Naciones Unidas

CRC/C/HUN/Q/3-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

5 de marzo de 2014

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

67º período de sesiones

1 a 19 de septiembre de 2014

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero a quinto combinados de Hungría

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 15 de junio de 2014.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas en un máximo de 30 páginas.

1.Sírvanse aclarar el rango de la Convención en el ordenamiento jurídico interno de Hungría. Indíquese si los tribunales nacionales han invocado las disposiciones de la Convención, bien como fundamento para una resolución, bien como orientación para interpretar las normas jurídicas.

2.Sírvanse informar al Comité sobre el contenido de la estrategia nacional para 2007‑2032 denominada "Un futuro mejor para los niños", así como sobre la aplicación de su correspondiente plan de acción para 2007-2010, en particular sobre sus resultados. Facilítese también al Comité información actualizada sobre el plan de acción más reciente para aplicar la estrategia.

3.Sírvanse proporcionar información sobre el órgano encargado de la coordinación general de la aplicación de la Convención en todos los sectores, así como sobre el mandato y la dotación de recursos humanos, financieros y técnicos de los órganos de coordinación y aplicación.

4.Indíquese si en el proceso de elaboración del presupuesto del Estado parte se prevén asignaciones destinadas específicamente a la infancia en los sectores y organismos pertinentes, y si se dispone de indicadores y sistemas de seguimiento en todos los niveles. Indíquese también si existen asignaciones presupuestarias específicas para los niños marginados y para los que se encuentran en situación de vulnerabilidad, como los niños romaníes, los niños con discapacidad, los niños migrantes y los hijos de refugiados y solicitantes de asilo.

5.Sírvanse indicar cómo se integran en el mandato de la Oficina del Comisionado Parlamentario para los Derechos Fundamentales las cuestiones relacionadas con los derechos del niño, y qué recursos humanos, técnicos y financieros se asignan a esta Oficina para respaldar su labor. Indíquese también si la Oficina recibe denuncias presentadas por niños o en su nombre. De ser así, proporciónese información sobre el número, la naturaleza y el resultado de dichas denuncias.

6.Sírvanse indicar si las recomendaciones formuladas en las anteriores observaciones finales del Comité (CRC/C/HUN/CO/2) se han traducido a los idiomas minoritarios, y si ya se han incorporado los derechos del niño al plan de estudios escolar.

7.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para prohibir y erradicar la discriminación generalizada contra los niños romaníes, los niños con discapacidad, los niños migrantes y los niños refugiados y solicitantes de asilo, así como para erradicar el creciente antisemitismo.

8.Dado que, de conformidad con la Ley Nº 175 de 2011, los menores de 14 años no pueden ser miembros oficiales de asociaciones, ni siquiera de las creadas por los propios niños, sírvanse indicar cómo vela el Estado parte por que todos los menores de 18 años, y en particular los menores de 14 años, disfruten del derecho a la libertad de asociación y de reunión pacífica.

9.Puesto que desde el 1 de enero de 2014 los menores de 12 años no pueden ser internados en instituciones, sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para velar por que haya suficientes familias de acogida para todos los niños internados en instituciones, incluidos los niños con discapacidad, los niños con necesidades especiales y los niños que tienen varios hermanos. Sírvanse aclarar cómo utiliza el Estado parte los fondos asignados por la Unión Europea para la desinstitucionalización de niños. Tengan a bien informar asimismo sobre cómo se supervisan y evalúan las actividades de las organizaciones eclesiales encargadas de administrar la acogida en familias e instituciones en algunos condados.

10.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para limitar la práctica de colocar a los niños en modalidades de acogida provisionales o temporales mientras se les busca una solución de acogida a largo plazo.

11.Sírvanse aclarar las normas y reglamentos relativos a la separación forzosa de los niños de sus padres, especialmente en el caso de los niños cuyos padres no disponen de una vivienda. Infórmese al Comité sobre las medidas emprendidas por el Estado parte para proporcionar a esas familias una vivienda u otras formas de asistencia.

