Naciones Unidas

CAT/C/SR.1065

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

23 de agosto de 2013

Español

Original: francés

Comité contra la Tortura

48º período de sesiones

Acta resumida de la 1065ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 10 de mayo de 2012, a las 15.00 horas

Presidente :Sr. Grossman

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)

Quinto y sexto informes periódicos de Grecia (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)

Quinto y sexto informes periódicos de Grecia (CAT/C/GRC/5-6, CAT/C/GRC/Q/5, HRI/CORE/1/Add.121) (continuación)

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Grecia toman asiento a la Mesa del Comité.

2.El Sr. Ioannidis (Grecia) dice que Grecia está atravesando una tormenta política y económica. En los últimos comicios, un partido radical de extrema derecha experimentó una progresión electoral importante, lo que plantea nuevos problemas para el país. Cabe señalar que la gran mayoría de los partidos políticos y fuerzas sociales en Grecia son conscientes de los peligros que entraña esa situación y que el partido en cuestión ha sido excluido de las conversaciones que se llevan a cabo para la formación de un gobierno. Las autoridades no escatimarán esfuerzos para abordar las causas fundamentales del racismo que emerge en algunos sectores de la sociedad y para erradicar ese fenómeno. Se ha presentado en el Parlamento un proyecto de ley para modernizar la Ley contra el racismo en vigor y adaptarla a la Decisión marco de la Unión Europea relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el derecho penal, y se prestará especial atención al enjuiciamiento de delitos con motivación racista.

3.El Sr. Kastanas (Grecia) dice que todos los hijos de padres griegos adquieren la nacionalidad griega al nacer, independientemente de su origen u otros factores. Algunos cambios recientes en la legislación permiten que los hijos de inmigrantes de segunda y tercera generación adquieran la nacionalidad griega. En 1998 se abrogó una disposición legislativa que permitía la retirada de la nacionalidad griega. Además, Grecia reconoce a la minoría musulmana de Tracia, que goza de derechos especiales. Por supuesto, cualquier persona bajo la jurisdicción del Estado griego goza de las garantías que estipula la Convención, sin discriminación alguna.

4.El Sr. Ioannidis (Grecia) dice que las profesiones de juez y de policía no son oficios cerrados y que todo ciudadano griego puede tener acceso. La admisión en la Escuela Nacional de la Magistratura se realiza mediante un concurso abierto. La Escuela imparte cursos específicos sobre derechos humanos, entre ellos cursos sobre el derecho constitucional y las libertades fundamentales, sobre la protección que ofrece el Convenio Europeo de Derechos Humanos y sobre los procedimientos penales conexos, sobre la protección de las minorías, las personas con discapacidad y los menores, sobre la protección de las víctimas en los procesos penales, sobre los derechos de los inculpados y sobre la protección internacional de los derechos humanos. La Escuela también organiza seminarios de formación continua dirigidos a los jueces. Las escuelas de policía también proporcionan capacitación en derechos humanos. Las autoridades griegas no son en modo alguno indulgentes con las faltas cometidas por sus funcionarios en materia de derechos humanos, y trabajan para formar y sensibilizar a los jueces y a la policía acerca de esas cuestiones.

5.La definición de tortura que figura en el Código Penal griego no es más restringida que la que enuncia la Convención; abarca los actos de tortura infligidos por instigación de un funcionario público, o con su consentimiento explícito o tácito. En virtud del artículo 137B del Código Penal, cualquier superior que dé la orden de cometer un acto de tortura puede ser condenado a una pena de prisión mínima de diez años; un superior también puede ser condenado por complicidad si la tortura se ha cometido con su consentimiento explícito o tácito. El artículo dispone además que la comisión sistemática de actos de tortura constituye una circunstancia agravante del delito y conlleva una pena de prisión de al menos diez años. En lo que respecta al asunto Zontul c. Grecia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que la pena impuesta por el tribunal griego era insuficiente, pero no que la definición de tortura que figura en el Código Penal griego fuese inadecuada o que las penas previstas para actos de tortura y otros actos humillantes o degradantes fuesen insuficientes.

6.Grecia está haciendo esfuerzos significativos para dar cumplimiento a las sentencias firmes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Así, abona las indemnizaciones acordadas por el Tribunal dentro de los plazos establecidos y adopta, de ser necesario, las medidas oportunas para poner fin a las violaciones constatadas, remediar sus consecuencias y evitar que se cometan de nuevo violaciones similares. Además, las causas en que un tribunal nacional haya dictado una sentencia definitiva pueden ser reabiertas si el Tribunal Europeo establece que se ha producido una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

7.Es necesario revisar, modernizar e informatizar el actual sistema de recopilación y procesamiento de datos judiciales, ya que no permite disponer de la información básica necesaria para garantizar una administración de justicia satisfactoria, reorientar las políticas de lucha contra la delincuencia, cumplir con las obligaciones del país en materia de preparación de informes dirigidos a los órganos de tratados y realizar un seguimiento adecuado de los casos. Con ese fin, se ha constituido un grupo de trabajo especial, al que se le ha encargado la presentación de una propuesta a finales de 2012. El objetivo es instalar en su momento un sistema informatizado para la recopilación de datos y el seguimiento de las causas penales.

