Naciones Unidas

CCPR/C/SR.2904

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

9 de noviembre de 2012

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

105º período de sesiones

Acta resumida de la 2904 ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 16 de julio de 2012, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. Majodina

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Informes periódicos segundo y tercero de Armenia

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Informes periódicos segundo y tercero de Armenia (CCPR/C/ARM/2-3; CCPR/C/ARM/Q/2 y Add.1)

1.Por invitación de la Presidenta, la delegación de Armenia toma asiento a la M esa del Comité.

2.El Sr. Hovakimian (Armenia) presenta los informes segundo y tercero de su país (CCPR/C/ARM/2-3) y dice que Armenia ha cumplido todas sus obligaciones de presentar informes a los comités de las Naciones Unidas y que en la actualidad no tiene informes pendientes. Los informes segundo y tercero reflejan todas las reformas y novedades legislativas y políticas ocurridas desde que el Comité examinó el informe inicial de Armenia y han sido preparados por un grupo de trabajo interinstitucional integrado por representantes de los ministerios y organismos competentes. También se ha organizado una mesa redonda para escuchar las observaciones y recomendaciones de las organizaciones no gubernamentales (ONG).

3.En los últimos años su Gobierno ha tomado importantes medidas para ajustar plenamente su legislación a sus obligaciones internacionales. El Presidente firmó el 2 de julio de 2012 un decreto por el que aprobó un programa estratégico para la nueva fase de reformas judiciales y su plan de acción para el período 2012-2016. Las reformas judiciales tienen por objeto materializar la independencia del poder judicial. El 12 de julio de 2012 se puso en marcha, en colaboración con el Consejo de Europa, el Plan de acción 2012-2014 para Armenia, que incluye medidas prioritarias en los ámbitos de la democracia, los derechos humanos y el estado de derecho.

4.Las modificaciones constitucionales aprobadas en 2005 han dado lugar al establecimiento de un sistema judicial independiente y eficaz, así como a una nueva normativa sobre la composición del Consejo de la Magistratura. Las modificaciones también aclaran el rango jerárquico del Tribunal de Casación al declararlo la máxima instancia judicial para asuntos de índole no constitucional. En febrero de 2007 se aprobó el Código Judicial como complemento de las reformas del sistema judicial. En el marco de las reformas constitucionales, se ha revisado la normativa por la que se rige el Tribunal Constitucional para ampliar radicalmente el ámbito de su competencia y de las personas que pueden recurrir ante él. El artículo 14.1 de la Constitución ha reforzado aún más el principio de la igualdad de trato.

5.La labor del ministerio fiscal se ha centralizado en virtud de la Ley del ministerio público. Se está elaborando un nuevo Código de Procedimiento Penal que regulará el procedimiento a seguir tras las detenciones ("acta de detención"). En el marco de la reforma de la policía, está previsto el levantamiento de un "acta electrónica" inmediatamente después de la detención, y la publicación de folletos en armenio, ruso e inglés sobre los derechos de las personas bajo custodia policial. También se han elaborado directrices, que se aplicarán en breve, sobre los derechos y obligaciones de los agentes de policía en el momento de la detención y posteriormente. La Ley del Defensor de los Derechos Humanos reconoce a este como el mecanismo nacional independiente encargado de la prevención de la tortura.

6.En virtud de la modificación reciente de la Ley de abogacía se han establecido nuevas garantías de la independencia de los abogados y se ha ampliado el alcance de la asistencia letrada gratuita. El Código Judicial estipula la obligación de publicar las resoluciones judiciales. Se están adoptando medidas para reforzar la cooperación con la población y mejorar los procedimientos de control públicos, en particular mediante el Sistema armenio de búsqueda en línea de información jurídica.

7.En 2011 se reformó el Código Electoral para seguir reforzando y aumentando la confianza de la población en el proceso electoral. En el marco de esa reforma se modificó la reglamentación relativa a la composición de la Comisión Electoral Central. El Código también establece la igualdad de oportunidades en las campañas electorales al prever salas de conferencias gratuitas para los candidatos y limitar el costo de la publicidad electoral en la televisión y la radio. La Comisión publica todas sus decisiones en su sitio web oficial.

8.Las elecciones parlamentarias que tuvieron lugar el 6 de mayo de 2012 han sido las primeras celebradas con arreglo al nuevo Código Electoral. La Comisión Electoral Central acreditó a 647 observadores de 10 organizaciones internacionales y a aproximadamente 28.000 observadores de ONG. Si bien la Misión de Observación Electoral enviada por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) elogió la mejora del marco jurídico electoral, la Misión de Observación Electoral Conjunta hizo referencia a algunas deficiencias en el proceso electoral. El Gobierno tomará en consideración esas observaciones y seguirá tratando de mejorar la legislación y la práctica en esa esfera.

9.El nuevo Código Electoral regula el equilibrio de género entre los candidatos a cargos públicos. El 11 de febrero de 2010, el Gobierno aprobó un documento de concepto sobre una política de igualdad de género en que se pide que se elabore un programa estratégico sobre la cuestión para el período 2011-2015. Se ha presentado al Parlamento un proyecto de ley de igualdad de derechos de mujeres y hombres, así como un proyecto de ley de lucha contra la violencia. En la actualidad se está aplicando el Plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas para 2010-2012. Armenia ha copatrocinado resoluciones del Consejo de Derechos Humanos sobre la aceleración de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer y sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer. El Gobierno reconoce que hacen falta más medidas para garantizar la independencia y la rendición de cuentas del sistema judicial, reducir el riesgo de corrupción y garantizar el acceso a la justicia y su eficacia y transparencia.

10.El Gobierno respalda firmemente la voluntad del pueblo de Nagorno Karabaj de ejercer plenamente su derecho a la libre determinación. Es lamentable que Azerbaiyán continúe vulnerando el derecho a la libre de determinación del pueblo de Nagorno Karabaj y el derecho a la vida de ciudadanos tanto armenios como de Nagorno Karabaj que viven en las zonas fronterizas, que siguen siendo objeto de ataques de Azerbaiyán. También cabe lamentar que se hayan publicado insultos y acusaciones infundadas contra Armenia en el sitio web del Comité en un llamado informe alternativo, y su Gobierno considera importante que el Comité estudie salvaguardias contra este abuso de sus procedimientos.

11.El Gobierno apoya la mayor parte de las recomendaciones formuladas durante el examen periódico universal de Armenia y ha dado cumplimiento a la mayoría de ellas. Una comisión interministerial establecida por el Gobierno ha preparado un informe de mitad de período sobre los progresos realizados que se presentará en breve a las Naciones Unidas. Asimismo, se está elaborando un programa estratégico integral de derechos humanos.

12.La Sra. Soudjian (Armenia) hace una breve exposición de las respuestas escritas del Gobierno a la lista de cuestiones (CCPR/C/ARM/Q/2/Add.1).

13.La Presidenta invita a los miembros del Comité a que formulen sus preguntas en relación con las cuestiones 1 a 16 (CCPR/C/ARM/Q/2).

14.La Sra. Motoc dice que habitualmente el Comité publica en su sitio web todos los informes alternativos que recibe de ONG para ponerlos a disposición del público; no considera que esa práctica sea un abuso de su procedimiento. Pide a la delegación que aporte ejemplos de casos en que el Pacto haya sido invocado por personas ante los tribunales o por los propios tribunales. Desea saber cuál es la relación entre el Pacto y la Constitución, así como el lugar que ocupa el Pacto en el ordenamiento jurídico armenio. Solicita información sobre toda nueva reglamentación relativa a la aplicación del Pacto.

15.De conformidad con la información de que dispone el Comité, la Oficina del Defensor del Pueblo no es suficientemente activa y no toma debidamente en consideración las denuncias que recibe. Se ha sugerido que su falta de actividad se debe a la insuficiencia de financiación. La oradora pide a la delegación que comente esa información e indique cuántas denuncias ha recibido la Oficina y cuántas de ellas ha examinado.

16.El Sr. Salvioli dice que, si bien el artículo 14.1 de la Constitución contiene una prohibición absoluta de la discriminación, al parecer no hay en la legislación del país ninguna disposición equivalente en la que ampararse para enjuiciar a los responsables. No se ha presentado ninguna denuncia de discriminación racial, pero la escasez de denuncias a veces puede atribuirse a la falta de familiaridad con los correspondientes mecanismos o de confianza en el procedimiento. A ese respecto, le preocupan las conclusiones contenidas en un informe de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia sobre una visita a Armenia en 2010. Pregunta si existe alguna ley que prohíba las organizaciones que promueven la discriminación racial o de otra índole.

17.El Estado parte ha tomado importantes medidas legislativas para hacer frente a la discriminación contra la mujer. No obstante, preocupa al Sr. Salvioli la falta de avances en la promulgación del proyecto de ley contra la violencia doméstica, que lleva cuatro años debatiéndose. La violencia doméstica y la violencia por motivos de género deben considerarse delitos graves. Amnistía Internacional ha llamado la atención sobre la cuestión en un informe publicado en 2011. El orador también entiende que solo hay dos centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia y que son financiados con contribuciones privadas. Insta al Estado parte a que asigne los recursos necesarios para subsanar el problema. Según información fidedigna de ONG, los tribunales tampoco prestan la debida atención a los casos de violencia doméstica.

18.Las ONG también han proporcionado información sobre la discriminación por motivos de orientación sexual. El Sr. Salvioli insta a las autoridades armenias a que tomen medidas enérgicas para combatir esa discriminación. Al parecer algunas asociaciones incitan al odio contra las personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales y ponen carteles agresivos en las calles. Las autoridades se amparan en el derecho a la libertad de expresión para no adoptar ninguna medida en su contra. Señala a la atención el artículo 20 del Pacto, que dispone que toda apología del odio que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia debe estar prohibida por la ley.

19.El Sr. Thelin señala que Armenia debía haber presentado su segundo informe periódico en octubre de 2001 y lamenta el retraso en la presentación de dicho informe ante el Comité.

20.Agradece la detallada respuesta a la pregunta 6 de la lista de cuestiones sobre las medidas adoptadas para investigar las víctimas causadas por el uso injustificado de la fuerza durante los acontecimientos de marzo de 2008, en particular las diez muertes que se produjeron. El Estado parte también ha solicitado la ayuda de forenses externos y del Consejo de Europa. Por lo tanto, al Sr. Thelin le preocupa la falta de progresos realizados hasta la fecha. Tres de las ocho víctimas civiles fallecieron como resultado del uso de granadas o gas lacrimógeno. Cuatro suboficiales han sido acusados, pero en la respuesta no se indica si han sido declarados culpables y cumplen condena. Además, dado que el uso de armas por las fuerzas del orden para sofocar manifestaciones plantea un grave problema de mando y control, no basta con el enjuiciamiento de cuatro suboficiales. También tendría que haberse investigado a los mandos policiales responsables de la operación. Human Rights Watch publicó un largo informe sobre la cuestión en febrero de 2009. El orador desea saber qué medidas se están adoptando para asegurar el cumplimiento de los Principios básicos de las Naciones Unidas sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley e impedir el uso excesivo de la fuerza.

21.En lo que respecta a la respuesta a la pregunta 7 de la lista de cuestiones acerca de las medidas adoptadas para impedir la detención y el encarcelamiento arbitrarios durante las investigaciones policiales, el Sr. Thelin desea saber cómo se aplican las leyes y reglamentos vigentes en relación con los detenidos y los presos y si ha habido alguna denuncia de infracciones. Las personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales parecen ser particularmente vulnerables debido al clima general de hostilidad hacia ellas, en particular entre los miembros de los partidos políticos. El Comité también ha solicitado información sobre el número de denuncias de malos tratos y muerte de personas detenidas.

22.El orador pregunta si, aparte del Defensor de los Derechos Humanos, hay algún órgano independiente encargado de recibir denuncias por la conducta de la policía y, de no haberlo, si está previsto establecer dicho órgano.

23.En su respuesta a la pregunta 9, el Estado parte rechaza las denuncias de que hay fiscales y jueces que se han negado a admitir pruebas de malos tratos en los tribunales. La pregunta se basa en un informe de 2011 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (A/HRC/16/47/Add.3), en cuyo párrafo 61 se afirma que muchos detenidos y presos entrevistados por el Grupo de Trabajo han denunciado haber sido víctimas de malos tratos y palizas en las comisarías de policía. Al parecer, los investigadores de la Policía y los Servicios de Seguridad Nacional también han recurrido, como parte central de sus investigaciones, a las presiones, incluidos los malos tratos, para obtener confesiones, y los fiscales y jueces se han negado a admitir pruebas de malos tratos en los tribunales. También se ha informado al Grupo de Trabajo de que las palizas propinadas durante las detenciones e interrogatorios no se denuncian por miedo a represalias y que las personas golpeadas son retenidas por la policía hasta su recuperación para evitar que sean examinadas por un médico al ser enviadas a prisión. Según el Grupo de Trabajo, las ONG y los abogados entrevistados han corroborado estas denuncias. El Sr. Thelin invita a la delegación a que formule observaciones sobre las conclusiones del Grupo de Trabajo.

24.Según la respuesta del Estado parte, en 2011 se recibieron 20 reclamaciones o denuncias de 5.215 personas bajo custodia policial. Sin embargo, no se facilita ninguna información sobre su resultado. Y el Estado parte no ha respondido a la pregunta sobre las medidas adoptadas para atender las quejas de los presos.

25.Con respecto a la pregunta 10, el orador toma nota de la descripción detallada de las leyes y medidas adoptadas para hacer frente al problema de la trata de personas. No obstante, duda si el escaso número de casos mencionados refleja todo el alcance del problema y pide información sobre los procedimientos para evaluar la eficacia del Plan de acción nacional de lucha contra la trata de seres humanos para 2010-2012. También desea información sobre los logros del Mecanismo nacional de remisión para las víctimas. En particular, quiere saber si se están abordando los factores socioeconómicos subyacentes. También pregunta si las medidas se limitan a los nacionales de Armenia o si también se aplican a las víctimas y autores de esos delitos extranjeros.

26.El Sr. Thelin observa que el organismo encargado de la lucha contra la delincuencia y la trata organizadas depende ahora del recientemente establecido Departamento de lucha contra los delitos relacionados con las altas tecnologías, la trata, la inmigración ilegal y el terrorismo. Desea saber si las medidas adoptadas en esos ámbitos están coordinadas y cuáles son sus implicaciones para la aplicación del Plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas.

27.Sir Nigel Rodley dice que las respuestas a las preguntas 11 a 16 de la lista de cuestiones son muy breves. Habida cuenta de que el Comité contra la Tortura y el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria han planteado cuestiones similares, cabe esperar que el Estado parte preste especial atención a las preocupaciones expresadas.

28.En la respuesta a la pregunta 11 se menciona un proyecto de ley por el que se ajustará el corpus delicti o definición de la tortura a las normas jurídicas internacionales. El orador observa que el Comité contra la Tortura ya hizo esa recomendación en 2000 y se pregunta cuánto más tardará en promulgarse la ley. La pena máxima prevista en la legislación vigente para los casos de tortura es de tan solo tres años de no concurrir "circunstancias agravantes". Dado que esa pena no refleja la gravedad del delito, pide al Estado parte que asegure al Comité su intención de tomar medidas urgentes con respecto a la definición de tortura y las penas aplicables.

29.En lo que respecta a la pregunta 12, señala que la cuestión de las novatadas en las fuerzas armadas ya fue planteada por el Comité contra la Tortura en 2000. El Estado parte ha respondido que el Código Penal prevé responsabilidad penal y ha citado casos abiertos en 2011, ninguno de los cuales ha sido enjuiciado aún. El Comité agradecería recibir información sobre las medidas tomadas en años anteriores, ya que el período que abarca el informe comienza en 1998. Por consiguiente, Sir Nigel Rodley pide que se confirme la adopción de estrictas medidas penales y de otra índole para luchar contra el problema de las novatadas y, en particular, contra las muertes y suicidios directa o indirectamente atribuibles a ese tipo de conducta.

30.Toma nota de que, según la respuesta a la pregunta 13, la violencia es un delito, tanto si tiene lugar en el hogar como en otro entorno. El Comité tiene particular interés en conocer el tipo de medidas que se adoptan cuando la violencia tiene lugar en instituciones estatales.

31.En la respuesta a la pregunta 14 no se indica la proporción de casos en los que se ha dictado prisión provisional. Pide al Estado parte que proporcione información más específica sobre los coeficientes pertinentes.

32.El orador no ha podido encontrar una respuesta a la pregunta 15, en la que se hace referencia a denuncias de casos en que los testigos materiales pasan de ser testigos a ser sospechosos sin tener acceso a un abogado ni información sobre sus derechos. El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y varias ONG han llamado la atención sobre esa práctica.

33.En respuesta a la pregunta 16, el Estado parte alega que no hay constancia de ningún caso en que se haya retenido a migrantes más de 72 horas en el aeropuerto de Zvarnots. El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria mencionó dichos casos en el párrafo 91 de su informe (A/HRC/16/47/Add.3).

Se suspende la sesión a las 16.15 horas y se reanuda a las 16.35 horas.

34.El Sr. Hovakimian (Armenia) dice que Armenia acoge favorablemente los "informes paralelos" de las ONG como importante fuente de información y que no se queja de su cantidad ni de su inclusión en el sitio web del Comité. No obstante, se muestra escéptico acerca del contenido de un informe, que politiza la situación y contiene información falsa. Su Gobierno ha enviado una carta al Comité explicando los motivos de su queja.

35.El Sr. Sahakyan (Armenia), en referencia a la pregunta 1 de la lista de cuestiones, dice que los tribunales, tanto penales como civiles, han invocado en sus sentencias las disposiciones del Pacto, por ejemplo en relación con la justicia de menores y la exención de responsabilidad penal con respecto a las obligaciones contractuales. En un caso penal el tribunal aplicó una ley más favorable al acusado invocando el Pacto en apoyo de su conclusión. Además, las normas del Pacto se reflejan en la Constitución, el Código de Procedimiento Penal, el Código Judicial y otra legislación.

36.El Sr. Demirtshyan (Armenia) cita el artículo 6 de la Constitución, que estipula que los tratados internacionales forman parte del ordenamiento jurídico armenio y que en caso de contradicción entre las normas de un tratado internacional ratificado y las previstas en la legislación armenia, prevalecerán las normas del tratado. Por consiguiente, cualquier tribunal o persona podrá invocar una disposición de un tratado internacional aunque no exista una disposición nacional equivalente.

37.En referencia a la pregunta 2 de la lista de cuestiones, dice que, en virtud de una enmienda introducida en 2009, se ha aumentado la financiación de la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos, lo que ha permitido aumentar considerablemente los salarios de su personal. Ello ha reforzado la independencia de la Oficina y su capacidad para desempeñar las funciones del mecanismo nacional de prevención previsto en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura.

38.La Sra. Soudjian (Armenia) dice que el Gobierno condena todas las formas de discriminación. La legislación nacional promueve la igualdad en todos los ámbitos de la vida sin ninguna distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color u origen nacional o étnico. La política gubernamental de prohibir la discriminación de personas y grupos tiene por objeto aplicar plenamente las disposiciones del Pacto. No hay ningún instrumento específico de lucha contra la discriminación, ya que la cuestión se regula en diferentes textos legislativos, incluidos varios artículos de la Constitución, como se señala en los párrafos 608 y 609 del informe periódico. El Código Penal considera el odio étnico, racial o religioso como una circunstancia agravante. Dada la escasez de denuncias de actos de discriminación racial ante los tribunales, no existen datos sobre su número.

39.La Oficina del Defensor de los Derechos Humanos se estableció en 2003. Desde entonces se ha convertido en una entidad verdaderamente independiente y ha sido acreditada con la categoría "A" por el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos. Se han abierto seis oficinas regionales de defensores de los derechos humanos para facilitar el acceso a servicios de asesoramiento a las personas que creen que sus derechos humanos han sido vulnerados. El Gobierno atribuye una gran importancia a la educación en derechos humanos, desde la enseñanza preescolar hasta la universidad. En 2001 se incluyó como asignatura obligatoria en el programa de estudios. Los libros de texto utilizados en las escuelas secundarias han sido elaborados por expertos en igualdad, no discriminación y derechos de las minorías. Se han organizado cursos especiales de formación profesional sobre derechos humanos para los maestros. Asimismo, se organizan seminarios sobre derechos humanos dirigidos a abogados, jueces, agentes de policía y representantes de grupos vulnerables, incluidos los refugiados y las minorías nacionales.

40.A fin de reforzar la protección de los derechos de la mujer, se han adoptado diversas medidas institucionales y jurídicas, entre otras la aprobación de un plan de acción estratégico integral de política de género para 2011-2015. La homosexualidad se despenalizó en 2003. La Oficina del Defensor de los Derechos Humanos tiene el mandato expreso de investigar todas las denuncias de discriminación contra personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales. Esas personas tienen libre acceso a la atención de la salud, la educación o el empleo y disfrutan plenamente de sus derechos civiles y políticos. Armenia es parte en muchos instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, incluido el Protocolo Nº 12 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Ha firmado la declaración emitida por la Unión Europea el 17 de mayo de 2012 con ocasión del Día Internacional contra la Homofobia y la Transfobia. Los pocos casos aislados de discriminación contra personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales han sido condenados por el Gobierno y están siendo investigados, en aplicación del Código Penal.

41.El Sr. Hovakimian (Armenia) se disculpa por el retraso en la presentación de los informes periódicos segundo y tercero combinados y dice que se hará todo lo posible para que el Comité reciba el cuarto informe periódico dentro de los plazos establecidos. La situación de los derechos humanos está evolucionando rápidamente en su país, lo que significa que parte de la información contenida en el informe periódico actual, e incluso en las respuestas escritas, ya no es de actualidad.

42.La Sra. Harutyunyan (Armenia) señala que las autoridades judiciales están resueltas a encontrar y castigar a los agentes de seguridad culpables de haber hecho un uso excesivo de la fuerza en los enfrentamientos que tuvieron lugar en Yerevan los días 1º y 2 de marzo de 2008 y a aprender las lecciones oportunas de ese incidente. En total, 8 civiles, 1 agente de policía y 1 soldado murieron a consecuencia de las heridas sufridas durante los disturbios multitudinarios, y otros 35 civiles y 187 agentes de policía y soldados resultaron heridos. Casi 100 vehículos sufrieron daños. Se han realizado numerosos exámenes forenses y balísticos para averiguar quién hizo los disparos mortales durante los enfrentamientos. Pese a los importantes esfuerzos realizados, incluidas las investigaciones periciales realizadas en la Federación de Rusia y otras llevadas a cabo por un experto internacional en balística, no ha sido posible identificar al autor de los disparos mortales. En 2011 el Presidente ordenó una nueva investigación de los enfrentamientos, y en particular de las diez muertes; hay varias causas penales abiertas.

43.El Sr. Petrosyan (Armenia) dice que en 2010 y 2011 se puso en marcha un programa de modernización de la policía en virtud del cual se ha procedido a una restructuración, al establecimiento de un servicio civil especial y a la creación de unas fuerzas de policía municipales. Al mes de marzo de 2012 se habían creado algunas dependencias de policía nuevas, entre ellas una integrada por 61 agentes encargados de mantener el orden en las manifestaciones multitudinarias y reuniones públicas utilizando modernos métodos. La mayoría de estos agentes tiene formación universitaria, habla idiomas y ha recibido una formación especial para llevar a cabo negociaciones y enfrentarse a situaciones extraordinarias. Son modelos de conducta para el futuro cuerpo de policía de Armenia. Alrededor del 25% de los agentes de policía son mujeres. Las autoridades de policía han estudiado ejemplos de mejores prácticas de otros países en el uso de la fuerza y las han integrado en las reformas que han llevado a cabo. Entre las nuevas normas introducidas cabe citar el establecimiento de una lista de las armas que los agentes de policía pueden emplear en su trabajo y de los requisitos para el almacenamiento y registro de dichas armas. Se ha creado una dependencia de policía especial para investigar las denuncias de la población y de otras entidades públicas contra la policía. Los agentes de policía autores de hechos delictivos pueden ser objeto de una investigación penal. En 2010 se iniciaron actuaciones para la aplicación de medidas disciplinarias contra cuatro agentes de policía por trato indebido a los ciudadanos. Se han aplicado medidas disciplinarias a otros 23 por otras acusaciones.

44.La Sra. Soudjian (Armenia) dice que los principales instrumentos legislativos que prohíben la violencia contra la mujer no especifican el sexo de la víctima y que la legislación nacional vigente no contiene una definición de violencia doméstica. Se ha creado un grupo de trabajo interdepartamental para que redacte una ley específica contra la violencia doméstica, en particular la violencia contra la mujer, en cooperación con las ONG que trabajan en ese ámbito. Ese proyecto de ley ya se ha presentado al Gobierno. En junio de 2011 el Gobierno aprobó un programa estratégico de prevención de la violencia de género con objeto de mejorar la protección de las víctimas; introducir un mecanismo de remisión y crear centros de acogida para ellas; y establecer mecanismos de alerta en los centros de atención de la salud, la policía y los servicios sociales. En la actualidad las ONG ofrecen líneas telefónicas de atención urgente, centros de acogida y servicios de apoyo a las víctimas de la violencia doméstica. Se ha establecido un grupo de trabajo en la policía para mejorar la respuesta policial a la violencia doméstica, y los agentes de policía reciben una formación especial. En 2011 se denunciaron unos 528 casos de violencia doméstica.

45.El Sr. Petrosyan (Armenia) dice que las condiciones de detención se regulan en diversas leyes nacionales, que se detallan en los párrafos 216 y ss. del informe periódico. Esas disposiciones prohíben la violencia física y los tratos inhumanos o degradantes. Una persona solo puede ser detenida en virtud de un "acta de detención" levantada de conformidad con el Código de Procedimiento Penal, una orden dictada por el ministerio fiscal o una orden judicial. Los detenidos tienen los mismos derechos y libertades que todos los ciudadanos armenios y su seguridad está garantizada mientras permanecen detenidos.

46.Desde la aplicación de la nueva legislación, las condiciones de las personas privadas de libertad han cambiado sustancialmente. Por ejemplo, ahora esas personas tienen derecho a recibir información sobre sus derechos y libertades en su propio idioma y a denunciar la vulneración de dichos derechos y libertades, ya sea personalmente o por medio de un representante, la administración penitenciaria, los tribunales, la fiscalía, las autoridades gubernamentales centrales o locales, ONG u órganos internacionales de derechos humanos. También tienen derecho a recibir una atención de la salud adecuada y una alimentación suficiente, a ver a un médico de su elección y a relacionarse con el mundo exterior. Asimismo, la nueva legislación mejora las condiciones de detención al aumentar el espacio habitacional por persona, de 2,5 m2 a 4 m2. Hasta la fecha se han renovado 35 centros de privación de libertad de conformidad con esas disposiciones.

47.El Sr. Sahakyan (Armenia) señala que los tribunales nunca se han negado a examinar denuncias de malos tratos. El Tribunal de Casación ha adoptado una posición inequívoca en su sentencia en el asunto Arayik Gzoyan, al estipular que todas las denuncias de tortura fiables deben remitirse al fiscal para el inicio de actuaciones penales. La calificación de "fiables" no está sujeta a ningún criterio restrictivo específico.

48.El Sr. Demirtshyan (Armenia) dice que, con una población total de aproximadamente 4.800 reclusos, el sistema penitenciario sufre una grave situación de hacinamiento que las autoridades están tratando de reducir urgentemente. La amnistía de 2011 en conmemoración del 20º aniversario de la independencia de Armenia permitió poner en libertad a un considerable número de reclusos, y la nueva legislación penal que se está preparando alentará a los jueces a evitar en la medida de lo posible imponer penas máximas y a dictar prisión preventiva únicamente como medida de último recurso. En la actualidad el Parlamento está examinando un proyecto del nuevo código de procedimiento penal que prevé el uso de formas de reclusión alternativas, como el arresto domiciliario y la vigilancia policial, y que deberá aprobarse en un futuro próximo.

49.Según lo previsto en el plan de reforma judicial para 2012-2016 recientemente aprobado, el siguiente paso será crear un servicio independiente de libertad vigilada encargado de supervisar las penas alternativas, la libertad condicional y la reinserción. El servicio tendrá por principal objetivo asegurar la utilización adecuada, efectiva y cada vez más frecuente de penas y medidas alternativas en cooperación con la OSCE y diversas ONG locales.

50.Otra de las medidas adoptadas para reducir el hacinamiento en las prisiones es la revisión del sistema de concesión anticipada de la libertad condicional y de los criterios aplicados para determinar si debe o no permitirse a los reos cumplir condena en centros penitenciarios de régimen abierto. Se está construyendo una nueva penitenciaría con capacidad para más de 1.000 internos, con cuya apertura se deberá poner fin al problema del hacinamiento.

51.La Sra. Soudjian (Armenia) dice que la estrategia de su Gobierno para combatir la trata de personas se basa en una estrecha cooperación entre todos los organismos e interesados competentes y en un uso bien orientado de los recursos. En 2002 se estableció una comisión interinstitucional integrada por expertos del Gobierno y de ONG para investigar las cuestiones relacionadas con la trata y formular las recomendaciones pertinentes. En 2007 se creó el Consejo sobre Cuestiones relativas a la Trata para garantizar la eficacia de las medidas y planes de acción puestos en marcha como resultado de la labor de la comisión. Entre sus responsabilidades cabe citar la aplicación del tercer Plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas aprobado en 2010, que prevé estrategias y medidas centradas principalmente en seis ámbitos: legislación y aplicación de la ley, prevención, protección y apoyo a las víctimas, cooperación, supervisión y evaluación, y coordinación.

52.El Gobierno ha adoptado todos los instrumentos internacionales y regionales relativos a la trata de personas, incluida la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos Protocolos Facultativos, así como los convenios de la OIT sobre el trabajo forzoso y el trabajo infantil.

53.Se han logrado importantes avances legislativos en el marco del paquete de reformas de la legislación penal llevadas a cabo en 2011, incluido el aumento de la condena mínima que los autores de delitos de trata deben cumplir antes de poder acogerse al régimen de libertad condicional, la imposición de sanciones administrativas que les prohíben desempeñar determinadas actividades o cargos durante un período de hasta tres años, y la introducción de disposiciones que se refieren específicamente a la trata de niños y de personas con discapacidad mental.

54.Las víctimas reciben apoyo y asistencia tanto de ONG especializadas como del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, consistentes en asistencia médica, asesoramiento jurídico, programas de integración social y acogimiento en refugios. Las ONG prestan otros servicios, por ejemplo de apoyo a lo largo de las diferentes etapas del juicio, rehabilitación, formación profesional, ayuda en la búsqueda de empleo, servicios de traducción e interpretación y educación infantil.

55.El principal órgano responsable de investigar y enjuiciar los delitos de trata es la División de lucha contra la trata del Departamento encargado de combatir la delincuencia organizada, que tiene funciones de prevención y de investigación. La responsabilidad de garantizar la legalidad de las investigaciones preliminares y de llevar los casos ante los tribunales corresponde a la fiscalía.

56.El Sr. Demirtshyan (Armenia) dice que en el texto revisado del Código Penal que el Parlamento está examinando se han modificado todas las disposiciones relativas a la tortura para ajustarlas a las obligaciones que incumben a su país en virtud de los instrumentos internacionales. El proyecto endurece considerablemente las penas y se prevé su aprobación en el próximo período de sesiones del Parlamento. Los delitos de tortura pasarán a estar castigados con penas de prisión de hasta 8 años, y de hasta 12 años si concurren circunstancias agravantes.

57.En el ejército armenio no se hacen las novatadas que solían hacerse en el ejército soviético —es decir, el uso de la violencia por altos mandos contra los nuevos reclutas—, pero se han producido inevitablemente algunos casos de negligencia y conducta indebida. En 2011 se denunciaron unas 300 violaciones del reglamento militar o casos de violencia entre mandos y subordinados. Si bien un considerable número de acusados fueron perdonados en la amnistía decretada ese año, más de 200 casos han sido enjuiciados y casi 250 oficiales han sido declarados culpables. En 2011 hubo 6 muertes a causa de infracciones de la disciplina militar y 36 personas fallecieron mientras prestaban el servicio militar, 10 de ellas por ataques de fuerzas de Azerbaiyán destacadas en la frontera y 9 por suicidio.

58.Se han adoptado varias medidas para prevenir la violencia entre oficiales y garantizar la pronta investigación de los incidentes y el restablecimiento del orden. El Ministerio de Defensa publica cada año un plan de prevención y trabaja estrechamente con el Fiscal Militar y el Jefe de Estado Mayor del Ejército para reforzar la disciplina y velar por el castigo apropiado de los delitos, aplicando una política de tolerancia cero con independencia del rango.

59.En 2011 se estableció una comisión permanente dirigida por un representante del Ministerio de Defensa para examinar las faltas disciplinarias cometidas en el ejército que, al final del año, había contribuido a reducir tanto el número total de faltas como el número de muertes ocurridas durante el servicio militar. En 2012 entró en vigor una nueva reglamentación del procedimiento disciplinario militar, redactada por el Ministerio de Defensa y el Fiscal Militar.

60.La ley prohíbe los castigos corporales a los niños y considera la minoría de edad de la víctima una circunstancia agravante en todos los delitos contra la vida, la salud, la libertad, el honor, la dignidad y la integridad sexual. En una sección especial del Código Penal dedicada a los delitos contra los intereses de la familia y el niño se establece que toda persona responsable de la crianza de un niño que incumpla su obligación de prestar cuidados podrá ser castigada con penas que van desde multas hasta dos años de prisión. En los casos en que se actúa con crueldad, la pena máxima asciende a tres años de prisión. El abuso de los derechos de tutela y el descuido intencional del pupilo también son delitos, castigados con penas de hasta dos años de prisión.

61.Existe un mecanismo de denuncia para los reclusos, que tienen libertad para presentar denuncias por diversos canales, como los tribunales, la Fiscalía General, el Ministerio de Justicia y organizaciones de la sociedad civil. En 2003 se estableció un grupo independiente de vigilancia pública, con acceso ilimitado a todos los centros de privación de libertad y derecho a entrevistarse confidencialmente con los reclusos, que prepara todos los años un informe que se publica junto a las observaciones del Ministerio de Justicia.

62.El Sr. Sahakyan (Armenia) dice que la gran mayoría de las denuncias presentadas por reclusos en 2010 y 2011 se han resuelto satisfactoriamente.

63.El Sr. Petrosyan (Armenia) señala que los casos en que los testigos pasan a ser sospechosos son raros y no constituyen una práctica deliberada. No obstante, el Código de Procedimiento Penal estipula que, si una persona que declara como testigo se convierte en sospechosa de haber cometido un delito, el funcionario encargado de la investigación está obligado a modificar su condición.

64.La Sra. Chanet dice que el arresto domiciliario y la vigilancia electrónica antes y después del juicio pueden ser muy eficaces para reducir el hacinamiento en las prisiones. Señala que, de conformidad con el artículo 9, párrafo 3, del Pacto, la prisión preventiva debe ser la excepción y no la regla, e insta al Estado parte a que tome medidas en ese sentido lo antes posible. Agradecería que se aclarara el momento exacto de la detención en que el detenido tiene derecho a acceder a un abogado. ¿Es justo en el momento de la detención, como tiene entendido, o solo transcurridas 72 horas, incluso cuando se trata de un delito menor?

65.Observa que, en su informe, el Estado parte no parece establecer una gran diferencia entre la función del fiscal y la del juez y desea insistir en que dicha distinción debe ser muy clara; el artículo 9, párrafo 3, atribuye claramente al juez la competencia de ordenar una reclusión. Por lo tanto, es preciso aclarar las competencias y responsabilidades respectivas de las distintas entidades que conforman el sistema judicial de Armenia. También desea saber en qué circunstancias cabe emitir órdenes de registro, si esas decisiones incumben a un juez o si los funcionarios encargados de la investigación pueden realizar registros sin la autorización de un juez.

66.El Sr. Thelin dice que varias preguntas acerca de los incidentes de marzo de 2008 han quedado sin respuesta. Por ejemplo, ¿por qué no se ha actuado contra ningún alto mando? ¿Han sido los suboficiales acusados declarados culpables y, de ser así, han sido perdonados en virtud de la amnistía? También desea saber si las nuevas normas sobre el empleo de armas de fuego por la policía se han establecido específicamente teniendo en cuenta los incidentes de 2008, si aún se permite la utilización de AK-47 y si ha habido algún cambio en el uso de las carabinas KS-23.

67.Observa que se ha creado una nueva dependencia de policía especial para recibir las denuncias de los ciudadanos y pregunta si dicha dependencia tiene autonomía funcional o está sujeta a la cadena de mando policial normal. También desea información sobre las cifras relativas al número de casos disciplinarios tramitados, ya que parecen sumamente bajas, y quiere detalles sobre el resultado de dichos casos. Asimismo, le gustaría recibir aclaraciones sobre la autonomía y eficacia de los mecanismos de denuncia de las instituciones penitenciarias.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas.