantía de la Mujer proporciona hasta el 75 % de la garantía del crédito y una subvención del 15 % del total del préstamo desembolsado.

Para mejorar el acceso a la financiación de los hogares de las zonas rurales, el Gobierno de Rwanda introdujo las cooperativas de crédito y ahorro Umurenge. En 2011, se pusieron en marcha oficialmente las cooperativas Umurenge en 30 distritos de Rwanda. Esa iniciativa ha contribuido a la inclusión financiera de los habitantes de las zonas rurales.

El Gobierno facilita a las mujeres, en particular a las que no pueden aportar las garantías necesarias, el acceso al crédito financiero. Por ejemplo, mediante el proyecto “Facilitar oportunidades para las mujeres en el comercio transfronterizo informal” se pretende mejorar el bienestar socioeconómico de las mujeres que se dedican al comercio informal a través de las fronteras compartidas de Rwanda y la República Democrática del Congo.

El Gobierno de Rwanda y sus asociados, a través del Consejo Nacional de la Mujer, han organizado a las vendedoras en cooperativas y asociaciones para incrementar su poder de negociación, potenciar su capacidad económica y garantizar su seguridad, lo que ha funcionado muy bien con las cooperativas de mujeres en diferentes partes del país. Se han instalado puntos de venta para las mujeres en todo el país, lo que ha dado lugar a que muchas de ellas abandonen las calles y pongan en marcha negocios estables. Las instituciones financieras pusieron en marcha otras iniciativas para ofrecer productos y programas diseñados especialmente para las mujeres (BK, Urwego, Duterimbere, etc.). El 44 % de las mujeres eran propietarias de pequeños negocios y recibían fondos o subvenciones del Fondo de Desarrollo Empresarial.

Según los informes del estudio FinScope, actualmente el acceso de las mujeres a los servicios financieros ha mejorado enormemente y se ha reducido su exclusión financiera. Con respecto a la inclusión financiera, el estudio FinScope 2020 reveló que el 92 % de las mujeres la habían alcanzado, en comparación con el 93 % de los hombres, lo que significa que la brecha de género es del 8 % en comparación con el 13 % en 2016.

Cuadro 5

Población bancarizada

Descripción

2012

2016

2020

Proporción de adultos bancarizados

23 %

26 %

36 %

Hombres

27 %

29 %

39 %

Mujeres

20 %

24 %

34 %

Del cuadro anterior se desprende que el porcentaje de mujeres bancarizadas aumentó del 20 % en 2012 al 24 % en 2016 y al 34 % en 2020. Eso se debe a una serie de factores que han animado a las mujeres a abrir cuentas bancarias a su nombre en los últimos ocho años, entre los que figura la sensibilización de ese grupo de población; la aparición de los fondos de garantía destinados a las mujeres con apoyo del Gobierno; la elaboración de productos elaborados específicamente para mujeres y la facilitación del acceso a las instituciones financieras; el papel que han desempeñado las cooperativas Umurenge en las zonas rurales (más del 49 % de los miembros de esas cooperativas son mujeres); el papel de los servicios financieros digitales; la facilitación del acceso a los teléfonos móviles (por ejemplo, gracias a la iniciativa Connect Rwanda), que ha hecho aumentar el número de mujeres que realizan transacciones fáciles a través del sistema MoMo; los esfuerzos de colaboración entre las partes interesadas para mejorar los conocimientos financieros de las mujeres; y los marcos jurídicos que sirven de apoyo para que las mujeres puedan acceder a la financiación.

En cuanto a los préstamos y el crédito, en el estudio FinScope 2020 se indicaba que alrededor del 76 % (5,4 millones) de los adultos rwandeses tomaban dinero prestado, incluidas todas las formas de préstamo. Un número ligeramente mayor de mujeres (77 %), en comparación con sus homólogos masculinos (76 %), había pedido préstamos en los últimos 12 meses (es decir, de febrero de 2019 a febrero de 2020) antes de que se realizara el estudio FinScope.

En cuanto a las estadísticas de los grupos de ahorro, en el estudio FinScope 2020 se mostraba que unos 5,6 millones de adultos, es decir, el 78 %, utilizaban mecanismos informales para gestionar sus finanzas (el 80 % de los miembros de los grupos de ahorro son mujeres).

El Gobierno fomenta el paso del modelo de ahorro informal al formal mediante diferentes iniciativas políticas, como la creación de grupos de ahorro de aldea (el 80 % de cuyos miembros son mujeres); la digitalización de los grupos de ahorro; la vinculación de los grupos de ahorro con los proveedores de servicios financieros de carácter formal; la creación de un mapa de grupos de ahorro; la aplicación de la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera (2020-2023), que cuenta con un pilar para las mujeres; y la puesta en marcha de programas de alfabetización financiera dirigidos a las mujeres, especialmente en las zonas rurales.