8.El Sr. Karageorgos (Grecia) dice que se ha creado por vía legislativa la Oficina de Respuesta frente a Actos Arbitrarios, perteneciente al Ministerio de Protección Ciudadana. La Oficina se encarga de recoger, registrar y examinar las denuncias de actos de tortura, malos tratos y abuso de poder por parte de las fuerzas del orden. Se compone de un comité integrado por tres miembros que previamente hayan ejercido cargos de juez, Defensor del Ciudadano, Defensor del Ciudadano Adjunto o Inspector General de la Administración Pública. El Comité examina cada denuncia para determinar si entra dentro de las competencias de la Oficina y si cabe darle curso. Cuando la denuncia se refiere a hechos graves, el Ministerio de Protección Ciudadana puede, a propuesta del Comité, confiar la investigación a uno de los miembros de este. El Comité también se ocupa de los casos en que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Grecia por violaciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en los que hay nuevos elementos que no habían sido considerados en la investigación original. La Oficina puede, si lo considera necesario, ordenar que la policía o el servicio pertinente procedan a una nueva investigación.

9.El artículo 12 de la Ley Nº 3064/2002, completado por el Decreto presidencial Nº 233/2003, establece que los menores migrantes y solicitantes de asilo que hayan sido víctimas de la venta, la trata o la explotación sexual o económica gozarán de protección y asistencia para satisfacer sus necesidades y garantizar su acceso a la atención sanitaria y el apoyo psicológico durante el tiempo que sea necesario. Si la víctima no es ciudadano griego, se le proporcionarán los servicios de un abogado y de un intérprete y medidas de protección contra la expulsión. La repatriación de esos menores debe hacerse conforme a un procedimiento bien definido, con la autorización del Fiscal de Menores y bajo el asesoramiento del Comisionado para la Infancia. Cabe señalar a ese respecto que los Gobiernos griego y albanés han firmado un acuerdo que establece los procedimientos para la repatriación de esos menores víctimas. El acuerdo dispone que serán repatriados voluntariamente, tendrán acceso a asistencia jurídica y que la repatriación deberá tener en cuenta el interés superior del niño. En el país de origen, deberán ponerse en marcha programas especiales para facilitar su reintegración, proporcionarles la ayuda material, médica y psicológica necesaria y garantizar su protección. También deberá vigilarse su situación.

10.La reciente ley que ratifica la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos y dispone las medidas para su aplicación extiende la asistencia de que gozan las víctimas de los delitos mencionados en el artículo 12 de la Ley Nº 3064 a las víctimas del turismo sexual y la pornografía infantil, y establece que todas las acciones legales iniciadas en su contra por delitos como la entrada irregular en el país, el trabajo ilegal o la prostitución quedarán en suspenso mientras estén en curso los procesos contra los autores de los hechos de que hayan sido víctimas. Si estos resultan en una sentencia condenatoria, no se emprenderá acción legal alguna contra las víctimas de los hechos mencionados. Además, se retirará de la lista de personas indeseables por haber cometido esos actos a los extranjeros que hayan sido víctimas de un caso demostrado de trata de personas. También podrán adoptarse medidas para proteger contra represalias a las víctimas o a sus familias, incluso si el delito del que fueron víctimas no ocurrió en un contexto de delincuencia organizada. La Ley también prevé la posibilidad de conceder, cuando se cumplan determinadas condiciones, un permiso de residencia por razones humanitarias a los extranjeros víctimas de la trata de personas, y extiende el período de reflexión del que gozan las víctimas de uno a tres meses; cuando se trate de niños, el plazo podrá prorrogarse dos meses adicionales. No se procederá a la expulsión del interesado durante el período de reflexión.

11.Para el período 2009-2013, se aprobó un programa nacional para prevenir y combatir la violencia contra la mujer, y la Secretaría General para la Igualdad de Género ha puesto en marcha un plan de acción a nivel nacional y local para la protección de las mujeres y para luchar contra la violencia de género. Las principales medidas adoptadas han sido la creación de 12 clínicas y 13 centros de acogida en diferentes regiones del país, la formación del personal de esos centros y de los profesionales que trabajan con las mujeres víctimas de violencia (como policías, jueces y personal médico) y la formación de abogados para su participación en programas de asistencia jurídica dirigidos a esas mujeres, la creación de una línea telefónica de emergencia y la realización de campañas de sensibilización. También se han llevado a cabo iniciativas en el ámbito legislativo, entre las que destacan la preparación de un proyecto de ley para luchar contra la violencia de género contra la mujer.

12.El Sr. Kastanas (Grecia) dice que los niños refugiados o solicitantes de asilo y los hijos de extranjeros cuya situación en materia de residencia todavía no se ha determinado pueden ser escolarizados en escuelas públicas, incluso si no tienen toda la documentación necesaria. Los solicitantes de asilo y los extranjeros afectados por enfermedades infecciosas reciben atención médica y hospitalaria gratuita, sea o no legal su situación. Todos los extranjeros tienen acceso a los servicios de urgencias de los hospitales, independientemente de su situación. Tanto las víctimas de la trata como los menores extranjeros, independientemente de su situación o la de sus padres, tienen acceso a la sanidad pública.

13.El Sr. Ioannidis (Grecia) dice que la Ley griega de protección de datos establece que los fiscales podrán autorizar la divulgación de los datos personales de las personas contra las que se haya iniciado un proceso judicial si la protección de la salud pública lo requiere. Ese fue el caso de varias personas afectadas de sida que se prostituían ilegalmente y fueron acusadas de poner en peligro deliberadamente la salud de sus clientes. Esas personas no fueron objeto de detención administrativa, pero como habían sido inculpadas el fiscal autorizó la revelación de sus datos personales. Esta cuestión constituye actualmente un tema de debate en el país y plantea el problema de encontrar un equilibrio entre la protección de los diversos intereses y derechos afectados.

