Introducción
De conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la República de Belarús presenta su octavo informe periódico sobre la aplicación de la Convención.
El informe se compila en forma de respuestas a la lista de preguntas suministrada a Belarús por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer antes de la presentación del octavo informe periódico (CEDAW/C/BLR/QPR/8) y también tiene en cuenta las observaciones finales del Comité (CEDAW/C/BLR/CO/7).
La información facilitada anteriormente en virtud del procedimiento de seguimiento de las observaciones finales individuales del Comité figura en el documento CEDAW/C/BLR/CO/7/Add.1.
El informe fue elaborado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en colaboración con el Ministerio de Trabajo y Asistencia Social, el Comité Nacional de Estadística, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y otros organismos públicos de la República de Belarús cuya competencia se extiende a la igualdad de género y la eliminación de la discriminación contra la mujer.
El informe contiene información sobre las medidas legislativas, administrativas y de otra índole adoptadas en la República de Belarús para aplicar las disposiciones de la Convención. Refleja los avances logrados en el adelanto de la mujer en la República de Belarús durante el período sobre el que se informa, así como información sobre las dificultades que persisten en este ámbito.
En los informes periódicos presentados a otros órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos se facilita información detallada sobre la observancia por la República de Belarús de categorías individuales de derechos humanos: el documento básico común (HRI/CORE/BLR/2015); el informe nacional para el examen periódico universal (A/HRC/WG.6/22/BLR/1); los informes periódicos cuarto a sexto combinados sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/BLR/4-6); el quinto informe periódico sobre la aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT/C/BLR/5); los informes periódicos 18º y 19º combinados sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD/C/BLR/18-19); y los informes periódicos tercero y cuarto sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/BLR/3-4).
Información general
Las medidas para garantizar la igualdad de oportunidades del hombre y la mujer son una parte esencial de la política social de la República de Belarús. El 1 de enero de 2016, residían en el país 9.498.400 personas, 4.420.800 de ellas hombres y 5.077.600 mujeres. Las mujeres constituyen el 53,5% de la población y el 49,6% de las personas empleadas en la economía de la república.
Durante el período sobre el que se informa, la República de Belarús adoptó medidas jurídicas, organizativas y administrativas para mejorar la condición de la mujer y proteger sus derechos e intereses, lo que permitió avanzar sustancialmente en la consecución de la igualdad de derechos y oportunidades tanto dentro del país como en la escena mundial.
La República de Belarús es uno de los 15 países en que el índice de desarrollo humano (IDH) de la mujer iguala o supera el del hombre. El país ocupa el puesto número 31 de 155 países del mundo en el índice de desigualdad de género y el número 25 en el índice de maternidad.
La política de igualdad de género de la República de Belarús se aplica sobre la base de planes de acción nacionales. Durante el período transcurrido desde la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se han ejecutado cuatro planes de acción nacionales para la igualdad de género (1996-2000, 2001-2005, 2008-2010 y 2011-2015) que tenían en cuenta las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Los planes nacionales son aprobados por el Gobierno de la República de Belarús.
Se está elaborando el plan de acción nacional para la igualdad de género 2016-2020. Se ha convocado a organizaciones no gubernamentales y organismos de las Naciones Unidas para que participen en la elaboración, así como a organismos públicos y comités ejecutivos locales.
Durante el período 2011-2015 se ejecutó toda una serie de programas públicos centrados en diversas facetas del adelanto de la mujer, como la salud, la educación, la protección social y el ejercicio del derecho a trabajar y a participar en la vida sociopolítica; entre dichos programas cabe citar el programa nacional para la seguridad demográfica en la República de Belarús para 2011-2015, el programa integral de servicios sociales para el período 2011-2015, los programas de promoción del empleo público (aprobados anualmente), el Plan de Acción Nacional para Mejorar la Situación de los Niños y Proteger sus Derechos para 2012-2016, el programa nacional de finalidad específica para mejorar las condiciones de trabajo y la protección para el período 2011-2015 y un programa público destinado a crear un entorno de vida sin obstáculos para las personas con discapacidad física para el período 2011-2015.
La participación de la mujer en la toma de decisiones y en el desarrollo de su potencial de liderazgo es un aspecto importante de la igualdad de género. Las mujeres conforman el 70,1% de los funcionarios públicos y el 54,7% de los jefes ejecutivos de organizaciones y sus adjuntos. Tradicionalmente, más de la mitad de los miembros de las comisiones electorales en las elecciones nacionales son mujeres. Sobre la base de los resultados de las elecciones a los consejos locales de diputados en la 27ª convocatoria, que se celebraron el 23 de marzo de 2014, unas 8.700 mujeres fueron elegidas diputadas (el 46,3% del número total de diputados). Más del 30% de los consejos de diputados a todos los niveles territoriales están dirigidos por mujeres.
El 1 de julio de 2015, cerca del 67,9% de los funcionarios públicos empleados en la judicatura eran mujeres.
Se ha avanzado en la recopilación, el análisis y la presentación de estadísticas de género en el marco de la aplicación de la sección “Estadísticas de género y apoyo científico” del Plan de Acción Nacional para la Igualdad de Género en la República de Belarús 2011-2015. Actualmente, los informes estadísticos del Estado permiten analizar y comparar todos los aspectos de la condición de las mujeres y los hombres en todas las esferas de la vida.
Con fines de supervisión, el Comité Nacional de Estadística de la República de Belarús ha elaborado un sistema de indicadores para las estadísticas de género sobre la base del cual se trazan series cronológicas para lo siguiente: economía, pobreza, educación, salud, demografía, niños y adolescentes, violencia, poder y toma de decisiones en la sociedad y en el hogar, comunicación y medio ambiente. El sistema se basa en un conjunto de indicadores de género de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas y tiene en cuenta las circunstancias nacionales y las sugerencias de los miembros del Consejo Nacional sobre Política de Género del Consejo de Ministros de la República de Belarús.
El Comité Nacional de Estadística compila y procesa estadísticas de género en una publicación titulada Women and Men in the Republic of Belarus (editada una vez cada tres años). Esta compilación ofrece información sobre el número de mujeres y hombres en Belarús, la esperanza de vida, los flujos migratorios, las tasas de morbilidad, la enseñanza secundaria y superior, el empleo de hombres y mujeres en distintos sectores de la economía y otra información que ilustra la condición de la mujer y el hombre en Belarús.
Una manera de mejorar las estadísticas de género ha sido la realización de un muestreo especial por el Comité Nacional de Estadística.
En 2012, el Comité Nacional de Estadística, con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), administró la encuesta de indicadores múltiples por conglomerados (MICS4). Los resultados de la encuesta complementan las estadísticas de género existentes del país con indicadores cualitativos, lo que permite definir las cuestiones de género del país con mayor precisión.
En 2014-2015, el Comité Nacional de Estadística, junto con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el UNICEF, ejecutó un proyecto internacional de asistencia técnica para desarrollar la capacidad del sistema estadístico nacional de producción, análisis y difusión de información sobre la población relacionada con el género; en el marco del proyecto, se encuestó a hogares con el fin de estudiar el uso del tiempo cotidiano de la población.
La encuesta amplió considerablemente el sistema actual de indicadores para las estadísticas de género, proporcionando información sobre la estructura de las actividades cotidianas, la proporción de tiempo invertido por la mujer y el hombre en trabajo remunerado y no remunerado y otros indicadores que caracterizan las diferencias de género en el uso del tiempo.
El anexo al informe ofrece información oficial sobre la situación actual de la mujer en la República de Belarús (véase el anexo).
El principio constitucional de igualdad de todos los ciudadanos fundamenta las actividades del sistema judicial de la República de Belarús. A todos los ciudadanos del país, independientemente de su sexo, se les garantiza el derecho de protección por los tribunales contra amenazas a la vida y la salud, al honor y la dignidad y a su libertad personal y propiedades, así como otros derechos y libertades. Las instituciones judiciales velan por el cumplimiento del principio de igualdad de hombres y mujeres de conformidad con la legislación.
Los tribunales de jurisdicción general de la República de Belarús no llevan informes estadísticos del número o la naturaleza de las causas en cuya vista los jueces se refieren directamente a la Convención.
Al mismo tiempo, los tribunales han dictado decisiones pertinentes después de escuchar causas relativas a demandas presentadas por mujeres que consideran que se las ha discriminado en las relaciones laborales.
Marco constitucional, legislativo e institucional
Sobre la base de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, se incluyó en el Plan de Acción Nacional para la Igualdad de Género en la República de Belarús 2011-2015 un estudio sobre la conveniencia de aprobar una ley relativa a la garantía de igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer en Belarús.
En 2013, el Centro Nacional de Investigación Legislativa y Jurídica realizó un análisis exhaustivo basado en el género de la conformidad de la legislación con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la presencia de disposiciones que discriminan a las mujeres.
El análisis basado en el género reveló que la legislación nacional es neutra en cuanto al género y no contiene disposiciones que discriminen a la mujer. El principio de igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer enunciado en la Convención está consagrado en la Constitución y se ha seguido reforzando en la legislación nacional. La mayoría de las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer ya se han incorporado a la legislación nacional en términos generales.
La Constitución garantiza a las mujeres y los hombres igualdad de oportunidades de educación, formación profesional, empleo y promoción en el trabajo y las esferas sociopolítica, cultural y otras. Esta norma es fundamental para la elaboración y aplicación de una legislación equilibrada en cuanto al género. Es universal y apunta a la necesidad de equilibrio de género en todas las esferas.
El principio general de igualdad se consagra en leyes y normativas como el Código del Matrimonio y la Familia, el Código Penal, el Código Civil, el Código del Trabajo y el Código de Educación de Belarús.
El análisis concluyó que sería prematuro adoptar un estatuto individual sobre las cuestiones de igualdad de género en Belarús en el futuro próximo. Sería más conveniente modificar los estatutos especiales que entrañan un mecanismo para el ejercicio de un determinado derecho en el contexto de la garantía del equilibrio de género.
La cuestión de la conveniencia de aprobar una ley relativa a la garantía de igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer en Belarús se examinó en 2013 en una sesión del Consejo Nacional sobre Política de Género del Consejo de Ministros, con la participación de diputados de la Cámara de Representantes y miembros del Consejo de la República de la Asamblea Nacional. Los miembros del Consejo Nacional respaldaron las conclusiones del Centro Nacional de Investigación Legislativa y Jurídica.
El derecho a la igualdad de protección de los derechos e intereses legítimos, sin discriminación, se consagra en el Código Civil (artículo 2), el Código de Procedimiento y Ejecución de Actos Administrativos (artículo 2.12), el Código de Procedimiento Penal (artículo 20) y otras leyes y normativas de la República de Belarús.
En virtud de la parte 3 del artículo 3 del Código Penal, “los delincuentes son iguales ante la ley y serán penalmente responsables con independencia de su sexo, raza, etnia, idioma, origen, riqueza o condición oficial, lugar de residencia, actitud hacia la religión, creencias, afiliación a asociaciones públicas u otros factores”. En la parte 3 del artículo 4.2 del Código de Infracciones Administrativas figura una disposición similar.
El artículo 190 del Código Penal, que especifica la responsabilidad por la vulneración o restricción intencional directa o indirecta de los derechos y las libertades o el establecimiento de ventajas directas o indirectas para los ciudadanos —sobre la base del sexo, la raza, la etnia, el idioma, el origen, la riqueza o la condición oficial, el lugar de residencia, la actitud hacia la religión, las creencias o la afiliación a asociaciones públicas— que den lugar a un perjuicio sustancial de los derechos, libertades e intereses legítimos de los ciudadanos, sirve como instrumento para la protección jurídica de los ciudadanos contra la discriminación. En el período 2011-2015 no se incoaron ni escucharon causas en los tribunales con arreglo a este artículo.
La decisión del Tribunal Constitucional de 17 de julio de 2009 sobre la garantía de la igualdad de derechos de los ciudadanos en la esfera del trabajo señaló que la inclusión por parte del empleador de requisitos basados en la edad, el lugar de residencia u otras circunstancias que podrían considerarse discriminatorias en anuncios de empleo (vacantes) crea las condiciones para la vulneración de los derechos y libertades de los ciudadanos consagrados en la Constitución, incluido el derecho de la mujer a las mismas oportunidades que los hombres en el trabajo y la promoción laboral (parte 5 del artículo 32). Sobre esta base, con el fin de garantizar el ejercicio del derecho constitucional de los ciudadanos al trabajo y la exhaustividad de la normativa legal en la esfera de las relaciones laborales, el Tribunal Constitucional declaró la necesidad de insertar las adiciones apropiadas en el artículo 14 del Código del Trabajo y propuso que el Consejo de Ministros elaborase un proyecto de ley sobre la inserción de las adiciones en el Código.
La parte 1 del artículo 14 del Código del Trabajo se revisó mediante la Ley de 8 de enero de 2014 sobre la Modificación del Código del Trabajo (que entró en vigor el 25 de julio de 2014). La lista de características consideradas discriminatorias en las relaciones laborales se ha ampliado para incluir la edad y el lugar de residencia.
Por lo tanto, en virtud de lo dispuesto actualmente en el artículo 14, está prohibida toda discriminación, es decir, la restricción de los derechos laborales o la concesión de alguna ventaja por motivo de sexo, raza, origen étnico, idioma, convicciones religiosas o políticas, afiliación o no afiliación a sindicatos u otras asociaciones públicas, riqueza o condición oficial, edad, lugar de residencia o discapacidad física o mental que no impida el desempeño de las obligaciones del trabajo en cuestión u otras circunstancias no relacionadas con las cualificaciones profesionales o no especificadas en la descripción de funciones del trabajador.
Además, la lista de condiciones discriminatorias es abierta, es decir, toda condición que no esté relacionada con las cualificaciones profesionales o que no esté asociada a la descripción de funciones o la condición del trabajador puede considerarse discriminatoria de la manera prescrita en la legislación.
La discriminación no se permite ni en medidas específicas ni en disposiciones de leyes, convenios colectivos u otras normativas locales o en los convenios de trabajo sobre ningún aspecto de las relaciones laborales (como, por ejemplo, contratación, promoción, resolución del contrato de trabajo, remuneración, condiciones o protección laboral).
Con arreglo a la parte 4 del artículo 14, las personas que consideren que han sido objeto de discriminación en el ámbito de las relaciones laborales tienen derecho a recurrir a un tribunal para poner fin a dicha discriminación.
Estos recursos son tramitados por los tribunales de jurisdicción general de la manera prescrita por el Código de Procedimiento Civil.
Los estatutos de la República de Belarús en la esfera de las relaciones laborales establecen garantías adicionales para determinadas categorías de trabajadores.
