Distr.GENERAL

CCPR/C/SR.263111 de agosto de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

96º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 2631ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el miércoles, 15 de julio de 2009 a las 10.00 horas

Presidente: Sr. IWASAWA

SUMARIO

E xamen de los informes presentados por los E stados partes de conformidad con el artículo 40 del P acto (continuación)

Cuarto informe periódico de los Países Bajos (continuación)

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Dependencia de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.09-43576 (S) 070809 110809

Se declara abierta la sesión a las 10.00 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD C ON EL ARTÍCULO 40 DEL PACTO (continuación)

Cuarto informe periódico de los Países Bajos (CCPR/C/NET/4 y Add.1 y 2; CCPR/C/NLD/Q/4 y Add.1; HRI/CORE/1/Add.66, 67 y 68/Rev.1) (continuación)

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de los Países Bajos vuelven a tomar asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. PIAR (Antillas Neerlandesas) dice que, si bien la situación en la prisión Bon Futuro de Curaçao está lejos de ser perfecta, las autoridades están mejorando las condiciones, utilizando sus limitados recursos financieros y humanos, y con el muy apreciado apoyo de los Países Bajos. Se utiliza equipo audiovisual desde 2003. Según el Código de Procedimiento Penal, el acceso a un abogado durante el interrogatorio inicial no es obligatorio. Sin embargo, sobre la base de la última jurisprudencia europea y neerlandesa, la Oficina del Fiscal General publicó el 14 de julio de 2009 nuevas directrices sobre el acceso a los abogados, a fin de ajustarse a las nuevas exigencias. Todos los instrumentos internacionales que son aplicables en la actualidad a su país entrarán automáticamente en vigor tan pronto como se disuelvan las Antillas Neerlandesas. Se han utilizado las constituciones de Aruba y los Países Bajos como modelo para preparar las constituciones de Curaçao y Saint Maarten. De conformidad con el Código de Procedimiento Penal, se puede solicitar una indemnización por la detención legal e ilegal y los daños causados por los registros y las incautaciones. En cada caso, la decisión de otorgar la indemnización y la cuantía de la indemnización incumben al juez.

3.La Sra. THEODORA-BREWSTER (Antillas Neerlandesas) añade que el número de quejas registradas en la prisión Bon Futuro ha descendido notablemente. En 2007 se recibieron ocho denuncias de desaparición de efectos personales después que funcionarios de prisiones visitaron las celdas donde se sospechaba que los reclusos guardaban armas en secreto. Cualquier pérdida sufrida ha sido reembolsada. En 2009, se han registrado hasta la fecha cuatro de estas reclamaciones. El número de quejas sobre deficiencias de la alimentación disminuyó, de 13 en 2007, a 5 en 2009. Las quejas sobre el acceso a personal médico han disminuido (de 17 en 2007 a 5 en 2009) después que se reforzó el personal de enfermería para cubrir los horarios de noche y se reorganizaron las guardias médicas. Las quejas sobre el comportamiento de los guardias de la prisión descendieron de siete en 2007 a cuatro en 2009, a raíz de los cursos de formación que se impartieron a los guardias en 2008 y 2009 sobre el tratamiento de los presos y sus derechos. Además se imparte formación y se hacen esfuerzos para informar a los funcionarios penitenciarios y a los presos de sus derechos y obligaciones.

4.El grupo de seguimiento establecido para supervisar el curso dado a las recomendaciones formuladas por el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT) celebró reuniones semanales con todas las partes interesadas para examinar los progresos. Entre los logros cabe destacar la sustitución de muchos colchones, y un mejoramiento de la higiene, el control de parásitos y el mantenimiento. Un grupo de dietólogos hace un seguimiento de la calidad de las tres comidas diarias, que se sirven en los horarios programados, y se presta atención a los reclusos con necesidades dietéticas especiales. Se asigna prioridad a la formación y la contratación del personal penitenciario. La cárcel tiene un nuevo director, y se está contratando a nuevos miembros del equipo de gestión. Actualmente se dispone de un gimnasio e instalaciones deportivas. Se están instalando cámaras de vigilancia, se ha construido un muro de seguridad en la entrada principal, y se están colocando sistemas de alarma en muchas celdas y otras zonas. Se ha elaborado un plan de edificación, que incluye nuevas instalaciones sanitarias, y las obras están por comenzar. Las autoridades de prisiones de los Países Bajos han convenido en prestar apoyo al personal penitenciario durante tres años.

5.El Sr. HIRSCH BALLIN (Países Bajos), refiriéndose a la cuestión de las reservas al Pacto, dice que el derecho neerlandés hace una distinción entre las personas detenidas como sospechosas de haber cometido un delito y las que han sido condenadas. Existen excepciones a este principio para las personas sospechosas y condenadas que sufren de problemas mentales, a las que podrían alojarse juntas en las instalaciones adecuadas, y para las que plantean un riesgo excepcional de evasión violenta. Sin embargo, es consciente de que las excepciones están autorizadas en virtud del párrafo 2 a) del artículo 10 del Pacto. En virtud del derecho neerlandés, el derecho penal de menores se puede aplicar a las personas consideradas legalmente como adultos y viceversa, lo que puede redundar en gran beneficio para las personas afectadas. Acepta, sin embargo, que la reserva puede ser el producto de una excesiva atención al detalle; si el Comité la considera superflua, el Gobierno reconsiderará su posición. La reserva al artículo 20 se presentó debido a la dificultad para formular una prohibición de la propaganda de guerra que excluya las infracciones graves de la libertad de expresión.

6.Las víctimas de la violencia sexual tienen en principio derecho a la protección en virtud de las leyes de asilo, y pueden obtener un permiso de residencia por motivos humanitarios. En efecto, la legislación neerlandesa hace referencia específica a la violencia doméstica como causal para el asilo de países en que este tipo de violencia está vinculada a los delitos de honor, o cuando las autoridades locales no ofrecen protección en esos casos. Se pueden presentar solicitudes por motivos humanitarios, y muchos permisos de residencia se han concedido sobre esa base.

7.También se estima que el temor a la mutilación genital femenina (MGF) constituye causal de asilo, ya que el peligro de esa mutilación se considera una violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Si las autoridades competentes en el país de origen no pueden ofrecer protección, y no hay en ese país otra región a la que la niña pueda regresar sin convertirse en una marginada social, se le concede asilo. El Ministerio de Justicia ha determinado que la mutilación genital femenina es uno de los temas que deben añadirse a su lista de prioridades, junto con la violencia doméstica y la trata de seres humanos. Se han introducido medidas para detectar posibles víctimas, lo que incluye una respuesta más activa de las autoridades aeroportuarias si hay indicios de que las niñas a las que se lleva de vacaciones a sus países de origen podrían estar expuestas a riesgo de una práctica de este tipo.

8.La intención terrorista no es un delito en sí mismo, sino una calificación para los delitos definidos en otros artículos del Código Penal. Se entiende como el propósito de causar un grave temor en la población o parte de la población, o de forzar ilegalmente al Gobierno o a una organización internacional a hacer algo, no hacer algo, tolerar ciertas acciones o alterar gravemente o destruir las estructuras políticas, constitucionales, económicas o sociales fundamentales del país u organización internacional. Es una definición estricta que abarca los actos terroristas que afectan el funcionamiento independiente y responsable del Estado o de organizaciones internacionales con sede en los Países Bajos. La palabra "tolerar" hace referencia a las situaciones en las que una organización terrorista intenta, mediante amenazas u otros medios, de lograr que el Gobierno se abstenga de tomar medidas contra el control extremista de la organización pública, dejándolo en la incapacidad de ejercer sus responsabilidades esenciales.

9.En respuesta a la pregunta acerca de los pasaportes biométricos, dice que es una práctica común para almacenar información en los pasaportes y demás información de viaje que figura en las bases de datos. El almacenamiento central de los datos ofrece la mejor garantía de una protección adecuada. Debido al alto nivel de protección en los Países Bajos, ni siquiera el Fiscal General puede acceder a los datos sin razones específicas, que se enumeran en la legislación pertinente.

10.A la luz del pequeño número de errores que se han cometido en la vigilancia de conversaciones telefónicas, la Oficina del Fiscal General eximió a los números de teléfono utilizados por los abogados de las escuchas telefónicas. La asociación nacional de abogados está satisfecha con ese resultado. Las escuchas telefónicas son un medio importante de investigación debido al alto nivel de pruebas que se requiere para pronunciar una condena; los testimonios no confirmados y las indicaciones vagas son insuficientes. Las escuchas telefónicas sólo pueden ser ordenadas por medio de un mandamiento del juez de instrucción, y se presta especial atención a la situación de los abogados y otros profesionales vinculados por el secreto profesional. Los servicios de seguridad pueden intervenir los teléfonos solo cuando actúan siguiendo instrucciones de los servicios de inteligencia. Cada caso de intervención de un teléfono es evaluado por el Ministro del Interior y el permiso, si se concede, es para un período limitado.

11.Sobre la cuestión de la medida administrativa relativa a las molestias causadas a una persona, formulada por el Sr. O'Flaherty, la función preventiva de los procedimientos de denuncia para la policía y el Defensor del Pueblo es un factor clave, y es importante que se mantenga dentro de límites. No es una forma adicional de detención administrativa. Los Países Bajos han rechazado el enfoque de las medidas administrativas, como la que ilustra la Bahía de Guantánamo, en la lucha contra el terrorismo. Esa lucha debe situarse en el marco del derecho penal y el procedimiento penal.

12.Se examinan todas las solicitudes de asilo, un gran número de los cuales procede de extranjeros indocumentados. Muchas son aceptadas, con independencia de la situación del solicitante. Obviamente, los extranjeros indocumentados que no solicitan asilo, deben regresar a su lugar de partida en el siguiente vuelo disponible.

13.Es difícil comparar la Ley sobre la terminación de la vida a petición y el suicidio asistido con la legislación de otros países que no sean Bélgica y Luxemburgo. Fundamentalmente su Gobierno rechaza cualquier intento de aplicar la legislación pertinente en los casos en que los ancianos no han recibido un tratamiento suficiente. Todos los casos de eutanasia son examinados por un comité regional compuesto de un miembro de la profesión médica, un especialista en ética y un miembro de la profesión jurídica. Una comisión central presidida por el secretario general del Colegio de Abogados examina de forma independiente la labor de los comités regionales. Si la comisión considera que los motivos son insuficientes o los procedimientos seguidos para la aplicación de la eutanasia no son adecuados, el caso se remite al sistema de la normativa disciplinaria de la profesión médica o al Fiscal General. La supervisión judicial es el último recurso en estos casos. La comisión determinó que en la gran mayoría de los casos se cumplen los requisitos de la ley. En 2008, hubo diez casos que requerían un examen más profundo en el sistema de derecho disciplinario o el ordenamiento de derecho penal.

14.La Ley de investigación médica (seres humanos) prohíbe las pruebas en que participen personas menores de 18 años o a las que se considere incapaces de dar su consentimiento con conocimiento de causa. Dos excepciones a esa regla son las pruebas que puedan redundar en beneficio directo para los sujetos o que no puedan llevarse a cabo sin la participación de personas de la misma categoría que el sujeto, siempre que esa participación conlleve un riesgo escaso, y las molestias sean mínimas.

15.La posición de los Países Bajos sobre la pena de muerte es una cuestión de principio. Una disposición constitucional establece que dicha pena no se aplicará en ningún caso. Su país participa activamente en la promoción de ese enfoque en el plano internacional.

16.Si bien el Gobierno apoya los principios que inspiran la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, este instrumento contiene algunas disposiciones que pueden estar en pugna con la legislación nacional. Los Países Bajos trabajan con otros miembros de la Unión Europea para mejorar su protección de los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares. Aunque hay algunos problemas con la formulación exacta de la Convención, su Gobierno sigue abierto a la discusión sobre cómo proteger mejor a los trabajadores migratorios.

17.El Gobierno comenzará en un futuro próximo el proceso de adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura.