14.La Sra. Arvaniti (Grecia) dice que la asistencia jurídica en materia penal cubre todos los gastos legales, incluidos los gastos administrativos y los honorarios de los abogados, mientras que en los casos de derecho civil o comercial, las partes pueden quedar exentas de una fracción de las costas procesales, los honorarios de los abogados y los de los agentes judiciales del tribunal, si así se solicita. En los litigios de tipo administrativo, sin embargo, el Estado no se hace cargo de los honorarios de los abogados.

15.En virtud del artículo 3 de la Ley Nº 3226/2004 sobre asistencia jurídica, el Colegio de Abogados tiene que presentar cada mes a los tribunales una lista de los abogados que pueden ser asignados de oficio. La enumeración se hace por orden alfabético y cada abogado se ocupa de un único caso a la vez. En 2011, el presupuesto para asistencia jurídica ascendió a 5.200.000 euros. Esta cifra se incrementó ligeramente en 2012. La Secretaría General de la Juventud está llevando a cabo un programa para que los menores tengan acceso gratuito a un abogado en cualquier procedimiento penal, civil o administrativo. En el caso de los procedimientos administrativos, se da prioridad a los menores no acompañados, sobre todo en las situaciones siguientes: registro de los datos personales del menor, solicitud del permiso de trabajo, solicitud o renovación del permiso de residencia, solicitud de asilo, recurso contra una medida de internamiento administrativo o una decisión de expulsión. A pesar de la dedicación de los abogados que participan en el programa, no pueden atenderse todas las solicitudes debido a su elevado número.

16.El Sr. Karageorgos (Grecia) dice que se ha puesto en marcha una reforma para mejorar la eficiencia del sistema de asilo. En 2011 se creó un nuevo servicio de asilo, completamente independiente de la policía, dentro del Ministerio de Protección Ciudadana. También se creó una comisión de apelación independiente para examinar las solicitudes de asilo rechazadas en primera instancia. En espera de que el nuevo servicio esté plenamente operativo, se han adoptado diversas medidas transitorias para mejorar el mecanismo encargado de examinar las solicitudes de asilo en primera instancia. El Decreto Nº 114/2010 establece un procedimiento para la concesión del estatuto de refugiado que se ajusta plenamente a la Directiva Nº CE/2005/85. En virtud de ese decreto, también se han creado 5 comités de apelación, 3 para decidir sobre los recursos pendientes y 2 sobre los recursos presentados en el marco del procedimiento establecido en el decreto. En el trabajo de los comités participan un representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y un abogado recomendados por el Comité Nacional de Derechos Humanos. Se prevé que en septiembre de 2012 haya cinco comités adicionales, que contribuirán a acelerar la tramitación de los casos pendientes y el tratamiento de las nuevas solicitudes.

17.En colaboración con el ACNUR, se han realizado actividades de formación sobre cuestiones relacionadas con el asilo dirigidas al personal de la policía. Así, en cooperación con los servicios locales competentes para recibir y examinar las solicitudes de asilo, se organizaron tres seminarios en Atenas y Tesalónica. En los próximos meses se organizarán otros seminarios dedicados al Currículo Europeo de Asilo. Las conclusiones de las misiones de expertos de la Comisión Europea se tienen debidamente en cuenta para mejorar la eficiencia del procedimiento de asilo. El Ministerio de Protección Civil ha firmado con la Oficina Europea de Apoyo al Asilo un plan de acción que prevé una serie de medidas específicas a corto y medio plazo, cuya ejecución será financiada por fondos europeos. Se ha elaborado en varios idiomas un folleto informativo que resume los puntos esenciales de la ley y del procedimiento de asilo. Ese material se ha difundido ampliamente, entre otros medios a través de la página web de la policía.

18.Un miembro del Comité ha preguntado si el hecho de haber sido víctima de la mutilación genital femenina podía constituir un motivo de obtención de asilo. Hasta la fecha, a las autoridades competentes no se les ha presentado una solicitud de ese tipo. Se han hecho varias preguntas acerca de la detención de los solicitantes de asilo. Según la ley, solo puede mantenerse a un solicitante de asilo en detención si se dan las circunstancias siguientes: el solicitante no tiene documentos para verificar su nacionalidad y establecer las circunstancias de su entrada ilegal en el país; si se considera que representa una amenaza para la seguridad nacional o el orden público; y si la detención es necesaria para permitir el examen inmediato y eficaz de la solicitud de asilo. Cabe señalar que la detención se limita al tiempo estrictamente necesario y que todos los solicitantes de asilo tienen acceso a un abogado.

19.Gracias a la labor de los comités de apelación encargados de tramitar los casos pendientes, el número de recursos presentados antes del 22 de noviembre de 2010 (fecha de entrada en vigor del Decreto presidencial Nº 114/2010) pendientes de resolución se redujo de 47.155 a 29.807. Por lo que respecta a los recursos presentados en virtud del Decreto Nº 61/1999 (solicitudes de estatuto humanitario por motivos de salud), en que la decisión corresponde al Secretario General o al Ministro, el número pasó de 2.000 a 1.823. La proporción de recursos aceptados se sitúa en el 12,3%, cifra próxima a la media de los países de la Unión Europea, lo cual es alentador. Próximamente, se dispondrá de un estatuto uniforme para las personas que necesiten protección internacional, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley. Sin embargo, los migrantes económicos deberán regresar a sus países de origen.