Además, a través de los programas de protección social, como el PUV, el Gobierno de Rwanda ha ayudado a las mujeres en situación de pobreza facilitándoles préstamos de inversión. Las mujeres, asociadas en grupos y cooperativas, pudieron acceder a los servicios financieros para poner en marcha pequeños proyectos generadores de ingresos. En el ejercicio 2019/2020, un total de 84.964 personas, 44.704 mujeres y 40.260 hombres, se beneficiaron de los programas de acceso a los servicios financieros. En total, en el ejercicio económico 2017/2018 se beneficiaron de los préstamos del PUV 39.791 personas (20.935 mujeres y 18.856 hombres).

En el marco del aumento del componente de servicios financieros del PUV como herramienta clave para la protección social, en septiembre de 2019 el Gobierno redujo del 11 % al 2 % la tasa de interés que se cobra a los beneficiarios y suprimió el requisito de la garantía para la concesión de préstamos.

Las cooperativas de ahorro y crédito Umurenge contribuyen a facilitar el acceso de las mujeres a los servicios financieros, incluido el crédito. Las mujeres constituyen el 41 % de los miembros de esas cooperativas. Además, el 43 % de las PYME son actualmente propiedad de mujeres.

Artículo 14: las mujeres de las zonas rurales

Respuesta al párrafo 43 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Como se ha dicho anteriormente, los abunzi reciben periódicamente formación sobre los derechos humanos y los derechos de la mujer. La concienciación sobre los derechos de las mujeres en general, y especialmente sobre el derecho de las mujeres a la propiedad de la tierra, han sido componentes clave del diálogo comunitario. La relativa a la tenencia de la tierra es una de las leyes más conocidas de Rwanda. Según el informe sobre el estado de la igualdad de género elaborado por la Oficina de Seguimiento de la Igualdad de Género, las mujeres están a la cabeza en cuanto a la propiedad de la tierra. Esta se cifra en el 24,63 % entre las mujeres, frente al 14,27 % en el caso de los hombres. La mayor parte de la tierra es propiedad de parejas casadas (59,99 %). La propiedad de la tierra ha contribuido en gran medida al acceso de las mujeres a la financiación. Desempeñó un papel importante en el 38 % de los casos en que las mujeres pudieron acceder al crédito.

Respuesta al párrafo 43 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En 2018, el Gobierno de Rwanda puso en marcha el programa de Apoyo Directo para la Nutrición, que sirvió de apoyo a las mujeres embarazadas en situación de pobreza y a sus hijos desde la concepción hasta los 24 meses. En el marco de ese programa se les proporcionan transferencias de efectivo para incentivar el uso de los servicios de salud y nutrición y se refuerzan los conocimientos de los padres sobre el cuidado de los niños

En el ejercicio 2019/2020, se realizaron transferencias en el marco del programa de Apoyo Directo para la Nutrición por un monto de 2.019.692.100 FR, a 73.139 mujeres elegibles.

En cuanto a las mujeres empleadas en el sector formal, cabe destacar que, en virtud de la ley sobre el trabajo, tienen acceso a las prestaciones de la seguridad social sin discriminación por ningún motivo, incluido el estado civil.

Respuesta al párrafo 43 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En el apartado 6 del artículo 2 de la ley del trabajo, se destacan los beneficios sociales, como la salud y la seguridad en el puesto de trabajo; el salario; las vacaciones, incluida la licencia por maternidad; y la seguridad social, entre otros, como derechos que asisten también a los empleados en el sector informal, incluidas las mujeres, y los inspectores de trabajo son los encargados de vigilar el cumplimiento de esa ley, según se establece en su artículo 113.

Respuesta al párrafo 43 d) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Durante el período que se examina, al menos 25.000 mujeres se han beneficiado de los programas de alfabetización de adultos. Se ha movilizado a las mujeres para que se unan a las asociaciones de crédito y ahorro de las aldeas como medio para erradicar la pobreza.

En el ejercicio 2020/2021, un total de 2.155 mujeres dedicadas al comercio informal transfronterizo en los distritos de Rusizi y Rubavu recibieron formación sobre finanzas, aptitudes empresariales y gestión de cooperativas. También han recibido apoyo financiero con capital inicial para que puedan poner en marcha sus negocios.

