Distr.GENERAL

CCPR/C/SR. 26449 de septiembre de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

96º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 2644ª SESIÓN

celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra,el jueves 23 de julio de 2009, a las 15.00 horas

Presidente: Sr. IWASAWA

SUMARIO

Quinta reunión oficiosa con los Estados partes en el Pacto

____________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Dependencia de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.09-43764 (S) 140809 090909

Se declara abierta la sesión a las 15.10 horas.

QUINTA REUNIÓN OFICIOSA CON LOS ESTADOS PARTES EN EL PACTO

1.El PRESIDENTE, tras declarar abierta la quinta reunión con los Estados partes, dice que el Comité examina 12 ó 13 informes al año. Trata de aprobar una lista de cuestiones dos períodos de sesiones antes del examen de cada informe del Estado parte, a fin de que los Estados partes tengan tiempo suficiente para preparar sus respuestas escritas. El Comité mejora constantemente sus métodos de trabajo, en particular para el examen de los informes de los Estados partes y, de ese modo, se esfuerza por ampliar su diálogo con esos Estados. El Comité es el más activo de los órganos creados en virtud de tratados que se ocupan de comunicaciones individuales, y examina cerca de 100 nuevas comunicaciones registradas cada año. Un número considerable de Estados partes en el Pacto (112) han ratificado el Primer Protocolo Facultativo. Alienta a los Estados partes en el Pacto que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen el Protocolo.

2.El Comité ha aprobado dos nuevas observaciones generales desde 2006. En julio de 2007, aprobó la Observación general Nº 32 sobre el artículo 14 en relación a un juicio imparcial y, en octubre de 2008, aprobó la Observación general Nº 33 relativa a las nuevas obligaciones de los Estados partes en virtud del Protocolo Facultativo. En marzo de 2009, el Comité nombró al Sr. O'Flaherty como Relator para la futura Observación general Nº 34 sobre el artículo 19, que trata de la libertad de opinión y de expresión. El Comité llevará a cabo la primera lectura del proyecto de observación general Nº 34 en su siguiente período de sesiones, en octubre de 2009. El Comité también está revisando sus directrices sobre presentación de informes y, en marzo de 2009, nombró a la Sra. Keller como Relatora para la revisión de esas directrices. La Sra. Keller presentará su primer proyecto de directrices revisadas al Comité en su siguiente período de sesiones.

3.El Sr. JAZAÏ RY (Argelia) propone que se incluya el examen de la resolución 9/8 del Consejo de Derechos Humanos sobre la aplicación efectiva de los instrumentos internacionales de derechos humanos, como parte del tema "Relación con el Consejo de Derechos Humanos". Pide que se aclare por qué se ha programado que en la reunión se debata sobre el mecanismo de examen periódico universal (EPU). El nexo entre el Comité y el examen periódico universal se limita simplemente a que algunas de las observaciones finales del Comité se han incluido en las recopilaciones hechas a los fines del EPU. Por lo tanto, sería inapropiado debatir sobre el examen periódico universal, que no entra dentro del mandato del Comité.

4.El PRESIDENTE dice que la relación del Comité con el mecanismo de examen periódico universal y la labor del Consejo es de gran interés y el Comité desea recabar la opinión de los Estados partes sobre la cuestión. Sugiere, con el apoyo del Sr. Anaedu (Nigeria), que las cuestiones relativas a la aprobación de la resolución 9/8 del Consejo se examinen como parte de "Otros asuntos".

5.El Sr. AMOR, hablando de la obligación de presentar informes, dice que 164 Estados han ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. De conformidad con el artículo 40, los informes iniciales deben presentarse dentro del año de la entrada en vigor del Pacto, y los informes periódicos, de tres a cinco años después. Las directrices del Comité para la presentación de informes se están actualizados a la luz de las dificultades comunicadas por los Estados en ese proceso, y para garantizar que los Estados incluyan en sus informes información sobre la legislación y la utilización de dicha legislación.

6.Como regla general, los Estados partes cumplen sus obligaciones de presentar informes. Sin embargo, actualmente hay 90 informes atrasados: 26 informes con más de 10 años de atraso, 26 con 5 a 10 años de atraso; 38 con menos de 5 años de atraso, entre ellos 24 con 1 a 5 años de atraso. Treinta y tres Estados partes no han presentado informes iniciales. El informe inicial más atrasado tiene 21 años de demora, y el informe periódico más atrasado, 24 años de retraso. Con independencia de las circunstancias, esas demoras constituyen una violación de las disposiciones del Pacto. Se debe examinar la situación y promover un diálogo más sostenido y constructivo entre el Comité y los Estado partes.

7.El reglamento del Comité prevé la posibilidad, en determinadas circunstancias, de examinar la situación de derechos humanos en un Estado parte de que no haya presentado un informe. El objetivo de este procedimiento es restablecer el diálogo y la cooperación en el marco del Pacto. Desde que se introdujo el sistema en 2002, se examinó el caso de 11 Estados sin un informe, y los resultados son alentadores: 4 de esos Estados han presentado informes, 4 Estados han enviado delegaciones para el examen de la situación en sus países y solo 3 Estados no habían sido capaces de presentar un informe o enviar una delegación.

8.Cuando se debe examinar una situación sin disponerse de un informe, se envía al Estado en cuestión la información pertinente y las cuestiones planteadas, y el Comité formula observaciones finales provisionales. Si el Estado parte no reacciona a las observaciones finales, a continuación se las publica. En ese sentido, el Comité se ha visto obligado a señalar en las observaciones finales que dos Estados no cumplen con sus compromisos en virtud del artículo 40 del Pacto.

9.Las observaciones finales del Comité se incluyen en la compilación preparada por la secretaría a los fines del examen periódico universal; sería útil que el Comité pudiera examinar la compilación, para poder así indicar sus principales preocupaciones y prioridades. El Consejo de Derechos Humanos podría contribuir a que los Estados tomen conciencia de las demoras en las comunicaciones y, tal vez, establecer una estrategia general para ayudar a los Estados en el cumplimiento de sus obligaciones de presentación de informes.

10.Sir Nigel RODLEY dice que se ha designado a un miembro del Comité como Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales, por un período determinado. El mandato del Relator Especial es continuar el diálogo con los Estados partes sobre las cuestiones planteadas en las observaciones finales respecto de las cuales el Comité desearía recibir más información. El Comité pide más información sobre las cuestiones especialmente graves y las que exigen una rápida respuesta del Estado parte. Como las respuestas no siempre se reciben inmediatamente, el Comité introdujo un sistema de envío a los Estados partes de recordatorios de sus solicitudes de información. Toda la correspondencia pertinente dirigida a los Estados partes y recibida de ellos se publica en el sitio web del Comité.

11.Previamente, el Comité examinará la información recibida y considerará que es "completa", si están abarcadas todas las cuestiones, o "incompleta". El Comité opinó que ese proceso era artificial y decidió comenzar a utilizar una serie de criterios para clasificar la información recibida como: "altamente satisfactoria", "cooperativa pero incompleta", "recomendaciones no aplicadas", "acuse de recibo ", cuando no se facilita información sustantiva, y "sin respuesta". Los Estados partes pueden reunirse con el Relator en cualquier fase de seguimiento, y el orador se reunió con representantes de un número de Estados partes en ese contexto.

12.El Comité ha establecido recientemente que el procedimiento de seguimiento terminará cuando el Estado parte deba presentar su siguiente informe periódico, ya que se espera que en el informe periódico presentará toda información sobre las cuestiones pendientes.

13.La Sra. WEDGWOOD, hablando en su calidad de Relatora Especial para el seguimiento de los dictámenes del Comité en el marco del Primer Protocolo Facultativo, dice que si un Estado ha firmado el Primer Protocolo Facultativo, cualquier persona que estime que es víctima de la violación de un derecho en virtud del Pacto, cometida por el Estado parte, puede dirigir una comunicación a la secretaría. Se constituirá un expediente del caso, y se solicitarán las opiniones del Estado parte. Las comunicaciones se someten al Comité tras su examen por un grupo de trabajo anterior al período de sesiones. Luego se las examina y se adopta una decisión sobre la admisibilidad y el fondo de la cuestión, por lo general al mismo tiempo. Si el Comité considera que se ha producido una violación, tratará de proponer un correctivo. El procedimiento de denuncia es muy útil, ya que permite al Comité examinar la aplicación del Pacto sobre el terreno y señalar a la atención de los Estados la violación de derechos humanos específicos. Aunque hay algunas deficiencias, tales como la ausencia de testimonios en directo y el hecho de que el Comité no es un tribunal, los miembros estiman que los Estados partes tienen el deber de considerar los dictámenes del Comité de buena fe. Expresa su preocupación de que muchos Estados partes no den seguimiento a los dictámenes y anuncia su intención de seguir velando por ese seguimiento, mediante reuniones con los representantes de los Estados partes interesados.

14.Hay tres razones principales por las que no se da efecto a los dictámenes del Comité. En primer lugar, los Estados federales a menudo tropiezan con dificultades para comunicar a las entidades constitutivas las decisiones adoptadas a la luz de los dictámenes pertinentes. En segundo lugar, los Estados pueden tener dificultades para señalar los dictámenes a la atención de la persona en cuestión, por ejemplo, un guardián de la cárcel en un caso de malos tratos. Por último, los Estados a veces están en desacuerdo con la interpretación del Pacto que hace el Comité. En relación a este último punto, considera que los Estados partes, incluso si no están de acuerdo con cada aspecto de la interpretación del Comité, podrían no obstante ofrecer el recurso propuesto a título graciable.

15.La jurisprudencia de los órganos creados en virtud de tratados es de creciente interés para los jueces nacionales en todo el mundo. Si la disparidad entre los recursos de los Estados partes y la jurisprudencia del Comité es demasiado amplia, será difícil garantizar que los funcionarios y los administradores locales en los Estados partes consideren con seriedad la legislación internacional de derechos humanos. Un bajo grado de cumplimiento de los dictámenes por los Estados partes podría poner en peligro la credibilidad del proceso. El Comité también puede aprender de las objeciones planteadas por los Estados partes a su interpretación del Pacto.

16.La Sra. CHANET dice que, como el Consejo de Derechos Humanos a menudo examina las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos como parte del examen periódico universal, se ha encargado a dos miembros del Comité que presenten ideas preliminares sobre la relación entre los dos mecanismos. Es alentador que el examen periódico universal contribuya a que se asigne mayor atención a las observaciones finales de los órganos creados en virtud de tratados, porque las deliberaciones del Consejo son públicas y se difunden mucho más ampliamente que las de los órganos creados en virtud de tratados, y el Comité cree que el proceso puede redundar en su beneficio. El procedimiento de seguimiento del Consejo también reviste interés.

17.No obstante, el Comité tiene una serie de preocupaciones acerca de la labor del Consejo sobre las recomendaciones del Comité; el mecanismo de examen periódico universal permite que los Estados partes rechacen públicamente las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre el examen periódico universal, y por lo tanto las recomendaciones del Comité sobre la aplicación del Pacto. Asimismo, el Comité se preocupa por la manera en que la secretaría selecciona las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados para su inclusión en el EPU. Por último, existe la preocupación de que las personas ajenas al sistema de las Naciones Unidas puedan confundir el EPU con las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados.

18.El Comité ha elaborado y está aplicando algunas recomendaciones para tratar de resolver esas cuestiones. La mayoría de ellas tienden a garantizar que, cuando los órganos creados en virtud de tratados formulen recomendaciones, se indique claramente cuáles tienen prioridad. El Comité también ha pedido y utilizado y los documentos compilados como parte del EPU en el grupo de tareas, al igual que los relatores para el seguimiento. El Comité desea asimismo seguir debatiendo la cuestión con la secretaría y el Presidente del Consejo de Derechos Humanos, a fin de garantizar que las recomendaciones formuladas por los órganos creados en virtud de tratados no se diluyan o ciertos Estados hagan caso omiso de ellas.

19.La Sra. MOTOC, subrayando la utilidad de las reuniones entre el Comité y los Estados partes, dice que estaría a favor de que se celebren con una frecuencia mayor que cada tres años. Algunas de las cuestiones planteadas en la reunión anterior, como la cuestión de la formación de un órgano unificado de tratados, ya no son pertinentes para el debate en curso, mientras que hay otras, como la armonización de los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados, sobre las que sería interesante conocer la opinión de los Estados partes.

20.También pregunta si, además de la propuesta de crear un centro de coordinación en el seno del Comité de las organizaciones no gubernamentales (ONG), se apoya la idea de crear un centro de ese tipo para los Estados partes; algunos Estados carecen de recursos jurídicos para completar su informes y agradecerían recibir asistencia técnica para poder hacerlo. Podría ser útil asimismo para los Estados saber más acerca de la información que proporcionan al Comité las ONG.

21.Con respecto al Grupo de trabajo sobre la armonización de los métodos de trabajo, ha quedado claro que todos los órganos creados en virtud de tratados tienen procedimientos muy diferentes y, por tanto, no sería posible armonizarlos completamente.

22.Por último, se debería utilizar más Internet para difundir información sobre los órganos creados en virtud de tratados y el examen periódico universal, a fin de disipar la confusión y aclarar sus funciones y finalidades.

23.El Sr. MATTEI (Francia) está de acuerdo en que sería útil que las reuniones entre el Comité y los Estados partes se celebraran con mayor frecuencia. Desea saber si el Comité tiene el apoyo práctico que necesita de la Oficina del ACDH para funcionar eficazmente en términos de dotación de personal, presupuesto y servicios de traducción. Su delegación, al igual que otras, ha tomado conciencia de ciertos problemas en la traducción de los documentos del Comité.

24.El orador desea hacer hincapié en el importante papel de las ONG y las instituciones nacionales en la labor del Comité y otros órganos creados en virtud de tratados.

25.Francia, al igual que muchos otros Estados, está de acuerdo en que se deben armonizar los procedimientos de los órganos creados en virtud de tratados; ello no será fácil, pero tendrá gran utilidad para los Estados que son objeto de exámenes por varios Comités al mismo tiempo. El orador desea saber qué progresos ha hecho el grupo de trabajo intercomités que se ha creado para identificar las mejores prácticas e intercambiar ideas sobre el seguimiento de las observaciones finales. Si los diferentes comités comparten la información sobre el seguimiento, no formularán a los Estados partes las mismas preguntas.

26.Sobre el tema del EPU, como ya se ha observado, los procesos del Comité y del EPU son bastante independientes, aunque complementarios, y comparten el mismo objetivo, a saber, promover los derechos humanos en el país en cuestión. El ACNUDH aprecia la contribución del Comité en la compilación del EPU y es importante señalar las cuestiones prioritarias identificadas por el Comité. Los procesos se refuerzan mutuamente, pero las recomendaciones de los comités no deberían ser cuestionadas en el proceso del EPU. Ninguno de los Estados partes desea que el examen periódico universal debilite los procesos de los órganos creados en virtud de tratados. El tema merece un examen más detenido.

27.El Sr. MIKAYILLNI (Azerbaiyán) dice que es necesario un enfoque más coordinado de las actividades del sistema de órganos creados en virtud de tratados y una normalización de la presentación de informes, entre otras cosas, a través de la racionalización y simplificación de los métodos de trabajo. Considera que, para que la colaboración con los Estados partes sea significativa y eficiente, se debe conceder mayor atención y respeto a las capacidades de las misiones diplomáticas; las misiones más pequeñas como la suya tienen dificultades particulares cuando deben hacer frente a la ardua tarea de presentar un gran número de informes en el mismo año. Los órganos creados en virtud de tratados, entre ellos el Comité de Derechos Humanos, también deberían prestar más atención a formular observaciones finales concretas y prácticas que tengan en cuenta las opiniones expresadas por los Estados, no sólo en sus informes, sino también a través de sus delegaciones en el diálogo interactivo con el Comité; de otro modo, no tiene sentido que la delegación haga el esfuerzo de viajar a Ginebra o a Nueva York para reunirse con el Comité.

28.El orador desea señalar a la atención del Consejo de Derechos Humanos el párrafo 3 n) de la resolución 9/8, que hace hincapié en la importancia de preparar métodos de trabajo armonizados para el intercambio de información creíble y fidedigna entre a) los órganos de tratados de derechos humanos y b) las ONG e instituciones nacionales de derechos humanos en todas las regiones del mundo.

29.El Sr. JAZAÏ RY (Argelia), refiriéndose a las observaciones del Sr. Amor, dice que sería útil investigar las razones por las cuales tantos países no han presentado sus informes a tiempo. Si, como el representante de Azerbaiyán ha sugerido, los retrasos se deben a la capacidad limitada de algunas misiones, podría ser conveniente examinar la manera de aligerar la tarea de presentación de informes para esos países.

30.Señala la dificultad inherente del Comité para identificar y examinar los problemas de derechos humanos existentes en los Estados partes, y coincide con el representante de Francia y la Sra. Motoc en la utilidad de celebrar reuniones entre el Comité y los Estados partes, en que puedan tener lugar debates más metodológicos. También podría ser conveniente disponer de un centro de coordinación en el seno del Comité, al que un Estado parte pueda remitir sus inquietudes.

31.El orador desea señalar a la atención del Consejo de Derechos Humanos la resolución 9/8 y, en particular, la formulación de los apartados g) y h) del párrafo 3, y el énfasis en la transparencia implícita en el párrafo 3 en su conjunto. Respecto de la cuestión de la transparencia, sería muy útil que el Comité, cuando destaca las deficiencias de aplicación de los derechos humanos por los Estados, diera alguna explicación o justificación que permita al Estado entender y, por tanto, responder a las inquietudes planteadas. Además, cuando el Comité formula sus observaciones finales, las publica en Internet, y los comentarios enviados por el Estado parte en respuesta a las mismas se incluyen en un documento publicado por separado. En aras de la transparencia y para promover la causa de los derechos humanos, convendría que, junto con las observaciones finales, se publicaran algunas líneas del comentario del Estado parte. En el proceso de examen periódico universal se sigue un formato similar, que se considera un medio útil para mejorar la rendición de cuentas de los Estados partes.

32.Aconseja prudencia en la cuestión de establecer nexos entre el EPU y la labor de los distintos comités. Los comités no tienen derecho a censurar el proceso del EPU. El tema es complejo y requiere mayor reflexión.

33.El Sr. RITTER (Liechtenstein) dice que desea centrarse en la cuestión de la identificación de prioridades en las observaciones finales. Estima conveniente que el Comité establezca prioridades o señale qué observaciones considera de importancia primordial. Apoya la idea de establecer prioridades y, de este modo, crear un centro de atención en el diálogo interactivo, pero se pregunta si el Comité podría indicar qué criterios aplicará al establecer las prioridades, ya que la introducción de medidas legislativas o medidas preventivas, o la exigencia de proporcionar más información imponen plazos muy diferentes.

34.El Sr. EKANAYAKE (Sri Lanka) dice que las reuniones periódicas entre el Comité y los Estados partes ofrecen una oportunidad muy útil para la interacción; invita al Comité a continuar la práctica.

35.Tras reiterar el firme apoyo de Sri Lanka al sistema de órganos creados en virtud de tratados, y recordar las observaciones del Sr. Amor, dice que su país está ultimando el sexto informe periódico sobre la aplicación del Pacto. El informe está pendiente desde noviembre de 2007 debido a circunstancias insalvables, incluido el gran volumen de informes que deben presentarse. Su Gobierno informó al Comité el 1º de julio de 2009 de que se había tenido que revisar algunos aspectos del informe, a raíz de los recientes acontecimientos. Su delegación atribuye gran importancia a sus obligaciones de presentar informes en virtud del Pacto y espera entablar un diálogo más constructivo con el Comité en un futuro próximo.

36.La Sra. MORAWIEC-MANSFIELD (Estados Unidos de América) dice que su Gobierno reconoce y valora la experiencia y los conocimientos del Comité y apoya firmemente sus esfuerzos para mejorar la presentación de informes a través del diálogo con los Estados partes.

37.Para ayudar a aumentar la eficiencia y la eficacia del proceso de presentación de informes, el Gobierno también apoyará la coordinación de los órganos creados en virtud de tratados en los distintos ciclos de presentación de informes de los Estados partes, a través, por ejemplo, del establecimiento de un calendario central para garantizar que todos los informes que debe presentar un Estado no caigan en el mismo año. Ello ayudaría a facilitar un proceso que de otro modo podría ser engorroso para los Estados obligados a preparar varios informes al mismo tiempo.

38.En la elaboración de sus propios informes y comunicaciones en el marco de tratados, su Gobierno considera muy instructivos los intercambios con la sociedad civil. Asimismo, alienta el diálogo entre el Comité y la sociedad civil y la participación de la sociedad civil en el examen de los informes de los Estados partes. Dada la importancia otorgada al examen de la aplicación del Pacto por los Estados, su delegación apoyaría que se tuviera mayor acceso a la labor del Comité a través, por ejemplo, de la difusión por Internet o de otro modo, para poner a disposición del público las presentaciones hechas al Comité por todos los Estados. Ello sería útil para la sociedad civil y los Estados por igual, especialmente para asistir al Estado interesado en los preparativos para el período de sesiones del examen periódico universal.

39.La labor del Comité es muy instructiva porque proporciona recomendaciones específicas a los Estados partes sobre la aplicación del Pacto. La oradora es muy consciente de la escasez de recursos del Comité y considera que es importante dar prioridad a las tareas del Comité que están previstas en el Pacto, en particular el examen de los informes periódicos de los Estados partes y la formulación de recomendaciones específicas para cada uno de ellos, en cuanto a su aplicación. Si el Comité decide dedicar tiempo a otras tareas, como la formulación de observaciones generales, alienta a que lo haga a través de un análisis riguroso del texto del Pacto y los antecedentes de su negociación.

40.Su propia delegación y varias otras expresaron esas inquietudes con anterioridad en relación con la Observación general Nº 33, y pide que se las tenga en cuenta cuando se preparen las futuras observaciones generales. Los Estados partes deben considerar con respeto los dictámenes del Comité, pero advierte que se debe evitar caracterizarlos como algo más que recomendaciones o sugerencias de métodos para una aplicación más robusta. También advierte contra los esfuerzos para emitir observaciones generales conjuntas con otros órganos creados en virtud de tratados, pues ello podría desviar el centro de atención y los recursos de la útil labor que consiste en formular recomendaciones específicas a los Estados partes y podrían crear confusión para los Estados que no son partes en todos los tratados en cuestión.

41.El Sr. TINJERO (México) dice que las reuniones oficiosas con los Estados partes ayudan a mejorar la eficiencia de la labor del Comité; podrían lograrse nuevas mejoras mediante la aplicación de un procedimiento facultativo, como el adoptado en el Comité contra la Tortura para la presentación de informes periódicos. Su delegación fue una de las primeras en utilizar ese procedimiento, que consiste en preparar una lista de preguntas que se envían al Estado parte antes de la presentación de su informe periódico; se considera que las respuestas a la lista forman parte del informe. Ese formato no sólo es útil para el Estado cuando prepara su informe periódico, que en el caso de su delegación supone las contribuciones de muchos ámbitos del gobierno, sino también para el Comité cuando elabora sus recomendaciones y hace el seguimiento de las observaciones finales. Coincide en que es importante mantener una comunicación constante entre el Comité y el Estado parte. Se necesita un mecanismo para facilitar el seguimiento y la aplicación.

42.El Sr. SIAHAAN (Indonesia) dice que celebra la oportunidad que brinda la reunión para proseguir el diálogo entre el Comité y los Estados partes. Su delegación asigna gran importancia a la función de los órganos creados en virtud de tratados y aprecia considerablemente su labor en materia de derechos humanos. El orador comparte las opiniones expresadas por el representante de Argelia y otros, acerca de la resolución 9/8 del Consejo de Derechos Humanos relativa a la aplicación efectiva de los instrumentos internacionales de derechos humanos, ya que es pertinente para la presente reunión.

43.En cuanto al nexo que se percibe entre los órganos creados en virtud de tratados y el examen periódico universal, es consciente de la necesidad de evitar la duplicación de esfuerzos; se debe tener siempre en cuenta el carácter intergubernamental del EPU, que lo diferencia de la labor de los órganos creados en virtud de tratados.

44.En relación con la preocupación de la Sra. Chanet, de que la recomendación de un órgano creado en virtud de tratado pueda verse menoscabada durante el proceso de examen periódico universal por el país objeto de examen, ya que el país podría rechazarla, hay que recordar que los países no hablan en nombre de los órganos creados en virtud de tratados. Además, el examen periódico universal puede ser útil en el sentido de que puede reiterar una recomendación ya hecha por un comité, con lo que se ejerce más presión sobre el país en cuestión.

45.El Sr. MOUYAL (Dinamarca), refiriéndose a la cuestión del diálogo interactivo entre los órganos creados en virtud de tratados y los Estados partes, dice que, tras un acuerdo con el Comité contra la Tortura y el Subcomité para la Prevención de la Tortura, en la Asamblea General de 2008 se entabló un diálogo interactivo satisfactorio con los Estados. El diálogo interactivo dio a los Estados que no son partes en algunos instrumentos internacionales la oportunidad para celebrar importantes deliberaciones con los presidentes de los comités, lo que podría preparar la vía para que ratifiquen las convenciones. El orador pregunta si el Presidente del Comité de Derechos Humanos apoyará la celebración de un diálogo interactivo con los Estados, ya sea en la Asamblea General o dentro del Comité.

46.Sería útil saber más acerca de la relación entre el Comité de Derechos Humanos y la secretaría del ACNUDH. Pide una visión de conjunto de las dificultades que se plantean al Comité en términos de la cooperación y la asistencia que recibe de la secretaría para el desempeño de sus tareas.

47.La Sra. AL-RIFAIY (República Árabe Siria) dice que esas reuniones son útiles para promover el diálogo entre los Estados partes y el Comité; recomienda que dichas reuniones se celebren de forma periódica, ya sea una vez al año o una vez cada seis meses, de manera que no imponga una carga adicional al Comité o los Estados. Su Gobierno atribuye gran importancia a la labor de los órganos de derechos humanos y mecanismos creados en virtud de tratados, y hace todo lo que está a su alcance para poner en práctica sus recomendaciones y cumplir con sus obligaciones en virtud de los tratados.

48.La oradora comparte las opiniones expresadas por los representantes de Argelia, Azerbaiyán, Indonesia y otros, acerca de la resolución 9/8 del Consejo de Derechos Humanos, y coincide también con Argelia en la necesidad de que se expongan con transparencia las razones que justifican las recomendaciones formuladas por el Comité, ya que ello ayudará a los Estados a comprender cómo el Comité adoptó sus decisiones sobre las deficiencias, y de este modo les ayudará a promover los derechos humanos.

49.La creación de una interacción entre el Comité y el examen periódico universal en última instancia induciría a confusión y, como la Sra. Chanet ha señalado, podría socavar las recomendaciones del Comité. Cada mecanismo es independiente. Siguen métodos y procedimientos muy diferentes, y por lo tanto, no pueden combinarse. Además, si existiera riesgo de duplicación, los Estados podrían dejar de cooperar con ellos debido a la sobrecarga de trabajo que les supondría.

50.El Sr. MATSUMOTO (Japón) pregunta si el Comité ha estudiado la idea de trabajar en dos salas paralelas para mejorar la eficacia y la eficiencia de su labor. A su delegación le preocupa que, dado el aumento del número de Estados partes en el Pacto y el tiempo que lleva examinar las comunicaciones individuales, la sobrecarga de trabajo del Comité pueda afectar el examen a fondo de las situaciones de derechos humanos en los Estados que presentan informes. Si se adopta una solución basada en dos salas, se debe preservar la estructura unificada y la integridad del Comité.

51.Con el fin de aumentar la transparencia y la credibilidad de la labor del Comité, propone que los nombres de los relatores para los países y los miembros de los grupos de tareas sobre los informes se revelen sólo después que se hayan publicado las observaciones finales. Además, los Estados partes que tengan preocupaciones específicas acerca de las observaciones finales del Comité deberían tener la oportunidad de trabajar directamente con el grupo de tareas sobre los informes o el relator para el país.

52.La Sra. van der WEYDEN (Suecia) dice que su delegación apoya firmemente la adopción de procedimientos de presentación de informes normalizados. Con respecto a la relación entre el mecanismo del EPU y los órganos creados en virtud de tratados, dice que las recomendaciones del Comité se invocan a menudo durante los exámenes y han demostrado ser un instrumento útil. Los Estados no deben utilizar el EPU como justificación del incumplimiento de sus obligaciones ante los órganos creados en virtud de tratados, sino que más bien deben aprovechar ambos mecanismos para promover la aplicación de los derechos humanos.

53.Pregunta si el Comité se ha visto afectado negativamente por las limitaciones presupuestarias y, en caso afirmativo, si ha estudiado métodos de trabajo innovadores para abordar el problema.

54.El Sr. VON KAUFMANN (Canadá) dice que, si bien su Gobierno apoya la transparencia y acoge con beneplácito la oportunidad para que los Estados partes entablen un diálogo interactivo con el Comité, es importante salvaguardar la independencia de los órganos creados en virtud de tratados. Se les debe dotar de recursos suficientes para llevar a cabo su mandato, y la adopción de métodos de trabajo más sólidos y armonizados facilitaría su tarea. En ese sentido, hace suyas las propuestas para coordinar la programación de la presentación de informes y la difusión de las reuniones del Comité por Internet. Su delegación vería con agrado una mayor interacción entre los órganos creados en virtud de tratados y el examen periódico universal, entre otras cosas, mediante la participación de miembros del Comité en el proceso de examen.

55.El Gobierno agradece profundamente que se le hayan notificado por adelantado las solicitudes de medidas provisionales, lo que contribuye a garantizar que la información se presente a los órganos pertinentes de manera oportuna. Las observaciones generales del Comité y los ejemplos de la jurisprudencia que figuran en ellos también son útiles.

56.El papel de los Estados partes, obviamente, es fundamental para mejorar la eficacia de la labor del Comité. En ese sentido, recuerda la resolución 9/8 del Consejo de Derechos Humanos, que insta a los Estados a cumplir sus obligaciones de presentación de informes y a recabar asistencia técnica si es necesario.

57.El Sr. AKZHIGITOV (Federación de Rusia), apoyado por la Sra. KOHLI (Suiza) y el Sr. LUVANDA (República Unida de Tanzanía), se suma a las peticiones de que se celebren reuniones periódicas entre el Comité y los Estados partes.

58.El examen periódico universal y el sistema de órganos creados en virtud de tratados, aunque complementarios, se rigen por mandatos y parámetros diferentes y deben mantenerse separados. Las recomendaciones emanadas del EPU son emitidas por Estados y, por lo tanto, son fundamentalmente diferentes de las observaciones finales aprobadas por los expertos independientes que componen los órganos creados en virtud de tratados.

59.El Sr. LAST (Reino Unido) dice que le complace saber que ya ha comenzado la labor de revisión de las directrices de presentación de informes del Comité. Pregunta si el Comité ha reflexionado sobre la idea de una presentación de informes orientada, basada en la lista de cuestiones, más que en el conjunto de las disposiciones del Pacto, como una manera de aliviar el volumen de trabajo de los Estados partes.

60.Su delegación acoge con beneplácito el nombramiento en 2002 de un Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales, y espera que los nuevos procedimientos mejoren la aplicación a nivel nacional.

61.Con respecto a la relación mutua entre el EPU y los órganos creados en virtud de tratados, dice que el examen periódico universal ya ha producido resultados en términos de ratificación, presentación de informes atrasados y aplicación de las observaciones finales. No obstante, las preocupaciones de la Sra. Chanet en este sentido son válidas y se seguirán examinando.

62.Su delegación celebraría un mayor diálogo del Comité con la sociedad civil. La experiencia ha demostrado que, para aprovechar de forma óptima sus contribuciones, se debe hacer participar a las organizaciones de la sociedad civil en un proceso bien estructurado y previsible. El Comité contra la Tortura y el Comité de los Derechos del Niño constituyen modelos útiles a ese respecto. En cuanto a los comentarios de la Sra. Motoc acerca de la disponibilidad de la información de ONG, es importante tener en cuenta que algunas de esas organizaciones podrían correr el riesgo de represalias; al ser así, la información proporcionada al Comité no debe ponerse a disposición del público.

63.Con respecto a la forma en que deberían reflejarse las respuestas los Estados partes a las observaciones finales del Comité, dice que, si bien aprecia que los Estados tengan oportunidad para explicar su posición sobre cada una de las recomendaciones formuladas en el marco del examen periódico universal, no sería apropiado que los Estados formulen comentarios sobre las observaciones finales aprobadas por los órganos creados en virtud de tratados. Las recomendaciones del Comité son una base útil para un debate permanente a nivel nacional, y convendría preservar el formato actual para reflejar los comentarios formulados por el Estado que presenta informes.

64.El Sr. ANAEDU (Nigeria), tras señalar la importancia que el Comité asigna a la cuestión de los atrasos en la presentación de informes, coincide con los oradores anteriores en que se debe tratar en mayor medida de determinar los motivos. A veces, puede bastar con alentarlos a hacerlo, mientras que en otros casos puede ser necesario adoptar medidas para aumentar las capacidades internas, especialmente cuando hay acumulación de obligaciones de presentación de informes. En este sentido, son cruciales la coordinación de la programación de la presentación de informes y el uso de procedimientos normalizados para esa tarea.

65.Tras manifestar apoyo a las exhortaciones a una mayor transparencia en la labor de los órganos creados en virtud de tratados, dice que el Comité, que alienta a los Estados partes a ser más transparente, debería dar el ejemplo y ofrecer a los Estados la oportunidad de explicar sus acciones u omisiones en el seguimiento dado a las observaciones finales. En lugar de socavar el impacto de las recomendaciones, esa información complementaria ayudará a identificar deficiencias y facilitará la adopción de medidas correctivas.

66.El Sr. TIERNEY (Irlanda) dice que hay muchas posibilidades de establecer tareas complementarias en todo el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas. Alienta a los miembros del Comité a que enuncien sus opiniones sobre los procedimientos para colaborar con el Consejo de Derechos Humanos y las medidas que deben adoptarse para mejorar la eficacia global del sistema.

67.La Sra. AMOAH (Ghana) felicita al Comité por su labor constante para actualizar y mejorar sus métodos de trabajo y las directrices de presentación de informes. Dado el gran número de informes atrasados, deben hacerse esfuerzos para abordar las causas subyacentes, incluidas las limitaciones de capacidad. La oradora hace suya la propuesta de incluir las respuestas del seguimiento dado por los Estados partes en el mismo documento de las observaciones finales. Si se hace así, el Comité ofrecerá un panorama más completo de la situación en cualquier Estado y mejorará el diálogo constructivo con el Estado, sin perjuicio de sus conclusiones.

68.El Sr. LUVANDA (República Unida de Tanzanía), refiriéndose al examen del informe de su país durante el período de sesiones en curso (CCPR/C/SR.2628 y 2629), dice que deplora que el Comité no esté satisfecho con la firme posición de su delegación sobre ciertos temas, sobre la base de las realidades sobre el terreno. Su delegación está decepcionada de descubrir nuevos informes paralelos de ONG publicados en la página web del Comité durante la mitad del examen del informe, lo que demuestra una lamentable falta de transparencia. Insta al Comité a revisar sus métodos de trabajo en ese sentido, teniendo en cuenta la resolución 9/8 del Consejo de Derechos Humanos. Una forma de mejorar el diálogo con los Estados objeto de examen puede ser realizar visitas a esos Estados, lo que permitiría a los miembros del Comité obtener una impresión de primera mano de la situación en ese país.

69.El Sr. JORDAN (Argentina) dice que la acumulación de obligaciones de presentar informes en virtud de diferentes instrumentos de derechos humanos puede, en efecto, suponer una considerable carga para los Estados partes. Sin embargo, los Estados deben hacer todo lo posible para informar a tiempo, teniendo en cuenta que el principal beneficiario del proceso es el propio Estado que presenta informes.

70.El Sr. ANGUI (Chad) felicita al Comité por la preparación de la Observación general Nº 33 y por su labor de revisión de las directrices de presentación de informes.

71.El examen periódico universal es un complemento importante de la labor de los órganos creados en virtud de tratados, ya que facilita el diálogo con Estados que pueden no ser signatarios de determinados instrumentos de derechos humanos. Al mismo tiempo, es importante tener en cuenta que los dos procesos son totalmente diferentes en su naturaleza. En ese sentido, coincide con las opiniones expresadas por el representante de Argelia.

72.La Sra. KOHLI (Suiza) señala que las observaciones generales del Comité proporcionan información útil para la labor del Consejo de Derechos Humanos. La oradora acoge con satisfacción el nuevo enfoque del Comité para el seguimiento de las observaciones finales; el uso de criterios más matizados para la clasificación de las respuestas del Estado parte resulta muy útil.

73.Su delegación se opondría a la inclusión de las respuestas del Estado parte en el documento que contiene las observaciones finales del Comité, ya que ello podría debilitar el seguimiento. No sería prudente aplicar el mismo formato al examen periódico universal, que es un diálogo entre Estados, y al proceso de los órganos creados en virtud de tratados, que suponen recomendaciones de expertos independientes.

74.Su delegación también se opone a que se revelen los nombres de los relatores para los países y los miembros de los grupos de tareas sobre los informes de los países. El Comité tiene buenas razones para mantener el carácter confidencial de la identidad de esas personas; el hecho de revelarlas no aporta nada en el proceso de presentación de informes.

75.El Sr. HETANANG (Botswana) apoya plenamente las observaciones formuladas por el representante de Argelia sobre la cuestión de las obligaciones de presentar informes y la relación entre el EPU y los órganos creados en virtud de tratados. Asimismo, hace suyas las observaciones formuladas por el representante de Liechtenstein sobre la fijación de prioridades. El orador encomia al Comité por su enfoque para el seguimiento de las observaciones y solicita una aclaración sobre la clasificación de las respuestas del Estado parte. ¿Es cierto que la decisión de un Estado de rechazar una recomendación del Comité se clasificaría como "poco cooperativa"?

76.El Sr. BLINDU (Rumania) acoge con beneplácito el intercambio de opiniones entre el Comité y los Estados partes, como un paso hacia una mayor transparencia.

77. El PRESIDENTE dice que el Comité tomará en consideración las observaciones formuladas por las delegaciones en los futuros debates sobre los métodos de trabajo.

78.Con respecto a la propuesta del Comité de publicar los comentarios de los Estados partes junto con sus observaciones finales, señala que dichos comentarios ya se publican en la página web del Comité, junto con las observaciones finales, en la columna dedicada a "Comentarios y respuestas sobre el seguimiento".

79.En cuanto a propuestas para mejorar la accesibilidad a la labor del Comité, dice que la cuestión de la difusión se examinó, pero se descartó por el momento, debido a las limitaciones de recursos. Sin embargo, en octubre de 2008, el Comité aprobó un documento titulado "A  strategic approach to public relations, including relations with the media" (Un enfoque estratégico para las relaciones públicas, incluidas las relaciones con los medios de comunicación) (CCPR/C/GC/33), que estudia diferentes opciones para aumentar la visibilidad de su labor.

80.En respuesta a una pregunta sobre el impacto de las limitaciones presupuestarias en la labor del Comité, dice que, si bien la secretaría está haciendo todo lo posible para prestar asistencia, la frecuente falta de disponibilidad en todos los idiomas de trabajo de los informes de los Estados partes, las respuestas por escrito a las listas de cuestiones y comunicaciones individuales menoscaba la labor del Comité. En la 20ª reunión de los Presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, celebrada en junio de 2009, los presidentes también expresaron su preocupación de que el nivel de recursos financieros y humanos asignados a la elaboración y traducción de los documentos de los órganos creados en virtud de tratados desde la creación del Consejo de Derechos Humanos pudiera tener un impacto negativo en el funcionamiento de esos órganos. En cierta medida, esos efectos ya se notan.

81.En respuesta a las preguntas relativas a las directrices revisadas para la presentación de informes, dice que el trabajo ya ha comenzado y el Comité espera adoptar las directrices revisadas en breve.

82.Está de acuerdo en que el examen periódico universal promueve la ratificación de los instrumentos de derechos humanos, la presentación oportuna de los informes y la correcta aplicación de las observaciones finales. Los dos sistemas son complementarios y se refuerzan mutuamente.

83.Los órganos creados en virtud de tratados son conscientes desde hace mucho de la carga que supone para los Estados la acumulación de obligaciones de presentación de informes. La armonización y racionalización de los procesos de presentación de informes figuran desde hace un tiempo en el programa de las reuniones entre comités y las reuniones de los presidentes, y siguen siendo una prioridad.

84.El Sr. O'FLAHERTY reconoce las preocupaciones que se han planteado acerca de las observaciones finales del Comité. Aunque las observaciones finales son de mucha mayor calidad que en el pasado, hay margen para seguirlas mejorando para que estén más enfocadas y mejor dirigidas, a fin de que resulten más útiles a los Estados partes. No hay, sin embargo, ningún elemento sorprendente en esas observaciones, ya que siempre se basan exclusivamente en el diálogo mantenido con el Estado parte. En sus observaciones finales el Comité ya incluye una forma modesta de fijación de prioridades, puesto que indica que tres o cuatro recomendaciones requieren una respuesta del Estado parte en el plazo de un año.

85.En 2008, el orador sometió al Comité un informe sobre la cuestión de presentar informes utilizando un formato basado en una lista de cuestiones. El informe, que está a disposición del público, llega a la conclusión de que este método, aunque tiene ventajas, podría plantear problemas considerables. El asunto sigue abierto en el Comité, pero al parecer el formato basado en la lista de cuestiones no aporta la solución obvia que prometía a la tarea.

86.Recuerda que las observaciones generales, una de las más antiguas características de la labor del Comité, se preparan para ayudar a los Estados partes a cumplir sus obligaciones de presentar informes. Forman parte integrante de todas las demás actividades, y son un complemento necesario para la aplicación del Pacto, para el Comité y los Estados partes. Ofrecen un análisis jurídico riguroso del Pacto e incluyen las opiniones de los Estados, que se solicitan en la fase de redacción y se incorporan en la versión final. No es evidente en absoluto que la aprobación de observaciones generales conjuntas en todo el sistema de órganos creados por tratados sea una buena idea, ya que cada tratado es diferente. Ciertamente, en las cuestiones de derecho sustantivo, la idea de una observación general conjunta requiere una mayor reflexión antes de su elaboración.

87.Está de acuerdo en que las actividades de los órganos creados en virtud de tratados y el examen periódico universal son complementarias; se debe evitar un modelo sincrético que mezcle los dos procedimientos. En su opinión, la sugerencia de que algunos miembros de órganos creados en virtud de tratados participen en las deliberaciones en el examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos es inadecuada, pues es necesario mantener una distinción formal entre los dos procedimientos. Sin embargo, alienta a los Estados partes a que aprovechen el mecanismo nacional de presentación de informes que muchos han establecido para el examen periódico universal con el fin de entregar oportunamente los informes a los órganos creados en virtud de tratados. Asimismo, muchos Estados han emprendido un proceso de consultas nacionales en preparación de los informes para el examen periódico universal, y ese proceso también podría utilizarse a los fines para presentar informes a los órganos de tratados.

88.En respuesta a los comentarios sobre la capacidad, la ardua tarea de presentación de informes, el problema de los recursos del país y del Comité, y los problemas causados por la diversidad de los métodos de trabajo, recuerda que esas cuestiones son inherentes a todo el sistema de órganos creados en virtud de tratados. Los Estados y otros interesados deben tenerlas en cuenta al examinar formas de fortalecer el sistema y hacerlo más coherente.

89.Sir Nigel RODLEY dice que la cuestión de los recursos está presente en todos los aspectos de la labor del Comité, incluido el seguimiento. Recuerda que en el ACNUDH se creó un cargo de auxiliar del Relator Especial para el seguimiento. Las funciones del titular de ese puesto se han disipado desde entonces y la persona actualmente responsable del seguimiento también trabaja en muchas otras cuestiones. Otros colegas en la secretaría están igualmente sobrecargados de trabajo; si tuvieran más tiempo para centrarse en las observaciones finales, podrían garantizar que los proyectos que producen para el Comité reflejan en una forma más matizada los detalles del diálogo con los Estados partes.

90.En las reuniones octava y novena entre los comités se reiteró la recomendación de que todos los órganos creados en virtud de tratados tengan procedimientos de seguimiento, tales como un relator especial para el seguimiento. El Comité de Derechos Humanos fue el precursor de esta iniciativa y la preconiza para otros órganos creados en virtud de tratados.

91.El Comité ha decidido fomentar el desarrollo futuro de la práctica de visitas de seguimiento, que le permitirá evaluar más a fondo la aplicación de sus recomendaciones en el plano nacional. Con sujeción a que los Estados partes formulen invitaciones para tales visitas y se disponga de recursos, esas visitas figuran en el programa del Comité.

92.El Comité caracteriza el rechazo de una de sus recomendaciones por un Estado parte como "Recomendación no aplicada". Señala a la atención el documento que contiene las recomendaciones, titulado "Documento del Relator Especial para el seguimiento de las Observaciones finales: Fortalecimiento del procedimiento de seguimiento" (CCPR/C/95/3), que puede encontrarse en la sección "Seguimiento" de la página web del Comité en el sitio web del ACNUDH.

93.El orador hace suyas las observaciones del Presidente sobre la presentación de las respuestas de los Estados partes como seguimiento a las observaciones finales en la página web del Comité. Los que buscan esa información no deben usar la base de datos de los órganos creados en virtud de tratados, sino ir directamente a la página web y seleccionar el período de sesiones correspondiente. El informe del Estado se presenta en una columna, seguido por la lista de cuestiones y las respuestas por escrito. La información de ONG se presenta en otra columna, seguida de las observaciones finales, y luego la respuesta del Estado parte sobre el seguimiento. La información no está en absoluto separada, sino que de hecho está plenamente integrada. Por lo tanto, no entiende que se pueda decir que las actividades del Comité no son transparentes; además, pretende fomentar una transparencia similar y actividades paralelas en otros órganos creados en virtud de tratados. El Comité agradecería recibir sugerencias más detalladas al respecto.

94.El PRESIDENTE observa que la armonización de los procedimientos de seguimiento figura en el programa de la próxima reunión entre los comités, que se celebrará en diciembre de 2009.

95.La Sra. WEDGWOOD expresa su reconocimiento por el apoyo de los Estados partes en la cuestión de la financiación. La labor de los órganos depende en gran medida de las contribuciones voluntarias. La labor del Comité a menudo se ve restringida por las limitaciones de recursos; por ejemplo, se deben controlar cuidadosamente las solicitudes de traducción, a fin de garantizar que los documentos urgentes se devuelvan al Comité a tiempo para que los expertos puedan votar y tomar decisiones críticas.

96.Está plenamente de acuerdo con la idea de publicar en la página web las grabaciones sonoras de las reuniones del Comité, por lo menos en inglés, francés y español. Esa iniciativa podría contribuir a la solución de muchos problemas de gobernanza, habida cuenta de que las instituciones nacionales tales como las prisiones y la policía comenzarán a tomar más en serio las cuestiones. También daría a muchas personas en todo el mundo la oportunidad de escuchar el diálogo del Comité con los Estados partes, proporcionando importante información de antecedentes en relación con las observaciones finales.

97.El acceso adecuado a las reuniones públicas en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York es problemático porque las reuniones se celebran en la zona del edificio de la Secretaría sujeta a medidas de seguridad. El Comité es consciente de la importancia de un verdadero acceso del público a dichas reuniones.

98.Una nueva política de rotación del personal de las Naciones Unidas le obliga a trasladarse cada dos años, por lo que es difícil mantener personal experimentado en la subdivisión de la secretaría que se ocupa de los tratados de derechos humanos. Por lo tanto, el personal que ha acumulado la memoria institucional del Pacto podría verse obligado a un traslado, incluso contra su voluntad, después de sólo dos años.

99.Indica que el Comité podría visitar las asociaciones de abogados para sensibilizar sobre el Pacto en los Estados partes y alentarlos a hacer uso del procedimiento de comunicaciones en virtud del Protocolo Facultativo. En su opinión, ese recurso debe utilizarse para casos importantes y críticos; si los Estados que necesitan la capacidad de comunicaciones no lo saben, la labor del Comité sobre las comunicaciones podría banalizarse.

100.Está de acuerdo en que el sitio web del ACNUDH ha mejorado mucho, pero todavía se requiere cierta experiencia para navegar hasta el documento deseado. Idealmente, los motores de búsqueda debería conducir directamente a la página correspondiente en el sitio del ACNUDH, en lugar de sugerir sitios web de universidades.

101.El Comité debería reunirse con mayor frecuencia con los Estados partes para consolidar las relaciones tripartitas entre la secretaría, el Comité y los Estados partes, lo que facilitaría a estos su tarea de aplicar el Pacto. Alienta a los Estados partes a utilizar en su beneficio los requisitos de presentación de informes a los órganos creados en virtud de tratados, como oportunidad para fortalecer su capacidad para recopilar datos y, por tanto, evaluar su propia situación.

102.La Sra. MAJODINA dice que si bien la obligación de presentar informes incumbe plenamente a los gobiernos, las ONG están desempeñando un papel cada vez más significativo en ese proceso. Es importante que una amplia gama de actores de la sociedad civil participen en el mismo. Una relación más estructurada entre el Comité y las ONG puede redundar en beneficio de ambas partes. Corresponde a los gobiernos consultar con las ONG para garantizar que los informes reflejen las preocupaciones de un amplio sector de la sociedad. El Comité considera muy útil recibir información de ONG, en particular, en la fase de redacción de la lista de cuestiones.

103.Durante el proceso de presentación de informes, las ONG tuvieron la oportunidad de informar al Comité, ya sea durante las reuniones a la hora del almuerzo o en sesiones extraordinarias antes de las reuniones con los Estados partes. La oradora insta a los gobiernos a que no perciban ese proceso como una amenaza; en su opinión, la relación entre los gobiernos y las ONG no debe ser de enfrentamiento. En la fase de consulta durante la preparación del informe del Estado parte se debe tener cuidado de no alimentar las susceptibilidades que puedan tener los gobiernos en relación con la información difundida por ONG. Hay, por supuesto, algunas cuestiones que los gobiernos prefieren que no se expongan, pero en la mayoría de los casos estos y las ONG deberían ser aliados.

104.En la fase de seguimiento, el Comité formula a los Estados partes una pregunta normalizada sobre las medidas que adopta para difundir el informe y las observaciones finales del Comité. La mayoría de los Estados se basa en gran medida de las ONG para cumplir esa función. Muchas ONG también vigilan en qué grado se da curso a las observaciones finales del Comité. Por lo tanto, hay un amplio margen para una relación significativa entre el Comité, los gobiernos y las ONG, que podría promover la causa de las ONG y de los derechos humanos a nivel nacional.

105.Algunas ONG se encargan de impartir formación en derechos humanos. Insta a los gobiernos a aprovechar las ventajas de ese compromiso de las ONG y alentar su labor, ya que es un elemento clave en la promoción y protección de los derechos humanos en muchos países.

106.El Sr. THELIN dice que si bien el porcentaje de retraso en la presentación de los informes iniciales y periódicos es frustrante, es alentador que la mayoría de los Estados partes representados en la reunión hayan presentado sus informes a tiempo. En ese sentido, sería útil que el Comité revisara su mecanismo de ciclos de presentación de informes y, posiblemente, limitara sus solicitudes de información a una lista más reducida de cuestiones. Se trata de un asunto que el Comité examinará internamente.

107.En cuanto a la cuestión de los recursos, la Oficina del Alto Comisionado es consciente de la necesidad de establecer prioridades. Alienta a los Estados partes a que intensifiquen sus esfuerzos para proporcionar financiación, especialmente para la función de examen de las comunicaciones, ya que es deplorable que los autores de esas comunicaciones deban esperar años hasta que el Comité adopte una decisión.

108.La Sra. CHANET coincide con muchos Estados partes en que, si bien el Comité y el Consejo de Derechos Humanos son organismos distintos, con normas de procedimiento y métodos de trabajo diferentes, ambos son complementarios. Explica que el Comité identifica las prioridades para cada Estado parte en las observaciones finales que formula tras el examen de los informes. Las prioridades a que se ha referido en su declaración anterior eran las que el Comité indica a los efectos del mecanismo de examen periódico universal, dado que en el caso de algunos Estados partes hay cuestiones que se señalan a la atención en más de un órgano, o que se repiten en el tiempo.

109.Como Relatora Especial para las comunicaciones, apoya los comentarios de la Sra. Wedgwood sobre la necesidad de tomar medidas para que el sitio web del ACNUDH sea más sistemático y fácil de usar. Dado que los tribunales en los planos nacional e internacional toman cada vez más en consideración las recomendaciones del Comité sobre las comunicaciones, es imprescindible que esas recomendaciones se difundan ampliamente. También coincide en la necesidad de mantener personal experimentado en la subdivisión de la secretaría que se ocupa de los tratados.

110.El Sr. AMOR dice que deberían tomarse medidas para abordar la cuestión de los informes atrasados. Con independencia de las dificultades, si los Estados partes están dispuestos a presentar un informe, se puede siempre encontrar una solución.

111.El Comité ha examinado la introducción de un sistema de presentación de informes orientado específicamente, en virtud del cual los informes periódicos constituirán las respuestas a las preguntas que el Comité envía a los Estados partes sobre la base de sus observaciones finales. Cuando las cuestiones escapan al control del Comité, ha resultado imposible introducir el sistema, pero se espera que en el futuro pueda aprobarse una versión modificada.

112.Si bien la idea de un calendario básico sea difícil de poner en práctica, se debería considerar esa posibilidad. Del mismo modo, es digno de examen la noción de observaciones generales conjuntas sobre cuestiones concretas, como las reservas.

113.La Sra. MOTOC subraya la importancia de la diversidad lingüística en las Naciones Unidas; a pesar de la presión sobre los recursos, se deben mantener los seis idiomas oficiales.

114.Con el fin de aumentar la transparencia, la oradora apoya la sugerencia de utilizar el sitio web del ACNUDH como foro de diálogo entre los Estados partes, las ONG y el Comité.

115.El Sr. SALVIOLI dice que el Comité mantiene un diálogo exhaustivo con los Estados partes y siempre tiene en cuenta ese diálogo y las respuestas a la lista de cuestiones a la hora de redactar sus observaciones finales. Si bien la transparencia es una cuestión fundamental, el hecho de revelar los nombres de los relatores para los países no aporta nada a una mayor transparencia del Comité. Los miembros del Comité trabajan conjuntamente para abordar todas las cuestiones relativas a un Estado parte.

116.El PRESIDENTE dice que el Comité aprecia los esfuerzos de los Estados partes para hacer llegar sus opiniones sobre la manera de seguir mejorando los métodos de trabajo del Comité. Señala que algunas de las opiniones expresadas por los miembros del Comité son a título personal y no representan necesariamente la posición del Comité en su conjunto.

Se levanta la sesión a las 18.05 horas .

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