20.Grecia reconoce la necesidad de disponer de un marco vinculante para el reparto equitativo de responsabilidades en materia de inmigración entre los Estados miembros de la Unión Europea. El Reglamento Dublín II ha resultado ineficaz en ese sentido y, por lo tanto, debería revisarse. Es necesario suspender los traslados de inmigrantes ilegales a Estados miembros saturados y modificar los criterios de entrada ilegal en un Estado miembro, según los cuales el Estado miembro en que el solicitante ha cruzado irregularmente la frontera es el Estado responsable del examen de la solicitud de asilo. Grecia apoyaría el establecimiento de normas de obligado cumplimiento que garantizasen la distribución proporcional de los refugiados y de los grupos de personas vulnerables en función de las posibilidades económicas y al número de habitantes de cada Estado. También se debería estudiar la posibilidad de tramitar las solicitudes de asilo en países no miembros de la Unión Europea y países de tránsito, en colaboración con la Comisión Europea, los Estados miembros y las organizaciones internacionales, con el fin de distribuir equitativamente a los beneficiarios de una protección internacional en la Unión Europea, como dispone el Programa de Estocolmo. Las iniciativas en ese ámbito a nivel europeo deberían formar parte de una política conjunta que contemple también medidas económicas y sociales, así como una mayor cooperación en materia de vigilancia de fronteras.

21.La Sra. Arvaniti (Grecia) dice que al 1 de mayo de 2012, la prisión de Koridalos, con capacidad para 800 reclusos, acogía a 2.163; la de Larisa, con capacidad para 500, a 913; la de Trikala, con capacidad para 700, a 736; y la de Patras, con capacidad para 780, a 791. Indica que en la prisión de Patras se ha construido recientemente un nuevo pabellón con capacidad para 60 reclusos, y que la actual prisión de Trikala, que se inauguró en 2006, sustituyó a la anterior, cuya capacidad era mucho menor.

22.Los registros corporales los llevan a cabo funcionarios de prisiones del mismo sexo que la persona detenida con respeto estricto de la intimidad. La ley establece expresamente que la exploración de las cavidades corporales puede practicarse únicamente por orden de un fiscal, que debe realizarla un médico y que no debe atentar contra la dignidad de la persona. Solo se autoriza si existen motivos razonables que la hagan necesaria, por ejemplo si se sospecha que un recluso oculta sustancias ilegales. En caso de violencia entre reclusos, el director de la institución penitenciaria ordena, para su protección, el aislamiento del recluso cuya seguridad está amenazada. Si la presencia de un recluso constituye una amenaza para el orden y la seguridad de la institución, el director puede ordenar su traslado a otro centro. La libertad condicional solo puede concederse en virtud de una decisión judicial, según las condiciones establecidas por la ley.

23.El personal penitenciario se compone actualmente de: 2.201 guardias dependientes de la administración penitenciaria, 1.108 guardias del sector privado, 17 médicos, 2 farmacéuticos, 27 psicólogos, 73 asistentes sociales y 78 auxiliares médicos. Debido a la escasez de personal médico en las prisiones, se envía a los reclusos que necesitan asistencia sanitaria a los hospitales locales. El sistema nacional de salud se ha hecho cargo de los centros sanitarios penitenciarios anteriormente dependientes del Ministerio de Justicia, que incluían una clínica psiquiátrica, un hospital y un centro de desintoxicación, a los que se agregarán próximamente dos nuevas estructuras. Las modalidades concretas de esa incorporación se están estudiando y se decidirán por decreto presidencial. Se ha firmado un acuerdo de cooperación con organizaciones no gubernamentales (ONG) y hospitales universitarios para mejorar la prestación de atención médica y psiquiátrica en el sistema penitenciario.

24.Ante el problema del hacinamiento en las cárceles, el Ministerio de Justicia ha puesto en marcha un proyecto para construir nuevos centros penitenciarios. Se ha completado la construcción de la nueva prisión de Nigrita (Serres), que cuenta con una capacidad de 600 plazas y alberga actualmente a 236 reclusos. En el centro de detención de Larissa, se ha construido un nuevo pabellón con 50 plazas adicionales. Cuando entren en funcionamiento, las prisiones de Drama y Chania, con una capacidad de 600 plazas cada una, aliviarán el hacinamiento en las cárceles más superpobladas. También cabe mencionar el centro de desintoxicación para presos que se está construyendo en Kassandra (Halkidiki). Para poder funcionar a plena capacidad, las nuevas estructuras requerirán personal adicional. No obstante, debido a las restricciones presupuestarias actuales, las posibilidades de contratación son por el momento limitadas.

25.El Sr. Karageorgos (Grecia) dice que la Ley Nº 3907/2011 dispone que se mantenga en detención a los extranjeros objeto de una medida de expulsión hasta que esta se ejecute. La detención se limitará al tiempo estrictamente necesario para ejecutar la medida y no podrá exceder los seis meses. Se podrá prorrogar excepcionalmente a 12 meses en caso de negativa a cooperar por parte de las autoridades competentes del país al que vaya a ser devuelta la persona, o si se necesita un plazo suplementario para obtener los documentos administrativos requeridos. Cualquier prórroga de la detención requerirá el consentimiento previo del tribunal administrativo competente. La autoridad que haya ordenado la detención examinará cada trimestre las condiciones de detención de los extranjeros en espera de expulsión.