Se imprimieron y distribuyeron un total de 18.000 folletos educativos, junto con otros materiales de fácil lectura, en los ámbitos de la información, la educación y la comunicación, dirigidos a las mujeres dedicadas al comercio transfronterizo en pequeña escala que contenía información sobre las leyes regionales y nacionales relacionadas con el comercio, las políticas y las oportunidades disponibles.

En el mismo período, se facilitó la participación de 36 cooperativas de mujeres dedicadas al comercio transfronterizo en pequeña escala, que contaban con 72 miembros, en ferias comerciales de ámbito provincial, nacional y regional con el objetivo de erradicar la pobreza entre las mujeres a través del comercio. Además, 394 mujeres recibieron una ayuda directa en efectivo de 70.000 FR como capital o para reinvertir en sus negocios con objeto de mitigar la pobreza derivada de la pandemia de COVID-19.

Diecinueve cooperativas de mujeres dedicadas al comercio transfronterizo, con un total de 940 miembros, recibieron maquinaria y equipo para que pudieran aumentar el valor añadido de sus negocios y erradicar la pobreza. Las mujeres dedicadas al comercio transfronterizo en pequeña escala recibieron formación sobre planes empresariales, adición de valor y análisis de las cadenas de valor y suministro. Un total de 120 mujeres dedicadas al comercio transfronterizo en pequeña escala participaron en dos eventos destinados al establecimiento de redes, en los que las cooperativas y las industrias y fábricas de transformación de tamaño medio obtuvieron información sobre el mercado e intercambiaron ideas con otros comerciantes.

Mujeres batwa

Respuesta al párrafo 45 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En la Constitución se prohíbe cualquier forma de discriminación y se hace hincapié en el principio de igualdad y no discriminación de todos los ciudadanos. Todos los rwandeses nacen y permanecen libres e iguales en derechos y deberes. Se prohíbe y se castiga por ley la discriminación de cualquier tipo basada, entre otras cosas, en el origen étnico, la tribu, el clan, el color, el sexo, la región, el origen social, la religión o la fe, la opinión, la situación económica, la cultura, la lengua, la condición social, la discapacidad física o mental o cualquier otra condición.

Como se explicó en el documento básico común, desde el genocidio de 1994 contra los tutsis, Rwanda asumió una posición orientada a la consolidación de la unidad nacional. El Gobierno adoptó una política según la cual solo existe una comunidad rwandesa integrada por todos los rwandeses (banyarwanda). Se consideró que la antigua distinción entre los grupos bahutu, batutsi y batwa era en gran medida divisoria e improductiva para los rwandeses. Como resultado de esa política, el Gobierno no considera que ningún grupo de rwandeses sea distinto de los demás (véase el párrafo 5 del documento básico común).

Además del sólido marco contra la discriminación que se expone en la parte IV del documento básico común, el Gobierno ha puesto en práctica leyes, políticas, instituciones y programas independientes específicos para combatir los estereotipos, los estigmas y cualquier otra forma de discriminación.

Las Personas Históricamente Marginadas (PHM) se integran en los programas socioeconómicos como otros grupos vulnerables. Sus derechos se extienden a todos los sectores (partidos políticos, libertad de religión, etc.).

Los estudiantes PHM tienen garantizado el acceso a la educación desde los centros de enseñanza básica hasta los de enseñanza superior. A los estudiantes que no obtienen las calificaciones requeridas se les facilita la asistencia a la enseñanza y formación técnica y profesional y el Gobierno les proporciona maletines de herramientas una vez que se gradúan.

Las PHM que se encuentran en la categoría uno de Ubudehe tienen acceso a programas de protección social, como el trabajo en obras públicas en el marco del PUV (hogares elegibles para el trabajo intensivo remunerado sobre una base bimensual), el programa de servicios financieros del PUV (un programa de préstamos para medios de vida que contribuyen a que los hogares salgan de la pobreza y se devuelven con un interés mínimo del 2 %) y el programa de apoyo directo del PUV (una subvención mensual como red de seguridad en forma de apoyo directo a los ingresos acorde al tamaño de la familia). El objetivo principal de esos programas sociales es garantizar unos ingresos mínimos y el acceso a los servicios públicos básicos como un medio de protección contra la pobreza. Esas personas también tienen acceso al seguro de salud comunitario (mutuelle de santé).

En consonancia con el programa de transferencia de activos, las personas PHM también son elegibles para el programa denominado “Una vaca para cada familia pobre” (Girinka). También se les proporciona ganado menor. Entre 2013 y 2017 se distribuyeron en total 94.833 vacas a familias pobres, entre las que había personas PHM. Desde su inicio en 2006 hasta junio de 2018, el programa Girinka ha proporcionado 331.295 vacas a igual número de familias pobres rwandesas.

