Tipo de centro de enseñanza

A principios del año escolar

Total de alumnos

Total de niñas

Porcentaje de éstas

Observaciones

Escuelas de la enseñanza general y escuelas-internados estatales (total)

1995/1996 2001/2002

1 540 840 1 445 585

768 140 716 764

49,85 49,58

En todo el país

Matrícula de los grados preparatorios y 1 a 3 (4) de la enseñanza primaria

1995/1996 2001/2002

622 337 503 431

303 153 243 810

48,71 48,43

Ídem.

Matrícula de los grados (4) 5 a 9 de la enseñanza básica

1995/1996 2001/2002

769 889 759 834

378 993 370 427

49,23 48,75

Ídem.

Matrícula de los grados 10 a 12 de la enseñanza media

1995/1996 2001/2002

148 614 182 320

85 994 102 527

57,86 86,23

Ídem.

Matrícula de los centros de enseñanza media especial

1995/1996 2001/2002

121 560 155 352

53 587 88 184

44,08 56,76

Estatales En todo el país

Matrícula de los centros de enseñanza superior

1995/1996 2001/2002

174 189 301 753

90 471 172 005

51,94 57,00

Ídem.

Las transformaciones estatales iniciadas y en curso en el sistema de enseñanza abarcan en su conjunto todos los niveles y aspectos y están dirigidas a elevar la calidad de los conocimientos; a desarrollar el potencial creador, moral y espiritual de la nación; a formar en los estudiantes ideales humanísticos, un carácter independiente, y la disposición y capacidad de vivir en un mundo multipolar en constante evolución; y a formar a especialistas altamente calificados y competitivos. Los cambios ocurridos tienen en cuenta los intereses y las exigencias de la niña y la mujer en materia de educación y les garantizan un punto de partida parejo en el proceso de formación de la personalidad y la autorrealización.

El primer nivel del sistema nacional de enseñanza es la enseñanza preescolar, cuyo fin consiste en formar la personalidad e individualidad del niño; el desarrollo físico y psíquico del niño; y la protección y realización de sus derechos. En el país están creadas las condiciones para la escolarización en masa de los niños en la enseñanza y educación preescolar, premisa básica para la realización del derecho a obtener una educación decorosa. Mientras que en 1994 asistían a centros preescolares el 58,5% de los niños, incluido el 35,8% de los niños de las zonas rurales, en el 2000 asistían a la escuela el 70,8% de los niños, incluidos el 46,1% de los niños de las zonas rurales. En el 2000 funcionaban 4.423 centros de enseñanza preescolar, con una matrícula de 390.800 niños. Una de cada dos familias en el país utiliza los servicios de los centros preescolares. El costo de mantener a los niños en centros de enseñanza preescolar asciende a menos del 30% de los gastos de alimentación. A fin de prestar apoyo social a las familias con niños, se prevé por ley una prestación para el pago de la matrícula en centros escolares destinadas a las familias de escasos recursos o con muchos niños; a las familias con niños cuyo desarrollo mental y físico es atípico; a las familias que viven en zonas afectadas por la contaminación radiactiva; así como a las familias que viven en localidades rurales donde se lleva a cabo un control radiactivo periódico. En respuesta a las necesidades de la sociedad y la familia en materia de enseñanza de niños menores de 6 años de edad, en el sistema de enseñanza preescolar se han desarrollado diversos tipos de centros con características especiales y un régimen de trabajo flexible. Del total de centros de ese tipo de enseñanza, 354 son jardines de la infancia; 20 son centros de desarrollo del niño; 21 son centros especializados en el trabajo; 48 son de recreo; 39 son de compensación; 737 son de tipo combinado. Ese grado de diferenciación en la esfera de la enseñanza preescolar se aviene bien a las necesidades de las familias y a los intereses del niño, al tiempo que permite perfeccionar la calidad de los servicios prestados.

El tránsito de la enseñanza general a la enseñanza a partir de los 6 años de edad presupone la preparación de todos los niños de 5 años de edad para su ingreso en la escuela; en el 2000 esa enseñanza preescolar abarcaba a 87.700 niños de 5 años de edad de ambos sexos, lo que ascendía al 85,7% del total de ese grupo de edad. El logro de una matrícula del 100% de niños de 5 años de edad en los cursos preparatorios de la enseñanza escolar es un objetivo real capaz de ser alcanzado en los próximos años. En consecuencia, independientemente del sexo, la situación social y el nivel de ingresos de los padres, a los niños se les garantiza la igualdad de oportunidades iniciales de ingresar en la escuela.

La enseñanza media general en el país consta de tres niveles y abarca la enseñanza primaria (cuatro años), la enseñanza básica (nueve años) y la enseñanza media (11 y 12 años). Es ese nivel de enseñanza está llamada a garantizar la formación espiritual y física de la personal; a preparar la nueva generación para una vida plena en la sociedad; a educar al ciudadano de la República de Belarús; a facilitar su dominio de los fundamentos de las ciencias y de los idiomas estatales; a propiciar el desarrollo de hábitos de trabajo intelectual y físico; y a inculcar convicciones morales, una formación cultural, un gusto estético y un estilo sano de vida.

Prácticamente todos los niños, tanto de las zonas urbanas como las rurales, que arriban a la edad escolar, ingresan en la enseñanza primaria y después en la enseñanza básica.

En el año escolar 2001/2002 en el nivel primario (los grados preparatorios 1 a 3) estudiaban 503.000 niños, de ellos 243.600 niñas (el 48,4% del total). Desglosadas por zonas urbanas y rurales las cifras como sigue: 367.800 niños en las zonas urbanas, de ellos 178.300 niñas (el 48,5% del total), y 135.200 niños en las zonas rurales, de ellos 65.200 niñas (el 48,3% del total). En el nivel básico de la enseñanza general (los grados 4**, y 5 a 9) estudiaban 759.300 estudiantes, de ellos 370.200 niñas (el 48,8% del total). En las zonas urbanas había 562.800 estudiantes, de ellos 275.100 niñas (el 48,9% del total), al tiempo que en las zonas rurales del total de 196.800 estudiantes 95.000 eran niñas (el 48,4% del total).

En total funcionan en el país 4.631 escuelas diurnas de la enseñanza general (con una matrícula de 1.465.769 estudiantes), entre ellas 632 escuelas primarias (18.982 alumnos), 996 escuelas básicas (67.407 alumnos), 2.774 escuelas medias (1.264.098 alumnos), 100 institutos (81.795 alumnos), 25 liceos (11.235 alumnos) 6 complejos docentes de institutos-facultades de nivel superior (2.065 alumnos) y 98 escuelas para niños cuyo desarrollo mental y físico es atípico (20.184 alumnos). En el país funcionan asimismo 12 escuelas de la enseñanza general no estatales con una matrícula de 1.025 alumnos.

En el país se ha concluido el tránsito a una enseñanza de 12 años que comienza a la edad de 6 años. En el presente año escolar la matrícula de los grados preparatorios es de 102.700 niños, de ellos 85.300 niños de 6 años de edad; el 88,1% y el 68,9%, respectivamente, en las zonas urbanas, y el 28,8% y el 25,6%, respectivamente, en las zonas rurales. Para esa categoría de niños se han creado condiciones muy favorables para la enseñanza. La mayoría de los grados preparatorios se ubican en los centros de enseñanza preescolar (el 58,1% del total de alumnos).

La diversidad de centros de enseñanza general, incluidos los institutos, liceos, facultades y el sector no estatal, permite impartir una enseñanza profunda y de carácter especializado y facilitar las opciones de las familias y los niños.

Las reformas y la creación de un sistema de enseñanza de carácter interactivo han contribuido a modificar a fondo los enfoques de la solución de los problemas de cada niño a fin de crear las condiciones óptimas para satisfacer sus necesidades formativas. La materialización de ese principio dio lugar al surgimiento de nuevos modelos de enseñanza especial y a la búsqueda de nuevas formas de prestar servicios a niños cuyo desarrollo mental y físico es atípico. En el país se ha establecido un sistema nacional de enseñanza especial que tiene por objeto facilitar el acceso a la enseñanza en todos los niveles a personas cuyo desarrollo mental y físico es atípico, con arreglo a sus posibilidades por vías positivas para su integración a la sociedad. En el marco de las escuelas de la enseñanza general aumentó el número de aulas integradas para la enseñanza de niños cuyo desarrollo es atípico, y también aumentó el número de niños de esa categoría que estudiaban en los centros de las enseñanzas técnico-profesional, media especializada y superior. Una nueva modalidad de prestar servicios a los niños cuyo desarrollo es atípico y a sus familias son los centros de enseñanza de niños con trastornos del desarrollo. Se trata de un tipo de centro, en que se presta una ayuda docente-correctiva y sociopedagógica a niños discapacitados en sus lugares de residencia. En el marco de esos centros se imparte enseñanza a niños con graves trastornos múltiples que anteriormente se consideraban no aptos para recibir instrucción y quedaban al margen de las actividades educacionales. Hoy día en las distintas regiones de Belarús funcionan 95 centros de enseñanza para niños con trastornos del desarrollo, 3.706 aulas de enseñanza integrada para 7.577 niños, 412 aulas de la enseñanza especial (con 4.547 niños), y 822 centros escolares de prestación de ayuda pedagógico-correctiva (en los que se presta asistencia a 28.820 niños).

El nivel de enseñanza técnico-profesional en la República de Belarús se caracteriza por la accesibilidad, el carácter gratuito de los estudios, la flexibilidad y la concesión de prestaciones sociales a los alumnos. En el país funcionan 248 centros de la enseñanza técnico-profesional en los que cursan estudios 135.800 alumnos, de ellos 50.200 alumnas (el 36,9% del total). A partir de la segunda mitad del decenio de 1990 se registró un aumento de la matrícula en los centros de la enseñanza técnico-profesional, que pasó de 55.200 alumnos en 1995 a 60.000 alumnos en 2001, de ellos un 40% de niñas, lo que representó un aumento del 3% respecto del año anterior. El sistema de enseñanza técnico-profesional es sumamente móvil y flexible y se desarrolla según la demanda del mercado de trabajo y la ejecución de programas dirigidos a mitigar el desempleo, incluso de mujeres. En los centros de enseñanza técnico-profesional se imparte capacitación en 350 profesiones, en un 77% integradas y conjuntas. Actualmente, más del 60% de los centros de enseñanza técnico-profesional funciona como centros docentes de perfil múltiple, donde se imparte capacitación a dirigentes obreros y especialistas de diversos perfiles (especialidades) procedentes de diversos sectores de la economía. Cada año en los centros de enseñanza se imparte capacitación en entre 20 y 30 profesiones integradas a fin de aumentar las oportunidades de que puedan obtener una profesión obrera las niñas, incluidas las que residen en las zonas rurales. Por ejemplo, las niñas que estudian para “amas de hacienda” adquieren por regla general tres de las siete profesiones que se ofrecen: las de horticultora, operaria de ordeño mecánico, operaria de complejos ganaderos y de granjas, auxiliar de laboratorio especializada en análisis químico-bacteriológico, cocinera, costurera y vendedora. Esas egresadas tienen una amplísima gama de oportunidades sociales. Ese sistema es el resultado de la transformación de los centros de enseñanza técnico-profesional en centros superiores de enseñanza técnico-profesional, en liceos profesionales y en facultades técnico-profesionales en los que están creadas las condiciones para obtener una formación media especializada. En 19 facultades técnico-profesionales y en 18 centros superiores de enseñanza técnico-profesional estudian unas 12.000 niñas. En años recientes en los centros de enseñanza técnico-profesional se prevé la preparación de trabajadores en nuevas profesiones que se caracterizan por el empleo preponderante de mujeres, como son las de incrustador (la utilización de paja con elementos de tejido), operario de calculadoras electrónicas y secretario-referencista. En 20 centros de enseñanza se preparan secretarias-mecanógrafas en varias especialidades.

Desde el año escolar 1996/1997 se inició la preparación de técnicos en esferas profesionales como la gestión de empresas, los seguros y la esfera social. Se preparan profesionalmente a trabajadores, fundamentalmente a mujeres jóvenes, como empresarios, agentes de seguros y trabajadores sociales. La profesión de “empresario” se imparte complementariamente a la profesión principal, lo que permite que los egresados se dediquen a la actividad empresarial por cuenta propia.

En más de 120 centros de enseñanza técnico-profesional del país se imparten cursos para desempleados, incluidas mujeres. De ellos 31 centros de enseñanza técnico-profesional en el país se dedican a la formación y readiestramiento en profesiones tales como trabajadores de servicios públicos, el comercio y la alimentación social.

Las niñas cuyo desarrollo mental y físico es atípico, incluidas las inválidas, pueden cursar estudios en centros de enseñanza técnico-profesional del país en 30 profesiones. En la Facultad de economía de la enseñanza técnico-profesional de Mogilev y en el Instituto superior de la construcción de Bobruisk se han creado centros de rehabilitación profesional y social para niños inválidos y niños con trastornos mentales y físicos, donde los niños, incluidas las niñas, no sólo adquieren una preparación técnico-profesional, sino que también reciben rehabilitación médica y social.

En la nueva Lista de especialidades y calificaciones docentes elaborada sobre la base de una integración más profunda y amplia de las distintas profesiones que figuran en la Guía única de tarifas y calificaciones se prevé la ampliación de las oportunidades que tienen las mujeres de obtener una formación técnico-profesional.

Se ha mantenido la red de centros de enseñanza media especializada. Mientras que en 1994 funcionaban en el país 145 centros de ese tipo, en 2001 funcionaban 150. En esos centros estudian 155.300 estudiantes, de ellos el 56% son niñas. Además, existen ocho centros privados de enseñanza media especializada en los que estudian 6.767 alumnos. En los centros de enseñanza media especializada se ha ampliado con cargo al Fondo de empleo el sistema de formación profesional de las desempleadas en nuevas profesiones de muchas perspectivas, como las de comercialización, gestión, auditoría, la banca, el sistema tributario, asesoramiento jurídico básico, la actividad empresarial, la pequeña empresa, la protección del medio ambiente y la utilización racional de los recursos naturales.

En los últimos años se ha desarrollado aceleradamente la enseñanza superior. La matrícula en los centros estatales de enseñanza superior creció de 173.800 estudiantes en 1994 a 301.700 estudiantes en 2001, incluidos los estudiantes que cursan estudios superiores con cargo a fuentes de financiación extrapresupuestarias.

En Belarús existen 301 estudiantes por cada 10.000 habitantes, el más alto índice alcanzado en la historia del país comparable a los índices de los países más económicamente desarrollados de Europa, lo que evidencia la transición a una enseñanza superior en masa. En los centros de enseñanza superior estudian 17.000 niñas, esto es el 57% del total de estudiantes.

En el país los centros de enseñanza superior han sido transformados en universidades y academias. De los 44 centros estatales de enseñanza superior, 24 son universidades, nueve son academias, cinco son institutos, cinco son facultades de nivel superior y una escuela superior. En el país funcionan 14 centros de enseñanza superior y nueve filiales privadas. En esos centros estudian 41.700 estudiantes.

En el cuadro que figura a continuación se presenta un desglose por sexo del personal docente de los centros de enseñanza superior subordinados directamente al Ministerio de Educación.

A fines del año

Total

Mujeres

Porcentaje

Total de profesores y maestros

1995 2001

10 775 13 826

4 702 7 395

44 53

De ellos:

1995

87

Rectores y vicedirectores científicos y docentes

2001

119

9

7

Decanos

1995 2001

165 237

56

23

Jefes de cátedra

1995 2001

744 889

230

26

Profesores pertenecientes a cátedras

1995 2001

480 627

118

19

Desglose por sexo y especialidades de los estudiantes de los centros de enseñanza superior.

2001/2002

Especialidad

Total de estudiantes

Mujeres

Porcentaje

Ingeniería militar

4 692

21

0,45

Humanidades

41 217

26 525

64,35

Ciencias médicas

9 806

6 983

71,21

Ciencias naturales

11 968

6 401

53,48

Pedagogía

51 565

38 242

74,16

Agricultura

16 180

5 206

32,18

Tecnología

60 134

17 232

28,66

Economía

64 431

46 532

72,22

En el país se está creando un sistema de educación en materia de derechos humanos, incluidos los derechos de la mujer, así como de sensibilización en materia de género.

