Naciones Unidas

CRC/C/KIR/Q/2-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

8 de abril de 2020

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos segundo a cuarto combinados de Kiribati *

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 30 de junio de 2020. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse informar de las medidas adoptadas para:

a)Asegurar que la definición de niño en toda la legislación nacional sea conforme con la Convención;

b)Aprobar un plan de acción nacional para la aplicación de la Convención;

c)Mejorar el sistema de recopilación de datos relativos a los niños.

2.Se ruega expliquen de qué manera el Ministerio de la Mujer, Juventud, Deporte y Asuntos Sociales garantiza la coordinación del conjunto de las actividades relacionadas con la aplicación de la Convención en todas las islas del Estado parte. Indíquese también si: a) existe un sistema de seguimiento en los presupuestos del Estado para la asignación y utilización de recursos destinados a los niños; y b) el Estado parte tiene la intención de poner en marcha un proceso consultivo a fin de que los niños y la sociedad civil participen en la elaboración de los presupuestos.

3.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para establecer un órgano independiente de vigilancia de los derechos humanos con el mandato de supervisar los derechos de los niños, tras la consulta nacional realizada en 2019.

4.Sírvanse informar de las medidas adoptadas para:

a)Combatir la discriminación contra los niños que se encuentran en situaciones de marginación y desventaja, incluidos los niños que viven en la pobreza y los niños con discapacidad, así como los adolescentes LGBT (lesbianas, gais, bisexuales y transgénero) y los niños intersexuales;

b)Velar por que el principio del interés superior del niño se aplique de manera sistemática en todos los procedimientos jurídicos y administrativos que afecten a los niños, lo que incluye los casos relacionados con la educación, la custodia y el divorcio y los procesos de adopción;

c)Impartir formación especializada sobre la Convención a todos los profesionales que trabajen para los niños y con estos;

d)Promover una participación genuina de los niños en todos los niveles de la sociedad, mediante, entre otras cosas, programas de sensibilización.

5.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para:

a)Mejorar la inscripción de los nacimientos, velar por que todos los niños reciban partidas de nacimiento e implantar un sistema centralizado de inscripción de nacimientos, habida cuenta de los problemas señalados por el Estado parte en su informe (CRC/C/KIR/2-4, párr. 89);

b)Sensibilizar a la población sobre la importancia de la inscripción de los nacimientos;

c)Inscribir en el registro a los niños: i) cuyos padres no están casados; ii) nacidos en casa; iii) hijos de padre desconocido; o iv) cuya información sobre las circunstancias de su nacimiento es incorrecta o incompleta;

d)Prevenir la apatridia entre los niños y velar por que puedan adquirir la nacionalidad del Estado parte a través de la madre, independientemente de la nacionalidad del padre.

6.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para:

a)Prohibir expresamente el castigo corporal en todos los entornos, incluido el hogar y también cuando se utiliza como pena por un delito en contextos de justicia tradicional, y eliminar del Código Penal el derecho al “castigo razonable”;

b)Establecer un mecanismo para recibir, supervisar e investigar las denuncias de violencia y maltrato contra los niños, incluidos el descuido y el abuso sexual en el hogar;

c)Aplicar las recomendaciones anteriores del Comité con respecto a la explotación sexual de niños, también cuando se realiza con fines de prostitución (CRC/C/KIR/CO/1, párr. 61 a) a f));

d)Prevenir la revictimización de los niños víctimas de explotación y abusos sexuales y luchar contra la estigmatización de las víctimas de violación;

e)Apoyar a los niños víctimas, en ausencia de refugios;

f)Evaluar las repercusiones de las medidas preventivas, incluidas las campañas educativas y de sensibilización, orientadas a luchar contra todas las formas de violencia contra los niños.

