Naciones Unidas

CERD/C/SR.2035

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

5 de agosto de 2011

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

77 º período de sesiones

Acta resumida de la 2035ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el miércoles 18 de agosto de 2010, a las 10.00 horas

President a :Sra. Dah

Sumario

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos 18º y 19º de Dinamarca (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos 18º y 19º de Dinamarca (continuación) (CERD/C/DNK/18-19 y Corr.1; CERD/C/DNK/Q/18-19; HRI/CORE/1/Add.58)

1.Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Dinamarca toman asiento a la mesa del Comité.

2.La Presidenta invita al Director Ejecutivo del Instituto de Derechos Humanos de Dinamarca a dirigirse al Comité.

3.El Sr. Christoffersen (Instituto de Derechos Humanos de Dinamarca) expresa la esperanza de que la actitud positiva del Comité hacia las instituciones nacionales de derechos humanos aliente a los demás órganos de derechos humanos a incluirlas en su labor. El orador dice que su Instituto reconoce las medidas positivas adoptadas por el Gobierno de Dinamarca desde 2006, como la creación de la Junta de Igualdad de Trato y la formulación de un plan de acción para promover la igualdad de trato independientemente de la pertenencia étnica y el respeto de la persona. Es preciso mantener esas iniciativas y dotarlas de financiación suficiente.

4.En lo que respecta a la incorporación de la Convención en el ordenamiento jurídico interno, el orador hace notar las preocupaciones expresadas en el informe paralelo del Instituto. El orador propone que el Comité se ocupe del problema general de la elaboración de perfiles étnicos, cuestión subyacente que es preciso analizar más a fondo para vigilar la situación en Dinamarca. En general, el país enfrenta grandes dificultades en la lucha contra la discriminación y la promoción de una sociedad incluyente.

5.Aunque coincide con el relator para el país y otros miembros del Comité en que es preciso definir con mayor claridad la función de las fiscalías con respecto a la incitación al odio y otros delitos del mismo tipo, el orador subraya que cada sistema jurídico tiene sus particularidades y dice tener la certeza de que el Comité no debe recomendar que se limiten los poderes del Fiscal General. Tal medida estaría totalmente reñida con el derecho danés y no gozaría de mucha credibilidad. En vez de ello, el Comité puede recomendar que los fiscales proporcionen información general sobre la forma en que proceden en esos casos con miras a abrir un debate público. Además se debe garantizar el derecho de las víctimas de acceder a la justicia, en particular a una reparación efectiva en caso de que no haya investigación o juicio. En cambio, no es razonable pedir al Gobierno que cambie un sistema de enjuiciamiento que en general funciona bien y es, sin lugar a dudas, legítimo. El orador expresa su satisfacción por la atención que el Gobierno presta a la grave cuestión de los delitos motivados por el odio y la esperanza de que las futuras iniciativas que se emprendan a este respecto sean de escala nacional.

6.Refiriéndose a los párrafos 47 a 56 del informe paralelo del Instituto, el orador subraya las grandes dificultades que enfrentan los solicitantes de asilo sometidos a dilatados trámites, con respecto a lo cual se debe pedir al Estado parte mayor información en su próximo informe periódico. Los párrafos 40 a 46 del informe del Instituto se refieren a la situación de las mujeres pertenecientes a minorías étnicas entrampadas en relaciones en las que son víctimas de violencia que a menudo se ven obligadas a decidir entre seguir en la relación o abandonar el país. El orador dice que son alentadoras las cifras, proporcionadas por el Gobierno, según las cuales ha aumentado el número de autorizaciones de residencia permanente concedidas a mujeres que no reúnen todas las condiciones habitualmente necesarias, pero indica que esos datos podrían ser engañosos por diversos motivos. Pregunta cuántas solicitudes de residencia permanente se han rechazado y en qué circunstancias. El endurecimiento de las condiciones para obtener la residencia permanente podría dejar a esas mujeres en una situación de mayor vulnerabilidad, pues les resultaría sumamente difícil cumplir los nuevos requisitos. En ese sentido, se agradecería que en el próximo informe periódico se incluyera información más detallada sobre los efectos de los cambios.

7.Con respecto a la sección del informe del Instituto referente a las personas de origen romaní, el orador propone que se solicite información no solo sobre las medidas correctivas adoptadas, sino también con respecto a la situación en el terreno. Es preciso determinar la gravedad de la situación antes de decidir si los romaníes deben recibir un trato diferente al de otros grupos étnicos minoritarios. El Instituto opina que todos los grupos étnicos minoritarios deben tener los mismos derechos. El orador aprecia que el Comité se ocupe del asunto.

8.La Presidenta agradece la participación del Instituto en la labor del Comité y la cooperación del Estado parte a ese respecto.

9.La Sra. Auken (Dinamarca), destacando la gran importancia que su Gobierno atribuye a la Convención, dice que, antes de ratificar cualquier instrumento internacional, se examina la legislación vigente para detectar los elementos incompatibles y se adoptan las medidas correspondientes. En el caso de la Convención se introdujo el artículo 266 B en el Código Penal y se promulgó legislación específica para prohibir la discriminación. Conforme a la tradición jurídica danesa, con ello se considera que la legislación se ajusta a los instrumentos internacionales ratificados, los cuales pueden sin embargo ser invocados directamente por los tribunales en caso de duda. La Convención ha sido aplicada por los tribunales y otras autoridades en relación con infracciones del artículo 266 B y otras disposiciones.

10.La decisión de incorporar el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en la legislación danesa se adoptó en un contexto de sensibilización general acerca de los principios de derechos humanos. Habida cuenta de que la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial ya se considera una fuente válida de derecho y que los tribunales la invocan, el Gobierno considera que su incorporación al ordenamiento jurídico interno tendría únicamente carácter simbólico, pero toma nota de las observaciones del Comité al respecto. El elevado número de comunicaciones individuales enviadas al Comité desde Dinamarca de conformidad con el artículo 14 de la Convención puede deberse a problemas relacionados con el enjuiciamiento de delitos de incitación al odio o a un número relativamente elevado de personas que conocen la Convención y la invocan. Con arreglo a la legislación de Dinamarca, se presta a los denunciantes asistencia jurídica cuando se pide al Gobierno que dé respuesta al Comité. El Gobierno seguirá difundiendo, por diversos medios, la Convención y el mecanismo de presentación de quejas.

11.Las decisiones del Fiscal General, autoridad suprema del ministerio público, obedecen a un principio estricto de objetividad con respecto a posibles infracciones del Código Penal y se basan en la jurisprudencia pertinente. Consciente de que las causas relativas al artículo 266 B merecen especial atención, el Gobierno ha introducido un sistema especial de presentación de informes para garantizar una práctica uniforme y eficaz. En aras de una mayor transparencia, el Fiscal General dictará pronto nuevas directrices sobre su práctica en relación con el artículo 266 B. Se considerará la posibilidad de publicar las decisiones adoptadas en el sitio web de la Fiscalía General.

12.El hecho de que apenas poco más de la mitad de las 24 causas relativas a incitaciones al odio tramitadas en los tribunales entre 2004 y 2008 hayan dado lugar a la condena de los acusados podría indicar que el Fiscal General no rechaza casos sin motivos fundados. La mayor parte de las veces no se enjuiciaron las supuestas infracciones del artículo 266 B porque no reunían los requisitos legales para ser admitidas a trámite o por falta de pruebas. Algunas de las denuncias desestimadas se refieren a declaraciones hechas por políticos durante debates políticos. En esos casos, el Fiscal General basa su decisión en la naturaleza de la declaración y el contexto en la que se ha hecho, teniendo en cuenta la jurisprudencia y la práctica y los principios del Tribunal Supremo, incluido el principio de que la tolerancia de las opiniones de los demás es condición de un debate abierto en una sociedad democrática. Al mismo tiempo, la libertad de expresión debe ejercerse con el respeto necesario por otros derechos humanos. Las declaraciones que no se conformen a esos principios han de penalizarse, entre otras cosas para evitar toda impresión de impunidad. En junio de 2010 el Parlamento retiró la impunidad parlamentaria de un miembro de la oposición en circunstancias de ese tipo; se han formulado cargos contra el parlamentario en cuestión. La oposición ha pedido la abolición del artículo 266 B aduciendo que el artículo es contrario a la libertad de expresión, pero el Gobierno ha rechazado ese pedido, manteniendo firmemente la posición de que esa disposición es necesaria para proteger a las minorías étnicas y que revocarla constituiría un incumplimiento de sus obligaciones internacionales.

13.La Sra. Hansen (Dinamarca), en respuesta a quienes han manifestado el temor de que el requisito de que las denuncias por discriminación racial se presenten por escrito ponga en desventaja a algunas de las víctimas, explica que la Junta de Igualdad de Trato se creó para facilitar el proceso de presentación de denuncias evitando las actuaciones judiciales en casos bien definidos que pueden describirse fácilmente por escrito. Ello no impide que una causa se tramite ante los tribunales. Por lo general presentan los casos de discriminación en el trabajo a los tribunales ordinarios o del trabajo el sindicato del denunciante o el propio denunciante si no está afiliado a ningún sindicato. En Dinamarca el grado de sindicalización de los trabajadores es elevado.

14.Los jueces integrantes de la Junta de Igualdad de Trato tienen competencia especial para conocer de causas relativas a casos de discriminación y en ocasiones han otorgado indemnizaciones mayores que los tribunales ordinarios. La secretaría de la Junta puede rechazar las denuncias si se determina que no se justifica el examen, pero se puede apelar de sus decisiones ante la Junta. Si la secretaría considera que el caso es demasiado complejo o que es probable que resulte favorecida la parte denunciada, por lo general remite la queja al Instituto de Derechos Humanos para que la asesore sobre las actuaciones jurídicas que se han de iniciar. No se pueden recurrir las decisiones ante ninguna autoridad administrativa porque la Junta tiene un rango particular. En la práctica el sistema de tribunales ordinarios es el mecanismo de apelación de la Junta. Incumbe a las partes interesadas decidir si apelan o no. Ahora bien, si un empleador se niega a pagar la indemnización decidida por la Junta o a obedecer otras órdenes, la Junta tiene la obligación de remitir la causa a los tribunales ordinarios sin costo para la parte demandante. Se han remitido a los tribunales 3 de las 22 causas de discriminación racial oídas por la Junta desde su creación en febrero de 2010.

15.El Sr. van Deurs (Dinamarca) dice que el objetivo de los nuevos requisitos que deben reunir los candidatos a la residencia permanente es crear un vínculo directo entre la residencia permanente y la integración social de los inmigrantes. El nuevo régimen está basado en un sistema de puntos que se asignan según diferentes criterios. Para obtener un permiso de residencia permanente es necesario reunir 100 puntos. Para no discriminar a las personas en función de su nivel de instrucción, se tendrá en cuenta la experiencia laboral si el interesado no tiene títulos académicos. Los solicitantes deben haber cancelado sus deudas pendientes con el Estado, como los impuestos que no hayan pagado, antes de que se les pueda conceder el permiso de residencia, pero los préstamos bancarios y otras deudas afines no se tienen en cuenta. Los mismos requisitos se aplican a todos los inmigrantes, incluidos los refugiados, y está prevista la posibilidad de renovar los permisos de residencia temporal para dar tiempo a las personas a que reúnan los puntos necesarios, siempre que cumplan los requisitos necesarios para la residencia temporal. Una discapacidad grave puede eximir a una persona de cumplir los requisitos ordinarios.