En 1998 en las escuelas de la enseñanza general y los centros de enseñanza técnico-profesional, media especializada y superior se empezó a impartir un curso especializado sobre derechos humanos, incluidos los derechos de la mujer tales y como se exponen en los documentos internacionales. En los centros de enseñanza superior la duración del curso de derechos humanos es de entre 18 y 40 horas, en dependencia de la especialidad de que se trate.

Desde 1995 en el marco del Instituto nacional de enseñanza superior de la Universidad Estatal de Belarús funciona un laboratorio metodológico docente sobre derechos humanos que cuenta con un centro de información y de estudios en materia de derechos humanos y educación cívica.

En el Instituto nacional de enseñanza superior, el Instituto nacional de formación profesional y la Academia de enseñanza de posgrado se imparten cursos especializados sobre los derechos del niño como derechos humanos, derechos humanos, educación cívica, hombre y sociedad, educación en materia de género y las tradiciones, para profesores de los centros de enseñanza superior, los centros de enseñanza media superior, los centros de enseñanza técnico-profesional y las escuelas de enseñanza general, en los que han cursado estudios 236 especialistas docentes en los últimos años.

Diversos aspectos de la enseñanza y la sensibilización en materia de derechos humanos y perspectiva de género están presentes en el contenido de los cursos de elevación de la calificación y readiestramiento de profesores de disciplinas sociales, disciplinas sociohumanitarias básicas, ciencias sociopolíticas, y también de pedagogos sociales, cuya función prevé la explicación de los derechos humanos, los derechos del niño y los de la mujer; la sensibilización en materia de género; y la celebración de consultas con niños y jóvenes. En 2001-2002 se formaron 220 especialistas de ese tipo. Se imparten cursos sobre perspectivas de género como parte de los planes de estudios de la Universidad Estatal de Belarús, del Instituto privado “Envila” para mujeres, en la Universidad Humanitaria Europea, entre otros centros.

Se imparten cursos de elevación de la calificación y readiestramiento en 377 centros de enseñanza. La preparación de trabajadores también se realiza in situ en las empresas. En total en el sistema de elevación de la calificación cur­san estudios más de 500.000 personas, de ellas un 4% de mujeres dirigentes y especialistas.

En 2002 los gastos en la educación ascendieron al 6,9% del producto interno bruto, lo que representa un aumento del 0,2% respecto del nivel de 2001.

Entre los hechos positivos registrados en el sistema de enseñanza que han permitido mejorar la calidad de la enseñanza, incluso la de las niñas, pueden contarse las siguientes:

–La reforma de la enseñanza general (el tránsito a la enseñanza de 12 años, el inicio de la enseñanza a partir de los 6 años de edad, la adopción de la semana lectiva de cinco días y del sistema de evaluación de 10 puntos), lo que ha contribuido a humanizar la enseñanza, a reducir a un mínimo las sobrecargas morales y psicológicas y a preservar la salud de los estudiantes;

–El mantenimiento y la simplificación de la red de centros de la enseñanza preescolar, la enseñanza general, la enseñanza técnico-profesional, la enseñanza especializada y la enseñanza superior; el fomento de un nuevo tipo de centro de enseñanza (centros de desarrollo, institutos, liceos, facultades, entre otros) y de diversas formas de propiedad; la adopción de un régimen de funcionamiento flexible, muy en especial en los centros de enseñanza preescolar, lo que facilita la tarea de los padres y los niños de decidir qué centro es más adecuado teniendo en cuenta sus necesidades; y la elevación de la calidad de los servicios educacionales;

–La accesibilidad y adecuación de los diversos niveles de enseñanza, la conservación de las funciones sociales encaminadas a apoyar y proteger a los alumnos y jóvenes estudiantes en situaciones de vida extremas; el desarrollo de un sistema de enseñanza para niños cuyo desarrollo mental y físico es atípico; y la prestación de ayuda y apoyo sociopedagógicos a los necesitados;

–La reforma del contenido de la enseñanza y de su carácter funcional y práctico, lo que garantiza que los alumnos recibirán una preparación para la vida en la sociedad y para su autodefinición conforme a sus propios recursos;

–El reforzamiento de la tendencia a examinar los problemas de la enseñanza teniendo en cuenta los enfoques de género.

En el cuadro que figura a continuación se presenta un desglose por sexo del personal docente de la enseñanza general.

Los datos corresponden a todos los ministerios:

Al 1° de octubre de 2001

En miles

Mujeres

Porcentaje

Todos los maestros, incluidos los dirigentes administrativos

136,35

113,3

83,1

Entre ellos: Directores de la enseñanza primaria

0,3

0,39

96,7

Directores de la enseñanza básica

1,06

0,56

52,8

Directores de la enseñanza media

3,0

1,47

49

Vicedirectores de la enseñanza básica

0,9

0,8

88,9

Vicedirectores de la enseñanza media

4,8

4,4

91,7

Maestros (sin contar los dirigentes administrativos)

De los grados preparatorios y 1° a 4°

30,9

30,6

99,0

De los grados 5° a 11° (12°)

68,3

59,3

86,8

Maestros de música y canto y de artes plásticas Maestros de dibujo, educación física y enseñanza laboral

24,75

13,75

55,5

En el año escolar 2000/2001, esto es desde el 5 de septiembre de 2000 hasta el 5 de septiembre de 2001, 755 personas abandonaron anticipadamente sus estudios. Entre ellas, no terminaron sus estudios primarios cinco niños (dos en ciudades y tres en zonas rurales), 327 alumnos de la enseñanza media (173 y 154, respectivamente); y 423 alumnos de la enseñanza media superior (258 y 165), respectivamente. Señalamos nuevamente que la estadística de género sólo se introdujo recientemente en el sistema contable de los correspondientes servicios, razón por la cual las cifras que se presentan no se han desglosado por género como se había pedido.

Actualmente en la República de Belarús se presta cada vez mayor atención al desarrollo del sistema de protección de la salud reproductiva de la familia, facilitándole a ésta la posibilidad de valerse, si así lo desea, de la información necesaria sobre planificación de la familia, y también mediante la difusión de conocimientos modernos sobre una conducta reproductiva sana.

Así, pues, de conformidad con el artículo 20 de la Ley de salud pública, en su versión del 11 de enero de 2002, se prevén medidas de planificación de la familia y protección de la maternidad, paternidad e infancia, entre las principales modalidades asequibles de servicios médicos.

En los artículos 33, 34 y 35 de dicha Ley se reglamentan la inseminación artificial, la esterilización y la interrupción artificial del embarazo.

La planificación de la familia y la prestación de servicios de contracepción están a cargo fundamentalmente de los médicos de las consultas de obstetricia y ginecología. De conformidad con la instrucción No. 212 del Ministerio de Salud Pública sobre medidas para robustecer la salud reproductiva, de 22 de junio de 1998, en la mayoría de los consultorios para la mujer se prestan servicios de planificación de la familia. En el segundo hospital ginecológico municipal de la ciudad de Minsk funciona un centro de salud donde la mujer recibe ayuda médica y asesoramiento altamente calificados, muy en especial en materia de planificación de la familia.

En el plan de acción nacional destinado a garantizar la igualdad de género correspondiente al período 2002/2005 también figuran medidas de protección de la salud reproductiva, incluida la ampliación de la gama de servicios que se prestan en materia de planificación de la familia, la educación sexual de los jóvenes y la prevención de las enfermedades de transmisión sexual. Se prevé una serie de medidas de promoción de una conducta responsable de parte del hombre en cuestiones relativas a la salud reproductiva e higiene sexual. En particular, se prevé la realización del Programa de asociación para el alumbramiento que abarca desde la preparación conjunta de los futuros papás y mamás con miras al nacimiento del niño hasta la inauguración de salas de parto familiares. En el plan de acción nacional también se prevén medidas encaminadas a ampliar los servicios de atención de la salud de la mujer a lo largo de toda su vida.

La Oficina del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) en la República de Belarús desempeña un papel importante en la aplicación de las medidas encaminadas a garantizar los derechos reproductivos del hombre y la mujer, incluido el suministro de medios anticonceptivos modernos.

Las organizaciones no gubernamentales de mujeres hacen su aporte a la labor de sensibilización de la población en materia de planificación de la familia. Así, pues, el Movimiento democrático e independiente de mujeres realizó en 2002 un estudio sociológico del comportamiento reproductivo de la población de la República de Belarús, sobre la base de cuyos resultados se publicó una recopilación de artículos sobre la situación demográfica y los derechos reproductivos en Belarús.

Esperanza Express, organización benéfica y social internacional, en colaboración con City Hope International, organización benéfica de los Estados Unidos, lleva a cabo en el país varios programas que abarcan la protección de la maternidad y la infancia y la prevención de la violencia contra la mujer. En el marco del proyecto “Madonna belarusa-siglo XXI” se han creado cuatro centros de información que facilitan el acceso de la población a la información extranjera y nacional sobre la protección de los derechos reproductivos y los fundamentos de la familia y se promueve un estilo de vida sano. Juristas y psicólogos prestan asesoramiento por conducto de una línea caliente y un servicio postal habilitados a esos efectos.

Artículo 11

1.Con arreglo a la Constitución vigente de la República de Belarús, la mujer y el hombre gozan de igualdad de acceso, en dependencia de su capacidad y preparación profesional, a cualquier cargo en los órganos del Estado (artículo 39); del derecho a elegir una profesión, tipo de ocupación y trabajo de acuerdo con su vocación, capacidad, nivel de educación y preparación profesional y teniendo en cuenta las necesidades sociales, así como las condiciones de seguridad y los efectos para la salud de la actividad laboral (artículo 41); del derecho a recibir igual remuneración por trabajo de igual valor (artículo 42); del derecho a la protección de la salud y a la educación (artículo 49); y del derecho a la seguridad social en la vejez (artículo 47).

En el Código del Trabajo que entró en vigor el 1° de enero de 2000 se reglamentan las particularidades de las relaciones jurídicas de la mujer en materia de empleo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Código, los derechos fundamentales del trabajador, sea este mujer u hombre, son como siguen:

1)El trabajo como medio más digno de autoconfirmación del ser humano, lo que significa el derecho a elegir la profesión, el tipo de ocupación laboral y el empleo de conformidad con la vocación, la capacidad, el nivel de educación y la preparación profesional y teniendo en cuenta las necesidades sociales, así como las condiciones de seguridad y los efectos para la salud del trabajo de que se trate;

2)Protección de los derechos económicos y sociales y de los intereses, incluido el derecho a formar sindicatos, a concertar acuerdos colectivos y el derecho a la huelga;

3)Participación en reuniones;

4)Participación en la dirección de organizaciones;

5)Garantía de una remuneración justa por el trabajo realizado de conformidad con su volumen, calidad y valor social, aunque en ningún caso inferior al nivel que garantiza a los trabajadores y sus familias una existencia libre y digna;

6)Receso diario y semanal, incluidos días de descanso en ocasión de feriados y días festivos nacionales y vacaciones de una duración no menor a la establecida en el actual Código;

7)Seguro social, un régimen de pensiones y prestaciones en casos de enfermedad profesional, mutilación en el puesto de trabajo, invalidez y desempleo;

8)No injerencia en la vida privada y el respeto de la dignidad de la persona;

9)Protección jurídica y de otro tipo de los derechos laborales.

En el capítulo 19 del Código del Trabajo de la República de Belarús sobre las particularidades de la reglamentación del trabajo de la mujer y del trabajador con obligaciones familiares, se reglamentan los siguientes aspectos relacionados con los derechos laborales de la mujer:

–Los trabajos en que se prohíbe el empleo de la mujer;

–La prohibición y limitación de los turnos de noche y las horas extraordinarias, de los trabajos durante feriados y días festivos nacionales y las vacaciones y del envío en prestación de servicios de embarazadas y mujeres con hijos menores de 3 años de edad;

–El empleo en trabajos nocturnos y en horas extraordinarias, durante feriados y días festivos nacionales y las vacaciones y el envío en prestación de servicios de mujeres con hijos de entre 3 y 4 años de edad (de hijos inválidos menores de 18 años de edad) sólo se permiten previo consentimiento suyo;

–El traslado de las embarazadas y mujeres con hijos menores de año y medio a trabajos más fáciles;

–La concesión a la mujer de licencias por embarazo y maternidad;

–La habilitación de horarios de receso para la alimentación de un lactante;

–La concesión de un día de descanso complementario.

El Estado crea las condiciones necesarias para el empleo pleno de la población mediante la formulación y aplicación de una política encaminada al logro del empleo pleno y productivo, la protección económica y social de la población en caso de desempleo y el tránsito a la prestación de un apoyo social concretamente a los grupos de población socialmente vulnerables. La reglamentación estatal del mercado de trabajo tiene por objeto impedir que el desempleo adquiera proporciones que puedan provocar conmociones sociales.

El mecanismo de reglamentación del mercado de trabajo en el país está basado en la Ley sobre el empleo de la población de la República de Belarús, en la que se exponen los siguientes principios fundamentales de la política estatal en materia de empleo de la población:

–Creación de igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos aptos para el trabajo del país de ejercer el derecho al trabajo;

–Concesión de prestaciones sociales e indemnización por desempleo;

–Aplicación de medidas encaminadas a prevenir el desempleo en masa;

–Adopción de medidas complementarias que favorezcan la colocación en puestos de trabajo de ciudadanos con capacidad de trabajo disminuida;

–La implantación de un régimen de seguro social en materia de empleo y la realización de actividades especiales dirigidas a colocar en puestos de trabajo a ciudadanos que deseen trabajar.

Los problemas más agudos a que hace frente la mujer se registran en materia de empleo. El desempleo de la mujer sigue constituyendo un problema un grave.

Según cálculos de las oficinas de empleo, a principios de 2002 102.900 personas estaban desempleadas, de ellas 62.000 mujeres (el 60,3% del total).

Las mujeres representan la mayoría de los desempleados inscritos de todos los grupos de edades. Al propio tiempo, en los cinco últimos años se ha registrado la tendencia al aumento del número de mujeres desempleadas en los grupos de edades menores y mayores, y una disminución en los grupos de edades intermedios. Con mayor frecuencia suelen quedar desempleadas las mujeres de entre 20 y 34 años de edad, lo que asciende a 33.200 mujeres (el 47,9% del total). La edad promedio del desempleado en Belarús es de 30,7 años.

Dada la competencia en el mercado de trabajo y la elevación de las exigencias de los contratistas en lo que respecta a la calidad de la mano de obra, la disminución que se observa del nivel de educación de los desempleados entorpece en gran medida los esfuerzos por colocarlos en puestos de trabajo. Por una parte, la mayoría de los contratistas prefieren a los trabajadores que poseen una calificación elevada (como mínimo de la cuarta y quinta categorías) y una mayor experiencia de trabajo; y por otra, el sector del mercado de trabajo bajo la fiscalización de la oficina de empleo se abastece cada vez más de una mano de obra de escasa calificación. Esa tendencia es característica tanto de las desempleadas como de los desempleados.

Al propio tiempo, en comparación con el nivel de educación de los hombres desempleados, el de las desempleadas es superior: el 25,6% posee un nivel de enseñanza superior y medio especializada; el 62,9% posee un nivel de enseñanza media; y el 11,5% posee un nivel de enseñanza media no terminada. En el caso de los hombres, el 16,8% de los desempleados poseen un nivel de enseñanza superior y media especializada, el 64,5% un nivel de enseñanza media, y el 18,7% un nivel de enseñanza media no terminada.

De los desempleados recién registrados, las mujeres constituían el 46,1%, el 75,7% de ellas despedidas por reducciones de plantilla, mientras que sólo el 31,2% habían sido licenciadas a solicitud propia.

La discordancia en materia de calificación profesional de los desempleados y en materia de vacantes tiene consecuencias más negativas para la mujer que para el hombre.

La mujer afronta dificultades más serias con la colocación en un puesto de trabajo, hecho que se refleja tanto en los plazos medios de búsqueda de un empleo como en el número de los que llevan menos de un año procurando hallar empleo. Mientras que los hombres desempleados hallaban empleo con relativa rapidez —en un plazo de 2,2 meses—, en el caso de las mujeres ese período se extendía a 4,4 meses.

