Regiones

Nivel en 2002

Nivel en 2003

Nivel en 2004

Nivel en 2005

Kayes

39

48

71

76

Kulikoro

49

51

65

70

Sikaso

67

64

78

74

Segú

51

74

96

81

Mopti

45

48

77

75

Tombuctú

28

31

35

46

Gao

33

34

30

50

Kidal

25

29

30

43

Bamako

79

90

88

91

Total Mal í

54

59

75

75

La evolución del índice del CPN ha sido positiva en todas las regiones. No obstante, la media nacional (75%) quedó estacionaria entre 2004 y 2005, a causa del retroceso que se registró en 2005 en algunas regiones.

Partos con asistencia

Evolución del índice de partos con asistencia por región de 2002 a 2005

(En porcentaje)

Regiones

Nivel en 2002

Nivel en 2003

Nivel en 2004

Nivel en 2005

Kayes

23

26

34

40

Kulikoro

40

38

45

53

Sikaso

52

53

66

64

Segú

32

39

49

50

Mopti

23

29

30

34

Tombuctú

14

15

18

24

Gao

19

15

17

20

Kidal

9

14

14

18

Bamako

90

93

94

97

Total Malí

40

42

49

53

En 2005 la media nacional (53%) fue ligeramente más elevada que en 2004 (49%). Estos resultados apreciables van ligados, entre otras cosas, a la ampliación de la cobertura sanitaria y a la puesta en marcha de estrategias innovadoras que afectan a más niños y a más mujeres embarazadas.

Acceso de la población a los servicios de salud

Evolución del número de centros de salud comunitaria (CSCOM) por región de 2002 a 2005

Regiones

Número de CSCOM previsto en los PDSC

Nivel en 2002

Nivel en 2003

Nivel en 2004

Nivel en 2005

Kayes

183

89

94

110

115

Kulikoro

167

82

85

88

103

Sikaso

186

136

141

142

152

Segú

167

106

123

127

134

Mopti

128

83

94

102

109

Tombuctú

77

25

31

35

41

Gao

93

31

37

39

40

Kidal

13

5

5

6

7

Bamako

56

48

50

50

52

Total Mal í

1.070

605

660

699

753

De los 1.109 CSCOM previstos en los PDSC (planes de desarrollo sanitario de las circunscripciones), a finales de 2005 existían ya 753, es decir, un índice de cumplimiento del 68%. El número de CSCOM funcionales pasó de 699 a 753 a finales de 2005, lo que supone un aumento de 54 CSCOM.

Evolución de la accesibilidad de la población al PMA (conjunto mínimo de actividades) en los radios de 5 a 15 km

Accesibilidad PMA

2002

2003

2004

2005

Radio de 5 km de un CSCOM funcional (porcentaje)

44

46

47

50

Radio de 15 km de una estructura de salud con PMA en centro fijo y actividades de estrategia de avanzada/móvil (porcentaje)

68

69

71

75

Pese a las dificultades, los resultados expuestos resultan muy alentadores y mejorarían todavía más con la puesta en marcha del PRODESS II. En efecto, se están realizando grandes esfuerzos para reducir la mortalidad materna, neonatal e infantojuvenil así como la morbilidad y la mortalidad por enfermedades que se consideran prioritarias. Véase como ejemplo, de 1995 a 2000:

-Disminuyó la mortalidad infantil de 123 a 113%;

-Disminuyó la mortalidad infantojuvenil de 258 a 229%;

-Disminuyó la mortalidad neonatal de 68,4 a 50%.

Los progresos alcanzados entre los quintiles más pobres de la población en cuanto a la reducción de la mortalidad infantil, la mortalidad infantojuvenil, la atención a los niños enfermos, los partos asistidos y las consultas prenatales, reflejan la labor realizada en favor de esos sectores, sobre todo ampliando la cobertura sanitaria, organizando estrategias móviles y avanzadas y un sistema de referencia-evacuación, con participación en los gastos de las familias, las comunidades y el Estado.

En la elaboración del PRODESS II se ha tenido en cuenta el desarrollo de siete aspectos que deberían hacer más eficaz el sistema de salud:

-Accesibilidad geográfica a los servicios de salud de los distritos sanitarios.

