INFORMES 17º Y 18º CONSOLIDADO DEL GOBIERNO DE COSTA RICA EN CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL

Costa Rica, como Estado Parte de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, presenta a consideración del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, sus informes periódicos 17º y 18º que considera las medidas tomadas durante el período 2002-2006, con el fin de dar cumplimiento a los compromisos derivados de la Convención, de conformidad con lo previsto en su artículo 9.

Este informe se ha elaborado conforme a las directrices establecidas por el Comité para la presentación de los informes (CERD/C/70/Rev.5).

Capítulo 1

1.Costa Rica, como ha expuesto en sus informes anteriores, cuenta con un amplio marco normativo que garantiza a todos sus habitantes, independientemente de su religión, sexo, raza, idioma, opinión, origen étnico o grupo social, la plena igualdad de derechos.

Descripción del marco jurídico

Constitución política

2.El artículo 33 de la Constitución política acoge el espíritu de lo dispuesto en la Convención al indicar que "toda persona es igual ante la ley y no podrá hacerse discriminación alguna contraria a la dignidad humana".

3.A lo largo de estos años, la Sala Constitucional ha venido reiterando en sus pronunciamientos "El principio de igualdad ante la ley solamente se viola si una ley otorga un trato distinto sin motivo justificado a personas que se encuentren en igual situación, o sea, que para una misma categoría de personas las regulaciones tienen que ser iguales" (sentencia S.C.V 4675-03).

4.La Sala ha sostenido que la igualdad sólo es violada cuando la desigualdad está desprovista de una justificación objetiva y razonable. La igualdad debe entenderse en función de las circunstancias que concurren en cada supuesto concreto en el que se invocan, de tal forma que la aplicación universal de la ley, no prohíba que se contemplen soluciones distintas ante situaciones distintas con tratamiento diverso.

5.No corresponde a los jueces juzgar el acierto o conveniencia de una determinada diferencia contenida en una norma sino únicamente verificar si el criterio de discriminación es o no razonable, porque el juicio acerca de la razonabilidad es lo que nos permite decidir si una desigualdad viola o no la Constitución (sentencia S.C.V 4675-03).

6.En la sentencia N° 337-91, la Sala ha denominado en su reiterada jurisprudencia "elementos objetivos de diferenciación que justifican y ameritan un trato diferente", conocido en la doctrina constitucional como "discriminación positiva", que consiste en dar un tratamiento especial a aquellas personas o grupos que se encuentran en una situación de desventaja con respecto a los demás.

7.Finalmente, en la sentencia Nº 1440-92 la Sala establece que el principio de igualdad es la obligación de igualar a todas las personas afectadas por una medida, dentro de la categoría o grupo que les corresponda, evitando distinciones arbitrarias, lo cual sólo puede hacerse con aplicación de criterios de razonabilidad.

8.A fin de garantizar que todos los derechos consagrados en la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos sean aplicables, el artículo 48 de la Constitución política ha previsto el disfrute del ejercicio irrestricto de los recursos de amparo y hábeas corpus.

9.El establecimiento de la Sala Constitucional, debidamente consolidada en el sistema jurídico, ha representado un pilar esencial en el sistema de protección de los derechos humanos en el país. Con sus fallos e interpretaciones, la Sala Constitucional ha institucionalizado un nuevo concepto de interpretación, vinculado a valores, principios y contenidos axiológicos que complementan el texto escrito.

Tratados internacionales

10.Como ha sido indicado en previos informes, el artículo 7 de la Constitución política establece la jerarquía normativa, estableciendo al respecto que "Los tratados públicos, los convenios internacionales y los concordatos debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa tendrán desde su aprobación o el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes".

11.El alcance de los instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos en el ordenamiento jurídico ha sido definido por las sentencias Nos. 3435-92; 5759-93 y 2323-95 de la Sala Constitucional, la cual ha establecido esta última en particular que "En tratándose de instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes en el país, no se aplica lo dispuesto por el artículo 7 de la Constitución política ya que el 48 Constitucional tienen norma especial para lo que se refiere a derechos humanos, otorgándoles una fuerza normativa del propio nivel constitucional. Al punto de que, como lo ha reconocido la jurisprudencia de esta Sala, los instrumentos de derechos humanos vigentes en Costa Rica tienen no solamente un valor similar a la Constitución política, sino que en la medida en que otorguen mayores derechos o garantías a las personas, privan por sobre la Constitución".

12.En igual sentido, el Voto N° 0588-94 de la misma Sala dispone que: "De conformidad con el artículo 7 de la Constitución, los tratados o convenios internacionales, como fuente normativa de nuestro ordenamiento jurídico, ocupan una posición preponderante a la ley común. Ello implica que ante la norma de un tratado o convenio, denominación que para efectos del derecho internacional es equivalente, cede la norma interna de rango legal".

13.Desde la presentación del 16º informe en el año 2000 y su defensa oral en el año 2002, Costa Rica ha ratificado, en el contexto de esta temática mediante Leyes Nº 8314 (ratificada el 16 de septiembre de 2002) y Nº 8315 (ratificada el 26 de septiembre de 2002), el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire y el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, respectivamente, que complementan la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

14.A pesar de la ratificación de los principales instrumentos internacionales, el Estado no ha implementado de manera decidida y firme una promoción y operacionalización de los convenios internacionales relacionados con la no discriminación; muchos aspectos abordados en los instrumentos no han sido debidamente desarrollados en las políticas nacionales y subsiste la ausencia de claras políticas públicas contra la discriminación.

Código Penal

15.Como fuera indicado en el informe anterior, la legislación de Costa Rica tipifica expresamente la discriminación racial como una contravención sancionada con días multas y no como un delito.

16.El Código Penal establece en su artículo 373 que "Será sancionado con 20 a 60 días multa, la persona, el gerente o director de una institución oficial o privada, administrador de un establecimiento industrial o comercial, que aplicare cualquier medida discriminatoria perjudicial, fundada en consideraciones raciales, de sexo, edad, religión, estado civil, opinión pública, origen social o situación económica. [...] Al reincidente, el Juez podrá además imponer, como pena accesoria, la suspensión de cargos u oficios públicos por un tiempo no menor de 15 ni mayor de 60 días". (Así modificada la numeración de este artículo por el numeral 185, inciso a), de la Ley Nº 7732 de 17 de diciembre de 1997, que lo traspasó del 371 al 373).

17.Debe reconocerse que la tipificación de la figura de la discriminación racial en la legislación costarricense no goza del marco adecuado conforme a los instrumentos internacionales debidamente ratificados por el país y que en tal sentido, la normativa nacional todavía no es acorde con las tipificaciones previstas internacionalmente y carece de la plena eficacia jurídica.

18.En el anterior informe se indicó que estaba en consideración de la Asamblea Legislativa un proyecto de código penal que lamentablemente cometía el mismo error del actual código, al tipificar la discriminación racial como una contravención. En todo caso, hay que manifestar que debido a tecnicismos jurídicos, este proyecto no fue abordado por el Congreso y fue finalmente archivado.

19.A pesar de no contar con una tipificación expresa, el Código Penal presenta, en concordancia con el artículo referido, algunas figuras penales que están íntimamente vinculadas tales como los delitos de carácter internacional, el genocidio, la asociación ilícita, la apología del delito y la incitación al odio.

20.Textualmente señala el artículo 374 sobre los delitos de carácter internacional que "Se impondrá prisión de 10 a 15 años a quienes dirigieren o formaren parte de organizaciones de carácter internacional dedicadas a traficar con esclavos, mujeres o niños, drogas estupefacientes o realicen actos de terrorismo o infrinjan disposiciones previstas en los tratados suscritos por Costa Rica para proteger los derechos humanos". (Así modificada la numeración de este artículo por el numeral 185, inciso a), de la Ley Nº 7732 de 17 de diciembre de 1997, que lo traspasó del 372 al 374).

21.Por su parte, el artículo 375 referido al genocidio establece que "Se impondrá prisión de 10 a 25 años, a quien tome parte con propósito homicida, en la destrucción total o parcial de un determinado grupo de seres humanos, por razón de su nacionalidad, raza, o creencia religiosa o política. Con idéntica pena será sancionado quien:

a)Causare a los miembros de esos grupos graves daños corporales o psíquicos;

b)Colocare a dichos grupos en condiciones de vida tan precaria, que haga posible la desaparición de todos o parte de los individuos que los constituyen;

d)Tomare medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro de esos grupos; y

e)Trasladare, por medio de fuerza o intimidación, niños de uno de esos grupos a otros distintos.

(Así modificada la numeración de este artículo por el numeral 185, inciso a), de la Ley Nº 7732 de 17 de diciembre de 1997, que lo traspasó del 373 al 375).

22.En relación con la asociación ilícita, previsto en el título X sobre los delitos contra la tranquilidad pública, el artículo 274 dispone que "Será reprimido con prisión de uno a seis años, el que tomare parte en una asociación de dos o más personas para cometer delitos, por el solo hecho de ser miembro de la asociación".

23.El delito de apología del delito, previsto en el artículo 276, establece que "Será reprimido con prisión de 1 mes a 1 año o con 10 a 60 días multa, el que hiciere públicamente la apología de un delito o de una persona condenada por un delito". (Así modificada la numeración de este artículo por el numeral 185, inciso a), de la Ley Nº 7732 de 17 de diciembre de 1997, que lo traspasó del 274 al 276).

24.El Estado costarricense se permite señalar que las observaciones planteadas en el punto 10 sobre las preocupaciones del Comité respecto de la naturaleza contravencional de la discriminación racial fueron debidamente comunicadas a las autoridades competentes de la Asamblea Legislativa, a fin de que pudieran considerar iniciativas de reforma sobre la necesidad de una tipificación penal de la discriminación basada en el origen nacional o étnico, la discriminación racial por grupos o asociaciones privadas y reformas en los montos sancionatorios.

25.Sin embargo, en el ejercicio de la independencia de poderes, a la fecha el poder legislativo no ha adoptado ninguna norma jurídica en ese sentido.

26.Complementando la normativa específica que fuera referida en los párrafos 33 a 37 del 16º informe vale adicionar en el presente informe la normativa en materia laboral y de biodiversidad.

Normativa laboral

27.En materia laboral, el Código de Trabajo establece en su artículo 618 que "se prohíbe toda discriminación en el trabajo por razones de edad, etnia, género o religión" y en su artículo 619 que "todos los trabajadores que desempeñen un trabajo igual gozarán de los mismos derechos, igual jornada laboral y remuneración, sin discriminación alguna por edad, etnia, género o religión".

28.En necesario indicar que además del Código de Trabajo existe una Ley sobre discriminación en el empleo. También se han ratificado los convenios internacionales de la OIT N° 100 sobre la igualdad de remuneración y 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación), de 1958. Durante los últimos años también se han modernizado la normativa incorporando disposiciones sobre las condiciones de género como la Ley de igualdad de la mujer y de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, Ley N° 7600, entre otros.

29.Además, la Ley Nº 2694, adoptada el 22 de noviembre de 1960, sobre prohibición en la discriminación del trabajo, en el artículo 1 establece que "Se prohíbe toda suerte de discriminación, determinada por distinciones, exclusiones o preferencias, fundadas en consideraciones sobre raza, color, sexo, edad, religión, estado civil, opinión política, ascendencia nacional, origen social, filiación o situación económica, que limite la igualdad de oportunidades o de trato en materia de empleo u ocupación".

30.En el caso de las mujeres y como mecanismo de protección se legisló sobre el fuero de protección en el caso de la maternidad por el cual por ejemplo es imposible el despido del empleo durante este período. Únicamente proceden despidos justificados y en casos autorizados y avalados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

31.Sobre este punto, el criterio externado por la sociedad civil es que en el país todavía se presenta la "existencia de prácticas discriminatorias que todavía son toleradas por el sistema público"; afirman que han surgido nuevas modalidades encubiertas y refinadas para canalizar los prejuicios y las discriminaciones por motivos étnicos o raciales.

Ley de biodiversidad

32.La Ley Nº 7788 sobre biodiversidad, aprobada el 30 de abril de 1988, establece una serie de disposiciones relacionadas con el derecho de propiedad a favor de las comunidades indígenas, como fuente de riquezas naturales, culturales, espirituales, económicas y sociales. Además, establece los derechos comunitarios sui géneris (art. 82) y la determinación y registro de los derechos intelectuales sui géneris (art. 84).

Normativa en favor de los pueblos indígenas

33.En relación con lo señalado en el párrafo 12 de las observaciones finales del Comité al 16º informe, debemos informar que como consecuencia del archivo procesal de la ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas, a mediados de 2001, el entonces diputado Walter Robinson volvió a presentar el proyecto íntegro, el cual se encuentra actualmente en el número uno de la agenda para conocimiento de la Comisión de Asuntos Sociales. Sin embargo, no recibe tratamiento desde 2002 y se encuentra en peligro nuevamente de ser archivado por un tecnicismo.

34.Reiteramos que este proyecto, resultado de una iniciativa que tuvo cuatro etapas, con amplias consultas tanto entre los pueblos indígenas como en la Sala Constitucional y con dictamen positivo en su momento de la Comisión Legislativa, recoge el establecimiento de un marco para el desarrollo autónomo de las ocho etnias indígenas costarricenses.

35.En síntesis, el proyecto establece una serie de normas y acciones que implementar en el ámbito de la administración pública, la educación diferenciada, la salud, la defensa del ambiente, programas de infraestructura y vivienda, ordenamiento de la tenencia de la tierra, establecimiento de sistemas de crédito y el reconocimiento de un sistema de organización política basado en consejos territoriales electos directamente por las comunidades indígenas para el manejo de los territorios indígenas. Además, hay un reconocimiento de su autonomía y su derecho de reivindicar la cultura.

36.Por otra parte, en el año 2004, Costa Rica presentó ante la Organización Internacional del Trabajo su informe de cumplimiento del Convenio Nº 169 de la OIT sobre los pueblos indígenas y tribales en países independientes. Como consecuencia del informe, la Comisión de Expertos en Aplicación de Tratados y Recomendaciones de la OIT, en sus recomendaciones, pidió al Gobierno de Costa Rica el impulso de una normativa interna para regular y desarrollar adecuadamente los derechos establecidos en el Convenio Nº 169. Además, lamentó el archivo del proyecto de ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas y "recordó la importancia de atender el problema de la presencia de personas no indígenas en sus comunidades y las implicaciones de esta situación en la tenencia de tierras."

37.A manera de información en el ámbito institucional (MTSS, Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)) se impulsó la puesta en marcha de un plan de documentación migratoria laboral, que funciona en la Región Bri-bri/Sixaola. Los indígenas se les acredita para que puedan laborar en las empresas agrícolas y agroexportadoras de la región. Esto además se enmarca en el dispuesto por el Decreto Nº 32696-G-MTSS.

Reestablecimiento de la CONAI

38.Un elemento a destacar en este período es la habilitación de la función legal de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI), mediante la elección de sus nuevos miembros directivos. La CONAI se mantuvo durante años sin un cuerpo colegiado, al presentarse una serie de diferencias internas que con acciones en los tribunales competentes y la Sala Constitucional provocaron su paralización y con ello, el consiguiente daño para las comunidades indígenas que carecían de un órgano importante para la toma de decisiones en sus procesos internos.

39.La nueva Junta Directiva de la CONAI está compuesta por siete miembros representantes de las comunidades indígenas, los cuales han sido designados por un período de dos años.

40.Para los nuevos representantes, el gran problema de la CONAI durante los años anteriores fue que desvirtuó sus funciones y tareas y asumió iniciativas que no le correspondían. Para encauzar su mandato, esperan como tarea primordial reestablecer la imagen de la institución y dar cabal cumplimiento a lo establecido en su Ley general que establece que su tarea es la coordinación entre las instituciones gubernamentales y no gubernamentales.

Registros estadísticos de migrantes en el país

41.El Censo Nacional del año 2000 mostró que 296.461 personas nacieron en el exterior, lo que representa el 7,8% de la población total. Destaca la población nacida en Nicaragua, Panamá, Estados Unidos y Colombia, pero es la población nicaragüense la que muestra mayor relevancia pues representan el 75% del total de la población extranjera registrada.

42.Según el censo, 226.374 son nicaragüenses (6% de la población total del país), aunque se debe indicar que hay un número no calculado de población que no fue censada pues forma parte de la fuerza laboral temporal que circula permanentemente a través de los ciclos productivos agrícolas en el interior del país.

43.El Departamento de Estadística de la Dirección General de Migración y Extranjería tiene registrados al 1º de septiembre de 2005 a 285.848 personas en condición de residentes legales, sean temporales o permanentes, a los cuales deben sumarse los que se acogieron a la amnistía migratoria en 1999 y los miles que se mantienen en condición ilegal. En el cuadro adjunto se presenta la información sobre el origen nacional y el número de extranjeros con residencia en Costa Rica.

País o territorio

Temporales

Permanentes

Total

África

Angola

0

1

1

Argelia

1

6

7

Benin

0

1

1

Cabo Verde

0

4

4

Egipto

0

1

1

Eritrea

0

1

1

Ghana

0

1

1

Jamahiriya Árabe Libia

0

12

12

Kenya

2

7

9

Liberia

0

3

3

Marruecos

3

11

14

Mozambique

0

1

1

Nigeria

0

3

3

Senegal

0

3

3

Sierra Leona

1

0

1

Somalia

0

1

1

Sudáfrica

2

4

6

Sudán

0

1

1

Tanzanía

1

3

4

Túnez

1

1

2

Uganda

1

0

1

Total de África

11

65

76

América

Argentina

414

779

1193

Aruba

0

1

1

Bahamas

0

4

4

Barbados

1

1

2

Belice

6

50

56

Bermudas

0

1

1

Bolivia

28

146

174

Brasil

159

233

392

Canadá

271

1.188

1.459

Chile

150

705

855

Colombia

1.884

7.703

9.587

Cuba

70

5.908

5.978

Curazao

1

1

2

Dominica

0

3

3

Ecuador

144

604

748

El Salvador

542

6.355

6.897

Estados Unidos de América

1.620

6.602

8.222

Guatemala

291

1.093

1.384

Guyana

0

22

22

Haití

5

53

58

Honduras

248

1.637

1.885

Jamaica

13

69

82

México

672

1.043

1.715

Nicaragua

3.078

214.394

217.472

Panamá

264

4.603

4.867

Paraguay

6

29

35

Perú

286

2.545

2.831

Puerto Rico

1

3

4

República Dominicana

88

1.450

1.538

Saint Kitss y Nevis

0

1

1

San Vicente

0

1

1

Suriname

0

5

5

Trinidad y Tabago

5

13

18

Uruguay

36

144

180

Venezuela

419

721

1.140

Total de América

10.702

258.110

268.812

Asia

Afganistán

0

2

2

Arabia Saudita

0

1

1

Armenia

0

5

5

Bangladesh

0

3

3

Chipre

0

1

1

Filipinas

33

82

115

Georgia

0

7

7

Hong Kong

33

89

122

India

47

33

80

Indonesia

0

6

6

Irán (República Islámica del)

15

100

115

Iraq

0

3

3

Israel

31

115

146

Japón

109

137

246

Jordania

2

16

18

Kazajstán

3

1

4

Kuwait

0

1

1

Laos

0

1

1

Líbano

14

56

70

Malasia

4

2

6

Mongolia

1

0

1

Nepal

0

4

4

Omán

0

1

1

Pakistán

4

10

14

Palestina

0

9

9

Taiwán

128

2.130

2.258

República de Corea

381

303

684

República. Dem. de Corea

2

2

4

República Popular China

222

4.215

4.437

Singapur

4

8

12

Siria

0

50

50

Sri Lanka

1

0

1

Tailandia

7

3

10

Turquía

2

10

12

Uzbekistán

0

6

6

Viet Nam

0

2

2

Total de Asia

1.042

7.414

8.456

Europa

Alemania

176

1.226

1.402

Austria

21

99

120

Belarús

0

9

9

Bélgica

40

188

228

Bulgaria

1

41

42

Croacia

0

8

8

Dinamarca

12

40

52

Eslovaquia

0

2

2

Eslovenia

0

2

2

España

124

1.678

1.802

Estonia

1

1

2

Federación de Rusia

17

233

250

Finlandia

1

9

10

Francia

171

515

686

Grecia

1

17

18

Holanda

105

425

530

Hungría

3

19

22

Irlanda

9

14

23

Italia

234

1.386

1.620

Letonia

0

1

1

Liechtenstein

1

0

1

Lituania

1

1

2

Luxemburgo

0

6

6

Moldova

0

3

3

Noruega

18

37

55

Polonia

6

34

40

Portugal

11

31

42

República Checa

8

37

45

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

133

327

460

Rumania

4

63

67

San Marino

0

1

1

Serbia y Montenegro

3

16

19

Suecia

28

104

132

Suiza

133

540

673

Ucrania

5

62

67

Total de Europa

1.267

7.175

8.442

Oceanía

Australia

6

32

38

Nueva Zelandia

1

13

14

Total de Oceanía

7

45

52

Otros

Apátridas

0

3

3

No indicado

0

7

7

Total

0

10

10

Total de residentes

13.029

272.819

285.848

Fuente:Departamento de Planificación, Dirección General de Migración y Extranjería.

44.A fin de agilizar las visas de residencia de los 150.000 centroamericanos que se acogieron al llamado "Régimen de excepción", la Dirección General de Migración y Extranjería acordó en septiembre de 2005 prorrogar la visa por dos años; medida que beneficiará en gran medida a un importante conglomerado de nicaragüenses (98%).

Descripción del censo para la población indígena

45.Como sucedió con otros grupos étnicos, el caso de la inclusión de los indígenas en el censo del año 2000 respondía a la necesidad de determinar con exactitud el número total que habitaban el país, cuáles eran sus características y su distribución geográfica y en qué situación se encontraban sus pueblos.

46.El censo fue desarrollado de manera particular en las comunidades indígenas, en las cuales se realizó el levantamiento de información adicional con el objetivo principal de "obtener un diagnóstico de la composición étnica de la población indígena, facilitar la construcción de un marco de referencia para posteriores estudios específicos y recabar información relevante sobre las particularidades de los territorios indígenas".

47.La pregunta sobre etnia aplicada a lo largo del territorio nacional y la utilización de un levantamiento de una boleta adicional en el interior de los territorios indígenas iba dirigido a su vez a concretar dos objetivos: a) comparar la situación de la población indígena con la del resto del país; y b) realizar estudios sobre las condiciones de vida y las características sociodemográficas, educativas y económicas de las poblaciones que habitan en los territorios indígenas.

48.La identificación de la pertenencia étnica es un tema complejo y sobre el cual se han desarrollado diversos criterios y variables; en el caso particular del censo del año 2000, se utilizó el criterio de la autodescripción, acogiendo el criterio expuesto en el artículo 1 del Convenio Nº 169 de la OIT que establece que "la conciencia de su identidad indígena deberá considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del presente Convenio".

49.El formato de la pregunta que se utilizó fue la siguiente:

Pertenece (nombre) a la cultura...

a)Indígena;

b)Afrocostarricense o negra?;

c)China?;

d)Ninguna de las anteriores.

50.A su vez, como elemento orientador para realizar el censo y formular esta pregunta, fue necesario determinar el criterio de cultura, entendida "en un sentido inclusivo de tradiciones, prácticas y valores asociados a la identidad de los grupos étnicos indígenas, afrocostarricenses y chino y no de acuerdo con la apariencia física, color de piel o lugar de residencia o procedencia".

51.Con base en ese criterio, los parámetros fueron los siguientes: indígena era la persona que se declaraba perteneciente por ascendencia, mestizaje o autodescripción a cualquiera de los pueblos originarios de Costa Rica, independiente del lugar de residencia; afrocostarricense o negro era el que se autoadscribía a la tradición cultural vinculada a grupos originarios de África y su diáspora sin relación de raza, color o nacionalidad y china era la persona autoidentificada con la tradicional cultural de China, Taiwán o Hong Kong, principalmente y que tienen rasgos culturales diversos de otros grupos como los japonés o coreanos.

52.La boleta ampliada aplicada en los territorios indígenas, independientemente de que se identificaran o no como indígenas, incluía preguntas como el grupo indígena de pertenencia, el uso de la lengua indígena, lengua materna, acceso a la tierra y tipo de materiales en la construcción de su vivienda.

53.Debido a las particularidades de los territorios indígenas, se adoptaron una serie de acciones institucionales para garantizar la plena y total cobertura en el censo; se hicieron delimitaciones espaciales más reducidas para facilitar la ubicación y empadronamiento de todos los pobladores; se utilizaron diversos medios de transporte para garantizar el acceso a las zonas más remotas del territorio nacional y se utilizaron traductores indígenas y baquianos (gente de la zona que conoce la geografía y ayuda para la ubicación).

54.Por otra parte, se elaboró una campaña de comunicación con el uso de medios radiofónicos. En este apartado jugó un papel importante el Instituto Costarricense de Enseñanza Radiofónica (ICER) que facilitó la grabación de los líderes comunales en diversas lenguas como maleku, cabécar, bribrí, guamí y español. Por otra parte, los empadronadores fueron capacitados en muchos casos por los mismos indígenas (maestros) y conjuntamente con el Manual para el Empadronamiento, se utilizó el Manual para Territorios Indígenas.

55.Finalmente, se contó con la colaboración de diversas organizaciones indígenas en las etapas preparatorias del levantamiento, lo cual fue de gran utilidad pues ayudó a preparar el terreno para el trabajo final de los encuestadores.

56.En la metodología del análisis y con base en la información recopilada, fueron desarrollados tres indicadores sociodemográficos: educación, actividad económica y vivienda. Ha sido con base en estos criterios como se ha procesado la información y desarrollado los estudios censales correspondientes.

Descripción de los pueblos indígenas de Costa Rica

57.Ya en el anterior reporte se mencionó que formalmente se habla de ocho etnias o pueblos indígenas en el territorio costarricense: cabécares, bribis, ngöbes, térrabas, borucas o brunkas, huetares, malekus y chorotegas. Cada uno de estos pueblos cuenta con una tradición cultural específica y a pesar de que Costa Rica es un país pequeño, cada pueblo presenta un condicionamiento social y cultural bastante diferente.

58.Al abordar el estudio de la población indígena en el país, deben considerarse diversas perspectivas pues los datos censuales revelan diferencias no sólo entre los pobladores del país sino también dentro de los mismos grupos étnicos.

59.De acuerdo con el Censo 2000, de las 63.876 personas que se identificaron como indígenas residentes, el 42,3% se ubicó dentro de los 22 territorios.

60.Con algunas excepciones territoriales, las poblaciones indígenas tradicionalmente se ubicaban en resguardos territoriales conocidos en la legislación costarricense como "reservas indígenas" pero que el movimiento indígena costarricense y la legislación internacional prefieren llamar "territorios indígenas". Esto revela hoy que la mayoría reside fuera de los mismos; su localización muestra que un porcentaje importante habita en la periferia de los territorios (18,2%), en tanto que un 39,5% se localiza en el resto del país.

61.Entre los territorios más grandes en términos de población destacan Talamanca Bribrí (20,7%), Alto Chirripó o Duchi (14,2%), Boruca (8,9%) y Cabagra (7,1%). El otro 49% se distribuye en los otros territorios, los menos poblados de los cuales son Osa (0,4%) y Bajo Chirripó, Nairi Awari, Abrojo Montezuma, Kekoldi Cocles y Zapatón, cada uno de estos últimos con porcentajes inferiores al 1,5% de la población total.

62.El siguiente cuadro refleja el total de la población en los territorios indígenas por distribución y población indígena y no indígena según pueblos y territorios.

Pueblos y territorios indígenas

Población total

Población (Porcentaje)

Indígena

No Indígena

Indígena

No indígena

Nacidos en el extranjero

Porcentaje

Territorio

33.128

100,00

27.041

6.087

81,6

18,4

2,3

Pueblo bribrí

11.062

33,4

9.645

1.417

87,2

12,8

1,7

Salitre

1.403

4,2

1.285

118

91,6

8,4

0,1

Cabagra

2.353

7,1

1.683

670

71,5

28,5

0,1

Talamanca Bribrí

6.866

20,7

6.467

399

94,2

5,8

1,8

Kekoldi-Cocles

440

1,3

210

230

47,7

52,3

13,2

Pueblo brunca o buruca

3.936

11,9

2.017

1.919

51,2

48,8

0,4

Boruca

2.954

8,9

1.386

1.568

46,9

53,1

0,4

Rey Curré

982

3,0

631

351

64,3

35,7

0,5

Pueblo cabecar

10.175

30,7

9.861

314

96,9

3,1

0,2

Alto Chirripó

4.701

14,2

4.619

82

98,3

1,7

0,0

Ujarrás

1.030

3,1

855

175

83,0

17,0

0,6

Tayni

1.817

5,5

1.807

10

99,4

0,6

0,3

Talamanca Cabécar

1.369

4,1

1.335

34

97,5

2,5

0,7

Telire

536

1,6

536

0

100,0

0,0

0,0

Bajo Chirripó

372

1,1

363

9

97,6

2,4

0,3

Nairi-Awari

350

1,1

346

4

98,9

1,1

0,3

Pueblo chirotega

995

3,0

868

127

87,2

12,8

0,4

Matambú

995

3,0

868

127

87,2

12,8

0,4

Pueblo guaymí

2.729

8,2

2.563

166

93,9

6,1

15,6

Abrojo Montezuma

406

1,2

387

19

95,3

4,7

10,3

Osa

118

0,4

114

4

96,6

3,4

8,5

Conte Buruca

1.111

3,4

971

140

87,4

12,6

15,8

Coto Brus

1.094

3,3

1.091

3

99,7

0,3

18,1

Pueblo maleku

1.115

3,4

460

655

41,3

58,7

5,1

Guatuso

1.115

3,4

460

655

41,3

58,7

5,1

Pueblo teribe o térraba

1.425

4,3

621

804

43,6

56,4

1,3

Térraba

1.425

4,3

621

804

43,6

56,4

1,3

Pueblo huetar

1.691

5.1

1.006

685

59,5

40,5

1,1

Zapatón

466

1.4

54

412

11,6

88,4

1,3

Quitirrisí

1.255

3.7

952

273

77,7

22,3

1,1

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. IX Censo Nacional de Población (2000).

63.De las lecturas que se pueden desarrollar de este cuadro, destaca la fuerte presencia en algunos territorios de pobladores no indígenas, principalmente en Kekoldi, del pueblo bribrí un 52,3% de no indígenas; en Boruca, del pueblo brunca un 53%; en Guatuso del pueblo maleku un 58,7%; en Térraba, del pueblo teribe un 58,7% y en Zapatón, del pueblo huetar un 88,4% de no indígenas.

64.En el resto de los territorios indígenas predomina la población indígena, con mayoritaria presencia en el pueblo cabécar, con territorios como Telire donde todos los habitantes son indígenas.

65.Por otra parte, el siguiente cuadro revela los totales nacionales frente a la población indígena según su ubicación geográfica en un contexto general.

Ubicación

Población total

Indígenas

No indígenas

Indígena

No indígena

Porcentaje

Costa Rica

3.810.179

63.876

3.746.303

1,7

98,3

Territorios indígenas

33.128.

27.041

6.087

81,6

18,4

Periferia

195.295

11.641

183.654

6,0

94,0

Resto del país

3.581.756

25.194

3.556.562

0,7

99,3

Fuente: Nota de Población. Estudio CEPAL 2003.

66.La lectura del gráfico supra revela que la población indígena constituye el 1,7% del total de la población, con una presencia en los territorios indígenas del 81,6% sobre el total, un 6% situados en la periferia y solamente un 0,7% en el resto del país.

67.Un hecho a destacar es la presencia de un 18,4% de habitantes no indígenas en los llamados "territorios indígenas"; distintas razones dan fundamento a esta presencia, por una parte, están aquellos que no se autoreconocen como indígenas, motivado por la pérdida de la tradición cultural y por otra parte, la inmigración de habitantes de otras regiones del país o inclusive extranjeros.

68.Otro dato a destacar es que de los 63.876 indígenas que habitan el país, el 18% declaró haber nacido en el extranjero, principalmente en Nicaragua y Panamá, lo cual significa que los indígenas costarricenses representan sólo el 1,3% del total de la población.

69.Otro cuadro de estudio y referencia es el correspondiente a los indicadores demográficos.

Grupo población

Relación hombre mujer

Porcentaje de población nacida extranjero

Promedio de hijos por mujer

Fecundidad general

Proporción de hijos fallecidos

Indígena en territorio indígena

107

1,7

4,1

3,4

28

Indígena en periferia indígena

106

20,0

3,5

2,8

49

Indígena en el resto del país

105

38,0

3,1

2,5

20

No indígena en territorio indígena

120

4,6

3,7

2,8

17

No indígena en el resto del país

100

7,6

2,7

2,0

16

Fuente: Nota de Población. Estudio CEPAL 2003.

70.De este cuadro se revelan diversos indicadores. En primer lugar, respecto de la relación hombre-mujer, las cifras indican que esta relación es de 1 a 1 en la población no indígena del resto del país, en tanto que pasa a un índice de 105 a 10 para los que habitan en el resto del país, a un 107 dentro de los territorios y una relación de 120 hombres por cada 100 mujeres en la población no indígena en los territorios. Sin embargo, hay algunas excepciones en esta proporcionalidad.

71.Una consideración necesaria es el porcentaje de población nacida en el extranjero. Los indígenas residentes en la periferia y en el resto del país tienen porcentajes elevados de extranjeros en comparación con otros grupos y el promedio nacional (7,6%). Por otra parte, no deja de llamar la atención el alto número de extranjeros que residen en los territorios indígenas.

72.En relación con el promedio de hijos/hijas nacidos vivos de las mujeres de 15 años y más, es evidente que las mujeres indígenas y las que habitan dentro de los territorios tienen más hijos que el resto. Sobre la mortalidad, las cifran revelan que mientras el promedio nacional es de 16 fallecidos de cada 1.000 de las mujeres entre 20 y 24 años no indígenas, en las periferias y territorios indígenas el promedio sube a 49 y 28‰ respectivamente.

73.Finalmente, en el cuadro siguiente, se reflejan los indicadores demográficos según los territorios indígenas.

Pueblos y territorios indígenas

Relación hombre/mujer

Grupos de edad

Razón de dependencia demográfica

Promedio de hijos por mujer

Fecundidad general

Menos de 15 años

15 a 64 años

65 años y más

Territorio

109

46,4

49,8

3,7

101

3,3

91

Pueblo bribrí

110

46,8

49,9

3,3

100

4,0

3,3

Salitre

109

48,1

48,8

3,1

105

3,8

3,2

Cabagra

109

48,1

49,5

2,4

102

4,3

3,5

Talamanca Bribrí

111

46,3

50,1

3,6

100

4,0

3,3

Kekoldi-Cocles

99

42,5

52,7

4,8

90

3,4

2,8

Pueblo brunca o buruca

111

40,8

54,1

5,1

85

3,9

2,9

Boruca

110

41,7

53,6

4,7

87

3,8

2,8

Rey Curré

114

38,1

55,7

6,2

80

4,3

3,2

Pueblo cabécar

107

51,3

46,1

2,7

117

4,1

3,6

Alto Chirripó

106

52,6

44,8

2,6

123

4,1

3,6

Ujarrás

104

44,5

50,4

5,1

98

4,1

3,1

Tayni

104

53,7

44,7

1,5

123

4,1

3,7

Talamanca Cabécar

115

46,2

51,1

2,7

96

4,1

3,4

Telire

106

53,0

44,8

2,2

123

3,6

3,4

Bajo Chirripó

116

55,6

42,2

2,2

137

5,5

5,4

Nairi-Awari

115

53,1

44,6

2,3

124

3,4

2,9

Pueblo chorotega

120

34,5

57,4

8,1

74

3,8

2,4

Matambú

120

34,5

57,4

8,1

74

3,8

2,4

Pueblo guaimí

105

52,9

44,4

2,6

125

4,6

4,1

Abrojo Montezuma

104

53,7

44,1

2,2

127

4,7

4,4

Osa

115

46,6

51,7

1,7

93

5,1

4,9

Conte Buruca

110

51,0

46,3

2,7

116

4,2

3,6

Coto Brus

99

55,3

42,0

2,7

138

4,8

4,3

Pueblo maleku

104

38,8

55,7

5,5

80

3,6

2,6

Guatuso

104

38,8

55,7

5,5

80

3,6

2,6

Pueblo teribe o térraba

117

38,8

55,3

5,9

81

3,9

2,7

Térraba

117

38,8

55,3

5,9

81

3,9

2,7

Pueblo huetar

108

36,2

57,7

6,2

73

3,6

2,6

Zapatón

114

38,2

54,9

6,9

82

4,5

3,2

Quitirrisí

106

35,4

58,7

5,9

70

3,2

2,4

Fuente : Nota de Población . Estudio CEPAL 2003.

74.Como se indicó supra, la mayoría de los territorios muestra una mayor proporción de hombres en relación con las mujeres, con la excepción del pueblo bribrí en el territorio de Kekoldi-Cocles y del pueblo guaimí en Coto Brus donde hay mayoría de mujeres (relación de 99 hombres por cada 100 mujeres). En general, las diferencias son más acentuadas en el caso de los habitantes no indígenas.

75.El examen de la estructura de edades revela que en algunos territorios hay un mayor componente joven, especialmente en los pueblos guaimí, cabécar y bribrí, con porcentajes de 53, 51 y 47% respectivamente.

76.A contrario sensu, respecto de la población de edad mayor de 65 años, en cinco territorios el promedio sobrepasa de 5,6% que es el promedio obtenido a nivel nacional. Esta situación podría explicarse por las migraciones hacia otras zonas del país del componente joven. En contraste, los pueblos guaimí (2,6%), cabécar (2,7%) y bribrí (3,3%) tienen porcentajes bajos.

77.En relación con la variable de la dependencia demográfica hay diferencias importantes. Territorios como Quitirrisí, Zapatón, Térraba, Guatuso, Matambú y Rey Curre tienen una relación de 82 personas dependientes por cada 100 productivas mientras que en territorios como Coto Brus, Bajo Chirripó, Abrojo Montezuma y Telire la relación es de un mayor número de dependientes frente a los productivos.

78.En relación con el promedio de hijos por mujer, en todos los territorios se supera el promedio nacional de 1,9 hijos por mujer.

79.De los resultados del censo nacional, también se pudo concluir que Costa Rica no cuenta todavía con una política de enfoque de género en el ámbito de las mujeres indígenas. Durante años, el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) realizó acciones puntuales, sin tener en cuenta una estrategia integral que le permitiera encausar, articular y coordinar eficazmente las políticas que se impulsan para la promoción de los derechos de las mujeres indígenas.

80.Ante este escenario es que se ha establecido recientemente un grupo de trabajo con mujeres indígenas en el INAMU con el fin de articular las acciones que desde las distintas áreas se deben impulsar y que involucren a las mujeres indígenas como población a atender.

81.Para el año 2006, se ha previsto la puesta en ejecución de la etapa inicial de esta estrategia en la zona de Talamanca, con la expectativa de extenderla a otras regiones del país adecuándola a las particularidades históricas y culturales de cada comunidad.

Descripción de las regiones con mayor presencia afrocostarricense

82.La población afrocostarricense o negra reportada con base en el censo oficial de 2000 fue de 72.784 personas (1,9%), de los cuales 36.478 eran hombres y 36.306 mujeres. Sin embargo, es importante recordar que la metodología empleada en el censo no permitió identificar diversos factores que hubieran llevado a un subregistro, por ejemplo, de las personas mulatas que no quisieron identificarse como afrodescendientes. Por lo tanto, esos datos deben manejarse con cautela.

83.Para las ONG afrocostarricenses, el censo mostró fallas en las variables aplicadas, falta de preguntas cruzadas e imprecisiones en el procedimiento. El criterio de respuesta tuvo un fuerte contenido subjetivo, pues en ocasiones el recolector de datos presuponía la condición racial. La lectura que hacen los representantes afrocostarricenses es que solamente las personas con alto nivel de educación fueron conscientes de su condición racial y que a pesar de haber sido un paso positivo la realización del censo, sus resultados fueron muy dudosos.

84.El tema de los indicadores es un punto esencial dentro de las observaciones planteadas por la sociedad civil y en ese sentido, reiteran la importancia de que el Estado en sus procesos de estudios y recopilación de datos estadísticos de población, adopte una estructura consensuada y participativa en el proceso de reunión, elaboración y utilización de la información.

85.Retomando el tema de los indicadores, el Censo 2000 abordó la composición de la ciudadanía por etnias. En este sentido, el porcentaje de 93,68% de afrodescendientes costarricenses por nacimiento conformaron la etnia más nativa que existe en el país; es decir, el mayor número de costarricenses por nacimiento.

86.Otro dato del Censo 2000 que debe ser analizado con cuidado es el lugar de nacimiento y provincia de residencia de la población afrocostarricense. Si bien el 64,25% de los afrocostarricenses censados nacieron en la provincia de Limón, residen en ella el 74,37%. Estas cifras reflejan que el perfil general de la población afrocostarricense es de un grupo social en ascenso, con mayores niveles de escolaridad y con una presencia mayor en las ciudades de Limón y San José.

Provincia

Porcentaje

Afrocostarricenes censados en el 2000 que dicen haber nacido allí

Afrocostarricenses censados en 2000 que actualmente residen allí

San José

11,79

14,30

Alajuela

3,74

3,01

Cartago

3,72

2,19

Heredia

1,85

3,00

Guanacaste

4,27

1,36

Puntarenas

4,03

1,76

Limón

64,25

74,37

En el extranjero

6,36

Total

100,00

100,00

Fuente: Censo 2000. Instituto Nacional de Estadística y Censo.

87.La población afrodescendiente costarricense se ubica principalmente en las áreas urbanas (46.903 habitantes que representa sobre su total un 57,18%); en la periferia urbana reside el 7,26%; en el rural concentrado el 8,79% y en el rural disperso el 26,77%.

88.Costa Rica no cuenta hasta el momento con ningún estudio nacional que sirva de referencia para el análisis de la situación de las mujeres afrocostarricenses. Lo anterior refleja la situación de invisibilidad que como consecuencia del racismo ha vivido históricamente la comunidad afrocostarricense, agudizada y profundizada por razones de género con las mujeres. Hasta el año 2000, Costa Rica presentó un gran vacío de información oficial pues no era atendido ni en los censos nacionales ni en las encuestas de hogar. Esta situación provocaba una lectura negativa, pues a la luz de esta situación fáctica, las mujeres afrocostarricenses no existían.

89.Sin embargo, tampoco el censo del año 2000 fue plenamente inclusivo y abarcativo de la situación de las mujeres afrocostarricenses. Un dato arrojado a la luz del Censo 2000 fue la importante emigración femenina, en especial a los Estados Unidos, lo cual ha incidido en factores demográficos. La presencia de un número importante de madres, tías y aunties honorarias radicadas en los Estados Unidos, ha facilitado la emigración de una nueva generación de jóvenes afrocostarricenses, aprovechándose de las redes sociales y las relaciones de parentesco para ubicarse en un mercado laboral que les ofrece mejores expectativas.

90.El índice de masculinidad entre la población afrocostarricense de 55 a 69 años de edad es de 1,13 hombres por mujer, aun cuando a causa de las diferencias por sexo en las tasas de mortalidad, en ese grupo etario se esperaría un predominio femenino marcado.

91.La naturaleza del censo enfocado al abordaje por hogar y no por familia limita la identificación étnica plena de todos los miembros de la familia. De hecho, sólo el 76% de las madres afrocostarricenses y el 78% de las madres de etnia registrada como "ninguna" aparecen como jefes de hogar o cónyuges en el momento del censo.

92.Según los datos censales, la tercera parte de los cónyuges de los hombres afrocostarricenses y la cuarta parte de los cónyuges de las mujeres afrocostarricenses no son afrocostarricenses. A su vez, las cifras indican que un total de 14.828 hombres se declararon jefes de familia, de los cuales un 82% residen con su cónyuge y un 67% son afrodescendientes. El 75% de los hijos de estos jefes se identificaron como afrodescendientes.

93.Por otra parte, se registraron como esposas o cónyuges un total de 10.938 mujeres afrodescendientes, de las cuales el 75% son jefes de hogar. El 86% de los hijos de estos hogares se identificaron como afrodescendientes. Asimismo, un total de 5.862 mujeres afrodescendientes son jefes de hogar, de las cuales el 11% residen con su cónyuge; el 71% de estos cónyuges son afrodescendientes y el 87% de los hijos de estas jefas son afrodescendientes.

94.Un hecho a destacar de estos indicadores estadísticos es la consideración de los hijos de parejas "mixtas" a identificarse a sí mismos como afrodescendientes, inclusive por encima de los propios cónyuges.

Población china

95.Conforme el Censo 2000, el total de la población china es de 7.873 habitantes (0,2%) desglosado en 4.089 hombres y 3.784 mujeres. El 88% de esta población estaba residiendo en sectores urbanos (77,18% en el sector urbano y 11,20% en la periferia urbana); en el sector rural concentrado se ubica el 3,28% y en el sector rural disperso el 8,34%.

96.Otro dato mostrado por el Censo 2000 en relación con la población china es la ciudadanía por etnia. Este grupo constituye el porcentaje más elevado de naturalización o de nacidos en el exterior con el 14,73%; el total de costarricenses por nacimiento representa el 51,53%.

Capítulo 2

MARCO LEGAL E INICIATIVAS LEGISLATIVAS

97.Como fue debidamente expuesto en el capítulo 1 del presente informe, Costa Rica cuenta con un marco jurídico que tipifica el delito de la discriminación racial cometido por directores, gerentes o funcionarios de instituciones públicas o privadas que apliquen medidas discriminatorias perjudiciales fundadas en motivos raciales, de sexo, edad, religión, estado civil, opinión política, origen social o situación económica.

98.El Código Penal tipifica la discriminación racial como contravención, lo que significa que la comisión de esta conducta conlleva la imposición de una multa pecuniaria establecida por los tribunales con base en los ingresos del imputado y la sana crítica del juez de turno.

99.La Asamblea Legislativa conoce de diversos proyectos de ley tendientes a completar el marco jurídico vigente; en ese sentido se tramitan especialmente en la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa los proyectos que se enumeran a continuación.

100.El Proyecto Nº 15399 titulado "Ley para devolverle la dignidad humana al indígena" presentada por el Partido Libertario, plantea en su exposición de motivos que la normativa nacional vigente restringe y limita muchos de los derechos de los indígenas como individuos y que el fundamento legal de esa restricción es la Ley indígena en vigencia. En consecuencia, el proyecto propone como artículo único la derogación de la Ley Nº 6172 titulada Ley indígena de 26 de noviembre de 1967.

101.Otro proyecto que también se encuentra en la corriente legislativa es el Proyecto Nº 13977, titulado "Derechos de comunicación del pensamiento de las minorías etnicoculturales costarricenses". Este proyecto se encuentra a la fecha en el orden del día 19 del Plenario (30 de septiembre de 2005) pero corre el riesgo de ser archivado con base en la disposición 119 del Reglamento de la Asamblea Legislativa que establece que las iniciativas se tendrán por no presentadas y se archivarán pasados cuatro años de calendario a partir de la iniciación de su trámite. Tiene una serie de mociones en trámite para la prórroga pero el tiempo para su aprobación ha vencido.

102.Fue aprobado como Ley Nº 8054 el proyecto titulado "Ley de la diversidad étnica y lingüística", tramitado bajo el Expediente Nº 13772. Esta ley establece un día de conmemoración a la diversidad étnica y lingüística del país. En este sentido, señala la justificación de motivos, el 12 de octubre, antiguamente llamado Día de la Raza y hoy denominado "Día del Encuentro de Culturas", no consumó su objetivo cual era incorporar las diversas etnias presentes en la población costarricense. La ley que estableció el Día de las Culturas no ha logrado desmitificar la idea de que el 12 de octubre celebra exclusivamente el contacto entre la cultura indígena y la española, reduciendo el reconocimiento a las demás culturas, de las cuales no se indica su procedencia ni su aporte ni persistencia en la historia.

103.El texto declara que se celebrará un día al año "el día de la diversidad étnica y lingüística", que contribuirá a "consolidar la estabilidad política y social de Costa Rica". Para ello el último domingo de septiembre se conmemorará y se autorizará a las instituciones públicas centralizadas y descentralizadas, a las instituciones de enseñanza pública y a otros centros de educación técnica y profesional, a celebrar durante la semana que antecede al día de la conmemoración y el propio día, actividades diversas tendientes a exaltar la diversidad étnica y lingüística y sus valores.

104.En relación con los proyectos de ley que fueron indicados en el informe anterior para consideración del plenario: Proyecto Nº 13875, titulado "Ley que reforma el inciso B del artículo 15 de la Ley Nº 7839 del sistema de estadística nacional para incluir las características poblacionales de origen nacional y/o grupo étnico y lengua dentro de los censos nacionales de población". Este proyecto recibió dictamen afirmativo del Plenario pero por el tecnicismo del artículo 119 del Reglamento de la Asamblea fue archivado.

105.También fue articulado el proyecto registrado bajo el Nº 14137, que proponía "declarar el día 12 de octubre de cada año, fiesta nacional como justo reconocimiento de Costa Rica al pueblo de Limón por su permanente dedicación a conservar su acervo cultural, enmarcado en sus propias tradiciones, sustentadas en la corriente del mestizaje y riqueza de sus etnias". Esta iniciativa legislativa fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 232 del día 4 de diciembre del año 2000 y a pesar del voto afirmativo de mayoría resultó afectado por el tecnicismo de los cuatro años de inactividad.

Migrantes

106.Costa Rica es un país de larga tradición de acogida de asilados y refugiados. Las leyes costarricenses, como se ha indicado, no establecen diferencia alguna en cuando a derechos entre nacionales y no nacionales, independientemente de su situación migratoria; la ley se aplica igual para todos. Esto es válido tanto para los derechos como para los deberes. Aun cuando la persona se encuentre sin autorización en el país, puede defenderse y resguardar sus derechos humanos, entre ellos el respeto a su integridad física, respeto a la dignidad humana y el derecho a asistencia médica.

107.Es importante en este punto destacar el aporte en los niveles organizativos y locales a la población migrante. El papel de organizaciones de la sociedad civil, representaciones religiosas y ciertos gremios de trabajadores en la atención y canalización de las demandas generales de la población migrante a través de acciones (como programas y proyectos) en que los migrantes aparecen como las poblaciones meta, con los que se generan proyectos socioproductivos, se fortalecen aspectos de índole sociocultural y psicoafectivo y se proyectan procesos de acompañamiento en gestiones como documentación, regularización migratoria, y otros.

108.Los datos del Censo 2000 demostraron la presencia de una población importante de mujeres nicaragüenses, una mayoría de ellas con hijos e hijas nacidas en el país. Muchas de ellas llegaron para quedarse y están haciendo una contribución importante al desarrollo socioeconómico del país.

109.La presencia masiva de inmigrantes nicaragüenses, motivada por las dificultades económicas, políticas y sociales, ha sido discutida ampliamente tanto en Costa Rica como en Nicaragua. Sin embargo, son pocas las investigaciones con énfasis en la presencia de mujeres inmigrantes nicaragüenses en nuestro país y las especificidades que por razón de género estas enfrentan.

110.Diversas investigaciones han revelado una situación de desventaja profunda en el caso de las mujeres. El 45% de las mujeres inmigrantes nicaragüenses en Costa Rica no ha concluido su enseñanza primaria y un 11% no tienen ningún nivel de instrucción. Por ello, su inserción laboral en el mercado es precaria y se ubica en los lugares inferiores de la pirámide laboral, predominando el servicio doméstico.

111.Con el fin de garantizar un marco de respeto y de pleno derecho al migrante, las fuerzas del orden y en especial la Policía Especial de Migración recibe constantes cursos de capacitación con dinámicas concretas como el respeto de los derechos humanos de los migrantes, con el propósito de sensibilizarlos y garantizar una actuación enmarcada en el marco del ordenamiento jurídico.

112.También mediante una coordinación entre el MTSS, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Organización del Trabajo (OIT) se imparten talleres sobre la temática migratoria a los inspectores de trabajo, de la CCSS y de la Dirección General de Migración. En el año 2005 se realizaron seis encuentros en todo el territorio nacional.