26.Se han realizado o se están realizando obras para aumentar la capacidad de acogida y modernizar las instalaciones de los puestos de control de fronteras y los centros de espera, en particular en la región de Evros. Para hacer frente a la afluencia de inmigrantes ilegales a Atenas, se ha construido en Amygdaleza (Attica) un nuevo centro de acogida cerrado, que es independiente de la policía. El centro, que entró en funcionamiento en febrero de 2012, acoge a extranjeros que han entrado o residen de forma ilegal en el territorio nacional. Tanto el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos como representantes de asociaciones de defensa de los migrantes han alabado la comodidad y seguridad que ofrece a los residentes. En la actualidad, el centro de detención de Esparta no es adecuado para acoger a migrantes en situación irregular. Se llevarán a cabo obras con el fin de convertirlo en un centro de primera acogida.

27.El Sr. Ioannidis (Grecia) dice que el Gobierno ha adoptado una política de total transparencia con respecto a los centros penitenciarios. En el espacio de un año, 50 ONG han realizado visitas a varios de ellos. El Defensor del Ciudadano, los miembros de los partidos políticos y el ACNUR pueden acceder sin restricciones a cualquier prisión. Se ha presentado al Parlamento el instrumento de ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, que debería votarse una vez que se constituya el nuevo gobierno. Respecto de la declaración pública del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT), que uno de los miembros del Comité ha mencionado, el Sr. Ioannidis indica que las autoridades griegas prestan la debida atención a las recomendaciones del CPT y se esfuerzan por aplicarlas.

28.Para los delitos punibles con penas de prisión de hasta cinco años, el Código Penal prevé la suspensión de la pena cuando el autor no tiene antecedentes penales. En los casos en que no se trate del primer delito, se puede sustituir por una multa o, si el interesado no dispone de medios para pagarla, por servicios comunitarios. Toda persona detenida por la policía puede ponerse en contacto inmediatamente con un abogado y debe ser puesta a disposición del fiscal dentro de las 24 horas posteriores a su detención.

29.El Sr. Kastanas (Grecia) dice que la legislación establece que el servicio civil sustitutivo tendrá el doble de duración que el servicio militar pero que, en la práctica, a los objetores de conciencia se les puede liberar de sus obligaciones antes de completar su período de servicio. La duración media de este oscila entre los 5 y los 15 meses, frente a los 3 a 12 meses del servicio militar. Por consiguiente, el servicio civil sustitutivo no puede considerarse una forma de malos tratos contraria a la Convención.

30.El Sr. Ioannidis (Grecia) dice que los procesos en los que está implicado un menor son instruidos y juzgados por jueces especializados. Cuando se declara culpable a un menor, los jueces prefieren la aplicación de medidas educativas o terapéuticas a las penas de privación de libertad.

31.El Sr. Karageorgos (Grecia) dice que el Gobierno griego y el Gobierno albanés han firmado un acuerdo bilateral para proteger a los menores de nacionalidad albanesa que hayan sido víctimas de la trata de personas en Grecia y para garantizar su repatriación y el acceso a medidas de atención y de readaptación. La aplicación del protocolo relativo a la readmisión de inmigrantes en situación irregular, firmado con Turquía en 2001, presenta serios problemas. Desde abril de 2002, las autoridades turcas solo han readmitido en su territorio a 5.469 de las 111.547 personas que habían cruzado ilegalmente la frontera con Grecia. Además, desde 2012, las autoridades turcas se niegan a readmitir en su territorio a ciudadanos sirios a causa de la crisis actual en la frontera turco-siria. Cabe también señalar que los centros de espera turcos próximos a la frontera con Grecia están saturados y no pueden acoger a más de 40 migrantes por semana.

32.La Sra. Sveaass (Relatora para Grecia) agradece a la delegación las detalladas respuestas a las numerosas preguntas formuladas en la sesión anterior. En lo referente a la definición de tortura, señala que el artículo 137 del Código Penal establece criterios restrictivos —el sufrimiento debe haber sido infligido de manera sistemática y haber causado daños psicológicos graves y duraderos— que pueden excluir actos que serían considerados tortura según la Convención. En ese sentido, desea saber si ha habido casos relativos a actos de tortura en los que se haya alegado el carácter sistemático de los actos en cuestión como circunstancia agravante, según lo dispuesto en el artículo 137B. Si es así, pide a la delegación que indique qué sanciones se impusieron. En el asunto Zontul c. Grecia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que la pena impuesta no correspondía a la gravedad de los hechos; sería interesante saber si el asunto podría volver a ser juzgado por un tribunal nacional.

33.La Sra. Sveaass pregunta si la nueva oficina del Ministerio de Protección Ciudadana encargada de examinar los casos de conductas o actos arbitrarios puede recibir denuncias confidenciales y si, habida cuenta de su composición y de su situación, puede ejercer sus funciones de forma independiente. Además, puesto que el informe del CPT señala casos de acoso, pregunta si también se pueden presentar denuncias confidenciales por ese motivo y, en caso afirmativo, ante qué órganos.