El Gobierno de Rwanda no considera a ningún grupo étnico como distinto del resto de los rwandeses y, por tanto, no se llevará a cabo ninguna intervención sobre la base de esa categorización.

Por el contrario, todos los rwandeses, incluidas las personas vulnerables, tienen acceso a los servicios básicos (educación, sanidad, etc.) en condiciones de igualdad y reciben asistencia en función de su situación socioeconómica.

Mujeres con discapacidad

Respuesta al párrafo 47 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En la Constitución se prohíbe cualquier forma de discriminación y se hace hincapié en el principio de igualdad y no discriminación.

El Gobierno sigue poniendo en marcha mecanismos para garantizar la igualdad de acceso de las personas con discapacidad a unos servicios sociales y sanitarios adecuados, así como la accesibilidad a edificios e instalaciones.

En la ley sobre el trabajo se protege a los empleados contra la discriminación en el lugar de trabajo. En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de esa ley, todos los empresarios están obligados a pagar a los empleados el mismo salario por un trabajo de igual valor sin discriminación de ningún tipo.

En cuanto a la representación, en el artículo 75 de la Constitución se establece que al Consejo Nacional de Personas con Discapacidad le corresponde elegir a un diputado. Además, las mujeres con discapacidad son candidatas elegibles de sus partidos políticos específicos y pueden ocupar otros puestos de liderazgo.

En el marco del mandato del Consejo Nacional de la Mujer, se firmó un memorando de entendimiento con la Comisión Electoral Nacional en virtud del cual la Comisión se comprometió a movilizar a todas las mujeres del país para que participaran y presentaran sus candidaturas en las elecciones parlamentarias de 2018, para lo cual se ocupó de facilitarles el transporte en todos los distritos hasta el lugar de la campaña, y también a preparar a las candidatas formándolas en los principios de igualdad de género durante los procesos electorales. Se formó a 178 candidatas independientes (30 %), 298 pertenecientes a diferentes partidos políticos, 10 jóvenes y 2 mujeres con discapacidad.

Mujeres y niñas refugiadas

Respuesta al párrafo 49 a) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

El Estado garantiza la seguridad de los ciudadanos y de sus propiedades en cualquier lugar de su territorio. En cada campamento de refugiados se ha desplegado un número suficiente de agentes de policía de ambos sexos. Si fuera necesario aumentar el número de agentes de policía para reforzar la seguridad, la comisaría del sector más cercana a los campamentos de refugiados estaría preparada para intervenir. En lo que respecta a la iluminación, el Gobierno se complace en informar de que todos los campamentos de refugiados cuentan con suministro eléctrico y están suficientemente iluminados.

Por lo que respecta a los servicios jurídicos, los agentes no estatales han contribuido en gran medida a prestar servicios de asistencia jurídica gratuita a los refugiados. Se han desplegado funcionarios jurídicos y abogados en diferentes campamentos que prestan apoyo jurídico a los refugiados de manera cotidiana. Ese servicio incluye el asesoramiento jurídico, la orientación legal y la asistencia letrada ante los tribunales y otras entidades administrativas. Como resultado, los abogados han intervenido en 154 casos, la mayoría de ellos relacionados con la violencia de género. Se pide a los abogados que gestionen los casos de violencia de género de forma ética y manteniendo la confidencialidad de la víctima.

El LAF, una de las ONG que ofrece servicios de asistencia jurídica en los campamentos de refugiados, también ha impartido formación a 121.974 personas sobre cómo gestionar los casos de violencia de género y ha llevado a cabo campañas de sensibilización sobre la trata de personas dentro de los campamentos.

El Gobierno, en colaboración con sus asociados, proporciona refugio y alimentos a las mujeres, las niñas y los niños. También imparte formación a los refugiados en materia de violencia sexual y de género y les enseña a realizar denuncias a tiempo y a obtener pruebas de la violencia sexual y de género que puedan hacerse valer ante los tribunales.

Todos los campamentos de refugiados tienen acceso a los centros CAII disponibles en el distrito de acogida. Cada campamento cuenta con un centro de salud.

Respuesta al párrafo 49 b) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En cuanto al acceso a la justicia, los refugiados, incluidas las mujeres, tienen derecho a recurrir a los tribunales para defender sus derechos. También cuentan con diferentes vías de acceso a la asistencia jurídica gratuita. Durante el período que se examina, entre 2015 y 2020, un total de 77 solicitantes de asilo obtuvieron asistencia jurídica gratuita. De ellos, 68 eran hombres y 9 mujeres.

