Naciones Unidas

CERD/C/SR.2022

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

24 de enero de 2011

Español

Original: francés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

77º período de sesiones

Acta resumida de la 2022ª sesiónCelebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 9 de agosto de 2010, a las 15.00 horas

Presidente:Sr. Kemal

Sumario

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos 16º a 19º de Rumania

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (tema 4 del programa) (continuación)

Informes periódicos 16º a 19º de Rumania (CERD/C/ROU/16-19; CERD/C/ROU/Q/16-19)

1. Por invitación del Presidente, la delegación de Rumania toma asiento como participante a la mesa del Comité.

2.El Sr. Asztalos (Rumania) dice que la adhesión de Rumania en 2007 a la Unión Europea y a la OTAN marcó el período abarcado por los informes periódicos que se examinan. La ratificación del Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1º de diciembre de 2009, se ha traducido en progresos significativos en el ámbito de los derechos humanos fundamentales, habida cuenta de que ese instrumento recoge los derechos, las libertades y los principios enunciados en la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea, aprobada en 2007.

3.Rumania ha establecido un marco jurídico complejo y complementario en la esfera de la igualdad de oportunidades y la no discriminación. El Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación (CERD/C/ROU/16-19, párr. 33) es el principal órgano especializado de la administración pública central que está facultado para garantizar y supervisar la aplicación del principio de igualdad y de no discriminación entre los ciudadanos. Ese Consejo es una institución pública autónoma, con personalidad jurídica y sometida a control parlamentario. Desempeña sus actividades sin obstrucciones o presiones de otras instituciones o autoridades públicas. Su informe anual se debate y se aprueba en el Parlamento. Su autonomía y su independencia se reflejan concretamente en la administración de su presupuesto anual y en la designación transparente de los miembros de su comité directivo.

4.El Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación está concebido específicamente para luchar contra todas las formas de discriminación racial. Está encargado de hacer aplicar y observar la legislación contra la discriminación, en particular la Ordenanza gubernamental Nº 137/2000 sobre la prevención y sanción de todas las formas de discriminación (ibíd., párr. 27), texto importante en la historia de la lucha contra la discriminación en Rumania en el que se da una definición exhaustiva del concepto de discriminación. El Consejo Nacional es competente para investigar, determinar los hechos y sancionar los casos de discriminación, y también para elaborar y aplicar las políticas públicas relativas a la no discriminación. El Consejo se estableció de conformidad con los Principios de París.

5.En 2009, el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación recibió 528 denuncias. La disminución con respecto al número de denuncias registradas en 2007 y 2008, que fueron de 836 y 837 respectivamente, se debe en gran parte a la modificación de la Ordenanza gubernamental Nº 137/2000, sobre la prevención y sanción de todas las formas de discriminación, a la Ordenanza gubernamental Nº 75/2008, que limitó la duración del mandato del Consejo, y a la Decisión Nº 997 del Tribunal Constitucional, que estimó que el Consejo no es competente para tomar decisiones relativas a la discriminación que emanen directamente de las normas legales. No obstante, se constata que el número de denuncias recibidas por el Consejo se ha duplicado entre 2003-2006 y 2007-2008.

6.En 2008, el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación registró 116 denuncias de discriminación por motivos de raza u origen étnico o nacional, y se pronunció sobre 24 de ellas, es decir, en un 33% de los casos.

7.En 2009, el Consejo registró y tramitó 92 denuncias basadas en los mismos motivos y se pronunció sobre 17 de ellas, es decir, en un 34% de los casos. Entre 2007 y 2009, el 90% de las decisiones del Consejo fueron confirmadas en apelación. La jurisprudencia también se ha enriquecido gracias a la formación continua en materia de no discriminación.

8.El Consejo Nacional de Medios Audiovisuales (ibíd., párr. 30) es una institución pública autónoma sometida a control parlamentario. Su misión es velar por el interés público en el ámbito de la comunicación audiovisual; en caso de contravención, está autorizado a imponer sanciones a las cadenas que emitan programas discriminatorios. También puede preconizar la realización de campañas públicas de concienciación sobre el principio de igualdad de oportunidades y de no discriminación. Entre 2008 y finales de julio de 2010, el Consejo impuso 5 sanciones y emitió 4 citaciones por infracción de las disposiciones legislativas que prohíben la discriminación por motivos de nacionalidad, raza, religión, sexo, orientación sexual u origen étnico.