34.En cuanto a las medidas para combatir la violencia contra la mujer, la Relatora señala que el hecho de que un gran número de actos de ese tipo no se registre se debe en parte a que las personas que están en primera línea, es decir, los policías, no cuentan con una formación suficiente al respecto. La capacitación policial debería ser una prioridad en ese ámbito. Sería interesante, por tanto, saber si está previsto proporcionar a los miembros de las fuerzas del orden formación sobre las disposiciones del Protocolo de Estambul, que no solo es útil para identificar a las víctimas de malos tratos durante la detención, sino también a las mujeres víctimas de violencia. También sería útil disponer de datos sobre el número de condenas impuestas a las personas declaradas culpables de actos de violencia contra mujeres.

35.En lo referente al sistema de asilo, la Sra. Sveaass entiende que el nuevo servicio de asilo permitirá al Estado parte disponer de un procedimiento de registro descentralizado y reducir así el período de espera impuesto a los solicitantes, lo que, teniendo en cuenta el volumen de casos pendientes, representaría una gran mejora. Pregunta si el nuevo sistema ya está operativo. También desea información sobre las medidas adoptadas para garantizar que la información sobre el derecho de asilo esté disponible en más idiomas y en formatos accesibles para las personas con discapacidad visual.

36.El Comité ha tenido conocimiento de casos de solicitantes de asilo a quienes se expulsó mientras su recurso estaba pendiente de resolución, lo que plantea la cuestión de la aplicación en la práctica del efecto suspensivo de los recursos contra las órdenes de expulsión. Pide a la delegación que aclare ese punto. Podría igualmente indicar de qué forma se notifican las órdenes de expulsión, y si se informa a la persona que recibe la notificación de su derecho a recurrir la decisión.

37.Observando que la detención administrativa puede ampliarse hasta 12 meses en casos excepcionales, la Sra. Sveaass pregunta qué porcentaje de casos se han considerado excepcionales y han dado lugar a períodos de detención de 12 meses. En relación al nuevo centro de espera de Amygdaleza, el ACNUR señaló en un comunicado de prensa sobre su visita al centro que un gran número de personas serían acogidas en él. Pide a la delegación que ofrezca más información sobre ese tema y que precise cuáles han sido las medidas adoptadas en relación a los menores no acompañados que no son solicitantes de asilo y que se encuentran acogidos en los nuevos centros.

38.Según la información de que dispone el Comité, existía anteriormente un centro de readaptación para víctimas de la tortura gestionado por una ONG, que ha cerrado. Se pide a la delegación que indique si el sistema de salud pública cuenta con servicios de readaptación y qué formación específica reciben los médicos, psicólogos y otros especialistas que trabajan con víctimas de actos de tortura.

39.La Sra. Belmir recuerda que la disposición legislativa que permitía privar a algunas personas de la nacionalidad griega se abrogó en 1998 y pregunta si se han tomado medidas para que las personas afectadas puedan recuperar la nacionalidad. En cuanto a las minorías, pregunta si los miembros de una minoría reconocida como tal son considerados extranjeros o nacionales, y si pueden trabajar en la policía o el poder judicial, por ejemplo. Puesto que la delegación se ha referido únicamente a los migrantes víctimas de la trata, la Sra. Belmir desea obtener más información sobre los nacionales y los miembros de minorías que hayan sido víctimas de la trata. En relación a la justicia de menores, la Sra. Belmir pregunta sobre la responsabilidad penal de estos y, tras recordar que la Convención sobre los Derechos del Niño considera que un niño es una persona entre 0 y 18 años, pregunta si el Estado parte comparte esa definición.

40.El Sr. Bruni entiende que se ha confiado la tarea de tratar las solicitudes de asilo a nuevos órganos independientes, pero que todavía no están en funcionamiento. Pregunta cuál es la razón y quién se ocupa de las solicitudes en el momento actual. Acerca del hacinamiento en las prisiones, dice que según las cifras facilitadas por la delegación las medidas y los planes establecidos para remediar el problema no parecen dar resultados muy significativos. Por ejemplo, en los últimos cinco años, la sobreocupación en las prisiones de Koridalos y Larisa ha disminuido solo del 300% al 250%, y del 300% al 200% respectivamente, a pesar de las medidas adoptadas. Sería útil tener más información al respecto.

41.La Sra. Gaer dice que el informe de la CPT indica que la exploración de las cavidades corporales se realiza de forma rutinaria en Grecia y que no responde a una evaluación de riesgos. Además, la delegación ha señalado que a los presos se les somete a esas exploraciones cuando regresan de permiso. Sería útil que la delegación indicase si todos los reclusos son sometidos a ese tipo de exploración cada vez que vuelven de permiso o si se decide caso por caso. En cuanto a los 502 niños albaneses desaparecidos, la Sra. Gaer desea saber si está previsto crear una comisión bilateral que reúna a las autoridades albanesas y griegas, y quizás también a los Defensores del Ciudadano de ambos países, y pregunta qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar para establecer las responsabilidades penales y disciplinarias pertinentes.

42.El Sr. Gaye pregunta si las personas que denuncian actos de tortura cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad gozan de medidas de protección. Según varias ONG, como Amnistía Internacional, la lentitud de la justicia penal es tal que en algunos procesos los delitos prescriben, lo que da lugar a casos de impunidad. Se invita a la delegación a comentar esas informaciones.

43.El Sr. Wang Xuexian pregunta si, en la práctica, se ha alegado el odio como circunstancia agravante de algún delito y, de ser así, pide que la delegación ofrezca ejemplos. También desea que la delegación aclare los motivos que se invocan para justificar la detención de los solicitantes de asilo, que según la legislación griega puede autorizarse con el fin de permitir un examen rápido y eficaz de las solicitudes de asilo, aunque parece revestir un carácter sistemático en Grecia. La delegación ha señalado que en 2010 el Gobierno turco otorgó 42.000 visados a ciudadanos argelinos; cabe preguntarse acerca del paradero actual de esas personas.

