Naciones Unidas

CAT/C/SR.912

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

5 de junio de 2010

Español

Original: inglés

Comité contra la Tortura

43º período de sesiones

Acta resumida de la 912ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 12 de noviembre de 2009, a las 10 horas.

Presidente:Sr. Grossman

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)

Segundo informe periódico de Moldova (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.05  horas

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)

Segundo informe periódico de Moldova (continuación) (CAT/C/MDA/2; CAT/C/MDA/Q/2 y Add.1; HRI/CORE/1/Add.114)

Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Moldova vuelven a tomar asiento como participantes a la mesa del Comité.

Respondiendo en primer lugar a la pregunta sobre la preparación y formación de los funcionarios, el Sr.  Cerba (Moldova) dice que en 2009 se han organizado tres seminarios sobre el tema del control de multitudes para el personal encargado de hacer cumplir la ley. En mayo y julio se impartieron dos cursos de formación táctica a nivel nacional, así como conferencias y seminarios con subcomisarios de policía sobre el uso de la fuerza para mantener el orden público, y se celebró un seminario de la OSCE sobre el tema para el grupo especializado de la policía.

En relación con las preguntas sobre los métodos de interrogatorio y el acceso a los abogados, el orador dice que, con miras a asegurar el cumplimiento estricto de las disposiciones del Código de Procedimiento Penal de Moldova, que prohíben la tortura y el maltrato durante el interrogatorio de sospechosos, se han enviado recomendaciones sobre cómo proteger los derechos de éstos a todos los órganos encargados de las investigaciones penales. Los funcionarios encargados de las investigaciones penales asisten a seminarios anuales sobre los derechos de los sospechosos durante los interrogatorios, y la importancia de mantener un historial de interrogatorios. Con arreglo a una recomendación de Amnistía Internacional, en cada comisaría de policía hay un aviso sobre los derechos de las personas detenidas. Todas las actividades relacionadas con las personas que se encuentran bajo custodia o arresto se llevan a cabo en presencia de un abogado, elegido por la persona afectada o designado por el Estado. Los sospechosos tienen derecho a ver a un abogado en cuanto son arrestados.

Con respecto a las preguntas sobre corrupción, se ha hecho referencia al Centro de Lucha contra los Delitos Económicos y la Corrupción. Desde 2007, el Centro ha arrojado luz sobre ocho casos delictivos de corrupción en los que participaron miembros del personal del Ministerio del Interior, en uno de ellos de la Fiscalía General y en el otro del sistema judicial. En 2008 se iniciaron procedimientos contra funcionarios de la policía en 14 casos de corrupción, y contra un miembro del personal del Ministerio de Justicia en un caso. Además, en el Ministerio del Interior existe un departamento de seguridad interna que, en cooperación con la Fiscalía General, entabló acciones contra funcionarios de la policía en 35 casos en 2007, en 53 casos en 2008, y en 27 casos durante los diez primeros meses de 2009.

En los últimos años se han desplegado esfuerzos considerables para renovar las instalaciones de prisión preventiva y los centros de detención. Las instalaciones de atención de salud se han modernizado, se han instalado patios para practicar deporte, y los internos pueden hacer ejercicio en el exterior una vez al día. Los servicios médicos se han mejorado, y se han creado instalaciones para mantener reuniones confidenciales sin restricciones con los abogados. Se preparan tres comidas al día, y la calidad de los alimentos ha mejorado. Se han clausurado ocho instalaciones de prisión preventiva que no cumplían los criterios de calidad establecidos. En 2003, una decisión parlamentaria firmada por el Presidente previó la transferencia de la responsabilidad de las instalaciones de prisión preventiva del Ministerio del Interior al Ministerio de Justicia, así como la construcción de nuevas instalaciones de prisión preventiva con 250 plazas cada una. También se han publicado varios decretos sobre la cuestión. En la instalación de Orhei se han hecho reparaciones financiadas por el Ministerio del Interior para mejorar las condiciones de detención.

La Sra.  Dumbraveanu (Moldova) dice que su país ha firmado la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y está preparando legislación para su ratificación. Se ha elaborado una estrategia nacional para la protección de esas personas. Moldova ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1993, y ha presentado tres informes sobre la aplicación de ese instrumento al Comité de los Derechos del Niño; también ratificó el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados en 2004, y ha presentado un informe sobre su aplicación. En 2007 ratificó el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

En cuanto a la legislación de Moldova sobre la trata de personas, la oradora dice que, en 2005, se promulgó una ley para prevenir y luchar contra esas prácticas y para proteger y ayudar a las víctimas. Posteriormente, el Parlamento aprobó un plan de acción para establecer una estrategia nacional de protección y asistencia a las víctimas reales y potenciales de la trata de personas. El plan de acción se centra principalmente en la prevención, la asistencia y la cooperación transnacional. A fin de fortalecer el marco institucional, el Ministerio de Salud y Protección Social ofrece asistencia a las familias y ha establecido un centro para proteger a las víctimas reales y potenciales.

El Código Penal prevé sanciones penales para la trata de personas. Se pueden imponer penas de prisión a los culpables, que pueden quedar excluidos de determinados tipos de empleo, y las entidades jurídicas que participan en la trata de personas pueden ser multadas o incluso disueltas.

El Sr.  Cerba (Moldova) dice que, en 2007, se detectaron 250 casos de trata de personas, de los cuales 150 se llevaron ante los tribunales; en 2008 se detectaron 215 casos, de los cuales 96 se llevaron ante los tribunales; y, en los diez primeros meses de 2009, se han detectado 172 casos, de los cuales 88 se han llevado ante los tribunales. La discrepancia entre el número de casos detectados y el de los que se llevan ante los tribunales se debe, entre otras cosas, a la naturaleza prolongada de las investigaciones y al número de peticiones procedentes de otros países.

Un comité nacional es el órgano consultivo permanente del Gobierno que se encarga de coordinar las actividades para prevenir y luchar contra la trata de personas; su labor tiene una gran prioridad. Está integrado por representantes de los poderes públicos, incluidos los órganos encargados de aplicar la ley y las ONG y organizaciones internacionales que participan activamente en esa esfera. El comité nacional se reunió tres veces en 2007, cuatro en 2008 y cuatro en 2009. En su reunión más reciente, celebrada el 9 de noviembre y presidida por el Primer Ministro, el comité adoptó un plan bienal nacional de lucha contra la trata de personas.

La Sra.  Dumbraveanu (Moldova) explica que el Comité de Reclamaciones, sobre el que se han formulado preguntas, se estableció con el fin de examinar las quejas presentadas por personas detenidas. Entre sus miembros figuran un juez o fiscal, un médico y representantes de los servicios de bienestar social, las autoridades responsables del cuidado de los niños y una ONG que trabaja en esa esfera. El Comité, del que la propia oradora es miembro, funciona efectivamente realizando visitas a las prisiones y examinando las quejas de los detenidos. A fin de optimizar sus actividades, se debe alentar la participación activa de la sociedad, se debe ampliar su mandato para incluir a otras ONG, y se le debe dotar de financiación adecuada.

En relación con la recomendación de que el Gobierno establezca una unidad de igualdad de género, la oradora dice que ya existen órganos encargados de esa cuestión en el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior y la Fiscalía General. Se ha impartido a una comisión sobre igualdad de género el mandato de promover un enfoque integral con respecto a la cuestión, así como de coordinar las actividades de las autoridades nacionales y locales y la cooperación entre el Gobierno y la sociedad civil. Con la ayuda de las instituciones de enseñanza, los medios de comunicación y las ONG, la oficina nacional de estadísticas ha publicado datos desglosados por género para que se utilicen al formular, aplicar, supervisar y evaluar las políticas de género en las esferas de la protección social, el empleo, la atención de salud, la educación y la participación de las mujeres en la política.

En 2008 entró en vigor una nueva ley que establece la base jurídica y organizativa para abordar el problema de la violencia doméstica y la renuencia de las víctimas a denunciar esos hechos. La ley determina qué órganos e instituciones adoptan medidas al respecto, establece un mecanismo de denuncia para las víctimas y regula la tramitación de las quejas. Moldova dispone de centros de acogida para las víctimas de violencia doméstica e instituciones que proporcionan cuidados de día para niños, asistencia jurídica, servicios de rehabilitación y otros servicios. Un proyecto de ley de modificación del Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de la Familia y la Ley de la policía requerirá que los fiscales y jueces determinen si los deseos de las víctimas de violencia doméstica se han expresado libremente, y establecerá un procedimiento más detallado para adoptar medidas en esos casos.

Con respecto a las preguntas sobre las minorías nacionales, en particular la romaní, la oradora dice que los problemas existentes en esa esfera son objeto de atención prioritaria al más alto nivel gubernamental, y se están examinando formas de abordarlos junto con representantes de la comunidad romaní. Se ha introducido un plan de acción para el período 2007-2010 con el fin de ayudar a los romaníes. Se han adoptado medidas específicas en los ámbitos de la educación, la cultura, la atención sanitaria, la protección de la infancia, el bienestar y el empleo, con miras a hacer participar a los romaníes en todas las facetas de la vida. En las zonas donde la población romaní es elevada, el Gobierno, junto con las ONG que participan activamente en esa esfera, canaliza la ayuda financiera de las organizaciones internacionales hacia proyectos diseñados para formar a trabajadores sociales y sanitarios de la comunidad romaní en el plano local. Las iniciativas para fomentar una forma de vida saludable son especialmente importantes, al igual que los esfuerzos encaminados a preparar a los jóvenes para que desempeñen una función en la comunidad. A fin de promover el acceso a la educación superior, se ha introducido un cupo del 15% para determinadas categorías de personas, entre las que se incluyen los jóvenes romaníes.

El Sr.  Cerba (Moldova) se refiere a varios problemas relacionados con la formación de funcionarios de la policía en las comunidades romaníes. El Ministerio del Interior ha formulado y aprobado una serie de medidas para apoyar a los romaníes de conformidad con el plan de acción mencionado por la colega del orador. A ese respecto, la academia de policía ha introducido un programa de estudios para los funcionarios de policía sobre la cultura de las minorías étnicas y la eliminación de todas las formas de discriminación racial; el programa incluye conferencias y seminarios impartidos por especialistas. En 2008, se celebraron tres seminarios en zonas con comunidades romaníes muy pobladas.

En respuesta a las preguntas acerca de los pacientes con trastornos mentales, el Sr.  Padure (Moldova) dice que a esas personas sólo se les administran dosis mínimas de medicamentos. Se benefician de terapia ocupacional y se les permite participar en actividades deportivas. Se prevé la adopción de medidas a fin de aumentar el espacio disponible para actividades recreativas. Los pacientes o sus representantes legales dan el consentimiento por escrito para tratamiento psiquiátrico. El tratamiento de los niños se proporciona mediante una nueva generación de sustancias psicotrópicas; las dosis se calculan con arreglo a las normas internacionales y en consulta con especialistas en el tema. La asistencia pediátrica se centra en el tratamiento psiquiátrico, los deportes, la terapia ocupacional y la fisioterapia.

A los pacientes con tuberculosis se les administra una dieta equilibrada que incluye carne, pescado y productos lácteos. En 2006, se estableció una unidad de rehabilitación en una institución penitenciaria con 80 plazas para pacientes con tuberculosis. Tras la introducción de una serie de medidas, la incidencia de la tuberculosis entre los presos disminuyó de 495 pacientes en 2006 a 245 en 2008, y a 159 durante los nueve primeros meses de 2009. Los nuevos casos de tuberculosis se redujeron en un 50%, de 314 en 2006 a 153 en 2008. El número de recaídas disminuyó en un 40% entre 2006 y 2008. De los 159 casos registrados durante los nueve primeros meses de 2009, hubo 100 nuevos casos y 59 recaídas. La tasa de incidencia de la tuberculosis entre los detenidos disminuyó de 1.152 casos en 2001 a tan sólo 278 durante los nueve primeros meses de 2009. Entre 2001 y 2007, la mortalidad causada por la tuberculosis entre los detenidos disminuyó en un 50%; en 2008 murieron 15 presos, y durante los nueve primeros meses de 2009 han muerto nueve. Se ha establecido un comité en el Servicio de Prisiones para hacer participar a los detenidos en el programa DOTS-Plus, y se ha abierto un centro equipado con 40 camas para proporcionar un ciclo completo de tratamiento a los presos que padecen formas resistentes de tuberculosis; hasta la fecha se ha tratado a 80 presos. El 1º de octubre de 2009, 52 pacientes estaban siguiendo ese tratamiento. Con el apoyo del Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria, los pacientes con formas resistentes de tuberculosis reciben mensualmente paquetes que contienen alimentos especiales, y la mayoría de los pacientes siguen recibiendo ayuda incluso tras finalizar el tratamiento.

El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura confirmó los datos estadísticos mencionados supra tras su última visita periódica de seguimiento, que tuvo lugar en septiembre de 2007.

El Sr.  Harunjen (Moldova) dice que, si bien la tortura se tipificó en el Código Penal como delito independiente en 2005, anteriormente siempre se habían investigado la tortura y otras formas de maltrato infligido por funcionarios públicos, en un intento de prevenir los abusos de poder. Las presuntas víctimas, o sus asesores u otros representantes legales, pueden presentar las denuncias. La Fiscalía General se ocupa directamente de los casos, u ordena una inspección en las instalaciones penitenciarias. En el pasado, los medios de comunicación también han alertado a las autoridades sobre la necesidad de llevar a cabo investigaciones. Con frecuencia, la Fiscalía General es responsable de colaborar con las presuntas víctimas de tortura o maltrato a fin de persuadirlas para que presenten denuncias o cooperen en las investigaciones aportando pruebas. En enero de 2009, se promulgaron enmiendas legislativas por las que se establecieron varios puestos de fiscal especial, como único responsable de hacer valer los derechos de los ciudadanos afectados por procedimientos penales. En las tres regiones donde hay fiscalías militares especiales, los fiscales especiales están a cargo de todas las investigaciones sobre alegaciones de tortura o maltrato, a fin de asegurar la total imparcialidad e independencia respecto de la policía.

En respuesta a la pregunta sobre los datos estadísticos, el orador dice que, durante los nueve primeros meses de 2009, han salido a la luz unos 64 casos de tortura o maltrato, 20 de los cuales han llegado hasta los tribunales. El análisis de esos delitos revela que los métodos más comunes de tortura son golpes con porras o botellas de plástico llenas de agua, impulsos eléctricos de bajo voltaje y asfixias. No se han identificado instrumentos específicos de tortura, por lo que no hay disposiciones legislativas que aborden el comercio de esos instrumentos. La mayoría de los casos de tortura y maltrato que no llegan hasta los tribunales se denuncian demasiado tarde tras el suceso, cuando ya es imposible probar las alegaciones de las presuntas víctimas. Esos casos se desestiman, aunque las presuntas víctimas tienen derecho a apelar la decisión si consideran que pueden demostrar sus alegaciones.

El Gobierno concede gran importancia a la eliminación de la tortura y del maltrato, y el poder judicial hace todo lo posible por estudiar todas las sentencias internacionales, en particular las del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, respondiendo mediante la adopción de medidas adecuadas. Por ejemplo, actualmente se está investigando el caso del Sr. Gurgurov, y se ha vuelto a examinar toda la documentación de ese caso, incluidas las actas presentadas ante el Tribunal. En otros casos, las sentencias del Tribunal Europeo han dado lugar a modificaciones de la legislación o los procedimientos, que posteriormente han ayudado a prevenir otros casos de tortura y maltrato. El caso del Sr. Colibaba se reconsideró, ya que las autoridades hicieron que el mismo equipo médico denunciado por la víctima la examinara.

Durante los sucesos que tuvieron lugar el 7 de abril de 2009, la policía detuvo a unas 170 personas presuntamente implicadas en actos de gamberrismo, 117 de las cuales permanecieron bajo custodia durante más de siete horas. Más de 20 personas se mantuvieron bajo arresto domiciliario. En total, la Fiscalía General investigó unos 104 casos de presunto maltrato o tortura contra manifestantes o detenidos, y se llevaron 32 casos penales ante los tribunales. Se detectaron lesiones corporales en 15 casos, y lesiones corporales graves en 9. En el caso de Sr. Valeriou Boboc, los golpes infligidos por la policía antidisturbios provocaron su muerte. En la mayoría de los casos fue imposible localizar a los autores, ya que la policía antidisturbios llevaba máscaras oscuras cuando cargó contra los manifestantes. Como resultado, se llevó ante los tribunales a las autoridades que ordenaron la intervención de la policía antidisturbios. La Fiscalía General está investigando varios casos, incluido el del Sr. Boboc, y un equipo establecido tras los sucesos está examinando otros casos. Cuatro agentes de la policía comparecieron ante el tribunal acusados de tortura o maltrato de los detenidos en relación con las protestas, y están pendientes de resolución las causas incoadas contra otros 19 agentes. Entretanto, los sospechosos han sido suspendidos del servicio. En respuesta al llamamiento de la Fiscalía General para que comparecieran todas las posibles víctimas, dos personas presentaron sus denuncias en octubre de 2009 y otra lo hizo al mes siguiente.

El Sr.  Padure (Moldova) dice que la autopsia practicada en el cuerpo de Valeriu Boboc ha puesto de manifiesto que, aunque los órganos internos no presentaban daños que pudieran causar la muerte, no hubo pruebas concluyentes sobre la verdadera causa. No se descartó ninguna de las dos posibles causas, a saber, un infarto o lesiones en el pecho. Un experto independiente que examinó el cuerpo exhumado del Sr. Boboc confirmó esas conclusiones.

Tras los sucesos del 7 de abril de 2009, el Ministerio de Salud no ha publicado ninguna instrucción relacionada con la falta de asistencia médica o de certificados médicos en los casos de tortura o maltrato.

El Sr.  Grosu (Moldova) dice que, dada la complejidad de la labor que tiene ante sí la comisión parlamentaria establecida en octubre de 2009 para investigar los sucesos de abril de 2009, es muy probable que su mandato se prorrogue. La comisión está integrada por miembros del parlamento pertenecientes a la coalición de gobierno y a los partidos de la oposición, así como por representantes de la sociedad civil y de las ONG de defensa de los derechos humanos. En la reunión más reciente de las tres mantenidas hasta la fecha, la comisión decidió emitir un llamamiento público en busca de información, especialmente en forma de fragmentos de audio o vídeo de los sucesos, que analizará en profundidad. Varios expertos internacionales de órganos tales como el Consejo de Europa y el PNUD ayudarán a la comisión en la fase de evaluación, como también lo harán especialistas en asuntos jurídicos y en derechos humanos a nivel nacional. Asimismo, la comisión examinará las posibles responsabilidades a nivel político y, si procede, presentará sus conclusiones a la Fiscalía General.

El Sr.  Chisnenco (Moldova) dice que, en 2009, se han celebrado una serie de sesiones de capacitación en materia de prevención de la tortura y del maltrato para policías, jueces, abogados y personal de la Fiscalía General, con la ayuda de expertos de la Comisión Europea. En una de esas sesiones, que tuvo lugar en septiembre de 2009, se impartió formación a la policía sobre el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativo a la tortura, con recomendaciones que incluían la organización de proyectos piloto de capacitación sobre la prevención de la tortura para la totalidad del personal encargado de hacer cumplir las leyes en todo el país.

Refiriéndose a la cuestión de los apátridas, el orador dice que, en diciembre de 2008, se adoptó legislación relativa a los refugiados sobre la base de varias directivas de la UE y de la práctica internacional en esa esfera. Con arreglo a la nueva legislación, se permite la entrada en el territorio de la República de Moldova a todas las personas que soliciten asilo y, en caso de que necesiten protección humanitaria, ésta no se les puede denegar ni pueden ser deportados. Los apátridas, los extranjeros y los refugiados que hayan vivido en el país durante ocho años pueden solicitar la nacionalidad moldava.