Con arreglo al Decreto Presidencial núm. 180 de 12 de abril de 2000 sobre el Procedimiento de Aplicación del Edicto Presidencial núm. 29 de 26 de julio de 1999, la vigencia del contrato es la siguiente cuando se celebra un contrato con un trabajador con el que se hubiese formalizado un contrato de trabajo por un período indefinido, cuando se prorroga un contrato o cuando se celebra uno nuevo:
1)En el caso de una trabajadora que esté disfrutando de una licencia de maternidad o una madre (o, en su lugar, el padre o un tutor) que esté disfrutando de una licencia parental para cuidar de un hijo menor de 3 años, al menos hasta el término de dicha licencia;
2)En el caso de un trabajador que se acerque a la edad de jubilación y cuyo desempeño haya sido diligente sin que consten conductas indebidas u otras infracciones en el lugar de trabajo, al menos hasta alcanzar la edad de jubilación establecida generalmente.
Cuando la madre (o, en su lugar, el padre o un tutor) de un niño menor de 3 años se reincorpore al trabajo antes o después de finalizar la licencia para cuidado infantil, el empleador está obligado, con el consentimiento de la persona en cuestión, a prorrogar el contrato o celebrar uno nuevo por un período que se extienda al menos hasta que el niño cumpla 5 años.
No pueden resolverse los contratos con mujeres embarazadas o con mujeres que tienen hijos menores de 3 años (o hijos con discapacidad menores de 18 años) y con las cuales se hayan formalizado acuerdos de empleo por un período indefinido, a menos que la mujer dé su consentimiento para ello para la resolución de tales contratos.
Los contratos con mujeres embarazadas se pueden prorrogar, con su consentimiento, durante el período de embarazo u otro período de tiempo acordado por las partes.
De conformidad con la parte 1 del artículo 268 del Código del Trabajo, está prohibido negarse a celebrar un contrato de trabajo con una mujer o reducir sus ingresos por embarazo o existencia de hijos menores de 3 años o, en el caso de las madres solteras, hijos menores de 14 años (o 18 años en el caso de hijos con discapacidad).
El empleador no puede resolver los contratos de trabajo con mujeres embarazadas, mujeres con hijos menores de 3 años o madres solteras con hijos de entre 3 y 14 años (o 18 años en el caso de hijos con discapacidad), excepto en los casos en que se esté liquidando la organización; se esté poniendo fin a las actividades de una filial, una oficina de representación u otra subdivisión independiente de una organización en un lugar diferente; o se esté poniendo fin a las actividades de un determinado empresario o en los casos en que se produzcan conductas indebidas u otras infracciones en el lugar de trabajo (parte 3 del artículo 268 del Código de Trabajo).
Además, la negativa infundada a contratar a una mujer o su despido por embarazo o el despido ilegal deliberado de una persona del trabajo es punible con arreglo al artículo 199 del Código de Trabajo. No se incoaron ni escucharon causas en los tribunales con arreglo a este artículo en el período 2011-2015.
En las controversias laborales en las que una mujer ha sido parte, los tribunales no han encontrado pruebas de que se hayan limitado sus derechos laborales en la contratación, promoción o prórroga del contrato ni tampoco pruebas de la creación de condiciones que discriminen a la mujer sobre la base de las reglamentaciones locales de las organizaciones (negociación colectiva, convenios).
Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer
El Consejo Nacional sobre Política de Género del Consejo de Ministros (en adelante, el Consejo Nacional) lleva en funcionamiento desde 2000 (Resolución núm. 698 del Consejo de Ministros de 17 de mayo de 2000). En 2012 se aprobó una nueva versión del Reglamento sobre el Consejo Nacional y su composición (Resolución núm. 613 del Consejo de Ministros de la República de Belarús de 30 de junio de 2012, modificado el 14 de diciembre de 2013).
El nuevo Reglamento definió los objetivos del Consejo Nacional con mayor especificidad.
Para cumplir sus objetivos, el Consejo Nacional hace lo siguiente:
1)Coordina la labor de los organismos públicos de la república, otras organizaciones del Estado subordinadas al Gobierno, los órganos ejecutivos y reguladores locales y las asociaciones públicas en el ámbito de la igualdad de género, con el fin de garantizar las condiciones necesarias para la participación de pleno derecho de la mujer y el hombre en todas las esferas de la vida y la prevención de la trata de personas y la violencia por razón de género;
2)Elabora proyectos de normativas orientadas a mejorar la política de igualdad de género del Estado y decide sobre la conveniencia de su aprobación;
3)Elabora proyectos de planes de acción nacionales para la igualdad de género y presenta sus conclusiones sobre la posibilidad de su aprobación al Consejo de Ministros;
4)Examina los informes sobre la ejecución de los planes de acción nacionales para la igualdad de género y los presenta al Consejo de Ministros;
5)Facilita la realización de investigaciones científicas y sociológicas para garantizar la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres en la esfera económica, política, social y cultural de la vida pública;
6)Coopera a nivel internacional en cuestiones relacionadas con la política de igualdad de género;
7)Vela por la elaboración de informes periódicos dirigidos al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer relativos al cumplimiento de las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El Consejo Nacional está formado por representantes de organismos legislativos, ejecutivos y judiciales; órganos ejecutivos y reguladores locales; organizaciones científicas; y sindicatos, así como cinco asociaciones públicas y organizaciones internacionales (31 personas: 21 mujeres y 10 hombres). La composición del Consejo Nacional cambia periódicamente. El Consejo se reúne cuando es necesario, pero no menos de dos veces al año.
El Consejo Nacional está integrado por representantes de las siguientes asociaciones no gubernamentales de mujeres, como miembros iguales: la asociación pública Unión de Mujeres de Belarús, la asociación pública internacional Gender Perspectives, la asociación pública Asociación Cristiana Femenina de Belarús y la asociación pública Movimiento Democrático Independiente de Mujeres, así como representantes de la Federación de Sindicatos de Belarús y la comunidad académica.
La cooperación entre el mecanismo nacional para la aplicación de la política de género y la sociedad civil también se refleja en la contratación de representantes de asociaciones públicas para la elaboración y evaluación de proyectos de normativas. Por ejemplo, en la elaboración del plan de acción nacional para la igualdad de género y otros planes y programas del Estado participan representantes de asociaciones públicas.
En 2012 y 2013 se crearon en todas las regiones del país (en los comités ejecutivos de las provincias y el comité ejecutivo municipal de Minsk) grupos de trabajo de expertos que abordan la aplicación de la política de género, a fin de establecer alianzas con las instituciones de la sociedad civil en las cuestiones de política de género. Estos grupos incluyen a representantes de asociaciones no gubernamentales y de la comunidad académica.
Las cuestiones de igualdad de género son competencia de diversos organismos públicos. El Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Trabajo y Asistencia Social, el Ministerio de Economía, el Comité Nacional de Estadística, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Información, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y otros organismos públicos desempeñan funciones para garantizar la igualdad de género en diversas esferas de la vida dentro del ámbito de sus competencias.
El Departamento de Población y Política de Género y de Familia ejerce sus funciones dentro de la estructura del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social. Desempeña las tareas asignadas al Ministerio en relación con la aplicación de los ámbitos prioritarios de la política del Estado para garantizar la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y ejerce funciones que entrañan apoyo técnico e informativo a las actividades del Consejo Nacional.
Así, la función de coordinación, control y evaluación de la política del Estado en materia de igualdad de género a nivel nacional y local no recae en el Departamento de Población y Política de Género y de Familia, sino que desempeña esta función el Consejo Nacional sobre Política de Género del Consejo de Ministros.
Las medidas del plan nacional se financian con fondos asignados en el presupuesto de la república para el mantenimiento de los organismos públicos, los presupuestos locales y las fuentes extrapresupuestarias pertinentes. La ausencia de fondos para fines específicos no representa un obstáculo para la ejecución de las medidas del plan nacional. Se han llevado a cabo todas estas medidas.
También se han movilizado recursos financieros de organizaciones internacionales para ejecutar medidas del plan nacional en el marco de proyectos internacionales de asistencia técnica y subvenciones exteriores.
El estado de ejecución del plan nacional se examina anualmente. El sistema de seguimiento abarca dos niveles: local y nacional. A nivel local, la ejecución se controla periódicamente en reuniones de comités ejecutivos de distintos niveles, así como en reuniones de grupos de trabajo de expertos en política de género en los comités ejecutivos de las provincias y el comité ejecutivo municipal de Minsk.
A nivel nacional, la ejecución del plan nacional se supervisa en varias fases. Los ejecutores (organismos públicos, organizaciones públicas e internacionales y órganos ejecutivos y reguladores locales) proporcionan información al Ministerio de Trabajo y Asistencia Social. Se envían materiales analíticos resumidos al Consejo de Ministros. La ejecución del plan nacional es un tema de debate habitual en las reuniones del Consejo Nacional y en los consejos del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social.
La ejecución del plan nacional para el período 2011-2015 concluyó en 2015. Los resultados de la ejecución se examinaron en una reunión ampliada del Consejo Nacional en el Consejo de la República de la Asamblea Nacional que incluyó la participación de miembros de este último.
En Belarús no existe una institución nacional de derechos humanos que cumpla los Principios de París. Está previsto realizar un estudio separado sobre esta cuestión.
Sin embargo, el país cuenta con un amplio sistema de instituciones públicas que trabajan para promover y proteger diversas categorías de derechos humanos y a través de las cuales se ha entablado una cooperación constructiva entre entidades y organizaciones públicas, estructuras de la sociedad civil, organizaciones religiosas y sindicatos: la Comisión Nacional de los Derechos del Niño; el Consejo Nacional sobre Política de Género; el Consejo Consultivo Interétnico; el Consejo Consultivo Interreligioso; el Consejo Nacional sobre Cuestiones Laborales y Sociales; el Consejo Interdepartamental Nacional sobre Discapacidad; la Comisión Interdepartamental sobre los Problemas de los Mayores, los Veteranos y las Personas que Sufren las Consecuencias de la Guerra; el Consejo sobre la Actualización de la Legislación Social y Laboral; el Consejo de Coordinación Comunitaria de Medios de Comunicación; el Consejo de Coordinación Comunitaria de Medio Ambiente; el Consejo Comunitario de Lucha contra la Corrupción; el Consejo Comunitario en el Ministerio del Interior; el Centro para la Alianza Público-Privada y otros.
Medidas especiales de carácter temporal
En 2015 se implantó una nueva y amplia medida para apoyar a las familias numerosas: “Capital Familia” (una transferencia puntual no en efectivo de 10.000 dólares de los Estados Unidos a familias tras el nacimiento o la adopción de su tercer hijo o subsiguientes). Ese año se abrieron un total de 11.582 cuentas de depósito “Capital Familia” por un valor de 115.820.000 dólares de los Estados Unidos. El programa es temporal y está previsto que dure cinco años, desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2019; cubre a todos los ciudadanos de Belarús. Todos los miembros de la familia pueden utilizar los fondos de “Capital Familia” en cuotas iguales.
En 2013 se modificó el Código de Trabajo para reforzar la igualdad en las relaciones familiares. El derecho a licencia parental para cuidar de un niño menor de 3 años y a días libres adicionales (para crianza) se extiende a los padres y madres putativos. Además, si una madre trabaja como empresaria, abogada, notaria o artesana por cuenta propia, el padre asalariado u otro miembro de la familia también puede obtener una licencia parental para cuidar de un niño (anteriormente este derecho se concedía si la madre asumía un trabajo con arreglo a un contrato de trabajo).
Se ha introducido una disposición en la ley de prestaciones del Estado para que, si una madre trabaja a tiempo completo y el padre, desempleado, cuida de un niño menor de 3 años, se pague la totalidad de la prestación (anteriormente, la cuantía plena se reservaba a la madre y solo se pagaba el 50%).
Estereotipos
La incorporación de la perspectiva de género en la educación y los medios de comunicación es la principal herramienta para superar los estereotipos de género.
En el marco del Plan de Acción Nacional para la Igualdad de Género (las secciones “Desarrollo de un sistema de educación de género” y “Apoyo informativo de medidas para garantizar la igualdad de género”), se han ejecutado medidas para elaborar un sistema de educación de género en el país, incluido un debate público de las cuestiones de género y la igualdad de género durante actos de sensibilización públicos.
La especialización de los periodistas se reforzó mediante el proyecto internacional de asistencia técnica destinado a desarrollar la capacidad de Belarús para luchar contra la violencia doméstica y lograr al mismo tiempo la igualdad de género, cuya ejecución estuvo a cargo del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social y el UNFPA (2012-2015). Se celebraron varios actos para representantes de los medios de comunicación: se organizaron seminarios bajo el tema “Cobertura de la (des)igualdad de género y la violencia doméstica en los medios de comunicación”; se elaboró y se está impartiendo en el Instituto de Periodismo de la Universidad Estatal de Belarús el curso “Género y medios de comunicación”; y se organizó un concurso entre periodistas para elegir el mejor artículo sobre cuestiones de género.
Los medios impresos y electrónicos cubren regularmente el tema de la igualdad de género y la lucha contra la violencia en la familia.
Diversos aspectos de la sensibilización y la educación sobre género se incluyen en cursos de repaso y formación avanzada para maestros escolares de ciencias sociales y profesores que imparten cursos básicos de humanidades y ciencias políticas y sociales, cuyas funciones abarcan, entre otras cosas, la impartición de clases sobre derechos humanos, derechos del niño y derechos de la mujer; la educación de género; y el trabajo con niños, adolescentes y adultos jóvenes.
De forma periódica se incorporan cursos de formación avanzada sobre aplicación de políticas de género para especialistas en trabajo, empleo y asistencia social en el plan de estudios del Instituto Nacional de Formación Avanzada y Reciclaje Profesional de Empleados del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social.
El Ministerio del Interior, en el marco del perfeccionamiento del personal, ha elaborado un programa educativo titulado “Mejorar el trabajo de las fuerzas del orden para luchar contra la violencia en la familia” y ha publicado los manuales La labor de las fuerzas del orden para luchar contra la violencia en la familia y Lucha contra la trata y derechos humanos, que examinan cuestiones de igualdad de género.
En los cursos de formación de la institución educativa estatal Academia de Estudios de Posgrado se han incorporado cuestiones relativas a la garantía de la igualdad de género.
Se han publicado los manuales pedagógicos Educación de estudiantes sobre género y familia y Crear una cultura de vida segura para ayudar a los docentes.
La estrategia de desarrollo de la educación sobre género se refleja en el Plan Marco para la Educación Continua de Niños y Jóvenes, que se aprobó mediante la Resolución núm. 82 del Ministerio de Educación de 15 de julio de 2015.
La educación sobre género se centra en dar a los estudiantes una idea de los conceptos de “género”, “diálogo de género”, “estereotipos de género” y “papeles asignados al género” y en fomentar actitudes responsables con respecto al matrimonio, la maternidad y la paternidad; el trato respetuoso y no discriminatorio a los miembros de ambos sexos; y el apoyo al esfuerzo para lograr un entendimiento mutuo.