44.En lo que respecta a la sustitución de las penas de prisión de hasta cinco años por multas, el Sr. Mariño Menéndez dice que, según la respuesta escrita de la delegación, esa disposición se aplicaría también a las condenas por actos de tortura, lo que parece difícil de justificar y requiere una explicación. Por otra parte, y en referencia a la naturaleza transitoria de las normas relativas al asilo y a la renegociación del Reglamento Dublín II, el Sr. Mariño Menéndez pregunta si, en la situación actual, los permisos de residencia expedidos a extranjeros por razones humanitarias o en casos en que los solicitantes hayan sido víctimas de la trata prevén medidas como la reunificación familiar o la posibilidad de establecerse en Grecia. También desea saber si los recursos interpuestos contra las denegaciones de asilo o de permiso de residencia por razones humanitarias han resultado o no en la suspensión de la expulsión de los interesados.

45.El Sr. Tugushi señala que a pesar del cierre de ciertos centros de espera para migrantes y de las mejoras llevadas a cabo en otros, como los de la policía de fronteras de Tihero y Soufli, el CPT informó de que, en 2011, algunos centros seguían estando en condiciones deplorables. Invita a la delegación a comentar la situación. Con respecto al personal penitenciario, sería interesante disponer de datos sobre la evolución del número de agentes en los últimos años, ya que un número suficiente de efectivos es esencial no solo para garantizar la seguridad en las cárceles, sino también para crear un ambiente seguro en toda la institución. En cuanto al examen al que se somete a los presos al regresar de permiso, cabe cuestionar la práctica aparentemente común de la administración de laxantes.

46.El Presidente pregunta hasta qué punto Grecia está desarrollando alternativas a la detención basándose en su propia experiencia y en la de otros países. Pide a la delegación que proporcione al Comité estadísticas sobre los niños detenidos, sobre las investigaciones penales llevadas a cabo en 2010 y 2011 a raíz de las denuncias de malos tratos a migrantes por parte de miembros de las fuerzas del orden, y sobre las actuaciones judiciales y las penas impuestas.

47.En cuanto a la función del mecanismo nacional de prevención, encomendada al Defensor del Ciudadano, la Sra. Sveaass (Relatora para Grecia) pregunta si es cierto, como afirman algunas fuentes, que el mandato el Defensor del Ciudadano está limitado en algunos aspectos dispuestos por el Protocolo Facultativo, en particular en lo relativo al establecimiento de un sistema de visitas periódicas y a la posibilidad de visitar todos los lugares donde haya personas privadas de libertad, entre ellos los que no se consideran oficialmente centros de detención.

48.La Sra. Belmir dice que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado una serie de sentencias relativas a violaciones del derecho a un juicio justo y a la conducta de la policía en Grecia. Las autoridades competentes han publicado circulares para dar seguimiento a las sentencias, pero no parece que hayan contribuido a modificar los comportamientos al respecto. Desea saber cuál es el motivo.

49.La Sra. Gaer pregunta qué formación se imparte a la policía sobre la violencia doméstica y qué medidas se han tomado en respuesta a la carta enviada por el Comité al Estado parte en relación con el último examen sobre la situación en Grecia. Teniendo en cuenta la información contenida en el informe de Grecia, en el que se hace referencia al elevado número de detenciones de menores albaneses, y a la luz de los recientes acontecimientos, en particular el ascenso del partido antiinmigración Amanecer Dorado, pide a la delegación que proporcione información adicional acerca de los mecanismos de denuncia de que disponen las víctimas de violencia xenófoba o racista, o de prácticas discriminatorias.

50.El Sr. Ioannidis (Grecia) dice que la delegación ha tomado buena nota de las observaciones del Comité sobre la necesidad de armonizar la definición de tortura que figura en el artículo 137 del Código Penal con lo que establece el artículo 1 de la Convención. Se está elaborando un proyecto para la creación de un nuevo código penal. Ya se han realizado cambios en las disposiciones relativas a la tortura, con el fin de garantizar que se excluya de la función pública a los funcionarios condenados por delitos de ese tipo. Se tomarán medidas para que el comité de redacción del proyecto tenga en cuenta todos los tratados internacionales de los que Grecia es parte, entre ellos la Convención, así como la jurisprudencia pertinente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

51.En lo referente a la aplicación de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Sr. Ioannidis dice que el Código de Procedimiento Penal prevé la posibilidad de reabrir un caso si ese tribunal considera que Grecia ha violado el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Sin embargo, el legislador parece haber tenido en mente los casos en que los derechos de los acusados, y no los de las víctimas, pudieran verse afectados. En la práctica, cuando un proceso resulta en una absolución o en una condena demasiado leve, y la víctima la recurre, es muy raro que se reabra y, cuando se hace, la decisión final favorece generalmente al acusado. El Sr. Ioannidis reconoce que la situación no es óptima y que convendría legislar en ese ámbito.

52.La legislación griega no contiene disposiciones específicas sobre la presentación de denuncias confidenciales, pero pueden aplicarse las relativas a la protección de víctimas y testigos, con el fin de mantener el anonimato del denunciante, especialmente en casos de denuncias contra miembros de las fuerzas del orden. La composición de la nueva oficina encargada de investigar las denuncias de brutalidad policial garantiza su independencia ya que su personal, integrado por jueces jubilados, no esta jerárquicamente subordinado al Ministerio de Protección Ciudadana.