En mayo de 2008, el Gobierno adoptó legislación relativa a la protección de testigos, víctimas, sospechosos, convictos y otras personas que intervengan en juicios penales si su vida, integridad o propiedades están en riesgo. Desde el año 2000 se ha facilitado esa clase de protección a más de 200 personas. Entre las medidas aplicadas se incluyen los cambios de identidad, los cambios de residencia y la provisión de guardaespaldas.

El Sr.  Harunjen (Moldova) dice que no se ha adoptado medida alguna contra las mujeres por el mero hecho de abortar. Los médicos u otras personas que practican abortos en condiciones insalubres fuera de las instalaciones médicas, o que no disponen de una licencia para realizar esas operaciones, incurren en responsabilidad penal. En el caso de la “Sra. Z.”, según las pruebas médicas dio a luz a dos varones vivos en mayo de 2006, a los que asesinó con una pala y luego enterró para ocultar el hecho a la familia. Por consiguiente, el caso no tiene relación con el aborto. La “Sra. Z.” fue condenada a prisión tras demostrarse, mediante exámenes psiquiátricos, que había actuado por propia voluntad. El Tribunal Supremo confirmó la sentencia.

El Sr.  Padure (Moldova) añade que, con arreglo a la legislación adoptada en 2006, si los médicos sospechan que un aborto tiene connotaciones penales están obligados a informar a sus superiores, quienes a su vez remitirán la información a las autoridades judiciales. A las mujeres que han abortado se les facilita tratamiento médico durante todo el tiempo que sea necesario.

El Sr.  Harunjen (Moldova) dice que la unidad militar especial responsable de investigar los casos de intimidación en el ejército identificó 24 de esos casos en 2007, 24 en 2008 y 27 en 2009. Todos los casos se llevaron ante los tribunales y se condenó a todos los perpetradores. Los fiscales informaron de la expulsión del ejército de los oficiales a cargo de las unidades donde tuvieron lugar las intimidaciones. También se adoptaron medidas de prevención a nivel nacional, incluida la reducción del servicio militar a un año.

En junio de 2006, La Fiscalía General envió una carta al Colegio de Abogados en la que le recomendaba que sometiera a examen las actividades de algunos abogados jóvenes que, infringiendo los procedimientos nacionales en materia de derechos humanos, habían transmitido información no contrastada sobre supuestos casos de tortura a las organizaciones internacionales. El Gobierno recibió un aluvión de cartas que expresaban preocupación ante esos hechos, y la imagen del país resultó muy perjudicada. Pese a que la carta era únicamente una recomendación, se consideró como un error táctico de la Fiscalía General.

El Sr.  Grosu (Moldova) dice que, tras firmar el Estatuto de Roma en 2001, el Gobierno inició la labor de armonización de la legislación nacional con ese instrumento internacional. Se han incorporado al Código Penal disposiciones sobre genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. Para el nuevo Gobierno, la ratificación del Estatuto de Roma es una prioridad. Hasta alcanzar ese objetivo, está siguiendo muy de cerca la jurisprudencia internacional, en particular de la Corte Penal Internacional, e introduce nuevas enmiendas al Código Penal si es necesario. De conformidad con una enmienda reciente, toda persona que cometa un delito penal de forma deliberada al ejecutar órdenes de un superior incurre en responsabilidad penal. Si la orden no se ejecuta no se incurre en responsabilidad penal. Esa disposición incluye los actos de tortura, el genocidio y los crímenes de lesa humanidad.

El artículo 62 del Código Penal prevé sanciones distintas de la privación de libertad, que incluyen las multas, la exclusión de determinados puestos o actividades y el trabajo comunitario no retribuido, también incluido en una disposición del Código de Trabajo que se adoptó en 2003. Otras alternativas al encarcelamiento son la libertad condicional o la remisión condicional de la pena, así como el aplazamiento de su aplicación en el caso de mujeres embarazadas o con hijos menores de 8 años. En la actualidad, la medida alternativa que los tribunales aplican con más frecuencia es el trabajo comunitario. Así pues, la legislación de Moldova es plenamente conforme con la de los Estados miembros de la UE en esa esfera.

Tanto el Código Penal como el Código de Procedimiento Penal contienen disposiciones sobre la justicia de menores. Aunque no hay tribunales de menores, los jueces y demás personal de la administración judicial con experiencia en justicia de menores se adscriben a los tribunales de primera instancia, los tribunales de apelación y el Tribunal Supremo. Si en un mismo caso participan menores y adultos, los jueces hacen todo lo posible para asegurar que los procedimientos sean independientes. En todas las vistas está presente un representante legal. En el caso de los menores, la detención preventiva es una medida excepcional. La duración máxima de esa medida es de 72 horas para los adultos y de 24 para los menores. La duración máxima de las vistas es de dos horas por sesión o cuatro horas diarias en el caso de los menores.

Todos los juicios son públicos. Además, si no se ha citado a una persona como es debido para que compareciera en una vista, los procedimientos se pueden declarar nulos e inválidos. La hora y lugar de cada vista se publica a la entrada del tribunal.

El mecanismo nacional de prevención establecido en el marco del Protocolo Facultativo de la Convención ha funcionado durante un año aproximadamente. Durante los sucesos de abril de 2009, algunos miembros tropezaron con dificultades a la hora de acceder a las instituciones penitenciarias, aunque el Defensor del Pueblo intervino y la cuestión quedó resuelta.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado 25 sentencias relacionadas con violaciones del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, entre las que se incluyen 11 sentencias relativas al maltrato de detenidos por funcionarios de la policía. No hay sentencias relacionadas con la detención incomunicada. Se presentó una denuncia ante el Tribunal, si bien el Gobierno demostró que la persona afectada no se había encontrado en situación de incomunicación y había aparecido en Ucrania tres meses más tarde.

El párrafo 3 del artículo 10 del Código de Procedimiento Penal requiere que la instalación donde ha estado detenida una persona demuestre que no ha utilizado la tortura. El artículo refleja la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que exige a los Estados partes que demuestren que no se ha utilizado la tortura contra las presuntas víctimas que han presentado denuncias.

Se aplica una pena de dos a cinco años de prisión en los casos de tortura en que las lesiones corporales han sido menos graves. El artículo 152 del Código Penal prevé una pena de prisión de entre 5 y 12 años cuando la tortura ocasione lesiones corporales graves, y el artículo 171 prevé una pena similar para los casos de tortura que incluyan la violación.

De conformidad con el artículo 94 del Código Penal, las pruebas obtenidas mediante la utilización de la violencia o la tortura son inadmisibles y no se pueden invocar para condenar a un acusado. El orador cita varios ejemplos y dice que, con anterioridad durante el año en curso, una persona denunció ante el Tribunal de Apelación de Chisinau que había sido objeto de actos de tortura. El juez ordenó a las autoridades de la prisión que le proporcionaran atención médica, en un hospital si era necesario. Un juez de un tribunal de primera instancia ordenó al fiscal que iniciara una investigación penal sobre las alegaciones de tortura relacionadas con los sucesos de abril de 2009. En febrero de 2006, el Tribunal Supremo hizo pública una decisión basada en los artículos 12 y 13 de la Convención contra la Tortura, en la que declaraba la inadmisibilidad de las pruebas recogidas en el caso en cuestión, puesto que el órgano encargado de la investigación no había adoptado las medidas necesarias para determinar si se habían cometido actos de tortura. En una decisión adoptada en marzo de 2008, el Tribunal Supremo revocó una sentencia del tribunal de apelación porque no había tomado en consideración las alegaciones de tortura del acusado. El Tribunal citó de nuevo los artículos 12 y 13 de la Convención, así como el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Las autoridades de Moldova, con la ayuda del Consejo de Europa, han publicado 50000 copias del Código Deontológico de la Policía, que se ha distribuido a todos los funcionarios de la policía e incluye directivas relacionadas con la prohibición de la tortura.

La Sra.  Sveaass, primera Relatora para el país, da las gracias a la delegación por sus respuestas exhaustivas. A la oradora le preocupa saber que denuncias de tortura relacionadas con sucesos que han tenido lugar hace más de 10 meses no se han tomado en consideración debido a que en esos casos resulta difícil establecer la culpabilidad. La oradora pregunta si la dificultad estaba relacionada con las pruebas médicas o legales. Con frecuencia, las personas expuestas a formas humillantes de tortura retrasan la solicitud de un terapeuta o la presentación de una denuncia. Durante ese período, sin duda es posible que se pierdan pruebas bien fundamentadas, aunque no se debe descartar la investigación. Si se aplicaran esos plazos, habría que excluir numerosas denuncias de tortura presentadas ante las jurisdicciones nacionales e internacionales.

La oradora solicita que se aclare el proceso por el que un detenido puede ser examinado por un médico. Pregunta qué sucede con el informe de éste. No ha quedado claro si se exige a los médicos que revelen el resultado de los exámenes sin el consentimiento de los pacientes. Como es obvio, en caso de que haya pruebas de tortura el médico y el paciente deben presentar la denuncia conjuntamente, y se le debe dar curso de inmediato. La oradora pregunta también en qué etapa del examen médico interviene el Centro de Medicina Forense y si éste es realmente independiente. La oradora supone que se utilizan los manuales internacionales sobre la detección de la tortura. También sería interesante saber si, en las investigaciones sobre torturas, se tienen en cuenta los informes de organizaciones independientes tales como el Centro Memoria para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura.

La oradora entiende que el Comité de Reclamaciones es un grupo multidisciplinario proactivo que investiga las quejas relacionadas con el Servicio de Prisiones, pero no está segura de que exista un órgano independiente encargado de investigar las quejas relacionadas con el incumplimiento de la ética policial. Pregunta si en esos casos intervienen el fiscal especial mencionado por la delegación y el mecanismo nacional de prevención.

Habida cuenta de que, en general, los servicios convencionales de salud no proporcionan rehabilitación, la oradora alienta al Estado parte a que preste un apoyo aún mayor al Centro Memoria para que pueda facilitar formación a los profesionales sanitarios.

La oradora acoge complacida la información facilitada por la delegación sobre las medidas adoptadas contra la tuberculosis, supuestamente en relación con pacientes del sistema penitenciario. Pide también información adicional acerca de la decisión de 7 de agosto de 2009 relativa a la hospitalización involuntaria de ciudadanos en general que presenten síntomas de tuberculosis.

En cuanto a los sucesos de abril de 2009, a la oradora le complace saber que la labor de la comisión parlamentaria se ampliará. La delegación ha descrito la situación médica de Valeriu Boboc, aunque la oradora entiende que la autopsia reveló heridas más graves. Según se informa, prosiguen las investigaciones para aclarar las causas de las importantes lesiones sufridas por otros denunciantes y verificar si algunos hospitales se negaron a asistirles. Es imprescindible prohibir que los funcionarios de la policía utilicen máscaras y exigirles que muestren sus insignias y vayan uniformados, ya que supuestamente algunas personas han sido detenidas por individuos de paisano. También ha habido alegaciones de maltrato en las prisiones tras los sucesos de abril de 2009, incluidos golpes con botellas y desnudos forzados.

El Sr.  Kovalev, segundo Relator para el país, da las gracias a la delegación por sus respuestas claras y detalladas a todas las preguntas que ha formulado, incluidas las relativas a la trata de seres humanos. El orador pregunta si el Estado parte tiene intención de ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos, de 2002.

En relación con los sucesos de abril de 2009, el orador está de acuerdo con la Sra. Sveaass en que es inaceptable que funcionarios de la policía utilicen máscaras. Le complace saber que los funcionarios superiores que dictaron órdenes en relación con esos sucesos tendrán que rendir cuentas, y pregunta si se esa medida ya se ha aplicado.

El orador encomia las medidas que se están adoptando para apoyar a la comunidad romaní, la aplicación directa de las disposiciones de la Convención en los tribunales del Estado parte, y el hecho de que la responsabilidad sobre los centros de detención se haya transferido del Ministerio del Interior al Ministerio de Justicia.

Pese a que los sucesos de abril de 2009 han supuesto un revés temporal para la situación de los derechos humanos en Moldova, el orador confía en que esa situación se revertirá y el Estado parte seguirá trabajando para eliminar la tortura y todas las formas de maltrato.

Refiriéndose a las penas aplicables a las diferentes formas de tortura, la Sra.  Belmir señala a la atención de los presentes la dificultad de saltar de un artículo a otro del Código Penal cuando se condena a los perpetradores o instigadores. El artículo 1 de la Convención contiene una definición muy específica que se refiere a la situación y la intención de la persona que lleva a cabo el acto de tortura, por ejemplo, obtener una confesión o información. Los elementos del artículo son complementarios y deben quedar reflejados en todos los códigos penales.

La incomunicación en las instalaciones administradas por el Ministerio del Interior es algo que debe prohibirse, ya que puede conducir a todo tipo de abusos. Además, el Ministerio de Justicia debe controlar todas las etapas de los procedimientos penales.

La Sra.  Kleopas solicita datos estadísticos sobre los menores que se encuentran en detención preventiva, así como información adicional sobre las circunstancias que han provocado esa detención. Con respecto a la inadmisibilidad de las confesiones obtenidas mediante tortura, la oradora pregunta qué procedimiento se aplica para determinar esa inadmisibilidad, y si la decisión sobre la admisibilidad la adopta el juez que procesará al acusado o se adopta mediante una resolución interlocutoria en el juicio. La oradora se pregunta si, mientras se está adoptando esa decisión, el tribunal de primera instancia accede al contenido de la confesión. Las decisiones sobre la admisibilidad deben adoptarse mediante resolución interlocutoria en el juicio, y debe adoptarlas un juez distinto del que conoce del caso.

Aunque la oradora valora positivamente que se haya creado una comisión parlamentaria para investigar los sucesos del 7 de abril de 2009, desea recordar al Estado parte su obligación de proceder con prontitud e imparcialidad en la investigación de ese tipo de casos. La oradora confía en que el Estado parte no esperará a obtener los resultados de la investigación de la comisión antes de proceder de ese modo.

El Sr.  Mariño Menéndez dice que quedan algunas preguntas sobre el mecanismo nacional de prevención de la tortura que Moldova ha establecido de conformidad con el Protocolo Facultativo de la Convención. El orador agradecería que se aclararan las funciones respectivas de los defensores parlamentarios y el Consejo Consultivo. Según la información disponible, los miembros de esos órganos deben costearse sus viajes de trabajo y, en ocasiones, su seguridad personal corre peligro. Al orador le complacería conocer las opiniones de la delegación con respecto a esos puntos, y pregunta si el Gobierno tiene previsto fortalecer el mecanismo nacional de prevención dotándolo de todas las facultades, inmunidades y financiación que necesite para llevar a cabo su labor.

Refiriéndose a la política oficialmente aceptada que permite a los oficiales del ejército gastar novatadas a los reclutas, la Sra.  Gaer pregunta cómo incidiría en ese problema un cambio en la duración del servicio militar de los reclutas.

Con respecto al caso de la “Sra. Z”, descrito por la delegación, la oradora pregunta cuántas mujeres han sido acusadas o condenadas por asesinato o infanticidio. Desea saber en qué etapa del embarazo se considera que la interrupción voluntaria constituye infanticidio, con arreglo a la legislación nacional.