El proceso educativo utiliza planes de estudios, programas didácticos y publicaciones pedagógicas con el mismo contenido para todos los estudiantes, independientemente de su sexo. Los estereotipos de género se eliminan incorporando en las normas educativas componentes que consolidan los conocimientos de género de los estudiantes.
Violencia contra la mujer
En 2015, el Ministerio del Interior elaboró un proyecto de ley sobre la prevención de la violencia en la familia, que actualmente se está revisando para tener en cuenta las observaciones de otros organismos públicos.
La mayoría de las formas de violencia cometidas en el seno familiar son delitos administrativos o penales que están sujetos a sanciones.
El Código de Infracciones Administrativas y el Código Penal contienen disposiciones sobre la responsabilidad por violencia doméstica. Pueden obtenerse indemnizaciones por daños y perjuicios (causados, por ejemplo, a la vida o la salud de un ciudadano) a través de los procedimientos civiles.
Si no hay delito, las lesiones que no causen daños físicos ni provocación intencional de dolor o sufrimiento físico o mental a un pariente cercano o un familiar están sujetas a las sanciones administrativas previstas en la parte 2 del artículo 9.1 del Código de Infracciones Administrativas (que se añadió mediante la Ley de 12 de julio de 2013 por la que se modifican el Código de Infracciones Administrativas y el Código de Procedimiento y Ejecución de Actos Administrativos; la ley entró en vigor el 28 de agosto de 2013). Las mujeres son las principales víctimas de tales delitos.
A continuación se expone la información sobre el número de vistas judiciales en la República de Belarús de causas relacionadas con infracciones administrativas contempladas en la parte 2 del artículo 9.1 del Código de Infracciones Administrativas:
Año |
Número de causas juzgadas |
Sanciones impuestas |
2013 |
1 173 |
740 |
2014 |
28 735 |
17 804 |
2015 |
44 002 |
26 436 |
Total global 2013-2015 |
73 910 |
44 980 |
A falta de denuncia por parte de la víctima, el proceso administrativo también puede ser incoado por el fiscal con arreglo al artículo 9.4 del Código de Procedimiento y Ejecución de Actos Administrativos, por infligir intencionalmente un daño físico y cometer otros actos de violencia.
Además, la ley de enjuiciamiento penal vigente (parte 5 del artículo 26 del Código de Procedimiento Penal) otorga al fiscal el derecho de incoar una causa penal con arreglo al procedimiento de enjuiciamiento privado o público-privado en ausencia de una solicitud de la víctima del delito, si este último afecta a los intereses esenciales del Estado y la sociedad o se cometió contra una persona que es dependiente del acusado o que, por otros motivos, es incapaz de defender sus derechos e intereses legítimos.
La labor encaminada actualmente a prevenir la violencia en la familia se ajusta a los principios de la Ley de Prevención del Delito de 4 de enero de 2014.
Con arreglo a esta ley, las medidas de protección personal se complementan ahora con una nueva medida: la emisión de un requerimiento judicial que obliga a un ciudadano que ha cometido un acto de violencia doméstica a abstenerse de llevar a cabo determinadas acciones.
La medida más eficaz es un requerimiento judicial que prohíbe al delincuente estar en la misma residencia que la víctima de la violencia doméstica.
Al mismo tiempo, puede ofrecerse alojamiento temporal a las víctimas de la violencia familiar. Estos servicios se prestan en las “habitaciones de crisis” abiertas en los centros de servicios sociales locales, así como en varias asociaciones públicas. El número de habitaciones de crisis se ha multiplicado por más de 3,5 en los últimos cinco años, y ha pasado de 31 el 1 de enero de 2011 a 109 el 1 de enero de 2016.
Las fuerzas del orden emplean medidas de protección personal contra las personas que son proclives a la violencia en la familia. Se incluye a estas personas en una lista de control, se mantienen conversaciones preventivas con ellas y se les hacen advertencias oficiales. Las medidas de protección personal también adoptan la forma de conferencias y películas orientadas a la prevención.
Si existen motivos jurídicos oportunos, las fuerzas del orden pueden preparar los materiales necesarios para enviar a las personas que sufren adicción al alcohol o las drogas a centros de rehabilitación obligatoria. En caso necesario, se adoptan medidas para privar a las personas de la patria potestad o apartar de ellas al niño sin que se renuncie a esta última, así como para limitar la capacidad jurídica de los ciudadanos que están colocando a su familia en una situación económica difícil.
El Código Penal establece la responsabilidad por varios actos asociados a la violencia, incluidos los cometidos contra la mujer. En concreto, el Código Penal define la responsabilidad por violación (artículo 166), agresión sexual (artículo 167), coacción para practicar actos sexuales (artículo 170), organización o uso de prostitución o creación de condiciones para la prostitución (artículo 171), inducción al ejercicio de la prostitución o coacción para continuar ejerciéndola (artículo 171-1) y trata de personas (artículo 181). Al dictar sentencia por estos delitos, los tribunales se guían por los principios y objetivos de responsabilidad penal consagrados en los artículos 3 y 44 del Código Penal y determinan el castigo sobre la base del principio de individualización de las penas.
El artículo 166 del Código Penal no excluye la responsabilidad penal de un hombre que comete estos actos contra una mujer con la que está casado. El párrafo 2 de la Decisión del Pleno del Tribunal Supremo núm. 7 de 27 de septiembre de 2012 sobre la jurisprudencia en causas relacionadas con delitos contra la inviolabilidad sexual o la libertad sexual (artículos 166-170 del Código Penal) contiene aclaraciones pertinentes.
A continuación se presenta información sobre las vistas en la República de Belarús de las causas penales previstas por los artículos 166, 167, 170 y 171-1 del Código Penal:
Año |
Número de personas condenadas |
|||
Art. 166 del Código Penal |
Art. 167 del Código Penal |
Art. 170 del Código Penal |
Art. 171-1 del Código Penal |
|
2011 |
86 |
57 |
1 |
9 |
2012 |
64 |
46 |
- |
9 |
2013 |
61 |
53 |
2 |
1 |
2014 |
92 |
80 |
- |
2 |
2015 |
80 |
73 |
- |
1 |
Total global 2011-2015 |
383 |
309 |
3 |
22 |
No es necesario establecer una disposición especial que penalice la violación conyugal. Una disposición de este tipo discriminaría a las víctimas de delitos sexuales cometidos fuera del contexto doméstico.
Se han realizado dos estudios —uno a nivel nacional y otro a nivel regional— para examinar las actitudes comunitarias que favorecen la violencia en la república.
El primer estudio fue llevado a cabo en 2012 por el Comité Nacional de Estadística, con el apoyo del UNICEF (la muestra total estaba compuesta por 8.500 hogares, incluidos 3.400 hogares con niños menores de 5 años). Reveló que 12 de cada 100 mujeres en la franja de edad de 15 a 49 años habían sufrido violencia a manos de su marido/pareja. Aproximadamente el 40% había solicitado ayuda respecto a la violencia cometida con ellas.
El segundo estudio fue realizado en 2012 por el Centro de Investigación Sociológica y Política de la Universidad Estatal de Belarús para evaluar la violencia doméstica en la provincia de Brest. El estudio encuestó a 337 hombres y 363 mujeres de edades comprendidas entre los 18 y los 60 años que tenían experiencia en un entorno doméstico (que habían formado parte de un matrimonio registrado o una relación conyugal no registrada oficialmente).
Los siguientes proyectos internacionales de asistencia técnica tenían por objeto alentar a más mujeres a que soliciten ayuda y difundir información sobre los tipos de ayuda disponibles: el proyecto del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social encaminado a desarrollar la capacidad de la República de Belarús para luchar contra la violencia doméstica y lograr al mismo tiempo la igualdad de género, y el proyecto del Ministerio del Interior destinado a aumentar la capacidad nacional del Estado para luchar contra la violencia doméstica en Belarús, ambos ejecutados en colaboración con el UNFPA entre 2012 y 2015.
La ejecución de los proyectos dio lugar a los siguientes resultados:
1)Se abrieron habitaciones de crisis en centros de servicios sociales locales de regiones piloto;
2)Se creó un teléfono de asistencia nacional para víctimas de violencia doméstica que sigue en funcionamiento (tel. 8 801 100 8 801). El teléfono de asistencia ofrece asesoramiento psicológico, jurídico y social los siete días de la semana de 8.00 a 20.00 horas. Lo administra la asociación pública internacional Gender Perspectives;
3)Se llevó a cabo la campaña de sensibilización a gran escala “Hogar sin violencia” con la participación de conocidas figuras deportivas y culturales. La campaña se desarrolló de 2012 a 2015 e incluyó tres fases: “Cocina sin violencia”, “Habitación infantil sin violencia” y “Dormitorio sin violencia”. La campaña tenía como objetivo publicitar el teléfono de asistencia y fomentar el comportamiento no violento hacia las mujeres y los niños. Continúan emitiéndose vídeos de la campaña en los canales de televisión nacionales convencionales del país;
4)Se publicó una versión actualizada del recurso informativo “Ostanovi nasiliye” [Pon fin a la violencia] en www.ostanovinasilie.org. Contiene información actualizada sobre la legislación nacional e internacional relativa a la violencia doméstica e información de contacto de organizaciones que prestan apoyo a víctimas y permite obtener asesoramiento en línea sobre la violencia familiar;
5)Se celebró un concurso entre periodistas para elegir el mejor artículo sobre cuestiones de género (del 15 de marzo al 20 de agosto de 2013);
6)Se elaboró un modelo para trabajar con agresores domésticos, y se está poniendo a prueba con carácter experimental en las ciudades de Grodno y Minsk y en la provincia de Brest;
7)Se celebraron seminarios de formación para periodistas y se elaboró y se está impartiendo el curso “Género y medios de comunicación” en el Instituto de Periodismo de la Universidad Estatal de Belarús;
8)Se ha contratado a organizaciones sociales y religiosas como asociadas para integrar servicios destinados a las víctimas de la violencia doméstica (por ejemplo, la Unión de Congregaciones de la Caridad de la Iglesia Ortodoxa bielorrusa ofrece refugio a las víctimas de violencia en la ciudad de Lida, en la provincia de Grodno);
9)Se ha elaborado un mecanismo para permitir la colaboración interdepartamental entre todas las estructuras que participan en el sistema de prestación de asistencia a víctimas (organismos de atención sanitaria, educación, orden público y asistencia social y asociaciones públicas), y se han aprobado en todas las regiones protocolos interdepartamentales, con una lista de funcionarios y sus números de teléfono, para prestar asistencia a las víctimas de violencia doméstica.
Entre 2012 y 2015, unas 700 personas que sufrían dificultades, incluidas circunstancias derivadas de la violencia doméstica, recibieron refugio temporal en habitaciones de crisis establecidas en los centros de servicios sociales locales (237 personas en 2015).
Los centros de servicios sociales locales ofrecen asesoramiento, también en casos de violencia doméstica, a través de más de 156 teléfonos de asistencia. La labor de divulgación para alentar a más mujeres a que soliciten ayuda a los centros de servicios sociales locales en los casos relacionados con violencia se realiza a través de folletos, panfletos y actos especiales.
Con arreglo a la parte 6 del artículo 31 de la Ley sobre Principios de Prevención del Delito, en ausencia de consentimiento escrito de la víctima, puede emitirse un requerimiento judicial previo acuerdo con el fiscal en los casos en los que la víctima es dependiente del autor o, por otros motivos, es incapaz de defender sus derechos e intereses legítimos.
El Instituto de Reciclaje Profesional y Formación Continua de Jueces y Funcionarios de la Fiscalía, los Tribunales y Otras Instituciones del Sistema Judicial, ubicado en la Universidad Estatal de Belarús, ofrece formación avanzada para jueces con carácter periódico e integral, también sobre cuestiones de violencia doméstica y la aplicación correcta de la legislación de la República de Belarús en este ámbito. La enseñanza está a cargo de profesionales muy cualificados que emplean tecnologías modernas y recursos pedagógicos.
Trata de personas y explotación de la prostitución
La Ley sobre la Trata de Personas (en adelante, denominada solo la Ley) se aprobó el 7 de enero de 2012.
La Ley define los principios jurídicos y organizativos para luchar contra la trata de personas y las competencias de los organismos públicos en este ámbito y también conceptos como “trata de personas” y “víctima de la trata de personas”. De conformidad con el tercer párrafo del artículo 1 de la Ley, una víctima de la trata de personas es un ciudadano contra el cual se ha cometido un delito de trata de personas u otro delito relacionado.
El capítulo 4 de la Ley establece las medidas para proteger y rehabilitar a las víctimas de la trata. Estas medidas consisten, entre otras cosas, en proporcionar protección, asistencia social y rehabilitación; suspender la expulsión y la deportación; y facilitar asistencia de las misiones diplomáticas y puestos consulares de la República de Belarús.
El Código Penal contiene disposiciones que penalizan la trata de personas (artículo 181) y otros delitos conexos: organización o uso de prostitución o creación de condiciones para la prostitución (artículo 171), inducción al ejercicio de la prostitución o coacción para continuar ejerciéndola (artículo 171-1), esclavitud laboral (artículo 181-1), secuestro (artículo 182), actos ilícitos relacionados con el empleo de ciudadanos bielorrusos en el extranjero (artículo 187) y producción y distribución de materiales pornográficos o artículos de naturaleza pornográfica que exhiban a menores (artículo 343-1).
La Ley de 5 de enero de 2015 por la que se modifican el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Ejecución de Sanciones, el Código de Infracciones Administrativas y el Código de Procedimiento y Ejecución de Actos Administrativos (que entró en vigor el 28 de enero de 2015) modificó los artículos 171 y 181 del Código Penal.
Así, se añadieron al artículo 171 del Código Penal una disposición que penaliza el acto de organización de prostitución y una nota que informa del significado del término “uso de prostitución”.
Se reformula el artículo 181 del Código Penal; en concreto, se ha modificado la definición del término “trata de personas” para armonizarlo con las disposiciones del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
La rehabilitación de las víctimas de la trata de personas está gestionada por el Ministerio de Trabajo y Asistencia Social, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud, así como por organizaciones internacionales y no gubernamentales.
El Ministerio de Trabajo y Asistencia Social se ocupa de la rehabilitación de las víctimas mayores de 18 años (su estructura incluye los centros de servicios sociales locales, en los que se han creado las habitaciones de crisis).
El Ministerio de Educación se encarga de la rehabilitación de las víctimas de edades comprendidas entre los 3 y los 18 años (su estructura incluye centros sociales y educativos que cuentan con refugios). En el caso de los niños menores de 3 años, la rehabilitación se ofrece en hogares infantiles dependientes del Ministerio de Salud.