53.La publicación de la identidad y de fotografías de varias mujeres seropositivas buscadas por la justicia, criticada no solo por el Defensor del Ciudadano sino también por la Secretaria General para la Igualdad, fue ordenada por un fiscal independiente, que actuó de acuerdo con una disposición de la Ley de protección de datos que permite la divulgación de la identidad de un sospechoso cuando el interés público está en juego. El Ministerio de Justicia estudia actualmente si la interpretación de esa disposición fue incorrecta, como afirma el Defensor del Ciudadano.

54.El Sr. Karageorgos (Grecia) dice que los servicios de asilo se han descentralizado y que las solicitudes pueden ahora examinarse en todo el país. En la página web de la policía helénica se puede obtener en varios idiomas información sobre el procedimiento de asilo. Es obvio que no debe privarse de libertad de manera sistemática a los solicitantes de asilo, pero cuando es evidente que una persona no tiene una razón válida para solicitar el asilo y abusa de ese derecho, la detención mientras se examina su solicitud está justificada. Las autoridades griegas no conocen el paradero actual de los ciudadanos argelinos a los que las autoridades turcas expidieron un visado en 2010.

55.En abril de 2004 se publicó el informe sobre la desaparición de unos 500 niños romaníes de origen albanés que habían sido internados en la institución Aghia Varvara, y en 2007 se transmitieron al ministerio público todos los documentos e informaciones disponibles sobre el caso para que adoptase las medidas pertinentes. Hay que reconocer, sin embargo, que desde entonces no se ha hecho nada al respecto. Si bien la situación en los centros de espera situados en las fronteras del país deja que desear, se están realizando esfuerzos considerables para remediar la situación y se está haciendo todo lo posible para que el centro de primera acogida pueda abrir sus puertas en otoño de 2012. Por último, la ejecución de las órdenes de expulsión pronunciadas contra solicitantes de asilo queda en suspenso cuando los interesados las recurren.

56.El Sr. Ioannidis (Grecia), en referencia a los registros corporales, indica que el 40% de la población carcelaria ha sido condenada por un delito grave, como el tráfico de drogas, y que el 50% de los reclusos son o han sido toxicómanos. Por lo tanto, el riesgo de introducción de estupefacientes en las prisiones es muy elevado. Además, se han dado casos de muerte de presos por sobredosis, y sus familias han demandado a la administración penitenciaria. Por todas esas razones, cuando a un preso se le concede un permiso, debe someterse a un registro corporal a su regreso a la prisión.

57.El Sr. Kastanas (Grecia) dice que la gran mayoría de las personas a las que se retiró la nacionalidad griega en aplicación de la disposición abrogada en 1998 han obtenido la nacionalidad de otro país. Aquellas que deseen recuperarla pueden solicitar su naturalización, según dispone la legislación relativa a la nacionalidad. Al igual que otros países europeos, Grecia restringe el acceso a la función pública a sus ciudadanos. Sin embargo, no hay ninguna restricción basada en el origen social o el sexo. En ese sentido, cabe señalar que en Grecia el 80% de los jueces son mujeres.

58.El Sr. Ioannidis (Grecia) explica que los nuevos órganos independientes encargados de examinar las solicitudes de asilo no están todavía operativos porque carecen aún de los recursos financieros y humanos necesarios. Además, los procedimientos de contratación en Grecia son muy largos y se necesita al menos un año para que se nombre a una persona.

59.El centro de readaptación para víctimas de la tortura de Atenas ha tenido que cerrar sus puertas debido a la escasez de fondos. Sin embargo, los hospitales públicos, en particular las instituciones psiquiátricas, están dotadas de estructuras para atender a las personas que sufren secuelas de tortura.

60.Desde 2010 se han aprobado varias leyes para hacer frente a la lentitud de la justicia, pero, como ha señalado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en dos ocasiones, el problema es endémico. El Ministerio de Justicia está tomando medidas legislativas y técnicas para ayudar a los jueces a cumplir sus funciones. En 2011, se presentaron 1 millón de denuncias, lo que es a la vez alentador, ya que muestra que la población está informada de sus derechos y sabe cómo hacerlos valer, y preocupante, pues implica un riesgo de parálisis del sistema. Por lo tanto, se han adoptado medidas para evitar que se abuse del derecho de denuncia. En 2011 se aprobó una ley que autoriza al Fiscal del Tribunal de Casación a dar prioridad absoluta a los casos muy importantes, entre ellos los de tortura.

61.En teoría, es posible conmutar la pena impuesta al autor de actos de tortura por una multa si la pena no es superior a tres años de prisión y el juez considera que existen circunstancias atenuantes. Sin embargo, es muy poco probable que se dé tal situación, ya que un juez no impondría una pena tan leve en un caso de tortura.

62.El Sr. Karageorgos (Grecia) dice que, en espera de que la nueva estructura encargada del asilo entre en funcionamiento, se han creado diez comités competentes para pronunciarse sobre las solicitudes de asilo. Seis de ellos se encargan de revisar las solicitudes presentadas hasta octubre de 2010, y cuatro se ocupan de las solicitudes posteriores a esa fecha.

63.El Sr. Ioannidis celebra el diálogo mantenido con el Comité y dice que las autoridades griegas tendrán debidamente en cuenta sus recomendaciones futuras.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas.