Naciones Unidas

CCPR /C/SR.265 9

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr.General18 de marzo de 2010EspañolOriginal: inglés

Comité de Derechos Humanos

97º período de sesiones

Acta resumida de la 2659 ª S esión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el martes 13 de octubre de 2009,

a las 15.00 horas

Presidente:Sr. Iwasawa

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 40 DEL PACTO (continuación)

Segundo informe periódico de la República de Moldova

________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Dependencia de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.09-4 5350 ( EXT)

Se declara abierta la sesión a las 15.05 h ora s .

Examen de los informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el artículo 40 del Pacto

(tema 6 del programa) (continuación)

Segundo informe periódico de la República de Moldova (CCPR/C/MDA/1; CCPR/C/MDA/Q/2 y Add.1; HRI/CORE/1/Add.114)

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de la República de Moldova toman asiendo a la mesa del Comité.

2.El PRESIDENTE invita a la delegación a responder a las cuestiones 1 a 12 de la lista de cuestiones (CCPR/C/MDA/Q/2).

3.ElSr. ESANU(República de Moldova) dice que la delegación de su país es pequeña debido a problemas presupuestarios y a que el nuevo Gobierno hace pocas semanas asumió sus funciones, lo que supone cambios en la dirección de los órganos que se ocupan de los derechos humanos. El Gobierno ha comenzado a aplicar un programa cuadrienal en el que se concede una elevada prioridad a la promoción y la protección de los derechos humanos. Los departamentos encargados de aplicar el programa han presentado diversas propuestas de enmiendas. Por ejemplo, se limitará la jurisdicción de los tribunales económicos y los casos se presentarán ante los tribunales ordinarios. Se finalizarán los procesos en curso que juzgan los tribunales económicos y probablemente los jueces serán asignados a otros tribunales, dado que, en principio, son inamovibles de sus funciones. No obstante, cualquier persona que en el ejercicio de sus funciones haya violado los derechos humanos no estará autorizada a ejercer las funciones de juez. La cuestión la resolverá principalmente el Consejo Superior de la Magistratura.

4.Asimismo, se procederá a reformar el régimen de aplicación de las decisiones judiciales ya que en el marco del actual sistema muchas de esas decisiones quedan sin aplicarse, en parte por la ineficacia de los funcionarios correspondientes. Se va a proceder a enmendar la legislación a fin de descentralizar las disposiciones para su cumplimiento. La semana pasada el Gobierno presentó el proyecto de ley sobre el principio de la no discriminación al Ministerio de Justicia para su nuevo examen y la coordinación con otros ministerios. Se deberá de tomar una difícil decisión acerca de las disposiciones para prohibir la discriminación en razón de la orientación sexual. El actual proyecto ha provocado una fuerte reacción social con manifestaciones y presentaciones de quejas ante el Ministerio de Justicia procedentes de organizaciones religiosas. El Ministerio no ha variado su posición y está determinado a mantener el proyecto de disposiciones en su forma actual.

5.Con respecto a la tortura, se creó una comisión en el Ministerio del Interior para llevar a cabo investigaciones internas sobre los acontecimientos que tuvieron lugar el 6 y el 7 de abril de 2009 a raíz de las elecciones. El nuevo Ministro reconoció públicamente que algunos funcionarios que habían detenido a manifestantes habían abusado de su autoridad, y que se les aplicarían las medidas disciplinarias correspondientes. Los Fiscales del ministerio público, que también han llevado a cabo una investigación, han de enjuiciar a los autores de delitos tipificados en el Código Penal. Si bien la legislación actual protege el derecho de realizar manifestaciones, se ha previsto promulgar una nueva legislación para cubrir todas las eventualidades. Como resultado de las elecciones del 29 de julio de 2009 tuvieron lugar varias manifestaciones en Chisinau, que produjeron una paralización del tráfico. No obstante, las medidas adoptadas por el Ministerio del Interior fueron eficaces y no hubo ninguna violación de los derechos de los manifestantes, pese a que algunos de ellos recurrieron a la violencia.

6.El Sr. RUSU (República de Moldova) dice que el Ministerio de Justicia está preparando un plan de acción para la protección de los derechos humanos que abarcará el período 2009-2011. Muchas de las medidas previstas están directamente relacionadas con las disposiciones del Pacto. Se espera que en un futuro próximo el Parlamento adopte el plan de acción por decreto.

7.El Sr. ESANU (República de Moldova), en respuesta a la cuestión 1 de la lista de cuestiones, dice que lamentablemente por el momento no existe ninguna información estadística sobre casos en que las disposiciones del Pacto hayan sido invocadas ante los tribunales. El Ministerio de Justicia procura reformar el sistema de contabilidad de las estadísticas y, en el marco del programa delDesafío del Milenio, adoptó un programa de informática que abarca todos los juicios. Dentro de poco se podrán publicar todas las decisiones judiciales de manera que las partes interesadas tengan acceso a la información pertinente. El programa ha sido instalado en todos los tribunales y los departamentos administrativos pero aún no está en funcionamiento.

8.En cuanto a la cuestión 2, dice que la lucha contra la corrupción es uno de los principales desafíos. Es una de las cuestiones que aborda la Estrategia de desarrollo nacional para 2008-2011 adoptada por el parlamento. El Gobierno también redactó un proyecto de ley, de conformidad con el artículo 26 de la ley Nº 90-XVI de 2008 para prevenir y combatir la corrupción, con el objeto de armonizar la legislación existente con las normas internacionales, en particular la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (ratificada en 2007) y el Convenio de derecho penal sobre la corrupción, del Consejo de Europa (ratificado en 2003). El proyecto de ley prevé enmiendas y adiciones al Código de Infracciones Administrativas, al Código de Conducta de los Funcionarios Públicos, al Código Penal, al Código de Procedimiento penal, a la ley sobre el Centro para Combatir los Delitos Económicos y la Corrupción, a la Ley sobre la declaración y el control de los ingresos y las propiedades de los funcionarios del Estado, jueces, fiscales, empleados públicos y personal de gestión de oficinas, a la legislación sobre el sistema de aplicación de la ley y a la Ley sobre la contratación pública.

9.Un nuevo artículo del Código Penal introduce la aplicación de sanciones por el uso de documentos falsos en la contabilidad con el fin de ocultar otras infracciones. En el ámbito de la contratación pública existen nuevas reglamentaciones sobre la aplicación de una lista de operadores económicos objeto de proscripción y sobre las actividades del grupo de trabajo para las adquisiciones. En el futuro, todos los proyectos de ley y reglamentación habrán de someterse al Centro para Combatir los Delitos Económicos y la Corrupción para obtener su opinión autorizada. Con el objeto de asegurarse de que los funcionarios públicos han de ajustarse a normas de conducta estrictas, se promulgaron la Ley Nº 158 sobre el servicio público y el estatuto del funcionario público, la Ley Nº 25 sobre el código de conducta de los funcionarios públicos (2008) y la Ley Nº 16 sobre conflictos de interés (2008). El Gobierno estudia actualmente disposiciones para el establecimiento de comisiones de ética que garanticen la observancia de las leyes y la coherencia de su aplicación. El 18 de diciembre de 2008 se promulgó la Ley Nº 271-XVI sobre la evaluación de los titulares de la función pública y los candidatos a la misma y el 13 de noviembre de 2008 se promulgó la Ley Nº 239-XVI sobre la transparencia del proceso de adopción de decisiones. El objeto de esta última ley es, asimismo, hacer participar a los ciudadanos en la elaboración y adopción de decisiones. Por decisión gubernamental Nº 906 del 28 de julio de 2008, se aprobó una metodología para la evaluación de los riesgos de corrupción en las instituciones públicas.

10.En respuesta a la cuestión 3, dice que el número de unidades que integran el Centro de Derechos Humanos aumentó de 37 a 55, lo que supone un importante aumento de personal en momentos en que el gobierno celebra un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) sobre la reducción del personal del sector público. A modo de comparación, el personal del Ministerio de Justicia asciende a un total de solamente 103 personas.

11.En 2008 se enmendó la legislación sobre los defensores parlamentarios o Defensores del Pueblo, con el objeto de aumentar su número y mejorar su eficacia. Actualmente hay cuatro Defensores del Pueblo, uno de los cuales está dedicado exclusivamente a cuestiones relacionadas con la infancia. El Director del Centro de Derechos Humanos, que también es un Defensor del Pueblo, define los ámbitos de especialización de los demás funcionarios públicos. Los Defensores del Pueblo están facultados para remitir al Tribunal Constitucional las leyes que, en su opinión, sean contrarias a los derechos humanos. El Centro de Derechos Humanos prepara un informe anual que se examina en el Parlamento todos los años en presencia de los Defensores del Pueblo.

12.Con respecto a la cuestión 4, dice que la legislación de Moldova contra el terrorismo fue enmendada en 2008 para que se ajustara a los tratados internacionales. Definecon precisión acto terrorista y organización terrorista. De manera general, no hay derogaciones con respecto a los derechos garantizados por el Pacto. No obstante, en situaciones relacionadas con actividades antiterroristas se toleran ciertas restricciones de los derechos humanos, como la limitación del acceso a la propiedad privada. El alcance de estas restricciones ha sido claramente definido para evitar toda suspensión ilegal de los derechos amparados en la Constitución y los tratados internacionales.

13.Con respecto a la cuestión 5, dice que, en principio, la legislación de Moldova contra la discriminación es sólida y eficaz. El principio de la no discriminación está consagrado en la Constitución y en numerosos textos legislativos, por lo que la Ley recientemente redactada por el Ministerio de Justicia para prevenir y combatir la discriminación tiene poco que añadir a las disposiciones vigentes. La única cuestión pendiente se refiere a las reglas y procedimientos que se han de aplicar para, por ejemplo, determinar cuándo se produce un acto discriminatorio. En el marco de las actuales reglas, el denunciante soporta el cargo de la prueba. Con el proyecto de ley eso ya no sucede, ya que éste exige que una autoridad estatal o un particular pruebe que un acto determinado no es discriminatorio. No obstante, el Centro de Derechos Humanos y, por consiguiente, los Defensores del Pueblo, estarán autorizados en el marco de la nueva ley para examinar las denuncias individuales y tomar decisiones al respecto. La legislación actual ya considera la discriminación por motivos de origen étnico. Los expertos coinciden en que también comprende la discriminación por motivos de orientación sexual, pero el proyecto de ley menciona claramente ese motivo de manera de quede descartada toda nueva discusión.

14.Con respecto a la cuestión 6, los problemas que deben enfrentar las personas que pertenecen a minorías étnicas y nacionales, en su opinión, no se deben a la discriminación sino a las dificultades de proporcionar un acceso universal a todos los servicios públicos. El orador añade que leyó un informe de una ONG que contiene alegatos sumamente convincentes con respecto a los problemas de la comunidad romaní. No obstante, presidió una comisión gubernamental, integrada por representantes de la sociedad civil, que procuró identificar casos de verdadera discriminación y que llegó a la conclusión de que en muchos casos eran otros los factores causantes de los problemas existentes. Por ejemplo, el informe de la ONG menciona el hecho de que un poblado habitado por romaníes carece de caminos adecuados y de acceso a los servicios médicos. Asegura al Comité que el poblado situado próximo a su domicilio, habitado sólo por moldovos, tiene exactamente los mismos problemas. Hace ya muchos años procuró en vano convencer a los padres romaníesque enviasen a sus hijos a la escuela. El orador dice queestá de acuerdo en que se deben tomar medidas para asistir a la comunidad romaní y a otras comunidades, y que se debe confiar en que el actual plan nacional ayude a resolver el problema.

15.En respuesta a la cuestión 7, dice que tanto la Constitución como el Código Penal prohíben la discriminación; este último, incluye una prohibición de la discriminación por motivos de orientación sexual. No obstante, los medios de comunicación centraron su atención en la controversia en torno de la Marcha del Orgullo Gay que se había programado en Chisinau en 2008 pero que no tuvo lugar.

16.Con respecto a la cuestión 8, dice que el Gobierno tiene un Plan nacional para promover la igualdad de género en la sociedad para 2006-2009 y una política nacional sobre esa cuestión para 2009-2015. Por otra parte, uno de los objetivos de la estrategia de desarrollo nacional es garantizar la igualdad de género. En 2007 se organizó una audiencia parlamentaria sobre el capítulo relativo a la igualdad de género del Plan nacional de acción sobre los derechos humanos. Si bien algunas estadísticas parecen indicar que el número de mujeres que participan en la vida pública en 2009 es inferior al de 2008, con sólo una mujer ministro en el actual Gobierno frente a cinco el año anterior, en realidad las mujeres están bien representadas en la función pública. Si bien los salarios de las mujeres son inferiores a los de los hombres en promedio, los trabajos iguales reciben igual remuneración. En muchos casos las mujeres ganan menos que los hombres ya que trabajan a tiempo parcial y lo hacen en sectores menos remunerados. El reciente aumento de salario en el magisterio va a reequilibrar parcialmente esta situación ya que la mayoría de los maestros son mujeres.

17.Con respecto a la cuestión de la edad legal para contraer matrimonio (cuestión 9), la edad mínima para hombres y mujeres es ahora la misma. El matrimonio prematuro nunca fue considerado un problema para las mujeres moldovas.

18.En respuesta a la cuestión 10, dice que en 2008 se redactaron directrices sobre el aborto sin riesgo y sobre los cuidados posteriores al aborto, que se probaron en dos centros piloto. Esas directrices se han de introducir en todos los centros de capacitación médica. En Chisinau tuvo lugar un seminario para médicos sobre las etapas finales del embarazo y Moldova participó en un seminario regional sobre el aborto practicado en condiciones de riesgo. Se han elaborado indicadores para controlar los servicios que siguen las últimas etapas del embarazo y evaluar su calidad.

19.La planificación de la familia forma parte de la atención primaria de salud, con tres centros de salud para mujeres y 40 oficinas de salud reproductiva que funcionan en establecimientos médicos de alcance nacional. En 2008, se crearon en Transnistria ocho oficinas de salud reproductiva dotadas de un equipamiento completo con apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas. Asimismo, el Fondo donó una importante cantidad de contraceptivos modernos, que se distribuyeron gratuitamente en las oficinas de salud reproductiva. Aproximadamente 250 especialistas asistieron a seis cursos de capacitación en salud reproductiva y medios de contracepción modernos para fortalecer las competencias de los médicos de cabecera y las enfermeras. También se publicaron directrices para los prestadores de servicios en materia de planificación de la familia y salud reproductiva. En 2009 se iniciaron esfuerzos para ajustar el marco reglamentario y jurídico a las normas de la OMS a fin de mejorar el acceso a los servicios de salud reproductiva.

20.Con respecto a la cuestión 11, el orador dice que se formularon planes para transferir la responsabilidad de las instituciones de detención preventiva del Ministerio del Interior al Ministerio de Justicia. Habida cuenta de las malas condiciones de los actuales centros de detención provisional, se ha previsto construir ocho nuevas instalaciones. No obstante, debido a que la escasez de recursos gubernamentales se ha visto agravada por la crisis financiera actual, las obras de construcción aún no han comenzado. Actualmente, el Gobierno solicita la ayuda de la comunidad internacional en sus esfuerzos por garantizar los préstamos que no se han podido reembolsar debido a las restricciones del FMI. Se realizan esfuerzos para mejorar las condiciones de las instalaciones de detención preventiva del Ministerio del Interior que aún son reparables. No obstante, la superpoblación de esas instalaciones es un problema importante.

21.El Sr. RUSU (República de Moldova) dice que la oficina de los Fiscales del ministerio público adoptó mecanismos para identificar casos de tortura y promulgó un decreto en virtud del cual se deberán registrar todas las acusaciones de tortura y se llevarán a cabo investigaciones especiales. El decreto prevé asimismo el nombramiento de personal especializado encargado de la acusación para investigar esos casos. Todos los casos en que se han iniciado actuaciones penales son supervisados por la oficina de los Fiscales del ministerio público. Se dictan cursos de capacitación dos veces al año destinados a los fiscales y jueces designados para actualizar sus conocimientos y calificaciones.

22.Se asignó a todas las comisarías personal médico para garantizar que todas las personas detenidas sean objeto de un examen médico. Se realizan inspecciones diarias de las celdas de detención, que brindan una oportunidad a los detenidos de formular quejas relativas a torturas o abuso de la autoridad al personal encargado de la acusación. En 2007, se iniciaron 137 actuaciones penales contra agentes policiales por tortura o abuso de autoridad, y 63 de esos agentes fueron condenados. En 2008, se interpusieron 224 casos similares con 63 condenas. En la primera mitad de 2009, se interpusieron 64 casos y se pronunciaron 16 condenas.

23.En respuesta a la cuestión 12, el orador dice que su Gobierno ratificó el Convenio de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos y el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos. En 2001 se estableció la responsabilidad penal por trata de personas y en 2007 se incluyó en el Código Penal una nueva responsabilidad penal por la organización ilegal de la migración. En 2005, en virtud de una nueva legislación destinada a impedir y combatir la trata de personas, se estableció la competencia de las autoridades locales en ese ámbito. Un comité nacional coordina la totalidad de los esfuerzos para combatir la trata de seres humanos en colaboración con órganos locales. La legislación nacional contiene disposiciones particulares para combatir la trata de niños. Existen también otras disposiciones legislativas para brindar asistencia a las víctimas de la trata en centros de protección y rehabilitación, administrados a menudo con diferentes ONG.

24.SirNigel RODLEY pregunta si el hecho de que no haya ejemplos de casos en los cuales el Pacto ha sido invocado en los tribunales significa que los abogados no conocen bien el Pacto.

25.Desea saber en qué medida se han aplicado hasta el momento las leyes relativas al terrorismo. En la respuesta escrita del Estado Parte a la cuestión 4 de la lista de cuestiones figuran definiciones tanto de terrorismo como de actos terroristas. Solicita que se aclare qué tipo de acto relacionado con el terrorismo no constituye un acto terrorista. No está claro cómo se puede definir el terrorismo en relación con una ideología y si se deben probar tanto la ideología como la práctica, o si es suficiente probar una de ellas. Por otra parte, en la medida en que el terrorismo se manifiesta “a través de la violencia”, de acuerdo con la definición del Estado Parte, no entiende la necesidad de las palabras “y/u otras acciones violentas ilegales” en esa definición.

26.Volviendo a las respuestas a la cuestión 11, solicita aclaración acerca de las estadísticas proporcionadas sobre el número de casos y personas condenadas por tortura. Si el número de personas condenadas realmente disminuyó de 63 en 2007 a 36 en 2008, sería útil conocer las razones de esa disminución. Asimismo, todas las cifras correspondientes a 2009 resultan sorprendentemente bajas, sobre todo por el hecho de que sin duda incluyen los datos recolectados después de los acontecimientos de abril de 2009. Pregunta si ha habido una disminución importante del número de denuncias, incluidas las denuncias creíbles o graves. De ser así, sería interesante conocer los motivos de esa disminución. Observa que el número de penas de prisión es sumamente bajo y pregunta cuál ha sido la duración de esas condenas y por qué su número no ha sido mayor. Dado que el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes encontró en su visita de 2008 que los malos tratos eran algo generalizado, sería interesante saber cómo y por qué esa situación ha cambiado. Solicita que se confirmen los informes según los cuales los individuos detenidos por la policía son sometidos a un examen médico solamente si lo solicitan, que ese examen es en algunos casos somero y que no hay informes escritos de esos exámenes.

27.Si bien acoge con satisfacción la introducción de visitas de la fiscalía, que supone se llevan a cabo de manera aleatoria y sin una notificación previa, el Sr. Rodley solicita más información acerca de cómo funciona el sistema en la práctica, en particular, con respecto a la frecuencia de las visitas. Pregunta sobre la aplicación de la prescripción en casos de delitos de tortura y cuáles son su duración y función. Haciendo hincapié en la aparente ausencia de un sistema de denuncias independiente de la policía, pregunta qué recursos se asignarán al mecanismo nacional de prevención recientemente establecido. Solicita además que se aclare quién será responsable de autorizar la publicación de los informes de las visitas llevadas a cabo en el marco de ese mecanismo.

28.Con respecto a los acontecimientos del 6 y 7 de abril de 2009, el orador opina que las investigaciones realizadas por el Ministerio del Interior no pueden inspirar la confianza internacional ni la del público ya que en la mayor parte de esos acontecimientos estaría implicado su propio personal. Solicita más detalles sobre las investigaciones en curso, en particular con respecto a la identificación del número de las posibles víctimas de ejecuciones ilegales por las autoridades y sobre las medidas que se toman para llevar a los actores ante la justicia.

29.La Sra. KELLER hace hincapié en que el Comité no sólo está interesado en conocer la legislación que existe en el Estado Parte sino también en cómo ésta se aplica, y solicita información adicional a ese respecto. Refiriéndose al caso de Gheorghe Straisteanu, del cual Amnistía Internacional informó al Comité, pregunta qué medidas se han tomado para investigar la utilización indebida de las leyes anticorrupción al acusar a la víctima y sobre la conducta corrupta de los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley. Expresa su satisfacción por el aumento del número de miembros del personal del Centro de Derechos Humanos y pregunta cuál es la frecuencia de las visitas que los defensores parlamentarios realizan a las instalaciones en las que se encuentran los detenidos. ¿Esas visitas se llevan a cabo de manera programada o sin anuncio previo? ¿Pueden los detenidos hablar sin temor con los defensores parlamentarios acerca del trato que reciben durante su detención, especialmente si desean formular quejas? Asimismo, solicita más información para saber si los defensores parlamentarios y el personal del Centro de Derechos Humanos pueden presentar pruebas a los fiscales y recomendar que se interpongan demandas.

30.La oradora regunta qué medidas toma el Estado Parte para aumentar los recursos financieros asignados al Centro de Derechos Humanos y hacer que el proceso de financiación sea independiente del Poder Ejecutivo. Con respecto al procedimiento utilizado para investigar las denuncias de violaciones a los derechos humanos presentadas oralmente o por escrito al Centro, solicita ejemplos de casos concretos. Pide que se aclaren algunos de los datos estadísticos que figuran en la respuesta escrita del Estado Parte a la cuestión 3 de la lista de cuestiones. ¿Las diferentes resoluciones hacen referencia a una mejor situación? ¿Por qué hay tan pocas denuncias investigadas oficialmente? ¿Qué medidas se han adoptado para sensibilizar más al público en general y a los detenidos acerca de la existencia y las funciones de los órganos de derechos humanos?

31.Con respecto a la igualdad de derechos de hombres y mujeres, pregunta cuáles son los niveles de representación de las mujeres en la judicatura y la docencia, y cuál es el mandato del Departamento de Igualdad de Oportunidades y Prevención de la Violencia, del Ministerio de Protección Social, Familia e Infancia. Con respecto a la salud reproductiva, desea saber si se ha previsto continuar dictando cursos gratuitos a especialistas y qué medidas está adoptando el Estado Parte para mejorar la situación en materia de contracepción y asesoramiento sobre planificación de la familia, en particular mediante el aumento del número de jóvenes que recurren a las clínicas sanitarias del país y mediante orientación a las mujeres con embarazos no deseados. Refiriéndose al caso de una joven encarcelada por haber abortado en una etapa tardía de su embarazo, pregunta qué se ha hecho para garantizar que: a) las condiciones de detención de las mujeres cumplan con lo dispuesto en los artículos 3 y 10 del Pacto, incluidas la atención de la salud y la atención posterior al aborto y b) la aplicación de la ley y el comportamiento del personal médico tengan en cuenta los problemas de género y respeten los derechos de los pacientes, incluido el derecho a la confidencialidad. Por último, pregunta qué capacitación recibe la judicatura, en cuanto a las actitudes tradicionales, históricas, culturales o religiosas que pueden provocar la discriminación por motivos de género, para estar en condiciones de hacer cumplir los derechos consagrados en el artículo 14 del Pacto.

32.El Sr. SALVIOLI acoge con satisfacción las medidas positivas adoptadas por el Estado Parte en el ámbito de la discriminación, en particular con respecto al marco constitucional y legislativo y a la creación de un mecanismo de denuncias. No obstante, expresa su preocupación por el hecho de que, a pesar del tiempo transcurrido, el Estado Parte no haya incorporado en su legislación nacional todas las disposiciones de los diversos instrumentos internacionales por él ratificados. En particular, observa que no existe ningún elemento para promover la igualdad, que debería incluirse asimismo en todos los niveles de la enseñanza oficial. Considera que la legislación contra la discriminación no se está aplicando efectivamente y pregunta cuáles son las medidas específicas que se están tomando para brindar capacitación en este ámbito a los funcionarios encargados de aplicar la ley. Expresa una preocupación particular por la discriminación,tanto en lo jurídico como en la práctica, de que son objeto los niños que tienen VIH/SIDA, y pregunta qué medidas se han previsto o están en marcha para mejorar la situación. Pregunta si el Estado Parte tiene la intención de introducir las cuestiones relativas a la salud sexual y reproductiva en los programas docentes. Acoge con satisfacción el hecho de que, pese a la oposición de algunos grupos religiosos, el Gobierno mantenga una posición positiva con respecto a la no discriminación por razones de orientación sexual, y pregunta si se brinda capacitación, en particular a la policía, sobre cómo aplicar la legislación con prudencia y habilidad ante problemas de orientación sexual o de género.

33.El Sr. RIVAS POSADA, acoge con satisfacción las diferentes medidas positivas adoptadas para combatir la trata de personas. No obstante, hace hincapié en que se deben realizar progresos no sólo en lo jurídico sino también en la práctica. Solicita aclaraciones acerca de la situación de las investigaciones que se llevan a cabo con respecto al tráfico y a las redes que se describen en los párrafos 279 y 280 del informe periódico del Estado Parte. Es esencial que los casos de trata se investiguen a fondo, que se procese y castigue a los autores y que se indemnice adecuadamente a las víctimas. Solicita información adicional sobre la naturaleza del problema de la trata en la República de Moldova, de manera general, y en la región de Transnistrian, en particular.

34.La Sra. WEDGWOODexpresa su preocupación por la violencia con que actuaron la policía y otros órganos encargados de la aplicación de la ley en el Estado Parte. El optimismo expresado por las autoridades en cuanto al mejoramiento de la situación debe haberse derrumbado a raíz de los acontecimientos del 6 y 7 de abril de 2009. Dice que erradicar actitudes que se mantienen desde hace largo tiempo en esas instituciones no ha de ser fácil, pero es fundamental para el bienestar social y económico de la nación, y alienta al gobierno a inspirarse en la experiencia de otros países. Debe crearse una cultura de investigación de las denuncias que sea rápida y rigurosa de manera de lograr que los ciudadanos del Estado Parte y la comunidad internacional confíen en el Estado y su sistema jurídico. A pesar del trabajo que ello implica, el proceso de informar a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos debe considerarse no como una molestia sino como una oportunidad para sensibilizar a los organismos encargados de hacer cumplir la ley, y a la comunidad en general, acerca de la importancia de las cuestiones de los derechos humanos.

35.El Sr. THELIN,tras reconocerlos problemas que el Estado Parte debe enfrentar en su transición de un sistema de gobierno a otro, solicita que se aclare cuáles son los poderes de la oficina del Defensor del Pueblo en relación con la cuestión 3 de la lista de cuestiones. Pregunta qué medidas tomaría dicha oficina si encontrase pruebas sobre la existencia de procesos o decisiones judiciales deficientes. Considera que el Defensor del Pueblo no puede invalidar ni interferir con la judicatura en esos casos, ya que ello debilitaría el estado de derecho.

36.La Sra. MAJODINA felicita al Gobierno de la República de Moldova por los progresos realizados en la aplicación de su plan de igualdad de género y toma nota de las estadísticas sobre participación política presentadas en las respuestas escritas. No obstante, observa que esas estadísticas fueron preparadas en abril de 2008 y señala que perfectamente pueden haberse producido cambios desde las elecciones de setiembre de 2009. Pregunta cuáles son los niveles actuales de representación de las mujeres en el parlamento y si el objetivo de una representación femenina del 30 por ciento tiene posibilidades de ser alcanzado antes de 2015.

37.En relación con la cuestión 10 de la lista de cuestiones, toma nota de los progresos realizados en cuanto a reformar los servicios de una salud reproductiva segura y mejorar el acceso a éstos, así como de los esfuerzos del Estado Parte por cumplir con las normas de la OMS. No obstante, a la luz del caso (mencionado por la Sra. Keller) de una mujer que estuvo veinte años presa por haber abortado una vez, considera que en la práctica las actitudes negativas hacia las mujeres que han abortado sigue estando generalizada entre los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley y el personal médico. Pregunta qué nuevas medidas se pueden adoptar para lograr acceder de manerasegura a esos servicios.

38.El Sr. ESANU(República de Moldova), refiriéndose a la cuestión 1 de la lista de cuestiones, confirma que a su delegación le fue realmente imposible encontrar ejemplos de enjuiciamientos en que se haga referencia al Pacto. No obstante, hay ejemplos de casos en que se ha hecho referencia al Convenio Europeo de Derechos Humanos.

39.Respondiendo a la cuestión 4, señala que en su país las causas penales sólo pueden iniciarse en aplicación del Código Penal, y no de ninguna otra ley. La finalidad de, por ejemplo, la Ley de Lucha contra el Terrorismo es fijar metas para los ministerios y otras autoridades y no reemplazar o duplicar la función del Código Penal.

40.En respuesta a la cuestión 11, dice que los exámenes médicos son obligatorios para todas las personas detenidas. Expresa su preocupación por la calidad del personal médico disponible en las comisarías, ya que más que médicos son enfermeras. El personal médico está obligado a informar de todo signo de daño al ministerio público. Esa información se trasmite cotidianamente a la oficina del Defensor del Pueblo, al Ministerio de Justicia y al Ministerio del Interior. El Ministerio de Justicia está preparando un proyecto de ley en virtud de la cual se van a prever exámenes obligatorios realizados por médicos forenses a las personas detenidas que lo soliciten. Los detenidos tienen el derecho de ser examinados por un médico privado de su elección, pero a menudo no pueden pagar dicho examen.

41.A título aclaratorio, el Sr. Esanu dice que el instrumento de su país a nivel nacional para prevenir la tortura es la oficina del Defensor del Pueblo. El Comité Asesor, en el marco del Centro de Derechos Humanos, es un órgano consultivo creado para asistir a los Defensores del Pueblo. Ciertas personas habilitadas, ya sea por la oficina del Defensor del Pueblo o por el Comité Asesor, están autorizadas a visitar en cualquier momento toda instalación donde haya personas detenidas o se sospeche de ello. Se realizan visitas no anunciadas a los lugares de detención. En el pasado, hubo razones legalmente válidas para impedir las visitas no anunciadas, pero en virtud de la Ley actual ya no existe ninguna reglamentación que pueda impedir el acceso de los Defensores del Pueblo. Los detenidos tienen derecho a hablar en privado con un Defensor del Pueblo o un miembro del Comité Asesor que los visiten.

42.El Ministerio del Interior creó una comisión para investigar todos los acontecimiento del 6 y 7 de abril de 2009, incluidos los hechos que dieron lugar a preocupaciones sólo de carácter disciplinarias, y no de naturaleza penal. Reconoce que una futura investigación realizada por un órgano exterior sería más creíble que una investigación interna.

43.Cada vez que haya pruebas de una violación de los derechos garantizados por la Constitución, los Defensores del Pueblo tienen derecho a presentar una solicitud de información al órgano competente, que está obligado a examinarla, a adoptar medidas para poner fin a la violación de que se trate y a responder por escrito al Defensor del Pueblo. Los Defensores del Pueblo también tienen derecho a solicitar al ministerio público que inicie una investigación, la cual a su vez puede conducir a procesos penales.

44.Conforme a la Constitución, todos los gastos del Estado deben ser aprobados por el Gobierno. De este modo, es inconstitucional que el presupuesto de la judicatura escape al control gubernamental, lo que pone en peligro la conformidad con el Pacto. Se llevan a cabo esfuerzos para encontrar soluciones a este problema mediante la fijación del nivel del presupuesto de la judicatura en la legislación. No obstante, actualmente no hay ningún signo de reducción de la proporción del presupuesto estatal asignado a la judicatura.

45.Recuerda que se formuló una solicitud al Tribunal Constitucional relativa a una disposición en virtud de la cual los pedidos de casación los debía presentar un abogado. Un Defensor del Pueblo consideró que esa disposición era inconstitucional y, como resultado de su petición al Tribunal Constitucional, así fue declarada.

46.El Sr. RUSU (República de Moldova), refiriéndose a las cuestiones acerca de la disparidad entre el número de denuncias de tortura y el número de condenas, señala que la responsabilidad penal por tortura recién se estableció específicamente en 2005. Antes de esa fecha, esos casos se trataban como abuso de autoridad. A partir de 2007, como puede verse en los cuadros de las respuestas escritas, efectivamente hubo condenas por tortura y malos tratos como resultado de denuncias.

47.Los fiscales locales son responsables de verificar la legalidad de las detenciones de manera cotidiana y de reunir informes semanales sobre esas verificaciones para presentarlos a sus superiores inmediatos. Las visitas a los lugares de detención individuales tienen lugar habitualmente una vez por semana. Durante esas visitas, el fiscal local se entrevista con detenidos que pueden informarle sobre cualquier supuesto caso de tortura o malos tratos.

48.Con respecto a la cuestión 12 de la lista de cuestiones, el Sr. Rusu hace hincapié en que la región de Transnistria, donde el problema de la trata de seres humanos es más grave, escapa al control de las autoridades de la República de Moldova, por lo que a éstas les resultafísicamente imposible llevar a cabo verificaciones o tomar medidas en ese lugar. La situación en esa región sólo se puede resolver a nivel político.

Se levanta la sesión a las 17.55 horas.

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