-Disponibilidad de recursos humanos de calidad.

-Disponibilidad de medicamentos, vacunas y bienes consumibles.

-Mejora de la calidad de los servicios de salud, aumento de la demanda y lucha contra la enfermedad.

-Accesibilidad financiera, apoyo a la demanda y participación.

-Mejora de la calidad de los servicios en hospitales y otros establecimientos.

-Refuerzo de la capacidad institucional con lo que se creará un entorno favorable a la prestación de servicios de salud. Estos programas contemplan intervenciones eficaces de efecto demostrado en la mortalidad infantojuvenil y materna.

Para reducir significativamente la mortalidad materna, neonatal, infantil e infantojuvenil, se desplegarán grandes esfuerzos en favor de la madre y del niño, que son los objetivos más importantes del desarrollo sanitario. Las intervenciones prioritarias se centrarán en particular en la resolución de los problemas desde la pubertad hasta la menopausia, la difusión y aplicación de políticas, normas y procedimientos revisados de salud reproductiva (SR), la reorientación de la consulta prenatal (CPN) clásica hacia el tratamiento de las complicaciones ligadas al embarazo y la detección de los embarazos de riesgo.

Además, se tiene en cuenta la preparación al parto y la prevención de determinadas endemias que son fuente de complicaciones en la mujer embarazada. Se trata del paludismo (tratamiento de presunción intermitente o TPI), utilización de mosquiteros impregnados de insecticidas (MII); el VIH; la prevención de las hemorragias posparto; los cuidados obstétricos de urgencia (COU) basados en la aplicación de protocolos de tratamiento apropiados y la evolución de la situación en necesidades obstétricas sin cubrir (BONC).

En efecto, la evaluación de la estrategia innovadora denominada "estrategia de aceleración para el desarrollo y la supervivencia del niño" (SASDE) experimentada en las tres regiones ha contribuido mucho a reducir significativamente el índice de mortalidad infantil y materno. En 2004 esta estrategia se amplió a otras regiones y prosigue satisfactoriamente.

Las actividades de prevención de la transmisión de madre a hijo del VIH (PTME) y del tratamiento integrado de las enfermedades de la infancia (PCIME) formarán parte del conjunto mínimo de actividades (PMA).

Por lo que se refiere a la planificación familiar (PF), se destacará sobre todo:

-El aumento del uso de los anticonceptivos, con el fin de satisfacer las necesidades de planificación familiar sin cubrir de las mujeres con pareja, teniendo en cuenta las preferencias de éstas en materia de anticonceptivos (métodos de duración corta o larga);

-La accesibilidad de los adolescentes y adultos de ambos sexos a los servicios de planificación familiar, ofreciéndoles en este campo prestaciones adaptadas y accesibles.

Por lo que se refiere a la lucha contra las prácticas perjudiciales a la salud de la niña y la mujer, en particular la ablación clitoridiana, se intensificará el enfoque intersectorial, con participación de las instituciones de promoción de la mujer, del niño y de la familia y de la sociedad civil. Se ofrecerá tratamiento médico o la remisión de las complicaciones debidas a esas prácticas. Se regulará apropiadamente la práctica de la ablación clitoridiana dentro de la estructura sanitaria, sin perder de vista el objetivo final de su prohibición total. En la esfera de la salud reproductiva de los jóvenes y adolescentes (SRJA), se adoptarán disposiciones con el fin de aumentar sus conocimientos y reducir, pues, al mínimo los comportamientos de riesgo, reforzando la capacidad de intervención y coordinación de los centros juveniles y la participación de las ONG y asociaciones de jóvenes y mujeres para la promoción de la salud reproductiva.

Se han adoptado diversas medidas en el ámbito de la lucha contra las enfermedades de transmisión sexual/VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades que presentan problemas de salud pública (paludismo, neumonía y diarreas de menores de cinco años, enfermedades de transmisión sexual/VIH/SIDA, tuberculosis, esquistosomiasis, oncocercosis, tripanosomiasis, hepatitis B y filariosis linfática...).