La ley permite que los tribunales se desplacen y realicen las audiencias en el lugar donde se ha cometido el delito. Permite, además, que se declare bajo protección y la Fiscalía Nacional tiene una unidad que se ocupa de la protección de los testigos y las víctimas.

Respuesta al párrafo 49 c) de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Además de otras medidas, como la promulgación de la ley sobre la prevención, represión y sanción de la explotación y la trata de personas, para prevenir la trata en los campamentos de refugiados, el Gobierno de Rwanda promulgó la Orden Ministerial núm. 02/2016, de 1 de junio, por la que se organiza la gestión de los campamentos de refugiados y se regula el acceso a dichos campamentos. El Gobierno despliega agentes de policía en los campamentos de refugiados para mejorar la seguridad tanto dentro de dichos campamentos como en sus alrededores.

Parte IV. (Artículos 15 y 16)

Artículo 15: igualdad ante la ley

En la Constitución se reconoce el derecho a la igualdad ante la ley. En el artículo 16 se establece que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de la ley. Las leyes en virtud de las cuales se aplica esa disposición constitucional han sido promulgadas y están en consonancia con lo dispuesto en el artículo 15 de la Convención, ya que en ellas se reconoce el derecho de la mujer a celebrar contratos, poseer propiedades y elegir su lugar de residencia.

Artículo 16: matrimonio y relaciones familiares

Respuesta al párrafo 51 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

En la Constitución se garantiza el derecho a contraer matrimonio y formar una familia. La única unión matrimonial reconocida es el matrimonio civil monógamo entre un hombre y una mujer. Eso implica que la práctica de la poligamia no está permitida. A la luz de lo dispuesto en la Constitución, los cónyuges tienen los mismos derechos y obligaciones en el momento de contraer matrimonio, durante la duración de este y en el momento del divorcio. Los derechos económicos de las mujeres en uniones no formales también están protegidos por la ley, y el Tribunal Supremo ha establecido jurisprudencia al respecto.

Parte V. Otros asuntos objeto de examen

Enmienda del artículo 20, párrafo 1, de la Convención

Respuesta al párrafo 52 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Se están celebrando consultas sobre la aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención.

Declaración y Plataforma de Acción de Beijing

Respuesta al párrafo 53 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Rwanda se unió a la Declaración y Plataforma de Acción de Pekín de 1995, justo un año después del Genocidio de 1994 contra los tutsis. Desde entonces, el Gobierno ha traducido los compromisos contenidos en la Plataforma de Acción en medidas concretas que han permitido mejorar la vida de las mujeres y las niñas.

El Gobierno ha desplegado enormes esfuerzos y se ha unido a muchos otros con el fin de garantizar un desarrollo equitativo y sensible al género.

Con el espíritu de un Estado responsable, Rwanda revisa cada cinco años los avances logrados en el cumplimiento de los compromisos de Pekín, de ahí que también se haya presentado el informe de país para Pekín+25.

Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

Respuesta al párrafo 54 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Desde 2015, el Gobierno se ha embarcado en la integración de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en su marco de planificación y los instrumentos correspondientes, incluidos los específicos para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas (ODS 5).

En 2019, Rwanda se ofreció a realizar y presentar por primera vez en el Foro Político de Alto Nivel sobre Desarrollo Sostenible su examen nacional voluntario sobre los avances en la consecución de los ODS. Todo ello en línea con el compromiso global del país de llevar a cabo revisiones periódicas, voluntarias e inclusivas de los avances en la implementación de la Agenda 2030.

En ese informe se proporcionaba información sobre el progreso y el grado en que se habían alcanzado en Rwanda los ODS. En él se describían los esfuerzos del Gobierno por integrar los ODS en las políticas, estrategias y programas a nivel nacional y subnacional.

Difusión

Respuesta al párrafo 55 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Las observaciones finales se han hecho llegar a las partes interesadas en el marco del subgrupo de igualdad de género y empoderamiento de la mujer.

Asistencia técnica

Respuesta al párrafo 56 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

La agenda de la mujer en general, y las obligaciones que incumben a los Estados en virtud de la Convención en particular, están totalmente integradas en la agenda de desarrollo de Rwanda, y el Gobierno ha trabajado y sigue trabajando con sus asociados, tanto a nivel regional como internacional, en la aplicación de la Convención.

Ratificación de otros tratados

Respuesta al párrafo 57 de las observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo a noveno combinados de Rwanda

Rwanda es parte en ocho de los nueve instrumentos internacionales más importantes en materia de derechos humanos. En cuanto a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, Rwanda sigue evaluando la necesidad de ratificarla.