Se ofrecen de forma gratuita los siguientes tipos de asistencia pública:
1)Lugares de acogida temporal, con camas y alimentación;
2)Asistencia letrada, incluida asistencia letrada gratuita de miembros del colegio de abogados;
3)Todo tipo de asistencia médica, incluida atención ambulatoria y a domicilio, independientemente del lugar de residencia permanente de la víctima de la trata;
4)Asesoramiento psicológico;
5)Identificación de las familias de las víctimas jóvenes de la trata o acogida de los jóvenes en otras familias o, cuando no es posible, en hogares infantiles;
6)Asistencia para encontrar un trabajo permanente;
7)Ayuda económica.
Por decisión de un tribunal, en el marco de los procedimientos penales, una víctima puede recibir una indemnización del traficante por los daños ocasionados como consecuencia del delito en cuestión (procedimiento de acción civil).
Se han aprobado varias normativas para mejorar la asistencia prestada a las víctimas de la trata de personas en materia de rehabilitación.
Por ejemplo, el 1 de enero de 2013 entró en vigor una nueva versión de la Ley de Servicios Sociales y, para apoyarla, se adoptó la Resolución núm. 1218 del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2012, que aprobó la lista de servicios sociales públicos gratuitos de las instituciones de servicios sociales del Estado. El 6 de febrero de 2012 se aprobó la Resolución núm. 122 del Consejo de Ministros sobre las normas para sufragar los honorarios de los abogados que ofrecen asistencia letrada a víctimas de la trata de personas y víctimas de actos terroristas, conforme a la cual el Estado costea la asistencia letrada que proporcionan los abogados.
Se ha aprobado la Resolución núm. 41 del Consejo de Ministros de 28 de abril de 2012 sobre la elaboración de una lista de servicios médicos necesarios que han de prestar los organismos públicos de atención sanitaria, incluida atención ambulatoria, a víctimas de la trata de personas, con independencia de su lugar de residencia permanente.
Belarús cuenta con 146 centros de servicios sociales locales (que abarcan todos los distritos administrativos), así como 2 centros municipales de servicios sociales familiares e infantiles que ofrecen toda una serie de servicios sociales.
Los centros de servicios sociales locales se financian con cargo a los presupuestos locales. El gasto efectivo de mantenimiento de los centros ascendió en 2015 a 1.012.300.000.000 rublos (unos 52,2 millones de dólares de los Estados Unidos).
Se creó una red de habitaciones de crisis, que se está ampliando constantemente, para ofrecer servicios de refugio temporal en los centros. El número de habitaciones de crisis se ha multiplicado por más de 3,5 en los últimos cinco años, y ha pasado de 31 el 1 de enero de 2011 a 109 el 1 de enero de 2016.
En 2015 se proporcionó refugio temporal en las habitaciones de crisis a 237 personas que sufrían dificultades, entre ellas víctimas de la trata de personas (se proporcionó refugio temporal a unas 700 personas entre 2012 y 2015).
Este refugio temporal (alojamiento temporal) es gratuito e incluye lo siguiente: un lugar para dormir, un juego de sábanas, artículos de higiene personal y alimentos y bebidas.
El procedimiento para proporcionar refugio temporal a las personas que viven en circunstancias de grave dificultad se ha simplificado en gran medida desde 2013. El acuerdo para la prestación de servicios sociales con refugio temporal puede formalizarse sin presentar los documentos requeridos si la persona es remitida por las autoridades de trabajo, empleo y asistencia social o las fuerzas del orden, instituciones de atención sanitaria u otros organismos y organizaciones públicos. Además, la legislación en este momento no limita la duración de la estancia en las habitaciones de crisis (anteriormente, el servicio se prestaba hasta un máximo de diez días y solo podía prorrogarse por decisión de la dirección del centro de servicios sociales local).
Además de los servicios de refugio temporal, las personas que residen en habitaciones de crisis reciben lo siguiente: asistencia para recuperar documentos, encontrar trabajo y rellenar documentos para obtener la condición de discapacitado; servicios psicológicos; ayuda económica y humanitaria (ropa, alimentos, artículos de higiene personal); asistencia letrada; asesoramiento; y otros tipos de ayuda.
La Ley ha establecido un mecanismo público de contratación social para dar cabida a la cofinanciación estatal de asociaciones públicas que prestan servicios sociales. En 2015 se celebraron 46 contratos públicos sociales con asociaciones públicas, y el total de subvenciones concedidas ascendió a 2.400 millones de rublos.
El Ministerio del Interior ha establecido contactos estrechos con los organismos encargados de hacer cumplir la ley de países de la Unión Europea, el Oriente Medio y la Comunidad de Estados Independientes. Belarús ha firmado acuerdos internacionales sobre la lucha contra la trata de personas con varios países, uno de ellos la República de Turquía.
Entre 2012 y 2015, el país colaboró con los organismos encargados de hacer cumplir la ley del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Alemania, Israel, Italia, Polonia, la Federación de Rusia, Ucrania y Francia para luchar contra la trata de personas.
El Centro Internacional de Formación, que lleva en funcionamiento en Minsk desde 2007, ofrece capacitación, formación continua y reciclaje profesional en las esferas de la migración y la lucha contra la trata de personas, y es la principal institución de los países miembros de la Comunidad de Estados Independientes para capacitar expertos en este ámbito.
El Centro realiza cursos de formación relacionados con la trata de personas, la migración ilegal, la pornografía infantil en Internet y la rehabilitación y reintegración de las víctimas.
La prostitución en Belarús constituye un delito administrativo y acarrea una multa o una pena de detención administrativa de hasta 15 días. El 1 de enero de 2016, un total de 1.924 personas (1.873 mujeres y 51 hombres) figuraban en las listas de las fuerzas del orden de personas que ejercen la prostitución.
Si la persona que ejerce la prostitución fue víctima de la trata de personas u otro delito relacionado, queda absuelta de responsabilidad administrativa.
Participación en la vida política y pública
El Código Electoral de la República de Belarús no prevé ninguna excepción ni restricción basada en el género respecto de los votantes, los participantes en referendos o los candidatos a cargos electivos.
La ausencia de cuotas electorales de mujeres en la legislación de Belarús da a los partidos políticos, las asociaciones públicas y las asociaciones de empleados la libertad de determinar el número de mujeres que presentan a las elecciones.
El 1 de enero de 2016 estaban registrados en la república un total de 15 partidos políticos y 1.127 organizaciones partidistas; 37 sindicatos y 23.139 organizaciones sindicales; y 2.665 asociaciones públicas. Se registraron 41.011 estructuras organizativas de asociación pública. Existen 34 sociedades de asociación pública (alianzas), 164 fondos (15 internacionales, 5 nacionales y 144 locales) y 7 asociaciones público-estatales nacionales.
Hay registradas 30 asociaciones públicas de mujeres en la república y 1 alianza internacional de asociaciones públicas de mujeres.
El principal acto legislativo que rige las normas de incorporación a la administración pública es la Ley de la Administración Pública de 14 de junio de 2003. La legislación relativa a la administración pública no permite ninguna preferencia de género.
Como resultado, la mayoría de los funcionarios públicos son mujeres. El 1 de julio de 2015, las mujeres representaban el 70,1% del número total de funcionarios públicos, a saber:
1)51,6% en los órganos legislativos;
2)69,8% en los órganos ejecutivos;
3)67,9% en el poder judicial;
4)49% en los organismos públicos con una condición constitucional y jurídica especial;
5)74,5% en los órganos autónomos y de gobierno local.
El 1 de enero de 2016, las mujeres representaban el 58% de los jueces de los tribunales de jurisdicción general de la república. En cuanto a los puestos superiores (presidentes y vicepresidentes de tribunales), las mujeres ocupan el 45,9% de estos puestos. De los 12 jueces del Tribunal Constitucional, 5 son mujeres (lo que constituye el 42%), 1 de las cuales es vicepresidenta.
Belarús, junto con la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, ha ejecutado un proyecto dedicado a la participación de las mujeres en la vida política y pública. En el marco del proyecto, los días 15 y 16 de junio de 2015 se celebró en Minsk una conferencia internacional sobre la garantía de la igualdad de género en la vida pública. En 2016 está previsto organizar un foro internacional de mujeres líderes sobre igualdad de oportunidades para un futuro mejor.
El artículo 143 del Código de Procedimiento Penal establece un conjunto común de normas para que los hombres y las mujeres interpongan recurso ante los tribunales en los siguientes casos: detención, detención policial, arresto domiciliario o ampliación del período de detención o arresto domiciliario.
Con el fin de proteger los derechos de las mujeres condenadas y otras personas detenidas y evitar actos de tortura y tratos crueles o inhumanos contra ellas, la Oficina de la Fiscalía inspecciona los centros de detención y penitenciarios, ha establecido teléfonos de asistencia, mantiene periódicamente entrevistas privadas con condenados y otras personas detenidas, se reúne con exconvictos para obtener información sobre las acusaciones de tortura y violencia mientras estaban detenidas o estaban cumpliendo una pena, y analiza las causas de las lesiones corporales infligidas a los reclusos en centros de detención y prisiones.
La Oficina de la Fiscalía no ha recibido por parte de mujeres denuncias de detención policial o arresto ilícitos o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
La Ley de 16 de junio de 2003 regula el procedimiento y las condiciones de detención y garantiza los derechos e intereses legítimos de las personas detenidas.
No está permitida la discriminación de los detenidos por motivos de sexo, raza, origen étnico, idioma, origen, riqueza o condición social, lugar de residencia, actitud hacia la religión, creencias, afiliación a asociaciones públicas o cualquier otro motivo.
El artículo 10 establece que los detenidos tienen derecho a presentar peticiones, solicitudes y denuncias, también ante los tribunales, con respecto a la legalidad y validez de su detención y la violación de sus derechos e intereses legítimos.
Las actividades de los órganos e instituciones que ejecutan las sentencias y otras medidas penales también son supervisadas por asociaciones públicas.
Entre 2011 y 2015, los tribunales de la República de Belarús examinaron 3.297 denuncias relacionadas con el uso de medidas privativas de libertad que adoptaron la forma de detención policial o arresto domiciliario o prórroga del período de detención policial o arresto domiciliario (hubo 675 denuncias en 2011; 485 en 2012; 582 en 2013; 716 en 2014; y 839 en 2015). En las vistas se consideraron justificadas 158 denuncias (44 denuncias en 2011; 22 en 2012; 32 en 2013; 29 en 2014; y 31 en 2015).
La República de Belarús envió sus comentarios sobre las recomendaciones finales del Comité núms. 26 (a, b y c), 27 y 50 (relativa al párrafo 26) en la nota núm. 214, de 22 de febrero de 2011, de la Misión Permanente de la República de Belarús ante las Naciones Unidas y Otras Organizaciones Internacionales en Ginebra.
El Tribunal del Distrito de Zavod y el Tribunal del Distrito de Frunze de Minsk examinaron las causas penales contra I.V. Khalip y A.V. Polazhenko el 16 de mayo de 2011 y el 20 de mayo de 2011, respectivamente, en relación con sucesos que tuvieron lugar el 19 de diciembre de 2010.
I.V. Khalip y A.V. Polazhenko fueron condenados con arreglo a la parte 1 del artículo 342 del Código Penal por organizar y participar activamente en actividades grupales en flagrante quebrantamiento de la paz y por perturbar el transporte público. Tribunal Municipal de Minsk confirmó en casación la legalidad y la justificación de las penas. El Tribunal Supremo, en su examen de estas causas penales mediante supervisión, tampoco halló violaciones de la legislación que anulasen las decisiones judiciales.
I.V. Khalip y A.V. Polazhenko fueron procesados justificadamente por los delitos que cometieron, que son punibles con arreglo al derecho penal de Belarús. Su condena por los tribunales no fue ni una persecución por motivos políticos ni una persecución por opiniones políticas.
En 2015, el Ministerio de Justicia y las principales autoridades judiciales de los comités ejecutivos de las provincias y el comité ejecutivo municipal de Minsk registraron 106 nuevas asociaciones públicas, 1 unión de asociaciones públicas (alianza) y 11 nuevos fondos.
Con respecto a 2014, el número de asociaciones públicas registradas creció un 2,7% (de 2.596 el 1 de enero de 2015 a 2.665 el 1 de enero de 2016). El número de fondos registrados creció un 5,8% (de 155 el 1 de enero de 2015 a 164 el 1 de enero de 2016).
La Ley de 4 de noviembre de 2013, que entró en vigor en febrero de 2014 y por la que se modifica la legislación sobre las actividades de los partidos políticos y otras organizaciones públicas, se ocupa de los asuntos de organizaciones como las asociaciones públicas.
El propósito principal de la elaboración de la ley era mejorar el marco jurídico para la constitución, las actividades y la liquidación de asociaciones públicas.
La ley simplificó los requisitos de las condiciones para la constitución de asociaciones públicas. En concreto, preveía una representación reducida de los fundadores de una asociación pública en las unidades regionales en las que operará.
La ley también contenía modificaciones tendentes a simplificar el procedimiento para registrar los cambios en los estatutos de las asociaciones públicas y los partidos políticos, liquidar las asociaciones públicas y registrar estructuras organizativas.
Las innovaciones se extendieron a todas las asociaciones públicas, incluidas las de mujeres.
La asociación pública de mujeres más grande e influyente es la Unión de Mujeres de Belarús, que se constituyó en 1991 y representa a más de 180.000 mujeres de todo el país. Incluye a mujeres miembros del Gobierno, diputadas, directoras de organismos públicos nacionales y representantes empresariales.
La Unión organiza anualmente el concurso nacional Mujer del Año, que incluye categorías como el “Liderazgo y gestión eficaz” y el “Renacimiento espiritual” entre otras.
Con arreglo a la legislación, las asociaciones públicas reciben cofinanciación en régimen de competencia en el marco de la contratación pública social.
Para ejecutar proyectos humanitarios, las asociaciones públicas también recurren a asistencia en forma de subvenciones extranjeras. En virtud de la legislación, la asistencia en forma de subvenciones extranjeras registrada puede estar exenta de impuestos, tasas y derechos si el proyecto se ajusta a los objetivos de la política estatal. En este contexto, los organismos públicos de la república apoyan a las asociaciones públicas emitiendo conclusiones oportunas.
Educación
Las garantías del derecho constitucional de toda persona a la educación y la igualdad de acceso a ella, con independencia del género, se consagran en la esfera de la educación.
La tasa bruta de escolarización de la población de ambos sexos en todos los niveles educativos (excepto la educación preescolar) fue del 99,4% en 2015, 103,1% en el caso de las mujeres y 96,9% en el de los hombres.
El proceso educativo utiliza planes de estudios, programas didácticos y publicaciones pedagógicas con un contenido idéntico para todos los estudiantes, independientemente de su sexo.
Las cuestiones asociadas a la igualdad de género se han abordado desde 2011 en la institución educativa estatal Academia de Estudios de Posgrado, el Instituto Nacional de Formación Profesional y las instituciones educativas de las provincias y la ciudad de Minsk en cursos de formación para sucesivos grupos especiales de asistentes: asesores, directores y directores adjuntos de centros de educación social, directores y directores adjuntos de internados e inspectores de protección infantil y asesores metodológicos.
Se han añadido los siguientes temas de sensibilización sobre género a varios programas de reciclaje profesional de especialistas y mejora de las competencias y a varios programas educativos: asesoramiento, trabajo ideológico y de construcción de caracteres en las escuelas, psicología de relaciones familiares y preparación de los jóvenes para el matrimonio y cuestiones de psicología y pedagogía moderna.
Empleo
Con arreglo a la parte 2 del artículo 42 de la Constitución, las mujeres y los hombres tienen derecho a la misma remuneración por trabajo de igual valor.
Este derecho se consagra en la legislación nacional mediante el establecimiento de enfoques equitativos en el sistema de remuneración laboral, que, en general, no discrimina a la mujer. Conforme a la legislación nacional, las formas y el sistema de pago también son independientes de las consideraciones del género del trabajador. Cuando las mujeres reúnen las mismas cualificaciones que los hombres y todo lo demás es igual, tienen derecho a desempeñar el mismo trabajo y percibir la misma remuneración.
Al mismo tiempo, la segregación ocupacional de la mujer en el mercado de trabajo y la desigualdad salarial entre hombres y mujeres siguen siendo un problema. La tendencia en los últimos años apunta a la reducción de esta desigualdad. Si, por ejemplo, el salario medio mensual nominal agregado de las mujeres en toda la república equivalía en 2013 al 74,5% del salario de los hombres, en 2014 se elevó al 76,6% y en 2015 al 76,2%.
La brecha entre los géneros existente en el mundo real entre el nivel de remuneración del hombre y la mujer en Belarús se debe principalmente al elevado porcentaje de hombres que trabajan en organizaciones de sectores económicos como la industria, la construcción, el transporte y las comunicaciones, donde las condiciones de trabajo son nocivas y peligrosas y el trabajo es de gran presión, con lo cual la remuneración es más alta.
Se está trabajando en la mejora de los instrumentos jurídicos y reguladores que establecen los aspectos especiales de la regulación de las condiciones de trabajo.
Belarús mantiene una lista de trabajos pesados y trabajos con condiciones nocivas o peligrosas para los que no puede contratarse a mujeres (en adelante, la lista). La lista contiene 182 puestos de trabajo (anteriormente eran 252). Las restricciones tienen como objetivo principalmente proteger la vida y la salud de la mujer.
Las condiciones de trabajo de un empleado no vienen determinadas por el nombre de su profesión o puesto, sino que dependen del proceso de producción, el equipo usado y la forma de organización del trabajo en un determinado lugar. La prohibición solo produce efectos en caso de que el trabajo se clasifique como nocivo o peligroso.
Puede contratarse a mujeres para el manejo de maquinaria de construcción de carreteras y vías ferroviarias y construcción general y vehículos ferroviarios diseñados para transportar pasajeros, mercancías y equipajes y para el mantenimiento de dichos vehículos y maquinaria, siempre que los resultados de la certificación de las condiciones de trabajo no indiquen condiciones nocivas o peligrosas en el lugar de trabajo.
Los lugares de trabajo se están volviendo menos nocivos y peligrosos con los años como resultado de la modernización de la producción y la introducción de nuevas tecnologías en las organizaciones de la república.
Belarús ha creado unas condiciones que permiten la igualdad de participación de los padres en la crianza de los hijos. El Código del Trabajo contiene varios artículos destinados a garantizar la igualdad de ejercicio de los derechos de hombres y mujeres, incluida la crianza.
Por ejemplo, la legislación laboral reconoce a la familia el derecho a elegir de manera independiente cuál de los progenitores trabajadores cuidará del niño y, en consecuencia, pedirá una licencia hasta que el niño cumpla 3 años. La misma prestación que se paga a las madres se extiende a los padres que piden la licencia para el cuidado de un hijo menor de 3 años.
Los empleadores no pueden resolver un contrato de trabajo con un padre trabajador que disfruta de una licencia para un niño menor de 3 años, excepto en determinados casos (si se está liquidando la organización o se está poniendo fin a las actividades de una filial, una oficina de representación u otra subdivisión independiente de una organización en un lugar diferente). En el caso de los padres que se reincorporan al trabajo antes o después de la finalización de la licencia para el cuidado de un hijo menor de 3 años, el empleador está obligado a prorrogar el contrato o formalizar un nuevo contrato por un período que se extienda como mínimo hasta que el niño cumpla 5 años.
Los empleadores no pueden resolver contratos de trabajo con padres solteros que tengan hijos de entre 3 y 14 años (o hijos con discapacidad menores de 18 años), excepto en los casos específicos mencionados anteriormente.
Existe toda una serie de garantías sociales para las personas que están criando niños con discapacidad menores de 18 años o dos o más niños menores de 16 años (como días libres adicionales remunerados).
En el sitio web del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social se publica información sobre la igualdad de derechos de ambos progenitores a las prestaciones de los empleados relacionadas con la crianza de los hijos y se difunde a través de conferencias de prensa, programas televisivos con llamadas del público y conferencias en línea sobre cuestiones relacionadas con la asistencia social, así como en actos llevados a cabo con empleadores y sindicatos (como, por ejemplo, seminarios, mesas redondas y conferencias).
El Código de Trabajo prevé, entre otras cosas, horarios de trabajo no rutinarios —es decir, horarios de trabajo flexibles, un régimen de tiempo total trabajado y trabajo a tiempo parcial—, que permiten el uso eficiente del trabajo de todos los grupos sociodemográficos de la población, incluidos aquellos que, por discapacidad parcial o familia u otras circunstancias, no pueden trabajar todo el día.
El Ministerio de Trabajo y Asistencia Social preparó recomendaciones para los empleadores relativas a las formas flexibles de empleo, las publicó en su sitio oficial y las remitió a todas las partes interesadas para sensibilizar a empleadores y trabajadores sobre el uso de horarios de trabajo flexibles.
Todos los años se celebra con carácter público en Minsk y en las provincias el día festivo “¡El día del padre es todos los días!” para mejorar la condición de los padres en la sociedad.
Varias instituciones de educación superior del país están ofreciendo un programa titulado “Escuela de Paternidad Responsable”, cuyo objetivo es mejorar las bases de los conocimientos psicológicos y pedagógicos de los padres actuales y futuros con respecto a la crianza y sensibilizar sobre el futuro papel parental y promover una actitud positiva hacia él.
Se han publicado materiales educativos y se han elaborado manuales y programas de enseñanza sobre el tema de la escuela de paternidad responsable.
El Comité Nacional de Estadística ha realizado dos encuestas, la encuesta de indicadores múltiples por conglomerados para evaluar la condición de las mujeres y los niños (2012) y una encuesta de hogares para estudiar el uso cotidiano del tiempo en la población (2015), durante las cuales se estudió, entre otras cosas, la participación de los padres en la crianza y el desarrollo de los hijos.
El subprograma titulado “Familia e infancia” del programa estatal de salud pública y seguridad demográfica de Belarús para 2016-2020 incluye actividades relativas al estudio a fondo de la cuestión de la licencia de paternidad obligatoria.
Atención sanitaria
El nivel de salud sexual y reproductiva entre la población de Belarús es elevado en la mayoría de los aspectos.
La tasa de natalidad ha crecido desde 9,0 por 1.000 habitantes en 2003 hasta 12,5 por 1.000 habitantes en 2015 (era 11,5 en 2011).
Belarús es un país con bajas tasas de mortalidad materna, perinatal, infantil y en la niñez. Se ha observado una tendencia constante a la baja en estos indicadores durante varios años.
La mortalidad infantil era de 3,0 por cada 1.000 nacidos vivos en 2015 (3,9 en 2011).
En 2015 no se registraron casos de muertes maternas (la tasa era de 0,9 por cada 100.000 nacidos vivos en 2011).
Prácticamente todas las mujeres embarazadas (99%) están controladas por un médico, y el 97% son examinadas durante la primera etapa del embarazo. Alrededor del 97% de las mujeres embarazadas se someten a una ecografía para detectar malformaciones congénitas del feto.
En 2015, un promedio de 71 mujeres de cada 100 tuvo una enfermedad durante el embarazo (72,7% en 2011), lo que reduce la calidad del desarrollo fetal y provoca una salud más débil en los niños.
La amenaza de aborto espontáneo ha sido el principal problema que ha complicado el desarrollo del embarazo en los últimos dos años. Aproximadamente una cuarta parte de las mujeres embarazadas presentan síntomas de aborto espontáneo.
En 2015, la prevalencia de anemia entre mujeres embarazadas ascendía al 22,4%; de enfermedades tiroideas, al 9%; de principio de enfermedad genitourinaria, al 11%; de enfermedades del sistema circulatorio, al 6,4%; de toxicosis gestacional, al 5%; y de diabetes mellitus, al 1,1%.
En los últimos años se ha observado una tendencia al alza del número de partos sin complicaciones. En 2015, los partos normales representaron el 40,2% del total.
La tasa de partos por cesárea aumentó del 24,6% en 2011 al 28,7% en 2015.
Los nacimientos prematuros no superan el 4,0% de los nacimientos.
En Belarús, el cáncer de mama es el tumor maligno de los órganos reproductivos femeninos más prevaleciente (4.324 casos) y el cáncer cervicouterino ocupa el cuarto puesto (884 casos).
En 2015, el cáncer de mama representó el 17,7% de todos los tumores malignos en mujeres (ocupando el segundo puesto) y el cáncer cervicouterino, el 3,6% (ocupando el noveno puesto).
El indicador de morbilidad estandarizado entre las mujeres de Belarús en 2015 fue de 49,7 por cada 100.000 mujeres en el caso de los tumores malignos de mama y 12,2 en el de los tumores malignos de cuello uterino.
En 2015, el cáncer de mama representó el 78,3% de los casos diagnosticados en fase I y II y el cáncer cervicouterino, el 73,5%, y representaron respectivamente el 20,9% y el 25,3% de los casos desatendidos.
En 2015 figuraban en las listas de las clínicas oncológicas del país un total de 40.277 pacientes con tumores malignos de mama (de las cuales 24.008, o el 59,6%, llevan en las listas cinco años o más), así como 11.043 mujeres con cáncer cervicouterino (de las cuales 791, o el 7,16%, llevan en las listas cinco años o más).
El gasto en prevención y tratamiento de enfermedades oncológicas ascendió al 3,6% del producto interno bruto (PIB) de Belarús en 2014 y al 4,7% en 2015.
La detección precoz y el diagnóstico inicial del cáncer de mama y el cáncer cervicouterino se incluyen en el programa estatal de salud pública y seguridad demográfica de Belarús para 2016-2020. En el marco de la ejecución del programa estatal de respuesta al accidente en la central nuclear de Chernobyl para el período 2011-2015 se realizaron estudios epidemiológicos que examinaron la tasa de morbilidad de tumores malignos en mujeres que viven en zonas con distinta intensidad de contaminación por radiación. Los estudios no detectaron riesgo de desarrollo de cáncer cervicouterino o cáncer de mama en una zona contaminada, incluida una zona con una alta intensidad de contaminación por radiación (>5 Ci/km2). El programa estatal de salud pública y seguridad demográfica de Belarús para 2016-2020 suministra recursos financieros para ejecutar programas de diagnóstico inicial de cáncer cervicouterino, de próstata, de mama y colorrectal.
Expertos internacionales han formulado recomendaciones para modificar el proyecto de estrategia sobre la promoción y el mantenimiento de la salud reproductiva en Belarús hasta el año 2020. El proyecto de estrategia tiene por objeto preservar y mejorar la salud reproductiva, aumentar la capacidad reproductiva y reducir las tasas de morbilidad y mortalidad materna, infantil y en la niñez.
Belarús está realizando un trabajo coherente y específico para mejorar la salud reproductiva y proteger la salud de las madres y los niños. En el programa nacional de seguridad demográfica de la República de Belarús, el programa estatal de salud pública y seguridad demográfica de Belarús para 2016-2020 y el Plan de Acción Nacional para Mejorar la Situación de los Niños y Proteger sus Derechos para 2012-2016 se prevén medidas fundamentales para proteger la salud reproductiva.
En 2015, la tasa de abortos entre mujeres en edad fértil se redujo hasta 12,8 por 1.000 (desde 13,2 en 2011). El número de abortos por cada 100 nacidos vivos fue 29,5 en 2011 y 24,5 en 2015.
Los centros de salud ofrecen un entorno de apoyo y asesoramiento psicológico antes de la interrupción del embarazo a las mujeres que quieren abortar.
Para prevenir el aborto en la república, desde 2014 se han llevado a cabo con carácter permanente las campañas “Juntos en la protección de la vida” y “Dame vida”, que tienen por objeto, no solo prevenir los abortos, sino también aumentar la tasa de natalidad y atraer la atención del público sobre los asuntos de familia.
En 2013 se abrieron oficinas “Para el nacimiento” en determinadas regiones del país en clínicas ambulatorias municipales y centros de asesoramiento de mujeres, con apoyo directo de la Iglesia y los comités ejecutivos de las provincias. El propósito de estas oficinas es proporcionar asesoramiento psicológico a fin de preparar a las mujeres para la maternidad.
La campaña de prevención “Juntos en la protección de la vida”, que tenía como objetivo atraer la atención del público sobre los asuntos de familia, aumentar la tasa de natalidad, frenar el número de abortos artificiales y fomentar una actitud positiva entre los jóvenes hacia los valores familiares, se llevó a cabo en la república en 2014.
La campaña “Juntos en la protección de la vida, la moralidad y los valores familiares” se llevó a cabo en 2015 en todas las regiones de la república. La campaña incluyó a especialistas que enseñaban asesoramiento psicológico previo al aborto.
El subprograma “Familia e infancia” del programa estatal de salud pública y seguridad demográfica de Belarús para 2016-2020 entraña una mejora del sistema para la protección de la salud de la madre y el niño.
El programa estatal de salud pública y seguridad demográfica de Belarús para 2016-2020 incluye 26.796.000.000 rublos para la elaboración e implantación de un modelo nacional de servicio de planificación familiar y para el establecimiento de un servicio de protección de la salud del hombre. Se asignan unos 273 millones de rublos para el desarrollo de un módulo de formación sobre salud reproductiva, incluido asesoramiento previo al aborto, dirigido a especialistas del servicio de planificación general, médicos generalistas y auxiliares médicos, obstetras-ginecólogos, psicólogos y psicoterapeutas.
Las mujeres migrantes, las mujeres romaníes, las mujeres de edad y las mujeres con discapacidad o en prisión disfrutan de la igualdad de oportunidades de acceso a los servicios sanitarios. Los indicadores de salud básicos de estos grupos de mujeres entran dentro del rango de indicadores de salud de la población.
El 1 de enero de 2016, Belarús había registrado 19.827 casos de infección por el VIH. La incidencia de infección por el VIH era 161,9 casos por cada 100.000 habitantes. En 2015 se contabilizó un total de 2.305 personas seropositivas (en 2014 se contabilizaron 1.811).
El elevado porcentaje de mujeres entre las personas infectadas por el VIH (39,5% en 2015) da lugar a un aumento del número de niños nacidos de madres infectadas (la cifra se elevó a 200 en 2006 y 295 en 2015). Sin embargo, gracias al acceso de las madres a los servicios, incluida terapia antirretroviral, se está observando una reducción dinámica en la transmisión maternoinfantil del VIH.
Previo registro, se ofrece a las mujeres embarazadas una consulta sobre la infección por el VIH antes de realizar la prueba para alentar a las futuras madres a comprobar su estado serológico y, en caso necesario, tomar medidas para prevenir la transmisión vertical del VIH.
El número de mujeres embarazadas que se someten a la prueba de infección por el VIH ha crecido (105.998 en 2006 y 211.634 en 2015). Las mujeres embarazadas representan el 16,9% de las personas que se someten a la prueba en el esfuerzo general por diagnosticar el VIH entre la población y, entre 2006 y 2015, la tasa de infecciones por el VIH detectadas en mujeres embarazadas se situó entre el 0,79% en 2006 y el 0,06% en 2015.
La prevalencia del VIH entre las mujeres embarazadas en 2015 ascendía al 0,1%.
La ejecución del conjunto de medidas para prevenir la transmisión vertical del VIH permitió reducir la transmisión maternoinfantil del VIH hasta el 2,4% en 2015.
El subprograma “Prevención de la infección por el VIH” del programa estatal de salud pública y seguridad demográfica de Belarús para 2016-2020 incluye una serie de medidas:
1)Suministro de terapia antirretroviral combinada a personas seropositivas que necesitan tratamiento;
2)Prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH;
3)Suministro a los grupos de la población con elevado riesgo de infección de un paquete de servicios para prevenir la infección por el VIH.
Mujeres rurales
El 1 de enero de 2016, un total de 2.128.300 personas (el 22,4% de la población) vivían en zonas rurales. De ellas, 1.020.000 (47,9%) eran hombres y 1.108.300 (52,1%), mujeres.
El programa estatal de desarrollo rural sostenible para 2011-2015 tenía por objeto mejorar las condiciones de vida de la población rural, incluidas las mujeres. El programa incluía medidas para proporcionar empleo, ampliar el sistema de servicios sociales, construir viviendas y desarrollar los servicios educativos, sanitarios, culturales y personales, entre otras cosas.
Como resultado de la ejecución del programa estatal para el fomento del empleo, en 2015 se encontraron trabajos permanentes para unas 25.200 personas desempleadas que viven en zonas rurales, y se envió a 1.600 residentes rurales desempleados a cursar formación profesional y mejorar sus competencias.
En 2015, los organismos de trabajo, empleo y asistencia social recibieron solicitudes de asistencia de 285 personas desempleadas para abrir sus propios negocios en zonas rurales. Se prestó apoyo a todas ellas a través de subvenciones. La cifra de personas desempleadas que vivían en zonas rurales a finales de 2015 ascendía a 6.900 (1.100 menos que en 2008).
Se están ofreciendo subvenciones a personas desempleadas que abren sus propios negocios, ofrecen servicios de agroturismo o se dedican a la artesanía.
Para informar a la ciudadanía de los puestos de trabajo disponibles y facilitar la búsqueda eficiente de un trabajo adecuado, el Ministerio de Trabajo y Asistencia Social mantiene un banco nacional de datos de vacantes de empleo (en adelante, banco de vacantes de empleo) que contiene información sobre los puestos de trabajo disponibles y las vacantes de empleo en organizaciones nacionales que incluyen alojamiento. El banco de vacantes de empleo está en el sitio web del Ministerio (http://vacancy.mintrud.by/user/Pages/Public/Agro.aspx). La información se actualiza a diario.
Existe una tendencia que indica que la desigualdad salarial entre los hombres y las mujeres que se dedican a la agricultura se está reduciendo. En la agricultura, el salario mensual nominal agregado de las mujeres correspondía al 93,0% del salario de los hombres en 2015 y al 85,3% en 2010 (en promedio en toda la república correspondía al 76,2% en 2015).
Algunas categorías de mujeres empleadas en la agricultura pueden jubilarse en condiciones preferentes (antes de alcanzar la edad de jubilación generalmente establecida).
Por ejemplo, las mujeres que han trabajado ordeñando vacas (o manejando máquinas ordeñadoras) o criando terneros o cerdos en explotaciones colectivas o estatales o en otras empresas agrícolas (y que han realizado este trabajo durante al menos 25 años), así como las mujeres que han trabajado como conductoras de tractor o mecánicas agrícolas (durante al menos 15 años), tienen derecho a percibir prestaciones de jubilación en condiciones preferentes, esto es, 5 años antes de alcanzar la edad de jubilación generalmente establecida. La cuantía de la pensión anticipada no se reduce.
Las mujeres que han dado a luz a cinco hijos o más y los han criado hasta los 16 años pueden jubilarse, independientemente de la edad, después de haber trabajado directamente en la producción agrícola en explotaciones colectivas o estatales o en otras empresas agrícolas durante al menos 10 años (lo que no incluye la duración del tiempo invertido en criar a los hijos). La antigüedad mínima para la concesión de una pensión anticipada cuando se han pagado cotizaciones obligatorias al seguro son 5 años en lugar de los 15,5 años exigidos para las pensiones de jubilación generales en 2016 (esta antigüedad se está incrementando 6 meses anualmente cada 1 de enero hasta alcanzar los 20 años).
Las asociaciones públicas realizan un enérgico trabajo entre las mujeres rurales. Las actividades de la organización Selchanka tienen su base en la asociación pública Unión de Mujeres de Belarús desde 2008.
Grupos de mujeres vulnerables
La desigualdad de ingresos se ha mantenido sistemáticamente a la baja en Belarús como resultado de las medidas adoptadas por el Gobierno para mantener los niveles de ingresos. El porcentaje de la población total que representan los pobres ha disminuido más del doble desde 2005 y, según las cifras de 2015, asciende a un 5,1%. El porcentaje que representan las mujeres pobres es inferior al de hombres pobres: 4,8% frente a 5,6%.
Con respecto a las mujeres y los hombres con discapacidad, la Ley sobre Prestaciones Sociales Estatales, Derechos y Garantías para Determinadas Categorías de Ciudadanos establece los mismos derechos y garantías, incluida la concesión de prestaciones para medicamentos, ayudas para rehabilitación social, tratamiento en balnearios y viajes en transporte público.
Las pensiones por discapacidad para hombres y mujeres con discapacidad se calculan con las mismas normas y tienen en cuenta el grado de pérdida de salud (sobre la base de la conclusión de un experto sanitario).
El 1 de enero de 2016 había 549.475 personas con discapacidad (248.347 hombres y 301.128 mujeres) en las listas de los organismos de trabajo, empleo y asistencia social.
Desde enero de 2012 se ha establecido un complemento de pensión mensual para hombres y mujeres mayores de 75 años.
Los programas estatales de fomento del empleo incluyen medidas especiales de apoyo para ciudadanos que no pueden competir en igualdad de condiciones en el mercado laboral y que necesitan asistencia social. Anualmente, los empleadores deben reservar más de 20.000 puestos de trabajo para personas que necesitan garantías de empleo adicionales.
En 2015, los empleadores reservaron puestos de trabajo para 20.100 personas, incluidos 2.100 puestos para personas con discapacidad, 6.000 para personas excarceladas y 3.300 para progenitores de familia numerosa y padres y madres solteros.
En 2015 se colocó en los cupos reservados a un total de 7.012 personas desempleadas, lo que constituye el 43,3% del número total de colocaciones de personas desempleadas que necesitan garantías de empleo adicionales (la cifra ascendía a 41,5% en 2008).
Se colocó en los cupos reservados a un total de 2.039 personas desempleadas que eran progenitores de familia numerosa y padres y madres solteros, 633 personas con discapacidad y 1.395 personas excarceladas.
Con arreglo a la parte 2 del artículo 7 de la Ley de Empleo, las personas desempleadas tienen derecho a orientación profesional, apoyo psicológico y formación profesional, reciclaje profesional y mejora de las competencias gratuitos por remisión de los organismos de trabajo, empleo y asistencia social.
Un medio muy eficaz para mitigar las consecuencias sociales del desempleo ha sido el reciclaje profesional de mujeres desempleadas en nuevos oficios en los que existe demanda del mercado laboral, incluidos los que les ofrecen la oportunidad de abrir sus propios negocios. Se está impartiendo formación en más de 100 oficios que se demandan en el mercado laboral, el 20% de los cuales son integrados, es decir, ofrecen la oportunidad de aprender dos o más oficios.
En 2015 se envió a 2.900 mujeres desempleadas a cursar formación profesional, reciclaje profesional y mejora de las competencias en los oficios que más se demandaban en el mercado laboral. Se da prioridad a las mujeres desempleadas y las madres que, debido al cuidado de los hijos, no han trabajado durante un largo período de tiempo.
Especialistas de los organismos de trabajo, empleo y asistencia social ofrecen asesoramiento profesional gratuito y asesoramiento gratuito sobre empleo por cuenta propia.
En 2015, las mujeres representaron el 34,7% del número total de personas que recibieron subvenciones para abrir su propio negocio, ofrecer servicios de agroturismo o dedicarse a la artesanía.
Los organismos de trabajo, empleo y asistencia social celebran ferias de empleo y jornadas de puertas abiertas en todo el país en las que las mujeres pueden encontrar un empleo idóneo.
A finales de 2015 se habían registrado como desempleadas unas 43.300 personas, 15.200 —o el 35,1%— de las cuales eran mujeres. Aproximadamente 19.300 personas estaban recibiendo prestaciones de desempleo, 8.400 de ellas mujeres, lo que constituye el 55,2% del número de mujeres desempleadas que figuran en las listas.
La legislación prevé 11 tipos de prestaciones estatales para ayudar a las familias con hijos. La prestación por hijos a cargo se paga hasta que el niño cumple 3 años, independientemente del empleo o los ingresos de los padres, es decir, se paga prácticamente a todas las familias. Este período se contabiliza en la antigüedad utilizada para el cálculo de las pensiones.
El sistema de prestaciones estatales para las familias que están criando niños se desarrolla constantemente:
1)En 2011, se duplicó la prestación pagada por el nacimiento de un niño (hasta 10 veces el presupuesto de subsistencia mínimo por el primer hijo y hasta 14 veces el presupuesto por el segundo hijo y subsiguientes);
2)En 2012, la prestación por hijos mayores de 3 años se incrementó (del 30% al 50% del presupuesto de subsistencia mínimo), al igual que la prestación para cuidado de hijos con discapacidad (del 65% al 100% del presupuesto de subsistencia mínimo);
3)En 2013, la prestación para el cuidado de hijos menores de 3 años estaba vinculada al salario medio mensual de los trabajadores en la república, lo que permitió duplicar la prestación (incrementándola al 35% del salario medio mensual por el primer hijo; el 40% por el segundo y subsiguientes; y el 45% por hijos con discapacidad menores de 3 años); y se reforzó la protección social de las familias que están criando niños con discapacidad (las categorías de beneficiarios de la prestación para el cuidado de hijos con discapacidad se ampliaron y, entre otras cosas, se introdujo la prestación por discapacidad temporal durante el período de rehabilitación médica del niño con discapacidad);
4)En 2015 se introdujo una nueva prestación —para niños de entre 3 y 18 años— durante el período en el que se está criando a un hijo menor de 3 años (100% del presupuesto de subsistencia mínimo).
En general, el sistema de prestaciones estatales cubrió en 2015 a 541.500 niños (de los cuales 348.300 eran menores de 3 años), lo que representa el 30,5% de los niños (el 99,6% de los niños menores de 3 años están cubiertos).
La cuantía de las prestaciones estatales se revisa trimestralmente (1 de febrero, 1 de mayo, 1 de agosto y 1 de noviembre) en relación con el aumento trimestral del salario medio mensual y el incremento del presupuesto medio de subsistencia mínimo per cápita.
El Estado invierte recursos considerables en la formulación de su política relativa a préstamos para vivienda: los volúmenes de ayuda y apoyo económicos proporcionados por el Estado a las familias numerosas y jóvenes para amortizar la deuda de préstamos en condiciones preferentes y normales para la construcción de viviendas se han incrementado, y el tipo de interés sobre los préstamos en condiciones preferentes se ha reducido hasta el 5% para las familias jóvenes con dos hijos.
Belarús tiene un sistema de asistencia social selectiva con el fin de prestar apoyo social a las familias y personas pobres y a las familias y personas que sufren dificultades. El criterio para designar a las familias (personas) como pobres es el presupuesto medio de subsistencia mínimo per cápita.
El sistema de asistencia social selectiva tiene cinco prestaciones sociales, entre las que se incluyen una prestación para las familias (personas) pobres, una prestación social mensual y el suministro de alimentos para niños en los primeros dos años de vida. Se concede una prestación social única a las personas que sufren dificultades.
El principal propósito de estas prestaciones sociales es ofrecer apoyo a los pobres para la adquisición de alimentos, medicamentos, ropa, calzado y suministros escolares y satisfacer otras necesidades vitales, así como garantizar una dieta equilibrada de alta calidad para los niños pequeños.
En 2015, unas 251.300 personas recibieron asistencia social selectiva.
Un total de 11.257 familias (27.268 personas) recibieron prestaciones mensuales y puntuales como familias monoparentales, y se suministraron alimentos de forma gratuita a 10.737 niños de 9.650 familias monoparentales.
Las familias y las madres solteras que están criando niños con discapacidad con necesidades especiales de desarrollo han ejercido su derecho a servicios sociales en residencias. Un total de 754 menores residen en diez instituciones de este tipo, de los cuales 47 son huérfanos, 450 son niños privados del cuidado de los padres y 257 son niños con discapacidad que reciben servicios a petición de sus padres.
La legislación permite que las personas (independientemente de su sexo) que cuidan a un familiar con discapacidad (una persona con discapacidad del grupo I o una persona de edad que ha cumplido 80 años y necesita atención) reciban una prestación por cuidados (si se cumplen determinadas condiciones). El 1 de enero de 2012, la cuantía de la prestación aumentó de la manera siguiente: 100% del presupuesto medio de subsistencia mínimo per cápita (1.591.300 rublos en febrero) para el cuidado permanente de una persona con discapacidad y 120% del presupuesto medio de subsistencia mínimo per cápita (1.909.600 rublos en febrero) para el cuidado simultáneo de dos o más personas con discapacidad.
Matrimonio y relaciones familiares
El Código del Matrimonio y la Familia de Belarús consagra el principio de la igualdad de los cónyuges en la familia. Los cónyuges deciden conjuntamente todas las cuestiones relativas a las relaciones conyugales y familiares, mediante consentimiento mutuo y sobre la base de la igualdad.