Ha quedado aprobado el plan sectorial de lucha contra el VIH/SIDA de 2005 a 2009. En él se prevén acciones en la esfera de la prevención y el tratamiento. El plan prevé, además de presupuestos del Estado y de los actores tradicionales, otras posibilidades de financiación, como el Fondo Mundial, el MAP, el BAD y el PPTE.

La aplicación de la nueva política de tratamiento del paludismo se reforzó a partir de 2005. Las intervenciones necesarias que se desarrollarán durante el próximo quinquenio para reducir de manera notable la morbilidad y la mortalidad ligadas a esas enfermedades se centran en:

-La formación y el reciclaje del personal sanitario, enlaces comunitarios, miembros de asociaciones y cargos electos;

-El refuerzo del sistema de referencia y evacuación con participación de los practicantes tradicionales que quedarán incluidos a estos efectos;

-La detección sistemática del VIH, sobre todo entre las mujeres embarazadas, a fin de proporcionar tratamiento gratuito mediante ARV y la detección y el tratamiento de la tuberculosis y la esquistosomiasis en los presuntos afectados;

-La organización de campañas masivas de detección y tratamiento contra la oncocercosis bajo dirección comunitaria en las zonas de riesgo;

-El suministro adecuado a los establecimientos de salud de material y de reactivos de laboratorio;

-La intensificación de las actividades de comunicación para modificar los comportamientos (CCC), a fin de emplear intensivamente las mosquiteras impregnadas en los hogares, especialmente en los más pobres.

La prevención de la transmisión por vía sexual del VIH/SIDA se hará distribuyendo preservativos, sobre todo a los grupos de alto riesgo, y reforzando la comunicación para modificar comportamientos, con la participación de las radios locales, los medios tradicionales de comunicación, los formadores de opinión y los educadores; la prevención de la transmisión por vía sanguínea se hará reforzando la seguridad de las transfusiones y empleando instrumentos esterilizados.

La prevención de la transmisión madre a hijo (PTME) se hará mediante el tratamiento del par madre-hijo antes y después del parto y de su familia en el marco de la iniciativa maliana de acceso a los antirretrovirales (IMAARV); el tratamiento al nacer de los hijos de madres seropositivas con antirretrovirales y el seguimiento 18 meses después; el cuidado y apoyo de los hijos de madres seropositivas y a las viudas y huérfanos del SIDA.

En la lucha contra las enfermedades de transmisión sexual, el VIH y el SIDA se atenderá también a los elementos siguientes:

-La formación del personal en el criterio del síndrome;

-El equipamiento de los laboratorios y la disponibilidad de reactivos para las pruebas y confirmaciones;

-El suministro de medicamentos específicos para las infecciones oportunistas;

-El reforzamiento y la ampliación del tratamiento psicosocial y médico de las personas que viven con el VIH, el asesoramiento y las visitas a domicilio;

-El apoyo a las personas que viven con el VIH y a los grupos vulnerables, la triterapia gratuita con antirretrovirales de los casos detectados de personas que viven con el VIH;

-Detección sistemática del VIH y de todos los solicitantes en los centros de salud de referencia y de centros de detección voluntaria;

-Transfusión de sangre segura a los receptores.

El reforzamiento de la vigilancia constante se organizará mediante la formación de personal en vigilancia epidemiológica, el suministro de reactivos, el equipamiento de los centros de vigilancia, la supervisión y las investigaciones adecuadas.

El reforzamiento de la colaboración intersectorial para hacer frente a la pandemia tendrá lugar sobre una base contractual con los departamentos interesados, las ONG y las asociaciones del sector privado.

El VIH/SIDA ha ocasionado el recrudecimiento de la tuberculosis, con lo que se ha ampliado el alcance de esta enfermedad social todavía insuficientemente combatida. Las intervenciones tendrán los objetivos siguientes:

-Reforzar la capacidad de los laboratorios en equipamiento y reactivos para el diagnóstico;

-La formación del personal en la observancia directa del tratamiento y la descentralización de la estrategia al nivel CSCOM;

-El suministro periódico a los establecimientos de salud pública y comunitarios de medicamentos específicos;

-El tratamiento de todos los casos detectados por el método de observancia directa del tratamiento;

-El seguimiento y la supervisión periódica del personal a nivel de distrito y nacional.

