Naciones Unidas

CAT/OP/SEN/2/Add.1

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles , Inhumanos o Degradantes

Distr. general

3 de febrero de 2014

Español

Original: francés

Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Informe del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes sobre su visita de asesoramiento al mecanismo nacional de prevención del Senegal

Adición

Respuestas del mecanismo nacional de prevención del Senegal a las recomendaciones y preguntas formuladas por el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en el informe sobre su visita deasesoramiento * ** ***

[22 de enero de 2014]

I.Respuestas a las recomendaciones relativas al marco normativo del mecanismo nacional de prevención

1.Desde agosto de 2012, el Observador nacional de los lugares de privación de libertad (ONLPL) ha dirigido varias cartas a las autoridades estatales (al Primer Ministro y al Ministro de Justicia) para invitarlas a modificar el decreto por el que se adscribe el mecanismo nacional de prevención al Ministerio de Justicia.

2.La última carta se envió el 18 de octubre de 2013.

3.El actual Ministro de Justicia, el Sr. Sidiki Kaba, nos aseguró durante nuestro encuentro que velaría por que el mecanismo nacional de prevención se desvinculara totalmente del poder ejecutivo.

4.El Observador nacional informará al Subcomité para la Prevención de las medidas que se adopten al respecto.

5.El Observador nacional elige libremente a sus colaboradores, que pueden pertenecer o no a la Administración.

6.La remuneración de los colaboradores que pertenecen a la Administración se financia con cargo al presupuesto general del Estado, mientras que la de los demás colaboradores debe sufragarse con cargo al presupuesto del mecanismo nacional de prevención.

7.En las circunstancias actuales y habida cuenta de la exigüidad del presupuesto asignado al mecanismo nacional de prevención (21.500.000 francos CFA, equivalentes a 33.000 euros), los colaboradores que no pertenecen a la Administración (véanse los anexos) y el personal de apoyo contratado por el ONLPL no reciben ninguna remuneración.

8.Esta situación resulta deplorable y podría dificultar el buen funcionamiento de la institución.

9.En marzo de 2013 se envió un proyecto de presupuesto detallado (véanse los anexos) a las autoridades estatales (al Ministerio de Justicia y a la Comisión Legislativa de la Asamblea Nacional), pero esta propuesta no se ha tenido en cuenta en el proyecto de ley presupuestaria de 2014 que se está examinando en el Parlamento.

10.Así, se ha mantenido el presupuesto de 21.500.000 francos CFA, lo que significa que el Gobierno del Senegal no ha tomado en consideración ni nuestras propuestas ni las recomendaciones formuladas por el Comité contra la Tortura, el Subcomité para la Prevención y el Consejo de Derechos Humanos durante el último examen periódico universal del Senegal.

11.El actual Observador nacional, juez de formación con más de 34 años de experiencia profesional, fue seleccionado de entre varios candidatos propuestos al Ministerio de Justicia.

12.Las facultades y el mandato del mecanismo nacional de prevención se ajustan a las disposiciones de los artículos 4 y 20 del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Los lugares de privación de libertad que se encuentran bajo la jurisdicción de las fuerzas armadas, a saber, las brigadas de gendarmería, y los centros de detención de los campamentos militares entran dentro del ámbito de competencia del Observador nacional.

13.Los observadores ya han visitado varias brigadas de gendarmería.

14.Se prevé visitar los centros de detención de los campamentos militares en 2014.

II.Respuestas a las recomendaciones institucionales

15.Desde su nombramiento en enero de 2012, el Observador ha acometido el establecimiento de instrumentos para el desempeño de su labor. Así pues, se han elaborado y difundido el reglamento interno y la guía práctica para las visitas a los lugares de privación de libertad. En febrero de 2013 se creó un programa de trabajo que combina visitas a los lugares de privación de libertad y sesiones de formación para los jueces, los gendarmes, la policía y el personal de la administración penitenciaria.

16.Desde entonces, el programa se ha puesto en marcha y se está desarrollando sin problemas de manera satisfactoria para la opinión nacional e internacional, a pesar de la escasez de los medios puestos a nuestra disposición por el Estado del Senegal.

17.En el marco de este programa, desde marzo de 2013, los miembros del ONLPL han realizado visitas a las regiones de Thiès, Saint-Louis, Tambacounda y Kaolack, y se ha impartido formación progresivamente a un total de 53 jueces, 55 gendarmes, 18 agentes de policía y 25 empleados de la administración penitenciaria, es decir, a 151 trabajadores de 11 regiones administrativas de las 14 en que se divide el Senegal.

18.Asimismo, se han visitado los establecimientos penitenciarios, las brigadas de gendarmería, los centros de policía y un hospital psiquiátrico, y se han enviado a las autoridades competentes informes sobre estas visitas, en los que se han formulado recomendaciones pertinentes sobre las medidas necesarias para mejorar las condiciones de estancia de las personas privadas de libertad.

19.Además, entre el 9 y el 13 de septiembre de 2013 se celebró un seminario en la Academia Nacional de Policía dirigido a los 374 alumnos de su 40ª promoción, y esta formación se impartirá también a los alumnos de la Academia de Capacitación de la Gendarmería Nacional durante 2014.

20.Cabe destacar que el Comité de Supervisión establecido, que integra a representantes de las organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil más representativas, ya ha comenzado sus reuniones, presididas por el Secretario General del Observador, con el fin de proporcionar la orientación necesaria para el buen funcionamiento de la institución.

21.Se ha empezado a colaborar activamente con Amnistía Internacional y con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el ámbito de la formación de los agentes del orden.

22.Los días 13 y 14 de diciembre de 2013, el ONLPL organizará un diálogo nacional en forma de taller en colaboración con la Oficina Regional del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para tratar el tema de la situación en las instituciones penitenciarias del Senegal.

23.En este taller participarán todos los intervinientes de la justicia, las fuerzas de seguridad de la policía y la gendarmería y la administración penitenciaria. Será coordinado por el Ministerio de Justicia.

24.El conjunto de las actividades mencionadas será objeto de un informe anual dirigido al Presidente de la República. Este informe se hará público.

25.En el marco del programa de visitas fijado para 2014 se prevén visitas de seguimiento a los lugares de privación de libertad ya examinados, así como visitas temáticas en relación con las cuestiones de los detenidos menores de edad, la salud mental en las prisiones, la situación de las mujeres detenidas con hijos de corta edad, etc.

26.También se visitarán los centros de detención de los campamentos militares.

III.Respuestas a las recomendaciones metodológicas

27.Con respecto a las visitas de los lugares de privación de libertad, el Observador ha incluido en su guía práctica el procedimiento reglamentario en materia de interrogatorios y el mantenimiento de los registros, así como el proceso de detención y la llegada al lugar de detención.

28.El Observador dispone actualmente de la lista completa de todos los lugares de privación de libertad.

29.En resumen, por lo que respecta a las demás recomendaciones metodológicas formuladas en el informe de la visita del Subcomité para la Prevención relativas a las visitas sin previo aviso, la duración de las visitas en determinadas prisiones, las entrevistas individuales o colectivas con los detenidos, las relaciones entre el personal de las instituciones penitenciarias y los detenidos y las restantes cuestiones, el Observador ha tomado nota de todas las observaciones formuladas en el informe, las hace suyas y las incluirá en la próxima actualización de la guía práctica a principios de 2014.

IV.Respuestas a las recomendaciones finales

30.El Observador nacional examinará periódicamente sus métodos de trabajo y participará en las sesiones formativas para reforzar su capacidad y cumplir sus responsabilidades de conformidad con el Protocolo Facultativo.

31.A este respecto, cabe destacar que el Observador nacional ha realizado visitas de trabajo a París y a Ginebra para reunirse con sus homólogos.

32.El Observador nacional mantiene una excelente relación con la Oficina Regional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

33.El Observador nacional agradece al Subcomité para la Prevención su apoyo y se compromete a mejorar sus métodos de trabajo. Comunica al Subcomité para la Prevención su firme voluntad de transmitirle todos sus informes anuales para poder recibir su asistencia, con miras a alcanzar el objetivo común de la prevención de la tortura y los malos tratos y traducir así en actos concretos los compromisos contraídos.