113.La política migratoria en Costa Rica ha sido fuertemente determinada por las resoluciones casuísticas de la Sala Constitucional. Temas como la aprehensión temporal de extranjeros, el otorgamiento de visas en los casos en que media matrimonio por poder, el rechazo, la deportación de extranjeros que tienen vínculo con costarricense, el otorgamiento de residencias, el derecho de petición con relación a solicitudes de residencias, permisos temporales o visas y otras gestiones han sido definidas por la Sala Constitucional.

114.En los últimos años, la Dirección General de Migración y Extranjería ha aprobado mediante decreto ejecutivo una serie de acciones con el fin de normar la política migratoria nacional. Costa Rica, como ha sido reiteradamente indicado, es uno de los países del mundo que recibe mayor número de inmigrantes en relación a su dimensión y capacidad. En ese sentido, era necesario adoptar una transformación al sistema de gestión migratoria para regular el crecimiento de la población extranjera residente en el territorio nacional, enfrentar la persistente presión de los movimientos migratorios irregulares y el paulatino crecimiento de nuevas corrientes de foráneos.

115.El poder ejecutivo ha sido consciente y responsable, realizando evidentes esfuerzos por dotar al país de una política migratoria (a través de normas jurídicas) que permitan dar respuestas más efectivas frente al problema migratorio, con el pleno respeto a los derechos humanos y a la dignidad de las personas, reconociendo y fomentando las migraciones internacionales ordenadas como un importante factor de desarrollo, pero propiciando de manera paralela los mecanismos que permitan de manera efectiva prevenir y desestimular los flujos desordenados e irregulares, aplicando sanciones a quienes fomenten prácticas que alienten la irregularidad y el incumplimiento de las leyes sociales.

116.En ese sentido, el Ministerio de Trabajo ha definido y publicado una política de empleo que planteó la reorganización de las migraciones laborales; esto con el interés de promover un orden y regularización necesaria y amparándose en criterios complementarios de mano de obra.

117.A través de la ejecución de las políticas migratorias por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería, el país ha tratado de combatir los matrimonio por poder, la resolución de solicitudes de refugio, residencias y permisos temporales, el otorgamiento de visas bajo régimen consultado, las deportaciones ejecutadas al amparo de los artículos 49, 50 y 118 de la Ley general en vigencia, la aplicación restrictiva del concepto de inmigrante asistido regulado por el inciso a) del artículo 35, y muchas otras situaciones que implican la toma de decisiones administrativas que obviamente han generado una selectividad en el ingreso y permanencia de extranjeros en el país.

118.Para atender los nuevos requerimientos migratorios, el poder ejecutivo presentó al Congreso de la República el proyecto de la nueva Ley de migración, la cual se tramitó bajo el Expediente Nº 14269 en la Comisión de Asuntos Jurídicos. Este proyecto del cual el Comité tomó conocimiento en el anterior informe y requirió de mayores precisiones sobre su marcha, según consta en el punto 15 y 16 de su reporte de observaciones al Estado, ha sido aprobado y entrará en vigor el próximo 12 de agosto de 2006.

119.El proyecto fue objeto de una consulta constitucional y mediante Dictamen Nº 2005‑09618, la Sala Constitucional señaló que el proyecto sólo presentaba una inconstitucionalidad en su artículo 67 que reza textualmente:

"En caso de que se solicite el ingreso o la permanencia de una persona extranjera en razón de matrimonio con una persona costarricense celebrado mediante poder, deberá demostrarse, obligatoriamente y fehacientemente, la convivencia conyugal durante un mínimo de un año fuera del territorio nacional. Además, dicho matrimonio deberá estar debidamente inscrito ante el Registro Civil de Costa Rica, en caso de que se solicite residencia. Entiéndase por convivencia conyugal, para los efectos de la presente ley, la unión estable de los cónyuges que integre una unidad social primaria, dotada de publicidad, cohabitación y singularidad, que amerita la protección del Estado."

120.Para los Magistrados del máximo tribunal constitucional costarricense, "sobre las potestades en cuanto a la determinación del matrimonio por poder, la única inconstitucionalidad que aprecia esta Sala, es la exigencia de que el costarricense deba haber vivido conyugalmente en el extranjero durante un año, ello por cuanto tal exigencia conculca el principio de autonomía de la voluntad, conculcándose indirectamente, la prohibición que contiene el artículo 32 de la Constitución política, al exigir que el costarricense haya tenido, fuera del territorio nacional, una convivencia conyugal por un plazo no menor de un año; por otra parte, el requisito comentado, resulta violatorio de los principios constitucionales de racionalidad y proporcionalidad…".

121.Por otra parte, en septiembre de 2005 se aprobó un decreto ejecutivo que reforma el actual Reglamento a la Ley general de migración y extranjería.

122.En el apartado referente a los trabajadores migrantes del sector agrícola y agroindustrial exportador, se estableció una garantía personal de 20 dólares por trabajador que deberá pagar el patrono respecto de los trabajadores que ingresen al país únicamente durante la cosecha de productos agrícolas como el café, melón, caña de azúcar y piña y que una vez concluida la estacionalidad agrícola regresan al país.

123.Este pago corresponde a un depósito de garantía, el cual se le reintegra al empleador cuando se demuestren los egresos respectivos. Esta disposición está amparada en el artículo 159 del Decreto Nº 32696-G-MTSS. Vale destacar que previo a este decreto, los depósitos eran por 100 dólares de los EE.UU.

124.La garantía de regreso reside en el interés de los mismos empresarios de contar con la mano de obra migrante para, dentro de marco del pleno respeto de todos los derechos laborales y condiciones de salud ocupacional mínimos, puedan disponer de la mano de obra necesaria para producir los bienes que serán exportados hacia el extranjero.

125.El Decreto Nº 32696-G-MTSS es claro que los empleadores deben cancelar el último salario en frontera, una vez finalice el plazo autorizado. En el artículo 155, le compete al MTSS, mediante la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo, el dar seguimiento a las condiciones estipuladas en el Código de Trabajo.

Ley de migración

126.Entre los aspectos más importantes que aborda la nueva ley, destacan la criminalización del "coyotaje", la regulación de los matrimonios arreglados entre extranjeros y costarricenses con el fin de que los primeros obtengan residencia en el país, la prohibición de ingreso al país de extranjeros condenados por delitos sexuales, explotación de menores, homicidios, genocidio, evasión fiscal, tráfico de armas, personas, patrimonio cultural, arqueológico, ecológico y de estupefacientes.

127.Además, se prohíbe el ingreso al país de los foráneos que en los últimos diez años, hayan sido castigados con cárcel por delitos dolosos contra menores de edad y por violencia contra las mujeres y los discapacitados. Por otra parte, se establece que los representantes legales que representan a un medio de transporte internacional en el que ingrese al país un extranjero que no reúna las condiciones legales, podrán ser sancionados con una multa que oscilará entre 3 y hasta 12 veces el monto de un salario base (entre 333.000 y 1.332.000 colones, es decir, entre 672 y 2.690 dólares).

128.El proyecto fue objeto de fuertes críticas de algunos sectores de la sociedad como la Iglesia católica, la Defensoría de los Habitantes y las universidades públicas, que en su momento solicitaron a los diputados de la Asamblea Legislativa que lo reenviaran nuevamente a una comisión especial mixta para corregir o aclarar algunos aspectos que, según ellos, "van en contra de los derechos humanos".

129.Las críticas que estos grupos señalaron, según su criterio, eran el uso de alguna terminología que consideraron no era la apropiada (pedían sustituir el término "ilegal" por "irregular") y acotaban que se violaba el principio del debido proceso en tanto no se preveía la posibilidad de impugnar resoluciones que afectaban a los migrantes. Por ejemplo, la policía, con arreglo a la nueva normativa, puede rechazar a ilegales en un área de 50 km adyacentes a la frontera sin que medie ningún recurso administrativo en contra de la decisión de los agentes.

130.Señalaron también que no hay ninguna regulación para la familia del migrante ilegal y no se hace referencia a la creación de centros para ubicarlos ni la participación del PANI cuando haya menores de edad. Por otra parte, a la Iglesia católica le preocupa la disposición de sanción a quien proporcione alojamiento a personas que no cuenten con permanencia legal en el país, considerando en particular el caso de las ayudas humanitarias.

131.En su Informe anual 2004-2005, la Defensoría de los Habitantes enumera además de los indicados, otra serie de presupuestos o situaciones que a criterio de la institución, no son considerados por el proyecto de ley. Entre ellos menciona la garantía de revisión judicial de las resoluciones emitidas por la Dirección General de Migración y Extranjería, el derecho fundamental a la libertad personal, la necesidad de establecer plazos máximos de detención y garantías jurisdiccionales efectivas y la adecuación de la normativa a los estándares internacionales de protección de derechos humanos.

132.Para la Defensoría de los Habitantes, es evidente la necesidad de dotar al Estado costarricense de una nueva legislación migratoria pero "subraya la necesidad de que este esfuerzo se integre en una visión integral de la temática, con perspectiva de derechos humanos como eje transversal en la definición de una nueva legislación y la consecuente política migratoria que se emita, no siendo suficiente la mera mención del referente a los derechos humanos que la iniciativa de ley plasma en algunos de sus artículos".

133.Sin embargo, el Gobierno de Costa Rica ha sido claro y reiterado en diversos foros que esta normativa ha sido objeto de un amplio estudio jurídico, con consultas de constitucionalidad y que obedecen a la necesidad de contar con un instrumento normativo que responda a la realidad de un país como Costa Rica, receptor neto de migrantes.

134.La aprobación en primer debate del entonces proyecto de Ley general de migración coincidió en el tiempo con la presentación, por parte del Instituto de Estudios Sociales en Población de la Universidad Nacional, de un estudio sobre la visión del costarricense en relación con la población migrante. Es quizá uno de los pocos estudios con fuerte base rigurosa y sistemática sobre las percepciones y actitudes de los costarricenses hacia los migrantes.

135.Este estudio, de fecha agosto de 2005, tomó una muestra de 600 personas de distinto sexo, edad, preparación académica y condición social. Los resultados de la encuesta están altamente vinculados a la percepción misma que tiene el costarricense de sí mismo.

136.Un aspecto a destacar es que casi dos terceras partes de los encuestados opinan que la población costarricense vivía en mejores condiciones que la población nicaragüense; esta percepción era mayor según el sector académico -el 76,7% del total eran universitarios y parauniversitarios.

137.Por otra parte, al consultárseles sobre las causas que determinaban su mejor, igual o peor condición de vida, los porcentajes y respuestas fueron muy variados. Para quienes opinaban que los nicaragüenses vivían mejor que los costarricenses, las razones fueron el apoyo estatal, su vocación al trabajo y su empeño.

138.A su vez, quienes opinaban que costarricenses y migrantes vivían iguales, las razones eran la igualdad de derechos y oportunidades, el acceso al trabajo y la estabilidad económica que adquirían. Finalmente, quienes decían que vivían peor, lo atribuían a la explotación que sufren en Costa Rica, la falta de derechos y oportunidades, la falta de educación, la situación económica y la discriminación por parte de los costarricenses.

Foro Permanente de Población Migrante y Refugiada

139.Uno de los procesos que se han impulsado para buscar consenso en la gestión de las políticas públicas migratorias ha sido el Foro Permanente de Población Migrante y Refugiada, establecido a instancia de la Defensoría de los Habitantes y que recientemente ha cumplido diez años.

140.El Foro es un espacio de interacción entre 40 instituciones del Estado y la sociedad civil, de carácter interinstitucional, intersectorial y multidisciplinario, en el cual se aborda de una manera amplia el tema de la población migrante en el país, con el fin principal de promover una estrategia de desarrollo nacional inclusiva y garante de la protección de los derechos humanos.

141.Actualmente se discute en el contexto del Foro un replanteamiento sobre su finalidad, su misión y la visión de futuro, impulsado en particular por la relatoría de los grupos de instituciones públicas y la Defensoría de los Habitantes. Estas instancias han propuesto retomar conceptos que estuvieron en el origen del Foro, según los cuales su objeto de estudio y análisis debe ser el fenómeno migratorio, del cual la población migrante y sus derechos humanos son elementos centrales y componentes del sistema pero no los únicos.

142.Cabe recordar que la finalidad inicial del Foro era constituir "encuentros para el análisis de las políticas y prácticas a nivel regional y nacional en atención al fenómeno de las migraciones, así como sus especiales connotaciones en el ámbito del respeto a los derechos de las personas migrantes y las implicaciones sociales, económicas y políticas a nivel regional y nacional que el tema plantea". El Foro como instancia deliberativa y propositiva pretende garantizar un análisis integral de un fenómeno que es complejo y amerita muchas respuestas institucionales e intersectoriales en Costa Rica.

143.En el espacio de interacción entre el Foro y otras instancias, es valioso indicar que en el esquema del marco del Trabajo Comunal Universitario de la Universidad de Costa Rica, se acordó apoyar las acciones del Foro, mediante la sistematización y análisis de las resoluciones de la Defensoría (especialmente su Dirección de Protección Especial) sobre el tema migratorio, para potenciar su utilidad como instrumento de promoción y protección de los derechos humanos.

144.Para el sector gubernamental, el problema actual del flujo migratorio deber ser abordado desde una perspectiva que trascienda la diáspora y en el cual se integren los restantes elementos de una sociedad receptora. En virtud del fenómeno migratorio, el funcionamiento de las instituciones estatales e incluso su presupuesto, se ven sometidos a reacomodos necesarios para atender las nuevas demandas sin descuidar el bienestar del universo de los habitantes.

145.Por el contrario, los representantes de la sociedad civil han mostrado cierta reticencia a esta visión, reiterando el carácter marcado del Foro como un ámbito con una visión de defensa de los derechos humanos de las personas migrantes.

Cooperación internacional

Cooperación con grupos indígenas

146.Uno de los actores claves en la lucha por mejorar las condiciones de vida de los pobladores indígenas ha sido la Defensoría de los Habitantes, la cual ha establecido como una de sus prioridades la lucha por atender y responder a las necesidades de los pueblos indígenas.

147.En ese contexto, en marzo de 2004 la Defensoría suscribió un convenio de cooperación para dos proyectos de la Agencia de Cooperación Alemana GTZ: Proosa y Prodelo. Los objetivos de los proyectos fueron el apoyo a los pueblos indígenas ngöbes, ubicados en las comunidades de Alto Laguna, Alto San Antonio, Coto Brus, Abrojo Montezuma y Conte Burica en el reforzamiento de las capacidades institucionales, la potenciación de la cooperación internacional y el abordaje de los derechos humanos.

148.El proyecto Proosa abarca en su área de acción cinco territorios indígenas guamiés. Su enfoque radicó en la identificación de los elementos que inciden en la calidad de vida de sus habitantes laborales, las pocas alternativas productivas y con base en esos elementos, la identificación de la deficiente alimentación.

149.Partiendo de este escenario, el proyecto estaba estructurado a partir de una comisión con representación de personas de cada uno de los territorios, a quienes se les propuso apoyo para el desarrollo de pequeños proyectos productivos, acuerpados por el compromiso comunitario y las alternativas para la sostenibilidad de los proyectos.

150.Por su parte, el proyecto GTZ estaba orientado a la actividad agroforestal en las comunidades indígenas situadas a lo largo de la frontera con Panamá.

151.Por otra parte, en el contexto de una donación que recibió la región centroamericana por 6 millones de dólares como parte del programa "Operativo de cooperación" que el Gobierno de la región española de Andalucía desarrolla en la región, la proporción que recibirá Costa Rica será invertido en vivienda indígena.

Cooperación con poblaciones migrantes

152.Por iniciativa de los Ministerios de Relaciones Exteriores de Costa Rica y Nicaragua, se está impulsando una iniciativa de desarrollo fronterizo denominada "Programa de desarrollo fronterizo Nicaragua-Costa Rica". El objetivo central del programa es "contribuir a la promoción y creación de oportunidades productivas, económicas, sociales e institucionales y con ello coadyuvar a que las zonas fronterizas entre Nicaragua y Costa Rica, sea un territorio de progreso y oportunidades".

153.El programa consiste en la identificación de proyectos de desarrollo. La implementación depende del financiamiento que se ha venido gestionando con diversos gobiernos y agencias internacionales, de manera que al mes de octubre de 2005, se han desarrollado o están a punto de desarrollarse cuatro proyectos, a saber.

154.El proyecto "Concentración de desarrollo rural fronterizo binacional Costa Rica‑Nicaragua" busca impulsar un programa de desarrollo rural fronterizo de fortalecimiento económico de reducción de la pobreza, por medio de generación de empleo y mejoramiento de ingresos. El costo y financiamiento se ha estimado en 20 millones de dólares y se está financiando a través de una donación del Gobierno del Japón.

155.Por su parte, el proyecto titulado "Fortalecimiento de las acciones de salud de la población de la zona fronteriza, dentro del convenio de los Ministerios de Salud" tiene como fin mejorar las condiciones de salud del área fronteriza mediante las actividades acordadas en el Convenio de colaboración entre los Ministerios de Salud de la República de Nicaragua y la República de Costa Rica para el fortalecimiento de las acciones de salud en el cordón fronterizo. El costo y financiamiento se estima en 2 millones de dólares y ya se cuenta con un financiamiento de 500.000 dólares donados por el Gobierno de la República de Corea.

156.El "Programa de capacitación e intercambio en la gestión y desarrollo municipal", financiado con capital japonés, busca capacitar a los alcaldes de las municipalidades fronterizas en gerencia municipal, con el fin de incrementar la efectividad técnica de los niveles decisorios en los ámbitos de la gerencia y el desarrollo local. Este proyecto obedece a la necesidad de reconocer la realidad que rodea a los gobiernos locales sujetos a múltiples desafíos tanto en la organización municipal como a los alcaldes mismos. La capacitación, bien planificada y conceptualizada, es una de las herramientas más eficaces de que pueden disponer las personas que dirigen una organización. El costo y financiamiento se estima en 1 millón de dólares.

157.Finalmente, el llamado "Sistema de información regional para el fortalecimiento y desarrollo de los gobiernos locales y de la pequeña y mediana empresa en la zona fronteriza" está orientado a promover el acceso a la información y a la tecnología de la información entre las municipalidades de las zonas fronterizas, de manera que exista un manejo integrado de la información a través de una red electrónica segura entre las municipalidades y la zona.

158.Cada municipio de las zonas fronterizas sur de Nicaragua y norte de Costa Rica contribuirán con sus propias apreciaciones, análisis y soluciones que por ser distintas llevan en sí la posibilidad de una evaluación e implementación final de conjunto. Los costos y financiamiento se han estimado en 500.000 dólares y estarán siendo donados por el Gobierno del Japón.

159.Por su parte, el Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, a través de la Dirección General de Migración y Extranjería ha gestionado y recibe asistencia técnica y apoyo de la OIM y el ACNUR para la asistencia de la población migrante en Costa Rica, incluyendo la capacitación. Con el ACNUR se coordina la impartición de manera periódica de cursos y talleres sobre refugiados a los funcionarios de migración en todo el territorio nacional, con un módulo de derechos humanos.

160.Por su parte, la Dirección General de Migración y Extranjería y el Ministerio de Trabajo, con la asesoría de la OIM, el ACNUR y la OIT, llevan a cabo una serie de talleres de capacitación para los inspectores de trabajo de todas las regiones del país, en los cuales uno de los componentes es el respeto a los derechos humanos de los migrantes.

161.Costa Rica es miembro de la Conferencia Regional sobre Migración, foro de carácter permanente establecido en 1996 por los países centroamericanos, México, Estados Unidos, Canadá y República Dominicana, con el fin de lograr la gobernabilidad de todos los flujos migratorios desde y hacia la región. Actualmente está en proceso de elaboración, una campaña que pretende informar a los migrantes acerca de los riesgos y peligros de la migración irregular.

162.Entre los logros de la Conferencia Regional sobre Migración se pueden destacar los siguientes: mantener un diálogo regional constructivo con las ONG; auspiciar actividades conjuntas de capacitación y operación con el fin de asegurar que los procesos de repatriación y migración sean ordenados, humanos y seguros; facilitar la cooperación técnica y humanitaria; celebrar actividades específicas como seminarios y talleres con el fin de ahondar en la migración regional, y la creación de dos redes de funcionarios de enlace para facilitar la realización de acciones: una en materia de protección consular y otra en el combate al tráfico y trata de personas.

163.En el contexto de la Conferencia Regional sobre Migración, tuvo lugar en Costa Rica en el mes de junio de 2005 un seminario-taller sobre el tema "Integración de migrantes en países receptores", con el copatrocinio del Gobierno del Canadá, en su calidad de Presidencia Pro ‑Tempore de la Conferencia. Este seminario respondía a cuatro objetivos básicos: intercambio de información; compartir experiencias exitosas susceptibles de réplica o adaptación y recomendaciones para su ejecución; desarrollo de fórmulas de acción gubernamental en materia migratoria y de atención de los derechos humanos de las personas migrantes, y enfatizar el vínculo entre migración y desarrollo.

164.Una publicación auspiciada por la Secretaría Técnica de la Conferencia Regional sobre Migración y la OIM, con el apoyo de los Gobiernos de Costa Rica y el Canadá, recogió los trabajos presentados en el seminario, con el propósito de contribuir a la difusión de la valiosa información expuesta.

165.Costa Rica además es parte de la Comisión Centroamericana de Directores de Migración (OCAM), la cual funciona desde 1990 y en cuyo Plan de Acción se encuentra el componente de derechos humanos. En el contexto de los trabajos de esta Comisión, desde 2003 se acordó utilizar una nueva tarjeta de registro migratorio, cuyo contenido y formato se definió regionalmente, con la finalidad de homologar los datos que se le solicitan al viajero.

Refugiados

166.Costa Rica es el país que cuenta con el mayor número de habitantes refugiados en América Latina. En el país viven aproximadamente 13.500 personas bajo este régimen estatutario, de los cuales unos 8.500 son colombianos y se estima que unos 120 ingresan mensualmente.

167.En cuanto a la legislación aplicada, Costa Rica es signataria de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967, instrumentos que han sido incorporados a la legislación interna mediante la Ley Nº 6079 de 28 de agosto de 1977. Además el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado se encuentra regulado en el Decreto Nº 32195-G publicado en La Gaceta Nº 15 de 21 de enero del 2005.

168.En relación con la observación 16 de las conclusiones y recomendaciones, cabe precisar que en Costa Rica no se aplica de manera discriminatoria la legislación para determinar la condición de refugiado. El Decreto Nº 32195-G es preciso en establecer un procedimiento que en todo caso debe interpretarse en armonía con la Convención de 1951 y el Protocolo de 1967.

169.El procedimiento establecido se inicia con la presentación de la solicitud por parte de la persona que pretenda obtener esa condición a las autoridades migratorias situadas en los distintos puestos fronterizos o en la oficina especializada para esos efectos. Recibida la solicitud, la Dirección General de Migración abrirá un expediente individual conteniendo el cuestionario para solicitantes de refugio en Costa Rica; la minuta de una entrevista confidencial para comprobar el fundado temor de su persecución, el documento personal, el certificado de nacimiento y antecedentes penales cuando los tiene o una declaración jurada de ambos, las huellas dactilares del Archivo Policial y dos fotografías.

170.La solicitud deberá ser presentada en el plazo de un mes posterior al ingreso al territorio nacional; una vez presentada la solicitud, la Dirección General de Migración emitirá un criterio sobre la procedencia de la solicitud, considerando los hechos expuestos, la situación de ese país y la normativa internacional.

171.Mientras la solicitud de refugiado se resuelve, se le extenderá al solicitante un documento provisional que podrá renovarse mientras no haya una resolución definitiva de su petición. Corresponde al Director General de Migración decidir en definitiva sobre la condición de refugiado, tomando en consideración el criterio técnico, dentro de los 30 días hábiles siguientes a que se complete el expediente personal. El documento que se extienda tendrá una validez de un año, renovable por períodos iguales.

172.Habiendo sido declarada la protección internacional en calidad de refugiado, el extranjero queda facultado para el ejercicio de cualquier actividad manual o intelectual remunerada o lucrativa, por cuenta propia o en relación de dependencia, con excepción de las actividades profesionales que por ley necesitaren la aprobación del colegio profesional respectivo.

173.El decreto establece una serie de condiciones de manera que los familiares del solicitante también puedan acogerse a la condición de refugiado.

174.La expulsión del refugiado sólo podrá ser ordenada, según el artículo 14 del referido decreto, por razones de seguridad nacional, el mantenimiento del orden público y que el refugiado, habiendo sido objeto de una condena definitiva por delito particularmente grave, constituya una amenaza para la comunidad nacional. El procedimiento previsto prevé una notificación del inmediato al ACNUR para que gestione un tercer país que lo reciba dentro de las posibilidades y siempre del respeto garante establecido en el artículo 33 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

175.En caso de denegación de la solicitud de refugiado, el interesado o el ACNUR podrá interponer los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. Bajo ninguna condición, ningún refugiado será devuelto al país donde su vida o libertad corrieren peligro por motivo de persecución.

176.Costa Rica ha sido siempre fiel a su tradición de asilo, especialmente cuando se trata de personas que han sido desplazadas de manera violenta de sus países de origen porque su vida, libertad y seguridad corren peligro o tienen fundados temores de ser perseguidos.

177.Costa Rica presta la debida atención a los refugiados y ha abogado en diversos foros internacionales para que estos esfuerzos nacionales sean respaldados por la comunidad internacional, en cumplimiento de la corresponsabilidad y cosolidaridad que tienen los Estados.

178.En el año 2002, el ACNUR, conjuntamente con la Universidad de Costa Rica, en el marco del Proyecto de trabajo comunal universitario "Fortalecimiento de la protección de los refugiados y migrantes vulnerables en Costa Rica" elaboraron un documento denominado "Diagnóstico sobre el grado de integración local de los refugiados en Costa Rica".

179.El diagnóstico destaca características importantes de la población refugiada; el marco legal de sus derechos y obligaciones y la relación que se establece con instituciones, organismos o instancias nacionales. También aborda sus capacidades y la manera de enfrentarse al reto de la sobrevivencia en Costa Rica, las percepciones de los refugiados acerca de la aceptación que tiene la sociedad costarricense y la opinión de los costarricenses sobre esta población.

180.Con la colaboración del ACNUR, en el año 2003 se recibió una donación de equipo técnico y documentación para el Departamento de Refugiados de la Dirección General de Migración y Extranjería, con el fin de coadyuvar en la atención eficiente de esta población y paralelamente otorgar cursos de capacitación tanto a funcionarios de las oficinas centrales como regionales. Además, se coordinó un nuevo convenio para crear dos nuevas plazas para reformar el personal del Departamento de Refugiados, de manera que se garantice la atención adecuada.

181.En relación con los lineamientos para este apartado, quizá el tema más relevante durante el período ha sido la rectificación que el ACNUR tuvo que brindar al Gobierno de Costa Rica en relación con la interpretación de la nueva Ley general de migración y extranjería.

182.En agosto de 2005, una portavoz del ACNUR formuló un comentario de prensa, indicando que la nueva Ley general de migración y extranjería, que al día 29 de septiembre se encontraba en el trámite legislativo, con el primer dictamen aprobado, no cumplía las expectativas y que incluso, algunas de sus provisiones podrían llevar a "una exacerbación del ya inamistoso clima hacia los solicitantes de asilo y refugiados del país". Además, hizo una serie de señalamientos sobre la posible afectación de los hijos de los beneficiarios de asilo y refugio a quienes les fuera cancelado el estatus.

183.El Gobierno de Costa Rica, acogiéndose al derecho de respuesta, calificó de "injustas y falaz" las declaraciones, considerando que "en proporción a sus dimensiones y recursos, Costa Rica figura entre las naciones del mundo que recibe mayor número de ellos y que les otorga derechos prácticamente similares a los de sus propios ciudadanos".

184.En su carta enviada al ACNUR, la Cancillería costarricense manifestó que "en Costa Rica los instrumentos internacionales de derechos humanos poseen una jerarquía normativa de rango constitucional e incluso, en la medida en que otorguen mayores derechos o garantías a las personas, privan sobre la Constitución política. En consecuencia, cualquier disposición legal que contraríe la normativa sería inaplicable". Entre esa normativa internacional de la que Costa Rica es parte se encuentran la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967, los Pactos Internacionales de derechos humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José).

185.Para concluir, la nota reiteraba que "el proyecto de ley general de migración y extranjería ha seguido el procedimiento de carácter público que establece el ordenamiento jurídico costarricense y ha incluido etapas de consulta en las que los diversos actores sociales han podido formular observaciones. Para constatar el apego de la nueva normativa al marco constitucional e internacional vigente, el proyecto también fue sometido a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Este tribunal, al cual corresponde el ejercicio del control de constitucionalidad de las normas, concluyó mediante su Resolución Nº 2005-09618 que el texto del proyecto no contradice ni viola la Constitución ni a los instrumentos internacionales de derechos humanos".

186.En su nota de aclaración, el Director de la Oficina para las Américas del ACNUR expresó "el reconocimiento al Gobierno de Costa Rica y su compromiso de mantener los más altos estándares de protección de los refugiados", lamentando que la frase de la portavoz de la organización hubiera sido "interpretada como una crítica negativa". Concluyó reconociendo y apreciando la recepción del importante número de refugiados colombianos y el apoyo oficial prestado al proceso de conmemoración de la Declaración de Cartagena que resultó en la adopción del Plan de Puebla.

Capítulo 3

INICIATIVAS INTERNACIONALES

187.En el plano internacional, Costa Rica ha sostenido una política coherente en materia de protección de los derechos humanos, expresada en el copatrocinio de diversas resoluciones en el contexto de la Comisión de Derechos Humanos, en la Asamblea General de las Naciones Unidas y la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos.

188.Costa Rica apoya de manera firme la iniciativa que discute el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas para adoptar una Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Para el Gobierno de Costa Rica, es un deber y un derecho internacional para con los pueblos indígenas el aprobar a la brevedad posible este instrumento internacional.

Resoluciones impulsadas y copatrocinios en la Asamblea General de las Naciones Unidas

189.En el quincuagésimo noveno período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2004, Costa Rica copatrocinó en la Tercera Comisión el proyecto de resolución A/59/L.30 titulado "Segundo decenio internacional de las poblaciones indígenas del mundo". Costa Rica históricamente ha copatrocinado esta resolución, presentada durante años por los países nórdicos.

190.Por otra parte, aunque no se copatrocinaron, Costa Rica se unió al consenso en la adopción de los proyectos de resolución A/59/L.67/Rev.1, titulado "Medidas que se han de adoptar contra las plataformas y actividades políticas basadas en doctrinas de superioridad e ideologías nacionalistas violentas que tienen fundamento en la discriminación racial o la exclusión étnica y la xenofobia, incluido el neonazismo", y A/59/L.69 titulado "Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial".

Resoluciones impulsadas y copatrocinios en la Comisión de Derechos Humanos

191.Costa Rica siempre ha copatrocinado el proyecto de resolución que la Comisión de Derechos Humanos, durante el tratamiento del tema 6 del programa: "El racismo, la discriminación racial, la xenofobia y todas las formas de discriminación" adopta titulada "El racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia".

192.En el tema 10 vinculado al disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, el país tradicionalmente copatrocina los proyectos de resolución sobre "El derecho a la educación" y "El derecho de todos a los más altos niveles de salud física y mental". Además, se apoya la adopción de la resolución sobre "el derecho a la vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado".

193.En relación con el tema 11 de la agenda, el país siempre ha copatrocinado el proyecto de resolución titulado "Incompatibilidad entre democracia y racismo". A su vez, en el tema 13 se copatrocina la resolución que el Grupo de Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC) presenta conjuntamente con la Unión Europea sobre "los derechos del niño".

194.En relación con el tema 14 del programa: "Grupos e individuos específicos", el país copatrocina el proyecto de resolución "Derechos humanos de los migrantes", presentado por México. En el mismo tema del programa, dentro del subtema "Minorías", Costa Rica copatrocinó los proyectos de resolución: "Los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas" y "Protección de los derechos humanos de las personas infectadas con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y con el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA)".

195.En relación con el tema 15, "Cuestiones indígenas", Costa Rica copatrocinó proyectos de resolución con los títulos siguientes:

a)"Grupo de Trabajo sobre poblaciones indígenas de la Subcomisión de Prevención y Protección de las Minorías y Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo";

b)"Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos encargado de elaborar un proyecto de declaración de conformidad con el párrafo 5 de la resolución 49/214 de la Asamblea General, de 23 de diciembre de 1994", presentado por el Canadá y adoptado sin votación;

c)"Derechos humanos y asuntos indígenas".

Resoluciones impulsadas y copatrocinios en la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos

196.Durante las Asambleas Generales realizadas en San José en 2001, Barbados en 2002, Santiago de Chile en 2003, Quito en 2004 y Fort Lauderdale (Florida, Estados Unidos) en 2005, Costa Rica apoyó la adopción de los siguientes proyectos de resolución que fueron adoptados por consenso:

a)"Elaboración de un proyecto de Convención Interamericana contra el racismo y toda forma de Discriminación e Intolerancia";

b)"Los derechos humanos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias";

c)"Declaración Americana sobre los derechos de los pueblos indígenas";

d)"Apoyo a la reestructuración del Instituto Indigenista Interamericano";

e)"La protección de refugiados, apátridas, repatriados y desplazados internos en las Américas."

Capítulo 4

197.Durante el mes de agosto de 2004, los medios de comunicación dieron una amplia cobertura al caso de un indígena guaimí imputado por una causa de homicidio pero que alegaba ya haberla cumplido en las cárceles panameñas.

198.Más que un caso de aplicación de justicia por discriminación, lo que se estaba dando era un caso de aplicación del principio de non bis in idem (no juzgar dos veces por el mismo delito).

199.Por gestión de las Defensorías de los Habitantes de Costa Rica y Panamá, se emitió por parte de las autoridades judiciales panameñas una certificación de antecedentes judiciales, con la cual las autoridades costarricenses comprobaron la veracidad de las afirmaciones y mediante resolución fundada ordenaron el archivo de la causa.

Capítulo 5

Acceso a los tribunales

200.El tema de la restitución de las tierras sigue siendo la piedra angular de los reclamos de los pueblos indígenas. Un fallo de la Sala Constitucional (Voto Nº 3468-02) a favor de las comunidades de Rey Curré, Térraba y Boruca para que se delimiten sus tierras y se instruya al Estado por medio del Instituto de Desarrollo Agrario para que recupere los terrenos invadidos o perdidos por traspasos o ventas irregulares no ha podido ser cumplido, en razón de una prórroga solicitada por el ente estatal y acogida por la Sala Constitucional. El gran problema reside en el monto requerido para la recuperación, el cual asciende a 30 millones de colones.

201.La acción presentada en vía judicial constitucional planteaba un reclamo para recuperar cerca de 31.000 ha ubicadas en la zona de Buenos Aires de Puntarenas pertenecientes a 21 comunidades indígenas.

202.Este tema ha sido impulsado por la Defensoría de los Habitantes, que en reiteradas ocasiones ha instado a las autoridades competentes a velar por el bienestar de las poblaciones indígenas y en particular, para que en los peritajes y procesos judiciales se cuente con un intérprete y se respete su cultura.

203.En el capítulo 6 se ampliará la información sobre las actividades institucionales para facilitar a los pueblos indígenas el acceso a la justicia.

Seguridad personal y protección del Estado

a) Migrantes

204.En el punto referente al derecho a la seguridad personal y la protección del Estado contra todo acto de violencia, el Gobierno de Costa Rica brindó un amplio informe a los procedimientos especiales de las Naciones Unidas sobre una serie de operativos en comunidades con una fuerte presencia migratoria nicaragüense.

205.El 3 de junio de 2004, la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los migrantes solicitó al Gobierno de Costa Rica explicaciones amplias sobre el operativo policial realizado el día 30 de enero de 2004 en la ciudadela La Carpio, situada en las afueras de la capital, en el cual se habrían detenido a unas 600 personas. Además, la Relatora Especial expresó su preocupación en relación con informaciones recibidas en el sentido de que la Caja Costarricense de Seguro Social estaría compartiendo con la Dirección General de Migración y Extranjería los datos personales de los inmigrantes indocumentados que son atendidos en las consultas de los centros médicos públicos. La tercera denuncia a la cual se dio trámite fue la supuesta existencia de un servicio telefónico para denunciar a inmigrantes indocumentados.

206.Mediante escritos de fecha 29 de julio y 9 de agosto de 2004, el Gobierno de Costa Rica ofreció a la Relatora Especial una amplia respuesta sobre los hechos denunciados. Según consignó la respuesta, el Ministerio de Seguridad Pública, Gobernación y Policía, en el marco de sus competencias que constitucional y legalmente le han sido asignadas, diseñó una serie de operativos para el cumplimiento de la ley.

207.En ese contexto, el 30 de enero de 2004 se realizó un operativo con el propósito de detectar y poner a derecho situaciones irregulares de personas y establecimientos comerciales situados en una zona conflictiva de la capital, en la cual era conocida la existencia de negocios sin patentes, menores en riesgo, órdenes de captura, denuncias de agresión doméstica, denuncias de evasión y control migratorio, entre otros. Para estos operativos se ha constituido un equipo interinstitucional con funcionarios del Patronato Nacional de la Infancia, del Organismo de Investigación Judicial, de la Policía de Migración, y de personal competente del Departamento de Planes y Operaciones y del Centro de Información y del Apoyo Legal del Ministerio de Seguridad Pública así como de la Policía Municipal de San José y de la Cruz Roja Costarricense.

208.Los resultados finales del operativo fueron un total de 580 personas investigadas, 79 procedimientos de extradición; 25 personas deportadas luego de cumplirse el debido proceso; 107 personas citadas con vínculos con costarricenses; 6 cédulas de residencias falsas detectadas; 2 armas de fuego decomisadas; 2 armas blancas decomisadas; 6 menores de edad pasados a la orden del PANI; 15 personas con orden de presentación a tribunales y 1 persona con orden de presentación por estafa.

209.Este operativo fue realizado siguiendo el debido proceso, con estricta observancia y respeto de los derechos humanos, y obedeció a la necesidad de combatir la delincuencia, las pandillas y la violencia intrafamiliar que afecta a esta zona del país. Bajo ningún criterio este operativo y otros que han sido realizados a través de los años han tenido por objetivo una posible persecución contra los inmigrantes, pues sería contrario a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado costarricense.

210.Según información del Patronato Nacional de la Infancia, en total se atendieron 40 personas menores de edad a quienes se les verificó su situación en relación con sus padres. Cada uno de los menores fue debidamente trasladado a su hogar con un funcionario administrativo para verificar la documentación correspondiente y es preciso indicar que todas estas acciones se ejecutaron teniendo en consideración el interés superior del niño y la prioridad de mantener a los menores de edad con sus progenitores.

211.Por su parte, el Estado costarricense informó a la Relatora Especial de que no era competencia de la Caja Costarricense de Seguro Social velar por el cumplimiento de la legislación en materia de las leyes laborales y migratorias y que el suministro de información del que se hizo referencia obedecía a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley general de administración pública. Además, las autoridades fueron claras en precisar que no existe ningún servicio telefónico de denuncia.

212.En el informe de la Defensoría de los Habitantes correspondiente al período 2004-2005 así como informes anuales anteriores, se expresa la preocupación de esta institución por "las condiciones de infraestructura del centro de aprehensión para extranjeros en tránsito, ubicado en la Quinta Comisaría, pese a reconocer mejoras efectuadas por la Dirección General de Migración y Extranjería a tenor de las recomendaciones emitidas por la misma institución y resoluciones de la Sala Constitucional".

213.Según amplía su informe, "el centro no cuenta con las condiciones adecuadas para aprehender a personas extranjeras sometidas a procedimientos administrativos tendientes a verificar su condición migratoria ni a ser sometidas a procesos más o menos prolongados de deportación".

214.El informe concluye indicando que "esta situación se agrava al no contemplar la legislación vigente plazos máximos de detención de esas personas, lugares acondicionados para albergar familias integradas por niñas, niños y adolescentes, adecuadas condiciones de salubridad en las instalaciones, entre otros".

215.En relación con esta preocupación de la Defensoría, la Dirección General de Migración y Extranjería por intermedio de la Policía Especial de Migración ha comunicado al preparar este informe que "existe un protocolo a seguir cuando se ingresa un extranjero al Centro de Aseguramiento para Extranjeros en Tránsito, requerimientos que son cumplidos de manera obligatoria para no violentar los derechos de las personas".

216.Este procedimiento incluye el verificar sus datos personales para evitar que se trate de un menor de edad, en cuyo caso es trasladado el Patronato Nacional de la Infancia; si es mayor de edad, se consigna en una hoja de aprehensión todas sus cualidades y se le facilita un teléfono para que contacte a su consulado respectivo (derecho a la asistencia consular). Vale indicar que contiguo a los módulos, hay teléfonos públicos al alcance de los extranjeros los cuales pueden ser utilizados en cualquier momento y de manera directa.

217.De conformidad con el debido proceso, un abogado del departamento debe entrevistar al extranjero y tomarle una declaración jurada en la cual es apercibido del delito de falso testimonio y del derecho a contar con un representante legal. Posteriormente se evalúa la situación jurídica y migratoria de cada extranjero con el fin de emitir una resolución administrativa.

218.El plazo de permanencia de los extranjeros en el centro varía en razón de la situación migratoria. Al respecto, en su Resolución Nº 2005-09618 de 20 de julio de 2005, en consulta de constitucionalidad formulada por la Defensoría de los Habitantes respecto del proyecto de ley de migración y extranjería (que se tramita bajo Expediente legislativo Nº 14269 ), la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia señaló que "en numerosas oportunidades esta Sala ha mantenido la tesis de que las autoridades de migración pueden restringir la libertad de un extranjero que ingresa ilegalmente al país, durante el tiempo racionalmente indispensable para hacer efectiva su expulsión y deportación, circunstancia en la cual no rige el plazo de 24 horas a que se refiere el artículo 37 constitucional (ver al respecto la Resolución Nº 05-7390, entre otras), por lo tanto ni la posibilidad de aprehensión cautelar ni que haya un tiempo máximo, son inconstitucionales, siempre y cuando este plazo sea justamente como dicen estos artículos el "estrictamente necesario". Así, no observa esta Sala la inconstitucionalidad alegada por los consultantes al respecto de estos artículos".

219.Cuando se ejecuta una orden de deportación, el extranjero es trasladado al aeropuerto Juan Santamaría en un vehículo oficial y con un funcionario como custodio; cuando la deportación es vía terrestre, le acompañan dos o más custodios y son trasladados en autobuses de la institución. En cuanto a las atenciones y necesidades básicas, se les brinda una alimentación basada en proteínas y carbohidratos.

220.Respecto de las visitas, se han habilitado dos días a la semana para que los extranjeros aprehendidos puedan recibir visitas; sus familias les pueden abastecer de ropa, alimentación y dinero. Asimismo, los representantes legales de los aprehendidos así como los traductores en los casos requeridos, tienen libre acceso las 24 horas.

b) Indígenas

221.Respecto de las acciones dirigidas a la protección de los indígenas por parte de las fuerzas del orden, se han desarrollado proyectos de seguridad comunitaria, con el fin de promover la capacitación y organización de las comunidades para que con la participación activa de los ciudadanos en las tareas de prevención del delito, se disminuya la delincuencia y el sentimiento de inseguridad de los habitantes. Este proyecto funciona en la comunidad indígena de Matambú, en la cual se han capacitado a 18 personas.

222.Otro programa implementado es el "Pinta seguro", que consiste en capacitar a los niños y niñas en temas de prevención y seguridad ciudadana, para lo cual se les entregan libros de colorear con alusión al tema de seguridad, creando una actitud de comunicación y denuncia ante posibles agresiones. Bajo este proyecto han sido capacitados 49 niños indígenas de 1º a 4º grado y han recibido capacitación sobre el tema de violencia intrafamiliar 152 alumnos de jardín de infancia a 6º grado.

223.Por su parte, la Dirección de Policía Control de Drogas ha realizado diversos operativos para la erradicación de plantas de marihuana en las reservas indígenas, con el fin de garantizarles una mejor calidad de vida a sus pobladores. Entre los años 2002 y 2005 fueron destruidas aproximadamente 151 plantaciones. Además, se realizan acciones para decomisar la hoja a ser procesada. Además, durante el año 2005 como una labor complementaria, la policía entregó 50 palas, 50 picos, 50 cuchillos, 50 machetes, 200 espumas, 200 cobijas, semillas para sembrar y 70 diarios entre la población indígena.

Derechos civiles y políticos

a) Derechos civiles de los indígenas

224.El tema de la autonomía de los pueblos indígenas es un tema clave en el debate político. En este contexto, en noviembre de 2004 tuvo lugar el Primer Congreso de Presidentes de Asociaciones de Desarrollo Indígena para discutir el tema de la autonomía.

225.Uno de los temas más conflictivos durante los últimos años fue la iniciativa del Instituto Costarricense de Electricidad para construir una represa hidroeléctrica en la zona sur del país, con capacidad para producir 1.500 MW, cantidad superior al total de energía que hoy en día generan todos los proyectos hidroeléctricos de Costa Rica juntos. Esta iniciativa tuvo fuerte oposición de los grupos ambientales y de las comunidades indígenas, por cuanto implicaba la afectación de cinco pueblos indígenas y siete territorios indígenas.

226.Para las comunidades indígenas, este proyecto hidroeléctrico conllevaba una afectación ambiental, cultural y de consulta. Sobre el aspecto ambiental, señalaban que se causarían daños irreparables al medio, en particular a la biodiversidad, los ecosistemas acuáticos y terrestres, microclimas, recursos naturales endémicos, derechos comunitarios intelectuales (derechos sui géneris) referidos al conocimiento ancestral de la naturaleza y la afectación a las relaciones de dependencia de los indígenas a su entorno.

227.Por otra parte, argumentaban que el proyecto hidroeléctrico afectaba el elemento cultural, pues este tipo de situaciones en diversas partes del mundo lo que había provocado era la destrucción casi absoluta de los pueblos reubicados; finalmente, criticaban fuertemente el proceso de consulta que las autoridades habían llevado a cabo.

228.Dado que las negociaciones sostenidas por años entre las autoridades oficiales y las comunidades afectadas y grupos de intereses no lograron un acuerdo, el pasado mes de agosto de 2005, el Consejo Directivo del Instituto Costarricense de Electricidad tomó la decisión de reconsiderar la viabilidad de este proyecto e iniciar de inmediato el estudio de otras opciones para atender la necesidad energética del país.

229.Cabe rescatar que el Instituto Costarricense de Electricidad, a pesar de desistir del impulso al proyecto hidroeléctrico Boruca, brindó respuesta a una serie de necesidades en electrificación y telefonía en la región. Se canalizaron y materializaron las gestiones comunales tendientes a la instalación de telefonía residencial en 30 casas de habitación y amplió la central telefónica en la comunidad de Boruca; se instaló servicio eléctrico para aproximadamente 10 familias; se instalaron paneles solares en las comunidades de Linda Vista y Coquito, beneficiando a indígenas de Térraba y Curré y se instalaron teléfonos públicos con conexión satelital en la comunidad de Curré.

230.La promoción y formación de la dirigencia comunal es un punto importante en función de la estructura organizativa de las comunidades indígenas y para ello, la Dirección Nacional de Desarrollo Comunal ha venido impulsando procesos de promoción y formación de la dirigencia comunal orientada a promover la participación ciudadana en la toma de decisiones y resolución de sus problemas con su propia cosmovisión.

231.En el contexto de la especificidad cultural indígena y por intermediación de la Defensoría de los Habitantes, se impulsó una serie de cambios en los regímenes de visita de las prisiones para que se respete el instituto de la familia según la configuración tradicional de cada pueblo indígena. El hecho que dio lugar a la gestión de la Defensoría fue el caso de una mujer indígena menor de edad a quien no se le permitía la visita a su compañero que se encontraba privado de libertad, pues debía venir acompañada de una persona mayor de edad, a pesar de tener constituida una familia con varios hijos reconocidos según la tradición bribrí.

232.La Defensoría recomendó a la Dirección General de Adaptación Social la modificación del Reglamento de visitas del sistema penitenciario costarricense (Decreto ejecutivo Nº 25881-J) para que se incorporaran parámetros de valoración de solicitudes de visitas. Atendiendo esta recomendación, la Dirección del Instituto Nacional de Criminología indicó que se "han girado instrucciones a las coordinadoras de las áreas comunitaria y jurídica para que conformen una Comisión que analice lo recomendado".

b) Derechos civiles de los afrocostarricenses

233.En el caso de las mujeres afrocostarricenses, es valioso destacar la experiencia del I Foro de Mujeres Afrodescendientes de la provincia de Limón, realizado en agosto de 2005. Bajo la organización del Instituto Nacional de las Mujeres, se llevó a cabo este primer foro, como un proceso de estrategia para incorporar la diversidad y opinión de la mujer afrocostarricense en el proceso de toma de decisiones.

234.Los resultados del foro están siendo incorporados en la dinámica de la gestión institucional pero cabe resaltar la dinámica de las ponencias y discusiones, se formularon una serie de propuestas orientadas a impulsar cambios legislativos e institucionales como la reforma al artículo 1 de la Constitución para reconocer la diversidad pluriétnica y pluricultural y al artículo 76 para que se respete la lengua, la espiritualidad y la religión de los y las afrodescendientes.

c) Derechos políticos

235.Un elemento importante es la participación de los habitantes indígenas en los procesos electorales. Para el próximo proceso electoral, en febrero de 2006, el Tribunal Supremo de Elecciones ha establecido el programa "Equiparación de condiciones para el ejercicio del voto", con el cual pretende garantizar el acceso total a esta población al proceso electoral. Una de los principales elementos de este programa es el desarrollo de un diagnóstico, en el cual participaron diversos representantes de las comunidades indígenas, donde se determinaron los principales problemas que dificultan su participación electoral, su origen y su eventual solución.

236.Este proceso se complementa con la elaboración de un folleto denominado Protocolo: Proceso electoral accesible a comunidades indígenas que será manejado por los asesores electorales de las zonas donde se sitúan las comunidades indígenas. Para facilitar el voto, se ha previsto el funcionamiento de 25 juntas receptoras de votos a lo largo de las diversas comunidades indígenas del país.

237.Otro elemento a destacar es el establecimiento de la Comisión de Asuntos Electorales Indígenas, en el cual están participando funcionarios institucionales y el CONAI. El objetivo de esta Comisión es garantizar a las poblaciones indígenas, en condiciones de igualdad, el disfrute o ejercicio de los derechos electorales y civiles, así como sus libertades fundamentales.

238.Sin embargo, como se ha indicado previamente, los partidos políticos nacionales o locales no han considerado en sus listas candidatos indígenas. La historia de Costa Rica no registra diputados indígenas.

Derechos económicos, sociales y culturales

Derecho al Trabajo

a) Trabajo en el sector indígena

239.Los indicadores de la actividad económica revelan tasas netas de participación en torno al 50%, con valores elevados en los territorios de Talamanca Bribrí con 58%, Talamanca Cabécar con 62% y Nairi Awari con 80%. Por el contrario, esta tasa de participación es relativamente baja en los territorios de Rey Curré, Ujarrás, Abrojo Montezuma y Zapatón, donde el promedio es del 40%.

240.En relación con la tasa de desempleo abierto, en 14 de los territorios no excede del 2% pero en 4 de ellos es superior al 5%: Zapatón (5,4%), Térraba (5,6%), Boruca (5,9%) y Guatuso (10,4%). La mayoría de la población se dedica a las labores agrícolas y ganaderas, excepto en el caso de Quitirrisí, en el que un número importante de sus pobladores se dedica a los sectores secundarios (35,4%) y terciario (42,7%).

241.En el año 2004, con el apoyo financiero de la OIT-IPEC, se realizó una investigación sobre la situación laboral y educativa de los niños, niñas y adolescentes indígenas de los territorios Boruca, Ngäbe y Bribrí, ubicados en la zona sur del país. El propósito de la investigación consistió en identificar las condiciones laborales específicas de los niños, niñas y adolescentes indígenas en el país, las actividades en las que más se incorporan, considerando riesgos y factores protectores que permitan desarrollar medidas dirigidas a prevenir su participación laboral.

242.Como producto de esta investigación, se rindió un informe y se ha elaborado una base de datos que contiene los nombres de las personas menores de edad y trabajadores indígenas detectadas, ambos productos se encuentran en proceso de revisión y depuración. Este estudio será en breve plazo una útil herramienta para definir las estrategias de intervención que correspondan.

243.En el ámbito de su competencia, el Ministerio de Ciencia y Tecnología ha impulsado el llamado "Programa de Aula móvil" en las comunidades indígenas situadas en la región de Talamanca, con el fin de promover proyectos de capacitación en áreas como turismo ecológico, plantas medicinales y manejo de granjas avícolas, con la colaboración de la Universidad de Costa Rica.

244.En el contexto regional, la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) ha impulsado proyectos de asesoría en la producción y comercialización de productos propios de los pueblos indígenas situados en Talamanca, Matina y Siquirres y apoyo en la protección de las reservas naturales de los Parques Nacionales de la zona.

245.Asimismo, en colaboración con el Instituto (INCOPESCA) y la Embajada de Taiwán, se desarrolló en la zona de Alta Talamanca, trabajos con comunidades indígenas, tendientes a impulsar la producción de semilla y la cría y el desarrollo de tilapia, esencial en la dieta de estas poblaciones.

246.A octubre de 2005, se han construido más de 50 estanques que producen esta especie en las comunidades indígenas de Alta Talamanca, Chiroles, Gabilancanta, San Vicente, Bribrí y Bocauren. Además, el proyecto incluye la prestación de asistencia técnica, la capacitación y pasantías en la estación experimental Los Diamantes en Guápiles.

247.Amplia información sobre el trabajo en el sector indígena puede ser consultada en la Memoria 2003 que presentó el Gobierno en cumplimiento del Convenio Nº 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales.

248.Asimismo, cabe señalar que dentro del contexto de la negociación que lleva a cabo el país para ratificar el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos (CAFTA), durante el proceso de negociación se elaboró un informe denominado La dimensión laboral en Centroamérica y la República Dominicana: construyendo sobre el progreso. Reforzando el cumplimiento y potenciando las capacidades (conocido como el "libro blanco").

249.Este informe identifica cuáles son los temas prioritarios sobre los que debe centrarse la atención laboral de la región y los países individualmente en el contexto del tratado de libre comercio y uno de los puntos principales es que identifica deficiencias en la protección contra al discriminación laboral en grupos vulnerables como las mujeres, las poblaciones indígenas y los trabajadores migrantes.

250.A nivel regional, el informe recomienda entre otros puntos, el establecimiento de un centro regional para la igualdad en el empleo que proporcione capacitación, material educativo, un centro de buenas prácticas y apoyo a los programas para la erradicación de problemas de discriminación racial. A pesar de que a la fecha no se ha ratificado el CAFTA, se está considerando la pronta implementación de las recomendaciones y para ello se contará con fondos provenientes de agencias donantes.

251.En el contexto de su mandato, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio organizó durante el 2002 y 2003 la Feria Nacional de Artesanía, en el cual los grupos indígenas promovían sus obras en el mercado nacional. Sin embargo, por razones presupuestarias esta feria no ha podido realizarse en los años posteriores.

252.El Consejo Nacional de Producción, institución oficial de apoyo al sector productivo, impulsa a la fecha diversos proyectos productivos en los territorios indígenas que favorecen a unos 1.308 indígenas en forma directa; estos proyectos van orientados a la siembra de cacao orgánico, producción de vinagre de banano orgánico, ampliación de los cultivos de banano de exportación y viveros de palma aceitera.

253.Esta misma institución, en asocio con el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) están ejecutando un programa de "ideas productivas", con el cual se está beneficiando a unas 100 familias con la siembra de frijol certificado; el programa incluye el suministro de un paquete de herramientas de trabajo básicas como palas, picos, machetes, macanas y botas para que puedan realizar su trabajo.

254.Con el fin de garantizar una migración laboral ordenada, la Dirección General de Migración y Extranjería ha otorgado a los indígenas guaimíes, en el sur del país, un carné de trabajador migrante, ofreciendo facilidades para su radicación y para que laboren en las plantaciones de la zona. Además, se está coordinando con la Caja Costarricense de Seguro Social y el Ministerio de Trabajo para elaborar un plan de atención integral para los indígenas a ingresan a la zona de San Vito, a participar de la recolección del café.

b) Trabajo en el sector afrocostarricense

255.El panorama generalmente positivo y de alta escolaridad dentro de la población afrocostarricense cambia drásticamente cuando esos indicadores se orientan hacia el perfil profesional; las cifras de desempleo de los jóvenes afrocostarricenses están por encima del promedio nacional.

256.De conformidad con el Censo 2000, el desempleo abierto entre jóvenes hombres comprendidos entre los 20 y los 29 años a nivel nacional es de 4,87% pero para los jóvenes afrocostarricenses el promedio se eleva al 7,20%. Por el contrario, el nivel de participación de las mujeres afrocostarricenses en el mercado laboral es notablemente elevado en comparación con las cifras nacionales.

257.La condición laboral de la población afrocostarricense es la siguiente

Total población masculina

Total población afromasculina

Total población femenina

Total población afrofemenina

(Porcentaje)

Trabajó

63,48

59,48

25,59

28,76

Trabajó o ayudó a un familiar, sin pago

0,66

0,33

0,15

0,07

No trabajó pero tenía trabajo

1,27

2,01

0,61

0,86

Busco trabajo y había trabajado antes

3,29

4,32

0,55

0,74

Buscó trabajo por primera vez

0,47

0,66

0,13

0,17

Pensionado/rentista

5,86

6,06

3,26

3,40

Estudiante/no trabaja

15,90

17,50

15,70

17,75

Trabajó en los quehaceres hogar

2,58

2,94

51,66

45,26

Otro

6,49

6,70

2,35

3,00

Total

100,00

100,00

100,00

100,00

Fuente: Programa Estado Nación. Foro sobre el Censo 2000, julio de 2001.

258.Algunos referentes del Censo 2000 indican que las mujeres afrocostarricenses están concentradas en las ocupaciones "de cuello blanco": el 50,19% de ellas desempeñan un trabajo administrativo o profesional, en comparación con el 44,92% de las mujeres de la población general; además, muestra una proporción relativamente baja de trabajadoras no calificadas.

259.Por el contrario, los hombres afrocostarricenses, si bien ostentan una proporción de administradores y técnico-profesional (27,75%), levemente más baja que el promedio nacional, también se encuentran sobrerrepresentados al otro extremo de la escala ocupacional, con una proporción de trabajadores no calificados marcadamente por encima de la media nacional.

260.El siguiente cuadro muestra el nivel de ocupación de la población económicamente activa, por sexo, de la población afrodescendiente en relación con la población nacional:

Hombres

Mujeres

Total

Afro

Total

Afro

(Porcentaje)

Directivo en la administración pública o empresarial

3,00

2,08

2,31

2,22

Profesional, científico o intelectual

5,95

5,66

15,74

21,52

Técnico, científico o intelectual

12,80

13,73

12,30

11,75

Apoyo administrativo

4,93

6,28

14,57

15,42

Venta en locales o prestación de servicios

11,85

11,70

19,47

20,86

Ocupaciones calificadas agropecuarias, agrícolas o pesqueras

7,94

4,85

0,61

0,32

Ocupación calificada en construcción, mecánica o manufactura

14,94

12,86

2,63

2,91

Montaje u operación de máquinas

12,03

11,11

7,19

2,80

Ocupaciones no calificadas

26,55

31,74

25,17

22,18

Total

100,00

100,00

100,00

100,00

Fuente : Programa Estado Nación. Foro sobre el Censo 2000, julio de 2001.

261.Una consecuencia de la concentración de los afrocostarricenses en el sector formal es que este grupo étnico tiene el menor porcentaje de integrantes no asegurados por medio de la Caja Costarricense de Seguro Social (16,40%)

c) Trabajo en el sector migrante

262.La población inmigrante, especialmente la nicaragüense, a pesar de estar localizada a lo largo del territorio nacional, muestra un patrón de concentración en las regiones central, atlántica y norte, en razón de ubicarse las actividades económicas que captan mano de obra inmigrante: agricultura de exportación, plantas agroindustriales y servicios.

263.En el caso de los panameños, su movilización se produce entre las comunidades fronterizas y las zonas de producción agrícola de café y banano. Por su parte, los pobladores colombianos se asientan fundamentalmente en el área urbana, atraída por actividades de relativa calificación como el comercio y los servicios.

264.El promedio de edad de la población migrante es entre los 20 y los 39 años, indicador de que la búsqueda de oportunidades laborales ha marcado la tendencia reciente de los procesos migratorios. Hacia el año 2000, cerca de un 50% de la población nicaragüense se ubicaba en ese sector, mientras que tan sólo un 11% tenía más de 50 años. La participación de adolescentes y jóvenes como un segmento importante en esta migración se debe, en parte, a las estrategias para intensificar el uso de la fuerza de trabajo del conjunto familiar.

265.De acuerdo con un estudio elaborado por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales en 2004 para la Fundación Promotora de la Vivienda (FUPROVI) titulado "Diagnóstico para la inmigración nicaragüense en seis asentamientos del Área Metropolitana de San José", las tasas de participación laboral por nacionalidad muestran que son más altas en la población nicaragüense que en la costarricense (67,8% frente al 55,1% respectivamente). La tasa neta de participación entre la población femenina inmigrante es considerablemente más elevada que la de la población femenina residente en Nicaragua, lo que explica que Costa Rica sea el principal mercado de trabajo de las mujeres nicaragüenses.

266.Las principales actividades en que se ubican los inmigrantes nicaragüenses, como se indicó, son la agricultura, construcción, servicios y comercio. Esta población laboral es clave en las actividades agrícolas de exportación impulsadas en los últimos años (piña, melón, yuca, palmito, plantas ornamentales, etc.) así como en actividades tradicionales como la recolección de café, la zafra de la caña de azúcar y la actividad bananera.

267.Por su parte, las mujeres migrantes, quienes representan el 51% del total de la población migrante, concentran la mayoría de su fuerza laboral dentro de la rama de los servicios, particularmente los trabajos domésticos. El tema de la mujer migrante es quizá más sensible, pues muchas de ellas tienen un trabajo invisibilizado, lo que torna más vulnerable su situación, dado que con frecuencia no perciben el mínimo salarial y carecen de protección social.

268.Un indicador a destacar respecto de la incidencia de la pobreza (definida como insuficiencia de ingresos) es que ésta es mayor para los hogares con al menos el jefe o su cónyuge nicaragüense (24,9% de los hogares y 31,1% de las personas) que para los demás hogares (20,9% de hogares y 23,1% de las personas).

269.Sin embargo, en los hogares conformados exclusivamente por nicaragüenses, los niveles de pobreza son menores que inclusive el nivel nacional, justificado en una mayor incorporación al mercado de trabajo, un menor número de miembros del hogar en relación de dependencia sin ingresos y la extensión de la jornada laboral.

270.Los inmigrantes representan un porcentaje bajo del total de pobres en el país: un 4,9% del total de familias en condiciones de pobreza, un 4,6% de las familias en pobreza extrema y un 5,1% de las familias con necesidades básicas insatisfechas. Los hogares con jefe nicaragüense representan un 6,7% del total de hogares pobres y el 7,9% de aquellos en pobreza extrema.

271.Es importante destacar que el Ministerio de Trabajo ha realizado importantes contribuciones al conocimiento de la realidad del sector migrante a través de diagnósticos sobre la presencia de trabajadores migrantes en actividades agrícolas estacionales y la vigilancia e inspección de las condiciones de trabajo en que son contratados los trabajadores, pese a las limitantes humanas y económicas.

272.En su informe 2005, la Defensoría de los Habitantes destaca dos aspectos importantes: el primero es el desarrollo de investigaciones por parte del Área Técnica de Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo relacionadas con las actividades productivas y ocupaciones específicas, especialmente en sector agrícola.

273.El fin de estas investigaciones es identificar los sectores laborales en los que podrían producirse desplazamientos de fuerza de trabajo nacional o extranjero en condición regular, producto de la fuerza de trabajo extranjera irregular y la aceptación de ésta en condiciones laborales que no garanticen el mínimo de condiciones laborales adecuadas. Estas investigaciones buscan minimizar las explotaciones patronales y emitir recomendaciones que permitan a la Dirección General de Migración y Extranjería ordenar los flujos migratorios laborales.

274.El segundo aspecto a destacar según el informe, fue la suscripción por parte de los Ministros de Trabajo de Costa Rica y Nicaragua del documento "Acuerdos que permitan la administración de los flujos migratorios con fines de empleo entre los países" que plasma en uno de sus considerandos: "Que es fundamental que los Gobiernos de Costa Rica y Nicaragua promuevan y ejecuten en el marco de adecuadas políticas migratorias y laborales, acuerdos que permitan regular, ordenar y controlar los flujos migratorios dentro de las normas establecidas por el campo laboral y migratorio existente en ambos países".

275.Este acuerdo tiene por objetivo regular la migración laboral, garantizando que los nicaragüenses que se desplacen a Costa Rica cuenten con un contrato de trabajo y que a su vez, los patronos en Costa Rica garanticen el suministro de las condiciones mínimas de alojamiento y garantías laborales.

276.Además, vale reconocer el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil (ONG especialmente) así como organizaciones religiosas y algunos gremios de trabajadores en la atención y canalización de las demandas generales de la población inmigrante a través de programas, proyectos y otras iniciativas, orientadas a apoyar los procesos productivos, fortalecer los aspectos socioculturales y psicoafectivos y proyectar proyectos de acompañamiento de gestión como documentación, regulación migratoria y otros.

Tenencia de tierra

277.Otro indicador económico es el acceso y tenencia de la tierra de los pueblos indígenas. El censo del año 2000 develó que los pueblos bribrí, brunca, cabécar y guamí al menos el 80% de los hogares tiene tierra, a excepción de los territorios Salitre y Ujarrás, en los cuales las proporcionen son de 53 y 71% respectivamente. Para los demás pueblos, el acceso a la tierra oscila entre el 53 y el 73%. Por otra parte, más del 90% de los que disponen de tierra son propietarios.

278.El censo ha sido revelador por otra parte en el sentido de verificar que sólo 1 de cada 10 ha se encuentra a derecho en los territorios indígenas; además, se han expuesto casos de familias no indígenas que poseen más de 5.000 ha, lo que refleja un proceso preocupante de concentración de tierras indígenas en manos de pobladores no indígenas.

279.Sobre este tema, la Defensoría de los Habitantes ha sido fuertemente crítica hacia las instituciones competentes del Estado y sin recelo lo expresa en su Informe anual 2005 al indicar que "no se ha realizado ningún proceso de recuperación de tierras para comunidades indígenas, una de las principales obligaciones pendientes por parte del Estado costarricense".

280.Adicionalmente, en su informe la Defensoría indica que "aunado a la omisión estatal en la recuperación de fincas ubicadas dentro de los territorios indígenas, en el marco de una investigación sobre el programa de recuperación de tierras de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI), se tuvo conocimiento que hasta enero de 2005, esta institución ostentaba la administración de una finca". Esta situación señala el informe, era contraria a la Ley indígena.

281.En su respuesta, la CONAI indicó que se estaba en el proceso de traspaso del inmueble pero que habían tenido problemas de gestión jurídica y que estaba solicitando a la Asociación de Desarrollo Indígena que sufragara los honorarios notariales, lo cual nuevamente contravenía la legislación en razón de que cualquier traspaso registral de fincas ubicadas en territorios indígenas debía realizarse sin costo alguno para las comunidades indígenas. El proceso de traspaso a la fecha de elaboración de este informe se encuentra en curso.

Indicadores económicos

282.La diversidad de datos arrojada por el Censo 2000 indica que las tasas de bienestar de la población afrocostarricense son muy cercanas a la media nacional. Por ejemplo, el 10,76% de la población afrocostarricense utiliza pozo negro, letrina o "no tiene", mientras que la media nacional es de 10,35%; en relación con el servicio de electricidad, un 2,36% de la población afrocostarricense carece del servicio en tanto que el promedio nacional es de 3,33%.

283.Por otra parte, el 9,67% de la población afrocostarricense posee una microcomputadora en tanto que el promedio nacional es del 14,03%. Estos datos reflejan una cierta mejoría, como se ha indicado, en los indicadores de bienestar económico, sin que por ello implique que su situación sea plenamente satisfecha.

Desarrollo de infraestructura vial

284.Orientado bajo el Plan Nacional de Desarrollo, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en el área temática de "Infraestructura y transporte", ha venido desarrollando la acción estratégica "Rehabilitación, mantenimiento y conservación de las rutas tanto nacionales como cantonales", que incluyen caminos que dan acceso a los diversos poblados indígenas del país.

285.Para el desarrollo de la infraestructura vial, se han utilizado dos fuentes de financiamiento, una de recursos internacionales y otra con fondos propios. Bajo el financiamiento internacional, se tiene previsto rehabilitar 50 km en el cantón de Talamanca y 70 km en Turrialba. Los caminos en los que ya se están ejecutando obras a octubre de 2005 se encuentran en fase de colocación de sus sistemas de drenajes y construcción de cabezales; una vez concluida esta etapa se procederá con la fase de lastreado.

286.Por otra parte, con respecto de las obras realizadas con recursos propios, se han venido desarrollando obras en los cantones de Turrialba, Nicoya, Nandayure y Talamanca. En el caso del cantón de Turrialba, con una inversión de 5,9 millones de colones, se mejoraron los caminos de Tuyutic-Paso Marcos Río Pacuare; Río Moravia-Escuela Quetzal; Moravia-Carolina en Chirripó y Escuela Bajo Pacuare-Nimari.

287.En Nicoya, se invirtieron 23,4 millones de colones en los caminos de Cañal-Moravia y Belén-Quebrada Bonita, con obras de lastrado y colocación de tubos. En Nandayure, se reparó el camino Pueblo Nuevo-La Soledad, en el cual se invirtieron 30,5 millones de colones, incluyendo el relastrado y la construcción de cabezales. En Talamanca se realizaron obras de conservación por un monto de 9,5 millones de colones en los caminos de Sibujo-San Miguel y Shuabd-Yorkin.

288.Por otra parte, en el año 2005 se han realizado obras de conservación vial en los cantones de Turrialba y Nicoya. En el primero se realizó una inversión de 6,2 millones de colones y en el segundo por 11,5 millones de colones en los caminos de Río Moravia-Escuela Quetzal y Belén‑Quebrada Bonita, respectivamente.

289.Además, el Consejo Nacional de Vialidad viene ejecutando la acción estratégica 2.4.5.2 denominada "Contratos de conservación de la red vial nacional en lastre y alquiler de equipo y maquinaria", la cual tiene por objetivo conservar (de forma continua y sostenida) en condiciones adecuadas de operación, las rutas nacionales en lastre.

Desarrollo de telecomunicaciones

290.Complementando la información referida en el párrafo 215 supra, el Instituto Costarricense de Electricidad durante el período 2002-2005 instaló 176 paneles solares en proyectos residenciales, los cuales están dando servicio a 176 clientes de diferentes comunidades indígenas. Esto significó una inversión institucional de aproximadamente 135,6 millones de colones y tienen una potencia instalada total de 18.240 W.

291.En cuanto a los proyectos comunales, durante el mismo período, se instalaron un total de 48 paneles, que están dando servicio a 30 clientes en diferentes comunidades indígenas. La inversión realizada en la instalación de estos paneles fue de 28,28 millones de colones, con una potencia instalada total de 3.580 W.

292.En cuanto a la cantidad de teléfonos públicos se han instalados en los últimos cuatro años 40 aparatos en las comunidades indígenas, de los cuales 5 funcionan bajo el sistema de tarjeta y 35 bajo el sistema de telefonía pública administrada.

Derecho sindical

293.Como se informó en el reporte anterior, los trabajadores migrantes pueden integrarse libremente en sindicatos pero no pueden ocupar puestos de dirección.

294.Uno de los sindicatos más focalizados al tema de los migrantes es la Asociación de Trabajadoras Domésticas (ASTRADOMES) integrado en un gran volumen por trabajadoras nicaragüenses. ASTRADOMES es una organización de defensa de los derechos de las trabajadoras domésticas y durante años ha venido trabajando en impulsar reformas a la normativa para regular entre otros aspectos la reducción de la jornada de trabajo y un día libre. ASTRADOMES también ha informado en la elaboración de este informe, que está considerando la presentación de un recurso de amparo para que la Asamblea Legislativa se pronuncie sobre el proyecto de ley; su labor también se orienta a prestar asesoría legal y organizar talleres de capacitación y sensibilización sobre derechos.

Derecho a la vivienda

a) Vivienda indígena

295.Como lo reveló el Censo 2000, el levantamiento adicional dentro de los territorios indígenas incluía una serie de variables en relación con el tipo de vivienda y especialmente con los materiales empleados en la construcción. Algunas particularidades son las siguientes.

Área Geográfica

Promedio de personas por vivienda

Viviendas en buen estado

Viviendas con agua de acueducto

Viviendas con sanitario conectado a tanque séptico

Viviendas con electricidad

En territorio indígena

5,3

26,5

29,1

21,2

38,3

En periferia indígena

4,1

48,5

67,6

75,9

90,4

En el resto del país

4,1

64,9

91,0

90,7

97,5

Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Censo, Censo 2000.

296.Como primer elemento a considerar de este cuadro se puede destacar que el número promedio de personas por vivienda en los territorios indígenas es de 5,3, superior a la periferia y el resto del país que es de 4,1.

297.Por otra parte, el número de viviendas catalogadas como de buen estado muestra una tendencia decreciente según se ubique del resto del país a los territorios indígenas; es evidente que además del factor de los materiales usados y su natural desgaste, hay un problema de limitados recursos para su mejoramiento, además de la carencia de algunos servicios básicos en las casas como el tanque séptico para las aguas negras y el acceso a electricidad.

298.Las estadísticas develadas del Censo 2000 también muestran que las comunidades indígenas se caracterizan por un elevado indicador de necesidades básicas insatisfechas.

299.La pregunta del censo nacional utilizó cuatro parámetros para definir las carencias: acceso a vivienda digna, a vida saludable, al conocimiento y a otros bienes y servicios.

300.Dentro de los territorios indígenas, el 7,6% de los indígenas y el 14,4% de los no indígenas tienen sus necesidades básicas atendidas; este porcentaje se eleva conforme los indígenas se alejan de los territorios pues para los indígenas en la periferia el porcentaje es de 29,4% y para los indígenas en el resto del país es del 36,2%. Sin embargo, estas cifras siguen siendo reducidas en relación con el resto de habitantes del país, quienes en un 60,4% tienen atendidas sus necesidades básicas.

301.Finalmente, mientras los indígenas de la periferia, del resto del país y los no indígenas del resto del país mostraban un patrón descendente en relación con sus necesidades básicas insatisfechas, la tendencia era la inversa con las poblaciones indígenas en los territorios. Eso significa que dentro de los territorios, sus habitantes acumulan un mayor número de carencias.

302.Para atender esta "deuda institucional", en los últimos años el Ministerio de Vivienda a través de la ejecución de proyectos de la Fundación Costa Rica-Canadá ha invertido en diversos proyectos de construcción de viviendas para atender las necesidades de esta población.

303.La Fundación Costa Rica-Canadá ha desarrollado entre los años 2000 a 2005 un total de 875 viviendas, con una inversión aproximada de 1.490.150.000, 00 colones.

304.En términos concretos, entre 2002 y 2003 y con una inversión en Bonos de Vivienda de aproximadamente 966 millones de colones, se atendió a 497 familias de las regiones Huetar Atlántica (Chirripó), Brunca, Chorotega y Central, que comprende comunidades como Cabagra, Talamanca, Quebrada La Vaca, Quitirrisí, Conte Burica, Boruca, Ujarrás, Montezuma, Salitre, Orochico, Chirripó, Matambú y Coroma, entre otras.

305.Para respetar la identidad cultural, estas casas fueron construidas con tres sistemas diferentes, según la preferencia de cada grupo indígena. Así, unas fueron construidas a base de baldosas de concreto, otras con zócalo en bloque y la parte superior de la vivienda en madera y en el caso de comunidades remotas y accesibles sólo por trochas, las viviendas se construyeron exclusivamente con madera extraída racionalmente de las montañas de las distintas reservas, con los permisos pertinentes. Además, todas son construidas sobre pilotes pues generalmente son zonas propensas a inundaciones por una parte y los indígenas también las utilizan para guardar animales y granos.

306.Durante el año 2004 y con una inversión social en bonos de vivienda de 1.973 millones de colones, dentro del programa de "Vivienda indígena", fueron atendidas las necesidades de alrededor de 825 familias indígenas ubicadas en comunidades como Talamanca, Chirripó, Matambú, Quitirrisí y Boruca. No todas las viviendas estaban situadas dentro de los territorios indígenas.

307.De acuerdo con el plan de acción del Ministerio de Vivienda, para 2005 se prevé una inversión que rondará los 1.007 millones de colones, con los cuales se atenderá el problema habitacional de 328 familias de Maleku en Guatuso, Térraba en Buenos Aires, Matambú en Hojancha, Quitirrisí en Mora, Grano de Oro, y Tayutic en Turrialba, Talamanca y Alto Conte en Corredores. Las viviendas tienen un promedio de construcción entre 42 y 60 m2 y en muchas de ellas como no cuentan con electricidad, el Instituto Costarricense de Electricidad ha asignado paneles solares para que durante algunas horas del día puedan hacer uso de la electricidad.

308.Al igual que en los casos ya atendidos, o en proceso de construcción, la distribución de las casas responde a las necesidades y costumbres de cada una de las etnias. Por ejemplo, los pobladores de la etnia cabecar prefieren sus viviendas con una cocina a nivel del suelo y un área para almacenar comestibles. Para el servicio sanitario, optan por una letrina, y que ésta se ubique a unos 25 m de la casa.

309.Un punto importante en la implementación de los programas de vivienda ha sido la aplicación de diversos requisitos para los solicitantes de vivienda. Considerando las circunstancias propias de los pobladores dentro de los territorios indígenas, el Ministerio de la Vivienda y la Fundación Costa Rica-Canadá están aplicando criterios más flexibles para las solicitudes.

310.En el desarrollo de los programas habitacionales, no se exige plano catastrado y los ingenieros generalmente hacen la medición de la vivienda por coordenadas. En la construcción se aprovecha al máximo la mano de obra local y el promedio de construcción de las viviendas es de seis meses, en razón del tratamiento que debe darse con la madera.

311.Las viviendas no son privadas sino que se rigen por el sistema de propiedad colectiva; las asociaciones de desarrollo integral asignan los derechos de posesión, uso y asignación de los árboles para la construcción de la vivienda. Sin la asignación del derecho de posesión no es posible la construcción de las viviendas.

312.Para concluir el año 2005, la Fundación Costa Rica-Canadá tiene en trámite 185 expedientes de solicitud, que en principio serían desarrollados en el año 2006, una vez que sean concluidos los estudios correspondientes.

313.Los principales obstáculos para el desarrollo de la vivienda son además de los factores geográficos como los malos caminos y largas distancias, especialmente en los sectores de Talamanca y Chirripó, donde son comunes la existencia de trillos o senderos por la montaña, lo que dificulta el ingreso de los materiales; además, hay otras limitantes como los factores sanitarios y la existencia de prácticas culturales como la poligamia (algunos indígenas tienen dos o más mujeres pero por ley sólo se puede asignar una vivienda por grupo familiar).

b) Vivienda de los afrocostarricenses

314.Los indicadores del Censo 2000 sobre la situación de las viviendas indican que un 10,67% de la población afrocostarricense tiene su vivienda en muy mal estado, el 29,02% en situación regular y el 59,71% en buen estado; además, un 0,60% no aplicó. Este es un claro indicador a su vez de la alta urbanidad de la población afrocostarricense.

315.Un dato importante es que tanto dentro de la población afrocostarricense como dentro de la población general, los niños viven desproporcionalmente en los hogares más pobres. Sin embargo, esta tendencia es levemente menor para los niños afrocostarricenses que para la población en general.

316.Según las estadísticas del Censo 2000, sobre un total de 10,35% de hogares en los cuales se utiliza pozo negro, letrina o "no tiene", en los cuales los niños de 0 a 4 años representan el 14,54%, en relación con la población afrocostarricense, estos indicadores cambian 10,76% para todas las edades y 14,45% para los niños.

c) Vivienda migrantes

317.Con respecto a la vivienda, el censo del año 2000 reflejó que un 7,1% de los hogares con jefe nicaragüense residen en tugurio y un 7,9% en precario (1,2 y 1,5% respectivamente, en el caso de los hogares con jefe costarricense). En la zona urbana, los hogares nicaragüenses constituyen el 35,4% del total de hogares que viven en tugurios y un 30,1% de los hogares con posesión en precario de la vivienda.

318.En el estudio realizado se identificaron 15.014 tugurios con 64.070 habitantes, de los cuales cerca del 30% son habitados por familias con jefe nicaragüense, lo cual corresponde a 4.408 viviendas y 22.279 personas. En la zona urbana, los hogares con jefe nicaragüense representan el 35,4% del total de tugurios.

319.Otros indicadores dan cuenta que cerca de una cuarta parte de viviendas con jefe nicaragüense tienen en mal estado las paredes, piso y techo, mientras que en los hogares con jefe costarricense, las viviendas en mal estado son menos de la décima parte.

320.Donde se presentan mayores niveles de disparidad es en hogares con jefe nicaragüense con hacinamiento de la vivienda por cuanto representan por aposento un 16,9% del total y con hacinamiento por dormitorio un 25,4%, mientras que en los hogares con jefe costarricense las cifras son 2,0 y 5,1% respectivamente.

321.Finalmente, el acceso a servicios básicos de saneamiento que incluye el tipo de abastecimiento de agua, fuente de donde previene, tipo de servicio sanitario y tenencia de baño, es menor en los hogares con jefe nicaragüense, pues un 13,4% de los hogares no disponen de servicios y un 29,6% tienen servicios deficientes, situaciones que afectan a un 2,9 y un 12,5% de los hogares con jefe costarricense.

322.Al amparo de las amnistías migratorias y del marco normativo vigente (Ley Nº 7052) no existen restricciones para que los inmigrantes puedan tener acceso a las viviendas, siempre y cuando su estado migratorio, circunstancias familiares y laborales demuestren perspectivas razonales de residir en forma legal y permanente en el país.

323.Al igual que cualquier familia costarricense, las familias de inmigrantes regulares que deseen postularse para un bono de vivienda, deberán encauzar su solicitud a través de las entidades autorizadas del Sistema Financiero para la Vivienda.

324.En la presente administración, se han otorgado bonos familiares a 1.386 familias donde el Jefe de Familia era procedente de otro país, realizando el estado una inversión de 3.716.900.000 colones correspondientes al 4,28% de los recursos colocados.

325.Uno de los grandes desafíos que enfrenta el país en este campo es la respuesta institucional a la atención de una población nicaragüense cuya tasa de fecundidad duplica la tasa nacional (4,1 por 2,7). Ello implica que será necesario en el mediano plazo dar una respuesta más amplia a un sector que requerirá mayor atención en función de sus necesidades.

Seguridad y asistencia social

a) Indígenas

326.En relación con la distribución de la población sin seguro social, el censo del año 2000 mostró cifras elocuentes: el 35,2% de los indígenas en territorio indígena no están asegurados (lo cual no significa que no reciban los servicios de asistencia social y médica). Estas cifras disminuyen al 28,4% cuando son indígenas en el resto del país -cifra que sigue siendo alta pues debe considerarse que un número importante son extranjeros- y 19,8% cuando son indígenas en la periferia. Por otra parte, los no indígenas en territorios indígenas tienen un promedio de 20,7% de carencia de seguro social en tanto que el porcentaje no indígenas en el resto del país es del 18%.

327.En octubre de 2002, el Ministerio de Salud desarrolló a través de un proceso participativo y multisectorial una nueva política y estrategia específica para mejorar la calidad de vida y condiciones de salud de la población indígena. Esta política nacional responde a la deuda histórica en relación con el desarrollo y respeto de los derechos de los pueblos indígenas y se basa en una visión de pleno respeto de su derecho a la autodeterminación y a la conservación de su identidad y cultura.

328.En el contexto de las acciones desarrolladas en este nuevo marco de políticas públicas, destacan el proceso de consulta de la política nacional de salud a las comunidades indígenas (conforme lo establece el Convenio Nº 169 de la OIT); el desarrollo de un proceso de planificación de acciones dirigidas a mejorar la situación de salud de los pueblos indígenas en cada territorio indígena; cursos de interculturalidad y salud para sensibilizar a los funcionarios de salud y la atención a solicitudes y demandas concretas a servicios e infraestructura de las diferentes comunidades indígenas.

329.Entre las acciones en desarrollo, se pueden indicar las siguientes: continuar los procesos de consulta con las comunidades indígenas; realización del Primer Foro Nacional de Salud Indígena; seguimiento de los planes conjuntos CCSS/ Ministerio de Salud para mejorar la salud y calidad de vida de los pueblos indígenas; promover el desarrollo de un modelo de atención específico basado en el respeto a la interculturalidad y cosmovisión; revisión de la legislación nacional e internacional; atención a necesidades concretas de las comunidades indígenas; e implementación de un proyecto de cooperación técnica con Brasil.

330.Por otra parte, hay un abordaje particular para las poblaciones indígenas migrantes, para lo cual se ha establecido un proceso de vigilancia sanitaria binacional en el cordón fronterizo y se realizan labores de sensibilización en las comunidades receptoras. Se planea continuar con acciones enfocadas en un abordaje binacional, con enfoque de interculturalidad; un aumento de la capacidad resolutiva local y vigilancia activa; desarrollar un sistema de información sanitaria sensible a los desplazamientos y la movilidad; promover la salud ocupacional y mejorar el saneamiento básico.

331.Como principales logros se pueden señalar los siguientes: fortalecimiento de la participación indígena en la toma de decisiones; el fortalecimiento de alianzas estratégicas entre las instituciones del sector y las asociaciones de desarrollo y ONG indígenas y el fortalecimiento del rol rector del Ministerio de salud en materia de salud indígena.

332.En materia de atención a indígenas con discapacidad, el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial ha incluido la atención de este sector de la población dentro de sus programas "Pobreza y discapacidad" y "Servicios de convivencia familiar". Para ello cuenta con un centro especial ubicado en Grano de Oro de Turrialba; además, complementa la actividad con la entrega de subsidios a personas menores y mayores de edad indígenas con discapacidad.

333.En el contexto de su mandato, el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, amparada en el marco legal que le otorga la Ley Nº 7935 (Ley integral de la persona adulta mayor y su reglamento), cuenta entre sus programas con el denominado "Construyendo lazos de solidaridad" el cual se ha venido trabajando conjuntamente con la Municipalidad de Talamanca (en la zona atlántica del país) para atender sin distinción alguna de nacionalidad u origen étnico, a todas las personas adultas indígenas e indocumentadas asentadas en la región.

334.Es importante destacar el trabajo prestado por el Servicio de Vigilancia Aérea del Ministerio de Seguridad Pública, que realizó entre los años 2002 y 2005, un total de 106 vuelos para atender emergencias de los pobladores indígenas y apoyar campañas de salud en los territorios indígenas.

b) Migrantes

335.El importante componente migratorio en Costa Rica exige de las instituciones de salud una amplia y pronta respuesta a sus necesidades. En este sentido, el Ministerio de Salud, como rector de las políticas de salud, ha impulsado en conjunto con otras instituciones nacionales, un proceso de atención enmarcada en un enfoque de respeto a su particularidad e identidad cultural.

336.Antes de abordar el Plan Nacional de Desarrollo en materia de salud, es importante señalar algunos indicadores en materia de salud que revelan la particularidad de la población migrante, en particular la de origen nicaragüense. Las causas principales de hospitalización en varones responde a heridas y traumas, psicosis y tumores asociados con riesgos del trabajo y de ginecoobstetricia, consultas generales y consultas de control prenatal entre las mujeres.

337.Los problemas de salud identificados por el personal de salud destacado en las zonas de mayor influencia migrante son principalmente la desnutrición, la parasitosis, enfermedades de la piel, respiratorias, diarreas, principalmente en los niños y enfermedades de transmisión sexual y asociadas al ambiente laboral (lumbalgias, intoxicaciones y alergias, entre otras) en los adultos. A su vez, un estudio realizado en el año 2002 indicó que los problemas más frecuentes que presentaban las mujeres y niñas inmigrantes que llevaban al territorio nacional eran la desnutrición, los parásitos y los problemas gastrointestinales.

338.Un problema que surge con frecuencia con la mujer migrante es la atención al parto y la planificación reproductiva; para las autoridades sanitarias es difícil dar un adecuado seguimiento a los casos, en razón de las ausencias a citas y el desplazamiento que muchas de ellas realizan a otras partes del país como parte del proceso de inserción sociolaboral que caracteriza a las unidades familiares migrantes.

339.El principio que rige la atención en salud, dentro del marco político-institucional prevaleciente, es la disponibilidad de los servicios a quien los requiera. Sin embargo, en el caso de los migrantes, el acceso a tales servicios depende de tres elementos: su condición migratoria, las condiciones laborales de contratación y el nivel de atención.

340.De acuerdo con la normativa existente, los extranjeros indocumentados no pueden asegurarse en ninguna modalidad (directo, indirecto y voluntario) pues para el trámite debe presentarse la cédula de residencia o de permiso de trabajo. Bajo situaciones de emergencia médica hay atención garantizada (sin costo alguno) pero bajo situaciones normales, en ocasiones se enfrentan con problemas para una atención rápida y oportuna por su misma condición de irregularidad.

341.Uno de los grandes problemas que presenta el mercado de trabajo es la morosidad de los patronos, quienes en ocasiones aplican las deducciones de salario sin reportarlas al Estado o simplemente no reportan al trabajador, lo que le excluye del acceso a los servicios de salud. Por ello el Ministerio de Trabajo ha desarrollado una serie de acciones aunque la limitación de recursos económicos y el bajo número de inspectores de trabajo no han permitido dar una respuesta totalmente inclusiva a este problema.

342.Vale precisar que los niveles de atención que ofrece el país se dividen en tres categorías. En la atención primaria, que se brinda en comunidades por medio de los Equipos Básicos de Atención Integral en Salud (EBAIS), el acceso de inmigrantes se facilita porque no se exigen requisitos de ninguna índole y se presta el servicio previo pago de una contribución voluntaria. En el servicio de emergencias se atiende indistintamente de la condición migratoria del paciente pero a nivel de consulta e internamiento se requiere que la persona esté asegurada. A nivel primario es donde los migrantes han encontrado solución en términos de acceso a los servicios de salud.

343.Para atender este cuadro fáctico, la actual administración ha venido desarrollando un marco conceptual de atención en salud a la población migrante sustentado en las políticas nacionales del Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006, la legislación vigente nacional e internacional, la Política Nacional de Salud para la población migrante 2002-2006 y los objetivos desarrollados en el Foro Nacional de la Población Migrante.

344.En el contexto de fijar una política nacional, se fijaron como principales lineamientos a acciones a desarrollar las siguientes: diseño de una estrategia de información y capacitación sobre deberes y derechos en salud dirigida a la población migrante; talleres de sensibilización sobre la integración social de las poblaciones nacionales y migrantes, dirigida a funcionarios de salud que trabajan con esta población; revisión de la legislación vigente en materia de salud; sesiones de intercambio de información con población migrante situada en población estratégica y el desarrollo de investigaciones sobre la percepción y la información del funcionario de salud sobre la población extranjera y la percepción de la población migrante sobre los principales problemas para acceder a los servicios de salud.

345.Como principales logros de estas orientaciones de política pública se pueden identificar los siguientes. En grado aceptable se han cumplido los objetivos nacionales dirigidos a evidenciar las desigualdades y reducir la exclusión social en salud de los grupos minoritarios y vulnerables; mejor información sobre deberes y derechos para estos sectores de la población; mayor sensibilización en los funcionarios de salud; contribución a reducir la xenofobia; contribución interinstitucional para la atención de las necesidades de estos sectores de la población y el fortalecimiento del rol rector del Ministerio de Salud en materia de atención a la población migrante.

346.La Defensoría de los Habitantes, en sus informes ha planteado que es necesaria una serie de acciones para fortalecer la respuesta institucional a la atención en salud para los migrantes; en ese sentido ha indicado que es necesario desarrollar campañas de planificación familiar orientadas hacia los migrantes; deben desarrollarse campañas de paternidad responsable; impulsarse políticas de saneamiento ambiental y salud preventiva para reducir los casos de atención intrahospitalaria por enfermedades contagiosas (diarreas, parásitos, infecciones virales, etc.); debe preverse un aumento en la demanda en los servicios de pediatría y la necesidad de implementar programas preventivos de controles y reducción de los accidentes laborales.

347.En materia de atención a migrantes con discapacidad, el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial otorga subsidios a nicaragüenses menores de edad. Lamentablemente el programa no puede extenderse a los inmigrantes mayores de edad pues la Ley Nº 5662 de creación del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares no lo faculta.

348.Vinculado al tema de la seguridad social, en el contexto de su mandato, el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) otorga una serie de beneficios y subsidios a los indígenas, migrantes y afrocostarricenses (entre otros sectores de la población sin hacer distinción alguna) para atender necesidades específicas en salud; por ejemplo, si algún miembro de la familia tiene alguna discapacidad, se le puede otorgar para la compra de una ayuda técnica (aparatos ortopédicos o sillas de ruedas por citar). Además, sus programas se extienden a la atención especializada hacia los adultos mayores y los niños y adolescentes, cada uno con sus necesidades particulares.

349.Asimismo, las Instituciones de Bienestar Social (IBS) integradas por los hogares de ancianos, albergues y centros diurnos atienden sin distinción a las personas indocumentadas, especialmente en aquellos centros situados en las líneas fronterizas del país.

c) Afrocostarricenses

350.La población afrocostarricense está plenamente incorporada en el acceso y atención a todos los servicios de atención en materia de salud. Sin embargo, muchos de los reclamos de los grupos afrodescendientes respecto del sistema de salud van orientados a pedir a las autoridades que se aplique un servicio de salud con especificidad de la cultura afrodescendiente, garantizando la pluriculturalidad, respetando las diferencias, adecuando un protocolo de atención y rescatando la medicina tradicional.

Sistema de acueductos y alcantarillados en las comunidades indígenas

351.En septiembre de 2005, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados llevó a cabo un estudio y diagnóstico sobre los acueductos rurales de las comunidades indígenas del país. Las conclusiones fueron elocuentes y reflejan la necesidad de impulsar de manera profunda cambios y acciones concretas a favor de las comunidades indígenas, lamentablemente desatendidas por décadas y ajenas al nivel de desarrollo alcanzado por el país en los distintos ámbitos sociales.

352.El diagnóstico reveló que de los 37 sistemas evaluados, 5 (el 14%) muestran riesgo sanitario bajo, 14 (el 39%) riesgo sanitario intermedio, 12 (el 33%) riesgo sanitario alto y 5 (el 14%) riesgo sanitario muy alto; que la mayoría de las fuentes son vulnerables a la contaminación; que de los 38 tanques de almacenamiento estudiados, 27 son de alto y muy alto riesgo; que las líneas de conducción, 15 presentan de alto a muy alto riesgo sanitario y que los altos contenidos de coliformes fecales por 11/ml en el agua suministrada a la población incrementa el riesgo de mortalidad infantil y las enfermedades infectocontagiosas.

353.Otras conclusiones son que un 67% de los sistemas evaluados suministran agua no potable, de acuerdo con los criterios de calidad microbiológica del Laboratorio Nacional de Aguas (LNA); los procesos de mantenimiento y estado de conservación de los acueductos son deficientes; todos los sistemas que se abastecen con agua cruda de tomas superficiales y tres nacientes, un 39% no cumplen con los criterios de calidad física química del LNA y que un 92% de los sistemas (34 acueductos) no cuentan con sistemas de desinfección, por lo que no hay cloro residual en la red de distribución.

354.Entre las múltiples recomendaciones generales y específicas que formula el estudio se encuentran el eliminar las vulnerabilidades sanitarias que se presentan en las estructuras mediante la implementación de un programa adecuado de mantenimiento correctivo y preventivo, mejoramiento de la planificación, periodicidad y los procedimientos de mantenimiento de estructuras, reconstrucción y mejoras de las estructuras, capacitación a los entes gestores, eliminación de las fuentes superficiales, promoción de los criterios del programa bandera azul ecológica, incluir los acueductos indígenas en el "Programa nacional de mejoramiento de la calidad de agua para el consumo humano: 2002-2006", colocar sistemas simples de desinfección e instalar cercas de protección alrededor de las estructuras.

Educación

a) Educación indígena

355.Con respecto a las características educacionales, el censo del año 2000 confirmó variables importantes respecto de la educación y alfabetización. El nivel de analfabetismo, aunque siempre superior al promedio nacional de 4,8%, se mantenía en promedios inferiores al 10% en comunidades como Quitirrisí (9,4%) y los pueblos boruca (9,6%) en tanto que llegaba a niveles elevados en comunidades como Telire con el 95%. En general, el pueblo cabécar, al que pertenece este último territorio es el que presenta los niveles más desfavorables.

356.El cuadro siguiente revela diversos indicadores educativos y de lengua.

Pueblos y territorios indígenas

Analfabetismo (porcentaje )

Escolaridad promedio (años)

Asistencia educación básica)

Con secundaria o más)

Porcentaje población indígena que habla lengua indígena

Porcentaje de población indígena cuya lengua natal es el indígena

Porcentaje de población indígena cuya lengua natal es el español

No indígenas que hablan lenguas indígenas

Porcentaje

Territorio

26,6

3,6

58,3

9,9

61,8

59,7

33,7

0,8

Pueblo bribrí

19,9

4,2

63,0

11,0

62,0

55,2

37,9

1,7

Salitre

24,4

3,7

47,7

7,4

38,1

34,6

29,6

1,9

Cabagra

21,5

3,8

55,6

6,1

50,8

46,1

44,4

0,8

Talamanca Bribrí

18,8

4,4

68,2

12,4

69,2

62,6

36,5

Kekoldi-Cocles

14,6

4,8

70,7

24,5

68,9

22,6

77,4

1,0

Pueblo brunca o buruca

9,6

4,9

72,8

16,8

5,2

3,8

94,8

0,1

Boruca

9,6

5,0

72,2

17,2

5,7

3,7

95,4

0,1

Rey Curré

9,5

4,7

74,6

15,6

4,2

4,0

93,5

0,0

Pueblo cabecar

50,7

1,7

40,1

3,5

84,4

86,5

6,8

0,1

Alto Chirripó

62,2

0,9

30,4

2,1

89,0

93,4

1,4

6

Ujarrás

22,4

3,8

72,4

11,0

69,5

67,0

16,0

0,7

Tayni

40,7

1,9

60,1

2,6

82,7

84,4

5,7

0,1

Talamanca Cabécar

35,8

2,9

53,3

3,3

76,4

73,6

24,5

9

Telire

95,0

0,0

0,5

0,0

89,3

96,9

0,0

0,0

Bajo Chirripó

45,4

0,7

3,4

4,2

93,9

92,2

0,7

0

Nairi-Awari

46,1

1,7

36,8

6,1

85,0

85,4

7,3

0

Pueblo chirotega

13,0

5,2

74,9

17,2

1

0,3

88,8

0

Matambú

13,0

5,2

74,9

17,2

0,1

0,3

88,8

0

Pueblo guaymí

27,6

3,1

64,9

5,5

84,5

85,2

5,3

4

Abrojo Montezuma

26,0

3,3

66,7

3,2

99,7

99,4

0,0

0

Osa

21,0

2,6

73,7

3,2

93,7

93,7

2,1

0

Conte Buruca

23,8

3,3

70,0

7,0

71,9

72,3

12,4

0,8

Coto Brus

32,9

2,9

58,8

4,9

89,0

90,5

1,3

3

Pueblo maleku

10,8

4,8

76,2

12,5

71,1

49,0

41,6

0,9

Guatuso

10,8

4,8

76,2

12,5

71,1

49,0

41,6

9

Pueblo teribe o térraba

10,2

4,5

64,0

10,7

4,1

4,3

86,3

0,6

Térraba

10,2

4,5

64,0

10,7

4,1

4,3

86,3

0,6

Pueblo huetar

13,5

5,0

78,6

16,5

0,7

0,8

98,2

0,6

Zapatón

24,4

3,6

78,3

4,9

0,0

0,0

88,0

0,0

Quitirrisí

9,4

5,4

78,8

20,7

0,7

0,8

98,8

0,6

Fuente : Instituto Nacional de Estadística y Censo. Censo 2000 .

357.Otras lecturas que se desprenden del cuadro supra es el referente a los bajos niveles de escolaridad, especialmente entre los pueblos cabécar y guaimí; por el contrario, cifras más favorables se registran en pueblos como Quitirrisí, Kekoldi Cocles, Boruca y Rey Curré con prácticamente cinco años de escolaridad. Sin embargo, ningún territorio supera el 25% de promedio de la población con secundaria.

358.En igual relación, los datos sobre asistencia a la educación general básica para niños, niñas y adolescentes entre 5 y 15 años indica que a mayores niveles de escolaridad, menor es el porcentaje de analfabetismo. En diez de los territorios, la asistencia supera el 70% en tanto que en cuatro no alcanza el 40%.

359.En relación con la lengua indígena, tal como se informó en el 16º informe (párr. 38) fue incorporada la obligatoriedad del Estado de velar por su mantenimiento y cultivo mediante reforma constitucional. El censo arrojó diversos resultados los cuales deben ser considerados con precaución, dado que no siempre la persona se identificó con una lengua indígena cuando a pesar de hablarla, se identificaba sólo con el español.

360.Entre los territorios en los que hay más indígenas que hablan alguna lengua se destacan los pertenecientes a los pueblos cabécar (84,4%) y guaimí (84,5%), quienes son a su vez los pueblos que arrojan mayores niveles de analfabetismo. Es claro que el censo en este sentido fue limitado y el concepto de analfabetismo evaluado fue en función del español, pero en el futuro cabe preguntarse si saben leer y escribir en su lengua.

361.Actualmente existen en Costa Rica 224 centros educativos indígenas, de los cuales 210 son para la enseñanza primaria y 14 para la enseñanza secundaria.

362.El censo del año 2000 mostró algunos referentes importantes pero es importante partir de la premisa de que la educación general básica es un derecho universal y que el tema de la educación en función de los resultados del censo debe ser abordado dentro de la cosmovisión de los pueblos indígenas.

363.El siguiente cuadro muestra otros indicadores importantes.

Grupo de población

Analfabetismo

(porcentaje)

Escolaridad promedio (años)

Asistencia educacional básica

Secundaria y más

(Porcentaje)

Indígena en territorio indígena

30,2

3,4

56,4

9,1

Indígena en periferia indígena

15,3

5,0

69,0

22,6

Indígena en el resto del país

11,8

5,9

73,9

33,2

No indígena en territorio indígena

12,8

4,6

67,7

12,8

No indígena en el resto del país

4,5

7,6

85,0

46,4

Fuente:Instituto Nacional de Estadística y Censo. Censo 2000.

364.Del cuadro supra se concluye que los residentes en los territorios presentan indicadores educacionales desfavorables, los cuales tienden a mejorar conforme las poblaciones se alejan de esas zonas; una lectura es que las dificultades físicas/geográficas y económicas causan problemas en el acceso al sistema educativo.

365.Por otra parte, al comparar las tasas de analfabetismo de la población no indígena del resto del país (4,5%) con las correspondientes a las otras poblaciones se observan diferencias importantes; sobresalen los indígenas dentro de los territorios, con un 30% de analfabetismo mientras que los demás indígenas y los no indígenas que habitan en los territorios muestras porcentajes entre el 12% y el 15% de analfabetismo.