La lucha contra el paludismo se centrará en medidas preventivas y el reforzamiento de la capacidad del personal y de los enlaces comunitarios. De esta manera, la intervención prioritaria atenderá a la subvención de la instalación de mosquiteras impregnadas de insecticida sobre todo en presencia de mujeres embarazadas y niños menores de cinco años, así como a la promoción del tratamiento preventivo intermitente con sulfadoxina y pirimetamina de las mujeres embarazadas entre el cuarto y el octavo mes del embarazo en las CPN.

El elemento antivectorial se organizará de manera intersectorial con la participación efectiva de las colectividades territoriales y se orientará al saneamiento, en concreto la evacuación de las aguas residuales y el tratamiento de los focos de larvas.

El diagnóstico precoz y el tratamiento adecuado a domicilio de los casos simples de paludismo se efectuará con el apoyo de los enlaces comunitarios supervisados y dirigidos; la mejora del tratamiento de los casos simples y complicados del paludismo en los niños con fiebre en todos los establecimientos de salud, mediante la aplicación de directrices técnicas revisadas, habida cuenta del nivel actual de resistencia a la cloroquina. La evaluación de las actividades se hará mediante el seguimiento y la supervisión integrados. Proseguirá la investigación sobre la quimioresistencia para comprobar la eficacia de los nuevos regímenes terapéuticos nacionales en curso de finalización. Continuará la investigación sobre vacunas eficaces y eficientes en el centro de excelencia nacional de la OMS de la Facultad de Medicina y Odontoestomatología del Hospital del Punto G.

Se reforzará la asociación con los actores del sector privado, las ONG, las asociaciones y otros actores interesados en torno a la promoción del empleo de apoyos impregnados de insecticida. A ese efecto, el departamento de salud elaborará modelos contractuales que se evaluarán de acuerdo con las partes.

Por lo que se refiere a la intervención para modificar comportamientos, se destacará la definición y aplicación de una serie de informaciones fundamentales para las familias más pobres. Se reforzarán la capacidad técnica de las asociaciones de mujeres y jóvenes en el marco de un desarrollo sanitario ordenado a nivel comunitario; se subvencionarán actividades específicas de promoción de la salud por parte de las organizaciones femeninas y se reforzará y acelerará la aplicación de la iniciativa "un círculo, una ONG". Se elaborarán por zonas y a la luz de las necesidades la información y los servicios de base comunitaria. Se recurrirá aún más a los medios de comunicación modernos y tradicionales y, concretamente, a los de proximidad.

En el marco de la investigación sanitaria y con la finalidad de mejorar la calidad de las prestaciones, el empleo y el funcionamiento de los servicios y de controlar los elementos determinantes de la morbilidad y la mortalidad ligados a las enfermedades prioritarias, se reforzarán las competencias del personal de los equipos de distrito sanitarios mediante sesiones de formación y reciclaje, y dotando de medios adecuados a los responsables de los establecimientos que lo soliciten. Los resultados de los estudios e investigaciones se pondrán a disposición de los interesados a todos los niveles para su empleo adecuado según las necesidades sobre el terreno.

La aplicación del PRODESS II contribuirá a mejorar el funcionamiento y los resultados en el sector. Habrá que apoyar intervenciones eficaces y de gran efecto en la mortalidad materna e infantil, a fin de aplicarlas de manera óptima en el marco de los programas en ejecución. De esta manera, Malí podrá avanzar apreciablemente en el logro de los objetivos del Milenio.

Párrafo 17

La lucha contra la trata de niños constituye una de las preocupaciones principales del Gobierno de Malí; de ahí que tras el Plan de acción de urgencia de marzo de 2000 en la lucha contra el tráfico transfronterizo de niños entre Malí y Côte d'Ivoire, se haya elaborado un plan de acción nacional 2002-2006 de lucha contra la trata de niños.

Uno de los ejes estratégicos de ese plan de acción nacional es el castigo de los autores de trata de niños.

Malí ha ratificado el Convenio Nº 182 de la OIT sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, así como el Convenio Nº 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo.

En el artículo 244 del Código Penal de Malí se tipifica la trata de niños, que se castiga con pena de 5 a 20 años de reclusión.

Sobre la trata de niños se han organizado talleres de formación e información destinados a los actores interesados (tanto públicos como privados) y a la población en general. En estos talleres se habla del artículo 244 del Código Penal y se describen los elementos constitutivos del delito de la trata de niños, sus autores y las víctimas, así como las fases del procedimiento contra los autores.

En 2004 se formó a un núcleo de 30 educadores sobre la protección de los niños en situación de trata. Estaba constituido por agentes de los servicios de seguridad, personal de servicios sociales y ONG. En este momento, al cabo de seis talleres, se ha impartido formación a 144 educadores. Gracias a la formación, ha mejorado la capacidad de los participantes para identificar a los autores y a las víctimas de la trata, así como sus conocimientos sobre los mecanismos jurídicos y el procedimiento contra los autores.

Por otro lado, el Código de Protección del Niño establece un deber de "informar", en cuya virtud toda persona está obligada a informar al delegado de protección de la infancia de las situaciones peligrosas en que pueda encontrarse un niño (art. 73). Con esa obligación de informar, a cargo de todos los elementos de la comunidad, se crea de manera implícita un deber de vigilancia y de protección de los niños por todos los miembros de la comunidad.

En este mismo sentido, las estructuras de vigilancia comunitaria en la lucha contra la trata de niños, que, en número de 364, se reparten en las 5 de las 8 regiones, desempeñan un papel fundamental en la acción judicial contra los autores de la trata y sus cómplices, ya que intervienen en la redacción y difusión de información sobre las cuestiones de prevención y de protección contra la trata de niños, y contribuyen a poner fin a la espiral de indiferencia e impunidad, fenómenos ambos que propician la repetición de situaciones de trata.

Párrafo 18

La preocupación por la situación de las niñas migrantes es real y constituye un fenómeno de actualidad. No obstante, el Gobierno ha emprendido asimismo una serie de actividades para mejorar su situación.

De esta manera, con miras a la promoción de los derechos de las adolescentes, se ha iniciado un proyecto en el marco de una asociación entre el Estado y tres organismos del sistema de las Naciones Unidas: UNICEF, Fondo de Población de las Naciones Unidas y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

Con este proyecto se pretende, entre otras cosas:

-Formar a la ciudadanía y poner a punto redes internas y externas de niñas migrantes;

-Introducir la microfinanciación entre las niñas migrantes alfabetizadas;

-La información y formación de las niñas migrantes sobre sus derechos (en particular en materia de familia y trabajo), que luego actuarán de referencia en su entorno social.

La ejecución del proyecto ha permitido obtener ciertos resultados: la organización permanente de sesiones de alfabetización en beneficio de 4.000 adolescentes migrantes y marginadas, la formación de 386 enlaces sociales en salud reproductiva, y la realización de sesiones de información y sensibilización sobre la salud reproductiva en los centros de alfabetización.

La primera jornada nacional de adolescentes, celebrada en San, región de Segú, reunió a más de 800 personas, entre ellas más de 500 adolescentes llegadas de todas las regiones del país.

Sin embargo, esa formación y sensibilización no ha permitido alcanzar los resultados que se pretendía, lo que plantea una serie de problemas: la orientación exclusiva de esa formación al medio urbano y los profesionales, la falta de un plan de seguimiento de los actores ya formados, haber dejado al margen de los diferentes programas de formación a los verdaderos actores que son los padres y los niños, y, finalmente, la pertinencia de las estrategias de formación.

En suma, el proyecto, que llegó a su conclusión, ha de renovarse a la luz de las enseñanzas sacadas de la experiencia.

Párrafo 19

Según el derecho de Malí, el juez es competente para decretar o denegar la libertad provisional, pero no durante la fase de detención policial. En cambio, si durante ésta el fiscal considera que no existen motivos suficientes que justifiquen la privación de libertad, decide la liberación del detenido al cabo de 48 horas. Los textos de Malí sobre la detención policial garantizan los derechos y libertades del detenido. En efecto, la presencia de letrado en la fase de averiguación preliminar y la subordinación de la prórroga de la detención a la aprobación del fiscal constituyen elementos que favorecen la protección de los derechos del ciudadano.