Según la opinión de la oradora, los informes acerca de la pasividad de la policía de Moldova frente a los ataques violentos perpetrados contra manifestantes lesbianas, gais, bisexuales y transexuales (LGBT), que realizaban una marcha pacífica contra la discriminación el 11 de mayo de 2009, han planteado interrogantes sobre la función de la policía a la hora de proteger la libertad de reunión. La oradora desea saber de qué garantías disponen los ciudadanos de Moldova en esos casos, y pregunta si existe un mecanismo independiente e imparcial de vigilancia de la policía cuyos resultados se hagan públicos. Asimismo, sería útil saber si la formación en materia de no discriminación y tolerancia que se imparte al personal encargado de hacer cumplir la ley también abarca las cuestiones relativas a la orientación sexual.

Se suspende la sesión a las 12.30  horas y se reanuda a las 12.45  horas.

El Sr.  Padure (Moldova) dice que la razón de que no se hayan tenido en cuenta las denuncias de tortura relacionadas con los sucesos que tuvieron lugar hace más de 10 meses es que, cuanto más tiempo transcurre desde que se producen los hechos alegados, menos oportunidades existen para identificar las señales de tortura o establecer un vínculo entre las circunstancias que alega la víctima y las consecuencias identificadas como tortura.

De conformidad con la legislación, los exámenes médicos de los reclusos en instituciones penitenciarias son confidenciales y obligatorios a su llegada al centro de detención preventiva o prisión. Al médico que realiza el examen se le exige que informe al fiscal y al defensor parlamentario si el cuerpo del recluso muestra signos de tortura, y que consigne esos hechos en su historial médico. Los reclusos tienen derecho a solicitar un certificado médico emitido por un doctor de su elección, y las conclusiones de éste tienen la misma validez que las del médico de la prisión. Con respecto a la pregunta sobre la independencia del Centro de Medicina Forense, hay que decir que actúa de conformidad con las disposiciones del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal.

La información facilitada en el segundo informe periódico sobre el número de pacientes de tuberculosis se refiere a reclusos y no al público en general. A los reclusos que rechazan el tratamiento facilitado con miras a evitar la propagación de la enfermedad se les expide una orden judicial exigiéndoles que se sometan al tratamiento.

El Sr.  Harunjen (Moldova) dice que el éxito de una investigación sobre tortura depende de la adopción inmediata de medidas. Además del certificado médico, la investigación requiere la búsqueda de pruebas materiales, tales como los instrumentos que pueden haberse utilizado para infligir tortura. Se examina toda la documentación forense y cualquier otra información que pueda arrojar luz sobre los sucesos que se investigan. No obstante, dada la presunción de inocencia, si las pruebas son insuficientes o ya no es posible reunir pruebas, no hay base jurídica para llevar el caso ante los tribunales.

Actualmente, el Gobierno está llevando a cabo una estrecha coordinación con las organizaciones internacionales a fin de establecer una unidad independiente para la investigación judicial de todos los casos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. La actual unidad adscrita a la Fiscalía General tiene un carácter provisional. Moldova está considerando seriamente la posibilidad de reproducir el modelo utilizado en Noruega para esos fines.

El asunto de las novatadas de los altos oficiales del ejército a los nuevos reclutas es una tradición heredada de las fuerzas armadas de la antigua Unión Soviética. Las personas responsables de las heridas infligidas a los reclutas han sido procesadas en los tribunales y, en algunos casos, se han dictado condenas.

El caso de la “Sra. Z” conllevó dos infanticidios, y es uno de los casos más graves de violencia doméstica de que se tiene constancia en Moldova. En los últimos dos años se han registrado otros dos casos; uno de los casos se llevó ante los tribunales, y los otros dos están siendo investigados.

El Sr.  Grosu (Moldova) dice que, en su primera etapa, la detención de menores no puede prolongarse más de 24 horas, tras las cuales el menor queda en libertad o el juez ordena que se le mantenga en detención preventiva. Durante los primeros 10 meses de 2009, permanecieron bajo custodia policial 65 menores, 19 de los cuales fueron puestos en libertad a continuación. En la actualidad, se encuentran en detención preventiva 45 menores.

El Sr.  Chisnenco (Moldova) dice que la ley regula la función de mantenimiento del orden público por la policía; sin embargo, se reconoce que es preciso perfeccionar esa ley.

Moldova ha sido el primer país en ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos. En relación con el desfile del 11 de mayo de 2009, el acoso a los manifestantes no puede atribuirse al Gobierno o al ayuntamiento, sino que más bien refleja el rechazo de la sociedad hacia esa clase de manifestación.

El Sr.  Grosu (Moldova) dice que el mecanismo nacional de prevención de la tortura, que funciona desde abril de 2008, ha tropezado con numerosas dificultades. El Gobierno necesita hacer un balance de la situación manteniendo debates con los participantes en el proceso.

El Sr.  Cerba (Moldova) da las gracias al Comité por los esfuerzos que ha desplegado con el fin de apoyar a Moldova.

Se levanta la sesión a las 13.05  horas .

-----