Con arreglo al Código, los bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio son gananciales, independientemente de para quién de ellos se adquirieron o a cuál de ellos se proporcionó dinero o quién de ellos lo proporcionó. Los cónyuges tienen los mismos derechos de propiedad, uso y enajenación de bienes, salvo que se establezca lo contrario en el contrato de matrimonio.
Si se dividen bienes gananciales de los cónyuges, las proporciones serán iguales, salvo que se estipule lo contrario en el contrato de matrimonio. El tribunal puede decidir en contra del reconocimiento igualitario de las proporciones para tener en cuenta los intereses de menores o hijos adultos que no pueden trabajar y necesitan asistencia o los intereses de uno de los cónyuges que merecen atención.
Si existe un contrato de matrimonio, el tribunal, en la división de los bienes gananciales, considera las condiciones del contrato como punto de partida para determinar qué objetos deben transmitirse a cada cónyuge.
Las mujeres que necesiten asistencia financiera durante el embarazo; los cónyuges que estén cuidando a un hijo común menor de 3 años o un hijo común menor de 18 años con discapacidad o un hijo adulto común incapaz de trabajar; y los cónyuges que no puedan trabajar tienen derecho a recurrir a los tribunales para solicitar manutención del cónyuge que tiene los medios para proveerla.
Las mujeres embarazadas que necesitan asistencia financiera conservan el derecho a recibir manutención de su exmarido si tiene los medios para proveerla y si el embarazo se produjo antes de la disolución del matrimonio.
Cuando se registra la decisión judicial de disolver el matrimonio, si se produce una controversia por la crianza y la manutención de los hijos, el tribunal determina con cuál de los padres vivirán los hijos, el régimen de contacto del progenitor que no tiene la custodia con los niños y su participación en la crianza y la cuantía de pensión alimenticia si no existe contrato matrimonial o acuerdo relativo a los hijos o si el contrato matrimonial o el acuerdo relativo a los hijos no contempla estas cuestiones (artículo 39 del Código del Matrimonio y la Familia).
En la gran mayoría de los casos, si los padres ocupan residencias separadas, los tribunales dictaminan que el niño viva con la madre.
El tribunal puede decidir limitar el contacto de uno o ambos padres con el niño por un período determinado o indefinido si los padres infringen el acuerdo relativo a los hijos o la decisión judicial o si el contacto no sirve a los intereses del niño (parte 2 del artículo 77 del Código del Matrimonio y la Familia).
Con arreglo al artículo 85 del Código del Matrimonio y la Familia, si dejar al niño con las personas a las que se les va a confiar representa un peligro para él, el tribunal puede decidir separar al niño y confiarlo a un tutor o guardián sin quitar a los padres la patria potestad. En estos casos, los padres tienen derecho a mantener contacto con el niño de la manera prescrita por la ley. Si el tutor o guardián considera que las razones que justificaron la separación del niño han dejado de existir, el tribunal, a petición de los padres y sobre la base del interés superior del niño, decide devolver el niño a sus padres. Deben tenerse en cuenta los deseos de los niños que hayan cumplido 10 años.
Información adicional
En 2015, la República de Belarús firmó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 (Decreto Presidencial núm. 401 de 24 de septiembre de 2015). Se está trabajando en la elaboración de un proyecto de ley para ratificar la Convención.
En 2016 se aprobaron los siguientes programas estatales:
1)Programa estatal de salud pública y seguridad demográfica de Belarús para 2016-2020 (Resolución del Consejo de Ministros núm. 200 de 14 de marzo de 2016);
2)Programa estatal de asistencia social y fomento del empleo para 2016-2020 (Resolución del Consejo de Ministros núm. 73 de 30 de enero de 2016).
Belarús ha decidido retrasar la edad de jubilación por etapas. A partir del 1 de enero de 2017, la edad de jubilación generalmente establecida se retrasará cada año seis meses hasta la edad de 63 años en el caso de los hombres y 58 años en el de las mujeres (Decreto Presidencial núm. 137 de 11 de abril de 2016).
La lucha contra la trata de personas es una prioridad para el Gobierno de Belarús. Desde hace varios años, Belarús está comprometido con la intensificación de los esfuerzos internacionales para luchar contra la trata y ha promovido sistemáticamente iniciativas para erradicar el problema a escala mundial.
Por iniciativa de Belarús, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la resolución sobre medidas para mejorar la coordinación de la lucha contra la trata de personas en su sexagésimo octavo período de sesiones (noviembre de 2013) y en su septuagésimo período de sesiones (noviembre de 2015). En virtud de la resolución, la Asamblea General decidió designar el 30 de julio como Día Mundial contra la Trata de Personas, que se observaría todos los años a partir de 2014.
En mayo de 2014, en el 23º período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, se aprobó una resolución por iniciativa de Belarús sobre la prevención y la lucha contra el tráfico de órganos y la trata de personas con fines de extirpación de órganos.
En mayo de 2015, en la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, la delegación bielorrusa inició una resolución, que se aprobó, sobre la ejecución del Plan de Acción Mundial de las Naciones Unidas para Combatir la Trata de Personas.
Anexo
Población por edad
(a principios de año, en personas)
Población total
Hombres y mujeres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
478 431 |
500 431 |
518 350 |
533 353 |
549 462 |
562 055 |
573 012 |
585 524 |
5-9 |
446 000 |
441 928 |
440 390 |
445 278 |
459 747 |
479 639 |
502 262 |
521 443 |
10-14 |
479 967 |
462 868 |
454 429 |
451 000 |
451 056 |
447 088 |
443 395 |
442 365 |
15-19 |
668 091 |
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9 468 154 |
9 480 868 |
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Hombres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
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301 634 |
5-9 |
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226 109 |
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231 879 |
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171 821 |
194 753 |
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235 845 |
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143 576 |
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160 953 |
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70 o más |
296 331 |
299 118 |
298 318 |
296 920 |
289 992 |
278 693 |
271751 |
263 844 |
Total general |
4 425 287 |
4 418 290 |
4 408 159 |
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4 397 526 |
4 401 211 |
4 409 197 |
4 420 842 |
Mujeres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
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272 685 |
277 863 |
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5-9 |
216 915 |
214 936 |
214 281 |
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233 269 |
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232 738 |
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215 321 |
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324 241 |
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218 299 |
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70 o más |
691 059 |
700 882 |
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698 470 |
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Total general |
5 088 270 |
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5 066 314 |
5 066 943 |
5 071 671 |
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Población urbana
Hombres y mujeres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
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331 851 |
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244 169 |
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203 591 |
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70 o más |
548 143 |
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Total general |
7 027 072 |
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7 220 933 |
7 274 775 |
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Hombres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
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212 723 |
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230 273 |
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5-9 |
170 452 |
170 582 |
171 276 |
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233 172 |
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226 573 |
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234 179 |
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272 245 |
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252 946 |
242 209 |
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260 002 |
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216 719 |
226 859 |
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123 710 |
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131 382 |
70 o más |
166 942 |
173 182 |
176 725 |
179 989 |
178 397 |
173 978 |
171 854 |
169 002 |
Total general |
3 256 333 |
3 276 146 |
3 293 616 |
3 314 247 |
3 333 788 |
3 357 966 |
3 380 141 |
3 400 789 |
Mujeres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
177 136 |
185 968 |
193 563 |
200 633 |
207 288 |
212 180 |
217 183 |
222 332 |
5-9 |
161 120 |
161 269 |
162 110 |
165 559 |
172 429 |
181 656 |
191 163 |
199 198 |
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165 670 |
160 451 |
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160 670 |
162 774 |
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165 019 |
15-19 |
258 582 |
249 604 |
235 637 |
220 178 |
201 346 |
191 050 |
186 328 |
185 962 |
20-24 |
312 599 |
311 606 |
309 209 |
306 756 |
303 794 |
291 137 |
276 292 |
260 189 |
25-29 |
296 589 |
305 151 |
311 972 |
319 762 |
323 356 |
323 809 |
323 034 |
321 490 |
30-34 |
272 343 |
276 280 |
281 193 |
287 135 |
293 226 |
303 311 |
312 391 |
319 113 |
35-39 |
262 509 |
265 086 |
267 016 |
268 062 |
269 618 |
273 998 |
278 238 |
282 909 |
40-44 |
268 422 |
260 443 |
258 156 |
258 696 |
260 741 |
262 154 |
264 878 |
266 459 |
45-49 |
321 598 |
312 608 |
299 912 |
287 158 |
275 419 |
266 570 |
258 698 |
256 220 |
50-54 |
309 077 |
315 828 |
321 454 |
324 716 |
323 908 |
317 522 |
308 773 |
295 824 |
55-59 |
263 456 |
266 719 |
274 051 |
281 720 |
289 423 |
301 930 |
308 823 |
313 938 |
60-64 |
170 126 |
197 131 |
222 655 |
238 849 |
247 990 |
254 362 |
257 600 |
264 316 |
65-69 |
150 311 |
136 394 |
124 776 |
124 182 |
138 258 |
161 074 |
186 720 |
210 119 |
70 o más |
381 201 |
396 333 |
406 932 |
416 615 |
417 575 |
412 204 |
410 459 |
406 168 |
Total general |
3 770 739 |
3 800 871 |
3 828 717 |
3 860 691 |
3 887 145 |
3 916 809 |
3 944 839 |
3 969 256 |
Población rural
Hombres y mujeres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
113 765 |
117 255 |
118 883 |
119 997 |
122 260 |
124 770 |
125 556 |
126 960 |
5-9 |
114 428 |
110 077 |
107 004 |
104 477 |
104 947 |
105 738 |
108 438 |
110 681 |
10-14 |
138 040 |
132 089 |
125 439 |
120 261 |
115 668 |
110 164 |
105 637 |
102 883 |
15-19 |
140 085 |
119 908 |
109 229 |
101 886 |
99 095 |
94 802 |
88 508 |
82 224 |
20-24 |
152 635 |
147 826 |
138 645 |
119 094 |
101 914 |
89 328 |
79 579 |
73 866 |
25-29 |
138 541 |
138 162 |
136 526 |
136 259 |
135 855 |
132 432 |
127 737 |
118 337 |
30-34 |
141 092 |
136 473 |
131 181 |
126 333 |
123 964 |
123 168 |
122 641 |
122 198 |
35-39 |
160 034 |
155 832 |
150 685 |
144 630 |
138 575 |
133 492 |
129 022 |
125 758 |
40-44 |
174 310 |
169 922 |
166 354 |
162 096 |
158 762 |
153 660 |
150 242 |
147 137 |
45-49 |
198 425 |
193 272 |
186 159 |
178 784 |
172 524 |
167 566 |
163 884 |
161 939 |
50-54 |
181 982 |
187 294 |
191 464 |
193 318 |
192 800 |
188 910 |
184 920 |
180 577 |
55-59 |
149 591 |
148 294 |
150 951 |
153 923 |
160 067 |
168 114 |
174 579 |
181 104 |
60-64 |
110 749 |
118 154 |
126 792 |
131 787 |
134 123 |
133 525 |
133 980 |
139 615 |
65-69 |
133 561 |
117 912 |
100 901 |
90 909 |
89 863 |
95 093 |
102 929 |
112 918 |
70 o más |
439 247 |
430 485 |
418 647 |
406 458 |
392 490 |
372 617 |
358 236 |
342 122 |
Total general |
2 486 485 |
2 422 955 |
2 358 860 |
2 290 212 |
2 242 907 |
2 193 379 |
2 155 888 |
2 128 319 |
Hombres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
58 300 |
60 083 |
61 051 |
61 924 |
63 043 |
64 265 |
64 876 |
65 402 |
5-9 |
58 633 |
56 410 |
54 833 |
53 284 |
53 671 |
54 125 |
55 528 |
56 904 |
10-14 |
70 972 |
67 851 |
64 410 |
61 644 |
59 265 |
56 483 |
54 173 |
52 581 |
15-19 |
74 426 |
65 362 |
60 294 |
56 352 |
54 494 |
52 014 |
48 917 |
45 783 |
20-24 |
83 259 |
81 210 |
77 143 |
68 049 |
59 813 |
53 605 |
48 584 |
45 292 |
25-29 |
73 075 |
73 676 |
73 507 |
74 292 |
74 735 |
73 944 |
72 097 |
68 139 |
30-34 |
72 779 |
70 562 |
68 074 |
65 963 |
65 407 |
65 500 |
65 997 |
66 436 |
35-39 |
83 277 |
80 499 |
77 708 |
74 376 |
70 986 |
68 563 |
66 605 |
65 438 |
40-44 |
92 255 |
89 468 |
86 905 |
84 162 |
82 126 |
78 978 |
76 943 |
75 536 |
45-49 |
106 784 |
103 357 |
98 916 |
94 345 |
90 463 |
87 268 |
85 097 |
83 673 |
50-54 |
94 661 |
98 023 |
100 433 |
101 552 |
101 282 |
99 332 |
96 681 |
94 030 |
55-59 |
73 315 |
73 038 |
74 820 |
76 751 |
80 309 |
84 921 |
88 924 |
92 860 |
60-64 |
48 111 |
52 697 |
57 236 |
60 046 |
61 532 |
61 664 |
62 430 |
65 923 |
65-69 |
49 718 |
43 972 |
37 620 |
34 375 |
35 017 |
37 868 |
42 307 |
47 214 |
70 o más |
129 389 |
125 936 |
121 593 |
116 931 |
111 595 |
104 715 |
99 897 |
94 842 |
Total general |
1 168 954 |
1 142 144 |
1 114 543 |
1 084 046 |
1 063 738 |
1 043 245 |
1 029 056 |
1 020 053 |
Mujeres
Por edad, en años |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
0-4 |
55 465 |
57 172 |
57 832 |
58 073 |
59 217 |
60 505 |
60 680 |
61 558 |
5-9 |
55 795 |
53 667 |
52 171 |
51 193 |
51 276 |
51 613 |
52 910 |
53 777 |
10-14 |
67 068 |
64 238 |
61 029 |
58 617 |
56 403 |
53 681 |
51 464 |
50 302 |
15-19 |
65 659 |
54 546 |
48 935 |
45 534 |
44 601 |
42 788 |
39 591 |
36 441 |
20-24 |
69 376 |
66 616 |
61 502 |
51 045 |
42 101 |
35 723 |
30 995 |
28 574 |
25-29 |
65 466 |
64 486 |
63 019 |
61 967 |
61 120 |
58 488 |
55 640 |
50 198 |
30-34 |
68 313 |
65 911 |
63 107 |
60 370 |
58 557 |
57 668 |
56 644 |
55 762 |
35-39 |
76 757 |
75 333 |
72 977 |
70 254 |
67 589 |
64 929 |
62 417 |
60 320 |
40-44 |
82 055 |
80 454 |
79 449 |
77 934 |
76 636 |
74 682 |
73 299 |
71 601 |
45-49 |
91 641 |
89 915 |
87 243 |
84 439 |
82 061 |
80 298 |
78 787 |
78 266 |
50-54 |
87 321 |
89 271 |
91 031 |
91 766 |
91 518 |
89 578 |
88 239 |
86 547 |
55-59 |
76 276 |
75 256 |
76 131 |
77 172 |
79 758 |
83 193 |
85 655 |
88 244 |
60-64 |
62 638 |
65 457 |
69 556 |
71 741 |
72 591 |
71 861 |
71 550 |
73 692 |
65-69 |
83 843 |
73 940 |
63 281 |
56 534 |
54 846 |
57 225 |
60 622 |
65 704 |
70 o más |
309 858 |
304 549 |
297 054 |
289 527 |
280 895 |
267 902 |
258 339 |
247 280 |
Total general |
1 317 531 |
1 280 811 |
1 244 317 |
1 206 166 |
1 179 169 |
1 150 134 |
1 126 832 |
1 108 266 |
Esperanza de vida al nacer (años)
Años |
Población total |
Población urbana |
Población rural |
||||||
Hombres y mujeres |
Hombres |
Mujeres |
Hombres y mujeres |
Hombres |
Mujeres |
Hombres y mujeres |
Hombres |
Mujeres |
|
2008 |
70,5 |
64,7 |
76,5 |
71,9 |
66,3 |
77,3 |
66,6 |
60,4 |
74,4 |
2009 |
70,5 |
64,7 |
76,4 |
72,1 |
66,5 |
77,3 |
66,4 |
60,3 |
73,9 |
2010 |
70,4 |
64,6 |
76,5 |
72,1 |
66,4 |
77,6 |
66,1 |
60,1 |
73,8 |
2011 |
70,6 |
64,7 |
76,7 |
72,2 |
66,4 |
77,8 |
66,4 |
60,3 |
74,1 |
2012 |
72,2 |
66,6 |
77,6 |
73,5 |
68,0 |
78,5 |
68,4 |
62,7 |
75,3 |
2013 |
72,6 |
67,3 |
77,9 |
73,9 |
68,6 |
78,7 |
68,9 |
63,3 |
75,5 |
2014 |
73,2 |
67,8 |
78,4 |
74,4 |
69,1 |
79,2 |
69,6 |
64,1 |
76,1 |
2015 |
73,9 |
68,6 |
78,9 |
75,0 |
69,8 |
79,7 |
70,4 |
65,1 |
76,6 |
Uso de anticonceptivos femeninos
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
|
Mujeres en observación (a finales de año) en miles de personas |
||||||||
con dispositivos intrauterinos |
559,3 |
522,9 |
525,5 |
515,0 |
505,8 |
481,5 |
477,1 |
443,0 |
en porcentaje de mujeres en la franja de edad de 15 a 49 años |
22,3 |
21,1 |
21,5 |
21,5 |
21,4 |
20,7 |
20,8 |
19,5 |
que utilizan anticonceptivos hormonales |
455,2 |
455,3 |
478,6 |
450,5 |
437,0 |
452,8 |
426,9 |
420,2 |
en porcentaje de mujeres en la franja de edad de 15 a 49 años |
18,1 |
18,4 |
19,6 |
18,8 |
18,5 |
19,5 |
18,6 |
18,5 |
que tienen insertados dispositivos intrauterinos, en unidades |
34 734 |
32 671 |
40 488 |
27 085 |
24 854 |
22 145 |
19 800 |
19 798 |
por cada 100 mujeres en la franja de edad de 15 a 49 años |
1,4 |
1,3 |
1,7 |
1,1 |
1,1 |
1,0 |
0,9 |
0,9 |
Abortos, por grupo de edad
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
|
Número de abortos por edad, en años: |
||||||||
menores de 15 |
33 |
41 |
17 |
23 |
29 |
27 |
14 |
13 |
15-19 |
3 897 |
3 153 |
2 632 |
2 227 |
1 781 |
1 830 |
1 597 |
1 362 |
20-34 |
29 604 |
25 255 |
23 646 |
23 093 |
20 541 |
22 319 |
21 533 |
21 208 |
35 o más |
8 663 |
7 518 |
6 967 |
6 688 |
6 277 |
7 030 |
6 653 |
6 634 |
Número de abortos por cada 1.000 mujeres por edad, en años: |
||||||||
menores de 15 |
0,1 |
0,2 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
15-19 |
11,7 |
10,0 |
8,9 |
8,1 |
7,0 |
7,6 |
6,9 |
6,1 |
20-34 |
27,3 |
23,2 |
21,7 |
21,2 |
18,9 |
20,7 |
20,3 |
20,3 |
35 o más |
7,8 |
6,9 |
6,5 |
6,3 |
6,0 |
6,8 |
6,5 |
6,5 |
Número de abortos entre embarazadas primerizas |
7 110 |
5 745 |
5 021 |
4 928 |
4 076 |
4 784 |
4 426 |
4 453 |
Morbilidad de la infección por el VIH, por grupo de edad
Por edad, en años |
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
Número de personas a las que se ha diagnosticado recientemente infección por el VIH, total general |
881 |
1 072 |
1 069 |
1 196 |
1 223 |
1 533 |
1 811 |
2 305 |
Personas |
||||||||
0-14 |
17 |
16 |
24 |
23 |
16 |
17 |
18 |
26 |
15-19 |
20 |
33 |
22 |
17 |
23 |
24 |
12 |
20 |
20-29 |
407 |
433 |
396 |
396 |
369 |
408 |
499 |
594 |
30-39 |
308 |
411 |
424 |
497 |
491 |
633 |
725 |
1 034 |
40 o más |
129 |
179 |
203 |
263 |
324 |
451 |
557 |
631 |
Mujeres |
427 |
510 |
506 |
575 |
564 |
731 |
759 |
910 |
Por edad, en años |
||||||||
0-14 |
8 |
6 |
10 |
11 |
7 |
8 |
7 |
13 |
15-19 |
19 |
28 |
18 |
13 |
17 |
17 |
10 |
14 |
20-29 |
238 |
246 |
220 |
226 |
209 |
212 |
249 |
285 |
30-39 |
112 |
153 |
179 |
212 |
194 |
307 |
284 |
356 |
40 o más |
50 |
77 |
79 |
113 |
137 |
187 |
209 |
242 |
Por cada 100.000 habitantes de la edad y sexo determinados |
||||||||
Por edad, en años |
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
Número de personas a las que se ha diagnosticado recientemente infección por el VIH, total general |
9,2 |
11,3 |
11,3 |
12,6 |
12,9 |
16,2 |
19,1 |
24,3 |
0-14 |
1,2 |
1,1 |
1,7 |
1,6 |
1,1 |
1,2 |
1,2 |
1,7 |
15-19 |
2,9 |
5,1 |
3,6 |
3,0 |
4,4 |
4,9 |
2,5 |
4,3 |
20-29 |
27,0 |
28,5 |
26,0 |
26,1 |
24,5 |
27,7 |
34,9 |
43,0 |
30-39 |
23,0 |
30,7 |
31,4 |
36,7 |
36,0 |
45,8 |
51,6 |
72,4 |
40 0 más |
2,8 |
3,9 |
4,4 |
5,7 |
7,0 |
9,7 |
12,0 |
13,5 |
Mujeres |
8,4 |
10,0 |
10,0 |
11,3 |
11,1 |
14,4 |
15,0 |
17,9 |
Por edad, en años |
||||||||
0-14 |
1,2 |
0,9 |
1,5 |
1,6 |
1,0 |
1,1 |
1,0 |
1,7 |
15-19 |
5,7 |
8,9 |
6,1 |
4,7 |
6,6 |
7,1 |
4,4 |
6,2 |
20-29 |
32,1 |
33,0 |
29,5 |
30,4 |
28,4 |
29,5 |
35,7 |
42,3 |
30-39 |
16,5 |
22,5 |
26,2 |
30,9 |
28,2 |
44,2 |
40,3 |
49,9 |
40 o más |
1,9 |
2,9 |
3,0 |
4,2 |
5,1 |
6,9 |
7,7 |
8,9 |
Actitud de la población hacia la violencia doméstica
(sobre la base de los datos de la MICS4 para evaluar la condición de las mujeres y los niños, 2012, en porcentaje)
Porcentaje de personas que consideran que el marido tiene derecho a pegar a su mujer si: |
Población de entre 15 y 49 años |
Residentes en: |
|||||
Zonas urbanas y suburbanas |
Asentamientos rurales |
||||||
Mujeres |
Hombres |
Mujeres |
Hombres |
Mujeres |
Hombres |
||
se va de la casa sin decírselo |
0,6 |
0,6 |
0,4 |
0,2 |
1,3 |
1,7 |
|
desatiende a los hijos |
3,8 |
3,7 |
2,6 |
2,9 |
7,1 |
5,8 |
|
le cuestiona |
0,9 |
0,7 |
0,7 |
0,5 |
1,5 |
1,2 |
|
se niega a mantener relaciones sexuales |
0,5 |
0,5 |
0,4 |
0,2 |
0,7 |
1,3 |
|
quema la comida |
0,2 |
0,2 |
0,1 |
0,1 |
0,5 |
0,3 |
|
cualquiera de las razones anteriores |
4,1 |
4,2 |
2,9 |
3,4 |
7,6 |
6,7 |
Violencia doméstica
(sobre la base de los datos de MICS4, 2012, en porcentaje)
Mujeres en la franja de edad de 15 a 49 años que están casadas o han estado casadas |
Residentes en: |
||
Zonas urbanas y suburbanas |
Zonas urbanas y suburbanas |
||
Porcentaje de mujeres que han sufrido alguna vez violencia doméstica |
11,8 |
10,4 |
16,0 |
Han sufrido violencia en los 12 meses inmediatamente anteriores a la encuesta: |
|||
Todos los días o casi cada día |
0,6 |
0,4 |
1,3 |
1 o 2 veces a la semana |
0,9 |
0,8 |
1,4 |
1 o 2 veces al mes |
1,3 |
1,0 |
2,2 |
Menos de una vez al mes |
4,5 |
4,3 |
5,3 |
Consideraban difícil calcularlo |
4,4 |
3,9 |
5,9 |
Salario medio nominal agregado de los trabajadores, en diciembre
(en miles de rublos)
Años |
Hombres |
Mujeres |
Coeficiente del salario de la mujer en relación con el del hombre, en porcentaje |
2008 |
1 147,8 |
848,0 |
73,9 |
2009 |
1 240,2 |
924,7 |
74,6 |
2010 |
1 792,1 |
1 373,1 |
76,6 |
2011 |
3 292,8 |
2 428,2 |
73,7 |
2012 |
5 397,7 |
4 019,9 |
74,5 |
2013 |
6 655,0 |
4 960,6 |
74,5 |
2014 |
7 635,4 |
5 851,5 |
76,6 |
2015 |
8 367,4 |
6 374,8 |
76,2 |
Composición de la Asamblea Nacional de la República de Belarús
(a 1 de enero, en personas)
Años |
Consejo de la República |
Cámara de Representantes |
||||
Total general |
Hombres |
Mujeres |
Total general |
Hombres |
Mujeres |
|
2008 |
58 |
40 |
18 |
110 |
78 |
32 |
2009 |
58 |
39 |
19 |
110 |
75 |
35 |
2010 |
58 |
39 |
19 |
110 |
75 |
35 |
2011 |
58 |
39 |
19 |
110 |
75 |
35 |
2012 |
58 |
39 |
19 |
110 |
75 |
35 |
2013 |
58 |
38 |
20 |
109 |
80 |
29 |
2014 |
56 |
36 |
20 |
109 |
80 |
29 |
2015 |
58 |
39 |
19 |
110 |
80 |
30 |
2016 |
58 |
39 |
19 |
110 |
80 |
30 |
Número de funcionarios públicos de organismos públicos y otras organizaciones gubernamentales, por nivel de gobierno
(porcentaje)
A 1 de noviembre de 2013 |
A 1 de julio de 2015 |
||||||||
Hombres |
Mujeres |
Distribución por género |
Hombres |
Mujeres |
Distribución por género |
||||
Hombres |
Mujeres |
Hombres |
Mujeres |
||||||
Funcionarios públicos, total general |
100 |
100 |
30,1 |
69,9 |
100 |
100 |
29,9 |
70,1 |
|
Empleados en: |
|||||||||
Órganos legislativos |
0,9 |
0,4 |
48,5 |
51,5 |
1,0 |
0,4 |
48,4 |
51,6 |
|
Órganos ejecutivos |
48,7 |
47,5 |
30,6 |
69,4 |
49,5 |
48,9 |
30,2 |
69,8 |
|
Órganos judiciales |
5,5 |
6,2 |
27,6 |
72,4 |
4,1 |
3,7 |
32,1 |
67,9 |
|
Organismos públicos con una condición constitucional y jurídica especial |
11,3 |
4,6 |
51,3 |
48,7 |
11,6 |
4,8 |
51,0 |
49,0 |
|
Gobiernos locales y órganos autónomos |
33,6 |
41,3 |
26,0 |
74,0 |
33,8 |
42,2 |
25,5 |
74,5 |
Delitos relacionados con la trata de personas registrados
(en número de casos)
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
|
Organización o uso de prostitución o creación de condiciones para la prostitución, artículo 171 |
87 |
107 |
123 |
116 |
76 |
47 |
34 |
52 |
Inducción al ejercicio de la prostitución o coacción para continuar ejerciéndola, artículo 171-1 |
34 |
39 |
49 |
41 |
34 |
18 |
15 |
36 |
Trata de personas, artículo 181 |
66 |
47 |
30 |
4 |
2 |
3 |
– |
1 |
Uso de esclavitud laboral, artículo 181-1 |
– |
1 |
1 |
– |
1 |
– |
1 |
1 |
Secuestro (con fines de explotación), artículo 182, parte 2 |
16 |
11 |
16 |
9 |
5 |
11 |
10 |
27 |
Actos ilícitos relacionados con el empleo de ciudadanos bielorrusos en el extranjero, artículo 187 |
22 |
18 |
9 |
6 |
6 |
3 |
– |
– |
Condenados por delitos relacionados con la trata de personas
(en personas)
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
|
Organización o uso de prostitución o creación de condiciones para la prostitución, artículo 171 |
– |
– |
– |
– |
– |
24 |
21 |
25 |
Inducción al ejercicio de la prostitución o coacción para continuar ejerciéndola, artículo 171-1 |
– |
– |
– |
– |
– |
1 |
2 |
1 |
Trata de personas, artículo 181 |
17 |
19 |
12 |
3 |
– |
3 |
– |
– |
Secuestro (con fines de explotación), artículo 182, parte 2 |
– |
– |
– |
– |
– |
3 |
10 |
17 |
Actos ilícitos relacionados con el empleo de ciudadanos bielorrusos en el extranjero, artículo 187 |
– |
– |
– |
– |
– |
1 |
– |
– |