Por lo demás, el Gobierno de Malí, a través de los Ministerios de Justicia y de Seguridad Interior, ha iniciado cursos de formación sobre deontología y el respeto riguroso de los textos, destinados a jueces y fiscales, auxiliares de justicia, personal de la administración penitenciaria y oficiales y agentes de la policía.

El objetivo es instaurar una cultura de respeto de los derechos humanos en las actividades de todos los actores de la justicia y más específicamente de la policía judicial.

Se ha dado instrucciones a las fiscalías para supervisar mejor a los oficiales y agentes de la policía adscritos a su servicio, para evitar la violación de los derechos.

Por lo que se refiere a las condiciones de detención en las comisarías de policía o gendarmería, a pesar de lo limitado de los medios, Malí ha logrado notables progresos, concretamente renovando las celdas de detención y separando a las mujeres de los hombres y a los menores de los adultos.

Párrafo 20

Desde el conflicto de 1989 entre Mauritania y el Senegal, gran número de refugiados ha recibido asilo en el territorio de Malí, y particularmente en la región fronteriza de Kayes. La delegación del ACNUR en Malí junto con el Centro Canadiense de Cooperación Internacional ofrecieron hasta 1998 protección jurídica y asistencia material. Tras retirarse de Malí la delegación del ACNUR, se hizo cargo de las operaciones la Comisión Nacional de los Refugiados.

En 1999 la delegación del ACNUR y la Comisión Nacional de los Refugiados hicieron un censo de los refugiados mauritanos, con el resultado de 600 refugiados repartidos en distintas localidades de la región de Kayes. Esos refugiados quedaron registrados y se abrieron en la secretaría de la Comisión Nacional de los Refugiados los correspondientes expedientes por familia y localidad.

El número ha aumentado con la llegada de otros refugiados tras el golpe de Estado fallido de junio de 2003 en Mauritania. Al 31 de diciembre de 2005 el número era de 6.303.

Con el fin de evaluar las condiciones de estancia de esos refugiados en la región de Kayes, del 13 al 18 de octubre de 2003 se organizó una misión conjunta de la Oficina del Alto Comisionado para los refugiados y de la Comisión Nacional de los Refugiados, dirigida por el Representante Regional del Alto Comisionado en Dakar, que tenía por objeto establecer contacto con las autoridades administrativas y los refugiados y hallar una solución para sus problemas (identificación y entrega de documentos administrativos) sobre el terreno. Tras la misión, el Alto Comisionado decidió que todos los solicitantes de asilo mauritanos fueran admitidos prima facie a partir de 2004. No obstante, la medida no pudo aplicarse debido a restricciones presupuestarias.

Sin embargo, todos los solicitantes de asilo de nacionalidad mauritana que se presentaron en la secretaría de la Comisión Nacional de los Refugiados tienen derecho a la asistencia jurídica gracias a sus documentos administrativos: certificado de refugiado y certificado en sustitución de la partida de nacimiento, lo que les permite desplazarse libremente.

Los refugiados mauritanos residentes en el distrito de Bamako, que poseen la tarjeta de refugiado, tienen derecho a asistencia médica y sus hijos en edad escolar tienen derecho a asistir a una escuela.

Por lo demás, cabe señalar que Malí no es parte en la Convención de 28 de septiembre de 1954 sobre el estatuto de los apátridas de 1954 ni tampoco en la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961. En este sentido, ningún solicitante de asilo o refugiado mauritano tiene la condición de apátrida.

El Gobierno, a través de la Comisión Nacional de los Refugiados, sigue de cerca la situación de los solicitantes de asilo y de los refugiados mauritanos que viven en su territorio.

Cabe recordar que, en la esfera de los derechos humanos de los refugiados, Malí ha ratificado los instrumentos internacionales siguientes:

-La Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 28 de julio de 1951;

-El Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 31 de enero de 1967;

-La Convención de la OUA de 10 de septiembre de 1969;

-Distintos instrumentos de derechos humanos y de derecho humanitario.

Bamako, 31 de octubre de 2007

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