366.Vale destacar el hecho que la pregunta que se utilizó en el Censo 2000 fue: ¿"sabe leer y escribir"? Considerando que la respuesta iba en función de la lengua materna de la persona, si la persona contestaba que no sabía, se le calificaba como persona analfabeta.

367.La proporción de indígenas que habla alguna lengua indígena es mínima en los territorios Boruca (5,7%), Rey Curré (4,2%) y Térraba (4,1%) y prácticamente inexistente en los territorios de Matambú, Zapatón y Quitirrisí.

368.Con respecto a la lengua natal, el 60% de la población indígena de 5 años y más aprendió a hablar en alguna lengua indígena; sin embargo, a pesar de ser éste un signo de que son lenguas "vivas", no hay tampoco certeza de que sea la lengua que utilizan para comunicarse. Excepción a esta regla es el territorio Kekoldi Cocles, de cuya población el 22,6% aprendió a hablar en lengua indígena y actualmente el 68% la habla.

369.Cabe recordar que el Ministerio de Educación Pública tiene un programa de enseñanza de lenguas autóctonas, las cuales son impartidas en 170 escuelas; cada escuela cuenta con una materia de enseñanza de la lengua indígena, excepto en los pueblos chorotega y huetar, cuya lengua autóctona ya nadie habla.

370.Los datos obtenidos del Censo 2000 muestran que la población indígena que reside fuera de los territorios indígenas, en general presenta mejores indicadores que aquellos que residen dentro de los territorios indígenas; estas dificultades de vivencia también afectan aunque en menor medida a los pobladores no indígenas. Esto permite suponer que las dificultades geográficas en que se encuentran muchos territorios son un factor clave en la dificultad para disfrutar de mejores condiciones de vida.

371.Respecto de la asistencia de la población de 5 a 15 años de edad a la educación general básica (que incluye preparatoria, primaria y tercer año secundaria), los porcentajes son elocuentes pues mientras en el resto del país el 85% de los niños y jóvenes no indígenas están matriculados en algún centro de enseñanza, el porcentaje cae al 56% en los territorios indígenas.

372.Una diferencia porcentual mayor resulta de la comparación entre la población de 15 años y más con al menos un año de educación secundaria aprobado; las cifras pasan del 46% para las personas no indígenas del resto del país al 9% de los indígenas dentro de los territorios.

373.Finalmente, la escolaridad promedio es de 7,6 años para la población no indígena del resto del país frente a 3,4 años para los indígenas en los territorios indígenas.

374.Una conclusión esencial del censo del año 2000 es que las particularidades de cada uno de los pueblos indígenas están siendo mejor consideradas. La amplia información obtenida está permitiendo a las autoridades hacer análisis más cuidadosos y detallados en la formulación de las políticas públicas orientadas a la atención de las necesidades de sus habitantes.

375.La dificultad que presentan los habitantes indígenas y no indígenas dentro de los territorios hace presuponer una fuerte relación con las dificultades geográficas. Además, no debe desatenderse el hecho de que las importantes diferencias existentes entre los diversos territorios, se ven acrecentadas por la presencia de un componente humano no indígena importante en algunos territorios, lo cual repercute en la cultura, las costumbres y tradiciones de los pueblos.

376.Importantes mejoras en la infraestructura han sido emprendidas para mejorar y ampliar los 197 centros educativos primarios y 9 colegios secundarios en las comunidades indígenas (noviembre 2005); entre ella destaca la construcción del gimnasio del Colegio Técnico de Talamanca, en la comunidad bribrí, en la provincia de Limón. La edificación tuvo un costo de 98 millones de colones (aproximadamente 200.000 dólares al tipo de cambio al día 15 de diciembre) y cuenta con amplias facilidades para albergar hasta 500 personas, en un espacio de obra física de 1.000 m2.

377.Este centro de formación también fue equipado con alta tecnología, lo cual le permitirá a este centro formar parte del programa de "Innovación tecnológica" junto con otros 60 centros del país.

378.Para promover una educación especializada, el Ministerio de Educación estableció, como se indicó en el informe anterior, un Departamento de Educación Indígena, el cual cumplió en abril de 2005 diez años. Este departamento fue establecido para atender pedagógicamente y de manera especializada, el proceso de educación para las comunidades indígenas nacionales.

379.Como parte de los esfuerzos institucionales emprendidos, se ha logrado la incorporación de la enseñanza de las lenguas y culturas indígenas en los niveles de Primaria y Secundaria a través de maestros itinerantes con programas y modalidades de enseñanza particular y adecuada a las condiciones indígenas locales. Además, continúa con una labor de asesoramiento a todos los docentes que trabajan en las zonas indígenas y la adecuación curricular, lo que implica la inclusión y tratamiento pedagógico de temas transversales que traten sobre ambiente, naturaleza y desarrollo sostenible, a través de proyectos productivos y adecuación curricular alternativa y pertinente, de acuerdo con los niveles y/o ciclos educativos en los que debe implementarse la educación ambiental indígena.

380.Otras acciones que ha desarrollado el departamento indígena son la implementación de los temas transversales sobre el eje curricular de los valores, externado en el idioma, la cultura, la ecuación ambiental, los derechos humanos, la legislación y las prácticas tradicionales. También ha considerado la inclusión de temas y contenidos que reconozcan y difundan los aportes hechos por las culturas indígenas nacionales, para la conformación y desarrollo de la identidad, el autoconcepto y el desarrollo humano nacional.

381.Finalmente, cabe destacar el desarrollo de materiales educativos como textos y documentos atinentes a la acción pedagógica y desarrollo curricular de las iniciativas, lo cual ha de ser complementado y reforzado por la optimización de algunos otros elementos del currículo como profesionalización docente e interacción de la comunidad en la acción educativa, entre otros.

382.También a través del Departamento de Educación Indígena se han venido desarrollando una serie de encuentros y reuniones como el Encuentro Nacional de Docentes Indígenas, el cual busca cada año el intercambio de experiencias y el debate sobre temas de sus comunidades. En este sentido, el taller del año 2005 estuvo orientado a reforzar las bases culturales, mediante el rescate de los elementos autóctonos de sus culturas.

383.El encuentro también sirvió para que los educadores adquirieran conocimientos prácticos a utilizar en sus comunidades como "la preparación y uso de tintas naturales", "las artesanías bruncas en tejidos de algodón", "la alfarería malecu y chorotega" y "la música tradicional térraba, bribrí y cabecar", entre otros. Además, se aprovechó el evento para presentar conferencias sobre tema como "los cambios culturales en las comunidades indígenas", "la cosmovisión y la tradición oral de los pueblos indígenas", "la medicina tradicional indígena" y "las sugerencias metodológicas para la enseñanza de la cultura tradicional indígena".

384.El programa teórico, referencial, conceptual y metodológico de educación indígena se desarrolla a través de un Enfoque Educativo Intercultural Bilingüe, lo cual permite contar con materiales educativos atinentes a la acción pedagógica y el desarrollo curricular.

385.Es importante considerar que subsisten muchos problemas respecto del enfoque y las facilidades que se están otorgando a las comunidades para atender el aspecto educativo. Reflejo de estos problemas fueron expuestos en un seminario en noviembre de 2004, en el cual se recalcaron las diferencias existentes entre la enseñanza rural y urbana y la necesidad de que las pruebas nacionales que el Ministerio de Educación Pública aplica a los estudiantes de escuelas y colegios sean diferentes de las aplicadas a los estudiantes indígenas .

386.A pesar de algunos logros institucionales en materia de infraestructura, de la promoción de las lenguas en las escuelas y del nombramiento de docentes, subsisten serios problemas como la asignación de plazas pues no se aplica en la designación el principio esencial de haber vivido en la zona al menos tres años.

387.La asignación de los puestos docentes en las comunidades indígenas es uno de los puntos que se encuentran en negociación. La base legal para la designación lo constituye el Convenio 169 de la OIT, el artículo 76 de la Constitución Política y el Decreto de creación del subsistema de educación indígena.

388.En especial, el Decreto de creación del subsistema Nº 22072 en sus artículos 9 y 10 define que los docentes de los centros educativos indígenas deben pertenecer a la etnia local y ser preferiblemente nativos del respectivo territorio; en caso de que el personal docente no cumpliera con los requisitos, el Ministerio de Educación debía llevar a cabo un plan de capacitación intensivo para desempeñarse como educadores en sus comunidades.

389.El criterio institucional que se ha adoptado es que dada la imposibilidad de encontrar docentes con formación universitaria o de educación media y mientras no exista personal calificado para llenar puestos con las especialidades de lengua y cultura indígenas, se tendrá que recurrir al personal que cumpla con las condiciones más idóneas para desarrollar esa labor, en tanto formen parte del programa de las escuelas indígenas (Resolución Nº 34-97 del Consejo Superior de Educación).

390.Esta interpretación legal ha generado gran preocupación entre los grupos indígenas e instituciones como CONAI porque a los docentes indígenas se les están pidiendo los mismos requisitos que a los otros docentes, sin considerar sus particularidades. Ello ha generado la destitución de algunos docentes que según la interpretación legal no cumplen los requisitos y la incorporación de docentes no indígenas en las instituciones educativas indígenas.

391.También la Defensoría de los Habitantes en su informe 2005 compartía esta preocupación al indicar "la necesidad de prestar especial atención al proceso de nombramientos de docentes en centros educativos ubicados en territorios indígenas, situación que ha sido un tema de constante queja ante esta institución, por la falta de consulta a las comunidades, el incumplimiento de requisitos por parte de algunos docentes, la ubicación de profesores de cultura y lengua en escuelas diferentes a la de su etnia de origen y el número de lecciones asignadas".

392.Otros problemas que se presentan son las dificultades para robustecer las lenguas indígenas, dada la falta de textos escritos en los dialectos y la falta de profesionales formados. Este factor se vuelve indispensable cuando pensamos que las etnia huetar y chorotega ya perdieron su idioma y los bruncas y térrabas ya están denunciando el peligro de que desaparezcan.

393.Para capacitar al cuerpo docente, los Asesores Nacionales del Departamento de Educación Indígena brindan un curso de ocho horas de inducción a los docentes de las aulas regulares cuando se encuentran inscritos en algunos de los convenios que ha suscrito el Ministerio de Educación con la Universidad nacional o la de Costa Rica y cuando éstos provienen de universidades privadas y están laborando en escuelas indígenas. Sin embargo, debe puntualizarse que la vigencia de estos convenios venció y hoy existe un vacío académico.

394.Con el fin de reducir la brecha digital, el Ministerio de Ciencia y Tecnología ha desarrollado el programa de "Aula móvil", cuyo objetivo es la capacitación mediante charlas sobre diversos temas, expuestos por científicos y profesionales.

395.En este programa participan varias instituciones públicas y privadas, mediante una comisión interinstitucional conformada por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, las cuatro universidades estatales, el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; este programa potencia al Aula móvil como un "encadenamiento intelectual" orientado a establecer un ambiente propicio para el desarrollo de proyectos interuniversitarios que perpetúen el desarrollo integral de las zonas con base en el conocimiento científico y tecnológico.

396.Este programa se ha desarrollado en diversas zonas como Sepecue, Coroma, Cachabri y Yorkin en Talamanca, donde se han desarrollados charlas y acciones de capacitación en turismo ecológico, plantas medicinales y manejo de granjas avícolas con la Universidad de Costa Rica.

397.Además, con el apoyo del Ministerio de Ciencia y Tecnología, se está equipando los distintos centros comunitarios -algunos en las comunidades indígenas o con fuerte presencia migrante- con acceso a Internet, respaldado por una donación del Gobierno de Corea.

398.Para garantizar que los estudiantes indígenas, por sus limitaciones económicas no dejen las aulas educativas, tanto el Ministerio de Educación como el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) han implementado proyectos y programas de asistencia a las familias. En el caso particular del IMAS, en sus planes operativos anuales incluye los subsidios para apoyar los procesos socioeducativos en programas dirigidos a las adolescentes embarazadas o madres adolescentes, con el fin de que las familias indígenas (y migrantes entre otras) con hijos e hijas menores de 18 años ubicados en centros educativos (escuelas y colegios) con posibilidades de deserción por su situación económica puedan continuar sus procesos educativos.

399.Un ejemplo de este apoyo institucional se experimenta en la zona de Turrialba (al este del país) donde el IMAS atiende a 378 familias indígenas cabécar, quienes reciben el beneficio asignado a familias en condición de pobreza, el cual consiste en una ayuda por un monto de 30.000 colones (unos 75 dólares) por mes, con el fin de equilibrar su alimentación y lograr la permanencia de los menores en el sistema educativo; este trabajo se realiza en coordinación con los maestros de las diferentes comunidades.

400.En relación con la educación técnica, el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) entre los años 2002 y 2005 capacitó a 2.607 indígenas en áreas enfocadas principalmente a la formación agropecuaria. Esta formación se dio tanto en los centros de formación profesional y especializada ubicados en las siete unidades de planificación así como mediante el desarrollo de acciones móviles, en los cuales se llevó el servicio de capacitación a empresas, organizaciones o comunidades.

401.Para complementar la formación, el INA ha previsto programas de apoyo para la atención de la población mediante el desarrollo de servicios de orientación, psicología y trabajo social, en procura de atenderles en las áreas de orientación vocacional, registro y bienestar estudiantil. Dentro de estos últimos se ubica el programa de ayudas económicas a los participantes en acciones formativas.

402.Las áreas profesionales en las cuales hay mayor demanda de los jóvenes indígenas son administración, fitotecnia, artesanía, zootecnia, servicios turísticos, gestión empresarial agropecuaria, informática, tecnología de suelos y agua, contabilidad y finanzas, gestión secretarial, preparación y manipuleo de alimentos, forestal y ambiente, confección de ropa a la medida, planificación, peluquería y estética, artesanía en cuero y pesca deportiva.

Proyecto de educación Omar Dengo

403.Uno de los principales proyectos que se han implementado para el mejoramiento de la enseñanza en las comunidades indígenas y en especial, el acceso a las tecnologías de la información, es el programa PRONIE Ministerio de Educación Pública - Fundación Omar Dengo, el cual al día 18 de julio de 2005, beneficia a un total de 12 escuelas indígenas ubicadas en las zonas rurales de la provincia de Limón (8), Alajuela (2), Guanacaste (1) y Puntarenas (1).

404.El total de estudiantes beneficiados por el programa en estas escuelas indígenas es de 1.532, de los cuales 473 corresponden a la modalidad de laboratorio y 1.059 a la modalidad de informática educativa en el aula, obteniendo así un porcentaje de cobertura del 16,0% con respecto al total de estudiantes matriculados (9.581) en escuelas y jardines indígenas-públicas.

405.El siguiente cuadro da una muestra de la distribución de los centros educativos indígenas y estudiantes beneficiados por el PRONIE MEP-FOD I y II Ciclos, según provincia y zona.

Provincia

Centros educativos beneficiados

Estudiantes beneficiados

Urbana

Rural

Total

Urbana

Rural

Total

San José

-

-

-

-

-

-

Alajuela

-

2

2

-

137

137

Cartago

-

-

-

-

-

-

Heredia

-

-

-

-

-

-

Guanacaste

-

1

1

-

146

146

Puntarenas

-

1

1

-

207

207

Limón

-

8

8

-

1.042

1.042

Total

-

12

12

-

1.532

1.532

Fuente:INEC 2002.

406.En relación con la distribución de los estudiantes beneficiados de los centros educativos indígenas adscritos al PRONIE MEP-FOD para I y II Ciclos según nivel de enseñanza y sexo, las estadísticas indicaban que había una mayor presencia masculina, sin que los porcentajes fueran de gran diferencia. El cuadro inmediato muestra el total de beneficiarios según el nivel de enseñanza.

Nivel de enseñanza

Estudiantes beneficiados

Hombres

Mujeres

Total

Preescolar

146

112

258

Interactivo II

37

37

74

Transición

109

75

184

I Ciclo

373

325

698

1º grado

142

111

253

2º grado

104

117

221

3º grado

127

97

224

II Ciclo

314

252

566

4º grado

119

101

220

5º grado

114

85

199

6º grado

81

66

147

I y II Ciclos

687

577

1.264

Educación Especial

8

2

10

Total

841

691

1.532

Fuente:INEC 2002.

b) Educación afrocostarricense

407.La tasa de asistencia escolar entre los jóvenes afrocostarricenses de 13 a 17 años de edad es de 73,87%, superando el promedio nacional de 68,11%. La proporción de afrocostarricenses a su vez con una formación secundaria y más supera el promedio nacional.

408.Según los registros estadísticos, el 50,70% de la población afrocostarricense masculina ha concluido sus estudios primarios y el 49,30% sus estudios secundarios y más; estas cifras son similares para las mujeres afrocostarricenses pues un 46,49% han concluido sus estudios primarios y un 53,51% ha concluido sus estudios universitarios.

409.Este indicador refleja que la proporción de mujeres universitarias es mayor entre la población afrodescendientes que entre cualquier otro grupo étnico con excepción del chino. En cambio, los hombres afrocostarricenses están subrepresentados al nivel universitario.

410.El siguiente cuadro muestra el nivel educativo de la población mayor de 17 años, por sexo, para la población total y la afrocostarricense. Cabe resaltar el nivel de superación de la mujer afrocostarricense pues sobre la media nacional alcanza el 17,21%.

Hombre/Total

Hombre/Afro

Mujeres/Total

Mujeres/Afro

(Porcentaje)

Ningún grado

6,15

5,53

5,58

5,04

Primaria

49,59

45,17

48,86

41,46

Secundaria académica

24,49

29,59

25,46

29,08

Secundaria técnica

3,08

5,08

2,88

4,83

Parauniversitaria

1,84

1,73

2,40

2,38

Universitaria

14,85

12,90

14,83

17,21

Total

100,00

100,00

100,00

100,00

Fuente : INEC 2002 .

411.Un punto importante a destacar ha sido la promulgación del Decreto ejecutivo del Ministerio de Educación Pública, por el cual se constituye la Comisión de Estudios Afrocostarricenses, cuyo objetivo es abordar el tema de la diversidad racial. Esta Comisión es un paso importante, reconocido por la sociedad civil.

412.El desarrollo de un sistema educativo que impulse los valores de la igualdad y el respeto es esencial en la lucha contra la discriminación; por ello el Estado costarricense deberá fortalecer sus programas de estudio con el fin de visibilizar el aporte de los/las afrocostarricenses en la construcción de la identidad nacional y social y la capacitación de los/las docentes, en el plano de la enseñanza de los derechos humanos. En ese sentido, el Programa Mundial de Educación en Derechos Humanos, impulsado por Costa Rica en la Comisión de Derechos Humanos, será una valiosa guía y herramienta para estos fines.

c) Educación migrantes

413.El perfil de los estudiantes migrantes, especialmente el nicaragüense, muestra ciertas particularidades dado sus bajos niveles de escolaridad en relación con el promedio nacional. De acuerdo con el Censo nacional 2000, un 44,3% de los inmigrantes cuentan con primaria incompleta o sin ningún nivel de instrucción formal; a su vez, hay diferencias importantes respecto de la educación por sexo pues mientras un 47,1% de los hombres tienen educación primaria incompleta, en las mujeres este porcentaje es del 41,5%.

414.Un estudio elaborado en el año 2001 por la OIM planteó que persisten condiciones deficitarias en los centros educativos a los que acuden los niños y jóvenes migrantes; estos problemas son básicamente la sobrepoblación escolar en los lugares con una alta concentración de inmigrantes, lo que agudiza las insuficiencias de infraestructura, los equipos y material didáctico y los problemas de extraedad y un nivel de conocimientos bajo, lo que dificulta el manejo docente de grupo fracturados desde el punto de vista técnico, psicológico y social.

415.También mostraba el estudio que existen dificultades técnicas para atender en un mismo grupo estudiantes con necesidades pedagógicas diferentes y la existencia de actitudes de intolerancia y manejo de estereotipos entre los alumnos por su nacionalidad, lo cual generaba baja autoestima entre los niños inmigrantes.

416.Es importante destacar que a pesar de las limitaciones económicas institucionales, durante los años 2004 y 2005 el presupuesto de educación orientado a atender las necesidades de los estudiantes migrantes ha aumentado un 10% (2004).

417.En la actualidad, de los aproximadamente 1.000 millones de dólares del presupuesto de educación, las autoridades destinan unos 23 millones anuales para cubrir las necesidades de los 46.000 alumnos extranjeros (5% de la población estudiantil).

418.Entre los programas que el Ministerio de Educación ha impulsado para atender las necesidades de los grupos más vulnerables pueden destacarse el de comedores escolares, en el cual se atienden aproximadamente 41.000 niños extranjeros, con una inversión de 610 millones de colones; la beca inicial (complemento a los ingresos de las familias de escasos recursos para iniciar el curso lectivo), el cual se otorga a la fecha a 20 estudiantes extranjeros para una inversión de 260.000 colones; el transporte escolar y las becas, al cual se acogen 307 niños extranjeros, para un costo de inversión de 6.043.000 colones.

419.El principal rubro de inversión escolar son las becas, las cuales desde 2003, son de carácter universal sin importar la nacionalidad. Hasta esa fecha, las becas estudiantiles se otorgaban sólo a los estudiantes nacionales.

420.El tema de las becas escolares a estudiantes extranjeros fue acogido en agosto de 2003 por la Sala Constitucional, al acoger una acción de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría de los Habitantes contra inciso a) del el artículo 4 de la Ley Nº 7658 del Fondo Nacional de Becas, con el fin de que los niños y niñas extranjeras y de escasos recursos económicos pudieran acogerse a este beneficio.

421.La norma impugnada exigía como uno de los requisitos para obtener los beneficios de un bono escolar el ser costarricense, creando una desigualdad entre las personas menores de edad; esto creaba una violación a los principios de educación, a la protección especial por parte del Estado a este sector de la población y a un adecuado reparto de la riqueza.

422.Al acoger la acción de inconstitucionalidad, la Sala Constitucional garantiza una protección integral a los derechos de las personas menores de edad en el diseño de las políticas públicas y la ejecución de programas destinados a la atención, prevención y defensa, por medio de las instituciones gubernamentales que conforman el Sistema Nacional de Protección Integral de los derechos de la Niñez y la Adolescencia.

423.Paralelamente a los esfuerzos que realizan los estudiantes extranjeros por incorporarse al sistema educativo nacional, se han impulsado una serie de acciones en el sistema como el adecuarlos al nivel educativo que les corresponde (muchas veces presentan rezagos) y las jornadas de recuperación después de la jornada laboral con el fin de ayudar al manejo del lenguaje, ortografía y principalmente la realidad y geografía locales.

424.En este apartado, hace cinco años se inició en el país una experiencia exitosa para la atención de la diversidad sociocultural, mediante el impulso del programa de educación MEP/OIM/USAID denominado "Ampliación del sistema educativo costarricense en comunidades afectadas por migración nicaragüense relacionada con el huracán Mitch".

425.El programa ha contado con el financiamiento de la Agencia para el Desarrollo Internacional del Gobierno de los Estados Unidos (USAID), que donó 5 millones de dólares, de los cuales 3,5 millones se han invertido en infraestructura escolar, 1 millón en capacitación y 500.000 en material didáctico.

426.La esencia del programa como un todo radica en el desarrollo de un marco conceptual propio sobre el tema de las migraciones y la interculturalidad, incorporando el modelo de la mediación para el desarrollo de la inteligencia como metodología de enfoque social y pedagógico, desarrollando estímulos que potencien el desarrollo general de capacidades, habilidades cognitivas y destrezas que favorezcan la integración social no sólo de la población infantil que ha vivido el trauma del huracán Mitch y el desarraigo de su tierra.

427.Con el apoyo de la Fundación Costa Rica-Estados Unidos para la Cooperación, se han impulsado dos fases adicionales. La segunda fue un programa de educación MEP/OIM/CR-USA cuyo título es "Ampliación y fortalecimiento de las mejores prácticas de la primera fase del programa para extender los beneficios de la capacidad instalada en las comunidades educativas", y la tercera fase se llamaba "Educación y migración: la mediación para mejorar el rendimiento académico, la prevención de la deserción/exclusión y la atención a la diversidad sociocultural, en los ciclos de transición entre educación primaria y secundaria (2004-2006)".

428.En la segunda fase se favoreció el rendimiento escolar y el fortalecimiento de la autoestima de niños y niñas que requieren atención a sus necesidades educativas especiales de rezago, extraedad y desnivelación en 86 escuelas de San José y Desamparados.

429.En la tercera fase se está fortaleciendo las experiencias de retención exitosa en el sistema educativo, al menos hasta el tercer ciclo, previendo la exclusión y el riesgo social; además, en el contexto de las políticas educativas nacionales, se están promoviendo los derechos de la niñez y la adolescencia dentro de un enfoque pedagógico intercultural y de integración social que beneficie a la población estudiantil nacional e inmigrante.

430.Como avance de uno de los grandes objetivos de esta tercera fase del programa, se ha publicado un libro titulado Educación sin fronteras: una exitosa experiencia para la atención a la diversidad sociocultural, por el cual se transmiten de forma sencilla y eficaz, elementos esenciales teóricos y metodológicos de los temas sobre migración, pobreza, interculturalidad y en forma especial, la teoría de la mediación para el desarrollo de la inteligencia.

431.El Instituto Nacional de Aprendizaje ha identificado dentro de su marco de acción a la población migrante. Durante el período 2002-2005, han recibido capacitación técnicovocacional 19.057 jóvenes migrantes, en su mayoría nicaragüenses. Al igual que los grupos indígenas, la institución brinda cursos en sus centros de formación y de manera móvil en los centros de trabajo. Además, cuenta con servicios de apoyo en orientación, psicología y trabajo social.

432.Las áreas de mayor demanda de los jóvenes migrantes son la preparación y manipuleo de alimentos, informática, confección de ropa, servicios turísticos, administración, gastronomía, gestión secretarial, salud ocupacional, fitotecnia, peluquería y estética y electricidad.

Comunidades indígenas y medio ambiente

433.Un tema clave y esencial es el respeto a la cosmovisión del indígena en su relación con el medio ambiente. En este sentido, el Ministerio de Ambiente y Energía ha venido trabajando de manera exitosa en la coordinación con los pueblos indígenas sobre temas de protección y reforestación de bosques, así como en políticas forestales acordes con la cosmovisión indígena costarricense.

434.El programa más importante es el implementado bajo el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, el cual ha permitido impulsar, en la casi totalidad de los territorios indígenas, el apoyo para el pago de los servicios ambientales en sus diversas modalidades, anualmente y en congruencia con la disponibilidad de los recursos disponibles. A la fecha, un 70,44% de la totalidad de las reservas indígenas (2.379,7 km2) están bajo cobertura forestal, lo que a su vez representa un 10% de la cobertura forestal del país.

435.Es importante señalar que se ha venido incrementando la cuota a la cual tienen derecho las comunidades indígenas para el sometimiento de sus territorios al programa de "Pago por servicios ambientales" y ello ha permitido como contraprestación mayores ingresos económicos en las comunidades indígenas que han impactado de manera positiva en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de estos territorios.

436.Para el año 2005, existen solicitudes de pago por servicios ambientales por 7.840 ha en 14 proyectos, de los cuales ya se encuentran en pago alrededor de 4.800 ha y 9 proyectos bajo la modalidad de sistemas agroforestales por 214.300 árboles, de los cuales 2 proyectos ya se encuentran en trámite de pago por 71.000 árboles.

437.En el caso de la comunidad bribrí, su participación en el pago de servicios ambientales se da desde 1997 y hasta el año 2004 se han incluido 17 proyectos por un total de 5.317 ha de bosque; esto representa un ingreso para la comunidad de aproximadamente 404.418.050 colones en un período de 10 años.

438.Los proyectos colocados en áreas comunales han sido priorizados para el manejo de microcuencas y la protección de las nacientes y las tomas de agua que abastecen a las respectivas comunidades. Los recursos financieros han sido invertidos en el fortalecimiento de la capacidad de gestión de las asociaciones de desarrollo, en el apoyo a centros educativos como el Colegio Amubri Su la Yom, la reparación y construcción de puentes y la compra de un tractor para los cultivos.

439.En el caso de la comunidad cabécar, han participado en proyectos en todas sus comunidades desde 1997; a la fecha existen 28 proyectos por un total de 11.540 ha lo que representa un ingreso de 920.792.200 colones distribuidos en un período de 10 años a partir de 1997. De estos 28 proyectos, 24 son de protección de bosque y 1 proyecto de sistemas agroforestales de 47.300 árboles que benefician a 114 personas, de las cuales 33% son mujeres.

440.Los ingresos han sido utilizados para el establecimiento de un fondo de becas para los estudiantes de primaria y secundaria, para la compra de útiles y uniformes al inicio de cada curso lectivo y el fondo de asistencia social para atender las necesidades más urgentes de sus habitantes como los gastos de viaje para atender citas médicas en los hospitales regionales o nacionales y el pago de medicinas u honras fúnebres.

441.Obras de infraestructura han sido también promovidas con estos recursos, como por ejemplo la reconstrucción del centro educativo Sibuju, donde se reconstruyó el aula de clases y se construyó el comedor; además, en la comunidad de San Vicente, se construyó una "ciudad estudiantil" con escuela y colegio para impartir lecciones hasta 5º año de colegio.

442.En el territorio cabécar de Tayní, se han mejorado los caminos, se han colocado alcantarillas en las quebradas que atraviesan los caminos, se han construido comedores escolares y se ha construido la escuela de telesecundaria en la comunidad de Boca Cohen. Además, se está desarrollando un proyecto de producción de pollos para el consumo de la comunidad dirigido por mujeres.

443.En el territorio cabécar de Telire, se ha institucionalizado un sistema de asistencia social para adultos mayores y enfermos, suministrando recursos para su atención y coordinando giras médicas para su participación. Además, se han invertido en el establecimiento de escuelas y comedores, se brinda apoyo a los hogares de más escasos recursos suministrando equipos de primera necesidad como cobijas, ollas, herramientas y en proyectos productivos de leche y carne.

444.En el caso de la comunidad boruca, su participación es reciente y sus primeros proyectos se remontan a 2003. Actualmente están desarrollando cinco proyectos en un área de 2.744 ha de bosque, con el cual recibirán un ingreso de 249.451.110 colones hasta el año 2009. Sus proyectos inciden de manera directa en 31 beneficiarios, de los cuales el 19% son mujeres y los ingresos se han destinado al pago de gastos administrativos, en la protección de recursos, obras comunales y pago de regentes.

445.En el caso de la comunidad guaymí, se están desarrollando 15 proyectos, 14 bajo la modalidad de protección de bosques y 1 en la modalidad de reforestación para un total de 7.111 ha, por lo que recibirán un total de 548.148.000 colones. Se reporta la participación de 190 beneficiarios directos, de los cuales el 21% son mujeres. De los 15 proyectos, 9 están ubicados en tierras comunales, cuyos recursos están destinados a atender las necesidades de protección y cumplimiento del contrato de protección en tanto que otros recursos son destinados a las necesidades comunales.

446.En el caso de la comunidad térraba, aún no se ha podido implementar el primer proyecto en razón de una oposición judicial opuesta por los no indígenas que habitan en los territorios indígenas, quienes "alegan ser los dueños de esos territorios aunque se encuentren dentro del territorio declarado legalmente como reserva indígena".

447.Finalmente, las Asociaciones de Desarrollo de los territorios indígenas de Qutirrisí y Zapatón, representantes de la etnia huetar, han iniciado proyectos de sistemas agroforestales por 35.000 ha, lo que aumenta a seis los grupos que participan del programa de servicios ambientales, de las ocho que existen en el país.

448.En asociación con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) y otras organizaciones afines, el Ministerio de Ambiente y Energía realiza actividades de revisión de las políticas forestales del Estado, respecto de los pueblos indígenas, mismas que son llevadas a cabo de conformidad con los compromisos internacionales adquiridos por Costa Rica a través de los diversos instrumentos jurídicos ratificados por la Asamblea Legislativa.

449.Además de impulsarse un proceso una revisión de la normativa existente para facilitar el acceso a los beneficios que ofrece la biodiversidad, al amparo de los artículo 82 a 85 de la Ley de biodiversidad que establece las pautas legales para proteger el conocimiento tradicional asociado y de acceso a los recursos genéticos biológicos en territorios indígenas, se ejecuta un programa de capacitación orientado al manejo de la biodiversidad y talleres sobre la normativa de acceso a los recursos genéticos; además, se brinda capacitación en las diferentes comunidades indígenas en el tema de la educación ambiental.

450.Otras acciones desarrolladas por el Ministerio competente ha sido el impulso de las iniciativas regionales para apoyar el trabajo de la CONAI, con el fin de incorporar en mejores condiciones a los pueblos indígenas en la iniciativa del Plan Puebla Panamá.

451.Finalmente, en diciembre de 2004, el Ministerio de Ambiente y Energía, conjuntamente con dos organizaciones indígenas nacionales (IXACAAVAA y NGOBEGUE) y la Alianza Internacional de los Pueblos Indígenas de los Bosques Tropicales, organizaron una reunión internacional con el fin de preparar una declaración de los pueblos indígenas y tribales para ser presentada al Foro Mundial de los Bosques, promovido por las Naciones Unidas.

Representatividad

452.Un hecho relevante ha sido la conformación del Parlamento Negro de las Américas, constituido durante el III Encuentro de Parlamentarios Afrodescendentes de las Américas que tuvo lugar en Costa Rica a principios de septiembre de 2005.

453.La fundación del Parlamento Negro es parte de un esfuerzo por promover una agenda de equidad para 150 millones de personas afrodescendientes en América Latina y el Caribe y se enmarca en el proceso de seguimiento de la Declaración y Plan de Acción de Durban, aprobado por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y otras formas conexas de Intolerancia.

454.Los objetivos del Parlamento Negro serían básicamente el eliminar la invisibilización de los afrodescendientes en el ámbito político, económico y social de las Américas, combatir todas las formas de racismo y discriminación, impulsar acciones que promuevan la integración y el fomento de los derechos humanos y la equidad de género, promover la participación política de inclusión, en todos los espacios de decisión y poder para los afrodescendientes e impulsar propuestas de desarrollo e integración económica para los pueblos afrodescendientes.

455.Históricamente, sólo cuatro mujeres afrodescendientes han participado en el Congreso, de las cuales una ocupa actualmente un puesto en el Congreso; sin embargo, la actual administración de gobierno no cuenta con ministros o ministras afrodescendientes o indígenas. Tampoco hay representantes en el poder judicial.

456.En febrero de 2006, el país tuvo elecciones nacionales para la designación del nuevo Presidente de la República, los 57 miembros del Congreso y los representantes de las municipalidades. Tres miembros de la comunidad afrocostarricense participaron como candidatos en las elecciones presidenciales: la Sra. Epsy Campbell por el Partido Acción Ciudadana, la Sra. Sadie Esmeralda Britton por el Partido Unión Nacional y el Sr. Howard Romper Blake por el Partido Fuerza Democrática. Este último figuraba también en la lista de candidatos a diputado. Por su parte, el Partido Liberación Nacional incluyó en su papeleta al Congreso por la provincia de Limón a dos mujeres afrocostarricenses.

457.Esta falta de representatividad también se refleja en estructuras técnicas como las universidades. A lo largo de los últimos 30 años, sólo una persona afrocostarricense ha logrado ocupar la rectoría de una de las cuatro universidades estatales.

Capítulo 6

458.Todas las personas en Costa Rica, independientemente de su origen étnico, nacional o social tienen libre acceso a la justicia y a ejercer todos los derechos y recursos que prevé el ordenamiento jurídico para tutelar sus derechos.

459.A fin de dar un tratamiento particular y diferenciado a la temática indígena, la Corte Suprema de Justicia ha fijado una plaza laboral para la designación de un fiscal especializado en materia indígena, el cual tiene jurisdicción en todo el país. También se ha establecido un cuerpo de traductores en lenguas aborígenes, los cuales según las circunstancias, deben ser requeridos por los tribunales que conozcan de las causas.

460.Con el fin de garantizar la igualdad de acceso a los tribunales y especialmente, considerar la visión indígena en los procesos a resolver, mediante circular Nº 20-2001, la Corte Suprema de Justicia instruyó a los Jueces de la República, para que antes de resolver los diversos litigios, realizaran las consultas con los pueblos indígenas en todas las disputas sometidas a su conocimiento.

461.La circular Nº 20-2001 supra citada, reza así:

"Asunto: Utilización de intérprete en los casos que sea necesario y el deber de informarse con la comunidad indígena acerca de los alcances del conflicto sometido a su conocimiento.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS QUE TRAMITAN LAS MATERIAS CIVIL Y PENAL

SE HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 5-2001 celebrada el 16 de enero de 2001, artículo XXXI, acordó comunicarles que en aquellos casos en que sea necesaria la intervención de un intérprete, deben realizar el nombramiento correspondiente, para brindar el apoyo necesario para la efectivamente aplicación del artículo 339 del Código Procesal Penal.

Asimismo, dispuso comunicarles el deber que tiene de consultar y de informarse con la comunidad indígena acerca de los alcances del conflicto sometidos a su conocimiento, máxime cuando hay a lo interno Tribunales Consuetudinarios, cacicazgos o Asociaciones de Desarrollo que resuelvan los asuntos dentro de ella.

San José, 5 de marzo de 2001."

462.En cuanto a la jurisprudencia emitida por los órganos jurisdiccionales en materia contenciosa en que alguna de las partes fuera indígenas, ésta se ha enfocado en particular al tema agrario (venta y asignación de tierras en territorios indígenas) y a los procesos de consulta obligatoria establecido por el Convenio Nº 169 de la OIT.

463.Dos ejemplos a destacar son la sentencia Nº 9805-05 declarado con lugar, por el cual se dispuso ordenar a la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas a traspasar a la comunidad indígena cabecar una finca que había comprado en la reserva indígena, tal cual lo había dispuesto ya una previa sentencia Nº 9199-04. En esta sentencia, se ordena a la Presidencia del CONAI o quien ejerza el cargo, que realice las gestiones necesarias para que la finca conocida como "los Villalobos" sea traspasada registralmente a nombre de la Asociación de Desarrollo Integral de la Reserva Indígena Cabécar de Talamanca.

464.Por su parte, la sentencia Nº 6856-05 declaró procedente una Acción de Inconstitucionalidad contra la jurisprudencia del Tribunal Agrario y Juzgado Agrario de Limón, que declaraba "litis consorcio necesario" del CONAI en procesos relacionados con territorios indígenas; es decir, la CONAI debía ser parte necesariamente en todos los asuntos relacionados con territorios indígenas, lo que los recurrentes consideraban violatorio del Convenio Nº 169 de la OIT. Por tanto, la Sala declaró con lugar la Acción contra la jurisprudencia del Tribunal Agrario y con efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y de las sentencias pasadas con autoridad de cosa juzgada.

Capítulo 7

Marco normativo

465.La Constitución política de la República incorpora a partir de 1949 un capítulo acerca de la educación y la cultura, que no sólo mantiene los logros del pasado sino que amplía conceptos y garantías muy importantes.

466.En el artículo 78 se establece que: "La educación preescolar y la general básica son obligatorias. Estas y la educación diversificada en el sistema público son gratuitas y costeadas por la Nación. En la educación estatal, incluida la superior, el gasto público no será inferior al 6% anual del producto interno bruto, de acuerdo con la ley (...). El Estado facilitará la prosecución de estudios superiores a quienes carezcan de recursos pecuniarios. La adjudicación de las becas y los auxilios estará a cargo del ministerio del ramo, por medio del organismo que determine la ley".

467.Además, la Constitución política señala en el título VII, lo correspondiente a la educación, estableciendo en particular la obligación del Estado de brindar alimento y vestido a los escolares indigentes (art. 82).

468.En el plano de las propuestas que se conocen en el plenario legislativo para promover y proteger la cultura, destaca el proyecto Nº 15125 intitulado "Ley de creación del museo etnohistórico y cultural de la provincia de Limón".

469.En su justificación de motivos, el proyecto destaca que la región del Caribe costarricense es una zona de coexistencia de distintos grupos étnicos que han desarrollados diversas manifestaciones culturales "que ameritan ser recopilados en una institución que investigue, eduque, promueva, divulgue, rescate y enriquezca el legado histórico y las manifestaciones de los limonenses, que es la herencia de los antepasados" (página 1 del proyecto de ley).

470.La esencia del proyecto es establecer un museo etnohistórico y cultural que proteja todo el patrimonio histórico de la provincia de Limón (excepto el que corresponde al archivo nacional).

Cultura

471.Desde el año 2000, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes viene desarrollando un programa específicamente orientado a las comunidades indígenas, el cual consiste en proporcionar apoyo técnico y respeto de sus iniciativas orientadas al rescate, fomento y difusión de valores, costumbres y tradiciones, así como la transferencia e intercambio de conocimientos relacionados con técnicas de producción agrícola y artesanales.

472.En lo que se refiere a la producción artesanal, se vienen desarrollando talleres orientados al mejoramiento e innovación de técnicas artesanales, integrando las experiencias y conocimientos de las comunidades indígenas y a la vez, rescatando diseños autóctonos que recrean símbolos y formas que reflejan su cosmovisión y su relación directa con la naturaleza. Para promover y comercializar la producción artesanal, desde hace varios años tiene lugar en octubre, en las instalaciones del Centro Nacional de Cultura (sede del Ministerio), el Encuentro Intercultural Indígena.

473.El apoyo también se ha dirigido al financiamiento de afiches y desplegables para promocionar festivales culturales y ferias de artesanías locales en las comunidades cabécar, guaymiés, malekus y huetares. Con recursos provenientes de una donación del BID por 7.000 dólares, durante 2002 y 2003 se realizaron varios talleres en los territorios indígenas de Ujarrás, Salitre, Cabagra, Térraba, Coto Brus, Abrojos, Montezuma y Talamanca. También se financió la impresión de dos documentos titulados: "Ujarrás, pueblo de gigantes" y "Curré, ayer, hoy y siempre". También, con recursos del presupuesto nacional se han editado los calendarios de leyendas y tradiciones cabécar (2003), bribrí (2004) y guaymí (2006).

474.En el contexto de las diversas iniciativas para promover los valores, ser realizó en agosto de 2005 el llamado "III Torneo de las Culturas Indígenas", cuyo objetivo fue promover a través de encuentros de béisbol de niños, los valores fundamentales de las culturas indígenas costarricenses a través del deporte. Además de enseñar el nombre de varios de los grupos indígenas del país, se les impartió a los niños información sobre los distintos grupos indígenas.

475.Estos proyectos constituyen una muestra del esfuerzo gubernamental por rescatar y revitalizar el idioma, así como el fomento y difusión de tradiciones, costumbres y conocimientos propios de los pueblos indígenas. Además, se posibilitan nuevos espacios y oportunidades para que diversos sectores de la sociedad participen en los procesos de gestión y desarrollo artístico y cultural en sus comunidades y a la vez, puedan generar, distribuir y consumir los diversos productos y servicios artísticoculturales que se producen en forma colectiva e individual.

476.En el contexto de la cultura afrocostarricense, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, ha venido impulsando los encuentros de la Juventud afrocentroamericana, la celebración del Día del Negro y la Cultura Afrocostarricense, los festivales de la cultura negra en Limón, los festivales y conciertos de música calipso y la conmemoración del año internacional de la abolición de la esclavitud y el racismo.

477.Por su parte, la Dirección Nacional de Prevención de la Violencia, entidad adscrita al Ministerio de Justicia, en asociación con la Defensoría de los Habitantes, en el marco de las iniciativas oficiales que se impulsan para construir una cultura de paz al interior del país impulsa campañas en diversos centros educativos con fuerte presencia migrante para prevenir manifestaciones de violencia.

478.En el marco de la denominada "Temporada mundial para la no violencia", que anualmente se celebra entre el 30 de enero y el 4 de abril, se promueven iniciativas destinadas a sensibilizar a las personas, inculcando valores de respeto hacia el migrante como una forma de facilitar su integración en nuestra sociedad. En este esquema, en el año 2003 se realizó un acto público para analizar el contenido del libro Los otros amenazantes, producto de una investigación de la Universidad de Costa Rica y que hoy es una herramienta útil para sensibilizar a la opinión pública.

479.En el caso de la población migrante, un punto clave a considerar es la dimensión sociocultural de la migración. La conformación de hogares binacionales provenientes fundamentalmente de la presencia de nicaragüenses y su convivencia con costarricenses introduce un aspecto clave en el análisis de las articulaciones sociales y los vínculos entre ambas poblaciones.

480.De acuerdo con el censo del año 2000, más de la tercera parte (36,8%) de las personas que residen en hogares con jefe nicaragüense son nacidas en Costa Rica, principalmente hijos, pero también cónyuges u otros familiares; de esa manera, costumbres, prácticas culturales y religiosas y tradiciones interactúan en dos poblaciones articuladas en el territorio nacional.

481.Los migrantes han establecido al interior del país sus propios espacios de reproducción cultural, no sólo con presencia en parques, centros de baile o actividades deportivas como el béisbol o boxeo, sino también con espacios radiofónicos como "La Voz Nica" y "Mujeres sin fronteras".

Información y difusión de la cultura de los grupos minoritarios

482.En la difusión de los valores y principios para promover los derechos humanos y rescatar las tradiciones indígenas, el Canal 13 de Televisión, único canal de televisión del Estado, ha venido transmitiendo sin costo alguno, programas que abordan la temática de los pueblos indígenas; entre ellos pueden señalarse los siguientes: "De pueblo a pueblo"; transmisión de la Feria centroamericana de artesanos, en la cual se resaltó el trabajo artesanal de los indígenas costarricenses; transmisión desde Quitirrisí sobre la importancia de la cultura indígena costarricense y la grabación del programa "Necesidades de la población en el área de salud: costumbres y tradiciones".

483.Otros programas que se han transmitido son el microprograma "Orígenes"; "De cara al pueblo" sobre temas migrantes; transmisión desde Golfito sobre temas indígenas y cuñas sobre los migrantes provenientes de diferentes países.

484.Por su parte, la Radio Nacional transmite los programas radiales "Radio urgente" en el cual se aborda la temática de la población indígena; el programa "Conozcamos nuestros valores" y una entrevista con el Presidente de la CONAI analizando diversos aspectos de la población indígena de nuestro país.

485.Acogiendo las recomendaciones planteadas por el Comité en el examen del último informe, (observación 14), el Colegio de Periodistas de Costa Rica aprobó en junio de 2003 un Código de Ética que establece una serie de principios de comportamiento profesional enmarcado en el respeto a los derechos humanos y el evitar la creación de estereotipos.

486.Textualmente señala el artículo 11: "El ejercicio de la profesión debe regirse por los principios de la moralidad colectiva, y evitar cualquier publicación contraria a los valores de la comunidad nacional, sus instituciones democráticas y la moral pública. Consecuentemente, las y los periodistas deben poner especial cuidado en la protección de los derechos de las niñas y los niños, así como respetar la vida privada, el honor, la buena reputación, la imagen y la intimidad familiar de los ciudadanos. Sin embargo, si se tratare de personas que por sus funciones, cargos, comportamientos o actividades son calificados como personajes con una activa vida pública, las y los periodistas deberán valorar si la información es o no de interés público y/o se lleva a cabo en un lugar público. Las y los periodistas deberán tomar en cuenta si la publicación es de interés general y actuar de acuerdo con ese principio".

487.Por su parte, el artículo 14 indica que: "Las y los periodistas deben conducirse de manera respetuosa en la obtención de las informaciones y con respeto al dolor o a la vergüenza ajena, sobre todo cuando se trate de hacer tomas de vídeo, fotografías o entrevistas, en momentos de tragedia o dolor humano. Además, en sus informaciones, no deben crear estereotipos por raza, género, edad, religión, condición social o económica, o impedimento físico, que generen el beneficio, odio o burla social".

Emisoras culturales en las comunidades indígenas

488.Como fuera señalado en el 16º informe periódico, una de las iniciativas más valiosas en el ámbito de la comunicación con las comunidades rurales es la que desarrolla el Instituto Costarricense de Enseñanza Radiofónica (ICER), establecida en 1973.

489.El ICER, una asociación privada sin fines de lucro, desarrolla sus actividades con el respaldo de un convenio de cooperación cultural entre los Gobiernos de Costa Rica y el Reino de Liechtenstein. Como institución educativa, utiliza la modalidad de educación abierta promoviendo la educación a distancia con el uso de la radio, los materiales escritos y la ayuda de facilitadores en forma presencial, a través del programa "El maestro en casa". Esta experiencia ha traspasado las fronteras y hoy presta asesoría y desarrolla proyectos de la misma naturaleza en los restantes países de la región.

490.Entre las distintas iniciativas que viene desarrollando el ICER, destacan el proyecto conjunto que desarrollan con el Ministerio de Educación y la Organización Internacional de Migraciones, tendiente a atender a la población en alto riesgo social y a los migrantes. Además, en el contexto de los programas de educación ambiental que promueven, uno se ubica en una comunidad indígena. Además, sigue en curso el proyecto de las 12 emisoras culturales pequeñas, de las cuales 5 se encuentran situadas en las comunidades indígenas.

491.En detalle, las cinco emisoras ubicadas en comunidades indígenas son la Radio Cultural "La Voz de Talamanca" en Talamanca; la Radio Cultural "Corredores" en Corredores; la "Radio Sistema Cultural Tonjibe" en Guatuso; la "Radio Cultural Turrialba" en Turrialba y la "Radio Cultural Buenos Aires" en Buenos Aires. Como ha sido indicado en el informe previo, estas pequeñas emisoras se han convertido en el intercomunicador y medio de comunicación indispensable de las comunidades rurales o indígenas donde se localice y son un ejemplo de "la buena imagen que tiene Costa Rica como un país en donde se vive, practica la democracia, la paz y tiene acceso a los medios de comunicación, a la educación y a la salud".

492.Entre los planes inmediatos que tiene el ICER destaca la instalación de tres nuevas emisoras en las comunidades indígenas de Telire y Chirripó y otra en la zona de Puerto Viejo de Limón, con una fuerte presencia indígena y afrocostarricense.

493.En el plano del desarrollo de textos didácticos, el ICER desarrolló un proyecto con la OIT para la impresión del Convenio Nº 169 de la OIT para su respectiva distribución en las comunidades indígenas costarricenses, iniciativa que fue acompañada con programas específicos en las emisoras culturales.

494.Por otra parte, se elaboró una cartilla didáctica en el idioma bribrí para enseñar a leer y escribir en el idioma local, acompañado por el soporte radiofónico a través del programa "El maestro en casa". Como complemento, el ICER publicó bajo edición especial, el libro Semillas de Sibo en formato de bolsillo sobre leyendas y narraciones bribrís en 1995 y acogió en sus instalaciones en el año 2000 a escritores indígenas de las distintas comunidades indígenas para un taller de capacitación.

495.En el año 2002, conjuntamente con la OIT se elaboraron una serie de programas radiales sobre "El fortalecimiento de la capacidad de defensa legal de los pueblos indígenas en América Central". Ese mismo año, a través de una iniciativa conjunta con la Cámara Nacional de Radio y las emisoras nacionales se difundió una serie radiofónica titulada: "Los indígenas, nuestros hermanos olvidados" la cual fue sumamente valiosa en las labores de sensibilización. También se ha venido desarrollando una serie de cuñas radiofónicas grabadas en diferentes lenguas indígenas con el objetivo de informar a los habitantes de los pueblos indígenas sobre el proceso de cedulación y posteriormente de enseñar cómo votar en las próximas elecciones.

496.Con la ayuda de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el ICER ha venido desarrollando desde el año 2004 un proyecto denominado "Utilización de nuevas tecnologías para fortalecer la democratización de la comunicación radial" cuyo objetivo es impulsar el uso de Internet en las comunidades indígenas y fomentar el intercambio de producciones de radio a nivel de todas las emisoras comunitarias vía Internet.

497.Finalmente, para el año 2005, el ICER ha iniciado un programa de información con ayuda de profesionales en derecho, respecto de los alcances del proyecto de "Ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas"; para ello han conformado una comisión compuesta por un delegado del Congreso, uno de la Defensoría de los Habitantes, uno de la OIT y otro del Tribunal Supremo de Elecciones.

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