16.El Sr. Spies (Dinamarca) dice que la estrategia del Gobierno para contrarrestar la formación de guetos se centra en las zonas de vivienda social y no en los diferentes grupos étnicos, aunque en muchas de esas zonas viven grandes números de inmigrantes y refugiados. La formación de guetos frena la integración de esos grupos en la sociedad danesa. De conformidad con la legislación, los beneficiarios de prestaciones sociales tienen derecho a mudarse a viviendas ubicadas en zonas con un nivel de empleo más elevado, asignándose la casa de la que salen a personas que tienen trabajo. Ese derecho a una vivienda se conserva mientras se cobren las prestaciones, y las autoridades procuran realojar a los beneficiarios en un plazo máximo de seis meses. Cada año se determinan las zonas objetivo, principalmente las que presentan un nivel de desempleo de entre 30 y 50%. El resultado es que el número de zonas deprimidas, es decir, aquellas en que más de la mitad de los residentes dependen de las prestaciones sociales, pasó de 23 en 2007 a 20 en 2008. Quedan muchos problemas por superar, en particular en materia de seguridad y de educación, y en 2010 se actualizará la estrategia que se ha de seguir.

17.Según un estudio hecho en 2007 mediante entrevistas telefónicas a familias de inmigrantes, solo un número reducido de ellos había sufrido discriminación por motivos raciales o étnicos. Menos alentadora fue la constatación de que era más frecuente que los descendientes de inmigrantes se sintieran discriminados que los inmigrantes mismos, resultado tal vez que se puede atribuir en parte a estilos de vida diferentes. Están previstas medidas para eliminar la discriminación en la admisión a locales nocturnos, proporcionando mayor información al personal de esos establecimientos, entre otras cosas.

18.La Sra. Hansen (Dinamarca) dice que la Convención permite que un Estado parte distinga entre nacionales y extranjeros. Ahora bien, ese trato desigual no debe redundar en actos discriminatorios prohibidos por la ley, como la discriminación basada en el origen nacional. Es permisible el trato desigual, en cambio, en casos en que la nacionalidad sea un criterio pertinente para postular a un puesto de trabajo, por ejemplo, un cargo en el Ministerio de Defensa que exija un sentimiento fuerte de lealtad nacional. En la práctica es difícil imaginar situaciones en que una empresa privada pueda tener un interés legítimo en contratar únicamente a ciudadanos daneses. En respuesta a una pregunta de un miembro del Comité, la oradora confirma que los cargos de abogado, médico, ingeniero o contador están abiertos a los extranjeros.

19.El Sr. Rasmussen (Dinamarca) dice que los municipios tienen libertad para ofrecer instrucción en lengua materna a los niños bilingües que no sean de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de las Islas Feroe o de Groenlandia. Algunos municipios han optado por hacerlo y en algunos casos los padres deben pagar derechos de matrícula. El Ministerio de Educación ha publicado un programa de estudio y directrices sobre la instrucción en lengua materna. El Gobierno opina que es preferible dedicar los recursos financieros disponibles al refuerzo de la instrucción en danés desde una edad temprana y a la mejora de la calidad general de la enseñanza impartida a los alumnos bilingües, lo cual contribuye a mejorar su rendimiento académico. El objetivo de la política educativa de Dinamarca no consiste en fomentar la asimilación de los niños bilingües ni en confinarlos en una identidad minoritaria, sino en ayudarles a triunfar en el sistema educativo, el mercado laboral y la sociedad en general.

20.Se imparte instrucción en lengua materna a ciertos niños porque deben estar preparados para un posible regreso a su país de origen. También se instruye a los niños de las Islas Feroe y de Groenlandia en su lengua materna, no por el rango oficial de los idiomas en cuestión, sino porque son lenguas que se utilizan comúnmente en el ámbito público y privado en las Islas Feroe y en Groenlandia. El Ministerio de Educación no descarta la posibilidad de que la instrucción en lengua materna contribuya al éxito académico de los niños bilingües. Sin embargo, los estudiosos no están de acuerdo sobre si los niños bilingües necesitan recibir enseñanza en su lengua materna para aprender un segundo idioma y prosperar en el sistema educativo.

21.Dinamarca tiene una población escolar muy heterogénea y en las escuelas danesas se habla más de un centenar de idiomas. Por consiguiente, brindar educación en lengua materna de alta calidad a todos los niños bilingües conllevaría una carga financiera considerable y grandes dificultades prácticas. En su examen de la educación de los migrantes de 2010, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos indicó que le parecía justificada la política del Gobierno. En el programa de estudios revisado de 2009 de danés como segunda lengua se alienta a las escuelas y a los profesores a aprovechar el conocimiento que tienen los niños bilingües de su lengua materna. También se pueden escoger toda una serie de lenguas minoritarias como materias opcionales en la enseñanza primaria y secundaria.

22.En lo que respecta a las clases exclusivamente destinadas a niños romaníes, las denominadas "clases del ausentismo", también conocidas como "clases romaníes", ofrecidas en el municipio de Helsingør, el Ministerio de Educación las declaró ilegales y las cerró en el verano de 2005. Desde entonces el Ministerio no ha sido informado de otros casos de educación segregada para niños romaníes.

23.La Sra. Auken (Dinamarca) dice que los párrafos 198 a 200 del informe periódico se refieren al examen que deben aprobar todos los candidatos a la Academia de Policía de Dinamarca. En respuesta a una pregunta sobre las posibles diferencias en el desempeño de los candidatos daneses y los de otros grupos étnicos que han sido admitidos en la academia, la oradora dice que es algo más frecuente que los alumnos de origen étnico no danés abandonen el curso pero que no se trata de una diferencia pronunciada. La Academia ha organizado un programa de tutoría para prestarles asistencia. Se ha tomado nota de la recomendación del Comité de investigar la cuestión más a fondo.

24.El Sr. Spies (Dinamarca) dice que el origen étnico no se registra en los censos de población de Dinamarca. Por lo tanto, no puede proporcionar datos estadísticos exactos sobre el número de romaníes que viven en el país. Las estimaciones de organizaciones no gubernamentales que representan a los romaníes y del Consejo Danés para los Refugiados van de 1.500 a 10.000. Se cree que los principales países de origen de los romaníes son Bosnia y Herzegovina, la ex República Yugoslava de Macedonia y Rumania. En 2009 los inmigrantes procedentes de esos países y sus descendientes eran unos 30.000.

25.El informe contiene una sinopsis de las políticas de integración de los romaníes. El Gobierno aplica en la materia un enfoque holístico, promocionando la realización de campañas de sensibilización y la formación de grupos de jóvenes y padres "ejemplares" de origen étnico minoritario. Se han establecido grupos locales de personas ejemplares en más de 13 municipios, incluidos Helsingør y Copenhague, donde viven la mayoría de los romaníes. En el marco del Plan de acción para promover la igualdad de trato están previstas iniciativas para combatir la intolerancia hacia determinados grupos étnicos. En casos de intolerancia mutua entre determinados grupos, se podría entablar un diálogo centrado en lo que tienen en común, por ejemplo. Se han adoptado medidas para evitar que los grupos minoritarios se conviertan en víctimas de la desconfianza y la ira por factores que escapan a su control.

26.En el Plan de acción está previsto asimismo el estudio de las tendencias al extremismo y la polarización. La idea es centrarse en los casos de antisemitismo e intolerancia que resultan de iniciativas organizadas o que crean división en la población local. Se introducirán medidas preventivas adecuadas en cooperación con los municipios sobre la base de las conclusiones del estudio. Si se detectan casos de intolerancia hacia los romaníes, por ejemplo, se adoptarán medidas preventivas.

27.La Sra. Thomsen (Dinamarca) dice que Groenlandia accedió a la autonomía el 21 de junio de 2009, fecha en que se celebra también la fiesta nacional de Groenlandia. Aunque el informe no contiene mucha información sobre Groenlandia, la oradora invita a los miembros del Comité a consultar, por ejemplo, el informe sobre el proceso de autonomía presentado al Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas (E/C.19/2009/4/Add.4) y el documento relativo a la Ley de autogobierno de Groenlandia presentado a la Asamblea General en su sexagésimo cuarto período de sesiones (A/64/676). Asimismo, en agosto de 2009 el Primer Ministro de Groenlandia hizo una declaración ante el Mecanismo de expertos sobre los derechos de los pueblos indígenas en la que manifestó la voluntad de su Gobierno de aplicar la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

28.Con las disposiciones de autogobierno se amplió el régimen de autonomía que existía desde hacía 30 años. De conformidad con la Ley de autogobierno de Groenlandia, se reconoce a los groenlandeses el derecho a la autodeterminación en virtud del derecho internacional y el derecho a todos los recursos naturales de Groenlandia. El groenlandés, lengua de la familia inuit, es el idioma oficial del país pero el danés se sigue enseñando en la escuela, al mismo tiempo que otros idiomas extranjeros. La ley contiene también una disposición en cuya virtud la decisión sobre la independencia corresponde al pueblo de Groenlandia. Aunque todavía no se ha previsto organizar un referendo al respecto, si Groenlandia optara por la independencia sería un Estado independiente parte en los tratados de las Naciones Unidas.

29.Los inuit constituyen el 89% de la población de Groenlandia y todos los miembros del gobierno elegido democráticamente son de origen inuit.

30.En respuesta a un miembro del Comité que pidió precisiones sobre el "criterio de lugar de nacimiento", según el cual las personas contratadas en Dinamarca para trabajar en Groenlandia se acogen a beneficios especiales, la oradora indica que ese sistema fue abolido cuando el Gobierno autónomo de Groenlandia asumió el poder.

31.La oradora confirma que se ha establecido recientemente un Comité Nacional sobre las personas consideradas legalmente "sin padre". Los primeros ministros de Groenlandia y Dinamarca han entablado un diálogo al respecto.

32.La Sra. Auken (Dinamarca) dice que el Primer Ministro de Dinamarca prometió en una reunión con el Gobierno autónomo que se celebró el 12 de junio de 2010 que la cuestión de las personas "sin padre" y la legislación correspondiente se examinarían detenidamente en el contexto de una revisión de la legislación de Groenlandia relativa a la familia.

33.El Sr. Jacobsen (Dinamarca) señaló a la atención del Comité un documento del Gobierno titulado "Dinamarca 2010: Conocimiento, Crecimiento, Prosperidad, Bienestar" que se publicó en febrero de 2010. Según el documento, Dinamarca se ha propuesto convertirse en uno de los países europeos líderes en materia de integración para 2020. En particular, se tiene previsto integrar al mercado laboral a los inmigrantes no occidentales y sus descendientes. El Gobierno vigilará muy de cerca las medidas que se adopten para evitar la difusión de opiniones extremistas y la radicalización de los jóvenes. También reforzará la educación democrática y cívica, así como los cursos de familiarización con la cultura y la sociedad danesas para los inmigrantes recién llegados a fin de que estén en mejores condiciones para participar activamente en la vida de la comunidad.

34.La Sra. Crickley dice que interesa al Comité sobre todo cerciorarse de que existen recursos efectivos, por ejemplo, en el caso de delitos motivados por el odio y de la incitación al odio. Con respecto a la revisión prevista de las directrices para la aplicación del artículo 266 B del Código Penal, la oradora pregunta si el Estado parte estaría dispuesto a considerar la posibilidad de crear mecanismos destinados a la promoción activa de la igualdad de trato por la Fiscalía.

35.Con respecto a la participación de grupos étnicos minoritarios en la policía, la oradora propone que se disponga la supervisión de su desempeño no solo en la Academia de Policía sino a lo largo de su carrera. Sería interesante determinar, por ejemplo, si tienen acceso a ascensos en igualdad de condiciones con los demás.

36.En algunos casos no está claro si la delegación se refiere a integración o asimilación. Supuestamente, los romaníes que llegaron a Dinamarca antes de 1960 están plenamente integrados. La oradora se pregunta si no habrán sufrido en realidad un proceso de asimilación. Observando la enorme diferencia entre las estimaciones del número de romaníes en Dinamarca mencionadas (1.500 y 10.000), la oradora subraya la importancia de disponer de datos relativamente fiables sobre los grupos étnicos para enfrentar eficazmente los problemas de discriminación.

37.Tras encomiar el Plan de acción para promover la igualdad de trato independientemente de la pertenencia étnica, la oradora pregunta si se han fijado objetivos y si se ha previsto la evaluación de los progresos realizados. La oradora dice que le preocupa que los miembros más extrovertidos de los grupos étnicos minoritarios puedan correr mayor riesgo de ser discriminados. Es esencial preservar la diversidad cultural en el proceso de integración democrática.

38.La oradora observa que el 83% de las mujeres inmigrantes y el 84% de las no inmigrantes tienen empleo. Sin embargo, como las mujeres inmigrantes a menudo están en posición de vulnerabilidad y requieren protección especial, es importante determinar el tipo de trabajo que realizan, teniendo en cuenta especialmente las nuevas normas con respecto a la residencia y el sistema de control de la convivencia de los matrimonios. ¿Cómo pueden cerciorarse las autoridades de que las mujeres víctimas de violencia doméstica gozan de protección, por ejemplo?

39.En lo que respecta a la estrategia para contrarrestar la formación de guetos, la oradora elogia los objetivos del proceso de redistribución pero pregunta cómo ha previsto el Estado parte velar por que las minorías sigan ejerciendo el derecho a la no discriminación tras su relocalización.

40.En vista de la complejidad de la situación en materia de autonomía y autogobierno, la oradora pregunta qué mecanismos se han instaurado para mantener la protección de la identidad y la necesidad de que exista un debate libre y abierto sobre los cambios de las tradiciones y, por ejemplo, del régimen tradicional de propiedad.

41.La Sra. Auden (Dinamarca) dice que entre 2004 y 2008 la policía recibió 190 denuncias por infracciones del artículo 266 B del Código Penal. Sin embargo, el número de denuncias no refleja necesariamente el número de supuestos delitos, puesto que los incidentes relacionados con la incitación al odio suelen dar lugar a varias denuncias en diferentes distritos policiales, especialmente si se informa de ellos en los medios. El Gobierno es muy consciente de que es preciso alentar a las víctimas de delitos de ese tipo a que los denuncien a la policía. También es consciente de que la confianza en que la policía y la fiscalía van a tomar con seriedad la denuncia es una de las principales condiciones para ello.

42.Además de su labor de cooperación con el Instituto de Derechos Humanos de Dinamarca, la policía ha adoptado medidas para mejorar su sistema de registro. En 2009 se introdujo un nuevo sistema de tramitación de casos, con una sección específica que se ha de rellenar si el policía que atiende la denuncia sospecha que un delito puede tener motivaciones raciales. El mismo año se impartieron a la policía directrices internas relativas a la atención de denuncias de delitos motivados por el odio racial.

43.La oradora acoge positivamente la recomendación de la Sra. Crickley de establecer mecanismos para la promoción activa de la igualdad, recomendación que transmitirá a las autoridades de la policía.

44.Los funcionarios de policía que no tienen origen étnico danés son un recurso muy valioso. Se procura alentar a miembros de minorías étnicas a incorporarse a la policía de modo que ese cuerpo refleje la composición étnica de la población. Los agentes de policía pertenecientes a minorías étnicas dan un excelente ejemplo a los jóvenes de origen étnico no danés.

45.El Sr. Jacobsen (Dinamarca) dice que el Gobierno comparte la preocupación del Comité por la falta de datos confiables sobre el número de romaníes que se encuentran en el país. El Gobierno ha entablado un diálogo con el Comité Consultivo sobre el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales del Consejo de Europa y está trabajando con otros organismos.

46.El Sr. Spies (Dinamarca) coincide en que es preciso determinar cuántos miembros de la comunidad romaní son víctimas de discriminación racial antes de adoptar medidas preliminares. Los planes de acción locales para prevenir la discriminación racial deben resultar útiles para ello, pues permiten que el Gobierno colabore con las municipalidades para determinar qué grupos son víctimas de discriminación o consideran que son objeto de intolerancia. Si ese es el caso de los romaníes, se adoptarán medidas en el marco de esa iniciativa. El nuevo Plan de acción para promover la igualdad de trato y la diversidad y luchar contra el racismo comprende también una iniciativa de investigación que contribuye al desarrollo de métodos más precisos para evaluar la discriminación, en particular la discriminación percibida por las víctimas.

47.El Sr. Rasmussen (Dinamarca) dice que el Gobierno considera que tiene la responsabilidad de crear un marco en el que los niños pertenecientes a minorías étnicas puedan mantener y expresar la cultura de su minoría y utilizar esa cultura en el entorno escolar. Se han publicado directrices sobre la utilización de lenguas minoritarias como componente activo de la vida escolar. La integración se concibe como un proceso de dos vías; se enseña la lengua a los niños bilingües y en los programas de enseñanza de todas las materias está prevista la integración del apoyo lingüístico, la educación intercultural y la posibilidad de que los niños pertenecientes a minorías étnicas utilicen su lengua materna y el conocimiento de su cultura. Por lo tanto, los niños bilingües se adaptan al sistema escolar de la misma manera que el sistema escolar se adapta a la evolución de la población en edad escolar.

48.El Sr. Spies (Dinamarca) dice que el objetivo de la estrategia del Gobierno en lo que respecta a los guetos es evitar la agrupación de personas marginadas, no la agrupación de personas del mismo grupo étnico. El hecho de que personas pertenecientes a minorías étnicas decidan vivir en la misma zona no es problema, pero lo es que coincidan en un mismo barrio personas desempleadas y marginadas. El nuevo Plan de acción para promover la igualdad de trato y la diversidad y luchar contra el racismo comprende iniciativas encaminadas a fomentar la prosperidad en zonas deprimidas, como la concesión de donaciones para apoyar el diálogo y las actividades de creación de redes. Esas actividades pueden incluir debates, cursos, actividades teatrales o cualquier otra medida que contribuya a crear cohesión social y mejorar la calidad de vida de todos los residentes. El Gobierno no desea ser muy prescriptivo con respecto a esas actividades; considera más bien que las mejores soluciones provendrán de los residentes mismos.

49.En general esas medidas están diseñadas para incluir, antes que integrar, a las minorías étnicas en el proceso democrático en muy diversas esferas. Se ejecutó un proyecto en cooperación con el Consejo de la Juventud Danesa con el fin de crear una plataforma democrática destinada a alentar a los jóvenes pertenecientes a minorías étnicas a crear sus propias asociaciones. Las asociaciones, columna vertebral de la sociedad danesa, son un concepto relativamente nuevo para algunas minorías étnicas. El Gobierno ha proporcionado financiación y una secretaría y ahora corresponde a los jóvenes inmigrantes decidir qué actividades e iniciativas emprender para participar más plenamente en la sociedad. Por lo tanto se pone el acento en que los jóvenes adquieran más poder y en su inclusión más bien que en la asimilación o la integración.

50.El Sr. van Deurs (Dinamarca) dice que en general se permite que las mujeres separadas de sus compañeros debido a la violencia doméstica permanezcan en el país si han vivido en él al menos por dos años. Aunque en junio de 2010 entraron en vigor nuevas normas sobre los permisos de residencia permanente, no se exige a las personas que no reúnen los requisitos para optar a la residencia permanente que abandonen el país. Por lo tanto, las víctimas de violencia doméstica pueden quedarse en Dinamarca y hacer renovar su permiso de residencia. Las nuevas normas se han introducido para reflejar la condición impuesta por el Gobierno de que los inmigrantes alcancen determinado nivel de integración para poder optar a la residencia permanente.

51.La Sra. Thomsen (Dinamarca) dice que en Groenlandia hay un fuerte sentido de la identidad étnica y una apertura de espíritu que valora las diferencias culturales de la región septentrional y la región oriental del territorio. Los inuit forman parte de la sociedad y se los valora como tales. La caza en kayak con arpones se preserva y se protege como técnica tradicional de caza.

52.Progresivamente se ha ido formando una lengua inuit común, el Kalallisut (groenlandés), que pueda utilizar toda la población. Solo la hablan unas 50.000 personas y es caro mantenerla y desarrollarla. Se ha introducido una nueva ley sobre el idioma y las autoridades están elaborando programas de estudio y material didáctico para los funcionarios, en su mayoría daneses, de Groenlandia, de modo que el groenlandés pase a ser la primera lengua de Groenlandia además de la lengua oficial.

53.El Sr. Spies (Dinamarca) dice que el Plan de acción de 2003 para promover la igualdad de trato y la diversidad y luchar contra el racismo prevé el establecimiento del Instituto de Derechos Humanos de Dinamarca, que empezó a funcionar en su forma actual en 2002. En 2003 fue además designado como el órgano danés encargado de la igualdad de trato y, en el marco de ese mandato, se le asignó la tarea de documentar la discriminación. El nuevo plan de acción prevé una financiación de unos 120.000 euros para un proyecto de investigación en ese ámbito.

54.El Sr. Murillo Martínez dice que, si bien entiende que los datos sobre la población carcelaria que solicitó eran muy detallados, sería útil que el Estado parte indicara en su próximo informe qué porcentaje de la población carcelaria procede de una minoría étnica.

55.El orador invita al Gobierno a participar activamente, tanto en Dinamarca como en el extranjero, en la conmemoración del Año Internacional de los Afrodescendientes, previsto para 2011, proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 64/169.

56.La Sra. Auken (Dinamarca) dice que es imposible sacar conclusiones de los datos estadísticos, más bien detallados, de que se dispone actualmente, en danés solamente, sobre el número de personas que no tienen origen étnico danés y se encuentran actualmente en prisión. Se incluirá la información pertinente en el próximo informe periódico.

57.El Sr. Jacobsen (Dinamarca) dice que ha tomado nota de la invitación a participar en la conmemoración del Año Internacional de los Afrodescendientes en 2011.

58.El Sr. Amir elogia al Estado parte por la campaña "Tarjeta roja al racismo", destinada a luchar contra el racismo en el fútbol.

59.Recordando la preocupación expresada por el Comité en 2006 con respecto a los solicitantes de asilo que viven en centros especiales con sus hijos desde hace años, sin derecho a participar en actividades sociales, profesionales, educativas y culturales fuera de los centros, a no ser en grado limitado, y que pueden verse trasladados muchas veces de un centro a otro (CERD/C/DEN/CO/17, párr. 13), el orador pregunta si los solicitantes de asilo tienen ahora derecho a recurrir contra las decisiones de la Junta de los Refugiados y si el Estado parte ha revisado su política de modo que se respeten plenamente los derechos que la Convención reconoce a los solicitantes de asilo.

60.El orador desea asimismo saber si el Gobierno ha decidido modificar su política ambiental tras la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2009, que se celebró en Copenhague.

61.El Sr. Jacobsen (Dinamarca) dice que su Gobierno sigue desplegando esfuerzos para que se tenga en cuenta la cuestión del impacto del estilo de vida tradicional de los pueblos indígenas en el contexto de la concertación de un acuerdo internacional sobre el cambio climático.

62.El Sr. van Deurs (Dinamarca) dice que, como promedio, las autoridades tardan un año en pronunciarse respecto de las solicitudes de asilo y que los solicitantes de asilo viven en centros de acogida mientras se examina su caso. En principio, los solicitantes cuya solicitud es desestimada y a pesar de ello se niegan a abandonar el país, permanecen ilegalmente en Dinamarca, puesto que el Gobierno les ha indicado claramente que tienen la obligación de salir del país. Por consiguiente, deben permanecer en un centro de acogida hasta que puedan irse de Dinamarca. Efectivamente, algunos solicitantes a los que se ha denegado el asilo viven desde hace mucho tiempo en esos centros, pero se trata de personas que se niegan a volver a su país de origen. En el pasado, en determinadas circunstancias, el Gobierno ha permitido que ciertas familias con niños se muden a otros lugares de Dinamarca para ayudarles a llevar una vida más normal. Sin embargo, el Gobierno mantiene su posición de que los solicitantes a quienes se ha denegado el asilo no deben tener derecho a trabajar. Tienen derecho a circular dentro del país, siempre que regresen periódicamente al centro de acogida.

63.La Junta de Apelación de los Refugiados es un órgano cuasijudicial que tramita en forma expedita las apelaciones de los solicitantes a los que se ha denegado el asilo. El Gobierno considera que sus decisiones no deben ser objeto de revisión judicial. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronunció en ese sentido en su decisión 11230 de 2007, en la que desestimó una apelación que impugnaba los fundamentos de las decisiones de la Junta de Apelaciones de los Refugiados.

64.El Sr. de Gouttes expresa su satisfacción por la presencia de la institución nacional de derechos humanos de Dinamarca y por el diálogo interactivo entablado. Agradece a la delegación de Dinamarca la información facilitada, en particular con respecto a la aplicación del artículo 4 de la Convención por el Estado parte, el enjuiciamiento de los delitos de discriminación racial y los esfuerzos desplegados para alentar a los miembros de grupos minoritarios a que trabajen en la policía y el sistema de justicia. Indica que agradecería que se proporcionara mayor información sobre este último tema en el próximo informe periódico de Dinamarca.

65.El Comité se ha enterado, entre otros medios, por los casos que se le señalan con arreglo al procedimiento de presentación de comunicaciones individuales, de ejemplos de incitación al odio por parte de ciertos dirigentes políticos, en particular los del Partido Popular Danés. El orador solicita mayor información sobre las diferencias entre el ámbito de aplicación del artículo 266 B del Código Penal, en el que se penalizan las amenazas o los insultos dirigidos a un grupo, y no a una persona, por motivos relacionados con su raza, su color o su origen nacional o étnico, y el de los artículos 267 y 268, que se refieren a la difamación de una persona. En su Recomendación general Nº 15, relativa a la aplicación del artículo 4 de la Convención, y su Recomendación general Nº 30, sobre la discriminación contra los no ciudadanos, el Comité afirma que la prohibición de las ideas racistas no es incompatible con la libertad de expresión. Incluso en el marco de un debate político, el Estado parte tiene la obligación de determinar si las declaraciones vertidas son de carácter racista y, de ser necesario, penalizarlas. En particular, debe actuar enérgicamente para luchar contra toda tendencia a la estigmatización de los no ciudadanos en los discursos de los políticos, en los medios de comunicación o en Internet. El orador desea conocer la opinión de la delegación al respecto.

66.La Sra. Auken (Dinamarca) dice que los Estados deben, efectivamente, evitar que se invoque la libertad de expresión como excusa para no penalizar las incitaciones al odio. Las personas objeto de tales ataques también tienen derecho a la protección contra los insultos. El Fiscal General examina la seriedad de ese tipo de declaraciones y el contexto en las que se formulan para definir los límites aceptables del debate político. Algunos casos de incitación al odio en discursos políticos han sido enjuiciados: por ejemplo, en junio de 2010 se interpuso una demanda contra un miembro del Partido Popular Danés que había vertido declaraciones de carácter degradante. El Gobierno toma con mucha seriedad las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 4 de la Convención.

67.El Sr. Diaconu observa que Dinamarca no ha incorporado la Convención ni ningún otro instrumento internacional de derechos humanos en su ordenamiento jurídico interno, a excepción del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en el que no se aborda la discriminación racial sino de forma indirecta. Si los tribunales invocaran la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial en todos los casos en que ello procediera, tal como se afirma en el párrafo 25 del informe, no cabe duda de que no habría impedimento, fuera de los puramente formales, para su plena incorporación en la legislación nacional.

68.El Fiscal General decide si se van a enjuiciar los casos de incitación al odio examinando cada caso en cuanto al fondo. Sin embargo, ese sistema depende excesivamente del juicio de una sola persona: en su país existe un consejo de vigilancia que supervisa la actuación de los jueces y puede recomendar su remoción del cargo si adoptan persistentemente decisiones desacertadas. El orador pregunta si un demandante puede impugnar una decisión del Fiscal General ante tribunales civiles y exigir una indemnización.

69.La Sra. Auken (Dinamarca) dice que una persona puede iniciar una causa civil en virtud de los artículos 267 y 268 del Código Penal. Sin embargo, nunca se ha iniciado una causa civil invocando el artículo 266 B y es difícil imaginar una situación en que una persona tenga una queja individual en caso de que el Fiscal General haya decidido no abrir un juicio en virtud de ese artículo, que se refiere a los derechos de grupos de personas.

70.El Sr. Avtonomov expresa su preocupación por la falta de datos estadísticos desglosados por grupo étnico. Sin los datos necesarios, el Gobierno no puede responder a la discriminación de facto que afecta a los grupos vulnerables, especialmente los romaníes. Por ejemplo, las cifras proporcionadas por la delegación en relación con el tamaño de la población romaní varían entre 1.500 y 10.000. Existen métodos estadísticos que no dan pie a la elaboración de perfiles étnicos ni a la estigmatización pero pueden servir para que el Gobierno disponga de la información necesaria para hacer frente oportunamente a las tendencias negativas.

71.El orador solicita mayor información sobre la estructura y las facultades del nuevo Gobierno autónomo de Groenlandia. Pregunta si la Convención sigue en vigor en Groenlandia o si es necesario que el nuevo Gobierno se adhiera a la Convención por separado. Las facultades del Gobierno abarcan muchas esferas en que puede haber discriminación, entre ellas la familia y el empleo.

72.El Sr. Peter (Relator para el país) hace un resumen del debate interactivo con el Estado parte y agradece a la delegación la información proporcionada. Dice que la lista de temas elaborada por el Comité (CERD/C/DNK/Q/18-19) ha constituido una buena base para orientar el debate.

73.Dinamarca tiene una buena trayectoria en una esfera de particular interés para el orador, la campaña de lucha contra el racismo en el deporte. La Unión Danesa de Fútbol ha adoptado una política de tolerancia cero con las manifestaciones de racismo de los aficionados.

74.En el debate se han puesto de relieve varias cuestiones que preocupan al Comité, entre ellas la falta de datos estadísticos sobre la población romaní, especialmente los romaníes que han llegado a Dinamarca desde el decenio de 1960, y la elaboración de perfiles étnicos y el hostigamiento por parte de la policía. La situación de la tribu thule de Groenlandia sigue siendo motivo de inquietud.

75.Muchos miembros han notado lo que se percibe como reticencia del Fiscal General de enjuiciar en los tribunales los supuestos casos de incitación al odio por parte de políticos. La protección prevista en el artículo 266 B del Código Penal solo se hará efectiva cuando el Fiscal General esté dispuesto a enjuiciar las infracciones de dicho artículo. Según comunicaciones individuales presentadas al Comité, en Dinamarca muchas personas opinan que el Fiscal no es suficientemente estricto. Con todo, el Comité considera alentadoras las declaraciones del Gobierno en el sentido de que se seguirán aplicando las disposiciones del artículo.

76.Muchos miembros del Comité han pedido al Gobierno, una vez más, que considere la posibilidad de incorporar directamente la Convención en su ordenamiento jurídico interno.

77.Otro motivo de preocupación es la situación de las mujeres extranjeras víctimas de violencia doméstica que corren el riesgo de perder el derecho a permanecer en Dinamarca si se separan del cónyuge que las maltrata. La delegación indica que ha aumentado el número de mujeres a las que se permite quedarse en Dinamarca en esas circunstancias, pero los miembros del Comité han pedido al Gobierno que vele por que reciban un trato humano.

78.Los miembros del Comité han expresado su satisfacción por las iniciativas de lucha contra el racismo y la discriminación y alientan a los miembros de las minorías étnicas a que ingresen en los cuerpos de docencia y policía.

79.El Comité transmitirá sus observaciones finales al Estado parte al finalizar el período de sesiones. Agradece a todos los funcionarios de la secretaría la ayuda que le brindaron en el examen en profundidad que hizo del informe de Dinamarca.

80.La Presidenta agradece a la delegación de Dinamarca su contribución a un diálogo franco y fructífero. El Comité tiene particular interés en escuchar en el futuro a los representantes del nuevo Gobierno de Groenlandia.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.