12.Sírvanse aclarar los estatutos o reglamentos relativos a los hogares especializados para niños, las instituciones cerradas para niños mayores de 12 años que se consideran "muy problemáticos", e indicar los criterios empleados para determinar que un niño es "muy problemático". Explíquense los procedimientos seguidos para internar a los niños en hogares especializados e infórmese al Comité sobre los mecanismos de denuncia de que disponen estos niños. Sírvanse explicar también cómo se supervisan y evalúan las condiciones de esos hogares.

13.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas tomadas por el Estado parte para fomentar la adopción de niños romaníes, niños con discapacidad y niños con enfermedades crónicas.

14.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para dar apoyo a las familias con hijos con discapacidad, con el fin de evitar el internamiento de los niños. Indíquese también qué servicios existen en todos los condados para los niños con discapacidad mental y los niños con discapacidad visual o auditiva, y qué medidas se han tomado para velar por la educación inclusiva de los niños con discapacidad.

15.Sírvanse informar acerca de las medidas adoptadas para prevenir los problemas de salud mental y reducir su número entre los adolescentes, en particular las iniciativas dirigidas a disminuir el número de suicidios y el consumo de drogas y alcohol.

16.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para integrar a los niños romaníes en las escuelas ordinarias y evitar que sean segregados en escuelas o clases especiales. Infórmese también al Comité sobre las medidas destinadas a facilitar la integración de los niños migrantes y los niños solicitantes de asilo y refugiados en escuelas ordinarias.

17.Teniendo en cuenta que, de conformidad con la Ley de asilo, el Estado parte puede privar de libertad a familias con hijos durante un plazo de hasta 30 días, sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para que el interés superior del niño constituya una consideración primordial en dichas circunstancias. Tengan a bien informar también sobre la metodología empleada en las pruebas de determinación de la edad de los niños que no disponen de un documento de identidad.

18.Además del acondicionamiento de dependencias adaptadas a las necesidades de los niños, sírvanse informar sobre las normas y reglamentos del Estado parte dirigidas a adecuar a los niños el sistema de justicia juvenil. Infórmese al Comité sobre las medidas adoptadas para poner fin a la práctica de privar de libertad a los niños que cometen delitos menores. Proporcionen también información sobre los mecanismos de denuncia de que disponen los niños detenidos por la policía, los internados en instituciones cerradas y los recluidos en prisiones y en centros de detención administrativa.

Parte II

En esta sección el Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley y las nuevas leyes, y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones y sus mandatos, y las reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Facilítense, en referencia a los tres últimos años, datos desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica sobre:

a)Los niños abandonados en "buzones para bebés";

b)Los casos de separación forzosa de los hijos de padres sin hogar;

c)Los casos de castigos corporales, especialmente en las escuelas y en los entornos de acogida alternativos;

d)Los niños romaníes que asisten a escuelas y clases ordinarias;

e)Los niños que trabajan en el sector informal y los niños de la calle;

f)Los niños solicitantes de asilo y migrantes que se encuentran en centros de detención;

g)Los niños recluidos en lugares de detención e instituciones penitenciarias, incluidos los detenidos por haber cometido delitos menores;

h)Las dependencias adaptadas a las necesidades de los niños para los niños víctimas o infractores y los datos relativos al empleo de esas dependencias;

i)Los casos de padres, tutores o trabajadores de instituciones de acogida acusados, imputados o declarados culpables de maltrato de niños, en particular de abusos sexuales y castigos corporales.

2.Facilítense, en referencia a los tres últimos años, datos desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica sobre el número de niños que han sido:

a)Separados de sus padres;

b)Acogidos en instituciones;

c)Entregados a familias de acogida;

d)Adoptados en el país o en el extranjero, e información sobre los países de destino.

3.Facilítense, en referencia a los tres últimos años, datos desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con sus familias;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados.

4.Facilítense datos, desglosados por país de origen, sobre el número de niños a los que se concedió asilo o protección humanitaria y sobre el número de niños que fueron devueltos, extraditados o expulsados en 2011, 2012 y 2013. Sírvanse detallar los motivos de las devoluciones así como una lista de los países a los que fueron devueltos los niños.

5.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

6.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.