En consecuencia, la mujer hace frente a un período de desempleo de 6,9 meses frente al de 5,6 meses en el caso del hombre. De las personas registradas como desempleadas durante más de un año, el 80% de ellas son mujeres. La mayor demora en encontrar empleo es uno de los aspectos de la vulnerable situación de la mujer en el mercado de trabajo.

Han seguido siendo aspectos prioritarios de la política de empleo durante todos estos años la adopción de medidas activas como las que siguen: el fomento de la colocación en empleos de la población desempleada; el desarrollo de la movilidad territorial de la mano de obra; la orientación profesional y la enseñanza profesional; el fomento de la iniciativa empresarial y el apoyo al empleo por cuenta propia de los desempleados; la creación de nuevos puestos de trabajo y el desarrollo del sistema de trabajos sociales; la creación de cuotas en los puestos de trabajo en empresas y en organizaciones para la colocación de ciudadanos no aptos para competir en condiciones de igualdad en el mercado de trabajo (la colocación de incapacitados, jóvenes, mujeres con niños, entre otros); y el pago de seguro social a la población desempleada, entre otras medidas. Esas medidas se llevan a cabo en el marco de los programas nacionales y regionales anuales de empleo de la población. Varias actividades se caracterizan por un componente de género bastante considerable.

Habida cuenta de que existen categorías de ciudadanos que no gozan de adecuada protección en lo que respecta a la colocación en un empleo, en primer lugar las solteras y las mujeres con numerosos hijos menores de edad o con hijos discapacitados, en el país se ha implantado de manera generalizada el sistema de cuotas en los puestos de trabajo.

Con el fin de orientar a las mujeres en la búsqueda activa de empleo, de familiarizarlas con el estado del mercado de trabajo y con las tendencias de su evolución, en los centros de empleo de todo el país se llevan a cabo “ferias de vacantes”, “ferias de especialistas” y “días de puertas abiertas de las empresas”.

Cada año aumenta el volumen de recursos procedentes del Fondo estatal de promoción del empleo que se destinan a crear puestos de trabajo que pasan a ocupar mayoritariamente mujeres.

Una de las medidas más eficaces dirigida a mitigar las consecuencias sociales del desempleo es la impartición de enseñanza profesional a mujeres desempleadas en profesiones que gozan de gran demanda en el mercado de trabajo, incluso para darles la oportunidad de dedicarse al trabajo por cuenta propia. Después de cursada la enseñanza profesional el índice de colocación en empleos de la mujer aumenta considerablemente. Se ha comenzado a organizar activamente la preparación profesional de mujeres a quienes se les garantiza la colocación en un empleo.

En la nueva lista de especialidades docentes basada en una integración más profunda y amplia de las distintas profesiones de la Guía única de tarifas y calificaciones actualmente vigente se prevé la ampliación de las oportunidades de que la mujer obtenga una formación técnico-profesional. Ha aumentado el número de centros de enseñanza técnico-profesional que preparan a trabajadores, fundamentalmente mujeres, en profesiones como las de empresario, agente de seguros y trabajador social. En el sistema de la enseñanza media especializada 18 centros de estudios se dedican a la reorientación de trabajadores en profesiones que se han considerado tradicionalmente propias de mujeres: la contabilidad económica, la actividad empresarial, la esfera del comercio de la alimentación social, la medicina, la cultura, los servicios y las industrias nacionales.

Para las mujeres desempleadas con hijos menores de edad, así como para las que combinan la preparación profesional con cursos nocturnos o por correspondencia, los cursos se imparten en un horario flexible.

A fin de adaptar a las mujeres desempleadas a las condiciones de un mercado de trabajo en constante evolución, las oficinas de empleo les prestan constantemente servicios de orientación profesional y apoyo sociosicológico.

Como parte de las estrategias dirigidas a mitigar las dificultades de la mujer desempleada, a luchar contra la miseria y la pobreza y a ampliar las oportunidades económicas de la mujer, entre los aspectos más importantes figuran el trabajo por cuenta propia y la actividad empresarial.

A fin de fomentar esas formas de empleo, se aprobó en el año 2000 una nueva disposición sobre la prestación de ayuda a los desempleados por parte de los órganos del servicio estatal de empleo en la organización de la labor empresarial y en su desarrollo ulterior. Con arreglo a esa disposición se prevé un aumento de los préstamos, los pagos de indemnización y los plazos de amortización de los préstamos a los desempleados. Además, se establecen un procedimiento y las condiciones de concesión de préstamos a desempleados del sector del trabajo por cuenta propia con medios procedentes del fondo estatal de ayuda al empleo y el apoyo financiero complementario del servicio estatal de empleo por un período de dos años después de registrarse la persona como empresario individual.

De conformidad con el programa estatal de empleo en 2000 se prestó asistencia financiera en la organización de la labor empresarial de 585 mujeres (el 57% del total de las personas que recibieron préstamos y subvenciones). En el 2000 el 35% de los créditos que concedió el Fondo belaruso de apoyo financiero a las actividades empresariales se destinaron a los pequeños empresarios, en su mayoría mujeres. Paulatinamente se viene creando la infraestructura de apoyo y desarrollo de la actividad empresarial, el 15% de cuyos usuarios son mujeres.

Las modalidades fundamentales de actividad empresarial de la mujer son la costura, la producción de tejidos, la actividad de compra y la prestación de servicios públicos (peluquería, masajes curativos y cosméticos, alteración de vestimentas, entre otras).

Se siguió desarrollando el empleo de temporería en la forma de trabajos sociales remunerados, lo que permitió que los desempleados y la población ociosa complementaran sus ingresos y también conservaran y renovaran útiles hábitos de trabajo. En 2000 los centros de empleo concertaron 6.147 contratos con empresas para la realización de trabajos sociales remunerados, lo que permitió que 120.800 personas tuvieran un empleo temporal.

El objetivo fundamental de la política estatal en materia de empleo de la población debe consistir perspectivamente en lo siguiente: racionalizar la estructura de empleo sobre la base del mejoramiento de la calidad de los puestos de trabajo, la elevación de la competitividad del potencial de los especialistas y la existencia de estímulos eficaces al trabajo altamente productivo.

El servicio de inspección estatal del trabajo, junto con los órganos de la fiscalía, vigila constantemente la observancia de las leyes en materia de trabajo y empleo de mujeres. Se presta especial atención al registro en el servicio de empleo de las mujeres embarazadas, las mujeres con hijos menores de 3 años de edad, así como las madres solteras con hijos de entre 3 y 14 años de edad que hayan sido despedidas por sus empleadores para reducir plantillas.

A la hora de aplicar las estrategias de empleo de la mujer, junto con las estrategias de lucha contra la pobreza, debe prestarse apoyo a la ampliación de las oportunidades económicas de la mujer, para lo cual debe preverse lo siguiente:

–Nuevos enfoques del desarrollo de la actividad empresarial, incluida la creación de un entorno propicio para las empresarias, y la facilitación del acceso a fuentes no tradicionales de financiación, ante todo el microcrédito;

–La prestación de ayuda a las mujeres en la ampliación de las oportunidades de obtener medios de vida sostenibles, incluida la facilitación del acceso de la mujer a la preparación profesional, a tecnologías más modernas, a la correspondiente información, a la tierra y a otros recursos naturales.

Sigue siendo compleja la situación relativa al empleo de la mujer en condiciones de trabajo poco propicias. Trabajan en condiciones incompatibles con las normas sanitarias e higiénicas 420.700 personas (el 25,7% de todos los empleados en la producción), entre ellas 132.400 mujeres (el 31,9% del total de personas empleadas en puestos de trabajo en los que se incumplen las normas sanitarias e higiénicas establecidas). No obstante, en diversas ramas de la economía el empleo de la mujer en la producción en condiciones nocivas no es igual en todas partes y depende del grado de generalización del trabajo femenino en cada rama. Hoy día la proporción de mujeres que trabajan en la industria en condiciones nocivas asciende al 31%; en la industria química y petroquímica, al 41,1%; en la industria ligera, al 68,1%; en la industria de cueros, peletería y la producción de calzados, el 57,2%; en la industria químico-farmacéutica, el 69,4%; en la industria poligráfica, el 57,85; y así sucesivamente. Entre los factores de producción nocivos más generalizados que afectan a la mujer trabajadora se cuentan el elevado nivel de ruido, el polvo y las emisiones (sustancias químicas nocivas) presentes en el entorno de trabajo.

Claro está, los factores de producción nocivos afectan negativamente la salud de las mujeres: se registra una tendencia al crecimiento del número de enfermedades profesionales, así como de enfermedades que provocan la pérdida temporal de la capacidad de trabajo. Los índices de padecimientos que producen la incapacitación temporal de la mujer son superiores en un 18% al 20% que los de sus colegas hombres que trabajan en las mismas condiciones.

Se han observado algunos cambios positivos en lo que respecta a la solución de ese problema. En cumplimiento de la resolución del Comité Estatal del Trabajo de la República de Belarús, de 29 de junio de 1994, sobre la lista de trabajos pesados y trabajos en condiciones nocivas en los que está prohibido emplear a la mujer, en las empresas de diversas ramas de la economía, comenzó a liberarse a la mujer de los trabajos pesados y nocivos.

La Disposición No. 111 del Ministerio del Trabajo, de 8 de diciembre de 1997, relativa a las normas de izaje y traslado manuales de cargas pesadas por mujeres también tiene por objeto propiciar condiciones de trabajo saludables y seguras para las trabajadoras en las empresas y organizaciones tanto del sector público como del sector privado. En ella se dispone que a la hora de la elaboración de la documentación relativa a proyectos de instalaciones que se construyen y se reconstruyen a partir del 1° de enero de 1998, deberán aplicarse nuevas normas máximas. En esa misma disposición se prevé que durante el período 1998-2003 los trabajos en los que se emplea a mujeres serán totalmente mecanizados.

Para los que trabajan en la producción nociva, incluidas las mujeres, en la República de Belarús está establecido un sistema de prestaciones e indemnizaciones. Se trata ante todo de pensiones, vacaciones adicionales, horarios de trabajo reducidos, una alimentación con fines curativos y preventivos, entre otros.

Aproximadamente la mitad de las mujeres empleadas en actividades con condiciones de trabajo nocivas tienen derecho a recibir pensiones anticipadas.

El servicio de inspección estatal del trabajo, junto con otros órganos, incluida la fiscalía, vigila sistemáticamente la forma en que se cumplen la legislación en materia de trabajo y empleo y las normas de seguridad e higiene del trabajo de las trabajadoras. Según los resultados de las verificaciones, se adoptan las medidas pertinentes, incluida la aplicación de sanciones contra empleadores y el personal de dirección.

El estado de las condiciones de trabajo y los traumatismos y enfermedades que padecen las trabajadoras se siguen de cerca en el marco de la labor de vigilancia sociolaboral que se conforme a la sección titulada “condiciones y protección del trabajo”. De acuerdo con los resultados obtenidos se elaboran propuestas para mejorar las condiciones de trabajo y disminuir los casos de traumatismos y enfermedades de las trabajadoras. Para analizar la situación y elaborar las medidas necesarias de prevención de los traumatismos en la producción y las enfermedades profesionales de la mujer se ha elaborado una nueva forma de rendir cuentas de la incapacidad temporal, los traumatismos en la producción y las enfermedades profesionales.

A la hora de garantizar la igualdad de derechos y de oportunidades para el hombre y la mujer un papel importante lo desempeña la paridad en la remuneración. Conforme al artículo 42 de la Constitución de la República de Belarús, las mujeres y los hombres, ya sean adultos o menores de edad, tienen el derecho a recibir igual remuneración por el trabajo de igual valor. Además de la Constitución, en el Código del Trabajo y en varias otras leyes y documentos normativos se garantiza la remuneración igual del hombre y la mujer en dependencia de la antigüedad en el puesto de trabajo y la complejidad e intensidad de los trabajos realizados.

Se ha disminuido la diferencia media en el país entre la remuneración del hombre y la mujer durante el período de transición. Mientras que en 1992 la remuneración media de la mujer representaba el 78,4% de la correspondiente remuneración del hombre, en el 2000 esa proporción había aumentado al 81%.

2.Partiendo del hecho de que la protección de la maternidad, la paternidad y la infancia se considera un objetivo prioritario, el Estado adopta medidas especiales encaminadas a proteger a las embarazadas y a las mujeres con niños.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 268 del Código del Trabajo, se prohíbe denegarles a las mujeres un contrato de trabajo o reducirles el sueldo por razones relacionadas con el embarazo o por la presencia de niños menores de 3 años de edad, y en el caso de las madres solteras por la presencia de un niño menor de 14 años de edad (si fuera un niño discapacitado, el límite sería los 18 años de edad). En caso contrario, los empleadores están obligados a comunicar por escrito los motivos por los que se ha denegado un contrato de trabajo a dichas categorías de trabajadoras. La decisión de un empleador de denegar un contrato de trabajo puede ser apelado ante un tribunal. Se establece responsabilidad penal —hasta un año de trabajo reeducativo o despido del cargo— por la negativa de dar empleo o despedir de un trabajo a una mujer por estar embarazada, e igualmente por la negativa a dar empleo o por despedir del trabajo a una madre lactante (artículo 136 del Código Penal).

Se prohíbe la disolución por iniciativa de un empleador de un contrato de trabajo con una mujer embarazada o una mujer con hijos menores de 3 años de edad, salvo en los casos de liquidación de empresas, instituciones y organizaciones o la cesación de la actividad del empresario. En el caso de las madres solteras con hijos entre las edades de 3 y 14 años (discapacitados, menores de 18 años de edad), la disolución de un contrato de trabajo por iniciativa del empleador se permite en caso de liquidación de una empresa, institución, u organización o la cesación de la actividad del empresario, y también por causas previstas en otras disposiciones de la legislación laboral (artículo 268 del Código del Trabajo).

En el artículo 264 del Código del Trabajo se dispone que por dictamen médico a las embarazadas se les reducen las normas de producción o de servicios o se trasladan a otro empleo más fácil y libre de los efectos de factores productivos poco satisfactorios, conservando a la vez el salario medio del empleo anterior.

Mientras se reubica a la embarazada por dictamen médico en otro trabajo más fácil y libre de los efectos de factores productivos poco satisfactorios, ésta tendrá derecho a ausentarse del trabajo devengando, a costa del empleador, el salario medio por todos los días hábiles perdidos como consecuencia del traslado.

En el caso de que no les sea posible realizar el trabajo anterior, las mujeres que tengan hijos menores de 1 año y medio se trasladan a otro empleo, conservando el salario medio del empleo anterior hasta que el niño alcance la edad de año y medio (artículo 264 del Código del Trabajo)

En el nuevo Código del Trabajo se mantienen las disposiciones que rigen la concesión de una licencia de maternidad y por parto de una duración de 70 días comunes antes del parto y 56 días comunes (en el caso de partos complejos o 70 días comunes en el caso del nacimiento de dos o más niños), después del parto con el pago durante ese período de una prestación de ayuda social estatal (artículo 184). El monto de las prestaciones de maternidad y por parto se reglamentan en la Ley sobre las prestaciones estatales a las familias con niños, en la versión del 19 de marzo de 2002 (artículo 6). En particular, en la Ley se prevén el aumento del monto mínimo de la prestación hasta un 50% del mínimo vital per cápita, efectivo en cada mes de licencia de embarazo y por parto, y la limitación de la cuantía máxima de la prestación al triple del monto medio del sueldo de los trabajadores y empleados del país.

De conformidad con el artículo 185 del Código del Trabajo, independientemente de la antigüedad en el puesto de trabajo, a petición de la mujer se le otorga una licencia social para cuidar personalmente de un hijo hasta que éste alcance a la edad de 3 años, con el pago durante ese período de una prestación estatal mensual.

La licencia para cuidar personalmente de un niño hasta que éste arribe a la edad de 3 años se concede íntegramente o por partes a la madre del niño o, a juicio de la familia, al padre trabajador o a otros familiares que se encargan efectivamente del cuidado del niño. Durante el tiempo que dure la licencia para cuidar de un niño se conserva el puesto de trabajo (el cargo).

El tiempo que dure la licencia para cuidar personalmente de un niño se tiene en cuenta para calcular la antigüedad del trabajador, así como para la antigüedad en la especialidad, la profesión o el cargo.

Como parte del perfeccionamiento de la legislación se intenta pasar paulatinamente de la prestación prevista para la mujer en la legislación laboral a la formulación de garantías estatales en relación con el nacimiento de los hijos, que amplíe los derechos de los padres trabajadores a participar por igual en la educación de los hijos, sin que por algún motivo pierdan vigencia aquellas garantías directamente vinculadas con el cumplimiento por la mujer de su función reproductiva.

El desarrollo de una red de centros preescolares infantiles, a la par con la educación e instrucción de niños de edad preescolar, permite que las mujeres puedan conjugar la actividad profesional y la capacitación con el cumplimiento de las obligaciones hogareñas y familiares. Actualmente en el país funcionan 4.454 centros de ese tipo, con una matrícula de 403.000 niños (el 70% del total de niños de edad preescolar). El índice de matriculación de los niños en la enseñanza preescolar es el más elevado en toda la historia del país, logro que obedece a la aplicación de una política concreta, incluida la formulación de un mecanismo asequible para los padres de matriculación sin cargo alguno en jardines de la infancia y creches. Actualmente las instituciones preescolares están orientadas al trabajo con grupos descentralizados de niños de diversas edades, con grupos de niños de composición permanente o temporal y con un régimen de trabajo flexible y a la prestación de ayuda en la educación de niños de edad preescolar en sus hogares. Todo esto permite que la familia, y ante todo las madres, puedan optar por la variante más conveniente de educación preescolar y les ofrece a esas madres nuevas oportunidades para desarrollarse y elevar su condición profesional y social.

A fin de facilitar la conjugación por la mujer de sus obligaciones profesionales y familiares de conformidad con el artículo 265 del Código del Trabajo, a las madres con como mínimo tres hijos menores de 16 años de edad y a las madres solteras con dos o más hijos menores de 16 años de edad, se les concede un día libre a la semana y perciben un monto equivalente a un salario diario medio.

En la legislación vigente en la República de Belarús se prevén medidas para estimular al hombre a que comparta con la mujer la responsabilidad como padre de educar a sus hijos.

De conformidad con los artículos 185 y 271 del Código del Trabajo de la República de Belarús, a la madre de un niño, o a juicio de la familia, al padre trabajador o a otro familiar encargado de cuidar del niño, se le concede una licencia para cuidar personalmente del niño hasta que éste alcance los 3 años de edad. Al propio tiempo, a la persona que cuida del niño hasta que cumple los 3 años de edad se le concede una subvención estatal mensual. De conformidad con la Ley sobre subvenciones estatales a las familias con niños, la subvención para cuidar de un niño hasta los 3 años de edad se concede a la madre, al padre o al tutor que se encuentre de licencia para cuidar de un niño; a la mujer que se ha desvinculado de un centro de producción para dedicarse a los estudios; a la mujer militar; y a la funcionaria y la dirigente de los órganos del orden público, por un monto equivalente al 35% del presupuesto mínimo de consumo de una familia de cuatro personas, al precio vigente en septiembre del año anterior; a la mujer desempleada (incluida la mujer que cuida de un hijo discapacitado hasta la edad de 18 años, y que se considera desempleada), por un monto equivalente al 20% del presupuesto mínimo de consumo de una familia de cuatro personas, a precios vigentes en septiembre del año anterior.

A petición de la madre del niño, del padre o de otros familiares del niño que se encargan de cuidar efectivamente a éste, durante la licencia para cuidar personalmente de un niño pueden trabajar en su puesto de trabajo o en otro puesto de trabajo como trabajador a tiempo parcial (como máximo la mitad de la norma de horas mensuales) y en el hogar sin perder la subvención estatal mensual (artículo 185 de la Cuarta Parte del Código del Trabajo de la República de Belarús). En dicho caso, estas personas conservan el derecho a recibir el monto total de la subvención. En el caso de que se interrumpa la licencia para cuidar de un niño menor de 3 años de edad por haberse reanudado la jornada completa de trabajo o como trabajador temporal, o también en caso de que se matricule al niño en un centro de enseñanza preescolar, se paga el 50% de la subvención establecida.

Además, de conformidad con la Disposición No. 593 de 27 de mayo de 1997 o sobre el otorgamiento y pago de un día libre a la semana a la madre con tres o más hijos o un hijo discapacitado hasta que éste arribe a la edad de 16 años, así como a la madre soltera con dos o más hijos de esa misma edad o al padre que tiene a su cargo dos o más hijos sin la madre hasta la edad de 16 años, se les concede un día a la semana de licencia si reúnen los mismos requisitos que las anteriores categorías de madres.

De conformidad con la Ley de pensiones de la República de Belarús, los padres con hijos discapacitados (desde la infancia) de como mínimo 8 años de edad hasta la mayoría de edad, tienen el derecho a recibir una pensión por edad hasta que arriban a los 55 años de edad y con una antigüedad mínima en el empleo de 25 años, en caso de que la madre del niño discapacitado (desde la infancia) no ejerza el derecho que le corresponde a recibir una pensión por edad por cuidar de un hijo discapacitado y renuncie a ese derecho en favor del padre o no ejerza el derecho a recibir una pensión de acuerdo con los requisitos mencionados a causa de su muerte.

Con arreglo al artículo 271 de la Cuarta Parte del Código del Trabajo de la República de Belarús, las prestaciones que se otorgan por ley a la madre trabajadora, que se hacen extensivas al padre que tiene a su cargo hijos sin la madre (por haber fallecido ésta, por haberse visto privada de sus derechos maternales, haber sido internada en una institución hospitalaria por más de un mes, y por otras razones).

Las solicitudes de la familia, los padres trabajadores y las trabajadoras se tramitan por conducto de un sistema de servicios socioeconómicos, médico-sociales, psicológicopedagógicos, sociojurídicos y de servicios públicos.

En años recientes también se amplió la infraestructura de servicios sociales. Han surgido instituciones de nuevo tipo que prestan diversos servicios sociales a la población. El desarrollo ulterior de la infraestructura social, y la introducción de nuevas formas de servicios, no cuentan con el necesario apoyo jurídico normativo. Se ha creado la necesidad objetiva de contar con una base jurídica para poder reglamentar el sistema de servicios sociales. Con el fin de apoyar normativamente ese proceso, por el Decreto No. 1136 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 21 de junio de 1998, se aprobó el Reglamento modelo del Centro territorial de servicios sociales de la familia y la infancia.

La labor de los órganos de seguro social la complementan las actividades de los órganos de educación y los comités de asuntos de la juventud. Reaccionando adecuadamente a los procesos que transcurren en la familia, el Ministerio de Educación adopta medidas para activar el componente sociopedagógico de la labor de los órganos de la educación. Se asigna prioridad a la protección de los derechos del niño y al trabajo con las familias difíciles y problemáticas. A ese fin, se habilita el servicio psicológico, se crean centros de diagnóstico y rehabilitación y de otro tipo y se presta asesoramiento psicopedagógico. En todos los tipos de centro de enseñanza se ha creado el cargo de pedagogo social.

A fin de ayudar a la familia se ha perfeccionado el mecanismo orgánico-pedagógico para crear grupos descentralizados y de edades distintas, facilitar la labor de los centros de enseñanza preescolar con un régimen flexible de contingentes de niños a tiempo completo y parcial y prestar ayuda en la educación en el hogar de los niños de edad preescolar. A modo experimental se elabora un nuevo modelo de enseñanza preescolar: el jardín de la infancia —complejo sociopedagógico abierto. Se mantiene funcionando la red de centros de enseñanza preescolar cuya labor ha alcanzado un nuevo nivel cualitativo. Se han ampliado considerablemente las funciones sociopedagógicas de los centros preescolares. Éstos trabajan con niños discapacitados y adolescentes con dificultades; llevan a cabo una labor caritativa y de patronato; celebran días de la familia, la madre y la persona de edad; y llevan a cabo actividades para los niños y sus padres.

Se ha elaborado un programa interinstitucional nacional para organizar el trabajo con los niños, los adolescentes y jóvenes en sus lugares de residencia. En los comités de asuntos de la juventud de los Comités ejecutivos provinciales (municipales y de distrito) se han creado 11 centros, donde trabajan 143 especialistas dedicados al trabajo con los niños y los jóvenes en sus lugares de residencia.

Artículo 12

La protección de la salud de la mujer y la prestación a ésta de diversos tipos de servicios médicos se realiza en el marco del sistema general de órganos e instituciones de salud pública. La organización y prestación a las mujeres de todo tipo de ayuda y servicios médicos se reglamentan en las siguientes leyes fundamentales y disposiciones del Gobierno de la República de Belarús:

1)Ley sobre salud pública;

2)Ley sobre los derechos del niño;

3)Ley sobre seguridad demográfica de la República de Belarús;

4)Programa presidencial “Niños de Belarús”;

5)Plan de acción nacional para garantizar la igualdad de género en el período 2001-2005;

6)Aspectos fundamentales de la realización de la política demográfica habida cuenta del desarrollo sostenible de la economía en el período de transición;

7)Programa nacional “Salud de la nación”;

8)Programa nacional “Juventud de Belarús” para el período 2000-2003.

Tradicionalmente en el país se asigna una importancia prioritaria a la salud reproductiva de la mujer y a aquellos años de su vida en que se hallan en edad de procrear. Al propio tiempo, en años recientes se llevan a cabo medidas encaminadas a ampliar los servicios de salud a la mujer durante toda su vida, con hincapié en el robustecimiento de la salud reproductiva de los adolescentes y la salud de la mujer durante la menopausia.

La demanda de la población femenina de ayuda médica y de servicios obstétricos se atiende en las instituciones de atención y prevención del país, donde se han habilitado 6.238 camas para partos (6,3 por cada 10.000 habitantes) y 5.217 camas para servicios ginecológicos (5,2 por cada 10.000 habitantes). Se prestan servicios ambulatorios en más de 200 consultorios para la mujer. En las instituciones médicas del país trabajan 2.614 obstetra-ginecólogos y más de 6.000 parteras, si bien la disponibilidad de médicos en las zonas de población eminentemente rural es entre dos y tres veces inferior a la de las zonas urbanas.

De conformidad con la Ley sobre salud pública, los servicios médicos a la mujer son gratuitos.

En prácticamente todas las provincias se han aprobado programas regionales de robustecimiento de la salud reproductiva. Se ha organizado un sistema de niveles múltiples de prestación de servicios prenatales que permite que se brinden servicios de obstetricia en importantes centros a las embarazadas con enfermedades graves, a las parturientas y a los recién nacidos que necesitan terapia intensiva y reanimación. En el año 2000 en 30 importantes centros de maternidad ocurrió cerca del 70% de todos los nacimientos en ese año (en 1990 fue el 56%). Las unidades de maternidad adoptan paulatinamente el sistema del ingreso conjunto de la madre y el niño, al tiempo que se brinda amplia información y se apoya la lactancia materna. En la protección de la salud reproductiva se tiene cada vez más en cuenta la perspectiva de género: desde la preparación conjunta de los futuros mamás y papás en lo que respecta al nacimiento del niño hasta la inauguración de salas de maternidad para la familia. A fin de atender a las parejas infecundas, en cada centro provincial y en la ciudad de Minsk se han abierto consultorios donde se tratan problemas del matrimonio y la familia, mientras que en el país también funcionan dos centros de inseminación in vitro.

En 2000 las mujeres representaban el 53,1% de la población de la República de Belarús. Según el desglose por edades de la población femenina, el 50% son mujeres en edad de procrear (entre 15 y 49 años de edad), al tiempo que en 1994 esa categoría abarcó el 46% de la población femenina. Pese a la proporción relativamente elevada de mujeres en edad de procrear, sigue disminuyendo el índice de natalidad (en 1990, fue 13,9; en 1995 de 9,8; en 2000, de 9,4 y en 2001, de 9,2 por cada 1.000 habitantes).

Uno de los aspectos importantes de la protección de la salud de la mujer y del niño consiste en la remisión oportuna de las embarazadas a las consultas de obstetricia y ginecología. Al propio tiempo, se estableció en el país el pago de una subvención de estímulo a las mujeres embarazadas que asistían a las consultas de obstetricia y ginecología antes de cumplirse las 12 semanas de gestación y que cumplían rigurosamente las recomendaciones de los médicos. Como consecuencia, aumentó el número de mujeres que se inscribían en las primeras etapas del embarazo. En 2001 de todas las embarazadas el 91,7% comenzó a recibir tratamientos en los consultorios de mujeres antes de cumplirse las primeras 12 semanas de gestación (en 1990 fue el 81,3%), y fueron atendidas por un terapeuta el 98% de las embarazadas. En el 63,3% de las embarazadas se detectaron diversas enfermedades (en 1992 fue el 53,7%), entre ellas la anemia en un 30,4% (en 1985, en un 16%); enfermedades del sistema genito-urinario en un 13%; trastornos del sistema circulatorio en el 10%; y trastornos de la glándula tiroides en el 19,3% de las embarazadas. Durante 2001 se produjeron 92.019 partos, el 16,3% de ellos por cesárea (en 1990 el 7,5%). Nacieron vivas 92.816 criaturas, de ellas el 4,8% con un peso inferior a los 2.500 gramos.

En 2001 fallecieron 838 niños menores de 1 año, con lo cual el índice de mortalidad infantil alcanzó el 9,1% por cada 1.000 nacidos vivos. Por complicaciones del embarazo, el parto y el período posnatal fallecieron 12 mujeres, con un índice de mortalidad derivada de la maternidad de 12,9 por cada 100.000 nacidos vivos.

En años recientes la elevada morbilidad de las embarazadas influye en la elevada morbilidad de los recién nacidos, que ha aumentado desde 1990 en más de dos veces y asciende a 270 casos por cada 1.000 nacidos vivos. La introducción de modernas tecnologías perinatales conjuntamente con la adopción de una serie de medidas de protección de la salud de las embarazadas han permitido estabilizar la situación y disminuir los índices de mortalidad infantil, perinatal y derivada de la maternidad, si bien la salud de los recién nacidos y los lactantes sigue siendo motivo de preocupación.

1990

1993

1995

1997

2000

2001

Mortalidad derivada de la maternidad (por cada 100.000 nacidos vivos)

21,8

20,4

13,8

25,7

21,3

12,9

Mortalidad perinatal (porcentaje)

12,5

10,1

12,2

10,3

7,4

6,9

Mortinatalidad (porcentaje)

6,7

5,05

6,3

5,8

4,3

4,3

Mortalidad neonatal temprana (porcentaje)

5,8

5,05

5,9

4,5

3,1

2,6

Mortalidad neonatal (porcentaje)

7,6

7,2

8,3

7,0

4,7

3,9

Mortalidad infantil (porcentaje)

11,9

12,5

13,3

12,4

9,3

9,1

En años recientes en el país se presta una atención especial a los problemas relacionados con la salud reproductiva y las medidas para su protección y mejoramiento. Entre los problemas más importantes de la salud reproductiva se cuentan las infecciones de transmisión sexual, incluidos el virus de la inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA) y los abortos.

En Belarús, como en otros países, más de la mitad de los casos de infecciones de transmisión sexual son de jóvenes entre las edades de 15 y 24 años, edades en las que el conocimiento de esas infecciones es muy limitado. Son muchas las causas de esa situación negativa. En primer lugar las sociales, concretamente: la elevada migración; la disminución del nivel de vida de la población; la propagación de la prostitución y la pornografía; los cambios registrados en los principios morales de la sociedad; la difusión de las relaciones sexuales anteriores al matrimonio, muy en especial de los jóvenes; la ausencia de un sistema de educación sexual; y la incapacidad del sistema de salud pública de satisfacer la demanda de la población en materia de protección de la salud reproductiva e higiene sexual.

Una de las infecciones de transmisión sexual que se registran en el territorio de Belarús es la sífilis. La mayor incidencia de sífilis se registró en 1996, un total de 21.616 casos, lo que representa 209,7 por cada 100.000 habitantes. Desde 1997 se observó una tendencia a la estabilización y a la disminución paulatina de la incidencia de sífilis, pero en 2001 ya se han registrado 8.024 nuevos casos de sífilis, un índice de infección bastante elevado que supera con creces el de los países desarrollados. Según los datos estadísticos oficiales en Belarús la incidencia de sífilis supera todas las enfermedades de transmisión sexual, al alcanzar el 30% del total. Uno de los rasgos característicos de la infección de sífilis es el aumento de su incidencia en los habitantes de las zonas rurales.

La incidencia de sífilis en los adolescentes (15 a 19 años de edad) supera en dos veces la incidencia de enfermedades generales de la población. De los nuevos casos de sífilis registrados en los adolescentes, en el 70% a 75% de los casos se trata de niñas infectadas. Esa situación obedece también a que muchas niñas tienen escasa autoestima, no saben proteger su dignidad y a menudo se ven obligadas a tener relaciones sexuales tanto con jóvenes de su edad como con adultos.

La disminución que venía registrándose desde hace cuatro años en la incidencia de gonorrea se detuvo en 1999 y en 2001 se registraron 8.579 nuevos casos de esa enfermedad. La incidencia de gonorrea en los adolescentes también supera con creces la incidencia de enfermedades generales de la población. Se ha registrado un aumento anual de la incidencia de otras enfermedades de transmisión sexual en la población. Así pues, en 1998 se registraron 35,6 casos por cada 100.000 habitantes de clamidiosis urogenital, 48,9 casos en 1999 y en el 2000 ya se alcanzó la cifra de 79,9 por cada 100.000 habitantes. En ese mismo período se registraron entre 66,7 casos y 112,8 casos de ureaplasmosis por cada 100.000 habitantes, al tiempo que la incidencia de gardenerella vaginalis aumentó de 32,8 hasta 124 casos por cada 100.000 habitantes. El total general de casos de enfermedades de transmisión sexual registrados oficialmente superó los 70.000, si bien la propagación real de ese tipo de enfermedad es mucho mayor. Como mínimo un 50% de los casos de enfermedades de transmisión sexual son de jóvenes menores de 30 años de edad.

Hasta 1996 Belarús se contaba entre los países de baja incidencia de infección del VIH, al registrarse cada año entre 5 y 20 nuevos casos. A principios de 1996 se registraron 113 casos de infección del VIH. En 1996 se produjo una explosión de la infección del VIH entre los narcómanos usuarios de jeringuillas en el distrito de Svetlogorsk de la provincia de Gomel. En total en 1996 se registraron 1.021 casos de infectados del VIH. En años posteriores se registraron los siguientes casos de VIH: en 1997, 653 casos, en 1998, 554 casos, en 1999, 411 casos, en 2000, 527 casos, y en 2001, 1.952 casos. En consecuencia, al 1° de junio de 2002 en Belarús se habían registrado 4.422 casos de infección del VIH, lo que equivale a 45,0 casos por cada 100.000 habitantes.

Durante todo el período en que vienen registrándose en Belarús casos de VIH, han fallecido 229 infectados del virus, entre ellos 28 personas fallecidas a causa del SIDA (24 adultos y 4 niños).

En el desglose por edades de los infectados del VIH predominan los jóvenes (menores de 30 años de edad), un 80,8%, de los cuales los jóvenes menores de 20 años representan el 16,6%. En el período comprendido entre 1997 y 2001 nacieron de madres infectadas del VIH 170 niños, de los cuales 20 han sido diagnosticados con la infección del VIH.

La abrumadora mayoría de los infectados del VIH se encuentran en estado asintomático. La infección se transmite preponderantemente a través de la sangre (el 78,4%) asociada con el consumo de estupefacientes por vía intravenosa. Sigue creciendo la transmisión sexual del VIH: en 1996 la transmisión sexual del VIH representó el 7,7%, en 1999, el 30,5% y en 2001, el 21,6%. Se amplía la distribución geográfica del VIH. Mientras que en 1996 los casos de VIH circunscribían fundamentalmente a la provincia de Gomel, actualmente se registran casos de infección del VIH en más de 35 distritos del país.

Uno de los problemas más graves en lo que respecta a la salud reproductiva son los abortos.

En Belarús los abortos son legales. Por decisión de la mujer se realiza la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación. Entre las 13 y 22 semanas de gestación puede realizarse la interrupción del embarazo en condiciones especiales (por razones médicas —una grave enfermedad—, y sociales, por tratarse de una menor de edad, por un caso de violación, entre otros). La interrupción del embarazo por razones médico-genéticas (al detectarse en el feto un defecto congénito del desarrollo incompatible con la vida) puede realizarse tan pronto se detecte el defecto y teniendo en cuenta el estado de salud de la mujer.

Si bien en Belarús el número de abortos realizados en los últimos 10 años ha disminuido en casi 2 veces y media, Belarús, igual que Rusia y otros países miembros de la Comunidad de Estados Independientes, se cuenta entre los países con una elevada incidencia de abortos. La interrupción artificial del embarazo sigue siendo el método fundamental de control de la natalidad.

Incidencia de abortos en Belarús

(Según datos de los centros perinatales)

Años

Total de abortos (médicos y por absorción al vacío)

Número de abortos por cada 1.000 mujeres en edad de procrear

Número de abortos por cada 100 nacidos vivos

1990

247 266

101,3

173

1995

186 680

72,6

184

1998

141 051

52,3

152

1999

130 788

45,7

138

2000

116 345

44,0

123

2001

95 954

36,1

103

Incidencia de abortos desglosados por edades

(Porcentaje)

Edad/años

15-19 años

20-24 años

25-29 años

30-34 años

35-40 años

40 años como mínimo

Total

1995

7,0

26,2

28,0

20,6

12,6

5,6

100

1998

10,0

25,5

25,0

20,0

13,8

5,7

100

2000

9,0

25,5

25,5

20,1

13,4

6,2

100

2001

9,2

25,8

25,2

19,8

13,6

6,4

100

Un problema sumamente grave en lo que respecta a la calidad de la salud reproductiva lo constituye el embarazo en la adolescencia, muy en especial los abortos y la procreación a esta edad. La incidencia de embarazos en la adolescencia en la mayoría de los países de Europa oriental oscila entre 5 y 25 por cada 1.000 niñas entre las edades de 15 y 19 años, mientras que en Belarús se registraron las siguientes cifras: en 1995, 74 por cada 1.000 niñas, en 1998, 67 por cada 1.000 niñas, en 1999, 60 por cada 1.000 niñas, y en 2000, 54 por cada 1.000 niñas entre las edades de 15 y 19 años, lo que representa uno de los índices más altos de la región.

Las causas fundamentales de que sigue siendo elevada la incidencia de abortos son las siguientes: un escaso nivel de información de la población en materia de relaciones sexuales, y protección de la salud reproductiva y métodos anticonceptivos modernos; la escasa calidad de los servicios de planificación de la familia; una actitud insuficientemente responsable por parte de la mayoría de las mujeres respecto de su propia salud; una conducta poco responsable de los hombres en cuanto a la necesidad de evitar el embarazo no deseado de su pareja; y el precio elevado de los anticonceptivos hormonales y su escasez periódica en las redes de farmacias.

Utilización de anticonceptivos femeninos

1995

1997

1999

2000

Número de mujeres que utilizan espirales intrauterinos

705 692

669 969

637 448

612 418

Por cada 1.000 mujeres en edad de procrear

272

252

241

231

Número de mujeres que utilizan anticonceptivos hormonales

163 146

196 754

184 175

207 080

Por cada 1.000 mujeres en edad de procrear

63

74

70

78

Incidencia de la infecundidad en Belarús (Por cada 100.000 habitantes entre hombres y mujeres de más de 18 años de edad)

1994

1997

2000

Infecundidad masculina

34,1

35,2

41,4

Infecundidad femenina

118,8

108,3

104,7

Al analizar el estado de la salud reproductiva de la mujer y el estado de salud de las embarazadas en el último decenio del siglo XX, se puede concluir que ambos han empeorado considerablemente, pese a que los indicadores integrales tradicionales (la mortalidad infantil y la mortalidad derivada de la maternidad, el número de abortos por 1.000 mujeres en edad de procrear, entre otros) han registrado una tendencia sostenida a la disminución; por su parte, la incidencia de enfermedades en recién nacidos y el estado de salud de los niños de 0 a 5 años de edad han empeorado. A ese respecto, el Ministerio de Salud Pública aplica una política de vigilancia dinámica y obligatoria de las niñas entre 6 y 7, 10 y 12 y 14 y 16 años a fin de detectar y tratar oportunamente las enfermedades del sistema reproductivo. Además, en el país se ha creado el así llamado “grupo de reserva de la natalidad”, integrado por mujeres entre las edades de 15 y 40 años que pueden procrear en el futuro. Esas mujeres se someten anualmente a exámenes profilácticos gratuitos a cargo de médicos especialistas, se les receta el tratamiento apropiado al detectarse alguna enfermedad y se promueve con ellas una anticoncepción racional. Las mujeres que manifiestan su deseo de tener un hijo se someten a una preparación medicamentada de preembarazo y posteriormente se tratan preventivamente los déficit en las embarazadas (de hierro, yodo y calcio) para disminuir el riesgo de que se desarrollen malformaciones del sexo y complicaciones durante el embarazo y el parto.

La preocupación del Comité con motivo de la aparición de símbolos de la maternidad (como el Día de la Madre y el Premio a la Madre) que “fomentan los papeles tradicionales de la mujer” carece de fundamento. Desde hace muchos años se vienen creando en el país las condiciones propicias para que tanto el hombre como la mujer pueda elegir libremente la esfera primordial en que desean autorrealizarse: el trabajo, la familia o una combinación de ambas cosas. El Estado desarrolla una red de instituciones infantiles y médicas y una infraestructura vital y de servicios sociales a fin de ofrecerles a los padres la posibilidad de conjugar las obligaciones laborales con las familiares. Al concederse garantías y prestaciones laborales, en la legislación laboral se pasa de concepciones basadas en “la madre y el hijo” a concepciones más propias de “madres y padres” y “trabajadores con obligaciones familiares”.

La celebración del Día de la Madre y la entrega de un premio a las madres de numerosos hijos son considerados por la sociedad como un reconocimiento a aquellas mujeres que, sometidas a una carga doble, conjugan las obligaciones profesionales y familiares o se realizan a sí mismas exclusivamente en la familia, máxime en vista de que, con arreglo a la legislación sobre el matrimonio y la familia, la educación de los niños y el mantenimiento del hogar se reconocen como trabajo socialmente útil.

Artículo 13

Por sistema de protección social de las familias y los niños se entiende un conjunto de garantías y derechos económicos, sociales y jurídicos garantizado por ley, y de instituciones sociales que facilitan su realización y crean las condiciones necesarias para la prestación de asistencia social y una existencia activa de las distintas categorías de familias con hijos, ante todo las socialmente vulnerables.

Al aplicar la Ley sobre prestaciones estatales a las familias con niños, el Estado aplica una política centrada en la prestación de apoyo material a las familias. El sistema de prestaciones que se otorgan de conformidad con dicha Ley abarca a cerca de 708.000 niños, que representan el 37% de la población infantil total. Reciben estas subvenciones los niños menores de 3 años de edad de todas las familias independientemente de su situación económica, al tiempo que en el caso de los niños mayores de esa edad se otorgan prestaciones en dependencia del total de ingresos de la familia.

A partir del 1° de abril de 2002 entró en vigor la Ley sobre prestaciones estatales a las familias con niños, en la versión de 19 de marzo de 2002.

De conformidad con la Ley, a las familias con niños se otorgan las siguientes prestaciones estatales:

–Por embarazo y maternidad;

–Por nacimiento de un hijo;

–Por ingresar la madre en un centro médico antes de cumplir 12 semanas de gestación;

–Licencia para cuidar personalmente de un hijo menor de 3 años de edad;

–Licencia para cuidar personalmente de niños de más de 3 años de edad;

–A niños mayores de 3 años de edad;

–A niños entre las edades de 3 y 16 años de edad (que estudian en centros diurnos de la enseñanza media, institutos, liceos y otros tipos parecidos de centro de enseñanza, hasta la terminación de sus estudios; a niños discapacitados sin ocupación laboral que estudian en centros nocturnos y adquieren junto con sus estudios una profesión; y también a los alumnos que estudian por cuenta propia en los centros de enseñanza técnico-profesional y especializada de nivel medio superior en cursos diurnos sin recibir estipendios, hasta los 18 años de edad);

–Por cuidar personalmente de un hijo enfermo menor de 14 años de edad;

–Por cuidar de un niño menor de 3 años de edad y de un niño discapacitado menor de 18 años de edad en caso de haber fallecido la madre, o de cualquier otra persona a cuyo cargo haya estado el niño;

–Por cuidar personalmente de un niño discapacitado menor de 18 años de edad;

–En caso de niños discapacitados que reciben tratamientos en un sanatorio o balneario;

–En caso de niños menores de 18 años infectados del virus de la inmunodeficiencia humana o el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA).

En esa Ley se establece un nuevo enfoque para determinar el monto de las prestaciones y el ingreso total que da derecho a que las reciban las familias con niños mayores de 3 años de edad. Los montos de las prestaciones se calculan como un porciento del mínimo vital, y no de un presupuesto mínimo de consumo, como en la Ley anteriormente vigente. Esto obedece a que de conformidad con la Ley sobre el mínimo vital en la República de Belarús, el criterio fundamental para definir a los ciudadanos y las familias de recursos insuficientes, así como la base para fijar las garantías mínimas sociales estatales, se consideraba el mínimo vital.

El monto de la prestación por el nacimiento de un hijo es superior en dos veces y media al mínimo vital, al tiempo que la prestación que se otorga a la embarazada en las primeras 12 semanas de gestación como estímulo para que se inscriba en un consultorio para mujeres equivale al mínimo vital.

La mujer trabajadora que cuida personalmente de un niño menor de 3 años de edad recibe el 65% del mínimo vital; la mujer desempleada recibe el 35% de ese mínimo; y los niños mayores de 3 años de edad reciben el 30% del mismo mínimo.

La prestación para cuidar personalmente de un niño discapacitado menor de 18 años de edad se fija en un 65% del mínimo vital y se otorga a las personas desempleadas sin pensión que se encargan del cuidado efectivo de un niño.

En lugar de los dos tipos de prestaciones que se otorgaban con arreglo a la antigua Ley por un niño menor de 1 año y medio de edad que hubiera nacido fuera del matrimonio, a la mujer se le paga una suma complementaria equivalente al 75% de la prestación establecida si por indicación de la madre (anteriormente la madre soltera) en la partida de nacimiento figuran los datos del padre del niño.

Para determinadas categorías de familias, muy en especial las monoparentales, en las que los niños están a cargo de uno de los padres, si el otro padre se negara a pagar la pensión alimentaria, las familias con niños discapacitados menores de 18 años; y las familias de militares del servicio de emergencia, se prevé un aumento de la prestación equivalente al 40% de la prestación establecida.

También se han introducido cambios en la cuantía de las prestaciones por embarazo y maternidad. En particular, en la Ley se prevé un aumento de la cuantía mínima de esa prestación en hasta un 50% del mínimo vital medio per cápita vigente en cada mes que se disfruta de licencia por embarazo y maternidad, mientras que el monto máximo de la prestación es superior en tres veces al salario medio de los trabajadores y empleados del país. Esa limitación afecta a un número extremadamente reducido de mujeres.

A partir del 1° de enero de 2001, a las familias de escasos recursos con numerosos hijos, a las familias monoparentales, a las familias con niños discapacitados menores de 18 años de edad y a las familias en que tanto la madre como el padre son desempleados se les otorga una ayuda social complementaria. Esa ayuda social complementaria se presta si el ingreso total medio per cápita de los tres meses anteriores al mes en que se solicita la ayuda no sobrepasa el 60% del mínimo vital medio per cápita vigente en la fecha en que se solicita dicha ayuda y su monto para un beneficiario representa la diferencia entre la suma equivalente al 60% vigente en la fecha de la solicitud de ayuda del mínimo vital medio per cápita y el total del ingreso medio de la familia.

Las familias monoparentales con muchos hijos constituyen el 94% de las que reciben asistencia social.

Como parte del régimen de prestación de asistencia social a las familias con niños el Estado también recurre al otorgamiento de facilidades en materia de impuestos a los ingresos, al pago de una subvención por mantener a los niños en centros de enseñanza preescolar, al pago de una subvención para cubrir el costo de los libros de texto y el material didáctico y el suministro de una alimentación gratuita a los niños menores durante los dos primeros años de vida.

De conformidad con la Ley de impuestos sobre los ingresos de personas físicas, que entró en vigor el 1° de enero de 1999, de los ingresos se descuentan los gastos de manutención de hijos y familiares a cargo por un monto equivalente al doble del salario mínimo por cada niño menor de 18 años y cada familiar a cargo por cada mes del año, o por el mes del año en que se perciben los ingresos.

La deducción de dichos gastos se hace a partir del mes en que nace el niño o en que aparece el familiar a cargo y se mantiene hasta el final del mes en que el niño arriba a los 18 años de edad, o el estudiante cumple 23 años de edad en el momento en que la persona física deja de ser un familiar a cargo, y también hasta el final del mes en que fallece el niño o el familiar a cargo.

Se deducen los gastos de ambos padres, la viuda (el viudo), el padre soltero, el tutor o el guardián, a cuyo cargo se encuentre el niño (o el familiar a cargo), previa presentación de los documentos que certifiquen la presencia del niño (o el familiar a cargo).

En la Ley vigente (en su versión de 1999) no existen normas sobre facilidades en la forma de disminución del impuesto sobre los ingresos de las madres solteras con dos o más hijos, ni tampoco de la familia biparental con tres o más hijos.

La política en materia de personas de edad, incluida la mujer de edad, quedó plasmada en el Programa integral nacional de atención de los problemas de las personas de edad, elaborado y aprobado de conformidad con el Decreto No. 578 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 23 de septiembre de 1992, sobre las actividades con motivo del Día de las Personas de Edad.

Parte inalienable de la labor de los órganos ejecutivos locales y los órganos encargados de la protección social consiste en investigar las condiciones de vida de las personas de edad y coordinar, sobre la base de los resultados de esas investigaciones, la prestación de ayuda concreta a los ciudadanos de escasos recursos no aptos para el trabajo. A éstos se les presta ayuda en efectivo y en especie y ayuda humanitaria.

Uno de los componentes de la protección social de las personas de edad y los discapacitados consiste en la prestación de servicios sociales a domicilio.

En los casos particularmente difíciles que impiden prestar servicios en el hogar, esas personas ingresan en salas de hospitales de distrito habilitadas a esos fines atendidas por enfermeras.

Actualmente hay habilitadas 1.936 camas para ese tipo de servicio, en su mayoría en la provincia de Vitebsk (435 camas), Brest (375 camas), Minsk (328 camas) y Gomel (297 camas).

Se crean centros dedicados a prestar servicios sociales a la población de pequeños centros poblados en zonas remotas. En 176 centros de servicios sociales que funcionan en el país, existen locales equipados para las actividades comerciales, los trabajos de las brigadas médicas y para los servicios públicos. En esos centros se llevan a cabo actividades culturales y encuentros con grupos encargados de brindar información y con trabajadores de los organismos de seguro social.

Las empresas y los órganos ejecutivos locales construyen y financian centros internados para veteranos con capacidad para entre 8 y 20 personas.

A fin de mejorar la prestación de servicios sociales a las personas de edad, en agosto de 1999 se aprobó la Disposición modelo sobre el centro de prestación de servicios sociales a personas de edad y discapacitados. El objetivo principal de la creación de ese tipo de centros consiste en prestar una ayuda amplia y multilateral precisamente a domicilio, con miras a permitir que la persona permanezca en su hogar natal hasta sus últimos días. Solamente en caso extremo se la ingresaría en un centro de cuidados sociales.

En cumplimiento de las actividades con motivo del Año Internacional de las Personas de Edad, el Ministerio de Seguro Social elaboró un programa de apoyo a las organizaciones locales y nacionales de veteranos para el período 2000-2005.

A fin de ampliar la cobertura de las pensiones y diferenciar mejor el monto de las pensiones en dependencia del historial de trabajo, el 22 de marzo de 1999 se aprobó el Decreto del Presidente de la República de Belarús sobre medidas complementarias para perfeccionar la cobertura de las pensiones de los ciudadanos. Como consecuencia de la aplicación del Decreto se ha elevado la cobertura de las pensiones de más de un tercio de los pensionados. El monto del aumento de las pensiones se ha establecido en dependencia del sueldo devengado y la antigüedad en el empleo hasta el momento de la jubilación y alcanza hasta un 37,8% (como promedio el 6%). El aumento de las pensiones beneficia no solamente a los pensionados que no trabajan, sino también a los pensionados que trabajan directamente en la producción agropecuaria en las granjas colectivas, las granjas estatales y otras empresas agrícolas.

De conformidad con el artículo 32 de la Cuarta Parte de la Constitución de la República de Belarús, la mujer se encuentra en pie de igualdad con el hombre en cuanto a las oportunidades de obtener una educación y una preparación profesional; en el trabajo y en sus posibilidades de promoción; en las esferas de actividad sociopolítica, cultural y otras esferas; y también están creadas las condiciones para la seguridad de su trabajo. La igualdad de derechos y de oportunidades está consagrada en varios documentos jurídicos normativos: la Ley sobre la cultura en la República de Belarús, la Ley sobre la actividad científica y la Ley sobre la cultura física y el deporte.

Artículo 14

En el artículo 10 de la Ley sobre el desarrollo sociocultural y económico prioritario de la aldea y del complejo agroindustrial se prevén las siguientes facilidades para la mujer trabajadora de las zonas rurales.

•Vacaciones anuales de como mínimo 28 días comunes;

•Se le otorga un día de descanso adicional al mes con el pago de su salario medio a las mujeres que trabajan directamente en la producción agropecuaria.

A las mujeres que trabajan en granjas colectivas, granjas estatales y otras empresas agropecuarias con cinco o más hijos a cargo hasta los 16 años de edad se les concede el derecho a jubilarse con independencia de la edad tras haber alcanzado una antigüedad en la producción agropecuaria de como mínimo 20 años, incluido en ese cálculo el tiempo de licencia para cuidar de sus hijos, o con una antigüedad en el trabajo de no menos de 10 años, sin que se tenga en cuenta en ese cálculo el tiempo de licencia para cuidar de sus hijos.

En el proceso de reforma del sistema político y económico de la sociedad, las circunstancias de partida de las mujeres rurales y las urbanas están lejos de ser parejas, lo que les dificulta a muchas de ellas adaptarse a las nuevas condiciones socioeconómicas, con el consecuente empeoramiento de su situación social. Ello se manifiesta en el salario injustificadamente bajo que se devenga, en una carga triple —puesto de trabajo, el hogar y la parcela individual—, y en un empeoramiento brusco de las condiciones de trabajo. La situación inadecuada como consecuencia de la baja calidad de vida, la ausencia de una vivienda confortable y las escasas perspectivas de crecimiento profesional y social afectan considerablemente el prestigio del trabajo agropecuario en opinión de los jóvenes que, en consecuencia, emigran de las zonas rurales, muy en especial las niñas.

La movilidad de los jóvenes se refleja en la proporción de hombres y mujeres en la población general de las zonas rurales del país. Según el censo de población de 1999, en el país había 1.192 mujeres por cada 1.000 hombres, de ellas 1.123 en las ciudades y 1.144 en las zonas rurales; a principios de 2000 las cifras eran de 1.131 mujeres por cada 1.000 hombres en la población del país, 1.127 en las ciudades y 1.140 en las zonas rurales. En consecuencia, la desproporción demográfica en cuanto a género y edad es más marcada en las zonas rurales.

Las condiciones de trabajo y las condiciones sociales y de vida en las zonas rurales influyen en los índices de mortalidad y longevidad. Así pues, en 1999-2000 el índice de mortalidad de la mujer rural creció en un 20%. Las tendencias negativas de la mortalidad alteraron significativamente los índices de longevidad prevista al nacer, que en el caso de la mujer disminuyó de 74,7 años en 1990 a 72,6 años en 1997, para crecer ligeramente hasta 72,9 años en 2000. Con todo, ese índice de la mujer rural en 2000 fue inferior en 2,5 años al mismo índice de la mujer urbana.

Al analizar la dinámica de los índices de longevidad prevista al nacer, cabe observar que ese índice disminuyó considerablemente más en relación con el hombre de las zonas rurales, al caer de 63,9 años en 1990 a 60,4 años en 2000.

En 2000 en la agricultura trabajaban 260.600 mujeres, el 11,2% del total de mujeres que trabajaban en otras esferas de la economía del país. La mayoría de ellas realizaba trabajos manuales poco calificados en los cultivos y la ganadería. Durante mucho tiempo la agricultura se desarrolló en medio de la disminución de la mano de obra y de la disminución acelerada del trabajo de la mujer.

En 2000 el sueldo devengado por las mujeres que trabajaban en la agricultura representaba el 62,4% del sueldo medio de las mujeres en otras esferas de la economía del país. A ese respecto, en la agricultura se registraron escasas diferencias en los sueldos percibidos por el hombre y la mujer, en total un 6%.

La pobreza en el país se manifiesta según el lugar de que se trate. En 2001 la proporción de amas de casa en las aldeas cuyos recursos disponibles per cápita eran inferiores al mínimo vital ascendió a 26,2% (en la ciudad al 22,8%), mientras que para las amas de casa con niños menores de 18 años de edad ese índice fue del 42,9% (en la ciudad el 33,6%), y para las familias con tres o más niños del 75,6% (en la ciudad el 62,6%).

En los centros urbanos el porcentaje de la población que vive por debajo del umbral de la pobreza disminuyó del 35% en 1995 al 26,7% en 2001, mientras que en las zonas rurales se registró una disminución de 44,1% al 33,6%.

En el nivel de vida de la población sigue influyendo considerablemente asimismo el cultivo de productos agrícolas en las explotaciones agrícolas particulares de los habitantes de las zonas rurales, de las parcelas suburbanas y de los huertos de los pobladores urbanos. Al 1° de enero de 2000 el porcentaje de familias con parcelas de tierra ascendía al 63,8%, el 48,7% en los centros urbanos y el 92,7% en las zonas rurales. Los productos de esas parcelas se destinan en lo fundamental al consumo interno de las familias (el 93%), si bien también se destina a la venta o se distribuye como ayuda a familiares y amistades (el 7%).

La encuesta por hogares arrojó que casi la cuarta parte de esa población (el 24%) se abstenía de declarar los ingresos procedentes de la venta de productos de las explotaciones agrícolas particulares (como la carne, la leche, las verduras y las frutas). El porcentaje del ingreso total percibido de los ingresos de esas ventas ascendía en 2000 al 3,4%, el 0,4% en los centros urbanos y el 11,5% en las zonas rurales.

En consecuencia, teniendo en cuenta todos los tipos de ingresos, incluso los procedentes de la venta y el consumo de la producción de las explotaciones agrícolas particulares (con fines monetarios o de subsistencia autónoma), el nivel de desabastecimiento en las zonas rurales es considerablemente menor.

Al determinar las familias que se encuentran por debajo del umbral de la pobreza, cabe señalar la desigualdad de las prestaciones sociales en dependencia del lugar de residencia. Por ejemplo, en el primer trimestre de 2002 la cuantía de las prestaciones sociales recibidas como promedio por familia en una zona urbana fue superior en 1,7 veces a las de una zona rural, desglosada de la siguiente manera: para la alimentación, en un 1,23 veces superior; para el envío de niños a los centros preescolares y la educación de los hijos, 1,7 veces superior; y para la compra de medicamentos, 2,6 veces superior. Ello se compensa en parte con la prestación de ayuda social a grupos necesitados. Así, pues, en las zonas rurales el número de familias que recibían ese tipo de ayuda superaba en dos veces el número de familias de las zonas urbanas que solicitaban ese tipo de ayuda.

A fin de que la mujer pueda identificarse mejor con las reformas del sector agrario en el país, se lleva a cabo un conjunto de medidas encaminadas a elevar su competitividad en el mercado de trabajo. En los centros agropecuarios de enseñanza superior se imparten cursos en nuevas especialidades. Se ha revisado la lista de profesiones en relación con las cuales se imparten cursos en los centros de enseñanza técnico-profesional. En los centros de enseñanza técnico-profesional de producción agropecuaria se imparte una capacitación profesional amplia para las niñas a fin de prepararlas para el trabajo en las granjas en la producción integrada de ama de hacienda. Las niñas que se preparan en esa profesión reciben, por regla general, tres profesiones de las siete que se ofrecen, que son las de horticultora, operaria de ordeño mecánico, operaria de complejos ganaderos y de granjas, auxiliar de laboratorio especializado en análisis químico-bacteriológico, cocinera, costurera y vendedora.

Los estudiantes que cursan estudios en los centros de enseñanza superior en que se preparan especialistas para la agricultura, las mujeres representan el 30,9% del total y los centros de enseñanza media especializada el 26,5% del total. Habida cuenta de la enorme importancia que reviste el sector agrario para la economía y el empeoramiento del cuadro sociodemográfico de la población, es preciso fomentar la base tecnológica a costa de la explotación de la minitécnica en las granjas, y también mejorar las condiciones de vida en las zonas rurales. En el país se aplica actualmente una activa política migratoria estatal encaminada, sobre todo, a reglamentar los desplazamientos territoriales de los especialistas de diversos perfiles (en primer orden, los especialistas agrícolas) que trabajan en las zonas rurales. Al llevar a cabo todas esas medidas se tienen en cuenta las actividades, el lugar y el papel de la mujer rural en el desarrollo de las zonas rurales.

A fin de fomentar el empleo de los desempleados y garantizar que la fuerza laboral cuente con empresas del complejo agroindustrial donde pueda trabajar, al cabo de nueve meses en 2001 el servicio estatal de empleo coordinó el traslado a zonas rurales a nuevos lugares de residencia y de trabajo a 252 familias de desempleados, a quienes se les prestó ayuda financiera con cargo al fondo estatal de fomento del empleo. Las mujeres comenzaron a trabajar como ordeñadoras, mozas de cuadra, agricultoras, veterinarias, contadoras y economistas, entre otras profesiones.

Los órganos del servicio estatal de empleo tienen a su cargo la impartición de cursos profesionales a las mujeres desempleadas en profesiones y especialidades de perfil agropecuario, y también por encargo de las empresas agropecuarias, las granjas colectivas y las granjas estatales.

De conformidad con la Ley de pensiones, la mujer tiene derecho a recibir una pensión tras cumplir 55 años de edad y como mínimo 20 años de antigüedad en el empleo.

Para algunas categorías de mujeres que trabajan en la agricultura se prevén facilidades para jubilarse (jubilación anticipada). Las mujeres que trabajan como ordeñadoras (ordeño mecánico), mozas de cuadra, y asistentes de cochiqueras en las granjas colectivas, granjas estatales y en otras empresas agrícolas, la pensión por edad aumenta al cumplir 50 años de edad y con un mínimo de 20 años de antigüedad en esos empleos. En cuanto a las mujeres que hubieran devengado una remuneración mínima por su participación como mano de obra en la producción social de una granja colectiva, la totalidad del período de trabajo se computará como antigüedad que le da derecho a recibir una pensión. Las mujeres con cinco o más hijos menores de 16 años de edad, con una antigüedad mínima de 10 años en una granja colectiva, granja estatal u otra empresa agrícola vinculada directamente con la producción agropecuaria (sin contar el tiempo tomado de licencia para cuidar personalmente de niños), tienen derecho a recibir una pensión independientemente de su edad.

Teniendo en cuenta la especificidad del trabajo en la agricultura, en la Ley de pensiones se prevé el pago de una pensión completa a los pensionados que trabajan directamente en la producción agropecuaria en granjas colectivas, granjas estatales y otras empresas agrícolas (en ciertos casos de personas que tras recibir una pensión hubiesen comenzado a trabajar en otras esferas de la economía nacional, se prevén limitaciones en cuanto al pago de una pensión).

A fin de elevar la cobertura de pensiones y de identificar la diferenciación en los montos de la pensión en dependencia del sueldo devengado en el pasado, el 22 de marzo de 1999 se aprobó el Decreto del Presidente de la República de Belarús sobre medidas complementarias para perfeccionar el régimen de pensiones de los ciudadanos. Como consecuencia de la aplicación del Decreto se ha elevado la cobertura de pensiones a más de un tercio de los pensionados. El monto del aumento de las pensiones depende del sueldo devengado y la antigüedad en el empleo antes de la jubilación y asciende a un máximo del 37,8% (como promedio el 6%). Ese aumento se prevé tanto para los pensionados que no trabajan como para los pensionados que trabajan directamente en la producción agropecuaria en granjas colectivas, granjas estatales y otras empresas agrícolas.

Artículo 15

En la Constitución de la República de Belarús, a la par con el reforzamiento en el artículo 2 de la Tercera Parte de lo dispuesto en el sentido de que el Estado garantiza los derechos y las libertades de los ciudadanos de la República de Belarús consagrados en la Constitución de la República de Belarús, las leyes del país y en las obligaciones internacionales que hubiera contraído el Estado, se establece el principio de la igualdad de todos ante la ley, y también se otorga el derecho sin discriminación alguna a la protección igual de los derechos y los intereses legítimos (artículo 22 de la Constitución de la República de Belarús).

Al propio tiempo, según lo dispuesto en el artículo 23 de la Primera Parte de la Constitución de la República de Belarús, sólo se restringen los derechos y las libertades de la persona en los casos previstos por la ley, en aras de la seguridad nacional y el orden público, y en defensa de la moralidad y salud de la población y los derechos y las libertades de otras personas.

El 7 de julio de 1997 se aprobó el nuevo Código Civil de la República de Belarús, que entró en vigor el 1° de julio de 1999.

En el artículo 2 del Código Civil, Principios fundamentales de la legislación civil, se prevén los principios que definen y reglamentan las relaciones civiles.

Conforme al artículo 2 del Código Civil de la República de Belarús, los sujetos del derecho civil participan en las relaciones civiles en pie de igualdad ante la ley, no pueden gozar ni de prebendas ni privilegios que contravengan la ley, y tienen derecho sin discriminación alguna a la protección igual de sus derechos e intereses legítimos. También son libres de ejercer sus derechos y obligaciones en el marco de un acuerdo y de determinar cualesquiera condiciones del acuerdo que no contravengan la legislación.

Las cuestiones relativas a la capacidad jurídica y la privación de capacidad jurídica de los ciudadanos se reglamentan en el capítulo 3, Ciudadanos (personas físicas) y la subsección 2, Personas del Código Civil de la República de Belarús, en que se plasman las garantías de la igualdad en materia de capacidad jurídica civil (artículo 16) y de la privación de capacidad jurídica (artículo 20) de todos los ciudadanos.

En el artículo 16 del Código Civil se dispone que la capacidad de disfrutar de derechos civiles y de asumir obligaciones (capacidad jurídica civil) se reconoce por igual a todos los ciudadanos. La capacidad jurídica del ciudadano tiene vigencia desde el momento de su nacimiento y prescribe con su muerte.

En el artículo 60 de la Constitución de la República de Belarús se dispone que a cada persona se garantiza la protección de sus derechos y libertades ante un tribunal competente, independiente e imparcial en los plazos establecidos por ley.

De conformidad con el artículo 30 de la Constitución de la República de Belarús, los ciudadanos de la República de Belarús tienen derecho a desplazarse libremente y a elegir su lugar de residencia en el territorio de la República de Belarús, de abandonarlo y de regresar a él sin impedimento alguno.

Artículo 16

La perspectiva de género en el derecho de la familia en la República de Belarús permite concluir que el derecho de la familia vigente se basa en la observancia estricta del principio de la igualdad entre los cónyuges, evolución del principio constitucional de la igualdad entre el hombre y la mujer, así como del principio de la igualdad de derechos de los cónyuges en las relaciones familiares (artículo 32 de la Constitución de la República de Belarús).

En el nuevo Código del Matrimonio y la Familia de la República de Belarús, que entró en vigor el 1° de septiembre de 1999, el principio de la igualdad se consagra en el artículo 1, en que se establecen los principios fundamentales del derecho de la familia. En el artículo 1 se prevé que las relaciones familiares se basan en la igualdad de derecho de los cónyuges en la familia, en el amor recíproco, el respeto mutuo y la ayuda mutua de todos los miembros de la familia.

La reglamentación jurídica de las relaciones matrimoniales y familiares en la República de Belarús es prerrogativa del Estado. En la República de Belarús sólo se reconoce el matrimonio consumado en los órganos estatales encargados de certificar el estado civil. Las ceremonias religiosas que tratan de cuestiones relacionadas con el matrimonio y la familia carecen de valor jurídico (artículo 4 del Código del Matrimonio y la Familia de la República de Belarús).

De conformidad con el artículo 12 del Código del Matrimonio y la Familia, el matrimonio es la unión voluntaria de un hombre y una mujer que se consuma según el procedimiento, las condiciones y los requisitos establecidos por ley; tiene por objeto la creación de la familia; y en cuya virtud las partes contraen derechos y obligaciones recíprocos. Para contraer matrimonio es preciso el acuerdo mutuo de los contrayentes, en edad de contraer matrimonio, y que no existan ninguno de los impedimentos para contraer matrimonio previstos en el artículo 19 del Código del Matrimonio y la Familia (artículo 17).

En el artículo 18 del Código del Matrimonio y la Familia la edad de contraer matrimonio es de 18 años, tanto para la mujer como para el hombre. En caso del nacimiento de un hijo común o de certificarse la condición de embarazo, así como de declararse a un menor de edad totalmente incapacitado jurídicamente (emancipado), y cumplirse los demás requisitos para contraer matrimonio, en el artículo 17 del actual Código se prevé que el órgano estatal de registro civil puede disminuir la edad para contraer matrimonio establecido por ley, si bien en tres años como máximo.

Los derechos y obligaciones de los cónyuges se hacen efectivos el día en que los órganos estatales del registro civil certifican el matrimonio (artículo 20).

Las relaciones familiares se reglamentan de conformidad con los principios de la buena voluntad de la unión matrimonial del hombre y la mujer (artículos 1 y 12 del Código del Matrimonio y la Familia) y las controversias matrimoniales y familiares se resuelven por acuerdo mutuo (artículo 20 del Código del Matrimonio y la Familia).

Habida cuenta de que la igualdad de los cónyuges y de la familia se manifiesta ante todo en que tanto el hombre como la mujer tienen derechos iguales a la hora de resolver todas las controversias de la vida en común, ese principio se consagra en otros artículos del Código del Matrimonio y la Familia al reglamentarse los derechos y las obligaciones concretos de los cónyuges. Así, pues, en el artículo 21 del Código del Matrimonio y la Familia se prevé el derecho de los cónyuges de escoger, al contraer matrimonio, el apellido de uno de los cónyuges como el apellido oficial, conservando a la vez cada uno de ellos su apellido de soltero. En el artículo 22 se prevé el derecho de los cónyuges a elegir libremente su ocupación, profesión y lugar de residencia.

Con arreglo al artículo 23 del Código del Matrimonio y la Familia vigente, los cónyuges tienen las mismas oportunidades para poseer, utilizar y gestionar los bienes adquiridos por ellos durante su matrimonio, con independencia de que los haya adquirido o haya aportado los fondos necesarios para su adquisición.

También se tienen los mismos derechos a gozar de los bienes adquiridos conjuntamente cuando uno de los cónyuges se haya ocupado durante el matrimonio de las tareas domésticas o del cuidado de los hijos, o cuando por cualquier otra razón válida no haya tenido ingresos independientes, salvo que se estipule otra cosa en el contrato de matrimonio.

En el Código del Matrimonio y la Familia se establece por primera vez en la República de Belarús el contrato de matrimonio. De conformidad con el artículo 13 del Código del Matrimonio y la Familia, el contrato de matrimonio es un acuerdo de los cónyuges sobre la comunidad de bienes y los bienes de cada uno de los cónyuges; el procedimiento para dividir los bienes comunes de los cónyuges en caso de divorcio; las obligaciones materiales de uno respecto del otro en caso de divorcio: las formas, métodos y medios de educar a los hijos; el lugar de residencia de los hijos, el monto de la pensión alimentaria que recibirán, las relaciones de los hijos y el padre separado, así como otras cuestiones relacionadas con la manutención y educación de los hijos en caso de divorcio.

En el contrato de matrimonio podrán reglamentarse también otras cuestiones de las relaciones entre los cónyuges, si ello no contraviene la legislación vigente en materia de matrimonio y la familia (artículo 13 del Código del Matrimonio y la Familia).

El matrimonio lo podrá disolver un tribunal a solicitud de uno de los cónyuges. No podrá disolverse un matrimonio durante el embarazo y en un período de tres años posterior al nacimiento de un hijo sin el consentimiento escrito de un cónyuge (artículos 34 y 35 del Código del Matrimonio y la Familia).

A fin de velar por los derechos legítimos de los hijos menores de edad, en el Código del Matrimonio y la Familia se prevé por primera vez la posibilidad de que al divorciarse los cónyuges contraigan un acuerdo sobre los hijos (artículo 38). En dicho acuerdo los padres determinan el lugar de residencia de los hijos, el monto de la pensión alimentaria que recibirán, las relaciones entre los hijos y el padre separado y otras condiciones relativas a la vida y la educación de los hijos de conformidad con sus derechos (artículo 38).

Si el padre con el que viven los hijos necesita de ayuda del Estado para resolver cuestiones relacionadas con su manutención y educación, pueden prestarse las siguientes formas de ayuda material:

•Asistencia financiera a la familia de escasos recursos;

•La colocación de los hijos de edad preescolar en un jardín de la infancia abierto las 24 horas del día, y a los hijos en edad escolar en escuelas internados de la enseñanza general, en caso de que el padre trabajara en turnos de noche.

Los niños pueden salir del internado para ir a sus casas una vez concluidas las clases, y también pasan en unión de sus padres los días feriados y las vacaciones. También está previsto que los padres puedan visitar a los niños en la escuela internado cuando les resulte conveniente.

Después del divorcio, los niños permanecen con uno de los padres, con un familiar cercano (la abuela, el abuelo, entre otros) o ingresan en un hogar estatal para niños. La matrícula en el hogar estatal es una de las modalidades de asistencia material a las familias que se encuentran en una situación financiera difícil, que suelen ser ante todo las familias monoparentales en que la madre trabaja. El niño se coloca en un hogar para niños previo consentimiento de la madre y presupone la posibilidad de que ésta pueda reunirse con el niño siempre que sea necesario: los niños van a su casa durante los días libres, los días feriados y las vacaciones.

Una de las cuestiones más candentes en las relaciones matrimoniales y familiares consiste en el cobro de la pensión alimentaria. A fin de reforzar las garantías de asistencia material al niño en caso de divorcio, en el nuevo Código del Matrimonio y la Familia de la República de Belarús se prevé la posibilidad de que se indemnice con cargo al fondo de seguro social las sumas en mora de una pensión alimentaria a consecuencia de cierres de empresa o de otras causas no imputables al deudor, sumas que serán resarcidas posteriormente por éste.

Las controversias que surgieren entre los cónyuges, sobre la división de los bienes comunes de los cónyuges (artículo 41 del Código del Matrimonio y la Familia), el cobro de fondos para la manutención de un cónyuge (artículo 40), así como las controversias sobre la manutención y la educación de loshijos (artículo 39) se resolverán judicialmente.

De conformidad con el artículo 68 del Código del Matrimonio y la Familia los padres tienen iguales derechos y obligaciones no patrimoniales personales, entre los que se cuentan el derecho y la obligación de definir el nombre propio, el nombre patronímico y el apellido de los hijos; de definir la ciudadanía de los hijos en los casos previstos en la legislación sobre ciudadanía; de definir el lugar de residencia de los hijos; de educar, cuidar y supervisar a los hijos, de ejercer la representación en nombre de sus hijos; y de garantizar la protección de los derechos y los intereses legítimos de los hijos.

En el Código del Matrimonio y la Familia se exponen con claridad las normas de lucha contra la discriminación en lo que respecta a los derechos iguales de los padres a resolver los problemas relacionados con sus hijos. De conformidad con el articulo 66 del Código, el padre y la madre tienen iguales derechos y obligaciones respecto de sus hijos. Los padres gozan de iguales derechos y asumen iguales obligaciones en relación con sus hijos, incluso en caso de un divorcio, siempre que en el acuerdo sobre los hijos no se disponga otra cosa.

En el artículo 65 del Código del Matrimonio y la Familia se dispone que los padres están obligados a preocuparse por el desarrollo físico, espiritual y moral de sus hijos y por su salud, educación y preparación con miras a vivir una vida independiente en la sociedad. Al propio tiempo, en dicho artículo se subraya que la madre y el padre, por mutuo acuerdo, deben resolver las cuestiones relacionadas con la educación de los hijos. En caso de discrepancia, la controversia se resolverá por decisión de un órgano de tutoría o guarda con la participación de los padres, decisión que podrá apelarse ante un tribunal.

Las potestades de los padres en materia de protección de los derechos e intereses de los hijos se confirman en los documentos sobre la paternidad y la maternidad, la partida de nacimiento del niño, así como en el documento de identidad de éste (artículo 73).

De conformidad con el artículo 125 del Código del Matrimonio y la Familia, pueden adoptar hijos personas mayores de edad de ambos sexos, así como personas menores de edad que, de conformidad con la legislación de la República de Belarús, tengan plena capacidad jurídica, a excepción de las personas que hubieren sido declaradas incapacitadas jurídicamente por un tribunal; de cónyuges, si a uno de ellos un tribunal hubiese declarado en estado de incapacidad jurídica o de incapacidad jurídica disminuida; las personas privadas por un tribunal de los derechos paternos o cuyos derechos paternos hubiesen sido restringidos por un tribunal; las personas privadas de las obligaciones de tutor o de guardián por cumplimiento indebido de las obligaciones que se les hubiesen conferido; los ex padres adoptivos en caso de ser culpables de que un tribunal anulara la adopción; las personas que a la hora de la adopción carezcan de ingresos que garanticen al niño el mínimo vital establecido en el territorio de la República de Belarús; las personas que carezcan de un lugar de residencia permanente o cuyas viviendas no reúnan los requisitos sanitarios y técnicos establecidos; las personas que en el momento de tramitarse la adopción hayan sido condenadas por un delito cometido deliberadamente; o las personas que por su estado de salud no puedan ejercer los derechos y obligaciones parentales.

Los tutores y guardianes pueden ser personas mayores de edad de ambos sexos, así como personas menores de edad que, de conformidad con la legislación de la República de Belarús, gocen de plena capacidad jurídica, a excepción de las personas declaradas por un tribunal incapacitadas jurídicamente o con capacidad jurídica disminuida; las personas que por su estado de salud no puedan ejercer los derechos y obligaciones de tutor o de guardián; las personas privadas de sus derechos parentales por un tribunal, los ex padres adoptivos si la adopción hubiese sido anulada como consecuencia del cumplimiento indebido por ellos de sus obligaciones; y las personas privadas de las obligaciones de tutor o de guardián por cumplimiento indebido de las obligaciones conferidas (artículo 153 del Código del Matrimonio y la Familia).

En la legislación se presta una atención esmerada a las cuestiones relacionadas con la conjugación de las obligaciones familiares y profesionales, asunto que afecta ante todo a la mujer. De conformidad con el artículo 3 del Código del Matrimonio y la Familia el Estado se preocupa por la familia creando condiciones propicias para que ésta alcance la autonomía económica y el mayor bienestar, mediante, entre otras cosas, una política tributaria y de prestaciones, el pago de subvenciones estatales a las familias y la concesión de préstamo en condiciones de favor. El Estado fomenta una red de centros infantiles y médicos y una infraestructura de servicios, con lo que da a los padres la oportunidad de conjugar su actividad laboral con el cumplimiento de las obligaciones familiares, al tiempo que la educación de los hijos y el mantenimiento de un hogar se reconocen como trabajo socialmente útil.

Los aspectos fundamentales de la política estatal de la familia, aprobados mediante el Decreto No. 41 del Presidente de la República de Belarús, de 21 de enero de 1998, se llevan a cabo partiendo de los principios de la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre en materia de distribución justa de la obligaciones familiares, así como en lo que respecta a las oportunidades de realización individual en la esfera del trabajo y en las actividades sociales (párrafo 3).

Entre los aspectos prioritarios de la política estatal en materia de familia figuran la creación de condiciones propicias para la conjugación de las actividades laborales de los padres con el cumplimiento de las obligaciones familiares, entre ellas la ampliación de los derechos del padre y de los demás miembros de la familia a recibir las prestaciones que se otorguen actualmente a la madre trabajadora con hijos (apartado 2 del párrafo 4).

Una de las esferas del derecho de la familia en que más se tiene en cuenta la perspectiva de género son los derechos reproductivos de los ciudadanos. El vínculo entre los derechos reproductivos y el derecho de la familia es evidente: la maternidad y paternidad son esencialmente una consecuencia directa del ejercicio por los ciudadanos de sus derechos reproductivos. No obstante, hasta hace poco esa esfera se mantenía prácticamente al margen del sistema de derecho de la República de Belarús, lo que obedece al hecho de que el concepto de derechos reproductivos es nuevo en la legislación de Belarús.

Al propio tiempo, el marcado empeoramiento de la salud reproductiva de la población, la disminución de la natalidad, y la atención cada vez mayor que se presta en el plano internacional a las cuestiones relacionadas con los derechos reproductivos y la salud reproductiva han motivado que a esas cuestiones se empiece a prestar una mayor atención en nuestro país.

Como ya se ha señalado anteriormente, en el artículo 20 del Código del Matrimonio y la Familia se prevé que los cónyuges resuelvan en conjunto las cuestiones relativas a la maternidad y paternidad partiendo del principio de la igualdad de los cónyuges. No obstante, esa disposición sólo puede considerarse aceptable en la medida en que no menoscaben la libertad de adopción de decisiones de cada uno de los cónyuges. En caso de discrepancia o de conflicto en lo que respecta a la maternidad o la paternidad, cada uno de los cónyuges conserva la libertad plena de adoptar una decisión definitiva. Ello se refiere igualmente a las situaciones en que la mujer desea tener un hijo y su marido no, y, viceversa, cuando la mujer no quiere tener un hijo y su marido rechaza el aborto.

Actualmente en la República de Belarús se presta una atención cada vez mayor al fomento de un sistema de protección de la salud reproductiva de la familia, mediante la facilitación de ésta de la posibilidad de valerse, si así lo deseara, de la información necesaria sobre planificación de la familia, así como mediante la difusión de conocimientos modernos sobre una conducta reproductiva adecuada.

Así, pues, en el artículo 20 de la Ley de Salud Pública, en su versión de 11 de enero de 2002, entre las modalidades más asequibles de ayuda médica se cuentan las medidas de planificación de la familia y de protección de la maternidad, la paternidad y la infancia.

En los artículos 33, 34 y 35 de dicha Ley se reglamentan las prácticas de inseminación artificial, esterilización e interrupción artificial del embarazo.

El plan de acción nacional para garantizar la igualdad de género en el período 2002-2005 también contiene medidas de protección de la salud reproductiva, incluida la ampliación de la gama de servicios de planificación de la familia, la educación sexual de la juventud y la prevención de enfermedades de transmisión sexual. Se prevén varias medidas encaminadas a promover la conducta responsable del hombre en cuestiones relacionadas con la salud reproductiva y la higiene sexual. En particular, se prevé la realización del programa “Asociación con miras al alumbramiento”, que abarca desde la preparación conjunta de los futuros papás y mamás para el nacimiento del niño hasta la inauguración de salas de maternidad familiares. En una sección también figuran medidas encaminadas a la ampliación de los servicios de atención de la salud de la mujer durante toda su vida.

En la realización de las medidas encaminadas a garantizar los derechos reproductivos del hombre y la mujer, incluido el suministro de medios anticonceptivos modernos, un papel importante lo desempeña la Oficina Fondo de Población de las Naciones Unidas en la República de Belarús.

Parte III

A.Progresos realizados en la esfera del mejoramiento de la situación de la mujer

Las transformaciones socioeconómicas ocurridas en la República de Belarús en el decenio de 1990 han permitido sentar las bases de un modelo de economía de mercado, propiciar el surgimiento del sector no estatal de la economía y contribuir al fomento de nuevas relaciones en el mercado de trabajo. A la par con la reforma de la economía, y una reevaluación de los valores espirituales, se ha procedido a reformular el lugar y el papel de la mujer en la sociedad.

Los cambios ocurridos han contribuido a ampliar las posibilidades de autorrealización de la mujer, y a garantizar su participación multifacética en la vida socio-laboral, política y social del país.

En el período 1994-2001 en la República de Belarús, y teniendo en cuenta los recursos disponibles, se adoptaron medidas de tipo jurídico, organizativo y administrativo encaminadas a mejorar la situación de la mujer, a proteger sus derechos e intereses y a mitigar las consecuencias negativas del período de transición.

En el período transcurrido se ejecutaron con éxito el Plan de acción nacional de mejoramiento de la situación de la mujer en el período 1996-2000 y el Programa nacional titulado “La mujer en la República de Belarús”.

En el período que se examina prosiguió el trabajo de perfeccionamiento de la legislación nacional y su armonización con las normas del derecho internacional. Ese proceso se complementó con una labor de educación jurídica de la mujer. Los cambios más importantes ocurridos en materia de perfeccionamiento de la legislación se relacionaron con la aprobación de los nuevos Código sobre el Matrimonio y la Familia y el Código del Trabajo.

En el período 1994-2001 fueron ratificados mediante decretos del Presidente de la República de Belarús y aprobados por decisión del Gobierno 15 documentos que revisten considerable importancia para el mejoramiento de la protección social de la familia, la mujer y el niño, así como para el fomento de un sistema de seguro social de la población. Entre esos documentos se cuentan el Programa presidencial titulado “Niños de Belarús” (1998-2000), la Ley sobre la introducción de enmiendas y adiciones en la Ley sobre prestaciones estatales a familias con niños (1997 y 1998), la Ley de servicios sociales (2000), el Decreto del Presidente de la República de Belarús sobre aspectos fundamentales de la política estatal en materia de familia (1998), así como las disposiciones del Gobierno de la República de Belarús sobre medidas prioritarias en la realización de los aspectos fundamentales de la política estatal en materia de familia (1998) y sobre reglamentos modelos sobre el Centro territorial de prestación de servicios a la familia y los niños.

El período 1994-2000 se caracterizó por una considerable intensificación del papel de los órganos ejecutivos y administrativos locales y la realización de medidas encaminadas a mejorar la situación de la mujer en todas las esferas de la vida y a prohibir la discriminación por razón de sexo. En el plano provincial se elaboran programas especiales dirigidos a resolver los problemas sociales de la mujer, la familia y los niños; a fomentar el empleo de la mujer y la protección de su salud; y a garantizar los derechos reproductivos, entre otros. A nivel de comités ejecutivos provinciales se crean consejos de coordinación encargados de resolver los problemas de la familia y la protección de los derechos del niño, integrados por especialistas procedentes de los órganos del trabajo y seguro social, de la educación, de la salud pública, y del interior, así como por representantes de las organizaciones sociales.

En el período 1994-2000 se concluyó prácticamente la creación del mecanismo nacional encargado de aplicar la política dirigida a garantizar la igualdad de género y la liquidación de la discriminación de la mujer. A fin de promover la formulación y ejecución de la política de género en la República de Belarús en mayo de 2000 se creó en el marco del Consejo de Ministros de la República de Belarús el Consejo nacional sobre política de género. Integraron el Consejo representantes de los órganos legislativos y ejecutivos, las organizaciones sociales y los círculos científicos.

Un importante mecanismo consistió en la celebración en el período que se examina de varias conferencias, mesas redondas y seminarios científico-prácticos en los planos nacional y local, con el fin de profundizar en la situación creada y elaborar una estrategia y táctica para la adopción de medidas encaminadas a mejorar la situación de la mujer.

Se ha intensificado notablemente la labor de las organizaciones sociales de la mujer, parte integrante de la sociedad civil. En el período que se examina aumentó el número de esas organizaciones y se diversificó su labor. Actualmente en la República de Belarús funcionan 20 organizaciones de mujeres de categoría nacional, cada una de ellas encargada de varios proyectos concretos encaminados a facilitar la solución de tal o cual problema que afecta a la mujer. El marco de actividad de esas organizaciones es amplio, pues abarca desde la prestación de ayuda a la mujer en materia de empleo hasta la labor de educación para elevar los conocimientos jurídicos de la mujer.

Se amplía la cooperación entre las organizaciones sociales de mujeres y las estructuras estatales en el proceso de realización de la política estatal para el mejoramiento de la condición social de la mujer.

Como complemento de los documentos internacionales ya ratificados por la República de Belarús en 1995, el país suscribió los documentos finales de la Conferencia de Beijing, con lo que confirmó su disposición a cumplir las obligaciones concretas contraídas en la esfera de la realización de la política de mejoramiento de la situación de la mujer.

Como expresión de su adhesión a la promoción y protección de los derechos humanos, en el período 1997-2000 la República de Belarús suscribió formalmente documentos sobre su participación en los siguientes instrumentos:

Protocolo adicional a la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (instrumento de ratificación depositado el 23 de enero de 2002);

Protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (suscrito el 29 de abril de 2002);

Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (suscrita en diciembre de 2000);

Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (suscrito en diciembre de 2000);

Convención sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de niños (instrumento de adhesión ratificado el 12 de enero de 1998);

Convenio sobre la protección de los niños y la cooperación en materia de adopción internacional (suscrito el 10 de diciembre de 1997).

Actualmente se trabaja en la adhesión de la República de Belarús al Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados; en la ratificación del Protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; y la ratificación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional.

Un rasgo característico del período que se examina fue la ampliación paulatina de la participación de la mujer en la adopción de decisiones políticas, económicas y sociales. A raíz de las elecciones de 2000-2001 el número de diputadas en la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Belarús se duplicó (de 4,5% a 10,3% del total de diputados). Aumenta paulatinamente la participación de la mujer en la labor de los consejos electorales de diputados a todos los niveles, así como su participación en los órganos ejecutivos de gobierno.

Se ha perfeccionado la estadística de género, con lo que se han ampliado las posibilidades de analizar comparativamente la situación de la mujer y del hombre. En 1999 y 2001 se publicaron las guías estadísticas tituladas “La mujer y el hombre de la República de Belarús”.

También ejercieron una influencia positiva en el mejoramiento de la condición social de la mujer la ampliación del intercambio de información y la cooperación con organizaciones internacionales de mujeres.

Se intensificaron las investigaciones de género. El ejemplo más notable de ello fue la preparación y publicación en 1997 del informe nacional titulado “La mujer belarusa ante el espejo de la época”, en el marco del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo titulado “La mujer en el proceso de desarrollo”, así como la realización de tres investigaciones sociológicas sobre el problema de la violencia contra la mujer. El problema de la condición de la mujer comenzó a tratarse más a fondo en los medios de difusión. Se sentaron las bases del sistema de educación en materia de género. En cuatro centros de enseñanza superior de la República de Belarús se imparten cursos sobre problemas de género.

A fin de apoyar a las mujeres que se encuentran en situaciones difíciles, en la República de Belarús se ha creado y se desarrolla una red de centros de servicios sociales para la familia y los niños. En el período 1998-2000 se crearon 24 centros de ese tipo.

Habida cuenta de la importancia y complejidad del problema de la trata de personas, se aprobó el programa estatal de medidas amplias para reprimir la trata de personas y la prostitución para el período 2002-2007.

El logro de muchos de los resultados citados habría sido extraordinariamente difícil sin la estrecha cooperación entre el Gobierno de la República de Belarús, y la Oficina de las Naciones Unidas en la República de Belarús en el marco de dos proyectos del PNUD: “La mujer en el proceso de desarrollo” y “Fortalecimiento del centro de información y política en materia de género”. Creado durante la ejecución del primer proyecto, el Centro de información y política en materia de género ha venido prestando en años recientes una activa ayuda a los mecanismos estatales en la realización de la política en materia de género.

En mayo de 2001 el Gobierno de la República de Belarús aprobó el segundo Plan de acción nacional para garantizar la igualdad de género para el período 2001-2005, cuyo objetivo fundamental consistió en la creación de las condiciones propicias para garantizar la igualdad de oportunidades para ambos sexos y la disminución de las diferencias entre su igualdad jurídica y física en todas las esferas de su actividad vital. A la hora de redactar el nuevo plan se tuvieron en cuenta las recomendaciones del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer, formuladas tras el examen del tercer informe periódico de la República de Belarús en enero de 2000.

B.Obstáculos pendientes

El problema de la discriminación por motivo de género en la colocación en el empleo y los despidos, la garantía del derecho de la mujer a una remuneración justa e igual por trabajo de igual valor que el hombre, la creación de condiciones de trabajo propicias teniendo en cuenta la función reproductiva de la mujer, y las garantías económicas y sociales para la conjugación de las obligaciones profesionales y familiares, siguen siendo cuestiones apremiantes en todo el mundo.

En la República de Belarús, como en otros países, existen graves obstáculos que impiden la solución de los problemas señalados, entre los que figuran los siguientes: la naturaleza inerte de los procesos sociales, el desfase temporal que existe entre la adopción de medidas para bien de la mujer y la obtención de resultados palpables tras su realización, y la lentitud con que se crean nuevos mecanismos de protección proporcionales a los fenómenos socioeconómicos actuales.

Entre las causas que frenan el proceso en esa esfera se cuenta también la compleja situación económica que se agrava aún más por la necesidad de destinar más del 10% del presupuesto estatal a la eliminación de las secuelas de la catástrofe de la central atómica de Chernobyl.

Además, pese a la ausencia en la legislación de disposiciones discriminatorias contra la mujer, las garantías que se consagran en las leyes no se materializan plenamente en la práctica. Tampoco contribuye a mejorar la eficacia del proceso de perfeccionamiento de la legislación, ante todo de la legislación laboral, la ausencia de proyectos de ley e instrumentos normativos en materia de igualdad de género y de una legislación eficaz.

Se producen casos en que se viola la legislación de la República de Belarús a la hora de contratar y despedir a la mujer. Más del 12% de las trabajadoras ocupan puestos de trabajo en los que no se cumplen las normas de higiene y salud.

En los últimos diez años tanto el hombre como la mujer ha padecido la escasez de recursos. Así, pues, el por ciento de hombres con ingresos por debajo del mínimo vital entre toda la población masculina aumentó del 39,4% en 1995 al 42,9% en 2000, mientras que el por ciento comparable de mujeres creció del 37,4% al 41%, respectivamente.

Influye también en el proceso de mejoramiento de la condición social de la mujer la presencia en la sociedad de estereotipos persistentes respecto de los papeles sociales del hombre y la mujer, el subdesarrollo de las estructuras de la sociedad civil, y la renuencia de la sociedad en su conjunto a hacer suya la nueva concepción de igualdad de oportunidades. Hasta el presente, para muchos la igualdad de género es un problema exclusivo de la mujer, y no de un contexto socioeconómico mayor.

Otro grave obstáculo es la escasa participación del hombre en las actividades encaminadas a garantizar la igualdad de género.

Un importante problema consiste en la insuficiencia de información estadística sobre muchas cuestiones, así como de investigaciones científicas profundas de la influencia de los procesos de transformación en todos los aspectos de la vida del hombre y de la mujer.

Si bien se va configurando lentamente un mecanismo nacional para la realización de la política de género en el plano local, los especialistas que lo integran no están debidamente calificados.

Actualmente, en la República de Belarús la mujer aún no está lo suficientemente representada en el plano de adopción de decisiones en los órganos legislativo y ejecutivo de gobierno.