18.Los Ministerios de Justicia y del Interior se proponen presentar al Parlamento un proyecto de ley por la que se establezca una institución nacional de derechos humanos. En el ínterin, se ha pedido a la Comisión de Igualdad de Trato que cree una institución nacional de derechos humanos, ya que es una prioridad para el Gobierno.

19.El Sr. O'FLAHERTY solicita a las Antillas Neerlandesas información adicional por escrito sobre la magnitud del examen externo de los centros de detención y la actividad de la policía. Desea saber si vigilancia por medios audiovisuales en las Antillas Neerlandesas está sujeta a las mismas condiciones que en los Países Bajos.

20.También agradecería una explicación más detallada de la justificación de la posición del Estado parte acerca de la presencia de abogados en las investigaciones policiales. Habida cuenta de que la práctica difiere un poco de la utilizada en muchos otros países, el orador pregunta por qué hay una reticencia pronunciada a permitir la presencia de abogados en todas las investigaciones policiales, y por qué la vigilancia por medios audiovisuales se limita a una categoría tan pequeña de situaciones.

21.La Sra. WEDGWOOD (Relatora para el país) plantea si no ha llegado el momento de reexaminar las prerrogativas de los abogados durante el interrogatorio policial en los Países Bajos, las Antillas Neerlandesas y Aruba. Es sorprendente que el derecho a un asesor jurídico no incluya el derecho del abogado a estar presente en todos los interrogatorios de la policía, y a intervenir y pedir que se interrumpa el interrogatorio, si este toma un cariz que a su juicio que no es el adecuado, así como el derecho del acusado a pedir que se interrumpa el interrogatorio para solicitar un abogado.

22.Sobre la cuestión de las pruebas médicas en que intervienen menores, pregunta si el Gobierno conoce los casos en que se detectó un efecto que superaba lo mínimamente invasivo, con punciones lumbares y la utilización de las máquinas de imágenes por resonancia magnética (RM).

23.El Sr. BOUZID pide a la delegación que confirme si se emitieron órdenes de expulsión en el caso de individuos que se clasificaron como "extranjeros indeseables", pero que no podían regresar a su país de origen en condiciones de seguridad. También pregunta si los castigos corporales todavía existen en Aruba y las Antillas Neerlandesas.

24.Sir Nigel RODLEY pregunta por qué, si se ha reconocido que el procedimiento post hoc para autorizar la eutanasia se aparta del deber de atención, no es posible poner en cambio en funcionamiento el procedimiento previo. En vista de la necesidad de una garantía contra todos los tipos de presión que se pueden ejercer para que una persona ponga fin a su vida, para ofrecer una garantía real contra los abusos es necesario un proceso mejor que la autorización de dos médicos, de los cuales uno incluso puede no tener ninguna relación con el caso.

25.Pide más detalles sobre las estadísticas proporcionadas por la delegación sobre la detención preventiva, en particular, si abarca la detención antes del juicio y antes de la acusación.

26.Solicita que se le aclare cómo funcionará el nuevo procedimiento general de asilo, de ocho días de duración, ya que parece ser más bien un plazo objetivo que un procedimiento. Asimismo, pide detalles de los criterios que puede aplicar el tribunal al examinar las apelaciones de las decisiones en materia de asilo, es decir, si el tribunal puede examinar las cuestiones de fondo, y no sólo las irregularidades de procedimiento.

27.El hecho de que en la causa de Salah Sheekh se adoptó una decisión cuando esa persona ya no estaba en peligro inminente de deportación de los Países Bajos no es pertinente a la cuestión de fondo del caso, a saber, la prueba del riesgo. En ese sentido, pide detalles sobre la distinción entre los grupos de riesgo y grupos vulnerables, que se introdujo a raíz de la sentencia pronunciada en esa causa, y las consecuencias de su aplicación.

28.A la luz de una serie de informes de organizaciones no gubernamentales (ONG), pide al Estado parte que confirme si acepta las pruebas médicas forense como parte del procedimiento para determinar el riesgo de malos tratos después de la deportación.

29.Tomando nota de los numerosos informes de casos en que solicitantes de asilo fueron detenidos, el orador pregunta si las personas que no solicitan la condición de asilado inmediatamente después de la detención siguen detenidas mientras se procesa su solicitud; en su informe The Netherlands: The detention of irregular migrants and asylum ‑seekers (Los Países Bajos: la detención de migrantes irregulares y solicitantes de asilo) de 2008, Amnistía Internacional destacó un caso de este tipo. Pregunta si existen estadísticas sobre el número de personas detenidas antes de que se acepten sus solicitudes de asilo o se les conceda un permiso de residencia en los Países Bajos.

30.La Sra. MOTOC pide más información sobre la forma en que el Estado parte prevé mejorar la definición de la explotación laboral en su nueva legislación sobre el tema.

31.El Sr. HIRSCH BALLIN (Países Bajos) dice, a la luz de una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relativa al artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el Fiscal General de los Países Bajos solicitó a la policía que permitiera a los sospechosos tener acceso a un abogado en cada etapa de sus investigaciones. En su calidad de Ministro de Justicia, redactó una carta dirigida al Parlamento neerlandés sobre la forma de dar efecto a la sentencia del Tribunal Europeo. De conformidad con esa carta, se dará especial atención a la cuestión de los sospechosos menores, que se había planteado en la sentencia del Tribunal Europeo y en un fallo del Tribunal Supremo de los Países Bajos.

32.Expresa su intención de pedir al Ministerio de Salud que estudie la cuestión de los experimentos médicos en menores.

33.Los "extranjeros indeseables" que no pueden volver en condiciones de seguridad a su país de origen no serán deportado. No obstante, es posible que los extranjeros que cometen delitos puedan ser calificados de "indeseables", que es un término puramente jurídico.

34.La sentencia pronunciada en el caso de Salah Sheekh será respetada y constituirá la base para la nueva legislación neerlandesa en materia de asilo. Los cambios introducidos por la legislación incluyen: más tiempo para examinar el procedimiento que se aplicará en cada caso, y la eliminación de la necesidad de presentar solicitudes por duplicado o múltiples, cuando se introducen nuevos elementos de prueba, y la posibilidad de incorporar hechos y acontecimientos nuevos en la primera solicitud de asilo. Su Gobierno considera que su legislación era compatible con los requisitos en virtud de los diversos instrumentos internacionales de derechos humanos.

35.El Sr. PIAR (Antillas Neerlandesas) dice que en mayo de 2009 se llevó a cabo una inspección de la cárcel de las Antillas Neerlandesas y que no hay ningún obstáculo para que ONG inspeccionen las instalaciones carcelarias. El castigo corporal es un delito en su país, y como tal da lugar a enjuiciamiento.

36.El Sr. HIRSCH BALLIN (Países Bajos) dice que en 2007 se introdujo un plan de acción interministerial con el objetivo de prevenir el maltrato de niños y la limitación de sus consecuencias perjudiciales. En diciembre de 2008 también se inició una campaña nacional de dos años para sensibilizar al público sobre su responsabilidad de denunciar el maltrato de niños.

37.En virtud de la nueva Ley de órdenes de alejamiento temporal, los alcaldes podrán imponer el alejamiento por 10 días de los autores de violencia doméstica, con el fin de proteger a los miembros de la familia en situación de riesgo. Desde la introducción de la Ley, en enero de 2009, se han emitido más de 700 órdenes de alejamiento y, en muchos casos, la situación se resolvió durante los 10 días.

38.Una encuesta sobre integración en 2008 demostró que había disminuido el desempleo entre los grupos destinatarios de la política de integración en los Países Bajos. Sin embargo, el Gobierno tendrá en cuenta a los grupos vulnerables, las mujeres y las personas de edad en el momento de formular la política para contrarrestar los efectos de la crisis económica internacional sobre el empleo de las minorías.

39.La discriminación no está tolerada y se han establecido medidas contra la discriminación, tanto preventivas como represivas. Según un estudio realizado por el Migration Policy Group, los Países Bajos es el único país en que la aplicación de la legislación contra la discriminación se cita como ejemplo de mejores prácticas.

40.El Sr. PIAR (Antillas Neerlandesas) dice que, en su país, sólo los menores de 12 años de edad o más pueden ser procesados, juzgados y condenados. La gran mayoría de los sospechosos menores de edad no son condenados en virtud de la legislación aplicable a los adultos, sino que se ponen bajo supervisión gubernamental. También se recurre considerablemente a la suspensión de las penas de prisión y a la supervisión profesional. El nuevo Código Penal ha de revisar completamente el derecho penal aplicable a los menores.

41.La Oficina del Fiscal General trata de mantener al mínimo la detención preventiva de menores, con el objetivo de ponerlos en libertad después de diez días de custodia policial por orden del juez de instrucción. El principal objetivo de la detención es dar al Consejo de Tutela la oportunidad de ocuparse de las necesidades sociales del menor, y se aplicará sólo a los menores sospechosos de los delitos más graves, por ejemplo, homicidio o agresión agravados. Los tribunales, además, deben examinar la posibilidad de suspender la detención preventiva de los menores. Es altamente prioritario crear una institución para delincuentes juveniles que funcione plenamente.

42.Se han denunciado a la Brigada de Policía de menores y buenas costumbres varios casos de maltrato físico de niños; en los casos en que no hay suficientes pruebas del maltrato de menores, se pone a los padres bajo la supervisión de la Unidad de Libertad Vigilada y el Consejo de Tutela. También se ha creado, dentro de la Agencia de Protección de la Infancia, un centro de información y asesoramiento sobre el maltrato de niños.

43.En virtud del derecho de familia, los niños nacidos fuera del matrimonio, pero reconocidos por sus padres, tienen la misma condición que los hijos legítimos. El proyecto de ordenanza nacional sobre las declaraciones judiciales de paternidad introducirá una disposición que permite al tribunal, a petición de la madre, el niño o el Consejo de Tutela, determinar la paternidad, incluso cuando el padre biológico no haya reconocido al niño. El proyecto de ordenanza nacional relativa a la Ley de nombres ha de introducir una disposición que permite a los progenitores elegir para sus hijos el apellido de la madre o del padre.

44.Las Antillas Neerlandesas es el único país en el Reino de los Países Bajos que ha elegido a cinco mujeres ministros. La participación política de las mujeres, tanto en el nivel central como en las islas, ha sido una constante desde que se concedió a la mujer el derecho de voto.

45.El Sr. PIETERSZ (Aruba) dice que, en virtud del derecho penal de Aruba, un joven de 12 a 18 años de edad que ha sido condenado sólo puede ser detenido si no se dispone de otras sanciones adecuadas. Cada caso se examina en una reunión del Consejo de Tutela, la Junta de Rehabilitación y Protección de Menores, la Unidad de Policía de la Juventud y de Delitos Sexuales y la Oficina del Fiscal General, y se decide la detención sólo si es inevitable. Por regla general, los jóvenes delincuentes no están alojados en la misma institución que los jóvenes detenidos por problemas de comportamiento. Se están utilizando cada vez más soluciones sustitutivas de la detención: casi el 80% de los casos de jóvenes delincuentes se abordan ahora con medidas alternativas, tales como servicios a la comunidad.

46.Se ha renovado y ampliado recientemente toda el ala de la cárcel de Aruba reservada a los jóvenes, en que se prevén 36 plazas para menores delincuentes en detención preventiva. Se ofrece a los reclusos jóvenes la oportunidad de completar escolaridad a través de estudios independientes. En la actualidad, la cárcel está trabajando en programas para preparar mejor a los jóvenes reclusos para su reinserción en la sociedad. A tal fin, se han establecido contactos con instituciones para delincuentes juveniles en los Países Bajos, en las que se impartirá formación al personal penitenciario de Aruba. También se han creado programas de formación profesional para ayudar a los menores a reinsertarse en la sociedad; en estos participan los padres o tutores legales, y se proporciona orientación sobre la manera de hacer frente e interactuar con los delincuentes juveniles después de su liberación.

47.El Código Penal de Aruba contiene disposiciones legales generales relativas a la violencia contra hombres y mujeres y, en el marco del nuevo Código, se puede imponer detención preventiva por todas las formas de la violencia doméstica. La policía de Aruba ha puesto en marcha recientemente un nuevo sistema de información de gestión, que mejorará la capacidad de la policía para registrar los datos sobre la violencia en el hogar y permitirá formular una mejor estrategia para combatir la violencia contra la mujer. La policía también ha iniciado una importante colaboración con la Oficina de apoyo a las víctimas, del Ministerio de Asuntos Sociales, que presta apoyo profesional a las víctimas y posibles víctimas las 24 horas del día.

48.La ONG Foundation for Women in Distress (Fundación para mujeres en situaciones difíciles) desempeña un papel importante en la educación del público y la sensibilización de la violencia contra la mujer. El refugio de la Fundación no sólo proporciona alojamiento, seguridad, descanso y protección a las mujeres y sus hijos víctimas de la violencia doméstica y expuestos a serias amenazas, sino que también ofrece a la mujer asistencia profesional y postratamiento.

49.Ha entrado en vigor la Ordenanza nacional (de tipificación) de los delitos sexuales y el acoso, que amplía la protección de los menores contra el abuso sexual en virtud del derecho penal. Se prorroga considerablemente el período para presentar una denuncia de un delito sexual, a fin de que los niños víctimas puedan denunciar o entablar una demanda por los delitos sexuales cometidos contra ellos, incluso cuando ya no son niños. También se tipifican como delitos la posesión y distribución de pornografía infantil, se incluye a los niños varones en la protección contra la violación y la penetración física no deseada, y se amplía la definición del delito de pagar para abusar sexualmente de menores de 16 años o más, o por estar presente durante esos abusos. Por último, moderniza las definiciones de los delitos de fomento del abuso sexual de menores por parte de terceros y la trata de niños, y aumenta considerablemente las penas para esos delitos.

50.En 2005 se creó un centro de registro de abusos de niños y asesoramiento, que funciona como un registro central de los casos de abuso de niños y que, en coordinación con las instituciones y organizaciones existentes, promueve un enfoque más estructurado para abordar el abuso y la explotación de los jóvenes. Junto a la investigación pertinente, el análisis de los datos proporciona una base importante para la formulación de las políticas. El centro y otras ONG también han organizado diversas campañas de información pública sobre las consecuencias negativas del maltrato de niños y la promoción de formas de disciplina positivas y no violentas.

51.El Sr. BHAGWATI, tras felicitar a la delegación de los Países Bajos por su respuesta tan detallada, pide estadísticas sobre el número de menores declarados culpables y condenados en cada uno de los tres años anteriores. En las respuestas por escrito se hace referencia a una ley marco de instituciones de delincuentes juveniles, que rige la imposición de condenas a menores; desea saber el propósito principal de la ley, y de qué manera ha mejorado la situación.

52.En cuanto al párrafo 125 de las respuestas por escrito, el orador desea saber de qué forma se proporcionan atención y supervisión comunitaria a los jóvenes en detención preventiva. Pide más información acerca de las principales disposiciones de la legislación introducida el 1º de febrero de 2008 y de qué manera han de influir en el comportamiento de los jóvenes. En cuanto al párrafo 127, sobre las Antillas Neerlandesas, pregunta cuándo es probable que se introduzca la nueva legislación penal de menores a que se hace referencia, y en qué se diferencia de la legislación vigente. Desea saber si se ha adoptado alguna de las medidas para mejorar el sistema de justicia juvenil consignadas en el párrafo 133 y, en caso afirmativo, si han tenido algún efecto apreciable.

53.Pide más detalles sobre la amplia gama de medidas para luchar contra la discriminación, el odio racial y la intolerancia, mencionadas en el párrafo 196 de las respuestas por escrito. En relación con el párrafo 197, desea saber si se ha formulado alguna acusación o pronunciado una sanción en virtud del artículo 137c del Código Penal; el insulto deliberado de un grupo de personas a causa de su raza o creencias es un asunto particularmente grave, ya que afecta la paz en la comunidad. Refiriéndose al párrafo 199, pregunta de qué manera se prohíbe la discriminación en las Antillas Neerlandesas, puesto que no hay una legislación específica que la defina. Con respecto al plan de acción esbozado en el párrafo 201, desea saber qué medidas se han adoptado para luchar contra la discriminación en la contratación, la selección y la promoción, así como en el lugar de trabajo, y con qué resultados.

54.En relación con el párrafo 203, desea saber qué medidas ha adoptado el Estado parte para mejorar la situación del empleo de las minorías y, en particular, las minorías de inmigrantes no occidentales. Pregunta qué medidas concretas se han emprendido con respecto a los distintos instrumentos e iniciativas mencionados en el párrafo 204. En cuanto al párrafo 205, desea saber qué pruebas prácticas ha emprendido la Oficina de Planificación Social y Cultural y qué medidas se han adoptado para eliminar la diferencia de trato entre los candidatos con un nombre típicamente neerlandés y con un nombre con consonancia extranjera.

55.En cuanto a la respuesta escrita a la pregunta 26 de la lista de cuestiones, desea saber en qué forma el Presupuesto de inversiones para renovación urbana ha contribuido a la renovación de los asentamientos de bajos ingresos.

56.La Sra. MOTOC pregunta qué medidas se han adoptado en respuesta a la violencia en el hogar, cuántas ONG trabajan sobre el tema, y si se han creado refugios, líneas telefónicas de ayuda y centros especiales para las mujeres víctimas de esa violencia. La oradora desea obtener más información sobre el papel de la mujer en la vida política y las medidas que está tomando el Gobierno para aumentar el número de mujeres en el Parlamento y en la vida pública en general. Pide datos más específicos sobre la representación de las mujeres en el sector privado, en particular en puestos de categoría superior.

57.Con referencia a la pregunta 23 de la lista de cuestiones, la oradora desearía recibir más información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para dar cumplimiento a la decisión del Tribunal de Distrito de La Haya, de 7 de septiembre de 2005 (Nº AU2088) en relación con un partido político que excluye a las mujeres de sus filas.

58.La Sra. WEDGWOOD, refiriéndose a la respuesta por escrito a la pregunta 16, dice muchas personas pertenecientes a diversas confesiones religiosas estiman que, como un tributo a Dios y como signo de su fidelidad, deben llevar algo como manifestación pública de sus creencias. El párrafo 159 de las respuestas escritas indica que las escuelas públicas pueden prohibir el uso de tocado y joyas en aras de la seguridad. Si bien puede estar de acuerdo en que una cadena o un collar con una cruz podrían causar lesiones en un curso de gimnasia, piensa que la corbata de un hombre podría engancharse en algo saliente o incendiarse durante una clase práctica con tanta facilidad como un pañuelo de cabeza. Esa exigencia, por lo tanto, no respeta el criterio de igualdad de trato. Acepta que los Países Bajos se ven a sí mismos como una sociedad secular, pero la importancia de ser fiel a la propia religión mientras se recibe una educación pública es un derecho fundamental que está contemplado en virtud de los artículos 26, 18 y 19 del Pacto. La oradora insta al Estado parte a que elabore una definición más precisa de ropa aceptable, que podría excluir el velo en el aula, y al mismo tiempo permitir los pañuelos de cabeza.

59.En cuanto a la pregunta 17, entiende que los Países Bajos han decidido no ampliar, y posiblemente derogar, la disposición relativa a la blasfemia. En relación con la pregunta 18 sobre la lucha contra el antisemitismo, le ha inquietado enterarse de grupos que cantan canciones antisemitas en los partidos de fútbol; si la oradora hubiera sido testigo de algunos de esos incidentes, se habría marchado. Toma nota de los intentos de utilizar las cintas de video para obtener pruebas para la acusación, pero considera que sería más apropiado interrumpir los partidos cuando se producen esos incidentes. Hace referencia a la obra de Elías Canetti, Masse und macht, en que destaca los peligros de la masa: una multitud gritando es bastante más amenazador que lo que pueda decir un individuo en una esquina. Al permitir que se produzcan esos actos, los Países Bajos, que han sido tradicionalmente un lugar de refugio para las minorías religiosas, han sentado un muy mal ejemplo.

60.La oradora pide que se le confirmen las informaciones según las cuales el Estado se habría negado a seguir protegiendo a Ayaan Hirsi Ali, ex miembro del Parlamento neerlandés, nacido en Somalia, sobre la base de que no se le podía garantizar tal protección, y que resultaba demasiado oneroso.

61.En cuanto a la pregunta 19, la oradora considera que el aumento de la edad a 21 años, para que el que ya vive en el país puedan solicitar la reunificación con miembros de su familia y el incremento de los ingresos exigidos, en un 120% del salario mínimo, puede tener mayor impacto en las mujeres y en los miembros de las minorías. Además, el concepto de la discriminación por situación económica se podría impugnar en virtud del artículo 26. Entiende que el Gobierno no desea que los Países Bajos se conviertan en una nación de personas que no pueden mantenerse a sí mismos, pero la distinción entre el ingreso exigido a las familias migrantes y el salario mínimo en vigor parece sorprendente.

62.Por último, en relación con la pregunta 26, las medidas especiales que los municipios están autorizados a adoptar en el marco de la "Ley de Rotterdam", de prohibir el alojamiento de personas que hayan vivido en la región durante menos de seis años y que no tengan un ingreso, no se ajustan a los requisitos del artículo 26; si el objetivo de la ley es evitar el declive de los barrios pobres, seguramente el mismo resultado podría alcanzarse a través de subsidios e incentivos, en lugar de prohibiciones.

63.El Sr. O'FLAHERTY, refiriéndose a la pregunta 20 de la lista de temas sobre el maltrato de menores, felicita a los Países Bajos por las modalidades de creación del plan de acción "Niños a salvo en el hogar". Algunas ONG indicaron que la forma de presentación de las denuncias de maltrato de niños a las autoridades por parte de algunas instituciones y personas que se ocupan del cuidado de los niños en el marco del plan era inadecuada. El orador pregunta cómo los Países Bajos responden a ese problema y qué medidas se están tomando para supervisar los procedimientos de presentación de denuncias.

64.Se ha sugerido que hay graves problemas relacionados con las listas de espera para el acceso a los centros de atención de la juventud y otras instituciones de atención residencial. Sería útil saber si es cierto, y si ese problema pone en peligro la estrategia de protección de la salud del Estado para los niños que son víctimas de maltrato. Pregunta si es cierto que los niños indocumentados que no tienen seguro de salud se ven privados del acceso a la misma gama de instalaciones y servicios que los niños que tienen seguro.

65.Con respecto a la pregunta 21, el orador acoge con satisfacción el cambio en la normativa sobre el apellido de los niños en las Antillas Neerlandesas. Aunque celebra la iniciativa para la declaración judicial de paternidad, le preocupa que contenga elementos discriminatorios que planteen problemas en virtud del Pacto y, en particular, que las normas relativas a la denegación de los derechos de sucesión puedan crear dificultades económicas para las viudas y los niños. Tiene entendido que las limitaciones impuestas están dictadas por las circunstancias particulares relativas a la naturaleza de la sociedad y las estructuras familiares poco habituales en las Antillas Neerlandesas, pero se pregunta cómo se han tenido en cuenta disposiciones del Pacto sobre no discriminación al establecerse esas limitaciones.

66.En relación con la pregunta 27 sobre la difusión de información relativa al Pacto, el orador pregunta qué esfuerzos ha hecho el Estado parte para garantizar que las observaciones finales del Comité se distribuyan a todas las partes interesadas. Dado que la educación en derechos humanos es una parte fundamental de la obligación de promover y proteger los derechos humanos, desea una respuesta de los Países Bajos a las preocupaciones expresadas por las ONG, de que los niveles de enseñanza de los derechos humanos en los Países Bajos son bajos, que no hay suficientes referencias a normas internacionales de derechos humanos en la educación primaria y secundaria, y que el Gobierno considera que la enseñanza obligatoria de los derechos humanos constituiría una violación de la Constitución del país.

67.Por último, le interesaría saber en qué fase está la propuesta de las Antillas Neerlandesas de crear un sitio web sobre derechos humanos, especialmente en el contexto de los cambios constitucionales que se introduzcan en las islas y la necesidad de establecer buenas prácticas de derechos humanos antes de que las islas sean autónomas.

68.El Sr. THELIN, sumándose a los que han elogiado el historial de derechos humanos de los Países Bajos dice que, si bien el Pacto debe ser de aplicación universal, la tendencia a imponer a algunos países normas más estrictas que las requeridas en virtud del Pacto podría ser contraproducente. Aunque la legislación en los Países Bajos ha sido criticada por su imprecisión y el margen que deja para medidas discrecionales, a su juicio el país es un ejemplo de mejores prácticas en cuanto a la calidad del desempeño de sus autoridades policiales y judiciales.

69.Con respecto a la eutanasia, apoya la posición de Sir Nigel Rodley y la adoptada por la Sra. Wedgwood el día anterior; se pronuncia en favor de mejorar el mecanismo de aprobación para que se incluya alguna forma de prueba judicial, además de un acuerdo médico antes de la aprobación.

70.En cuanto a la pregunta 17 de la lista de cuestiones, dice que le interesaría saber si el artículo 147 del Código Penal sobre la blasfemia será derogado. Desea señalar, sin embargo, que el artículo parece similar a las disposiciones en su propio país, que virtualmente nunca se han aplicado en la práctica, por lo cual su derogación no contribuirá realmente a la promoción de la libertad de expresión. La cuestión actual, que se refiere a la libertad de expresión y los aspectos sensibles de las comunidades religiosas y de otro tipo, es un buen ejemplo de la necesidad de equilibrar los derechos humanos, a que hizo referencia el representante de los Países Bajos, el día anterior. Pide que se le confirme que los cambios en la legislación no menoscabarán el derecho a la libertad de expresión y ni aumentarán la autocensura que ya existe en la sociedad neerlandesa.

71.El Sr. AMOR dice que los Países Bajos han contribuido significativamente a la protección y promoción de los derechos humanos, por lo que resulta más desconcertante cuando se plantean cuestiones marginales. Las respuestas dadas por la delegación a la lista de cuestiones demuestran una gran adhesión a los derechos humanos, y a la libertad de expresión en particular. Sin embargo, se pregunta si los Países Bajos han adoptado las medidas más eficaces para contener y, cuando sea posible, erradicar los incidentes relacionados con la discriminación, el odio, la violencia y el extremismo y para castigar a los responsables de esos actos.

72.En cuanto a la libertad de expresión, el artículo 19 no puede interpretarse en forma aislada del artículo 20, que exhorta a los Estados a establecer leyes contra la incitación a la discriminación, el odio racial y la violencia. Estima que la reserva de los Países Bajos en relación con el artículo 20 no puede sustentarse en fundamentos jurídicos; a pesar de que no está contemplado en el artículo 4, el artículo 20 contiene elementos que son fundamentales para el derecho internacional. En su Observación general Nº 29 sobre el artículo 4, el Comité ha afirmado en el párrafo 8 que existen elementos o dimensiones del derecho a la no discriminación que no admiten excepción en circunstancia alguna, y en el párrafo 13 e), que la proclamación de un estado de excepción no podrá invocarse en caso alguno como justificación por un Estado parte para incurrir, en violación del artículo 20, en propaganda que constituya incitación a la discriminación. Por lo tanto, si no hay circunstancias excepcionales en virtud de las que un Estado parte puede ejecutar acciones contrarias al artículo 20, el artículo 20 debe aplicarse a los incidentes de incitación a la violencia y el odio racial en los Países Bajos que se han descrito al Comité el día anterior. Desea saber cómo el empeño evidente que muestra el Gobierno de los Países Bajos en la lucha contra la incitación a la discriminación, la violencia y el odio racial puede conciliarse con su deseo de mantener una reserva en relación con el artículo 20.

73.Pide a la delegación que proporcione más información sobre la importancia de la creciente incidencia de la discriminación y la intolerancia que se describe y sobre los aspectos jurídicos de la cuestión, en particular sobre el alcance de la reserva de los Países Bajos al artículo 20.

74.El Sr. HIRSCH BALLIN (Países Bajos), respondiendo a las preguntas formuladas por el Sr. Amor, dice que es importante lograr un equilibrio entre el respeto de la libertad de opinión y de expresión y la necesidad de luchar contra la discriminación y la incitación al odio. En ese empeño, la legislación penal es una herramienta, pero no la única. En sus políticas, el Gobierno de su país ha hecho gran hincapié en la promoción del respeto mutuo entre personas de diferentes orígenes étnicos y creencias religiosas. En ese contexto, se ha aprobado un plan de acción general para el período 2007 a 2011 sobre el tema de la polarización y la radicalización.

75.Pasando a una pregunta formulada por el Sr. Thelin, dice que nunca se ha procesado a nadie en virtud del artículo 147 del Código Penal. Se ha establecido una serie de criterios para la aplicación del derecho penal en los casos relacionados con esa disposición. Se ha mejorado el sistema de registro de denuncias de discriminación de la policía, en un esfuerzo por obtener datos claros sobre el asunto. Una vez que el sistema esté plenamente en funcionamiento, su Gobierno estará complacido de facilitar al Comité las estadísticas pertinentes.

76.Con referencia a las cuestiones relacionadas con el sistema de justicia juvenil, dice que en los años 2006, 2007 y 2008, el número de personas que ingresaron en instituciones para delincuentes juveniles fue de 2.663, 2.758 y 2.207 respectivamente, lo que ilustra la eficacia de los métodos de prevención, incluso para prevenir que los menores persistan en los patrones de conducta delictiva. En el tratamiento de jóvenes delincuentes, en particular, se buscó un equilibrio entre las medidas preventivas y punitivas.

77.El principal objetivo de la nueva Ley de atención de la juventud es la creación de centros seguros de atención de la juventud. La ley entró en vigor a principios de 2008 y prevé, entre otras cosas, soluciones sustitutivas de la privación de libertad; límites en la duración de la prisión de menores; la imposición de la atención obligatoria; el asesoramiento individual y la terapia multisistémica o familiar.

78.En cuanto a la pregunta de la Sra. Motoc acerca del Partido Político Reformado, dice que el Partido ocupa únicamente 2 de los 150 escaños parlamentarios, lo que demuestra que solo desempeña un papel secundario en el panorama político. Sin embargo, el Tribunal Supremo de los Países Bajos examina la cuestión planteada y se espera una sentencia en 2010. Hace hincapié en que todos los demás partidos políticos en los Países Bajos alientan a las mujeres a asumir funciones de liderazgo en la vida política.

79.En respuesta a la preocupación de la Sra. Wedgwood sobre la prohibición de los pañuelos de cabeza en las escuelas, explica que la presencia de un pequeño número de mujeres que usan burkas en público causó una controversia considerable. La intensidad del debate, un poco desproporcionada, llevó al Gobierno a considerar la necesidad de imponer ciertos límites a la exhibición pública de símbolos religiosos, a saber, el uso en el aula de prendas de vestir que cubren la cara. Sin embargo, se obra con mucho cuidado, para garantizar el debido respeto a la libertad de religión.

80.Los nuevos requisitos de edad y de ingresos para que los ya residentes soliciten la reunificación con la familia apuntan a promover la integración y, al mismo tiempo, tratan de evitar la utilización fraudulenta de las disposiciones pertinentes. Su país tuvo que hacer frente a un gran número de solicitudes de reagrupación familiar, y hubo casos, por ejemplo, en que el ADN de niños que solicitaban la admisión en los Países Bajos por esos motivos no indicó ninguna semejanza con el de los presuntos padres. Las nuevas disposiciones son objeto de examen por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En el plano interno, también se revisará periódicamente la nueva legislación para evaluar su viabilidad y garantizar que no vaya en detrimento de las solicitudes legítimas.

81.El Sr. PIAR (Antillas Neerlandesas) dice que el nuevo derecho penal aplicable a los jóvenes se inspira en la legislación penal y contiene varias nuevas disposiciones, entre ellas, las órdenes no punitivas, la suspensión condicional de las causas, la colocación de los menores en instituciones de atención de la juventud, la abolición de la condena de menores a cadena perpetua y la aplicación a los delincuentes juveniles menores de 18 años de disposiciones principalmente destinadas a los adultos, con sujeción a criterios estrictos establecidos por la ley.

82.Con respecto a la pregunta del Sr. O'Flaherty sobre los avances en el establecimiento de un sitio web sobre derechos humanos para las Antillas Neerlandesas, dice que la Dirección de Relaciones Exteriores está actualmente recopilando la información pertinente con vistas a su publicación en el sitio web del Gobierno antes de finales de 2009. Las disposiciones del proyecto de Ordenanza nacional sobre la declaración judicial de paternidad se formularon teniendo presente la naturaleza de la sociedad y las estructuras de la familia en las Antillas. El proyecto se presentó a los órganos consultivos del país para recabar asesoramiento jurídico.

83.El Sr. HIRSCH BALLIN (Países Bajos), en respuesta a una pregunta sobre las listas de espera para el ingreso en centros de atención de la juventud, dice que el Ministerio de la Juventud y la Familia, en cooperación con las autoridades provinciales, se ha comprometido a poner al día para finales de 2009 la tramitación atrasada de casos de personas que esperan la admisión en instituciones desde hace más de nueve semanas. Se han asignado suficientes recursos para aumentar la capacidad de las oficinas de atención a los jóvenes en un 8,4%.

84.En respuesta a las preguntas formuladas por la Sra. Motoc acerca de la participación de la mujer, dice que su participación en la vida pública y política es una preocupación fundamental para su Gobierno. El Ministerio del Interior ha comenzado ha contratar activamente a mujeres para altos cargos en la policía. También se están realizando esfuerzos para aumentar la representación femenina en el sector privado, que ha puesto en marcha una iniciativa titulada "El talento en primer lugar" con el fin, entre otras cosas, de aumentar el número de mujeres en altos cargos. Actualmente, el 25% de las mujeres que trabajan en los Países Bajos ocupan puestos directivos. Se presentará por escrito información detallada sobre los planes de acción para mejorar el empleo de las mujeres, incluyendo un plan de acción para prevenir la discriminación en la contratación y promoción.

85.Con el fin de mejorar los servicios para mujeres víctimas de violencia doméstica, se ha creado una línea telefónica nacional de ayuda.

86.El orador apoya plenamente las opiniones de la Sra. Wedgwood sobre la necesidad de suspender los partidos de fútbol en caso de que fanáticos entonen cantos antisemitas. En las directrices para los árbitros figuran disposiciones a tal efecto, y la cuestión se ha discutido ampliamente con la Real Asociación de Fútbol de los Países Bajos.

87.En 2011 debía evaluarse el impacto de la Ley sobre áreas urbanas (medidas especiales). Hasta ahora ha sido aplicada sólo en Rotterdam, y una evaluación intermedia ha producido pocos resultados, ya que el corto tiempo transcurrido desde su presentación no es suficiente para llegar a conclusiones de largo alcance.

88.Los menores indocumentados tienen acceso a las mismas prestaciones de salud que los que tienen la debida documentación. No se priva a nadie de la asistencia sanitaria esencial, independientemente de su situación migratoria. Además, los extranjeros con procedimientos de asilo pendientes son considerados residentes legales, aun cuando no tengan documentos de identidad neerlandeses.

89.La educación en derechos humanos es uno de los pilares de la política de derechos humanos de su Gobierno y está presente en todas las esferas de la vida. La enseñanza de los derechos humanos en las escuelas se centra principalmente en la promoción de una ciudadanía e integración activas. Una importante iniciativa reciente es el establecimiento por el Ministerio del Interior, en colaboración con el Ministerio de Justicia, de una "Casa nacional de la democracia y el estado de derecho". Esta institución estará abierta al público y proporcionará a los escolares y otros visitantes información clave sobre los derechos humanos.

90.El Sr. HIRSCH BALLIN (Países Bajos), el Sr. PIAR (Antillas Neerlandesas) y el Sr. PIETERSZ (Aruba) agradecen al Comité por el diálogo muy constructivo, que ayudará a sus gobiernos a alcanzar nuevos progresos en la esfera de los derechos humanos.

91.El Sr. PIAR (Antillas Neerlandesas) expresa su firme apoyo a la cooperación entre los tres países en esa esfera.

Se levanta la sesión a las 12.55 horas.

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