9.En el ámbito de las relaciones profesionales, la Inspección del Trabajo es competente para supervisar el respeto de la prohibición de discriminación en materia de acceso al empleo. La Inspección del Trabajo es la principal institución encargada de aplicar el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación en el empleo, de realizar un seguimiento y de vigilar el respeto de ese principio.

10.La institución del Defensor del Pueblo (ibíd., párr. 29) tiene la función de defender los derechos y las libertades de las personas físicas en sus relaciones con la administración pública. El Defensor del Pueblo es una institución autónoma que actúa con total independencia de los poderes públicos. Estos poderes deben proporcionarle toda la información o documentación útil para sus investigaciones y prestarle toda la asistencia necesaria para el cumplimiento de su mandato. El Defensor del Pueblo se designa para un período de cinco años y puede actuar de oficio o a instancia de las personas cuyos derechos o libertades hayan sido vulnerados.

11.El Departamento de Relaciones Interétnicas (ibíd., párr. 109) es una instancia gubernamental cuya principal misión es promover la diversidad étnica fortaleciendo y ampliando la protección de las minorías étnicas y culturales. Con ese fin, elabora y ejecuta programas orientados a mejorar el sistema de protección de las minorías nacionales y diseña estrategias de lucha contra el racismo y la xenofobia.

12.El Organismo Nacional de Asuntos de los Romaníes (ibíd., párr. 28) es el órgano representativo de la minoría romaní en el seno del Gobierno de Rumania. Este organismo aplica, coordina, supervisa y evalúa las medidas adoptadas en los sectores específicos de intervención social mencionados en la Estrategia Nacional para mejorar la situación de los romaníes (ibíd., párr. 123). La mejora de la situación de los romaníes sigue siendo uno de los principales desafíos para el Gobierno de Rumania. En efecto, la sociedad sigue mirando con recelo a esa minoría, que es la cuarta más marginada del país, después de las personas afectadas por el VIH/SIDA, los homosexuales y los discapacitados mentales. Las estadísticas muestran que la mayoría de las denuncias presentadas por miembros de la minoría romaní se refieren a observaciones discriminatorias o a conductas ofensivas. Al contrario que en otros Estados vecinos, en Rumania la discriminación contra los romaníes no tiene carácter violento. Incluso si ese país es uno de los pocos Estados miembros de la Unión Europea en los que la protección jurídica contra la discriminación se extiende a todos los ámbitos, una legislación y unos mecanismos institucionales eficaces no bastan por sí solos para luchar contra la discriminación. También se requieren unas políticas públicas eficaces que persigan ese fin.

13.Rumania ha hecho progresos sensibles en la lucha contra la discriminación y en la protección de los grupos vulnerables. El Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación ha procurado mantener informada a la opinión pública acerca de su cometido y de su jurisprudencia. En 2005 se modificó el sitio del Consejo en Internet, que desde entonces contiene información más completa y mejor estructurada sobre el conjunto de sus actividades. Desde la presentación del anterior informe periódico de Rumania, los instrumentos jurídicos de la lucha contra la discriminación se han utilizado de manera más eficaz y, además, las instituciones públicas especializadas y los tribunales han velado mejor por la observancia de las leyes. Con todo, el Gobierno de Rumania teme que la crisis económica, que ha provocado la pérdida de puestos de trabajo y el aumento de la pobreza, favorezca la aparición de tensiones en las relaciones sociales y refuerce, en último término, la discriminación.

14.El Sr. Rotundu (Rumania) dice que el artículo 20 de la Constitución de Rumania establece que las disposiciones constitucionales en materia de derechos y libertades de los ciudadanos deben interpretarse y aplicarse de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los Pactos y otros tratados en los que Rumania es parte. En caso de conflicto entre esos instrumentos y la legislación nacional, prevalecen las normas internacionales, a menos que la legislación nacional contenga disposiciones más favorables. La Ordenanza Nº 137/2000, que define el principio de igualdad y de no discriminación entre los ciudadanos, prohíbe y sanciona los actos discriminatorios cometidos por personas físicas o jurídicas. Por consiguiente, toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos raciales constituye una circunstancia agravante de las infracciones administrativas, a menos que uno o varios de sus elementos estén comprendidos en el derecho penal. Además, Rumania reconoce la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer para recibir y examinar denuncias hechas por personas que se hallen bajo su jurisdicción.

15.La definición de discriminación se aplica en todos los ámbitos de la legislación. El Código del Trabajo, la Ley sobre medios audiovisuales (ibíd., párr. 101), el Código de Conducta de los Funcionarios Públicos y el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (ibíd., párr. 31) contienen disposiciones muy importantes sobre la lucha contra la discriminación. La Ley de 2004 sobre la organización del poder judicial dispone que todas las personas son iguales ante la ley, sin privilegios ni discriminaciones de ningún tipo, y que la justicia es igual para todos, sin distinción de raza, nacionalidad, origen étnico, idioma, religión, sexo u orientación sexual, opinión, afiliación política, fortuna, origen, condición social o cualquier otro criterio discriminatorio. Además, en virtud de la Ordenanza gubernamental de emergencia aprobada en 2002, están prohibidas las organizaciones y los símbolos con connotaciones fascistas, racistas y xenófobas, así como el culto a la personalidad de personas consideradas culpables de crímenes contra la paz y de crímenes de lesa humanidad (ibíd., párr. 190). Por otra parte, en 2009 Rumania ratificó el Protocolo adicional del Convenio del Consejo de Europa sobre el Delito Cibernético, relativo a la tipificación de actos de carácter racista y xenófobo cometidos mediante sistemas informáticos.

16.La formación inicial y continua de los jueces forma parte de las medidas de lucha contra la discriminación. Durante su segundo año de formación, los futuros jueces deben seguir un módulo obligatorio de seis semanas sobre la lucha contra la discriminación en el sistema judicial rumano. De 2001 a 2010, se han impartido 21 seminarios de formación en materia de legislación nacional y de derecho internacional a 370 jueces.

17.El Sr. Dincă (Rumania) señala que el Organismo Nacional de Asuntos de los Romaníes, creado en virtud de una ordenanza gubernamental de emergencia de noviembre de 2004, elaboró una estrategia para mejorar la situación de los romaníes (ibíd., párr. 128) y creó, para llevarla a la práctica, una compleja red de instituciones entre las que figuran, además del Organismo, el Grupo de Trabajo para las políticas sobre los romaníes, las comisiones ministeriales para los romaníes, las oficinas comarcales para los romaníes y los expertos locales para los asuntos romaníes. El Organismo vela por la complementariedad de todas las iniciativas nacionales e internacionales relativas a los romaníes, como el Plan nacional de desarrollo 2007-2013 y la Década de la integración de los romaníes. Con un presupuesto de 25 millones de euros en 2008, el Organismo ayuda a los romaníes a encontrar empleo, en particular dándoles acceso a programas de formación adecuados y velando por que aumenten las posibilidades de empleo ofrecidas a los miembros de esa comunidad. En el marco jurídico general de la Estrategia se han establecido disposiciones financieras orientadas a mejorar la situación de los romaníes en las esferas de la educación, la salud, la formación profesional, la vivienda, el empleo, el desarrollo de infraestructuras y el desarrollo administrativo.

18.Entre 1998 y 2004, el Organismo Nacional de Asuntos de los Romaníes recibió 35,3 millones de euros en concepto de cuatro programas PHARE destinados a apoyar diversas actividades dirigidas a instaurar la igualdad de oportunidades para todos y la cohesión social, así como a consolidar los resultados. En 2012 se pondrá en marcha un programa de integración social centrado en los grupos vulnerables, entre los que se encuentran los romaníes, y existen otros programas que tienen como objetivo favorecer la escolarización de los niños de esos grupos, o incluso facilitar a los miembros de los grupos sociales desfavorecidos el acceso al mercado laboral y su participación en la vida social, así como mejorar sus condiciones de vida.

19.El Ministerio de Salud Pública, en colaboración con diversas organizaciones no gubernamentales (ONG), ha creado un sistema de mediadores de los servicios de salud con el fin de mejorar el estado de salud de la población, especialmente de las personas procedentes de grupos socioeconómicos desfavorecidos que no disponen de ninguna protección médica o que viven en zonas remotas donde carecen de médicos.

20.Un acuerdo marco firmado en febrero de 2008 entre el Organismo Nacional de Asuntos de los Romaníes y el Ministerio de la Vivienda prevé la construcción de viviendas sociales para los romaníes en ocho regiones del país. Asimismo, se han ejecutado proyectos interétnicos y diversos programas para combatir la intolerancia. No obstante, sería preciso estrechar la cooperación con programas como el Programa de desarrollo rural y los programas transfronterizos para favorecer la integración social de los romaníes, muchos de los cuales viven en las zonas fronterizas. El Gobierno de Rumania está convencido de que la Estrategia para mejorar la situación de los romaníes dará los resultados previstos.

21.El Sr. Domokos (Rumania) dice que la Constitución de Rumania garantiza el acceso a la educación en condiciones de igualdad, sin ninguna distinción basada en el origen social, étnico o racial. Por lo tanto, las 20 minorías nacionales presentes en el país pueden recibir educación en su lengua materna, así como clases sobre su historia y sus tradiciones. En el marco de la lucha contra la discriminación, el Gobierno de Rumania se esfuerza desde hace algunos años por erradicar cualquier forma de segregación escolar. En particular, promulgó en julio de 2007 una ordenanza que prohíbe esta práctica, y en marzo de 2010 otra ordenanza sobre la prevención y la eliminación de la segregación preescolar y escolar de los niños romaníes. Desde 1990, el Gobierno designa en las escuelas mediadores romaníes que establecen un vínculo entre los establecimientos escolares y las comunidades romaníes. Actualmente hay 796 mediadores formados que ejercen en el país, y la nueva ley de educación nacional, que está previsto que se apruebe en el otoño de 2010, dispone que se les atribuya el estatuto de auxiliares de educación.

22.El Estado rumano, UNICEF-Rumania, los programas PHARE y la Universidad de Bucarest conceden becas a los jóvenes docentes romaníes que deseen obtener el diploma universitario de profesor de romaní. El Gobierno rumano, que considera que la educación es un medio importante de lucha contra la exclusión social de los grupos desfavorecidos, combate en consecuencia el abandono y la segregación escolares que afectan no solo a los niños romaníes, sino también a los niños con necesidades especiales o procedentes de regiones desfavorecidas social y económicamente.

23.La Sra. Palaghie (Rumania) declara que se continúa la estrategia de lucha contra la discriminación a corto y a medio plazo (2007-2013), estrategia que se basa en la prevención y en la sensibilización de la población a los efectos negativos de esa práctica. Reconoce que la situación de los romaníes sigue siendo motivo de preocupación, dado que muchos de ellos se ven afectados por prácticas discriminatorias y viven en condiciones socioeconómicas precarias, lo que explica que el Gobierno de Rumania elaborase en 2001 una estrategia específica para mejorar la situación de los romaníes, que se ejecutó en colaboración con ONG. De este modo, la Inspección General de la Policía de Rumania ha iniciado un programa para fomentar el alistamiento en las fuerzas armadas de personas pertenecientes a minorías nacionales, entre las que se encuentran los romaníes, y se han establecido asociaciones entre las autoridades centrales y locales y las ONG romaníes a fin de, entre otras cosas, aumentar la confianza de los romaníes en las autoridades locales y capacitar a un mayor número de formadores romaníes. Para facilitar la aplicación de esta estrategia, los principales intermediarios entre las comunidades romaníes y la administración pública local son expertos locales para los asuntos romaníes que se encargan de organizar, planificar, coordinar y administrar las actividades previstas en la estrategia. Esos expertos conocen bien los problemas de la comunidad romaní local y la representan ante los municipios.

24.En 2010, el Ministerio de Administración y del Interior contrató a 77 romaníes, 56 en la policía, 2 en la policía fronteriza, 15 en la gendarmería y 4 en la Inspección General para las Situaciones de Emergencia. Cabe destacar que las asociaciones entre la policía y las ONG han favorecido la integración social de los romaníes.

25.Por otra parte, se han adoptado medidas concretas para alentar a los romaníes indocumentados a que realicen los trámites para obtener la documentación y para facilitar estos trámites, en particular difundiendo la información adecuada. En ciertos casos se prevé la exención del pago de los gastos de tramitación, y hay unas unidades móviles que fotografían a las personas que no pueden desplazarse.

26.El Ministerio de Administración y del Interior se ocupa asimismo de la situación de los solicitantes de asilo y de los refugiados. La Ley Nº 122 de 2006 relativa al asilo en Rumania se aplica sin distinción de raza, nacionalidad u origen étnico. Esa ley dispone que toda persona que haya obtenido el estatuto de refugiado o que se haya beneficiado de la protección subsidiaria estará protegida contra la expulsión, la extradición o el traslado a su país de origen o a cualquier otro país en el que su vida o su libertad pueda correr peligro y donde pueda estar sometido a torturas o tratos inhumanos o degradantes. Los solicitantes de asilo gozan de determinados derechos durante todo el procedimiento de asilo, y los extranjeros y los apátridas que viven en Rumania se benefician de la protección general de las personas y bienes garantizada por la Constitución y por otras leyes.

27.En virtud de un acuerdo firmado el 8 de mayo de 2008 entre el Gobierno rumano, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional para las Migraciones, la Oficina de Inmigración de Rumania es el organismo encargado de autorizar la estancia temporal en Rumania de los extranjeros que necesiten una protección internacional de emergencia, si bien el número de personas en esas circunstancias que se encuentren simultáneamente en el territorio no puede exceder de 200 personas. La acogida se concede por un plazo de seis meses, renovable en determinadas condiciones. Esas personas son trasladadas a las zonas de tránsito de los centros de emergencia.

28.El Sr. Serban (Rumania) dice que el Ministerio de Cultura ha hecho que se reconozca plenamente la identidad nacional de todas las minorías presentes en Rumania, contribuyendo así a la diversidad cultural del país. El Ministerio ha organizado varios eventos destinados muy particularmente a la comunidad romaní, como la celebración de la Jornada Internacional de los Romaníes. Además, en 2003 se creó el Centro cultural nacional para los romaníes Romano Kher, dependiente del Ministerio de Cultura, para establecer asociaciones y desarrollar diversos proyectos culturales y artísticos.

29.Desde 2005, el Ministerio presta apoyo logístico y financiero a diversos estudios sobre la historia y la vida espiritual y cultural de las demás minorías nacionales, así como sobre sus relaciones con la población mayoritaria. Ese mismo año se creó el Instituto Nacional Elie Wiesel para el estudio del Holocausto en Rumania, también dependiente del Ministerio de Cultura, que imparte a los docentes un curso sobre el Holocausto y sobre la lucha contra el racismo, la xenofobia y la discriminación.

30.El Sr. Attila (Rumania) señala que la ley de educación, que según se cree será aprobada próximamente, suprimirá las disposiciones discriminatorias de la ley vigente y autorizará la enseñanza en lenguas minoritarias en las escuelas secundarias. Indica además que el Parlamento está examinando un proyecto orientado a crear una universidad privada húngara.

31.El Sr. de Gouttes (Relator para Rumania) se congratula por la reanudación del diálogo con el Estado parte, cuyo anterior informe periódico data de 1999. Destaca los numerosos cambios introducidos desde entonces en Rumania, tanto en el plano de las políticas gubernamentales como en el plano institucional y legislativo, y acoge con beneplácito la exhaustividad del informe periódico a este respecto. En relación con esto, le gustaría saber si las ONG han participado en la elaboración del informe.

32.El Relator pregunta si el Gobierno rumano proyecta proceder a un nuevo censo de la población que permita tener una visión actualizada de la composición demográfica del país.

33.Recordando que Rumania se ha visto duramente afectada por la crisis financiera mundial y ha tenido que adoptar medidas de austeridad, el Relator pide más información sobre la evolución de la situación y sobre las repercusiones de la crisis en los grupos más vulnerables de la sociedad y más expuestos a la discriminación racial.

34.En materia de política general, el Relator solicita información actualizada sobre el mecanismo de seguimiento posterior a la adhesión a la Unión Europea y sobre los progresos de la reforma de la justicia y la lucha contra la corrupción emprendidas por Rumania.

35.En materia institucional, Rumania ha adoptado medidas muy positivas, en particular la declaración realizada de conformidad con el artículo 14 del Convenio sobre las comunicaciones y las denuncias individuales, la ratificación del Tratado de Lisboa, la aplicación de las Directivas Europeas para combatir la discriminación racial, y la ratificación de nuevos instrumentos internacionales como la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias y la Convención Marco sobre la Protección de las Minorías Nacionales, del Consejo de Europa.

36.El Estado parte ha establecido un mecanismo legislativo importante para luchar contra la discriminación racial. El Relator destaca la aprobación en 2000 de la Ordenanza Nº 137 sobre la prevención y la sanción de todas las formas de discriminación racial, varias disposiciones del Código Penal como el artículo 317 que tipifica como delito la incitación a la discriminación y sanciona los abusos de autoridad, la aprobación de la Ordenanza de emergencia Nº 31/2002 que prohíbe las organizaciones y los símbolos de carácter fascista, racista o xenófobo, y diversos textos que prohíben la discriminación en el trabajo, en los medios de información pública, en los medios audiovisuales, en la función pública y en la participación en la vida pública. Todo ello constituye un conjunto muy positivo. El Relator pide a la delegación de Rumania que indique si su Código Penal y su ordenamiento jurídico recogen todas las disposiciones del artículo 4 de la Convención, y si la motivación racista de las infracciones se considera circunstancia agravante de las penas aplicables.

37.Felicitándose por la multiplicidad de los órganos establecidos por el Estado parte para luchar contra la discriminación, el Relator desea saber cuáles son sus competencias respectivas y cómo se asegura la coordinación entre ellos. A este respecto, se congratula de que el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación se ajuste a los Principios de París.

38.El Relator pide algunos detalles sobre las medidas adoptadas para garantizar la representación de las minorías nacionales en el Parlamento, la utilización de su lengua materna en la enseñanza, en la administración pública y ante los tribunales, la protección de su cultura y su representación en los medios de comunicación. Según ciertas informaciones, la minoría nacional húngara sigue siendo víctima de diversas formas de discriminación. El Relator pregunta si la situación ha mejorado a este respecto en los últimos años.

39.En cuanto a la minoría nacional romaní, el Relator toma conocimiento de la política de integración aplicada por el Gobierno y, en particular, de la estrategia nacional destinada a mejorar su situación. A este respecto, desea saber en qué medida se permite la utilización de la lengua romaní en las administraciones públicas locales y ante los tribunales, así como en los medios de información pública. Asimismo, desea saber cuál es el resultado de las medidas tomadas para favorecer el acceso de los romaníes al empleo. En materia de vivienda, pregunta cuál es el resultado de los programas de vivienda social en lo que concierne a los romaníes. Además, desea conocer los resultados del programa nacional de salud pública y pide información sobre el sistema de enfermeras comunitarias y de mediadores romaníes para cuestiones sanitarias mencionado en el informe. Recuerda que miles de niños romaníes contrajeron el sida entre 1986 y 1991 en orfelinatos u hospitales, y desearía saber en qué situación se encuentran. En lo que atañe al acceso de los romaníes a la enseñanza, pregunta cuál es el resultado de las medidas adoptadas para luchar contra la concentración de los niños romaníes en los barrios más pobres o contra la colocación de esos niños en aulas separadas.

40.El Relator observa que los romaníes siguen siendo víctimas de discriminación en el acceso a los establecimientos abiertos al público y solicita información sobre cómo evoluciona esta situación. Desea conocer el resultado de la estrategia nacional en lo que se refiere a los malos tratos y las prácticas discriminatorias infligidas por la policía y por algunos agentes públicos a los romaníes. A pesar de las medidas adoptadas para resolver el problema, todavía se señalan casos de abuso de autoridad y de uso excesivo de la fuerza contra los romaníes. El Relator pide a la delegación que proporcione más información al Comité acerca de las medidas adoptadas como consecuencia de las denuncias y de las resoluciones de los tribunales, en especial del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

41.El Relator solicita información pormenorizada sobre la función de la Comisión internacional para el estudio del Holocausto en Rumania. Se felicita por la inclusión de los romaníes en la definición de las víctimas del Holocausto, así como por la penalización de las prácticas discriminatorias denominadas dobles o múltiples, que se basan acumulativamente en la raza, el origen étnico o el sexo. Desea obtener más información sobre los casos de discriminación múltiple.

42.En lo que respecta a la protección contra los malos tratos infligidos por las fuerzas del orden, desea saber qué disposiciones ha adoptado el Gobierno para luchar contra la "elaboración de perfiles raciales" por personal de la policía y de la judicatura, y pregunta cuáles son los últimos resultados de los programas de incorporación a la policía de personas pertenecientes a minorías nacionales.

43.En cuanto a la prevención de la discriminación en los medios de información pública, el Relator celebra la creación del Consejo Nacional de Medios Audiovisuales y pregunta cuántas diligencias se han practicado y cuántas sanciones se han impuesto desde 2007, en particular por difusión de propaganda racista, incitación al odio o incitación a la discriminación racial por Internet o en discursos políticos.

44.El Relator recuerda que el Estado parte ha tomado medidas para combatir el fenómeno del racismo en el ámbito del fútbol y pide a la delegación que dé información actualizada sobre las medidas adoptadas recientemente con ocasión de la Copa Mundial de Fútbol de 2010.

45.En relación con los recursos que se pueden interponer en caso de discriminación racial, el Relator recuerda que el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación es competente para estudiar denuncias e imponer sanciones, con la posibilidad de recurrir ante un tribunal administrativo. Sin embargo, pregunta si, en caso de infracción penal por discriminación racial, el Consejo también puede acudir directamente a los tribunales penales, y no únicamente a los administrativos. Señalando que el Defensor del Pueblo también puede recibir denuncias y ejercer acciones judiciales cuando estime que las denuncias están justificadas, desearía que la delegación explicase por qué buen número de esas denuncias se han considerado infundadas y basadas en criterios puramente subjetivos. Asimismo, le gustaría obtener más información sobre las denuncias recibidas recientemente. En lo que se refiere a los tribunales de justicia competentes para conocer de las denuncias de discriminación racial directa o indirecta, pide a la delegación que aporte datos judiciales más precisos y actualizados para los años 2008 a 2010.

46.Señalando que el Consejo Nacional de Medios Audiovisuales ha impuesto sanciones a emisoras de televisión y de radio por infringir las leyes que prohíben toda forma de discriminación, el Relator indica que, según un informe de 2008, diversas personalidades políticas del más alto nivel del Estado habrían hecho declaraciones racistas y difamatorias contra los romaníes y los armenios, y pide aclaraciones sobre este extremo.

47.El Relator pregunta qué medidas ha adoptado el Gobierno rumano para dar gran difusión a la Convención, a los informes periódicos de Rumania y a las observaciones finales y recomendaciones del Comité. Además, desea obtener información acerca de las actividades del Centro cultural nacional para los romaníes creado en 2003.

48.El Sr. Avtonomov observa que Rumania, en el párrafo 7 de su informe, indica que en su territorio hay 6.662 extranjeros, de los que 231 son apátridas. Pregunta si los extranjeros son residentes permanentes o si también se incluye a los diplomáticos y a los trabajadores temporales. Además, señala que los apátridas no disponen del apoyo de su embajada ni de su consulado, por lo que solo pueden pedir asistencia a la administración rumana. Asimismo pregunta al Estado parte si la administración trata igual a los extranjeros y a los apátridas. De no ser así, estaría incurriendo en discriminación.

49.El informe indica en dos ocasiones que los rutenos forman parte de la minoría nacional de ucranios. A este respecto, el orador desea poner de relieve que en Ucrania los rutenos sostienen que son víctimas de discriminación porque no se los considera como un verdadero grupo étnico. Pide a la delegación que dé su opinión sobre esta cuestión y sobre el estatuto de la lengua y la cultura rutenas.

50.El orador acoge con satisfacción la decisión de 2007 del Ministerio de Educación de prohibir la segregación de los niños romaníes en las escuelas. No obstante, como se indica en el informe de Rumania, se han señalado ciertos casos de segregación escolar de niños romaníes, y algunas ONG han señalado que esa decisión no se aplica todavía en la totalidad del país. Solicita más información sobre los casos de discriminación de niños romaníes. Asimismo, desea obtener información más precisa y conocer la posición del Estado parte sobre el caso Hădăreni, sobre la sentencia dictada en julio de 2005 por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Moldovan y otros c. Rumania, y sobre el conflicto que en mayo de 2009 enfrentó a romaníes contra no romaníes en el pueblo de Sânmartin.

51.El orador también pide más información sobre la enseñanza superior en húngaro, dado que, según parece, la minoría húngara no goza de plena autonomía en la gestión de sus universidades y de sus planes de estudio.

52.La Sra. Dah se congratula de que Rumania haya reconocido oficialmente que los romaníes fueron víctimas del Holocausto durante la segunda guerra mundial. Por otra parte, pide a la delegación de Rumania que indique qué medidas proyecta adoptar su país para promover los efectos de su declaración sobre el artículo 14 de la Convención, de manera que se pueda efectivamente presentar al Comité denuncias de casos de discriminación racial en Rumania. Además, desea saber si el Gobierno ha tomado medidas para resolver las dificultades con que se enfrentan los sectores más desfavorecidos de la población, en particular determinadas minorías nacionales, tras la crisis financiera y económica internacional. Pregunta si el Estado parte ha adoptado medidas especiales para aplicar la recomendación general del Comité relativa al seguimiento de la Conferencia de Examen de Durban.

53.El Sr. Lahiri dice que Rumania ha aprobado numerosas leyes y ha establecido numerosas instituciones en relación con los romaníes, pero no ha aportado ningún dato sobre los efectos de las medidas adoptadas a favor de los romaníes en el transcurso de los diez últimos años. Observando con preocupación que la antipatía de los rumanos y de los húngaros hacia los romaníes parece ir en aumento y que los discursos que incitan al odio se multiplican, el experto pregunta al Estado parte qué medidas ha tomado para combatir ese fenómeno. Por otro lado, señala que en algunos sitios de Internet se hace propaganda sobre cómo deshacerse de los romaníes y se recomienda la utilización del término "gitanos" para designarlos y evitar toda confusión con el vocablo "rumanos". El experto lamenta que el informe no contenga ninguna información sobre la difusión de mensajes que incitan al odio hacia los romaníes en Internet, y desearía saber si el Centro Nacional de Medios Audiovisuales mencionado en el párrafo 429 del informe es competente para combatir el odio y el racismo en Internet.

54.El Sr. Amir dice que Rumania debería aprovechar su reciente adhesión a la Unión Europea para exhortar a los demás Estados de la Unión a que adopten por fin medidas radicales y eficaces a favor de los romaníes, ya que, habida cuenta de que el pueblo romaní está diseminado por toda Europa, el Estado parte no puede afrontar por sí solo unos problemas de discriminación que se plantean de la misma forma en varios países.

55.El Sr. Lindgren Alves desearía tener más información sobre la composición del Organismo Nacional de Asuntos de los Romaníes, que es el principal organismo gubernamental encargado de aplicar la Estrategia para la mejora de la situación de los romaníes. Querría saber si sus miembros son designados por el Jefe de Estado y si entre ellos hay representantes de la comunidad romaní. Tiene entendido que Rumania ha hecho activamente campaña para la adopción de la Década de la integración de los romaníes (2005-2015), y desearía obtener más información sobre las medidas previstas en ese marco. Además, pregunta qué efecto han tenido las campañas de educación y de promoción de la cultura y de las tradiciones romaníes, teniendo en cuenta el sensible aumento de la hostilidad hacia los romaníes y el hecho de que esas campañas no parezcan estar dando los resultados esperados.

56.La Sra. Crickley, consciente de que la delegación de Rumania está dirigida por el representante del Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación, pregunta cómo esa institución nacional de derechos humanos puede garantizar su independencia y autonomía cuando está oficialmente encargada por el Gobierno rumano de presentar el informe periódico del Estado parte. La experta señala que las estadísticas relativas al número de romaníes y de otros grupos étnicos no corresponden a la realidad, y pregunta qué precauciones se han tomado para evaluar de manera más precisa el número de romaníes en el censo de 2011. Desearía saber cómo se asegura la coordinación entre los múltiples organismos que se ocupan de los romaníes y entre los diferentes planes de acción. Desea conocer la opinión de la delegación de Rumania sobre la forma de lograr un cambio de mentalidad con respecto a los romaníes, especialmente en la clase política y en el cuerpo docente, y en particular un cambio de la percepción que la población tiene de ellos. Habida cuenta de la segregación existente de hecho entre las poblaciones rumana y romaní en los sectores de la educación y de la vivienda, pregunta qué medidas se han adoptado para remediar la situación. Pregunta en particular si el Estado parte se propone adoptar una moratoria de las expulsiones forzosas de las que a menudo son objeto los romaníes. Por último, desea conocer las medidas tomadas por el Estado parte para hacer frente a la discriminación contra las mujeres romaníes, especialmente en lo que se refiere a los matrimonios forzosos y precoces.

57.El Sr. Huang Yong'an acoge con beneplácito las numerosas leyes y estrategias aprobadas a favor de los romaníes pero constata que su aplicación práctica parece plantear cierto número de problemas. Por consiguiente, desearía saber qué medidas se han adoptado para aplicar las políticas del Estado parte y para tener más en cuenta las preocupaciones y los temores expresados por las minorías étnicas y por las ONG en el país.

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