7.Se ruega proporcionen al Comité información actualizada sobre la situación del fondo de apoyo a la infancia (CRC/C/KIR/2-4, párr. 107). Descríbanse también las medidas adoptadas para:

a)Reducir las tasas de mortalidad de lactantes y niños menores de 5 años;

b)Prevenir la malnutrición y el retraso del crecimiento en los niños;

c)Evaluar los efectos de los programas destinados a prevenir y tratar el alcoholismo, el consumo de drogas y el uso indebido de sustancias en adolescentes y niños pequeños;

d)Atender a las necesidades de los adolescentes en la esfera de la salud mental y prevenir el suicidio;

e)Proporcionar a los adolescentes educación y servicios en materia de salud sexual y reproductiva y asegurar su acceso a los anticonceptivos;

f)Garantizar el acceso a instalaciones de eliminación de aguas cloacales y al agua limpia.

8.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para:

a)Mejorar las tasas de retención escolar en los ciclos de enseñanza primaria y secundaria;

b)Asegurar que los espacios públicos y privados tengan una infraestructura adecuada, accesible para los niños con discapacidad;

c)Velar por que los niños con discapacidad tengan acceso a una educación inclusiva en las escuelas de enseñanza general;

d)Reforzar los programas de formación profesional para niños, incluidos aquellos que no asisten a escuelas ordinarias;

e)Mantener escolarizadas a las niñas embarazadas y las madres adolescentes;

f)Elaborar un registro oficial de los centros de enseñanza preescolar, secundaria y especial para niños con discapacidad y adoptar una política encaminada a vigilar la calidad de esos centros.

9.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto:

a)Adoptar una política o estrategia orientada a prevenir el trabajo infantil y eliminar sus peores formas, sobre la base de las conclusiones de la encuesta sobre el empleo realizada en 2018;

b)Realizar un estudio sobre las causas y el alcance del fenómeno de los niños que viven en situación de calle.

10.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para:

a)Velar por que los niños sean privados de libertad solo como medida de último recurso y durante el período más breve posible, y evitar que sean recluidos junto con adultos;

b)Promover medidas extrajudiciales para los niños acusados de infracciones penales, como la derivación, la mediación y el asesoramiento;

c)Impartir capacitación sobre la Convención y la Ley de Justicia Juvenil de 2015 al personal judicial y a otros profesionales que trabajan con y para los niños;

d)Ofrecer servicios para la reintegración de los niños recién salidos de prisión, incluido el acceso a la educación y la formación profesional.

Parte II

11.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

12.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

13.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los matrimonios infantiles;

b)Los niños que fueron inscritos en el registro al nacer o en un momento posterior;

c)Los casos de maltrato, descuido y violencia, incluida la explotación sexual y todas las formas de castigo corporal, que afecten a los niños, así como sus consecuencias, incluidas las penas impuestas a los autores y las reparaciones concedidas a las víctimas;

d)Las muertes de niños como consecuencia de la violencia, el maltrato, el descuido, los accidentes y el suicidio;

e)La prevalencia de los embarazos de adolescentes;

f)La proporción de niñas embarazadas y madres adolescentes que asisten a escuelas regulares;

g)Los niños que participan en las peores formas de trabajo, incluida la explotación sexual de mano de obra infantil.

14.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Han asistido a una escuela primaria ordinaria;

b)Han asistido a una escuela secundaria ordinaria;

c)Han asistido a la escuela especial para niños con discapacidad;

d)No están escolarizados.

15.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños que se sospecha, acusa o reconoce que han infringido la legislación que:

a)Han sido detenidos;

b)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;

c)Han permanecido en prisión preventiva, informando sobre la duración media de esa reclusión;

d)Han cumplido una pena de prisión, informando sobre la duración de la pena.

e)Han permanecido recluidos en instituciones penitenciarias para adultos.

16.Se ruega expliquen de qué manera la planificación, la aplicación y el seguimiento de las medidas adoptadas para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible integran un enfoque basado en los derechos del niño, entre otros aspectos en lo relativo a la participación de los niños y la recopilación de datos, y de qué forma promueven la realización de los derechos del niño reconocidos en la Convención y sus Protocolos Facultativos.

17.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

18.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.